Contract
PLIEGO DE CONDICIONES QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE FINCA URBANA MUNICIPAL, MEDIANTE SUBASTA, PARA SU USO COMO VIVIENDA, EN EL TÉRMINO MUNICIPAL DE CASTROCONTRIGO.
1.- OBJETO DE CONTRATO
Constituye el objeto del presente contrato de arrendamiento de finca urbana, sita en Castrocontrigo de naturaleza patrimonial e identificada como:
- Vivienda situado en calle El Puente número 80, 1º Dcha. consta de 64,48m.2 y referencia catastral 2541901QG3724500191G
El arrendamiento ampara la finca urbana, perfectamente acotada e identificada en plano que como Anexo se incorpora al presente Pliego de Condiciones, con el que formará parte inseparable del contrato.
2.- PRECIO DEL ARRENDAMIENTO
El canon del arrendamiento se fija en 1.200 euros anuales, que han de pagarse por mensualidades adelantadas de 100 euros.
El canon podrá ser mejorado al alza.
El precio se actualizará aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la variación porcentual experimentada por el índice general nacional del sistema de índices de precios de consumo en un período de doce meses inmediatamente anteriores a la fecha de cada actualización, tomando como mes de referencia para la primera actualización el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de celebración del contrato, y en las sucesivas, el que corresponda al último aplicado conforme dispone el art. 18 de la Ley 29 /1994, de 24 de noviembre.
Si éste fuera negativo la cantidad establecida como canon no será inferior a la devengada en la anualidad inmediatamente anterior
3.- PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN
La adjudicación del presente contrato se realizará mediante subasta salvo que, por las peculiaridades del bien, la limitación de la demanda, la urgencia resultante de acontecimientos imprevisibles o la singularidad de la operación, proceda la adjudicación directa.
4.- CAPACIDAD DE LOS LICITADORES
Podrá contratar con el Ayuntamiento la persona natural o jurídica, española o extranjera, que tenga plena capacidad de obrar y no esté incursa en ninguna de las circunstancias señaladas en el art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de Sector Público.
5.- PROPOSICIÓN DEL INTERESADO
5.1.-La proposición u oferta a presentar, que será secreta, constará de dos sobres, en cada uno de los cuales figurará el nombre del proponente y la inscripción “Proposición para tomar parte en el procedimiento de adjudicación del arrendamiento de bien inmueble de naturaleza urbana de titularidad municipal convocada por el Ayuntamiento de Castrocontrigo”
5.2.-En el Sobre A se adjuntará la documentación administrativa acreditativa de la personalidad jurídica y capacidad de obrar, conforme a lo dispuesto en los arts. 72 y siguientes del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de Sector
Público. A su vez la documentación acreditativa de no estar incurso en ninguno de los supuestos recogidos en el art. 60 del mismo –declaración jurada- .
En el Sobre B se acompañará la proposición económica formulada con arreglo al modelo que se acompaña.
MODELO DE PROPOSICIÓN
D./D.ª …..........., con domicilio en , y con NIF. núm. , en nombre propio (o en
representación de …................... como acredito por ..................) enterado de la convocatoria del
concurso, anunciado en el BOP. Núm. …........, de fecha ….............., y tomo parte en la misma comprometiéndome al arrendamiento de VIVIENDA SITA EN C/ EL PUENTE Nº 80, 1 DCHA propiedad del Ayuntamiento, por el IMPORTE DE euros.
Todo ello con arreglo al Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que acepto íntegramente, haciendo constar que no estoy incurso en ninguna de las circunstancias establecidas en el art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de Sector Público.
(Lugar, fecha y firma de los proponentes).
Su presentación presume la aceptación incondicionada del contenido de la totalidad de las cláusulas de este Pliego.
No podrá presentarse más de una proposición.
El plazo de presentación de proposiciones será 20 días naturales contados a partir del siguiente de publicación del anuncio en el BOP xx Xxxx.
6.- MESA DE CONTRATACIÓN Y ADJUDICACIÓN
La Mesa de Contratación estará constituida, en los términos establecidos en la Disposición Adicional Segunda del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de Sector Público, por los siguientes componentes: un Presidente que será miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuarán como vocales el Secretario - Interventor y aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre funcionarios, personal laboral o concejales, sin que su número, en total, sea inferior a tres. Actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Podrán integrarse en la Mesa personal al servicio de las correspondientes Diputaciones Provinciales.
Para la válida constitución de la Mesa deberán asistir al menos tres de sus miembros.
Los acuerdos de la Mesa requerirán mayoría simple de los asistentes. En caso de empate, se decidirá por voto de calidad del Presidente.
La apertura de proposiciones se efectuará el día hábil siguiente a aquel en que finalice el plazo de presentación de las proposiciones o, en su caso, el plazo otorgado para su subsanación, y el acto será público.
La Mesa de contratación, a la vista de las ofertas presentadas y los criterios de valoración establecidos, propondrá motivadamente al órgano de contratación la adjudicación del contrato a favor de un licitante, estableciendo un orden de puntuación.
La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del licitador propuesto frente a la Administración. No obstante cuando el órgano de contratación no adjudique el contrato de acuerdo con la propuesta formulada o declare el concurso desierto deberá motivar su decisión.
La adjudicación se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación.
7.- DURACIÓN DEL CONTRATO
Se establece un período de duración del contrato de un año a contar de la fecha de firma del mismo. El contrato se prorrogará anualmente salvo denuncia expresa de alguna de las partes.
8.- GARANTÍAS
La garantía definitiva será obligatoria y consistirá en el importe de una mensualidad xx xxxxx en los términos y condiciones establecidos en el artículo 36 de la de la Ley 29/1994 de 24 de noviembre de Arrendamientos Urbanos, a depositar en la entidad CAJA ESPAÑA.
9.- ABONO DEL CANON DEL ARRENDAMIENTO
El arrendatario deberá abonar el canon mensual dentro de los cinco primeros días de cada mes, salvo en el primer ejercicio que deberá ingresarse a los dos días de la fecha de formalización del contrato.
El incumplimiento de los plazos de ingreso dará lugar a la resolución del contrato.
10.- IMPUESTOS Y GASTOS
Serán por cuenta del adjudicatario todos los impuestos, tasas y gastos de toda índole referentes al contrato, incluido el impuesto de valor añadido y los gastos de inserción de anuncios en Boletines Oficiales exigidos para la celebración de este contrato y cuyo importe no superará la cuantía de 70 euros.
11.- DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
Es obligación del arrendatario el abono del impuesto de bienes inmuebles de la finca objeto de arriendo, cuyo importe será satisfecho en el plazo de un mes a contar del requerimiento del Ayuntamiento.
Las obras y mejoras que se realicen en los edificios objeto del contrato de arrendamiento requerirán en todo caso autorización de la propiedad sin perjuicio de las preceptivas licencias que hayan de solicitarse por parte del arrendatario, obras y mejoras que serán de propiedad municipal, accediendo al suelo, con la terminación del contrato, sin que por ello deba abonarse indemnización ni cantidad alguna al arrendatario. Las mejoras a realizar en cumplimiento de la oferta se realizarán en los plazos establecidos en la misma.
Será de cuenta del arrendatario el abono de los suministros de agua, gas, y electricidad que consuma con ocasión de la utilización de la finca arrendada, si bien el Ayuntamiento entregará el mismo con las instalaciones y acometidas adecuadas y con los oportunos contadores individuales.
Serán de cuenta del propietario los devengos de las tasas de basura, tasa de gestión de residuos sólidos urbanos y las cuotas de comunidad de propietarios correspondientes a conceptos ordinarios. Así como cuantas otras tasas e impuestos se generen.
El arrendatario utilizará la vivienda con arreglo a los usos permitidos, estando obligado a conservarlo en perfecto estado, realizando por su cuenta las reparaciones necesarias, respondiendo de los deterioros que puedan producirse y se obliga a devolver la vivienda en el mismo estado en que la ha recibido, al terminar el contrato. No podrá realizar obras que modifiquen la estructura, ni subarrendarla.
12.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Son causas de resolución del contrato las generales de la Ley y el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones fijadas en este Pliego de condiciones, las cuales se conceptúan a tales efectos como esenciales.
La resolución implicará la pérdida de la fianza definitiva, en todo caso, inclusive la terminación de la cesión antes del plazo fijado, debiendo abonarse al Ayuntamiento los daños y perjuicios efectivos que se le ocasionen.
De conformidad con lo establecido en el art. 27 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, el incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones resultantes del contrato dará derecho a la parte que hubiere cumplido las suyas a exigir el cumplimiento de la obligación o a promover la resolución del contrato de acuerdo con dispuesto en el art. 1.124 del Código Civil.
Además, el arrendador podrá resolver de pleno derecho el contrato por las siguientes causas:
a).-La falta de pago de la renta o, en su caso, de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al arrendatario
b).-La falta de pago del importe de la fianza o de su actualización c).-El subarriendo o la cesión inconsentidos
d).-La realización de daños causados dolosamente en la finca o de obras no consentidas por el arrendador cuando el consentimiento de éste sea necesario
e).-Cuando en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas
f).-Cuando la vivienda deje de estar destinada de forma primordial a satisfacer la necesidad permanente de vivienda del arrendatario o de quien efectivamente la viniera ocupando de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7
g).-El incumplimiento de la realización en plazo de las mejoras ofertadas
Del mismo modo, el arrendatario podrá resolver el contrato por las siguientes causas:
a).-La no realización por el arrendador de las reparaciones a que se refiere el art. 21.
b).-La perturbación de hecho o de derecho que realice el arrendador en la utilización de la vivienda.
13.- NATURALEZA Y FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El presente contrato tiene naturaleza jurídica privada, formalizándose en documento administrativo, en todo caso.
Previamente a la firma del mismo el adjudicatario acreditará el estar al corriente con sus obligaciones tributarias y la seguridad social y haber depositado la fianza.
A petición del adjudicatario o arrendatario se formalizará en escritura pública, siendo a su xxxxx los gastos de otorgamiento. En este caso, vendrá obligado a la entrega de una copia autorizada al Ayuntamiento.
14.- RÉGIMEN JURÍDICO DEL CONTRATO
Esta contratación tiene carácter privado, quedando sometida a la jurisdicción contencioso administrativa respecto a los actos jurídicos que se dicten en relación con la preparación y adjudicación, y a la jurisdicción civil en cuanto a los efectos y extinción.
Castrocontrigo a 12 de noviembre de 2016
El Alcalde, El Secretario
MODELO DE PROPOSICIÓN
D./D.ª con domicilio en
…........................................................, y con NIF. núm. , en nombre propio (o en representación de como
acredito por ) enterado de la convocatoria del concurso, anunciado
en el BOP. Núm. …........, de fecha , y tomo parte en la misma comprometiéndome al
arrendamiento de VIVIENDA SITA EN C/ EL PUENTE Nº 80, 1 DCHA propiedad del Ayuntamiento, por el IMPORTE DE …................... euros ANUALES EN NUMERO,
…………………………………………………………………………………………………………………………………………… ANUALES EN LETRA
Todo ello con arreglo al Pliego de Condiciones Económico-Administrativas que acepto íntegramente, haciendo constar que no estoy incurso en ninguna de las circunstancias establecidas en el art. 60 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos de Sector Público.
(Lugar, fecha y firma de los proponentes).