CONDICIONES GENERALES – CONTRATO DE ALQUILER
CONDICIONES GENERALES – CONTRATO DE ALQUILER
Compostela Caravaning S.L. (de ahora en adelante, denominado “Arrendador”), alquila al Cliente identificado en el contrato (denominado de ahora en adelante “Cliente”), el vehículo referido en el contrato (de ahora en adelante “Vehículo”), de conformidad con las cláusulas y condiciones que aquí y en las tarifas vigentes correspondientes se establecen, de las que el cliente con su firma en el lugar designado en el contrato de alquiler, al efecto conoce, acepta y se compromete a cumplir.
Artículo 1. Condiciones de uso del vehículo
1-El Cliente se obliga a cuidar el vehículo con el debido esmero y a que no sea conducido por otra persona o personas, que las expresamente identificadas y aceptadas por el Arrendador según lo estipulado en el contrato o cualquier anexo o modificaciones que constituyan parte inseparable del propio contrato, bajo penalización de exclusión de la cobertura del seguro y por consiguiente de quedar sin seguro.
2-El Cliente se compromete a no utilizar el vehículo o no dejar que el mismo sea utilizado bajo pena de incurrir en la exclusión de seguro referida en la primera parte del párrafo anterior, en los siguientes supuestos: a)Transporte de pasajeros o mercancías a título oneroso cualquiera que sea la clase de remuneración elegida y la forma, escrita o verbal del compromiso.
b)Participar en competiciones, oficiales o no oficiales. Empujar o remolcar cualquier vehículo o cualquier otro objeto rodante o no. c)Conducirlo bajo los efectos del alcohol, narcóticos o sustancias prohibidas.
d)Transporte de mercancías con infracción de la Ley conforme: Código Penal, Código de Circulación y demás disposiciones legales vigentes o con fines ilícitos. e)Transporte de pasajeros o Mercancías en número superior al indicado en el registro del vehículo.
3-Sólo están autorizadas a conducir el vehículo las personas referidas en el artículo 1 y con la condición de que hayan cumplido 25 años y sean titulares de permiso de conducir de clase B con al menos dos años de antigüedad. 4-El Cliente se compromete a mantener el vehículo cerrado bajo llave cuando no lo utilice y a conservar personalmente sus documentos, que no deberá dejar dentro del mismo.
5-Queda expresamente prohibido al Cliente ceder, vender, hipotecar, pignorar, alquilar o de cualquier manera ceder el vehículo, el contrato de alquiler, la documentación, el equipamiento del vehículo, las herramientas y demás accesorios y complementos a terceros, o tratar los elementos citados de manera que cause perjuicio al Arrendador.
6-Cualquier infracción a las condiciones de este artículo, autoriza al Arrendador a retirar el vehículo al Cliente, sin previo aviso y son perjuicio de las indemnizaciones que legal o contractualmente éste se comprometa a cumplir y sean de aplicación.
Artículo 2. Estado del vehículo (Incluido neumáticos)
1-El Cliente expresamente reconoce que ha recibido el vehículo en perfecto estado de funcionamiento y con sus cinco neumáticos en buen estado y sin pinchazos. En caso de deterioro de cualquiera de ellos, por causa que no sea el desgaste normal, el Cliente se compromete a reemplazarlo inmediatamente a su cargo por un neumático de idénticas características y del mismo fabricante.
2-Está expresamente prohibido al Cliente, manipular los contadores de kilometraje, si tal ocurriese, el Arrendador queda autorizado a facturar al cliente 500 kilómetros por día de alquiler, sin perjuicio de ejercer las oportunas acciones legales por presunto fraude. Será a cargo del Cliente los gastos de los elementos modificados.
3-Queda expresamente prohibido al cliente variar cualquier característica técnica del vehículo, inclusive la pintura, siendo todos los gastos de acondicionamiento por cuenta del Cliente.
Artículo 3. Xxxxxxxx, fianza y prórroga
1-El precio del alquiler así como la fianza, el precio de los extras y las posibles prórrogas se determinan por las tarifas vigentes en cada momento y se abonarán quince días antes del comienzo del viaje.
2-En ningún caso la fianza podrá servir para una prolongación de alquiler. Si ese fuera su deseo el Cliente se compromete a obtener previamente autorización del Arrendador y pagar de inmediato el valor del alquiler, así como efectuar una fianza para la prórroga.
3-En caso de infracción a lo establecido en el apartado anterior, el Arrendador conservará el derecho a hacer la reclamación judicial que estime oportuna.
4-El Cliente se compromete a devolver el vehículo al Arrendador en el lugar, fecha y hora convenidos en el contrato de alquiler . De no ser así, una vez transcurrida la primera hora siguiente a la acordada en dicho contrato, se facturará con un importe de 40€/hora adicional. Si transcurridas ocho horas a partir de la indicada en el contrato no hubiera comunicación con el Cliente se procederá a interponer la correspondiente denuncia por robo o expoliación, siendo todos los gastos ocasionados por cuenta del Cliente.
5-El vehículo se entrega en perfecto estado de limpieza, tanto interior como exterior y de la misma forma debe retornarse al Arrendador, incluidos los depósitos de residuales vacíos, de no ser así se abonará la tarifa vigente de 60 € en concepto de limpieza y 50€ por cada depósito.
6-Únicamente se considera el servicio terminado una vez que el vehículo ha sido devuelto al Arrendador, y los importes de gastos, prórrogas, reparaciones y otros conceptos que pudieran surgir durante el período de alquiler (reparaciones, restituciones, etc..) queden pagados y la cuenta general xxxxxxx.
7-El Arrendador no se hace responsable de daños y perjuicios que pudieran originarse al Cliente como consecuencia de no poderle entregar el vehículo en el lugar, fecha y hora concertada siempre que exista una fuerza mayor tal como avería mecánica, accidente del vehículo asignado para el servicio, etc…, comprometiéndose el Arrendador a la devolución al Cliente de todos los importes abonados o de la diferencia, en caso de que el alquiler se lleve a cabo en un período de tiempo menor por las causas citadas, y expresamente de mutuo acuerdo entre ambas partes.
8-Esta terminantemente prohibido fumar en el vehiculo, la penalización será de 200€
9-Si por error se realizase carga de Gasolina en vez de Gasoil, se penalizará con 600€ o en su defecto la avería provocada.
Artículo 4. Pagos
1-El Cliente se obliga a pagar al Arrendador a petición de éste:
a)Una cantidad en concepto de alquiler del vehículo, calculado según la tarifa vigente en función de número de días y en algunos casos según número de kilómetros recorridos por el vehículo durante el período de alquiler. En caso de aplicar tarifa por kilómetro, éstos se contabilizarán por el contador instalado en el vehículo por el fabricante. Si el contador no ha funcionado por avería, y ésta anomalía no ha sido informada de inmediato al Arrendador para su reparación, el cálculo será efectuado mediante las condiciones previstas en el párrafo 2 del Artículo 2.
b)Las cantidades correspondientes a los daños ocurridos en caso de colisión y que no estén ya cubiertos por la póliza de seguro., las primas del seguro del conductor y de los pasajeros transportados en dicho vehículo alquilado si tal seguro ha sido convenido y a cubrir eventuales gastos de asistencia médica y sanitaria en caso contrario o el límite ha sido sobrepasado.
c)Todos los gastos judiciales y extrajudiciales, multas, cartas, desembolsos e impuestos por cualquier infracción a la legislación relativa al Código de Circulación, estacionamiento y demás que correspondan al vehículo, al Cliente o al Arrendador durante la vigencia del contrato de alquiler, con excepción no obstante, de las infracciones imputables al Arrendador.
d)Todos los gastos que deba realizar el Arrendador incluso los judiciales y los honorarios del abogado, para obtener el pago de cualquier cantidad debida por el Cliente.
e)Los gastos que debe realizar el Arrendador por los daños causados por colisión y otros motivos, quedando entendido que la responsabilidad es del Cliente.
Estas responsabilidades pueden eximirse siempre que el vehículo haya sido utilizado de acuerdo con los trámites y condiciones contenidas en las condiciones generales del contrato de alquiler, existiendo siempre una franquicia a pagar por el Cliente que varía en función del vehículo cuyo valor viene reflejado en la tarifa general vigente en cada momento.
2-El Cliente no puede invocar la exoneración total o parcial de su responsabilidad por cualquier excusa o causa con la intención de rehusar o demorar el pago de las cantidades debidas al Arrendador.
Artículo 5. Seguros
1-Únicamente el Cliente y los conductores aceptados por el Arrendador tienen la cobertura del seguro. El seguro no es efectivo en caso de inobservancia de esta disposición que implica la anulación total de las coberturas inscritas en este artículo así como en el caso de que el conductor esté bajo los efectos del alcohol o drogas. Queda de la mi sma manera inaplicable la cobertura del seguro en caso de accidente ocasionado por negligencia o incumplimiento por parte del Cliente o conductor de las condiciones generales del contrato de alquiler y por las infracciones relativas a su legislación en materia de circulación y otra legislación aplicable.
El Cliente es conocedor que el vehículo está asegurado a todo riesgo con una franquicia de 600 €, tal y como figura en el contrato de alquiler para lo cual deja una fianza por el mismo importe. Por tanto se hará cargo del pago de la reparación de cualquier desperfecto interior o exterior que presente el vehículo en el momento del retorno y que no esté detallado en el contrato de alquiler. Las tarifas de dichas reparaciones están a disposición del Cliente (salvo las que dependan de peritación) dentro de la propia autocaravana y deberá comprobarlo en el momento de la partida.
2-El Cliente o el conductor autorizado del vehículo y de acuerdo con el Artículo 1 de este contrato participa como asegurado de una póliza de seguro, cuya copia podrá ser examinada en la oficina principal del Arrendador. 3-El Cliente manifiesta su conformidad con dicha póliza y se compromete a observar sus cláusulas y condiciones.
4-El Cliente se compromete a proteger los intereses del Arrendador y de la Compañía de Seguros del Arrendador en caso de accidente, durante la vigencia del contrato de alquiler, y en particular: a)Se obliga a informar al Arrendador, en 24 horas, de cualquier accidente, robo o incendio, incluso parcial, así como a las autoridades de policía de todo daño corporal, robo o hurto.
b)Se obliga a cumplimentar un formulario de accidentes y haciendo constar en su declaración las circunstancias, lugar, fecha hora del accidente, nombre y dirección de testigos, nombre y dirección del propietario del vehículo contrario, matrícula de éste y compañía aseguradora y número de póliza del mismo.
c)Se obliga a no discutir en caso alguno la responsabilidad ni transigir con terceros respecto al accidente.
5-En caso de accidente o desperfectos queda a cargo del Cliente una franquicia según la tarifa vigente por los daños del vehículo. Esta responsabilidad puede eximirse parcialmente siempre que haya suscrito antes del alquiler y de acuerdo con el Arrendador el pago de un importe adicional. En todos los casos, los gastos de remolque del vehículo accid entado desde el lugar del accidente hasta el garaje más cercano, son de la responsabilidad del Cliente.
6-El Arrendador declina toda y cualquier responsabilidad por pérdidas, hurtos o daños relativos a objetos y bienes transportados por el Cliente o que se queden en dicho vehículo.
7-El seguro no cubre a ningún conductor que no esté en posesión de permiso de conducir válido y vigente de clase B. Cuando el conductor no esté en condiciones normales, por ingestión de alcohol, drogas u otra causa, el Cliente y el conductor serán solidariamente únicos responsables de los perjuicios que puede sufrir el Arrendador.
8-Todos los daños que sufra el vehículo, producidos por la mala utilización del mismo serán imputables al Cliente:
-La utilización del vehículo para fines ilícitos, tales como contrabando, robo, transporte ilegal de artículos o mercancías prohibidas, etc…
-Conducir el vehículo por encima de los límites permitidos en el permiso de circulación o en la ficha técnica del vehículo.
-Utilizar el vehículo para cualquier tipo xx xxxxxxx incluso a marcha lenta.
-Conducir el vehículo por sitios que no sean las carreteras autorizadas tales como playas, caminos inapropiados, montaña, etc…
-Violación flagrante de señales de tráfico, es decir, semáforos, señales de stop, límites de velocidad, conducción intencionad a en sentido contrario, incorporación deliberada a vías de una sola dirección en el sentido contrario al tráfico o incumplimiento de las normas de seguridad.
-Daños en los bajos y en la parte superior del vehículo y en ruedas o neumáticos del vehículo por vandalismo o uso incorrecto del mismo o por conducir bajo las condiciones enumeradas en los puntos anteriores.
En ningún caso la argumentación de existencias de carreteras en mala conservación no será aceptada. El seguro no exime al Cliente del pago de los daños causados en la parte superior e inferior del vehículo, cuando no haya colisión. En caso de accidente por exceso de velocidad, por ingestión de alcohol, drogas o negligencia, el seguro es nulo. El Cliente será responsable del pago de todas las reparaciones efectuadas en el vehículo, así como de una indemnización por el período de tiempo que el vehículo queda inmovilizado.
10-El Arrendador declina toda responsabilidad por accidentes a terceros o daños al vehículo que el Cliente cause durante el periodo de alquiler si deliberadamente suministra al Arrendador informaciones inexactas o falsas relativas a su identidad, domicilio o validez de su permiso de conducir y en tal caso el seguro queda inmediatamente anulado.
11-La aceptación y pago del seguro no cubre la utilización del vehículo en regiones en conflicto armado o en países expresamente prohibidos.
Artículo 6. Mantenimiento, averías, reparaciones y combustibles
1-En caso de que el vehículo quede inmovilizado las reparaciones sólo podrán efectuarse mediante acuerdo escrito y según instrucciones del Arrendador.
2-En el momento que el conductor detecte una avería, se verá obligado a parar y comunicar inmediatamente al Arrendatario la avería, el cual dará instrucciones al Cliente para su oportuna reparación. Si por el contrario el Cliente y/o conductor continúa circulando y agravando la avería del vehículo, todos los gastos de reparación de la avería y cualesquiera que pudieran surgir como consecuencia de aquella quedan a cargo del Cliente.
3-Las reparaciones deberán constar en una factura detallada con las piezas defectuosas reemplazadas. La factura debe emitirse a nombre del Arrendador.
4-En ningún caso el Cliente podrá reclamar daños y perjuicios por retraso en la entrega del vehículo, anulación del alquiler o inmovilizado a causa de reparaciones efectuadas durante el alquiler, o por daños y perjuicios ocasionados al Cliente derivados de dicha avería.
5-El Arrendador no será responsable de lesiones corporales o daños materiales que pudieran ocasionarse por defecto de fabricación o de reparaciones anteriores. 6-El Cliente deberá comprobar los niveles de aceite y agua, así como el nivel del aceite de la caja de cambios según libro de mantenimiento.
7- Las operaciones de mantenimiento que deban realizarse durante el período de alquiler deberán efectuarse, excepto instrucciones diferentes del Arrendador, en los Servicios Oficiales del fabricante del vehículo base, y deberán ser pagadas por el Cliente. Para obtener el reembolso de los gastos de aceite deberán presentarse las facturas correspondientes detallando adecuadamente los servicios realizados y las piezas sustituidas.
Artículo 7. Reservas y anulaciones
1-Reserva: Se abonará un 50% del importe total del alquiler en el momento de la reserva. El resto se abonará con una antelación de 15 días previo al inicio del alquiler.
2-Anulaciones: Se aplicarán las siguientes penalizaciones por anulación de un contrato de alquiler: Si lo haces con una antelación de 30 días o más con respecto a la fecha elegida te reembolsaremos la totalidad de la reserva. Si lo haces entre 15 y 30 días con respecto a la fecha elegida te reembolsaremos el 50%. El cobro del 100 % de la reserva solo tiene lugar cuando la cancelación se produce antes de los 14 días anteriores a la fecha seleccionada Artículo 8. Validez del Contrato del Alquiler, legislación y jurisdicción aplicables:
1-Todas las cláusulas y cualquier modificación de las mismas, así como las condiciones del contrato de alquiler deberán constar expresamente por escrito, y ser suscritas por ambas partes, sin lo cual quedarán nulas y sin efecto.
2-El presente contrato se rige de acuerdo con las leyes españolas vigentes.