LA DIRECTORA ADMINISTRATIVA LOGISTICA, facultada para adelantar todos los trámites tendientes a la celebración de los contratos de arriendo requeridos por la administración departamental mediante decreto No.44 del 4 de febrero de 2020, en cumplimiento...
XXXXXXXXXX Xx. 000 XX 00 XX XXXXXXX XX 0000
“POR MEDIO DE LA CUAL SE JUSTIFICA LA CONTRATACIÓN DIRECTA DENTRO DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE UNA BODEGA PARA ALMACENAMIENTO, CUSTODIA Y CONSERVACION DE LOS DECOMISOS REALIZADOS POR LA DIRECCION FINANCIERA DE INGRESOS DE LA SECRETARIA DE HACIENDA DEPARTAMENTAL, REQUERIDA POR LA GOBERNACION XX XXXXXXX, ENTRE EL DEPARTAMENTO XX XXXXXXX COMO ARRENDATARIO Y LA FIRMA XXXXXX & XXXXXXX S.A.”.
LA DIRECTORA ADMINISTRATIVA LOGISTICA, facultada para adelantar todos los trámites tendientes a la celebración de los contratos de arriendo requeridos por la administración departamental mediante decreto No.44 del 4 de febrero de 2020, en cumplimiento de lo establecido por la ley 80 de 1993 y 1150 de 2007 y acorde con lo estipulado en el artículo 2.2.1.2.1.4.11 del Decreto 1082 de 2015.
CONSIDERANDO
Que la Dirección de Ingresos, le corresponde controlar la evasión de impuestos en el departamento xx Xxxxxxx, razón por la cual realiza operativos que pueden dar como resultado el decomiso de bienes que no están debidamente legalizados y le corresponde garantizar el espacio de almacenamiento suficiente y adecuado para la custodia y conservación de los objetos decomisados mientras se culmina los procesos legales correspondientes.
Que desde el año 2016 se tiene en arriendo una bodega para decomisos, solicitada por el Director Financiero de Ingresos departamental, teniendo en cuanta las recomendaciones técnicas dadas por la Secretaría de Infraestructura de área adecuada, mediante oficio GOBOL-16-020340 de julio 15 de 2016.
Que en la Gobernación xx Xxxxxxx no cuenta con el espacio suficiente, y/o apropiado para satisfacer la necesidad de la Dirección xx xxxxxx de contar con una bodega que brinde todas las garantías requeridas para guardar, custodiar y proteger los bienes que haya necesidad de decomisar en esta administración, como lo señala la ley.
Que, el Director Financiero de Xxxxxxxx solicitó continuar contando con la bodega para almacenamiento de los decomisos que viene tomada en arriendo por esta Dirección, teniendo en cuenta oficio GOBOL 16-022183 de julio 29 de 2016, de la Secretaría de Infraestructura donde da concepto favorable a la propuesta de la Inmobiliaria Xxxxxx y Xxxxxxx de una Bodega Ubicada en Centro Comercial e Industrial de Ternera 2, identificada como Bodega I-01.
Que esta Dirección en uso de sus facultades y cumpliendo con sus funciones arrendó la Bodega ubicada en Xxxxxx Xxxxxxxxx x Xxxxxxxxxx xx Xxxxxxx 0, identificada como Bodega I-01, el cual estuvo vigente hasta el día 31 de diciembre de 2018, por lo que es imperioso suscribir nuevamente el contrato de arriendo para garantizar el espacio adecuado a la Oficina xx Xxxxxx de la Secretaría de Hacienda.
Que en consonancia con lo anterior, se hace necesario contratar el arriendo de un inmueble tipo bodega para el almacenamiento, custodia y conservación de los decomisos realizados por la Dirección de Ingresos en ejercicio de sus funciones de control a la evasión.
Que la Ley 1150 de 2007 en su Título I hace referencia a los principios de Eficiencia y Transparencia que rigen la Contratación Pública y que, dando cumplimiento a estos principios, en su artículo 2° establece las modalidades de selección dentro de las cuales contempla la Contratación Directa.
Que en el artículo 2.2.1.2.1.4.1 del Decreto 1082 de 2015 se establece la obligatoriedad de proferir un Acto administrativo de justificación de la Contratación Directa, que deberá contener entre otros aspectos: "(...) 1. La causal que invoca para contratar directamente.,
2. El objeto del contrato., 3. El presupuesto para la contratación y las condiciones que exigirá al contratista., 4. El lugar en el cual los interesados pueden consultar los estudios y documentos previos. (...)".
Que lo anterior fue reglamentado en el artículo 2.2.1.2.1.4.11 del Decreto 1082 de 2015. Establece que las entidades estatales pueden alquilar o arrendar inmuebles mediante contratación directa para lo cual deben seguir las siguientes reglas:
1. Verificar las condiciones xxx xxxxxxx inmobiliario en la ciudad en la que la entidad estatal requiere el inmueble.
2. Analizar y comparar las condiciones de los bienes inmuebles que satisfacen las necesidades identificadas y las opciones de arrendamiento, análisis que deberá tener en cuenta los principios y objetivos del sistema de compra y contratación pública.
Que las obligaciones que se contraigan en desarrollo de este proceso contractual, se encuentran respaldadas con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal N° 6 del 4 de enero de 2021 y N°. 113 del 9 de febrero de 2021, expedidos por La Dirección Financiera de Presupuesto de la Gobernación xx Xxxxxxx, para la vigencia fiscal 2021, y serán por valor de CIENTO OCHENTA Y NUEVE MILLONES CINCO MIL PESOS MCTE.
($189.005.000.oo), incluido IVA, incluidos todos los costos y gastos directos e indirectos que genere la legalización y ejecución del contrato.
En virtud de las consideraciones expuestas,
RESUELVE:
PRIMERO: Téngase justificada la causal de Contratación Directa contenida en el artículo 2.2.1.2.1.4.11 del Decreto 1082 de 2015, por las consideraciones señaladas en la parte motiva de la presente resolución.
SEGUNDO: Celébrese el contrato cuyo objeto es: CONTRATAR EL ARRENDAMIENTO DE UNA BODEGA PARA ALMACENAMIENTO, CUSTODIA Y CONSERVACION DE LOS DECOMISOS REALIZADOS POR LA DIRECCION FINANCIERA DE INGRESOS DE LA SECRETARIA DE HACIENDA DEPARTAMENTAL, REQUERIDA POR LA GOBERNACION XX XXXXXXX, entre el DEPARTAMENTO XX XXXXXXX como
arrendatario y la firma XXXXXX & XXXXXXX S.A. como el arrendador.
TERCERO: Téngase como Presupuesto oficial para la contratación, la suma de CIENTO OCHENTA Y NUEVE MILLONES CINCO MIL PESOS MCTE. ($189.005.000.oo), incluido
IVA, incluidos todos los costos y gastos directos e indirectos que genere la legalización y ejecución del contrato, los cuales, se amparan con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal N° 6 del 4 de enero de 2021 y N°. 113 del 9 de febrero de 2021, expedidos por La Dirección Financiera de Presupuesto de la Gobernación xx Xxxxxxx,
TERCERO: Los estudios previos podrán ser consultados en la plataforma Secop II.
CUARTO: De acuerdo con lo dispuesto en el Código de procedimiento administrativo y de lo Contencioso Administrativo, contra el presente acto no procede recurso alguno y rige a partir de su fecha de expedición.
Dado en Cartagena de Indias D. T. y C.; a los veintitrés (23) días del mes de febrero de dos mil veintiuno (2021).
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
XXXXXXX XXXX XXXXX
Directora Administrativa Logística Gobernación xx Xxxxxxx
Proyectó:
X. Xxxxxx X.
Asesor Jurídico DAL Gobernación xx Xxxxxxx