PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LAS INSTALACIONES DE SEGURIDAD DE LOS EDIFICIOS DEL SENADO (DOS LOTES).
PROCEDIMIENTO ABIERTO PARA LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE SERVICIOS DE MANTENIMIENTO INTEGRAL DE LAS INSTALACIONES DE SEGURIDAD DE LOS EDIFICIOS DEL SENADO (DOS LOTES).
Pliego de prescripciones técnicas
CLÁUSULA 1ª. CLÁUSULA 2ª. CLÁUSULA 3ª. CLÁUSULA 4ª. CLÁUSULA 5ª. CLÁUSULA 6ª. CLÁUSULA 7ª. CLÁUSULA 8ª. CLÁUSULA 9ª.
Suministro de materiales y servicios para el mantenimiento. 6
Equipos de nueva instalación. 7
Asistencia técnica en cortes de suministro eléctrico. 9
CLÁUSULA 10ª. Gestión de averías 9
CLÁUSULA 11ª. Organización del servicio. 10
CLÁUSULA 12ª. Documentación técnica. 11
ANEXO I: Inventario de instalaciones 14
ANEXO II: Operaciones de mantenimiento 17
CLÁUSULA 1ª. Objeto.
El presente procedimiento tiene por objeto la adjudicación del contrato de servicios de mantenimiento integral de las instalaciones de seguridad de los edificios del Senado, de conformidad con lo dispuesto en el presente pliego y en el pliego de cláusulas administrativas particulares. Componen el mantenimiento integral de las instalaciones los siguientes subsistemas:
- Detección, extinción de incendios y aplicación informática de gestión de peligros (Lote I).
- Video vigilancia, intrusión, control de accesos e inspección y detección de bienes y personas (Lote II).
Las codificaciones correspondientes al vocabulario común de contratos públicos (CPV) son las siguientes:
- 50413200-5. Servicios de reparación y mantenimiento de instalaciones contra incendios.
- 50610000-4. Servicios de reparación y mantenimiento de equipos de seguridad.
CLÁUSULA 2ª. Alcance.
El adjudicatario realizará sobre las instalaciones objeto de este contrato las operaciones de mantenimientos preventivo y correctivo necesarios para garantizar la mejor conservación de las mismas y la seguridad de los edificios del Senado, para optimizar la economía de su funcionamiento y para asegurar la obtención en cada momento de todas las prestaciones exigidas en su respectiva documentación técnica.
En las instalaciones objeto del contrato se entienden incluidos todos sus equipos y elementos – que se relacionan de forma no exhaustiva en los anexos de referencia – y cualquier otro que fuese necesario para su correcto funcionamiento o control, incluyendo la conexión entre ellos. Otros elementos incluidos en el ámbito del contrato, a modo de ejemplo, son: soportes, fuentes de alimentación, baterías, cableado, carcasas, receptores de telemetría, etc.
Las instalaciones que quedan incluidas en el presente contrato están integradas por los sistemas siguientes, así como las instalaciones auxiliares y sistemas de interconexión (hidráulicas, eléctricas y de telecomunicación) que permitan su correcto funcionamiento:
1) Lote I
- Extinción. Comprende los siguientes equipos: bocas de incendio equipadas, extintores manuales, hidrantes, columnas secas, centrales de gas extintor,
bombas y depósitos de agua, rociadores y cualquier otro sistema de extinción de incendios que pueda existir.
- Detección y prevención. Se incluyen los siguientes sistemas: detectores (humos, temperatura, llama, etc.), centrales de detección, elementos de cierre automático de puertas y compartimentos estancos, compuertas cortafuegos y cualquier otro elemento que pueda existir.
- Sistema informático de seguridad. Comprende la aplicación informática de gestión de peligros en todas las disciplinas configuradas o que se configuren durante la vigencia del contrato (protección de incendios, protección de intrusión, video vigilancia).
El Anexo I describe la relación de elementos de seguridad correspondientes al Lote I, objeto del presente contrato. Esta descripción se hace a título orientativo. El objeto del procedimiento es la realidad de los edificios del Senado, debiéndose cubrir todo lo existente, tanto por exceso como por defecto, así como las nuevas instalaciones de que pudiera dotarse el Senado durante el período de vigencia del contrato o sus prórrogas.
2) Lote II
• Video vigilancia. Comprende las cámaras de seguridad interiores y exteriores de los edificios, sus sistemas de iluminación, monitorización y transmisión de señales; y los centros de control, que incluyen matriz de video, videograbadores, generadores de cuadrantes, monitores y cualquier otro elemento que pueda existir.
• Intrusión. Elementos detectores de volúmenes, personas, perturbaciones sísmicas, y cualquier otro que pueda existir.
• Control de accesos. Incluye las barreras de entrada y salida de vehículos, los obstáculos escamoteables, los sistemas de inspección de bajos de vehículos, los sistemas de lectura de matrículas, los sistemas informáticos asociados y cualquier otro que pudiera existir.
• Inspección y detección de bienes y personas. Incluye los sistemas de inspección por rayos X de paquetería y objetos personales, los arcos detectores de metales, los detectores de proximidad xx xxxxxxx y cualquier otro sistema que pudiera existir.
El Anexo I describe la relación de elementos de seguridad correspondientes al Lote II, objeto del presente contrato. Esta descripción se hace a título orientativo. El objeto del procedimiento es la realidad de los edificios del Senado, debiéndose cubrir todo lo existente, tanto por exceso como por defecto, así como las nuevas instalaciones de que pudiera dotarse el Senado durante el período de vigencia del contrato o sus prórrogas.
CLÁUSULA 3ª. Calidad del servicio.
- El nivel de calidad del servicio vendrá determinado por el grado de cumplimiento de los objetivos de calidad que se establecen en este pliego, medidos a través de parámetros objetivos.
- De común acuerdo, la dirección técnica del adjudicatario y el Senado, establecerán un sistema ponderado de parámetros objetivos que permitan valorar el nivel de calidad atribuible al servicio prestado. El contratista deberá tener aprobado el certificado ISO 9001.
- El adjudicatario debe realizar la prestación del servicio de manera que, en el marco de los requisitos exigidos en el presente pliego, cumpla los objetivos de calidad señalados, y especialmente los que a continuación se indican:
a) Las prestaciones funcionales que deben obtenerse de las instalaciones, incluidas en el objeto del contrato, serán en todo momento las que demande el Senado.
b) Los equipos, máquinas y componentes que forman parte de las instalaciones han de mantenerse en todo momento dentro de las especificaciones dadas por el fabricante o instalador y alcanzar la vida media prevista.
c) Se han de realizar todos los controles y operaciones previstas y aquellos otros que fuesen necesarios para obtener un correcto funcionamiento de las instalaciones y unidades de obra comprendidas en el mantenimiento. Muy especialmente se atenderá a realizar aquellos exigidos por las normas de obligado cumplimiento, en cada momento vigentes.
d) Las conducciones, instalaciones auxiliares y sistemas de interconexión, han de mantener en todo momento las características necesarias para el correcto funcionamiento de equipos, máquinas e instalaciones.
e) Se han de conseguir los rendimientos óptimos de equipos, máquinas, sistemas y procesos, tomando como referencia los que figuran en las características técnicas del fabricante y los exigidos en función de las necesidades de los edificios, con objeto de obtener la mejor relación prestaciones/costes de explotación.
f) Se ha de realizar una correcta conservación y limpieza de aparatos, equipos, sistemas e instalaciones, manteniendo en todo momento su estado adecuado de pintura, cromados, aislamientos, etc.
g) El mantenimiento correctivo por fallos de funcionamiento y reparación de averías o desperfectos que sea necesario realizar en las instalaciones, unidades de obra, sistemas, procesos, etc., se ejecutará con rapidez y eficacia.
h) En todo momento, se observarán y aplicarán todas las normas de seguridad exigidas en el funcionamiento, revisión y reparación de equipos, máquinas, procesos e instalaciones para asegurar la máxima integridad física de personas y cosas. Igualmente se actuará en las reposiciones y reparaciones.
i) Se utilizarán procedimientos preventivos, correctivos y de gestión de probada eficacia para obtener los objetivos de calidad del mantenimiento, la seguridad de personas y cosas y la obtención de un índice óptimo de costes/prestaciones.
CLÁUSULA 4ª. Mantenimiento preventivo.
Consistirá en la realización de revisiones de las instalaciones y elementos componentes ejecutando las actividades programadas, toma de parámetros de funcionamiento, mediciones y comprobaciones, regulaciones, etc., conforme a un sistema de planificación de tareas y acciones programadas para ser llevadas a cabo regularmente con la finalidad de lograr el buen funcionamiento y estado a corto, medio y largo plazo.
En aquellas instalaciones o equipos que sólo se utilicen en momentos de emergencia se realizarán puestas en marcha periódicas, programadas en el Plan de Mantenimiento Preventivo.
En determinadas circunstancias será necesario que estas operaciones periódicas se ejecuten en xxxxxxx, xxxxxxxx o festivos, sin que ello suponga un coste adicional para el Senado.
Las operaciones de mantenimiento, en periodicidad y alcance, se ajustarán a lo establecido en el Anexo II.
Cuando de las labores de revisión se ponga de manifiesto la necesidad de reposición de equipos o elementos averiados o rotos el adjudicatario se atendrá al régimen descrito en la cláusula 5ª relativa al mantenimiento correctivo.
En relación al retimbrado y recarga de extintores se aplicará el mismo régimen al adjudicatario del Lote I.
El adjudicatario deberá entregar el Plan de Mantenimiento en un plazo no superior a los 2 meses desde la firma del contrato.
CLÁUSULA 5ª. Mantenimiento correctivo.
Consistirá en la reparación de averías y anomalías que sean denunciadas por el personal del Senado o por el personal del adjudicatario tras las revisiones de mantenimiento preventivo.
El mantenimiento correctivo incluye la reparación de todas las averías o anomalías en los equipos, con independencia de la causa de los mismos. Se incluyen, en todo caso, averías y anomalías originadas por vandalismo, negligencia y las causadas por fenómenos naturales, como inundaciones y tormentas.
La resolución de estas averías y anomalías serán resueltas x xxxxx del contrato, sin que medie facturación adicional, salvo en lo dispuesto en la cláusula 6ª relativa al suministro de materiales y servicios para el mantenimiento. Se incluirán todos los gastos, con independencia de las veces que el servicio sea solicitado. Estos gastos incluyen, en todo caso, mano de obra, programación informática, desplazamientos y dietas de los trabajadores, documentación y medios auxiliares.
CLÁUSULA 6ª. Suministro de materiales y servicios para el mantenimiento.
El contratista realizará las intervenciones de mantenimiento necesarias utilizando materiales y repuestos similares a los existentes.
Serán por cuenta del contratista todo el material fungible/consumible que se utilice en el desarrollo de sus actividades, sin que proceda facturación adicional al Senado.
Asimismo, serán por cuenta del contratista todos los materiales y servicios que se enumeran a continuación para cada lote, así como todos aquellos cuyo valor unitario xx xxxxxxx sea inferior a 200 euros (IVA no incluido). En caso de discrepancia entre el Senado y el contratista sobre el valor xx xxxxxxx de un material, este valor se obtendrá de la media de los precios ofertados por tres proveedores independientes.
Lote I:
- Extintores. Se incluirán todos los gastos asociados al perfecto estado de los extintores existentes, con independencia de su estado al inicio del contrato. En todo caso, retimbrados, recargas, sustitución de extintores existentes por nuevas unidades, accesorios (manómetro, maneta, válvulas, señales fotoluminiscentes) y soportación a la altura reglamentaria.
- BIES. Se incluirán todos los gastos asociados al perfecto estado de BIES existentes. En todo caso: pruebas hidráulicas, reposición xx xxxxxxxxx, manómetro, tapas, adaptadores, adhesivos, señales fotoluminiscentes.
- Detección. Se incluirán baterías de alimentación y pilas, pulsadores, indicadores, letreros de extinción disparada y filtros.
- Retenedores. Se incluirán los electroimanes retenedores.
Lote II
− Video vigilancia. Se incluirán los soportes y adaptadores de las cámaras, tanto de interior como de exterior, y de los posicionadores; las carcasas, cabinas y cristales de cabina; y las fuentes de alimentación.
− Intrusión. Se incluirán los detectores volumétricos, los contactores magnéticos y los módulos de expansión.
− Control de accesos. Se incluirán los mandos a distancia de obstáculos escamoteables y apertura xx xxxxxxxx (se excluye reposición por extravío).
− Inspección y detección de bienes y personas. Se incluirán las baterías de los detectores de proximidad de los cuadros.
Cuando un material sea facturable, el contratista presentará un presupuesto, con carácter previo a su instalación. El Departamento de Gestión de Edificios e Instalaciones remitirá al contratista una comunicación mediante correo electrónico autorizando la operación. Sin dicha autorización el contratista no podrá facturar ningún tipo de material. En todo caso, estos presupuestos no podrán incluir mano de obra, dietas, desplazamientos, programación, puesta en marcha y materiales de importe unitario inferior a 200 euros, IVA no incluido. En caso de que el material o servicio se corresponda a una nueva instalación, se estará a lo dispuesto en la cláusula 7ª.
Cuando el importe total de presupuesto indicado en el párrafo anterior sea superior a los 600 euros, IVA no incluido, los materiales para el mantenimiento pueden ser suministrados por una empresa distinta al contratista, correspondiendo al contratista su instalación y puesta en marcha.
Los licitadores, en su oferta técnica, harán constar cuáles son los equipos que, por su especificidad técnica, no puedan ser sustituidos por equipos de otros fabricantes.
Los presupuestos de importe superior a 18.000 euros, IVA no incluido, se excluyen del alcance de la presente cláusula y, a efectos del presente contrato, se tratarán como nueva instalación de conformidad a lo establecido en la cláusula 7ª.
CLÁUSULA 7ª. Equipos de nueva instalación.
Quedan excluidos del servicio de mantenimiento la ampliación de los sistemas de seguridad mediante la instalación de nuevos equipos. La sustitución de un equipo antiguo por uno nuevo no tiene consideración de equipo de nueva instalación, salvo cuando su importe sea superior a 18.000 euros, IVA no incluido.
La contratación de los nuevos equipos e instalación se regirá por lo establecido en el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.
El contratista, resulte o no adjudicatario de la nueva instalación, deberá realizar las siguientes prestaciones:
- Informe acerca de la necesidad de la nueva instalación o equipo.
- Recopilación de documentación técnica, incluyendo las instrucciones de uso, y su integración en el archivo técnico de la instalación.
- Actualización de los esquemas gráficos sobre planos facilitados por el Senado en los sistemas informáticos correspondientes.
Las nuevas instalaciones se incorporarán al objeto de mantenimiento del presente contrato. El contratista intermediará ante el adjudicatario de la nueva instalación durante el período de garantía para la reclamación de las prestaciones incluidas en el mismo.
CLÁUSULA 8ª. Asistencia técnica en obras.
Se establecerá un régimen distinto para obras menores y para obras que requieren de proyecto.
8.1 Obras menores.
Serán obras menores aquellas de importe inferior a 50.000 euros IVA no incluido. El contratista deberá prestar los siguientes servicios, con cargo al contrato de mantenimiento:
− Asesoramiento sobre instalaciones y equipos.
− Asesoramiento sobre medidas para que la obra interfiera lo mínimo en la seguridad de la Cámara.
− Ejecución de medidas para que el contratista de la obra no dañe los equipos e instalaciones. Entre ellas, se incluye el desmontaje y posterior montaje de los equipos e instalaciones o su protección física. El posterior montaje de los equipos podrá ser en una ubicación diferente a la inicial.
− Asistencia, al contratista de la obra, relativa a instrucciones de operación de las instalaciones y equipos existentes.
− En el caso del Lote I, realización del vaciado y posterior llenado de los circuitos de agua de incendios. Cada vez que se vacíe un circuito se comunicará por escrito la conveniencia o no de la instalación de válvulas xx xxxxx.
− Cuando, en el ámbito de la obra menor se produzcan modificaciones de la compartimentación que obligue a la instalación de nuevos elementos para garantizar los niveles de seguridad preexistentes, se atenderá a lo dispuesto en la cláusula 7ª, con la salvedad de la instalación, programación y puesta en marcha de detectores de incendio, que se realizarán con cargo al contrato. En este caso, solo el material será facturable.
8.2 Obras con proyecto.
Las obras de importe superior a 50.000 euros, IVA no incluido, se realizarán con arreglo a un proyecto. El contratista deberá prestar los siguientes servicios con cargo al contrato de mantenimiento:
− Asesoramiento sobre instalaciones y equipos, con carácter previo a la redacción del proyecto.
− Asistencia al redactor del proyecto, a quien proporcionará: planos de instalaciones y canalizaciones, instrucciones de operación, medidas necesarias para protección de las instalaciones y medidas para la mínima interferencia de la obra en la seguridad de la Cámara.
− Asistencia al director facultativo de la obra durante la fase de ejecución.
CLÁUSULA 9ª. Asistencia técnica en cortes de suministro eléctrico.
El Senado avisará con antelación suficiente de los cortes de suministro eléctrico necesarios para labores de mantenimiento o puesta en marcha de obras.
El contratista deberá tomar las medidas necesarias que eviten los daños en los equipos, tanto en el momento previo al corte (desconexión de los equipos susceptibles de sufrir daños), como en el momento del restablecimiento del servicio.
Todos los daños que pudieran producirse en los equipos como consecuencia de los cortes programados de suministro eléctrico correrán a cargo del contratista, con independencia de su importe, inclusive el coste de los materiales deteriorados, la mano de obra, la programación y su puesta en marcha.
CLÁUSULA 10ª. Gestión de averías.
El contratista dispondrá de un servicio de atención de 24 horas al día para actuaciones en averías o incidencias objeto del presente contrato.
A estos efectos, se establece la siguiente clasificación y tiempos máximos para cada tipo de incidencia:
− Averías críticas. Se consideran críticas aquellas averías que imposibiliten o perturben gravemente el funcionamiento esencial de en la totalidad o parte del Senado. En todo caso, se consideran críticas: averías en los accesos de vehículos que no permitan la entrada o salida de los mismos; averías en equipos de detección de objetos por rayos X; rotura de tubería de agua de incendios; averías en centro de control. El tiempo máximo de personación en este tipo de averías será de 4 horas desde la interposición del aviso. En caso de que la avería no se pueda solucionar en el acto, el contratista tomará las medidas provisionales para garantizar el servicio, tales como la provisión de
equipos de sustitución o de soluciones provisionales. Asimismo, el contratista emitirá un informe por cada avería crítica que no quede resuelta en el acto, donde se indicará la cronología de la incidencia, problema y soluciones.
− Averías urgentes. Se consideran urgentes las averías que imposibiliten o perturben gravemente la seguridad de un servicio o área del Senado. En todo caso, serán averías urgentes las averías o alarmas señaladas por la aplicación de gestión de peligros en relación a la detección de incendios y la intrusión y el no visionado de cualquier cámara de circuito cerrado de televisión. El tiempo máximo de personación en este tipo de averías será de 24 horas. Si la avería no se resuelve en el acto, el contratista adoptará medidas provisionales para garantizar la seguridad, inclusive el préstamo de equipos de sustitución. Asimismo, el contratista emitirá un informe por cada avería urgente que no quede resuelta en el acto, donde se indicará la cronología de la incidencia, problema y soluciones.
− Averías normales. El resto de averías tendrán la consideración de normales: aquellas que no perturben el funcionamiento de los servicios o la seguridad en la totalidad o parte del Senado. El tiempo máximo de personación en este tipo de averías será de 24 horas, si bien se dispone del plazo máximo de 2 semanas para su resolución en caso de que requieran repuestos específicos o personal especializado. Si cualquier avería normal no queda resuelta en el plazo de 2 semanas, el contratista deberá adoptar medidas provisionales y emitir un informe donde se indicará la cronología de la incidencia, problema y soluciones.
CLÁUSULA 11ª. Organización del servicio.
El contratista dispondrá de una estructura organizativa con una precisa asignación de responsabilidades y autoridad adecuada a los objetivos que persigue el contrato y, en concreto, con capacidad para redactar, manejar, controlar e interpretar toda la documentación e información exigidas en este pliego.
El contratista deberá disponer de unos medios técnicos y una organización adaptada a la naturaleza del trabajo contratado para lo cual deberá contar con los medios personales suficientes, propios o subcontratados. No se podrá alegar como causa de retraso o imperfección de los trabajos la insuficiencia de plantilla.
11.1 Director del servicio.
El contratista designará un responsable máximo de la empresa con funciones directivas, que ejercerá las funciones de control y supervisión de todas las prestaciones del contrato. Este responsable podrá ser convocado a cuantas reuniones estime conveniente el responsable del contrato del Senado para el buen desarrollo de los servicios.
Asimismo, el Senado podrá exigir ante este responsable un cambio en el resto del personal adscrito al contrato.
11.2 Responsables intermedios.
El contratista designará dos responsables intermedios, que serán los interlocutores ordinarios con el Senado:
− Responsable comercial, que será el interlocutor válido para cualquier asunto que no tenga carácter técnico.
− Responsable técnico. Ejercerá todas las funciones de control, supervisión y gestión técnica de todos los trabajos objeto del contrato. Tendrá la titulación, como mínimo de Técnico Superior o equivalente con experiencia probada en seguimiento y control de trabajos de mantenimiento de instalaciones.
− Ambos responsables podrán ser convocados a cuantas reuniones estime conveniente el Senado. Estas reuniones tendrán, como mínimo, carácter trimestral.
11.3 Equipo técnico.
El contratista deberá adscribir al servicio a cuántos técnicos sean necesarios para el cumplimiento adecuado de las prescripciones del contrato. La oferta técnica deberá especificar el número de técnicos adscritos al servicio, con indicación expresa de los medios dedicados al servicio 24 horas.
El personal contará en todo momento con los elementos de protección individual necesarios para el estricto cumplimiento de la normativa en prevención de riesgos laborales.
El contratista garantizará el conocimiento técnico de sus operarios y la puesta al día en las mejores técnicas mediante un programa de formación continuada, que se detallará en la oferta técnica.
Asimismo, el contratista dotará a su personal de todo el equipamiento necesario de acuerdo con las diferentes especialidades o gremios profesionales, así como de los equipos de medida de uso manual para la verificación de los parámetros que definan el estado y funcionamiento de las instalaciones incluidas en el mantenimiento. Este material debe ajustarse a la normativa vigente.
Deberá proveer igualmente a su personal de un adecuado sistema de intercomunicación y localización inmediata.
CLÁUSULA 12ª. Documentación técnica.
El contratista vendrá obligado en tener al día la documentación técnica que se indica a continuación:
A) Archivo técnico, compuesto por:
− Inventario. Se proporcionará un archivo Excel al contratista con el inventario de las instalaciones. El contratista deberá comprobar in situ que dicho inventario se ajusta a la realidad y, en su caso, actualizarlo.
− Planos de ubicación. Planos permanentemente actualizados de las plantas del edificio con cada una de las instalaciones. Se proporcionarán diferentes planos al contratista, que deberá actualizar mediante visita a las instalaciones. Todas las instalaciones recogidas en el inventario deberán estar reflejadas en los planos.
− Planos de canalizaciones, cableado y tuberías. El contratista presentará en su oferta técnica una planificación para la situación en los planos de las canalizaciones, conductos y cableado asociados a las instalaciones de seguridad.
− Esquemas de los cuadros eléctricos y de control.
− Fichas de características técnicas de los equipos que constituyen las diferentes instalaciones.
El inventario y los planos de ubicación deberán entregarse en formato Excel y Autocad respectivamente en el plazo máximo de 6 meses desde la firma del contrato.
Los esquemas eléctricos y fichas de características técnicas se podrán solicitar en cualquier momento durante la vigencia del contrato, para lo cual el contratista dispondrá de un plazo máximo de una semana para su entrega.
B) Libros de mantenimiento:
− Elaboración y actualización permanente de toda la documentación relativa al mantenimiento que sea exigible por la normativa vigente. El contratista deberá enumerar en su oferta técnica la documentación exigible en el momento de la publicación de este pliego.
− Programación e instrucción sobre la conducción de las instalaciones e instrucciones de actuación en caso de emergencias.
− Instrucciones de servicio y mantenimiento.
− Listado de incidencias del servicio
− Fichas de mantenimiento para cada elemento, recogiendo, en todo caso: programación del mantenimiento preventivo, cronología de averías e interrupciones del servicio y fecha de reposición aconsejable.
C) Informes.
El contratista elaborará, dentro de los 30 primeros días de cada trimestre, un informe técnico que resuma la actividad desarrollada en el trimestre anterior.
Este informe contendrá un apartado específico dedicado a la gestión de xxxxxxx donde se recogerá la relación de avisos interpuestos por el Senado, con indicación de la fecha y hora tanto de recepción del aviso como de la personación del técnico.
Asimismo, el informe correspondiente al segundo trimestre de cada año contendrá un plan de inversiones en instalaciones de seguridad para el año siguiente. Las inversiones contenidas en dicho plan no serán vinculantes para el Senado. Estarán basadas en la obsolescencia de los equipos y la anticipación al fin de su vida útil, adecuación normativa o a la obtención de un rendimiento de la inversión, que será cuantificado (ahorro en consumo de energía, en costes de mantenimiento o menor generación de residuos).
ANEXO I: Inventario de instalaciones
El contenido del presente Anexo se facilitará durante la visita obligatoria señalada en el punto 4º de la cláusula 9ª xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares.
ANEXO II: Operaciones de mantenimiento
Lote I: DETECCIÓN, EXTINCIÓN DE INCENDIOS Y APLICACIÓN INFORMÁTICA DE GESTIÓN DE PELIGROS
Se cumplirá lo dispuesto en la normativa vigente, estatal y autonómica: tablas 1 y 2 del apéndice 2 del RD 1942/1993, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios y Decreto 31/2003, por el que se aprueba el Reglamento de prevención de incendios de la Comunidad de Madrid. Asimismo, se realizarán las revisiones recomendadas por los fabricantes de los equipos.
Lote II: VIDEOVIGILANCIA, INTRUSIÓN, CONTROL DE ACCESO E INSPECCIÓN Y DETECCIÓN DE BIENES Y PERSONAS
1. Video vigilancia:
• Cada 3 meses:
- Revisión de las tensiones de alimentación de los equipos
- Limpieza de las lentes de cada una de las cámaras.
- Comprobación del correcto funcionamiento de las ópticas, autoiris y ópticas motorizadas.
- Comprobación del funcionamiento de los posicionadores xx xxxxxx.
- Revisión de los termostatos y calefactores en las cámaras situadas al exterior.
- Verificación del funcionamiento de los focos de infrarrojos, de los conmutadores secuenciales, videosensores, divisor de pantalla, matrices de conmutación, del videograbador, incluyendo el estado de la batería de seguridad, y de los monitores de vídeo.
- Comprobación y ajuste de sincronismo en cámaras y monitores.
• Cada año:
- Reflectometría de las líneas de fibra óptica (incluidos los conectores) en los dos sentidos comprobando las diversas pérdidas y el posible envejecimiento con expresión de la necesidad de sustitución, si procede, de las líneas y/o conectores.
2. Instalaciones de intrusión, arcos detectores y otros elementos de seguridad
• Cada 3 meses:
- Comprobación de que todas las subunidades necesarias para la operación correcta del equipo están conectadas y en estado de servicio normal.
- Comprobación de los enlaces entre cada una de las subcentrales y los sensores.
- Comprobación de todas las señales ópticas y acústicas de alarma y avería.
- Comprobación de que el equipo de señalización y control y la subcentral reconocen una señal de avería en cada una de las líneas al realizarse un cortocircuito o una interrupción en las líneas de enlace entre los detectores y el equipo de señalización y control entre el de señalización de alarma con el dispositivo de alarma; en caso de desconexión de un suministro de energía de reserva; o desconexión del equipo de recarga de la batería; en la interrupción del enlace con el equipo exterior; en caso de retirada de cada detector o dispositivo manual enchufable de sus transmisores, o de fallo en el dispositivo de barrido para explorar detectores.
- Verificación de que cada uno de los equipos de control y señalización se encuentra debidamente protegido contra el polvo y la humedad. Medida de la humedad y temperatura de cada uno de ellos para garantizar que se encuentra dentro de las condiciones especificadas.
- Comprobación, medida y registro de alimentación: tensión, corriente y frecuencia en cada uno de los elementos, en cada una de las subcentrales y dispositivos de control y transmisión de alarma.
- Simulación de los estados de alarma y avería en cada uno de los sensores, verificando que dichos estados se producen correctamente en todos los niveles del sistema (sensor, subcentral, control).
- Comprobación y verificación de cada uno de los cargadores de batería y de cada una de las baterías comprobando la tensión de carga, la corriente y el tiempo de carga de cada uno de ellos y expresión de la necesidad de su sustitución si procede.
- Comprobación del funcionamiento de las unidades de inspección de explosivos, metales paquetería, así como de los arcos detectores, revisión de sensores, conexiones, cableado, cuadro regulador de sensibilidad, ajuste de imagen, etc.
- Limpieza de aparatos.
- Verificación del funcionamiento de las barreras automáticas, obstáculos escamoteables y sistema de inspección de bajos de vehículos.
- Engrase de los elementos mecánicos en barreras y obstáculos.
• Cada 6 meses:
- Verificación del cumplimiento de la normativa en materia de seguridad radiológica de las unidades de inspección de paquetería.