JUNTA DE ANDALUCIA
JUNTA DE ANDALUCIA
Consejería de Empleo, Empresa y Comercio Delegación Territorial xx Xxxxxxx
Núm. 204/2018
Convenio o Acuerdo: Convenio Colectivo Provincial de Cons- trucción y Obras Públicas xx Xxxxxxx
Expediente: 14/01/0214/2017 Fecha: 16/01/2018
Asunto: Resolución de Inscripción y Publicación Destinatario: Xxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Código 14000365011981
Visto el Texto de los Acuerdos de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo Provincial de Construcción y Obras Públicas xx Xxxxxxx, y de conformidad a lo establecido en el artículo 90 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores y en el Real Decreto 713/2010, de 28 xx xxxx, sobre Registro y Depósito de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo, esta Autoridad Laboral, sobre la base de las competencias atribuidas en el Real Decreto 4.043/1982, de 29 de diciembre, sobre Tras- paso de Funciones y Servicios de la Administración del Estado a la Junta de Andalucía en materia de trabajo, el Decreto de la Pre- sidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y so- bre reestructuración de Consejerías y el Decreto 149/2012, de 5 xx xxxxx, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Con- sejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo.
ACUERDA
Primero. Ordenar su inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de trabajo con funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo.
Segundo. Disponer la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia.
El Delegado Territorial CEICE en Córdoba, Xxxxxx Xxxxxxx Ji- xxxxx.
En Córdoba, siendo las 9,30 horas del día 16 de noviembre de 2017, se reúnen en la sede social de la Asociación de Empresa- xxxx de la Construcción xx Xxxxxxx, las personas que se relacio- nan a continuación, en la representación que igual se indica.
Asistentes:
Por Construcción y Servicios de CC.OO:
Xxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx y xxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx. Por UGT-FICA:
Xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx y xxx Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx.
Por Construcor:
Xxx Xxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, xxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxx, xxxx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx-Xxxxxxxx y don Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx.
Los reunidos lo hacen en su condición de miembros de la Co- misión Paritaria del Convenio Colectivo Provincial del Sector de Construcción, siendo el objeto de la misma acordar las tablas sa- lariales que habrán de regir en 2017, una vez publicado el VI Convenio General del Sector de la Construcción, que fija como in- cremento aplicable sobre las tablas de 2016 un 1,9 por ciento. Y ello de conformidad con la Disposición Final Cuarta del vigente Convenio Colectivo Provincial de Construcción y Obras Públicas xx Xxxxxxx 2015-2016.
Al término de la reunión las partes adoptan los siguientes acuerdos:
Primero: Aprobar las tablas salariales definitivas que habrán de regir en 2017, con efectos de primero de enero, las cuales se acompañan como Anexo a la presente Acta.
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx
Segundo: Una vez aplicada la cláusula de absorción y compen- sación prevista en el artículo 51 del Convenio Colectivo Provin- cial vigente, las diferencias que resulten de aplicar el incremento económico acordado se abonarán, la mitad dentro de los treinta días siguientes contados a partir de la publicación de las nuevas tablas salariales, y la otra mitad dentro de los sesenta días si- guientes contados igualmente a partir de la publicación de las nuevas tablas salariales, fijándose como fecha límite para el abo- no de tales diferencias el día 31 xx xxxxx de 2018.
Tercero: Apoderar a don Xxxxx Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx para que lleve a cabo todas las gestiones y trámites que fueran necesarios en orden a la inscripción, registro y publicación de la presente Ac- ta y sus anexos.
Y no habiendo más asuntos que tratar, se levanta la reunión, siendo las 10,40 horas del día señalado al principio.
Hay varias firmas ilegibles.
TABLAS SALARIALES DE LOS TRABAJOS A MAYOR RENDIMIENTO PARA EL AÑO 2017
YESO
CONDICIONES ECONÓMICAS PARA LOS TRABAJOS "A MAYOR RENDIMIENTO"
M2 yeso "a buena vista" en paredes de techos y viviendas | 3,03 |
M2 yeso "a buena vista" en escaleras y rellanos | 4,80 |
M2 yeso "a buena vista" sólo en techos de viviendas | 3,88 |
M2 yeso "perlita" sólo en paredes de viviendas | 4,58 |
M2 yeso "perlita" en escaleras y rellanos | 6,09 |
M2 yeso proyectado con máquinas en paredes y techos de viviendas | 2,53 |
M2 yeso proyectado con máquina en escaleras y rellanos | 3,62 |
M2 yeso en paredes y techos xx xxxxxxxx de más de 3 m de altura y hasta 4,50 m: "a buena vista" "perlita" "proyectado con máquina" | |
5,51 | |
7,01 | |
4,17 | |
M2 yeso en paredes y techos de locales comerciales, garajes, sótanos y naves de más de 3 m de altura y hasta 4,50 m: "a buena vista" "perlita" "proyectado con máquina" | |
3,45 | |
5,26 | |
2,93 | |
M2 yeso sólo en huecos de escaleras: "a buena vista" "perlita" "proyectado con máquina" | |
5,73 | |
7,32 | |
4,36 | |
M2 yeso sólo en rellanos: "a buena vista" "perlita" "proyectado con máquina" | |
3,82 | |
4,88 | |
2,91 | |
M2 yeso "maestreado" en paredes de viviendas: a convenir, siendo la cuantía mínima de: | 4,21 |
Ud. Guardavivos | 1,75 |
Ml de junquillo | 2,20 |
M2 yeso "maestreado" sólo en techos de viviendas | 5,45 |
Descarga de cada saco de yeso en obra, cuando la empresa no disponga la realización de dicha operación | 0,07 |
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx
Independientemente de los referidos precios se abonarán al trabajador las partes proporcionales de las pagas xx Xxxxx, Xxxxxxx y Vacaciones que serán devengadas día a día, así como la cantidad de 0,93 euros por día efectivo de trabajo.
ESCAYOLA
CONDICIONES ECONÓMICAS PARA LOS TRABAJOS "A MAYOR RENDIMIENTO"
Unidades precio M2 escayola techo o placa xxxx | 5,76 |
M2 escayola techo o placa xxxx, a colocar en superficies inferiores a 7m2 o a 1,20 m de ancho por cualquiera de sus caras | 6,95 |
Ml de moldura | 3,37 |
Ml de fosa | 4,45 |
Ml de viga doble | 19,13 |
Ml de media viga | 11,58 |
Ml de tabica que no supere los 50 cm en su plano vertical | 6,08 |
Independientemente de los referidos precios se abonarán al trabajador las partes proporcionales de las pagas xx Xxxxx, Xxxxxxx y Vacaciones que serán devengadas día a día, así como la cantidad de 0,93 euros
por día efectivo de trabajo.
SOLADO
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx
CONDICIONES ECONÓMICAS PARA LOS TRABAJOS "A MAYOR RENDIMIENTO"
Unidades precios M2 terrazo en planta diáfana | 4,43 |
M2 terrazo en planta semidiáfana | 4,64 |
M2 terrazo en planta distribuida | 4,92 |
Ml rodapié de terrazo | 1,56 |
M2 mármol en planta diáfana | 4,92 |
M2 mármol en planta semidiáfana | 4,17 |
M2 mármol en planta distribuida | 5,55 |
Ml rodapié xx xxxxxx | 1,66 |
Cerámica en cubiertas con corrientes a cartabón | 6,85 |
Cerámina en cubiertas con corrientes pisas | 5,88 |
Cerámica y gres en viviendas: piezas con superficie superior a 20 m2 | 6,01 |
Cerámica y gres en viviendas: piezas con superficie comprendida entre 9 m2 hasta 20 m2 | 8,04 |
Cerámica y gres en viviendas: piezas con superficie inferior a 9 m2 | CONVENIR |
Losas de tacos en aceras o porches, en formatos de hasta 20 x 20 cm | 5,55 |
Losas de tacos en aceras o porches, en formatos a partir de 21 x 21 cm | 4,45 |
Losas de tacos en aceras o porches, cuando la superficie a solar resulte ser inferior a 1 m de ancho | CONVENIR |
Independientemente de los referidos precios se abonarán al trabajador las partes proporcionales de las pagas
xx Xxxxx, Xxxxxxx y Vacaciones que serán devengadas día a día, así como la cantidad de 0,93 euros por día efectivo
de trabajo.
ALICATADO
CONDICIONES ECONÓMICAS DE LOS TRABAJOS "A MAYOR REDIMIENTO"
€/m2 | ||||||
Unidades precios colocación de azulejo o plaqueta xxxx en formatos cuadrados o cenefas lisas incorporadas en el mismo azulejo (contemplando una como máximo de llevar cenefa incorporada) tomado con mortero de cemento, con una escuadría desde 15 x 15 hasta 25 x 30 o su equivalente en superficie | 7,57 | |||||
Colocación de azulejos serigrafiados en formatos cuadrados o rectangulares, colocado con mortero de cemento, con una escuadría desde 15 x 15 hasta 25 x 30 ó su equivalente en superficie Colocación de azulejos o plaqueta xxxx en formatos cuadrados o rectangulares sobre paramentos previamente maestreados, con o sin cenefas lisas incorporadas en el mismo azulejo (contem- plando una como máximo de llevar cenefa incorporada), tomado con aditivo tipo pegolán o similar con una escuadría desde 15 x 15 hasta 30 x 30 ó su equivalente en superficie Colocación de azulejo serigrafiado en formatos cuadrados o rectangulares, colocados sobre paramentos previamente maestreados con aditivo tipo pegolán o similar, con una escuadría desde 15 x 15 hasta 30 x 30 ó su equivalente en superficie | 8,04 6,50 6,82 | |||||
Colocación de cenefa xxxx, desde 5 cm hasta 15 cm de anchura | 2,02 | |||||
Colocación de cenefa curva o con relieve, desde 5 cm hasta 15 cm de anchura | 3,03 | |||||
Colocación de azulejo o plaqueta en formatos cuadrados o rectangulares sobre paramentos previamente maestreados, con o sin cenefas lisas incorporadas en el mismo azulejo (contemplan- do una como máximo de llevar cenefa incorporada), así como serigrafiados con una escuadría a partir de 30 x 30 hasta 35 x 35 ó su equivalente en superficie: a convenir de mutuo acuerdo. En todo caso la cuantía mínima será: * Si el azulejo o la plaqueta es xxxx * Si el azulejo o la plaqueta es serigrafiado (si la colocación fuera "a punto" el precio se incremen- tará un 15%) | 7,42 7,87 | |||||
Cajillos sólo en cocinas (enchufes, puntos de luz, cajas de registro, rejillas de ventilación) que excedan de 7 unidades | 1,00 | |||||
Cuando los azulejos o plaquetas tomados con aditivo tipo pegolán o similar, hubieran de colocarse "a punto" por irregularidades del paramento: * Si el azulejo o la plaqueta es xxxx * Si el azulejo o la plaqueta es serigrafiado | 7,56 8,04 | |||||
Las cenefas incorporadas al azulejo que exceda de una | 0,43 | |||||
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx
Independientemente de los referidos precios se abonarán al trabajador las partes proporcionales de las pagas xx Xxxxx, Xxxxxxx y Vacaciones que serán devengadas día a día, así como la cantidad de 0,93 euros por día efectivo de trabajo.
Boletín Oficial de la Provincia
204TABLAS SALARIALES DEL CONVENIO COLECTIVO DE CONSTRUCCIÓN XX XXXXXXX DEL AÑO 2.017
Categorías y | Salario base | Plus actividad | Plus | Paga Junio | Paga Navidad | Vacaciones | Horas extras | |||||
niveles | (euros día natural) | (euros día trabajado) | Desgaste ropa | herram. | semestral | diari a | semestral | diaria | anual | diaria | 2 primeras | Restantes |
(euros día trabajado) | ||||||||||||
VII.- CAPATAZ | 34,53 | 20,94 | 1,43 | 1.772,70 | 9,79 | 1.772,70 | 9,63 | 1.772,70 | 4,86 | 18,88 | 21,22 | |
VIII.-OF.1ª,COND.1ª, GRUIST.1ª | 33,62 | 20,94 | 1,43 | 0,71 | 1.729,21 | 9,55 | 1.729,21 | 9,40 | 1.729,21 | 4,74 | 18,24 | 20,87 |
IX.- OF.2ª,COND.2ª,GRUIST.2ª | 32,01 | 20,94 | 1,43 | 0,71 | 1.655,15 | 9,14 | 1.655,15 | 9,00 | 1.655,15 | 4,53 | 17,61 | 20,18 |
X.- XXXXX., AYUD. Y GUARDA | 31,24 | 20,94 | 1,43 | 0,71 | 1.620,38 | 8,95 | 1.620,38 | 8,81 | 1.620,38 | 4,44 | 17,29 | 19,79 |
XI.- PEON ESPECIALISTA | 31,03 | 20,94 | 1,43 | 1.609,78 | 8,89 | 1.609,78 | 8,75 | 1.609,78 | 4,41 | 17,20 | 19,70 | |
XII.- PEON ORDINARIO | 30,67 | 20,94 | 1,43 | 1.592,37 | 8,80 | 1.592,37 | 8,65 | 1.592,37 | 4,36 | 17,04 | 19,41 | |
XIII.-PINCHE 17-18 AÑOS | 27,16 | 20,94 | 1,43 | 1.428,25 | 7,89 | 1.428,25 | 7,76 | 1.428,25 | 3,91 | 15,41 | 17,83 | |
XIV.-PINCHE 16-17 AÑOS | 25,99 | 20,94 | 1,43 | 1.375,37 | 7,60 | 1.375,37 | 7,47 | 1.375,37 | 3,77 | 15,09 | 17,27 |
Viernes, 02 de Febrero de 2018
xx Xxxxxxx
II.- PERS. TITUL. SUPERIOR | 1.435,97 | 20,94 | 2,14 | 2.396,41 | 13,24 | 2.396,41 | 13,02 | 2.396,41 | 6,57 | 23,48 | 27,40 | |
III.- PERS. TITUL. MEDIO JEFE ADTVO. 1ª | 1.236,01 | 20,94 | 2,14 | 2.084,44 | 11,52 | 2.084,44 | 11,33 | 2.084,44 | 5,71 | 20,81 | 24,27 | |
IV.-JEFE PERS., AYUD. OBRAS, ENCARGADO GRAL. | 1.200,23 | 20,94 | 2,14 | 2.033,93 | 11,24 | 2.033,93 | 11,05 | 2.033,93 | 5,57 | 20,35 | 23,77 | |
V.- JEFE ADTVO. 2ª, DELINEAN. SUPER., ENCARG. OBRAS. | 1.136,90 | 20,94 | 2,14 | 1.982,67 | 10,95 | 1.982,67 | 10,78 | 1.982,67 | 5,43 | 19,49 | 22,72 | |
VI.-OF.ADTVO.1ª, DELINEAN.1ª Y ENCARGADO DE OBRAS | 1.068,66 | 20,94 | 2,14 | 1.823,92 | 10,08 | 1.823,92 | 9,91 | 1.823,92 | 5,00 | 18,60 | 21,69 | |
VII.-DELINEANTE 2ª Y PRACTICO TOPOGRAFO | 1.035,64 | 20,94 | 2,14 | 1.772,70 | 9,79 | 1.772,70 | 9,63 | 1.772,70 | 4,86 | 18,16 | 21,19 | |
VIII.-OF.ADTVO.2ª | 1.007,93 | 20,94 | 2,14 | 1.729,19 | 9,55 | 1.729,19 | 9,40 | 1.729,19 | 4,74 | 17,78 | 20,76 | |
IX.- AUX. ADTVO. Y AYUDANTE TOPOGRAFO | 960,08 | 20,94 | 2,14 | 1.655,15 | 9,14 | 1.655,15 | 9,00 | 1.655,15 | 4,53 | 17,14 | 20,02 |
PERSONAL DE RETRIBUCIÓN MENSUAL
0,19 kilómetro
GASTOS DE LOCOMOCIÓN
Nº 24
p.5
PLUS DEDICACIÓN GRUISTA | 10,26 día trabajado |
DIETA COMPLETA | 35,20 día |
MEDIA DIETA | 14,01 día |
El documento ha sido firmado electrónicamente. Para verificar la firma visite la página xxxx://xxx.xxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx