ESTUDIOS PREVIOS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD PARA UN CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES Y DE APOYO A LA GESITIÓN
CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
ESTUDIOS PREVIOS DE CONVENIENCIA Y OPORTUNIDAD PARA UN CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES Y DE APOYO A LA GESITIÓN
CONTRATACIÓN DIRECTA
(Art. 32 Ley 80 de 1993, artículo 2 numeral 4 Literal h) Ley 1150 de 2007,
Artículo 2.2.1.2.1.4.9 del Decreto 1082 de 2015)
1. DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD ESTATAL PRETENDE SATISFACER CON EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.
La Dirección Nacional de Derecho de Autor es una Unidad Administrativa Especial (en adelante DNDA o la Dirección), adscrita al Ministerio del Interior, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio independiente.
Como tal, es el órgano institucional que se encarga del diseño, dirección, administración y ejecución de las políticas gubernamentales en materia de derecho de autor y derechos conexos. En tal calidad posee el llamado institucional de fortalecer la debida y adecuada protección de los diversos titulares del derecho de autor y los derechos conexos, contribuyendo a la formación, desarrollo y sustentación de una cultura nacional de respeto estos derechos y por lo que, inculca la noción de derecho de autor como un nuevo concepto de riqueza que genera empleo, impulsa el desarrollo de la nación, protege la creación de las obras literarias y artísticas que contribuyen en gran medida a engrandecer la cultura, el conocimiento, el arte, el entretenimiento y la calidad de vida, respondiendo a los retos impuestos por los avances tecnológicos.
Dentro de este entorno, la acción institucional de la Dirección Nacional de Derecho de Autor involucra el estudio y proceso de expedición, de la normatividad autoral de nuestro país, así como la adhesión a los principales convenios internacionales sobre protección del derecho de autor y los derechos conexos, correspondiendo además la administración del Registro Nacional de Derecho de Autor y la implementación de políticas de investigación, promoción y difusión del derecho de autor y los derechos conexos.
De otra parte, se ha dispuesto del diseño de programas de capacitación para creadores y consumidores de obras con el propósito que conozcan y aprovechen las ventajas del sistema de derecho de autor, consolidando el sistema de registro autoral como una herramienta que brinde información y seguridad tanto a creadores como usuarios, de tal manera que refleje su impacto económico.
Igualmente, el documento CONPES 3659 “Política Nacional para la promoción de las Industrias culturales”, tiene como objetivo aprovechar el potencial competitivo de las industrias culturales, aumentar su participación en la generación del ingreso y el empleo nacionales, y alcanzar elevados niveles de productividad.
En Colombia no existe una articulación formal entre las Entidades relacionadas con la propiedad intelectual en ninguno de los sectores, ya sea público o privado, a pesar de que existen diversas iniciativas de cooperación entre las Entidades.
El desconocimiento del alcance y contenido del Derecho de Autor y Derechos Conexos ha impedido a los titulares y usuarios optar por modelos de negocios o
alternativas de licenciamiento y uso, que les permita dar respuesta a los nuevos retos y condiciones que del entorno digital y las tecnologías de la información y comunicación.
El Documento CONPES 3533 “Bases de un plan de acción para la adecuación del sistema de propiedad intelectual a la competitividad y productividad nacional” recoge estas preocupaciones y hace las siguientes recomendaciones:
1. Apoyar las actividades de difusión y capacitación.
2. Desarrollar un plan de fortalecimiento de las industrias culturales existentes a través de programas de formación empresarial, que incluyan temas de derecho de autor y derechos conexos.
3. Se recomienda a la Fiscalía General de la Nación – Unidad Especializada en Delitos contra la Propiedad Intelectual y las Telecomunicaciones , con el apoyo de la DNDA, la SIC, el ICA y el INVIMA, garantizar la existencia de procedimientos documentados para adelantar la investigación de delitos contra los DPI (ej. recepción de la denuncia, ingreso al sistema de información, realización de programas metodológicos, ordenar actos urgentes, legalización ante juez de control da garantías, entre otros), de conformidad con el Código de Procedimiento Penal en el marco del sistema de gestión de calidad de la Fiscalía General de la Nación.
4. Articular las iniciativas de los diferentes sectores involucrados en este tema. Adicionalmente, propone al Ministerio de Interior y Justicia (hoy Ministerio del Interior), Ministerio de Hacienda y Crédito Público, Departamento Nacional de Planeación y el Departamento Administrativo de la Función Pública para fortalecer el recurso humano, financiero y técnico de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, que le permitan mantener el registro de las electrónico de las obras, mejorar la inspección y vigilancia de las sociedades de gestión colectiva e impulsar en la sociedad colombiana el conocimiento y respeto al derecho de autor y derechos conexos.
El Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Prosperidad para todos” en su capítulo 2, Colombia en Paz, señala, en lo que tiene que ver con la Propiedad Intelectual y que constituye un objetivo misional de la Dirección Nacional de Derecho de Autor:
“2.1.4. Lineamientos de Propiedad Intelectual Es importante elevar la capacidad nacional para que se dé un manejo adecuado a la propiedad intelectual en las diversas instancias y actividades de CT+I (ciencia y tecnología más innovación) que se desarrollan en el país. Para ello se fortalecerá el talento humano que cuente con competencias suficientes para la gestión de la propiedad intelectual. También se debe reconocer la importancia de la propiedad intelectual como un estímulo al acto de investigar, proponer y crear nuevas ideas, promoviendo una cultura del respeto y promoción de una cultura de legalidad. Para ello es necesario apoyar la creación de un xxxxx xxxxx en el que todos los competidores tanto locales como internacionales operen libres de las distorsiones que supone el obtener una ventaja recurriendo a la usurpación o violación de derechos de propiedad intelectual. Con el liderazgo del Ministerio de Justicia y el apoyo de la Comisión Intersectorial de Propiedad Intelectual,
se trabajará en la creación de una política de observancia específica en esta materia que guíe el actuar de los operadores jurídicos que conocen de estos casos”.
Así las cosas, es importante señalar que el problema se basa en la debilidad en las herramientas que protegen y favorecen el funcionamiento del Sistema de Derecho de Autor y conexos y en su divulgación y por lo tanto la única alternativa es el fortalecimiento y divulgación de las herramientas que favorecen el funcionamiento del Sistema de Derecho de Autor y conexos.
La justificación de la alternativa de solución tiene como objetivo institucional “Contribuir a los fines esenciales del Estado colombiano, mediante el diseño, dirección, administración y ejecución de las políticas gubernamentales en materia de derecho de autor y derechos conexos, asegurando la protección de los derechos de los autores y titulares de las obras literarias y artísticas, contribuyendo a la creación de una cultura de respeto por dichos derechos y fomentando un ambiente propicio para la creación y difusión de nuevas obras como expresión del desarrollo económico, artístico y cultural del país”.
En nuestra legislación, existen las herramientas necesarias para proteger cabalmente el Derecho de Autor, sin embargo, existe desconocimiento por parte de los creadores, es por ello importante, fortalecer las herramientas existentes y divulgarlas para la eficiente protección de la creación en Colombia. Con un proyecto que apunte a fortalecer distintos aspectos relacionados con el mejoramiento y optimización de las herramientas de protección
En atención a las anteriores consideraciones y en cumplimiento de la misión institucional y con el objetivo de lograr el Fortalecimiento y divulgación de las herramientas que favorecen el funcionamiento del Sistema de Derecho de Autor y Conexos, la DNDA formuló un Proyecto de Inversión ante el Departamento Nacional de Planeación para ejecutar en la vigencia 2019, el cual fue aprobado por esté departamento, procediendo el Ministerio de Hacienda y Crédito Público a asignar una partida presupuestal de conformidad con el Decreto No. 2467 del 28 de diciembre de 2018, por el cual se liquida el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2019 por valor de $1.280.000.000,oo.
De otra parte, de acuerdo a la Metodología General Ajustada (MGA) se formuló el proyecto de inversión para la DNDA, el cual se encuentra en las fichas Estadísticas Básicas de Inversión (EBI) y en el Banco de Programas y Proyectos de Inversión Nacional (BPIN) No. 2018011000531 donde se detalla el proyecto el cual se anexa al presente estudio previo.
1.1. Justificación para la ejecución del proyecto
Fortalecer todos los aspectos técnicos que cubre el sistema de Derechos de Autor y Derechos Conexos de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, se puede ampliar el conocimiento en estos temas lo que genera empoderamiento en los actuales y futuros autores.
Se seguirá aprovechando la tecnología para garantizar el acceso de los creadores a más y mejores servicios, la tecnología ha sido una gran herramienta de apalancamiento para la entidad en proyectos anteriores en cuanto a cobertura se trata, teniendo en cuenta que la entidad solo cuenta con sede física en la ciudad de Bogotá, disponer de tramites en línea, ha generado un mayor acceso de los creadores
de todo el país en circunstancias de igualdad, por eso seguir fortaleciendo y actualizando los sistemas es un punto de gran importancia y de mayor impacto.
Para lograr el objetivo de transmitir y mejorar el conocimiento del sistema de Derecho de autor, la entidad se ha valido de varias estrategias a saber que se encuentran contenidas en este proyecto: Actualización de fondos documentales, documentos académicos, divulgación y promoción de los beneficios del sistema, servicio de capacitación informal. Así mismo, y como forma de apoyar la labor creativa, se fortalecen herramientas de protección del sistema como lo son las funciones de Inspección, Vigilancia y Control y de Conciliación.
1.2 Actividades a ejecutar para satisfacer la necesidad estatal1
Dadas las consideraciones anteriores, es claro que la DNDA debe adelantar los procesos contractuales necesarios que le permitan la ejecución del proyecto de inversión aprobado para la vigencia 2019, atendiendo las normas legales y reglamentarias del Estatuto de Contratación de la Administración Pública, y los principios que rigen los contratos de las entidades estatales como son transparencia, economía y responsabilidad, así como los postulados que rigen la función administrativa, de manera oportuna y eficiente para la satisfacción del interés público.
A continuación, se detallan las actividades que se señalan en la ficha BPIN a ejecutar en la vigencia 2019:
OBJETIVO ESPECIFICO | Productos | Actividades |
Indicadores | ||
Producto | 2019 | |
Fortalecer componentes tecnológicos que permitan la optimización de los servicios en línea de la DNDA | Servicios tecnológicos | Adquirir software para el mejoramiento y soporte de la infraestructura tecnológica |
Adquirir equipamiento para el mejoramiento de la infraestructura tecnológica | ||
Diseñar e implementar el sistema de gestión de seguridad de la información | ||
Efectuar estrategias que fortalezcan la aplicación de las herramientas de protección del Sistema de Derecho de Autor y conexos | Servicios de consulta bibliográfica | Dotar con bibliografía especializada el centro de documentación "Xxxxxxx Plazas" |
Actualizar el material de consulta del centro de documentación | ||
Servicio de conciliación y arbitraje en temas relacionados con el Derecho de Autor y los Derechos Conexos | Tramitar solicitudes de conciliación y establecer acciones de mejora al proceso de SGC | |
Apoyar al centro de conciliación en las actividades de registro de los casos de conciliación en el SICAAC. |
1 Documento soporte proyecto de inversión a ejecutar en la vigencia 2019
Servicio de educación informal en derechos de autor y conexos de otros países | Capacitar a los funcionarios en temas de conciliación y arbitraje | |
Capacitar y actualizar en materia de Derechos de Autor y Derechos conexos a la población y comunidades que se encuentren ubicadas en zonas que anteriormente estaban afectadas por el conflicto armado | ||
Mejorar las estrategias institucionales para promocionar y divulgar el Sistema de Derechos de Autor y Derechos Conexos | Servicio de divulgación en Derechos de Autor | Realizar estudio de capacidad institucional de la entidad frente a los actuales requerimientos del sistema de Derecho de autor |
Realizar campaña de divulgación sobre los beneficios del derecho de autor. | ||
Hacer presencia institucional en diferentes eventos a nivel nacional |
Para efectos de dar inicio a la ejecución del proyecto mencionado, la DNDA deberá prever lo necesario, para desarrollar adecuadamente cada una de las actuaciones contractuales, atendiendo las diferentes modalidades de selección según el objeto a contratar, a las cuantías de cada convocatoria de inversión, entre otros, para maximizar los recursos, invertirlos debidamente y lograr de esta manera cumplir con la misión institucional y la satisfacción del interés público.
Sin embargo, como resultado de la aprobación de recursos de inversión en el presupuesto de la Dirección Nacional de Derecho de Autor, y revisada la integración de la planta de personal global, se pudo establecer que en la misma no existen suficientes funcionarios vinculados, capacitados e idóneos, o con la disponibilidad y experiencia necesaria para la planeación y realización de las actividades precontractuales y contractuales de cada proceso, mediante las diferentes modalidades de convocatoria pública para la ejecución del presupuesto de inversión aprobado para la vigencia de 2019. Así mismo, los actualmente vinculados no cuentan con la experiencia requerida que permita garantizar el adecuado suceso de los procesos que se requiere adelantar.
Lo anterior se evidencia con las cargas de trabajo del grupo de compras, donde se requieren para adelantar los procesos contractuales únicamente de funcionamiento un (1) profesional especializado y un (1) profesional universitario, y en la actualidad cuenta con un (1) profesional especializado y una (1) secretaria destinadas únicamente al presupuesto de funcionamiento, aclarando que es necesario que los funcionarios asignados a estas labores deben conocer la Ley 80 de 1933, Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 de 2015 y demás normas vigentes en materia contractual para manejar las actividades rutinarias en el Grupo de Compras, situación que hace necesaria la contratación del servicio profesional calificado para orientar, apoyar y atender a la entidad en la ejecución del presupuesto de inversión aprobado para la vigencia 2019. (Se anexa cargas de trabajo)
En atención a las consideraciones anteriores, se hace necesario contratar una persona natural calificada, que esté en plena capacidad de prestar los servicios profesionales a la DNDA en materia de contratación estatal, que cuente con amplia experiencia para atender los requerimientos que en materia de contratación estatal demanda la DNDA, al efecto de ejecutar de forma eficiente, eficaz y oportuna el presupuesto de inversión aprobado para la vigencia de 2019 y lograr de esta manera los objetivos y prioridades estatales de la DNDA para la ejecución del proyecto de inversión.
Para efectos de contratar el profesional con amplia experiencia especifica relacionada con la contratación pública, se consultaron normas sobre inhabilidades de los exempleados públicos, ya que las condiciones establecidas de experiencia del profesional que preste el servicio deben ser directamente con entidades públicas. Al respecto se consultó el concepto 71751 del 23 xx xxxxx de 2017 expedido por el DAFP, donde se hace referencia al literal f) del artículo 8° de la Ley 80 de 1993, adicionado mediante la Ley 1474 del 2011 y referido a la inhabilidad para que los exempleados públicos que hayan ejercido cargos directivos contraten con el Estado durante los dos años siguientes al retiro del cargo. Este impedimento también opera para las personas que se encuentren dentro del primer grado de consanguinidad, afinidad o civil del exempleado.
Las medidas legislativas se adoptaron como parte esencial de una política pública cuyo fin es erradicar y prevenir no solo posibles actos corrupción, sino proscribir ventajas y privilegios que entrañan grave desconocimiento de los fines del Estado, de los principios de la función pública y de los derechos de los ciudadanos en materia de contratación estatal.
Con todo, este tipo de inhabilidad no aplica para celebrar contratos con otras entidades del Estado en las cuales no hubiere desempeñado cargos de ese nivel.
De la misma manera, indicó el DAFP, no aplica para una nueva vinculación como empleado público en la misma entidad o en otra. Así las cosas, mientras transcurren los dos años de la dejación del cargo del empleado de nivel directivo este no puede celebrar contratos con el ente donde prestó sus servicios.
De otra parte, mediante concepto del DAFP radicado con el No. 20166000247041 del 28 de noviembre de 2016, relacionado con la inhabilidad para suscribir un contrato de prestación de servicios con una entidad pública quien se desempeñó como empleado público en un cargo del nivel profesional en la respectiva entidad, la Función Pública conceptuó que de acuerdo con lo establecido en el literal a) del numeral 2) del artículo 8 de la Ley 80 de 1993, no podrán participar en licitaciones ni celebrar contratos estatales con la entidad respectiva quienes fueron miembros de la junta o consejo directivo o servidores públicos de la entidad contratante que hubieren desempañado funciones en los niveles directivo, asesor o ejecutivo, inhabilidad que se extiende por el término de un (1) año, contado a partir de la fecha de retiro. Esta norma NO cobija a personas que se hubieren vinculado en empleos de los niveles profesional, técnico o asistencial.
Lo anterior permite a la Entidad contratar un profesional con amplia experiencia en contratación estatal que haya prestado sus servicios en la misma entidad, siempre y cuando el cargo que ocupó no haya correspondido al nivel directivo sino un cargo inferior a este, como lo es el nivel profesional.
2. ANÁLISIS DEL SECTOR
Atendiendo lo ordenado en el artículo 2.2.1.1.1.6.1 del Decreto 1082 de 2015 y en aplicación al manual o guía expedido por Colombia Compra Eficiente para la elaboración de los estudios del sector en materia de contratación directa, se establece el siguiente análisis del sector desde los aspectos legales, organizacionales, comerciales, técnicos y análisis del riesgo, dejándose claro que: “No será necesario que la Entidad Estatal haga un estudio de la oferta y la demanda del sector de la prestación de servicios con particularidades sobre tipos, precios, calidades y cantidades de la oferta y la demanda”.
Teniendo en cuenta que se trata de un Contrato de Prestación de Servicios Profesionales el cual corresponde a la modalidad de Contratación Directa, el análisis del sector se circunscribe a tener en cuenta el objeto del Proceso de Contratación, la forma como se acuerda la entrega de bienes o servicios, los plazos, cantidades contratadas, forma de pago y de entrega y en general demás condiciones previstas por las partes.
De conformidad con los lineamientos expedidos por Colombia Compra Eficiente, para la elaboración de los estudios del sector, tratándose de Contratación Directa el análisis del sector debe tener en cuenta el objeto del Proceso de Contratación, particularmente las condiciones del bien o servicio y las ventajas que representa para la Entidad Estatal contratar el bien o servicio con el aspirante correspondiente, la forma como se acuerda la entrega de bienes o servicios, los plazos, cantidades contratadas, forma de pago y de entrega y en general demás condiciones previstas por las partes. El análisis del sector permite a la Entidad Estatal sustentar su decisión de hacer una contratación directa, la elección del contratista y la forma en que se pacta el contrato desde el punto de vista de la eficiencia, eficacia y economía.
Durante la vigencia de la contratación se cancelará por la prestación efectiva del servicio, mes vencido, y previa aprobación del mismo por parte del supervisor del contrato, cotejando las obligaciones y/o compromisos consignados en el mismo.
El valor de los servicios serán los establecidos por el proponente en su propuesta y aprobados por la Directora General; serán pagaderos mensualmente, previa certificación del supervisor del contrato.
2.1 Histórico de las contrataciones realizadas con anterioridad en la entidad por este concepto:
• Vigencia 2012 XXXXXXX MOSOS & XXXXXXXXX ABOGADOS ASOCIADOS LTDA por valor de $116.000.000,oo por el término de 10 meses.
• Vigencia 2013 XXXXXXX MOSOS & XXXXXXXXX ABOGADOS ASOCIADOS Ltda, por valor de $66.000.000,oo por el término de seis (6) meses.
• Vigencia 2014. Estudiante de derecho para apoyar la gestión del grupo de compras por valor de $17.600.000 por el término xx xxxx (10) meses.
El resultado de tales contratos ha sido satisfactorio, en la medida que se han alcanzado los objetivos propuestos.
El servicio debe contratarse con una persona natural que preste los servicios profesionales a la DNDA., en materia de contratación estatal para atender los
requerimientos que en materia de contratación estatal demanda la DNDA, a efecto de ejecutar de forma eficiente, eficaz y oportuna el presupuesto de inversión aprobado para la vigencia de 2019 y lograr de esta manera los objetivos y prioridades estatales de la DNDA para la ejecución del proyecto de inversión.
Experiencia especifica del oferente y/o Persona Natural: Acreditar mínimo diez (10) años de experiencia continua o discontinua con entidades públicas.
2.2. Perfil del profesional.
El contratista debe cumplir mínimo con los siguientes requisitos:
- Título profesional en disciplina académica del núcleo básico del conocimiento en Derecho y afines, administración o licenciatura en disciplina académica del núcleo básico de conocimiento en educación, conferido por una universidad legalmente reconocida por el Ministerio de Educación Nacional.
- Maestría en Ciencias Económicas o Financieras,
- Diplomado en contratación estatal,
- Mínimo dos (2) Cursos, seminario o talleres de actualización relacionados con la Contratación Estatal.
- Mínimo dos (2) meses de curso intensivo en SECOP II
2.3 Talento humano por tipo de contrato
De acuerdo con el estudio realizado por Fedesoft, “El sistema de contratación xxx xxxxxxx humano de las empresas mantiene un esquema tradicional: el 76% xxx xxxxxxx humano de las empresas es contratado a término indefinido. Sin embargo, cabe resaltar la importancia de la contratación por honorarios (15%), mecanismo más flexible para las empresas y que está por encima de otras modalidades, como empleos temporales (5%) y a término fijo (4%).”2
Esto podría indicar que la rotación de personal no es un factor que caracterice al sector, pues las empresas contratan personal con miras a conservarlo permanentemente, y por tanto, podría deducirse que las actividades desarrolladas por tales empresas son igualmente permanentes.
2.4 Aspectos legales, organizacionales, comerciales y técnicos (idoneidad):
2 Estudio de Salarios y profesionales del sector de software y TI de Colombia, FEDESOFT, 2016
Para suplir la necesidad que pretende satisfacer la entidad, se requiere contratar un profesional con maestría en Ciencias Económicas y amplia experiencia en contratación estatal (persona natural), que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato, que demuestre la idoneidad y experiencia directamente relacionada con el área de que se trate y que apoye al grupo de trabajo del área de compras en la Subdirección Administrativa, que está conformado actualmente por un profesional especializado y una secretaria. Dicho profesional debe tener experiencia mínima xx xxxx (10) años como profesional desarrollando actividades relacionadas con la contratación pública en las modalidades de Licitación Pública, Selección abreviada, Mínima Cuantía y Acuerdo Marco de Precios entre otras modalidades y desde la parte precontractual, contractual y post contractual.
2.5 Tipo de remuneración:
El tipo de remuneración recomendada para la prestación de servicios objeto del Proceso de Contratación es a través del rubro “Remuneración Servicios Técnicos” por mensualidades vencidas, previa certificación de cumplimiento a satisfacción expedida por el supervisor del contrato, una vez presentados y aprobados los informes periódicos en los términos previstos, y la acreditación de que el contratista se encuentra al día en el pago de los aportes relativos al Sistema Integral de Seguridad Social.
3. ESPECIFICACIONES DEL CONTRATO A CELEBRAR
3.1 OBJETO A CONTRATAR.
Prestación de Servicios profesionales para apoyar la gestión en el Grupo de Compras de la Subdirección Administrativa en temas de Contratación Estatal, para la ejecución de los recursos de inversión aprobados para la vigencia fiscal 2019, que se encuentra detallado en la ficha BPIN 2018011000531.
3.2 Clasificación del Objeto a Contratar en el Clasificador de Bienes y servicios:
De acuerdo con lo establecido en el Decreto 1082 de 2015 se especifica la descripción del objeto a contratar identificado en el Clasificador de Bienes y servicios:
Segmento | ||||
80000000 | 80100000 | 80101700 | 80101706 | Servicios profesionales de adquisiciones |
3.3 ENTREGABLES:
a) Procesos contractuales en los cuales prestó su servicio, señalando la etapa en la cual participó, como revisión y aprobación o solicitud de ajustes a los estudios xx xxxxxxx, estudios previos, matriz de riesgos y otros documentos de los procesos.
b) Relacionar en cada uno de los procesos adelantados en cada mes de servicio, los documentos que requirieron de su apoyo para la elaboración, como son entre otros: Estudios previos, autorizaciones, actos administrativos, pliegos de condiciones, actas de comités de contratos entre otros.
c) Informe relacionando las reuniones a los comités de Contratos en los cuales participó durante cada mes de servicio.
d) Soporte de publicación de los procesos en SECOP II
e) Informe de otras actividades relacionadas con los procesos contractuales que son de gran relevancia y es importante reportar en el informe correspondiente.
f) El informe final, debe hacer entrega de un plan de actividades detalladas y ejecutadas del proyecto de inversión, donde indique el número y fecha del contrato, modalidad de contratación, nombre del contratista, valor adjudicado por actividad y valor total ejecutado del proyecto de inversión vigencia 2019, realizando las observaciones o novedades que considere necesarias para reportar en el informe.
3.4 PERFIL REQUERIDO
El servicio debe contratarse con una persona natural que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato y que demuestre la idoneidad y experiencia requerida y relacionada con el área de que se trate.
3.4.1 Estudios:
El contratista debe cumplir mínimo con los siguientes requisitos:
- Título profesional en disciplina académica del núcleo básico del conocimiento en Derecho y afines, administración o licenciatura en disciplina académica del núcleo básico de conocimiento en educación, conferido por una universidad legalmente reconocida por el Ministerio de Educación Nacional.
- Maestría en Ciencias Económicas o Financieras,
- Diplomado en contratación estatal,
- Mínimo dos (2) Cursos, seminario o talleres de actualización relacionados con la Contratación Estatal.
- Mínimo dos (2) meses de curso en SECOP II.
3.4.2 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL OFERENTE
Experiencia especifica del oferente y/o Persona Natural: Acreditar mínimo diez (10) años de experiencia profesional continua o discontinua con entidades públicas, desarrollando labores relacionadas con la Contratación Estatal.
Las certificaciones deben tener como mínimo la siguiente información:
- Razón social o nombre de la empresa contratante.
- Objeto del contrato
- Detalle de las actividades realizadas y relacionadas directamente con temas de contratación estatal.
- Fecha de inicio y finalización del contrato. Debe estar suscrita por el supervisor del respectivo contrato o el representante o autorizado por el Contratante.
3.5 IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR
El contrato que se suscriba en desarrollo del presente proceso de contratación será un contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión.
3.6 FORMA DE PAGO.
La forma de pago del contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión se realizará mensualmente por valor de CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($4’500.000,oo), previa expedición del certificado a satisfacción del servicio por parte del supervisor del contrato, entrega del informe del periodo a cancelar por parte del contratista, anexo de los entregables correspondientes y certificado xx xxx y salvo con los sistemas de salud, pensión y parafiscales si es del caso.
El informe original debe ser radicado en la ventanilla de atención al ciudadano de la DNDA y publicado en la Plataforma transaccional SECOP II en el numeral 7 “ejecución del contrato” en la sección de Plan de pagos.
El supervisor debe publicar en el SECOP II la certificación de cumplimiento del contrato.
Sin embargo, se aclara que el pago estará sujeto al PAC y/o situación de fondos por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
3.7 PLAZO Y LUGAR DE EJECUCIÓN.
El contrato se ejecutará en la única sede de la Dirección Nacional de Derecho de Autor en la ciudad de Bogotá, por un plazo de ocho (08) meses y veintiocho (28) días, contados a partir del cumplimiento de los requisitos necesarios para su ejecución, previo el perfeccionamiento del mismo. En todo caso, sin exceder el 31 de diciembre de 2019.
NOTA. En el evento que la ejecución del contrato se termine anticipadamente y/o antes del plazo para su ejecución, se liquidará proporcionalmente el tiempo efectivamente ejecutado sobre el valor ofertado por el contratista y aprobado por el Comité de Contratos.
3.8 OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA.
El CONTRATISTA deberá cumplir a cabalidad y en forma oportuna las siguientes obligaciones:
3.8.1 Generales:
a) Garantizar la disponibilidad de tiempo y dedicación necesaria para el cumplimiento de sus obligaciones como contratista.
b) Obrar con lealtad, responsabilidad y buena fe durante la ejecución del contrato.
c) Cumplir con el objeto del contrato, presentando los informes parciales y finales sobre el cumplimiento de éste al supervisor del contrato para que le sea expedida la
certificación del cumplimiento correspondiente, documento indispensable para el pago.
d) Xxxxx en cuenta las observaciones y recomendaciones que formule el supervisor del contrato y la Directora General con el fin de que el servicio se realice a entera satisfacción de la Entidad.
e) Emitir los conceptos relacionados con el objeto contractual a solicitud del supervisor del contrato.
f) Pagar los impuestos si a ello diere lugar.
g) Hacer todas las recomendaciones que considere necesarias en relación con el desarrollo y ejecución del contrato.
h) Obrar con lealtad y buena fe en el desarrollo del contrato, evitando dilaciones innecesarias.
i) No ofrecer ni dar sobornos ni ninguna otra forma de halago a ningún funcionario público, en relación con su propuesta, con el proceso de contratación, ni con la ejecución del contrato que pueda celebrarse como resultado de su propuesta.
j) No efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o como efecto la colusión en el presente proceso de contratación.
k) Xxxxxx a través de la suscripción del contrato, las consecuencias previstas en la solicitud de oferta del proceso de contratación, siempre que se verifique el incumplimiento de los compromisos anticorrupción.
l) Mantener indemne a la entidad frente a reclamaciones judiciales y extrajudiciales por los daños y perjuicios que se deriven de los actos, omisiones o hechos ocasionados por las personas que sean sub-contratistas o dependan del adjudicatario.
m) Xxxxxxxxxx las demás obligaciones a su cargo que se deriven de la naturaleza del contrato y de las exigencias legales.
n) Acreditar que se encuentra al día en el pago de aportes relativos al Sistema de Seguridad Social Integral para la realización de cada pago derivado del contrato estatal.
o) Afiliarse a la ARL y efectuar los pagos correspondientes.
p) Comunicar a la DNDA el número de una cuenta corriente o de ahorros en una entidad financiera y/o en caso de no tenerla, efectuar la constitución y apertura de una cuenta de ahorros, para la realización de los pagos mensuales de servicios por consignación.
q) Las demás contenidas en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, y normas concordantes vigentes que sean aplicables, y aquellas obligaciones que se desprendan de la naturaleza contractual.
3.8.2 Obligaciones Específicas:
a) Apoyar al Grupo de Compras de la Subdirección Administrativa en las distintas etapas de los procesos de selección y contratación adelantados para la adquisición de bienes y servicios que se desarrollen en virtud del Proyecto de Inversión de la DNDA en la vigencia 2019 y aquellos que indique el supervisor.
b) Apoyar al Grupo de Compras en la revisión y ajustes de los estudios previos, estudios del sector y matriz de riesgos para la ejecución de las actividades del proyecto de inversión, o en caso de requerir ajustes de orden técnico, solicitar lo correspondiente a los líderes de los procesos y hacer seguimiento hasta que los mismos sean aprobados por la Oficina Asesora Jurídica y dar así inicio a la parte precontractual, para la selección de contratistas mediante cualquiera de las modalidades de convocatoria pública reglamentadas por la ley 80 de 1993, ley 1150 de 2007, para la ejecución de los recursos de inversión asignados a la entidad, incluyendo las recomendaciones que se consideren necesarias para el adecuado desarrollo de los procesos de contratación, haciendo énfasis en las reformas introducidas a los procedimientos de selección por la ley 1150 de 2007 y el decreto 1082 de 2015, esto siempre y cuando los estudios previos debidamente conformados sean entregados oportunamente al contratista y los tiempos del proceso de convocatoria pública lo permitan.
c) Preparación de los actos administrativos precontractuales de todos los procesos de selección mediante convocatoria pública, necesarios para la ejecución de los recursos de inversión asignados a la entidad en la vigencia 2019.
d) Elaborar documentos tales como: invitaciones públicas, pliegos de condiciones, elaboración del acta del comité de contratos y/ó comité evaluador cuando haya lugar, responder observaciones a través de SECOP II, evaluaciones de ofertas, actos administrativos, adiciones, prorrogas, cesiones, suspensiones, modificaciones y demás documentos que se requieran en las distintas etapas de los procesos de selección que se desarrollen en virtud del Proyecto de Inversión de la DNDA y aquellos que indique el supervisor.
e) Acompañamiento durante las diferentes etapas de los procesos de contratación que se adelanten, incluyendo la revisión del componente legal de las ofertas y las observaciones de los oferentes junto con la Oficina Asesora Jurídica, integrantes del Comité de Contratos y Comité de Evaluador cuando haya lugar.
f) Formar parte de los respectivos comités de evaluación conformados en los procesos de selección que se desarrollen en virtud del Proyecto de Inversión de la DNDA y aquellos que indique el supervisor.
g) Elaboración de la minuta del contrato y su perfeccionamiento, realizando el trámite de aprobación ante la oficina Asesora Jurídica de la DNDA.
h) Rendición de conceptos verbales y escritos a la Directora General o a quien indique, así como la preparación de comunicaciones y documentos relacionados con la contratación y la asistencia a reuniones en las que se considere necesaria la presencia del contratista objeto de la presente contratación.
i) Acompañamiento durante las audiencias de aclaración de pliegos de condiciones, distribución de riesgos y adjudicación de licitaciones, concursos de mérito o selecciones abreviadas, cuando se estime necesario.
j) Asistencia a los Comités de Contratos, para la solución de las controversias y vicisitudes que se presenten durante la ejecución de los contratos en ejecución, resultantes de los procesos de convocatorias públicas en la cuales haya realizado el proceso contractual.
k) Asistir a los Comités de Contratos y reuniones a las cuales sea convocado.
l) Hacer seguimiento al cumplimiento y publicación en el SECOP II de los antecedentes que surjan en los procesos que se adelanten, al cronograma de los procesos y verificar diariamente en dicha plataforma si los proponentes interesados han realizado observaciones, solicitudes o han enviado mensajes a la Entidad Estatal y realizar el trámite necesario que permita dar respuesta a dichas solicitudes dentro de los términos establecidos en la ley.
m) Efectuar seguimiento al cumplimiento de los compromisos adquiridos en las reuniones relacionadas con cada uno de los procesos contractuales que se adelanten en la DNDA, relacionados con el proyecto de inversión.
n) Las demás contenidas en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007, Decreto 1082 de 2015 y normas concordantes vigentes que sean aplicables, y aquellas obligaciones que se desprendan de la naturaleza contractual.
3.9 OBLIGACIONES DE LA DIRECCIÓN
En desarrollo del objeto de este contrato, LA DIRECCIÓN contrae las siguientes obligaciones:
a) Suministrar información necesaria, completa y oportuna para desarrollar el objeto del contrato.
b) Xxxxxxx en forma clara y expresa las pautas que debe seguir EL CONTRATISTA en sus actuaciones y los objetivos que debe perseguir.
c) Dar respuesta oportuna a las solicitudes del CONTRATISTA, definir las situaciones necesarias para la ejecución y adelantar los trámites a que haya lugar por su parte para garantizar la debida ejecución.
d) Tramitar los pagos de oficio en los términos acordados en este contrato, con base en certificaciones de prestación efectiva del servicio.
e) Prestar la debida, adecuada y oportuna ayuda al CONTRATISTA en los temas que este requiera para la ejecución del objeto del contrato.
3.10 COMPROMISO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE DERECHO DE AUTOR.
La DNDA brindará al contratista el apoyo necesario para el desarrollo del contrato, para lo cual entregará toda la información necesaria y facilitará el ambiente para la realización de gestión y las reuniones de trabajo y ejecución de labores entre el contratista, el supervisor del contrato y demás funcionarios que sea necesario para cumplir con el objeto contractual.
3.11 SUPERVISIÓN Y CONTROL DE EJECUCION DEL CONTRATO:
La supervisión del contrato resultante del presente proceso será la Subdirectora Administrativa de la DNDA o quien haga sus veces.
4 MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y SU JUSTIFICACIÓN INCLUYENDO LOS FUNDAMENTOS JURÍDICOS QUE SOPORTAN LA CONTRATACIÓN
4.1. RÉGIMEN JURIDICO.
a) LEY 80 DE 1993
b) XXX 0000 XX 0000
x) XXX 0000 XX 0000
x) XXXXXXX LEY 019 DE 2012
e) DECRETO 1082 DE 2015.
f) Demás normas que complementen modifiquen o reglamenten las anteriores disposiciones y por las normas civiles y comerciales que regulen el objeto del contrato.
4.2. MODALIDAD DE SELECCIÓN
La modalidad de selección corresponde a la de Contratación Directa de que trata el literal h) numeral 4º del artículo 2º de la Ley 1150 de 2007 y el artículo 2.2.1.2.1.4.9 del Decreto 1082 de 2015 referidos a la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, o para la ejecución de trabajos artísticos que sólo puedan encomendarse a determinadas personas naturales.
El artículo 2.2.1.2.1.4.9 del Decreto 1082 de 2015 establece que “las Entidades Estatales pueden contratar bajo la modalidad de contratación directa la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con la persona natural o jurídica que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato, siempre y cuando la Entidad Estatal verifique la idoneidad o experiencia requerida y relacionada con el área de que se trate. En este caso, no es necesario que la Entidad Estatal haya obtenido previamente varias ofertas, de lo cual el ordenador del gasto deberá dejar constancia escrita”. (Negrilla fuera del original)
Los servicios profesionales y de apoyo a la gestión corresponden a aquellos de naturaleza intelectual diferentes a los de consultoría que se derivan del cumplimiento de las funciones de la Entidad Estatal, así como los relacionados con actividades operativas, logísticas, o asistenciales.
5. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y LA JUSTIFICACIÓN DEL MISMO
5.1. VALOR DEL CONTRATO
El valor estimado del contrato es de CUARENTA MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS ($40.200.000) MCTE., incluido impuestos, tributos, contribuciones, aportes parafiscales o cualquier otro descuento que hubiere de realizarse por ley, amparado con el certificado de disponibilidad presupuestal No. 4219 xx xxxxx 20 de 2019 expedido por la Subdirectora Administrativa de la DNDA – Objeto del gasto C-3706- 1000-2-0-3706001-02-02-02-008-003-9 Otros Servicios profesionales y Técnico NTC.
5.2. JUSTIFICACIÓN DEL VALOR ESTIMADO.
Para determinar el valor estimado del contrato de conformidad con las actividades encaminadas al cumplimiento del mismo, se ha tomado como base y referencia el objeto contractual a desarrollarse, plazo de ejecución, experiencia y estudios con los
que debe contar la persona natural que se requiere para cubrir la necesidad contractual.
Acorde con lo anterior, el valor mensual estimado es de CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($4.500.000), incluido impuestos, tributos, contribuciones, aportes parafiscales o cualquier otro descuento que hubiere de realizarse por ley.
Para adelantar dicho contrato de prestación de servicios profesionales, se requiere un profesional similar a los que desempeña el cargo de Profesional Especializado 2028- 17 del Decreto 330 de 2018 expedido por el Departamento Administrativo de la función Pública, por medio del cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos.
Por lo expuesto, la entidad considera que el valor a reconocer al contratista por el servicio requerido es el siguiente:
• Valor del servicio por mes $ 4.500.000
• Plazo de ejecución del contrato………………………$ 8 meses 28 días
• Valor estimado del contrato… $40.200.000
El término del contrato es de ocho (08) meses veintiocho (28) días, para lo cual la Subdirectora Administrativa expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 4219 xx xxxxx 20 de 2019 expedido por la Subdirectora Administrativa de la DNDA
– Objeto del gasto C-3706-1000-2-0-3706001-02-02-02-008-003-9 Otros Servicios profesionales y Técnico NTC.
6. PROCEDIMIENTO PARA PRESENTAR LA OFERTA
6.1. CORRESPONDENCIA
Instalaciones de la DNDA ubicadas en la xxxxx 00 Xx. 00 X-00 Xxxx 00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx.
6.2. PREPARACIÓN Y PRESENTACION DE LA OFERTA
La oferta deberá ser presentada en medio físico en las instalaciones de la DNDA ubicadas en la calle 28 No. 13 A-15 Piso 17 en la ciudad de Bogotá.
El interesado debe estar registrado en el SECOP II para poder participar en el proceso de selección.
La oferta debe venir suscrita por el interesado según corresponda. El idioma del proceso de selección es el castellano, y por tanto, se solicita que todos los documentos y certificaciones a los que se refiere la invitación a ofertar emitidos en idioma diferente al xxxxxxxxxx, xxxx presentados en su idioma original y en traducción simple al castellano.
No se aceptarán ofertas enviadas por correo o fax, tampoco serán tenidas en cuenta las que lleguen después de la hora prevista para el cierre del proceso de selección.
Todos los documentos de la oferta en los cuales se requiere la firma de la persona que los expide, deben venir debidamente firmados.
6.3. PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA Y CIERRE DEL PROCESO:
El plazo para la presentación de la oferta empezará a correr a partir de la comunicación que para el efecto haga la Subdirectora Administrativa de la DNDA y terminará en la fecha y hora establecidas para el cierre, la cual se señala en el contenido de la mencionada comunicación.
7. CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MAS FAVORABLE
Por tratarse de una contratación directa (contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión), de conformidad con la normativa vigente, no se aplicará la definición de los factores de escogencia y la favorabilidad del ofrecimiento, ni ponderación de las ofertas, siendo en este caso, la verificación y comprobación, del cumplimiento de los requisitos jurídicos, financieros, técnicos y económicos, la base para la aprobación de la oferta presentada.
La verificación del cumplimiento de la capacidad jurídica, financiera, técnica y de experiencia del proponente para la ejecución del objeto contractual, no dará derecho a la asignación de puntaje, solo conducirá a determinar si la propuesta es hábil para ser evaluada.
En consecuencia, la persona natural debe anexar los documentos que acrediten experiencia e idoneidad de conformidad con lo solicitado en los siguientes requisitos.
7.1. DOCUMENTOS PARA EVALUAR LA OFERTA
ITEM | DETALLE DEL DOCUMENTO |
1 | Especificaciones Técnicas - Oferta Económica. La oferta debe contener como mínimo la siguiente información: Objeto, alcance del objeto y entregables del mismo, que deberán coincidir con los señalados en el anexo técnico. (Anexo 1) Atendiendo las labores inherentes al objeto del contrato y dada la esencia del mismo, el plazo de ejecución será de OCHO (8) meses y VEINTIOCHO (28) días,, sin exceder el 31 de diciembre de 2019 y se contará a partir del cumplimiento de los requisitos indispensables para ello, previo el perfeccionamiento del contrato. El costo del servicio debe señalarlo mensualmente incluyendo los impuestos que haya lugar acorde con el Estatuto Tributario Vigente. Indicar el precio de la oferta, detallando que incluye impuestos, y entregables acordes con el objeto. La propuesta se debe cotizar en pesos colombianos y en esta moneda se efectuarán los pagos correspondientes del contrato. |
2 | Certificación sobre habilidad para contratar con el Estado (Anexo 2). Certificación sobre habilidad para contratar con el Estado, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 8 de la Ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios vigentes, y el Artículo 18 de la Ley 1150 de 2007 literal j), y las demás disposiciones constitucionales y legales vigentes aplicables. |
3 | Certificación sobre pagos de seguridad social y aportes parafiscales (Decreto 1273 de 2018 Artículos 2.2.1.1.1.7, 3.2.7.1, 3.2.7.2 demás normas vigentes). (Anexo 3). Certificación donde el contratista se comprometa a pagar la cotización que le corresponda como independiente al Sistema de Seguridad Social Integral, la cual se efectuará mes vencido, por periodos mensuales, a través de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA) y teniendo en cuenta los ingresos percibidos en el periodo de cotización, esto es, el mes anterior. El futuro contratista debe atender lo dispuesto en el Artículo 3.2.7.1 relacionado con el ingreso base de cotización (IBC). La DNDA, en cumplimiento del Artículo 3.2.7.2 del Decreto 1273 de 2018, a partir del mes xx xxxxx de 2019 efectuará la retención y giro de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral a través de la Planilla Integral de Liquidación de Aportes (PILA). NOTA1 . La suma a retener será la que resulte de aplicar al Ingreso Base de Cotización (IBC) definido en el artículo 3.2.7.1 del decreto 1273 de 2018 y los porcentajes establecidos en las normas vigentes para salud, pensiones y riesgos laborales, o las que las modifiquen o sustituyan. NOTA 2. Los pagos de los meses xx xxxxx y mayo de 2019, los realizará directamente el futuro contratista mes vencido y para el pago debe adjuntar copia de la planilla integrada de autoliquidación de salud y pensión. |
4 | Constancia de afiliación a EPS. Anexar una certificación expedida por la EPS a la cual se encuentra afiliada (o) y será donde se realicen los pagos de salud. |
5 | Constancia de afiliación a Pensión. Anexar una certificación expedida por el fondo de pensiones privado o Colpensiones, el que el futuro contratista escoja y será donde se realicen los pagos de pensión. |
6 | Certificado Calculo de Retención en la fuente (Ver anexo No. 4) Diligenciar los formatos 1 y 2 que se encuentran en el anexo 4, dirigido a contratistas y asalariados: Deducciones que se restarán de la base de retención de acuerdo al Art. 387. Del Estatuto Tributario. |
7 | Registro Único Tributario expedido por la DIAN debidamente actualizado. |
8 | Certificado de antecedentes disciplinarios expedido por la Procuraduría General de la Nación. |
9 | Certificación expedida por la Contraloría General de la República. Donde conste que el oferente no está reportado en el boletín de responsables fiscales |
10 | Certificado de Antecedentes de la Policía o Judiciales De conformidad con lo previsto en el artículo 94 del Decreto-Ley 19 de 2012 y con el fin de verificar los antecedentes judiciales del oferente (persona natural o representante legal de persona jurídica), la DNDA realizará e imprimirá la consulta de los antecedentes judiciales a través del mecanismo en línea creado por el Gobierno Nacional para el efecto. En caso que el proponente registre antecedentes judiciales consistentes en sentencia judicial condenatoria con pena accesoria de interdicción de derechos y funciones públicas, el proponente será rechazado |
11 | Certificado de Medidas Correctivas La DNDA consultará y verificará, en la página Web de la Policía Nacional de Colombia, si el proponente NO se encuentra vinculado en el sistema de registro nacional de medidas correctivas. En caso de encontrarse vinculado como infractor en dicho registro por un término de seis (6) meses desde la fecha de imposición de la multa y la misma no ha sido pagada, la Entidad no podrá continuar con la evaluación de la oferta ni podrá contratar con el proponente que presente esta condición. (Artículo 183 de la ley 1801 de 2016) |
12 | Hoja de Vida única del SIGEP. Una vez actualizada la información de la hoja de vida directamente en la plataforma del SIGEP, debe imprimirla y firmarla para adjuntarla a su oferta. |
13 | Declaración de procesos alimentarios (Ley 311 de 1996). (Anexo No. 5) |
14 | Formato de bienes y rentas. (Anexo No. 6.1 y 6.2) |
15 | Fotocopia de la cédula de ciudadanía. |
16 | Fotocopia de la Libreta Militar (si es hombre) |
17 | Fotocopia de la Tarjeta Profesional (Si aplica) |
18 | Estudios: EDUCACIÓN SUPERIOR El contratista debe cumplir mínimo con los siguientes requisitos: - Título profesional en disciplina académica del núcleo básico del conocimiento en Derecho y afines, administración o licenciatura en disciplina académica del núcleo básico de conocimiento en educación, conferido por una universidad legalmente reconocida por el Ministerio de Educación Nacional. - Maestría en Ciencias Económicas o Financieras, - Diplomado en contratación estatal, - Mínimo dos (2) Cursos, seminario o talleres de actualización relacionados con la Contratación Estatal. - Mínimo dos (2) meses de curso en SECOP II. |
19 | EXPERIENCIA ESPECÍFICA Experiencia especifica del oferente y/o Persona Natural: Acreditar mínimo diez (10) años de experiencia profesional continua o discontinua con entidades públicas, desarrollando labores relacionadas con la Contratación Estatal. Las certificaciones deben tener como mínimo la siguiente información: - Razón social o nombre de la empresa contratante. - Objeto del contrato - Detalle de las actividades realizadas y relacionadas directamente con temas de contratación estatal. - Fecha de inicio y finalización del contrato. Debe estar suscrita por el supervisor del respectivo contrato o el representante o autorizado por el Contratante. NOTA. En concordancia con la normatividad vigente, la experiencia profesional se tiene en cuenta a partir de la fecha de terminación de materias si anexa a los documentos habilitantes la certificación expedida por la |
institución de Educación Superior, donde conste año y fecha de terminación y/o a partir de la fecha de grado acorde con la fecha del acta o diploma. | |
20 | Afiliación a ARL (Anexo 7). Certificación donde manifiesta su intención de afiliarse al Sistema General de Riesgos Laborales, conforme lo establece el artículo 2.2.4.2.2.4 del Decreto 1072 de 2015, para lo cual lo hará a libre escogencia de su administradora de Riesgos Laborales debiendo afiliarse a una sola. Adicionalmente, debe manifestar que se compromete durante el período de duración de la Orden Contractual a pagar directamente a la ARL y por anticipado, el valor correspondiente a la primera cuota de afiliación a la firma de la misma, y las siguientes, dentro de los cuatro primeros días hábiles de cada mes. Igualmente que se compromete a cumplir con las normas del Sistema General de Riesgos Profesionales y en especial con las normas y reglamentos del programa de Salud Ocupacional de la Dirección Nacional de Derecho de Autor. |
21 | Examen médico Ocupacional de Ingreso. En cumplimiento del artículo 2.2.4.2.2.18 del Decreto 1072 de 2015, el contratista deberá allegar el examen médico ocupacional, el cual puede realizarse en una Institución Prestadora de Servicios de Salud Ocupacional o con una Entidad Promotora de Salud, debidamente autorizadas y con licencia vigente en Salud Ocupacional. El costo será asumido por el Contratista. NOTA. Este examen tendrá vigencia máxima de tres (3) años y será válido para todos los contratos que suscriba el contratista, siempre y cuando se haya valorado el factor de riesgo más alto al cual estará expuesto en todos los contratos. En el caso de perder su condición de contratista por un periodo superior a seis (6) meses continuos, deberá realizarse nuevamente el examen. |
22 | Información SIIF. (Este documento no es requisito habilitante) (Anexo No. 8) El futuro contratista deberá anexar DILIGENCIADO el Formato de Información de Proveedores o Contratistas Sistema de Información Integral Financiera SIIF, necesaria para la conformación de la base de datos y para el pago oportuno de las cuentas, por lo que el formato debe ser diligenciado en su totalidad de forma clara y precisa, en letra imprenta, a máquina o en computador. |
23 | Formato Reporte Información por Seguridad Social para los efectos de la retención (Ver anexo No. 9) Para los efectos de la retención prevista en el Decreto 1273 de 2018 Artículos 2.2.4.2.2.1, 3.2.7, 3.2.7.1, el contratista por prestación de servicios personales, a través del presente formato informará a la DIRECCIÓN, al momento de la suscripción del contrato y cuando quiera que se produzca alguna modificación que afecte el monto y el giro de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral, la información relacionada en el artículo 3.2.7.5 del mismo Decreto. |
24 | Anexar la CERTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD BANCARIA, en donde los datos del cuentahabiente deben coincidir con los datos del proponente. (Fecha de expedición no mayor a 90 días contados a partir de la fecha de cierre del proceso de selección). |
NOTA IMPORTANTE. SIGEP. Ingresar información H.V. directamente por el contratista.
A través de su correo electrónico recibirá un nombre de usuario y una clave de acceso para ingresar al SIGEP por el módulo Contratistas, por el cual debe proceder a ingresar la información completa de la hoja de vida, bienes y rentas, adjuntando los archivos que soportan la información en formato pdf, incluyendo en el link DOCUMENTOS ADICIONALES los antecedentes disciplinarios, antecedentes fiscales, diploma xx xxxxxxxxx, profesional y de postgrado, cédula de ciudadanía, bienes y rentas, certificaciones laborales que acreditan la experiencia solicitada en el presente proceso entre otros.
Cualquier inquietud o duda para su diligenciamiento, favor comunicarse al teléfono 0000000 ó 0000000 Ext. 176 ó 204 Mesa de Ayuda del Sigep – Departamento Administrativo de la Función Pública.
8. EVALUACIÓN
La entidad procederá a verificar los requisitos habilitantes, condiciones técnicas y el factor económico el cual no debe superar el presupuesto oficial disponible para esta contratación.
FACTORES | EVALUACION |
JURIDICOS | CUMPLE / NO CUMPLE |
FINANCIEROS | CUMPLE / NO CUMPLE |
TÉCNICOS Y DE EXPERIENCIA | CUMPLE / NO CUMPLE |
ECONOMICOS | CUMPLE/ NO CUMPLE |
• Requisitos jurídicos (Cumple/ no cumple)
Se verificará la presentación y validez de los documentos solicitados.
• Requisitos financieros (Cumple/ no cumple)
Se verificará la presentación y validez de los documentos solicitados.
• Requisitos Técnicos y de Experiencia (Cumple / no cumple)
Se verificará que la propuesta técnica se ajuste a las necesidades de la entidad consignadas en los estudios previos.
• Requisitos Económicos (Cumple / no cumple)
La oferta presentada debe cumplir con los requisitos jurídicos, financieros, técnicos y de experiencia, las especificaciones técnicas y que el precio no supere el oficial estimado para la presente contratación, el cual se ha fijado en la suma de CUARENTA MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS ($40.200.000) MCTE incluido impuestos,
tributos, contribuciones, aportes parafiscales o cualquier otro descuento que hubiere de realizarse por ley, amparado con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 4219 xx xxxxx 20 de 2019 expedido por la Subdirectora Administrativa de la DNDA.
8.1. ANÁLISIS CRITERIOS HABILITANTES Y EVALUACIÓN ECONÓMICA.
Se realizará a través del comité de contratos conformado por la Subdirectora Administrativa, un delegado del nominador en contratación y/o quien designe la Directora General, el Coordinador del Grupo de Compras o quien haga sus veces y el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica y/o quien haga sus veces.
9. SOPORTES PARA LA ESTIMACIÓN, TIPIFICACIÓN Y ASIGNACIÓN DE LOS RIESGOS PREVISIBLES SIN AFECTAR EL EQUILIBRIO ECONÓMICO DEL CONTRATO. (Ver matriz anexa)
En desarrollo de lo señalado en el artículo 4 de la Ley 1150 de 2007, el articulo 1 y numeral 9 del artículo 12 del Decreto–Ley 4170 de 2011, el Documento CONPES
3714, el Decreto 1082 de 2015, y artículo 25, numerales 7 y 12 de la Ley 80 de 1993, y con el fin de valorar el alcance del objeto contractual requerido por la entidad, como sustento y justificación de los factores de selección adoptados para el presente proceso de contratación se procede a realizar el análisis de riesgos de la contratación, su tipificación, estimación y asignación.
Se precisa que salvo las situaciones específicamente mencionados en el presente numeral y como principio general, EL CONTRATISTA como experto de negocio y como especialista, asumirá los efectos económicos de todos aquellos sucesos previsibles y de normal ocurrencia para las actividades que son objeto de la presente contratación. Por lo tanto, deberá asumir los riesgos asociados a su tipo de actividad ordinaria que sean previsibles, así mismo, asumirá aquellos riesgos propios de su actividad empresarial y de persona natural o jurídica que tiene que cumplir con determinadas cargas y deberes frente al Estado y la sociedad. En consecuencia, solo procederán reclamaciones por hechos o circunstancias imprevisibles no asignadas al contratista en la presente distribución de riesgos de la contratación. La Dirección Nacional de Derecho de Autor no estará obligada a efectuar reconocimiento económico alguno ni a ofrecer garantía que permita eliminar, prevenir o mitigar los efectos de los riesgos asumidos por el contratista.
Sólo en el evento que se demuestre por parte del contratista pérdida por la ocurrencia de situaciones imprevistas que no sean imputables a él, y se acepte tal situación por la entidad, se procederá al restablecimiento del equilibrio de la ecuación económica del contrato.
En atención a la anterior normatividad, en el presente estudio previo se tuvieron en cuenta las indicaciones establecidas en el Manual para la identificación y cobertura del Riesgo en los procesos de contratación emitido por Colombia Compra Eficiente y se siguieron los siguientes pasos para establecer los riesgos:
1. Se estableció el contexto en el cual se adelanta el proceso, es decir, se identificaron los riesgos comunes a los procesos de contratación en la DNDA.
2. Se identificaron y clasificaron los riesgos del proceso de logística, operación y producción de eventos:
• Clase: General y específico
• Fuente: Interno y Externo
• Etapa: Planeación, Selección, Contratación y Ejecución
• Tipo: Riesgos Económicos, Riesgos Sociales o Políticos, Riesgos Operacionales, Riesgos Financieros, Riesgos Regulatorios, Riesgos de la Naturaleza, Técnicos, entre otros.
3. Se evaluaron y calificaron los riesgos identificados estableciendo el impacto de los mismos frente al logro de los objetivos del proceso de contratación y su probabilidad de ocurrencia.
Esta evaluación permitió asignar a cada riesgo una calificación en términos de impacto y de probabilidad, lo cual permitió establecer la valoración de los riesgos identificados y las acciones que se deben efectuar.
4. Asignar y tratar los riesgos: Se estableció un orden de prioridades de acuerdo al objeto contractual y su alcance con el fin de evitar el riesgo, transferirlo, aceptarlo, reducir la probabilidad y las consecuencias.
5. Monitorear y revisar la gestión de los riesgos: Se realizó un análisis de cada uno de los riesgos incluidos en la matriz anexa proponiendo un plan de tratamiento los cuales serán revisados constantemente durante la ejecución del contrato y de ser necesario se deben hacer ajustes al plan de tratamiento de acuerdo con las circunstancias que se presenten durante la ejecución del contrato.
Este monitoreo deberá garantizar que los controles son eficaces y eficientes, obtener información adicional para mejorar la valoración del riesgo, analizar y aprender a partir de los eventos, cambios, éxitos y fracasos, detectar cambios en el contexto externo e interno que exijan revisión de los tratamientos del riesgo e identificar nuevos riesgos que puedan surgir.
No obstante lo anterior, los oferentes interesados en el proceso podrán manifestar a la entidad, teniendo en cuenta el conocimiento que tienen como expertos en su actividad ordinaria, la existencia de posibles riesgos asociados a la ejecución del contrato que puedan afectar el equilibrio económico del mismo, de conformidad con lo expresado por el artículo 863 del Código de Comercio, según el cual, las partes deberán proceder de buena fe exenta de culpa en el período precontractual, so pena de indemnizar los perjuicios que se causen.
En consecuencia, la Entidad no aceptará reclamaciones relacionadas con circunstancias previsibles por el contratista que afecten dicho equilibrio económico y que no hayan sido manifestadas por el mismo.
NOTA: Debe entenderse que los mecanismos contenidos en el contrato, permiten mantener las condiciones económicas y financieras existentes al momento de la presentación de la propuesta por parte del contratista y consecuentemente, están diseñados para restablecer y mantener la ecuación del equilibrio contractual, en los términos señalados en la Ley 80 de 1993.
10. REQUERIMIENTO DE GARANTIAS:
De conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.1.2.1.4.5 del Decreto 1082 de 2015, en la contratación directa la Entidad es libre de exigir o no garantías. En la presente contratación conforme al objeto del contrato y las actividades desarrolladas por el futuro contratista amerita la exigencia de una garantía toda vez que existen riesgos que pueden afectar el funcionamiento de la entidad, específicamente en las funciones de la Subdirección Administrativa.
En consecuencia, el contratista deberá constituir una Garantía Única a favor de la DNDA que ampare los siguientes riesgos:
• CUMPLIMIENTO del objeto del contrato, en cuantía equivalente al 10 % del valor del contrato, con vigencia igual al término de ejecución del mismo y cuatro meses más.
11. INDICACIÓN SI LA CONTRATACIÓN ESTÁ COBIJADA POR UN ACUERDO INTERNACIONAL O UN TRATADO DE LIBRE COMERCIO VIGENTE PARA EL ESTADO COLOMBIANO.
En cumplimiento a lo estipulado en el artículo 2.2.1.2.4.1.1 del Decreto 1082 de 2015 la DNDA, establece si el servicio objeto del presente proceso de selección se encuentra cobijado por los acuerdos y tratados internacionales que vinculen al estado colombiano, para lo cual se verificó:
a) Si la cuantía del proceso se somete al capítulo de compras públicas
b) Si la Entidad se encuentra cobijada bajo el capítulo de compras públicas
c) Si los bienes y servicios a contratar no se encuentran excluidos del capítulo de compras.
De acuerdo a la verificación realizada sobre los TRATADOS DE LIBRE COMERCIO, ACUERDOS INTERNACIONALES VIGENTES PARA EL ESTADO COLOMBIANO, el
presente proceso no se somete al capítulo de compras públicas.
El presente documento se firma por el responsable en la ciudad de Bogotá, D.C. a los veintiún (21) días del mes xx xxxxx de 2019.
DOCUMENTO ORIGINAL FIRMADO POR LA SUSCRITA XXXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX
Subdirectora Administrativa
Anexo: Matriz de Riesgos
Cargas laborales de contratación en la DNDA
Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 4219 del 20 xx xxxxx de 2019