Procedimiento: Contrato de servicio, mediante procedimiento Abierto Simplificado: Tramitación sumaria. Asunto: INTUR 2019
Expediente nº: XXXXXXX 000 (x)-00
Procedimiento: Contrato de servicio, mediante procedimiento Abierto Simplificado: Tramitación sumaria.
Asunto: INTUR 2019
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES DEL CONTRATO
0. CUADRO DE CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO.
0.1. Objeto del contrato: Stand INTUR 2019
0.2. Codificación: CPV: 79950000-8 – Servicios de organización de ferias y congresos.
0.3. Régimen Jurídico: Según lo descrito en los apartados siguientes xxx xxxxxx.
0.4. Presupuesto: Valor Estimado del Contrato (antes de IVA)… 24.000,00€
Presupuesto Base de Licitación (21% IVA incluido)… 29.040,00€
Revisión de precios: No procede
0.5. Procedimiento de adjudicación: Abierto Simplificado (Tramitación sumaria).
0.6. Plazo máximo de ejecución: Desde la adjudicación hasta finalización feria 24/11/2019.
0.7. Perfil del Contratante: Web SODEBUR
Plataforma Contratación: PLACSP
0.8. Presentación de Proposiciones: Según lo descrito en los apartados siguientes xxx xxxxxx.
0.9. Criterios de adjudicación: Precio y criterios técnicos.
0.10. Condiciones de pago: Previa presentación de la correspondiente factura.
0.11. Penalizaciones y resolución del contrato: Según lo descrito en los apartados siguientes xxx xxxxxx.
0.12. Vigilancia y ejecución de los trabajos: Según lo descrito en los apartados siguientes xxx xxxxxx
0.13. Cesión o subcontratación: Con autorización previa.
0.14. Propiedad intelectual y confidencialidad: Según lo descrito en los apartados siguientes xxx xxxxxx.
0.15. Responsabilidad: Según lo descrito en los apartados siguientes xxx xxxxxx.
0.16. Protección de datos: Según lo descrito en los apartados siguientes xxx xxxxxx.
0.17. Cláusula adicional: Los anexos al pliego, constituyen parte integrante de este Pliego.
0.18. Clausulado Técnico: Según lo descrito en los apartados siguientes xxx xxxxxx.
1. ANEXOS I, II y III
A) CONDICIONES JURÍDICO - ADMINISTRATIVAS
1. OBJETO
SODEBUR pretende cubrir las necesidades de diseño, montaje, desmontaje así como de transporte para asistir con stand propio a INTUR 2019 en Valladolid, del 21 al 24 de noviembre.
Estas especificaciones técnicas han sido preparadas por SODEBUR que asumirá las tareas de control durante el periodo de contratación y seguimiento a la persona física o jurídica contratada para la realización de este proyecto.
2. CODIFICACIÓN
De acuerdo con el Reglamento (CE) nº 213/2008 de la Comisión, de 28 de noviembre de 2007, que modifica el Reglamento (CE) nº 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de Contratos Públicos (CPV), y las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los procedimientos de los contratos públicos, en lo referente a la revisión del CPV, se puede clasificar el objeto del contrato de la siguiente manera:
CPV: 79950000-8 Servicios de organización de ferias y congresos
3. RÉGIMEN JURÍDICO
La Sociedad para el desarrollo de la provincia xx Xxxxxx (SODEBUR) como organización creada por una Administración Local (Diputación provincial xx Xxxxxx), y cuyo Capital Social corresponde 100% a dicha administración y según lo establecido en el artículo 3.1.h) y 3.3.d) de la Ley 9/2017 de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, en adelante LCSP, forma parte del Sector Público y se considera Poder Adjudicador, a los efectos de estar sujeta en todas sus contrataciones a lo estipulado en la mencionada Ley.
Que de conformidad con el artículo 28 de la LCSP, las entidades del sector público no podrán celebrar otros contratos que aquellos que sean necesarios para el cumplimiento y realización de sus fines institucionales, a tal efecto, la naturaleza y extensión de las necesidades que pretenden cubrirse, así como la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerlas, deben ser determinadas con precisión, dejando constancia de ello en la documentación preparatoria, antes de iniciar el procedimiento encaminado a su adjudicación.
Los contratos celebrados por SODEBUR, se regirán por la LCSP, en tanto continúe vigente o por las normas reglamentarias que le sustituyan, en cuanto a su preparación y adjudicación, y tendrán la consideración de contratos privados, de acuerdo al artículo 26.
Cualquiera de las cuestiones que se susciten en cuanto a su preparación y adjudicación, que no queden solventadas por las partes, será resuelta por los órganos del orden jurisdiccional de lo contencioso-administrativo. En cuanto a su cumplimiento, efectos y extinción, le serán aplicables las normas de derecho privado y aquellas normas a las que se refiere el párrafo primero del artículo 319 de la LCSP en materia medioambiental, social o laboral, de condiciones especiales de ejecución, de modificación del contrato, de cesión y subcontratación, de racionalización técnica de la contratación; y
la causa de resolución del contrato referida a la imposibilidad de ejecutar la prestación en los términos inicialmente pactados, cuando no sea posible modificar el contrato conforme a los artículos 204 y 205 de la LCSP. El orden jurisdiccional civil con sede en Burgos, será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a los efectos, cumplimiento y extinción.
Se consideran, así mismo documentos contractuales, la proposición del Adjudicatario y la documentación adicional que aquel hubiera aportado a requerimiento del contratante, en su caso.
4. PRESUPUESTO
El importe máximo de licitación para esta contratación asciende a 29.040,00 € IVA incluido quedando incluidos dentro de este importe, los gastos que requieran los trabajos objeto de la contratación, los medios técnicos y auxiliares, los gastos de personal, el beneficio industrial y todas las cuotas y sus eventuales recargos correspondientes a los tributos que puedan devengarse, así como cualquier otro coste que se genere.
Serán gastos a satisfacer por la empresa adjudicataria y se entenderán en todo caso incluidos en su oferta, entre otros, los siguientes:
a) Montaje, desmontaje y transporte de todos los elementos del stand como son la decoración, mobiliario, elementos de megafonía, pantallas, tecnología necesaria, acceso a internet, publicidad, fotografías, impresiones, mostradores, electrodomésticos, vitrocerámica, copas, cazuela, sartén, vajilla, banquetas, sillas, cámara frigorífica, armarios, conectores de agua, sistemas de desagüe, iluminación, suministro eléctrico, papeleras, percheros, balda así como los servicios de limpieza en la feria.
Las empresas deberán aportar el precio final de la oferta, ya que durante el desarrollo de los trabajos no se aceptarán ni revisiones de precios ni modificaciones.
A todos los efectos se entenderá que la oferta económica incluye el Impuesto sobre el Valor Añadido y demás tributos de cualquier índole que graven el servicio contratado, sin que, por tanto, puedan estos ser repercutidos como partida independiente.
5. PROCEDIMIENTO Y FORMA DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación de este contrato de servicios se llevará a cabo mediante las normas del procedimiento abierto simplificado (tramitación sumaria) regulado en el artículo 159.6 de la LCSP.
Para la valoración de las proposiciones y la determinación de la oferta más ventajosa se atenderá a dos criterios de adjudicación relacionados con el objeto del contrato: el precio más bajo y criterios técnicos.
Órgano de Contratación: El Presidente de la Sociedad para el desarrollo de la provincia xx Xxxxxx, de conformidad con lo dispuesto en el art. 323 y ss de la LCSP.
6. PLAZO DE EJECUCIÓN EL CONTRATO
El plazo de ejecución del contrato se extiende desde la adjudicación hasta la finalización de la feria, el 24 de noviembre de 2019.
7. PERFIL DEL CONTRATANTE y PLATAFORMA DE CONTRATACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO
SODEBUR a través de su Perfil del Contratante, así como en la Plataforma de Contratación del Sector Público, publicará el Informe Justificativo de Necesidad, el Pliego de Prescripciones del contrato y la adjudicación del contrato, así como cualquier otro dato e información referente a su actividad contractual, de acuerdo en lo establecido en los artículos 63, 116 y 138 de la LCSP.
8. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Podrán concurrir a esta licitación las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras que tengan plena capacidad de obrar y no estén incursas en alguna de las prohibiciones que señala el artículo 71 de la LCSP.
Asimismo, los Licitadores deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
SODEBUR tomará las medidas pertinentes para garantizar que en la ejecución de los contratos, los contratistas cumplen las obligaciones aplicables en materia medioambiental, social o laboral establecidas en el derecho de la Unión Europea, el derecho nacional, los convenios colectivos o por las disposiciones de derecho internacional medioambiental, social y laboral que le vinculen. El incumplimiento de estas obligaciones, en especial los incumplimientos o los retrasos reiterados en el pago de los salarios o la aplicación de condiciones salariales inferiores a las derivadas de los convenios, dará lugar a la imposición de las penalidades a las que se refiere el art. 192 LCSP.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 159.6 de la LCSP, en su apartado b) para los contratos formalizados a través del procedimiento abierto simplificado, cuando el valor estimado en contratos de suministros y servicios sea inferior a 35.000,00€, se eximirá a los licitadores de acreditarse de la solvencia económica y financiera y técnica o profesional.
8.1. Lugar de presentación.
La oferta se entregará en un único archivo electrónico, de acuerdo al artículo 159.6.c) de la LCSP, a través de la plataforma de contratación del Estado.
Se deberán incluir los anexos I, II y III.
8.2. Plazo y forma de presentación.
El plazo para presentar proposiciones será xx xxxx (10) días naturales contados a partir del siguiente a la publicación del anuncio de licitación en el perfil de contratante. Se establece como último día de presentación de ofertas, el 10 de octubre de 2019 a las 14:00 horas. Cuando el último día de plazo coincida con sábado o día inhábil, el plazo se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Tanto en el Perfil del Contratante de SODEBUR como en la Plataforma de Contratación del Sector Público se dará acceso a los pliegos y demás documentación complementaria por medios
electrónicos, acceso que será libre, directo, completo y gratuito, y que podrá efectuarse desde la fecha de la publicación del anuncio de licitación.
Cada Licitador no podrá presentar más de una Proposición o solicitud, ni suscribir ninguna propuesta en Unión Temporal con otros si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una Unión Temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las Proposiciones por él suscritas.
La oferta y la documentación que se acompañe se presentarán, en todo caso, en idioma castellano.
Serán rechazadas las ofertas que, en su desglose para el estudio, superen el importe máximo de licitación.
Se podrán rechazar aquéllas ofertas que no se ajusten al modelo aprobado y las que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que se estime fundamental para considerar la oferta.
Las proposiciones de los interesados deberán ajustarse a los pliegos y documentación que rige la presente licitación, su presentación supone la aceptación incondicional del contenido de la totalidad de sus cláusulas o condiciones y la Declaración Responsable de que reúne todas y cada una de las Condiciones exigidas para contratar con SODEBUR
Las proposiciones serán secretas y se arbitrarán los medios que garanticen tal carácter hasta el momento de apertura de las mismas.
8.3. Requisitos para poder licitar.
Las personas que acudan a la presente licitación, deberán ostentar los siguientes requisitos:
a) Ser personas naturales o jurídicas cuya actividad profesional u objeto social tenga relación directa con el objeto del contrato.
b) Tener plena capacidad de obrar y no estar incursos en ninguna de las causas de incapacidad para contratar.
c) Tener la capacidad técnica o profesional, económica y financiera suficiente para la ejecución del contrato.
d) Xxxxxxse al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias y de seguridad social.
8.4. Calificación de la documentación y adjudicación
Finalizado el plazo de admisión de documentación, SODEBUR estudiará la documentación presentada por los ofertantes y tras su análisis aplicando los criterios de adjudicación, se realizará un informe de valoración y se elevará la propuesta de adjudicación que se estime más conveniente, siendo el Presidente del Consejo de Administración de SODEBUR el Órgano de Contratación que dictará la resolución procedente adjudicando o declarando desierta la contratación.
En el caso en que el órgano de contratación desista del procedimiento de adjudicación o decida no adjudicar o celebrar el contrato una vez efectuada la correspondiente convocatoria, lo notificará a los candidatos o licitadores y seguirá lo establecido en el art. 152 LCSP.
9. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
Al Órgano de Contratación le corresponde la adjudicación del contrato y, a tal fin, resolverá en
orden a
la proposición que
considere
más ventajosa para
os fines del mismo
sin que,
necesariamente, tenga que coincidir con
la oferta económica
más favorable sino que, en la
adjudicación, se seguirán los criterios expuestos a continuación.
a) Oferta económica… Hasta 75 puntos
b) Oferta técnica… Hasta 25 puntos
a) La valoración correspondiente
al criterio
“oferta económica”,
se hará de forma
proporcional, asignando la mayor puntuación a la oferta ec
Donde: TIPO es el tipo de licitación.
OFMIN es la oferta más baja.
nómica más barata.
OFVAL es la oferta que se valora para ser puntuada.
N es el total de puntos máximo (… Puntos) que se puede obtener por el criterio precio, y que son los que siempre corresponderán a la oferta más baja.
b) La valoración correspondiente al manera:
criterio “oferta técnica” se valorará de la
siguiente
• Valoración de la calidad de la construcción del stand, en función de los siguientes criterios:
Accesibilidad, hasta 1 punto.
Creatividad de la construcción, hasta 2 puntos. Aprovechamiento de espacios, hasta 1 punto. Uso de materiales reutilizables, hasta 1 punto.
• Valoración de la c eatividad de la acción de promoción al potencial turista donde se
valorará la calidad de la actividad propue ta en función del grado interacció visitantes, hasta 10 puntos.
con los
• Originalidad de la actividad de promoción así como el uso de nuevas tecnologías, hasta 10 puntos.
En todo caso, será condición ineludible un mínimo de 14 puntos en la valoración de la “oferta técnica” para poder ser adjudicatario del contrato.
9.1. Casos de empate
El empate entre varias ofertas, tras la aplicación de los criterios de adjudicación del contrato, se resolverá mediante la aplicación por orden de los siguientes criterios sociales, referidos al momento de finalizar el plazo de presentación de ofertas:
a) Mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad o en situación de exclusión social en la plantilla de cada una de las empresas, primando en caso de igualdad, el mayor número
de trabajadores fijos con discapacidad en plantilla, o el mayor número de personas trabajadoras en inclusión en la plantilla.
b) Menor porcentaje de contratos temporales en la plantilla de cada una de las empresas.
c) Mayor porcentaje de mujeres empleadas en la plantilla de cada una de las empresas.
d) El sorteo, en caso de que la aplicación de los anteriores criterios no hubiera dado lugar a desempate.
La acreditación de los extremos anteriores deberá realizarse a requerimiento del Órgano de Contratación.
10. CONDICIONES DE PAGO
Una vez finalizado el trabajo contratado y acreditado su correcto cumplimiento, SODEBUR solicitará al adjudicatario la emisión de la correspondiente factura, debiendo emitirse de conformidad con las disposiciones vigentes, la numeración seriada, fecha de expedición, descripción detallada de los trabajos realizados, N.I.F. del expedidor y destinatario y el I.V.A. repercutido.
SODEBUR realizará la liquidación del importe contratado en un único pago de acuerdo al calendario establecido en las condiciones Técnicas (Alcance y condiciones de ejecución), mediante la correspondiente transferencia a la cuenta corriente del adjudicatario, indicada en la Ficha de Alta de datos bancarios que adjuntará a la factura.
11. PENALIZACIONES Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Si el adjudicatario, por causas imputables al mismo, incurriera en retrasos o demoras en el cumplimiento de los plazos establecidos, la SODEBUR podrá optar a la resolución del contrato. Serán causas de resolución del presente contrato, además de las señaladas, las siguientes:
a) El incumplimiento por el adjudicatario de cualquiera de las condiciones establecidas en este pliego de condiciones.
b) El hecho de que el adjudicatario, con posterioridad a la adjudicación, incurra en alguna de las causas de incompatibilidad o incapacidad para contratar establecida por la legislación vigente de contratos.
c) La suspensión de pagos, quiebra o concurso de acreedores.
d) Muerte del contratista individual o extinción o disolución de la persona jurídica.
La Sociedad para el desarrollo para la provincia xx Xxxxxx podrá dejar sin efecto la contratación antes del vencimiento, si lo justificasen circunstancias sobrevenidas de interés público, mediante el resarcimiento de los daños que se causaron.
12. VIGILANCIA Y EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS
SODEBUR ejercerá la inspección y vigilancia de las acciones contratadas, en caso de dudas técnicas pueden ponerse en contacto con el técnico responsable a través del correo electrónico xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxx.xx o el teléfono 000 000000.
SODEBUR tiene la facultad de inspeccionar y de ser informada de los procesos que se lleven a cabo para la ejecución correcta de los trabajos, pudiendo dictar cuantas disposiciones estime oportunas para el estricto cumplimiento de lo contratado.
13. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN
La cesión del contrato o subcontrato, sólo será admisible en los casos en los que se notifique debidamente a SODEBUR y ésta lo apruebe, para ello la sociedad podrá recabar cuantos documentos le sean necesarios.
14. PROPIEDAD INTELECTUAL Y CONFIDENCIALIDAD
La propiedad intelectual de todos los documentos y resultados de los trabajos realizados corresponde a la Sociedad para el desarrollo de la provincia xx Xxxxxx, que podrá reproducirlos o divulgarlos total o parcialmente.
Toda la documentación quedará en propiedad de SODEBUR, sin que el contratista pueda conservarla o facilitarla a terceros sin su expresa autorización, que la daría, en su caso, previa petición formal del contratista con expresión del fin.
15. RESPONSABILIDAD
Será de cuenta del contratista indemnizar por todos los daños y perjuicios que se causen a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato, de acuerdo con lo previsto en la LCSP.
El contratista será responsable de toda reclamación relativa a la propiedad industrial y comercial del servicio que efectué y deberá indemnizar a SODEBUR de todos los daños y perjuicios que para la misma pudieran derivarse de tal interposición de reclamaciones, incluidos los gastos derivados de las que eventualmente puedan dirigirse contra esta.
16. PROTECCIÓN DE DATOS
Mediante la presente cláusula, se habilita a la parte adjudicataria como encargada del tratamiento, para manejar, por cuenta de SODEBUR como responsable del tratamiento, los datos de carácter personal necesarios para prestar el servicio contratados.
El presente acuerdo tiene la misma duración que el contrato que se firme. Una vez finalice el mismo, la encargada del tratamiento devolverá a SODEBUR los datos personales y suprimirá cualquier copia que mantenga en su poder.
17. CLAUSULA ADICIONAL
Los anexos que se relacionan a continuación, constituyen parte integrante de este Pliego:
a) Anexo I: Modelo Oficial de proposición.
b) Anexo II: Declaración responsable.
c) Anexo III: Propuesta Económica y Técnica