CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SUMINISTRO DE PINTURA ESPECIAL PARA SEÑALIZACIÓN VIARIA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MARBELLA (EXPTE. SU 06/11).
DEPENDENCIA: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
NEGOCIADO: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
CONTRATO ADMINISTRATIVO DE SUMINISTRO DE PINTURA ESPECIAL PARA SEÑALIZACIÓN VIARIA DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE MARBELLA (EXPTE. SU 06/11).
En Marbella, a 00 xx Xxxxxxx xx 0000
XXXXXXXX:
DE UNA PARTE: D. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, Coordinador General de Hacienda y Personal del Excmo. Ayuntamiento de Marbella. Comparece asistido de Xxx Xxxxxx Xxxxxxx de las Xxxxxx Xxxxxx, Vicesecretario General y Titular del Órgano de Apoyo de la Junta de Gobierno Local.
DE OTRA PARTE: Xxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, mayor de edad, con D.N.I número 23798194-W, y domicilio a efectos de notificaciones en X/ Xxxxx Xxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx xx 00, xx Xxxxxx (29006).
ACTÚAN:
Xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx, actúa en nombre y representación del Excmo. Ayuntamiento de Marbella, por Delegación de la Alcaldesa Presidenta, Doña Xx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx, en virtud de Decreto 2010D6404 de fecha 17 xx xxxx de 2010.
X. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, en nombre y representación de la sociedad API MOVILIDAD, S.A. Actúa con C.I.F número A-78015880. Domiciliada en Madrid, en la Xxxxxxx Xxxxxxxxx, xxxxxx 00. Antes denominada “Api Conservación S.A.” Constituida por tiempo indefinido con la denominación de “Técnicas Nucleares S.A” mediante escritura otorgada por el Notario de Madrid, Xxx Xxxxxx Xxxx Jarabe Xxxxxxx, el día 1 xx xxxxx de 1.985, con el número
1.521 de protocolo, que figura inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 541 general, 528 de la Sección 3 del Libro de Sociedades, hoja número 65.490, inscripción 1ª.
Cambiada su denominación por la de “Conservación Integral de Carreteras CIC S.A.” y adaptados sus Estatutos a la legislación vigente mediante escritura autorizada el día 24 de febrero de 1.992, por el Notario de Madrid, Xxx Xxxxxxx Xxxxxxx y xx Xxxxx, número 1.333 de su protocolo. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 2.389, folio 57, hoja número M-41.922, inscripción 12ª.
Cambiada la referida denominación por la de “Api Conservación S.A.” mediante escritura autorizada ante el Notario de Madrid, Xxx Xxxx Xxxxxxxxxxx Xxxx, el día 21 de enero de 1.999, con el número 632 de protocolo, que causó la inscripción 30ª de la referida hoja en el Registro Mercantil de Madrid.
Y cambiada a su última y anterior denominación y domicilio anterior al actual en virtud de la escritura otorgada en Madrid, el día 26 xx xxxxx de 2.007, ante el Notario de Madrid, Xxx Xxxxxxx Xxxx Xxxxx Xxxxxxxxx, con el número 1.822 de protocolo.
Actúa como Apoderado de la citada mercantil, en virtud del Poder que le fue conferido mediante escritura otorgada ante el Notario anteriormente citado el día 26 xx xxxxx de 2.007, número 1.901 de su protocolo. Inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 11.252, libro 0, folio 224, sección 8ª, hoja número M-41.922, inscripción 91ª.
Manifiesta en nombre de la sociedad que representa, tener plena capacidad jurídica y de obrar y no estar incurso en ninguna de las prohibiciones para contratar que determina el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público y la normativa de la Comunidad Autónoma de Andalucía reguladora de esta materia, así como hallarse al corriente de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social conforme a los artículos 13 y 14 del R.D. 1098/2001 de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
DEPENDENCIA: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
NEGOCIADO: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Las partes, reconociéndose mutuamente legal capacidad para obligarse, DICEN:
ANTECEDENTES
1. Autorización de la celebración del contrato, fiscalización y contracción del gasto.
La Sra. Alcaldesa por Decreto nº 2010D014426 de fecha 7 de diciembre de 2011, acordó Aprobar el Pliego de Condiciones Económico-Administrativas y el Pliego de Prescripciones Técnicas, para la adjudicación de la contratación del suministro de material de pintura de tráfico para el Excmo. Ayuntamiento de Marbella año 2011, por Procedimiento Negociado sin publicidad, tramitación anticipada, Regulación no armonizada; Aprobar el expediente de contratación; así como la aprobación del gasto previsto, por importe máximo de CINCUENTA MIL EUROS (50.000,00 €), desglosado de la siguiente manera:
- Precio 42.372,88 €
-18 % IVA 7.627,12 €
La vigencia del contrato será hasta que se agote el importe adjudicado con cargo al Presupuesto del 2011, sin que pueda exceder en todo caso del 31 de diciembre de 2011. Este procedimiento de contratación es de tramitación anticipada, por lo que el órgano competente se compromete a consignar y reservar créditos oportunos en los presupuestos de los ejercicios futuros que resulten afectados.
Y disponer la apertura del procedimiento de adjudicación de acuerdo al Pliego de Condiciones Económico Administrativas y Pliego de Prescripciones Técnicas que se aprueban, y que se consideran parte integrante del contrato.
2. Clasificación de las ofertas y requerimiento del cumplimiento del 135 LCSP
Una vez abiertas las proposiciones presentadas en plazo por los licitadores, y previa valoración y clasificación de las mismas por los técnicos competentes, resultó que la entidad API MOVILIDAD, S.A., presentó la proposición económicamente más ventajosa resumida en este cuadro:
Titular | Precio (€) |
API MOVILIDAD, S. A. | |
Precio | 42.372,88 |
18% de I. V. A. | 7.627,12 |
Total | 50.000,00 |
Porcentaje de Baja sobre los precios del Anexo I del PPT | 7,69 % |
Una vez requerido al citado licitador de la oferta económica más ventajosa, el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 135 de la Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público en su redacción dada por la Ley 34/2010, éste presentó en plazo los siguientes documentos:
- Justificante de haber constituido la GARANTIA DEFINITIVA por importe de DOS MIL CIENTO DIECIOCHO EUROS CON SESENTA Y CUATRO EUROS (2.118,64 €), mediante
carta de Pago 2011-152. La garantía definitiva no será devuelta o cancelada hasta que se haya producido el vencimiento del plazo de garantía y cumplido satisfactoriamente el contrato o resuelto éste sin culpa del contratista.
- Certificados positivos expedidos, tanto por la Agencia Tributaria, como por la Tesorería de la Seguridad Social, con fechas 5 de enero y 1 de febrero de 2011 respectivamente.
- Solicitud de certificación positiva a expedir por esta Entidad Local, con fecha de Registro de Entrada de este Ayuntamiento 8 de febrero de 2011.
DEPENDENCIA: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
NEGOCIADO: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
3. Adjudicación.
La Sra. Alcaldesa, por Decreto nº de fecha 2011D01358 de 0 xx xxxxxxx xx 0.000, xxxxxx de conformidad con la propuesta formulada, y habiéndose cumplido todos los requisitos legales exigidos en el artículo 135 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre de Contratos del Sector Público, APROBAR LA ADJUDICACIÓN del contrato de suministro de PINTURA ESPECIAL PARA SEÑALIZACIÓN VIARIA, a la sociedad API MOVILIDAD, S.A., de acuerdo a la proposición económica resumida en este cuadro:
Titular | Precio (€) |
API MOVILIDAD, S. A. | |
Precio | 42.372,88 |
18% de I. V. A. | 7.627,12 |
Total | 50.000,00 |
Porcentaje de Baja sobre los precios del Anexo I del PPT | 7,69 % |
Y conviniendo a ambas partes, en calidad de adjudicante y adjudicatario, el presente contrato de suministro, lo formalizan en el presente documento administrativo, con arreglo a las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA.- Que D. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, en nombre y representación de la sociedad API MOVILIDAD, S.A., se compromete al Suministro de Pintura Especial para señalización viaria año 2011 para el Excmo. Ayuntamiento de Marbella con estricta sujeción al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, (anexo nº I que consta de 14 folios sellados y numeradas), Pliego de Prescripciones Técnicas (anexo nº II que consta de 3 folios sellados y numeradas) y, oferta económica-técnica (anexo nº III que consta de 2 folios sellados y numerados) que figuran en el expediente, documentos contractuales que acepta incondicionalmente y sin reserva alguna.
SEGUNDA.- Precio. De acuerdo a la oferta presentada por el contratista, el precio del contrato asciende CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS EUROS CON OCHENTA Y OCHO CENTIMOS (42.372,88 €) más SIETE MIL SEISCIENTOS VEINTISIETE EUROS
CON DOCE CENTIMOS (7.627,12 €) en concepto de 18% IVA, lo que asciende a un total de CINCUENTA MIL EUROS (50.000,00 €) y un porcentaje de descuento de baja sobre los precios del Anexo I del PPTP del 7,69%.
En dicho importe se entenderá comprendido, además del precio de ejecución, los gastos generales, financieros, cargas fiscales, incluido IVA y demás impuestos vigentes, incluidos, los gastos de transporte de los bienes objetos de este contrato y cuantos otros gastos e impuestos procedan a abonar legalmente.
Este procedimiento de contratación es de tramitación anticipada, por lo que el órgano competente se compromete a consignar y reservar créditos oportunos en los presupuestos de los ejercicios futuros que resulten afectados.
El contratista tiene derecho al abono del precio del suministro efectivamente entregado y formalmente recibidos por el Excmo. Ayuntamiento de Marbella puestos en destino y en condiciones de uso a beneplácito del Ayuntamiento, previa comprobación de cantidades y calidades y con arreglo a los precios y condiciones establecidas en el contrato (artículo 269 LCSP).
La Administración tendrá la obligación de abonar el precio dentro de los sesenta días siguientes a la fecha de la expedición de las certificaciones de obras o de los correspondientes documentos que acrediten la realización total o parcial del suministro del contrato, sin perjuicio del plazo especial establecido en el artículo 205.4 LCSP, y, si se demorase, deberá abonar al
DEPENDENCIA: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
NEGOCIADO: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
contratista, a partir del cumplimiento de dicho plazo de sesenta días, los intereses de demora y la indemnización por los costes de cobro en los términos previstos en la Ley 3/2004, de 29 diciembre, por la que establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales (artículo 200.4 LCSP).
La factura o facturas correspondientes se presentarán ante el Registro General de Entrada del Excmo. Ayuntamiento de Marbella que serán remitidas por Ia Intervención General al departamento municipal proponente del gasto y receptor del objeto del contrato, junto con los albaranes correspondientes, en su caso, debiéndose indicar en cada una de ellas el número del expediente administrativo del servicio de Contratación y el número de la cuenta corriente en la que deseen se les transfiera la cantidad a que se obligue esta Administración.
A continuación el departamento proponente del gasto, remitirá o entregará la factura o facturas correspondientes al Servicio de Contratación y se abonarán una vez realizados los trámites establecidos en las disposiciones vigentes.
Dichas facturas deberán venir firmadas por el responsable de la Delegación receptora de la prestación con la expresión “Recibí y Conforme”, y se hará constar en las mismas tanto la fecha de recepción de la factura como la de dicha conformidad.
Se deberá indicar en cada factura el número del expediente administrativo del Servicio de Contratación.
Los pagos serán efectuados por la Tesorería Municipal de acuerdo con el plan de disposición de fondos en vigor, en función de las disponibilidades dinerarias y prioridades de pago legalmente establecidas.
De acuerdo con lo dispuesto en el Pliego de Cláusulas Administrativas, en este contrato no se revisarán los precios.
TERCERA.- Los materiales objeto de esta contratación deberán ser entregados en el almacén de Tráfico del Excmo. Ayuntamiento de Marbella, sito en el Polígono Industrial La Ermita, calle Hierro, o en el lugar que a tal efecto designen los técnicos municipales, siempre dentro del término municipal de Marbella, en un plazo máximo de tres días una vez pasada la orden de pedido correspondiente.
El Ayuntamiento de Marbella podrá requerir en cualquier momento al contratista para que realice las prestaciones objeto de la presente contratación, debiendo el citado contratista dar carácter preferente a los requerimientos efectuados por esta Corporación.
Cuando el contratista por causas imputables al mismo, hubiese incurrido en xxxx respecto al cumplimiento del plazo total, el Ayuntamiento podrá optar indistintamente por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades en la forma prevista en la legislación vigente.
CUARTA.- El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas particulares, y a satisfacción de este Ayuntamiento.
Con carácter previo a la recepción del suministro, se realizarán las comprobaciones pertinentes. Requisito previo a la entrega del material se aportará la documentación del pedido para que el Excmo. Ayuntamiento proceda a la inspección de los materiales.
Asimismo, se establece un plazo de garantía según PPTP de SEIS (6) MESES a contar desde la fecha de recepción formal y conformidad, que se fija como garantía a los efectos previstos en la LCSP y normas reglamentarias, transcurrido el cual sin objeciones por parte del departamento municipal receptor quedará exento de responsabilidad el contratista por razón de los bienes suministrados.
Por el contrario, si el Órgano de Contratación, a propuesta del departamento municipal correspondiente y durante el plazo de garantía, estimase que los bienes suministrados no son
DEPENDENCIA: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
NEGOCIADO: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
aptos para el fin pretendido, como consecuencia de los vicios o defectos observados en ellos e imputables al contratista, podrá ejercer las facultades previstas en el artículo 274 LCSP.
En los casos en que haya lugar a recepciones parciales, el plazo de garantía de las partes recibidas comenzará a contarse desde las fechas de las recepciones respectivas.
Durante el plazo de garantía tendrá derecho el contratista a conocer y ser oído sobre la aplicación de los bienes suministrados.
QUINTA.- La ejecución del contrato se realizará a riesgo y xxxxxxx del contratista y éste no tendrá derecho a indemnización por causa de pérdidas, averías o perjuicios ocasionados en los bienes antes de su entrega a este Ayuntamiento, salvo que éste hubiera incurrido en xxxx al recibirlos (artículo 199 y 268 LCSP).
Los bienes objeto del suministro deberán ser entregados en el tiempo y lugar fijados en el Pliego regulador del presente contrato, y de conformidad con las prescripciones técnicas y cláusulas administrativas. No obstante, el Ayuntamiento, durante la ejecución del contrato, se reserva la facultad de fijar otro lugar distinto al pactado.
El contratista contará con el personal necesario para la ejecución del contrato. Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador respecto del mismo, siendo este Ayuntamiento ajeno a dichas relaciones laborales. El contratista procederá inmediatamente, si fuera necesario, a la sustitución del personal preciso de forma que la ejecución del contrato quede siempre asegurada.
SEXTA.- Para coordinar las relaciones que con motivo del desarrollo del objeto de suministro necesariamente se tienen que establecer entre el Excmo. Ayuntamiento y el contratista, el Ayuntamiento designa al Técnico competente de la Delegación de Tráfico y Circulación que actuará como representante de la Administración, y al que corresponderá supervisar su ejecución y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de facultades que aquélla le atribuya.
SÉPTIMA.- La Administración tendrá la prerrogativa de interpretar lo convenido, de modificar las prestaciones según las conveniencias del suministro y de suspender su ejecución por causa de interés público.
El desconocimiento del contrato en cualquiera de sus términos, o de los documentos anexos que forman parte del mismo, o de las instrucciones que para su cumplimiento dictare la Administración, y normas legales que fuesen de obligado cumplimiento, no eximirán al contratista de la obligación de su cumplimiento.
OCTAVA.- El contratista hace sumisión expresa a la Ley 30/2007 de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, así como por el Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
NOVENA.- El presente contrato es de naturaleza administrativa. Contra las resoluciones que se dicten en el desarrollo de este contrato, el contratista podrá recurrir en defensa de sus derechos ante la jurisdicción contencioso-administrativa.
En cuanto a las controversias que puedan surgir en torno a las presentes estipulaciones, y sin perjuicio de la facultad de interpretación reconocida a la Administración, las partes se someten expresamente, con renuncia de cualquier otro fuero que pudiera ampararlas, a los Juzgados del Partido Judicial de Marbella, y a los Tribunales Contenciosos Administrativos competentes en virtud del carácter administrativo del presente contrato.
DEPENDENCIA: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
NEGOCIADO: . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
Y para la debida constancia de todo lo convenido, firman este contrato en duplicado ejemplar en el lugar y fecha arriba indicado.
Excmo. Ayuntamiento de Marbella API MOVILIDAD, S.A.
Fdo. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx Fdo. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx Decreto de Delegación nº 2010D6404
Ante mí, firman las personas que anteceden EL VICESECRETARIO
Titular del Órgano de Apoyo de la J.G.L.
Fdo. Xxxxxx Xxxxxxx de las Xxxxxx Xxxxxx