DATOS DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACI N ELECTR NICA
DATOS DEL EXPEDIENTE DE CONTRATACI N ELECTR NICA
CONSEJER˝A/ORGANISMO CONTRATANTE: Direcci n Provincial de Educaci x xx Xxxxxx
C DIGO CONTRATO: A2023/014896-001
TIPO CONTRATO: Servicios
T˝TULO EXPEDIENTE: Transporte escolar Ruta 900118 CEIP CRA XXXX XXXXXX, SONCILLO
OBJETO DEL CONTRATO: Transporte escolar de la ruta 900118 con destino al CEIP CRA XXXX XXXXXX, de la localidad de SONCILLO, con una previsi n de 3 paradas a realizar y 8 pasajeros a transportar, por lo que ser a preciso, como m nimo, un veh culo tipo B .
TIPO DE TRAMITACI N: Ordinaria
PROCEDIMIENTO DE CONTRATACI N:
Negociado sin publicidad
TRAMITACI N ECON MICA: Normal
UNIDAD PROMOTORA: Secci n de Gesti n Econ mica y Contrataci n
IVA: 2.470,20
IMPORTE DE LICITACI N SIN IVA: 24.702,00
IMPORTE DE LICITACI N CON IVA: 27.172,20
DATOS DE LICITACI N
DATOS DE ADJUDICACI N | |
NOMBRE ADJUDICATARIO: XXXX XXXXX XXXX XXXXXXXXX S.L. | |
NIF ADJUDICATARIO: B48921480 | |
IMPORTE DE ADJUDICACI N SIN IVA: 24.702,00 % DE BAJA ADJUDICACI N: | 0,00 % |
IMPORTE DE ADJUDICACI N CON IVA: 27.172,20 | |
En letra IMPORTE TOTAL: Veintisiete mil ciento setenta y dos euros con veinte cØntimos |
REUNIDOS
DE UNA PARTE , D. J osØ Xxxxxxx Xxx x Xxxxxx , en calidad de Director Provincial de Educaci n en Burgos, actuando en nombre y representaci n de la Direcci n Provincial xx Xxxxxx de la Consejer a de Educaci n , en virtud de las facultades conferidas por la ORDEN EDU/379/2018, de 5 xx xxxxx, por la que se modifica la Orden EDU/266/2005, de 25 de febrero, por la que se delegan en las Direcciones Provinciales de Educaci n las facultades que la legislaci n vigente atribuye al consejero como rgano de contrataci n respecto de los contratos en materia de transporte y comedor escolar, y Decreto 322/1999, de 23 de diciembre, por el que se crean las Direcciones Provinciales de Educaci n de las Delegaciones Territoriales de la Junta xx Xxxxxxxx y Le n, y
DE OTRA , D. Xxxxxxx Xxxxxxx `lvarez , con D.N.I. 13 117664M , actuando en nombre y representaci n, en calidad de Administrador œnico de la empresa XXX RAM X XXXX AUTOBUSES S.L. , con CIF n” X00000000 domiciliada en CIG ENZA (BURGOS) , X/ Xxx Xxxxxxx , x” 00; 1” (09 556 ), como persona adjudicataria.
Ambas partes se reconocen competencia y capacidad, respectivamente, para formalizar el presente contrato de carÆcter administrativo.
ANTECEDENTE ADMINISTRATIVO
Se inici el expediente n.” A2023/01 4896 para la contrataci n del servicio de transporte escolar de la ruta n .” 0900 118 con destino al CEIP CRA XXXX XXXXXX de la localidad de SONCILLO (BURGOS) , por Resoluci n de la Direcci n Provincial de Educaci x xx Xxxxxx .
CL`USULAS DE CONTRATO
Primer a .- Conforme al art. 35 .1.e) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Pœblico, por la que se transponen al ordenamiento jur dico espaæol las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 (L CSP en lo sucesivo) se hace constar que el presente contrato se integra , en primer tØrmino , por el presente documento , su clausulado y 2 anexos (I: clÆusulas contractuales para el encargado del tratamiento de datos y II: ficha de la ruta); ademÆs, por la propuesta presentada por el contratista y los pliegos de clÆusulas administrativas particulares y de prescripciones tØcnicas .
El objeto de este contrato es la prestaci n del servicio de transporte escolar de la ruta n.” 0900 118 durante el curso escolar 2023/2024, incorporando veh culos mÆs sostenibles y menos contaminantes,
con la finalidad de facilitar el desplazamiento gratuito de los alumnos a los que se refiere la Orden EDU 926/2004, de 9 xx xxxxx, con el objeto de garantizar les el acceso a los distintos niveles del sistema educativo en condiciones de igualdad.
La persona adjudicataria se compromete, con el veh culo matr cula 5295 KCB (o el que le sustituya, en caso de autorizarse la sustituci n del mismo) , a la ejecuci n del servicio de transporte escolar
de la ruta antes indicada, cuyos datos de identificaci n se encuentran recogidos en la ficha que figura como anexo a este documento, con estricta sujeci n a los Pliegos de ClÆusulas
Administrativas Particulares y de Prescripciones TØcnicas Particulares, do cumentos contractuales que acepta plenamente y de lo que deja constancia firmando este documento . En lo no previsto en ellos, se somete a la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Pœblico y al Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Pœblicas, aprobado por Real
Decreto 1098/2001, de 12 de octubre.
El veh culo adscrito a la prestaci n del servicio presentarÆ en todo momento un perfecto estado de conservaci n y limpieza. Para Østa, el contratista deberÆ utilizar productos respetuosos con el medio ambiente, biodegradables, limitando el uso de desinfectantes cloratos y no utiliz ando compuestos de sustancias nocivas como formaldehidos, paradiclofenoles y cloratos benzoles. Solo se podrÆ utilizar otros productos cuando en el mercado no exista un producto ecol gico equivalente.
Segunda La ejecuci n del servicio de transporte escolar serÆ para el curso 2023/2024, desde el
d a siguiente a la firma del presente contrato, hasta el d a 31 xx xxxxxx de 2024, de acuerdo con lo dispuesto en los Pliegos de ClÆusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones TØcnicas Particulares, contemplÆndose la posibilidad de la pr rroga para el curso 2024/2025 .
Tercera. - - El precio por expedici n , sin IVA, es de 69,00 presupuestaria G/322A04 /22300/2.
, …y se harÆ con cargo a la aplicaci n
El pago se materializarÆ de acuerdo con lo establecido en la clÆusula 18 del PCAP, en relaci n con el apartado 13 del cuadro de caracter sticas del contrato .
Cuarta. - De acuerdo con lo seæalado en el Pliego de ClÆusulas Administrativas Particulares, en este contrato no procederÆ revisi n de precios.
Quinta. - El contratista asume el compromiso de cumplir las normas y condiciones fijadas en los convenios colectivos que sean de aplicaci n .
Sexta. - El contratista se compromete a remitir a la Direcci n Provincial de Educaci x xx Xxxxxx, en los 15 d as siguientes a su emisi n, los recibos justificativos de los pagos de las p lizas de seguro del veh culo antes indicado (o del que le sustituyera, en caso de autorizarse la sustituci n del mismo),
con la frecuencia correspondiente a la periodicidad de pagos pactada con la compaæ a aseguradora (anual, trimestral u otra) de forma que acredite, durante toda la vigencia del presente contrato,
pr rrogas incluidas, que el veh culo autorizado para prestar el servicio cuenta con la cobertura exigida en el PCAP.
SØptima. - No se exige la constituci x xx xxxxxx a definitiva .
Sin perjuicio de lo anterior, el rØgimen de penalidades por incumplimiento del contrato es el previsto en el Pliego de ClÆusulas Administrativas Particulares.
Octava. - El adjudicatario se compromete a presentar durante el primer mes de ejecuci n del contrato , declaraci n responsable de que cumpl e con la obligaci n establecida por el art culo 13.5
de la Ley OrgÆnica 1/1996 de haber obtenido certificaci n negativa del Registro Central de delincuentes sexuales respecto de todos y cada uno de los trabajadores afectados por el contrato (existe modelo en el anexo 7 del PCAP)
Novena. - Con la firma de este contrato, el adjudicatario suscribe las CL`USULAS CONTRACTUALES PARA EL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO DE DATOS (ver anexo I de
este documento), cuyo texto figuraba como anexo V del PCAP.
DØcima. - El rgano de contrataci n podrÆ acordar la modificaci n del contrato por razones de interØs pœblico, de acuerdo a lo indicado en la clÆusula 19 del PCAP, estando contemplada en el apartado 17 del cuadro de caracter sticas la œnica causa para ello, como co nsecuencia de las variaciones xx xxxx que sea preciso realizar como consecuencia de actuaciones de las administraciones pœblicas, que supongan un incremento superior al 10 % de los kil metros a recorrer respecto a la ruta adjudicada y ello suponga, a su ve z, un incremento del precio del contrato no superior al 20% del precio de adjudicaci n.
UndØcima. - ProcederÆ la resoluci n del contrato en los supuestos contemplados en la clÆusula 21 del PCAP
Para la debida constancia de todo lo convenido, se firma este contrato en la fecha que figura en la firma electr nica de este documento .
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE EDUCACI N
EL ADJUDICATARIO
ANEXO I: CL`USULAS CONTRACTUALES PARA EL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO DE DATOS
(adjudicatario del contrato de servicios de transporte escolar)
PRIMERA. - OBJETO DEL CONTRATO
Mediante las presentes clÆusulas se habilita al adjudicatario del contrato del servicio de transporte firmante del contrato , como ENCARGADO/A DEL TRATAMIENTO DE DATOS , para tratar por cuenta de la Direcci n Provincial de Educaci x xx Xxxxxx, responsable del tratamiento, los datos de carÆcter personal necesarios
para ejecutar la prestaci n del servicio de transporte escolar arriba indicada
Concreci n de los tratamientos a realizar:
:Recogida Registro
Estructuraci n Modificaci n
Conservaci n Extracci n
:Consulta Comunicaci n por transmisi n
Difusi n Interconexi n
Cotejo Limitaci n
Supresi n :Destrucci n
:Comunicaci n
SEGUNDA. - IDENTIFICACI N DE LA INFORMACI N AFECTADA
Para la ejecuci n de las prestaciones derivadas del cumplimiento del objeto de este contrato, la Direcci n Provincial de Educaci x xx Xxxxxx, responsable del tratamiento, pone a disposici n del encargado del tratamiento, la informaci n que se describe a continuaci n:
Los datos personales para manejar podrÆn ser todos o algunos de los siguientes: x Nombre, apellidos, DNI, domicilio, nœmero de telØfono, centro escolar
Las personas a las que los datos se refieran podr an ser todas o algunas de las siguientes: x Alumnado transportado
x Progenitores/ tutores legales de los alumnos.
TERCERA. - DURACI N.
El presente acuerdo tiene una duraci n coincidente con el plazo de ejecuci n del contrato y la eventual pr rroga
Una vez finalice el presente contrato, el ENCARGADO DEL TRATAMIENTO debe devolver al RESPONSABLE, o al nuevo encargado que designe el responsable, los datos personales y suprimir cualquier copia que estØ en su poder, una vez acabada la prestaci n. No obstante, el ENCARGADO podrÆ conservar
una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades por la ejecuci n de la prestaci n.
CUARTA. - OBLIGACIONES DEL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO
El encargado del tratamiento y todo su personal se obliga a:
1) Presentar una declaraci n previa, antes de la formalizaci n del contrato, en la que ponga de manifiesto d nde van a estar ubicados los servidores y desde d nde se van a prestar los servicios asociados a los
mismos. Asimismo, estarÆ obligado a comunicar cua lquier cambio que se produzca, a lo largo de la vida del contrato, de la informaci n facilitada en la declaraci n.
2) Utilizar los datos personales objeto de tratamiento, o los que recoja para su inclusi n, s lo para la finalidad objeto de este encargo. En ningœn caso podrÆ utilizar los datos para fines propios
3) Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones del responsable del tratamiento. Si el encargado del tratamiento considera que alguna de las instrucciones infringe el RGPD o cualquier otra disposici n en materia de protecci n de datos de la Uni n o de lo s Estados miembros, el encargado informarÆ inmediatamente al responsable.
4) Llevar, por escrito, un registro de todas las categor as de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del responsable, que contenga:
1. El nombre y los datos de contacto del encargado o encargados y de cada responsable por cuenta del cual actœe el encargado y, en su caso, del representante del responsable o del encargado y del
delegado de protecci n de datos, as como las categor as de tratamientos efectuados por cuenta de cada responsable.
2. En su caso, las transferencias de datos personales a un tercer pa s u organizaci n internacional, incluida la identificaci n de dicho tercer pa s u organizaci n internacional y en el caso de las transferencias indicadas en el art culo 49 apartado 1, pÆr xxxx xxxxxxx del RGPD, la documentaci x xx xxxxxx as adecuadas.
3. Una descripci n general de las medidas tØcnicas y organizativas de seguridad relativas a:
a) La capacidad de garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.
b) La capacidad de restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rÆpida, en caso de incidente f sico o tØcnico.
c) El proceso de verificaci n, evaluaci n y valoraci n regulares de la eficacia de las medidas tØcnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento.
d) No comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorizaci n expresa del responsable del tratamiento, en los supuestos legalmente admisibles. El encargado puede comunicar los datos a otros encargados del tratamiento del mismo respons able, de acuerdo con las instrucciones del responsable. En este caso, el responsable identificarÆ, de forma previa y
por escrito, la entidad a la que se deben comunicar los datos, los datos a comunicar y las medidas de seguridad a aplicar para proceder a l a comunicaci n.
e) No se permite subcontratar ninguna de las prestaciones que formen parte del objeto de este contrato.
f) Garantizar que las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometan, de forma expresa y por escrito a respetar la confidencialidad y a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las que hay que informarles convenientemente.
g) Xxxxxxxx a disposici n del responsable la documentaci n acreditativa del cumplimiento de la obligaci n establecida en el apartado anterior.
h) Garantizar la formaci n necesaria en materia de protecci n de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.
5) Asistir al responsable del tratamiento en la respuesta al ejercicio de los derechos de:
a) Acceso, rectificaci n, supresi n y oposici n.
b) Limitaci n del tratamiento.
c) Portabilidad de datos.
d) A no ser objeto de decisiones individualizadas automatizadas (incluida elaboraci n de perfiles).
e) El encargado del tratamiento debe resolver, por cuenta del responsable, y dentro del plazo establecido, las solicitudes de ejercicio de los derechos de acceso, rectificaci n, supresi n y oposici n, limitaci n del tratamiento, portabilidad de datos y a no s er objeto de decisiones individualizadas automatizadas, en relaci n con los datos objeto de encargo.
6) Derecho de informaci n
El encargado del tratamiento, en el momento de la recogida de datos, debe facilitar la informaci n relativa a los tratamientos de datos que se van a realizar. La redacci n y el formato en que se facilitarÆ la informaci n se debe consensuar con el responsab le antes del inicio de la recogida de datos.
7) Notificaci n de violaciones de la seguridad de los datos
El encargado del tratamiento notificarÆ al responsable del tratamiento, sin dilaci n indebida, y en cualquier caso antes del plazo mÆximo de 72 horas hÆbiles y a travØs del correo electr xxxx con confirmaci n de lectura, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la informaci n relevante para la documentaci n y comunicaci n de la incidencia. No serÆ necesaria la notificaci n cuando sea improbable que dicha violaci n de la seguridad x xxxxxxxxx un riesgo para los derechos y las libertades de las personas f sicas.
Si se dispone de ella se facilitarÆ, como m nimo, la informaci n siguiente:
a. Descripci n de la naturaleza de la violaci n de la seguridad de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categor as y el nœmero aproximado de interesados afectados, y las categor as y el nœmero aproximado de registros de datos personales afectados.
b. El nombre y los datos de contacto del delegado de protecci n de datos o de otro punto de contacto en el que pueda obtenerse mÆs informaci n.
c. Descripci n de las posibles consecuencias de la violaci n de la seguridad de los datos personales.
d. Descripci n de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violaci n de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos.
Si no es posible facilitar la informaci n simultÆneamente, y en la medida en que no lo sea, la informaci n se facilitarÆ de manera gradual sin dilaci n indebida.
8) Destino de los datos:
Devolver a la persona que designe el responsable del tratamiento, los soportes f sicos en los que constaran los datos de carÆcter personal que Øste le hubiera entregado (en su caso), una vez cumplida prestaci n. En todo caso, la finalizaci n del contrato debe comportar el borrado total de los datos de carÆcter personal existentes en los equipos informÆticos utilizados por el encargado.
No obstante, Xxxx puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades hacia Øl por la ejecuci n de la prestaci n .
9) Dar apoyo al responsable del tratamiento en la realizaci n de las evaluaciones de impacto relativas a la protecci n de datos, cuando proceda.
10) Dar apoyo al responsable del tratamiento en la realizaci n de las consultas previas a la autoridad de control, cuando proceda.
11) Xxxxx disposici n del responsable toda la informaci n necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, as como para la realizaci n de las auditor as o las inspecciones que realicen el responsable u otro auditor autorizado por Øl.
12) Implantar las medidas de seguridad adecuadas que permitan:
a) Garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.
b) Restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rÆpida, en caso de incidente f sico o tØcnico.
c) Verificar, evaluar y valorar, de forma regular, la eficacia de las medidas tØcnicas y organizativas implantadas para garantizar la seguridad del tratamiento.
d) Xxxxxxxxxxxx y cifrar los datos personales, en su caso.
13) Designar un delegado de protecci n de datos si fuera obligatorio y comunicar su identidad y datos de contacto al responsable.
14) Subcontrataci n:
Si estÆ permitida la subcontrataci n en el PCAP y esta conlleva el tratamiento de datos de carÆcter personal, el encargado debe comunicarlo por escrito al responsable, identificando de forma clara e inequ voca la empresa subcontratista y sus datos de conta cto.
El subcontratista, que tambiØn tiene la condici n de encargado del tratamiento, estÆ obligado igualmente a cumplir las obligaciones establecidas en este documento para el encargado del tratamiento y las instrucciones que dicte el responsable. Corresponde al encargado inicial regular la nueva relaci n, de forma que el nuevo encargado quede sujeto a las mismas condiciones
(instrucciones, obligaciones, medidas xx xxxx U L G D G « \ F R Q O R V en lo referente al adecuado tratamiento de los datos personales y a la garant a de los derechos de
las personas afectadas. En el caso de incumplimiento por parte del subencargado, el encargado inicial seguirÆ siendo plenamente responsable ante el responsable en lo referente al cumplimiento de las obligaciones.
Tanto el encargado como el subencargado del tratamiento , deben m antener el deber xx xxxxxxx respecto a los datos de carÆcter personal a los que haya tenido acceso en virtud del presente encargo,
incluso despuØs de que finalice su objeto.
QUINTA.- OBLIGACIONES DEL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO
Corresponde al responsable del tratamiento:
1. Entregar al encargado los datos a los que se refiere la clÆusula 2 de este documento.
2. Realizar, cuando proceda, una evaluaci n del impacto en la protecci n de datos personales de las operaciones de tratamiento a realizar por el encargado.
3. Realizar las consultas previas que corresponda.
4. Velar, de forma previa y durante todo el tratamiento, por el cumplimiento del RGPD por parte del encargado.
5. Supervisar el tratamiento, incluida la realizaci n de inspecciones y auditor as.
6. Solicitar el consentimiento a los interesados, en caso de ser necesario, a los interesados y a los tutores/padres de los alumnos, as como el deber de informar.
SEXTA. - RESPONSABILIDAD DEL ENCARGADO DEL TRATAMIENTO
1. El encargado del tratamiento serÆ considerado responsable del tratamiento en el caso de que destine los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo el presente contrato.
En estos casos, el encargado del tratamiento responderÆ de los incumplimientos de las obligaciones en materia de protecci n de datos de carÆcter personal, estando calificados como muy graves en el Pliego de ClÆusulas Administrativas Particulares
2. El encargado del tratamiento indemnizarÆ al responsable del tratamiento por los daæos y perjuicios, de cualquier naturaleza, que pudieran resultar del incumplimiento de las obligaciones contra das en virtud del presente contrato.
3. A t tulo enunciativo, y no limitativo, dicha indemnizaci n incluirÆ los daæos xxxxxxx e imagen, costes publicitarios o de cualquier otra ndole que pudieran resultar para su reparaci n. El encargado del tratamiento, asimismo, deberÆ responder de cualquier indemnizaci n que a resultas de su incumplimiento tuviera que satisfacer a terceros.
4. La responsabilidad del encargado del tratamiento incluirÆ, ademÆs, el importe de cualquier sanci n administrativa y/o resoluci n judicial condenatoria que pudiera resultar contra el responsable del tratamiento, como resultado del incumplimiento del encarga do del tratamiento de la normativa y de las obligaciones exigidas en el presente contrato. La indemnizaci n comprenderÆ, ademÆs el importe de la sanci n y/o resoluci n judicial, el de los intereses de demora, costas judiciales y el importe de la defensa
de l responsable del tratamiento en cualquier proceso en el que pudiera resultar demanda por cualquiera de las causas anteriormente expuestas.
S PTIMA. - CONTROLES Y AUDITOR˝A
El responsable del tratamiento en su condici n se reserva el derecho de efectuar en cualquier momento los controles y auditor as que estime oportunos para comprobar el correcto cumplimiento por parte del
encargado del tratamiento del presente contrato. Por su parte, el encargado deberÆ facilitar al responsable del tratamiento cuantos datos o documentos le requiera para el adecuado cumplimiento de dichos controles y auditorias.
OCTAVA.- NOTIFICACIONES
1.- Cualquier notificaci n que se efectuØ entre las partes se harÆ por escrito y serÆ entregada personalmente o de cualquier otra forma que certifique la recepci n por la parte notificada.
2.- Cualquier cambio de domicilio de una de las partes deberÆ ser notificado a la otra de forma inmediata y por un medio que garantice la recepci n del mensaje.
NOVENA.- CL`USULAS GENERALES
1.- La no exigencia por cualquiera de las partes respecto de sus derechos, de conformidad con el presente contrato, no se considerarÆ que constituye una renuncia a dichos derechos en el futuro.
2.- La relaci n jur dica que se constituye entre las partes se rige por este œnico Contrato, siendo el œnico vÆlido existente entre las partes y sustituye a cualquier otro tipo de acuerdo o compromiso anterior acerca
del mismo objeto, ya sea escrito o verb al, y s lo podrÆ ser modificado por un acuerdo firmado por ambas partes.
3.- Si se llegara a demostrar que alguna de las estipulaciones contenidas en este Contrato es nula, ilegal
o inexigible, la validez, legalidad y exigibilidad del resto de las estipulaciones no se verÆn afectadas o perjudicadas por aquella.
4.- El presente contrato y las relaciones entre el responsable del tratamiento y el encargado del tratamiento
no constituyen en ningœn caso sociedad, empresa conjunta, agencia o contrato de trabajo entre las partes.
5.- Los encabezamientos de las distintas clÆusulas son s lo a efectos informativos y no afectarÆn, calificarÆn o ampliarÆn la interpretaci n de este Contrato.
ANEXO SUBCONTRATISTAS
(A entregar por el adjudicatario al rgano de contrataci n , en el supuesto de haber subcontratistas , tras recabar la informaci n de ellos )
Datos del subcontratista | |
Ubicaci n del almacenamiento/del acceso previsto a los datos personales | |
¿Tiene lugar algœn tratamiento o acceso a datos personales en terceros pa ses? | |
Objeto de la subcontrataci n | |
En caso de transferencia internacional de datos, confirmaci n de que la misma ofrece todas las garant as. |
XXXXX XX: Ficha de la ruta adjudicada