Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARA LA ADJUDICACION DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA AL ALUM- BRADO PUBLICO E INSTALACIONES INTERIORES DEL AYUNTAMIENTO DE SANTURTZI
1.- OBJETO DEL CONTRATO
El presente documento tiene por objeto regular y definir el al- cance y condiciones por las que se debe regir el contrato xx xxxx- nistro de energía eléctrica a los puntos de consumo del alumbrado público y de las instalaciones interiores del Ayuntamiento de San- turtzi, así como de los nuevos puntos de suministro que resulten du- rante la vigencia del contrato.
La prestación del suministro se efectuará con arreglo a las prescripciones que se estipulan en el presente Pliego, así como en el de Cláusulas Administrativas, que regulan los derechos y obliga- ciones de ambas partes contratantes.
2.- VIGENCIA DEL CONTRATO
El contrato tendrá una vigencia de un (1) año, y entrara en vi- gor el día en el que se realicen los cambios reglamentarios de baja con el actual suministrador y de alta con la empresa adjudicataria del presente contrato, tramitándose éstas en un plazo máximo de quince días desde la fecha de la firma del contrato.
El órgano de contratación podrá prorrogar por un año más, sien- do obligatoria para el empresario.
3.- ALCANCE Y CARACTERISTICAS DE LOS SUMINISTROS
La relación de los distintos suministros, así como de sus ca- racterísticas específicas, son los indicados en los anexos corres- pondientes.
El Ayuntamiento podrá modificar durante la vigencia del mismo las potencias contratadas en los distintos periodos, en función de sus necesidades, y dentro de los límites establecidos por la norma- tiva de contratos del sector público, del mismo modo, podrá cambiar a otras tarifas de acceso a redes los distintos suministros, o en su caso, cuando las circunstancias así lo aconsejen, pagando el Ayunta- miento los gastos que el Distribuidor traslade al Comercializador por los cambios solicitados.
Para la elaboración de la oferta económica, se aportan las ca- racterísticas de los suministros y los datos de consumo estimados, según anexos correspondientes, los cuales reflejan un perfil de con- sumo que puede servir de referencia para la licitación, no siendo objeto de compensación alguna el hecho de no llegar a esos niveles de consumo ni en dicho periodos horarios, en el caso de suministros con discriminación horaria.
Los precios ofertados serán los precios finales que deberá abo- nar el Ayuntamiento. Los precios pueden sufrir variaciones debido a la modificación de los precios de distribución.
La baja de cualquier punto de suministro asignado al amparo del presente contrato no significará indemnización alguna al comerciali- zador por parte del Ayuntamiento de Santurtzi por la energía no con- sumida.
En caso de nuevos suministros, se adoptarán los precios unita- xxxx, del suministro de igual tarifa de acceso que más se ajuste a sus características de potencia y distribución de consumos de ener- gía, de acuerdo a la designación del Ayuntamiento y con la conformi- dad del adjudicatario.
4.- REQUISITOS DE LAS EMPRESAS OFERTANTES
Las empresas licitadoras deberán cumplir los requisitos esta- blecidos en la Ley 54/1997 del Sector Eléctrico y posterior nor- mativa que la sustituya o desarrolle, y estar inscritas en el Regis- tro Administrativo de Distribuidores, Comercializadores y Consumido- res Cualificados, sección 2ª, como Empresas Comercializadoras, de- biendo aportar para su justificación, certificado o documento acre- ditativo del Ministerio de Industria y Energía.
5.- PRESENTACION DE OFERTAS
Previamente a la presentación de ofertas, se podrán comprobar, por las empresas licitadoras, cuantos detalles deseen sobre el fun- cionamiento de las instalaciones.
6.- PRESUPUESTO
El presupuesto máximo estimado, incluyendo Términos de Potencia y Energía, Complementos de Reactiva y Discriminación horaria, Recar- gos, Alquiler equipos de medida e Impuesto eléctrico, asciende sin IVA a 488.453,80 €/año, distribuyéndose en los siguientes Tramos:
Tramo 1.-Suministros en B. T. > 15 KW …………………………………………… 364.369,94 € Tramo 2.-Suministros en B. T. > 10 KW ≤ 15 KW con DH …… 112.080,95 “ Tramo 3.-Suministros en B. T. > 10 KW ≤ 15 KW sin DH ……… 12.002,91 “ TOTAL ………………………………………………………………………………………………………………………………… 488.453,80 €
El presupuesto indicado tiene carácter indicativo, teniendo ca- rácter vinculante los precios unitarios presentados por los licita- dores.
El gasto efectivo está condicionado por las necesidades reales de la Administración que, por tanto, no queda obligada a demandar una determinada cuantía de unidades, ni a gastar la totalidad del presupuesto de gasto indicativo.
Los nuevos suministros serán facturados en base a la propuesta presentada por la Comercializadora y en función a la situación xxx xxxxxxx en cada momento.
7.- FACTURACION
Una vez resuelta la licitación, el adjudicatario presentará fac- turas, en formato compatible con la aplicación informática que dispo- ne al efecto esta Administración, para cada uno de los suministros con periodicidad mensual, así como un resumen conjunto de la factura- ción global.
Las facturas se ordenaran en 2 grandes grupos: Alumbrado Públi- co y Dependencias Municipales. Estos grupos, así mismo, serán des- glosados por cada contador.
La referida facturación se realizará con las siguientes condi- ciones:
● Facturación de energía: será para cada tramo el producto del con- sumo efectuado en cada período por el término de energía ofertado correspondiente.
● Facturación de potencia: será cada tramo el producto de la poten- cia correspondiente por el número de días del período de factura- ción, multiplicado por el precio de término de potencia diario
ofertado. Los términos de potencia diarios resultarán de dividir el término de potencia anual por el número de días del año.
● Facturación de excesos de potencia: se facturarán según lo es- tablecido en el artículo 9, apartado 1.2 del R.D. 1164/2001 y pos- teriores modificaciones.
● Facturación energía reactiva: se facturará según lo establecido en el artículo 9, apartado 3 del R.D. 1164/2001 y posteriores modifi- caciones.
● Facturación de alquiler de equipos de medida: se aplicarán los precios ofertados en el apartado correspondiente.
Los precios incluyen el impuesto eléctrico y únicamente se xxx- dirá el IVA correspondiente, incluyendo las facturas como mínimo los siguientes datos:
● Datos del contrato, con indicación expresa del tipo de instalación receptora.
● Tarifa vigente.
● Dirección del suministro.
● Periodo de facturación.
● Término de energía.
● Término de potencia.
● Lecturas de consumos en los diferentes periodos.
● Lecturas de energía reactiva.
● Alquiler de equipos de medida.
● Fecha y lectura actual.
● Fecha y lectura anterior.
● Nº de contador o contadores.
A fecha de inicio del contrato, se hará por la empresa adju- dicataria una lectura inicial de los contadores, la cual se faci- litará al Ayuntamiento, y que servirá de base para la primera factu- ración.
8.- RESPONSABILIDADES CONTRACTUALES
8.1 El Comercializador deberá hacer constar en la oferta el número de registro de inscripción definitiva, asignado por la Dirección General de Política Energética y Minas, dentro del Registro de Distribuidores, Comercializadores y Consumidores Cualificados.
8.2 El Comercializador será responsable del servicio de acuerdo con lo reglamentado en el RD 1955/2000 de 1 de Diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comer- cialización, suministro y procedimiento de autorización de las instalaciones de energía eléctrica y el RD 1110/2007 de 24 xx xxxxxx, por el que se aprueba el Reglamento Unificado de puntos de medida o cualquier otra legislación vigente que los sustitu- yan o complementen.
8.3 El Comercializador tramitará ante la Empresa Distribuidora las reclamaciones por calidad de suministro que correspondan al Con- sumidor y trasladará en las facturas los descuentos que, en su caso, aplique la Empresa distribuidora de acuerdo con la norma- tiva vigente.
9.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO
La calidad de la atención y relación con el cliente está regula- da por el artículo 103 del RD 1955/2000, de 1 de Diciembre, conside- rándose los servicios y prestaciones que se ponen a disposición del Ayuntamiento:
A) El adjudicatario designará a un gestor para el contrato xx xxxx- nistro de energía eléctrica al Ayuntamiento de Santurtzi, al que podrá dirigirse directamente para obtener una atención personali- zada en todo lo relativo a la ejecución del contrato, coordina- ción y asistencia.
B) El adjudicatario se comprometerá a disponer de un servicio perma- nente de atención al cliente (24 horas, 7 días a la semana) para resolver cualquier anomalía en el suministro.
B) El adjudicatario se comprometerá a solicitar a la empresa distri- buidora toda la información del registro de incidencias que se especifica en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas, en un plazo no superior a 7 días desde que se formalice la petición.
D) Asesoramiento sobre ayudas, subvenciones o actividades de promo- ción en los campos de ahorro, eficiencia energética y energías renovables.
E) El adjudicatario se comprometerá a disponer de servicio de apoyo e intermediación con la distribuidora en los nuevos suministros y/o cualquier deficiencia en la calidad del suministro, conside- rándose:
● El adjudicatario asesorará para nuevos suministros e informa- rá las potencias a contratar en cada periodo tarifario, a fin de reducir el coste de acceso a la red y del resto de paráme- tros que tengan incidencia en el coste del KWH.
● La calidad del servicio viene configurada por la continuidad del suministro, número y duración de interrupciones xxx xxxx-
nistro, calidad de las características de la onda de tensión, límites máximos de variación de la tensión de alimentación y frecuencia nominal de la tensión suministrada.
● El incumplimiento de la calidad del servicio, está determina- do por el RD 1955/2000, de 1 de Diciembre artículo 105 (con- secuencias del incumplimiento de la calidad de servicio indi- vidual) y 109 (responsabilidades en el incumplimiento de la calidad) que regula las actividades de transporte, distribu- ción, comercialización, suministro y procedimientos de auto- rización de instalaciones de energía eléctrica.
● El adjudicatario deberá exigir al distribuidor del suminis- tro, el cumplimiento de los niveles de calidad individual de- finidos en los art. 100 a 104 del RD 1955/2000.
● El adjudicatario como firmante del contrato y pólizas de acceso a la red, deberá reclamar al distribuidor correspondiente, ante cualquier incidencia o incumplimiento que se produzca en rela- ción a la calidad de los diferentes suministros.
● Los descuentos regulados en el artículo 105 del RD 1955/2000 que se apliquen al comercializador por incumplimientos en la calidad del servicio individual, serán aplicados directamente por el contratista en las facturas que correspondan al periodo afectado con independencia de la resolución del distribuidor, a estos efectos, en caso de conflicto se tramitará el correspon- diente incidente de ejecución del contrato.
11.- REVISIÓN DE PRECIOS
Durante la vigencia del contrato, los precios no serán revisa- bles, salvo que se produzcan modificaciones en las tarifas de acceso u otros conceptos regulados ajenos al Comercializador, establecidos por la propia Administración Pública durante la duración del contra- to, así como las derivadas por los recargos de los excesos de poten- cia demandada y de la energía reactiva.