CONTRATO DE OBRA ENTRE LA MUNICIPALIDAD Y LA EMPRESA MERCANTIL
CONTRATO DE OBRA ENTRE LA MUNICIPALIDAD Y LA EMPRESA MERCANTIL
xxxxxxxxxxxxxxxxxx, NÚMERO xxxxxxx GUION DOS MIL CATORCE (xxxxx- 2014)
En la población del municipio de Ixchiguán, Departamento de San Xxxxxx, a los xxxx días del mes de xxxxxxxxxxxxl del año dos mil catorce. NOSOTROS. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXX XXXX, de sesenta y siete años de edad, casado, Maestro de Educación Primaria, originario y con domicilio en la Población del Municipio de Ixchiguán, del departamento de San Xxxxxx, con Documento Personal de Identificación, código número 1954 88350 1207 extendido por el Registro Nacional de las Personas del municipio de Ixchiguán, del Departamento de San Xxxxxx, actúo en mi calidad xx Xxxxxxx Municipal del Municipio de Ixchiguán del departamento de San Xxxxxx, Personería que acredito con copia certificada del acta de toma de posesión número 5-2012, de fecha quince de enero del año dos mil doce y Acuerdo del Tribunal Supremo Electoral Número 25-2011, de fecha dos de diciembre del dos mil once. Y por la otra parte el señor xxxxxxxxxxxxxxxxxx, de xxxxxx años de edad xxxxxxxxxxxx, identificado con xxxxxxxxx Municipio de xxxxxxxxx del, actúo en mi calidad de representante legal de la empresa mercantil, con nombre Comercial y Razón Social “xxxxxxxxxx”. Patente de Comercio número xxxxxxxxxx de registro xxxxxxxxx, folio número xxxxxxxxx (xxxx), del libro número xxxxxxxxxxxx (xxx), con categoría xxxx, con número de Identificación Tributaria xxxxxxxxxxxxxx (NIT) (xxxxxxx), con residencia comercial en la xxxxxxxxxxxxxxxx Los otorgantes manifestamos estar en libre ejercicio de nuestros derechos civiles y que las representaciones que ejercitamos son suficientes de conformidad con la ley, y a nuestro juicio, para el otorgamiento del presente instrumento y tener a la vista la documentación relacionado con el mismo. En lo sucesivo nos denominaremos LA MUNICIPALIDAD Y EL CONTRATISTA, respectivamente por estos medios ambos comparecientes convienen en celebrar el presente contrato contenido en las siguientes cláusulas. PRIMERA: BASE LEGAL: el presente contrato se suscribe en base a lo preceptuado por los Artículos en los artículos 253, 000 x 000 xx xx Xxxxxxxxxxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx; 3; 5; 7; 8 inciso c); 9; 33; 35 incisos a), d), i) y u); 40; 52; 53, 68 inciso b); 69; 72; 101; y 107 del Código
Municipal; 1, 2, 3, 6, 16, 38, 39, 40, 41 y 44 de la Ley de Contrataciones del Estado, 18 del Reglamento de la Ley de Contrataciones y, 1574 y 1575 del Código Civil, ambos del Congreso de la República de Guatemala, y lo establecido en: punto XXX, XXX del acta XXX-2014 del libro de sesiones del Concejo Municipal, donde aprueba el concurso de cotización, bases, y realizar las publicaciones xx Xxx en Guatecompras, del cual se obtuvo el NOG XXX; Acta No. XXX-2014 de fecha xxxx del año 2014, de la Junta de Cotizaciones, donde realizaron la evaluación, adjudican el negocio; y acta número xxxx del 2014 donde el pleno aprueba, avala la adjudicación y autorizan al señor Alcalde Municipal la suscripción del presente contrato de obra. SEGUNDA: OBJETO DEL CONTRATO: el presente contrato tiene como objetivo contratar los servicios del Contratista por parte del Contratante, para que lleve a cabo la ejecución del proyecto denominado: MEJORAMIENTO XXXXXXXXX XXX XXXXXXXXX, XXXXX XXX XXXXXXX, XXXXXXXXX, XXX XXXXXX.
Forman parte de este contrato y quedan incorporados al mismo los siguientes documentos: 1) Las resoluciones o acuerdos de la Corporación Municipal; 2) Las actas de la Junta de Cotización; 3) La oferta y expediente presentado por la empresa ofertante; 4) Las bases de contratación; En caso de discrepancia entre los documentos relacionados y el contrato, prevalecerá este último y a la vez el contratista se compromete a entregar a entera satisfacción de la Municipalidad de Ixchiguán, San Xxxxxx. TERCERA: DESCRIPCION DEL CONTRATO: Manifiesta el CONTRATISTA, que por este instrumento acepta la obligación de construir el proyecto mencionado en la cláusula anterior, de acuerdo a los renglones ofertados, apegado a las bases de cotización y otros documentos suministrados, que son de su más amplio y completo conocimiento y aceptación, y que por voluntad expresa de las partes forman parte de este contrato. Teniendo la descripción del trabajo a ejecutar con sus costos unitarios
No. | Descripción | Cantidad. | Unidad | Costo | Costo |
Unitario | Total | ||||
1 | TRAZO Y REPLANTEO | 4,800.00 | M2 | ||
2 | CONFORMACIÓN DE TERRENO | 4,800.00 | M2 | ||
3 | COLOCACIÓN XX XXXXXX | 4,800.00 | M2 | ||
4 | ESTUCADO DE EMPEDRADO | 4,800.00 | M2 | ||
5 | BORDILLO | 1,600.00 | ML | ||
Q |
UNO: TRAZO Y REPLANTEO; Cuatro mil ochocientos metros cuadrados (4,800.00 M2) a un precio unitario de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx (Q. xxxxxxxxxx), lo que hace un sub. Total de, xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx (Q. xxxxxxxxxxxxx). - - - - - - - - - - - - - - - - - - ------------------------
DOS: CONFORMACIÓN DE TERRENO: Cuatro mil ochocientos metros cuadrados (4,800.00 M2) a un precio unitario de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx (Q. xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx, lo que hace un sub. Total de, xxxxxxxxxxxxxxxxxxx (Q.xxxxxxxxxxxxxxx). -- --------------------------------------------
TRES: COLOCACIÓN XX XXXXXX: Cuatro mil ochocientos metros cuadrados (4,800.00 M2) a un precio unitario de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx (Q xxxxxxxxxxxxx), lo que hace un sub. Total de, xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx. (Q. xxxxxxxxxxxxxxxxx)-------------------------------------------
CUATRO: ESTUCADO DE EMPEDRADO: Cuatro mil ochocientos metros cuadrados (4,800.00 M2) a un precio unitario de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx (Q xxxxxxxxxxxxxxxx, lo que hace un sub. Total de, xxxxxxxxx (Q.xxxxxxxxxxxx)
CINCO: BORDILLO: Mil seiscientos metros lineales (1,600.00 ML) a un precio unitario de xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx (Q xxxxxxxxx) lo que hace un xxx-xxxxx xx xxxxxxxxxxxxxx (X xxxxxxxxxxxxxxx). - -
XXXXXX: VALOR DEL CONTRATO: EL VALOR DEL CONTRATO ASCIENDE A UN TOTAL
DE XXXXXXXXXXXX (Q. XXXXXX), costo total que incluye el IVA y otros impuestos que legalmente corresponden; el precio citado es fijo e inalterable, por lo que El Contratista no tendrá derecho a otros beneficios, pagos subsidios, sobre-costos o compensaciones que no estén estipuladas en este contrato, salvo que se trate de ordenes de cambio, trabajo suplementario o trabajo extra, siempre y cuando sean aprobadas por autoridades respectivas y no estén consideradas en los documentos que forman parte de este contrato, mencionados en la cláusula TERCERA del presente contrato; los valores y plazo de ejecución, cuando corresponda, se hará constar en dichos documentos, estos documentos formarán parte integral del contrato, mismo que se específica con la empresa mercantil denominada XXXXXXXXX. QUINTA: FINANCIAMIENTO: La Municipalidad de Ixchiguán, San Xxxxxx, mediante el presente contrato adquiere el compromiso de finalizar satisfactoriamente la obra, financiado con fondos provenientes del Situado Constitucional bajo el renglón xxx. SEXTA FORMA DE PAGO: La forma de pago será de acuerdo a lo que estipule la Ley de Contrataciones del Estado previa presentación de Fianza de anticipo la cual corresponde al veinte por ciento (20%), del valor total de la obra previa presentación de Fianza de anticipo por un monto equivalente al que se percibirá por tal concepto, como lo establecen los Artículos 58 y 66 de la Ley de Contrataciones de Estado y 34 de su Reglamento. La diferencia se pagará contra estimaciones de los avances físicos y de entrega de la obra efectivamente ejecutada, recibida a su entera conformidad y satisfacción por la Municipalidad o Unidad Ejecutora. SEPTIMA: El Contratista se obliga a iniciar los trabajos después de que la MUNICIPALIDAD haya firmado el contrato, así como a entregar la obra a un plazo de xxxxxxxxxxxxxx, días xxxxxxxxxx contados a partir de la fecha del acta de inicio de. El Contratista deberá concluir la entrega dentro del plazo estipulado, quedando expresamente establecido que no se reconocerá ninguna prórroga del plazo para la entrega de la obra, salvo que este plazo se ampliará por caso fortuito y fuerza mayor, o por causas no imputables a El Contratista. OCTAVA: CALIDAD DE MATERIALES; Si el contratista varía la calidad de los materiales o mezcla de los mismos, serán sancionados con una multa del cien por ciento (100%) del valor que presenta la forma afectada de la negociación, según el Artículo 86 de la Ley de Contrataciones de Estado. NOVENA: CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Se sugiere caso fortuito o una causa de fuerza mayor que demore o impida la entrega de lo pactado en los casos establecidos, EL CONTRATISTA deberá comunicarle por escrito a la Municipalidad dentro del improrrogable plazo xx xxxx días, ocurridos el hecho con lo cual la Municipalidad previa a otorgar calificará la prórroga solicitada, por ningún motivo cubrirá indemnización alguna derivada de caso fortuito o de fuerza mayor. DECIMA FIANZAS. Como contratista me obliga a presentar a favor de LA MUNICIPALIDAD las fianzas siguientes, a) De Anticipo esta deberá cubrir el 20% del monto total de este contrato y estará vigente hasta que el mismo haya sido autorizado totalmente se hará constar en la póliza correspondiente, b) De Cumplimiento esta deberá cumplir el diez por ciento (10%) del valor total del contrato, en el caso que fuera necesario hacer efectiva su aplicación se hará en la forma establecida en el artículo 38 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado. La fianza estará vigente hasta que la Municipalidad declara haber recibido los trabajos contratados a su entera conformidad y satisfacción y extienda la constancia de haber recibido la garantía de conservación de Obra, c) De Conservación de la obra equivalente al quince por ciento (15%) del valor original del contrato, como el requisito previo para la recepción de los trabajos, manteniéndose vigente por un plazo de 18 Meses, entendiéndose que la caducidad de dicho plazo no exime a la Municipalidad de la responsabilidad por destrucción o
deterioro de los trabajos debido a dolo o culpa de su parte por el periodo de 5 años computados a partir de la fecha definitiva de los mismos. d) De Saldos Deudores, Esta fianza deberá cubrir el cinco por ciento (5%) del valor original del contrato y se otorgará simultáneamente, con la fianza de conservación de la obra como requisito previo para la recepción de la misma finalidad es la de garantizar el pago de saldos deudores que pudieran resultar a favor de la Municipalidad o de terceros en la liquidación. e) Ejecución de Garantías, La Municipalidad ejecutará las garantías a que se refiere la presente cláusula, con base en el informe que rinda El Supervisor, documento que El Contratista acepta como suficiente para que La Afianzadora haga efectiva la fianza que corresponda, La Municipalidad dará audiencia a La Afianzadora y a El Contratista por el plazo xx xxxx días hábiles, para que acompañando las pruebas y documentación necesaria expresen lo que estimen pertinente. Vencida la audiencia sin que se presente ninguna exposición, La Municipalidad si fuere procedente ordenará sin más trámite el requerimiento de la garantía según corresponda, y en caso de La Afianzadora deberá efectuar el pago dentro del plazo xx xxxx días calendario, contado a partir de la fecha en que se ordenó el requerimiento. La afianzadora deberá hacer constar en la póliza que emita que acepta las condiciones de esta cláusula. DECIMA PRIMERA: DECLARACION JURADA: El Contratista hago declaración jurada de que tanto yo como mi Representante no somos deudores morosos del Estado ni de ninguna de las entidades e instituciones que se refiere el artículo 26 de la Ley de Contrataciones del Estado, y que de igual manera tampoco nos encontramos comprendidos en ninguna de las prohibiciones y limitaciones contenidas en el artículo 80 del mismo cuerpo legal. DECIMA SEGUNDA: DE COHECHO: Yo el contratista manifiesto, que conozco las penas relativas de cohecho así como las disposiciones contenidas en el Capítulo III del Título XIII del Decreto 17-73 del Congreso de la Republica código Penal. Adicionalmente, conozco las normas jurídicas que faculten a la autoridad superior de la entidad afectada para aplicar las sanciones administrativas que pudieran corresponderme, incluyendo la inhabilitación en el Sistema GUATECOMPRAS. DECIMA TERCERA: INSPECCION, RECEPCION, LIQUIDACION Y
FINIQUITO: El Contratista se obliga a lo siguiente: a) Ejecutar la entrega a entera satisfacción de La Municipalidad, ajustándose estrictamente a este contrato y a los documentos que forman parte del mismo. A este respecto El Contratista declara que ha estudiado cuidadosamente dichos documentos y se compromete a señalar cualquier error, omisión, contradicción o incongruencia que a su juicio pudiesen presentar, debiendo en tal caso efectuar consultas y hacer las observaciones pertinentes antes de efectuar el trabajo que pudiese resultar afectado; b) Aceptar la supervisión por personal designado por El Contratante, quien tendrá carácter de autoridad ante El Contratista; c) Acatar instrucciones o indicaciones y recomendaciones que le formule por escrito El Supervisor, quien tiene la potestad de rechazar lo que no se ajuste a la calidad requerida; d) Ejecutar la entrega contratada en el lugar indicado en este contrato u oferta; e) A contratar la mano de obra y recursos necesarios suficientes para cumplir con el contrato, cuyo personal depende directamente de El Contratista; f) El Contratista por su cuenta dará mantenimiento a los equipos, vehículos y maquinaria que utilice para el cumplimiento del presente contrato; g) Todo material o dispositivo defectuoso, deberá ser reemplazado por El Contratista, sin compensación alguna y a su xxxxx dentro del plazo contractual; h) Participar en la recepción del contrato, debiendo cumplir con las recomendaciones emitidas por la comisión receptora de la Municipalidad de Ixchiguán, que hará el Acta de Recepción definitiva de la obra y servirá al contratista como finiquito. DECIMA CUARTA. CONTROVERSIAS: A) Los otorgantes convienen expresamente que cualquier diferencia o reclamo que surja entre las partes derivadas de este contrato, serán resueltas directamente por La Municipalidad y El Contratista con carácter conciliatorio, pero si no fuere posible llegar a un acuerdo, la cuestión o cuestiones a dilucidarse se resolverán conforme a la Ley de lo Contencioso Administrativo u otras que sean aplicables al caso. B) Los comparecientes expresamos que nos sometemos a las leyes de Guatemala y para ese efecto El Contratista renuncia al fuero de su domicilio, y se somete a los tribunales que La Municipalidad elija y señale como lugar para recibir notificaciones, la dirección indicada en la introducción de este contrato. DECIMA QUINTA: IMPUESTOS Y RETENCIONES: Queda entendido que cada pago que se le haga a El Contratista estará afecto al pago de las obligaciones fiscales y tributarias que regulen las leyes vigentes del país. DECIMA SEXTA: SANCIONES: En caso que el contratista no cumpla con el plazo señalado en la Cláusula Décima Sexta, este deberá ser sancionado por el pago de una multa por cada día de atraso, equivalente al cero punto cinco por millar (0.5 %) del valor del contrato, de acuerdo a lo que estipula el artículo 85 de la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento Decreto 57-92. DECIMA SEPTIMA: TERMINACION DEL CONTRATO: El Presente contrato deberá darse por terminado cuando ocurra cualesquiera de las causas siguientes: a) por vencimiento de plazo, siempre que no se hubiere acordado prorroga alguna. b) Por rescisión acordada por mutuo acuerdo de la partes, c) Por caso fortuito o de fuerza mayor que imposibiliten el cumplimiento de las relaciones contractuales establecidas, d) En caso evidente negligencia del contratista o negativa infundida de cumplir con sus obligaciones contractuales. DECIMA OCTAVA: PROHIBICIONES AL CONTRATISTA; Le
queda prohibido expresamente bajo pena de enajenar, ceder, traspasar, gravar o disponer en cualquier forma parcial o totalmente los derechos provenientes del presente contrato, exceptuándose la facultad de contratar los servicios para garantizar la relación y entrega de la obra DECIMA NOVENA. ACEPTACION DEL CONTRATO. La Municipalidad y el Contratista exponemos que en los términos a que se refiere el presente contrato, contenido en las xxxx hojas de papel membretado de la municipalidad, autorizadas por Contraloría General de Cuentas, y que después de haberlo leído e impuesto de su objeto, validez y demás efectos legales, lo ratificamos aceptamos y firmamos y rubricando cada una de sus hojas constitutivas de entera conformidad en el mismo lugar y fecha. Damos fe………. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
xxxxxxxxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxxxxxxx
. Alcalde Municipal Contratista
Autenticación de firmas – los gastos xx Xxxxxxx corre a cuenta del contratista. Art. 12, de estas bases. xxxxxxxxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxxxxxxx
. Alcalde Municipal Contratista
Artículo 1. RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS:
Cualquier controversia que pudiese surgir con motivo o causa del proceso de cotización, prioritariamente será resuelta por la vía conciliatoria. De lo contrario, los oferentes podrán hacer uso de los recursos de Aclaración, Ampliación y Revisión, que establece la Ley de Contrataciones del Estado.