PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS CENTROS DE TRABAJO Y FLOTA DE AUTOBUSES DE EMTUSA,
EMTUSA –Huelva-
Pliego Concurso de Limpieza
Contratación
PLIEGO DE CONDICIONES PARA LA CONTRATACIÓN, MEDIANTE
PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SERVICIO DE LIMPIEZA DE LOS CENTROS DE TRABAJO Y FLOTA DE AUTOBUSES DE EMTUSA,
INCLUYENDO: REPOSTAJE DE COMBUSTIBLE Y TAREAS BÁSICAS DE
MANTENIMIENTO
EXPEDIENTE CONTRATACIÓN: | 1/2014 - LIMPIEZA |
ÍNDICE
2. RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN 7
4. CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN 8
4.2. Clasificación de empresa 9
4.4. Aceptación de los Pliegos 10
4.6. Integración Social de los Minusválidos 10
4.7. Plazos, lugar de presentación de ofertas e información 10
5. DOCUMENTACIÓN DE LOS LICITADORES 13
5.1. SOBRE Nº 1 – DOCUMENTACIÓN TÉCNICA 13
5.2. SOBRE Nº 2 – OFERTA ECONÓMICA 15
6. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y PRESUPUESTO DE LICITACIÓN 16
10.1. Información facilitada por licitadores 17
10.2. Información facilitada por EMTUSA 17
II. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 19
11. PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN 19
11.1.1. Memoria descriptiva de los trabajos 19
11.1.2. Acreditación de experiencia y certificaciones 19
12. MESA DE CONTRATACIÓN, CALIFICACIÓN DE DOCUMENTOS Y APERTURA DE PROPOSICIONES. 23
12.2. Calificación de documentos 23
12.3. Apertura de proposiciones económicas 23
13. PROPUESTA Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 24
13.1. Propuesta de adjudicación del contrato 24
13.2. Adjudicación del contrato 29
III. DEL CONTRATO DE SERVICIOS 31
15. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO 31
16. RESPONSABLE DEL CONTRATO 31
17.1. Condiciones especiales de ejecución del contrato 32
17.2. Obligaciones de carácter laboral 32
17.3. Uso de locales e instalaciones de EMTUSA 33
17.4. Medios personales y materiales adscritos al servicio 34
17.5. Frecuencia/Horario del servicio 36
17.6. Control y seguimiento del servicio 36
17.7. Recogida y depósito de basuras 37
17.8. Ampliación o reducción del servicio 37
17.9. Responsabilidad e indemnización por cuenta del Adjudicatario. 37
17.10. Comunicaciones entre EMTUSA y Adjudicatario 38
18.1. Incumplimiento en la prestación 39
18.2. Penalización por demora en la disponibilidad de la maquinaria 39
18.3. Daños causados en los bienes 39
18.4. Incumplimiento en la contratación de personas con discapacidad 40
18.5. Incumplimientos de carácter grave 40
19. FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO 40
20. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO 41
21. SUBCONTRATACIÓN Y CESIÓN DEL CONTRATO 41
IV. FINALIZACIÓN DEL CONTRATO 43
22. EXTINCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO 43
2.1. Edificio Oficinas (Avda. Nuevo Colombino, 24) 45
2.2. Talleres, dependencias exteriores y zonas comunes 45
2.3. Estación Central Zafra (Avda. de Alemania) 46
3. PRESTACIONES MÍNIMAS POR DEPENDENCIAS 48
3.1. Edificio Oficinas (Avda. Nuevo Colombino, 24) 48
3.2. Taller, Dependencias Exteriores y Zonas Comunes (Avda. Nuevo Colombino, 24) 48
3.3. Estación Central xx Xxxxx (Avda. de Alemania) 49
LIMPIEZA XX XXXXX, REPOSTAJE Y MANTENIMIENTO BÁSICO
2.1. PRESTACIONES MÍNIMAS. GARAJE. Nuevo Colombino, 24 52
ANEXOS
I. DECLARACIÓN RESPONSABLE 55 PROPUESTAS DE FRECUENCIAS DE LIMPIEZA
III. Talleres, Dependencias Exteriores y Zonas Comunes 57
IV. Talleres, Dependencias Exteriores y Zonas Comunes (MEDIOS PROPIOS EMTUSA) 58
VII. MODELO PROPOSICIÓN ECONÓMICA 61
VIII. PRECIO MENSUAL OFERTADO POR CENTRO DE TRABAJO 62
IX. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 63
XI. CONDICIONES A EFECTOS DE SUBROGACIÓN DE PERSONAL 66
CONDICIONES PARTICULARES
1. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del contrato está constituido por la prestación del servicio de limpieza de los centros de trabajo y flota de autobuses de la Empresa Municipal de Transportes Urbanos S.A. (EMTUSA), conforme a las prescripciones jurídicas, técnicas y económicas recogidas en los correspondientes Pliegos.
El objeto del contrato corresponde al código 90910000-9 “Servicios de limpieza”, según referencia del Reglamento CE (Nº) 213/2008 de La Comisión, de 28 de noviembre de 2007, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV). El código interno del expediente EMTUSA es: 1/2014 - LIMPIEZA
Las características y número de los bienes que componen el objeto sobre los que se ha de ejecutar la prestación sometida a licitación pública se detallan en los Pliegos de Prescripciones Técnicas.
2. RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN
La contratación a realizar se califica como contrato de servicios de carácter privado, rigiéndose por las prescripciones jurídicas, técnicas y económicas recogidas en los Pliegos y lo dispuesto en el Real Decreto legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), así como por las Instrucciones Internas de Contratación de EMTUSA y, subsidiariamente, por el ordenamiento jurídico privado.
En cuanto a sus efectos, cumplimiento y extinción, el contrato de servicios que se formalizará con el Adjudicatario se regirá por las cláusulas de los Pliegos redactadas a tal objeto, por el propio contenido del documento de formalización del contrato y la oferta del Adjudicatario. Estos documentos tendrán carácter contractual.
El Adjudicatario, renunciando al fuero propio que pudiera corresponderle, se somete expresamente a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Huelva.
3. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
El Órgano de Contratación competente para la adjudicación del contrato es, en virtud de las Instrucciones Internas de Contratación de EMTUSA, la Presidencia de su Consejo de Administración.
4. CONDICIONES DE PARTICIPACIÓN
4.1. Aptitud para contratar
a) Podrán concurrir al procedimiento de contratación las personas físicas o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no se hallen incursas en ninguna de las causas de prohibición para contratar contempladas en el TRLCSP, tengan por finalidad una actividad que guarde relación directa con el objeto del contrato, dispongan de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la ejecución de la prestación y acrediten estar en posesión de la clasificación de empresa o solvencia técnica exigida en este Pliego.
b) Las empresas no españolas de Estados miembros de la Unión Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, tendrán capacidad para contratar siempre que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate. Xxxxxx acreditar su capacidad de obrar mediante presentación de certificación o declaración jurada de estar inscritas en alguno de los Registros que se indican en el Anexo I del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
c) Las restantes empresas extranjeras deberán acreditar su capacidad de obrar mediante informe expedido por la Misión Diplomática Permanente Española, u Oficina Consular de España, del lugar del domicilio de la empresa, en la que se haga constar, previa acreditación por ésta, que figura inscrita en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúa con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato, así como el informe de reciprocidad respecto a las empresas españolas.
d) Las agrupaciones de empresarios o Uniones Temporales de Empresas, de acuerdo a lo establecido por el TRLCSP, estarán autorizadas para licitar, siendo en este caso responsables solidarias ante XXXXXX y debiendo nombrar a un representante o apoderado único, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo.
Las Uniones Temporales de Empresas podrán contratar sin que sea necesaria la formalización de las mismas en escritura pública, hasta que se haya efectuado la adjudicación, en cuyo caso deberá formalizarse antes de la firma del contrato.
El empresario que haya licitado en Unión Temporal con otros empresarios no podrá, a su vez, presentar proposiciones individualmente, ni figurar en más de una Unión Temporal participante en la licitación. El incumplimiento de esta prohibición dará lugar a la no admisión de cada una de las proposiciones suscritas.
4.2. Clasificación de empresa
La posesión por el licitador de la clasificación concretada a continuación será justificada mediante la oportuna certificación de la inscripción en el Registro Oficial de Empresas Clasificadas del Estado o en el Registro equivalente del ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Grupo Subgrupo Categoría | U. Servicios Generales 1. Servicios de limpieza en general B |
La inscripción acreditará frente al Órgano de Contratación, a tenor de lo en él reflejado y salvo prueba en contrario, las condiciones de aptitud del empresario en cuanto a su personalidad y capacidad de obrar, representación, habilitación profesional o empresarial, solvencia económica y financiera, y clasificación, así como la concurrencia o no concurrencia de las prohibiciones de contratar que deban constar en el mismo.
No será exigible la clasificación a los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, sin perjuicio de su obligación de acreditar como mínimo igual solvencia a la exigida para este contrato, y descrita en el punto siguiente.
4.3. Solvencia técnica
Los empresarios extranjeros, y aquellos españoles que no hayan acreditado la clasificación necesaria, descrita en anteriormente, acreditarán la suficiente solvencia técnica para la ejecución del contrato, presentando los siguientes documentos:
Relación de principales servicios o trabajos realizados (del mismo objeto que el contrato licitado), en los últimos cuatro años, que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los trabajos efectuados se acreditarán mediante
certificados expedidos por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público, o cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante una declaración suscrita por éste.
Declaración sobre la plantilla media anual de la empresa durante los tres últimos años, acompañada de la justificación acreditativa pertinente.
Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.
4.4. Aceptación de los Pliegos
La presentación de ofertas en este procedimiento de contratación, supondrá para los licitadores la aceptación íntegra e incondicionada de todas las condiciones establecidas en los Pliegos que lo rigen, sin salvedad o reserva alguna.
4.5. Fianza provisional
Para tomar parte en este procedimiento no será necesario constituir fianza provisional.
4.6. Integración Social de los Minusválidos
El licitador dará debido cumplimiento de la obligación dispuesta en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, en su artículo 42.1
4.7. Plazos, lugar de presentación de ofertas e información
a) El anuncio de convocatoria del concurso se publicará en el Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE), y en el Perfil de Contratante accesible en la página web de EMTUSA: xxx.xxxxxxxxxxxx.xx, de acuerdo con los requisitos establecidos a los efectos por el TRLCSP.
b) El plazo de presentación de ofertas finalizará transcurridos 40 días naturales desde la publicación del anuncio de licitación en el DOUE, salvo que éste fuera sábado o inhábil, en cuyo caso el plazo de admisión de ofertas se extenderá hasta las 14:00 horas del primer día hábil siguiente.
Los licitadores estarán obligados a mantener la oferta realizada al menos durante un período de 3 meses; término que se computará a partir de la fecha de finalización del plazo para la presentación de proposiciones.
c) Las ofertas se presentarán en la sede social de EMTUSA:
Xxxx. Xxxxx Xxxxxxxxx xx 00, 00000 Xxxxxx |
Tfno: 000 000 000 |
Fax: 000 000 000 |
Bien personalmente o bien mediante envío por correo postal o mensajería, entregado dentro del plazo señalado. Cuando las proposiciones se envíen por correo postal, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al Órgano de Contratación la remisión de la oferta mediante fax o correo electrónico en el mismo día, en el que se consignará el nº de expediente, título del contrato y nombre del licitador. Sin la concurrencia de estos requisitos no será admitida la proposición si es recibida con posterioridad a la terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. No obstante, transcurridos diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
d) Antes de la finalización del plazo para presentar ofertas, los interesados podrán solicitar a EMTUSA información o aclaración sobre las bases y condiciones contenidas en los Pliegos. A estos efectos, se pone a disposición de los interesados la dirección y datos de contacto que figuran en el anuncio de licitación y ya precitados. De igual forma, estará a disposición como medio de información para cuantas cuestiones afecten al procedimiento de contratación el Perfil de Contratante de EMTUSA que se podrá consultar en xxx.xxxxxxxxxxxx.xx
Las empresas interesadas en visitar los centros de trabajo a los que se refiere la presente licitación remitirán correo electrónico con la finalidad de formular solicitud al respecto, indicando en el mismo, al menos dos fechas posibles, elegidas entre las publicadas por EMTUSA para tal circunstancia en el Perfil de Contratante de su página web, así como los datos de sus representantes, quedando fijado el máximo número de asistentes por empresa en dos personas.
XXXXXX remitirá a cada empresa solicitante autorización pertinente, indicando en la misma: fecha y hora asignada, representante de EMTUSA que guiará la visita y duración prevista de la misma.
4.8. Requisitos de forma
La documentación necesaria para concurrir al procedimiento de contratación (descrita en la cláusula 5 del presente Xxxxxx), se entregará en dos (2) Sobres
cerrados, identificados cada uno en su exterior con el nombre y apellidos o razón social de la empresa licitadora, número de teléfono y una dirección de correo electrónico a donde puedan ser dirigidas las comunicaciones que procediese a todos los efectos durante el desarrollo del proceso de adjudicación. Cada uno de los Sobres a aportar deberá contener un documento, en hoja independiente, que encabece y enumere de forma sucesiva toda la documentación que es aportada en el mismo.
De igual forma, en el exterior de cada Sobre se indicará el título correspondiente: “Documentación Técnica” u “Oferta Económica”, y la indicación de la licitación a la que se concurre bajo el siguiente enunciado:
CONTRATACIÓN EMTUSA
EXP. 1/2014 - LIMPIEZA
Toda la documentación a presentar por los licitadores habrá de ser
documentación original o bien copias que tengan el carácter de auténticas o compulsadas conforme a la legislación vigente en la materia.
Acompañando a los citados Sobres se entregará declaración responsable del licitador en la que se haga constar que cumple con las condiciones establecidas legalmente para contratar conforme al modelo que al final del presente Xxxxxx se inserta como XXXXX X.
Los licitadores presentarán su documentación en castellano y la unidad monetaria en la que vengan reflejadas las propuestas económicas será el euro (€).
Cada licitador presentará una sola proposición, no admitiéndose alternativas o variantes.
Si la documentación presentada no cumple las formalidades descritas en este Pliego, será causa suficiente para excluir al licitador del procedimiento de contratación, salvo consideración por la Mesa de Contratación como un defecto susceptible de subsanación.
El departamento receptor de EMTUSA facilitará el sello de entrada sobre un documento en el que conste nombre del ofertante, número de expediente, documentación objeto de entrega y día y hora de la presentación.
Recibida la propuesta, ésta ya no podrá ser retirada por el licitador.
5. DOCUMENTACIÓN DE LOS LICITADORES
5.1. SOBRE Nº 1 – DOCUMENTACIÓN TÉCNICA
En este Sobre se incluirá la documentación que contenga todas las características técnicas identificativas de la oferta presentada.
La documentación debe ir referida a cada una de las especificaciones que se solicitan en los Pliegos de prescripciones técnicas, con ajuste a modelo de anexos II, III, IV, V y VI. En dichos anexos, el licitador aportará información sobre la oferta en medios personales, medios materiales y frecuencias de limpieza, con libertad, pues, para que presente su oferta sin sujeción a requerimientos mínimos, salvo los insertados por EMTUSA en el propio modelo de cada anexo y atendiendo a las siguientes especificaciones:
Medios personales.
Se indicará el número de personas que realizarán este servicio, horario previsto y número de HORAS MENSUALES que supondrá su ejecución, tomando como referencia para su cálculo: 21 días laborables y 9, entre xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos.
Medios materiales.
Se relacionarán, sin detalle, en este apartado: utillaje, maquinaria, productos y EPI’s que utilizarán los operarios adscritos al servicio especificado.
Como complemento a los citados anexos se añadirán los siguientes documentos en el orden relacionado:
Memorias descriptivas de trabajos a realizar para la limpieza de Instalaciones y Estación Central, y para la flota de vehículos.
Se indicarán en estos documentos, con el máximo detalle, las tareas que se realizarán y la capacidad de respuesta ante servicios extraordinarios o puntuales.
Detalle de medios mecánicos.
Se incluirá un documento por cada elemento relacionado como tal en anexos anteriores, indicando:
o Tipo de elemento: Herramienta o Maquinaria
o Marca
o Modelo
o Cantidad
o Fecha de Homologación CE
o Características Técnicas
Detalle de productos químicos a utilizar y Equipos de Protección Individual (EPI) necesarios para su manipulación.
Se incluirá un documento por cada elemento relacionado como tal en anexos anteriores, indicando:
o Tipo de elemento: Producto / Consumible / EPI
o Denominación
o Clasificación según la Directiva 1999/45/CE. (si procede)
o Ficha Técnica, indicando especialmente las obligaciones necesarias para cumplimiento de la legislación vigente en referencia al respeto del Medio Ambiente.
o Ficha de Xxxxxxxxx, incluyendo, cuando se precise, la necesidad de uso de EPI necesario para su manipulación.
Relación de EPI´s.
Además de los equipos de protección individual, se incluirá en este documento, el diseño, color y logo del vestuario que llevarán los operarios adscritos al servicio.
Medios para el seguimiento de las tareas y control de la calidad y eficiencia del servicio.
Se aportará relación de las personas responsables o encargados de las tareas de supervisión y control del servicio, indicándose su experiencia en tareas similares. El Adjudicatario deberá designar al menos a dos personas/supervisores del servicio, facilitando los datos necesarios para su identificación y localización (nombre, teléfono de contacto, correo electrónico, etc.) Estas personas serán quienes se relacionen con el responsable designado por EMTUSA a efectos de solucionar todos los problemas e incidencias que surjan en la prestación del servicio.
Se describirá el sistema a emplear para el control de presencia del personal adscrito al servicio, así como las tareas realizadas por el mismo.
Se indicará programa de inspecciones periódicas de los trabajos propuesto por el licitador, medios para el seguimiento de las tareas y control del servicio.
Declaración responsable referida a las mejoras propuestas según lo expresado en los criterios de adjudicación.
Caso de disponer de ellas, certificaciones referidas a la implantación de Sistemas de gestión puntuables en este pliego: Calidad (UNE-EN- ISO 9001), Ambiental (UNE-EN-ISO 14001) y, Seguridad y Salud en el Trabajo (UNE-EN-OHSAS 18001).
Sin perjuicio de incluir la documentación que haga referencia expresa a cada uno de los apartados anteriores, el licitador podrá aportar cualquier otra documentación que a su juicio describa con mayor detalle su oferta, rotulándola como “Información adicional” e incluyéndola en orden posterior a la expresamente solicitada.
5.2. SOBRE Nº 2 – OFERTA ECONÓMICA
En este Sobre se incluirá la oferta económica, que deberá estar suscrita por el licitador o su representante y redactada con sujeción al modelo del ANEXO VII del presente Xxxxxx. No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente la oferta.
En documento independiente, el licitador deberá incluir una memoria económica relativa a su oferta, en la que detalle los distintos gastos según su naturaleza, incluyendo desglose del coste de personal, amortización y costes estructurales.
La oferta económica, de la que resultará el precio del contrato, deberá ir referida a los centros de trabajo y para la totalidad de la flota de autobuses que se especifican en los Pliegos de prescripciones técnicas, indicándose además el precio hora de servicio (Anexo VII). Además, se acompañará un desglose del precio mensual ofertado por cada centro de trabajo. (Anexo VIII)
La oferta incluirá todos los gastos generales y el beneficio industrial, así como los importes de los tributos de cualquier índole que graven la prestación objeto del contrato, a excepción del IVA que deba ser repercutido a EMTUSA y que se indicará como partida independiente, y cuantos otros gastos se originen para el Adjudicatario como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones contempladas en los Pliegos.
La proposición que contenga una oferta superior al presupuesto de licitación será rechazada.
Si se presentase una oferta anormalmente baja se estará a lo dispuesto al efecto por el TRLCSP.
6. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y PRESUPUESTO DE LICITACIÓN
El valor estimado del contrato, según su cálculo con arreglo al TRLCSP computado para los tres (3) años iniciales de duración del contrato y las dos (2) eventuales prórrogas que podrían acordarse, supone un importe de 780.000,00 €, IVA no incluido.
El presupuesto máximo de licitación asciende a la cantidad de 468.000,00 € (IVA no incluido). El precio del contrato será el que resulte de la oferta adjudicataria, siendo este último el que figurará en el contrato que se formalice entre XXXXXX y el Adjudicatario.
DISTRIBUCIÓN DEL PRESUPUESTO DE LICITACIÓN (3 años) | |||
Ejercicio | Importe sin IVA | ||
2014 | 156.000,00 € | ||
2015 | 156.000,00 € | ||
2016 | 156.000,00 € | ||
468.000,00 € |
7. REVISIÓN DE PRECIOS
El precio del contrato que resulte de la adjudicación se considerará fijo y no revisable durante los tres primeros años. Si se acordara la prórroga del contrato, se podrá revisar anualmente el importe de la adjudicación a instancias del Adjudicatario o de EMTUSA y la revisión tendrá lugar de acuerdo con lo que la legislación al caso señale. De no instar ninguna de las partes la revisión de precios antes de la suscripción de la prórroga, los precios permanecerán inalterables por un nuevo período anual.
8. DURACIÓN DEL CONTRATO
El contrato tendrá una duración de tres (3) años, estando previsto el comienzo de su vigencia en la fecha indicada a tal efecto en el Perfil del Contratante de EMTUSA. Llegada la fecha de su término, el contrato podrá prorrogarse por anualidades sucesivas, y hasta un máximo de dos (2) años, en el caso de que no haya notificación expresa, mediante escrito en sentido contrario, por cualquiera de las partes contratantes con una antelación previa de tres meses al vencimiento.
Una vez finalizado el plazo de vigencia del contrato, o de las prórrogas que en su caso llegaran a acordarse, el Órgano de Contratación de EMTUSA podrá acordar prorrogar el contrato por un período máximo de 3 meses, prórroga que será
obligatoria para el Adjudicatario en las mismas condiciones técnicas y económicas que vinieran aplicándose a la prestación. Cuando el Órgano de Contratación vaya a hacer uso de esta opción, lo notificará con al menos 30 días de antelación al Adjudicatario.
9. PUBLICIDAD
9.1. Anuncios
El procedimiento de contratación será objeto de publicidad a través de los correspondientes anuncios de licitación y adjudicación, que conforme establece el TRLCSP se hará por los siguientes medios:
o Diario Oficial de la Unión Europea (DOUE)
o Perfil de Contratante de EMTUSA (xxx.xxxxxxxxxxxx.xx)
9.2. Gastos
Serán a cargo del contratista los gastos derivados de la formalización del contrato y de los anuncios de licitación; los que se requieran para obtener autorizaciones, licencias, documentos, o cualquier información de organismos oficiales o particulares; los impuestos, tasas, compensaciones y otros gravámenes, tributos o gastos que puedan ser aplicables según las disposiciones vigentes, en la forma y cuantía que éstas señalen, como también cualquier otro gasto necesario para la realización del contrato.
10. CONFIDENCIALIDAD
10.1. Información facilitada por licitadores
EMTUSA no divulgará la información facilitada por los licitadores que éstos hayan designado como confidencial. Dicha información incluye en particular los secretos técnicos o comerciales y los aspectos confidenciales de las ofertas.
10.2. Información facilitada por EMTUSA
El Adjudicatario deberá guardar sigilo respecto a cualesquiera datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y hayan llegado a su conocimiento con ocasión del mismo, comprometiéndose a que toda la información que pueda ser entregada por XXXXXX o a la que pudiera tener acceso como consecuencia de la prestación contractual, se mantenga bajo la propiedad de XXXXXX, teniendo en todo caso dicha información carácter confidencial.
10.3. LOPD
Los datos de carácter personal el Adjudicatario los tratará conforme a las instrucciones del responsable del tratamiento, no los aplicará o utilizará con un fin distinto al que figure en el objeto del contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas. Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal que pudiera conocer deberán ser destruidos o devueltos a EMTUSA, al igual que cualquier soporte o documentos utilizados.
En todo caso, las partes se comprometen al tratamiento de los datos de carácter personal a los que tengan acceso conforme dispone la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal.
11. PROCEDIMIENTO Y CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
El procedimiento de contratación por el que se adjudicará el contrato será abierto, adjudicándose el contrato a la oferta económicamente más ventajosa según resulte de la aplicación de los siguientes criterios de adjudicación, ordenados de mayor a menor puntuación:
11.1. Oferta Técnica
Puntuación máxima: 45 puntos (Factor de ponderación: 4)
La oferta técnica representará un 45% de la valoración total.
La documentación técnica a presentar por los licitadores, de acuerdo a los criterios relacionados a continuación, se valorará multiplicando el resultado obtenido en cada apartado por el factor de ponderación indicado.
11.1.1. Memoria descriptiva de los trabajos
Se valorará con un máximo de 4 puntos a la oferta que presente mejor distribución y organización de las tareas encomendadas, plan de control y seguimiento del servicio, en función del mayor detalle, personalización, garantías de supervisión y control de calidad del mismo. Se atenderá a los siguientes criterios de puntuación:
Plan de distribución de tareas: hasta 2 puntos
Plan de control y seguimiento del servicio: hasta 2 puntos
11.1.2. Acreditación de experiencia y certificaciones
Se valorará con un máximo de 3,25 puntos la acreditación de experiencia en limpieza de flotas de autobuses urbanos y certificaciones en Sistemas de Gestión de la Calidad, Medio Ambiente y, Seguridad y Salud en el Trabajo, atendiendo a los siguientes criterios:
Experiencia en limpieza de autobuses urbanos: 1 punto
Certificación XXX-XX-XXX 0000: 0,75 puntos
Certificación UNE-EN-ISO 14001: 0,75 puntos
Certificación UNE-EN-OHSAS 18001: 0,75 puntos
11.1.3. Medios Materiales
a) Maquinaria, útiles, herramientas y productos
Se valorará con un máximo de 3 puntos el tipo y características de la maquinaria, útiles, herramientas y productos consumibles que se aporten para la realización de las tareas especificadas en los Pliegos de Prescripciones Técnicas, atendiendo a la marca, prestaciones y calidad. Se valorará la utilización de productos de limpieza altamente biodegradables y la utilización de papel, bolsas de basura, etc. de material reciclado.
b) Disponibilidad de la maquinaria ofertada
Se valorará la inmediatez en la disponibilidad de la maquinaria ofertada para la ejecución del servicio. Se atribuirá 1 punto a la oferta que se comprometa a tener en plena disposición la maquinaria ofertada en el menor plazo, contado desde el día siguiente a la fecha de notificación de la adjudicación. A las restantes ofertas se les asignarán los puntos que proporcionalmente corresponda, en comparación con la oferta que presente el menor plazo.
El licitador deberá adjuntar declaración en la que manifieste el plazo, en días naturales, en el que se compromete a tener la maquinaria ofertada disponible para ejecutar el servicio. Si no se aporta esta declaración, se atribuirán 0 puntos en este criterio.
11.2. Oferta Económica
Puntuación máxima: 40 puntos
La oferta económica representará un 40% de la valoración total.
El cálculo de la puntuación de las ofertas económicas se realizará de la siguiente manera:
A la oferta cuyo presupuesto sea más bajo, se le otorgarán 40 puntos.
Puntuación de las restantes ofertas: P= 40 x (MO/ OP)
(P: Puntuación; MO: Mejor Oferta; OP: Oferta a puntuar)
11.3. Mejoras
Puntuación máxima: 15 puntos
Se valorarán las siguientes mejoras:
a) Servicio de desinsectación y desratización en centros de trabajo y desinsectación de la flota de vehículos: hasta 1 punto
El ofertante propondrá, para toda la vigencia del contrato, la realización de las operaciones de desinsectación y desratización en las instalaciones centrales de EMTUSA, sitas en Avda. Nuevo Colombino, y que están construidas sobre una superficie de 12.000 (100 m. de fachada x 120 m de profundidad), donde las Oficinas Centrales y Edificio anexo cuentan con dos plantas construidas sobre aproximadamente 600 . Igualmente propondrá idénticas operaciones para la Estación Central xx Xxxxx y la flota especificada en los Pliegos de prescripciones técnicas. Para ambos casos, se valorará un máximo de 2 intervenciones anuales, puntuándose según se detalla a continuación:
Por cada intervención en instalaciones centrales: 0,25 puntos
Por cada intervención en flota: 0,25 puntos
La empresa deberá contar con la certificación que habilita para la ejecución de estos trabajos, o bien aportar compromiso suscrito con otra empresa autorizada que se encargaría de llevarlos a cabo. En este segundo caso, el Adjudicatario será responsable único y exclusivo del servicio ante EMTUSA, no existiendo relación de carácter alguno entre esta última y la empresa que efectivamente ejecute el trabajo.
b) Servicios de limpieza red de saneamiento de EMTUSA: hasta 2 puntos
Se puntuará con un máximo de 2 puntos a la oferta que proponga realizar la limpieza de la red de saneamiento de las instalaciones de EMTUSA en Xxxx. Xxxxx Xxxxxxxxx, 00. El ofertante propondrá un número de servicios anuales con duración media de 90 minutos. Se puntuará cada servicio ofertado con 0,40 puntos.
En caso de que el servicio se ofrezca con medios externos, el Adjudicatario será responsable único y exclusivo del servicio ante EMTUSA, no existiendo relación de carácter alguno entre esta última y la empresa que efectivamente ejecute el trabajo.
c) Suministro y mantenimiento de unidades bacteriostáticas: hasta 4 puntos
Se puntuará con un máximo de 4 puntos, a razón de 0,20 puntos por unidad tratada, a la oferta que durante la duración del contrato se comprometa a suministrar, mantener y realizar las reposiciones bimensuales de líquidos de las unidades bacteriostáticas necesarias para abarcar la limpieza, higienización y ambientación del mayor número de sanitarios de los veinte (20) existentes en los distintos aseos relacionados en este Pliego.
La empresa deberá contar con la certificación que habilita para la ejecución de estos trabajos, o bien aportar compromiso suscrito con otra empresa autorizada que se encargaría de llevarlos a cabo. En este segundo caso, el Adjudicatario será responsable único y exclusivo del servicio ante EMTUSA, no existiendo relación de carácter alguno entre esta última y la empresa que efectivamente ejecute el trabajo.
d) Suministro de material consumible: hasta 4 puntos
Se puntuará con un máximo de 4 puntos a la oferta que se comprometa a suministrar, sin cargo adicional para EMTUSA, las cantidades anuales del material consumible relacionado a continuación, a razón de 1,25 puntos por elemento suministrado y 0,25 puntos adicionales a la que comprenda la totalidad de los mismos.
Papel higiénico.
Papel Toalla.
Jabón de mano.
e) Otras mejoras: hasta 4 puntos
Se puntuará con un máximo de 4 puntos a la oferta que proponga la mejora que, a juicio de XXXXXX, sea considerada más ventajosa para sus intereses.
Las mejoras se considerarán incluidas en el precio de la oferta, si bien su importe económico estimado será detallado.
La falta de presentación de alguno de los documentos requeridos que impida la evaluación de los criterios de adjudicación precedentes, supondrá una valoración de 0 puntos en cada uno de los criterios en que se haya omitido dicha documentación.
La evaluación global se obtendrá mediante la suma de las puntuaciones obtenidas en la oferta económica y en la oferta técnica, siendo la máxima puntuación posible de cien (100) puntos.
12. MESA DE CONTRATACIÓN, CALIFICACIÓN DE DOCUMENTOS Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
12.1. Mesa de Contratación
El Órgano de Contratación de XXXXXX estará asistido por una Mesa de Contratación conforme a lo regulado en las Instrucciones Internas de Contratación de la empresa.
Esta Mesa se constituirá el día y horas señaladas en el Perfil del Contratante de la página web de EMTUSA en un acto no público. Tras su constitución, el Presidente de la misma ordenará la apertura de los Sobres 1 “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA” para proceder a su calificación.
12.2. Calificación de documentos
Esta documentación será calificada por la Mesa de Contratación, acordando la admisión o el rechazo, en su caso, de aquélla que no sea considerada bastante.
La Mesa de Contratación se pronunciará sobre el resultado de la calificación, indicando las propuestas admitidas y rechazadas, expresando para éstas las causas que motivan su inadmisión. Si observara defectos materiales en la documentación presentada, o la misma necesitara aclaración, podrá conceder al licitador un plazo no superior a tres días hábiles desde la fecha de comunicación de la incidencia observada, para que subsane los defectos materiales o aclare las dudas acaecidas. Dicha comunicación se realizará mediante el envío de correo electrónico.
12.3. Apertura de proposiciones económicas
Posteriormente, en un segundo acto de carácter público que tendrá lugar en la sede de EMTUSA en Xxxx. Xxxxx Xxxxxxxxx, xxx. 00 (00000 Xxxxxx) se procederá a la apertura de los Sobres 2 “OFERTA ECONÓMICA” de los licitantes cuyas propuestas técnicas hayan sido admitidas por la Mesa de Contratación. Dicha apertura se realizará en la fecha y hora que se señalará para tal efecto en el Perfil del Contratante de la página web de EMTUSA y que se comunicará mediante correo electrónico a la totalidad de ofertantes.
En este acto, el Presidente de la Mesa dará lectura del anuncio del contrato, procediéndose seguidamente al recuento de las ofertas presentadas y recibidas dando ocasión a los interesados para que puedan comprobar que los Sobres que contienen las ofertas se encuentran en idénticas condiciones a las que fueron entregados.
Acto seguido, el Presidente manifestará el resultado de la calificación de documentos, expresando las propuestas rechazadas y su causa, así como las propuestas admitidas. Con anterioridad a la apertura de la primera propuesta económica se invitará a los asistentes a que soliciten las explicaciones o/y aclaraciones que estimen pertinentes. Una vez terminado este periodo no se admitirán observaciones que interrumpan el acto.
Terminado el acto de apertura de las Proposiciones económicas, la Mesa de Contratación iniciará seguidamente, a puerta cerrada, el estudio técnico y económico de las Proposiciones admitidas que continuará en días sucesivos si fuera preciso.
La Mesa de Contratación solicitará antes de formular su propuesta los informes técnicos que considere necesarios.
La propuesta de adjudicación que se estime pertinente, junto con el Acta correspondiente en la que se recogerán todas las incidencias del acto, así como los informes técnicos, se elevarán por la Mesa de Contratación al Órgano de Contratación con la finalidad de que se realice la adjudicación del contrato, según lo establecido por el TRLCSP, al licitador que realice la oferta más ventajosa para EMTUSA conforme a lo establecido en este Pliego.
13. PROPUESTA Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
13.1. Propuesta de adjudicación del contrato
La puntuación total de cada oferta resultará de la suma de la valoración que se haya obtenido por la misma, determinándose como oferta económicamente más ventajosa la que hubiere logrado mayor puntuación. Sobre este resultado se constituirá la propuesta o informe de adjudicación, la cual se elevará al órgano competente para dictar la adjudicación, no creando la propuesta hasta este momento derecho alguno. En el caso de que se propusiese la declaración de desierto, se motivará.
En caso de obtenerse la misma puntuación global de las ofertas por dos o más licitadores, se dará preferencia en la adjudicación del contrato a la oferta presentada por el licitador que en el momento de acreditar su solvencia acredite la aplicación de medidas tendentes a promover la igualdad efectiva entre mujeres y hombres. La adjudicación recaerá, por este orden de prioridad, en la oferta que:
Cuente con un plan de igualdad ya implantado antes de la fecha de publicación del anuncio de licitación.
Tenga en fase de implantación un plan de igualdad antes de la fecha de publicación del anuncio de licitación.
Si coincidieran en el mismo criterio preferencial ofertas con igual puntuación, se adjudicará el contrato a la que haya obtenido mayor puntuación en el criterio económico.
Antes de la adjudicación, el Órgano de Contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta más ventajosa para que dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente documentación justificativa en ejemplares originales o copias debidamente autenticadas. Dicha documentación será relativa a los aspectos siguientes:
a) Clasificación de la empresa licitadora
Certificado de clasificación de la empresa licitadora emitido por la Junta Consultiva de Contratación competente en el que se acredite la clasificación en el Grupo, Subgrupo y Categoría definidos en la cláusula
4.2 del presente Pliego. En todo caso, en el certificado de la inscripción en el Registro de empresas clasificadas habrá de constar las circunstancias de la sociedad y los poderes de representación.
El certificado acreditativo que se presente deberá ir acompañado, en todo caso, de una declaración responsable en la que el licitador manifieste que las circunstancias reflejadas en el mismo no han experimentado variación.
b) Capacidad de obrar
Declaración responsable de no estar incurso en las prohibiciones de contratar en los términos previstos en el TRLCSP. Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea, y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá sustituirse por declaración responsable otorgada por autoridad judicial.
Copia de la escritura o documento de constitución o Estatutos o acto fundacional, debidamente inscritos en el Registro público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate.
Para los empresarios individuales será obligatoria la presentación del Documento Nacional de Identidad o Tarjeta de Identificación Fiscal. Los que firmen proposiciones en nombre de otro presentarán copia del Documento Nacional de Identidad así como Poder bastante para la realización de la oferta. Dicho Poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil, cuando así se exija conforme a lo previsto en su normativa específica.
Cuando se trate de empresarios no españoles de Estados Miembros de la Unión Europea será suficiente acreditar su inscripción en un registro profesional o comercial cuando este requisito sea exigido por la legislación del Estado respectivo. Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con certificación expedida por la Embajada de España en el Estado correspondiente.
c) Solvencia Económica y Financiera.
Esta documentación no será preciso aportarla caso de haber sido facilitada la acreditación de clasificación de empresa citada en el apartado “a” de este punto.
Declaración apropiada de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales.
Memoria informativa sobre las Cuentas Anuales presentadas en el Registro Mercantil correspondiente al último ejercicio cerrado, así como el Informe de Auditoría, caso de sujeción a auditoría obligatoria.
Declaración sobre el volumen anual de negocios.
d) Solvencia Técnica.
Esta documentación no será preciso aportarla caso de haber sido facilitada la acreditación de clasificación de empresa citada en el apartado “a” de este punto.
Documentación relacionada en apartado 4.3 del presente Xxxxxx referente a acreditación de la suficiente solvencia técnica para la ejecución del contrato.
e) Obligaciones Tributarias.
Certificación positiva, expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas. Esta certificación podrá obtenerse en la forma establecida en el R.D. 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se regula la Utilización de Técnicas Electrónicas, Informáticas y Telemáticas por la Administración General del Estado, y de acuerdo a la Ley 11/2007, de 22 xx xxxxx, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos.
Certificación positiva, expedida por la Consejería de Economía y Hacienda de la Comunidad Autónoma de Andalucía, de no ser deudor de la Hacienda Pública de esta Comunidad.
Certificación positiva, expedida por el Excmo. Ayuntamiento de Huelva, justificativa de la inexistencia de deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo o, en el caso de contribuyentes contra los que no proceda la utilización de la vía de apremio, de la inexistencia de deudas no atendidas en período voluntario.
f) Obligaciones con la Seguridad Social.
Certificación positiva expedida por la Tesorería General de la Seguridad Social de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social, o declaración responsable de no estar obligado a presentarlas.
g) Impuesto sobre Actividades Económicas.
Justificante de estar dado de alta en el Impuesto sobre Actividades Económicas y al corriente en el pago del mismo, aportando al efecto copia de la carta de pago del último ejercicio, a la que se acompañará una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto. En caso de estar exento de este impuesto presentarán declaración justificativa al respecto.
h) Seguro de Responsabilidad Civil
El Adjudicatario tomará a su cargo durante la vigencia del contrato una póliza de seguro de responsabilidad civil, a contratar con una entidad aseguradora de reconocida solvencia que garantice la cobertura de los daños y perjuicios causados como consecuencia directa o indirecta de la prestación del servicio. En todo caso, la suma asegurada ha de ser por cuantía suficiente para cubrir el nacimiento a cargo del Adjudicatario de la obligación de indemnizar a EMTUSA o a cualquier otro tercero de los daños y perjuicios causados tanto en su persona como en sus bienes por hechos derivados del contrato. En el caso de que el Adjudicatario sea una UTE, ésta deberá constituir la póliza de responsabilidad civil con independencia de las pólizas que individualmente tengan contratadas las empresas que la configuran.
Previamente a la suscripción del contrato, se presentará original y copia de la póliza y recibo justificativo del pago de la prima. En caso de fraccionamiento de prima, el Adjudicatario deberá facilitar periódicamente a EMTUSA, y cuando ésta lo solicite, los recibos justificativos de cada fraccionamiento de pago.
i) Empresas Extranjeras
Si resultara adjudicataria persona extranjera, sea persona física o jurídica, pertenecientes o no a Estados miembros de la Unión Europea que no tengan domicilio fiscal en España, deberán presentar certificación expedida por autoridad competente en el país de procedencia, acreditativa de hallarse al corriente en el cumplimiento de las correspondientes obligaciones tributarias. Asimismo, habrán de presentar certificación, expedida por autoridad competente, en la que se acredite que se hallan al corriente en el cumplimiento de las obligaciones sociales que se exijan en el país de su nacionalidad. Toda la documentación relacionada en este apartado habrá de referirse a los doce últimos meses.
Declaración de sometimiento a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
j) Unión Temporal de Empresas (UTE)
Escritura Pública de constitución
Certificado de designación de representante o apoderado único de la UTE con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven hasta la extinción del mismo, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar las empresas para cobros y pagos de cuantía significativa.
Relación de empresas que la suscriben acreditando cada una de ellas su personalidad y capacidad de obrar, así como el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
Documentación acreditativa de constitución de póliza de seguro de responsabilidad civil siendo el tomador la UTE, tal y como se indica con anterioridad.
k) Otros documentos.
Documento acreditativo de haber constituido la garantía definitiva según se detalla en el apartado 14 del presente Xxxxxx.
Documento acreditativo de haber abonado los gastos de publicidad, en su caso ocasionados por la presente licitación.
Declaración responsable y certificación sobre el porcentaje de trabajadores discapacitados con los que, en su caso, cuente la
empresa en la plantilla al objeto de cumplir con la obligación establecida al respecto en el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, Texto Refundido de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social. Cuando la empresa se halle exenta de esta obligación, se deberá acreditar mediante certificado de excepcionalidad en vigor y los documentos pertinentes sobre cumplimiento de las medidas alternativas determinadas reglamentariamente.
Declaración de compromiso a adscribir a la ejecución del contrato los medios personales y materiales exigidos por XXXXXX.
Declaración responsable del cumplimiento de requisitos en materia de Prevención de Riesgos Laborales, cuyo modelo se adjunta en el ANEXO IX del presente Xxxxxx.
De no cumplirse por causa imputable al Adjudicatario lo dispuesto en cada uno de los apartados de la presente cláusula, el Órgano de Contratación podrá declarar decaída la adjudicación en su favor, pudiendo optar por efectuar una nueva adjudicación al licitador siguiente a aquél, según el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas, siempre que ello fuese posible y que el nuevo Adjudicatario haya prestado su conformidad, en cuyo caso se concederá a éste un plazo de
10 días hábiles para atender a las obligaciones enunciadas en esta cláusula.
13.2. Adjudicación del contrato
La adjudicación del contrato o, en su caso, declaración de desierto, se acordará por el Órgano de Contratación en resolución motivada en la que se concretarán y fijarán los términos definitivos del mismo. Dicha resolución será publicada conforme a lo establecido por el TRLCSP.
Si la adjudicación del contrato no es congruente con la propuesta de adjudicación, se deberán justificar los motivos para apartarse de dicha propuesta. Si el procedimiento se declarase desierto, dicha declaración no generará derecho alguno para los licitadores.
La adjudicación del contrato se realizará según lo establecido al efecto por el TRLCSP.
La adjudicación deberá notificarse al licitador en cuyo favor se haya acordado, notificándoles también a los demás concurrentes no Adjudicatarios del contrato que la adjudicación se ha producido a favor de otro licitador.
Transcurrido el plazo de 3 meses desde la notificación de la adjudicación, las proposiciones de los licitadores no Adjudicatarios que no hubieren sido retiradas, pasarán a disposición de EMTUSA para su destrucción.
14. GARANTÍA DEFINITIVA
El Adjudicatario deberá acreditar en el plazo de 10 días hábiles desde el día siguiente a la notificación, y en todo caso antes de la firma del contrato, la constitución de una garantía definitiva equivalente al 5% (CINCO POR CIENTO) del importe de adjudicación.
La garantía podrá constituirse mediante aval (ANEXO X), seguro de caución, o en metálico, depositándose el justificante que acredite su constitución en el Departamento de Caja de EMTUSA. Esta garantía responderá de todas las obligaciones del Adjudicatario, por tanto, responderá de cuantas exigencias técnicas, económicas y condiciones particulares integren el contrato de servicios, inclusive de las penalizaciones que EMTUSA pueda imponer como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones del Adjudicatario. En caso de resolverse el contrato por causa imputable al Adjudicatario la garantía será incautada.
El importe de la garantía se habrá de reponer por el Adjudicatario siempre que se haya reducido en más de una décima parte como consecuencia de su aplicación a los conceptos a que está afecta. Dicha reposición se deberá efectuar dentro del mes siguiente a la reducción referida.
En caso de prórroga del contrato, EMTUSA podrá requerir que se actualice su importe. Asimismo, cuando como consecuencia de una modificación contractual sufra variación el precio del contrato, EMTUSA podrá exigir que la garantía se ajuste hasta alcanzar la proporcionalidad del 5% con el nuevo precio.
La garantía será devuelta o cancelada una vez cumplidas por el contratista las obligaciones derivadas del contrato, dentro del plazo de los 2 meses siguientes a la finalización del contrato y siempre que no resultaren responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre ella.
III. DEL CONTRATO DE SERVICIOS
15. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato se perfeccionará con arreglo al contenido de las presentes bases y se formalizará, una vez cumplidos todos los requisitos por el Adjudicatario, mediante su firma transcurridos 15 días a contar desde la notificación de la adjudicación. Si no se atendiese al requerimiento para la celebración del mismo, o se impidiese la formalización en el término señalado, la adjudicación quedará de pleno derecho sin efecto, con pérdida para el licitador de la fianza constituida.
Caso de que el Adjudicatario solicitase la elevación del contrato a Escritura Pública correrá a su xxxxx todo gasto derivado del otorgamiento.
16. RESPONSABLE DEL CONTRATO
XXXXXX designará a una persona que, en coordinación con los responsables o encargados designados por el Adjudicatario en su oferta, se encargará de velar por la buena marcha del servicio. A estos efectos, el responsable designado por XXXXXX tendrá facultades de supervisión de la prestación, así como para emitir las instrucciones oportunas al objeto de garantizar la calidad y adecuación del servicio a lo ofertado por el Adjudicatario.
Antes del comienzo de los trabajos, el responsable de EMTUSA convocará a las personas designadas por el Adjudicatario para la celebración de una reunión que versará de cuantos aspectos afecten al inicio del servicio. Asimismo, el responsable de EMTUSA convocará, a criterio de la empresa, a todos los encargados del servicio a una reunión periódica, al objeto de tratar los diversos aspectos que incidan en la prestación del servicio. No obstante, podrán convocarse con carácter extraordinario las reuniones oportunas cuando una determinada circunstancia o manifestación de una incidencia particular así lo requiera.
Todas las reuniones las convocará el responsable del contrato de XXXXXX a iniciativa suya, disponiendo el lugar, fecha y hora de celebración, sin perjuicio de la solicitud que pueda realizar con este fin cualquiera de los encargados autorizados por el Adjudicatario.
17. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El Adjudicatario ejecutará por su cuenta y a su riesgo y xxxxxxx, bajo su total responsabilidad jurídica y empresarial, los trabajos objeto del contrato y cumplirá con todas las obligaciones impuestas por la legislación vigente. El Adjudicatario no podrá emplear el nombre de EMTUSA en relación con terceras personas, a efectos de facturaciones de proveedores o en otras relaciones ya sea con personas físicas o jurídicas, haciéndose directamente responsable de las obligaciones así contraídas.
La prestación del servicio se ajustará a lo establecido en los Pliegos, a las estipulaciones que se contemplen en el documento en que se formalice el contrato y al contenido de la oferta adjudicataria, garantizando en todo momento la calidad y eficiencia en la prestación. Asimismo, la entidad adjudicataria observará la máxima diligencia para que tanto la imagen de EMTUSA como del propio servicio público a cuya gestión está adscrita, no resulten dañados ante los usuarios o cualquier otro tercero, garantizándose siempre la realización de los trabajos con la frecuencia y la calidad comprometida.
17.1. Condiciones especiales de ejecución del contrato
Con el fin de promover el empleo de personas con dificultades particulares de inserción en el mercado laboral, el Adjudicatario deberá observar en la ejecución del contrato la obligación de contratar, en caso de tener que realizar nuevas contrataciones con vistas a la ejecución del contrato, a personas discapacitadas. El cumplimiento de esta condición social ha de mantenerse durante toda la vigencia del contrato, incluidas sus prórrogas.
El incumplimiento de la obligación especial a la que hace referencia el párrafo anterior, salvo causa justificada, supondrá la imposición al Adjudicatario de la penalización específica prevista en la cláusula 18 del presente Pliego. Cuando el Adjudicatario advierta que concurren causas que imposibilitan el cumplimiento de esta obligación ha de notificarlo previamente a EMTUSA, antes de proceder a cualquier nueva contratación. De lo contrario, la omisión de la obligación no podrá quedar justificada a posteriori.
17.2. Obligaciones de carácter laboral
El Adjudicatario estará obligado al cumplimiento de cuantas disposiciones, de carácter normativo o pactado (convenio colectivo del sector), presentes y futuras, en materia laboral, de Seguridad Social, fiscal y de prevención de riesgos laborales, resulten de aplicación, asumiendo exclusiva e íntegramente cuantas responsabilidades deriven de su incumplimiento.
El Adjudicatario se compromete a facilitar a EMTUSA, tan pronto como sea requerido al efecto, la documentación acreditativa del cumplimiento de sus obligaciones tributarias con las distintas Administraciones Públicas, con las primas y cuotas correspondientes a la Seguridad Social y demás obligaciones que en materia laboral le sean exigibles. El adjudicatario deberá tener en cuenta que dicha documentación podrá ser trasladada al Comité de Empresa de EMTUSA a los debidos efectos legales.
El Adjudicatario tendrá respecto al personal contratado y adscrito a la prestación del servicio todos los derechos y obligaciones inherentes a su condición de empresario. XXXXXX en ningún caso y por ningún título asumirá relación laboral, ni responsabilidad o vínculo de especie alguna con las personas que en el momento o con anterioridad a la terminación del contrato hubieran estado bajo responsabilidad del Adjudicatario. En ningún caso XXXXXX será responsable de las relaciones existentes entre el Adjudicatario y sus trabajadores, aun cuando los despidos y medidas que aquél adopte sean consecuencia directa o indirecta de actuaciones derivadas del contrato.
El Adjudicatario pondrá en inmediato conocimiento de EMTUSA cuantos conflictos laborales, de tipo individual o colectivo, pudieran incidir en la prestación del servicio; en especial, deberá comunicar inmediatamente las convocatorias de huelgas que puedan afectar al servicio
El Adjudicatario vendrá obligado a cumplir, en su caso, con la obligación de subrogación de aquellos trabajadores de la empresa que se encuentra actualmente prestando el servicio para EMTUSA y a los que corresponda tal derecho según la norma convencional aplicable. Al objeto de facilitar las condiciones actuales de los trabajadores sobre los que existe obligación de subrogación, se adjunta el ANEXO XI del presente Pliego.
El incumplimiento por parte del Adjudicatario de las obligaciones referidas en los párrafos anteriores, no implicará responsabilidad alguna para EMTUSA. En su caso, cualquier responsabilidad que sea exigida a EMTUSA por incumplimiento del Adjudicatario, y que suponga obligación solidaria o subsidiaria de responder, dará lugar automáticamente al derecho de EMTUSA a repetir frente al Adjudicatario, exigiéndole los importes que se haya visto obligada a sufragar o bien compensándolos en la facturación pendiente.
17.3. Uso de locales e instalaciones de EMTUSA
EMTUSA pondrá a disposición del Adjudicatario una dependencia, cedida temporalmente, con el único fin de almacenar los útiles de trabajo, sin
poderlo destinar a ninguna otra actividad. Cualquier interpretación sobre el régimen de la cesión y uso de estos locales será exclusiva competencia de EMTUSA.
EMTUSA no se responsabilizará de la custodia, ni de la conservación de los equipos, materiales y productos almacenados, por lo que cualquier pérdida, rotura o deterioro de los mismos, será de exclusiva responsabilidad del Adjudicatario.
Una vez extinguido el contrato, bien por su cumplimiento o por su resolución, el Adjudicatario deberá desocupar y dejar en el mismo estado en que le fue entregada la dependencia, retirando a su xxxxx cuantos materiales, enseres o herramientas se hallen en su interior y estén bajo su responsabilidad.
EMTUSA pondrá a disposición de todo el personal adscrito a la prestación del servicio las dependencias necesarias como vestuario.
EMTUSA facilitará el suministro de agua, energía u otros recursos que se hallen dentro sus dependencias o instalaciones, siempre que sean imprescindibles para la realización de los trabajos de limpieza y no deban ser aportados por el Adjudicatario. En todo caso, el Adjudicatario se compromete a hacer un uso racional de los mismos e informará previamente al responsable del contrato designado por EMTUSA cuando se requiera un consumo de esos recursos superior al estrictamente necesario. La no información previa y obtención de la autorización correspondiente determinará la responsabilidad directa del Adjudicatario en el consumo extraordinario a los efectos del pago de la factura que resulte.
17.4. Medios personales y materiales adscritos al servicio
a) Personal
El Adjudicatario realizará con su propio personal la ejecución de cuantas tareas requiera la prestación del servicio de limpieza, asumiendo la dirección y control de los trabajos a desarrollar para XXXXXX, sin perjuicio de las instrucciones que pueda dar el responsable del contrato designado por ésta, las cuales no se darán directamente a los operarios, sino a los supervisores del servicio.
Se deberá garantizar en todo momento la disponibilidad de un número de trabajadores equivalente al comprometido en la oferta. A estos efectos, se tendrá una respuesta automática ante cualquier circunstancia que derive en la ausencia de personal adscrito a la prestación (vacaciones, permisos, enfermedad, absentismo…), debiendo tener previstas las sustituciones oportunas que permitan mantener la
calidad y rendimiento en el servicio. La sustitución del personal debe producirse en plazo no superior a 24 horas. El incumplimiento de esta obligación podrá dar lugar a la penalización prevista para este supuesto en la cláusula 18 del presente Xxxxxx.
El personal del Adjudicatario deberá estar debidamente uniformado y llevar el distintivo de la empresa para la que trabaja, asumiendo la entidad adjudicataria el coste íntegro de tal obligación. En todo caso, antes del comienzo de los trabajos, el uniforme habrá de ser previamente aceptado por XXXXXX y será obligación del Adjudicatario mantenerlo en perfecto estado durante la vigencia del contrato.
Sin perjuicio de las funciones de los supervisores designados por el Adjudicatario, en cada centro de trabajo los trabajadores deberán estar dirigidos y controlados por un encargado perteneciente a la propia plantilla de la entidad adjudicataria, a quien corresponderá impartir las instrucciones precisas a los trabajadores para la coordinación y el control de la prestación de los servicios, administrar el material y útiles de limpieza, y reflejar en los partes diarios la asistencia del personal al centro de trabajo y demás incidencias que afecten al servicio; partes que deberán estar siempre a disposición de XXXXXX.
b) Material
El Adjudicatario empleará en la ejecución del contrato, y bajo su exclusiva responsabilidad, la maquinaria, materiales, productos y cuantos medios haya incluido en su oferta para la limpieza de los inmuebles y autobuses que componen los bienes sobre los que recae el objeto de esta licitación.
Se deberá disponer en todo momento de los productos necesarios que garanticen la buena calidad del servicio, a cuyos efectos, todo suministro y reposición de cuantos materiales y productos requiera la ejecución del servicio serán de cuenta exclusiva del Adjudicatario.
Asimismo, durante la vigencia del contrato el Adjudicatario garantizará el perfecto funcionamiento, así como el mantenimiento de las condiciones técnicas de rendimiento y calidad óptimas de la maquinaria y demás útiles de limpieza que permitan la máxima eficacia en el servicio. Para cualquier incidencia que se detecte en el rendimiento de los medios materiales empleados en la ejecución del contrato, EMTUSA se dirigirá exclusivamente al Adjudicatario, quien será considerado en todo caso como responsable directo y único del correcto cumplimiento del servicio.
17.5. Frecuencia/Horario del servicio
Los trabajos de limpieza se realizarán en los horarios preestablecidos en los Pliegos de prescripciones técnicas y en todo caso, sin interferir en las tareas del personal de EMTUSA. Cualquier modificación en el horario preestablecido, ha de ser acordada de manera expresa por las partes.
Sin perjuicio de lo anterior, EMTUSA podrá solicitar servicios puntuales o extraordinarios (eventos, limpiezas generales en centros o estaciones que se vayan a poner en funcionamiento u otras situaciones puntuales o imprevistas) en cuyo caso, el servicio se facturará de forma independiente, sin que ello pueda suponer, en ningún caso, un aumento del precio/hora que conste en la oferta adjudicataria.
No obstante lo anterior, EMTUSA se reserva la facultad de poder contratar con otras empresas de limpieza la prestación de dichos servicios extraordinarios.
17.6. Control y seguimiento del servicio
El Adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los trabajos y servicios realizados, debiendo controlar la prestación de forma permanente a través de las personas que hubiera designado en la oferta. A estos efectos, se realizarán visitas conjuntas (Adjudicatario-EMTUSA) a los centros de trabajo y se ejecutarán controles periódicos, incidiendo sobre la eficiencia y calidad del servicio.
Sin perjuicio de la obligación de inspección y control a cargo del Adjudicatario, XXXXXX estará facultada para llevar a cabo de manera aleatoria cuantas revisiones estime oportunas sobre los trabajos de limpieza que estuvieran realizándose o hayan sido realizados. Esta facultad la tendrá el responsable del contrato que XXXXXX designe a tal objeto, quien podrá acompañarse en sus funciones de otros colaboradores. Cuando durante la revisión de los trabajos por parte de XXXXXX se advierta el incumplimiento de las obligaciones del Adjudicatario, se informará al supervisor designado por éste. De advertirse un incumplimiento grave y no estando presente el responsable del centro del que se trate, se podrá requerir su presencia.
Cuando del resultado de una inspección del servicio, ya se trate de una revisión ordinaria o de un control aleatorio efectuado por EMTUSA, se manifieste cualquier incidencia de carácter negativo en la prestación, se darán las instrucciones oportunas para que, en el tiempo que se comunique, la ejecución de los trabajos se adecúe a las condiciones ofertadas por el Adjudicatario. Todo ello sin perjuicio de la imposición de la penalización que pudiera corresponder.
Cuando se haya advertido un incumplimiento o cualquier otra incidencia que afecte a la prestación, se informará a EMTUSA en el plazo más breve posible.
17.7. Recogida y depósito de basuras
El Adjudicatario será responsable por medio de su personal de la recogida y el depósito, en los lugares habilitados al efecto, de cuantos residuos se concentren tras la ejecución de las tareas de limpieza. En la ejecución de estas tareas, se prestará especial atención a las normas sobre reciclaje y la protección del medio ambiente.
17.8. Ampliación o reducción del servicio
EMTUSA se reserva la facultad de modificar la dimensión de los trabajos contratados originariamente, pudiendo reducir o aumentar el número de bienes (centros de trabajo y autobuses) que hayan de ser objeto de limpieza, ya se deba a circunstancias sobrevenidas o por cualquier otra causa que haga necesaria tal variación en las tareas de limpieza.
En estos supuestos, EMTUSA comunicará la variación al Adjudicatario con una antelación mínima de 15 días naturales al día de la fecha en que deba surtir efectos. Llegada esta fecha, la modificación surtirá efecto en el contrato, quedando su importe reducido o incrementado en la cuantía proporcional que corresponda en relación al precio global del contrato.
En cualquier caso, el ejercicio de esta facultad por parte de EMTUSA no supondrá para el Adjudicatario derecho alguno de indemnización, sin perjuicio de la repercusión económica que la reducción o aumento de los trabajos tenga en el contrato. Esta facultad tendrá como límite el 20%, en más o en menos, del precio de adjudicación.
17.9. Responsabilidad e indemnización por cuenta del Adjudicatario.
El Adjudicatario será responsable de las consecuencias y efectos que se deriven, tanto para terceros como para EMTUSA, de las acciones, omisiones, negligencias, errores, empleo de métodos inadecuados o, en general, de una ejecución incorrecta del servicio.
La indemnización de los daños y perjuicios que puedan resultar como consecuencia de la prestación del servicio, tanto en personas como en bienes, serán por cuenta exclusiva del Adjudicatario. Del mismo modo, los daños en el mobiliario, autobuses e instalaciones de EMTUSA que sean ocasionados por el personal de la entidad adjudicataria, serán por cuenta de ésta, quien responderá frente a EMTUSA por el total del importe a que
asciendan dichos daños. A estos efectos deberá mantenerse vigente durante el contrato la póliza de responsabilidad civil exigida en este Pliego.
Durante la prestación de los trabajos y en el lugar en que se presten, el Adjudicatario deberá adoptar cuantas medidas fueran necesarias para que quede asegurada la protección de la integridad y legítimos intereses de los usuarios de EMTUSA, del personal de ésta, de los que intervengan en la prestación del servicio bajo dependencia y responsabilidad del propio Adjudicatario y de terceros cualesquiera.
Entre otras obligaciones en materia de seguridad, el Adjudicatario se ocupará con sus propios medios de la instalación de las señales precisas, al objeto de identificar y dotar de seguridad las zonas de acceso o circulación, lindes e inmediaciones que ocupan los trabajos, poniendo especial atención en señalar los puntos de posible peligro. Cuando EMTUSA así lo considere conveniente, podrá ordenar la instalación de señales complementarias o la modificación de las instaladas.
Toda sanción o indemnización que en su caso fuera impuesta o exigida a EMTUSA por daños en personas o cosas, producidos como consecuencia del incumplimiento de las obligaciones del Adjudicatario serán asumidas por este último. Cuando en estos supuestos EMTUSA hubiere soportado la sanción o indemnización, se aplicará la responsabilidad del Adjudicatario de forma automática por vía de compensación o repetición.
17.10. Comunicaciones entre EMTUSA y Adjudicatario
Todas las comunicaciones que EMTUSA y Adjudicatario se dirijan entre sí como consecuencia del desarrollo de las relaciones contractuales deberán realizarse, como norma general, por escrito a través de sus representantes, debiendo dejar constancia de su recepción. El uso de los medios telemáticos o electrónicos se admitirá como complemento a las comunicaciones en la medida que en su caso puedan acordar las partes.
18. PENALIZACIONES
El incumplimiento de las obligaciones derivadas de la prestación de los trabajos contratados, tanto referidos a su realización, como a los requisitos, condiciones y calidad, será penalizado. Las penalizaciones podrán imponerse, tanto a raíz de inspecciones internas realizadas por EMTUSA o de inspecciones conjuntas EMTUSA - Adjudicatario, así como por la denuncia de los usuarios del servicio.
18.1. Incumplimiento en la prestación
Se descontarán de la facturación mensual, correspondiente al centro de trabajo en el que se haya producido el incumplimiento, los siguientes porcentajes:
Mala calidad del servicio: 15%
Utilización de maquinaria y útiles de limpieza de menores prestaciones a las ofertadas, falta de productos de limpieza o de calidad distinta a la comprometida: 15%
Demora superior a 48 horas en la reposición de maquinaria averiada o inutilizada por cualquier otra causa imputable al Adjudicatario: 10%
Incumplimiento de las obligaciones de limpieza según cuadro de frecuencias ofertadas: Se descontará el precio/hora ofertado en la licitación por cada hora de ausencia de operario.
18.2. Penalización por demora en la disponibilidad de la maquinaria
Si transcurridos 10 días naturales siguientes al plazo comprometido por el Adjudicatario para tener a disposición la maquinaria ofertada, no se dispusiera de ella, se penalizará acorde a la siguiente regla:
Si el número de maquinarias pendientes de disponibilidad fuera 1 ó 2: 300 euros por día de demora.
Si el número de maquinarias pendientes de disponibilidad fuera superior a 2: 600 euros por día de demora.
Si se tratase de maquinaria adicional ofertada como mejora, se aplicará el mismo criterio (nº de maquinaria), reduciéndose la cuantía de la penalización al 50% en cada caso.
Estas penalizaciones podrán practicarse sobre las cantidades que en concepto de pago deban abonarse al Adjudicatario o bien sobre la garantía constituida
Cuando la demora en la disposición efectiva de la maquinaria alcance los 90 días, EMTUSA podrá optar entre seguir aplicando las penalizaciones o resolver el contrato.
18.3. Daños causados en los bienes
Los daños causados en las dependencias, instalaciones o autobuses por la incorrecta utilización de maquinarias, productos o herramientas y otras actuaciones incorrectas del personal, dará lugar a una penalización del 10%
de la facturación mensual del centro de trabajo que corresponda o del valor del daño si fuera superior.
18.4. Incumplimiento en la contratación de personas con discapacidad
El incumplimiento de la condición especial de ejecución del contrato prevista en la cláusula 17.1 del presente Xxxxxx, Contratación de personas con discapacidad, será objeto de la siguiente penalización:
Deducción del 0,2% del precio de adjudicación. Esta deducción se practicará sobre las cantidades que en concepto de pago deban abonarse al Adjudicatario o bien sobre la garantía constituida.
18.5. Incumplimientos de carácter grave
XXXXXX, previo informe del responsable del contrato por ella designado, podrá acordar como grave la concurrencia de los siguientes supuestos:
Reiteración en incumplimientos en la prestación del servicio de limpieza que supongan haber alcanzado el 2% del precio de adjudicación en penalizaciones.
Omisión de adscribir a la ejecución del contrato los medios humanos y materiales ofertados.
Resultar dañada, como consecuencia de la prestación del servicio de limpieza, la imagen de EMTUSA.
Reiteración en el incumplimiento de la obligación especial de la cláusula 17.1 xxx Xxxxxx. Se considerará que existe reiteración desde que la omisión injustificada en el cumplimiento de la obligación se produzca en cuatro ocasiones durante la vigencia del contrato.
En estos supuestos se dará audiencia al Adjudicatario para que exponga cuantas alegaciones estime oportunas, pudiendo EMTUSA optar entre imponer una penalización proporcional a la gravedad del incumplimiento, en una cuantía que podrá alcanzar el 4% del precio de adjudicación, o resolver el contrato.
19. FACTURACIÓN Y FORMA DE PAGO
El Adjudicatario emitirá factura mensual por importe de los servicios efectivamente realizados, haciendo constar de forma separada el IVA que corresponda. Asimismo, en albarán valorado habrá de detallarse el importe mensual correspondiente a los servicios realizados en cada centro de trabajo y en la flota de autobuses.
Previa presentación de la factura, emitida conforme a la legislación vigente en la materia, y de la conformidad por parte de EMTUSA de los servicios prestados, se abonará aquella en el plazo legalmente establecido a contar desde su fecha de emisión.
20. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
Una vez perfeccionado el contrato, se podrán introducir modificaciones en el mismo para atender a causas imprevistas, justificando en el oportuno documento en el que se formalice tal modificación la necesidad de ésta y el efecto económico que tenga en el contrato. Este documento se incorporará al contrato como Anexo y parte integrante del mismo a todos los efectos.
Las modificaciones no podrán afectar a las condiciones esenciales del contrato, entendiéndose como tales la naturaleza y extensión de las necesidades a cubrir mediante el mismo y las características técnicas y condiciones económicas que significaron la adjudicación.
Las modificaciones del contrato serán adoptadas de mutuo acuerdo por las partes, sin perjuicio de la facultad unilateral de EMTUSA de ampliar o reducir el servicio con el límite establecido en la cláusula 17.8 de este Pliego.
21. SUBCONTRATACIÓN Y CESIÓN DEL CONTRATO
21.1. Subcontratación
El Adjudicatario no podrá subcontratar con terceros, sin autorización expresa y escrita de XXXXXX, la ejecución total o parcial de los trabajos que constituyen la prestación, siendo único responsable ante EMTUSA de cuantas obligaciones emanan de la adjudicación.
21.2. Cesión del Contrato
Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato no podrán ser cedidos por el Adjudicatario a un tercero, salvo que se cumplan los siguientes requisitos:
Que EMTUSA, a través del Órgano de Contratación, autorice de forma previa y expresa la cesión.
Que el Adjudicatario (cedente) tenga ejecutado al menos un 20 % del importe del contrato.
Que el cesionario tenga capacidad para contratar, la solvencia y clasificación que resulte exigible y no estar incurso en una causa de prohibición de contratar con el sector público.
Que la cesión se formalice, entre Adjudicatario y Cesionario, en escritura pública.
22. EXTINCIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Además de en los supuestos de cumplimiento, el contrato podrá extinguirse por su resolución, acordada por la concurrencia de alguna de las siguientes causas:
Acuerdo entre las partes.
Extinción de la personalidad jurídica de la sociedad que resulte Adjudicataria o, en su caso, muerte o incapacidad sobrevenida del empresario individual.
Declaración de concurso del Adjudicatario o de insolvencia en cualquier otro procedimiento.
Incumplimiento de las obligaciones de las partes.
La contravención de las normas sobre subcontratación o cesión del contrato.
Alcanzar las penalizaciones impuestas el 20% del precio del contrato.
Cualquier otra causa expresamente recogida en el presente Xxxxxx.
La resolución del contrato por incumplimiento imputable al Adjudicatario, se producirá por acuerdo del Órgano de Contratación previa audiencia a aquel. La resolución por incumplimiento, llevará aparejada la incautación de la garantía definitiva, sin perjuicio de las penalizaciones que hayan podido imponerse y de la reclamación de daños y perjuicios que proceda cuando la indemnización que corresponda pudiere exceder de esas cuantías.
La resolución por causa imputable al Adjudicatario tendrá efectos desde la comunicación efectuada por XXXXXX, que podrá realizar mediante carta, remisión por fax x xxxx-fax en la que se indique la decisión de resolver el contrato, causa y fecha de efecto de la resolución. El efecto ejecutivo de la comunicación lo será sin perjuicio de las acciones que asistan al Adjudicatario para impugnarla.
En caso de producirse la resolución del contrato por causa imputable a EMTUSA, se abonarán al Adjudicatario los trabajos efectuados y la indemnización por los daños y perjuicios que en su caso corresponda.
LIMPIEZA DE INSTALACIONES
1. OBJETO
El presente Xxxxxx tiene por objeto establecer las prescripciones técnicas que han de regir la contratación del servicio de limpieza de todos los centros de trabajo de la Empresa Municipal de Transportes Urbanos S.A. (EMTUSA), con el fin de garantizar las debidas condiciones de higiene y salubridad de dichos centros.
El servicio ha de prestarse sin afectar al normal desarrollo y funcionamiento de las actividades que se realizan en las referidas dependencias, y durante los horarios que en el presente Pliego se indican.
2. CONTENIDO
La contratación comprenderá la limpieza de las siguientes dependencias:
2.1. Xxxxxxxx Xxxxxxxx (Xxxx. Xxxxx Xxxxxxxxx, 00)
Xxxxxxxx Xxxxxxxx | |
(Xxxx. Xxxxx Xxxxxxxxx,00) | |
1.01 | Gerencia |
1.02 | Secretaría |
1.03 | Jefatura de Servicios Técnicos |
1.04 | Oficina administrativa y Jefatura de Administración |
1.05 | Oficina de Tráfico y Jefatura |
1.06 | Recaudación |
1.07 | Sala Anexa a Recaudación |
1.08 | Sala de Control. Servidores |
1.09 | Oficina de Informática |
1.10 | Sala de Inspectores |
1.11 | Sala PRL. Farmacia |
1.12 | Archivos I y II |
1.13 | Xxxx, Pasillos y Escalera |
1.14 | Balcones |
1.15 | Aseos Planta Baja |
1.16 | Aseos Primera Planta |
1.17 | Sala Personal Externo Limpieza |
2.2. Talleres, dependencias exteriores y zonas comunes
Talleres , Dependencias Exteriores
y Zonas Comunes ( Avda. Nuevo Colombino, 24) | |
2.01 | Aseos y Duchas |
2.02 | Despacho Jefatura Taller |
2.03 | Despacho Documentación Mecánicos |
2.04 | Ventanilla y Oficina xx Xxxxxxx |
2.05 | Vestuarios |
2.06 | Comedor |
2.07 | Fragua |
2.08 | Sala de Neumáticos |
2.09 | Nave principal Taller |
2.10 | Taller Mecánico, incluido Fosos |
2.11 | Taller Eléctrico |
2.12 | Taller Chapa y Pintura |
2.13 | Zona de Limpieza de Bajos de Vehículos |
2.14 | Sala de Aceites |
2.15 | Área de Estacionamiento Autobuses |
2.16 | Salas de Residuos |
2.17 | Perímetro de Edificio |
2.18 | Aparcamientos Turismos |
2.19 | Sala Bomba de Agua |
2.20 | Vestuario Contratas |
2.21 | Aseos Externos |
2.22 | Agrupación Cultural. Salón |
2.23 | Agrupación Cultural. Comedor |
2.24 | Agrupación Cultural.Oficina |
2.25 | Comité de Empresa |
2.26 | Sala de Formación I |
2.27 | Sala de Formación II |
2.3. Estación Central Zafra (Avda. de Alemania)
Estación Central ZAFRA | |
Avda. de Alemania | |
4.01 | Sala Estar Conductores |
4.02 | Comedor |
4.03 | Aseos |
4.04 | Oficina Atención al Público |
4.05 | Sala de Inspectores |
4.06 | Perímetro de Edificio |
4.07 | Andenes |
Asimismo, serán objeto de esta contratación aquellos servicios extras que surjan como consecuencia de situaciones excepcionales o por la realización de actividades complementarias a las habituales de cada una de las dependencias, y que requieran un refuerzo de los servicios habituales o una ampliación de los mismos.
EMTUSA comunicará al Adjudicatario aquellos eventos específicos que pudieran organizarse, al objeto de que por el mismo se puedan prestar con eficacia los servicios contratados. En estos casos, se emitirá factura independiente, comprensiva del concreto servicio extra, aplicando el mismo precio por persona- hora que el ofertado por el Adjudicatario del contrato.
Los trabajos a realizar en cada una de las dependencias señaladas, habrán de ser supervisados, con carácter general, por el encargado de la entidad adjudicataria, a cuyo efecto se coordinará con el responsable designado por XXXXXX.
Los productos y herramientas de limpieza a utilizar deberán adecuarse a los materiales de los elementos que integran cada centro de trabajo objeto de la presente contratación, descartando absolutamente cualquier producto abrasivo.
La prestación del servicio incluirá las tareas que se indican conforme a la periodicidad que se oferte en los anexos II, III, IV, V y VI, teniendo en cuenta las especificaciones que diferencian el servicio a prestar en dependencias de Talleres y las destinadas a Oficinas y Estaciones.
La entidad adjudicataria mantendrá los aseos permanentemente aptos para su uso. En consecuencia, cuando observe que algún accesorio existente se encuentre deteriorado o inservible, notificará de esta incidencia a EMTUSA para que ésta decida si facilitará el repuesto oportuno o indicará a la entidad adjudicataria que realice la adquisición del mismo y emita factura independiente por este concepto. El material consumible (jabón de mano, papel higiénico y papel toalla) será facilitado por el Almacén de EMTUSA en horario de 08:00 a 14:00 horas, salvo que la entidad adjudicataria considere como mejora de su oferta hacerse cargo del mismo. En cualquier caso, la sustitución de accesorios y reposición de consumibles será realizada por la entidad adjudicataria y no supondrá cargo adicional alguno.
3. PRESTACIONES MÍNIMAS POR DEPENDENCIAS
A continuación se relacionan por cada dependencia las tareas a realizar por el Adjudicatario del contrato indicando, cuando proceda, la frecuencia mínima y el horario aconsejado de ejecución de las mismas. En anexos II, III, IV, V y VI, deberán indicar su propuesta en cuanto a frecuencia, recursos humanos y medios materiales a utilizar.
3.1. Edificio Oficinas (Avda. Nuevo Colombino, 24)
Las tareas detalladas a continuación deberán realizarse entre las 07:30 y 15:00 horas en días laborables, coincidiendo con la estancia de personal de EMTUSA en estas instalaciones.
Limpieza y desinfección de aseos.
Limpieza y vaciado de papeleras.
Limpieza y desempolvado de mobiliario de oficina, equipos informáticos, teléfonos y demás enseres de oficina.
Barrido y fregado de oficinas, pasillos, escalera y entrada.
Limpieza xx xxxxxxxxx, persianas, puertas y ventanas, tanto interiores como exteriores.
3.2. Taller, Dependencias Exteriores y Zonas Comunes (Avda. Nuevo Colombino, 24)
Las tareas detalladas a continuación deberán realizarse entre las 07:00 y 15:00 horas en días laborables.
Limpieza y desinfección de aseos y vestuarios.
Limpieza de despachos.
Limpieza y vaciado de papeleras.
Limpieza y desempolvado de mobiliario de oficina, equipos informáticos, teléfono y demás enseres de oficina.
Limpieza xx xxxxxxxxx, persianas, puertas y ventanas, tanto interiores como exteriores.
Recogida de basuras y traslado al contenedor.
Las siguientes tareas son realizadas con recursos humanos propios. Se relacionan con carácter informativo con la finalidad de que el Adjudicatario tenga prevista la sustitución del empleado de EMTUSA en su periodo vacacional. Su ejecución, ajena al presente contrato, se facturará en documento independiente, salvo que la oferta recibida contemple como mejora esta posibilidad.
Limpieza xx xxxx y talleres.
Limpieza de perímetro de edificio, aparcamientos y acceso a instalaciones.
Limpieza de bajos de vehículos.
Limpieza de piezas mecánicas.
3.3. Estación Central xx Xxxxx (Avda. de Alemania)
Las tareas detalladas a continuación deberán realizarse TODOS los días del año en horario comprendido entre las 07:00 y 09:00 horas, prestando especial atención a los aseos, cuya limpieza y desinfección se realizará también, a excepción xx xxxxxxxx y festivos, en horario de 15:00 a 17:00 horas.
Limpieza y desinfección de aseos.
Limpieza y vaciado de papeleras.
Limpieza y desempolvado de mobiliario de oficina, equipos informáticos, teléfono y demás enseres de oficina.
Barrido y fregado de suelos.
Limpieza xx xxxxxxxxx, persianas, puertas y ventanas, tanto interiores como exteriores.
Limpieza superficial de perímetro y andenes (papeles, colillas, …)
PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
LIMPIEZA XX XXXXX, REPOSTAJE Y MANTENIMIENTO BÁSICO
1. OBJETO
El presente Xxxxxx tiene por objeto establecer las prescripciones técnicas que han de regir la contratación del servicio de limpieza, repostaje de combustible y verificación de niveles de fluidos, estado de neumáticos y alumbrado de la flota de autobuses de la Empresa Municipal de Transportes Urbanos, S.A. (EMTUSA), con el fin de garantizar las debidas condiciones de higiene y salubridad de dichos vehículos, así como la realización de las tareas de chequeo básico relacionadas.
El servicio ha de prestarse sin afectar al normal desarrollo y funcionamiento de las actividades que se realizan en el correspondiente Centro de Trabajo, y durante los horarios que se indican en el presente Pliego.
2. CONTENIDO
La contratación comprenderá la limpieza de autobuses en el siguiente centro de trabajo:
Instalaciones centrales en Xxxx. Xxxxx Xxxxxxxxx, 00.
Asimismo, serán objeto de este contrato aquellos servicios extras que surjan como consecuencia de situaciones excepcionales o por la realización de actividades complementarias a las habituales de cada uno de los autobuses y que requieran un refuerzo de los servicios habituales o una ampliación de los mismos.
EMTUSA comunicará al Adjudicatario aquellos eventos específicos que pudieran organizarse, al objeto que por el mismo se puedan prestar con eficacia los servicios contratados. En estos casos, el Adjudicatario emitirá factura independiente, comprensiva del concreto servicio extra, aplicando el mismo precio por persona- hora que el contratado para el resto del servicio objeto del presente Xxxxxx.
Los trabajos a realizar habrán de ser supervisados, con carácter general, por el encargado de la empresa adjudicataria, a cuyo efecto se coordinará con el responsable designado por XXXXXX
Los productos y herramientas de limpieza a utilizar deberán adecuarse a los materiales de los elementos que integran cada vehículo objeto de la presente contratación, descartando absolutamente cualquier producto abrasivo.
La prestación del servicio incluirá las tareas que se indican, conforme a la periodicidad que se señala, teniendo en cuenta las especificaciones que diferencian el servicio a prestar en limpieza exterior, limpieza interior diaria y limpieza interior profunda. La entidad adjudicataria, mediante correo electrónico, remitirá a
EMTUSA un fichero en el formato que ésta especifique, indicando las tareas realizadas en cada vehículo y el operario que las ha realizado. El fichero se remitirá con la periodicidad que EMTUSA determine.
2.1. PRESTACIONES MÍNIMAS. GARAJE. Nuevo Colombino, 24
a) Flota
42 autobuses, 1 microbús, 1 furgoneta, 2 turismos tipo furgón y 2 turismos.
b) Medios Personales
El licitador determinará el número de operarios a determinar por licitante para la realización de las tareas básicas descritas en siguiente punto, que deberán realizarse desde las 23:00 horas hasta su finalización.
1 operario, con permiso adecuado de conducción de autobuses, a partir de las 19:00 , de lunes x xxxxxxx, para realizar repostaje de combustible, revisión de niveles de fluidos y estado de neumáticos, incluyendo traslado de vehículos desde plaza de garaje a surtidor y posterior estacionamiento en aquella.
c) Tareas Básicas
Lavado Exterior
Estas tareas se realizarán mediante personal propio de EMTUSA, siendo imprescindible para su ejecución disponer de permiso de conducción de autobuses. La entidad adjudicataria, con cargo adicional, asumirá la sustitución del mismo, cuando sea requerida para ello.
o Lavado exterior de 42 autobuses los martes, jueves y sábado en tren xx xxxxxx incluyendo revisión de alumbrado.
o Lavado exterior de microbús, 1 furgoneta, 2 turismos tipo furgón y 2 turismos con frecuencia semanal.
Limpieza Interior incluyendo desinfección y ambientación
o Limpieza interior de autobuses: 42 unidades en días laborables, 22 los sábados y, 15 los domingos y festivos
o Limpieza interior de 1 microbús con frecuencia semanal.
Limpieza Interior Profunda
o Limpieza interior mensual de 42 autobuses.
Limpieza de zona de aparcamiento autobuses (PATIO)
Repostaje
o Autobuses: 42 unidades diarias.
o Resto xx xxxxx: semanalmente.
PERIODICIDAD DE LAS LIMPIEZAS | |||
LIMPIEZA DE AUTOBUSES | DIARIA | ESTIMACIÓN | ESTIMACIÓN CADA |
EXTERIOR | 3 veces por semana | ||
INTERIOR | X | ||
INTERIOR EN PROFUNDIDAD | 30 días | ||
DESINFECCIÓN | X | ||
AMBIENTACIÓN | X | ||
BAJOS DE VEHÍCULO | 30 días |
d) Medios materiales recomendados
1 Lavatapicerías inyección-extracción.
2 Aspiradoras industriales para interior vehículos.
1 Hidrolimpiadora industrial para limpieza de bajos.
ANEXOS
ANEXO I DECLARACIÓN RESPONSABLE
(Este documento se entregará acompañando a Sobres 1 y 2)
D., , con D.N.I. , actuando en su propio nombre (o en nombre y representación de , según escritura de poder _).
DECLARA de forma responsable que cumple todas las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración, recogidas en el art. 146 del TRLCSP y en el Pliego de cláusulas administrativas particulares de la licitación del contrato , comprometiéndose, en caso de recaer propuesta de adjudicación a mí favor, a acreditar ante el Órgano de Contratación y previamente a la adjudicación del mismo, la posesión y validez de los documentos exigidos, con referencia al último día de finalización del plazo de presentación de las proposiciones.
A efectos de notificaciones, señalo teléfono y dirección de correo electrónico de contacto, según los datos siguientes:
En , a de
Fdo.:
ANEXO II
PROPUESTA DE FRECUENCIAS DE LIMPIEZA. EDIFICIO OFICINAS
(Sobre 1)
Edificio Oficinas | FRECUENCIA DE LIMPIEZA (DÍAS) | |||||
(Avda. Nuevo Colombino,24) | 1 | 7 | 15 | |||
1.01 | Gerencia | |||||
1.02 | Secretaría | |||||
1.03 | Jefatura de Servicios Técnicos | |||||
1.04 | Oficina administrativa y Jefatura de Administración | |||||
1.05 | Oficina de Tráfico y Jefatura | |||||
1.06 | Recaudación | |||||
1.07 | Sala Anexa a Recaudación | |||||
1.08 | Sala de Control. Servidores | |||||
1.09 | Oficina de Informática | |||||
1.10 | Sala de Inspectores | |||||
1.11 | Sala PRL. Farmacia | |||||
1.12 | Archivos I y II | |||||
1.13 | Xxxx, Pasillos y Escalera | |||||
1.14 | Balcones | |||||
1.15 | Aseos Planta Baja | X | ||||
1.16 | Aseos Primera Planta | X | ||||
1.17 | Sala Personal Externo Limpieza |
MEDIOS PERSONALES | MEDIOS MATERIALES | ||||
NÚMERO | Xxxxxxx Xxxxxxxx | ||||
Horas | Operarios | X.Xxxxxx | X.Xxxxx | ||
PROPUESTA DE FRECUENCIAS DE LIMPIEZA.
Talleres, Dependencias Exteriores y Zonas Comunes
(Sobre 1)
Talleres , Dependencias Exteriores y Zonas Comunes | FRECUENCIA DE LIMPIEZA (DÍAS) | |||||
1 | ||||||
2.01 | Aseos y Duchas | X | ||||
2.02 | Despacho Jefatura Taller | |||||
2.03 | Despacho Documentación Mecánicos | |||||
2.04 | Ventanilla y Oficina xx Xxxxxxx | |||||
2.05 | Vestuarios | X | ||||
2.06 | Comedor | X | ||||
2.20 | Vestuario Contratas | X | ||||
2.21 | Aseos Externos | X | ||||
2.22 Agrupación Cultural. Salón 2.23 Agrupación Cultural. Comedor 2.24 Agrupación Cultural.Oficina 2.25 Comité de Empresa 2.26 Sala de Formación I 2.27 Sala de Formación II | FRECUENCIA MEDIA ANUAL DE LIMPIEZA (30 DÍAS) |
MEDIOS PERSONALES | MEDIOS MATERIALES | ||||
NÚMERO | Xxxxxxx Xxxxxxxx | ||||
Horas | Operarios | X.Xxxxxx | X.Xxxxx | ||
ANEXO IV
PROPUESTA DE FRECUENCIAS DE LIMPIEZA.
Talleres, Dependencias Exteriores y Zonas Comunes (MEDIOS PROPIOS EMTUSA)
(Sobre 1)
Talleres , Dependencias Exteriores y Zonas Comunes (MEDIOS PROPIOS) | FRECUENCIA DE LIMPIEZA (DÍAS) | |||||
1 | 7 | 15 | 30 | 180 | ||
2.07 | Fragua | X | ||||
2.08 | Sala de Neumáticos | X | ||||
2.09 | Nave principal Taller | X | ||||
2.10 | Taller Mecánico, incluido Fosos | X | ||||
2.11 | Taller Eléctrico | X | ||||
2.12 | Taller Chapa y Pintura | X | ||||
2.13 | Zona de Limpieza de Bajos de Vehículos | X | ||||
2.14 | Sala de Aceites | X | ||||
2.15 | Área de Estacionamiento Autobuses | X | ||||
2.16 | Salas de Residuos | X | ||||
2.17 | Perímetro de Edificio | X | ||||
2.18 | Aparcamientos Turismos | X | ||||
2.19 | Sala Bomba de Agua | X |
MEDIOS PERSONALES | MEDIOS MATERIALES | ||||
NÚMERO | Horario Previsto | RECURSOS PROPIOS EMTUSA | |||
Horas | Operarios | X.Xxxxxx | X.Xxxxx | ||
150 | 1 | 7:00 | 14:30 |
ANEXO V
PROPUESTA DE FRECUENCIAS DE LIMPIEZA.
(Sobre 1)
Estación Central ZAFRA Avda. de Alemania | FRECUENCIA DE LIMPIEZA (DÍAS) | |||||
0,5 | 1 | |||||
4.01 | Sala Estar Conductores | X | ||||
4.02 | Comedor | X | ||||
4.03 | Aseos | X | ||||
4.04 | Oficina Atención al Público | X | ||||
4.05 | Sala de Inspectores | X | ||||
4.06 | Perímetro de Edificio | |||||
4.07 | Andenes |
MEDIOS PERSONALES | MEDIOS MATERIALES | ||||
NÚMERO | Xxxxxxx Xxxxxxxx | ||||
Horas | Operarios | X.Xxxxxx | X.Xxxxx | ||
ANEXO VI
PROPUESTA DE FRECUENCIAS DE LIMPIEZA FLOTA DE VEHÍCULOS.
(Sobre 1)
GARAJE Nuevo Colombino, 24 | Unidades | FRECUENCIA DE EJECUCIÓN TAREAS (DÍAS) | ||||
1 | 3 | 7 | 30 | |||
Lavado exterior autobuses (Medios propios) | 42 | X | ||||
Limpieza interior autobuses LABORABLES | 42 | X | ||||
Limpieza interior autobuses SÁBADOS | 22 | X | ||||
Limpieza interior autobuses FESTIVOS | 15 | X | ||||
Repostaje de autobuses | 42 | X | ||||
Limpieza interior de autobuses en profundidad | 42 | X | ||||
Limpieza de zona aparcamiento autobuses | X |
MEDIOS PERSONALES | MEDIOS MATERIALES | ||||||||
NÚMERO | Horario Previsto | ||||||||
Horas | Operarios | H.Inicio | X.Xxxxx | ||||||
Limpieza | 23:00 | ||||||||
Repostaje | 19:00 |
MODELO PROPOSICIÓN ECONÓMICA
(Sobre 2)
D..............................................................................................................., con D.N.I.
nº ....................................., mayor de edad, con domicilio en
................................................................................., enterado de los Pliegos de
condiciones particulares y de prescripciones técnicas y sus anexos, como documentos que han de regir la CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN LOS CENTROS DE TRABAJO Y FLOTA DE AUTOBUSES DE EMTUSA, tramitada por
procedimiento abierto, con nº de expediente 1/2014 y aceptando íntegramente el contenido de los mismos, en nombre de (propio
o persona jurídica que representa), se compromete a ejecutar el contrato de referencia por el siguiente importe:
Precio en letra euros
(IVA NO INCLUIDO)
Precio en número euros
(IVA NO INCLUIDO)
% XXX Xxxxxxx(en número)… euros
Precios Hora de Servicio (IVA NO INCLUIDO) | |||
LABORABLES | SÁB/DOM/FEST | ||
Diurna | Nocturna | Diurna | Nocturna |
Precios estimados MEJORAS PRUPUESTAS (IVA NO INCLUIDO) | |
Descripción | Importe |
En………………………………………a………….de… de 2014
Fdo.
PRECIO MENSUAL OFERTADO POR CENTRO DE TRABAJO
(Sobre 2)
Xxxx. Xxxxx Xxxxxxxxx, 00 | PRECIO MENSUAL OFERTADO | ||||
Número de horas propuestas | Importe (IVA NO INCLUIDO) | ||||
LABORABLES (21) | SÁB/DOM/FEST (9) | ||||
Diurnas | Nocturnas | Diurnas | Nocturnas | ||
Limpieza de autobuses | |||||
Limpieza de vehículos ligeros | |||||
Repostaje de autobuses incluyendo tareas básicas de mantenimiento | |||||
Limpieza de edificio de Oficinas | |||||
Limpieza de Talleres, Dependencias Exteriores y Zonas Comunes | |||||
Avda. de Alemania | |||||
Estación Central xx Xxxxx | |||||
Total mes considerando 21 días laborables y 9 días en fin de semana o festivo |
PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
(A entregar en caso de Xxxxxxxxxxxx)
EMPRESA
D/Dña. , en calidad de y en representación de la misma,
DECLARA
Que adquiere el compromiso formal con la Empresa Municipal de Transportes Urbanos, S.A. (EMTUSA) de satisfacer antes del inicio de los trabajos, las siguientes exigencias referidas a los servicios o actividades incluidos en el objeto del contrato y respecto de los trabajadores, equipos y maquinaria que la empresa destinará a la realización de los mismos:
Certificado de suscripción de póliza de vida y de invalidez total establecidos en Convenio. Frecuencia de entrega Anual.
Póliza de responsabilidad civil y recibo de pago. Frecuencia de entrega Anual.
Impresos TC1 y TC2 del mes anterior al inicio de los trabajos donde figuren los nombres de las personas que trabajarán en las instalaciones de EMTUSA. Actualización mensual.
Contrato o Certificado de haber adoptado alguna de las modalidades previstas en el art. 10 del capítulo III del Reglamento de los Servicios de Prevención (R.D. 39/97) en lo relativo a la organización de recursos para el desarrollo de las actividades preventivas necesarias en el ámbito de su actividad.
Carta de pago o certificado de haber pagado a una entidad acreditada los servicios de prevención de riesgos laborales legalmente exigidos.
Nombre y apellidos, teléfono de contacto, fax y correo electrónico de la persona responsable en materia de seguridad y salud, durante la ejecución del trabajo.
Evaluación de riesgos sobre los trabajos asociados al objeto de la contratación.
Certificado de haber informado adecuadamente a los trabajadores que van a desempeñar sus funciones en las instalaciones de EMTUSA sobre los riesgos inherentes a su puesto de trabajo y sobre las medidas de protección o prevención que se deban adoptar.
Certificado de haber formado adecuadamente a los trabajadores que van a desempeñar sus funciones en las instalaciones de EMTUSA sobre el desempeño de su trabajo en adecuadas condiciones de seguridad y salud.
Certificado de entrega de los equipos de protección individual adecuados al puesto de trabajo.
Certificado de la aptitud médica de los trabajadores para el desempeño seguro de su puesto de trabajo.
Establecer los adecuados medios de coordinación con EMTUSA y/o con otras empresas/trabajadores autónomos que puedan desarrollar tareas en el centro de trabajo y estaciones de autobuses durante la ejecución de la actividad o servicio por el que se le contrata.
Aceptar el compromiso de que, en caso de subcontratación de alguna parte del trabajo a desarrollar (sometida a previa autorización expresa de XXXXXX), se requerirá de la subcontrata que satisfaga todos los puntos aquí mencionados, lo que se acreditará mediante la cumplimentación y firma de este mismo modelo de declaración responsable.
Y para que conste donde proceda, firmo la presente declaración responsable.
En a de de .
Firma,
(A entregar en caso de Xxxxxxxxxxxx)
La entidad (razón social de la entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca)
…………………………………………………………………….. NIF……………………………con domicilio (a efectos de notificaciones y requerimientos) en………………………………………………………………..
Calle/plaza/avenida………………………………………………………….CP………………..y en su nombre (nombre y apellidos de los Apoderados) …………………………………………………………..con poderes suficientes para obligarse en este acto, según resulta del bastanteo de poderes que se reseña en la parte inferior de este documento,
AVALA
A: (nombre y apellidos o razón social del avalado ) ………………………………………………….......
NIF……………………………………………, por importe de……………………………………euros (en cifra)……………………………………………… en concepto de garantía para
responder de las obligaciones derivadas de…………………………………………………………………....
………………………………………………………………………………………………………………… ANTE: EMPRESA MUNICIPAL DE TRANSPORTES URBANOS, S.A. (EMTUSA)
La entidad avalista declara bajo su responsabilidad, que cumple los requisitos previstos en el art. 56.2 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas. Este aval se otorga solidariamente respecto del obligado principal, con renuncia expresa al beneficio de excusión y con compromiso de pago al primer requerimiento.
Este aval estará en vigor hasta que el Órgano de Contratación o quien en su nombre sea habilitado legalmente para ello, autorice su cancelación o devolución.
El presente aval ha sido inscrito en esta misma fecha en el Registro Especial de Avales con el núm……………………………………………
(Xxxxx y fecha)………………………………………………………………….
Razón social de la entidad……………………………………………………..
Firma de los apoderados………………………………………………………..
BASTANTEO DE PODERES POR LA ASESORÍA JURÍDICA DE LA C.G.D. O ABOGACÍA DEL ESTADO | ||
Provincia: | Fecha: | Número de Código: |
CONDICIONES A EFECTOS DE SUBROGACIÓN DE PERSONAL
1. XXXXX XXX S.L.
Nº | Categoría Profesional | Fecha Antigüedad | Jornada semanal Horas |
1 | Limpiadora | 02/11/2010 | 20 |
2 | Limpiadora | 03/04/2012 | 20 |
2. GESTIÓN Y SISTEMAS ECOLÓGICOS S.L.
Nº | Categoría Profesional | Fecha Antigüedad | Jornada semanal Horas |
1 | Peón/Limpiador | 01/08/2012 | 40 |
2 | Peón/Limpiador | 01/08/2012 | 40 |
3 | Peón/Limpiador | 27/12/2012 | 40 |
4 | Peón/Limpiador | 27/12/2012 | 40 |