PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA PERMUTA DEL TRAZADO DE UN CAMINO EN EL POLÍGONO 43, PARCELAS 30-52 PARA SITUARLO ENTRE LAS PARCELAS 31,53 Y 52.
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARA LA PERMUTA DEL TRAZADO DE UN XXXXXX XX XX XXXXXXXX 00, XXXXXXXX 00-00 PARA SITUARLO ENTRE LAS PARCELAS 31,53 Y 52.
Cláusula 1. Objeto y calificación
Constituye el objeto del contrato la permuta del bien inmueble correspondiente al camino público situado en el xxxxxxxx 00, xxxxxxxx 00-00 xxxx xxxxxxxx xxxxx xxx xxxxxxxx 31,53 y 52. Para ello, dado su carácter demanial, se ha iniciado la tramitación de la alteración de la calificación jurídica del camino correspondiente para que tenga la condición de bien patrimonial
Descripción de inmueble: El inmueble que se obtiene y el que se enajena con la presente permuta se encuentra descrito en el Anexo a los presentes pliegos (anexo al pliego técnico).
El contrato se regirá por la legislación patrimonial de conformidad con el art.9.2. de la LCSP
El presente contrato se regirá por la Ley 33/2003 de 3 de noviembre del Patrimonio de las Administraciones Públicas, por el Real Decreto 1373/2009, de 28 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Patrimonio de las Administraciones Públicas, Ley de Bases de Régimen Local, de 2 xx Xxxxx de 1985, el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de 13 xx xxxxx de 1986, el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/86, de 18 xx Xxxxx y por el presente pliego de condiciones particulares. Todo ello, sin perjuicio de la remisión de la normativa de bienes a la normativa contractual en las fases de preparación y adjudicación-Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 y normativa de desarrollo-.
Supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y de derecho privado.
No resulta procedente la división por lotes por motivos obvios, toda vez que se trata de una adjudicación directa de modificar el trazado de un camino por otro. Se considera necesario porque se mejora el trazado actual (mayor amplitud), mejora el acceso al resto de fincas y resulta útil al municipio al fomentar el turismo enológico
Cláusula 2. El perfil del Contratante
Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual, y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de contratante al que tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx, que se alojará en la Plataforma de Contratación del Sector Público: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx
Cláusula 3. Tipo de Licitación
La adjudicación se realiza de forma directa al propietario del bien a obtener de conformidad con lo previsto en el art.154.1. de la Ley 33/2003 de 3 de noviembre del Patrimonio de las Administraciones Públicas. No es posible acudir a procedimiento licitatorio alguno dado que para obtener la correspondiente permuta solo es posible a través del citado propietario. No se producirá abono alguno por ninguna de las partes al considerarse, conforme a los informes técnicos, el valor es similar, incluso beneficioso para el Ayuntamiento, al tener una superficie mayor el camino que se obtiene, por lo que se ve adecuada la permuta planteada para el interés de este Ayuntamiento. Todo ello, sin perjuicio de los gastos tributarios o de gestión que se produzcan, que se abonaran conforme a los pliegos Se ha valorado el camino actual en 2.251,57 euros y el que se entrega en 2.298,74 euros, sin embargo no habrá abono por el Ayuntamiento para compensar dicha cifra. El valor no supera el 10 por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto ni el importe de tres millones de euros, así como la enajenación del patrimonio, cuando su valor no supere el porcentaje ni la cuantía indicados, por lo que el órgano de contratación es la Alcaldía, sin perjuicio de las delegaciones o avocaciones que realice.
Cláusula 4. Capacidad
Podrán presentar ofertas, por sí mismas o por medio de representantes, las personas naturales y jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad para ello y que no se encuentren incluidos en los supuestos de prohibición recogidos en la LCSP
Cláusula 5. Criterios de Adjudicación
La adjudicación recaerá en la entidad “Viñedos de San Xxxxxx S.L”
Cláusula 6.Presentación de Ofertas
-Presentación de proposiciones: forma
La presentación de la proposición supone la aceptación incondicional por la entidad del contenido de la totalidad de las cláusulas o condiciones previstas en los pliegos que rigen el contrato, sin salvedad o reserva alguna.
Para la licitación del presente contrato, no se exige la presentación de ofertas utilizando medios electrónicos debido a “cuando la utilización de medios electrónicos requiera equipos ofimáticos especializados de los que no disponen generalmente los órganos de contratación”,con arreglo a lo establecido en el punto tercero de la Disposición adicional decimoquinta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, a día de la fecha no consta en el Ayuntamiento los medios electrónicos adecuados para el cumplimiento de los requisitos previstos en la LCSP de 2017
El interesado presentará sus proposiciones en el plazo de TREINTA (30) DÍAS HÁBILES, a partir del día siguiente al de la publicación en el perfil del contratante, todo ello sin perjuicio de que la entidad enviará una invitación a la empresa “Viñedos de San Xxxxxx S.L” para presentar su oferta, en el Registro General del Ayuntamiento de San Xxxxxx de Valdeiglesias en horario de oficina, o bien en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4. de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Al tratarse de un solo licitador, presentada la proposición por él mismo, no será necesario esperar a la conclusión del plazo de treinta días hábiles para iniciar los trámites para proceder a la adjudicación del contrato, de conformidad con lo previsto en el presente pliego
La proposición se presentará en dos (02) sobres de tamaño DIN A4 que deberán estar cerrados y que podrán ser lacrados y precintados, y en el que deberá constar las siguientes notas:
a)- Estarán firmados por el licitador o por la persona que le represente y contendrán la documentación y requisitos exigidos en la cláusula siguiente.
b)- En la parte exterior del sobre aparecerá de manera clara el título que le corresponda, según lo dispuesto en la cláusula siguiente, y la identificación del licitador, con su nombre o denominación social, el número de documento de identidad o CIF, su domicilio a efectos de notificaciones, un número de teléfono, un número de fax y una dirección de correo electrónico.
c)- En caso de presentar la proposición una persona en representación del licitador, el representante estará adecuadamente identificado en el exterior del sobre con su nombre y con el número del documento de identidad.
-Proposiciones: documentación
Sobre A.- Llevará por título "Documentación Administrativa que se presenta para tomar parte en la adjudicación del contrato denominado: PERMUTA DEL TRAZADO DE UN XXXXXX XX XX XXXXXXXX 00, XXXXXXXX 00-00 PARA
SITUARLO ENTRE LAS PARCELAS 31,53 Y 52. ”, y contendrá la siguiente documentación:
«MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE
, con domicilio a efectos de notificaciones en ,
, n.º , con NIF n.º , en representación de la Entidad
, con NIF n.º , a efectos de su participación en la licitación
, ante
DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD:
PRIMERO. Que se dispone a participar en la adjudicación de la permuta del trazado de un camino en el xxxxxxxx 00, xxxxxxxx 00-00 para situarlo entre las parcelas 31,53 y 52.
SEGUNDO. Que cumple con todos los requisitos previos exigidos por el pliego de cláusulas administrativas particulares para ser adjudicatario, en concreto:
- Que no está incurso en una prohibición para contratar de las recogidas en el artículo 71 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.
— Estar al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de las obligaciones con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
— Que se somete a la Jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitador. (En el caso de empresas extranjeras)
— Que la dirección de correo electrónico en que efectuar notificaciones es -------
.
TERCERO. Que se compromete a acreditar la posesión y validez de los documentos a que se hace referencia en el apartado segundo de esta declaración, en caso de que sea propuesto como adjudicatario del contrato o en cualquier momento en que sea requerido para ello.
Y para que conste, firmo la presente declaración.
En , a de de 20 .
Firma del declarante, Fdo.: »
SOBRE B- llevará por título: “Compromiso de cumplimiento xxx xxxxxx” que se expresará conforme al modelo que se incorporé como ANEXO I. Se requerirá la presentación de la documentación prevista en el Anexo I
Cláusula 6. Mesa de Contratación
Para la calificación de los documentos y el examen y la valoración de las ofertas, el órgano de contratación, estará asistido por una Mesa de Contratación, formada por los siguientes miembros:
Presidente: Presidirá la mesa de contratación el Alcalde-Presidente del Ayuntamiento, que podrá ser sustituido por el concejal en quien delegue.
Vocales:
1. El secretario del Ayuntamiento, X. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, que podrá ser sustituido por el Funcionario que asuma sus funciones, en su ausencia.
2. La Sra. Interventora del Ayuntamiento, Xxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, que podrá ser sustituida por el Funcionario que asuma sus funciones en su ausencia
3. El funcionario, Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx que podrá ser sustituida por la funcionaria, Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx
-Secretario: Actuará como Secretario de la Mesa, el funcionario de la Corporación, Xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxxx que podrá ser sustituido por otro funcionario de la Corporación
El primer día hábil siguiente desde el fin del plazo de presentación de ofertas a las 12:00 horas en el Salón de Plenos del Ayuntamiento, se constituirá la Mesa de contratación a los efectos de calificación de la documentación, si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, mediante telefax, correo electrónico, tablón de anuncios electrónico del Portal de la Contratación Pública del Ayuntamiento, o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, de la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios. Si el licitador presenta la documentación con anterioridad al último día de finalización del plazo, de conformidad con lo previsto en este pliego, se comunicará a través del perfil del contratante y se comunicará al licitador por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción la fecha en la que se constituirá la Mesa de contratación
Constituida la Mesa a los efectos de calificación de la documentación, si observase defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada, lo comunicará a los interesados, mediante fax, correo electrónico o cualquier otro medio que permita tener constancia de su recepción por el interesado, de la fecha en que se reciba y del contenido de la comunicación, concediéndose un plazo no superior a tres días hábiles
para que los licitadores los corrijan o subsanen o para que presenten aclaraciones o documentos complementarios.
Así mismo, para verificar la eventual concurrencia de prohibiciones para contratar, la mesa de contratación podrá requerir al licitador la presentación de certificados y documentos complementarios a los que hubiera presentado o bien pedir aclaraciones sobre estos, que deberán ser atendidas en el plazo máximo de tres (03) días.
Una vez calificada la documentación y realizadas, si procede, las actuaciones indicadas, la Mesa determinará si la entidad cumple con los requisitos establecidos en este pliego, pudiendo solicitar los informes que estime oportunos, en su caso.
El acto público de apertura de la proposición –sobre B- se celebrará tras la apertura del sobre referente a la documentación administrativa salvo que haya que subsanar. De no ser posible la celebración del acto público en dichas fechas se comunicará a los licitadores la fecha y hora en que tendrá lugar.
La mesa rechazará aquellas ofertas que muestren una inconsistencia que las haga inviables.
La Mesa elevará las proposiciones junto con el acta y la propuesta que estime pertinente, al órgano de contratación, verificando el cumplimiento de los requisitos establecidos en estos pliegos por parte de la empresa.
Cláusula 7. Adjudicación del contrato.
El órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la mejor oferta para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos previos a que hace referencia el artículo 140.1 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, así como de disponer efectivamente de los medios que se hubiese comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato conforme al artículo 76.2.
De no cumplimentarse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador ha retirado su oferta, procediéndose a exigirle el importe del 3 por ciento del presupuesto base de licitación, IVA excluido, en concepto de penalidad, que se hará efectivo en primer lugar contra la garantía provisional, si se hubiera constituido.
La documentación a presentar será la siguiente, sin perjuicio de la que el órgano de contratación estime para acreditar el cumplimiento de los requisitos del citado artículo 140 de la LCSP, si no se hubiese presentado con anterioridad:
1.- Capacidad de obrar.
Si la empresa fuera persona jurídica, la escritura o documento de constitución, los estatutos o acto fundacional en los que conste las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda según el tipo de persona jurídica de que se trate, así como el Código de Identificación Fiscal (CIF), todo ello en original o copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello. Estos documentos deberán recoger el exacto régimen jurídico del licitador en el momento de la presentación de la proposición.
Si se trata de empresario individual, el DNI o documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente, en copia que tenga el carácter de auténtica conforme a la legislación vigente, o fotocopia compulsada por funcionario habilitado para ello.
La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, se acreditará mediante su inscripción en el registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde estén establecidos o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
Cuando se trate de empresas extranjeras no comprendidas en el párrafo anterior, informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa, en el que se haga constar, previa acreditación por la empresa, que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo, o en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto del contrato.
Igualmente deberán acompañar informe de la Misión Diplomática Permanente española, que acredite que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de las empresas españolas en la contratación con la Administración y con el sector público. En los contratos sujetos a regulación armonizada, se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial del Comercio.
Las empresas extranjeras presentarán su documentación traducida de forma oficial al castellano.
2. - Documentos que acrediten las facultades de representación
Cuando el licitador no actúe en nombre propio o se trate de una sociedad o de una persona jurídica, deberá de acompañar el documento que acredite que dispone de las facultades necesarias para poder intervenir en nombre del representado ante del Ayuntamiento en el procedimiento de contratación.
3.- No concurrencia de causas de incompatibilidad o prohibición y cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de San Xxxxxx de Valdeiglesias
Los licitadores deberán presentar una declaración en la que manifiesten, bajo su responsabilidad, que no se encuentran incursos en ninguna de las prohibiciones o incompatibilidades para contratar establecidas en el artículo 71, conforme al modelo que figura como Anexo I al presente pliego.
Esta declaración comprenderá también el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de seguridad social y el hecho de no tener pendiente de pago en período ejecutivo deudas de cualquier naturaleza con el Ayuntamiento de San Xxxxxx de Valdeiglesias
Asimismo, deberán de presentar las certificaciones y documentos exigidos en los arts.13 y siguientes del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, acreditativas de hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social
4.-Acreditación de la finalidad de la empresa y de su organización.
En el caso de personas jurídicas, los licitadores deberán presentar la documentación que acredite debidamente que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, según resulte de sus respectivos estatutos o reglas fundacionales, les sean propias. En este sentido, conforme al expediente de alteración de la calificación jurídica de bienes de dominio público, la empresa deberá de acreditar que se dedica a actividades que pueden fomentar el turismo enológico en San Xxxxxx de Valdeiglesias
5.-Solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
Dada la naturaleza del presente contrato, su valor estimado y que se trata de un contrato adjudicado de forma directa; no se exige solvencia específica
6.- Confidencialidad.- Los licitadores enumerarán de manera expresa y clara aquellos documentos que tengan un contenido que deba ser reservado por intereses comerciales o por razones de salvaguarda de la competencia. De no contener ninguna especificación se entenderá que el licitador considera que ninguno de los documentos presentados merece aquella reserva por su contenido.
7.-Acreditación de la propiedad del bien.
La entidad deberá de justificar la propiedad del bien mediante su oportuna inscripción en el Registro de la Propiedad. La propiedad debe de constar libre de cargas que puedan suponer una minusvaloración del bien.
8.- Índice de documentos.- Se hará constar, dentro de cada sobre y en la primera página, en hoja independiente, un índice de los documentos que lo integran,
enunciado numéricamente, de conformidad con el artículo. 80.1 del RGCAP, que deberá ir firmado por el licitador o por su representante.
9.-Fax o correo electrónico al que podrá la Administración dirigirse para la presente contratación.
La adjudicación procederá siempre que el bien del Ayuntamiento a permutar adquiera la condición de bien patrimonial, habiéndose adoptado en fecha de 29 de enero de 2015, por el Pleno de la entidad, la aprobación inicial para la desafectación del tramo de camino correspondiente pasando de bien de dominio público a patrimonial
Cláusula 8. Formalización
Las enajenaciones de inmuebles rústicos cuyo precio de venta sea inferior a 150.000 euros se formalizarán en documento administrativo, que será título suficiente para su inscripción en el Registro de la Propiedad de conformidad con lo previsto en el art.113.2. de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, por lo que bastará con la formalización del presente contrato en documento administrativo, sin perjuicio de que podrá formalizarse en Escritura Pública x xxxxx del adjudicatario.
Cláusula 9. Derechos y Obligaciones
La parcela e instalaciones se entregan como “cuerpo cierto”, cuyas circunstancias de hecho se consideran conocidas por los licitadores, por lo que no podrá constituir causa de resolución del contrato o derecho a indemnización, la diferencia de superficie en más o en menos de la asignada a la parcela en el Pliego. Tampoco cabrá reclamación alguna como consecuencia de las condiciones geológicas, topográficas o de otro tipo por parte del adjudicatario.
Será por cuenta del adjudicatario el pago de los anuncios de licitación y adjudicación que se publiquen en los Diarios Oficiales, así como los demás necesarios por exigirlos disposiciones legales o reglamentarias a lo largo de la ejecución y liquidación del contrato, con un importe máximo de 1.800 euros.
Asimismo, será por cuenta del adjudicatario el pago de los Tributos de la elevación, en su caso, a Escritura pública de la venta y de todos los demás que se originen o sean consecuencia del presente contrato, salvo las excepciones recogidas en él mismo.
Los gastos tributarios no asignados a una de las partes en estos pliegos serán satisfechos según Ley entre las partes.
Cláusula 10. Régimen jurídico
Este contrato tiene carácter patrimonial, su preparación y adjudicación, se regirá por lo establecido en este Pliego, y para lo no previsto en él, será de aplicación el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por el Real Decreto 1372/1986, de 13 xx xxxxx; el Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 xx xxxxx, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local; la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas; sin perjuicio de la aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y
2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014 y normativa de desarrollo en la aplicación de las Disposiciones Adicionales en la determinación del órgano de contratación y en la remisión que se efectúa a ella por la normativa patrimonial; supletoriamente se aplicarán las restantes normas de derecho administrativo y, en su defecto, las normas de derecho privado.
En cuanto a sus efectos y extinción se regirá por las Normas de Derecho privado.
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente el conocimiento de las cuestiones que se susciten en relación con la preparación y adjudicación de este contrato.
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del contrato.
ANEXO I
Compromiso de uso del bien para la finalidad establecida y del cumplimiento xxx xxxxxx de condiciones.
Se presentará el siguiente modelo de proposición:
MODELO DE PROPOSICIÓN
Don/Doña…………..con residencia en……………, provincia de……..calle…….nº , con NIF (o documento que lo sustituya legalmente),CP.
. . . . . . . . . . . . , teléfono en plena posesión de su capacidad jurídica y de
obrar, en nombre propio (o en representación de.......................................................................................................................................
............................................................................................), con domicilio en. . . . . . . .. .
. . . . . ,CP. . . . . . . . . . , teléfono , y D.N.I o C. I. F. (según se
trate de persona física o jurídica). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ., que vistos los PLIEGOS PARA LA PERMUTA DEL TRAZADO DE UN XXXXXX XX XX XXXXXXXX 00, XXXXXXXX 00-00 PARA SITUARLO ENTRE LAS PARCELAS 31,53 Y 52 que
rigen, DECLARO:
1º) Que conozco el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, el Pliego de Prescripciones Técnicas y demás documentación que ha de regir el presente contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad.
2º) Que la entidad a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente y por todos los requisitos establecidos en los pliegos
3º) Que la entidad se dedica a actividades que pueden fomentar el turismo enológico en San Xxxxxx de Valdeiglesias
En..............................., a...............de de 2018
Firma
ANEXO II
MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE RELATIVA A NO ESTAR INCURSOS EN PROHIBICIONES E INCOMPATIBILIDADES PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN, DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y CON LA SEGURIDAD SOCIAL Y DE NO TENER DEUDAS EN PERÍODO EJECUTIVO CON EL AYUNTAMIENTO DE SAN XXXXXX DE VALDEIGLESIAS
D./Dña. ……………………………………………………, con DNI/NIE en nombre propio o
en representación de la entidad ……………………..…………………, con CIF nº , en calidad
de ………………………...…………………....………
DECLARA:
I.- Que la citada sociedad, sus administradores y representantes legales, así como el firmante, no se hallan comprendidos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en la LCSP, en los términos y condiciones previstos en la misma.
II.- Que la citada entidad se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes y no tiene deudas en período ejecutivo de pago con El Ayuntamiento de San Xxxxxx de Valdeiglesias
En …………………………, a …….. de …………………….. de ….
Fdo.: