APÉNDICE AL DECRETO 434-P/2011, DE 15 DE MARZO
APÉNDICE AL DECRETO 434-P/2011, DE 15 XX XXXXX
BASES DE LA CONVOCATORIA PARA CUBRIR POR CONCURSO- OPOSICIÓN UN PUESTO DE “INFORMADOR TURISTICO Y GUIA” DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXX, A DESEMPEÑAR POR PERSONAL LABORAL, MEDIANTE CONTRATO DE TRABAJO EN LA MODALIDAD DE INTERINIDAD POR SUSTITUCION.
PRIMERA.- Objeto de la convocatoria.-
Cubrir, mediante contrato de trabajo en la modalidad de interinidad por sustitución, el puesto de “Informador Turístico y Guía” del Ayuntamiento xx Xxxxxx. Dicho puesto tiene asignado el grupo de clasificación C1 y el nivel 18. Su desempeño se efectuará a jornada completa y partida, de mañana y tarde, y sábados y domingos.
Las tareas de dicho puesto están incluidas en la ficha correspondiente al mismo obrante en la Secretaría del Ayuntamiento y se desarrollarán en el Departamento de Turismo
La contratación tendría lugar hasta el 7 de octubre de 2011, fecha hasta la que permanece de excedencia voluntaria la empleada laboral que desempeña el puesto y, en todo caso, se podrá prorrogar si ésta solicitase una nueva excedencia.
SEGUNDA.- Requisitos de los aspirantes.-
Para ser admitido al concurso será necesario reunir a la expiración del plazo de presentación de instancias, los siguientes requisitos exigidos por el art. 56.1 de la Ley 7/2007, de 12 xx xxxxx, del Estatuto Básico del Empleado Público:
a) Tener nacionalidad española o, en el caso de ser extranjero, estar en situación de poder ser personal laboral de una Administración Pública española, de acuerdo con los criterios del art. 57 de dicho estatuto.
b) Poseer capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que se desempeñaban en el caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado.
En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) Estar en posesión del título xx Xxxxxxxxx o equivalente.
TERCERA.- Solicitudes.-
Las instancias (cuyo modelo figura como anexoI) solicitando tomar parte en el concurso, en las que los interesados deberán declarar bajo su responsabilidad que reúnen todos los requisitos exigidos en la Base Segunda, se dirigirán al Sr. Alcalde- Presidente del Ayuntamiento xx Xxxxxx, durante el plazo xx XXXX DIAS NATURALES contados desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia. Si el último día de presentación de instancias fuera inhábil o sábado, el plazo se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil que no sea sábado.
Se efectuará publicación de dicho anuncio también en el Diario del Alto Aragón y se expondrá en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento xx Xxxxxx.
A la instancia se acompañará:
- Fotocopia del Documento Nacional de Identidad.
- Resguardo de pago acreditativo de haber abonado en la c/c número 2085 2409 06 0300220023, de Ibercaja xx Xxxxxx, oficina principal, sita en calle Xxxx xx Xxxxxx núm. 1, el importe de los derechos de examen, establecidos en 10,00 €, resguardo de giro postal o telegráfico del citado importe o resguardo de abono del mismo en metálico (en este caso, en el Servicio de Atención al Ciudadano del Ayuntamiento), conforme a lo dispuesto en la Ordenanza Fiscal nº 7, por la que se regula la tasa por la realización de actividades administrativas de competencia local.
- La documentación acreditativa de los MÉRITOS a que se refiere el apartado A) de la Base Sexta.
De acuerdo con la LO 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos Personales, a través de estas bases, se informa a todos los interesados en participar en esta
convocatoria que los datos personales facilitados a través de la instancia y documentación aportada a los efectos, serán almacenados en el fichero de Recursos Humanos titularidad del Ayuntamiento xx Xxxxxx con la única finalidad de valorar su candidatura.
Asimismo, y a través también de estas bases, se informa de la posibilidad que tales interesados tienen de ejercitar los derechos de acceso, rectificación y cancelación, en relación a sus datos personales, en los términos establecidos por la Agencia Española de Protección de Datos Personales, y dirigiéndose al Ayuntamiento xx Xxxxxx, sito en Xxxxx Xxxxx xx 0, XX 00000 Xxxxxx, Xxxxxx. Dichos datos no serán cedidos a terceros, salvo que la ley lo prevea o lo exija expresamente.
CUARTA.- Admisión de aspirantes.-
Expirado el plazo de presentación de instancias, la concejal delegada de Personal dictará resolución en el plazo máximo de quince días naturales declarando aprobada la lista de admitidos y excluidos, que se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.
Dicha resolución fijará, asimismo, lugar, fecha y hora del comienzo del concurso.
Dentro de los cinco días hábiles siguientes a dicha publicación se podrán efectuar, en su caso, subsanaciones de defectos en las solicitudes, si los hubiere. Si durante dicho plazo se presentaren escritos de subsanación de defectos, se dictará nueva resolución por la que se aprobará la lista definitiva de admitidos y excluidos, resolución que se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento xx Xxxxxx. Si transcurre dicho plazo sin que se presenten dichos escritos, la lista inicialmente aprobada quedará automáticamente elevada a definitiva sin necesidad de volver a publicarla.
Los aspirantes definitivamente excluidos tendrán derecho al reintegro de los derechos de examen cuando así lo soliciten de forma expresa.
QUINTA.- Órgano de selección.-
El órgano de selección estará compuesto de la siguiente forma, además de los suplentes: Presidente: Un funcionario xx xxxxxxx o empleado laboral fijo del Ayuntamiento.
Vocales: Un empleado público nombrado a propuesta del Instituto Aragonés de Administración Pública y cuatro empleados municipales, uno de los cuales, al menos, será funcionario xx xxxxxxx. Actuará como secretario del órgano de selección uno de los referidos empleados municipales, que, en todo caso, deberá ser funcionario xx xxxxxxx.
Uno de estos cuatro empleados municipales será designado por el Alcalde a propuesta del Comité de Empresa.
La composición del órgano de selección deberá ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad, tendiéndose en la misma a la paridad entre hombre y mujer.
La pertenencia al órgano de selección es a título individual, no pudiendo ostentarse ésta en representación o por cuenta de nadie.
Los vocales habrán de ostentar una titulación igual o superior a la requerida para la provisión del puesto y habrán de pertenecer, en cuanto que empleados públicos, al mismo grupo o superior al de dicho puesto.
Los miembros del órgano de selección quedan sujetos a los supuestos de abstención y recusación establecidos en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
El órgano de selección no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros. En todo caso, será siempre necesaria la presencia del presidente y del secretario.
El órgano de selección queda facultado para resolver sobre las incidencias que se produzcan durante la realización del concurso y para resolver lo que estime procedente para el buen orden de éste.
La resolución xxx Xxxxxxx estableciendo la composición del órgano de selección se publicará en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.
El órgano de selección de este procedimiento se clasifica en la categoría segunda, a los efectos previstos en la Resolución de 2 de enero de 2008, de la Secretaría de Estado de Hacienda y Presupuestos, por la que se actualiza el importe de las indemnizaciones por asistencias a tribunales y otros órganos de selección de personal fijado en el Real Decreto 462/2002, de 24 xx xxxx.
SEXTA.- Fases del procedimiento selectivo.-
El procedimiento selectivo será el concurso-oposición, que tendrá dos fases: la de concurso y la de oposición. Dicho procedimiento se completará con una entrevista.
A).- Fase de concurso
No tendrá carácter eliminatorio, ni podrá tenerse en cuenta para aprobar la prueba de la fase de oposición ni para superar la entrevista personal. En ella se valorarán los siguientes méritos:
- La experiencia profesional en puestos de la misma naturaleza que el que es objeto de estas bases se valorará:
. Si el puesto desempeñado fuera de la misma categoría profesional, a razón de 0,10 puntos por mes completo o fracción.
. Si el puesto desempeñado fuera de categoría superior, a razón de 0,15 puntos por mes completo o fracción.
. Si el puesto desempeñado fuera de categoría inferior, a razón de 0,05 puntos por mes completo o fracción.
- Haber realizado cursos específicos directamente relacionados con las tareas del puesto que se pretende cubrir impartidos por entidades públicas o privadas habilitadas legalmente para impartir dichos cursos, se puntuará con arreglo al siguiente baremo:
Por cada curso:
. De 11 a 21 horas, 0,05 puntos.
. De 21 a 40 horas, 0'10 puntos.
. De 41 a 60 horas, 0'20 puntos.
. De 61 a 90 horas, 0'35 puntos.
. De 91 a 120 horas, 0,50 puntos.
. De 121 a 180 horas, 0,75 puntos.
. De 181 a 240 horas, 1,00 punto.
. De 241 a 320 horas, 1,40 puntos.
. De 321 a 400 horas, 1,80 puntos.
.. Más de 400 horas, 2,00 puntos.
Estar en posesión del título de Formación Profesional, grado técnico superior, en alguno de los módulos directamente relacionados con las tareas del puesto se valorará con 2,20 puntos.
Estar en posesión de la Diplomatura de Turismo se valorará con 3.30 puntos.
De disponerse de dicho título, no se valorará el de formación profesional citado en el párrafo anterior.
La experiencia profesional se acreditará:
. La que hubiera tenido lugar en Administraciones Públicas u otros entes públicos, mediante certificado de servicios prestados.
. La que hubiera tenido lugar en otro tipo de entidadess o empresas, mediante certificado de aquéllas para las que se realizó la prestación laboral, acompañado de informe de vida laboral expedido por la Seguridad Social o, alternativamente, mediante fotocopia compulsada de los contratos de trabajo suscritos, acompañada asimismo del citado informe.
Los cursos se acreditarán mediante original o fotocopia compulsada del diploma acreditativo de haberlos superado o, en su caso, del certificado de aprovechamiento
expedido por el centro que los impartió. Los títulos de formación profesional indicados se acreditarán mediante su aportación en original o en fotocopia compulsada.
La puntuación máxima alcanzable por la totalidad de los méritos indicados, será de 5 puntos.
B).- Fase de oposición
Constará de una única prueban que consistirá en desarrollar por escrito 2 temas de entre los que figuran en el Anexo II a estas bases.
El tiempo máximo de duración de la prueba será de 2 horas.
Dicha prueba se calificará de 0 a 10 puntos, siendo necesario obtener, como mínimo, 5 puntos para aprobarla.
C) Entrevista personal
A la misma serán convocados y concurrirán aquellos aspirantes que hayan aprobado la prueba de la fase de oposición.
La entrevista personal versará sobre el currículum aportado en la primera fase y, especialmente, sobre cómo el aspirante piensa desempeñar la actividad propia del puesto, siendo su finalidad determinar la idoneidad profesional de los aspirantes con respecto a las tareas de aquél.
El máximo de puntos a obtener en la entrevista será 5 puntos, siendo necesario alcanzar una puntuación mínima de 2,50 puntos para superarla.
SÉPTIMA.- Calificación final y propuesta de contratación del aspirante seleccionado.-
La calificación final vendrá determinada por la suma de la puntuación obtenida en la fase de concurso, en la prueba de la fase de oposición y en la entrevista. Dicha calificación final se hará pública en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.
Si ningún aspirante aprobara, el procedimiento citado será declarado desierto.
Podrá aprobar un número de aspirantes superior a uno. Se propondrá por el órgano de selección para su contratación al aspirante aprobado que haya obtenido mayor puntuación.
En caso de renuncia de dicho aspirante a su contratación, antes de la suscripción del contrato de trabajo, se podrá contratar al aspirante aprobado que siga en puntuación al inicialmente propuesto. Si éste renunciara también a su contratación, antes de dicha
suscripción, se podrá contratar al que le siga en puntuación y así sucesivamente hasta agotar, en su caso, el número de aspirantes aprobados.
OCTAVA.- Aportación de documentos y contratación del aspirante seleccionado.-
El aspirante aprobado que haya obtenido mayor puntuación deberá aportar en el plazo xx XXXX DÍAS NATURALES, a contar desde la fecha de publicación en el Tablón de Anuncios de la calificación final de los aspirantes, los documentos justificativos de los siguientes requisitos a que se refiere la Base Segunda:
- Declaración responsable, ante el Alcalde, acreditativa del requisito a que se refiere el apartado d) de la Base Segunda.
- Título exigido para el desempeño del puesto (original o fotocopia compulsada del mismo).
A continuación, la concejal delegada de Personal emitirá la resolución de contratación del referido aspirante, que se notificará a éste. Posteriormente se suscribirá el contrato de trabajo.
El aspirante contratado tendrá que superar un periodo de prueba de un mes.
NOVENA.- Constitución de bolsa de trabajo.-
Una vez contratado el aspirante aprobado con mayor puntuación, con los aspirantes que hayan aprobado el concurso-oposición y que sigan en puntuación a aquél, se constituirá una bolsa de trabajo por orden decreciente de puntuación.
El objeto de dicha bolsa es disponer de personas capacitadas para cubrir la ausencia del informador turístico – guía contratado por causas de carácter temporal y para, en caso de que se extinguiera la relación laboral de éste con el Ayuntamiento, desempeñar su puesto en régimen de contrato laboral de interinidad.
El llamamiento para cubrir ausencias temporales del informador turístico – guía se efectuará a los candidatos que estén incluidos en la bolsa comenzando por el que figure en el primer puesto de la misma.
El llamamiento para cubrir el puesto de informador turístico – guía, en caso de extinción de la relación laboral con el Ayuntamiento por quien lo estuviere desempeñando como interino, también se hará comenzando por el candidato que figure en el primer puesto de la bolsa.
Por tanto, ambos llamamientos son independientes el uno respecto del otro, de modo que si se produjere el caso de que, teniendo lugar una sustitución por ausencia temporal del trabajador que desempeñe el puesto como interino, se extinguiera por cualquier
circunstancia la relación laboral de éste con el Ayuntamiento, quedará extinguida asimismo la relación laboral del trabajador sustituto con el Ayuntamiento, y se efectuará un nuevo llamamiento para cubrir el puesto con contrato de interinidad comenzando por el candidato que figure en el primer puesto de la bolsa.
La bolsa de trabajo se extinguirá en todo caso cuando el puesto a que se refieren estas bases sea cubierto al término de su excedencia por la empleada laboral que lo desempeñó o, en su caso, se provea con contrato de trabajo de interinidad por vacante o con contrato de carácter definitivo por personal laboral fijo.
La constitución de dicha bolsa se realizará mediante resolución, que será publicada en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento.
DÉCIMA.- Urgencia del procedimiento.-
Habida cuenta la urgencia en cubrir el puesto a que se refieren estas bases, los plazos del procedimiento selectivo se reducen a la mitad.
ANEXO I
MODELO DE INSTANCIA
(LA INSTANCIA DEBERÁ VENIR ACOMPAÑADA DE LA FOTOCOPIA DEL D.N.I., RESGUARDO DEL PAGO DE LOS DERECHOS EXAMEN Y LA ACREDITACIÓN DE LOS MÉRITOS A QUE SE REFIERE LA BASE SEXTA,APARTADO A)
Don/Doña , con d.n.i. núm. , y domicilio en , calle
, nº
, teléfono
piso puerta
EXPONE:
Que he tenido conocimiento de la convocatoria por el Excmo. Ayuntamiento xx Xxxxxx de concurso-oposición para proveer, mediante contrato laboral en la modalidad de interinidad por vacante, un puesto de “INFORMADOR TURISTICO Y GUIA”, a través de su publicación en , y que reúno todos los requisitos exigidos en la base segunda para concurrir al mismo.
SOLICITA:
Ser admitido/a en este procedimiento de selección.
Fecha y firma
Sr. Alcalde-Presidente del Excmo. Ayuntamiento xx XXXXXX.-
ANEXO II
TEMAS CONVOCATORIA PLAZA DE ADMINISTRATIVO DE TURISMO
1. Concepto de turismo. Definiciones y conceptos básicos de la actividad turística.
2. El Funcionamiento de las Oficinas de Turismo, gestión, información, atención al visitante
3. Principales recursos turísticos xx Xxxxxx
4. Principales recursos turísticos de la provincia xx Xxxxxx
5. Principales recursos turísticos de la Comarca xxx Xxxxx Medio
6. Principales recursos turísticos xx Xxxxxx: infraestructuras, alojamientos, restaurantes, eventos, ferias, espacios a visitar.
7. Centros de Interpretación en Monzón
8. El Xxxxxxxx xx Xxxxxx. El Casco Histórico xx Xxxxxx
9. Rutas turísticas en Monzón 00.Xx Xxxx xxx Xxxxxx