ÍNDICE
Expediente Nº. LICT/99/139/2023/0103
Pliego de Prescripciones Técnicas para la Contratación del servicio de Asistencia Sanitaria Especializada en la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx La Mancha y la Comunidad Valenciana para FREMAP, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 61
ÍNDICE
3. NORMATIVA DE CARÁCTER TÉCNICO 4
5. INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO 8
7. PROTOCOLOS DE FUNCIONAMIENTO 9
7.3 Protocolo específico de actuación administrativa 9
7.4 Protocolo específico de actuación sanitaria 10
7.5 Obligaciones del licitador en materia de protección de datos de carácter personal, respecto de la información y documentación clínica 11
8. SUFICIENCIA Y ADECUACIÓN DE LOS MEDIOS DE LOS QUE DISPONE EL LICITADOR 14
1. OBJETO
Es objeto del presente Pliego el establecimiento de las prescripciones técnicas por las que se va a regir la contratación del servicio de asistencia sanitaria especializada que cubra las necesidades de FREMAP, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 61, en las Comunidadades Autónomas mencionadas en el título xxx Xxxxxx.
Se entenderán incluidas dentro del objeto del contrato aquellas actuaciones que, por ser servicios dependientes, accesorios y asociados a la asistencia sanitaria que es objeto del contrato, puedan tener lugar a lo largo de la ejecución del mismo, que por razones de imprevisibilidad dada la naturaleza de este tipo de servicios es imposible detallar con exactitud en el presente Xxxxxx.
El adjudicatario deberá atender todos aquellos servicios sanitarios que le sean solicitados, que se encuentren dentro del objeto del contrato y que se le puedan requerir en base a cualquier acuerdo que esta Mutua, FREMAP, tenga o pueda llegar a tener formalizado con cualquier Administración Pública o con otras Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social.
En el caso que a la finalización del contrato, sea necesario la continuidad del tratamiento del paciente y FREMAP no disponga de medios adecuados para continuar la asistencia, el adjudicatario se compromete a prestar la asistencia sanitaria, manteniendo las condiciones de servicio.
2. ÁMBITO GEOGRÁFICO
Todos los servicios se prestarán en el municipio de cada uno de los lotes en los que se divide la licitación, indicados en el Anexo I.
En el referido Anexo I, se detalla la ubicación de prestación de cada servicio solicitado para cada lote, que podrá ser, según el caso:
❖ Prestación de los servicios en el/los centro/s del adjudicatario que deberá/n estar situado/s en el municipio indicado para el lote, de tal manera que el mismo deberá disponer, en el momento previo a la adjudicación, como mínimo de un centro ubicado en el municipio del lote/s a los cuales se presenten.
PARA LOS LOTES 10, 11, 12 y 13:
El centro del adjudicatario deberá estar ubicado a una distancia inferior a 15 km del centro Asistencial FREMAP VALENCIA (Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, 8 (entrada por Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, 0) 00000 Xxxxxxxx). Se comprobará que el licitador cumple el mínimo de km establecido a través de la aplicación Google Maps, con la premisa de ir por carretera (vehículo privado).
En caso de que se oferte más de un centro se permite que entre todos los centros ofertados se tengan autorizadas la totalidad de las especialidades y servicios que se configuran como obligatorios en el presente pliego.
3. NORMATIVA DE CARÁCTER TÉCNICO
La legislación básica aplicable será la siguiente:
• Ley 14/1986, de 25 xx xxxxx, General de Sanidad.
• Ley 15/1997, de 25 xx xxxxx, de habilitación de nuevas formas de gestión del Sistema Nacional de Salud.
• Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
• Ley 16/2003, de 28 xx xxxx, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.
• Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
• Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de Octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
• Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.
• Orden TIN/2786/2009, de 14 de octubre, por la que se implanta el proceso telemático normalizado CAS@, para la tramitación de las solicitudes de autorización y comunicaciones de los conciertos con medios privados para hacer efectivas las prestaciones sanitarias y recuperadoras a cargo de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
• Real Decreto 38/2010, de 15 de enero, por el que se modifica el Reglamento sobre colaboración de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto 1993/1995, de 7 de diciembre.
• Ley Orgánica 6/1984 del Ministerio de Sanidad y Consumo , de 14 de septiembre de 1984, por la que se regula la obligatoriedad del informe de alta hospitalaria.
• Real Decreto 1630/2011, de 14 de noviembre, por el que se regula la prestación de servicios sanitarios y de recuperación por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social.
• Ley Orgánica de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo. LOPD.
• Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración.
Adicionalmente, durante la prestación del servicio objeto del contrato, se deberá observar cualquier otro tipo de reglamento, norma o instrucción oficial (de carácter estatal, autonómico o municipal) que, aunque no se mencione explícitamente en este documento, afecte al mismo, así como las posibles modificaciones legales, en el caso de promulgarse nueva normativa.
3.1 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES.
En cumplimiento de lo establecido en el artículo 24 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y R. D. 171/2004 sobre coordinación de la actividad preventiva, la empresa contratada debe entregar para la firma del contrato la siguiente documentación:
✓ Declaración de modalidad PRL (*)
(*) Documentación disponible en el perfil de contratante de la Mutua ( xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxxXxxxxxxxxxx): Nombre O. Contratación: FREMAP – BUSCAR - Director Gerente de FREMAP – Documentos - Otros documentos.
4. ALCANCE DEL SERVICIO
El servicio de asistencia sanitaria especializada podrá incluir las siguientes actuaciones:
❖ Urgencias.
❖ Consultas programadas.
❖ Pruebas diagnósticas o valoración, tratamientos complementarios e informes.
❖ Intervenciones quirúrgicas.
❖ Servicios adicionales y otros conceptos.
Las actuaciones sanitarias incluidas en el alcance del servicio para cada uno de los lotes serán las detalladas en el Anexo X xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas. Asimismo, en el Anexo I se detallan los servicios requeridos y consumos estimados para cada Lote.
Téngase en cuenta que todos los servicios deben incluir las actuaciones necesarias para la correcta prestación del mismo.
A continuación, se detallan las especificaciones de las actuaciones que pueden configurar el alcance del servicio.
❖ Urgencias:
Se considerarán urgencias la atención médica de urgencia en aquellos casos derivados por FREMAP con carácter de urgencia dentro del horario establecido en el Anexo I para cada lote.
Con este servicio nos referimos a la atención del paciente de inmediato, tal cual llega al centro contratado, remitido por FREMAP.
Se entenderá incluido dentro de este servicio los honorarios profesionales de urgencia, procedimientos necesarios básicos y medicación básica con el fin de dar la asistencia necesaria a los pacientes.
Será FREMAP quien determine el carácter de urgencia y contactará con el proveedor para que el paciente reciba una atención inmediata.
❖ Consultas programadas:
El centro deberá contar con médicos especialistas, personal de enfermería y otro personal sanitario suficiente, para la realización de consultas médicas que FREMAP pueda solicitar para evaluar y emitir un diagnóstico.
Se considera consulta el acto para el diagnóstico, tratamiento o seguimiento de un paciente, con base en la anamnesis y exploración física.
Podrán ser:
Primeras consultas. Consultas sucesivas.
Los profesionales especialistas deben pasar consulta en el horario establecido en el Anexo I.
Las consultas de especialistas incluirán los honorarios profesionales del médico especialista, procedimientos diagnósticos y terapéuticos básicos, actuaciones de enfermería, medicación básica y material sanitario básico necesario.
Las unidades asistenciales para cada lote con las que el centro adjudicatario deberá contar como mínimo, vienen detalladas en el ANEXO I del presente pliego.
❖ Pruebas diagnósticas, valoración biomecánica, tratamientos complementarios e informes:
El adjudicatario deberá contar con los equipos precisos para realizar las actuaciones propias de la especialidad objeto del alcance de cada uno de los lotes, el cual se detalla en el Anexo I.
Estas actuaciones comprenderán los honorarios profesionales del/de los médico/s especialistas que realicen el servicio, así como todo aquel material/equipamiento sanitario necesario para la realización de la prueba/tratamiento.
Asimismo, se deberán proporcionar los Informes de acuerdo a los plazos establecidos en el Anexo I del presente Pliego.
❖ Intervenciones Quirúrgicas
La intervención quirúrgica se considerará el procedimiento quirúrgico realizado en un mismo paciente y en el mismo tiempo quirúrgico.
Para las actuaciones medico/quirúrgicas, se utilizará la clasificación en grupos de acuerdo con el NOMENCLATOR DE INTERVENCIONES QUIRÚRGICAS basado en la clasificación de la Organización Médica Colegial (OMC)
• En caso de realización de la intervención quirúrgica en el centro del adjudicatario, incluye: Derechos de quirófano, anestesia, sala de reanimación, medicación (siempre y cuando el precio de alguno de los fármacos no supere los 15 €/día en cuyo caso se facturará aparte), gasas, material fungible y equipos necesarios (microscopio quirúrgico, artroscopia,..); y anestésico desechable y no desechable; instrumentista cuando sea necesario; así como los honorarios de las personas que participen del acto quirúrgico en su totalidad (especialista, ayudantía…), seguimiento por parte del facultativo de la evolución del paciente hasta el alta hospitalaria y un día de estancia en planta si el centro adjudicatario contara con este servicio y fuera necesario.
• No incluye: Preoperatorios, material de osteosíntesis, intraoculares e implantes; medicación y material especial no habitual en quirófano; anatomía patológica; transfusiones y otras pruebas diagnósticas. En caso de ser necesarias estas actuaciones para la prestación sanitaria, serán objeto de facturación independiente.
Adicionalmente, en aquellos casos en los que las intervenciones quirúrgicas sean realizadas por personal de la Mutua, no se incluirán los honorarios correspondientes a personal.
Por último, en el caso de realizarse en el mismo acto quirúrgico una intervención combinada, se considerará separadamente cada intervención. Para la facturación del procedimiento de menor coste se aplicará un 50% de descuento. En caso de existir tres o más procedimientos dentro del mismo acto quirúrgico la tercera y siguientes de menor coste se facturarán con un 70% de descuento.
En el caso de realizarse en el mismo acto quirúrgico una intervención bilateral, se considerará separadamente cada intervención. Para la facturación del procedimiento de menor coste se aplicará un 25% de descuento.
4.1 Otras actuaciones a considerar incluidas en el alcance de la prestación de este servicio, siempre que sean necesarias, para llevar a cabo la asistencia objeto de este contrato:
Se podrá realizar cualquier tratamiento, prueba, servicio o intervención quirúrgica que se requiera para llevar a cabo la asistencia objeto de este contrato, aunque no se encuentre incluido expresamente en el Pliego de la presente licitación, siendo imprescindible la autorización previa de los servicios médicos propios de la Mutua.
Dichas actuaciones no contempladas que puedan requerirse durante la ejecución del contrato deben ser servicios dependientes, accesorios y asociados a la asistencia sanitaria que es objeto de la presente licitación. Es decir, se podrán llevar a cabo actuaciones no contempladas expresamente siempre y cuando sea necesario para la correcta asistencia del paciente cuando el tratamiento de este lo precise y haya sido imposible preverlo con anterioridad a la licitación.
Cabe recordar que, dada la naturaleza de este tipo de servicios, en muchas ocasiones, es imposible contemplar la totalidad de actuaciones que puede precisar cada uno de los pacientes que deban ser atendidos al amparo del contrato objeto de licitación. Dichas actuaciones podrán estar motivadas por los diferentes tipos de accidentes y/o enfermedades que presenten los pacientes en el momento de requerir la asistencia, así como por el tratamiento que requieran, debiendo tener en cuenta que en el
momento de la licitación es imposible prever todas las casuísticas posibles, la elección del tratamiento adecuado en cada caso, la posibilidad o no de realizar pruebas diagnósticas y de qué tipo, así como la utilización de instrumental idóneo, utilización de implantes, prótesis, material de osteosíntesis, etc.
Las actuaciones que se requieran, y que no estén incluidas expresamente en el Pliego de Prescripciones Técnicas, se facturarán en base a la tarifa establecida por el adjudicatario, previa aprobación por parte de FREMAP. Dicha tarifa, en caso de tratarse de una actuación prevista en la tarifa del Servicio Público de Salud, no podrá ser superior en ningún caso a los precios que aplique dicho Servicio Público con el correspondiente porcentaje de descuento ofertado en su caso en la Oferta Técnica.
Durante la ejecución del contrato, dada la imprevisibilidad de la asistencia sanitaria, por los motivos anteriormente expuestos, y por tanto de las actuaciones necesarias para atender a los pacientes, durante la ejecución del contrato podría darse la circunstancia de superar el importe estimado, no superando en ningún caso, junto con el resto de actuaciones recogidas expresamente en la oferta económica y finalmente consumidas el importe de adjudicación y los posibles modificados tramitados.
5. INSTALACIONES Y EQUIPAMIENTO
El adjudicatario prestará la asistencia sanitaria en la ubicación indicada en el Anexo I para cada uno de los servicios, según el lote.
▪ En el caso de prestar los servicios en su centro, el mismo deberá ser un centro con autorización para la/s especialidad/es solicitada/s para el lote y que pueda realizar, al menos, las actuaciones que se detallan en el Anexo I del presente Pliego. Estará situado en el ámbito geográfico especificado para cada lote. El servicio será realizado por medios propios del adjudicatario, lo que comprende las instalaciones, en propiedad o arrendamiento, equipamiento y material sanitario, de acuerdo con las características establecidas en el presente Pliego.
El adjudicatario deberá contar, en su autorización sanitaria, con todas las especialidades relacionadas con lo expuesto en el alcance con el fín de garantizar una atención adecuada.
Es de obligado cumplimiento la normativa legal vigente en cuanto a ubicación, funcionamiento y seguridad de todo el equipamiento disponible en el centro.
Asimismo, para aquellos lotes que dentro de sus actuaciones comprendan intervenciones quirúrgicas, el centro deberá contar con los medios quirúrgicos necesarios que cumplan la normativa vigente.
6. PERSONAL
Para la prestación de estos servicios el licitador contará como mínimo, con un especialista titulado que cubran las necesidades de la/s especialidad/es solicitadas en el Anexo I para prestar el servicio objeto del contrato, así como, en caso de que sea necesario, personal auxiliar sanitario necesario para cubrir la especialidad objeto del contrato.
El adjudicatario, en su caso, deberá proporcionar una relación con el personal sanitario y auxiliar que intervendrá en la ejecución del contrato, con especificación del horario, acreditando en cada caso la titulación, la especialidad y la colegiación profesional.
Los profesionales que atiendan al paciente durante el proceso, o le apliquen una técnica o procedimiento concreto, deberán informarle previamente sobre su finalidad, explicarle en qué consiste, sus riesgos y sus consecuencias, recabando la firma del oportuno consentimiento informado, cuando así lo establezca la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
Sobre este personal FREMAP no tendrá ningún tipo de relación ni laboral ni de prestación de servicios; es de exclusiva responsabilidad de la empresa concertada la titularidad de las relaciones laborales.
7. PROTOCOLOS DE FUNCIONAMIENTO
7.1 Horario
En el caso de prestar los servicios en su centro:
El horario mínimo de prestación del servicio es el indicado en el Anexo I para cada lote.
El Adjudicatario deberá remitir a FREMAP, en el momento previo a la adjudicación, su horario, siendo requisito imprescindible cumplir con el mínimo establecido en el Anexo I. En caso de modificar el horario indicado, deberá comunicarlo previamente a FREMAP, no pudiendo en ningún caso incumplir el horario mínimo establecido.
7.2 Plazos
En el caso de prestar los servicios en su centro:
Los plazos máximos para citaciones a consultas, pruebas diagnósticas, intervenciones quirúrgicas y remisión de informes serán los indicados en el Anexo I para cada lote.
Las urgencias se atenderán de forma inmediata según el paciente llega al centro.
En caso de urgencias la remisión de los informes será, en todos los casos, al finalizar la urgencia.
7.3 Protocolo específico de actuación administrativa
Consultas, tratamientos, pruebas diagnósticas e intervenciones quirúrgicas:
FREMAP se pondrá en contacto telefónicamente con el centro/profesional contratado para establecer el día, hora y lugar de la cita, que FREMAP comunicará al paciente.
El volante de servicios externos/interconsulta deberá presentarse por parte del paciente en el centro/profesional que preste el servicio.
En cuanto a la admisión del paciente, indicar que todos los datos necesarios para la perfecta identificación del paciente serán facilitados por FREMAP, dado que son los centros de la Mutua los que remiten al paciente a la realización de las actuaciones.
El adjudicatario deberá justificar la asistencia sanitaria prestada mediante la aportación de documento firmado por el paciente donde se indique la fecha de asistencia.
La realización de cualquier servicio objeto de la presente licitación debe ser previamente autorizado por FREMAP.
7.4 Protocolo específico de actuación sanitaria
❖ Con carácter General:
Todas las asistencias, tratamientos, exploraciones, pruebas diagnósticas e intervenciones quirúrgicas han de llevarse a cabo en la ubicación establecida en el Anexo I sin estar permitido la derivación de los pacientes a otros centros, salvo urgencia médica o instrucción expresa.
La realización de pruebas diagnósticas que deban ser realizadas por otro proveedor distinto por no disponer el centro adjudicatario de capacidad para su realización, deberán ser solicitadas a FREMAP vía correo electrónico dado que requerirán de autorización previa. XXXXXX será quien indique donde se deben realizar las mismas.
La realización de cualquier servicio objeto de la presente licitación debe ser previamente autorizado por FREMAP.
FREMAP ostenta la facultad de supervisar y de ser informada, de la realización de los servicios contratados.
❖ Informes:
Los informes del especialista, así como, los resultados de las pruebas, deberán enviarse al centro peticionario del servicio de FREMAP en los plazos indicados en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas. Estos informes son obligatorios y no serán manuscritos.
Los informes deberán incluir obligatoriamente la fecha, servicio realizado, datos del paciente, descripción de los hallazgos, conclusiones y tratamiento necesario en caso de que proceda, nombre del especialista que firma el informe, número de colegiado y firma.
FREMAP podrá solicitar un informe de las consultas/pruebas realizadas o el soporte de imagen de las pruebas en el caso de que lo estime necesario.
En caso de que el paciente solicitara una copia de la prueba o asistencia realizada al adjudicatario, este deberá indicar al paciente que debe dirigirse a FREMAP para solicitar dicha copia.
XXXXXX está trabajando en la implantación xx xxxxxxx telemáticos para la entrega de las imágenes y los informes de los estudios solicitados. Cuando se implante el canal telemático, el adjudicatario tendrá que utilizar una de las dos alternativas desarrolladas por FREMAP:
• Envío manual de pruebas e informes a través del Portal del Proveedor de FREMAP:
Se podrá optar por realizar la transmisión de los elementos de una prueba (informe de forma manual, accediendo a la sección “Asistencia Sanitaria” del Portal del Proveedor de FREMAP: (xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxxxxx.xx/xxxxxxxxxxxxxxx/)
• Envío sistémico de pruebas e informes
La otra alternativa para realizar la transmisión de los elementos de un estudio, será consumir los servicios WEB que FREMAP pone a disposición de sus proveedores para realizar estas operaciones. Será responsabilidad del adjudicatario la construcción del sistema software que consuma estos servicios.
Independientemente del canal utilizado, se deberán cumplir los siguientes requisitos:
• Disponer de un usuario activo y con el perfil adecuado en el Portal del Proveedor de FREMAP.
• Las imágenes médicas de cada estudio deberán estar en formato DICOM.
• Los informes médicos deberán ser ficheros PDF, y no se admitirán elementos cifrados o protegidos mediante contraseña.
• El tamaño máximo de cada archivo a transmitir no podrá superar los 60 MB, en caso de que el estudio a transmitir supere este tamaño, el adjudicatario deberá proceder a fraccionarlo en elementos que no superen el límite establecido.
Hasta la incorporación de este nuevo sistema, la información deberá enviarse por correo electrónico, la misma se enviará adoptando las medidas de seguridad pertinentes, esto es, de forma encriptada o en caso de no ser posible, en soporte CD, la cual se remitirá preferiblemente mediante mensajería.
En el momento que FREMAP esté en disposición de abrir estos canales, se comunicarán los detalles (técnicos y funcionales) de la utilización de cada uno de ellos.
7.5 Obligaciones del licitador en materia de protección de datos de carácter personal, respecto de la información y documentación clínica
El licitador para dar debido cumplimiento a la normativa vigente en materia de Protección de Datos de Carácter Personal y en materia de información y documentación clínica, con carácter general se obliga a someter sus actuaciones al Reglamento (UE) del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de Protección de Datos), así como a la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales y demás legislación vigente en materia de Protección de Datos. Asimismo, el licitador se obliga al cumplimiento de la Ley 41/2002, Básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica y demás normativa de aplicación en esta materia.
A tales efectos, manifiesta y se obliga expresamente a:
1. Cumplir con el deber de información sobre el tratamiento de datos personales.
• El centro deberá informar al paciente que acude por primera vez a sus instalaciones, previamente a ser atendido, sobre la identidad del Responsable, la finalidad del tratamiento de sus datos, y el procedimiento a seguir para el ejercicio de los derechos de Protección de Datos (art. 13 RGPD).
• A estos efectos, el centro contratado hará entrega al paciente para su firma del documento “Información y consentimiento para el tratamiento de datos personales” que le sea facilitado por FREMAP. Este documento una vez firmado por el paciente, deberá ser remitido por el centro sanitario contratado a FREMAP.
• En aquellos casos que el paciente haya sido derivado por los servicios médicos de FREMAP al centro contratado para la realización de una prueba/tratamiento, no será necesario la firma del documento anteriormente referido.
2. Atender el derecho de acceso a datos personales, en caso de realizar el licitador pruebas o tratamientos en su centro.
• El licitador quedará sujeto a la obligación de entregar al paciente aquellas pruebas e informes de pruebas médicas que le solicite el interesado y hayan sido realizadas en el centro. En este caso, se informará a FREMAP del derecho atendido y le remitirá copia del acuse de recibo firmado por el paciente.
• En caso de que el paciente ejercite derecho de acceso a su historia clínica o a cualquier otra información distinta de la prueba o tratamiento que se le haya realizado en ese centro, el licitador deberá informarle que ese derecho de acceso y cualquier otro derecho de Protección de Datos (rectificación, supresión, oposición, portabilidad o limitación del tratamiento), así como la revocación de cualquier consentimiento prestado, deberá dirigirlo por escrito a FREMAP, concretamente al buzón de correo electrónico xxxxxxxx_xxxx@xxxxxx.xx o a su Sede Social sita en Xxxxxxxxx xx Xxxxxxx, xx 00, X.X. 28222, Majadahonda, Madrid.
3. Garantizar el derecho a la información sanitaria, a la intimidad, al respeto a la autonomía del paciente, así como cuantos derechos confiere al mismo el vigente ordenamiento jurídico, por lo que toda actuación habrá de necesitar el consentimiento informado del paciente; asimismo adoptará las medidas necesarias para garantizar que el contenido de la historia clínica, su uso, así como la conservación de las distintas constancias o soportes que conforman la documentación clínica, el acceso a la historia y la custodia de la misma, se ajustan a lo establecido en la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de los derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínicas, y demás normativa de aplicación.
4. Respetar el carácter estrictamente confidencial de la información objeto de tratamiento y el conjunto de deberes que la protección legal otorga a los datos de tipo personal a los que, por razón de la actividad objeto del presente contrato, tendrá acceso; comprometiéndose a llevar a cabo la aplicación de las medidas de seguridad y demás requerimientos legales que resulten inherentes al nivel de seguridad alto exigido para dicho tipo de datos, en especial cuando se emita y/o transmita cualquier información clínica que le sea requerida en cualquier momento por parte de los servicios médicos de FREMAP, de acuerdo con lo exigido en el Reglamento 2016/679 General de Protección de Datos y la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos y garantía de los derechos digitales, obligándose expresamente:
• A guardar la máxima confidencialidad y secreto profesional sobre toda la información de datos de carácter personal de los que es titular la mutua, a los que acceda o trate en razón del presente
contrato. Esta obligación subsistirá de modo indefinido aún después de terminar sus relaciones con la mutua.
• A acceder únicamente a aquéllos datos de carácter personal de los que es titular la mutua cuando dicho acceso sea necesario para la prestación de los servicios objeto del contrato.
• A tratar los datos de carácter personal de los que es titular la mutua, a los que acceda para la prestación de los servicios previstos en este contrato, conforme a las instrucciones que reciba de aquéllas.
• A no aplicar ni utilizar los datos de carácter personal de los que es titular la mutua, a los que acceda para el cumplimiento del presente contrato, con fin distinto al que figura en las condiciones del mismo.
• A no ceder ni comunicar dichos datos de carácter personal de los que es titular la mutua para su conservación.
• A remitir a FREMAP únicamente la información médica que se refiera al servicio requerido por la mutua, en cumplimiento del contrato, no pudiendo incluir antecedentes relativos a otros episodios médicos no tratados por la mutua.
• A adoptar las medidas de índole técnica y organizativa necesarias u obligatorias, en virtud de lo dispuesto por las leyes o reglamentos vigentes en cada momento, para garantizar el nivel de seguridad que corresponda a los datos de carácter personal de los que es titular la mutua, a los que acceda con motivo de este contrato, y evitar su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado.
• A suprimir los datos de carácter personal a los que haya accedido para la prestación de sus servicios, así como todos aquellos soportes o documentos en los que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento, una vez cumplida la prestación contractual prevista en el contrato, remitiendo a FREMAP certificado acreditativo de la destrucción o borrado llevada a cabo, dentro del plazo de un mes siguiente a la terminación del contrato. Todo ello, salvo que exista un mandato legal que exija la conservación, en cuyo caso se procederá a la destrucción al término del plazo que dicho mandato legal tenga establecido, remitiendo en ese momento a FREMAP el certificado de destrucción correspondiente y debiendo mantener en todo caso los datos debidamente bloqueados.
• A comunicar y hacer cumplir a todo el personal a su cargo, incluso después de terminada la relación laboral o contractual, todas las obligaciones previstas en los párrafos anteriores.
• A dar cumplimiento a cualesquiera otras obligaciones derivadas del Reglamento 2016/679 General de Protección de Datos y la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, como la comunicación inmediata de incidencias de seguridad que afecten a los datos personales de los que FREMAP sea Responsable.
El adjudicatario será responsable en caso de:
a) Destinar los datos de titularidad de la mutua a los que acceda, con el fin de prestar los servicios objeto del contrato, a otra finalidad distinta de la prevista en el contrato.
b) Comunicar o utilizar dichos datos incumpliendo las estipulaciones del contrato.
Asimismo, responderá frente a la mutua en caso de incumplimiento por el personal a su cargo de cualquiera de las obligaciones previstas en la presente estipulación.
8. SUFICIENCIA Y ADECUACIÓN DE LOS MEDIOS DE LOS QUE DISPONE EL LICITADOR
En virtud de lo dispuesto en la Orden Cas@ (TIN/2786/2009) de 14 de Octubre, y en cumplimiento de las especificaciones del Real Decreto 1630/2011 de 14 de noviembre, por el que se regula la prestación de servicios sanitarios y de recuperación por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, hoy Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social, el adjudicatario de la presente licitación deberá contar con el correspondiente informe favorable de adecuación de las instalaciones y servicios a la finalidad que deben cumplir, esto es el objeto del contrato establecido en el presente pliego. Para ello, una vez se realice la adjudicación de este procedimiento de licitación esta Mutua solicitará al organismo autonómico, que en cada caso tenga atribuida la gestión de la asistencia sanitaria, el correspondiente informe favorable.
Resulta requisito indispensable para la entrada en vigor del contrato formalizado, que esta Mutua disponga del informe favorable preceptivo -respecto de la adecuación de las instalaciones y servicios.
Para la emisión de este informe, FREMAP podrá solicitar al adjudicatario toda la documentación necesaria y pertinente que precise, en base a lo requerido por cada Organismo Autonómico correspondiente, únicamente con el fin de la obtención del informe favorable de adecuación de medios, por lo que el adjudicatario estará obligado a aportar dicha documentación
En aquellos casos, en los que el mencionado informe resulte desfavorable por no acreditar el adjudicatario suficiencia y adecuación de medios a los fines del concierto por motivos que no puedan ser subsanados, el mismo no entrará en vigor y quedará automáticamente resuelto, sin derecho por parte de este a compensación e indemnización, reservándose FREMAP, el derecho a exigir al adjudicatario indemnización por los perjuicios que se deriven del incumplimiento de medios propuestos por el adjudicatario.
Así mismo, y en aquellos casos en los que se emita informe desfavorable pero sea por motivos subsanables o se produzca un retraso en la emisión del informe no sea imputable a FREMAP, si no que se deba a deficiencias en la correcta adecuación de los medios e instalaciones a los fines del concierto, el adjudicatario contará con un plazo máximo de 6 meses para llevar a cabo las actuaciones correspondientes con el organismo autonómico con el fin de que el mismo emita informe favorable, subsanando los extremos que fueran necesarios, en su caso, y debiendo estar FREMAP en disposición de dicho informe en el mencionado plazo máximo de 6 meses.
Si finalizase dicho plazo sin la obtención del informe favorable, el contrato podrá ser resuelto en las mismas condiciones descritas anteriormente.
9. CONTROL Y SEGUIMIENTO
El licitador que resulte adjudicatario deberá disponer de los medios técnicos y personales necesarios para garantizar la relación y control del servicio y deberá velar por que el personal desempeñe correctamente su cometido.
El adjudicatario deberá comunicar a FREMAP de manera urgente, cualquier incidencia que se presente:
Incomparecencias de los pacientes a las citas.
• Incidencias que se desarrolle con el paciente durante la asistencia prestada.
• Incidencias del propio servicio.
RESPONSABLE DEL CONTRATO
El adjudicatario designará dos responsables del contrato:
1. Responsable sanitario del contrato que se encargue de informar de los resultados de las consultas médicas, de enviar la información de cualquier actuación sanitaria que se requiera y de tratar cuantas cuestiones médicas pudieran surgir entre la mutua y el centro concertado.
2. Responsable económico administrativo del contrato que se encargue de enviar la información de gestión especificada en este pliego, gestionar las incidencias en la facturación que pudieran aparecer, revisar el consumo, así como de informar a FREMAP sobre el estado de las reclamaciones que pudiera plantear por el servicio ofrecido por el adjudicatario.
El especialista sanitario podrá ser a su vez el responsable sanitario y el responsable económico administrativo del contrato.
Así mismo, FREMAP designará los correspondientes Responsables de contrato.
10.ANEXOS
ANEXO I. CONDICIONES DE LOS LOTES Y SERVICIO ESTIMADO
LOTE | TIPO DE SERVICIO ESPECIALIDADES NECESARIAS (U) | MUNICIPIO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO | UBICACIÓN DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO | HORARIO MÍNIMO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS. | PLAZOS MÁXIMOS: (PARA REALIZAR LA PRUEBA Y REMITIR EL INFORME) | PLAZOS MÁXIMOS: Intervención Quirúrgica (Quitar si no procede) | CENTRO DE REFERENCIA FREMAP ASISTENCIAL | CENTRO DE REFERENCIA FREMAP ADMINISTRATIVO | PRUEBAS-CONSULTAS- INTERVENCIONES U OTRAS SOLICITUDES | Nº DE PRUEBAS |
1 | DERMATOLOGÍA (U.8) | XXXXXXXX DE LA REINA | CENTRO DEL ADJUDICATARIO | 5 DÍAS A LA SEMANA DURANTE 4 HORAS AL DIA | 4 DÍAS LABORABLES | 10 DÍAS LABORABLES | XXXXXXXX DE LA XXXXX | XXXXXXXX DE LA REINA | PRIMERA CONSULTA | 36 |
SEGUNDA CONSULTA | 3 | |||||||||
CONSULTA CON PRUEBA ALERGICA DE CONTACTO ESTÁNDAR TRUE TEST | 3 | |||||||||
CONSULTA MÁS ACTO QUIRÚRGICO DE LESIÓN CUTANEA | 3 | |||||||||
2 | LOGOPEDIA (U.61) FONIATRIA (U.62) | XXXXXXXX DE LA REINA | CENTRO DEL ADJUDICATARIO | 5 DÍAS A LA SEMANA DURANTE 7 HORAS AL DÍA | 4 DÍAS LABORABLES | - | XXXXXXXX DE LA XXXXX | XXXXXXXX DE LA REINA | PRIMERA CONSULTA | 12 |
PRIMERA CONSULTA CON ESTROBOSCOPIA | 6 | |||||||||
SESIÓN DE LOGOPEDIA | 270 | |||||||||
3 | ODONTOLOGÍA/ ESTOMATOLOGÍA (U.44) | ALBACETE | CENTRO DEL ADJUDICATARIO | 4 DÍAS A LA SEMANA DURANTE 4 HORAS AL DÍA | 4 DÍAS LABORABLES | - | ALBACETE | ALBACETE | PRIMERA CONSULTA | 9 |
CONSULTA SUCESIVA | 6 | |||||||||
OBTURACION COMPOSITE SIMPLE | 24 | |||||||||
POSTES INTRARADICULARES | 12 | |||||||||
CARILLAS ESTÉTICAS COMPOSITE | 27 | |||||||||
ENDODONCIA UN CONDUCTO | 18 | |||||||||
PONTICO FIJO | 3 | |||||||||
CORONA METAL PORCELANA | 27 | |||||||||
4 | ODONTOLOGÍA/ ESTOMATOLOGÍA (U.44) | CIUDAD REAL | CENTRO DEL ADJUDICATARIO | 5 DÍAS A LA SEMANA DURANTE 4 HORAS AL DÍA | 3 DÍAS LABORABLES | - | CIUDAD REAL | CIUDAD REAL | CONSULTA | 42 |
RX | 42 | |||||||||
PRUEBAS VITALIDAD | 36 | |||||||||
ESCANER CBT | 3 | |||||||||
PROTESIS 1 PIEZA | 3 | |||||||||
REGENERACION HUESO | 3 | |||||||||
MEMBRANA REGENERACION | 3 |
IMPLANTE | 3 | |||||||||
EXODONCIA SIMPLE | 3 | |||||||||
EXODONCIA RESTO RADICULAR | 3 | |||||||||
EXODONCIA INCLUIDA | 3 | |||||||||
RECEMENTADO | 3 | |||||||||
ENDODONCIA | 6 | |||||||||
RECONSTRUCCION MUÑON | 6 | |||||||||
CORONA PORCELANA | 3 | |||||||||
CORONA ALTA RESISTENCIA | 3 | |||||||||
COROBA SOBRE IMPLANTE | 12 | |||||||||
RECONSTRUCCION ANGULO | 15 | |||||||||
PROTESIS REMOVIBLE COMPLETA | 3 | |||||||||
5 | OFTALMOLOGÍA (U.50) | ALBACETE | CENTRO DEL ADJUDICATARIO | 4 DÍAS A LA SEMANA DURANTE 4 HORAS AL DÍA | 4 DÍAS LABORABLES | 10 DÍAS LABORABLES | ALBACETE | ALBACETE | PRIMERA CONSULTA | 225 |
CONSULTA SUCESIVA | 180 | |||||||||
6 | OFTALMOLOGÍA (U.50) | CIUDAD REAL | CENTRO DEL ADJUDICATARIO | 5 DÍAS A LA SEMANA DURANTE 4 HORAS AL DÍA | 2 DÍAS LABORABLES | 10 DÍAS LABORABLES | CIUDAD REAL | CIUDAD REAL | URGENCIAS | 240 |
CONSULTA SUCESIVA | 6 | |||||||||
OCT | 9 | |||||||||
CAMPIMETRIA | 3 | |||||||||
TOPOGRAFIA CORNEAL | 3 | |||||||||
RECOLOCACION LENTE | 3 | |||||||||
EXPLANTE/CAMBIO LENTE | 3 | |||||||||
INTERVENCION CATARATA MONOFOCAL | 3 | |||||||||
7 | OFTALMOLOGÍA (U.50) | GUADALAJARA | CENTRO DEL ADJUDICATARIO | 5 DÍAS A LA SEMANA DURANTE 4 HORAS AL DÍA | 2 DÍAS LABORABLES | - | GUADALAJARA | GUADALAJARA | PRIMERA CONSULTA | 390 |
REVISIÓN | 75 | |||||||||
8 | OFTALMOLOGÍA (U.50) | PUERTOLLANO | CENTRO DEL ADJUDICATARIO | 5 DÍAS A LA SEMANA DURANTE 4 HORAS AL DÍA | 1 DÍA LABORABLE | - | CIUDAD REAL | PUERTOLLANO | URGENCIAS | 60 |
9 | ODONTOLOGÍA/ ESTOMATOLOGÍA (U.44) | XXXXXXX DE SAN XXXX | CENTRO DEL ADJUDICATARIO | 4 DÍAS A LA SEMANA DURANTE 4 HORAS AL DÍA | 4 DÍAS LABORABLES | - | XXXXXXX DE SAN XXXX | XXXXXXX DE SAN XXXX | CONSULTA Y RX | 18 |
EMPASTE SIMPLE | 3 | |||||||||
EMPASTE COMPUESTO | 6 | |||||||||
RECONSTRUCCIÓN COMPLEJA | 3 | |||||||||
RECONSTRUCCIÓN COMPLEJA (COMPUESTA) | 6 | |||||||||
LIGADURAS | 3 | |||||||||
EXTRACCIÓN DE RESTOS RADICULARES POR TRAUMATISMO | 6 | |||||||||
ENDODONCIA UNIRRADICULAR MAS EMPASTE | 6 | |||||||||
ENDODONCIA BIRRADICULAR MAS EMPASTE | 6 |
ENDODONCIA MULTIRRADICULAR MAS EMPASTE | 3 | |||||||||
POSTE INTRARRADICULAR INMEDIATO | 3 | |||||||||
XXXXX COLADO UNIRRADICULAR | 3 | |||||||||
PERNO COLADO MULTIRRADICULAR | 6 | |||||||||
FUNDAS PROVISIONAL ACRÍLICA | 12 | |||||||||
FUNDAS METAL PORCELANA | 12 | |||||||||
10 | DERMATOLOGÍA (U.8) | VALENCIA | * CENTRO DEL ADJUDICATARIO (*) | AL MENOS UN DÍA A LA SEMANA, SIENDO EL CÓMPUTO MÍNIMO A CUBRIR 4 HORAS | 5 DÍAS LABORABLES | - | VALENCIA | VALENCIA | CONSULTAS | 129 |
11 | NEUROLOGÍA (U.17) | VALENCIA | CENTRO DEL ADJUDICATARIO (*) | AL MENOS UN DÍA A LA SEMANA, SIENDO EL CÓMPUTO MÍNIMO A CUBRIR 4 HORAS | 5 DÍAS LABORABLES | - | VALENCIA | VALENCIA | CONSULTAS | 18 |
12 | CARDIOLOGÍA (U.7) | VALENCIA | CENTRO DEL ADJUDICATARIO (*) | AL MENOS UN DÍA A LA SEMANA, SIENDO EL CÓMPUTO MÍNIMO A CUBRIR 4 HORAS | 5 DÍAS LABORABLES | - | VALENCIA | VALENCIA | CONSULTAS | 120 |
ECG | 45 | |||||||||
ECO DOPPLER | 9 | |||||||||
ERGOMETRÍA | 9 | |||||||||
XXXXXX ECG | 3 | |||||||||
13 | PSIQUIATRÍA (U.69) | VALENCIA | CENTRO DEL ADJUDICATARIO (*) | AL MENOS UN DÍA A LA SEMANA, SIENDO EL CÓMPUTO MÍNIMO A CUBRIR 4 HORAS | 5 DÍAS LABORABLES | - | VALENCIA | VALENCIA | CONSULTAS | 288 |
14 | OFTALMOLOGÍA (U.50) | XXXXXXXXX | CENTRO DEL ADJUDICATARIO | 5 DÍAS A LA SEMANA DURANTE 8 HORAS AL DÍA | 1 DÍA LABORABLE | - | XXXXXXXXX | XXXXXXXXX | PRIMERA CONSULTA/URGENCIAS | 180 |
CONSULTA SUCESIVA | 30 |
* PARA LOS LOTES 10, 11, 12 Y 13 – El centro del adjudicatario deberá estar ubicado a una distancia inferior a 15 km del centro Asistencial FREMAP VALENCIA (Xxxx Xxxxxx Xxxxxx, 8 (entrada por Plaza Legión Española, 8) 46010 Valencia). Se comprobará que el licitador cumple el mínimo de km establecido a través de la aplicación Google Maps, con la premisa de ir por carretera (vehículo privado).
LICT/99/139/2023/0103 - Contratación del servicio de Asistencia Sanitaria Especializada en la Comunidad Autónoma xx Xxxxxxxx La Mancha y la Comunidad Valenciana para FREMAP, Mutua Colaboradora con la Seguridad Social nº 61
El adjudicatario deberá contar con todas las especialidades y medios personales adicionales a las indicadas en cada Lote, relacionadas con los servicios detallados en el objeto del contrato con el fin de garantizar una atención adecuada
FREMAP, no se compromete a la solicitud del número de asistencias estimadas detalladas durante el período de vigencia del contrato, estando obligado el licitador a mantener el precio unitario ofertado para el servicio inicial.
Adicionalmente a estos servicios estimados, se ha incluido en la presente licitación un importe estimado para la realización de otras actuaciones no contempladas de manera que cualquier actuación que no se encuentre incluida expresamente en el Pliego de la presente licitación, pero que se trate de servicios dependientes, accesorios y asociados a la asistencia sanitaria que es objeto de la misma, y siempre que el adjudicatario pueda proporcionárnosla, pueda realizarse.
Por tanto, para la facturación de este tipo de actuaciones se prevé un porcentaje del presupuesto estimado para la duración inicial de cada uno de los lotes de la presente licitación, indicándose en el Anexo. Modelo de Oferta Económica, el importe correspondiente a cada uno de los lotes y en el presente Anexo I.
Dichas actuaciones se facturarán según lo indicado en el punto 4.1 del presente Xxxxxx.
Los importes destinados a estas actuaciones, para la duración inicial del contrato (tres años) son los siguientes:
LOTE | PRUEBAS/SERVICIOS COMPLEMENTARIOS |
1 | 432,00 € |
2 | 633,00 € |
3 | 1.293,00 € |
4 | 2.145,00 € |
5 | 2.160,00 € |
6 | 2.046,00 € |
7 | 3.030,00 € |
8 | 300,00 € |
9 | 781,20 € |
10 | 838,50 € |
11 | 117,00 € |
12 | 1.239,00 € |
13 | 1.872,00 € |
14 | 1.200,00 € |
Pliego de Prescripciones Técnicas Página 19 de 19