Contract
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/4/2016 |
OBJETO: | FOMENTAR RELACIONES SOCIALES, CULTURALES Y DE ACTIVIDAD PROFESIONAL, INTERESÁNDOSE POR EL BIENESTAR CÍVICO- SOCIAL DE LA SOCIEDAD ALFASINA |
PARTES FIRMANTES: | Ayuntamiento y CLUB NORUEGO XXXXX XXXXXX |
DURACIÓN: | El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2016 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2016. |
OBLIGACIONES: | La colaboración del Ayuntamiento de L’Alfàs del Pi y CLUB NORUEGO XXXXX XXXXXX para fomentar relaciones sociales, culturales y de actividad profesional, interesándose por el bienestar cívico-social de la sociedad, así como el intercambio de tradiciones, cultura, idioma, etc. mediante: Celebración del 17 xx xxxx (Fiesta Nacional Noruega) en l'Alfàs del Pi Participación del día Internacional de l'Alfàs del Pi Organización de conciertos y noches xx xxxxx Participación en las fiestas locales de L'Alfàs del Pi Cursos de aprendizaje del idioma Español Cursos de aprendizaje del idioma Noruego Y cuantas actividades surjan en el desarrollo del presente convenio |
OBSERVACIONES: |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/6/2016 |
OBJETO: | Acogida de personas en situación de marginación social. |
PARTES FIRMANTES: | Ayuntamiento y ASOCIACIÓN REMAR VALENCIA . |
DURACIÓN: | El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2016 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2016. |
OBLIGACIONES: | El Ayuntamiento de l´Alfàs del Pi, colaborará económicamente con la Asociación REMAR VALENCIA (rehabilitación de marginados) con dos mil euros (2.000 €), cantidad previamente consignada en la partida 231-48015 “Asociación Remar” del presupuesto vigente, que será destinada a la financiación de los gastos que genere la realización del programa de actuación descrito en la clausula cuarta. La cantidad a subvencionar, por este concepto, se fraccionará en dos partes iguales, la primera como anticipo, se abonará en el plazo de los tres meses siguientes la firma del presente convenio y la segunda al final del año 2016, previa justificación del modo que a continuación se especifica y de acuerdo con el artículo 75 del RD 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de la Ley General de Subvenciones. La Asociación REMAR VALENCIA (rehabilitación de marginados), se compromete a: Acoger a personas en situación de marginación social a propuesta del Ayuntamiento de L’Alfàs del Pi. Facilitar las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección de la Concejalía de Bienestar Social, al objeto de conocer cualquier aspecto de la actividad subvencionada. El sometimiento de control financiero que corresponde a la Intervención del Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi, en relación con la subvención concedida. Hacer constar en la publicidad de las actividades (programas, carteles anunciadores, cuñas publicitarias, folletos, fotografías, etc.) y en cualquier documentación gráfica o escrita la colaboración del Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi. La Asociación REMAR se compromete a destinar la ayuda recibida al fin para el que se le concede, con el compromiso fehaciente de colaborar en cuantas actividades organice el Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi para promover la participación de sus socios en la vida del municipio. |
OBSERVACIONES: |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/17/2016 |
OBJETO: | Constituye el objeto del presente convenio la colaboración del Ayuntamiento de L’Alfàs del Pi y la Sociedad Conciertos de Música Clásica de L'Alfàs del Pi, para el desarrollo y fomento de la actividad músico-cultural de carácter clásica que ésta desarrolla. |
PARTES FIRMANTES: | Ayuntamiento y la Sociedad de conciertos de musica clásica de l'Alfàs del Pi |
DURACIÓN: | El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2016 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2016 |
OBLIGACIONES: | El Ayuntamiento de L’Alfàs del Pi, colaborará en el fomento de la actividad musical clásica para la anualidad 2016 mediante la concesión de una ayuda económica que ascenderá a DIECISIETE MIL EUROS (17.000,00 €) anuales. Dicho gasto se aplicará a la partida presupuestaria 334 48002 “Convenio Sociedad Musical de Conciertos" y corresponderá a la realización de una serie de conciertos de música clásica, tanto cameristica como orquestal. Así como la colaboración directa con la Concejalía de Cultura en otros eventos musicales. Asimismo satisfará cuantos derechos y tasas proceda de la Sociedad general de Autores (SGAE). El precio y recaudación de las entradas será determinado, corriendo a cargo de la Sociedad Conciertos de Música Clásica de L'Alfàs del Pi .La Sociedad de Conciertos asimismo entregará por cada concierto la cantidad de 100 entradas que se reservará el Ayuntamiento para Protocolo. La cantidad a subvencionar, se fraccionará en dos partes iguales, la primera como anticipo después de la firma del presente convenio y la segunda al final del año 2016, previa justificación del modo que a continuación se especifica y de acuerdo con el artículo 75 del RD 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de la Ley General de Subvenciones. En relación con los conciertos de música clásica a realizar en el desarrollo de la propia temporada, se establece un número de 8 conciertos, por los que se abonará la correspondiente subvención nominativa estipulada por las partes. |
OBSERVACIONES: |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/23/2016 |
OBJETO: | Constituye el objeto del presente convenio regular la colaboración entre Asociación AFEM (Asociación de Familiares y Enfermos Mentales) Marina Baixa y el Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, en la promoción y apoyo de la actividad social de la Asociación AFEM (Asociación de Familiares y Enfermos Mentales) Marina Baixa. |
PARTES FIRMANTES: | Ayuntamiento y la Asociación AFEM Marina Baixa |
DURACIÓN: | El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2016 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2016. |
OBLIGACIONES: | El Ayuntamiento de l´Alfàs del Pi, colaborará económicamente con Asociación AFEM (Asociación de Familiares y Enfermos Mentales) Marina Baixa con cinco mil euros (5.000 €), cantidad previamente consignada en la partida 311 48002 "Convenio AFEM" del presupuesto vigente, que será destinada a la financiación de los gastos que genere la realización del programa de actuación descrito anteriormente. Su concesión, justificación y pago estarán sujetas al Régimen Jurídico determinado en el presente Convenio de Colaboración. La Asociación Asociación AFEM (Asociación de Familiares y Enfermos Mentales) Marina Baixa, se compromete a: a) Facilitar las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección de la Concejalía de Bienestar Social, al objeto de conocer cualquier aspecto de la actividad subvencionada. b) El sometimiento de control financiero que corresponde a la Intervención del Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi, en relación con la subvención concedida. c)Hacer constar en la publicidad de las actividades (programas, carteles anunciadores, cuñas publicitarias, folletos, fotografías, etc.) y en cualquier documentación gráfica o escrita la colaboración del Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi. d)La Asociación AFEM (Asociación de Familiares y Enfermos Mentales) Marina Baixa se compromete a destinar la ayuda recibida al fin para el que se le concede, con el compromiso fehaciente de colaborar en cuantas actividades organice el Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi para promover la participación de sus socios en la vida del municipio. |
OBSERVACIONES: |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/24/2016 |
OBJETO: | Constituye el objeto del presente convenio la colaboración del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi y la Asociación de propietarios de perros de l'Alfàs del Pi, para las actividades informativas, formativas, culturales, recreativas,de ocio y tiempo libre,de difusión de concienciación, de sensibilización y educación de las mascotas, jornadas, talleres, reuniones, conferèncias, charlas, publicaciones, presentación de propuestas a las administraciones, y cualquier otra encaminada a los objetivos de la Asociación, y en concreto la realización de las siguientes actividades: 1º.- Elaboración, organización ,difusión y creación del carnet cívico canino 2º.- Difusión de campañas para la educación del propietario hacia el animal. La publicidad correspondiente a las actividades o actuaciones correrá a cargo de la asociación. |
PARTES FIRMANTES: | Ayuntamiento y la ASOCIACION DE PROPIETARIOS DE PERROS DE L´ALFAS. |
DURACIÓN: | El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2016 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2016. |
OBLIGACIONES: | 1.- Colaboración económica del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi. El Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, concede a la asociación de propietarios de perros de l'Alfàs en concepto de subvención nominativa prevista al efecto en la partida presupuestaria 311 48006 “Convenio Asociación Propietarios de perros de l'Alfàs”, la cantidad de dos mil euros (2.000 €) anuales para el año 2016. Su concesión, justificación y pago estarán sujetas al Régimen Jurídico determinado en el presente Convenio de Colaboración. 2 .-Obligaciones de la Asociación. La Asociación de propietarios de perros de l'Alfàs se compromete al desarrollo de actividades de fomento de la educación cívica canina, Elaboración, organización ,difusión y creación del carnet cívico canino y Difusión de campañas para la educación del propietario hacia el animal . La cantidad a subvencionar, por este concepto, se fraccionará en dos partes, la primera como anticipo a la firma del presente convenio, (el 50 por 100 del total) y la segunda al final del año, (el 50 por 100 restante), previa justificación del modo que a continuación se especifica. |
OBSERVACIONES: |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/31/2016 |
OBJETO: | El fomento del asociacionismo entre mujeres, más concretamente de mujeres emprendedoras de L'Alfàs del Pi, procurando la creación y colaboración con mujeres empresarias de otros municipios de la Marina Baixa. Fomentar la cultura empresarial entre las mujeres de L’Alfàs del Pi, organizando seminarios, congresos y cuantas actividades puedan contribuir al desarrollo de iniciativas de autoempleo que garanticen una plena integración en el mercado laboral de las mujeres. |
PARTES FIRMANTES: | Ayuntamiento y la Asociación para el Desarrollo de las Mujeres Emprendedoras de la Marina Baixa, MEMBA. |
DURACIÓN: | El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2016 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2016. |
OBLIGACIONES: | El Ayuntamiento de l’Alfas del Pi, a través de las Concejalías de Comercio e Igualdad se compromete a: Subvencionar x XXXXX con la cantidad de 6.000 Euros para las actividades objeto del presente convenio. Ceder un punto de información en el vivero de empresas que será creado por el Ayuntamiento de l’Alfas del Pi. Ceder a la Asociación, cuando ello resultare posible por motivos de agenda, las instalaciones municipales, y en particular las de la Casa de Cultura, para la realización de actividades formativas y culturales. MEMBA se compromete a los siguientes términos: 1. Comunicar a todos sus asociados los contenidos del presente convenio. 2. Designar a un representante municipal, esto es, una mujer empresaria con reconocido arraigo y prestigio en el término municipal de l’ Alfàs del Pi, que actué como interlocutor entre MEMBA y el Ayuntamiento. 3. Fomentar la realización cursos, seminarios, conferencias, y cuantas acciones resultaren beneficiosas para incrementar los niveles de excelencia empresarial de las mujeres empresarias de l’Alfas del Pi. 4. Incorporar la imagen corporativa del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, en todos los soportes gráficos que se realicen con motivo de las actividades que sean objeto del presente convenio. 5. Realizar una memoria informativa al término del período de vigor de este convenio, incluyendo la justificación económica de las cantidades dispuestas. 6. Asistir a los eventos organizados por las Concejalías de Comercio e Igualdad, a los que fuere convocada la Asociación. |
7. Participar, a través de los miembros de su junta directiva, en los órganos consultivos del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, cuando éste último lo estimare necesario. 8. Participar en la organización de cursos formativos dirigidos a mujeres emprendedoras organizados por el Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi. | |
OBSERVACIONES: |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/32/2016 |
OBJETO: | Constituye el objeto del presente Convenio regular la colaboración entre el Club de Frontenis l’Alfàs del Pi y el Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, para el desarrollo de la Escuela Municipal de Frontenis y el fomento de dicha actividad deportiva en el municipio de l’Alfàs del Pi. |
PARTES FIRMANTES: | Ayuntamiento y el Club Frontenis l’Alfàs del Pi. |
DURACIÓN: | El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2016 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2016. |
OBLIGACIONES: | COLABORACION ECONOMICA DEL AYUNTAMIENTO DE L’ALFÀS DEL Pi: 10.500 € A)Para el desarrollo de la escuela: 7.200 € El Ayuntamiento de L’Alfàs del Pi, concede al Club de Frontenis de LAlfàs del Pi en concepto de subvención nominativa prevista al efecto en la partida presupuestaria 341 48003. “Convenio Frontenis”, para el desarrollo de la escuela, la cantidad de 7.200 € anuales, para el año 2016, a razón de 900 €/mes por mes vencido, siendo los meses en que se desarrollará la escuela los de Enero, Febrero, Xxxxx, Xxxxx, Mayo, Octubre Noviembre y diciembre, ambos inclusive. B) Para el fomento de la actividad deportiva : 3.300 € 1.-La colaboración del Ayuntamiento en el fomento de la actividad deportiva para la anualidad 2016 mediante la concesión de una ayuda económica que ascenderá a 3.300 € anuales. Dicho gasto se aplicará a la partida presupuestaria 341 48003. “Convenio Frontenis”, en la que se incluye la colaboración para la organización de cuatro torneos anuales de frontenis: Torneo Semana Santa, Torneo 24 horas; Torneo Local y Torneo xx Xxxxxxx, La cantidad a subvencionar, por este concepto, se fraccionará en dos partes, la primera como anticipo, se abonará en el plazo de los tres meses siguientes la firma del presente convenio, (el 50 por 100 del total) y la segunda al final del año, (el 50 por 100 restante), previa justificación del modo que a continuación se especifica. El club se compromete a poner a disposición de la escuela municipal de Frontenis, aquellos entrenadores y monitores del club que se precisen para el normal desarrollo y funcionamiento de dicha escuela, así mismo se compromete a acoger a los deportistas, que deseen entrenar o competir en la modalidad deportiva que nos ocupa. Los monitores deberán disponer de las titulaciones correspondientes. el ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas Las entidades deportivas deberán patrocinar (en las actividades que realicen) el municipio de “l'Alfàs del Pi“, “parque natural sierra helada”, “we love sundays albir”. (por ejemplo, en las camisetas, logos, etc). el ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas |
OBSERVACIONES: |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/33/2016 |
OBJETO: | Constituye el objeto del presente convenio regular la colaboración entre el Club de Ciclismo l’Alfàs del Pi y el Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, para el desarrollo de la Escuela Municipal de ciclismo y el fomento de dicha actividad deportiva en el municipio de l’Alfàs del Pi. |
PARTES FIRMANTES: | Ayuntamiento y el Club de Ciclismo l’Alfàs del Pi |
DURACIÓN: | El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2016 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2016. |
OBLIGACIONES: | COLABORACION ECONOMICA DEL AYUNTAMIENTO DE L’ALFÀS DEL Pi: 11.000 € A)Para el desarrollo de la escuela: 6.000 € El Ayuntamiento de L’Alfàs del Pi, concede al Club de Ciclismo de L'Alfàs del Pi en concepto de subvención nominativa prevista al efecto en la partida presupuestaria 341 48004. “Convenio Club Ciclista Alfas”, para el desarrollo de la escuela, la cantidad de 6.000 € anuales, para el año 2016, a razón de 600 €/mes por mes vencido, siendo los meses en que se desarrollará la escuela de Enero a Octubre, ambos inclusive. (Enero a Octubre, 2 monitores. 300 €/ mes cada uno) B) Para el fomento de la actividad deportiva : 5.000 € 1.-La colaboración del Ayuntamiento en el fomento de la actividad deportiva para la anualidad 2016 mediante la concesión de una ayuda económica que ascenderá a 3.000 € anuales. Dicho gasto se aplicará a la partida presupuestaria 341 48004. “Convenio Club Ciclista Alfas”. Asimismo la colaboración en el fomento de la modalidad denominada montaña ascenderá a 2.000 euros anuales con aplicación a la partida presupuestaria 341 48029 “Convenio Club Ciclista BTT” La cantidad a subvencionar, por este concepto, se fraccionará en dos partes, la primera como anticipo, se abonará en el plazo de los tres meses siguientes la firma del presente convenio, (el 50 por 100 del total) y la segunda al final del año, (el 50 por 100 restante), previa justificación del modo que a continuación se especifica. El club se compromete a poner a disposición de la escuela municipal de Ciclismo, aquellos entrenadores y monitores del club que se precisen para el normal desarrollo y funcionamiento de dicha escuela, así mismo se compromete a acoger a los deportistas, que deseen entrenar o competir en la modalidad deportiva que nos ocupa. Los monitores deberán disponer de las titulaciones correspondientes. el ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas Las entidades deportivas deberán patrocinar (en las actividades que realicen) el municipio de “l'Alfàs del Pi“, “parque natural sierra helada”, “we love sundays albir”. (por ejemplo, en las camisetas, logos, etc). el ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas. |
OBSERVACIONES: |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/34/2016 |
OBJETO: | Constituye el objeto del presente convenio regular la colaboración entre el Club de Fútbol Sala l’Alfàs del Pi y el Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, para el desarrollo de la Escuela Municipal de Fútbol Sala y el fomento de dicha actividad deportiva en el municipio de l’Alfàs del Pi. |
PARTES FIRMANTES: | Ayuntamiento y el Club de Fútbol Sala l’Alfàs del Pi. |
DURACIÓN: | El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2016 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2016. |
OBLIGACIONES: | COLABORACION ECONOMICA DEL AYUNTAMIENTO DE L’ALFÀS DEL Pi: 25.000 € A)Para el desarrollo de la escuela: 16.800 € El Ayuntamiento de L’Alfàs del Pi, concede al Club de Fútbol Sala de LAlfàs del Pi en concepto de subvención nominativa prevista al efecto en la partida presupuestaria 341 48006. “Convenio Fútbol Sala”, para el desarrollo de la escuela, la cantidad de 16.800 € anuales, para el año 2016, a razón de 2.100 €/mes por mes vencido, siendo los meses en que se desarrollará la escuela de los meses de Enero, Febrero, Xxxxx, Xxxxx, Mayo, Octubre, Noviembre y Diciembre, (7 monitores. 300 €/ mes cada uno). B) Para el fomento de la actividad deportiva : 8.200 € 1.-La colaboración del Ayuntamiento en el fomento de la actividad deportiva para la anualidad 2016 mediante la concesión de una ayuda económica que ascenderá a 8.200 € anuales. Dicho gasto se aplicará a la partida presupuestaria 341 48006. “Convenio Fútbol Sala”, incluyendo en este concepto la organización de 12 horas de Fútbol Sala” La cantidad a subvencionar, por este concepto, se fraccionará en dos partes, la primera como anticipo, se abonará en el plazo de los tres meses siguientes la firma del presente convenio, (el 50 por 100 del total) y la segunda al final del año, (el 50 por 100 restante), previa justificación del modo que a continuación se especifica. El club se compromete a poner a disposición de la escuela municipal de Fútbol Sala, aquellos entrenadores y monitores del club que se precisen para el normal desarrollo y funcionamiento de dicha escuela, así mismo se compromete a acoger a los deportistas, que deseen entrenar o competir en la modalidad deportiva que nos ocupa. Asimismo, se compromete a organizar en época estival: “12 horas de Fútbol Sala”. Los monitores deberán disponer de las titulaciones correspondientes. el ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas Las entidades deportivas deberán patrocinar (en las actividades que realicen) el municipio de “l'Alfàs del Pi“, “parque natural sierra helada”, “we love sundays albir”. (por ejemplo, en las camisetas, logos, etc). el ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas. |
OBSERVACIONES: |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/35/2016 |
OBJETO: | Constituye el objeto del presente convenio regular la colaboración entre el Club de Ajedrez de l’Alfàs del Pi y el Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, para el fomento de dicha actividad deportiva en el municipio de l’Alfàs del Pi. |
PARTES FIRMANTES: | Ayuntamiento y Club de Ajedrez de l’Alfàs del Pi |
DURACIÓN: | El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2016 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2016. |
OBLIGACIONES: | COLABORACION ECONOMICA DEL AYUNTAMIENTO DE L’ALFÀS DEL Pi: 5.000 € Para el fomento de la actividad deportiva : 5.000 € El Ayuntamiento de L’Alfàs del Pi, concede al club de Ajedrez de LAlfàs del Pi en concepto de subvención nominativa prevista al efecto en la partida presupuestaria 341 48007.“Convenio Club Ajedrez” a la cantidad de 5.000 € anuales para el ejercicio 2016. La cantidad a subvencionar, por este concepto, se fraccionará en dos partes, la primera como anticipo, se abonará en el plazo de los tres meses siguientes la firma del presente convenio, (el 50 por 100 del total) y la segunda al final del año, (el 50 por 100 restante), previa justificación del modo que a continuación se especifica. El club se compromete a poner a disposición de la escuela municipal de Ajedrez, aquellos entrenadores y monitores del club que se precisen para el normal desarrollo y funcionamiento de dicha escuela, así mismo se compromete a acoger a los deportistas, que deseen entrenar o competir en la modalidad deportiva que nos ocupa. Los monitores deberán disponer de las titulaciones correspondientes. el ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas Las entidades deportivas deberán patrocinar (en las actividades que realicen) el municipio de “l'Alfàs del Pi“, “parque natural sierra helada”, “we love sundays albir”. (por ejemplo, en las camisetas, logos, etc). el ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas. |
OBSERVACIONES: |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/37/2016 |
OBJETO: | Constituye el objeto del presente convenio regular la colaboración entre la Asociación SAKURA ALFAZ DEL PI, para el fomento de la actividad deportiva de Aikido en el municipio de l’Alfàs del Pi. |
PARTES FIRMANTES: | Ayuntamiento y ASOCIACION SAKURA ALFAZ DEL PI |
DURACIÓN: | El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2016 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2016. |
OBLIGACIONES: | 1.- Colaboración económica del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi. PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA : 1.500 € La colaboración del Ayuntamiento en el fomento de la actividad deportiva para la anualidad 2016 mediante la concesión de una ayuda económica que ascenderá a 1.500 € anuales. Dicho gasto se aplicará a la partida presupuestaria 341 48013 Club Aikido Sakura La cantidad a subvencionar, por este concepto, se fraccionará en dos partes, la primera como anticipo, se abonará en el plazo de los tres meses siguientes la firma del presente convenio, (el 50 por 100 del total) y la segunda al final del año, (el 50 por 100 restante), previa justificación del modo que a continuación se especifica. 2.- Obligaciones del Club. El club se compromete a poner a disposición de la escuela municipal de Aikido, aquellos entrenadores y monitores del club que se precisen para el normal desarrollo y funcionamiento de dicha escuela, así mismo se compromete a acoger a los deportistas, que deseen entrenar o competir en la modalidad deportiva que nos ocupa. Los monitores deberán disponer de las titulaciones correspondientes. el ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas Las entidades deportivas deberán patrocinar (en las actividades que realicen) el municipio de “l'Alfàs del Pi“, “parque natural sierra helada”, “we love sundays albir”. (por ejemplo, en las camisetas, logos, etc). el ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas. |
OBSERVACIONES: |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/39/2016 |
OBJETO: | Constituye el objeto del presente convenio regular la colaboración entre la Asociación Asociación “CLUB HAPKIDO ALFAZ DEL PI”, para el fomento de dicha actividad deportiva en el municipio de l’Alfàs del Pi. |
PARTES FIRMANTES: | Ayuntamiento y CLUB HAPKIDO ALFAZ DEL PI |
DURACIÓN: | El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2016 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2016. |
OBLIGACIONES: | Obligaciones de las partes. 1.- Colaboración económica del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi. PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA : 1.500 € La colaboración del Ayuntamiento en el fomento de la actividad deportiva para la anualidad 2016 mediante la concesión de una ayuda económica que ascenderá a 1.500 € anuales. Dicho gasto se aplicará a la partida presupuestaria 341 48024 Club Hapkido. La cantidad a subvencionar, por este concepto, se fraccionará en dos partes, la primera como anticipo, se abonará en el plazo de los tres meses siguientes la firma del presente convenio, (el 50 por 100 del total) y la segunda al final del año, (el 50 por 100 restante), previa justificación del modo que a continuación se especifica. 2.- Obligaciones del Club. El club se compromete a poner a disposición de la escuela municipal de hapkido, aquellos entrenadores y monitores del club que se precisen para el normal desarrollo y funcionamiento de dicha escuela, así mismo se compromete a acoger a los deportistas, que deseen entrenar o competir en la modalidad deportiva que nos ocupa. Los monitores deberán disponer de las titulaciones correspondientes. el ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas Las entidades deportivas deberán patrocinar (en las actividades que realicen) el municipio de “l'Alfàs del Pi“, “parque natural sierra helada”, “we love sundays albir”. (por ejemplo, en las camisetas, logos, etc). el ayuntamiento podrá en cualquier momento hacer las comprobaciones oportunas |
OBSERVACIONES: |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/40/2016 |
OBJETO: | Constituye el objeto del presente convenio la colaboración del Ayuntamiento de L’Alfàs del Pi y la asociación “Arabi Teatre”, para el fomento y promoción del teatro y del arte de la interpretación escénica que ésta desarrolla, impulsando la interpretación como salida profesional para personas con una vocación artística y cultural. La publicidad correspondiente a las actividades o actuaciones correrá a cargo de la asociación. |
PARTES FIRMANTES: | Ayuntamiento y ARABI TEATRE |
DURACIÓN: | El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2016 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2016. |
OBLIGACIONES: | * PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD TEATRAL-CULTURAL: 1.500 € La colaboración del Ayuntamiento en el fomento de la actividad teatral-cultural para la anualidad 2016 mediante la concesión de una ayuda económica que ascenderá a mil quinientos euros (1.500 €) anuales. Dicho gasto se aplicará a la partida presupuestaria 334 48014 “Convenio Asociación Arabi Teatre” y corresponderá con varias actuaciones a desarrollar durante el año 2016, previo acuerdo con la Concejalía de Cultura referentes al uso de sus instalaciones. La cantidad a subvencionar, por este concepto, se fraccionará en dos partes, la primera como anticipo a la firma del presente convenio, (el 50 por 100 del total) y la segunda al final del año, (el 50 por 100 restante), previa justificación del modo que a continuación se especifica. |
OBSERVACIONES: |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/44/2016 |
OBJETO: | Promover y apoyar la actividad que la Asociación “USAR 13 DYA” desarrolla en el Municipio de l'Alfàs del Pi. |
PARTES FIRMANTES: | Ayuntamiento y ASOCIACIÓN “URBAN SEARCH AND RESCUE 13 DETENTE Y AYUDA-(USAR 13 DYA). |
DURACIÓN: | El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2016 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2016. |
OBLIGACIONES: | A) OBLIGACIONES DE LA ASOCIACIÓN La Asociación se compromete a: Prestar sus conocimientos e infraestructuras en operaciones de rescate por hundimiento de edificios, incluyendo la intervención con perros especialmente entrenados para ello, en los siniestros que se pudieran producir en l´Alfàs del Pi, manteniendo para ello, equipados , entrenados y comunicados a los voluntarios del rescate y el mantenimiento de sus canes. Para efectuar este tipo de intervenciones se utilizará el siguiente protocolo de movilización: Solicitud de intervención por parte del Ayuntamiento al 080 y este movilizará llamando al siguiente número de teléfono: 607 431 287José Xxxx Xxxxxx. Además la Asociación podrá impartir jornada/s de formación a colegios del Municipio, asociaciones vecinales interesadas y a voluntarios de Protección Civil asignados por los responsables de Protección Civil del Municipio, sobre temas vinculados a las intervenciones de Protección Civil dentro de las emergencias. Además la Asociación “USAR 13 DYA” podrá realizar una actividad de exhibición canina anual. El sometimiento de control financiero que corresponde a la Intervención del Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi, en relación con la subvención concedida. Hacer constar en la publicidad de las actividades (programas, carteles anunciadores, cuñas publicitarias, folletos, fotografías, etc.) y en cualquier documentación gráfica o escrita la colaboración del Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi. Aquellas otras actividades propias de los fines de la asociación en la que participen miembros voluntarios del municipio o realizadas en dicha localidad. B) COLABORACION ECONOMICA DEL AYUNTAMIENTO DE L’ALFAS DEL PI: DOS MIL EUROS (2.000 €). |
El Ayuntamiento de l´Alfàs del Pi, colaborará económicamente con la Asociación “USAR 13 DYA”, con dos mil euros (2.000 €), cantidad previamente consignada en la partida 0000-000-00000, del presupuesto vigente, que será destinada a la financiación de los gastos que genere la realización del programa de actuación descrito a continuación. La cantidad a subvencionar, por este concepto, se hará efectiva previa presentación de la memoria justificativa de las actividades realizadas de enero – diciembre de 2016, previa justificación del modo que a continuación se especifica y de acuerdo con el artículo 75 del RD 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de la Ley General de Subvenciones. | |
OBSERVACIONES: |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/45/2016 |
OBJETO: | El fomento del asociacionismo. Fomentar la cultura empresarial en L'Alfàs del Pi, organizando seminarios, congresos y cuantas actividades puedan contribuir al desarrollo de iniciativas de autoempleo que garanticen una plena integración en el mercado laboral. |
PARTES FIRMANTES: | Ayuntamiento y la ASOCIACIÓN DE COMERCIO Y EMPRESA DE L’ALFÀS DEL PI. (COEMPA) |
DURACIÓN: | El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2016 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2016. |
OBLIGACIONES: | El Ayuntamiento de L'Alfas del Pi, a través de las Concejalías de Comercio y Consumo se compromete a: Subvencionar a COEMPA con la cantidad de 6.000 Euros para las actividades objeto del presente convenio. Ceder un punto de información en el vivero de empresas que será creado por el Ayuntamiento de L'Alfàs del Pi. Ceder a la Asociación, cuando ello resultare posible por motivos de agenda, las instalaciones municipales, y en particular las de la Casa de Cultura, para la realización de actividades formativas y culturales. COEMPA se compromete a los siguientes términos: Comunicar a todos sus asociados los contenidos del presente convenio. Designar a un representante municipal, esto es, un empresario en el término municipal de L'Alfàs del Pi, que actué como interlocutor entre COEMPA y el Ayuntamiento. Fomentar la realización cursos, seminarios, conferencias, y cuantas acciones resultaren beneficiosas para incrementar los niveles de excelencia empresarial de los empresarios de L'Alfàs del Pi. Incorporar la imagen corporativa del Ayuntamiento de L'Alfàs del Pi, en todos los soportes gráficos que se realicen con motivo de las actividades que sean objeto del presente convenio. Realizar una memoria informativa al término del período de vigor de este convenio, incluyendo la justificación económica de las cantidades dispuestas. Asistir a los eventos organizados por las Concejalías de Comercio y Consumo, a los que fuere convocada la Asociación. Participar, a través de los miembros de su junta directiva, en los órganos consultivos del Ayuntamiento de L'Alfàs del Pi, cuando éste último lo estimare necesario. Participar en la organización de cursos formativos dirigidos a emprendedores organizados por el Ayuntamiento de L'Alfàs del Pi. |
OBSERVACIONES: |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/46/2016 |
OBJETO: | El fomento del asociacionismo entre los jóvenes, más concretamente de jóvenes emprendedores de L'Alfàs del Pi, procurando la creación y colaboración con jóvenes empresarios de otros municipios de la Marina Baixa. Fomentar la cultura empresarial entre los jóvenes de L’Alfàs del Pi, organizando seminarios, congresos y cuantas actividades puedan contribuir al desarrollo de iniciativas de autoempleo que garanticen una plena integración en el mercado laboral de los jóvenes. |
PARTES FIRMANTES: | Ayuntamiento y la ASOCIACIÓN DE JÓVENES EMPRESARIOS JETURBE-JOVEMPA Marina Baixa |
DURACIÓN: | El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2016 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2016. |
OBLIGACIONES: | El Ayuntamiento de L'Alfàs del Pi, a través de las Concejalías de Comercio y Juventud, se compromete a: Subvencionar a JETURBE-JOVEMPA Marina Baixa con la cantidad de 6.000 Euros para las actividades objeto del presente convenio. Ceder un punto de información en el vivero de empresas que será creado por el Ayuntamiento de L'Alfàs del Pi. Ceder a la Asociación, cuando ello resultare posible por motivos de agenda, las instalaciones municipales, y en particular las de la Casa de Cultura, para la realización de actividades formativas y culturales. JETURBE-JOVEMPA Marina Baixa, se compromete a los siguientes términos: Comunicar a todos sus asociados los contenidos del presente convenio. Designar a un representante municipal, esto es, un joven empresario con reconocido arraigo y prestigio en el término municipal de L'Alfàs del Pi, que actué como interlocutor entre JETURBE-JOVEMPA Marina Baixa y el Ayuntamiento. Fomentar la realización cursos, seminarios, conferencias, y cuantas acciones resultaren beneficiosas para incrementar los niveles de excelencia empresarial de los jóvenes empresarios de L'Alfàs del Pi. Incorporar la imagen corporativa del Ayuntamiento de L'Alfàs del Pi, en todos los soportes gráficos que se realicen con motivo de las actividades que sean objeto del presente convenio. |
Realizar una memoria informativa al término del período de vigor de este convenio, incluyendo la justificación económica de las cantidades dispuestas. Asistir a los eventos organizados por las Concejalías de Comercio y Juventud, a los que fuere convocada la Asociación. Participar, a través de los miembros de su junta directiva, en los órganos consultivos del Ayuntamiento de L'Alfàs del Pi, cuando éste último lo estimare necesario. Participar en la organización de cursos formativos dirigidos a jóvenes emprendedores organizados por el Ayuntamiento de L'Alfàs del Pi. | |
OBSERVACIONES: |
EXPTE. CONVENIO: | CON/48/2016 |
OBJETO: | El presente Convenio entre el Ayuntamiento de L’Alfàs del Pi y la Asociación “PENYA D'INFART”, mayorales de las fiestas del Stm. Xxxxx del Bon Encert 2016, de la localidad tiene como finalidad la colaboración en la organización, preparación, difusión y desarrollo de las fiestas Patronales del Santísimo Cristo del Buen Acierto, Fiestas xx Xxxxxx en Albir (agosto), Carnaval, Les Copletes y Cabalgata xx Xxxxx, a desarrollar en este año 2016, ajustándose a los importes presupuestados en el presente convenio, siendo a cargo de la Asociación “PENYA D'INFART” los gastos superiores a lo conveniado. |
PARTES FIRMANTES: | Ayuntamiento y PENYA D'INFART |
DURACIÓN: | El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2016 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2016. |
OBLIGACIONES: | El Ayuntamiento de l´Alfàs del Pi, colaborará económicamente con la Asociación “PENYA D'INFART”, mayorales de las fiestas del Stm. Xxxxx del Bon Encert 2016, de la forma siguiente: Con 2.000 euros cantidad previamente consignada en la partida 0000-000-0000000 “Xxxxx“, del presupuesto municipal vigente, que será destinada a la financiación de los gastos relacionados con la celebración Cabalgata xx Xxxxx que se celebra el 5 de enero en el municipio e incluidos en su ámbito de aplicación objetivo en el desarrollo de su organización, preparación, difusión y servicios prestados en la carpa municipal. Con 2.000 euros cantidad previamente consignada en la partida 0000-000-0000000 “Carnaval“, del presupuesto municipal vigente, que será destinada a la financiación de los gastos relacionados con la celebración del Carnaval que se celebran en febrero en el municipio e incluidos en su ámbito de aplicación objetivo en el desarrollo de su organización, preparación, difusión y servicios prestados en la carpa municipal. Con 25.000 euros cantidad previamente consignada en la partida 0000-000-0000000 “Fiestas Albir“, del presupuesto municipal vigente, que será destinada a la financiación de los gastos relacionados con las fiestas xx xxxxxx que se celebran en Agosto en el Albir e incluidos en su ámbito de aplicación objetivo en el desarrollo de su organización, preparación, difusión y servicios prestados en el Albir. Con 1.000 euros cantidad previamente consignada en la partida 0000-000-0000000 “Les Copletes“, del presupuesto municipal vigente, que será destinada a la financiación de los gastos relacionados con las celebración de “Les Copletes” que se |
celebran en Septiembre e incluidos en su ámbito de aplicación objetivo en el desarrollo de su organización, preparación, difusión y servicios prestados en la Plaza Major. Con 30.000 euros cantidad previamente consignada en la partida 0000-000-00000 “Convenio con los Mayorales“, del presupuesto municipal vigente, que será destinada a la financiación de los gastos relacionados con las fiestas Patronales del Santísimo Cristo del buen Acierto e incluidos en su ámbito de aplicación objetivo en el desarrollo de su organización, preparación, difusión y servicios prestados en el municipio. Con 65.000 euros cantidad previamente consignada en la partida 0000-000-0000000 “Festejos populares Stmo. Cristo“, del presupuesto municipal vigente, que será destinada a la financiación de los gastos relacionados con las fiestas Patronales del Santísimo Cristo del buen Acierto e incluidos en su ámbito de aplicación objetivo en el desarrollo de su organización, preparación, difusión y servicios prestados en el municipio. Asimismo, el Ayuntamiento de L'Alfàs del Pi, se compromete que correrá a su cargo: Instalación de la Carpa para utilización de los mayorales y desarrollo de actos. Adecuación xxx xxxxxxx de la celebración de las Fiestas xx Xxxxxx que se desarrollan en el Albir Instalación de servicios y limpieza de los mismos en las Fiestas xx Xxxxxx que se desarrollan en el Albir y Fiestas de Jubileo. Instalación de la Iluminación de Fiestas La Asociación “PENYA D'INFART”, mayorales de las fiestas del Stm. Xxxxx del Bon Encert 2016, se compromete a: 1. Destinar la ayuda recibida al fin para el que se le concede. 2. Facilitar las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección a la Concejalía delegada de Fiestas, al objeto de conocer cualquier aspecto de la actividad subvencionada. 3. Sometimiento de control financiero que corresponde a la Intervención del Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi, en relación con la subvención concedida. 4. La Asociación se compromete a que aparezca el logotipo del Ayuntamiento y/o Concejalía delegada de Fiestas en todas las ediciones que publique y edite. | |
OBSERVACIONES: |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/49/2016 |
OBJETO: | Constituye el objeto del presente convenio la colaboración del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi y el Grupo Scout Iradier/Grupo Escolta Iradier, para el desarrollo y fomento de la participación e integración de la juventud en el municipio de l’Alfàs del Pi y comarca. |
PARTES FIRMANTES: | Ayuntamiento y Grupo Scout Iradier/Grupo Escolta Iradier |
DURACIÓN: | El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2016 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2016. |
OBLIGACIONES: | 1.- Colaboración económica del Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi. El Ayuntamiento de l´Alfàs del Pi, concede al Grupo Scout Iradier/Grupo Escolta Iradier en concepto de subvención nominativa prevista al efecto en la partida presupuestaria 2312 - 48000 “Convenio Asociaciones juveniles“, la cantidad de mil quinientos euros (1.500 €) anuales para el año 2016. Su concesión, justificación y pago estarán sujetas al Régimen Jurídico determinado en el presente Convenio de Colaboración., 2.- Obligaciones de la Asociación. El Grupo Scout Iradier/Grupo Escolta Iradier se compromete a destinar la ayuda recibida al fin para el que se le concede. *PARA EL FOMENTO DE LA ACTIVIDAD JUVENIL: La cantidad a subvencionar, por este concepto, se fraccionará en dos partes, la primera como anticipo a la firma del presente convenio, (el 50 por 100 del total) y la segunda al final del año, (el 50 por 100 restante), previa justificación del modo que a continuación se especifica. |
OBSERVACIONES: |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/41/2016 |
OBJETO: | Constituye el objeto del presente convenio la colaboración del Ayuntamiento de L’Alfàs del Pi y la asociación “TRADICIONS DE LA MARINA” , el desarrollo y el fomento de la actividad musical tradicional valenciana. |
PARTES FIRMANTES: | Ayuntamiento y TRADICIONS DE LA MARINA |
DURACIÓN: | El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2016 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2016. |
OBLIGACIONES: | * PARA EL DESARROLLO DE LA ESCUELA DE MÚSICA TRADICIONAL : 1.- Colaboración económica del Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi: El Ayuntamiento de L’Alfàs del Pi, concede a la asociación “TRADICIONS DE LA MARINA” en concepto de subvención nominativa prevista al efecto en la partida presupuestaria 334 48006, la cantidad de 8.000 € anuales para el año 2016, siendo los meses en los que se desarrollará la escuela de música tradicional, los de Enero, Febrero, Xxxxx, Xxxxx, Mayo, Junio, Septiembre, Octubre, Noviembre y Diciembre. Su concesión, justificación y pago estarán sujetas al Régimen Jurídico determinado en el presente Convenio de Colaboración. 2 .-Obligaciones de la asociación. “TRADICIONS DE LA MARINA” se compromete a poner a disposición de la Escuela de Música Tradicional aquellos profesores de la sociedad que se precisen para el normal desarrollo y funcionamiento de dicha escuela. Asimismo satisfará cuantos derechos y tasas proceda a la Sociedad General de Autores y Editores. La publicidad correspondiente a la actividad educativa correrá a cargo de la asociación “TRADICIONS DE LA MARINA”. * PARA EL FOMENTO DE LA ACTUACIONES MUSICALES EN EL MUNICIPIO, TANTO DE ÁMBITO FESTIVO COMO CULTURAL: 1.-La colaboración del Ayuntamiento en el fomento de la actividad musical festera para la anualidad 2016 mediante la concesión de una ayuda económica que ascenderá a 2.000 € anuales. Dicho gasto se aplicará a la partida presupuestaria 334 48006 “Convenio cultural Dolçaina y Tabalet” y corresponderá al siguiente Calendario de actuaciones y siempre que se requiera su colaboración como Asociación Cultural: Clases copletes y actuación día de les Copletes. Clases de dances a Miembros Fiestas (Damas, reinas, mayorales etc) Carnavales en colegios (Febrero). |
Festividad de San Xxxx (Marzo). Festividad en la Ermita de San Xxxxxxx (Abril). Festeta de la Creueta (Mayo), en el supuesto de que no hayan Mayorales. Festes de l 'Albir. (Agosto), en el supuesto de que no hayan Mayorales xxx Xxxxxx. Festivitat del 9 d'octubre (Octubre). Fiestas del Jubileo (Noviembre), en el supuesto de que no hayan Mayorales xxx Xxxxxx. Llegada de San Xxxxxxx (Diciembre). Festividad de la Purísima (Diciembre), en el supuesto de que no hayan Xxxxxxxxx. Cabalgata xx Xxxxx (enero) Trobada d'Escoles en Valencia Dos actuaciones a determinar por el Ayuntamiento en el año. 2.-La cantidad a subvencionar, por este concepto, se fraccionará en dos partes, la primera parte se abonará dentro de los tres primeros meses desde la firma del presente convenio, (el 50 por 100 del total) y la segunda, (el 50 por 100 restante), hasta el 31 de diciembre del año 2016, previa justificación del modo que a continuación se especifica. | |
OBSERVACIONES: |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/42/2016 |
OBJETO: | Constituye el objeto del presente convenio regular la colaboración entre la Asociación VOLUNTARIADO SOCIAL DE L'ALFÀS DEL PI y el Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, en la ayuda a personas con riesgo de exclusión social del municipio. |
PARTES FIRMANTES: | Ayuntamiento y la Asociación “VOLUNTARIADO SOCIAL DE L'ALFÀS DEL PI”. |
DURACIÓN: | El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2016 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2016. |
OBLIGACIONES: | El Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi, colaborará económicamente con la Asociación VOLUNTARIADO SOCIAL DE L'ALFÀS DEL PI con quince mil euros (15.000 €), con imputación a la partida 231 48018 “Asociación voluntariado” del presupuesto vigente, que será destinada a la financiación de los gastos que genere la realización del programa de actuación descrita en la clausula cuarta. La cantidad a subvencionar, por este concepto, se fraccionará en dos partes iguales, la primera como anticipo, se abonará en el plazo de los tres meses siguientes la firma del presente convenio, y la segunda al final del año 2016, previa justificación del modo que a continuación se especifica y de acuerdo con el artículo 75 del RD 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de la Ley General de Subvenciones. La Asociación VOLUNTARIADO SOCIAL DE L'ALFÀS DEL PI se compromete a: Ayudar a las personas en situación de exclusión social a propuesta del Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi de la siguiente forma: Colaborar con el Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi, en aquello que se le requiera, dentro de la legalidad vigente. Reparto de alimentos, ropa, juguetes y cualquier otro tipo de utensillos o enseres que recojan. Acompañamiento de personas a recursos públicos o privados, asumiendo el coste del acompañamiento. Apoyo a los usuarios en tareas concretas. Facilitar las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección de la Concejalía de Bienestar Social, al objeto de conocer cualquier aspecto de la actividad subvencionada. El sometimiento de control financiero que corresponde a la Intervención del Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi, en relación con la subvención concedida. Hacer constar en la publicidad de las actividades (programas, carteles anunciadores, cuñas publicitarias, folletos, fotografías, etc.) y en cualquier documentación gráfica o escrita la colaboración del Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi. |
La Asociación VOLUNTARIADO SOCIAL DE L'ALFÀS DEL PI se compromete a destinar la ayuda recibida al fin para el que se le concede, con el compromiso fehaciente de colaborar en cuantas actividades organice el Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi para promover la participación de sus socios en la vida del municipio. | |
OBSERVACIONES: |
Nº DE EXPTE. CONVENIO: | CON/43/2016 |
OBJETO: | Constituye el objeto del presente convenio regular la colaboración entre la Asociación Valenciana de Amistad con Cuba “Xxxx Xxxxx” y el Ayuntamiento de l’Alfàs del Pi, en la puesta en funcionamiento de este proyecto de cooperación al desarrollo, dotándolo de medios para el programa sociocultural-comunitario “por el este sale el sol” de la Fundación Xxxxxxx Xxxxxxx, en el Consejo Popular “Xxxxxx Xxxx”, xxxxxxxxx Xxxxxx xxx Xxxx. |
PARTES FIRMANTES: | Ayuntamiento y la Asociación Valenciana de Amistad con Cuba “Xxxx Xxxxx” |
DURACIÓN: | El presente convenio entrará en vigor una vez aprobado y suscrito por las partes, surtiendo sus efectos desde el 1 de enero de 2016 y se considerará extinguido a la conclusión de las actividades objeto del mismo y una vez cumplidas las obligaciones de las partes intervinientes, y en todo caso, a 31 de diciembre de 2016. |
OBLIGACIONES: | El Ayuntamiento de l´Alfàs del Pi, colaborará económicamente con la Asociación Valenciana de Amistad con Cuba “Xxxx Xxxxx”, con la aportación de dos mil euros (2.000 €), cantidad previamente consignada en la partida 231 48008 del presupuesto vigente, que será destinada a la financiación de los gastos que genere la realización del programa de actuación descrito anteriormente. La cantidad a subvencionar, por este concepto, se fraccionará en dos partes iguales, la primera después de la firma del presente convenio y la segunda al final del año 2016, previa justificación del modo que a continuación se especifica y de acuerdo con el artículo 75 del RD 887/2006, de 21 de julio, Reglamento de la Ley General de Subvenciones. La Asociación Valenciana de Amistad con Cuba “Xxxx Xxxxx” se compromete a: a) Facilitar las actuaciones de comprobación, seguimiento e inspección de la Concejalía de Bienestar Social, al objeto de conocer cualquier aspecto de la actividad subvencionada. b) El sometimiento de control financiero que corresponde a la Intervención del Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi, en relación con la subvención concedida. Hacer constar en la publicidad de las actividades (programas, carteles anunciadores, cuñas publicitarias, folletos, fotografías, etc.) y en cualquier documentación gráfica o escrita la colaboración del Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi. La ASOCIACIÓN VALENCIANA DE AMISTAD CON CUBA “XXXX XXXXX” se compromete a destinar la ayuda recibida al fin para el que se le concede, con el compromiso fehaciente de colaborar en cuantas actividades organice el Ayuntamiento de l'Alfàs del Pi para promover la participación de sus socios en la vida del municipio. |
OBSERVACIONES: |