Contract
1. Objeto
APROOP TELECOM S.L.U. (“APROOP”) con domicilio social a Xxxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxx, 0 – 11º, 3a. Alfafar (00000) Xxxxxxxx, Xxxxxx y CIF X-00000000, es un Operador de telecomunicaciones que ofrece los Servicios descritos en la cláusula siguiente (el “Servicio” o los “Servicios”). Estas Condiciones Generales de Contratación (“CGC de APROOP) regirán las relaciones entre el Cliente del Servicio (el “Cliente”) y APROOP en relación con los Servicios contratados, los cuales APROOP presta de forma directo como operador.
En el caso del servicio de telefonía móvil descritos en estas CGC de APROOP estos serán prestados por PARLEM TELECOM COMPANYIA DE TELECOMUNICACIONS, S.A., con CIF X00000000 (“PARLEM”), compañía
matriz de APROOP.
La lectura de las presentes CGC de APROOP por parte del Cliente es condición necesaria y previa a la activación de los Servicios e implica la aceptación llena y sin reservas de todas y cada una de las disposiciones incluidas en estas CGC de APROOP, que también están publicadas al Sitio web de APROOP xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx/ (nuestro “Sitio web”).
2. Descripción de los servicios
Servicio Telefónico Fijo: El Servicio Telefónico Fijo, con tecnología de voz sobre IP, permite que el Cliente pueda recibir y hacer llamadas en su línea, así como otras facilidades básicas y Servicios adicionales asociados.
Servicio Telefónico Móvil: Este Servicio incluye la prestación del Servicio Telefónico de llamadas desde Móvil y los Servicios asociados de comunicaciones electrónicas (incluido el Servicio de Acceso a Internet desde móvil) y Servicios de valor añadido asociados que el Cliente solicite. Para prestar este Servicio, APROOP librará al Cliente una Tarjeta SIM que se podrá usar en cualquier dispositivo móvil libre. El Servicio se prestará en el territorio nacional. Fuera de este, el Cliente puede recibir el Servicio si solicita la activación del Servicio Telefónico Móvil cursado desde el extranjero (“Servicio Roaming” o “Servicio en Itinerancia”). Se informa que el alta en este Servicio puede implicar el cobro de tarifas especiales en sus comunicaciones recibidas y hechos al extranjero según la normativa vigente en cada momento. Este servicio de móvil se prestará a trabas de PARLEM en base a estas mismas CGC APROOP, con la firma de las cuales el Cliente queda vinculado con PARLEM por el servicio de móvil.
Servicio de Acceso a Internet xx Xxxxx Ancha: Este Servicio comprende, con independencia de la tecnología que se use: (y) acceso a Internet xx Xxxxx Ancha con navegación 24 horas a la velocidad de acceso contratada. A causa de las características técnicas del Servicio, esta velocidad es máxima, es decir, APROOP no puede garantizar siempre la velocidad de acceso que el Cliente haya contratado; y (ii) los Servicios adicionales asociados.
Para los Servicios Telefónicos de Fijo y Móvil, si el Cliente no dispone de numeración, APROOP asignará una. Los Servicios Telefónicos de Fijo y Móvil de APROOP incluyen, si procede, la portabilidad del número de teléfono que el Cliente tuviera con su anterior operador.
Porque se lleve a cabo la portabilidad, el Cliente tendrá que solicitarla a través de la Solicitud de Portabilidad adjunta a las Presentes Condiciones Generales de Contratación de APROOP, porque se pueda tramitar la portabilidad de los Servicios de Telefonía Fija o Móvil en su anterior operador. La portabilidad se llevará a cabo de acuerdo con los procesos de tramitación de portabilidad que se establecen en el respectivo documento de Especificación Técnica de los Procedimientos Administrativos para la Conservación de la Numeración en caso de cambio de operador, aprobados por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
En caso de cancelación del alta por parte del Cliente, APROOP tiene derecho a cobrar los gastos de gestión correspondientes al envío de la Tarjeta, sin perjuicio del que dispone la cláusula dedicada al derecho de dejación cuando este sea aplicable. Los gastos de gestión que sean aplicables se detallan en las Condiciones Particulares disponibles en la página web de APROOP.
Los Servicios se ofrecen exclusivamente como Cliente final y para un uso basado en la buena fe. En particular, con carácter enunciativo no limitativo, no está permitido:
• La utilización contraria a las leyes españolas o que infrinja los derechos de terceros o el buen uso de los Servicios que son solo para uso personal y particular del Cliente, y será responsable de su control del acceso.
• La publicación o transmisión de cualquier contenido que resulte violento, obsceno, abusivo, ilegal, racista, xenófobo o difamatorio.
• La recogida y/o utilización de datos personales otros usuarios sin su consentimiento expreso o que contravengan el que dispone la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal.
• La reventa de tráfico o de los Servicios o su comercialización o explotación económica por cualquier medio o sistema.
• La comunicación con números dedicados al enrutamiento de llamadas, es decir, que ofrecen, como servicio comercial, el enrutamiento de la llamada hacia otro número diferente del número marcado. El uso objetivamente irregular o fraudulento de los Servicios, como, por ejemplo: “vigila bebés”;
“walkie-talkie”; llamadas únicamente, o principalmente, a Servicios de tarificación adicional o valor añadido; utilización de los Servicios para envíos de comunicaciones comerciales no solicitadas; envío de grandes mensajes para bloquear servidores ajenos; realización de comunicaciones no solicitadas cuando estas se puedan catalogar como tráfico irregular. En particular, el Cliente no tendrá que utilizar los Servicios para enviar correos no solicitados o masivos (“spam”) o hacer cualquier uso de los listados de correo con destino a cualquier persona que no haya dado permiso para ser incluida en este proceso.
En estos casos, APROOP podrá o bloquear los Servicios afectados temporalmente hasta que se esclarezcan las circunstancias del uso irregular del Servicio. Si el Cliente no se posa en contacto con APROOP para regularizar la situación en el plazo de cuarenta y ocho (48) horas desde el bloqueo de los Servicios, APROOP podrá resolver el Contrato sin derecho a indemnización por parte del Cliente, con una comunica- ción previa al mismo.
3. Tarifas, facturación y pagos
Se aplicarán a los Servicios los precios y cargos correspondientes segundos las tarifas y el resto de Condiciones Generales y/o Particula- res, ofertas o promociones vigentes en cada momento. Cualquier modificación de las tarifas se comunicará al Cliente por cualquier medio que APROOP considere adecuado porque el Cliente tenga constancia de esta modificación y de las nuevas tarifas. El Cliente tendrá disponibles en cualquier momento estas tarifas a nuestro Sitio web. El acceso a los Servicios de emergencia es gratuito.
La factura será mensual e incluirá, de manera anticipada, la cuota fija del Servicio contratado y, en su caso, los consumos no incluidos en la cuota fija en los que el Cliente haya incurrido en el mes anterior. Aun así, la factura desglosará el resto de Servicios contratados por conceptos facturados dentro de cada Servicio y se incluirán las que se correspondan con los casos de venta o cesión/alquiler de equipos. Si por razones técnicas no fuera posible facturar al Cliente en el mismo mes o en el mes inmediatamente posterior a los consumos, APROOP lo podrá facturar en los meses posteriores.
El Cliente tendrá que abonar anticipadamente con carácter mensual y dentro de los CINCO (5) primeros días de cada mes.
En los Servicios Telefónico Fijo y de Internet xx Xxxxx Ancha fija, las cuotas de abono mensual incluyen el mantenimiento de red hasta el PTXR (Punto de Terminación de Red Radio, en el caso de Radio) o PTXO (Punto de Terminación de Red Óptico, en el caso de Fibra).
La primera factura incluirá las cuotas de alta, activación y, si procede, las de instalación y/o mantenimiento. Si procede, también contendrán el precio de los equipos adquiridos y de configuración de los Servicios, excepto si el pago de este precio está aplazado o diferido; en este caso incluirá la parte proporcional que corresponde en el primer mes en función del número de meses de pago aplazado. Así mismo, incluirá las cuotas recurrentes que sean aplicables desde el momento de activación del Servicio dentro del periodo facturado.
Los pagos se harán efectivos mediante domiciliación bancaria (que es el medio de pago establecido por defecto, salvo que se indique otra cosa a las condiciones particulares), por lo cual el Cliente autoriza APROOP a enviar instrucciones a su entidad bancaria porque le carguen a su cuenta las facturas de APROOP, y a la entidad bancaria para efectuar los cargos a su cuenta, siguiendo las instrucciones de APROOP, por lo cual el Cliente firma la Orden SEPA adjunta a las presentes CGC de APROOP.
No obstante, lo anterior, el Cliente tiene derecho a elegir un medio de pago alternativo de entre los que se usan habitualmente en el tráfico comercial, por lo cual hará falta que el Cliente lo notifique al Servicio de Atención al Cliente.
Las reclamaciones del Cliente por motivo de la facturación no justifican el retraso en el pago de las facturas reclamadas. Las facturas no pagadas a su vencimiento reportarán un interés de demora igual al interés legal del dinero aplicable en cada momento, los gastos ocasionados por la devolución de cada recibo y otros gastos administrativos que pueden ascender hasta un máximo de 20 euros (IVA incluido), sin perjuicio de las otras consecuencias que pudieran derivarse del incumplimiento, entre otros, la inclusión de sus datos en ficheros de solvencia patrimonial y de crédito.
APROOP podrá usar para el cobro de las cantidades debidas, si el Cliente así lo autoriza, los datos relativos a las tarjetas de crédito o débito que el Cliente hubiera facilitado. Igualmente, APROOP podrá ejecutar los depósitos, fianzas y/u otras garantías, si procede, estable- cidas a las Condiciones Particulares para los casos permitidos por la ley. El Cliente consiente expresamente con la aceptación de las presentes CGC de APROOP que APROOP pueda emitir las facturas correspondientes al Servicio en formato digital (Factura Digital), y tendrá acceso a través de su área personal online, accesible con el número de NIF/NIE y las claves de acceso que haya determinado el propio Cliente en el momento de creación de la cuenta.
El Cliente podrá revocar este consentimiento en cualquier momento, y tendrá derecho a solicitar la emisión de facturas de manera gratuita en papel. Para hacer esta revocación, tendrá que comunicarlo por escrito al Servicio de Atención al Cliente.
Si al acabar la relación contractual, independientemente de la moda- lidad de contratación, resultara un saldo a favor del Cliente, este podrá solicitar la devolución. APROOP podrá descontar los gastos administrativos y de gestión que pudieran reportarse según las tarifas vigentes en cada momento. También corresponderá al Cliente este derecho de compensación cuando el saldo sea a favor de APROOP. APROOP podrá, con el fin de garantizar el cumplimiento de las obliga- ciones del Cliente:
• Solicitar al Cliente un anticipo o efectuar un cargo adicional en su cuenta de manera inmediata, por las cantidades reportadas hasta la fecha.
• Solicitar al Cliente un depósito, no remunerado, en efectivo.
• Solicitar un aval bancario, por una cuantía nunca superior a la media estimada de tres (3) meses de consumo por Servicio.
• Restringir al Cliente los Servicios de tarifas superiores, tarificación adicional y Servicios internacionales. Este tipo de acción se podrá llevar a cabo, entre otros, en los casos siguientes:
- Se excedan los límites del crédito fijados, si procede.
- Se produzca la suspensión o interrupción del Servicio por alguna de las causas previstas en estas CGC de APROOP o la resolución contractual.
- Incumplimiento de estas CGC de APROOP por parte del Cliente. o Fraude o uso no autorizado del Servicio según estas CGC de APROOP.
- Riesgo objetivo de impago, entendiendo como tal, por ejemplo, la declaración de concurso de acreedores. Sin embargo, para el Servicio Telefónico Fijo se aplicará lo dispuesto a las Condiciones Particulares del Servicio de estas CGC de APROOP.
4. Derecho de desconexión
En los Servicios Telefónicos de Fijo y Móvil el Cliente podrá solicitar a APROOP la desconexión de los Servicios de tarificación adicional y llamadas internacionales. Para lo cual, se tendrá que dirigir al Servicio de Atención al Cliente e indicar su voluntad de desconectarse de los Servicios de que se trate. APROOP hará la desconexión en un plazo máximo de manantial (10) días desde la recepción de la solicitud.
Si la desconexión no se produjera en el plazo indicado por causas no imputables al Cliente, los costes derivados del Servicio la desconexión del cual se hubiera solicitado irán por anticipado de APROOP.
Sin perjuicio del anterior, no será necesario que el Cliente solicite la desconexión de los servicios de tarificación adicional que se presten a través del número 907 o de los números 803, 806 y 807 seguidos por las cifras 6, 7, 8 o 9 puesto que estas estarán desconectados por defecto. En caso de que el Cliente los quiera utilizar, lo tendrá que solicitar expresamente a APROOP mediante solicitud escrita.
5. Responsabilidad de Aproop i calidad del servicio
Si se produce una interrupción temporal en el Servicio Telefónico de Fijo o Móvil, el Cliente tendrá derecho a una indemnización que será, al menos, igual a la más grande de las dos siguientes:
• La media del importe facturado por los Servicios interrumpidos durante los tres (3) meses anteriores a la interrupción, prorrateado por el tiempo real que afecte al Cliente la interrupción temporal del Servicio. En caso de una antigüedad inferior a tres meses, se considerará el importe de la factura mediana en las mensualidades completas efectuadas o la que se hubiera obtenido en una mensualidad estimada de manera proporcional en el periodo de consumo efectivo realizado.
• Cinco veces la cuota mensual de abono o equivaliendo vigente en el momento de la interrupción, prorrateado por el tiempo de duración de esta.
Quedan excluidos del ámbito de responsabilidad en el Servicio de Telefonía Móvil los Servicios o llamadas en itinerancia (Servicio Roaming) que se prestan en el extranjero por operadores diferentes de APROOP.
APROOP abonará automáticamente esta cantidad y la descontará de la siguiente factura, cuando el importe de la indemnización sea superior a uno (1) euro. Si no fuera procedente la emisión de factura por baja del Servicio, la indemnización se abonará por el medio que se acuerde con el Cliente en cada caso. Para abonados sujetos a modalidades prepago, el ajustamiento en el saldo se hará en un plazo no superior al del resto de abonados.
Si la interrupción temporal se debe a causas de fuerza mayor, APROOP se limitará a compensar automáticamente al Cliente con la devolución del importe de la cuota de abono y otros independientes del tráfico, prorrateadas por el tiempo que hubiera durado la interrupción.
Si se produce una interrupción temporal del Servicio de acceso a Internet xx Xxxxx Ancha durante un periodo de facturación, el Cliente tendrá derecho a ser compensado con la devolución del importe de la cuota de abono y otras cuotas fijas, prorrateadas por el tiempo que hubiera durado la interrupción cuando la interrupción del Servicio haya sido, de manera continua o discontinua, superior a seis horas en horario de 8 a 22 horas. La indemnización se abonará en la siguiente factura. En la factura correspondiente se hará constar la fecha, duración y cálculo de la cuantía de la compensación que corresponde al abonado.
En los casos enumerados en los párrafos anteriores, APROOP indemnizará automáticamente el Cliente si la interrupción afectara el área donde se encuentra el domicilio que figura en el Contrato del Cliente o, en caso de Servicio de Telefonía Móvil, cuando sepa que este Cliente se encontraba en una zona afectada por la interrupción en el momento de la interrupción y no pudiera situarlo en otra zona
durante el periodo de la interrupción. Si el Cliente se ha visto afectado por una interrupción y no se lo ha computado como afectado en los términos anteriores, tendrá que comunicar a APROOP, a través del Servicio de Atención al Cliente, en el plazo de manantial (10) días contados a partir del restablecimiento del Servicio, que se ha visto afectado por la interrupción del Servicio, e indicará, en caso de afectar al Servicio de Telefonía Móvil, su ubicación geográfica en el momento de la interrupción. Esta información no tendrá que ser contradictoria con la que conste en los sistemas de APROOP.
Si se incumpliera este compromiso, APROOP indemnizará el Cliente por un importe igual a una cuota mensual prorrateada por el tiempo que hubiera durado la interrupción en el periodo de facturación. Respecto al tiempo de interrupción de un Servicio, un compromiso de interrupción máxima no superior a 48 horas a lo largo de cada periodo de facturación. Si se incumpliera este compromiso, APROOP indemnizará el Cliente por un importe igual a una cuota mensual prorrateada por el tiempo que hubiera durado la interrupción en el periodo de facturación.
Cuando por promociones el Cliente disfrute de un descuento sobre toda la cuota mensual de los Servicios, se tendrá en cuenta, a efectos indemnizatorios, la cuota mensual no promocionada de estos Servicios. Estas indemnizaciones se acumularán a las que se prevén a los párrafos anteriores.
A estos efectos, el tiempo de interrupción del Servicio se define como la suma de los tiempos transcurridos desde el instante en que se ha producido la indisponibilidad del Servicio, una vez este haya sido activado, hasta el momento en que se ha restablecido a su funcionamiento normal. El instante de inicio de la cuenta será lo primero de los dos sucesos siguientes: (y) lo de notificación por el Cliente del aviso de avería o (ii) lo de registro por parte de APROOP de la incidencia que causa la interrupción total o parcial del Servicio.
A efectos indemnizatorios, en todos los compromisos anteriores, se considerará que la cuota mensual del Servicio de Acceso a Internet xx Xxxxx Ancha es el 50% de la cuota mensual total en aquellos casos de contratación de paquetes conjuntos de Servicios en los cuales el precio de la cuota total del paquete no desglose el importe que se atribuye a cada Servicio (Servicio Telefónico y Servicio de Acceso a Internet xx Xxxxx Ancha).
No se aplicará lo dispuesto en los apartados anteriores cuando la interrupción temporal se deba a alguna de las causas siguientes:
• Incumplimiento grave por parte de los Clientes de las condiciones contractuales, especialmente en caso de fraude o demora en el pago, que dará lugar a la aplicación de la suspensión temporal e interrupción del Servicio.
• Daños producidos en la red debidos, por ejemplo, a la conexión por el Cliente de Terminales la conformidad de la cual no haya sido evaluada, de acuerdo con la normativa vigente.
• Incumplimiento del Código de Conducta por parte de un Cliente que preste Servicios de tarificación adicional, cuando la titularidad del Contrato de abono le corresponda.
El Cliente titular del Servicio responde de todo el tráfico, de los Servicios utilizados y del mal uso que se haga. Sin embargo, APROOP, con la identificación previa del titular de la línea y sus circunstancias, además podrá tomar las medidas a su alcance para evitar perjuicios desde la fecha en que, a través del Servicio de Atención al Cliente, se comunique la constancia o sospecha de la pérdida, sustracción o robo de sus claves de acceso al Servicio o la existencia de un fraude o, en caso del Servicio Telefónico Móvil, de la pérdida, sustracción o robo de la Tarjeta SIM.
APROOP no se hace responsable de cualesquier daños y/o perjuicios y/o beneficios dejados de obtener por el Cliente o cualquier otro tercero causado de manera directa o indirecta por la falta de prestación del Servicio o su prestación defectuosa. Sin perjuicio del anterior, de forma todavía más evidente y expresa no se hace responsable de los daños y/o perjuicios y/o beneficios mencionados, por las siguientes causas: (y) funcionamiento incorrecto, defectos, fallos y/o daños en Terminales o Dispositivos del Cliente no facilitados por APROOP; (ii) la pérdida, alteración y/o daños totales o parciales sobre
información contenida en los Terminales o Dispositivos del Cliente por causas no imputables al Servicio y (iii) cualquier otro que no se deba a la falta de conformidad del Servicio o el incumplimiento total o parcial o cumplimiento defectuoso de APROOP.
APROOP no se hace responsable de ninguna consecuencia derivada de una incorrecta configuración de los Dispositivos del Cliente que no haya sido hecha por APROOP ni de las aplicaciones instaladas por el Cliente, que son independientes y ajenas siempre al Servicio prestado por APROOP. APROOP adoptará las medidas e instalará los medios técnicos exigidos por la normativa vigente en cada momento, que permitan garantizar el secreto del contenido de la señal a través de la red, y queda exonerada de toda responsabilidad que se pueda derivar de la obtención por parte del Cliente o de terceros de grabaciones de conversaciones telefónicas, de su uso o publicidad y, en general, de todas las acciones u omisiones, no imputables a APROOP, que infrinjan el secreto de las comunicaciones telefónicas. quedan excluidas las obligaciones que en su caso tenga APROOP de acuerdo con la legislación aplicable en cada momento a las interceptaciones hechas por los agentes facultados en cumplimiento de esta normativa.
APROOP informa que presta el Servicio de Telefonía disponible al público, Fijo y Móvil, con la facilidad de identificación de la línea de origen y la línea conectada. Si el Cliente no desea que su número de teléfono pueda ser identificado por el resto de los usuarios, APROOP pose a su disposición medianos para restringir la identificación de la línea llamante y de la línea conectada. El Cliente podrá disponer de esta información al Servicio de Atención al Cliente.
6. Servicio de atención al cliente y notificaciones
APROOP ofrecerá un Servicio de Atención al Cliente que incluirá la asistencia telefónica, de 9 a 20 horas en el día, de lunes a viernes, sobre el uso de los Servicios (queda en cualquier caso excluida la asistencia técnica sobre su PC o dispositivo de acceso a los Servicios). Para aclarar cualquier duda respecto al precio, la facturación, la calidad o cualquier otra cuestión relacionada con los Servicios o si quiere hacer una reclamación, el Cliente se tendrá que dirigir al Servicio de Atención al Cliente. El Cliente puede hacer sus consultas a nuestro Sitio web xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx/ o enviando un correo electrónico a la dirección xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx. También puede hacer sus consultas o reclamaciones trucando de manera gratuita al 900 622 020.
En caso de reclamación, se le asignará un número de referencia que APROOP comunicará al Cliente. Si la reclamación se hace por vía telefónica el Cliente podrá solicitar un documento que acredite su presentación y su contenido. Este documento será remitido en el plazo de manantial (10) días desde su solicitud.
Cuando la reclamación haya sido solucionada, APROOP informará el Cliente de la solución adoptada a través del mismo medio que se ha usado para presentar la reclamación.
Una vez formulada la reclamación, si el Cliente no hubiera obtenido una respuesta satisfactoria de APROOP en el plazo de uno (1) mes, podrá acudir a las Juntas Arbitrales de Consumo a las que APROOP esté adherida, o a la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones y para la Sociedad de la Información en conformidad con el que establece la normativa vigente, sin perjuicio de su derecho a acudir a la vía judicial.
Aun así, en caso de incidencias, el Cliente podrá comunicarse con el Servicio de Atención Técnica a través de los siguientes medios:
• Por teléfono: trucando gratuitamente al teléfono 000 000 000 de lunes a viernes de 9.00h a 20.00h y los xxxxxxx, xxxxxxxx y festivos de 10:00h a 20:00h
• Enviando un correo electrónico a la dirección de correo electrónico xxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.
• A través de página web xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx/ a través del área cliente, disponible las 24 horas.
7. Protección de datos de carácter personal
La prestación de los Servicios comporta el tratamiento de datos de carácter personal del Cliente, que serán tratadas de acuerdo con el que prevé esta cláusula y la Política de Privacidad.
7.1. ¿Quién es el responsable del tratamiento de sus datos?
APROOP TELECOM, S. L. Uno. (“APROOP”) NIF: B-40640112
Domicilio social: Xxxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxx, 0 – 00x, 0x. Xxxxxxx (00000) Xxxxxxxx, Xxxxxxx
Teléfono: 000 000 000
Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx
Puede contactar nuestro Delegado de Protección de Datos (“DPD”) a través del correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.
7.2. ¿Qué tipología de datos personales tratamos y con qué finalidades y base jurídica?
Los datos que tratamos en el marco de la contratación y la prestación de los Servicios que le ofrecemos serán tratadas con las finalidades previstas en estas Condiciones Generales de Contratación:
Finalidades
Tipo de datos
Base jurídica
a) Gestión de la relación contractual
• Facturación e interacción con cualquier de nuestros departamentos internos, como pueden ser el servicio de atención al cliente, servicio técnico o calidad para la atención de reclamaciones, cambios en la contratación o incidencias.
• Habilitar el acceso del Cliente a su área privada, a la cual puede acceder a través del web o de la App de APROOP, y en la cual el Cliente puede gestionar sus tarifas, acceder a sus facturas o consultar su consumo.
• Cumplir con las obligaciones de información en relación con la relación contractual
Datos identificativos, de contacto, de tarifas, servicios contratados, consumos y uso de los servicios, calidad del servicio, de facturación y pago, incluyendo medios de pago y facturas emitidas, así como la voz en el supuesto que se haya mantenido una conversación telefónica y haya sido registrada
Ejecución de la relación contractual
Obligación legal
b) Prestación de servicios de telecomunicaciones
La conducción de la comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas, el establecimiento y enrutamiento de la llamada (incluyendo el interconexionado);
• La provisión del servicio de acceso a Internet, en caso de encontrarse dentro de los servicios contratados.
• El registro de los datos de tráfico e interconexionado y su uso con el objetivo de poderlas facturar o descontar dentro del saldo disponible para las tarjetas de prepago; así como la reclamación extrajudicial y judicial en caso de impago.
• Detección, gestión y solución de incidencias técnicas y resolución de reclamaciones.
Datos de contacto, datos de identificación de dispositivos, IP, localización, datos de tráfico y de navegación.
(*) En caso de solicitar una portabilidad desde otro operador (o hacia otro operador), además, podrán tratarse los datos identificativos y, en este caso, será necesaria esta comunicación de datos entre el operador dando y el receptor para poderla llevar a cabo. Los datos intercambiados entre operadores serán las previstas en cada momento a las especificaciones técnicas de portabilidad aprobadas por las administraciones públicas con competencia en la materia.
Ejecución de la relación contractual y, en el caso de la portabilidad, la adopción de medidas precontractuales.
c) Comprobación de solvencia en sistemas comunes de información crediticia | ||
(En caso de solicitud de contratación de | Interés legítimo | |
los Servicios en modalidad post-pago, solicitud de aplazamiento de pago o adquisición de terminales con financiación) | ||
En caso de contratar algún servicio superior, APROOP podrá analizar su historial como cliente de APROOP, el cual incluye número de contratos, fechas de contratación, tarifas, permanencia en cada tarifa, histórico de facturación y pago durante el tiempo que sea nuestro cliente. | ||
d) Comunicación de los datos de impago de la deuda a ficheros comunes de solvencia, en caso de que no atienda puntualmente las obligaciones económicas y de esto resulte una deuda cierta, vencido y exigible y con un requerimiento previo de pago y en conformidad con las disposiciones sobre sistemas de información crediticia de la normativa vigente | Datos identificativos y relativas a la deuda pendiente de pago Interés legítimo | Interés legítimo |
e) Verificación de la exactitud de los | Datos estrictamente necesarios para | Interés legítimo (a proteger su Cliente y |
datos aportados en el marco de la contratación a través de los códigos CSV (o mecanismos parecidos) o solicitados a la entidad financiera emisora su confirmación | hacer la verificación | la propia compañía del fraude en la contratación) |
f) Prevención del fraude a través de protocolos de detección preventiva de fraude para evitar o minimizar el impacto de acciones relacionadas con la suplantación de identidad o por, en caso de que se haya producido un uso fraudulento, bloquear los servicios para evitar que continúen haciendo un uso abusivo o realizando la baja de estos en caso de que el Cliente no contacte con APROOP para resolver la situación | Datos aportados por el Cliente | Interés legítimo (a proteger su Cliente y la propia compañía del fraude en la contratación) |
g) Información comercial própia en relación con productos o servicios propios como por ejemplo promociones de diversa naturaleza, nuevas tarifas o mejoras por medios electrónicos (por ejemplo, correo electrónico, SMS, MMS, a través de los perfiles de APROOP en redes sociales y otras plataformas) en base al que prevé la normativa vigente | Datos estadísticos publicados administraciones públicas | por | las | Interés legítimo (en base a la relación contractual) |
Al efecto, para personalizar nuestras ofertas y, en último término, ofrecer productos y servicios que respondan mejor a las necesidades y deseos de los Clientes, APROOP podrá segmentar los destinatarios de cada campaña a partir de los datos recaudados en el marco de la contratación, recargas y consumo (por ejemplo, para dirigir una oferta únicamente a los residentes en una localidad o área geográfica concreta, o a los Clientes que hayan contratado una determinada tarifa). | ||||
APROOP podrá determinar los parámetros identificativos de los destinatarios de cada campaña (como, por ejemplo, para dirigir una oferta a los Clientes que residan en localidades de más de 5.000 habitantes, según datos publicados por el INE). Estos datos estadísticos no se utilizarán para realizar perfilado o para el enriquecimiento de nuestras bases de datos, excepto después de haber obtenido el consentimiento previo del Cliente. | Datos estadísticos publicados administraciones públicas | por | las | |
Clientes históricos. - Una vez que deje de ser Cliente, podremos continuar informándolo por medios electrónicos de nuestros productos y servicios, a la cual cosa podrá oponerse en cualquier momento mediante el procedimiento proporcionado en cada comunicación comercial, posándose en contacto con nuestro servicio de atención al cliente o por cualquier otro medio previsto en estas Condiciones. | Consentimiento | |||
h) Finalidades estadísticas | Finalidades estadísticas Datos | de | los | Interés legítimo |
Clientes (incluyendo datos de localización), si bien normalmente se anonimizaran
Si el Cliente desea obtener información adicional sobre nuestro interés legítimo en relación con los diferentes tratamientos detallados anteriormente, por favor, consúltelo a través de la dirección xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.
1.1. . A quien comunicamos sus datos personales?
APROOP podrá comunicar datos a terceros, tal y como se detalla a continuación:
Destinatari
Tipus de dades
Habilitació legal
Otros operadores Datos identificativos, de contacto y de tráfico
Desarrollo, mantenimiento y control de la relación contractual (enrutamiento de llamadas, interconexionado, gestión de los procesos de portabilidad, gestión de STA)
Sistema de Gestión de Fechas de Abonado (CNMC)
Servicios de emergencia y agentes facultados (como fuerzas y cuerpos de seguridad) – Datos identificativos, de contacto y localización
Guías de abonado – Datos identificativos y de contacto
Uso de información de guías de abonado con fines comerciales – Datos identificativos y de contacto
Obligación legal
Consentimiento Consentimiento
Agentes facultados (tales como fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado)
Las previstas a la legislación vigente, tales como datos identificativos, de contacto, de localización y de tráfico
Obligación legal
Administraciones públicas, tales como
Las requeridas en cada caso.
Obligación legal
autoridades en materia de consumo, Agencia Española de Protección de Datos | Habitualmente, datos identificativos, de contacto y de facturación | |
Titulares de ficheros comunes de solvencia patrimonial. | Datos identificativos y deuda pendiente. | Interés legítimo |
Empresas de logística y mensajería | Datos identificativos y de contacto | Ejecución de la relación contractual |
Entidades financieras | Datos identificativos y de contacto – Mandato SEPA | Consentimiento |
En el supuesto que el Cliente nos lo haya autorizado, APROOP podrá comunicar sus datos al resto de entidades del GRUP PARLEM (sectores telecomunicaciones, comunicaciones electrónicas, ciberseguridad y energía) para enviarle información comercial sobre sus productos, servicios, novedades y ofertas.
Así mismo, a pesar de que APROOP no tiene previsto llevar a cabo transferencias de datos personales de clientes fuera del Espacio Económico Europeo (“EEE”) a todos los efectos, si bien puede contar con algún proveedor que requiera tratar datos de clientes desde fuera del EEE, como por ejemplo algún servicio de atención al cliente o apoyo. En estos casos APROOP se asegura de contar con garantías jurídicas adecuadas, sobre las cuales puede obtener información a través de la dirección xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.
1.1. ¿De dónde proceden sus datos personales?
A todos los efectos los datos son facilitados directamente por el Cliente pero, en supuestos de portabilidad, provienen del operador de origen.
1.2. ¿Cuándo tiempo conservaremos sus datos personales?
A todos los efectos, los datos personales derivados de la contratación se conservarán mientras se mantenga la relación contractual con el Cliente y se bloquearán, a disposición solo de autoridades policiales o judiciales, hasta la prescripción de obligaciones legales y responsabilidades derivadas del tratamiento; este plazo es de seis años después de la finalización de la relación contractual en conformidad con la normativa contable y de cuatro años en conformidad con la normativa fiscal, salvo que exista algún tipo de reclamación administrativa o judicial, las cuales se almacenarán hasta que finalice o adquiera firmeza, en su caso, el procedimiento o reclamación.
Asimismo, en conformidad con la normativa de conservación de datos de las comunicaciones electrónicas y en las redes públicas de comunicaciones, los datos identificativos, de contacto y de tráfico recaudadas o generadas en el marco de su relación contractual con APROOP o de la prestación de nuestros Servicios, además de información relacionada con las comunicaciones realizadas a través de nuestro servicio como por ejemplo información de llamadas entrantes y salientes, direcciones IP o datos de ubicación serán tratadas mientras la línea permanezca activa y, después, por los plazos legalmente previstos (actualmente, doce meses), a disposición de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad del Estado, juzgados y tribunales en el ejercicio de sus funciones, Ministerio Fiscal y otras autoridades con competencia en la materia.
1.3. ¿Cuáles son sus derechos?
Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, oposición, supresión, limitación en el tratamiento, la portabilidad y, si se tercia, a no ser objeto de decisiones individuales automatizades, a través de correo postal a Xxxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxx, 0 – 11º, 3a. Alfafar (00000) Xxxxxxxx, Xxxxxx o mediante correo electrónico a xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx. Así mismo, lo informamos que puede interponer una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (www.aepd).
En el web de la AEPD puede encontrar los modelos necesarios que lo ayudarán en el ejercicio de sus derechos.
Igualmente, en cualquier momento, el Cliente puede oponerse al envío de información comercial de APROOP.
En caso de que tenga alguna duda sobre el tratamiento de sus datos personales, puede contactar con el DPD enviando un mensaje de correo electrónico a xxxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx.
2. Causas de suspensión del servicio
APROOP podrá suspender el Servicio contratado en los casos siguientes:
• Cuando el Cliente no haya atendido sus obligaciones de pago o haya agotado su saldo y/o sobrepasado el límite de crédito.
• Si el Cliente facilita a APROOP datos personales que no sean veraces, sean deliberadamente incorrectos o se usurpe la identidad de un tercero.
• Cuando el Cliente haga un uso irregular o fraudulento del Servicio.
• Cuando el Cliente haya usado un medio de pago fraudulentamente o haya riesgo razonable de fraude.
APROOP podrá suspender temporalmente el Servicios en caso de retraso total o parcial por parte del Cliente en el pago de los Servicios durante un periodo superior a (1) un mes desde la presentación por parte de APROOP del documento de cargo correspondiente. APROOP comunicará al Cliente la suspensión temporal de los Servicios quince
(15) días antes de que se produzca. En este caso, se informará el Cliente de la fecha en la cual, de no efectuarse el pago, se llevará a cabo la suspensión, que no se podrá hacer en día inhábil.
La suspensión solo afectará los Servicios con xxxx en el pago.
La suspensión del Servicio no exime el Cliente de la obligación de continuar con el pago de las cuotas mensuales. En caso de suspensión temporal del Servicio Telefónico por impago, este se mantendrá para las llamadas salientes de urgencias, así como para las llamadas entrantes, con excepción de las llamadas a cobro revertido.
APROOP restablecerá el Servicio suspendido dentro del día laborable siguiente a aquel en que tenga constancia que el importe debido haya sido satisfecho completamente.
En el caso de suspensión temporal, si el Cliente hubiera presentado una reclamación ante las Juntas Arbitrales de Consumo o ante la Secretaría de Estado de TELECOMUNICACIONS y para la Sociedad de la Información, APROOP no suspenderá ni interrumpirá el Servicio mientras la reclamación se esté sustanciando y el Cliente consigne fehacientemente el importe debido y libre el correspondiente resguardo a APROOP.
El restablecimiento de los Servicios se hará conforme a las condiciones vigentes en el momento y tendrá que abonar la cuota vigente por este concepto. Durante el periodo de suspensión, APROOP podrá retirar del domicilio del Cliente los equipos alquilados.
El Cliente podrá solicitar formalmente con una antelación de quince
(15) días a la fecha deseada en que haga efecto, la suspensión temporal del Servicio de Telefonía Fija a través de una comunicación dirigida al Servicio de Atención al Cliente. La duración de la suspensión no será menor de uno (1) mes ni superior a tres (3) meses. El periodo de suspensión no podrá exceder de noventa (90) días por año natural. En estos casos, APROOP deducirá de la cuota de abono de Cliente el cincuenta por ciento (50%) del importe proporcional correspondiente al tiempo que afecte.
El retraso en el pago total o parcial de las facturas de APROOP superior a tres (3) meses o la suspensión temporal de los Servicios en dos ocasiones, por xxxx en el pago, dará derecho a APROOP a la interrupción definitiva de los Servicios y a la correspondiente resolución del Contrato.
En cualquier caso, se podrá interrumpir el Servicio conforme a la normativa vigente cuando se produzca una deficiencia causada por el Cliente, que afecte la integridad o seguridad de la Red o a la prestación de Servicios a otros Clientes. Esta medida cesará cuando el Cliente efectúe y comunique a APROOP la desconexión del equipo objete de la deficiencia.
APROOP podrá interrumpir ocasionalmente los Servicios para hacer trabajos de mejora, tareas de reparación, cambios de equipación o por motivos análogos. Ahora bien, estas interrupciones serán tan breves como sea posible y se harán, preferentemente y siempre que se pueda, en horarios de consumo mínimo. El Cliente acepta la necesidad de consentir estas interrupciones y que APROOP no estará obligada a compensarlo excepto en la cuantía de las indemnizaciones previstas al apartado “Responsabilidad de APROOP” de este Contrato que correspondan.
3. Duración y terminación
Este Contrato se constituye por un periodo inicial de veinticuatro (24) meses. Transcurrido este periodo de duración inicial, este Contrato quedará prorrogado automáticamente por el mismo periodo si bien, una vez prorrogado, el Cliente tiene derecho a rescindir el Contrato en cualquier momento con un preaviso máximo de uno (1) mes y a través de los medios que APROOP pose a su disposición, sin contraer ningún coste a excepción del coste de la recepción de los Servicios durante el periodo de preaviso.
APROOP tiene derecho a resolver el Contrato por las causas generales de extinción de los contratos y por las causas que se detallan a continuación:
• A instancias de APROOP, por la extinción de la habilitación a APROOP para prestar el Servicio cuando esto determine la imposibilidad de continuar prestando el Servicio. En este caso, no se reportará ningún derecho de indemnización a favor del Cliente.
Condiciones generales de contratación de Aproop como operador
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• Declaración de concurso de acreedores de APROOP que impida la normal ejecución del presente Contrato y la prestación de los Servicios.
• Grave incumplimiento de las obligaciones derivadas del Contrato, así como por una utilización del Servicio contrario a la buena fe y/o al orden público.
• Por interrupción definitiva de los Servicios de acuerdo con la cláusula 8 de las presentes Condiciones Generales de Contratación.
• Por uso no autorizado, ilícito, fraudulento o indebido del Servicio.
• Por cualquier modificación legal y/o técnica que imposibilite la prestación de Servicios o de cualquier de sus funcionalidades por los cuales han sido contratados.
• En aplicación de las obligaciones impuestas a APROOP como Operador de TELECOMUNICACIONS en conformidad con la Ley 25/2007, de conservación de datos relativos a las comunicaciones electrónicas y en las redes públicas de comunicaciones, APROOP se reserva la facultad de cancelar el Contrato o bloquear o suspender el Servicio en cualquier momento si se comprueba que los datos identificativos facilitados por el Cliente son falsas, incorrectas o incompletas.
Por su parte, el Cliente tiene derecho a resolver el Contrato en cualquier momento si remite comunicación de resolución − podrá encontrar el modelo en nuestro Sitio web−, acompañada de una copia del documento nacional de identidad o documento identificativo equivalente, al Servicio de Atención al Cliente con, como mínimo, dos
(2) días hábiles de antelación en el día en que desee que se haga efectiva la baja en el Servicio y en todo caso antes del día veintiocho
(28) de cada mes, a los efectos que APROOP pueda tramitar la baja antes de la emisión de las facturas correspondientes al consumo del mes siguiente. Si, posteriormente a la solicitud de resolución del Contrato por parte del Cliente se emite alguna factura a causa del sistema operativo interno de facturación de APROOP, la cual no permite cancelar la emisión de facturas con posterioridad en el día 28 del mes, se abonará al cliente esta factura con excepción de los consumos que efectivamente se hayan producido.
Dado que el sistema de facturación de APROOP es por anticipado, en el caso de que el Cliente solicite la baja durante el mes y, como es habitual, ya se le haya cobrado la factura del mes, se devolverán al Cliente, previa solicitud por escrito del mismo, la parte proporcional, según la fecha de solicitud de la baja, de los importes cobrados con anterioridad en relación al último mes facturado.
En caso de paquetes de Servicios, cuando el Cliente tenga derecho a rescindir cualquier elemento del paquete de servicios o del paquete de servicios y equipos terminales contratado antes del vencimiento del plazo contractual, ya sea por razones de carencia de adecuación con el contrato o ya sea por incumplimiento del suministro de los Servicios, el consumidor tiene derecho a rescindir el contrato íntegro respecto a todos los elementos del paquete de servicios.
En el supuesto de que el Cliente dé de baja un servicio activo dentro de un paquete de servicios sin notificar qué tarifa quiere que aplique al Servicio que no mujer de baja, se facturará el servicio no convergente equivalente.
La suspensión temporal, interrupción definitiva, resolución o terminación del Contrato no exonera el Cliente de cumplir con sus obligaciones que se deriven de la utilización de los Servicios contratados hasta el momento en que se produzca la resolución efectiva del Contrato, incluida la obligación de pago.
En casos excepcionales en los cuales sea necesario por motivos técnicos, operativos o de Servicio, o en el supuesto de que el Servicio se interrumpa definitivamente, el Cliente tendrá que devolver los dispositivos y/o terminales que sean propiedad de APROOP en el plazo de treinta (30) días desde que APROOP lo solicite.
En caso de que el Cliente no haga solicitud de conservación de numeración, la terminación del Contrato por cualquier causa podrá dar lugar a la pérdida de la numeración asignada en el plazo de un mes desde la fecha de su terminación.
4. Modificación de las condiciones generales de aproop como operador
APROOP podrá modificar estas Condiciones Generales de Contratación, así como las tarifas vigentes en cada momento, y lo notificará al Cliente, junto con la información de su derecho a rescindir el Contrato sin ningún coste adicional si no lo acepta, con una antelación mínima de uno (1) más a la fecha de su entrada en vigor, que se indicará expresamente. Si el Cliente no aceptara las nuevas condiciones y así lo notificará a APROOP, podrá resolver el Contrato de manera anticipada y sin ninguna penalización. Si, transcurrido uno (1) más desde la notificación por parte de APROOP, el Cliente no hubiera manifestado expresamente su disconformidad, o bien usa el Servicio con posterioridad a la entrada en vigor de la modificación anunciada, se entenderá que acepta las modificaciones propuestas.
5. Cambios de domicilio, de número telefónico o de titular
El Cliente podrá solicitar el cambio de domicilio donde recibe los Servicios contratados a través del Servicio de Atención al Cliente. Si por razones técnicas APROOP no pudiera prestar los Servicios en el nuevo domicilio, el Cliente podrá dar por acabado el Contrato de manera anticipada y sin ninguna penalización si hubiera finalizado el periodo de permanencia. En caso de que no hubiera transcurrido el periodo de permanencia fijado, el Cliente tendrá que abonar a APROOP la parte proporcional del coste en que este último hubiera incurrido por la instalación de los aparatos o cualquier bonificación realizada.
Si el cambio de domicilio fuera técnicamente posible, el Cliente solo tendrá que abonar la tarifa vigente por cambio de domicilio.
En el caso de alquiler de dispositivos de telefonía y/o Internet, el Cliente tendrá que trasladar bajo su responsabilidad los equipos asociados a estos Servicios en el nuevo domicilio. Cuando sea necesario cambiar el número de telefonía móvil o fija del Cliente, ya sea por imperativos técnicos o porque así lo exige la normativa vigente, APROOP comunicará este cambio y sus motivos con un preaviso que será de tres (3) meses en el caso de telefonía fija, y lo informará del nuevo número que le será asignado. El Cliente no tendrá derecho a indemnización por este concepto. Sin embargo, APROOP adoptará las medidas oportunas porque el Cliente pueda conservar el número telefónico al cambiar de operador conforme a la normativa y las condiciones que lo regulen.
En caso de cambio de titular, tanto el actual como el nuevo declaran que todos los datos facilitados al Servicio de Atención al Cliente de APROOP son correctos y que han leído, conocen y aceptan íntegramente estas CGC de APROOP. La fecha de cambio de la nueva responsabilidad de pago será el día siguiente de la confirmación del cambio de titular por parte de APROOP. Esto tendrá lugar una vez que haya recibido la documentación necesaria debidamente rellenada. Sin embargo, el cambio de titularidad no exonera el titular actual del pago de las cantidades reportadas hasta la fecha del cambio.
6. Condiciones particulares de permanencia
En caso de compra o cesión/alquiler subvencionados o en condiciones ventajosas para el Cliente de los Equipos o de los Terminales, vinculada o no esta compra o cesión en un plan de precios específico y/o a la aplicación de determinados descuentos, así como en caso de aplicación de determinados descuentos sobre el precio de los Servicios, el Cliente se compromete a permanecer dado de alta en este Contrato durante el plazo y en las condiciones que se detallan a la carátula de este, desde la fecha de la firma. En caso de que el Cliente cause baja anticipada en el Contrato por cualquier motivo, no pague a APROOP las cantidades debidas y esto lleve a la interrupción definitiva del Servicio, incumpla el Contrato, haga uso ilícito del Servicio o, tendrá que pagar a APROOP lo correspondiente cargo por incumplimiento del compromiso de permanencia, que será proporcional al tiempo que reste para finalizar el compromiso de permanencia, y hasta el máximo que se detalla a la carátula (impuestos indirectos no incluidos), todo esto como compensación por el hecho de incumplir los pactos y en atención a los beneficios previamente recibidos. Aun así, en caso de incumplimiento del compromiso de permanencia por baja del Servicio dentro del plazo
Condiciones generales de contratación de Aproop como operador
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establecido en el formulario de contrato, el Cliente tendrá que volver a APROOP los costes de instalación física de los Equipos a su domicilio en su totalidad, los cuales se indican en el formulario de contrato. Estos costes serán repercutidos a la factura del Cliente. En caso de que APROOP no pueda prestar el Servicio por causas técnicas ajenas al Cliente, lo comunicará a este, que podrá resolver el Contrato sin que le sea exigible la cantidad que le correspondería abonar a APROOP en concepto de incumplimiento del compromiso de permanencia. En este caso, el Cliente tendrá que proceder a la devolución de los Equipos y Terminales librados por APROOP de acuerdo con el que se indica en las Condiciones Particulares en un plazo de quince días (15) desde la comunicación por parte de APROOP al Cliente de la imposibilidad de la prestación del Servicio. La devolución de los Equipos y Terminales se llevará a cabo de la manera que indique APROOP al Cliente en el momento de producirse la baja. En caso de que el Cliente no vuelva los Equipos y Terminales en el plazo señalado, tendrá que abonar a APROOP la cantidad que se detalla a la carátula.
Si durante la vigencia del plazo de permanencia señalado, el Cliente solicita un cambio de domicilio a una área geográfica donde APROOP no pueda prestar el Servicio por causas de índole técnica, el Cliente tendrá que pagar a APROOP la cantidad que corresponda en función, tanto del compromiso adquirido, como del tiempo que reste para cumplir- lo, y hasta el máximo que se detalla a la carátula (impuestos indirectos no incluidos), todo esto como compensación por el hecho de no responder de acuerdo con aquello pactado y en atención a los beneficios previamente recibidos.
7. Derecho de dejación. Únicamente aplicable en caso de contratos a distancia o fuera de establecimiento
Se reconoce al Cliente el derecho de dejación del presente contrato en el plazo de catorce (14) días naturales a contar desde su celebración. En caso de alta a APROOP con portabilidad desde otro operador origen, informamos que el ejercicio del derecho de dejación no supondrá el retorno automático al operador origen y que será necesario que el Cliente gestione una nueva portabilidad con su operador origen.
Para ejercer el derecho de dejación, nos tendrá que notificar su decisión de desistir del Contrato a través de una declaración inequívoca (por ejemplo, una carta enviada por correo postal o por correo electrónico) añadiendo el “n.º Del pedido”. Para lo cual, podrá usar el modelo de formulario de dejación disponible a: xxxxx://xxxxxxxxxxxxx.xxx/xxxx-xxxxxxxxxxx, aunque su uso no es obligatorio.
Podrá enviar la comunicación ejercitando su derecho de dejación por correo electrónico a xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxx.xxx o a la dirección postal siguiente: Xxxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxx, 0 – 11º, 3a. Alfafar (00000) Xxxxxxxx, Xxxxxx
El ejercicio del Derecho de Dejación comportará la obligación de devolver los Equipos o Terminales librados por APROOP para la prestación del Servicio en su embalaje original, en perfecto estado, con todos sus accesorios y preparado. Solo se admitirá la devolución de aquellos productos que no presenten signos de estar dañados. El Cliente será responsable de la disminución de valor de los productos objete de devolución que sean consecuencia de una manipulación diferente a la necesaria para establecer la naturaleza, las características y el funcionamiento de los productos objete de devolución. Para más seguridad, el Cliente podrá introducir dentro del paquete el documento de dejación debidamente rellenada y firmado. A consecuencia del ejercicio del Derecho de Dejación, el Cliente tendrá que devolver o librar directamente los productos (Terminales o Dispositivos) a la dirección indicada en este apartado, sin ninguna demora indebida y, en cualquier caso, como máximo, en el plazo de 14 días naturales a partir de la fecha en que comunique a APROOP su decisión de dejación del Contrato. Así mismo, el Cliente tendrá que asumir el coste directo de devolución de los productos facilitados por APROOP.
Sin embargo, lo informamos que podremos retener el reembolso hasta haber recibido los productos devueltos correctamente o hasta que recibimos prueba inequívoca de su devolución, según la condición que se cumpla primero.
En caso de dejación, APROOP devolverá al Cliente todos los pagos recibidos antes de los 14 días naturales a partir de la fecha en que el Cliente informe a APROOP de su dejación.
En caso de dejación, cuando APROOP haya instalado y/o activado el Servicio por exprés petición del Cliente durante el periodo en que se puede ejercer este derecho y de manera previa al hecho que aquel lo haya ejercitado, APROOP tendrá derecho a cobrar el coste de la instalación hecha de acuerdo con el que se indica en el formulario de contrato y del consumo realizado hasta el momento y de manera proporcional las cuotas previstas a las Condiciones Generales y Particulares de cada tarifa en los cuales hubiera incurrido el Cliente. Si el Cliente desistiera del Contrato y el precio que se tiene que abonar hubiera estado total o parcialmente financiado mediante un crédito (bien por parte de APROOP o bien por un tercero con un acuerdo previo con APROOP), esta dejación implicará al mismo tiempo la resolución del crédito sin penalización.
Si el Cliente disfrutara de una prestación de un Servicio comercialmente descatalogado con APROOP y contratara un nuevo Servicio en virtud de este Contrato, al desistir de este, no sería posible restituir la prestación del Servicio original. Sin embargo, APROOP posicionará el Cliente de forma que este no se vea perjudicado.
8. Cesión
APROOP se reserva el derecho de transmitir los derechos y/u obligaciones que provienen de las CGC de APROOP actuales a una empresa de su mismo GRUP empresarial o a un tercer operador de comunicaciones electrónicas, sin necesidad de requerir el consentimiento expreso del Cliente, a quien lo notificará, como mínimo, con uno (1) más de antelación. El Cliente que no esté de acuerdo con la cesión podrá resolver el Contrato de manera anticipada y sin ninguna penalización.
9. Nulidad
La declaración de nulidad, ineficacia o invalidez de cualquier de estas CGC de APROOP no afectará la validez del resto de condiciones que permanecerán vigentes y serán vinculantes para las partes.
10. Ley aplicable y foro competente
La legislación aplicable a la relación que une las partes es la española, y el foro competente será aquel que determine en cada caso la normativa en materia de protección a consumidores y usuarios en caso de que el Cliente tenga la condición de consumidor. En caso contrario, las partes quedan sometidas, con exclusión de cualquier otro foro que pudiera corresponderlos, a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de la ciudad de València para la resolución de las divergencias que se deriven de la interpretación o aplicación de estos Términos y Condiciones
1. Objeto
Estas condiciones particulares se aplican solo en caso de contratación del Servicio de Telefonía Fija y de Acceso a Internet xx Xxxxx Ancha, bien de manera independiente o en modalidad convergente con otros Servicios.
2. Instalación y activación de la línea
Las condiciones de instalación y activación del Servicio dependerán de si el Servicio se presta sobre una línea Radio o de Fibra Óptica. APROOP dará acceso al Servicio sobre Fibra Óptica solo en aquellos lugares que dispongan de la infraestructura adecuada. Puede consultar las áreas de cobertura a nuestro Sitio web o al Servicio de Atención al Cliente.
2.1. Fibra Óptica
Si el Cliente no cuenta con la instalación necesaria para la prestación del Servicio, es necesario que APROOP u otra empresa que actúe por su cuenta lleve a cabo la instalación al domicilio del Cliente. Para lo cual, después de la firma de estas Condiciones Generales y Particulares, un técnico de APROOP o de una empresa externa autorizada por APROOP, se personará en el domicilio del Cliente a la fecha acordada con él. El Cliente autoriza expresamente APROOP y los técnicos que este designio el acceso en su domicilio y a las instalaciones y los equipos necesarios para la correcta instalación. Esta autorización se extiende al caso que haya que hacer alguna acción para la correcta prestación o mantenimiento del Servicio, así como, si procede, al momento de la retirada del Equipo.
El Cliente tendrá que proporcionar al técnico la entrada a la ubicación del edificio donde se encuentre el acceso para la Fibra Óptica si este acceso ha sido desplegado en el interior.
APROOP llevará a cabo las acciones siguientes para la instalación del Servicio:
• Conexión del tendido de Fibra Óptica exterior en la red del edificio del Cliente.
• Tendido de cable por el interior del edificio o por fachada hasta el domicilio del Cliente.
• Instalación en el domicilio del Cliente de un punto de terminación de red óptica.
• Instalación en el domicilio del Cliente de un ONT Router wifi.
• Instalación o envío del router por auto instalación según el servicio de fibra óptica contratado.
• Conexión de los equipos instalados con un máximo de 1,5 metros con el PTXO.
• APROOP podrá modificar los elementos a instalar o las acciones a hacer para la instalación, según las necesidades del Servicio en cada momento.
El Cliente reconoce que ha sido informado de las características de la prestación de los Servicios y que, en el caso de Fibra Óptica, esto no supone la baja automática de todos los Servicios que el Cliente pudiera tener contratados previamente con APROOP o con otro operador.
El Cliente declara que cuenta con los permisos y licencias de terceros que sean necesarios para la instalación y prestación del Servicio. APROOP quedará en todo caso exenta de responsabilidad ante estos terceros.
La no aceptación por parte del Cliente de la instalación básica a realizar por de APROOP dará derecho a esta a resolver el Presente contrato de forma inmediata y se procederá en todo caso a facturar al Cliente aquellos gastos que se hayan generado hasta la fecha de resolución del Contrato.
2.2. Radio
La instalación de los Servicios sobre una red Radio requiere acciones como por ejemplo la instalación de una antena receptora (Wifi/Wimax). El Cliente autoriza a APROOP y los técnicos que este designio o las empresas subcontratadas por APROOP a acceder en su domicilio y realizar todas las acciones necesarias para la correcta instalación de los
equipos necesarios para proveer el Servicio, así como, si es el caso, su retirada.
APROOP llevará a cabo las acciones siguientes para la instalación del Servicio:
• Instalación de la antena receptora en la azotea o fachada del edificio del Cliente.
• Tendido de cable FTP desde el exterior en el interior del edificio o por fachada hasta el domicilio del Cliente con un máximo de 40 metros.
• Instalación de un punto de terminación de red Radio (PTXR).
• Instalación en el domicilio del Cliente de un alimentador XxX (Power Over Ethernet.
• Instalación en el domicilio del Cliente de un Router wifi neutro.
• Conexión de los equipos instalados con un máximo de 1,5 metros.
APROOP podrá modificar los elementos a instalar o las acciones a hacer para la instalación, según las necesidades del Servicio en cada momento.
El Cliente declara que dispone de los permisos y licencias de terceros que, si es el caso, sean necesarios para la instalación y uso del Servicio.
En el Servicio xx Xxxxx Ancha a través de Radio, APROOP no puede garantizar la velocidad contratada en todos los casos, puesto que la distancia al nodo de comunicaciones, la calidad de la transmisión y las posibles interferencias pueden suponer una disminución de la veloci- dad mencionada. En cualquier caso, APROOP hará todo el que pueda porque el Cliente disponga de la máxima velocidad técnicamente posible del Servicio de Radio contratado.
3. Tarifas, facturación y pago
Las tarifas aplicables al Servicio de Telefonía Fija pueden tener asocia- dos consumos mínimos o cuotas fijas mensuales. El consumo mínimo mensual para hacer por parte del Cliente dependerá de las Condicio- nes Particulares de cada tarifa. En caso de no consumir mensualmente el importe mínimo correspondiendo a su tarifa, APROOP le facturará en el mes este importe o, si procede, el que falte hasta llegar.
Determinadas tarifas pueden contar con una cuota fija mensual. Se informará de la existencia de esta a las Condiciones Particulares aplicables a cada tarifa con carácter previo a la contratación. Esta cuota fija se reportará al inicio de cada periodo de facturación. En caso de baja una vez iniciada el periodo de facturación, se cobrará al Cliente la cuota fija en proporción al número de días disfrutados desde el comienzo del periodo de facturación hasta la fecha de baja. Igualmente, determinadas gestiones de APROOP, sobre las cuales se informará antes de llevar- las a término, pueden contar con unos importes adicionales. APROOP podrá exigir la constitución de depósi- tos de garantía en el momento de contratar el Servicio Telefónico Fijo o durante la vigencia del Contrato cuándo:
• Si el Cliente está o hubiera sido abonado con anterioridad al Servicio y hubiera dejado impagados un recibo o varios, mientras persista la morosidad.
• Se hubieran contraído deudas por un/s otro/s Contrato/s de abono, vigentes o no, o se retrasen de manera reiterada en el pago de los recibos.
• En los supuestos en que lo autorice la Secretaría de Estado de TELECOMUNICACIONS.
El depósito se podrá constituir en efectivo o mediante aval bancario, a elección del Cliente.
Los depósitos no serán remunerados. APROOP requerirá la constitución por un medio que deje constancia de su recepción y concederá un plazo de no menos de quince (15) días para su constitución o para el abono de las cantidades pendientes. Si el depósito no se constituye, APROOP podrá desestimar la solicitud de alta, suspender el Servicio y
dar de baja el Cliente si no constituye el depósito pasado diez (10) días desde que se haga un segundo requerimiento. Los depósitos solicita- dos serán por un importe nunca superior a la media estimada de tres meses de consumo por Servicio. La devolución de los depósitos se producirá:
• Enseguida que APROOP tenga constancia del pago íntegro de las cantidades debidas.
• Cuando quede acreditado que en un año no ha habido ningún retraso en el pago.
Si el Cliente con deudas pendientes se diera de baja o solicitará cambio de titularidad de su Servicio, APROOP podrá ejecutar la garantía por el total de la deuda contraída, y quedará el remanente a disposición del Cliente. Si el Cliente hubiera pagado todos los recibos, el depósito se devolverá íntegramente. El plazo de devolución será de quince (15) días desde el día siguiente en que se cumplan las circunstancias recogidas anteriormente.
4. Servicio de acceso a internet xx xxxxx ancha
El Cliente declara que ha sido informado en detalle de las características y Condiciones del Servicio de Acceso a Internet xx Xxxxx Ancha. Con motivo de la configuración técnica del Servicio, lo informamos que la baja del Servicio de Acceso a Internet xx Xxxxx Ancha podría afectar también el Servicio Telefónico Fijo y provocar en este caso la baja de este último Servicio.
El Cliente también queda informado que la prestación del Servicio puede implicar incompatibilidades con los Servicios basados en módems o alarmas, centralitas, líneas de ascensor y Servicios de teleasistencia y, en general, sobre cualquier Servicio prestado sobre la línea telefónica tradicional. APROOP no garantiza el funcionamiento de estos Servicios que estuvieran instalados con anterioridad en la activación del Servicio de Acceso a Internet xx Xxxxx Ancha.
En general, la velocidad contratada se disfrutará si se usa la conexión por cable Ethernet entre los equipos proporcionados y el terminal del Cliente. Esta velocidad se podría ver limitada por las capacidades del dispositivo que usa el Cliente para conectarse al Servicio así como por el número de usuarios simultáneos y por otros factores técnicos asociados a la red de Internet, por el que no puede garantizarse la velocidad contratada, que podrá ser inferior a las velocidades máximas indicadas más adelante.
Cuando se usen otros medios de conexión como wifi u otros, la velocidad en el dispositivo del Cliente se puede ver limitada por las características de este medio de conexión. En el caso de la wifi, factores ajenos a APROOP como por ejemplo la estructura del domicilio del Cliente, interferencias con otras redes wifi, las capacidades del dispositivo que usa el Cliente para conectarse a Internet, la distancia del dispositivo que usa el Cliente para conectarse a internet al router wifi, el uso en exteriores o interiores u otros factores pueden provocar la disminución de la velocidad final que disfruta el Cliente.
Además de estos factores ajenos a APROOP que pueden provocar una disminución de la velocidad que puede disfrutar el Cliente, es posible que esta también se vea limitada si se hacen operaciones de mantenimiento por parte de APROOP o en caso de interrupciones del Servicio.
5. Servicio telefónico fijo
En caso de que el Cliente contrate el Servicio Telefónico Fijo, se prestará sobre el tipo de servicio xx Xxxxx ancha fija seleccionado (Fibra Óptica o Radio). Con motivo de la configuración técnica del Servicio, informamos que la baja en el Servicio Telefónico Fijo podría afectar también el Servicio de Acceso a Internet xx Xxxxx Ancha y provocar, en este caso, la baja de este Servicio.
El Servicio Telefónico, con tecnología de voz sobre IP, permite que el Cliente reciba en su terminal fijo las llamadas destinadas a la numeración asociada a su línea. Además, permite al Cliente hacer llamadas desde la misma línea.
En el caso de prestación del Servicio xx Xxxxx Ancha Fija, el Cliente puede mantener el Servicio Telefónico anterior si lo tuviera y los Servicios asociados. En este caso, la baja del Cliente en el Servicio Telefónico con su anterior operador es responsabilidad suya. En el supuesto de que el Cliente desee esta baja, tendrá que dirigirse a su anterior operador.
Para disfrutar de este Servicio, el Cliente autoriza APROOP a hacer todas las actuaciones en la red que sean necesarias para garantizar la recepción de las llamadas destinadas a su numeración geográfica.
6. Activación del servicio telefónico fijo y de acceso a internet banda ancha
APROOP activará los Servicios Telefónicos de Fijo e Internet xx Xxxxx Ancha en un plazo máximo de treinta (30) días naturales a partir de la aceptación por parte del Cliente de estas Condiciones Particulares. La activación de estos Servicios tendrá lugar el mismo día que APROOP finalice la instalación al domicilio del Cliente de manera satisfactoria o bien una vez comprobada la idoneidad de la instalación preexistente. En el caso de portabilidad de numeración, el proceso se iniciará una vez el servicio xx xxxxx ancha haya quedado activo.
Este plazo de activación se denomina tiempo de suministro de la conexión inicial, a efectos de las obligaciones vigentes de calidad a las cuales está sometido APROOP. El incumplimiento de este compromiso de tiempo de suministro de conexión inicial por parte de APROOP supondrá una indemnización al Cliente, previa petición de este, a razón de uno (1) euro por día natural de retraso, hasta un máximo de noventa (90) euros. En caso de que concurran causas técnicas que imposibiliten la prestación del Servicio por parte de APROOP, o la no accesibilidad física de la instalación del cable hasta el punto de conexión de la casa del Cliente u otros casos que no sean imputables a APROOP y por los cuales APROOP no pudiera prestar el Servicio, como por ejemplo causas de fuerza mayor u otros imputables al Cliente, no surgirá ningún derecho de indemnización a favor del Cliente.
APROOP se compromete a prestar los Servicios contratados conforme a los compromisos de calidad exigidos por la normativa vigente que sea aplicable.
7. Desactivación del servicio de acceso a internet banda ancha
El Cliente podrá solicitar a APROOP el servicio “Internet desconecta o Power OFF”, consistente en la suspensión temporal del servicio a partir del primer año de haber sido contratado o pagando previamente el coste de instalación. La activación o desactivación del servicio solo está disponible para tecnología Radio y tiene que ser solicitado por teléfono o por e-mail entre el día 1 y 20 anterior al mes en que se quiere activar o desactivar. Este servicio “de Internet desconecta o Power OFF” tiene asociada una cuota mensual el importe de la cual se indica en el formulario de contrato.
8. Servicios de emergencia
APROOP facilita el acceso gratuito del Cliente a los Servicios de emergencia con el número telefónico 112 u otros números de emergencia que se determinen, así como a información sobre la ubicación de la persona que efectúa la llamada dependiente, en este caso, de la capacidad de los sistemas de la comunidad autónoma donde se encuentre el Cliente en el momento de trucar a estos Servicios.
9. Guías de abonados
Si el Cliente solicita que sus datos se incluyan a las guías de abonados dirigiéndose al Servicio de Atención al Cliente de APROOP de acuerdo con la cláusula 6 de las CGC de APROOP, APROOP comunicará los datos que el Cliente indique a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia porque las pose a disposición de las entidades que elaboran las guías y/o prestan servicios de información.
10. Equipos y terminales
APROOP librará al Cliente o instalará en su domicilio, en caso de que el Cliente no cuente con la instalación necesaria para la prestación del Servicio, los siguientes equipos ( “el Equipo”):
• ONT/Router wifi (en caso de Fibra Óptica).
• Router wifi neutrón (en el caso de Radio).
• Un punto de terminación de red Óptica (PTXO) en instalaciones de Fibra Óptica.
• En caso necesario, un punto de terminación de red Radio (PTXR) en instalaciones de Radio.
• Un alimentador XxX (Power Over Ethernte) en instalaciones de Radio.
• Cableado con los límites descritos en estas Condiciones Particulares de APROOP.
• Cualquier otro equipo, periférico o dispositivo librado por APROOP al Cliente para la correcta prestación de los Servicios.
Las características técnicas del Equipo que APROOP libra e instala para ofrecer el Servicio en el Cliente pueden ser susceptibles de cambios. Se informará el Cliente sobre los posibles cambios a través de nuestro Sitio web y a través del Servicio de Atención al Cliente.
APROOP cede el Equipo al Cliente en régimen de cesión/ alquiler, excepto indicación exprés en contra por parte de APROOP. El Cliente es responsable del uso adecuado del equipo, así como de su no manipulación.
APROOP se encargará del mantenimiento del Equipo cedido, así como de su sustitución en caso de avería. El Cliente se obliga a devolver el Equipo a APROOP en un estado de uso y conservación adecuado a un uso correcto, con la solicitud previa de APROOP, en cualquier momento y, en todo caso, en el plazo de uno (1) más posterior a la baja del Servicio.
Si el Cliente no devuelve el Equipo en este plazo, APROOP aplicará la penalización que se especifica a la carátula del Contrato.
Algunos de los servicios de APROOP cuentan con la aplicación de determinados descuentos a cambio de un compromiso de permanencia por parte del Cliente. En el caso concreto de la instalación física del el Equipo al domicilio del Cliente, APROOP puede asumir los costes parcial o totalmente y los mismos solo serán repercutidos a la factura del Cliente en caso de que se dé de baja del servicio dentro del plazo establecido en el formulario de contrato según se indica en la Cláusula 12 de las CGC de APROOP.
Si APROOP libra algún tipo de software o algún Equipo o Terminal autoinstalable, el Cliente tendrá que seguir las instrucciones de instalación facilitadas por APROOP. APROOP no ofrece ninguna garantía, ni explícita ni implícita, sobre los softwares de ayuda a la instalación facilitados ni se responsabiliza de los daños o alteraciones que, con motivo de su ejecución, pudieran ocasionar en el sistema informático del Cliente (configuración, software y/o hardware) o en los documentos electrónicos y ficheros almacenados en su sistema informático.
11. Garantía de terminal y servicio posventa
Sin perjuicio del que se ha indicado anteriormente, si hay Terminales o Equipos asociados al Contrato que son adquiridos por parte del Cliente a APROOP o a un tercero con el cual APROOP haya llegado a un acuerdo sobre este tema, estos equipos tienen un periodo de garantía legal desde su compra, entrega o fecha de instalación, acreditado con la factura o albarán correspondiente. APROOP ofrece en estos casos un Servicio posventa de tramitación de las reparaciones con un Servicio de Asistencia Técnica oficial reconocido por el fabricante de estos Equipos. No se aplicará esta garantía en los casos siguientes:
• Sustitución de piezas de desgaste a consecuencia del uso normal del Equipo.
• Si el Equipo ha sido manipulado por un Servicio de asistencia técnica no autorizado por APROOP.
• Si la causa de la disconformidad se debe a una instalación incorrecta por parte del Cliente o manipulación indebida o con elementos/accesorios no originales del fabricante.
12. Mantenimiento
APROOP reparará las averías que se produzcan en todos los Equipos cedidos y relacionados con la prestación del Servicio que hubieran sido proporcionados por APROOP y asumirá el coste siempre que se hubieran producido por causas no imputables al Cliente. En caso de que el Cliente detecte una avería al Equipo o un mal funcionamiento del Servicio, se tendrá que posar en contacto con el Servicio de atención técnica de APROOP trucando al Servicio de Atención al Cliente. APROOP usará los medios que en cada momento considere necesarios para resolver la incidencia.
1. Objeto
Estas Condiciones Particulares se aplicarán solo en caso de contratación del Servicio de Telefonía Móvil bien de manera independiente o bien en modalidad convergente con otros Servicios. Según indicado en la Cláusula 2 de las CGC de APROOP, el Servicio de Móvil es prestado por PARLEM TELECOM COMPANYIA DE TELECOMUNICACIONS, S.A.
2. Instalación y activación de la línea
La SIM se activa en el momento de la entrega en canal presencial y en un plazo aproximado de unas dos horas en canal online.
Si la numeración es nueva, la línea se activa en el momento que se activa la SIM.
Si la línea tiene que llevar desde un tercero, el proceso de portabilidad se inicia una vez la SIM está activada. El cliente recibirá un mensaje informando la ventana de portabilidad por SMS.
3. Tarifas, facturación y pagos
Las tarifas del Servicio de Telefonía Móvil pueden tener asociados consumos mínimos o cuotas fijas mensuales.
El consumo mínimo mensual que hacer por parte del Cliente dependerá de las Condiciones Particulares de cada tarifa. Si el Cliente no consume el importe mínimo correspondiendo a su tarifa, APROOP le facturará o descontará de su saldo cada mes este importe o, si procede, el que falte hasta llegar.
Determinadas tarifas pueden contar con una cuota fija mensual de la cual se informará a las Condiciones Particulares de cada tarifa antes de la contratación. Esta cuota fija se reportará al inicio de cada periodo de facturación. En caso de baja una vez iniciada el periodo de facturación, se cobrará al Cliente la cuota fija en proporción al número de días disfrutados desde el comienzo del periodo de facturación hasta la fecha de baja. Determinadas gestiones de APROOP, sobre las cuales se informará previamente, pueden implicar el cargo de importes adicionales.
Para garantizar la correcta facturación de los Servicios de datos en modalidad móvil, APROOP podrá restaurar la conexión de este Servicio cada 2 horas de conexión continuada. La restauración del Servicio consiste en el reinicio de la sesión de datos de manera automática.
4. Cobertura
APROOP prestará el Servicio en todo el territorio del Estado español dando cobertura al mismo en base en los acuerdos de APROOP con operadores de red estatales. APROOP se compromete a prestar el Servicio dentro de los límites de cobertura y del estado de la tecnología. En cualquier caso, APROOP no será responsable por interrupciones o mal funcionamiento del Servicio motivado por condiciones orográficas y/o atmosféricas que impidan o imposibiliten su prestación.
5. Obligaciones de identificación en caso de contratación en modalidad suscripción mensual
6. Consecuencias de la suspensión del servicio
En caso de suspensión temporal del Servicio por impago, este se mantendrá para las llamadas salientes de urgencias, así como para las llamadas entrantes, con excepción de las llamadas a cobro revertido.
APROOP podrá resolver unilateralmente el Contrato de este Servicio cuando considere que el Servicio Telefónico Móvil objeto de este es inactivo. El Servicio se considerará inactivo cuando transcurran 4 meses seguidos sin que se haya hecho ningún consumo de servicios facturables.
APROOP se reserva la facultad de reclamar al Cliente el importe del eventual saldo negativo, más los intereses y los gastos derivados de la reclamación.
Hasta el bloqueo permanente, es posible abonar las facturas pendientes, recargar saldo y hacer llamadas a números de emergencia.
7. Condición adicional para el servicio en roaming
Por el uso del Servicio en otro país del Espacio Económico Europeo (EEE), APROOP aplicará las mismas tarifas que aplica a su uso nacional siempre que el Cliente resida habitualmente en España o tenga vínculos estables con este país. En conformidad con el que dispone la normativa europea y en el supuesto de que las Condiciones Particulares de la tarifa contratada así lo prevean, APROOP podrá establecer un límite en el volumen de datos contratados a partir del cual podrá aplicar un recargo tal como se establece a continuación. El Cliente se compromete a hacer un uso razonable del Servicio en itinerancia en otro país del Espacio Económico Europeo (“EEE”). Para evitar el uso abusivo o anómalo, APROOP podrá observar, durante un plazo de como mínimo cuatro (4) meses, los indicadores objetivos de consumo y de presencia. Estos indicadores podrán ser:
• Superar el 50% del volumen contratado en datos o presencia en otro país del EEE durando más de la mitad del plazo de observación mesurado en días.
• La existencia de largos periodos de inactividad de una determinada SIM, junto con un uso principal o exclusivo en Roaming.
• Activación y utilización secuencial en Roaming de múltiples Tarjetas SIM.
Si el Cliente supera el límite establecido en el volumen de datos para poder ser consumido en otro país del EEE o comete un uso abusivo o anómalo del Servicio, APROOP podrá aplicar al Cliente, con un aviso previo, un recargo que no podrá superar el precio mayorista en vigor. Antes de imponerlo, el Cliente dispondrá de un plazo de catorce (14) días para aportar, si procede, los datos reales sobre su presencia o consumo. El Cliente se podrá dirigir a APROOP, de acuerdo con la cláusula 6, para interponer cualquier reclamación relacionada con la aplicación del que dispone este apartado. Se puede encontrar información más detallada sobre las condiciones de uso del Servicio en roaming a: xxxxx://xxxxxxxxxxxxx.xxx/xx/xxxxxxxxx-xxxxxxxxxx
8. Información sobre la velocidad del servicio acceso a internet
En relación con el Servicio de Acceso a Internet, el Cliente tendrá disponible, en todo momento, a nuestro Sitio web, información precisa sobre la velocidad mínima, disponible normalmente, máxima y anunciada, descendente y ascendente en el caso de redes fijas, y de la velocidad máxima y anunciada estimadas descendente y ascendiente en el caso de las redes móviles, así como la manera en que desviaciones significativas de las velocidades respectivas descendente y ascendiente anunciadas podrían afectar el ejercicio de derechos de los usuarios finales de acceder, a través de su servicio de acceso a internet, a la información y contenidos, así como distribuirlos, utilizar y suministrar aplicaciones y servicios y utilizar los equipos terminales de su elección.
La información de velocidad de internet se ha elaborado siguiendo las directrices establecidas al reglamento (UE) 2015/2120, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2015, por el cual se establecen las medidas en relación con el acceso a una red abierta y que modifica la Directiva 2002/22/CE.
Servicio | Velocidad anunciada | Velocidad disponible | Velocidad máxima | Velocidad mínima | |||||
Enlace | Descendente | Ascendente | Descendente | Ascendente | Descendente | Ascendente | Descendente | Ascendente |
LTE+ 300 | 300 | 50 | • • | 300 | 50 | |
LTE 150 | 150 | 50 | • • | 150 | 50 | |
Móvil* (Mbps) | LTE 111 HSDPA+ 42 | 111 42 | 37,5 5,7 | • • • • | 111 42 | 37,5 5,7 |
HSDPA+ 21 | 21 | 5,7 | • • | 21 | 5,7 | |
FTTH 1000 | 1000 | 1000 | 1000 1000 | 1000 | 1000 | |
Fijo** | FTTH 600 | 600 | 600 | 600 600 | 600 | 600 |
FTTH 300 | 300 | 300 | 300 300 | 300 | 300 | |
(Mbps) | ||||||
FTTH 100 | 100 | 100 | 100 100 | 100 | 100 | |
FTTH 50 | 50 | 50 | 50 50 | 50 | 50 |
•
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80%
80%
80%
80%
80%
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80%
80%
80%
80%
80%
* En servicio móvil, la velocidad real depende de diferentes factores como pueden ser las capacidades del terminal, la cobertura disponible, la situación de carga de la red o la aplicación utilizada, entre otros.
** Por su parte, en servicio fijo, la velocidad conseguida puede verse impactada por el estado del cableado (fibra o par de cocer), la carga de la red, la distancia a la central, las capacidades del dispositivo utilizado y la conexión establecida en el acceso a internet (cable o wifi). La velocidad de una conexión wifi depende directamente del entorno en el cual se encuentra el router (interferencias originadas por redes wifi vecinas, obstáculos estructurales del inmueble, distancia al router, etc.).