CONTRATO DEL SERVICIO DE ASESORAMIENTO FINANCIERO
CONTRATO DEL SERVICIO DE ASESORAMIENTO FINANCIERO
TITULARIDAD
En Madrid, a XX de XXXXX de 20XX
De una parte, ALVEUS INVESTING, AGENCIA DE VALORES, SOCIEDAD ANONIMA (“Alveus AV” o
la “Entidad”) con domicilio social en Xxxxxxx xx Xxxxxxx, Madrid, Cañada de la Xxxxxxx 0-0, Xxxxxxxx X-0, Xxxxxxxxxxxx Xx Xxxxxx, 00000, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, Tomo 42693, Folio 34, Inscripción 2 con hoja M-754999 y C.I.F. A-67693069 y entidad sujeta a la supervisión de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores (“CNMV”) e inscrita en el Registro de Empresas de Servicios de Inversión de la CNMV con el número 306.
Alveus AV se encuentra representada en este acto por XXX en su condición de XX según escritura otorgada ante el Notario de Madrid D. XX, con fecha xx de xx de 20XX, con el número XX de su protocolo, debidamente inscrita en el Registro Mercantil de XX.
De otra parte, la/s persona/s identificada/s a continuación, referidas, en adelante como el “CLIENTE” o el “Titular”,
TITULAR | |
Entidad | DNI/C.I.F. |
Dirección | |
REPRESENTANTE PERSONA JURÍDICA | |
Nombre y Apellidos | DNI |
Dirección de correo electrónico | |
En el caso de cotitularidad, es decir, que el contrato sea suscrito por dos o más personas, salvo que expresamente se disponga lo contrario, se identificará al primer titular para determinadas cuestiones y se presumirá que: (i) todos intervienen de forma solidaria e indistinta y (ii) todos los derechos y obligaciones referidos al contrato podrán ser ejercitados indistintamente por cualquiera de ellos o exigidos íntegramente a cualquiera de ellos.
Alveus AV y el CLIENTE (conjuntamente, las “Partes” y cualquiera de ellas como una “Parte”) se reconocen mutua y recíprocamente capacidad legal bastante y representación suficiente para el otorgamiento del presente contrato (el “Contrato”).
OBJETO DEL CONTRATO
En el marco del presente contrato, el CLIENTE encarga a Alveus AV la prestación del servicio de asesoramiento en materia de inversión sobre los valores, efectivo y otros instrumentos financieros del CLIENTE que, en el momento de la firma de este Contrato o en cualquier otro, ponga, con esa finalidad, a disposición de Alveus AV, así como de los rendimientos generados por aquéllos, a través de las Cuentas de Valores y de Efectivo del CLIENTE (la “Cartera Asesorada”). La Cartera Asesorada estará inicialmente compuesta por los activos identificados en el Anexo I a este Contrato.
El servicio de asesoramiento en materia de inversión se presta de forma independiente, lo que implica que Xxxxxx AV no podrá recibir de terceros honorarios, comisiones y beneficios monetarios o no monetarios en relación con el servicio prestado al CLIENTE.
El servicio se prestará con carácter recurrente por lo que, de forma continuada, Alveus AV presentará al CLIENTE recomendaciones de inversión. En relación con este servicio, Alveus AV procederá a:
a) Asignar al CLIENTE un asesor personal, que mantendrá las reuniones que estime necesario o conveniente, con objeto de analizar la situación patrimonial inicial, efectuar propuestas de inversión y analizar las variaciones en la situación patrimonial del CLIENTE sobre la base del asesoramiento realizado, los resultados obtenidos y aquellas circunstancias conocidas que modifique el perfil inversor asignado.
b) Determinar y comunicar al CLIENTE su perfil inversor, así como, sobre la base del mismo, recomendar los instrumentos financieros cuya inversión resulte adecuada y conveniente sobre la base de la información facilitada por el CLIENTE.
A los efectos de determinar el perfil inversor del CLIENTE y recomendarle instrumentos financieros adecuados y convenientes, se hace constar que el CLIENTE es responsable de la veracidad de información proporcionada a Alveus AV para evaluar la idoneidad de su cartera y se obliga a informar de cualquier modificación que pudiera afectar al resultado de dicha evaluación.
c) Informar al CLIENTE acerca de los nuevos instrumentos financieros que valore que pueden interesarle, tomando en consideración el perfil inversor referido en el punto anterior.
d) Emitir propuestas de inversión relativas a la composición y estrategias de inversión y/o desinversión del patrimonio financiero inicial del CLIENTE, y del resultante de la incorporación o retirada de los instrumentos financieros que determine el CLIENTE.
Dichas recomendaciones, elaboradas por Alveus AV, se pondrán a disposición del CLIENTE por escrito a través de su asesor o a través de un medio que acredite su entrega de forma fehaciente y serán objeto del correspondiente registro por parte de Alveus AV, independientemente de la decisión de inversión que finalmente adopte el CLIENTE. Se entenderá que las recomendaciones sólo tienen validez durante un periodo de 1 día hábil desde el momento de su emisión, salvo que en la propia recomendación se indique de otro modo.
La ejecución parcial de dichas recomendaciones puede alterar el perfil de rentabilidad – riesgo de la recomendación emitida por Alveus AV, por lo que esta podrá calificar dichas operaciones como a iniciativa del CLIENTE.
Con posterioridad a la emisión de la recomendación, en caso de que el CLIENTE desee ejecutar las órdenes u operaciones objeto de asesoramiento, deberá acudir a un tercero autorizado para ello. En ningún caso será decisión de Xxxxxx AV la ejecución de las órdenes u operaciones objeto de asesoramiento, siendo facultad exclusiva del CLIENTE quien, sobre la base del asesoramiento recibido, deberá aceptar o rechazar la recomendación para su materialización.
En caso de que sea el CLIENTE quien se dirige a Alveus AV para consultar la idoneidad de una operación, Xxxxxx AV deberá analizar la operación en relación con la cartera asesorada del CLIENTE y si, a juicio de Xxxxxx AV, la operación no puede considerarse idónea para el mandato recibido del CLIENTE, esta le informará claramente de dicha circunstancia y le facilitará una recomendación por escrito (o de forma fehaciente), que deberá ser firmada en el sentido de que su recomendación es que el CLIENTE no realice dicha operación.
No se considerará que constituye asesoramiento recurrente en materia de inversión la emisión de recomendaciones de carácter genérico y no personalizadas que se realicen en el ámbito de la comercialización de instrumentos financieros o aquellas que se realicen con carácter ocasional (asesoramiento puntual).
Alveus AV actuará de acuerdo con las condiciones de este Contrato y sólo podrá desviarse de los criterios generales de inversión pactados cuando el criterio profesional de Alveus AV aconseje dicha desviación o se produzcan incidencias en la contratación. En estos casos, Alveus AV, además de registrar las desviaciones, informará con detalle de las mismas al CLIENTE de forma inmediata.
CLASIFICACIÓN DEL CLIENTE
Por medio del presente Contrato, la Entidad comunica al CLIENTE que ha sido clasificado como:
Cliente Minorista: La categoría de cliente minorista goza de la totalidad de los derechos de protección establecidos en la normativa vigente, puesto que se le otorgan mayores derechos de información con carácter previo y posterior a la prestación del servicio de inversión. | □ |
Cliente Profesional: El cliente profesional es aquel que por su experiencia, conocimientos y cualificación, puede tomar sus propias decisiones de inversión y valorar los riesgos de las mismas, y por lo tanto, se le otorgan menores derechos de información que a los clientes minoristas. | □ |
Asimismo, por medio del presente Contrato, la Entidad comunica al CLIENTE su derecho a solicitar el cambio de categoría. A tal efecto, el CLIENTE deberá dirigir a la Entidad por escrito, su solicitud de ser tratado como CLIENTE Profesional o Minorista. En estos supuestos, la Entidad deberá llevar a cabo una evaluación previa para determinar si procede el tratamiento como cliente
profesional o minorista para la prestación de los servicios de asesoramiento en materia de inversión.
EVALUACIÓN DE LA IDONEIDAD
Al objeto de evaluar la idoneidad de los servicios contratados, Xxxxxx AV ha realizado una evaluación sobre los conocimientos y experiencia del CLIENTE en el ámbito de la inversión en instrumentos financieros, así como, en su caso, de su situación financiera y objetivos de inversión. En este sentido, el CLIENTE ha realizado un Test de Idoneidad, que ha sido cumplimentado y firmado por el mismo a efectos de conformidad. A partir del resultado de dicho test, se asignará al CLIENTE un perfil inversor determinado, dentro de la clasificación de perfiles de inversión fijados previamente por Alveus AV, cuya descripción se contiene en la información precontractual que ha sido facilitada al CLIENTE.
Asimismo, Xxxxxx AV ha clasificado al CLIENTE con la categoría indicada en Anexo II de este contrato, habiéndole informado debidamente de las implicaciones de dicha clasificación.
Alveus AV prestará sus servicios dentro de los límites que se deriven de la evaluación de idoneidad sobre los conocimientos y experiencia, su situación financiera y objetivos de inversión realizada al CLIENTE y de acuerdo con sus indicaciones.
En el supuesto de que el CLIENTE haya sido clasificado como Cliente Profesional, salvo que el mismo manifieste expresamente lo contrario, Xxxxxx AV presumirá que el CLIENTE cuenta con suficientes conocimientos y experiencia inversora. Adicionalmente, si se trata de un CLIENTE profesional “pcí sc”, Xxxxxx AV podrá también suponer que cuenta con una situación financiera que le permite asumir cualquier tipo de riesgo desde un punto de vista financiero.
Alveus AV no podrá prestar al CLIENTE los servicios contratados si este no facilita la información necesaria para que lleve a cabo la evaluación de su idoneidad y no cumplimenta el Test de Idoneidad elaborado con esa finalidad.
El CLIENTE declara la veracidad de los datos proporcionados sobre sus conocimientos y experiencia y, en su caso, situación financiera y objetivos de inversión incluidos en el Test de Idoneidad, de los que resultan la evaluación de idoneidad. Alveus AV confiará en la información proporcionada por el CLIENTE a menos que tenga constancia de que la misma está desactualizada, es inexacta o incompleta. Será exclusiva responsabilidad del CLIENTE la falta de exactitud o veracidad de la información proporcionada, así como su actualización periódica.
A efectos de la mejor prestación del servicio por parte de Alveus AV, el CLIENTE deberá comunicar cualquier circunstancia que pueda modificar el resultado del Test de Idoneidad. A tal efecto, deberá cumplimentar y firmar un nuevo test, que sustituirá al anterior. La modificación de los criterios de inversión como consecuencia del cambio de perfil resultante del nuevo test tendrá lugar desde la fecha de recepción del mismo. No obstante, ello no impedirá a Alveus AV completar las operaciones o cumplir las obligaciones contraídas con terceros con anterioridad a la fecha del nuevo test.
El CLIENTE informará a Alveus AV de cualquier otra modificación surgida en los datos y circunstancias que hubiera facilitado para la realización del Test de Idoneidad y, en particular, comunicará a Alveus AV las siguientes circunstancias:
a) Su deseo de modificar los criterios generales de inversión, de conformidad con lo dispuesto en el presente Contrato.
b) La formalización de cualquier acto o contrato que implique una modificación sustancial en cuanto a la titularidad o libre disponibilidad de los activos a los que se refiere este Contrato y cualquier otra circunstancia que pueda afectar, de algún modo, a la vigencia, eficacia y condiciones del vigente Contrato.
c) La existencia de cualquier tipo de situación de incompatibilidad o circunstancia que impida la inversión del patrimonio del Titular en determinados valores o instrumentos financieros.
d) Cambio de estado civil, capacidad, domicilio o modificación del régimen económico matrimonial, así como los documentos que acrediten suficientemente, a juicio de Xxxxxx AV, la variación notificada.
e) Cualquier otra modificación surgida en los datos y circunstancias que hubiera facilitado para la realización del Test de Idoneidad. Alveus AV se reserva el derecho, a la vista de la nueva información facilitada por el CLIENTE, o de cualquier información que pudiera ser conocida por ella, y hasta la nueva clasificación del CLIENTE o evaluación del riesgo, a realizar las actuaciones necesarias para ajustar la cartera gestionada y/o la cartera asesorada a un nivel de riesgo más conservador.
No obstante, Xxxxxx AV revisará al menos una vez al año los datos proporcionados por el CLIENTE en el Test de Idoneidad y actualizará, en su caso, los datos que se hayan modificado.
Alveus AV no será responsable de las consecuencias que pudieran derivarse para el CLIENTE de su falta de diligencia en la actualización de la información suministrada en el Test de Idoneidad.
DERECHOS DE INFORMACIÓN DEL CLIENTE
OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN PRECONTRACTUAL
Con carácter previo a la suscripción del presente Contrato, Xxxxxx AV ha entregado al CLIENTE la siguiente información precontractual en relación a las siguientes cuestiones: (i) información general sobre Alveus AV y los servicios que presta, (ii) información sobre clasificación de clientes,
(iii) información sobre las políticas MiFID de Alveus AV y, en particular, sobre las políticas de mejor ejecución de órdenes y conflictos de interés, e (iv) información genérica sobre los instrumentos financieros y los riesgos que comportan. Dichos documentos constituyen información general no personalizada de Alveus AV y se encontrarán disponibles y actualizados para el CLIENTE en la página web de Alveus AV.
OBLIGACIONES DE INFORMACIÓN EN RELACIÓN CON EL SERVICIO DE ASESORAMIENTO FINANCIERO
En el ámbito del asesoramiento en materia de inversión, Alveus AV emitirá recomendaciones personalizadas escritas a solicitud del CLIENTE conforme a las circunstancias del CLIENTE sobre una o más operaciones relacionadas con valores e instrumentos de inversión comercializados por Alveus AV. Asimismo, Xxxxxx AV, cuando lo considere oportuno, podrá remitir al CLIENTE recomendaciones personalizadas por escrito sin que sea necesaria la previa solicitud.
En las recomendaciones Alveus AV informará al CLIENTE sobre las características, los costes y gastos y los riesgos inherentes a los instrumentos de una manera suficientemente detallada y clara para que el CLIENTE pueda tomar decisiones de inversión fundadas.
Las recomendaciones realizadas al amparo de este Contrato podrán ser enviadas por escrito o de otro modo fehaciente conforme a lo indicado en el presente Contrato.
Alveus AV no estará sometida a obligación alguna en términos del resultado de las inversiones que el CLIENTE realice en base al asesoramiento. El CLIENTE reconoce y acepta expresamente que las decisiones sobre la realización de las operaciones de inversión que se deriven de la prestación del servicio de asesoramiento objeto del presente Contrato, serán, en todo caso, tomadas de forma exclusiva por el CLIENTE, por lo que, en consecuencia, asume los riesgos y resultados de las operaciones de inversión que realice, siendo las obligaciones que para Alveus AV derivan del presente Contrato únicamente de la actividad y nunca de los resultados. Alveus AV no garantiza rentabilidad o garantía de capital alguna en relación con las inversiones que el CLIENTE decida formalizar como resultado de las recomendaciones personalizadas que reciba de Alveus AV.
El CLIENTE declara que es consciente y asume la posibilidad de obtener una rentabilidad negativa en relación con las inversiones y desinversiones en los activos que compongan las recomendaciones que reciba de Alveus AV, pudiendo implicar dicha rentabilidad negativa una pérdida total o parcial de su capital.
Alveus AV ha informado al CLIENTE de que la inversión en valores e instrumentos financieros objeto de las recomendaciones personalizadas facilitadas bajo el presente Contrato puede conllevar riesgos asociados a su naturaleza, a la volatilidad de los precios, a la liquidez xxx xxxxxxx donde dichos valores e instrumentos puedan negociarse, a la capacidad financiera y solvencia del emisor de los valores e instrumentos financieros, y del tipo xx xxxxxxx donde se negocian o la divisa en que estén denominadas.
NOTIFICACIONES Y DOMICILIO DE COMUNICACIÓN
Las comunicaciones entre las Partes se realizarán en castellano y por escrito a los domicilios o e-mails indicados, por cualquier medio cuya seguridad y confidencialidad esté probada y permita reproducir la información en soporte duradero. Cuando el CLIENTE opte por el envío de las comunicaciones de Alveus AV a un tercero, deberá notificar su autorización expresa a Alveus AV. El procedimiento detallado en esta cláusula será también de aplicación en caso de reclamaciones formuladas por el CLIENTE y para comunicar la eventual resolución unilateral del Contrato.
El CLIENTE acepta expresamente que las comunicaciones electrónicas entre Alveus AV y el CLIENTE puedan ser objeto registro. El CLIENTE podrá solicitar una copia de dicho registro mediante solicitud por escrito, la información estará a su disposición durante un periodo de cinco
(5) años.
No obstante, el CLIENTE expresamente acepta que Xxxxxx AV ponga a su disposición el informe de estado de la cartera y cualquier otra información relacionada con el servicio o producto contratado por medios electrónicos (por correo electrónico, o bien a través del acceso restringido al área de clientes de la página web de Alveus AV).
El CLIENTE queda informado de la existencia de una Política de Conflictos de Intereses de Alveus AV, que se encuentran a disposición del CLIENTE.
A efectos de envío de cualquier tipo de notificación, el CLIENTE señala los siguientes:
ENTIDAD: | |
DOMICILIO: | |
TELÉFONO: | |
E-MAIL: |
El CLIENTE está obligado a notificar a la Entidad cualquier cambio de domicilio, dirección de e-mail o teléfono a efectos de notificaciones, entendiéndose efectuadas las notificaciones por parte de la Entidad a la última dirección registrada.
Con carácter preferente, Alveus AV pondrá a disposición del CLIENTE la información relacionada con el servicio o producto contratado por medios electrónicos (bien por correo electrónico, bien a través del acceso restringido al área de clientes de la página web de Alveus AV).
RESPONSABILIDAD DE ALVEUS AV
Alveus AV, de acuerdo con su programa de actividades, se encuentra habilitada para prestar los servicios de gestión de carteras y asesoramiento en materia de inversión. Con anterioridad a la suscripción del presente Contrato, Xxxxxx AV ha evaluado los conocimientos y la experiencia del CLIENTE, así como su situación financiera y objetivos de inversión.
De conformidad con lo previsto en la Ley 7/1998, de 13 xx xxxxx, sobre Condiciones Generales de la Contratación, Alveus AV advierte expresamente al CLIENTE que las presentes condiciones han sido redactadas previamente por la Entidad y el CLIENTE declara conocerlas y entenderlas íntegramente y acepta expresamente someterse a las mismas.
La Entidad se compromete prestar los servicios descritos en el presente Contrato con diligencia profesional que le es razonablemente exigible.
Alveus AV responderá ante el CLIENTE en caso de incumplimiento de sus obligaciones, salvo en aquellos supuestos imprevisibles (caso fortuito) o aquellos que, aun siendo previsibles, sean inevitables (fuerza mayor).
La Entidad asume como correcta la información proporcionada por el CLIENTE para realizar la evaluación de idoneidad, y por lo tanto no será responsable en el caso de que el asesoramiento de carteras no se corresponda con el perfil real del CLIENTE, siempre que el mencionado servicio sea adecuado al perfil del CLIENTE obtenido en base a la información proporcionada.
En cualquier caso, la Entidad no garantiza, ni puede garantizar, rentabilidad fija o mínima alguna, ni se hace responsable de las pérdidas que se puedan producir por las inversiones que se realicen por el CLIENTE sobre los valores o instrumentos financieros a los que se refiere este Contrato, derivadas de la evolución de los niveles de cambio de los valores en los mercados organizados, tipos de interés, coyuntura de los diversos mercados financieros y, en general, sobre los demás factores que conforman la natural inseguridad de los mercados organizados o no organizados, sistemas de negociación, así como sobre cualesquiera otros factores que puedan afectar a los valores, instrumentos financieros o servicios de inversión prestados y sobre los que la Entidad no tiene, ni puede tener, ninguna intervención, al tratarse de factores externos y sin posibilidad de control por parte de la Entidad.
PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL
Alveus AV será el Responsable del tratamiento de los datos personales del CLIENTE que se obtengan en virtud de este Contrato. Alveus AV obtiene los datos personales del CLIENTE (facilitados por él mismo) a través de los siguientes medios, en su caso: (i) de la información obtenida a través del presente Contrato, (ii) del test de idoneidad, (iii) de entrevistas con los depositarios de los fondos asesorados, (iv) de bases de datos de terceros con fines de identificación e información de prevención del blanqueo de capitales, la financiación del
terrorismo o el fraude, (v) del Área Privada de nuestra página web y (vi) de registros de organismos públicos.
Las distintas finalidades del tratamiento de los datos son las siguientes:
(i) Gestión de la ejecución del presente Contrato:
a. Alveus AV tratará los datos personales para la formalización de la inversión realizada.
b. Asimismo, para la ejecución de los servicios contratados, Xxxxxx AV podrá ceder, únicamente los datos que sean necesarios:
i. a terceras entidades depositarias de los fondos contratados. Si quisiera conocer la identidad de la entidad depositaria de los fondos, puede ponerse en contacto con Xxxxxx AV,
ii. a fondos subyacentes,
iii. a otras entidades cesionarias necesarias para la ejecución de la inversión.
(ii) Gestión de consultas, sugerencias, derechos de protección de datos y reclamaciones.
(iii) Cumplimiento de una obligación legal:
a. Cumplimiento de obligaciones legales y fiscales, tales como las relativas a la Directiva 2014/65/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de 15 xx xxxx de 2014 relativa a los mercados de instrumentos financieros y por la que se modifican la Directiva 2002/92/CE y la Directiva 2011/61/UE (MIFID).
b. Asimismo, como consecuencia de las obligaciones de la Ley 10/2010, de 00 xx xxxxx xx xxxxxxxxxx xx xxxxxxxx xx xxxxxxxxx y financiación de terrorismo, Alveus AV estará obligada a realizar labores de identificación formal y real, profesional o empresarial del cliente o solicitantes de productos de Alveus AV. Alveus AV requerirá al CLIENTE los documentos que estime necesarios para la acreditación de la actividad declarada.
c. Comunicación de los Datos Personales del CLIENTE a las administraciones públicas y organismos reguladores que pueden estar situados tanto dentro como fuera de la Unión Europea, cuando su cesión sea obligatoria por la legislación vigente o por razones de interés público.
(iv) Interés Legítimo: Alveus AV podrá remitir al CLIENTE información sobre sus Newsletters, instituciones de inversión colectiva u otros productos o servicios, tanto por medios ordinarios como electrónicos, siempre que el CLIENTE no se haya opuesto a dicho tratamiento. Dichos tratamientos serán realizados en base al interés legítimo de Alveus AV y no supondrá, en ningún caso, un menoscabo en los derechos de protección de datos del CLIENTE dado que se tratarán única y exclusivamente los datos concretos para las finalidades señaladas. En todo caso, el CLIENTE siempre podrá oponerse a dichos tratamientos a través de la comunicación de dicha situación a la Entidad, así como en cualquier momento ante la dirección facilitada en este Contrato.
Alveus AV sólo comunicará los datos personales de los clientes a:
● Las entidades depositarias de los instrumentos financieros.
● Organismos reguladores e instituciones públicas de la Administración General del Estado, de las Administraciones Autonómicas y Locales o bien autoridades que puedan estar situadas dentro o fuera del Espacio Económico europeo, a los que esté legalmente obligado a facilitarlos.
● Otras entidades cesionarias necesarias para la ejecución de la inversión.
● Órganos Jurisdiccionales.
● Terceros proveedores de servicios: Alveus AV cuenta con terceros proveedores de servicios que pueden acceder a datos personales con motivo de la prestación de sus servicios, tales como bróker, plataformas tecnológicas, front y back office, distribuidores, auditores, expertos externos, abogados, servicios de consultoría, asesores, mantenimiento informático, potenciales compradores o inversores, financiación, servicios administrativos y destrucción de documentación, entre otros. Alveus AV preselecciona dichos proveedores sobre la base de criterios de cumplimiento en materia de protección de datos, tiene suscrito con todos ellos contratos en la materia y controla que éstos cumplan con sus obligaciones en materia de protección de datos.
Alveus AV podrá recibir datos personales de clientes de terceras entidades con las que trabaje. Para realizar esta transferencia, Alveus AV y esas sociedades cumplirán en todo momento con la normativa local que sea de aplicación. Asimismo, y en su caso, se solicitará su consentimiento expreso para la realización de dicha transferencia de datos a Alveus AV.
Alveus AV conservará los datos personales una vez terminada la relación contractual, debidamente bloqueados, durante el plazo de prescripción de las acciones que pudieran derivarse de la relación mantenida con los clientes. En todo caso, Xxxxxx AV conservará aquella información a que le obliga la normativa de prevención de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo durante un plazo xx xxxx (10) años desde la terminación de la relación de negocios o la ejecución de la operación.
La política de privacidad de la Entidad asegura al CLIENTE, en todo caso, el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación, información de valoraciones y oposición, en los términos establecidos en la legislación vigente, pudiendo utilizar para ello el Servicio Telefónico de la Entidad llamando al x00 000000000, el Servicio de Correo Electrónico dirigiéndose a xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx o, en general, el medio de comunicación que habitualmente utilice. En cualquier caso, el CLIENTE siempre podrá dirigirse por escrito al Servicio de Atención al CLIENTE situado en las oficinas de la entidad: Xxxxx Xxxxxx xx xx Xxxxxxx, xxxxxx 0-0, Xxxxxxxx X 0x código postal 28223, Xxxxxxx xx Xxxxxxx (Madrid).
Alveus AV velará en todo momento para que los datos personales mencionados sean exactos, completos y al día, no se usen para finalidades distintas de las relacionadas con el presente Contrato y se mantengan en la más estricta confidencialidad.
Alveus AV cumplirá, en todo momento, con la normativa aplicable en relación con el tratamiento automatizado, archivo y protección de los datos personales obtenidos como consecuencia de este Contrato. En este sentido, Alveus AV cuenta con un Delegado de Protección de Datos encargado de la supervisión del cumplimiento en protección de datos, cuya dirección de correo electrónico es xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx
En el caso de que el CLIENTE haya visto vulnerados sus derechos en materia de protección de datos o tenga cualquier reclamación relativa a su información personal podrá dirigirse ante el Delegado de Protección de Datos a través del correo electrónico xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxxx.xxx. Asimismo, podrá presentar una reclamación ante la autoridad nacional de control dirigiéndose a estos efectos a la Agencia Española de Protección de Datos,, xxx.xxxx.xx. X/Xxxxx Xxxx xxxxxx 0, 00000, Xxxxxx.
RECLAMACIONES Y SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE
El CLIENTE queda informado de que, de acuerdo con la normativa vigente, existe un Servicio de Atención al Cliente al que podrá dirigir las quejas o reclamaciones relacionadas con intereses y
derechos derivados del presente Contrato. Las reclamaciones e incidencias deberán dirigirse por escrito al Servicio de Atención al Cliente, en la dirección:
S«RVICIO Ы AĪ«NCIÓN AL CLI«NĪ«,
Callc Ca½ada dc la Caíícía, «Ámcío 2-4, «xxxxxxx ” 3º Pozuclo dc Alaícó«, 2D223 Madíid.
« mail: sac@alvcusi«vcsīi«x.xxx
En caso de disconformidad con la resolución del Servicio de Atención al Cliente de Alveus AV, o si transcurren dos (2) meses desde la presentación del escrito de reclamación o queja sin obtener resolución, el CLIENTE podrá dirigirse a Oficina de Atención al Inversor de la Comisión Nacional xxx Xxxxxxx de Valores (Calle Edison, 4, 28006-Madrid), siempre que acredite haber formulado la reclamación previamente ante el Servicio de Atención al Cliente de Alveus AV.
COMISIONES Y RÉGIMEN ECONÓMICO APLICABLE
El CLIENTE abonará a Alveus AV las tarifas y otras comisiones de acuerdo con lo previsto en las condiciones económicas incluidas en el Anexo III del presente Contrato. Asimismo, la cartera se valorará a esos efectos según lo previsto en el Anexo II del Contrato.
DURACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
El presente Contrato tendrá una duración indefinida, pudiendo ser resuelto por cualquiera de las Partes unilateralmente en cualquier momento durante su vigencia, mediante comunicación escrita, parcialmente para determinados servicios contratados, o totalmente. Cuando Xxxxxx AV desee interrumpir la vigencia del Contrato será necesario que se lo notifique al CLIENTE con un preaviso de un (1) mes, salvo cuando se produzca por impago de las comisiones por parte del CLIENTE, incumplimiento de la normativa aplicable en materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo o de abuso xx xxxxxxx, en cuyo caso la resolución podrá ser inmediata. En el caso de que sea el CLIENTE el que desee interrumpir la vigencia del Contrato, será necesario que se lo comunique a Alveus AV con un preaviso de un (1) mes.
FALLECIMIENTO O EXTINCIÓN DEL CLIENTE
En caso de fallecimiento del CLIENTE, el mandato, la representación y las facultades conferidas en virtud del presente Contrato a Alveus AV permanecerá en vigor, a todos los efectos, en tanto los herederos del CLIENTE, debidamente acreditados, no comuniquen fehacientemente a Xxxxxx AV el referido fallecimiento, quedando Xxxxxx AV exonerado frente a los referidos herederos de toda responsabilidad en cuanto a las operaciones realizadas al amparo del presente Contrato a partir del mencionado hecho y antes de su comunicación fehaciente. Una vez Alveus AV haya recibido comunicación fehaciente de dicha circunstancia, el presente Contrato se considerará resuelto, procediéndose a desvincular las cuentas hasta ese momento afectas al Contrato. Alveus AV adoptará sobre esas cuentas las cautelas oportunas en garantía del cumplimiento de las obligaciones legales y fiscales.
Si el CLIENTE fuera una persona jurídica, y se produjera su extinción o cualquier otra circunstancia que pudiera afectar al presente Contrato, el mandato, la representación y las facultades conferidas en virtud de este Contrato a Alveus AV permanecerán en vigor, a todos los efectos, en tanto no se produzca, de forma fehaciente por persona o entidad debidamente legitimada, la comunicación a Alveus AV del referido evento, quedando Xxxxxx AV exonerado de toda responsabilidad en cuanto
a las operaciones realizadas al amparo del presente Contrato con posterioridad al mencionado hecho.
RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
En caso de resolución del Contrato, ya sea a instancias del CLIENTE o de Alveus AV, el CLIENTE deberá abonar la comisión por el asesoramiento de su cartera correspondiente al tiempo que se le hubiera prestado ese servicio.
En caso de resolución del Contrato, Xxxxxx AV queda expresa e irrevocablemente autorizada por el CLIENTE para reclamar las comisiones y gastos que procedan, o cualquier otra cantidad de la que, en virtud de este Contrato, el CLIENTE sea deudor frente a Alveus AV.
MODIFICACIÓN DE LAS CONDICIONES
Las Partes podrán modificar de mutuo acuerdo y por escrito, en todo o parte, las cláusulas previstas en el presente Contrato y, en todo caso, cumpliendo siempre con la normativa vigente en materia de servicios de inversión e instrumentos financieros. Las modificaciones se incluirán mediante Anexos suscritos por ambas Partes, acompañados al presente Contrato.
Alveus AV podrá modificar en cualquier momento cualquiera de las cláusulas de este Contrato, o añadir nuevas estipulaciones al mismo. A tal efecto, notificará al CLIENTE la modificación que pretenda realizar con una antelación mínima de un (1) mes a su entrada en vigor. El CLIENTE podrá, durante dicho período de un (1) mes, comunicar a Xxxxxx AV su rechazo de las modificaciones propuestas. El CLIENTE conoce y acepta que, a no ser que realice esta notificación de rechazo en el referido plazo de un (1) mes, todas las modificaciones propuestas se entenderán aceptadas.
El CLIENTE podrá retirar efectivo o activos de su cuenta, restringir o modificar los activos sobre los que se extienda el asesoramiento o sustraerlos del régimen previsto en este Contrato, poniéndolo en conocimiento de Alveus AV, en su caso, con la antelación suficiente como para que la correspondiente operación pueda realizarse. Igualmente, el CLIENTE comunicará con la suficiente antelación a Alveus AV cualquier acto de disposición o gravamen sobre los valores, activos o efectivo de su cartera.
LEY APLICABLE Y JURISDICCIÓN
El presente Contrato se regirá e interpretará de conformidad con la Ley española.
Las Partes acuerdan que todo litigio, discrepancia, cuestión o reclamación, resultantes de la ejecución o interpretación del presente Contrato o relacionado con él directa o indirectamente, se resolverán definitivamente con sometimiento expreso a la jurisdicción y competencia de los Juzgados y Tribunales correspondientes al domicilio del CLIENTE o cualquier otro fuero que resulte de aplicación para la resolución de cuantas cuestiones suscite la interpretación o cumplimiento del presente Contrato.
Y en prueba de conformidad, las Partes suscriben el presente Contrato, por duplicado, en el lugar y fecha indicados en su encabezamiento.
EL CLIENTE ALVEUS INVESTING, AGENCIA DE VALORES, SOCIEDAD ANONIMA
ANEXO I. APORTACIÓN INICIAL A LA
XXXXXXX ASESORADA
El CLIENTE transferirá valores, efectivo y/u otros instrumentos financieros para su asesoramiento. El importe aproximado o valor xx xxxxxxx es el siguiente:
Efectivo | € |
Depósito | € |
Valor de la Cartera aportada | € |
Valores | Se adjunta extracto ☐ |
Otros instrumentos financieros | Se adjunta extracto ☐ |
En el caso de que se presente un extracto de posición en una entidad financiera o cualquier otro documento válido a los efectos, se indicará en este Anexo, haciendo una referencia a su existencia y quedará incluido como parte inseparable del mismo.
ANEXO II.
CRITERIOS GENERALES DE INVERSIÓN
OBJETIVO DE RENTABILIDAD:
PERFIL INVERSOR
El perfil inversor del CLIENTE es único y se corresponde con el resultado del Test de Idoneidad cumplimentado por el CLIENTE.
Muy conservador ☐ | Conservador ☐ | Moderado ☐ | Agresivo ☐ | Muy agresivo ☐ |
El CLIENTE podrá en todo momento modificar el perfil inversor reflejado en el presente anexo mediante la cumplimentación y firma de un nuevo Test de Idoneidad.
HORIZONTE TEMPORAL DE LA INVERSIÓN
El horizonte temporal de la inversión que se considerará es el que se corresponde con el resultado del Test de Idoneidad cumplimentado por el CLIENTE. Este horizonte temporal podrá ser distinto por cartera.
Corto Plazo (1-3 años) ☐ | Medio Plazo (3-5 años) ☐ | Largo Plazo (5 años - 10 años) ☐ | Muy largo Plazo (+ 10 años) ☐ |
TIPO DE ACTIVOS SOBRE LOS QUE SE EFECTUARÁ EL ASESORAMIENTO
Producto o instrumento financiero | AUTORIZACIÓN | |
Valores xx xxxxx fija | SÍ ☐ | NO ☐ |
Valores xx xxxxx variable | SÍ ☐ | NO ☐ |
Instituciones de Inversión Colectiva | SÍ ☐ | NO ☐ |
ETFs (Fondos de inversiones cotizados) | SÍ ☐ | NO ☐ |
Instrumentos xxx xxxxxxx monetario | SÍ ☐ | NO ☐ |
Derivados | SÍ ☐ | NO ☐ |
CRITERIO DE VALORACIÓN DE LOS BONOS
MERCADO ☐
TIR ☐
La opción marcada en este apartado tiene doble función. Por un lado, se usará para el cálculo de la rentabilidad oficial de la cartera. Por otro lado, se usará para el cálculo de la facturación del asesoramiento de carteras, tomando como referencia el patrimonio valorado a TIR o Mercado.
Independientemente de la selección marcada en este contrato, el cliente tendrá disponible en la plataforma de Alveus la visualización de ambos criterios de valoración.
AUTORIZACIONES EXPRESAS DEL CLIENTE
AUTORIZACIÓN | AUTORIZACIÓN | |
El CLIENTE autoriza el envío de la información y comunicaciones derivadas de este Contrato a terceras entidades con las que trabaje. | SÍ ☐ | NO ☐ |
CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LA CARTERA ASESORADA
La valoración de los activos de la Cartera Asesorada se determinará conforme a los criterios de valoración de las carteras de naturaleza financiera establecidos por la normativa aplicable.
Dicha valoración se realizará con arreglo a la última información facilitada por diversas entidades a la fecha de generación de la información periódica, pudiendo no coincidir en algunos casos con la del último día del período indicado en el reporte. Para la valoración de los activos financieros se utilizan precios xx xxxxxxx obtenidos xx xxxxxxx de información fiables, sin perjuicio de que pueda recurrirse a cualquier otra (a título enunciativo, Bloomberg o Reuters), así como, en su caso, la página web del emisor o proveedor del producto, cuando se considere adecuado para recoger fielmente el precio del instrumento financiero. Para los activos que están denominados en divisa distinta del €, se fijará su contravalor al tipo de cambio correspondiente.
Las fuentes principales para la valoración de los activos dependerán del tipo de activo, del sistema multilateral x xxx xxxxxxx donde coticen. Asimismo, en aquellos casos en que no pudiera obtenerse el precio xxx xxxxxxx, los valores o instrumentos financieros se valorarán a su valor razonable aplicando un sistema alternativo consistente en obtener la información del valor a través de otras fuentes.
ÁMBITOS GEOGRÁFICOS
No se aplicarán límites a la Cartera por ámbitos geográficos salvo que el CLIENTE así lo indique expresamente en el apartado de restricciones de este Anexo.
La moneda base utilizada para valorar la cartera será EUR.
En el caso de inversiones en moneda extranjera, éstas se valorarán a su contravalor en EUR, aplicándose para el tipo de cambio con la moneda extranjera correspondiente al día de la fecha de la valoración o, en su defecto, el del último día hábil xx xxxxxxx anterior a esta fecha.
El CLIENTE define las siguientes limitaciones respecto al asesoramiento financiero:
COMENTARIOS / PETICIONES
El CLIENTE define la siguiente petición respecto al asesoramiento de la cartera:
EL CLIENTE ALVEUS INVESTING, AGENCIA DE VALORES, SOCIEDAD ANONIMA
ANEXO III.
TARIFAS POR SERVICIOS DE ASESORAMIENTO FINANCIERO
CLIENTE:
Fecha del contrato:
Tarifas |
Comisiones fijas* |
Comisión de éxito |
*Comisiones fijas: Sobre el valor efectivo de la cartera asesorada (anual). Estas tarifas son anuales y se aplicarán y liquidarán en los periodos pactados con el cliente (Facturación: trimestral). La base de cálculo será el valor efectivo medio de la cartera asesorada durante el periodo de devengo.
● Las comisiones de este apartado se cargarán, en su caso, con los impuestos que correspondan según la normativa vigente.
● Estas tarifas se aplicarán conjuntamente según lo pactado con el cliente en contrato. Para periodos inferiores al año, se devengará la proporción que resulte de la tarifa general correspondiente al número de días naturales transcurridos del periodo de devengo.
● Cualquier modificación de las tarifas de comisiones y gastos repercutibles que puedan ser de aplicación a la relación contractual establecida será comunicada a los clientes por escrito, pudiendo ir incorporada a cualquier información periódica que se suministre. Los clientes dispondrán de un plazo de dos meses desde la recepción de la citada comunicación para modificar o cancelar su relación contractual con la Entidad, sin que hasta que transcurra dicho plazo le sean de aplicación las tarifas modificadas. No obstante, en el supuesto de que dicha modificación implicase claramente un beneficio al cliente, se aplicará de manera inmediata.
Firma del CLIENTE Firma de la Entidad