Contrato de Préstamo BID N* 5557/OC-AR)
CONVENIO MARCO DE ADHESIÓN PROGRAMA MEJORAMIENTO XX XXXXXXX
(Contrato xx Xxxxxxxx BID N* 5557/OC-AR)
Entre el MINISTERIO DE DESARROLLO TERRITORIAL Y HÁBITAT (el MINISTERIO),
reo rien tad o por la SECRETARIA DE HÁBITAT, Señora Xxxxxxx XXXXXXXX^E, DNI N* 00.000.000, y la PROVINCIA DE SAÍ.TA (EL SUBEJECUTOR), representada por su GOBERNADOR, Señor Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx D.N.I N‘ 20.609.646, sé celebra el presente CONVENIO MARCO DE ADHESIÓN para la implementación de; la Cuarta Operación Individual bajo la línea de Crédito Condicional para Proyectos d£ Inversión de Programa de Mejoramiento xx Xxxxxxx, Contrato xx Xxxxxxxx BID N° 5557/OC-AR
CONSIDERANDO:
Que por Decreto N° 873 del 29 de diciembre de 2022 se aprobó el modelo de Contrato xx Xxxxxxxx BID N" 5557/OC-AR a celebrarse entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BAMCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO -BID- (EL BANCO), por un monto de hasta DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIENTO CINCUENTA MILLONES (USD 150.000.000),
destinado a financiar parcialmente el "Programa de Mejoramiento xx Xxxxxxx" (en adelante PROMEBA), compuesto por las Estipulaciones Especiales integradas por SEIS
(6) Capítulos y las Normas Generales integradas por DOCE (12) Capítulos y UN (1) Anexo Único.
Que, asimismo, forman parte del citado Decreto, las "Políticas para la Adquisición de Bienes y Obras Financiadas por el Banco Interamericano de Desarrollo'.' (IF-2022^- 11C5D4622-APN-SSRFID#MEC y las "Políticas para la Selección y Contratación de Consultores Financiados por el Banco Interamericano de Desarrollo"} (IF-2022- 11C505081-APN-SSRF1D#MEC), ambas correspondientes a la edición del me*? xx xxxx de 2C19.
Que el 5 de enero de 2023 la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE
DESARROLLO, suscribieron el Contrato xx Xxxxxxxx BID N° 5557/OC-AR (CONVE-2Q23- 02457484-APN-DDYL#MEC), con el objeto de financiar el "PROGRAMA DÉ ME-CRAIVIIENTO XX XXXXXXX", el que será ejecutado por las provincias y municipios que adhieran al programa.
Que en la cláusula 4 ,0 ^ de las Estipulaciones Especiales del Contrato de¡ Préstamo dispone que el présítarlo N a través del MINISTERIO DE .DESARROLLO TERRITORIAL Y HABITAT es el Org^q ¡mo Ejeóutípr del Programa.
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Que el objetivo general del Programa es mejorar de modo sustentable el hábitat de los hogares residentes en villas, asentamientos y áreas degradadas del país a través de acciones que contribuyan al aumento en la seguridad de la tenencia de la tierra, la provisión de infraestructura básica y el desarrollo comunitario.
Que, por su parte, el programa tiene como objetivos específicos: (i) aumentar la seguridad en la tenencia de la tierra de los hogares beneficiarios; (ii) incrementar la calidad de vida de los habitantes de cada área intervenida y en su zona de Influencia a partir de distintas obras de mejora del hábitat; (ill) fortalecer las organizaciones comunitarias de base y garantizar la participación de los residentes de los barrios en todas las fases del proyecto Integral; y (Iv) mejorar el desempeño de los equipos del Organismo Ejecutor, las Unidades Ejecutoras Provinciales y las Unidades Ejecutoras Municipales.
Que la ejecución se realizará de forma descentralizada a través de las provincias y municipios como organismos subejecutores del Programa, quienes propondrán los posibles proyectos a ser financiados por el Programa, ateniéndose a los criterios y condiciones descritos én el Reglamento Operativo del Programa (ROP),
Que, para poder adherir al programa, resulta necesario que los Subejecutores suscriban un CONVENIO MARCO DE ADHESIÓN por el que acepten las condiciones estipuladas en el Programa, el Préstamo y las previstas en el ROP.
Que, en virtud dé ello, las PARTES celebran el presente CONVENIO MARCO DE ADHESIÓN (CMA), que se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: Con él objetivo de dar continuidad a las políticas nacionales en materia de mejoramiento del hábitat y poniendo especial énfasis en la población con necesidades básicas insatisfechas, ambas partes se comprometen a desarrollar acciones conjuntas y coordinadas para lá implementación del PROGRAMA DE MEJORAMIENTO XX XXXXXXX conforme a las cláusulas descritas en él Contrato xx Xxxxxxxx, sus Estipulaciones Especiales, Normas Generales y Anexo Único.
SEGUNDA: El SUBEJECUTOR declara conocer el Contrato xx Xxxxxxxx suscripto entre la REPÚBLICA ARGENTINA y el BANCO INTERAMERICANO DE DESARROLLO, así como el
Reglamento Operativo del Programa, y acepta que la ejecución de los proyectos presentados se regirá por sus términos.
TERCERA: El M : a otorgar al SUBEJECUTOR en cumplimiento
de las condicl presente Convenio, un financiamiento no
reémbolsable, ié proyectos Integrales de mejoramiento del
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hábitat que cumplan con los criterios establecidos en el Contrato xx Xxxxxxxx y en el Reglamento Operativo del Programa.
CUARTA: Con la finalidad de realizar la ejecución operativa del PROMEBA, el SUBEJECUTOR se compromete a constituir una Uükhd Ejecutora (UE) responsable de la Identificación, ejecución y supervisión de los proyectos con niveles de dotación satisfactorios para el MINISTERIO y el BANCO de acuerdo con la reglamentación del Programa y mantenerla hasta la finalización total de los proyectos financiados.
QUINTA: El SUBEJECUTOR podrá comprometer aportes complementarios, nacionales, provinciales, municipales u otros, en todas las obras o acciones adicionales del Programa para lá ejecución ininterrumpida y el eompletamlento integral de los proyectos.
SEXTA: El SUBEJECUTOR se compromete a llevar a cabo los procedimientos licitatorios que correspondan; a realizar las contrataciones pertinentesy a desembolsar los recursos que se les transfieran, todo ello de acuerdo cón lo estipulado en el Convenio xx Xxxxxxxx y el Reglamento Operativo del Programa.
S É 3TIMA: El SUBEJECUTOR se compromete a abrir y mantener una cuenta corriente balearia para operación exclusiva del Programa, conforme lo establecido en el Contrato xx Xxxxxxxx y en el Reglamento Operativo del Programa y con carácter previo al primer desembolso. Además, mantendrá y hará que se mantengan registros y cuentas separadas que reflejen la totalidad de las operaciones del Programa y de la UE encargada de su ejecución, con arreglo a lo estimulado en el Contrato xx Xxxxxxxx y en el Reglamento Operativo del Programa. Asimismo, mantendrá en debida forma los registros, cuentas y estados financieros correspondientes para que sean verificados de co.iformldad con adecuados principios de auditoría por la entidad auditora seleccionada para auditar las cuentas del Programa. El informe de dichos auditores se realizará con el alcance, detalle y periodicidad establecidos en el Contrato xx Xxxxxxxx y en el Reglamento Operativo del Programa para su posterior remisión al BANCO. El MINISTERIO, a través de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN (SC), transferirá los fondos a las cuentas bancadas de la UE, para uso del Programa.
El SUBEJECUTOR autoriza a la SC a efectuar pagos por su cuenta y orden en forma directa, a consultores, contratistas y proveedores contratados por la UE, de acuerdo con el avance de los trabajos y las condiciones contractuales pactadas.
La NACIÓN, el MJW5f6WO, la SC, ía SECRETARÍA DE HÁBITAT (SH) y/o la DIRECCIÓN GENERAL D E / ¿ O IÍR A M A s V PROYECTOS SECTORIALES Y ESPECIALES (DGPYPSYE) no
responderán Xxxx reclamos'efectuados por contratistas o proveedores relacionados con
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^Decretos (jeteGobemaoín
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fondos del financiamiento toda vez que los pagos realizados a través de la SC no Implican la existencia de la relación jurídica entre ellos y el Estado Nacional.
OCTAVA: El SUBEJECUTOR deberá garantizar la instalación, utilización y capacitación de personal respecto del sistema UEPEX para la gestión contable y financiera. Deberá tener el sistema operativo en forma previa al primer desembolso. El M INISTERIOse reserva el derecho de suspender los desembolsos en aquellos Subejecutores que no cumplieran con las obligaciones que surgen de la presente cláusula,
NOVENA: EL SUBEJECUTOR se compromete a suscribir, por medio de la UE, convenios oara el traspaso de las obras del Programa que deh?n. ser entregadas a las entidades operadoras entre, las cuales se Incluyen las Municipalidades. En dichos convenios se establecerá que las operadoras mencionadas mantendrán las inversiones respectivas de acuerdo a estándares aceptables, conforme lo dispuesto en el Contrato xx Xxxxxxxx. Para las obras que no sean traspasadas, el SUBEJECUTOR se compromete a operarlas y mantenerlas de acuerdo con estándares aceptables conforme lo dispuesto én el Contrato xx Xxxxxxxx.
DÉCIMA: El SUBEJECUTOR se compromete a que los recursos del Programa serán utilizados exclusivamente para la ejecución de obras, bienes y servicios financiados por el mismo.
DÉCIMA PRIMERA: El SUBEJECUTOR se obliga a proporcionar toda la información que el MINISTERIO, la SH, la SC, la DGPYPSYE y/o el BANCO le soliciten en relación con el Programa y su situación financiera, en los plazos establecidos en el Contrato xx Xxxxxxxx y en el Manual Operativo y á permitirles examinar las obras, los bienes, lugares, trabajos y construcciones que forman parte del Programa.
DÉCIMA SEGUNDA: En los casos que el SUBEJECUTOR no cumpla con las obligaciones centraídas con relación a los plazos y condiciones dél proyecto, rendición de cuentas y/o cualquier normativa aplicable al Programa, el MINISTERIO a través de la SH, la SC y/o-la DGPYPSYE, conforme a la gravedad del incumplimiento de que traté, podrá disponer la suspensión de los desembolsos, solicitar se designe a otro subejecutor para la 'ontlnuación de los proyectós de la cartera o dejar sin efecto los proyectos y/o el oresente CONVENIO MARCO.
=n caso de deja, culpa del SU medida que é1 un gasto elegible
proyecto en ejecución financiado por el Programa por ismo deberá devolver los fondos desembolsados én la
^gfcplo en que se encuentre, no pueda ser considerado
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DÉCIMA TERCERA: El presente CMA podrá ser rescindida: 1) por mutuo acuerdo de las partes; y ii) unilateralmente por el MINISTERIO en caso de cancelación del Contrató xx Xxxxxxxx cualquiera sea su causa.
DÉCIMA CUARTA: Las partes acuerdan para cualquier controversia derivada de la ejecución del presente someterse a los Tribunales en lo Contencioso Administrativo Federal con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con exclusión de cualquier otro fuero o Jurisdicción.
DÉCIMA QUINTA: Todos los términos definidos en el presente tendrán el mismo significado asignado en el Contrato xx Xxxxxxxx y sus Anexos, eri caso de interpretación diferente: entre uña disposición de este CMA y dél Contrato xx Xxxxxxxx prevalecerán las disposiciones dei Contrato xx Xxxxxxxx. Estos dos instrumentos' prevalecerán por sobre la normativa local, que se aplicará de forma subsidiaria,
DÉCIMA SEXTA: Para todos los efectos legales derivados del presente Convenio, las partes constituyen los siguientes domicilios: el MINISTERIO en la xxxxx Xxxxxxxxx 000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx y el SUBEJECUTOR en la Calle, Av. De los Incas s/n°, Centró Cívico Grand Xxxxx de la Ciudad xx Xxxxx, Provincia xx Xxxxx.
Previa lectura y ratificación y para constancia de los convenido, las. partes; firman el presente CONVENIO M'ARCO en DOS (2) ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto a los M \dfas del mes de ..QfrÍF.V.Vííf....,.... ...........,dé 2023, en lá Ciudad Autónoma df
Gusta lA^oífoáúbert&SÁÉNZ Gobernador
PVovIncla dé S.xxxx
Xxxxxxx XXXX >VERD Secretarla de
Ministerio de pesárr.oll arritorlal y Hábitat
de la Nác ón
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República Argentina - Poder-Ejecutivo Nacional 1983/2023 - 40 AÑOS DE DEMOCRACIA
Hoja Adicional de Firmas Convenio
Númeroc CONVE-2023-119893812-APN-DGDYD#MDTYH
CIUDAD DE BUENOS AIRES
Lunes 9 de Octubre de 2023
Referencia:'CONVENIO MARCO DE ADHESDIÓN “PROGRAMA MEJORAMIENTO XX XXXXXXX”
(Contrato de Préstamos BID N°5557/OC-AR) PROVINCIA XX XXXXX
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EDírecciófi J e G estión D ocum ental y D espacho
IVCinisteric d e D esarrollo Territorial y H ábitat
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