INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS. CJ-DA-INV3-004-11
PODER EJECUTIVO GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATÁN
CONSEJERÍA JURÍDICA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS. XX-XX-XXX0-000-00
Xx. XXXXXXXXX 00000 IA-831050996
CONVOCATORIA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ELABORACION DE LA INICIATIVA XX XXX PARA PROTECCION DE TESTIGOS DEL ESTADO DE YUCATAN.
ESTA INVITACIÓN ACEPTA PROPOSICIONES POR MENSAJERÍA
AGOSTO DE 2011
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NUMERO CJ-DA-INV3-004-11
La Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Yucatán, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; el artículo 1 y demás correlativos de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria; el artículo 104 de la Constitución Política del Estado de Yucatán y en cumplimiento con lo establecido en el artículo 19, 26 fracción II; 26 Bis fracción I; 27; 28 fracción I; 43 y demás relativos y aplicables de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; convoca a las personas físicas y/x xxxxxxx mexicanas para participar en el procedimiento de contratación mediante Invitación a Cuando Menos Tres Personas en modalidad presencial No. CJ-DA-INV3-004-11 para la contratación del Servicio de elaboración del proyecto para la iniciativa xx Xxx para Protección de Testigos del Estado de Yucatán, que se celebrará en la Dirección de Administración y Finanzas de esta Consejería Jurídica, conforme a los requisitos y condiciones siguientes:
1. INFORMACION ESPECÍFICA DE LA INVITACION. 1.1.- DESCRIPCIÓN, UNIDAD Y CANTIDAD.
La descripción amplia y detallada de los servicios solicitados, se contempla en el Anexo Número 3 (tres), el cual forma parte integrante de esta convocatoria de Invitación.
Los participantes, para la presentación de sus proposiciones, deberán ajustarse estrictamente a los requisitos y especificaciones previstos en estas bases de invitación, describiendo en forma amplia y detallada los servicios que estén ofertando.
Las condiciones contenidas en la presente invitación a cuando menos tres personas y en las proposiciones presentadas por los participantes no podrán ser negociadas.
E V E N T O S | F E C H A | H O R A | L U G A R DE LOS EVENTOS Y DE LA FIRMA DEL CONTRATO. |
Junta de Aclaración a la Invitación | No se efectuara evento de junta de aclaraciones | Dirección de Administración y Finanzas, ubicada en la xxxxx 00 xxxxxx 000 por 68 Colonia Centro Código Postal 00000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxx. | |
Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones. | 07 de septiembre de 2011 | 10:00 HRS. | |
Fallo | 07 de septiembre de 2011. | 15:00 HRS | |
Firma del Contrato | 07 de septiembre de 2011 | 19:00 HRS |
1.2. JUNTA DE ACLARACIONES:
a) Esta convocante opta no realizar junta de aclaraciones a las bases de la convocatoria, por lo que la proveeduría participante podrá enviar cualquier duda a las direcciones de correo electrónico: xxxx.xxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx y Xxxxx.xxxxxx@xxxxxxx.xxx.xx o directamente en la Administración de la Consejería Jurídica ubicada en la xxxxx 00 xxxxxx 000 por 68 Colonia Centro Código Postal 97000 de la Ciudad xx Xxxxxx, Yucatán, cuyas respuestas serán enviadas a los participantes vía correo electrónico o bien por fax.
b). Los participantes podrán enviar las solicitudes de aclaración de acuerdo al párrafo anterior.
1.3. PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES.
a) Los participantes entregarán sus proposiciones técnica y económica en un sobre cerrado de forma tal que se garantice su inviolabilidad hasta el momento de su apertura pública. Adicionalmente, para agilizar los actos del procedimiento de contratación, se solicita a los participantes, presentar su propuesta en medio electrónica, magnética u óptica, en la inteligencia de que, en caso de existir diferencias entre la propuesta impresa y la electrónica, se estará a lo propuesto en forma impresa. La omisión en la entrega de esta información en medio electrónica, magnética u óptica, no será causal de desechamiento de la propuesta.
b) Una vez recibidas las proposiciones en sobre cerrado, se procederá a su apertura, haciéndose constar la documentación presentada, sin que ello implique la evaluación de su contenido; por lo que, en el caso de que algún participante omita la presentación de algún documento o faltare algún requisito, no serán desechadas en ese momento, haciéndose constar ello en el formato de recepción de los documentos que integran la proposición. Con posterioridad se realizará la evaluación integral de las proposiciones, el resultado de dicha revisión o análisis, se dará a conocer en el fallo correspondiente.
e). En caso de que se encuentren presentes los participantes, éstos elegirán a uno, que en forma conjunta con el servidor público que presida el acto rubricarán las partes de las proposiciones, en términos de lo previsto en el numeral 3, de la presente convocatoria, “Requisitos que deben cumplir quienes deseen participar en la licitación”.
1.4. COMUNICACIÓN DEL FALLO:
a). Por tratarse de un procedimiento de contratación realizado de conformidad con lo previsto en el artículo 26 Bis, fracción ll, de la LAASSP, el acto de fallo se dará a conocer en junta pública, y a los participantes que hayan presentado proposiciones y que libremente hayan asistido al acto, se les entregará copia del mismo, levantándose el acta respectiva.
b). Con fundamento en el artículo 37 de la LAASSP, con la notificación del fallo antes señalado, por el que se adjudicará el (los) contrato (s), las obligaciones derivadas de este (s), serán exigibles, sin perjuicio de la obligación de las partes de firmarlo en los términos señalados en el fallo y la fecha indicada en el numeral 6.5 de la presente invitación.
las actas del acto de presentación y apertura de proposiciones, y de la junta pública en la que se dé a conocer el fallo serán firmadas por los participantes que hubieran asistido, sin que la falta de firma de alguno de ellos reste validez o efectos a las mismas, de las cuales se podrá entregar una copia a dichos asistentes y, se pondrán al finalizar los actos a disposición de los participantes que no hayan asistido, en el tablero de avisos de la Administración y Finanzas de la Consejería Jurídica ubicada en la xxxxx 00 xxxxxx 000 por 68 Colonia Centro Código Postal 00000 xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxx, por un término no menor a 5 días hábiles.
Asimismo, se difundirá un ejemplar de dichas actas en COMPRANET 5.0 para efectos de su notificación a los participantes que no hayan asistido al (los) acto(s), en el entendido de que este procedimiento sustituye el de notificación personal.
Independientemente de lo anterior, el contenido de dichas actas podrá ser consultado en el portal de la Consejería Jurídica del poder ejecutivo del Gobierno del Estado de Yucatán.
2. IDIOMA EN QUE PODRAN PRESENTARSE LAS PROPOSICIONES DEL SERVICIO.
Las proposiciones deberán presentarse por escrito, preferentemente en papel membretado de la empresa, solo en idioma español y dirigido al área convocante.
3. REQUISITOS QUE DEBERÁN CUMPLIR QUIENES DESEEN PARTICIPAR EN LA INVITACION:
• Las personas que deseen participar en la presente invitación, deberán cumplir con lo establecido en las bases de esta invitación.
• Xxxxxxx entregar junto con el sobre cerrado que contenga sus propuestas, una declaración firmada en forma autógrafa por el propio participante o su representante legal, por el que manifieste bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60, penúltimo párrafo, de la LAASSP.
• Los participantes que deseen participar con el carácter de XXXXXXX, deberán acreditar su estratificación que los clasifique con tal carácter.
• Las cartas protestadas que presenten los participantes, deberán ser firmadas autógrafamente por el participante o su representante legal. Adicionalmente, las proposiciones que presenten los participantes deberán ser firmadas autógrafamente por el participante o su representante legal, en la última hoja del documento que las contenga, no siendo motivo de descalificación el hecho de que las demás hojas que las integren y sus anexos carezcan de firma o rúbrica.
• Los participantes que deseen participar, sólo podrán presentar una proposición en cada procedimiento de contratación; iniciado el Acto de Presentación y Apertura de Proposiciones, las ya presentadas no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto por los participantes.
3.1. CALIDAD.
El proveedor de servicios deberá de presentar las certificaciones necesarias a fin de acreditar sus aptitudes y capacidades para realizar los trabajos solicitados, a través de curriculum de la persona física o moral en la que se pueda acreditar servicios semejantes al solicitado.
3.2. DESCRIPCIÓN AMPLIA Y DETALLADA DEL SERVICIO.
Los participantes, para la presentación de sus proposiciones, deberán ajustarse estrictamente a los requisitos y especificaciones previstos en esta invitación, describiendo en forma amplia y detallada los servicios que estén ofertando.
DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO.
La descripción y las especificaciones del SERVICIO PARA LA ELABORACION DEL PROYECTO PARA LA INICIATIVA DE LA LEY PARA PROTECCION DE TESTIGOS DEL ESTADO DE YUCATAN, se describen en
el Anexo 3 de las presentes bases.
INICIO DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
El inicio de la prestación del servicio se realizará a más tardar el día 8 de septiembre de 2011.
La CONSEJERÍA no otorgará ampliaciones a los plazos de prestación del servicio que se establezcan en los Contratos que se deriven de la presente CONVOCATORIA.
Previo al vencimiento de las fechas de cumplimiento en las entregas estipuladas originalmente, a solicitud expresa del proveedor, por caso fortuito o fuerza mayor, o por causas atribuibles a la CONSEJERÍA, ésta podrá modificar el contrato, a efecto de diferir el día de entrega. En este supuesto deberá formalizarse el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso.
En caso de que el PROVEEDOR no obtenga el diferimiento de referencia en el párrafo anterior, debido a que la causa del incumplimiento es imputable al mismo, se procederá a la aplicación de las penas convencionales.
LUGAR Y CONDICIONES DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO.
Los servicios contratados finiquitaran con la entrega del documento que contenga el proyecto para la iniciativa de la Ley para protección de testigos del Estado de Yucatán, previa aceptación del área requirente del servicio.
El entregable objeto de esta Invitación deberá ser entregado en el Área de Estudios y Proyectos Normativos ubicada en la xxxxx 00 xxxxxx 000 por 26 y 00 Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxx, con horario de 9:00 a 17:00 horas de lunes a viernes, siendo el administrador del contrato el Lic. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx.
La CONSEJERÍA podrá modificar el lugar de recepción de los entregables sin costo adicional para la misma mientras sea dentro de la Ciudad xx Xxxxxx, Yucatán. En cuyo caso, notificará por escrito al PROVEEDOR.
El proveedor asumirá totalmente la responsabilidad legal en el caso de que al prestar los servicios, infrinja o viole la normatividad en materia de patentes, marcas fiscales, de comercio, registros, derechos de autor, así como a la presentación de la documentación inherente a la entrega de los servicios derivados de la prestación del servicio.
Una vez recibido el entregable al área administradora del contrato, el PROVEEDOR recabará la firma de conformidad correspondiente, con lo que estará en posibilidad de realizar el trámite de pago.
3.3. PROPUESTA TÉCNICA:
La propuesta técnica deberá contener la siguiente documentación:
A) Descripción amplia y detallada de los servicios ofertados, cumpliendo estrictamente con lo señalado en el Anexo Número 3 (tres), el cual forma parte de esta convocatoria de Invitación, esta información deberá de presentarse como propuesta técnica pudiendo utilizar el formato propuesto en el anexo 12.
B) Escrito bajo protesta de decir verdad, por el que los participantes acreditarán su existencia legal y personalidad jurídica para efecto de la suscripción de las proposiciones, pudiendo utilizar el formato que aparece en el Anexo Número 1 (uno), el cual forma parte de la presente invitación.
C) Escrito de declaración de integridad, a través del cual el participante o su representante legal manifiesta bajo protesta de decir verdad, que por si mismos o a través de interpósita persona, se abstendrán de adoptar conductas para que los servidores públicos de la Consejería, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, así como de no encontrarse en los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Publico en términos del Anexo Número 5 (cinco) el cual forma parte de las presentes bases.
D) Escrito en el que el participante manifiesta: Tratándose de persona moral, estar constituida conforme a las leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional, o Tratándose de persona física, manifestación de ser mexicano por nacimiento o por naturalización y tener su domicilio legal en el territorio nacional. Anexo Numero 9 (nueve)
E) En caso de participar con el carácter de XXXXXXX, presentar la manifestación que acredite su estratificación en términos del Anexo Número 11 (once), de la presente invitación.
F) Carta de manifestación bajo protesta de decir verdad que conoce la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la presente Convocatoria a Invitación a Cuando Menos Tres Personas y sus anexos, pudiendo utilizar el anexo numero 5 (cinco).
G) Curriculum de la persona física o moral, relativo a servicios semejantes al solicitado
H) Carta de Compromiso de cumplimiento de contrato, anexo numero 6 (seis)
3.4. PROPUESTA ECONÓMICA:
La propuesta económica, deberá contener la cotización del servicio ofertado desglosando el IVA, conforme al Anexo Número 7 (siete), el cual forma parte de la presente invitación.
Los participantes deberán cotizar los servicios a precios fijos durante la vigencia del contrato. Las cotizaciones deberán elaborarse a 2 (dos) decimales.
Para la mejor conducción del proceso los participantes, de preferencia, deberán proteger con cinta adhesiva la información que proporcionen en sus cotizaciones, relativa a precios, descuentos, impuestos, subtotales, totales, etc. La omisión de este requisito no será causa de descalificación.
3.5. DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA:
La documentación complementaria que deberá presentar el participante ya sea, según su elección, dentro o fuera del sobre que contenga las proposiciones técnica y económica, es la siguiente:
a) Copia simple de identificación vigente de quien suscriba las proposiciones, (cartilla del servicio militar nacional, pasaporte, credencial para votar con fotografía o cédula profesional).
b) Anexo Número 2 (dos), el cual forma parte de la presente invitación, en el que se enumeran los documentos requeridos para participar, mismo que servirá de constancia de recepción de las proposiciones, asentándose dicha recepción en el acta respectiva, la no presentación de este documento, no será motivo de descalificación.
4. ACREDITACIÓN DE LA EXISTENCIA LEGAL Y PERSONALIDAD JURÍDICA DEL PARTICIPANTE.
4.1. En la suscripción de proposiciones.
Para efectos de la suscripción de las proposiciones el participante deberá acreditar su existencia legal y personalidad jurídica entregando un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por si o por su representada, mismo que contendrá los datos siguientes:
a) Del participante: registro federal de contribuyentes; nombre y domicilio así como, en su caso, de su apoderado o representante y correo electrónico, en caso de contar con él. Tratándose de personas xxxxxxx, además, descripción del objeto social de la empresa, su duración; número y fecha de las escrituras públicas o pólizas en las que conste el acta constitutiva y, en su caso, sus reformas o modificaciones, señalando nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx o fedatario público que las protocolizó; así como fecha y datos de su inscripción en el Registro Público correspondiente, y relación del nombre de los socios o asociados que aparezcan en éstas, y
b) Del representante del participante: número y fecha de las escrituras públicas o pólizas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir la propuesta, señalando nombre, número y circunscripción xxx xxxxxxx o fedatario público que las protocolizó y datos de inscripción en el Registro Público correspondiente.
En defecto de lo anterior, el participante podrá presentar debidamente requisitado el formato que aparece como Anexo Número 1 (uno), el cual forma parte de la presente invitación.
El domicilio que se señale en el Anexo Número 1 (uno) de la presente convocatoria, será aquel en el que el participante pueda recibir todo tipo de notificaciones y documentos que resulten.
4.3. En la firma del contrato.
El participante ganador, en tratándose de personas xxxxxxx, deberá presentar copia simple y original o copia certificada, para su cotejo, de los documentos con los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente, y copia legible de su cédula del Registro Federal de Contribuyentes. En el caso de personas físicas, deberá presentar copia legible de su cédula del Registro Federal de Contribuyentes, así como identificación vigente y copia simple de la misma (pasaporte, cartilla del servicio militar nacional o credencial para votar con fotografía).
5.- ACREDITACIÓN DE ENCONTRARSE AL CORRIENTE DE SUS OBLIGACIONES FISCALES.
(Una vez realizado el fallo del procedimiento)
➢ El (los) participante(s) que resulte(n) ganador(es) y cuyo monto del contrato sea superior a
$300,000.00, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (IVA); preferentemente dentro de los tres días hábiles posteriores a la fecha en que se tenga conocimiento del fallo o adjudicación del contrato, deberá(n) realizar la solicitud de opinión ante el Sistema de Administración Tributaria (SAT), relacionada con el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en los términos que establecen las Reglas I.2.1.15 y II.2.1.12 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el ejercicio 2011, publicada en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 01 de julio de 2011, de conformidad con lo previsto en el artículo 32D, del Código Fiscal de la Federación.
En la solicitud de opinión a que hace referencia las Reglas en cuestión, el (los) participante(s) ganador(es) deberán señalar el siguiente correo electrónico xxxx.xxxxxx@xxxxxx.xxx.xx, efecto del que el SAT envíe el “acuse de respuesta” que se emitirá en atención a su solicitud de opinión.
(Previo a la formalización del contrato)
➢ Previo a la suscripción del contrato, el participante ganador deberá presentar el acuse de recepción con el que compruebe la realización de la consulta de opinión ante el SAT, relacionada con el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, en los términos que establece la Regla I2.1.15 de la Miscelánea Fiscal.
Para el caso de que el participante ganador vaya a celebrar dos o más contratos derivados del presente procedimiento de invitación, previo a la suscripción de cada instrumento jurídico y por cada uno de éstos, deberá presentar el escrito al que se hace referencia en el párrafo anterior, con el que compruebe que realizó la solicitud de opinión ante el SAT, en términos de la Regla I2.1.15 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2011.
➢ En el supuesto de que la Consejería, previo a la formalización del contrato o pedido, reciba del SAT el “acuse de respuesta” de la solicitud, en el que se emita una opinión en sentido negativo sobre las obligaciones fiscales de la persona física o moral que resultó adjudicada, deberá de abstenerse de formalizar y procederá a remitir a la Secretaría de la Función Pública (SFP) la documentación de los hechos presumiblemente constitutivos de infracción por la falta de la formalización del contrato o pedido, por causas imputables al participante al que le fue adjudicado.
(Una vez formalizado el contrato)
➢ En el supuesto de que el SAT emita respuesta en sentido negativo o desfavorable para el (los) proveedor(es) con quien ya se haya formalizado el (los) contrato(s) derivado(s) de la presente invitación, sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales, dicha persona y la Consejería cumplirán el instrumento hasta su terminación, por lo que la presunta omisión en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales no será motivo para retener pagos debidamente devengados por el proveedor o contratista, ni para terminar anticipadamente o rescindir administrativamente el contrato o pedido.
6. INFORMACIÓN DEL CONTRATO.
6.1. Período de contratación.
El (los) contrato(s) que, en su caso, sea(n) formalizado(s) con motivo de este procedimiento de contratación será(n), y contará(n) con un vigencia a partir del día 00 xx xxxxxxxxxx xx 00 xx Xxxxxxxxx xx 0000.
6.2. Garantías.
6.2.1. Garantía del anticipo.
No se otorgara anticipo y consecuentemente no se presentara garantía de anticipo.
6.2.2. Garantía de cumplimiento de contrato.
El participante ganador, para garantizar el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones estipuladas en el contrato adjudicado, deberá presentar fianza expedida por afianzadora debidamente constituida en términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de la Secretaria de Hacienda del Gobierno del Estado de Yucatán conforme al Anexo Número 8 (ocho).
La garantía de cumplimiento a las obligaciones del contrato, únicamente podrá ser liberada mediante autorización que sea emitida por escrito, por parte de la Consejería.
No obstante lo anterior, en el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el participante ganador podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento), del monto total del
contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de la Secretaria de Hacienda del Gobierno del Estado de Yucatán, de acuerdo con el procedimiento siguiente:
• El cheque debe expedirse a nombre de la Secretaria de Hacienda del Gobierno del Estado de Yucatán.
• Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en la Secretaria de Hacienda del Gobierno del Estado de Yucatán.
• El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que el Consejería constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte del Consejería deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que el proveedor de aviso de la entrega de los servicios correspondientes.
Esta garantía deberá presentarse a más tardar, dentro de los diez días naturales siguientes a la fecha de firma del contrato, en términos del artículo 48 de la LAASSP.
6.3. Penas Convencionales por atraso en la entrega de los servicios.
La Consejería aplicará una pena convencional por cada día de atraso en la prestación del servicio, por el equivalente al 1%, sobre el valor total de lo incumplido, sin incluir el IVA,
La pena convencional por atraso se calculará por cada día de incumplimiento, de acuerdo con el porcentaje de penalización establecido, aplicado al valor de los servicios entregados con atraso, y de manera proporcional al importe de la garantía de cumplimiento que corresponda a la orden de reposición o concepto. La suma de las penas convencionales no deberá exceder el importe de dicha garantía.
El proveedor autorizará al Consejería a descontar las cantidades que resulten de aplicar la pena convencional, sobre los pagos que deba cubrir al propio proveedor.
Conforme a lo previsto en el último párrafo del artículo 96, del Reglamento de la LAASSP, no se aceptará la estipulación xx xxxxx convencionales, ni intereses moratorios a cargo del Consejería.
6.4. Modelo de Contrato.
Con fundamento en el artículo 29, fracción XVI de la LAASSP, se adjunta como Anexo Número 10 (diez), el modelo del contrato que será empleado para formalizar los derechos y obligaciones que se deriven de la presente invitación, el cual contiene en lo aplicable, los términos y condiciones previstos en el artículo 45, de la LAASSP, mismos que serán obligatorios para el participante que resulte adjudicado, en el entendido de que su contenido será adecuado, en lo conducente, con motivo de lo determinado en la(s) junta(s) de aclaraciones y a lo que de acuerdo con lo ofertado en las proposiciones del participante, le haya sido adjudicado en el fallo.
En caso de discrepancia, en el contenido del contrato en relación con el de la presente invitación, prevalecerá lo estipulado en esta última, así como el resultado de las juntas de aclaraciones.
El contrato será cerrado.
6.5.- Firma del Contrato:
Con fundamento en el artículo 46 de la LAASSP, el contrato se firmará el día 07 de septiembre de 2011.
Si el participante a quien se le hubiere adjudicado contrato, por causas imputables a él, no formaliza el mismo en la fecha señalada en el párrafo anterior, se estará a lo previsto en el segundo párrafo del artículo 46 de la LAASSP y, se dará aviso a la Secretaria de la Función Pública (SFP), para que resuelva lo procedente en términos del artículo 59 de la LAASSP.
En tratándose de participantes acreditados como MIPYMES, en caso de resultar adjudicados, deberán presentar:
• Copia de última declaración anual de impuestos.
• Constancia del ultimó pago de cuotas obrero patronales al IMSS.
7. TIPO DE ABASTECIMIENTO. (Fuentes del servicio)
Una sola fuente del servicio
8. CRITERIOS PARA LA EVALUACION DE LAS PROPOSICIONES Y ADJUDICACION DE LOS CONTRATOS.
Los criterios que aplicarán para evaluar las proposiciones, se basarán en la información documental presentada por los participantes conforme al Anexo Número 2 (dos), el cual forma parte de las presente invitación, observando para ello lo previsto en el artículo 36 en lo relativo al criterio binario y 36 Bis, fracción II, de la LAASSP.
La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas explícitamente por los participantes.
No serán objeto de evaluación, las condiciones establecidas por la convocante, que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar los actos de la invitación, así como cualquier otro requisito cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestas.
En tratándose de los documentos o manifiestos presentados bajo protesta de decir verdad, de conformidad con lo previsto en el artículo 39, último párrafo del Reglamento de la LAASSP, se verificará que dichos documentos cumplan con los requisitos solicitados.
No se considerarán las proposiciones, cuando no cotice la totalidad de los servicios requeridos.
8.1. EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES TÉCNICAS.
Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 36, de la LAASSP, se procederá a evaluar técnicamente al menos las dos proposiciones cuyo precio resulte ser más bajo, de no resultar éstas solventes, se procederá a la evaluación de las que les sigan en precio.
Para efectos de la evaluación, se tomarán en consideración los criterios siguientes:
• Se verificará que incluyan la información, los documentos y los requisitos solicitados en la invitación.
• Se verificará documentalmente y físicamente que los servicios ofertados, cumplan con las especificaciones técnicas y requisitos solicitados en estas bases, así como con aquellos que resulten de la junta de aclaraciones.
• Se verificará el cumplimiento de la propuesta técnica, conforme a los requisitos establecidos en el numeral 3.3, de la presente invitación.
8.2. EVALUACIÓN DE LAS PROPOSICIONES ECONÓMICAS.
Se analizarán los precios ofertados por los participantes, y las operaciones aritméticas con objeto de verificar el importe total del servicio ofertado, conforme a los datos contenidos en su propuesta económica (Anexo Número 7 (siete), de la presente invitación.
8.3. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN DE LOS CONTRATOS.
El contrato será adjudicado al participante cuya oferta resulte solvente porque cumple, conforme a los criterios de evaluación establecidos, con los requisitos legales, técnicos y económicos de las presentes bases de invitación y que garanticen el cumplimiento de las obligaciones respectivas.
Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por la convocante, el contrato se adjudicará a quien presente la proposición cuyo precio sea el más bajo, siempre y cuando éste resulte conveniente. Los precios ofertados que se encuentren por debajo del precio conveniente, podrán ser desechados por la convocante.
En caso de existir igualdad de condiciones se dará preferencia a aquellas personas que integren el sector de MIPYMES empresas nacionales. De existir empate entre personas de dicho sector, la adjudicación se efectuará a favor del participante que resulte ganador en términos del artículo 54 del Reglamento de la LAASSP.
De no actualizarse los supuestos del párrafo anterior, si derivado de la evaluación económica de las proposiciones, se desprende el empate en cuanto a precios ofertados por dos o más participantes, se procederá a llevar a cabo el sorteo manual por insaculación a fin de extraer el boleto del participante ganador, conforme a lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la LAASSP.
9. INCONFORMIDADES.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la LAASSP los participantes podrán interponer inconformidad ante la Dirección General de Inconformidades de la Secretaria de la Función Pública, por actos del procedimiento de contratación que contravengan las disposiciones que rigen las materias objeto de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público, presentándola directamente en la Oficialía de Partes de esa Secretaría, en días hábiles, dentro del horario de 9:00 a 15:00 horas, cuyas oficinas se ubican en:
Xxxxxxxxxxx Xxx 0000
Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx XX 00000 Xxxxxx, XX
T.x00 (00) 0000-0000
10. CAUSAS DE DESECHAMIENTO.
Se desecharán las propuestas de los participantes que incurran en uno o varios de los siguientes supuestos:
A) Que no cumplan con alguno de los requisitos establecidos en esta Convocatoria contenidos en los numerales 3, 3.1, 3.2, 3.3. y 3.4., y sus anexos, y, que con motivo de dicho incumplimiento se afecte la solvencia de la propuesta, conforme a lo previsto en el último párrafo del artículo 36, de la LAASSP.
B) Cuando se compruebe que tienen acuerdo con otros participantes para elevar el costo de los servicios solicitados o bien, cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás participantes.
C) Cuando incurran en cualquier violación a las disposiciones de la LAASSP, a su Reglamento o a cualquier otro ordenamiento legal o normativo vinculado con este procedimiento.
D) Cuando no cotice la totalidad del servicio requerido.
E) Cuando no presente uno o más de los escritos o manifiestos solicitados con carácter de “bajo protesta de decir verdad”, solicitados en las presentes bases de invitación u omita la leyenda requerida.
F) Cuando no cumpla con los requisitos técnicos y legales solicitados en las presentes bases.
10.1 TERMINACION ANTICIPADA
De conformidad con lo establecido en el artículo 54 Bis, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “LA CONSEJERIA” podrá dar por terminado anticipadamente el presente Contrato sin responsabilidad para éste y sin necesidad de que medie resolución judicial alguna, cuando concurran razones de interés general o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes objeto del presente Contrato, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría algún daño o perjuicio a “LA CONSEJERIA” o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al presente instrumento jurídico, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública.
En estos casos “LA CONSEJERIA” reembolsará a “EL PROVEEDOR” los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que estos sean razonables, estén comprobados y se relacionen directamente con el presente instrumento jurídico.
11. PLAZO DEL SERVICIO:
Los servicios deberán ser proporcionados dentro de los plazos, que se indica en el Anexo Número 4 (CUATRO), el cual forma parte de la presente invitación.
El participante ganador podrá proporcionar los servicios antes del vencimiento del plazo establecido para tal efecto, previa conformidad del área adquirente.
12.- FORMA DE PAGO
FORMA DE PAGO.- “LA CONSEJERIA” se obliga a pagar a “EL PROVEEDOR”, la cantidad señalada en la Cláusula inmediata anterior en pesos mexicanos, dentro de los 20 días naturales posteriores a la entrega del proyecto para la iniciativa de la Ley de protección a testigos del Estado de Yucatán, de conformidad a lo solicitado en el anexo 3 de estas bases, proyecto que deberá de tener la aceptación del área técnica solicitante, debiendo el “EL PROVEEDOR”, adjuntar los siguientes documentos:
Original y copia de la factura que reúna los requisitos fiscales respectivos, en la que se indique los servicios proporcionados, número de proveedor, número de contrato, en su caso, número de fianza y denominación social de la afianzadora, misma que deberá ser entregada en la Dirección de Administración y Finanzas de la Consejería Jurídica.
En caso de que “EL PROVEEDOR” presente su factura con errores o deficiencias, el plazo de pago se ajustará en términos del artículo 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Anexo a la solicitud de pago electrónico ( intrabancario e interbancario) “EL PROVEEDOR” deberá presentar original y copia de la cédula del Registro Federal de Contribuyentes, poder notarial e identificación oficial; los originales se solicitan únicamente para cotejar los datos y le serán devueltos en el mismo acto a “EL PROVEEDOR”.
“EL PROVEEDOR” que celebre contrato de cesión de derechos de cobro, deberá notificarlo por escrito a “LA CONSEJERIA”, con un mínimo de 5 (cinco) días naturales anteriores a la fecha de pago programada, entregando invariablemente una copia de los contra-recibos cuyo importe se cede, además de los documentos sustantivos de dicha cesión. El mismo procedimiento aplicará en el caso de que “EL PROVEEDOR” celebre contrato de cesión de derechos de cobro a través de factoraje financiero conforme al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo.
El pago de los servicios quedará condicionado proporcionalmente al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso.
13. ANEXOS.
ANEXO NÚMERO 1 (UNO)
(nombre) , manifiesto bajo protesta a decir verdad, que los datos aquí asentados son ciertos, así como que cuento con facultades suficientes para suscribir las proposiciones en la presente Invitación a cuando menos tres personas de carácter Nacional, a nombre y representación de: (persona física o moral) .
No. de la Invitación . Registro Federal de Contribuyentes:
Domicilio.- Los datos aquí registrados corresponderán al del domicilio fiscal del proveedor o prestador de servicios)
Calle y número:
Colonia: Delegación o Municipio:
Código Postal: Entidad federativa:
Teléfonos: Fax:
Correo electrónico:
No. de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Fecha Duración Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se protocolizó la misma:
Relación de socios o asociados.-
Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre(s): Descripción del objeto social:
Reformas al acta constitutiva:
Fecha y datos de inscripción en el Registro Público correspondiente.
Nombre del apoderado o representante:
Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades.- Escritura pública número: Fecha:
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se protocolizó la misma:
Asimismo, manifiesto que los cambios o modificaciones que se realicen en cualquier momento a los datos o documentos contenidos en el presente documento y durante la vigencia del contrato que, en su caso, sea suscrito con la Consejería, deberán ser comunicados a éste, dentro de los cinco días hábiles siguientes a la fecha en que se generen.
(Lugar y fecha) Protesto lo necesario (Nombre y firma)
ANEXO NÚMERO 2 (DOS)
DOCUMENTO SOLICITADO | PUNTO EN EL QUE SE SOLICITA | PRESENTADO SI NO | |
Escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por si o por su representada, sin que resulte necesario acreditar su personalidad jurídica. ANEXO 1 | 4.1 |
DOCUMENTACIÓN CORRESPONDIENTE A LA PROPUESTA TÉCNICA
DOCUMENTO SOLICITADO | PUNTO EN EL QUE SE SOLICITA | PRESENTADO SI NO | |
Descripción amplia y detallada de los servicios ofertados, pudiendo utilizar el formato de propuesta técnica que aparece como anexo 12 | 3.3 inciso A) | ||
Escrito de declaración de integridad, a través del cual manifiesta, que se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos del Consejería, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes. así como de no encontrarse en los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Publico Anexo Numero 5 (cinco) | 3.3 inciso C) | ||
Escrito en el que el participante manifiesta: Tratándose de persona moral, estar constituida conforme a las leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional, o Tratándose de persona física, manifestación de ser mexicano por nacimiento o por naturalización y tener su domicilio legal en el territorio nacional. Anexo Numero 9 (nueve) | 3.3 inciso D) | ||
Curriculum de la persona física o moral, relativo a servicios semejantes al solicitado | 3.3 inciso G) | ||
En caso de participar con el carácter de MIPYMES, presentar la manifestación que acredite su estratificación en términos del Anexo Número 11 (once), de la presente invitación. | 3.3 inciso E) | ||
Carta de manifestación de conocer la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, las presentes base de la Invitación a Cuando Menos Tres Personas y sus anexos. Pudiendo utilizar el formato del anexo 5 (cinco) | 3.3. inciso F) |
Carta de Compromiso de cumplimiento de contrato. Pudiendo utilizar el formato del anexo 6 (seis) | 3.3. inciso H) |
DOCUMENTACIÓN CORRESPONDIENTE A LA PROPUESTA ECONÓMICA
DOCUMENTO SOLICITADO | PUNTO EN EL QUE SE SOLICITA | PRESENTADO SI NO | |
Original de la cotización que oferte el participante, desglosando el IVA. | 3.4 |
NOTA: ANEXAR EN DOS TANTOS ESTE DOCUMENTO PARA EFECTOS DE ACUSE DE LA CONVOCANTE Y DEL PARTICIPANTE.
ANEXO NÚMERO 3 (TRES)
Anexo Técnico (REQUERIMIENTO)
PROYECTO PARA LA INICIATIVA XX XXX PARA PROTECCION DE TESTIGOS DEL ESTADO DE YUCATAN
OBJETIVO GENERAL
Presentar las iniciativas xx xxxxx antes mencionadas al Congreso Estatal, necesarias todas ellas para implementar el sistema de justicia penal en el Estado de Yucatán.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
Previa selección de temáticas mínimas, selección de expertos y asignación, elaboración de los proyectos, revisión por parte del Consejo Consultivo y aprobación por parte de este último:
Presentar la iniciativa xx Xxx de Protección de Testigos para su correspondiente aprobación por parte del Congreso Estatal.
DISPOSICIONES NORMATIVAS QUE IMPORTA EL PROYECTO
Para este año, se otorgará subsidio federal únicamente respecto a las iniciativas relativas a la Ley de Atención y Protección a Víctimas y Ofendidos, Ley de Ejecución de Sanciones, Ley para Protección de Testigos y Código Penal.
PROYECTOS DE NORMATIVIDAD PARA EL AÑO 2011
4.1 ELABORACIÓN DE LA REFORMA LEGISLATIVA Justificación:
El Estado de Yucatán, tiene el propósito de iniciar de forma sistemática, racional e integral los esfuerzos encaminados a implementar la reforma al sistema de justicia penal publicada en el Diario Oficial de la Federación el 00 xx xxxxx xx 0000, xx xxx que desde el año 2009 se ha venido implementando en dicha Entidad Federativa la reforma indicada, en congruencia con las disposiciones constitucionales relativas.
La elaboración de las modificaciones constitucionales y legales para la implementación del sistema de justicia penal en el Estado de Yucatán permitirá un avance sólido y homogéneo maximizando la congruencia de los productos elaborados, esto es, la normatividad correspondiente.
Así, de la ejecución del presente proyecto se pretende la disminución de costos al ejecutar un solo paquete de reformas de manera integral y no ordenamiento por ordenamiento en distintos momentos y en el uso de las mejores prácticas y productos desarrollados que, de acuerdo a la experiencia, han contribuido a la implementación exitosa.
Por su parte, los beneficios de la ejecución del proyecto que se presenta versan sobre lo siguiente:
a) el Estado de Yucatán, a la fecha, se encuentra en el Cuadrante 3, de los cuatro propuestos por la SETEC, por lo cual, de irse elaborando y aprobando las modificaciones constitucionales y legales, es evidente que se estará en posibilidad de arribar al siguiente cuadrante; b) el Estado de Yucatán sí recibió recursos para la implementación por vía subsidio en el 2010 y, c) en el Estado de Yucatán, de contarse con un paquete integral de proyectos de modificaciones constitucionales y legales, es evidente que los avances en otros ejes temáticos relacionados con la implementación podrán ser abordados con plena certeza.
FICHA TÉCNICA DEL PROYECTO
Ley de Protección de Testigos.- Este Proyecto de Iniciativa xx Xxx tiene por objeto establecer los mecanismos y procedimientos necesarios para asegurar que los intervinientes en riesgo en un proceso penal, puedan ejercer sus derechos y deberes en el marco de la procuración y administración de justicia, con confianza, y sin ser obstaculizados o sujetos de intimidación, presión, amenaza o cualquier forma de violencia.
Esa protección resulta imprescindible para aquellos ciudadanos que prestan colaboración con la administración de justicia, y cuyo aporte es esencial para evitar la impunidad y garantizar la debida aplicación de las leyes, posibilitando de esta manera la paz social.
METAS
Resultados esperados para lograr el objetivo específico:
➢ Meta intermedia: La aprobación del proyecto por parte del Consejo.
➢ Meta final: La presentación de la iniciativa xx Xxx de Protección de Testigos al Congreso del Estado.
En ese tenor, es de entenderse que la naturaleza del subsidio es otorgar un apoyo financiero a las Entidades Federativas para el efecto de que confeccionen su legislación estatal, y de ninguna manera debe entenderse que dicho apoyo sea para cumplimentar extemporáneamente los plazos establecidos en la citada reforma constitucional. Asimismo, como lo señala el Acuerdo por el que se establecen las directrices para la aplicación de recursos destinados a la implementación del Sistema de Justicia Penal a favor de los estados y el Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2011, la coordinación institucional y vinculación de acciones busca potenciar el impacto de los recursos, fortalecer la cobertura de las acciones, explotar la complementariedad y reducir gastos administrativos. Por lo que surge la obligación de establecer los mecanismos de coordinación necesarios para garantizar que el Subsidio para la Implementación de la Reforma del Sistema de Justicia Penal no se contraponga, afecte o presente duplicidades con otros programas o acciones en materia federal.
ACCIONES
a) Realizar los análisis necesarios para conformar un paquete legislativo acorde a los intereses en materia de justicia penal en la Entidad.
b) Generar estudios profesionales y especializados en materia jurídica para alcanzar un alto nivel de calidad en las figuras y dinámicas del nuevo Sistema de Justicia Penal y con base en ello, confeccionar ordenamientos jurídicos que no sólo se adecuen a las necesidades estatales, sino que también se caractericen por su integridad normativa relacionada con el Sistema de Justicia Penal xx Xxxxx Acusatorio, atendiendo a la sugerencias que realice el Comité de Subsidios, así como las aportadas por la Dirección General de Estudios y Proyectos Normativos de la SETEC.
FASE | ENTREGABLE | ||||
Primera. Análisis y estudio de los ordenamientos en que incide la reforma. | • Documento de análisis y estudio de los ordenamientos a modificar. | ||||
Segunda. Recopilación y | • Documento de recopilación y estudio comparativo de | ||||
estudio comparativo de | legislaciones implementadas con capítulo de acierto y | ||||
legislaciones implementadas | errores. | ||||
con capítulo de acierto y | |||||
errores. | |||||
Tercera. Elaboración de anteproyectos de modificación a las leyes y Constitución. | • Paquete de anteproyectos de modificación a las leyes y Constitución. | ||||
Cuarta. Recibimiento de | • Informe de | las | observaciones | y | paquete de |
observaciones e integración de | anteproyectos | pre-final de | modificaciones | ||
estas a los anteproyectos de | constitucionales y legales. | ||||
modificaciones constitucionales | |||||
y legales. | |||||
Quinta. Entrega de proyectos finales de modificaciones constitucionales y legales. | • Proyectos finales de modificaciones constitucionales y legales. | ||||
Sexta | • Entrega formal de iniciativas xx xxxxx y de reformas constitucionales y legales |
MECÁNICA OPERATIVA
Contratar a una Consultoría especializada en reformas legislativas orientadas al nuevo sistema de justicia penal que cubra comparativos regionales, nacionales e internacionales sobre legislación adjetiva y sustantiva en materia adversarial que ya tenga práctica comprobada.
CRONOGRAMAS
Por cuanto a las diversas legislaciones que se estipulan en el convenio de coordinación
Reformas legales (Entregables) | |||||||
Selección | |||||||
Elaboración y | de | ||||||
presentación del proyecto de la Ley de protección y Testigos | temáticas mínimas y de expertos, | Elaboración del anteproyecto | Revisión y aprobación por parte del Consejo Consultivo | Presentación de la iniciativa al Congreso del Estado | |||
así como | |||||||
asignación |
ENTREGABLES
✓ Iniciativas de reformas presentadas ante la Legislatura del Estado de:
• Proyecto de la ley de Protección de Testigos;
COMPROMISOS
Esta Entidad Federativa, con relación a los proyectos de normatividad, se compromete a:
1. Destinar oportunamente los recursos asignados vía Subsidio a los fines previstos en el presente Anexo Técnico;
2. Observar las disposiciones federales aplicables a las adquisiciones, arrendamientos de bienes muebles y prestación de servicios de cualquier naturaleza, y a los servicios relacionados con las mismas;
3. Comprobar oportunamente los gastos en los términos del Acuerdo por el que se establecen las directrices para la aplicación de recursos destinados a la implementación de la Reforma del Sistema de Justicia Penal a favor de los estados y del Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2011 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de enero de 2011 y en las disposiciones federales aplicables;
4. Realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta Pública local conforme sean devengados y ejercidos los recursos respectivamente, así como dar cumplimiento a las demás disposiciones federales aplicables en la administración de dichos recursos, en corresponsabilidad con la instancia ejecutora local;
5. Entregar mensualmente por conducto de la Secretaría de Administración y Finanzas de la Entidad Federativa (o su equivalente) a la SETEC, la relación detallada sobre las erogaciones del gasto elaborado por la instancia ejecutora;
6. Iniciar las acciones para dar cumplimiento a las funciones programadas de los proyectos a que se hace referencia en el Convenio de Coordinación, en un plazo no mayor a 15 días naturales, contados a partir de que se realizó el depósito de los recursos efectuados en la cuenta bancaria asignada;
7. Requerir con la oportunidad debida a las instancias federales, a las locales o a las municipales que correspondan, la asesoría técnica, autorizaciones o permisos que resulten necesarios para la realización de las funciones derivadas de los proyectos previstos en el presente Anexo Técnico;
8. Mantener bajo su custodia la documentación comprobatoria original de los recursos presupuestarios federales erogados en el proyecto materia del presente Anexo Técnico debiendo cumplir con los requisitos fiscales establecidos en las disposiciones federales aplicables;
9. Responsabilizarse, a través de su Tesorería (o su equivalente) de administrar los recursos presupuestarios federales radicados de conformidad con las disposiciones jurídicas federales aplicables, por lo que no podrán traspasarse tales recursos a otros rubros o cuentas bancarias; efectuar las ministraciones oportunamente para la ejecución de las acciones previstas en este instrumento; comprobar el ejercicio del gasto en términos de las disposiciones federales aplicables; recabar la documentación comprobatoria de las erogaciones; realizar los registros correspondientes en la contabilidad y en la Cuenta de la Hacienda Pública local conforme sea requerido, e informar a las instancias competentes de las Entidades Federativas que correspondan, así como dar cumplimiento a las demás disposiciones federales aplicables en la administración de dichos recursos;
10. Tomar las medidas necesarias para transparentar la aplicación de los recursos;
11. Cumplir con los compromisos asumidos en el desarrollo de objetivos, metas y ejecución de los recursos otorgados, etiquetando el avance de su ejercicio mediante las metas establecidas al efecto, en función de este instrumento;
12. Atender el debido cumplimiento de las medidas de control, distribución, aplicación y comprobación de los recursos entregados, establecidas a nivel local, en el Convenio de Coordinación y en el presente Anexo Técnico;
13. Proporcionar todas las facilidades a la SETEC a efecto de verificar las acciones derivadas del Convenio de Coordinación y del presente Anexo Técnico;
14. Entregar a la SETEC previo a la ejecución de las acciones objeto de este Anexo Técnico, toda la información de carácter técnica y documentos que se requieran, con la finalidad de verificar el cumplimiento de dichas acciones;
15. Que el proyecto normativo legal, se haga atendiendo a las recomendaciones por el Comité de Subsidios y de la Dirección General de Estudios y Proyectos Normativos de la SETEC.
16. Que se permita a los miembros del área correspondiente de la SETEC reunirse con los encargados de la reforma legislativa en la “ENTIDAD FEDERATIVA” para la orientación que se requiera.
17. Presentar al Congreso del Estado de la “ENTIDAD FEDERATIVA” las iniciativas de reforma a las leyes que fueron beneficiadas con el subsidio federal en el ejercicio fiscal 2011, dentro del periodo de sesiones en que se entreguen los recursos otorgados, o el periodo inmediato, si se está en receso.
18. Respecto a la Ley de Ejecución de Sanciones, la Entidad Federativa debe dar cumplimiento a lo previsto en el artículo quinto transitorio del Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos publicado en el Diario Oficial de la Federación el 18 xx xxxxx de 2008.
19. Informar en tiempo y forma el avance en el cumplimiento de los proyectos aprobados y establecidos en el convenio de coordinación respectivo, con el uso del sistema de seguimiento de la ejecución de los proyectos a través de la herramienta Project Server.
EVALUACIÓN DE RESULTADOS
El Comité de la SETEC, a partir de los reportes que entreguen los beneficiarios del subsidio y del informe final a que se refiere la cláusula QUINTA del Convenio de Coordinación y el Acuerdo por el que se establecen las directrices para la aplicación de los recursos destinados a la implementación de la Reforma del Sistema de Justicia Penal a favor de los estados y el Distrito Federal para el Ejercicio Fiscal 2011, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de enero de 2011, llevará a cabo acciones periódicas de seguimiento, supervisión y control del proyecto referido en el Convenio de Coordinación conjuntamente con los beneficiarios del Subsidio, según sea el caso, para ejercer un permanente monitoreo de los avances del proyecto, específicamente para:
a) Contar con información acerca de las acciones emprendidas y de los análisis practicados a los avances físicos y financieros que reporten las Entidades Federativas;
b) Tomar las medidas preventivas y correctivas en su operación o decidir sobre la imposición de sanciones de acuerdo a una evaluación que para tal efecto realice el Comité de Subsidios;
c) Dar seguimiento a la ejecución de las acciones, para conocer la aplicación y orientación de los recursos, así como las metas alcanzadas, y
d) Formular recomendaciones a las áreas responsables para mejorar la operación integral del proyecto aprobado por la SETEC.
El Comité de Subsidios la SETEC podrá determinar en todo momento la suspensión o cancelación total o parcial de los proyectos.
Para el cumplimiento de los objetivos, metas y cronograma de trabajo por parte de la “ENTIDAD FEDERATIVA”, la “SETEC” se compromete a realizar las siguientes actividades:
▪ Verificar el cumplimiento de las acciones y programas comprometidos en el presente Anexo.
▪ Emitir los procedimientos y mecanismos para facilitar la actualización de los catálogos de consolidación de información en el Sistema de Seguimiento y Evaluación.
▪ Emitir los lineamientos correspondientes para el diseño y ejecución de los programas de evaluación.
En cumplimiento a lo previsto en el Convenio de Coordinación del cual deriva el presente Anexo Técnico, la “ENTIDAD FEDERATIVA” proporcionará a la “SETEC”, en forma mensual y en medio magnético, la información financiera, operativa, estadística y demás que genere el desarrollo de los proyectos, a efecto de dar seguimiento a sus avances y evaluar las etapas de ejecución de los programas, de la manera siguiente:
1. A la Dirección General de Administración y Finanzas en el marco del sistema que se diseñe para el efecto, la información relativa al avance presupuestal, físico-financiero y estadístico de las acciones previstas en los Cuadros de Metas y Montos de este Anexo Técnico.
2. A la Dirección General de Coordinación Interinstitucional, la información relativa a reprogramaciones de montos y metas del proyecto, así como cualquier consulta relativa a los ejes estratégicos para que sea canalizada a las unidades administrativas sustantivas. Así mismo, esta Dirección General podrá hacer diferentes consultas de información en el marco de los acuerdos determinados por el Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal.
La “ENTIDAD FEDERATIVA” o su equivalente a través de la Comisión o Instancia Implementadota, se comprometen por su parte, a difundir los proyectos a través de sus páginas de INTERNET y otros medios públicos manifestando que los recursos para su realización provienen de la federación.
El presente anexo técnico refleja los proyectos normativos beneficiados con el subsidio en el ejercicio fiscal 2011 para la realización de reformas o iniciativas legales encaminadas a la implementación del Sistema de Justicia Penal xx xxxxx Acusatorio relativas a la reforma constitucional publicada en el Diario Oficial de la Federación el 18 xx xxxxx de 2008, asimismo, contiene los objetivos generales y específicos, fichas técnicas de los proyectos normativos en particular, metas, acciones, mecánica operativa, perfil de los consultores, cronograma de actividades, entregables, compromisos y la evaluación de resultados a que se debe sujetar la Entidad Federativa por el otorgamiento del subsidio para la realización de sus proyectos normativos materia del presente anexo técnico.
ANEXO NÚMERO 4 (CUATRO) CALENDARIO DE SERVICIOS
NUMERO XX XXXXXXX | NOMBRE DEL SERVICIO | PERIODO PARA PROPORCIONAR EL SERVICIO | RESPONSABLE Y AREA TECNICA REVISOR DEL ENTREGABLE |
UNICA | CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE ELABORACION DEL PROYECTO PARA LA INICIATIVA XX XXX PARA PROTECCION DE TESTIGOS DEL ESTADO DE YUCATAN. | DEL 00 XX XXXXXXXXXX XX 0 XX XXXXXXX XX 0000. | ÁREA DE ESTUDIOS Y PROYECTOS NORMATIVOS UBICADA EN LA XXXXX 00 XXXXXX 000 POR 00 X 00 XXXXXXX XXXXXX XXXXXX XX XX XXXXXX XX XXXXXX, XXXXXXX, CON HORARIO DE 9:00 A 17:00 HORAS DE LUNES A VIERNES, SIENDO EL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO EL LIC. XXXXXX XXXXXXXX XXXXXX XXXXX. |
(XXXX XXXXXXXXXX) ANEXO NÚMERO 5 (CINCO)
FORMATO DE CARTA RELATIVA AL PUNTO 3.3 INCISOS C, y F)
CONSEJERÌA JURIDICA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATAN DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
INVITACION A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. CJ-DA-INV3-004-11
( NOMBRE ) EN MI CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL DE LA ( NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA ), Y EN TÉRMINOS DEL NUMERAL 3.3. “PROPUESTA TÉCNICA”, INCISOS C y F) DE LAS BASES DE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS NACIONAL NO. , MANIFIESTO LO SIGUIENTE:
• Bajo protesta de decir verdad, que mi representada se abstendrá por si misma o a través de interpósita persona, de adoptar conductas para que los servidores públicos de la Consejería, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que le otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.
• Así como de no encontrarse en los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Publico.
• Manifiesto bajo protesta de decir verdad que conozco la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la presente Convocatoria a Invitación a Cuando Menos Tres Personas y sus anexos.
LUGAR Y FECHA
(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL)
(XXXX XXXXXXXXXX)
ANEXO NÚMERO 6 (SEIS)
CARTA COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
CONSEJERIA JURIDICA DEL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATAN. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS CJ-DA-INV3-004-11
El que suscribe, , en mi carácter de representante legal de , con base en las facultades que se señalan en la escritura pública , con número de inscripción
, respecto de las cuales declaro bajo protesta de decir verdad, no me han sido restringidas, limitadas ni revocadas a la presente fecha, por medio de la presente
CARTA COMPROMISO
DECLARO
Que en el caso de que mi representada, , resulte adjudicada, para llevar a cabo la prestación del servicio al que se refiere la Invitación a cuando menos tres personas, , los trabajos resultado de la prestación del servicio motivo del contrato adjudicado, quedarán garantizados por el término de doce meses a partir de la fecha de conclusión de los trabajos en cuestión.
La fecha de la conclusión de los trabajos quedará consignada en el documento que para tal efecto, el titular del área usuaria, firmará de aceptación, para acreditar la recepción de conformidad del servicio motivo del contrato adjudicado, derivado de la presente invitación a cuando menos tres personas.
Mi representada declara y acepta que el producto del trabajo realizado, queda sujeto al plazo de garantía mencionado en el párrafo que otorga el consentimiento de que la presente carta compromiso, pase a formar parte integrante del contrato en cuestión.
Declaro asimismo que es voluntad de mi representada, aceptar de manera expresa, que la presente CARTA COMPROMISO, tenga la fuerza legal que se requiera para los fines de asegurar a LA CONSEJERIA, que los trabajos motivo del contrato adjudicado, se encuentran libres de cualquier defecto que por su naturaleza, pudiera ser imperceptible, hasta por un periodo de doce meses contando a partir de la terminación del contrato.
Fecha
Nombre y firma
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO
(XXXX XXXXXXXXXX) ANEXO NÚMERO 7 (SIETE)
PROPOSICIÓN ECONÓMICA
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS No. CJ-DA-INV3-004-11
FECHA DE PRESENTACIÓN
NOMBRE DEL PARTICIPANTE
PARTIDA | DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO | PRECIO DEL SERVICIO |
UNICA | CONTRATACIÓN DEL SERVICIO PARA LA ELABORACION DEL PROYECTO DE LA INICIATIVA DE LA LEY PARA PROTECCION DE TESTIGOS DEL ESTADO DE YUCATAN. | $ |
SUB-TOTAL | ||
I.V.A | ||
TOTAL |
El precio será fijo durante todo el periodo que dure el servicio, por lo que no habrá escalamiento de precios durante la vigencia del contrato.
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL O APODERADO
ANEXO NUMERO 8 (OCHO)
FORMATO PARA FIANZA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
(NOMBRE DE LA AFIANZADORA), EN EJERCICIO DE LA AUTORIZACIÓN QUE LE OTORGÓ EL GOBIERNO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO, EN LOS TÉRMINOS DE LOS ARTÍCULOS 5° Y 6° DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, SE CONSTITUYE FIADORA POR LA SUMA DE: (ANOTAR EL IMPORTE QUE PROCEDA DEPENDIENDO DEL PORCENTAJE AL CONTRATO SIN INCLUIR EL IVA.)-----
ANTE: LA DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZA DE LA CONSEJERÌA JURIDICA DEL GOBIERNO
DEL ESTADO DE YUCATAN, PARA GARANTIZAR POR (nombre o denominación social de la empresa). CON DOMICILIO EN (domicilio de la empresa), EL FIEL Y EXACTO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES A SU CARGO, DERIVADAS DEL CONTRATO DE (especificar que tipo de
contrato, si es de adquisición, prestación de servicio, etc) NÚMERO (número de contrato) DE FECHA (fecha de suscripción), QUE SE ADJUDICÓ A DICHA EMPRESA CON MOTIVO DEL (especificar el procedimiento de contratación que se llevó a cabo, licitación pública, invitación a cuando menos tres personas, adjudicación directa, y en su caso, el número de ésta), RELATIVO A (objeto del contrato); LA PRESENTE FIANZA, TENDRÁ UNA VIGENCIA DE (se deberá insertar el lapso de vigencia que se haya establecido en el contrato), CONTADOS A PARTIR DE LA SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO, ASÍ COMO DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS Y MEDIOS DE DEFENSA LEGALES QUE, EN SU CASO, SEAN INTERPUESTOS POR CUALQUIERA DE LAS PARTES Y HASTA QUE SE DICTE LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE; AFIANZADORA (especificar
la institución afianzadora que expide la garantía), EXPRESAMENTE SE OBLIGA A PAGAR AL CONSEJERÌA LA CANTIDAD GARANTIZADA O LA PARTE PROPORCIONAL DE LA MISMA,
POSTERIORMENTE A QUE SE LE HAYAN APLICADO AL (proveedor, prestador de servicio, etc.) LA TOTALIDAD DE LAS PENAS CONVENCIONALES ESTABLECIDAS EN LA CLÁUSULA (número de cláusula
del contrato en que se estipulen las penas convencionales que en su caso deba pagar el fiado) DEL CONTRATO DE REFERENCIA, MISMAS QUE NO PODRÁN SER SUPERIORES A LA SUMA QUE SE AFIANZA Y/O POR CUALQUIER OTRO INCUMPLIMIENTO EN QUE INCURRA EL FIADO, ASÍ MISMO, LA PRESENTE GARANTÍA SOLO PODRÁ SER CANCELADA A SOLICITUD EXPRESA Y PREVIA AUTORIZACIÓN POR XXXXXXX XX XX XXXXXXXXXX XXXXXXXX XXX XXXXXXXX XXX XXXXXX XX XXXXXXX; AFIANZADORA
(especificar la institución afianzadora que expide la garantía), EXPRESAMENTE CONSIENTE: A) QUE LA PRESENTE FIANZA SE OTORGA DE CONFORMIDAD CON LO ESTIPULADO EN EL CONTRATO ARRIBA
INDICADO; B) QUE EN CASO DE INCUMPLIMIENTO POR PARTE DEL (proveedor, prestador de servicio, etc.), A CUALQUIERA DE LAS OBLIGACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO, EL CONSEJERÌA PODRÁ PRESENTAR RECLAMACIÓN DE LA MISMA DENTRO DEL PERIODO DE VIGENCIA ESTABLECIDO EN EL MISMO, E INCLUSO, DENTRO DEL PLAZO DE XXXXX, CONTADOS A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE EN QUE CONCLUYA LA VIGENCIA DEL CONTRATO, O BIEN, A PARTIR DEL DÍA SIGUIENTE EN QUE EL
CONSEJERÌA NOTIFIQUE POR ESCRITO AL (proveedor, prestador de servicio, etc.), LA RESCISIÓN DEL INSTRUMENTO JURÍDICO; C) QUE PAGARÁ AL CONSEJERÌA LA CANTIDAD GARANTIZADA O LA PARTE PROPORCIONAL DE LA MISMA, POSTERIORMENTE A QUE SE LE HAYAN APLICADO AL (proveedor, prestador de servicio, etc.) LA TOTALIDAD DE LAS PENAS CONVENCIONALES ESTABLECIDAS EN LA
CLÁUSULA (número de cláusula del contrato en que se estipulen las penas convencionales que en su caso deba pagar el fiado) DEL CONTRATO DE REFERENCIA, MISMAS QUE NO PODRÁN SER SUPERIORES A LA SUMA QUE SE AFIANZA Y/O POR CUALQUIER OTRO INCUMPLIMIENTO EN QUE INCURRA EL FIADO; D) QUE LA FIANZA SOLO PODRÁ SER CANCELADA A SOLICITUD EXPRESA Y PREVIA AUTORIZACIÓN POR ESCRITO DE LA CONSEJERÌA JURIDICA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATAN; E) QUE DA SU CONSENTIMIENTO A LA CONSEJERÌA EN LO REFERENTE AL ARTÍCULO 119 DE
LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES QUE SE AFIANZAN; F) QUE SI ES PRORROGADO EL PLAZO ESTABLECIDO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, O EXISTA ESPERA, LA VIGENCIA DE ESTA FIANZA QUEDARÁ AUTOMÁTICAMENTE PRORROGADA EN CONCORDANCIA CON DICHA PRÓRROGA O ESPERA; G) QUE LA FIANZA CONTINUARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS Y MEDIOS DE DEFENSA LEGALES QUE, EN SU CASO, SEAN INTERPUESTOS POR CUALQUIERA DE LAS PARTES, HASTA QUE SE DICTE LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA POR AUTORIDAD COMPETENTE, AFIANZADORA (especificar
la institución afianzadora que expide la garantía), ADMITE EXPRESAMENTE SOMETERSE INDISTINTAMENTE, Y A ELECCIÓN DEL BENEFICIARIO, A CUALESQUIERA DE LOS PROCEDIMIENTOS LEGALES ESTABLECIDOS EN LOS ARTÍCULOS 93 Y/O 94 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS EN VIGOR O, EN SU CASO, A TRAVÉS DEL PROCEDIMIENTO QUE ESTABLECE EL ARTÍCULO 63 DE LA LEY DE PROTECCIÓN Y DEFENSA AL USUARIO DE SERVICIOS FINANCIEROS VIGENTE. FIN DE TEXTO.
ANEXO NÚMERO 9 (NUEVE)
FORMATO PARA LA MANIFESTACION QUE DEBERA PRESENTAR EL LICITANTE PARA DAR CUMPLIMIENTO A LA REGLA SEPTIMA DEL ACUERDO REFORMADO CON FECHA 14 DE OCTUBRE DE 2010 (GRADO DE CONTENIDO NACIONAL).
de de
CONSEJERIA JURIDICA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATAN DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS CJ-DA-INV3-004-11
Me refiero al procedimiento Número en el que mi representada, la empresa participa a través de la propuesta que se contiene en el presente sobre. Sobre el particular, y en los términos de lo previsto en el Acuerdo por el que se establecen las Reglas para la determinación del grado de contenido nacional, tratándose de procedimientos de contratación de carácter nacional, manifiesto que el que suscribe, declara bajo protesta de decir verdad, que el servicio que oferta mi representada en dicha propuesta, bajo la partida No. , serán efectuada por empresa mexicana y trabajadores nacionales, de conformidad al contenido del artículo 28 fracción I de la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Publica.
Atentamente
Nombre y firma del Representante Legal
ANEXO NÚMERO 10 (DIEZ)
FORMATO DEL MODELO DE CONTRATO DE ADQUISICIÓN DE SERVICIOS
Contrato (indicar en su caso, si se trata de un contrato abierto, de no ser así, suprimir el espacio) de adquisición de que celebran por una parte la Consejería Jurídica del poder ejecutivo del Gobierno del Estado de Yucatán, que en lo sucesivo se denominará “LA CONSEJERIA”, representado en este acto por el C. , en su carácter de
y, por la otra , en lo subsecuente “EL PROVEEDOR”, representada por el C. , en su carácter de , al tenor de las siguientes declaraciones y cláusulas:
En caso de discrepancia entre la convocatoria a la licitación pública y el contrato, prevalecerá lo establecido en la convocatoria.
D E C L A R A C I O N E S
I. “LA CONSEJERIA”, declara a través de su representante legal que:
I.1. Es un organismo público xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
I.2. Está facultado para adquirir toda clase de servicios en términos de la legislación vigente, para la consecución de los fines para los que fue creado, de conformidad con el artículo xxxxx,
I.3. Su representante, el C. , en su carácter de , se encuentra facultado para suscribir el presente instrumento jurídico en representación de “LA CONSEJERIA”, de acuerdo al poder que le fue conferido en la Escritura Pública número , del __ de de , otorgada ante la fe del Licenciado , Notario Público número de la ciudad de , inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio de , en el folio mercantil número .
I.4. Para el cumplimiento de sus funciones y la realización de sus actividades, requiere de la adquisición de (describir en términos generales los servicios objeto de la compra).
I.5. Para cubrir las erogaciones que se deriven del presente contrato, cuenta con recursos disponibles suficientes, no comprometidos, en la partida presupuestal número , de conformidad con el dictamen de disponibilidad presupuestal número _ , mismo que se agrega al presente instrumento jurídico como Anexo ( ).
NOTA: (Se deberá insertar el texto siguiente, en tratándose de aquellos contratos que sean suscritos en un ejercicio presupuestario anterior al del inicio de su vigencia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25, segundo párrafo de la LAASSP):
Los recursos presupuestarios a ejercer con motivo del presente instrumento jurídico, quedan sujetos para fines de ejecución y pago, a la disponibilidad presupuestaria con que cuente “LA CONSEJERIA”, conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación que apruebe la X. Xxxxxx de Diputados del Congreso de la Unión, sin responsabilidad alguna para “LA CONSEJERIA”.
Los compromisos excedentes no cubiertos durante el presente ejercicio, quedan sujetos para fines de ejecución y pago, a la disponibilidad presupuestaria con que cuente “LA CONSEJERIA”, conforme al Presupuesto de Egresos de la Federación que apruebe la X. Xxxxxx de Diputados del Congreso de la Unión, sin responsabilidad alguna para “LA CONSEJERIA”.
I.6. El presente contrato fue adjudicado a “EL PROVEEDOR” mediante el procedimiento de invitación a cuando menos tres personas Nacional numero , con fundamento en lo dispuesto por los artículos 134, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de conformidad con los artículos 26 fracción I, 26 Bis fracción III, (en caso de la participación de testigos sociales deberá incluirse el artìculo 26 Ter), 27, 28, fracción I, 29, 30, 32, 33 Bis, 34, 35 y 39,(en caso de que se adjudique por contrato abierto, se deberá incluir el artículo 47 de la Ley) de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y su Reglamento.
I.7. Con fecha de de , la (indicar la denominación de la unidad administrativa adquirente), emitió el (anotar el documento o acto en el que consta la adjudicación y su fecha de emisión) del procedimiento de contratación mencionado en la Declaración que antecede.
I.8 Conforme a lo previsto en el artículo 103 A, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “EL PROVEEDOR” en caso de auditorías, visitas o inspecciones que practique la Secretaría de la Función Pública y representantes de “LA CONSEJERIA”, deberá proporcionar la información que en su momento se requiera, relativa al presente contrato.
I.9. Señala como domicilio para todos los efectos de este acto jurídico el ubicado en
(indicar el domicilio de la unidad administrativa contratante, señalando calle, número, colonia, código postal y ciudad).
II. “EL PROVEEDOR” declara que:
NOTA: (Si “EL PROVEEDOR” fuese una persona moral, se empleará el texto siguiente:)
II.1. Es una persona moral constituida de conformidad con las leyes de los Estados Unidos Mexicanos, según consta en la Escritura Pública (Póliza) número , del de de , otorgada ante la fe del Licenciado , Notario (Corredor) Público número de la ciudad de , inscrita en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio, bajo el folio mercantil número , de fecha .”
II.2. Se encuentra representada para la celebración de este contrato, por el C. , quien acredita su personalidad en términos de la Escritura Pública número , del de de
, otorgada ante la fe del Licenciado , Notario Público número , de la ciudad de , y manifiesta bajo protesta de decir verdad, que las facultades que le fueron conferidas no le han sido revocadas, modificadas ni restringidas en forma alguna.
II.3. De acuerdo con sus estatutos, su objeto social consiste entre otras actividades, en
(precisar las facultades del proveedor para la venta de servicios, conforme al acta constitutiva de la sociedad mercantil).
NOTA: (Si “EL PROVEEDOR” fuese una persona física, se empleará el siguiente texto, en sustitución a las Declaraciones II.1, II.2 y II.3, en la inteligencia de que se deberá ajustar la numeración)
II.1. Es una persona física, con actividades empresariales dedicada a , con capacidad legal para obligarse en los términos del presente contrato.”
II.4. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público le otorgó el Registro Federal de Contribuyentes número .
II.5. Manifiesta bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
NOTA: (En caso de que el importe del contrato sea superior al límite impuesto por la S.H.C.P., en la miscelánea fiscal del ejercicio correspondiente ($300,000.00), deberá insertarse la siguiente declaración:)
II.6. Cuenta con el acuse de recepción de la solicitud de opinión ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT), relacionada con el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en los términos que establece la fracción I, de la Regla I2.1.17 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el presente ejercicio, de conformidad con el artículo 32 D, del Código Fiscal de la Federación, del cual presenta copia a “LA CONSEJERIA”, para efectos de la suscripción del presente contrato y se adjunta como Anexo ( ).
II.7. Manifiesta bajo protesta de decir verdad, que dispone de la organización, experiencia, elementos técnicos, humanos y económicos necesarios, así como con la capacidad suficiente para satisfacer de manera eficiente y adecuada las necesidades de “LA CONSEJERIA”.
II.8. Señala como domicilio legal para todos los efectos de este acto jurídico, el ubicado en
. (indicar el domicilio legal, señalando calle, número, colonia, código postal y ciudad).
Hechas las declaraciones anteriores, las partes convienen en otorgar el presente contrato, de conformidad con las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.- “LA CONSEJERIA” se obliga a adquirir de “EL PROVEEDOR” y
éste se obliga a suministrar los servicios cuyas características, especificaciones se describen en el
Anexo ( ). (en este anexo, se deben detallar los servicios a adquirir, cantidad,
especificaciones técnicas, marcas, etc)
NOTA: (En tratándose de contratos abiertos con un mínimo y máximo de servicios a adquirir se deberá insertar la siguiente redacción, en sustitución del párrafo que antecede:)
“PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.- “LA CONSEJERIA” se obliga a adquirir de “EL PROVEEDOR” y
éste se obliga a suministrar los servicios cuyas características, especificaciones y cantidades se describen en el Anexo _ ( ). (en este anexo, se deben detallar los servicios a adquirir, cantidad mínima y máxima, especificaciones técnicas, marcas, etc), en el que se identifica la cantidad mínima de servicios como compromiso de adquisición y la cantidad máxima de servicios susceptibles de adquisición.”
SEGUNDA- IMPORTE DEL CONTRATO.- “LA CONSEJERIA” se obliga a cubrir a “EL PROVEEDOR” como
contraprestación por los servicios objeto del presente instrumento jurídico, la cantidad total de
$ ( ) (indicar el precio total a pagar con número y letra), más el Impuesto al Valor Agregado, de conformidad con los precios unitarios que se indican en el Anexo
( ).
NOTA: (En tratándose de contratos abiertos con un mínimo y un máximo de servicios a adquirir se deberá insertar la siguiente redacción, en sustitución del párrafo que antecede:)
“SEGUNDA- IMPORTE DEL CONTRATO.- “LA CONSEJERIA” cuenta con un presupuesto mínimo como compromiso de pago por los servicios objeto del presente instrumento jurídico, por un importe de
$ ( ) más el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.) y un presupuesto máximo susceptible de ser ejercido por la cantidad de $ ( ) más I.V.A., de conformidad con los precios unitarios que se relacionan en el Anexo ( ).”
Las partes convienen que el presente contrato se celebra bajo la modalidad de precios fijos, por lo que el monto de los mismos no cambiará durante la vigencia del mismo.
TERCERA.- FORMA DE PAGO.- “LA CONSEJERIA” se obliga a pagar a “EL PROVEEDOR”, la cantidad señalada en la Cláusula inmediata anterior en pesos mexicanos, dentro de los 20 días naturales posteriores a la entrega de los servicios por parte de “EL PROVEEDOR”, de los siguientes documentos:
Original y copia de la factura que reúna los requisitos fiscales respectivos, en la que se indique los servicios proporcionados, número de proveedor, número de contrato, en su caso, el número de la(s) orden(es) de reposición, que ampara(n) dichos servicios, número de alta, número de fianza y denominación social de la afianzadora, misma que deberá ser entregada en (se deberá
señalar la unidad administrativa responsable de efectuar el pago, así como su domicilio y horario de atención).
En caso de que “EL PROVEEDOR” presente su factura con errores o deficiencias, el plazo de pago se ajustará en términos del artículo 90 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Anexo a la solicitud de pago electrónico ( intrabancario e interbancario) “EL PROVEEDOR” deberá presentar original y copia de la cédula del Registro Federal de Contribuyentes, poder notarial e identificación oficial; los originales se solicitan únicamente para cotejar los datos y le serán devueltos en el mismo acto a “EL PROVEEDOR”.
“EL PROVEEDOR” que celebre contrato de cesión de derechos de cobro, deberá notificarlo por escrito a “LA CONSEJERIA”, con un mínimo de 5 (cinco) días naturales anteriores a la fecha de pago programada, entregando invariablemente una copia de los contra-recibos cuyo importe se cede, además de los documentos sustantivos de dicha cesión. El mismo procedimiento aplicará en el caso de que “EL PROVEEDOR” celebre contrato de cesión de derechos de cobro a través de factoraje financiero conforme al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo.
El pago de los servicios quedará condicionado proporcionalmente al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso.
CUARTA.- PLAZO, LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA.- “EL PROVEEDOR” se compromete y será
responsable de suministrar a “LA CONSEJERIA” los servicios que se mencionan en la Cláusula Primera del presente instrumento jurídico, dentro de los plazos señalados en el calendario de entregas, en los horarios y en los lugares de destino final que se indican en el Anexo ( ).
“EL PROVEEDOR” podrá proporcionar los servicios antes del vencimiento del plazo establecido para tal efecto, previa conformidad de “LA CONSEJERIA”.
“NOTA: (En tratándose de contratos abiertos, en términos de lo previsto en el artículo 85, fracción I, del Reglamento, atendiendo a la naturaleza y a las características de los servicios, se establecerá la cantidad o presupuesto mínimo y máximo que podrá requerirse en cada orden de reposición con cargo al contrato.”
“EL PROVEEDOR” se compromete a realizar los servicios a partir del día de de 2010.
QUINTA.- VIGENCIA.- Las partes convienen en que la vigencia del presente contrato comprenderá del de al de de .
SÉXTA.- PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES.- “EL PROVEEDOR” se obliga a no
ceder en forma parcial ni total, a favor de cualquier otra persona física o moral, los derechos y obligaciones que se deriven de este Contrato.
“EL PROVEEDOR” sólo podrá ceder los derechos de cobro que se deriven del presente contrato, de acuerdo con lo estipulado en la Cláusula Tercera, del presente instrumento jurídico.
SEPTIMA.- RESPONSABILIDAD.- “EL PROVEEDOR” se obliga a responder por su cuenta y riesgo de los daños y/o perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte, lleguen a causar a “LA CONSEJERIA” y/o a terceros, con motivo de las obligaciones pactadas en este instrumento jurídico, o bien por los defectos o vicios ocultos en los servicios entregados, de conformidad con lo establecido en el artículo 53, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
OCTAVA.- IMPUESTOS Y/O DERECHOS.- Los impuestos y/o derechos que procedan con motivo de los servicios objeto del presente contrato, serán pagados por “EL PROVEEDOR” conforme a la legislación aplicable en la materia.
“LA CONSEJERIA” sólo cubrirá el Impuesto al Valor Agregado de acuerdo a lo establecido en las disposiciones fiscales vigentes en la materia.
NOVENA.- PATENTES Y/O MARCAS.- “EL PROVEEDOR” se obliga para con “LA CONSEJERIA”, a
responder por los daños y/o perjuicios que le pudiera causar a éste o a terceros, si con motivo de la entrega de los servicios adquiridos viola derechos de autor, de patentes y/o marcas u otro derecho reservado a nivel nacional o internacional.
Por lo anterior, “EL PROVEEDOR” manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción a la Ley Federal del Derecho de Autor, ni a la Ley de la Propiedad Industrial.
En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de “LA CONSEJERIA” por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de éste será la de dar aviso en el domicilio previsto en este instrumento a “EL PROVEEDOR”, para que éste lleve a cabo las acciones necesarias que garanticen la liberación de “LA CONSEJERIA” de cualquier controversia o responsabilidad de carácter civil, mercantil, penal o administrativa que, en su caso, se ocasione.
DÉCIMA - GARANTÍAS.- “EL PROVEEDOR” se obliga a otorgar a “LA CONSEJERIA”, las garantías que se enumeran a continuación:
GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.- “EL PROVEEDOR” se obliga a otorgar, dentro de un plazo xx xxxx días naturales contados a partir de la firma de este instrumento, una garantía de cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo derivadas del presente Contrato, mediante fianza expedida por compañía autorizada en los términos de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, y a favor de la “Consejería Jurídica del poder ejecutivo del Gobierno del Estado de Yucatán ”, por un monto equivalente al 10% (diez por ciento) sobre el importe que se indica en la Cláusula Segunda del presente contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado
(en tratándose de contratos abiertos, deberá señalarse que el porcentaje de la garantía será sobre el monto máximo del contrato).
“EL PROVEEDOR” queda obligado a entregar a “LA CONSEJERIA” la póliza de fianza, apegándose al formato que se integra al presente instrumento jurídico como Anexo ( ), en ubicada en .
Una vez cumplidas las obligaciones de “EL PROVEEDOR” en este contrato a satisfacción de “LA CONSEJERIA”, se procederá inmediatamente a extender la constancia de cumplimiento de las obligaciones contractuales para que se dé inicio por parte de “EL PROVEEDOR” a los trámites para la cancelación de las garantía de cumplimiento del contrato ante la afianzadora correspondiente.
Dicha póliza de garantía de cumplimiento del contrato será devuelta a “EL PROVEEDOR” una vez que “LA CONSEJERIA” le otorgue autorización por escrito, para que éste pueda solicitar a la afianzadora correspondiente la cancelación de la fianza, autorización que se entregará a “EL PROVEEDOR”, siempre que demuestre haber cumplido con la totalidad de las obligaciones adquiridas por virtud del presente contrato.
NOTA: (En el supuesto de que el monto del contrato adjudicado sea igual o menor a 600 xxxx xx xxxxxxx mínimo general vigente en el Distrito Federal, el proveedor podrá presentar la garantía de cumplimiento de las obligaciones estipuladas en este contrato en los términos que anteceden o bien, mediante cheque certificado, debiéndose insertar el texto siguiente:)
“GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.- “EL PROVEEDOR” se obliga a otorgar, dentro de un plazo xx xxxx días naturales contados a partir de la firma de este instrumento, una garantía de cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo derivadas del presente Contrato, mediante cheque certificado, por un importe equivalente al 10 % (diez por ciento), del monto total del contrato, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado, a favor de “LA CONSEJERIA”, para lo cual, se deberá seguir el procedimiento siguiente:
a) El cheque debe expedirse a nombre de la Consejería Jurídica del poder ejecutivo Gobierno del Estado de Yucatán.
b) Dicho cheque deberá ser resguardado, a título de garantía, en (señalar el área de tesorería y/o su equivalente en los órganos de operación administrativa desconcentrada).
c) El cheque será devuelto a más tardar el segundo día hábil posterior a que “LA CONSEJERIA” constate el cumplimiento del contrato. En este caso, la verificación del cumplimiento del contrato por parte de “LA CONSEJERIA” deberá hacerse a más tardar el tercer día hábil posterior a aquél en que “EL PROVEEDOR” de aviso de la entrega de los servicios objeto del presente instrumento.
DÉCIMA PRIMERA.- EJECUCIÓN DE LA PÓLIZA DE FIANZA DE CUMPLIMENTO DE ESTE CONTRATO.- “LA
CONSEJERIA” llevará a cabo la ejecución de la garantía de cumplimiento del contrato en los casos siguientes:
a) Se rescinda administrativamente este contrato.
b) Durante su vigencia se detecten deficiencias, fallas o calidad inferior en los servicios suministrados, en comparación con los ofertados.
c) Cuando en el supuesto de que se realicen modificaciones al contrato, no entregue “EL PROVEEDOR” en el plazo pactado, el endoso o la nueva garantía, que ampare el porcentaje establecido para garantizar el cumplimiento del presente instrumento, establecido en la Cláusula DÉCIMA PRIMERA inciso b).
Por cualquier otro incumplimiento de las obligaciones contraídas en este contrato.
La garantía de cumplimiento, se hará efectiva por el monto total de la obligación garantizada, en caso de que por las características de los servicios o servicios entregados, éstos no puedan ser utilizados por el “CONSEJERIA” por estar incompletos, la garantía siempre se hará efectiva por el monto total de la obligación garantizada.
DÉCIMA SEGUNDA.- PENAS CONVENCIONALES POR ATRASO EN LA ENTREGA DE LOS SERVICIOS
ADJUDICADOS.- “LA CONSEJERIA” aplicará una pena convencional por cada día de atraso en la entrega de los servicios, por el equivalente al 1%, (uno por ciento) sobre el valor total de lo incumplido, sin incluir el IVA.
La pena convencional por atraso se calculará por cada día de incumplimiento, de acuerdo con el porcentaje de penalización establecido, aplicado al valor de los servicios entregados con atraso, y de manera proporcional al importe de la garantía de cumplimiento que corresponda a la orden de reposición o concepto y no por la totalidad del contrato. La suma de las penas convencionales no deberá exceder el importe de dicha garantía.
“EL PROVEEDOR” a su vez, autoriza a “LA CONSEJERIA” a descontar las cantidades que resulten de aplicar la pena convencional, sobre los pagos que deberá cubrir a “EL PROVEEDOR”.
Conforme a lo previsto en el penúltimo párrafo del artículo 96, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no se aceptará la estipulación xx xxxxx convencionales, ni intereses moratorios a cargo de “LA CONSEJERIA”.
DÉCIMA TERCERA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA.- De conformidad con lo establecido en el artículo 54 Bis, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “LA CONSEJERIA” podrá dar por terminado anticipadamente el presente Contrato sin responsabilidad para éste y sin necesidad de que medie resolución judicial alguna, cuando concurran razones de interés general o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios objeto del presente Contrato, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría algún daño o perjuicio a “LA CONSEJERIA” o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al presente instrumento jurídico, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública.
En estos casos “LA CONSEJERIA” reembolsará a “EL PROVEEDOR” los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que estos sean razonables, estén comprobados y se relacionen directamente con el presente instrumento jurídico.
DÉCIMA CUARTA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.- “LA CONSEJERIA” podrá rescindir
administrativamente el presente contrato en cualquier momento, cuando “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a su cargo, de conformidad con el procedimiento previsto en el artículo 54, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. “LA CONSEJERIA” podrá suspender el trámite del procedimiento de rescisión, cuando se hubiera iniciado un procedimiento de conciliación respecto del contrato materia de la rescisión.
DÉCIMA QUINTA.- CAUSAS DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO.- “LA CONSEJERIA” podrá
rescindir administrativamente este contrato sin más responsabilidad para el mismo y sin necesidad de resolución judicial, cuando “EL PROVEEDOR” incurra en cualquiera de las causales siguientes:
Cuando no entregue la garantía de cumplimiento del contrato, dentro del término de 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del mismo.
Cuando incurra en falta de veracidad total o parcial respecto a la información proporcionada para la celebración del contrato.
Cuando se incumpla, total o parcialmente, con cualesquiera de las obligaciones establecidas en el este instrumento jurídico y sus anexos.
Cuando se compruebe que “EL PROVEEDOR” haya proporcionado servicios con descripciones y características distintas a las pactadas en el presente instrumento jurídico.
En caso de que “EL PROVEEDOR” no reponga los servicios que le hayan sido devueltos para canje, por problemas de calidad, defectos o vicios ocultos, de acuerdo a lo estipulado en el presente contrato.
Cuando se transmitan total o parcialmente, bajo cualquier título, los derechos y obligaciones pactadas en el presente instrumento jurídico, con excepción de los derechos de cobro, previa autorización de “LA CONSEJERIA”.
Si la autoridad competente declara el concurso mercantil o cualquier situación análoga o equivalente que afecte el patrimonio de “EL PROVEEDOR”.
En caso de que durante la vigencia del contrato, se suspenda o retire el Certificado que avala el cumplimiento de la Norma Oficial Mexicana, Norma Mexicana, Norma Internacional o especificación técnica aplicable, y, no se haya recibido su renovación ante un Organismo de Certificación acreditado.
En el supuesto de que la Comisión Federal de Competencia, de acuerdo a sus facultades, notifique a “LA CONSEJERIA”. la sanción impuesta a “EL PROVEEDOR”, con motivo de la colusión de precios en que hubiese incurrido durante el procedimiento licitatorio, en contravención a lo
dispuesto en los artículos 9, de la Ley Federal de Competencia Económica, y 34, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
NOTA: (En caso de existir otros supuestos de rescisión, por la naturaleza de los servicios a contratar, se deberán incorporar en la presente cláusula, después del numeral que antecede).
DÉCIMA SÉXTA.- PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN.- Para el caso de rescisión administrativa las partes convienen en someterse al siguiente procedimiento:
Si “LA CONSEJERIA” considera que “EL PROVEEDOR” ha incurrido en alguna de las causales de rescisión que se consignan en la Cláusula que antecede, lo hará saber a “EL PROVEEDOR” de forma indubitable por escrito a efecto de que éste exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes, en un término de 5 (cinco) días hábiles, a partir de la notificación de la comunicación de referencia.
Transcurrido el término a que se refiere el párrafo anterior, se resolverá considerando los argumentos y pruebas que hubiere hecho valer.
La determinación de dar o no por rescindido administrativamente el contrato, deberá ser debidamente fundada, motivada y comunicada por escrito a “EL PROVEEDOR”, dentro de los 15 (quince) días hábiles siguientes, al vencimiento del plazo señalado en el inciso a), de esta Cláusula.
En el supuesto de que se rescinda el contrato, “LA CONSEJERIA” no aplicará las penas convencionales, ni su contabilización para hacer efectiva la garantía de cumplimiento de este instrumento jurídico.
Para los efectos del párrafo que antecede, y de conformidad con el artículo 96 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, la aplicación de la garantía de cumplimiento será proporcional al monto de las obligaciones incumplidas, salvo que por las características de los servicios entregados, éstos no puedan funcionar o ser utilizados por “LA CONSEJERIA”, por estar incompletos, en cuyo caso, la aplicación será por el total de la garantía correspondiente.
En caso de que “LA CONSEJERIA” determine dar por rescindido el presente contrato, se deberá formular un finiquito en el que se hagan constar los pagos que, en su caso, deba efectuar “LA CONSEJERIA” por concepto de los servicios entregados por “EL PROVEEDOR” hasta el momento en que se determine la rescisión administrativa.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato, “EL PROVEEDOR” entrega los servicios, el procedimiento iniciado quedará sin efectos, previa aceptación y verificación de “LA CONSEJERIA” por escrito, de que continúa vigente la necesidad de contar con los servicios y aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.
“LA CONSEJERIA” podrá determinar no dar por rescindido el contrato, cuando durante el procedimiento advierta que dicha rescisión pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas. En este supuesto, “LA CONSEJERIA” elaborará un dictamen
en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del contrato resultarían más inconvenientes.
De no darse por rescindido el contrato, “LA CONSEJERIA” establecerá, de conformidad con “EL PROVEEDOR” un nuevo plazo para el cumplimiento de aquellas obligaciones que se hubiesen dejado de cumplir, a efecto de que “EL PROVEEDOR” subsane el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento de rescisión. Lo anterior, se llevará a cabo a través de un convenio modificatorio en el que se considere lo dispuesto en los dos últimos párrafos del artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DÉCIMA SEPTIMA.- MODIFICACIONES.- De conformidad con lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, “LA CONSEJERIA” podrá celebrar por escrito convenio modificatorio al presente contrato dentro de la vigencia del mismo. Para tal efecto, “EL PROVEEDOR” se obliga a presentar, en su caso, la modificación de la garantía, en términos del artículo 103, del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DÉCIMA OCTAVA.- RELACIÓN DE ANEXOS.- Los anexos que se relacionan a continuación son rubricados de conformidad por las partes y forman parte integrante del presente contrato.
DECIMA NOVENA.- LEGISLACIÓN APLICABLE.- Las partes se obligan a sujetarse estrictamente para el cumplimiento del presente contrato, a todas y cada una de las cláusulas del mismo, a la convocatoria a la licitación pública, y sus bases (esto último en caso de que la adjudicación se haya realizado por licitación pública o invitación a cuando menos tres personas), así como a lo establecido en la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento, el Código Civil Federal, el Código Federal de Procedimientos Civiles, la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y las disposiciones administrativas aplicables en la materia.
VIGÉSIMA- JURISDICCIÓN.- Para la interpretación y cumplimiento de este instrumento jurídico, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, las partes se someten a la jurisdicción de los tribunales federales competentes de la Ciudad de , renunciando a cualquier otro fuero presente o futuro que por razón de su domicilio les pudiera corresponder.
Previa lectura y debidamente enteradas las partes del contenido, alcance y fuerza legal del presente contrato, en virtud de que se ajusta a la expresión de su libre voluntad y que su consentimiento no se encuentra afectado por dolo, error, mala fe ni otros vicios de la voluntad, lo firman y ratifican en todas sus partes, por (número de ejemplares en original que serán suscritos), en la Ciudad de (lugar donde se firmará el contrato), el día de del año
.
“LA CONSEJERIA”
CONSEJERIA JURIDICA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATAN
(Nombre completo y cargo del representante de la Consejería conforme a lo indicado en el proemio)
“EL PROVEEDOR”
(NOMBRE COMPLETO DE LA EMPRESA)
(Nombre completo y cargo del representante del proveedor conforme a lo indicado en el proemio)
ADMINISTRA ESTE CONTRATO POR EL ÁREA SOLICITANTE
(Nombre completo y cargo del servidor público facultado por la unidad administrativa solicitante de los servicios) POR EL ÁREA USUARIA
(Nombre completo y cargo del servidor público facultado por la unidad administrativa usuaria de los servicios)
NOTA: (Cuando exista coincidencia entre el área usuaria y la solicitante, se deberá señalar únicamente un espacio de firmas para el servidor público encargado de la administración del contrato)
ANEXO NUMERO 11 (once)
NOTA: El licitante presentará este manifiesto bajo protesta de decir verdad, en el caso de que no presente el documento expedido por autoridad competente que determine su estratificación como MIPYME.
CONSEJERIA JURIDICA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE YUCATAN. DIRECCIÓN DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
INVITACION A CUANDO MENOS TRES PERSONAS CJ-DA-INV3-004-11
FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LOS LINEAMIENTOS PARA FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN DE LAS MICRO, PEQUEÑAS y MEDIANAS EMPRESAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIÓN Y ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES, ASÍ COMO LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS QUE REALICEN LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL.
(2)
Presente.
Me refiero al procedimiento
de de (1)
(3) No. (4) en el que mi representada. la empresa
(5) participa a través de la propuesta que se contiene en el presente sobre.
Sobre el particular, y en los términos de lo previsto por los "Lineamientos para fomentar la participación de las micro, pequeñas y medianas empresas en los procedimientos de adquisición y arrendamiento de bienes muebles así como la contratación de servicios que realicen las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal", declaro bajo protesta decir verdad, que mi representada pertenece al sector (6) , cuenta con
(7) empleados de planta registrados ante el IMSS y con (8) personas
subcontratadas y que el monto de las ventas anuales de mi representada es de (9) obtenido en el ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales. Considerando lo anterior, mi representada se encuentra en el rango de una empresa (10) atendiendo a lo siguiente:
Estratificación | ||||
Tamaño (10) | Sector (6) | Rango de número de trabajadores (7) + (8) | Rango de monto de ventas anuales (MDP) (9) | Tope máximo combinado |
Micro | Todas | Hasta 10 | Hasta $4 | 4.6 |
Pequeña | Comercio | 11 hasta 30 | Desde $4.01 hasta $100 | 93 |
Industria y Servicios | Desde 11 hasta 50 | Desde $4.01 hasta $100 | 95 | |
Mediana | Comercio, | Desde 31 hasta 100 | $100.01 Hasta $250 | 235 |
Servicios | Desde 51 hasta 100 | |||
Industria | Desde 51 hasta 250 | $100.01 Hasta $250 | 250 |
*Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) X 10% + (Ventas Anuales) X 90%)
(7) (8) El número de trabajadores será el que resulte de la sumatoria de los puntos (7) y (8)
(10) El Tamaño de la empresa se determinará a partir del puntaje obtenido conforme a la siguiente fórmula: Puntaje de la empresa = (Número de trabajadores) X 10% + (Monto de Ventas Anuales) X 90% el cual debe ser igual o menor al Tope Máximo Combinado de su categoría.
Asimismo, manifiesto, bajo protesta de .decir verdad, que el Registro Federal de Contribuyentes de mi representada es:
(11) y que el Registro Federal de Contribuyentes del (los) fabricante(s) de los bienes que integran mi oferta, es (son): ( 12 ) .
ATENTAMENTE
(13)
XXXXXXXXXXXX XXX XXXXX XXXXXX 00
INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LOS LINEAMIENTOS PARA FOMENTAR LA PARTICIPACIÓN DE LAS MICRO, PEQUEÑAS y MEDIANAS EMPRESAS EN LOS PROCEDIMIENTOS DE ADQUISICIÓN Y ARRENDAMIENTO DE BIENES MUEBLES ASÍ COMO LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS QUE REALICEN LAS DEPENDENCIAS y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL
1 | Señalar la fecha de suscripción del documento. |
2 | Anotar el nombre de la dependencia o entidad convocante |
3 | Precisar el procedimiento de que se trate, licitación pública, invitación a cuando menos tres personas o adjudicación directa |
4 | Indicar el número respectivo del procedimiento |
5 | Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa. |
6 | Indicar con letra el sector al que pertenece (Industria, Comercio o Servicios) |
7 | Anotar el número de trabajadores de planta inscritos en eI IMSS. |
8 | En su caso, anotar el número de personas subcontratadas. |
9 | Señalar el rango de monto de ventas anuales en millones de pesos (mdp), conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales. |
10 | Señalar con letra el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme a la fórmula anotada al pie del cuadro de estratificación. |
11 | Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del licitante |
12 | Cuando el procedimiento tenga por objeto la adquisición de bienes y el licitante y fabricante sean personas distintas, indicar el Registro Federal de Contribuyentes del (los) fabricante(s) de los bienes que integran la oferta. |
13 | Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante. |
ANEXO 12
MODELO DE PROPUESTA TECNICA
Xxxxx y fecha de expedición: ......................
Invitación a cuando menos tres personas No. CJ-DA-INV3-004-11
CONSEJERIA JURIDICA DEL PODER EJECUTIVO DEL GOBIERNO DEL ESTADO DIRECCION DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS
ME PERMITO SOMETER A SU CONSIDERACION LA SIGUIENTE PROPUESTA:
(Plasmar su propuesta técnica)
ATENTAMENTE
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NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL