CONTRATO DE LOCACION DE OBRA No.
PROYECTO No.: ARG/ / TITULO:
CONTRATO DE XXXXXXXX XX XXXX Xx.
XXXXX 0.X
Xx xx xxxxxx xx Xxxxxx Xxxxx a los días del mes de del año se celebra el presente contrato de locación de obra entre el Proyecto ARG/ / (en adelante el Proyecto) del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), representado por
su
Sr.
constituyendo domicilio
en por una parte y por la otra lo hace
domiciliado en , con documento de identidad No. , quien declara ser mayor de edad, de estado civil y de profesión
El presente contrato se encuadra en el Acuerdo suscripto por el Gobierno de la República Argentina y el PNUD, firmado el 26 de febrero de 1985, aprobado por ley No. 23396 del 10 de octubre de 1986 y en el Documento del Proyecto ARG/ / .
1. OBJETO Y FUNCIONES
El locador tendrá a su cargo la realización de la(s) obra(s) en la forma especificada en los términos de referencia que se detallan en la anexo, que también suscriben las partes y que forma parte integrante del presente, debiendo realizar la obra de manera tal que reúna las condiciones y cualidades prometidas o las que sea dable exigir según su naturaleza y destino, libre de vicios o defectos que afecten su valor o utilidad.
Su actividad, de acuerdo a los términos de referencia, deberá respetar puntualmente el cronograma de avance detallado en el anexo adjunto.
Queda convenido que el presente contrato está supeditado en un todo al desarrollo y/o desenvolvimiento del Proyecto citado ut-supra, por lo que la actividad a realizar por el contratado podrá sufrir modificaciones para ser adecuada a las variaciones que pueda experimentar el desarrollo del Proyecto en función del mejor logro de su cometido.
2. DURACION DEL CONTRATO
El plazo de ejecución del presente contrato es, a partir del / / , finalizando en consecuencia el / / .
Queda establecido que este contrato no importa una expectativa o derecho a prórroga a beneficio del locador, pudiendo ser prorrogado o renovado o ampliado únicamente de común acuerdo entre las partes mediante la suscripción de un nuevo contrato.
3. PRECIO DE LA OBRA Y FORMA DE PAGO
El precio total por todo concepto es de $ .
Forma de pago:
De acuerdo a lo especificado en el anexo que también suscriben las partes y que forma parte integrante del presente.
Se deja establecido que si la prestación a cargo de una de las partes se tornara excesivamente onerosa, por acontecimientos extraordinarios e imprevisibles, la parte perjudicada podrá demandar la resolución del contrato. La otra parte podrá impedir la resolución ofreciendo mejorar equitativamente los efectos del contrato.
4. VIATICOS
En caso de corresponder, los viáticos diarios para viajes aprobados por el Proyecto y no expresamente incluídos en el presupuesto del locador, serán pagados por el Proyecto sobre la base de los valores establecidos por el PNUD.
5. APORTES PREVISIONALES - SEGUROS Y PRESTACIONES MEDICAS
El locador declara que se encuentra empadronado por ante los organismos de Previsión Social en legal forma, siendo de su exclusiva responsabilidad la realización de los pertinentes aportes y contribuciones, por sí y por el personal a su cargo. Asimismo declara poseer seguro vigente, liberando en tal sentido al Proyecto de toda responsabilidad por accidentes de trabajo de toda índole, como asimismo en lo que se refiere a asistencia médica y obra social.
6. CONDICION JURIDICA
El locador no será considerado en ningún caso funcionario del Sistema de las Naciones Unidas ni estará cubierto por la Convención sobre Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas y Organismos Especializados.
Tampoco importará o configurará relación jurídico-laboral de dependencia con el Proyecto, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo ni con el Gobierno Argentino.
7. DERECHOS Y OBLIGACIONES
Los derechos y obligaciones del locador serán exclusivamente los aquí previstos. Por consiguiente no tendrá derecho a recibir del Proyecto, del Gobierno Argentino y/o del PNUD ningún beneficio, prestación, compensación u otro pago fuera de los estipulados expresamente en el presente.
8. RESCISION
En caso de incumplimiento del locador del cronograma de avance, y habiendo sido debidamente notificado a fin de lograr su cumplimiento, se producirá la resolución del contrato.
Asimismo, ante la evidencia de imposibilidad del locador en concluir la obra, se producirá la resolución del contrato. A estos efectos, el pago final al que pueda tener derecho el locador, se resolverá sobre la base del informe sobre el grado de avance de la obra, producido por el Proyecto, debiéndose valorar si medió culpa o dolo del locador.
9. DERECHO DE PROPIEDAD
Los derechos de propiedad de autor y de reproducción, así como cualquier otro derecho intelectual de cualquier naturaleza, sobre cualquier informe, trabajo, estudio u obra producida como consecuencia de este contrato, pertenecerán exclusivamente al Proyecto y al PNUD.
10. INFORMACION NO PUBLICADA. CONFIDENCIALIDAD
El locador no podrá comunicar a persona alguna, Gobierno u otra entidad ajena al Proyecto, la información no publicada o de carácter confidencial de que haya tenido conocimiento con motivo de la ejecución de sus obligaciones emanadas del presente contrato, salvo que así lo requiera su cometido y que el Proyecto lo hubiera autorizado expresamente para hacerlo.
Esta reserva o confidencialidad subsistirá aún después del vencimiento del plazo, de la rescisión o resolución del presente contrato, haciéndose responsable el locador de los daños y perjuicios que pudiera irrogar la difusión de datos o informes no publicados.
11. DECLARACION
El locador pondrá en conocimiento del Proyecto toda ocupación, empleo o actividad profesional que haya ejercido o que ejerza, aún encontrándose en goce de licencia de cualquier tipo, con el/los Estado/s Nacional, Provinciales, Municipales, Organismos Descentralizados y/u Organismos Internacionales. Esta declaración se hará con los alcances de Declaración Jurada.
De resultar falsa esta declaración o si tales actividades resultan incompatibles, se podrá rescindir el presente contrato, sin derecho a indemnización o compensación alguna a favor del locador, reservándose el Proyecto el derecho de accionar legalmente, si de tal violación pudiera surgir un daño o perjuicio.
12. SUSPENSION O INTERRUPCION DEL PROYECTO
Encontrándose esta contratación supeditada al desenvolvimiento o desarrollo del Proyecto para el cual se la efectúa, el locador se aviene a que en caso de suspenderse o interrumpirse en forma total o parcial la continuación del Proyecto, por falta de financiamiento del mismo, o cualquier otra causa, este contrato puede ser suspendido o rescindido, en cuyo caso se convendrá entre las partes las compensaciones del caso, atento al grado de avance del contrato y obligaciones contraídas por el locador.
13. OBLIGACION FISCAL
El locador no estará exento de ningún impuesto en virtud de este contrato y será de su exclusiva responsabilidad el pago de los impuestos con que se graven las sumas recibidas en virtud del mismo, liberando expresamente al Proyecto y al PNUD de todas las obligaciones fiscales emergentes de la legislación vigente y/o cualquier otra obligación fiscal a crearse.
14. CESION DEL CONTRATO
A todos los efectos se entiende y así se acuerda que el presente contrato se considera "intuitu personae", por lo que queda expresamente prohibida la cesión total o parcial del contrato, reservándose el PNUD todos los derechos de accionar legalmente ante la violación de la presente obligación.
15. RESPONSABILIDADES EMERGENTES
Toda reclamación que pudiera ser presentada por el locador y/o terceros resultante de la ejecución del presente contrato deberá dirigirse al Gobierno Argentino. El locador exonera expresamente al PNUD de cualquier responsabilidad directa o indirecta que pudiera derivarse de la ejecución del presente contrato.
Fecha:
Firma Proyecto Firma Locador