CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCACIONALES 2024
CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCACIONALES 2024
Este contrato de prestación de servicios educacionales 2024 procura usar un lenguaje inclusivo de tal manera que las palabras que se usan, tales como profesor, alumno, niño, estudiante, pupilo, apoderado son genéricas y no aluden directamente al género.
En Concepción, a de de entre la FUNDACIÓN EDUCACIONAL SANTO XXXXX XX XXXXXXXXXX, Rut.: 00.000.000-0 sostenedora del Liceo San Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxx, en adelante “el Liceo” o “el Colegio”, establecimiento educacional católico, particular subvencionado con financiamiento compartido, sin fines de lucro, según Resolución Nº 2.088 del 18 de octubre de 1993, reconocido oficialmente por el Ministerio de Educación por Resolución Exenta Nº 6.090 del 27 de octubre de 1980 y Resolución Exenta Nº 4072 de fecha 28 de diciembre de 2012, representado por su Rectora, Xxx. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx, Rut.8.353.027-8, y su Administrador, xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx Rut: 00.000.000-0, ambos con domicilio en xxxxx Xxxxxxx Xx 000, xx Xxxxxxxxxx, por una parte, y por la otra:
Don (ña) Padre/Madre o Apoderado Rut:
con domicilio en _ Comuna: en adelante “el Apoderado”, han celebrado el siguiente Contrato de Prestación de Servicios Educacionales.
PRIMERO:
El Apoderado(a) ha matriculado a su hijo(a): como alumno (a) del Colegio San Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxx en el curso para el año escolar 2024.
Por este acto el padre, madre o apoderado y el alumno forman parte de la Comunidad Educativa del Liceo San Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxx, con todos los derechos y obligaciones establecidos en la ley Nº 20.370, Ley General de Educación de fecha 12 de septiembre de 2009.
En conformidad con lo dispuesto en el Decreto 565/90 el padre, madre o apoderado que firma este contrato, pasa a ser integrante del Centro General de Padres y Apoderados.
SEGUNDO:
Sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley General de Educación, el presente Contrato obliga al Colegio a:
1. Considerar al estudiante individualizado en el párrafo primero precedente como alumno/a regular del Colegio San Xxxxxxx xx Xxxxxxxxxx en el curso especificado, a contar del 1 xx xxxxx de 2024, con todos los derechos y obligaciones que conlleva tal calidad, conforme a la legislación vigente, reglamentos internos y Proyecto Educativo Institucional.
2. Estimular en el estudiante y su apoderado a un mejor conocimiento xx Xxxxxx y de la Iglesia Católica por Él fundada, de acuerdo con el Proyecto Educativo Institucional del Establecimiento.
3. Prestar los servicios de enseñanza del aprendizaje al estudiante matriculado conforme a los Planes y Programas de Estudios en vigencia del MINEDUC y que rigen el quehacer pedagógico del Colegio en los respectivos cursos y niveles, durante todo el año lectivo fijado por el Ministerio de Educación, y mientras esté vigente el presente Contrato.
4. Informar periódicamente del desarrollo del proceso de enseñanza aprendizaje de su pupilo(a), mediante el Informe de Notas, Informe de Desarrollo Personal y Social, reuniones de apoderados y entrevistas.
5. Disponer del personal docente, asistentes de la educación que faciliten la prestación de servicios educacionales dentro de la jornada habitual de clases informada.
6. Proporcionar al estudiante la infraestructura requerida para el desarrollo del programa curricular, ya sea en aulas, biblioteca, laboratorios u otras.
7. Comunicar y difundir los contenidos del Reglamento de Convivencia Escolar, Reglamento de Evaluación y Promoción, Protocolos y del Reglamento del Servicio de Cobranzas.
8. Informar a los organismos competentes aquellas situaciones que vulneren los derechos del o la estudiante de acuerdo a la normativa vigente.
9. En el evento que el país, la región o la comuna se encuentre en estado de emergencia, de excepción constitucional u otro similar, mediante el cual se deban suspender las clases presenciales, el Colegio podrá activar las clases virtuales o clases online, todo esto de acuerdo a las orientaciones que emanen del Ministerio de Educación.
TERCERO:
Sin perjuicio de lo dispuesto en la Ley General de Educación, el presente Contrato obliga al apoderado a:
1. Xxxxxxx y aceptar los principios contenidos en el Proyecto Educativo Institucional del Colegio, inspirado en la Misión Evangelizadora de la Iglesia Católica y la Orden de San Xxxxxxx.
2. Conocer y aceptar los Reglamentos de Convivencia Escolar, Evaluación y Promoción Escolar, el Reglamento del Servicio de Cobranzas y los protocolos publicados en la página institucional del Colegio que forman parte del modelo de gestión del establecimiento.
3. Participar activamente en el proceso educativo de sus hijos y/o pupilo de acuerdo al Proyecto Educativo Institucional (PEI) en actividades, tales como:
• Inducciones
• Reuniones de Xxxxx
* Jornadas de Orientación
* Asistencia a Entrevistas
* Asistencia a Tutorías Familiares
* Asistencia a Jornadas Agustinianas Espirituales (XXX)
* Asistencia a Misas Familiares acompañando a su pupilo
* Celebraciones religiosas internas de la Orden de San Xxxxxxx y aquellas que derivan del calendario litúrgico.
4. Aceptar, de acuerdo a la normativa actual, la publicación de fotografías de su pupilo en la página WEB del Colegio y en impresiones tales como anuarios, agendas, etc. en que se dé a conocer o promocione la Institución Educativa, en actividades propias del Colegio.
5. Participar y aceptar, conforme al Proyecto Educativo Institucional (PEI), que su hijo (a), pupilo (a) o el alumno(a) asista y participe en clases y actividades pastorales de orientación Cristiano Católicas.
6. Manifestar una actitud respetuosa y de colaboración hacia el personal del Colegio y a todo integrante de la Comunidad Educativa.
7. Autorizar al personal del Colegio, previo aviso para:
a. Revisión de lockers Interviniendo candados en caso de mal uso de éstos o de evidencia de no uso continuado.
b. Interrupción de la asignación de lockers ante el mal uso y destino de este recurso generando: golpes, abolladuras, rayados toda vez que se exigirá la reposición y/o reparación de los mismos.
c. Interrupción de la asignación de lockers ante mal uso tales como: conservación de perecibles por largo tiempo, acumulación de material de desecho y/o acopio de recursos académicos (libros, textos, otros)
Los puntos precedentes aplican tanto para los lockers dispuestos en camarines y gimnasio (de uso de la clase), como de aquellos instalados en los pasillos en salas de clases (de uso anual) y/o de cualquier recinto del establecimiento.
8. Responder y pagar los costos de reparación o reposición ocasionados por la pérdida y/o deterioro de libros, materiales de biblioteca, laboratorios, instrumentos, equipos o parte de ellos, vidrios, mobiliario e instalaciones, ornamentación y demás implementos de propiedad del Colegio, ocasionados individualmente o por participación del pupilo(a) en conjunto con otros alumnos.
9. Pagar la suma de $1.200.000 (Un millón doscientos mil pesos) desde Pre kínder hasta 4° Medio, por concepto de Derechos de Escolaridad por Financiamiento Compartido, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Servicios de Cobranza 2024.
Para hacer efectiva la matrícula, el apoderado debe tener todos sus compromisos económicos pagados y al día. Junto con la firma del Contrato de Servicios Educacionales 2024, el apoderado deberá documentar los Derechos de Escolaridad (colegiatura) en cualquiera de las siguientes formas:
Cursos | Pago mes a mes: con pagaré | Pago contado, cheque al día o efectivo | Pago con tarjeta de crédito o débito | Documentar con cheques | ||||
Valor Anual | Cuotas | Valor | Valor Anual | Valor Anual | Valor Anual | Cuotas | 10 cheques | |
Pre kínder a 3º medio | 1.200.000 | 10 | 120.000 | 1.158.000 | 1.158.000 | 1.170.000 | 10 | 117.000 |
4º Medio | 1.200.000 | 9 | 133.333 | 1.158.000 | 1.158.000 | 1.170.000 | 9 | 130.000 |
Al tomar la opción de documentar con un PAGARÉ (simple), obligándose el apoderado a pagar mensualmente dentro de los cinco primeros días de cada mes, desde marzo 2024 en adelante, en la oficina de recaudación del Colegio. Para pre kínder hasta 3º medio se establecen 10 cuotas de $ 120.000 c/u. Para 4º medio se establecen 9 cuotas de $ 133.333 c/u.
En caso de atraso en el pago de las colegiaturas se originará a un recargo de un 2% mensual. Asimismo, transcurridos 30 días de vencimiento de la cuota, el apoderado acepta que el Colegio pueda informar al Boletín Comercial y/o Dicom (u otro similar) sobre la morosidad que tiene con el Colegio. Informada la morosidad, ésta solo podrá ser regularizada pagando lo adeudado, para lo cual se extenderá un certificado de pago para ser presentado en el Boletín Comercial.
No podrán hacer uso de esta alternativa de documentación quienes en años anteriores hayan presentado atrasos en sus pagos o cheques protestados, además, en caso de morosidad reiterada, cheques o pagarés protestados y/o en cobro prejudicial o judicial, la Administración del Colegio podrá solicitar el pago al contado de la colegiatura.
10. Cumplir con los pagos de inscripción, matrícula y colegiatura anual en la forma, fechas y plazos fijados por el Colegio, según el Reglamento del Servicio de Cobranzas del 2024, el cual forma parte del presente contrato.
CUARTO:
En situaciones en que sea necesario una conformación de cursos sobre la base de decisiones pedagógicas y de convivencia el Consejo de Dirección previa consulta al Consejo de Profesores podrá reasignar a los estudiantes en diferentes cursos del nivel bajo las siguientes condiciones:
- Dicha posibilidad de reasignación de curso deberá ser informado en el mes de diciembre al momento de matrícula. En este mismo acto se establecerá mediante firma la aceptación de esta medida.
- Lo expresado en el párrafo anterior será posible de originarse un cupo en el curso paralelo y en ningún caso se originará un sobrecupo o un estudiante en calidad excedente.
- Los Primeros Años Básicos A y B, dado su conformación de tres cursos Kínder A, Kínder B y Kínder C, se conformarán en dos cursos de acuerdo a criterios pedagógicos cuali-cuantitativos establecidos por el Colegio.
QUINTO:
Se pondrá término al presente Contrato en los siguientes casos:
1. Por la aplicación al estudiante de la normativa establecida en el Reglamento de Convivencia Escolar del periodo vigente.
2. Por incumplimiento de alguna de las obligaciones del apoderado señaladas en el punto TERCERO precedente de este contrato.
3. Ante la verificación de los puntos precedentes, el Colegio podrá citar a los apoderados a justificar personalmente el incumplimiento de alguna de las obligaciones del presente Contrato pudiendo exigir el cambio de apoderado ante alguna falta a las obligaciones anteriores.
SEXTO:
El presente contrato comenzará a regir a partir del primer día de clases del año escolar 2024, será de plazo fijo y tendrá una duración hasta el 31 de diciembre de 2024.
En todo caso, el presente contrato estará supeditado al cumplimiento de los procedimientos y normas de los Reglamento de Evaluación y Promoción, al Reglamento de Convivencia Escolar y al Reglamento del Servicio de Cobranzas 2024, documentos que el Apoderado declara recibir, conocer, aceptar y que se entienden incorporados al presente contrato.
SEPTIMO:
El apoderado reconoce el derecho del Colegio de poner término anticipado de este contrato, además, ante las siguientes causales: 1- Por retiro voluntario anticipado del alumno, informado por escrito por el apoderado.
2- Por mutuo acuerdo entre las partes.
3- Por incumplimiento, del apoderado, de las obligaciones que impone el presente contrato.
OCTAVO:
El presente contrato tendrá plena validez con la sola firma y timbre de la Administración del Colegio. Se emite en dos ejemplares de igual texto, tenor y fecha quedando un ejemplar en poder del Apoderado y otro en poder del Colegio.
NOVENO:
Solo en el caso que el apoderado o tutor, no sea el padre ni la madre legal del alumno, completar lo siguiente:
De acuerdo a la resolución, documento que se adjunta, recaída en la causa RUC..............……….del Juzgado de Familia
de….............................. la tuición del alumno la tiene don(ña) ………………..........................….......................... .......………. RUT.: …....................
, quien en tal calidad firma el presente contrato.
DECIMO:
A mayor abundamiento, junto con ratificar los puntos anteriores el apoderado especialmente se obliga a que su pupilo cumpla con:
a. La adecuada presentación personal.
b. La asistencia y puntualidad a clases y/o actividades del Colegio.
c. Mantener un buen comportamiento, respetando las normas de convivencia, con todos los integrantes de la Comunidad Escolar.
d. No uso de celular o algún otro dispositivo en el colegio.
Todo esto de acuerdo a lo dispuesto en el Reglamento de Normas de Convivencia Escolar, documento que forma parte del presente contrato.
UNDECIMO:
Para todos los efectos legales, las partes fijan su domicilio en la ciudad xx Xxxxxxxxxx sometiéndose a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.
Para constancia de su conformidad con el contenido de las cláusulas que anteceden, las partes, previa lectura, firman a continuación.