Condiciones Específicas del contrato
900 907 337
MÁXIMO AHORRO
Condiciones Específicas del contrato
Potencia a contratar: > 2 kW y 15 kW
Tarifa de Acceso con Discriminación Horaria sin repercusión para el cliente a efectos del precio de la energía
EDP asume el pago de los derechos de enganche y normalización de la potencia que, por el cambio de tarifa con DH, cobre el distribuidor
Descuento 7% sobre consumo de electricidad sobre precios EDP ML Bono@click: 12€/año
Este descuento se aplicará en cada periodo de facturación sobre el importe total de multiplicar el término de consumo por la energía consumida. El anterior descuento está condicionado al mantenimiento íntegro de los suministros y servicios contratados y a la concesión de la tarifa de acceso indicada, y le será de aplicación lo dispuesto en las condiciones generales de Modificación y Precios.
Si el cliente tuviera alquilado el equipo de medida de electricidad, la factura incluirá el precio de alquiler, que será el establecido en la normativa vigente de cada momento.
SUMINISTRO DE GAS
Consumos 50.000 kWh año
Descuento 20% en el fijo de gas sobre precios EDP ML
SERVICIOS Cubre las prestaciones que figuran en las Condiciones Generales
Este contrato se adhiere al programa puntos y los suministros contratados generarán puntos que se añadirán a la Cuenta de puntos del cliente. Este descuento se aplicará en cada periodo de facturación sobre el término de disponibilidad.
Los anteriores descuentos están condicionados al mantenimiento íntegro de los suministros y servicios contratados y a la concesión de la tarifa de
acceso indicada, y le será de aplicación lo dispuesto en las condiciones generales de Modificación y Precios.
Si el cliente tuviera alquilado los equipos de medida, la factura incluirá el precio de alquiler, que será el establecido en la normativa vigente de cada momento.
50% de descuento en el servicio Funciona durante 12 meses en la primera contratación.
Con promoción: 62,75 €/año (IVA no incluido) Sin promoción: 125,50 €/año (IVA no incluido)
7.000 para canjear por energía y regalos.
Este contrato se adhiere al programa puntos y los suministros contratados generarán puntos que se añadirán a la Cuenta de puntos del cliente.
FACTURACIÓN ELECTRÓNICA: 2.000 para canjear por energía y regalos al darse de alta SIN COMPROMISO DE PERMANENCIA: ni penalización por cambio de compañía
ENERGIA ELÉCTRICA 100% RENOVABLE: garantizado con las correspondientes Garantías de Origen
Sin compromiso de permanencia
PARA CANJEAR POR ENERGÍA Y REGALOS
puntos
FUNCIONA
dto.
dto.
7%
GAS
20dto.
LUZ
Elige pagar lo mínimo sea la hora que sea
Fijo (€/kW/mes) | Consumo (€/kWh)* |
Tarifa de acceso | Fijo (€/mes) | Consumo (€/kWh) |
1 PLANO | 2.0 DHA | 10 | 4,239362 | 0,168793 | EDP ML 1 | 3.1 | 5,17 | 0,07137809 |
2 PLANO | 2.1 DHA | > 10 y 15 | 4,543769 | 0,184771 | 2 | 3.2 | 10,14 | 0,06441205 |
Precios sin IVA
1 PLANO
2.0 DHA
10
3,503605
0,139498
1
3.1
4,27
0,05899016
2
3.2
8,38
0,05323310
2 PLANO
2.1 DHA
> 10 y 15
3,755181
0,152703
(*) precio único para las 24h del día
Precios con IVA
Tarifa de acceso
Precios Gas
(*) precio único para las 24h del día
Los Precios Luz EDP ML que se indican serán de aplicación en las facturas con consumos comprendidos a partir del 1 de Septiembre de 2019. Dichos precios son valores finales antes de impuestos que incorporan los peajes y cargos a recaudar por el distribuidor.
A estos precios se les sumarán los impuestos que correspondan en los términos establecidos en la Condición General de Xxxxxxx y podrán se revisados anualmente de conformidad con los dispuesto en esa misma Condición General.
Los precios en vigor aplicables en cada momento se pueden consultar en la web xxx.xxxxxxxxxx.xx
Precios EDP ML
Precios Gas EDP ML
Tarifa de acceso
Potencia (kW) | Fijo (€/kW/mes) | Consumo (€/kWh)* |
Tarifa de acceso | Fijo (€/mes) | Consumo (€/kWh) |
CONDICIONES GENERALES COMUNES A LOS SUMINISTROS Y SERVICIOS CONTRATADOS
1.- OBJETO.- El objeto de este contrato es el suministro, por parte de las comercializadoras del Grupo EDP (EDP) de energía eléctrica y/o gas natural y/o servicios al cliente en el punto de suministro que figura en las Condiciones Específicas (CE).
Este contrato se regirá por las CE y las Condiciones Generales (CG) recogidas en este documento, por los anexos que, en su caso, se incorporen al mismo y por la legislación vigente.
2.- INICIO.- La eficacia del contrato se condiciona al resultado del análisis de riesgo, inicial y previo a cada una de las prórrogas, realizado por EDP, que se reserva el derecho de aceptar o rechazar la activación definitiva del contrato en función del resultado de dicho análisis. Cualquier rechazo deberá estar fundamentado en criterios objetivos y no discriminatorios, tales como la constancia de incidencias crediticias o de solvencia.
Para el suministro de cualquier energía la entrada en vigor de cada uno de los suministros contratados se producirá una vez que el distribuidor active el acceso a su red. Si esto no ocurriese en el plazo de 3 meses desde la emisión del contrato, cualquier parte podrá renunciar al mismo respecto al que estuviese pendiente de autorización de acceso comunicándoselo formalmente a la otra.
Sin perjuicio del inicio del contrato, la contratación del Servicio Funciona se entenderá resuelta en caso de resultado desfavorable del análisis de riesgo en los términos de la Condición General 6.
3.- DURACIÓN.- La duración será por el plazo establecido en las CE. Para los suministros de energía empezará a contar a partir de la fecha de la última activación del contrato de acceso a la red. Para los servicios empezará a contar desde la fecha de firma del contrato. A su vencimiento el contrato se prorrogará por periodos anuales salvo denuncia de cualquiera de las partes con al menos 15 días de antelación.
4.- MODIFICACIÓN. EDP comunicará por escrito cualquier modificación contractual al Cliente a fin de que éste pueda manifestar su disconformidad en el plazo de 15 días naturales comunicando su voluntad de resolver el contrato, sin coste alguno, en cuyo caso, si desea mantener el suministro deberá contratarlo con otra Comercializadora. Las modificaciones se entenderán tácitamente aceptadas en el plazo de 15 días naturales desde la notificación al cliente.
5.- TERMINACIÓN DEL CONTRATO.- Los
suministros y servicios contratados pueden finalizar de forma conjunta o individualizada por mutuo acuerdo de las partes o por la renuncia de cualquiera de ellas a la prórroga. También finalizarán en cualquier momento por denuncia de una de las partes por impago, incumplimiento de obligaciones, por no adecuación técnica o legal (incluyendo fraude) de las instalaciones del Cliente, o por cualquier otra causa prevista legalmente. El contrato podrá resolverse por incumplimiento de alguna de las obligaciones del Cliente o debido a la falta de veracidad de la información proporcionada por el mismo.
La baja de una parte de los suministros o servicios contratados facultará a EDP a modificar los descuentos o las CE del contrato. La baja de uno o varios suministros energéticos contratados no afectará a la vigencia de los servicios contratados de forma independiente.
Las notificaciones de resolución de contrato se remitirán con una antelación mínima de 15 días naturales respecto de la fecha prevista de resolución. Una vez terminado el contrato el cliente deberá abonar los servicios prestados pendientes de facturar.
Si en las CE así se indica, en caso de terminación del contrato por causa imputable al cliente antes del inicio de la primera prórroga, EDP podrá aplicar una indemnización equivalente al 5% del valor de la energía pendiente de suministrar al precio del momento de la resolución.
6.- AUTORIZACIÓN.- El Cliente autoriza a EDP a: (I) incluir en la factura los pagos correspondientes a otros bienes y/o servicios que tuviera contratados con otras empresas del Grupo o con terceros de acuerdo a la normativa vigente, (II) actuar como su representante frente al distribuidor para todas las gestiones necesarias para el objeto del presente contrato, (III) evaluar el riesgo del presente contrato tras su firma y con carácter previo a cada una de las renovaciones, valorando para ello la información histórica existente en sus archivos y cualquier otra información a la que tuviera acceso u obrara en ficheros de morosidad, informes de solvencia patrimonial, de crédito, la información disponible en las Bases de Datos de Puntos de Suministro del distribuidor o cualesquiera otras fuentes.
7.- CESIÓN/SUBROGACIÓN DEL CONTRATO.- El
Cliente podrá ceder el contrato a un tercero de análogas características siempre que: (I) esté al corriente de los pagos, (II) lo comunique a EDP, y
(III) la cesión sea expresamente consentida por EDP. La cesión surtirá efectos desde el día siguiente al cierre de la facturación del titular anterior y el cesionario abonará el suministro desde dicha fecha.
EDP previa comunicación al cliente, podrá ceder el presente contrato total o parcialmente a cualquier sociedad vinculada, participada o sucesora suya.
8.- PRECIOS.- El cliente abonará los precios establecidos en las CE. Si en las CE se ha pactado la revisión anual, el precio se mantendrá fijo durante 12 meses desde la activación de cada energía, salvo variación de los componentes regulados según lo expuesto más adelante en esta misma Condición General. Un mes antes de que se cumpla ese plazo para cada energía EDP enviará comunicación por escrito al cliente indicando el precio que se va a aplicar en el nuevo periodo anual.
Si en las CE se ha pactado revisión trimestral, el precio de la energía eléctrica se revisará al inicio de cada trimestre natural con la variación en
€/MWh de la media aritmética de las cotizaciones
diarias del producto trimestral xxx xxxxxxx OMIP en el mes N-2 (siendo N el mes en el que comienza el trimestre), con respecto al mismo valor correspondiente al trimestre anterior; y el precio del gas natural se revisará para las tarifas 3.1 y 3.2 en base al coste de la materia prima -publicado trimestralmente en el BOE- que se emplea para el cálculo de la TUR de gas, y para las tarifas 3.3 y 3.4 en base a la media de las cotizaciones xxx xxxxx Xxxxx en el semestre anterior al trimestre de referencia publicadas en el “Platts Oilgram Price Report” aplicando el cambio medio $/€ en el trimestre anterior al del mes de cálculo publicado por el Banco Central Europeo.
Además de lo anterior, y tanto si la revisión es anual como si es trimestral, los conceptos regulados se revisarán cuando haya cambios regulatorios que impacten en el coste del suministro al cliente final. Así, por ejemplo, los precios podrán ser revisados cuando se modifiquen los peajes de acceso, la garantia de potencia, las pérdidas, la energía reactiva, etc.
Sin perjuicio de lo anterior, EDP podrá actualizar anualmente los precios en base al IPC interanual correspondiente al mes de noviembre del año anterior.
En todos los casos señalados en esta Condición General, EDP comunicará las actualizaciones de precios por escrito al Cliente para que éste pueda
manifestar su disconformidad de acuerdo con lo establecido en la cláusula 4. La falta de contestación en plazo por el Cliente implicará la aceptación del nuevo precio.
Salvo indicación en contrario reflejada en las CE, estos precios no incluyen el IVA ni otros impuestos aplicables. Los impuestos actualmente aplicables son, para el suministro eléctrico, el IVA (21% sobre todos los conceptos facturados) y el Impuesto Eléctrico (5,11269632% sobre la suma de los importes de consumo y potencia). Para el suministro de gas, los impuestos actualmente aplicables son el IVA (ya referido) y el Impuesto sobre Hidrocarburos (que se aplica sobre el consumo de gas, a 0,65 euros por gigajulio). Si en el futuro los suministros contratados y/o servicios fueran sometidos a otros tributos o gravámenes, o a cualquier variación de los actualmente existentes, los mismos serán repercutidos íntegramente sobre el precio fijado.
9.- FACTURACIÓN Y COBRO.- EDP podrá emitir un único documento para facturar de manera conjunta los suministros y servicios contratados.
En el caso de suministros de energía, la factura constará de un término fijo y de un término variable correspondiente al consumo del punto de suministro, según el precio aplicable en cada momento. Los kWh facturados de electricidad y/o de gas serán los consumidos según la información facilitada por el distribuidor. Se incluirá en la factura cuando proceda el precio del alquiler de equipos de medida.
EDP facturará también en su caso las cuotas de los servicios contratados por el cliente hasta que solicite la baja.
Las facturas se enviarán a la dirección facilitada por el cliente, que deberá proceder a su pago en la forma prevista en las CE en la fecha pactada (por lo que el periodo de pago puede resultar inferior o superior a los 20 días establecidos en la normativa). En defecto de pacto expreso al respecto, el periodo de pago será de 20 días naturales desde la fecha de emisión de la factura. Trascurrido dicha fecha o dicho plazo sin atender el pago, se aplicará, sin necesidad de requerimiento, al monto total de la deuda vencida y no pagada, el interés de demora equivalente al tipo de interés legal del dinero más dos puntos porcentuales. Si el Cliente fuese empresa o Administración Pública, el interés de demora será el establecido por Xxx.
En el caso de solicitar el Servicio de Facturación Electrónica, el cliente acepta expresamente las CG de dicho servicio (xxx.xxxxxxxxxx.xx).
En caso de retrasos o errores en la facturación se emitirán las correspondientes facturas de abono o cargo. Los retrasos o errores no eximen al cliente de su obligación de pago.
El cliente atenderá el pago de las facturas de regularización de consumos emitidas con arreglo a la información facilitada por el distribuidor, incluyendo las derivadas del inadecuado o irregular funcionamiento de los equipos de medida.
EDP podrá solicitar al distribuidor la suspensión del suministro o resolver el contrato por impago, lo que no exime al Cliente de su obligación de pagar la totalidad de la deuda y los intereses devengados. Si la suspensión del suministro se hiciera efectiva, no se repondrá hasta que el Cliente haya pagado la totalidad de la deuda, los intereses devengados y demás gastos asociados. En caso de que no se pueda proceder a la suspensión del suministro, EDP queda habilitada para solicitar al distribuidor la baja definitiva por impago.
En caso de impago sin causa justificada por parte del cliente, se podrá comunicar la deuda a los gestores de ficheros de información de solvencia patrimonial y de crédito.
Asimismo, si el Cliente no estuviera al corriente en el pago, EDP no estará obligada a prestar los servicios que, en su caso, se hubieran contratado. Si se hubiera pactado una cuota fija, se facturará
una cantidad constante cada mes establecida a partir de los consumos históricos o previsiones. Esta cuota se revisará al menos anualmente en
base a lecturas reales.
Cualquiera de las partes tendrá facultad para resolver el pacto de cuota fija en el caso de que no se dispongan de lecturas durante un año.
10.- PROGRAMA DE PUNTOS.- En caso de que así se pacte en las CE, con la firma del presente documento el Cliente se adhiere al Programa de Puntos y acepta, expresamente, las CG del Programa (xxx.xxxxxxxxxx.xx).
11.- DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES Y
DESISTIMIENTO.- El Cliente tiene los derechos que le reconoce la normativa sectorial, cuyo contenido puede consultarse en la página web xxx.xxxxxxxxxx.xx. Además, si tuviera la condición de consumidor según la normativa de consumo, tendrá los derechos previstos en la normativa vigente en esta materia incluyendo el derecho de desistimiento en el supuesto de haberse celebrado a distancia (telefónicamente o por internet) o fuera del establecimiento de EDP. El plazo para desistir es de 14 días naturales desde la firmy podrá comunicarse a EDP por cualquiera de los canales previstos en este contrato, incluyendo el envío del modelo de desistimiento adjunto. EDP cursará en estos casos el regreso al anterior comercializador o la baja del suministro, según indique la normativa.
Si el Cliente hubiera solicitado el comienzo del suministro de energía eléctrica y/o gas natural durante el periodo de desistimiento, EDP cursará ante el distribuidor sin demora el cambio de comercializadora (regresando a la anterior) o de la baja del suministro, según proceda de acuerdo con la normativa vigente y el cliente abonará a EDP el precio de la energía suministrada hasta la materialización por el distribuidor del cambio de comercializadora, o de la baja del suministro en los términos expuestos.
Si el cliente está acogido al bono social, o si estando acogido al PVPC cumpliera los requisitos para acogerse al bono social, la suscripción de este nuevo contrato en mercado libre implicará que no resulte aplicable el bono social.
12.- POTENCIA CONTRATADA.- El cliente podrá solicitar modificar la potencia contratada de acuerdo a la normativa vigente, siendo a su cargo el pago de los correspondientes derechos de acometida, enganche y verificación y cualesquiera otros conceptos legalmente exigidos. El cliente deberá realizar a su cargo las adaptaciones técnicas necesarias para adecuar su instalación a la normativa. Sin perjuicio de lo anterior, la modificación surtirá efectos desde la fecha de concesión por el distribuidor y podrá implicar la modificación del precio previsto en la cláusula 8.
En caso de que la potencia solicitada por el cliente no se adecue a la situación técnica de la instalación, EDP tramitará ante el distribuidor la potencia normalizada inmediatamente inferior.
13.- AUTOCONSUMO.- Si el Cliente se acoge a una modalidad de autoconsumo es su responsabilidad adaptar su instalación y realizar todos los trámites necesarios para cumplir los requisitos exigidos en la normativa para la modalidad elegida. El Cliente informará a EDP de cualquier circunstancia que altere la misma y, en particular, cualquier cambio que realice para modificar su conexión y/o posibili- tar su aislamiento de la red, así como cualquier modificación en su contrato de compensación de excedentes o en el acuerdo de coeficientes de reparto de la generación compartida entre todos los participantes, según corresponda.
La distribuidora comunicará la fecha en que comenzará a ser efectiva esa modalidad de autoconsumo con EDP. Su tiempo de permanencia será de un año a contar desde dicha fecha. Dicho plazo será prorrogable automáticamente por periodos de la misma duración. Al vencimiento de dicho plazo, el Cliente podrá cambiar de modali- dad de autoconsumo, adecuando sus instalaciones y ajustándose a lo dispuesto en los regímenes jurídicos, técnicos y económicos regulados en el Real Decreto 244/2019 y en el resto de normativa que les resulte de aplicación, comunicándoselo a EDP con 15 días de antelación.
EDP repercutirá al Cliente en la factura del suministro los conceptos que, según la normativa eléctrica, resulten aplicables a la modalidad de autoconsumo elegida, así como el importe de los precios del alquiler de los equipos de medida que resulten preceptivos con arreglo a dicha normati- va, cuando corresponda. La facturación se realizará conforme a las medidas y saldos proporcionados por el encargado de la lectura.
En caso de autoconsumo acogido a compensación, el precio al que se compensará la energía exceden- taria será el indicado en las CE. Sobre dicho impor- te se aplicarán los impuestos que correspondan en cada momento conforme a la normativa vigente.
14.- OBLIGACIÓN Y CALIDAD DE SUMINISTRO.-
EDP no es responsable de la calidad y continuidad del suministro, siendo el distribuidor el único responsable frente al Cliente de prestar el servicio de forma regular y continua según lo establecido reglamentariamente. La normativa vigente otorga al Cliente una acción directa contra el distribuidor por incumplimiento de las condiciones de calidad y continuidad de suministro y será éste quien deberá atender las reclamaciones de Clientes conectados a sus redes por esta causa. Adicional- mente, de conformidad con la normativa vigente, corresponde al distribuidor responder ante el Cliente de los eventuales daños ocasionados como consecuencia del incumplimiento de sus obligacio- nes en esta materia.
No obstante, EDP se ofrece a cursar las reclamaciones del Cliente y a gestionar en nombre de éste ante el distribuidor las compensaciones o descuentos que le pudieran corresponder legalmente en materia de calidad y continuidad del suministro.
El gas natural suministrado en virtud del presente contrato cumplirá con lo indicado en las Normas de Gestión Técnica del Sistema, de acuerdo a las cuales se mantendrá debidamente odorizado por el distribuidor y el transportista.
15.- RESPONSABILIDAD.- El Cliente es responsable de que las instalaciones receptoras y los aparatos de consumo cumplan con los requisitos técnicos y de seguridad establecidos en la normativa vigente y se obliga a mantenerlos en perfecto estado de conservación y funcionamiento. Para ello deberá hacer un uso adecuado de los mismos, realizar las revisiones reglamentarias y seguir las indicaciones e instrucciones del distribuidor y el fabricante o Servicio Técnico Oficial de los equipos. A requerimiento de EDP, el cliente deberá facilitar la documentación que acredite el cumplimiento de las obligaciones contenidas en la presente cláusula. El Cliente será el único responsable de cualquier uso no doméstico del gas natural así como de su utilización en instalaciones y aparatos que no estén diseñados para funcionar con gas natural o resulten inadecuados para ello, o estándolo, sean defectuosos o funcionen incorrectamente.
16.- LOPD. - Finalidades del tratamiento de los datos personales. De acuerdo con lo dispuesto en la normativa vigente, el Cliente queda informado de que todos los datos facilitados en el presente contrato son necesarios a los efectos de su formalización. Dichos datos, además de los
obtenidos como consecuencia de la ejecución del contrato, serán tratados por EDP COMERCIALIZADORA, S.A.U. con domicilio en x/
Xxxxxxx Xxxxxx, 00 – 00000, Xxxxxx y por EDP ENERGÍA, S.A.U. con domicilio en Xxxxx xxx Xxxxxx, 0 -00000, Xxxxxx en su calidad de Responsables del Tratamiento, con la finalidad de gestionar, mantener, desarrollar, cumplimentar y controlar la contratación de suministro de electricidad y/o gas y/o servicios complementarios de revisión y/o asistencia técnica y/o programa de puntos, y/o análisis de satisfacción, auditorías y mejora del servicio, para la realización de acciones de prevención del fraude, así como realización de perfiles, comunicaciones comerciales personalizadas basadas en información facilitada por el Cliente y/o derivada de la prestación del servicio por parte de EDP y relativas a productos y servicios relacionados con el suministro y consumo de energía, mantenimiento de instalaciones
y equipamiento. Dichos tratamientos serán realizados dando estricto cumplimiento a la legislación vigente y en la medida que sean necesarios para la ejecución del contrato y/o la satisfacción de los intereses legítimos de EDP, siempre que sobre estos últimos no prevalezcan otros derechos del Cliente.
Siempre que el cliente lo haya aceptado explícitamente, sus datos personales serán tratados, incluso una vez finalizada la relación contractual y siempre que no se produzca la oposición a dicho tratamiento, para:
(I) La promoción de servicios financieros, servicios de protección de pagos, automoción o afines
y electrónica, propios o de terceros, ofrecidos
por EDP, y/o la participación en concursos promocionales, así como para la presentación de propuestas comerciales vinculadas al sector energético tras la finalización del contrato, (II) La elaboración de perfiles comerciales del Cliente mediante la agregación de las bases de datos de EDP con datos provenientes de bases de datos de terceros, con el fin de ofrecer al Cliente productos y servicios personalizados, mejorando así la experiencia del Cliente, (III) La adopción de decisiones automatizadas, tales como permitir la contratación, o no, de determinados productos y/o servicios basadas en el perfil del Cliente y particularmente, en datos tales como, el histórico de impagos, el histórico de contrataciones, permanencia, ubicaciones, datos de consumo, tipos de dispositivos conectados a la red energética, y datos semejantes que permitan conocer con mayor detalle los riesgos asociados a la contratación, (IV) Tomando como base los resultados obtenidos de la agregación de los datos indicados, EDP podrá realizar ofertas personalizadas y concretamente orientadas a lograr la contratación de determinados productos y/o servicios de EDP, o de terceras entidades, en función de si el Cliente así lo ha consentido o no, siendo en todo caso tratados datos cuya antigüedad no superará un año. En caso de que dicho proceso se llevara a cabo de forma automatizada, el Cliente siempre tendrá derecho a obtener intervención humana por parte de EDP, admitiéndose la impugnación y en su caso valoración de la decisión resultante.
Categorías de datos personales objeto de tratamiento
En virtud de la relación contractual, EDP podrá tratar los siguientes tipos de datos personales:
(I) Datos identificativos (nombre, apellidos, DNI, dirección postal, dirección de correo electrónico, punto de suministro, etc.), (II) Códigos o claves de identificación de usuario y/o Cliente, (III) Datos de características personales (fecha de nacimiento, sexo, nacionalidad, etc.), (IV) Datos de circunstancias sociales (aficiones, estilo de vida,
estado civil, etc.), (V) Datos de consumo energético y hábitos de vida derivados de éstos,
(VI) Datos económicos, financieros, de solvencia y/o de seguros.
Los datos personales serán conservados durante la vigencia de la relación contractual y como máximo, durante el plazo de prescripción de las acciones legales correspondiente, salvo que el Cliente autorice su tratamiento por un plazo superior, aplicándose desde el comienzo del tratamiento medidas organizativas y de seguridad para garantizar la integridad, confidencialidad, disponibilidad y resiliencia de los datos personales.
Comunicaciones y Destinatarios de los datos personales
Todos los datos personales derivados de la prestación del servicio y los obtenidos en virtud del presente contrato podrán ser comunicados a las siguientes entidades:
(I) La empresa distribuidora correspondiente, produciéndose con la misma un intercambio de información permanente para la adecuada prestación del servicio, entre ellos la solicitud del acceso a su red, las lecturas (que en el caso de contador telegestionado serán horarias) y/o estimación de consumo, control de calidad del suministro, solicitud xx xxxxxx de suministro, modificaciones en la potencia, etc., (II) Los Organismos y Administraciones Públicas que por ley corresponda, (III) Los bancos y entidades financieras para el cobro de los servicios prestados,
(IV) Otras empresas del grupo empresarial, únicamente para fines administrativos internos y la gestión de los productos y servicios contratados,
(V) Servicios de solvencia patrimonial y crédito de ámbito nacional (Asnef-Equifax, …), a los que, en caso de impago, sin causa justificada por parte del Cliente, se podrá comunicar la deuda, así como servicios de prevención contra el fraude, con el único fin de identificar información errónea o fraudulenta facilitada durante el proceso de contratación, (VI) Proveedores de EDP necesarios para el adecuado cumplimiento de las obligaciones contractuales, incluso aquellos que pueden estar ubicados fuera del Espacio Económico Europeo, encontrándose en tal caso debidamente adecuada la transferencia internacional de datos.
Derechos del titular de los datos
El Cliente contará, en todo momento, con la posibilidad de ejercitar de forma libre y completamente gratuita los siguientes derechos:
(I) Acceder a sus datos personales que son tratados por parte de EDP, (II) Rectificar sus datos personales que son tratados por parte de EDP que resulten inexactos o incompletos, (III) Suprimir sus datos personales que son tratados por parte de EDP, (IV) Limitar el tratamiento por parte de EDP de todos o parte de sus datos personales, (V) Oponerse a determinados tratamientos y adopción de decisiones automatizadas de sus datos personales, requiriendo la intervención humana en el proceso, así como a impugnar las decisiones que sean finalmente adoptadas en virtud del tratamiento de sus datos, (VI) Portar sus datos personales en un formato interoperable y autosuficiente, (VII) Retirar, en cualquier momento, los consentimientos otorgados previamente.
De conformidad con la normativa vigente, el
usuario puede ejercer sus derechos solicitándolo por escrito, y junto a una copia de documento fehaciente de acreditación de la identidad, en la siguiente dirección postal: Xxxxx xxx Xxxxxx, 0 00000 Xxxxxx o en el correo electrónico xxxxxx@xxxxxxxxxx.xx
Igualmente, podrá ponerse en contacto con el delegado de protección de datos de EDP, en la siguiente dirección postal: Xxxxx xxx Xxxxxx, 0
00000 Xxxxxx o en el correo electrónico xxx.xx@xxxxxxxxxx.xx, en el caso de que entienda vulnerado alguno de sus derechos relacionados con la protección de datos, o en su caso, interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos en la dirección Xxxxx xx Xxxxx Xxxx, 0, 00000 Xxxxxx.
17.- COMUNICACIONES.- Para cualquier comunicación relacionada con el presente contrato el Cliente podrá ponerse en contacto con EDP a través de los siguientes medios: (I) xxx.xxxxxxxxxx.xx, (II) Línea EDP: 900 907 000, y
para reclamaciones: 900 907 002, (III) Dirección postal: EDP Xxxxx xxx Xxxxxx, 0 00000 Xxxxxx,
(IV) E-mail: xxxxxxxxx@xxxxxxxxxx.xx.
Todas las gestiones se podrán realizar por medios telefónicos o telemáticos debiendo utilizar el cliente los métodos de identificación y seguridad que facilite EDP para que su consentimiento tenga validez. O en las oficinas comerciales indicadas en xxx.xxxxxxxxxx.xx (para clientes residentes en Cataluña: Xxxx. Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxxx, 00. Xxxxxxxx. Xxxxxx).
Las comunicaciones de EDP al Cliente relativas al
presente contrato se realizarán a la dirección, teléfono y/o correo electrónico indicado en las CE. Éste se obliga a mantener actualizados dichos datos, comunicando a EDP cualquier modificación. El Cliente podrá obtener información sobre medidas de eficiencia energética (RD 1085/2015) en los siguientes organismos: (I) CNMC: Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. xxx.xxxx.xx Tel: 000 000 000 Email: xxxx@xxxx.xx, (II) IDAE: Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía. xxx.xxxx.xx Tel: 000 000 000, (III) Comunidad Autónoma: según lo señalado en las CE.
18.- RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS.- El cliente
podrá cursar reclamaciones por los medios expuestos en la cláusula 16. Interpuesta una reclamación, si no fuera estimada o no se hubiera resuelto en el plazo de un mes, el Cliente podrá presentarla ante las Juntas Arbitrales de Consumo en los supuestos para los que EDP se haya sometido a dicho arbitraje. Toda la información sobre las condiciones y el procedimiento puede consultarse en la web xxx.xxxxxxxxxx.xx/xx/ sistema-arbitral-de-consumo.html.
Por último, ambas partes se someten expresamente a la competencia de los Juzgados y Tribunales del lugar donde se prestan los servicios.
SERVICIO FUNCIONA LUZ
OBJETO.- La puesta a disposición del Cliente de un servicio técnico cualificado para llevar a cabo las prestaciones seguidamente detalladas en las instalaciones del local de Negocio o de la vivienda del cliente indicadas en las CE:
1. Revisión anual de la instalación eléctrica que incluirá las siguientes verificaciones: (I) Estado del cuadro general de protección (CGP), incluyendo la sustitución gratuita de componentes eléctricos averiados, por un normal uso hasta un límite de 40 A, (II) Estado general de los interruptores y enchufes que estén accesibles, (III) Circuito de tierra en enchufes de locales mojados que sean accesibles, (IV) Distancias mínimas de seguridad existentes, (V) Niveles de iluminancia, (VI) Ubicación y adecuada rotulación del CGP.
2.- Reparación de averías en la instalación eléctrica.
3.- Reparación de la caldera eléctrica o calentador eléctrico que se señala en las CE.
4.- Reparación de los siguientes electrodomésticos: calentador/caldera/termo-acumulador eléctrico de agua caliente, cocina o vitrocerámica, horno, campana extractora, lavavajillas, frigorífico, lavadora y secadora.
5.- Asistencia en emergencias en la instalación eléctrica propia (excluidos aparatos y/o maquinaria). Tendrán la consideración de
emergencias las averías que comprometan la seguridad de dicha instalación o conlleven una interrupción del suministro eléctrico.
6.- Periódicamente EDP asesorará al cliente en materia de eficiencia, seguridad y ahorro energético.
7.- Para el caso de que se haya contratado la modalidad Funciona Xxx Xxxxxxxx se excluye la reparación de electrodomésticos y se incluyen adicionalmente las siguientes prestaciones: 7.1.- Revisión del alumbrado de emergencia, coincidiendo con la visita de la revisión de la instalación eléctrica señalada en el punto 1. Esta revisión comprenderá la verificación de la alimentación eléctrica, el funcionamiento de lámparas en situación normal y ante una interrupción de suministro, el estado y autonomía de baterías. 7.2- Revisión anual de los equipos extintores de incendio. Se verificará el peso y presión; el estado de la manguera, boquilla y válvulas; estado del agente exterior y de las partes mecánicas y revisión interior de los equipos.
8.- Para el caso de que se haya contratado la Opción Clima, se incluyen adicionalmente las siguientes prestaciones: 8.1.- Reparación del equipo de climatización señalado en las CE. 8.2- Revisión anual de ese equipo que comprenderá las operaciones necesarias de acuerdo al Reglamento de Instalaciones Térmicas de los Xxxxxxxxx (XX 0000/0000, xx 00 xx xxxxx) para potencias comprendidas entre 5 y 70 kW.
SERVICIO FUNCIONA Y FUNCIONA PLUS
OBJETO.- La puesta a disposición del Cliente de un servicio técnico cualificado para llevar a cabo las prestaciones que seguidamente se detallan en las instalaciones del local de Negocio o de la vivienda del cliente indicadas en las CE:
1.- Las prestaciones que forman parte del Funciona Luz, con las particularidades siguientes: (I) transcurrido el primer año de vigencia del contrato la revisión anual de la instalación eléctrica tendrá que ser solicitada por el Cliente, (II) no se incluye la sustitución gratuita de componentes eléctricos averiados del CGP, (III) la reparación de electrodomésticos establecida en la cláusula 4 anterior sólo está incluida en la modalidad Funciona Plus.
2.- Revisión anual de la Instalación receptora individual (IRI) de gas que comprenderá las siguientes verificaciones: (I) Estanqueidad de la instalación receptora, (II) Funcionamiento de las válvulas de cierre, (III) Comprobación de elementos de seguridad instalados, (IV) Comprobación del tiro de los aparatos de gas y de las ventilaciones, (V) Calidad del aire del local mediante medición de monóxido de carbono en ambiente, (VI) Estado de las tuberías flexibles, instalaciones eléctricas y materiales de instalación. 3.- La realización de la inspección periódica obligatoria para el cliente siempre que ésta sea realizada por un servicio técnico cualificado enviado por EDP con la periodicidad establecida reglamentariamente. Esta inspección sustituirá a la revisión anual prevista para el año en el que ambas coincidan. El cliente asume el compromiso de trasladar de inmediato a EDP las comunicaciones que a dichos efectos reciba del distribuidor.
4.- Reparación de averías en la IRI y Circuito Hidráulico de Calefacción (CHC).
5.- Reparación de la caldera o calentador de gas que se señala en las CE.
6.- Asistencia técnica de emergencias en la IRI y en el CHC. Tendrán la consideración de emergencias las situaciones en que la instalación se encuentre sin gas o existan averías en el CHC que entrañen un riesgo de inundación.
7.- En caso de que se haya contratado la modalidad Funciona Negocios o Funciona Plus el servicio incluye la revisión anual de la caldera o calentador de gas natural señalado en las CE con el alcance establecido por la normativa vigente.
CONDICIONES COMUNES A TODAS LAS MODALIDADES DEL SERVICIO FUNCIONA
REVISIONES.- Todas las operaciones de revisión incluirán la entrega al cliente de un informe que recoja las verificaciones efectuadas, las anomalías detectadas y las recomendaciones.
SERVICIOS TÉCNICOS.- Los servicios contratados se prestarán por servicios técnicos cualificados acreditados como empresas colaboradoras de EDP. REPARACIONES.- Deberán ser solicitadas por el cliente a través del área de cliente (edponline) o en la línea Funciona Directo 000 000 000 que está a disposición del Cliente de forma permanente 24 horas al día, los 7 días de la semana. El cliente abonará los costes correspondientes a la reparación, previa aceptación del presupuesto presentado por el servicio técnico, excepto los gastos de desplazamiento y las 3 primeras horas de mano de obra. EDP garantiza las reparaciones realizadas por el plazo legal vigente. Se excluyen de esta garantia los fallos o defectos debidos a la manipulación de la instalación por parte del Cliente o un tercero no acreditado por EDP.
Las reparaciones se atenderán en horario de 8:00 a 18:00 de lunes a viernes laborables.
Las emergencias se atenderán en un plazo máximo de 3 horas desde la recepción del aviso de avería en horario de 8:00 a 1:00 para negocios o de 8:00 a 23:00 para viviendas.
EXCLUSIONES.- Se excluyen expresamente del alcance de este contrato: (I) Actuaciones sobre aparatos no indicados en estas CG, (II) Actuaciones sobre elementos ubicados fuera de las instalaciones del cliente (instalaciones anteriores al CGP del local o vivienda), (III) Actuaciones sobre
instalaciones o equipos que hayan sido manipulados por persona ajena a EDP, (IV) Actuaciones sobre los conductos de humos y localización de fugas de agua, (V) Reformas derivadas de las necesidades de ventilación de los locales, (VI) Materiales y/o repuestos empleados en la reparación de averías, (VII) Daños resultantes de un uso o conservación negligente de instalaciones o equipos, (VIII) Daños ocasionados por incendios, explosiones, inundaciones, heladas u otras causas extraordinarias, (IX) Reparación de equipos cuando no se encuentren piezas de repuesto en el mercado por motivos de obsolescencia, (X) Reparación de roturas o desperfectos en piezas estéticas, cristales, obras de arte y/o cualquier tipo de mercancía expuesta o almacenada, (XI) Reparación de elementos que no sean accesibles o impliquen montar y/o desmontar mobiliario, (XII) Transporte de aparatos a las instalaciones del Servicio Técnico para su reparación, (XIII) Adaptaciones o modificaciones de la instalación de gas o eléctrica que requieran la emisión de Certificados Oficiales, así como la emisión de los mismos, (XIV) Trabajos de obra civil y/o albañilería, (XV) Revisión y reparación del alumbrado de los rótulos luminosos de Negocios,
(XVI) Actuaciones sobre calentadores y/o calderas y/o equipos de climatización cuya potencia o suma de potencias exceda los 70 kW, (XVII) Instalación de electrodomésticos, gasodomésticos o equipos de climatización, (XVIII) Trabajos en alturas superiores a 2 metros, (XIX) Equipos de extinción que no formen parte del sistema de extinción del propio local, (XX) Cualquier actuación que no atienda al objeto exclusivo de este contrato.
ACCESO.- A fin de posibilitar la prestación de los servicios contratados, el Cliente facilitará el acceso al Negocio o Vivienda al personal debidamente acreditado por EDP.
RESPONSABILIDAD.- El Cliente será el único responsable de subsanar cualquier anomalía detectada por EDP durante la prestación de los servicios y de mantener en adecuadas condiciones sus instalaciones y equipos. Las partes renuncian a exigirse responsabilidad por daños consecuenci- ales e indirectos y pérdidas de beneficios, siempre que no se deriven de incumplimiento doloso.
FINALIZACIÓN.- Además de las causas contempladas en las presentes CG, el servicio Funciona podrá dejar de prestarse por las siguientes causas: (I) Imposibilidad de acceso al Negocio o Vivienda por su ocupante, para prestar los servicios contratados, (II) Falta de autorizaciones administrativas que resulten preceptivas para el funcionamiento de las instalaciones del cliente, (III) Falta de subsanación de las anomalías que figuran en el informe emitido por EDP para adecuar la instalación a la normativa,
(IV) Inexistencia de suministros de gas y/o electricidad en el Negocio o Vivienda.
EDP se reserva el derecho de no actuar sobre aquellos equipos o instalaciones cuya antigüedad y estado de conservación impidan la correcta ejecución de los trabajos objeto de este contrato. Dado que el servicio Funciona no incluye en su cobertura a Comunidades de Propietarios, garajes y parkings, EDP podrá dejar de prestarlo en el momento en el que tenga conocimiento de que en el Cliente concurre tal circunstancia.