EXPLOTACIÓN DE LA RECARGA DE TÍTULOS DE VIAJE DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTES URBANOS S.A. (EMTUSA)
PLIEGO DE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS PARA LA CONTRATACIÓN DE LA
EXPLOTACIÓN DE LA RECARGA DE TÍTULOS DE VIAJE DE LA EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTES URBANOS S.A. (EMTUSA)
Fecha de Revisión: 21/12/2017
EXPEDIENTE CONTRATACIÓN: | 4/2017 – RED RECARGA TARJETAS |
ÍNDICE
I. DISPOSICIONES GENERALES 4
2. RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN 4
4. CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN 6
Plazos, lugar de presentación de ofertas e información 8
5. DOCUMENTACIÓN DE LOS LICITADORES 10
Sobre Nº 1 – Propuesta Técnica 10
Sobre Nº 2 – Oferta Económica 10
6. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y PRESUPUESTO DE LICITACIÓN 12
15
10. PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN 15
Oferta económica (Hasta 60 puntos) 15
Oferta técnica (Hasta 40 puntos) 19
11. ORGANO ASESOR, CALIFICACIÓN DE DOCUMENTOS Y APERTURA DE PROPOSICIONES 24
12. PROPUESTA Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 25
III.DEL CONTRATO DE SERVICIOS 31
14. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 31
16. LIQUIDACIONES Y FACTURACIÓN 34
17. SUBCONTRATACIÓN Y CESIÓN DEL CONTRATO 35
18. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 35
ANEXOS
I. DECLARACIÓN RESPONSABLE
II. MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA
II.I RESUMEN DE ASPECTOS TÉCNICOS
III. MODELO DE AVAL
IV. DECLARACIÓN SOBRE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
CONDICIONES ADMINISTRATIVAS
1. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del contrato está constituido por la explotación de la distribución y recargas de los títulos de viaje de la Empresa Municipal de Transportes Urbanos
S.A. (EMTUSA), en adelante tarjetas, conforme a las prescripciones jurídicas, técnicas y económicas recogidas en los correspondientes Pliegos.
El objeto del contrato corresponde al código 79900000 Servicios comerciales diversos y otros servicios conexos, según referencia del Reglamento CE (Nº) 213/2008 de La Comisión, de 28 de noviembre de 2007, por el que se aprueba el Vocabulario Común de Contratos Públicos (CPV). El código de tramitación interna del expediente EMTUSA es: 4/2017 – RED RECARGA TARJETAS.
El presente contrato comprende los requisitos de carácter técnico que permitan el cobro de fianza, distribución y recarga de las tarjetas BONO-BÚS, así como la recarga del resto de títulos de viaje que conforman la oferta de tarjetas personalizadas expedidas y distribuidas por EMTUSA. Igualmente, incluye la tramitación de las incidencias surgidas por las cargas de dichas tarjetas, así como el envío y puesta en conocimiento de EMTUSA, con frecuencia diaria, de toda la información consecuencia de la actividad contratada. La totalidad de las condiciones técnicas a cumplir por el contratista se encuentran recogidas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Con carácter opcional, el licitante podrá aportar soluciones de utilización de terminales inteligentes de telefonía móvil como medio de pago en los terminales de a bordo de la flota de EMTUSA.
2. RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN
La contratación a la que se refiere el presente Xxxxxx tiene naturaleza privada, y su preparación y celebración quedan sujetas a lo dispuesto en la Ley 31/2007, de 30 de octubre, sobre procedimientos de contratación en los sectores del agua, de la energía, los transportes y los servicios postales y las disposiciones generales del Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que
se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), y a las Instrucciones Internas de Contratación (IIC) de EMTUSA.
Al amparo de estas normas, y al del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de la Administración Pública (RGLCAP) se han elaborado las prescripciones jurídicas, técnicas y económicas que han de regir el presente Concurso y la posterior adjudicación del contrato, aplicándose supletoriamente las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las disposiciones del derecho privado que fueran de aplicación.
Los pliegos de condiciones, anexos y la oferta adjudicataria, junto con los proyectos o programas de trabajo, que si fuera el caso hubieran de acompañarla, tendrán carácter contractual a todos los efectos. En consecuencia, el contrato que se celebre se ajustará al contenido de los pliegos, cuyas cláusulas se considerarán parte integrante de los mismos. En cuanto a sus efectos y extinción, este contrato se regirá por el derecho privado.
En caso de contradicción entre el Pliego de Condiciones Administrativas Particulares y cualquiera del resto de documentos contractuales, prevalecerá el primero sobre los restantes, conteniéndose en él, los derechos y obligaciones que asumirán las partes.
Los pliegos y cuantos trámites sean gestionados durante el procedimiento de adjudicación podrán ser objeto de impugnación mediante la interposición de la reclamación prevista al efecto en el Título VII (arts.101 y ss.) de la Ley 31/2007. Contra la resolución que se dicte sobre la reclamación cabrá interposición de recurso ante el orden jurisdiccional contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el art.108.1 de la Ley 31/2007.
Las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del contrato, se someterán al orden jurisdiccional civil. El Adjudicatario, renunciando al fuero propio que pudiera corresponderle, se somete expresamente, en todo lo relacionado con esta contratación, a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Huelva.
3. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
El Órgano de Contratación competente para la adjudicación del contrato es, en virtud de las IIC de EMTUSA, su Consejo de Administración.
4. CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN
Aptitud para contratar
a) Podrán concurrir al procedimiento de contratación las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no se hallen incursas en ninguna de las causas de prohibición para contratar contempladas en la legislación específica de contratos del sector público (R.D. Leg. 3/2011, de 14 de noviembre - TRLCSP), tengan por finalidad una actividad que guarde relación directa con el objeto del contrato, dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la ejecución de la prestación y acrediten estar en posesión de la clasificación de empresa o bien de la solvencia técnica exigida en este Pliego.
b) Las empresas no españolas de estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico europeo, tendrán capacidad para contratar siempre que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Xxxxxx acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los Registros que se indican en el Anexo I del R.D. 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
c) Las restantes empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente Española, u Oficina Consular de España, del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por ésta, que figura inscrita en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúa con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las
que se extiende el objeto del contrato, así como el informe de reciprocidad respecto a las empresas españolas.
d) Las agrupaciones de empresarios o Uniones Temporales de Empresas (UTE), de acuerdo a lo establecido por el TRLCSP, estarán autorizadas para licitar, siendo en este caso responsables solidarias ante XXXXXX y debiendo nombrar a un representante o apoderado único, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo.
e) Las UTE podrán contratar sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública hasta que se haya efectuado la adjudicación, en cuyo caso deberá formalizarse antes de la firma del contrato.
Solvencia técnica
Los empresarios podrán acreditar la suficiente solvencia técnica para la ejecución del contrato, presentando los siguientes documentos:
• Declaración con relación de principales servicios o trabajos realizados (del mismo objeto que el contrato licitado), en los últimos cuatro años, que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos.
• Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa durante los tres últimos años, acompañada de la justificación acreditativa pertinente.
• Declaración indicando equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos.
La presentación de ofertas supondrá aceptación íntegra de todas las condiciones establecidas en los Pliegos que lo rigen, sin salvedad o reserva alguna.
Fianza provisional
No se exige.
Plazos, lugar de presentación de ofertas e información
Este Pliego de condiciones, y toda la información relativa a esta licitación, será objeto de publicación en el Perfil del contratante de EMTUSA, sito en la web xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx
a) El plazo de presentación de ofertas finalizará transcurridos 30 días naturales desde la publicación del anuncio de licitación en el Perfil del Contratante, salvo que fuera sábado o inhábil, en cuyo caso el plazo de admisión se extenderá hasta las 14:00 horas del primer día hábil siguiente.
b) Las ofertas se presentarán en la sede de EMTUSA:
Xxxx. Xxxxx Xxxxxxxxx xx 00, 00000 Xxxxxx |
Tfno.: 000 000 000 |
Fax: 000 000 000 |
c) La presentación podrá hacerse personalmente o bien mediante correo postal o mensajería. De utilizarse la vía postal, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío y anunciar al Órgano de Contratación la remisión de la oferta mediante correo electrónico y llamada telefónica en el mismo día, consignando el nº de expediente, título del contrato y nombre del licitador. Sin la concurrencia de estos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida con posterioridad a la terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. No obstante, transcurridos dos (2) días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
La documentación necesaria para concurrir al procedimiento de contratación se entregará en dos (2) Sobres cerrados, identificados cada uno en su exterior con el nombre y apellidos o razón social de la empresa licitadora, número de teléfono y una dirección de correo electrónico. Cada uno de los Sobres deberá contener un documento, en hoja independiente,
que encabece y enumere de forma sucesiva toda la documentación que es aportada en el mismo.
De igual forma, en el exterior de cada Sobre se indicará el título correspondiente: SOBRE Nº 1 - “Propuesta Técnica” y SOBRE Nº 2 - “Oferta Económica”, y la indicación de la licitación a la que se concurre bajo el siguiente enunciado:
CONTRATACIÓN EMTUSA |
EXP. 4/2017 – RED RECARGA TARJETAS |
Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser documentación original o bien copias que tengan el carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia.
Acompañando a los Sobres se entregará declaración responsable del licitador en la que se haga constar que cumple con las condiciones establecidas legalmente para contratar conforme al modelo ANEXO I de este Xxxxxx.
La documentación constará en castellano, y la unidad monetaria en la que se expresarán los datos económicos será el euro (€).
Cada licitador presentará una sola proposición, admitiéndose alternativas o variantes según se describe en Pliego de Prescripciones Técnicas.
Si la documentación presentada no cumple las formalidades descritas en este Pliego, será causa suficiente para excluir al licitador del procedimiento de contratación, salvo consideración del Órgano de Contratación como defecto susceptible de subsanación.
El departamento receptor de EMTUSA podrá facilitar el sello de entrada sobre un documento aportado por el ofertante en el que figure el nombre de éste, número de expediente, documentación objeto de entrega y día de la presentación.
Recibida la propuesta, ésta ya no podrá ser retirada por el licitador.
5. DOCUMENTACIÓN DE LOS LICITADORES
Sobre nº 1 – Propuesta Técnica
El licitador aportará Memoria que contendrá información sobre la oferta en los siguientes aspectos:
- Descripción de la plataforma tecnológica
- Operativa propuesta para la gestión y control de los elementos integrantes del sistema.
- Recursos humanos y materiales adscritos al servicio
- Red de establecimientos comerciales adscritos
- Experiencia en el sector e implantación territorial.
- Plan de mantenimiento y resolución de incidencias.
Si el licitante se encuentra en disposición de cualquiera de las normas relacionadas:
- Certificación en Gestión de la Calidad (UNE-EN-ISO 9001)
- Certificación en Gestión Ambiental (UNE-EN-ISO 14001)
- Certificación de Seguridad y Salud en el trabajo (OHSAS 18001)
Incluirá la oferta económica, que deberá estar suscrita por el licitador o su representante y redactada con sujeción al modelo del ANEXO II del presente Xxxxxx. No se aceptarán proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente la oferta.
La oferta comprenderá los gastos generales y el beneficio industrial del ofertante, así como los tributos de cualquier índole que graven la prestación objeto del contrato, a excepción del IVA que será repercutido a EMTUSA y que se indicará como partida independiente.
Toda proposición que supere los valores máximos o mínimos determinados, cuando proceda, será rechazada.
5.2.1. Red de Ventas.
5.2.1.1. Establecimientos Comerciales
El licitador indicará el porcentaje de comisión fija a practicar sobre el importe de las recargas realizadas en el comercio, ya sean éstas realizadas mediante TPV intervenido por operador o por TPV
desasistido, desglosando la parte destinada al punto de venta, y no pudiendo ser inferior ésta, a un punto y medio porcentual de la totalidad del volumen de recargas realizadas.
Igualmente, el licitante indicará el importe, expresado en céntimos de euro, de comisión destinada a la puesta en circulación de nuevas tarjetas por los puntos de venta. Dicho importe no podrá ser inferior a 10 céntimos ni superior a 20 céntimos. Asimismo, indicará el número de establecimientos que acrediten apertura en días festivos con los requisitos detallados en el pliego de prescripciones técnicas.
5.2.1.2. Otros establecimientos
El licitador indicará el número de TPV con funcionamiento desasistido dispuestos para colocación en dependencias municipales, o en ubicaciones públicas o privadas que EMTUSA o el Ayuntamiento de Huelva considere de especial relevancia, como pudieran ser: Biblioteca Municipal, hospitales, centros universitarios, etc.
El licitador indicará el porcentaje de comisión fija a practicar sobre el importe de las recargas realizadas mediante estos TPV, teniendo en cuenta que quedan bajo su responsabilidad los procesos de: recaudación de dinero efectivo, reposición de nuevas tarjetas para su puesta en circulación, solución de incidencias y, en definitiva, la totalidad de responsabilidades derivadas de la prestación del servicio contratado. Indicará, expresado en céntimos de euro, el importe de comisión exigido para la expendición de nuevas tarjetas Bonobús, no pudiendo el mismo superar los 20 céntimos.
5.2.1.3. Recargas ON-LINE
En caso de contemplarlo en su oferta, el licitador indicará el porcentaje de comisión fija a practicar sobre el importe de las recargas de tarjetas realizadas utilizando internet, ya sea mediante portal web o aplicación para dispositivo móvil. En cualquier caso, dichas recargas, al igual que las realizadas mediante lectores/grabadores de tarjetas de proximidad, finalmente deben ser validadas sobre los terminales de a bordo de EMTUSA de acuerdo con los requerimientos especificados en el pliego de prescripciones técnicas.
6. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y PRESUPUESTO DE LICITACIÓN
Dado que no cabe la posibilidad de determinar con precisión el valor estimado del contrato debido a que el mismo es el resultado de aplicar el porcentaje de comisión ofertado sobre el importe de las recargas realmente realizadas, a título informativo se indican las ventas realizadas por este concepto durante los dos últimos ejercicios cerrados.
DISTRIBUCIÓN DE LAS VENTAS EN CONCEPTO DE RECARGA DE TÍTULOS DE VIAJE REALIZADAS POR AGENTES EXTERNOS | |||
Ejercicio | Importe | ||
2015 | 1.737.500, 00 € | ||
2016 | 1.715.000, 00 € | ||
Con estos parámetros y suponiendo para el cálculo el escenario más desfavorable de ventas (1.715.000 €), el valor estimado del contrato, computado para los cuatro (4) años de duración del mismo y las eventuales prórrogas que hasta un máximo de 2 años podrían acordarse, supondría un importe de 411.600 €, IVA no incluido.
Continuando el supuesto de volumen de venta indicado con anterioridad, el presupuesto máximo de licitación estimado para cuatro años asciende a la cantidad de 274.400 €, IVA no incluido, a razón de 68.600 € para cada ejercicio.
Los importes detallados en los párrafos anteriores son facilitados con la única pretensión de que los licitantes puedan cursar sus ofertas con el mayor criterio posible, no suponiendo para EMTUSA ningún compromiso de pago mínimo.
7. DURACIÓN DEL CONTRATO
Tendrá una duración de cuatro (4) años, estando previsto el comienzo de su vigencia en la fecha indicada a tal efecto en el propio texto del contrato a firmar. Llegada la fecha de su término, el contrato podrá prorrogarse tácitamente por anualidades sucesivas hasta un máximo de dos (2) años, en el caso de que no haya notificación expresa -mediante escrito en sentido contrario-, por cualquiera de las partes contratantes con una antelación previa de tres meses al vencimiento.
Finalizada la vigencia del contrato, o de sus prórrogas, el Órgano de Contratación de EMTUSA podrá acordar, previa notificación al Adjudicatario con 30 días de antelación, la prórroga del contrato por un período máximo de 6 meses, prórroga que será obligatoria para el Adjudicatario en las mismas condiciones técnicas y económicas que vinieran aplicándose a la prestación.
8. PUBLICIDAD Y GASTOS
El procedimiento de contratación será objeto de publicidad a través del Perfil del Contratante de EMTUSA, sito en la web xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx
Irá a cargo del Adjudicatario cualquier gasto que pudiera derivarse de la formalización del contrato y/o de los posibles anuncios de licitación.
9. CONFIDENCIALIDAD Y LOPD
EMTUSA no divulgará la información facilitada por los licitadores que éstos hayan designado como confidencial. Dicha información incluye en particular los secretos técnicos o comerciales y los aspectos confidenciales de las ofertas.
El Adjudicatario deberá guardar sigilo respecto a cualesquiera datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo, comprometiéndose a que toda la información que pueda ser entregada por XXXXXX, o a la que pudiera tener acceso como consecuencia de la prestación contractual, se mantenga bajo la propiedad de XXXXXX, teniendo en todo caso dicha información carácter confidencial.
El Adjudicatario tratará los datos de carácter personal conforme a las instrucciones del responsable del tratamiento, no los aplicará o utilizará con un fin distinto al que figure en el objeto del contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas. Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal que pudiera conocer deberán ser destruidos o devueltos a EMTUSA, al igual que cualquier soporte o documentos utilizados.
En todo caso, tanto EMTUSA como el Adjudicatario se comprometen al tratamiento de los datos de carácter personal a los que tengan acceso conforme
dispone la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
10. PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
El contrato se adjudicará, a través de procedimiento general y abierto. La adjudicación se hará mediante una valoración global de las propuestas, y recaerá sobre el licitador que, en su conjunto, presente la oferta más ventajosa. Para su determinación se aplicarán los siguientes criterios de puntuación, por orden de mayor a menor importancia sobre una totalidad de 100 puntos, quedando excluidas del procedimiento de adjudicación aquellas propuestas que oferten valores que no alcancen los umbrales definidos como mínimos o máximos, según proceda, en el pliego de prescripciones técnicas.
Oferta económica (Hasta 60 puntos)
Se otorgarán hasta un máximo de 60 puntos a las ofertas económicas según desglose de los apartados relacionados a continuación.
10.1.1. Establecimientos comerciales (Hasta 32 puntos)
Todas las ofertas que cumplan con el número de establecimientos exigidos en el pliego de prescripciones técnicas se valorarán de la forma que se indica a continuación, quedando el resto excluidas.
10.1.1.1. Porcentaje de comisión a abonar por EMTUSA (hasta 28 puntos)
Las ofertas se valorarán según el baremo expresado en la siguiente tabla:
% Comisión Total | Puntuación |
3,50% | 28,00 |
4,00% | 24,00 |
4,50% | 17,00 |
5,00% | 3,00 |
Las ofertas que proponga valores de comisión intermedios a los indicados serán valoradas de forma proporcional teniendo en cuenta el intervalo representado por las comisiones inmediatamente superior e inferior a la ofertada, de acuerdo con la siguiente fórmula:
Puntuación = (2 x (Pe – Pd) x (Ce – CO) x 100) + Pd
Dónde:
Pd: Puntuación por defecto más cercana a comisión ofertada Pe: Puntuación por exceso más cercana a comisión ofertada CO: Comisión Ofertada
Ce = Comisión por exceso más cercana a la ofertada
10.1.1.2. Porcentaje de comisión destinada al punto de venta (hasta 2 puntos)
Las ofertas que garanticen la mínima comisión exigida para los puntos de venta (1,5%) serán puntuadas según el baremo expresado en la siguiente tabla:
% Comisión PV | Puntuación |
>= 2,00 | 2,00 |
1,50 | 1,00 |
Las ofertas que propongan comisiones intermedias a las indicadas en la anterior tabla serán puntuadas de forma proporcional, tal y como se expresa en la siguiente fórmula:
Puntuación = (2 x CO) -2
Dónde:
CO: Comisión Ofertada
10.1.1.3. Importe de comisión destinada al punto de venta por puesta en circulación de nuevas tarjetas bonobús (hasta 2 puntos)
Las ofertas que garanticen la mínima comisión exigida para los puntos de venta (0,10 €) por cada tarjeta bonobús puesta en circulación, serán puntuadas según el baremo expresado en la siguiente tabla:
Importe por unidad (centieuros) | Puntuación |
10 | 1,00 |
> = 20 | 2,00 |
Las ofertas que propongan comisiones intermedias a las indicadas en la anterior tabla serán puntuadas de forma proporcional, tal y como se expresa en la siguiente fórmula:
Puntuación = CO / 10
Dónde:
CO: Importe de Comisión Ofertada
10.1.2. Otros establecimientos (hasta 13 puntos)
Todas las ofertas que contemplen la posibilidad de instalación de TPV desasistidos en otros establecimientos definidos por EMTUSA y respeten los umbrales definidos en el pliego de prescripciones técnicas serán puntuadas según se describe a continuación. El resto serán valoradas con 0 puntos.
10.1.2.1. Porcentaje de comisión a abonar por EMTUSA (hasta 10 puntos)
Las ofertas se valorarán según el baremo expresado en la siguiente tabla:
% Comisión Total | Puntuación |
1,00% | 10,00 |
2,00% | 7,50 |
3,00% | 2,50 |
4,00% | 1,00 |
Las ofertas que proponga valores de comisión intermedios a los indicados serán valoradas de forma proporcional teniendo en cuenta el intervalo representado por las comisiones inmediatamente superior e inferior a la ofertada, de acuerdo con la siguiente fórmula:
Puntuación = ( (Pe – Pd) x (Ce – CO) x 100) + Pd
Dónde:
Pd: Puntuación por defecto más cercana a comisión ofertada Pe: Puntuación por exceso más cercana a comisión ofertada CO: Comisión Ofertada
Ce = Comisión por exceso más cercana a la ofertada
10.1.2.2. Importe de comisión por puesta en circulación de nuevas tarjetas Bonobús. (hasta 3 puntos)
El importe de comisión exigido a EMTUSA por la puesta en circulación de nuevas tarjetas Bonobús en terminales desasistidos se valorará según el baremo expresado en la siguiente tabla:
Importe por unidad (centieuros) | Puntuación |
0 | 3,00 |
10 | 2,00 |
20 | 1,00 |
Las ofertas que propongan comisiones intermedias a las indicadas en la anterior tabla serán puntuadas de forma proporcional, tal y como se expresa en la siguiente fórmula:
Puntuación = 3 - (CO / 10)
Dónde:
CO: Importe de Comisión Ofertada
10.1.3. Recargas ON-LINE (hasta 15 puntos)
A todos aquellos licitantes que en su proposición técnica hayan propuesto una solución para realizar ventas (recargas) mediante internet, ya sea mediante un portal web y/o aplicación para teléfono móvil, y que dichas ventas puedan ser canceladas por los terminales de a bordo de EMTUSA, se les valorará el porcentaje de comisión que oferten para abono por parte de EMTUSA por la prestación de este
servicio, de acuerdo con el baremo indicado en la siguiente tabla. El resto serán valoradas con 0 puntos.
% Comisión Total | Puntuación |
1,00% | 15,00 |
2,00% | 10,00 |
3,00% | 5,00 |
4,00% | 1,00 |
Las ofertas que proponga valores de comisión intermedios a los indicados serán valoradas de forma proporcional teniendo en cuenta el intervalo representado por las comisiones inmediatamente superior e inferior a la ofertada, de acuerdo con la siguiente fórmula:
Puntuación = ( (Pe – Pd) x (Ce – CO) x 100) + Pd
Dónde:
Pd: Puntuación por defecto más cercana a comisión ofertada Pe: Puntuación por exceso más cercana a comisión ofertada CO: Comisión Ofertada
Ce = Comisión por exceso más cercana a la ofertada
Oferta técnica (Hasta 40 puntos)
Se valorarán mediante criterios dependientes de un juicio de valor, o fórmula matemática cuando sea posible, los requerimientos descritos en los sucesivos puntos. Si dichos requerimientos fueran considerados como mínimos en el pliego de prescripciones técnicas, EMTUSA exigirá que la oferta del licitante alcance el umbral mínimo exigido, caso de evaluación mediante fórmula, o bien, caso de criterio dependiente de juicio de valor, no sean considerados insuficientes, quedando excluidos del proceso de selección los restantes.
La puntuación máxima posible por estos aspectos se establece en 40 puntos, desglosados como se indica a continuación:
10.2.1. Memoria técnica (hasta 10 puntos)
Tal y como se detalla en el pliego de prescripciones técnicas, el licitante incluirá una memoria descriptiva de los elementos que componen el sistema de recarga, así como de la operativa propuesta para el control y mantenimiento de los elementos que lo integran. Dicha memoria, globalmente debe ser considerada válida por XXXXXX, quedando excluidos del proceso de selección, aquellos licitantes que en cualquiera de los aspectos solicitados obtengan calificación insuficiente.
10.2.1.1. Características de la plataforma tecnológica (Hasta 5 puntos)
Este apartado será puntuado según se indica en la siguiente tabla:
Valoración | Puntuación |
Óptima | 5,00 |
Buena | 3,00 |
Normal | 1,00 |
Insuficiente | 0,00 |
10.2.1.2. Operativa y mantenimiento (hasta 5 puntos)
Este apartado será puntuado según se indica en la siguiente tabla:
Valoración | Puntuación |
Óptima | 5,00 |
Buena | 3,00 |
Normal | 1,00 |
Insuficiente | 0,00 |
10.2.2. Establecimientos comerciales. (Hasta 3 puntos)
10.2.2.1. Número de establecimientos. (Hasta 2 puntos)
El licitante que establezca en su red comercial un número de establecimientos comerciales igual o superior al mínimo requerido en el pliego de prescripciones técnicas, será valorado según valores indicados en tabla representada a continuación. El resto quedarán excluidos del proceso.
Número de Establecimientos | Puntuación |
40 | 2,00 |
35 | 1,50 |
30 | 1,00 |
Las ofertas que propongan un número de establecimientos intermedios a los indicados en la tabla anterior serán puntuadas de forma proporcional, tal y como se expresa en la siguiente fórmula:
Puntuación = 2 - (nE / 10)
Dónde:
nE: Número de establecimientos
10.2.2.2. Apertura en días festivos. (Hasta 1 punto)
Si la oferta a valorar acreditase fehacientemente la apertura de algún establecimiento comercial en día festivo, se otorgará hasta 1 punto de valoración, atendiendo al siguiente criterio:
Número de Establecimientos | Puntuación |
> = 7 | 1,00 |
6 | 0,75 |
5 | 0,50 |
4 | 0,25 |
< 4 | 0,00 |
10.2.3. Otros establecimientos. (Hasta 3 puntos)
Las ofertas que contemplen la ampliación de la red de recargas de tarjetas mediante la explotación de TPV desasistidos de nueva fabricación, según requerimientos xxx xxxxxx de prescripciones técnicas, podrán alcanzar hasta un máximo de 3 puntos atendiendo a los siguientes criterios de valoración:
10.2.3.1. Número de TPV con funcionamiento desasistido. (Hasta 2 puntos)
Nº TPV | Puntuación |
10 | 2,00 |
5 | 1,00 |
0 | 0,00 |
Las ofertas que propongan un número de TPV desasistidos intermedio a los indicados en la tabla anterior serán puntuadas de forma proporcional, tal y como se expresa en la siguiente fórmula:
Puntuación = n / 5
Dónde:
n: Número de TPV con funcionamiento desasistido
10.2.3.2. Plazo de entrega de TPV con funcionamiento desasistido. (Hasta 1 punto)
Plazo (días) | Puntuación |
<= 15 | 1,00 |
<= 30 | 0,50 |
> 30 | 0,00 |
10.2.4. Recargas ON-LINE. (Hasta 17 puntos)
Las ofertas que contemplen la posibilidad de realizar recargas de tarjetas de proximidad mediante internet cumpliendo con la totalidad de las exigencias descritas en el pliego de prescripciones técnicas podrán alcanzar hasta un máximo de 17 puntos atendiendo a los siguientes criterios:
10.2.4.1. Página web. (Hasta 5 puntos)
El desarrollo informático de una página web con la funcionalidad mínima descrita en el pliego de prescripciones técnicas, o bien la dotación de estas funcionalidades a la página web corporativa,
xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx, será valorado según se indica a continuación:
Valoración | Puntuación |
Óptima | 5,00 |
Buena | 2,00 |
Normal | 1,00 |
Insuficiente | 0,00 |
10.2.4.2. Aplicación para teléfono móvil. (Hasta 5 puntos)
El desarrollo informático de una app con idéntica funcionalidad al apartado descrito en el apartado anterior, o la integración de estas funcionalidades en la app EMTUSA será valorado según se indica a continuación:
Valoración | Puntuación |
Óptima | 5,00 |
Buena | 2,00 |
Normal | 1,00 |
Insuficiente | 0,00 |
10.2.4.3. Validación de recarga de tarjeta de proximidad en terminal de a bordo. (Hasta 7 puntos)
A las ofertas que garanticen esta posibilidad, ya sea ampliando la funcionalidad del terminal de a bordo (solución óptima) o por cualquier otro medio alternativo que consiga actualizar la tarjeta al estado de grabación de los TPV de los establecimientos comerciales (solución buena o normal) les serán valorados los subapartados anteriores. Al resto se les considerará como insuficiente la totalidad del apartado RECARGAS ON-LINE.
En función de la calificación de la solución se otorgará la siguiente puntuación:
Valoración | Puntuación |
Óptima | 7,00 |
Buena | 2,00 |
Normal | 1,00 |
Insuficiente | 0,00 |
10.2.5. Cancelación de viajes mediante SMARTPHONE. (Hasta 7 puntos)
Si el licitante, habiendo ofertado el apartado anterior, hubiera incluido la posibilidad de recarga, tal y como se describe en el pliego de prescripciones técnica, aportará solución para utilizar un smartphone con capacidad de validar recargas y cancelar viajes en el terminal de a bordo de EMTUSA, conseguirá hasta un máximo de 7 puntos, atendiendo al siguiente criterio:
Valoración | Puntuación |
Óptima | 7,00 |
Buena | 2,00 |
Normal | 1,00 |
Insuficiente | 0,00 |
11. MESA DE CONTRATACIÓN, CALIFICACIÓN DE DOCUMENTOS Y APERTURA DE PROPOSICIONES
El Órgano de Contratación de XXXXXX estará asistido por una Mesa de Contratación que se constituirá el día y hora a señalar en el Perfil del Contratante de EMTUSA en un acto no público. Tras su constitución, el Presidente del mismo ordenará la apertura del Sobre Nº 1 - “PROPUESTA TÉCNICA” de las ofertas recibidas, para proceder a su calificación.
La Mesa de Contratación admitirá o bien rechazará la documentación caso de no considerarla adecuada o bastante. De observar defectos materiales subsanables, o de precisar aclaración, podrá conceder al licitador un plazo no superior a dos días hábiles desde la comunicación de la incidencia observada, para que haga la subsanación o aclare las dudas surgidas.
En segundo acto de carácter público, en la sede de EMTUSA, se procederá a la apertura del Sobre Nº 2 - “OFERTA ECONÓMICA” de los ofertantes cuyas propuestas técnicas hayan sido admitidas por la Mesa de Contratación. Dicha apertura se realizará en fecha y hora precisada en el Perfil del Contratante de EMTUSA y que se comunicará a la totalidad de ofertantes.
En este acto, se dará lectura del anuncio del contrato, procediéndose seguidamente al recuento de las ofertas recibidas dando ocasión a los interesados para que comprueben el estado de los Sobres que contienen sus ofertas.
Acto seguido, se manifestará el resultado de la calificación de documentos, expresando las propuestas rechazadas y su causa, así como las admitidas. Con anterioridad a la apertura de la primera propuesta económica se invitará a los asistentes a que soliciten las explicaciones o/y aclaraciones que estimen pertinentes. Una vez terminado este periodo no se admitirán observaciones que interrumpan el acto.
Terminado el acto de apertura de las ofertas económicas, Mesa de Contratación iniciará, a puerta cerrada, el estudio de las ofertas admitidas, pudiendo solicitar para ello los informes técnicos que se entienda necesarios.
La propuesta de adjudicación, junto con el Acta correspondiente en la que se recogerán los detalles del acto así como los informes técnicos, se elevará por Mesa de Contratación al Órgano de Contratación al efecto de la adjudicación del contrato al licitador cuya oferta sea más ventajosa para EMTUSA conforme a lo establecido en este Pliego.
12. PROPUESTA Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
Se determinará como oferta más ventajosa la que hubiere logrado mayor puntuación global. Sobre este resultado se constituirá la propuesta de adjudicación que se elevará al Órgano de Contratación. En el caso de proponerse la declaración de desierto, se motivará.
Caso de empate entre dos o más ofertas, se dará preferencia en la adjudicación a la que haya logrado mejor puntuación en el criterio económico.
Antes de la adjudicación, se requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que en plazo determinado, presente documentación justificativa relativa a los aspectos siguientes:
a) Documentación que acredite, conforme a las exigencias de este Pliego, la solvencia necesaria para proceder a la contratación.
b) Capacidad de obrar.
• Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones de contratar en los términos previstos en el TRLCSP.
• Copia de la escritura o documento de constitución o Estatutos o acto fundacional, debidamente inscritos en el Registro público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate.
• Documento Nacional de Identidad o Tarjeta de Identificación Fiscal, caso de empresarios individuales. Los que firmen proposiciones en nombre de otro presentarán copia del Documento Nacional de Identidad, así como Poder bastante para la realización de la oferta.
• Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados Miembros de la Unión Europea será suficiente acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con certificación expedida por la Embajada de España en el Estado correspondiente.
c) Solvencia Económica y Financiera.
• Declaración apropiada de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
• Memoria informativa sobre las Cuentas Anuales presentadas en el Registro Mercantil correspondiente al último ejercicio cerrado, así como el Informe de Auditoría, caso de sujeción a auditoría obligatoria.
• Declaración sobre el volumen anual de negocios.
d) Solvencia Técnica.
• Documentación relacionada en el apartado 4 del presente Xxxxxx referente a acreditación de la suficiente solvencia técnica para la ejecución del contrato.
e) Obligaciones Tributarias.
• Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
• Certificación positiva, expedida por la Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de no ser deudor de la Hacienda Pública de esta Comunidad.
• Certificación positiva, expedida por el Excmo. Ayuntamiento de Huelva, justificativa de la inexistencia de deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que no proceda la utilización de la vía de apremio, de la inexistencia de deudas no atendidas en período voluntario.
f) Obligaciones con la Seguridad Social.
• Certificación positiva expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
g) Impuesto sobre Actividades Económicas.
• Justificante de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y al corriente en el pago del mismo, aportando al efecto copia de la carta de pago del último ejercicio, a la que se acompañará una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En caso de estar exento de este impuesto presentarán declaración justificativa al respecto.
h) Seguro de Responsabilidad Civil.
• El Adjudicatario tomará a su cargo durante la vigencia del contrato una póliza de seguro de responsabilidad civil, a contratar con una entidad aseguradora de reconocida solvencia, que garantice la cobertura de los daños y perjuicios causados como consecuencia directa o indirecta de la prestación del servicio. En todo caso, la suma asegurada ha de ser por cuantía suficiente para cubrir el nacimiento a cargo del Adjudicatario de la obligación de indemnizar a EMTUSA o a cualquier otro tercero de los daños y perjuicios causados tanto en su persona como en sus bienes por hechos derivados del contrato, estableciéndose el capital mínimo garantizado en 500.000 € En el caso de que el Adjudicatario sea una UTE, ésta deberá constituir la póliza de responsabilidad civil con independencia de las pólizas que individualmente tengan contratadas las empresas que la configuran.
Previamente a la suscripción del contrato, se presentará original y copia de la póliza y recibo justificativo del pago de la prima. En caso de fraccionamiento de prima, el Adjudicatario deberá facilitar periódicamente a EMTUSA, cuando ésta lo solicite, los recibos justificativos de cada fraccionamiento de pago.
i) Empresas Extranjeras.
• Si resultara adjudicataria persona extranjera, sea persona física o jurídica, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Asimismo, habrán de presentar certificación, expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad. Toda la documentación relacionada en este apartado habrá de referirse a los doce últimos meses.
• Declaración de sometimiento a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
j) Unión Temporal de Empresas (UTE).
• Escritura Pública de constitución
• Certificado de designación de representante o apoderado único de la UTE con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
• Relación de empresas que la suscriben acreditando cada una de ellas su personalidad y capacidad de obrar, así como el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
• Documentación acreditativa de constitución de póliza de seguro de responsabilidad civil siendo el tomador la UTE.
k) Otros documentos.
• Documento acreditativo de haber constituido la garantía definitiva según se detalla por este Xxxxxx en el apartado 13.
• Documento acreditativo de haber abonado los gastos de publicidad, en su caso ocasionados por la presente licitación.
• Declaración responsable del cumplimiento de requisitos en materia de Prevención de Riesgos Laborales, cuyo modelo se adjunta en el ANEXO IV del presente Xxxxxx.
De no cumplirse, por causa imputable al Adjudicatario, la aportación de documentos detallada, el Órgano de Contratación podrá declarar decaída la adjudicación en su favor, pudiendo optar por instar adjudicación al licitador siguiente a aquél en orden de puntuación de las ofertas.
La adjudicación del contrato o, en su caso, la declaración de desierto, se acordará por el Órgano de Contratación en resolución motivada en la que se concretarán y fijarán los términos definitivos del mismo.
Si la adjudicación del contrato no es congruente con la propuesta de adjudicación, se deberán justificar los motivos para apartarse de dicha propuesta. Si el procedimiento se declarase desierto, dicha declaración no generará derecho alguno para los licitadores.
La adjudicación deberá notificarse al licitador en cuyo favor se haya acordado, así como a los demás concurrentes no Adjudicatarios del contrato.
Transcurrido el plazo de 3 meses desde la notificación de la adjudicación, las proposiciones de los licitadores no Adjudicatarios que no hubieren sido retiradas, pasarán a disposición de EMTUSA para su destrucción.
13. GARANTÍA DEFINITIVA
El Adjudicatario deberá acreditar en el plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente a la notificación, y en todo caso antes de la firma del contrato, la constitución de una garantía definitiva equivalente al CINCO POR CIENTO (5%) del importe del volumen de negocio anual referido al último ejercicio contable cerrado, según se especifica en el punto del sexto del presente documento.
Podrá constituirse mediante aval -según XXXXX XXX de este pliego-, seguro de caución, o en metálico, depositándose el justificante que acredite su constitución en el Departamento de Caja de EMTUSA. Esta garantía
responderá de todas las obligaciones del Adjudicatario y de cuantas exigencias técnicas, económicas y condiciones particulares integren el contrato de servicios. En caso de resolverse el contrato por causa imputable al Adjudicatario la garantía será incautada.
La garantía será devuelta o cancelada una vez cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del contrato, dentro del plazo de los 2 meses siguientes a la finalización del contrato y siempre que no resultaren responsabilidades que hayan de concretarse sobre ella.
III. DEL CONTRATO DE SERVICIOS
14. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se formalizará, una vez cumplidos todos los requisitos por el Adjudicatario, mediante su firma en el plazo dispuesto para ello por la legislación vigente. Si no se atendiese al requerimiento para la celebración del mismo, o se impidiese la formalización en el término señalado, la adjudicación quedará de pleno derecho sin efecto, con pérdida para el licitador de la fianza constituida. El inicio previsto se estima para el 1 xx xxxxx de 2018.
Caso de que el Adjudicatario solicitase la elevación del contrato a Escritura Pública correrá a su xxxxx todo gasto derivado del otorgamiento.
15. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El Adjudicatario ejecutará por su cuenta y a su riesgo y xxxxxxx, bajo su total responsabilidad jurídica y empresarial, los trabajos objeto del contrato y cumplirá con todas las obligaciones impuestas al efecto por la legislación vigente.
La prestación del servicio se ajustará a lo establecido en este Pliego, a las estipulaciones del contrato formalizado y al contenido de la oferta adjudicataria, garantizando en todo momento la calidad y eficiencia en la prestación. Asimismo, la entidad adjudicataria observará la máxima diligencia para que tanto la imagen de EMTUSA como del propio servicio público a cuya gestión está adscrita, no resulten dañados ante los usuarios o cualquier otro tercero, garantizándose siempre la realización de los trabajos con la frecuencia y la calidad comprometida.
Obligaciones de carácter laboral
El Adjudicatario estará obligado al cumplimiento de cuantas disposiciones, de carácter normativo o pactado, presentes y futuras, en materia laboral, de Seguridad Social, fiscal y de prevención de riesgos laborales, resulten de aplicación, asumiendo exclusiva e íntegramente cuantas responsabilidades deriven de su incumplimiento.
El Adjudicatario se compromete a facilitar a EMTUSA, tan pronto como sea requerido al efecto, la documentación acreditativa del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con las distintas Administraciones Públicas, con las primas y cuotas correspondientes a la Seguridad Social y demás obligaciones que en materia laboral le sean exigibles. El Adjudicatario deberá tener en cuenta que dicha documentación podrá ser trasladada al Comité de Empresa de EMTUSA a los debidos efectos legales.
El Adjudicatario tendrá respecto al personal contratado y adscrito a la prestación del servicio todos los derechos y obligaciones inherentes a su condición de empresario. XXXXXX en ningún caso y por ningún título asumirá relación laboral, ni responsabilidad o vínculo de especie alguna con las personas que en el momento o con anterioridad a la terminación del contrato hubieran estado bajo responsabilidad del Adjudicatario. En ningún caso XXXXXX será responsable de las relaciones existentes entre el Adjudicatario y sus trabajadores, aun cuando los despidos y medidas que aquél adopte sean consecuencia directa o indirecta de actuaciones derivadas del contrato.
El incumplimiento por parte del Adjudicatario de las obligaciones referidas en los párrafos anteriores no implicará responsabilidad alguna para EMTUSA. En su caso, cualquier responsabilidad que sea exigida a EMTUSA por incumplimiento del Adjudicatario, y que suponga obligación solidaria o subsidiaria de responder, dará lugar automáticamente al derecho de EMTUSA a repetir frente al Adjudicatario, exigiéndole los importes que se haya visto obligada a sufragar o bien compensándolos en la facturación pendiente.
Medios personales y materiales adscritos al servicio
a) Personal
El Adjudicatario realizará con su propio personal la ejecución de cuantas tareas requiera la prestación del servicio contratado, asumiendo la dirección y control de los trabajos a desarrollar para XXXXXX, sin perjuicio de las instrucciones que pueda dar el responsable del contrato designado por ésta, las cuales no se darán directamente a los operarios, sino a los supervisores del servicio.
b) Material
El Adjudicatario empleará en la ejecución del contrato, bajo su exclusiva responsabilidad, la maquinaria, materiales, productos y cuantos medios
haya incluido en su oferta o estén vinculados a la prestación del servicio objeto de contratación.
Ante cualquier incidencia que se detecte en el rendimiento de los medios materiales empleados en la ejecución del contrato, XXXXXX se dirigirá exclusivamente al Adjudicatario, quien será considerado en todo caso como responsable directo y único del correcto cumplimiento del servicio.
Control y seguimiento del servicio
El Adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los trabajos y servicios realizados, debiendo controlar la prestación de forma permanente a través de las personas que hubiera designado en la oferta.
Ampliación o reducción del servicio
XXXXXX se reserva la facultad de modificar la dimensión de los trabajos contratados originalmente, pudiendo reducir o aumentar el número de establecimientos comerciales afectados por el contrato.
En estos supuestos, EMTUSA comunicará la variación al Adjudicatario con una antelación mínima de 15 días naturales al día de la fecha en que deba surtir efectos. Llegada esta fecha, la modificación surtirá efecto en el contrato, quedando su importe reducido o incrementado en la cuantía proporcional que corresponda en relación con el precio global del contrato.
En cualquier caso, el ejercicio de esta facultad por parte de EMTUSA no supondrá para el Adjudicatario derecho alguno de indemnización, sin perjuicio de la repercusión económica que la reducción o aumento de los trabajos tenga en el contrato. Esta facultad tendrá como límite el 20%, en más o en menos, del precio de adjudicación.
Responsabilidad e indemnización por cuenta del Adjudicatario.
El Adjudicatario será responsable de las consecuencias y efectos que se deriven, tanto para terceros como para EMTUSA, de las acciones, omisiones, negligencias, errores, empleo de métodos inadecuados o, en general, de una ejecución incorrecta del servicio.
La indemnización de los daños y perjuicios que puedan resultar como consecuencia de la prestación del servicio, tanto en personas como en bienes, serán por cuenta exclusiva del Adjudicatario. Del mismo modo, los daños en el mobiliario, autobuses e instalaciones de EMTUSA que sean
ocasionados por el personal de la entidad adjudicataria, serán por cuenta de ésta, quien responderá frente a EMTUSA por el total del importe a que asciendan dichos daños. A estos efectos deberá mantenerse vigente durante el contrato la póliza de responsabilidad civil exigida en este Pliego.
Durante la prestación de los trabajos y en el lugar en que se presten, el Adjudicatario deberá adoptar cuantas medidas fueran necesarias para que quede asegurada la protección de la integridad y legítimos intereses de los usuarios de EMTUSA, del personal de ésta, de los que intervengan en la prestación del servicio bajo dependencia y responsabilidad del propio Adjudicatario y de terceros cualesquiera.
Toda sanción o indemnización que en su caso fuera impuesta o exigida a EMTUSA por daños en personas o cosas, producidos como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones del Adjudicatario serán asumidas por este último. Cuando en estos supuestos EMTUSA hubiere soportado la sanción o indemnización, se aplicará la responsabilidad del Adjudicatario de forma automática por vía de compensación o repetición.
Comunicaciones entre EMTUSA y Adjudicatario
Todas las comunicaciones que EMTUSA y Adjudicatario se dirijan entre sí como consecuencia del desarrollo de las relaciones contractuales deberán realizarse, como norma general, por escrito a través de sus representantes, debiendo dejar constancia de su recepción. El uso de los medios telemáticos o electrónicos se admitirá como complemento a las comunicaciones en la medida que en su caso puedan acordar las partes.
16. LIQUIDACIONES Y FACTURACIÓN
Con frecuencia semanal, el adjudicatario estará obligado a practicar a EMTUSA la liquidación correspondiente a los siete días anteriores por el total de lo recaudado por sus canales de distribución.
En caso de discrepancias entre las partes por el resultado de la liquidación, se procederá a una regularización de la liquidación de forma inmediata una vez se acuerde el importe final.
De las cantidades brutas recaudadas por el adjudicatario se detraerán las comisiones señaladas en el contrato a satisfacer por EMTUSA y la cantidad resultante se liquidará a la misma, sirviendo dicha liquidación como justificante
de pago de las dos partes, una vez ingresado su importe en la cuenta de EMTUSA.
En caso de demora en las liquidaciones, se aplicará el interés legal del dinero, más el 5% que pagará el adjudicatario a EMTUSA por las cantidades no satisfechas cuando correspondan.
Las comisiones que aplicar lo serán sobre el importe de las tarifas que, en cada momento, fueran aprobándose por EMTUSA.
Con frecuencia mensual, y en todo caso con antelación al día 15 de cada mes, el adjudicatario emitirá factura de las liquidaciones practicadas de las comisiones aplicadas en el mes anterior, haciendo constar de forma separada el IVA que corresponda.
17. SUBCONTRATACIÓN Y CESIÓN DEL CONTRATO
Tanto la subcontratación como la cesión del contrato por el Adjudicatario a un tercero están sometidas a previa y expresa autorización escrita por parte de XXXXXX.
18. RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Son causas de resolución las recogidas como tales por la IIC de EMTUSA.
ANEXOS
ANEXO I DECLARACIÓN RESPONSABLE
(Este documento se entregará acompañando a Sobres 1 y 2)
D./Xx …………………, con D.N.I. núm. ……………………….., con domicilio a estos efectos en , y actuando en su propio nombre (o en nombre
y representación de ………………………., según escritura de poder con núm. de protocolo ….. xxx Xxxxxxx de …….. D./Xx ).
DECLARA, de forma responsable, que cumple todas las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, recogidas en el art. 146 del TRLCSP y en el Pliego de cláusulas administrativas particulares para la contratación con nº de expediente 4/2017 de la Explotación del servicio de recargas de títulos de viajes de la Empresa Municipal de Transportes Urbanos,
S.A. (EMTUSA), comprometiéndose, en caso de recaer propuesta de adjudicación a mí favor y previamente a dicha adjudicación, a acreditar ante el Órgano de Contratación la posesión y validez de los documentos exigidos, con referencia al último día de finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
A efectos de notificaciones, señalo teléfono y dirección de correo electrónico de contacto, según los datos siguientes:
- Tfno. fijo/móvil:
- E-mail:
Lo que pongo de manifiesto a los oportunos efectos, en ………………………, a de
…………………………. de 2018.
Fdo.: ……………………..
ANEXO II
MODELO PROPOSICIÓN ECONÓMICA
(En Sobre 2)
D./Xx ............................................................................................................, con
D.N.I. núm. ........................., mayor de edad, con domicilio a estos efectos en
......................................., conociendo el Pliego de Condiciones Particulares y de Prescripciones Técnicas y anexos que han de regir la contratación de la Explotación del servicio de recargas de títulos de viajes de la Empresa Municipal de Transportes Urbanos, S.A. (EMTUSA), realizado mediante procedimiento abierto y tramitación ordinaria, con nº de expediente 4/2017, y aceptando íntegramente su contenido, en nombre propio (o en nombre de la persona jurídica que represente), se compromete a prestar el servicio objeto del contrato de referencia en las siguientes condiciones económicas:
COMISIONES A ABONAR POR PARTE DE EMTUSA | ||
Establecimientos Comerciales | ||
● Comisión sobre volumen bruto de ventas De la cual se destina al Punto de Venta | % % | |
● Comisión por puesta en circulación de nuevas tarjetas Bonobús Céntimos de Euro | ||
Otros Establecimientos (SI PROCEDE) | ||
● Comisión sobre volumen bruto de ventas ● Comisión por puesta en circulación de nuevas tarjetas Bonobús | % Céntimos de Euro | |
Recargas ON-LINE (SI PROCEDE) | ||
● Comisión sobre volumen bruto de ventas | % | |
Lo que pongo de manifiesto a los oportunos efectos, en ………………………, a ….. de ………………………. de 2018.
Fdo.: ………………………………..
ANEXO II.I
RESUMEN DE ASPECTOS TÉCNICOS
(En Sobre 1)
D./Xx ............................................................................................................, con
D.N.I. núm. ........................., mayor de edad, con domicilio a estos efectos en
......................................., conociendo el Pliego de Condiciones Particulares y de Prescripciones Técnicas y anexos que han de regir la contratación de la Explotación del servicio de recargas de títulos de viajes de la Empresa Municipal de Transportes Urbanos, S.A. (EMTUSA), realizado mediante procedimiento abierto y tramitación ordinaria, con nº de expediente 4/2017, y aceptando íntegramente su contenido, en nombre propio (o en nombre de la persona jurídica que represente), se compromete a prestar el servicio objeto del contrato de referencia en las siguientes condiciones:
RESUMEN DE ASPECTOS TÉCNICOS | ||
Establecimientos Comerciales | ||
● Número de comercios componentes de la Red de Ventas De los cuales abren en días festivos | Ud Ud | |
Otros Establecimientos (SI PROCEDE) | ||
● Número de terminales puntos de venta con funcionamiento desasistido ● Plazo de entrega de terminales con funcionamiento desasitido | Ud Días | |
Recargas ON-LINE (MARQUE CON UNA "X" LO QUE PROCEDA) | ||
● Desarrollo de página web | ||
● Desarrollo de aplicación para smartphone | ||
IOS ANDROID ● Grabación en tarjeta de recargas ON -LINE (Requisito imprescindible) | ||
SMARTPHONE (MARQUE CON UNA "X" LO QUE XXXXXXX) | ||
● Cancelación de viajes en terminales de a bordo | ||
Lo que pongo de manifiesto a los oportunos efectos, en ………………………, a ….. de ………………………. de 2018.
Fdo.: ………………………………..
ANEXO III MODELO DE AVAL
(A entregar en caso de Xxxxxxxxxxxx)
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)
………………………………………….. con NIF…………………… y con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en……………………..
Calle/plaza/avenida………………………………………………………….CP………………..y en su nombre (nombre y apellidos de los Apoderados) con poderes
suficientes para obligarse en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
AVALA
A: (nombre y apellidos o razón social del avalado), con NIF , por
importe de 85.700 euros (ochenta y cinco mil setecientos) en concepto de garantía definitiva para responder de las obligaciones derivadas de la CONTRATACIÓN DE LA Explotación del servicio de recargas de títulos de viajes de la Empresa Municipal de Transportes Urbanos, S.A. (EMTUSA), tramitada mediante expediente 4/2017.
ANTE: EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTES URBANOS, S.A. (EMTUSA)
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el art. 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto del obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento.
Este aval estará en vigor hasta que el Órgano de Contratación o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución.
El presente aval ha sido inscrito en esta misma fecha en el Registro Especial de Avales con el núm … (Xxxxx y fecha)………………………………………………………………….
Razón social de la entidad……………………………………………………..
Firma de los apoderados………………………………………………………..
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA C.G.D. O ABOGACÍA DEL ESTADO | ||
Provincia: | Fecha: | Número de Código: |
ANEXO IV DECLARACIÓN SOBRE PREVENCIÓN DE
RIESGOS LABORALES
(A entregar en caso de Xxxxxxxxxxxx)
D./Xx …………………, con D.N.I. núm. ……………………….., con domicilio a estos efectos en , y actuando en su propio nombre (o en nombre
y representación de ………………………., según escritura de poder con núm. de protocolo ….. xxx Xxxxxxx de …….. D./Xx …………………….), por el presente documento, y en relación a la contratación de la Explotación del servicio de recargas de títulos de viajes de la Empresa Municipal de Transportes Urbanos,
S.A. (EMTUSA), con expediente 4/2017, DECLARA
Que ante EMTUSA adquiere el compromiso formal de satisfacer, antes del inicio de los trabajos, las siguientes exigencias si éstas estuvieran referidas a los servicios o actividades incluidos en el objeto del contrato y respecto de los trabajadores, equipos y maquinaria que la empresa destinará a la realización de los mismos:
• Póliza de responsabilidad civil y recibo de pago. Frecuencia de entrega Anual.
• Impresos TC1 y TC2 del mes anterior al inicio de los trabajos donde figuren los nombres de las personas que trabajarán en las instalaciones de EMTUSA. Actualización mensual.
• Certificado de haber adoptado alguna de las modalidades previstas en el Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/1997) en lo relativo a la organización de recursos para el desarrollo de las actividades preventivas necesarias en el ámbito de su actividad.
• Certificado de haber informado adecuadamente a los trabajadores que van a desempeñar sus funciones en las instalaciones de EMTUSA sobre los riesgos inherentes a su puesto de trabajo y sobre las medidas de protección o prevención que se deban adoptar, y de
haberlos formado sobre el desempeño de su trabajo en adecuadas condiciones de seguridad y salud.
• Aceptar el compromiso de que, en caso de subcontratación de alguna parte del trabajo a desarrollar (previa autorización expresa de XXXXXX), se requerirá de la subcontrata que satisfaga todos los puntos aquí mencionados, lo que se acreditará mediante la cumplimentación y firma de este mismo modelo de declaración responsable.
Lo que pongo de manifiesto a los oportunos efectos en
………………………, a ….. de …………………………. de 2018.
Fdo.: ………………………………..