CONVENIO MARCO DE ADHESIÓN ENTRE EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN CUENCA Y LA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CUENCA
CONVENIO XXXXX XX XXXXXXXX ENTRE EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO DEL CANTÓN CUENCA Y LA UNIVERSIDAD CATÓLICA XX XXXXXX
En la ciudad xx Xxxxxx, a los cuatro días del mes xx xxxxxx de dos mil veinte, intervienen en la celebración del presente convenio, por una parte, el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Cuenca, legalmente representado por el Ing. Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx, en su calidad xx Xxxxxxx y presidente del Directorio de la Comisión de Gestión Ambiental (CGA); y, por otra, la Universidad Católica xx Xxxxxx representada por su Rector Doctor Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx; en adelante se le denominará la Universidad; quienes convienen en celebrar el presente convenio de adhesión al tenor de las siguientes clausulas:
PRIMERA: ANTECEDENTES. –
El Concejo Cantonal xx Xxxxxx, mediante ordenanzas aprobadas en el año 1997 y reformada en el 2006 creó la Comisión de Gestión Ambiental, como un organismo municipal descentralizado, integrador, de coordinación transectorial, que ejerce la calidad de Autoridad Ambiental de Aplicación responsable en el cantón Cuenca, por Resolución del Concejo Cantonal xx Xxxxxx desde el año 2005.
En éste marco, las Universidades que funcionan en el cantón Cuenca reconocidas por la ley y que hubieren suscrito convenios de adhesión con la Comisión de Gestión Ambiental, forman parte de su estructura en el nivel Directivo o Directorio.
Es función de la C.G.A coordinar acciones con las instituciones que de una u otra manera, se hallan ligadas a la protección del medio ambiente, los recursos naturales y la prevención de desastres, para la ejecución de labores de prevención, monitoreo y control ambiental en el cantón.
El Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Cuenca, a través de la C.G.A ha desarrollado acciones dirigidas a mejorar las condiciones ambientales del cantón Cuenca, protegiendo y manteniendo los ecosistemas, los recursos naturales y el paisaje, propendiendo además a la restauración de áreas ecológicamente valiosas.
Con fecha 13 de diciembre de 2013, se suscribió un Convenio de Adhesión entre la Comisión de Gestión Ambiental xx Xxxxxx y la Universidad Católica xx Xxxxxx con una duración de cinco años, en base al cual se ha desarrollado acciones conjuntas en materia de prevención, monitoreo y control ambiental con resultados positivos, plazo que ha decurrido en su totalidad.
Los comparecientes reiteran su compromiso y voluntad de trabajar articuladamente en la Gestión Ambiental del Cantón; por lo que acuerdan suscribir el presente convenio marco de adhesión.
SEGUNDA: OBJETO. –
Cooperar con el Gobierno Autónomo Descentralizado del cantón Cuenca, específicamente con la Comisión de Gestión Ambiental (C.G.A.) con su contingente técnico, académico y logístico en la elaboración, asesoría e implementación de políticas, estrategias y programas de gestión ambiental en el Cantón.
TERCERA: OBLIGACIONES QUE ASUMEN LOS INTERVINIENTES. –
EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL
CANTÓN CUENCA, a través de la Comisión de Gestión Ambiental (C.G.A.) se obliga a:
a. Coordinar e integrar a todas las entidades del sector público y privado, Organizaciones no gubernamentales, comunidades y sociedad civil, en la gestión ambiental sustentable del cantón Cuenca.
b. Establecer los instrumentos y mecanismos técnicos, legales, institucionales y financieros para desarrollar la gestión ambiental en el cantón Cuenca.
c. Recomendar la aplicación de medidas técnicas y acciones administrativas y legales sobre asuntos ambientales.
d. Proponer y actualizar la normativa ambiental.
e. Proporcionar asesoría técnica para mejorar las prácticas de gestión ambiental en el cantón Cuenca.
f. Promover mecanismos alternativos de resolución de conflictos en temas ambientales.
g. Realizar actividades de mediación en conflictos ambientales en el área de jurisdicción y competencia de la C.G.A.
h. Promover la investigación, educación, capacitación y difusión de la temática ambiental en el cantón en coordinación con la Universidad.
i. Emitir informes evaluados sobre pasantías y voluntariados que realicen los estudiantes universitarios en la C.G.A.
j. Apoyar a la Universidad previa coordinación, con expositores especialistas en temas de medio ambiente en eventos académicos de educación continua.
k. Programar con la Universidad eventos académicos de educación continua en sobre medio ambiente.
l. Apoyar al GAD Municipal en la socialización de actividades referentes al medio ambiente.
m. Colaborar en eventos de capacitación técnica en materia de legislación y control ambiental, así como de otros temas relacionados con la gestión del medio ambiente.
LA UNIVERSIDAD se obliga a:
a) Designar un representante para que en coordinación con las otras Universidades integrantes, brinde asesoría y apoyo al Directorio de la Comisión de Gestión Ambiental en la implementación de políticas estrategias y programas.
b) Promover y difundir las políticas, objetivos, estrategias, planes, programas y proyectos impulsados por la C.G.A para la conservación y protección del medio ambiente y el desarrollo sustentable en el ámbito de su competencia.
c) Aportar con la logística necesaria para realizar las actividades ambientales que le correspondan en el ámbito de su competencia y de acuerdo a las resoluciones tomadas en el seno de la C.G.A.
d) Participar activamente en la preparación, elaboración y ejecución de acciones ambientales en el Cantón.
e) A pedido de la C.G.A, facilitar infraestructura, equipos y capacidad técnica, incluyendo personal especializado para desarrollar las siguientes actividades:
1. Ejecutar programas de capacitación y formación en materia ambiental.
2. Investigar aspectos ambientales en el cantón Cuenca.
3. Intervenir en la solución de conflictos socio-ambientales.
4. Producir material informativo de capacitación y educación ambiental.
Esta obligación será ejecutada a través de la elaboración de una planificación conjunta de manera semestral o anual.
f) Mantener un sistema de estudiantes voluntarios que colaboren en actividades que impulse y desarrolle la C.G.A en investigación, capacitación, monitoreo, actividades de mejoramiento y recuperación ambiental en el cantón Cuenca, mediante la aplicación de prácticas pre profesionales y o/ pasantías.
g) Asesorar, apoyar, coordinar o articular acciones para la creación y/o funcionamiento de centros de mediación y resolución de conflictos en temas ambientales.
h) Colaborar en eventos de capacitación técnica en el área ambiental y ciencias relacionadas.
CUARTA: FINANCIAMIENTO. -
El presente convenio no implicará la transferencia de recursos financieros, asumiendo cada parte los gastos provenientes de las actividades propuestas.
QUINTA: VIGENCIA.-
El plazo de vigencia del presente convenio marco es de tres años, prorrogables por el mismo tiempo por mutuo acuerdo de las partes, y siempre que no medie notificación en contrario con por lo menos sesenta días de anticipación a su finalización.
SEXTA: ADMINISTRADOR (A) DEL CONVENIO. -
6.1. El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del cantón Cuenca, nombra como administrador (a) del presente convenio al Asesor (a) legal de la Comisión de Gestión Ambiental, y la Universidad, nombra como administrador(a) al Ing. Xxxxxxxx Xxxxxxx, quienes se encargarán de la administración y supervisión del convenio, además se encargarán de la gestión, y coordinación de todas las actividades necesarias, de manera general, para la ejecución oportuna del presente convenio.
6.2. Los administradores deberán seguir los siguientes parámetros:
6.2.1. MONITOREO.- Se realizará constantemente para asegurar que el convenio esté en curso y cumpla con sus objetivos.
6.2.2. REVISION.- Se realizará para verificar en caso de que se necesiten hacer ajustes para facilitar el cumplimiento y la consecución de los objetivos.
SÉPTIMA: COMUNICACIÓN ENTRE LAS PARTES.-
Todas las comunicaciones sin excepción entre las partes, relativas al convenio, serán formuladas por escrito y en idioma castellano. Las comunicaciones entre el GAD Municipal y la Universidad, serán a través de documentos escritos.
OCTAVA: MODIFICACIONES DEL CONVENIO.-
El presente instrumento jurídico, podrá ser modificado mediante mutuo acuerdo y previa aceptación de las partes, las modificaciones serán revisadas tanto por los administradores del convenio quienes emitirán informe dirigido a sus máximas Autoridades para su conocimiento y aprobación.
NOVENA: PROPIEDAD INTELECTUAL.-
Los documentos que resultaren de la ejecución del convenio serán propiedad intelectual de las instituciones participantes y se encontrarán protegidos por la legislación ecuatoriana aplicable y los instrumentos específicos que sobre el particular suscriban las partes. Se deberá otorgar el reconocimiento correspondiente a quienes hayan intervenido en la ejecución del mismo.
Ninguna de las partes podrá utilizar la marca, logo o emblema de la otra en publicaciones o programas sin la autorización previa o expresa por escrito entre las partes.
DÉCIMA: RELACIÓN DE DEPENDENCIA.-
Por la naturaleza específica del presente convenio, las partes no adquieren relación laboral ni de dependencia respecto del personal de la contraparte que participe en la ejecución del presente Convenio.
DÉCIMA PRIMERA: RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS.-
Cualquier disputa, controversia o reclamación que surja de las interpretaciones y aplicación relacionada con este Convenio o posteriores enmiendas del mismo, o de cualquier cuestión no contractual relacionada, será resuelta en forma directa y amigable por los representantes legales de las partes en el plazo de quince (15) días.
En caso de no resolverse de la forma indicada anteriormente, las partes acuerdan someterse al proceso de mediación en el Centro de Mediación de la Procuraduría General del Estado, sede Cuenca, al amparo de las disposiciones y procedimientos estipulados en la Ley de Arbitraje y Mediación, y en el reglamento para el funcionamiento de ese centro.
En el evento de que el conflicto no fuere resuelto mediante este mecanismo de solución de controversias, las partes se someterán a las instancias de la justicia ordinaria de la legislación ecuatoriana.
DÉCIMA SEGUNDA: TERMINACIÓN.-
El Convenio terminará por:
1. Cumplimiento de las obligaciones,
2. Terminación del plazo,
3. Por mutuo acuerdo de las artes,
4. Por sentencia ejecutoriada que declare la nulidad del Convenio,
5. En forma anticipada y unilateral por decisión de una de las Partes, por incumplimiento de las obligaciones del presente Convenio; y,
6. Por causa de fuerza mayor o caso fortuito, debidamente justificados, que haga imposible el cumplimiento del objeto del convenio.
En cualquier caso, de terminación del convenio, las partes realizarán la liquidación del mismo, para ello suscribirán un acta en la que se establecerá el grado de ejecución del convenio, la relación de las actividades ejecutadas, y la determinación de las actividades subsecuentes necesarias para el cierre del convenio.
12.1.- Terminación por mutuo acuerdo.
De presentarse circunstancias imprevistas, técnicas o económicas, por las que no fuese posible o conveniente para las partes, ejecutar total o parcialmente el objeto de este convenio, podrá convenir en la extinción de todas o algunas de las obligaciones contractuales, en el estado en que se encuentren, para lo cual se requerirá un informe del Administrador del Convenio, previo a proceder a su liquidación.
12.2.- Terminación Unilateral de Convenio.
La terminación unilateral del convenio puede darse cuando las Partes, incurran en las siguientes causas:
1. Incumplimiento de las obligaciones estipuladas.
2. Suspensión de la ejecución del convenio sin conocimiento de la otra parte.
3. Ceder o transferir el convenio o programa.
De producirse las circunstancias antes indicadas, la parte afectada, elaborará un informe motivado, con señalamiento del incumplimiento incurrido.
La parte afectada notificará por escrito a la otra parte el incumplimiento en que ha incurrido para que en el término de cinco días presente las justificaciones correspondientes.
En caso de no justificarse el incumplimiento, la parte perjudicada podrá dar por terminada anticipada y unilateralmente el convenio, mediante resolución, sin que haya derecho a indemnización alguna a favor de la Parte incumplida.
DÉCIMA TERCERA: DOCUMENTOS HABILITANTES.-
Se adjunta como documento habilitante el nombramiento de los comparecientes.
DÉCIMA CUARTA: NOTIFICACIONES.-
Las partes acuerdan fijar su domicilio en la ciudad xx Xxxxxx, renunciando expresamente su domicilio anterior, cualquiera que este fuere.
Notificaciones se realizarán en las siguientes direcciones:
GAD MUNICIPAL DEL CANTÓN CUENCA
Calle: Xxxxx Xxxxxxx x Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (xxxxxxx xxxx), Xxxxxxx; Xxxxxx- Xxxxxxx Teléfono: 0000000.
UNIVERSIDAD CATÓLICA XX XXXXXX
Avenida de las Américas y Humboldt. Email: xxxxxxxxx@xxxxxx.xxx.xx Cuenca-Ecuador.
Teléfono: (00) 0000000.
Las partes declaran expresamente su aceptación a todo lo acordado en el presente Convenio, a cuyas estipulaciones se someten. En testimonio de lo cual, suscriben en cinco ejemplares de igual contenido y valor.
Firmado electrónicamente por:
XXXXX XXXXX XXXXXXXX XXXXXXX
Firmado electrónicamente por:
XXXXXXX XXXXXXX XXXX XXXXXXX
Xxx. Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xx. Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx XXXXXXX XX XXXXXX RECTOR UNIVERSIDAD CATÓLICA PRESIDENTE DE LA C.G.A MIEMBRO DE LA CGA