MINISTERIO DE HACIENDA
MINISTERIO DE HACIENDA
Y FUNCIÓN PÚBLICA
SUBSECRETARÍA
DIRECCIÓN GENERAL DE RACIONALIZACIÓN Y CENTRALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
S.G. DE CONTRATACION CENTRALIZADA DE SERVICIOS Y SUMINISTROS PARA LA GESTIÓN DE INMUEBLES
INSTRUCCIONES PARA LA LICITACIÓN DE LOS CONTRATOS BASADOS EN EL ACUERDO MARCO 01/2019, PARA EL SUMINISTRO DE MOBILIARIO DE DESPACHO Y COMPLEMENTARIO, DE ARCHIVO, DE BIBLIOTECAS, MAMPARAS, CLÍNICO Y GERIÁTRICO Y DE LABORATORIO
V5
XXXXX DEL XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX - 2023-07-03 13:26:29 CEST, cargo=Subdirectora General de Contratación Centralizada de Servicios y Suministros para la Gestión de Inmuebles Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_AIZBRVCMRFAHYHV249FOLQLWBUK3 en xxxxx://xxx.xxx.xxxxxxxx.xxx.xx
Conforme a lo previsto en la cláusula 20 xxx xxxxxx de cláusulas administrativas particulares (en adelante PCAP) del AM, se dictan las presentes instrucciones por la Subdirectora General de Contratación Centralizada de Servicios y Suministros para la Gestión de Inmuebles, en su calidad de responsable del AM, con el fin de asegurar la correcta contratación de los suministros.
ASPECTOS GENERALES
El plazo de duración de cada uno de los lotes del AM es de 24 meses desde la fecha que se indique en el documento de formalización, que no podrá exceder en más de un mes a la fecha de la firma. El AM podrá ser prorrogado una o varias veces antes de la finalización del mismo, hasta un máximo de 24 meses.
Quedan fuera del ámbito de este AM los contratos para el suministro de los bienes indicados en cada uno de los lotes cuyo presupuesto de licitación sea inferior a 5.000 euros (impuestos excluidos), conforme a la cláusula 1.1 del PCAP.
El AM se estructura en ocho lotes:
• Lote 1: Despachos de dirección y mesas de estrado. Incluye los programas de despachos de dirección con muebles de alta calidad (incluyendo la sillería necesaria), por ejercerse en estos espacios de trabajo funciones de representación.
• Lote 2: Mueble de oficina general. Engloba los principales elementos que configuran los puestos y áreas de trabajo (incluyendo la sillería necesaria), las zonas de reuniones y de archivo y los espacios de uso común.
• Lote 3: Sillería. Corresponde a la sillería y a sus elementos complementarios.
• Lote 4: Butacas para salones de actos. Se refiere a las butacas ancladas al suelo que ocupan lugares de uso público.
• Lote 5: Estanterías. Agrupa diversas estructuras de almacenamiento.
• Lote 6: Biombos, tabiques y mamparas. Corresponde a elementos que facilitan la compartimentación de espacios para facilitar su organización y aprovechamiento.
• Lote 7: Mobiliario técnico de laboratorio. Engloba diversos muebles cuya característica común es que van a utilizarse en el espacio singular de un laboratorio.
• Lote 8: Mobiliario clínico y geriátrico. Comprende productos incluidos en programas de mobiliario clínico y geriátrico, y sus elementos complementarios.
X/ XXXXXX, 0, 0x xxxxxx 00000 XXXXXX
No están incluidos en el ámbito objetivo del AM y, por tanto, no pueden adquirirse en ejecución del mismo los siguientes bienes: papeleras, paragüeros, percheros, jardineras, cortinas, estores, persianas, lámparas y similares, banderas y mástiles, reposapiés, así como cualquier otro producto de naturaleza y finalidad distinta a los establecidos en los lotes del AM como objeto del mismo.
XXXXX DEL XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX - 2023-07-03 13:26:29 CEST, cargo=Subdirectora General de Contratación Centralizada de Servicios y Suministros para la Gestión de Inmuebles Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_AIZBRVCMRFAHYHV249FOLQLWBUK3 en xxxxx://xxx.xxx.xxxxxxxx.xxx.xx
En consecuencia, la adquisición de estos productos fuera del sistema de contratación centralizada no requiere autorización de la DGRCC.
En caso de duda sobre si determinado bien se considera o no incluido en el AM, se realizará una consulta a la dirección de correo electrónico xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.xx
Para cada uno de los ocho Lotes, el PCAP que rige el AM establece una o varias categorías de bienes para las cuales las empresas adjudicatarias han tenido que identificar en las ofertas presentadas en la licitación del AM un cierto número de programas o series (ver tabla siguiente).
LOTE | Categoría con serie o programa identificado |
Lote 1- Despachos de dirección y mesas de estrado | - Mesa principal despacho de dirección |
- Armario librería despacho de dirección | |
- Bloque cajones despacho dirección | |
Lote 2 - Mueble de oficina general | - Mesas de oficina autónomas de estructura metálica |
- Bloques de cajones de metal | |
- Sillas de trabajo de oficina | |
Lote 3 - Sillería | - Sillas de trabajo de oficina |
- Sillas para visitas o reuniones | |
Lote 4 - Butacas para salones de actos | - Butacas modulares y de salones de actos |
Lote 5 - Estanterías | - Estanterías fijas metálicas de depósito |
- Estanterías móviles | |
- Estanterías de biblioteca | |
Lote 6 - Biombos, tabiques y mamparas | - Biombos |
2/18
MINISTERIO DE HACIENDA
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Lote 7 - Mobiliario técnico de laboratorio | - Mesas de trabajo de laboratorio |
- Muebles contenedores generales de laboratorio | |
Lote 8 - Mobiliario clínico y geriátrico. | - Camas hospitalarias |
XXXXX DEL XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX - 2023-07-03 13:26:29 CEST, cargo=Subdirectora General de Contratación Centralizada de Servicios y Suministros para la Gestión de Inmuebles Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_AIZBRVCMRFAHYHV249FOLQLWBUK3 en xxxxx://xxx.xxx.xxxxxxxx.xxx.xx
Los productos presentados han sido valorados y han obtenido puntos si contaban con la certificación del cumplimiento de ciertos estándares técnicos y ambientales (ver PCAP del AM. - Anexo III.2 – Criterios de valoración específicos por Lote).
Para estas categorías de bienes los adjudicatarios del AM concurrirán a las licitaciones de los contratos basados únicamente con las series o programas incluidos en sus ofertas y no podrán ofertar otros distintos, salvo que se haya llevado a cabo la correspondiente actualización prevista en el PCAP del AM. De no respetar esta norma serán excluidos de la licitación de que se trate.
Las fichas técnicas de dichas series o programas pueden ser consultadas en el portal web de Contratación Centralizada:
(xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx-xx/-
/journal_content/XXA1X8YVROqE?_56_INSTANCE_XXA1X8YVROqE_articleId=14529&_56
_INSTANCE_XXA1X8YVROqE_groupId=11614).
En cuanto a las restantes categorías de bienes, los adjudicatarios del AM concurrirán a los contratos basados con los productos que estimen más pertinentes en función de las características, requerimientos y precios que se fijen en cada documento de licitación.
En el Anexo I de estas instrucciones se detallan las categorías de bienes incluidas en cada lote y, dentro de ellas, las que han sido valoradas en fase de AM.
En la licitación del AM las empresas ofertaron mejoras a los plazos de garantía, disponibilidad de recambios y entrega, establecidos en el PCAP. En consecuencia, en el AM se han fijado plazos específicos para cada una de las empresas adjudicatarias de cada Lote en relación con los siguientes aspectos:
• plazo de garantía de los productos
• plazo de garantía de disponibilidad de recambios
• plazos de entrega máximos, en territorio peninsular, para los contratos no sujetos a regulación armonizada (contratos NO XXXX) distinguiendo tres tramos:
- contratos basados de hasta 30.000,00 €, IVA excluido.
- contratos basados de 30.000,01 € hasta 80.000,00 €, IVA excluido.
- contratos basados no sujetos a regulación armonizada de importe superior a 80.000,01
€, XXX excluido.
3/18
MINISTERIO DE HACIENDA
Y FUNCIÓN PÚBLICA
XXXXX DEL XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX - 2023-07-03 13:26:29 CEST, cargo=Subdirectora General de Contratación Centralizada de Servicios y Suministros para la Gestión de Inmuebles Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_AIZBRVCMRFAHYHV249FOLQLWBUK3 en xxxxx://xxx.xxx.xxxxxxxx.xxx.xx
Por otra parte, conforme a lo establecido en la cláusula 11.4 del PCAP, los adjudicatarios de los distintos lotes en que se estructura el AM adscribirán a la ejecución del contrato un catálogo en castellano, accesible a través de internet, identificado bajo la denominación de “ACUERDO MARCO 01/2019 MOBILIARIO SECTOR PÚBLICO”, en el que figuren los bienes que el licitador oferta en el AM, distinguiendo las series o programas valorados del resto de los productos ofertados, ya sea como fabricante, distribuidor o comercializador, correspondiente a cada uno de los lotes, que permita consultar sus características técnicas, físicas, dimensiones y materiales, ajustes permitidos, así como los certificados objeto de valoración con los que cuentan dichos productos ofertados y otro tipo de certificados, etiquetas o declaraciones ambientales de que puedan disponer los productos ofertados.
El Anexo II de estas instrucciones reseña las empresas adjudicatarias de cada Lote con los términos comprometidos por cada una de ellas (en cuanto a los plazos de garantía y de entrega) y la dirección de Internet a través de la cual se accede a su catálogo.
1.-ORDENACIÓN DE LA CONTRATACIÓN.
Puesto que el AM 1/2019 se ha celebrado con varios empresarios y que, inicialmente, no tiene todos los términos definidos, la adjudicación de los contratos basados se realizará mediante la celebración de una nueva licitación.
Esta nueva licitación se tramitará en su totalidad de forma electrónica a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP) o plataformas de contratación conectadas con ella y se incluirán los siguientes documentos:
- Documento de licitación del contrato basado
- Modelo de oferta económica, ajustado al que figura como Xxxxx XX a las presentes instrucciones
- Y, cuando proceda, Modelo de oferta relativa a otros criterios evaluables automáticamente o mediante fórmulas
Corresponde a los organismos destinatarios:
• la determinación de las necesidades que pretenden cubrirse mediante el contrato, así como la idoneidad de su objeto y contenido para satisfacerlas, dejando constancia de ello en la documentación preparatoria
• la elaboración del documento de licitación de los contratos basados en el acuerdo marco
• llevar a cabo todas las actuaciones relativas a la licitación del contrato basado y elevar
4/18
MINISTERIO DE HACIENDA
Y FUNCIÓN PÚBLICA
al órgano de contratación la propuesta de adjudicación.
El órgano de contratación para las entidades de ámbito obligatorio a las que se refiere el artículo
229.2 de la LCSP es la Dirección General del Racionalización y Centralización de la Contratación (en adelante, DGRCC).
XXXXX DEL XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX - 2023-07-03 13:26:29 CEST, cargo=Subdirectora General de Contratación Centralizada de Servicios y Suministros para la Gestión de Inmuebles Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_AIZBRVCMRFAHYHV249FOLQLWBUK3 en xxxxx://xxx.xxx.xxxxxxxx.xxx.xx
El órgano de contratación para las entidades adheridas al acuerdo marco será el previsto en las normas generales aplicables a las citadas Administraciones, organismos o entidades, de conformidad con el artículo 229.6 de la LCSP.
El órgano de contratación, previas las comprobaciones oportunas, acordará la adjudicación del contrato a favor de la empresa que haya obtenido la mayor puntuación en la licitación llevada a cabo.
La recepción y pago de los servicios de los contratos basados del acuerdo marco corresponde a los organismos destinatarios (229.9 de la LCSP).
Se tramitará un expediente de contratación y se concluirá un contrato basado por cada uno de los ocho lotes del AM y sólo se podrán incluir artículos/bienes/categorías de ese lote.
Cuando entre los bienes objeto del contrato se incluyan tanto elementos de mobiliario general como de sillería se tramitará como un suministro de los lotes 1 o 2, según proceda; cuando se proyecte adquirir únicamente elementos de sillería, se tramitará como un suministro del lote 3.
1.1. DOCUMENTO DE LICITACIÓN.
La licitación de los contratos basados en el AM 1/2019 irá precedida de la preparación de un documento de licitación, en adelante DL, en el que se establezcan los términos de la misma, que deberán ser siempre conformes con lo establecido en el propio AM.
En el caso de contratos basados sujetos a regulación armonizada (XXXX), este documento deberá remitirse a la DGRCC, antes de promover la licitación, para su informe, junto con el modelo de oferta económica (Anexo IV de estas Instrucciones) y, en su caso, del resto de criterios evaluables automáticamente o mediante fórmula.
El DL (ver Xxxxx XXX de este documento), que irá firmado por el responsable del organismo interesado, tendrá el contenido mínimo siguiente:
- Identificación del órgano de contratación.
- Identificación del organismo destinatario y designación del responsable del contrato.
- Justificación de la necesidad e idoneidad del contrato.
- Bienes objeto del suministro.
- Presupuesto de licitación del contrato basado.
5/18
MINISTERIO DE HACIENDA
Y FUNCIÓN PÚBLICA
- Plazo de entrega de los bienes. (*)
- Lugar de entrega de los bienes.
- Presentación y contenido de la oferta.
- Criterios de valoración.
XXXXX DEL XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX - 2023-07-03 13:26:29 CEST, cargo=Subdirectora General de Contratación Centralizada de Servicios y Suministros para la Gestión de Inmuebles Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_AIZBRVCMRFAHYHV249FOLQLWBUK3 en xxxxx://xxx.xxx.xxxxxxxx.xxx.xx
- Oferta con valores anormales y bajos.
- Financiación y pago.
1.2. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LOS CONTRATOS BASADOS
El DL establecerá los criterios de valoración de las ofertas, de entre los siguientes establecidos en la cláusula 27.3, apartado 3, del PCAP que rige el AM:
- Precio
- Reducción del plazo de entrega en días hábiles.
- Incremento del plazo de garantía.
- Calidad de los productos; valorándose aspectos tales como: la solidez, la durabilidad, los materiales y acabados, y el comportamiento frente al fuego.
- Características medioambientales de los productos: autoevaluaciones, sistemas de reconocimiento, ecoetiquetas o declaraciones ambientales del producto.
- Características del suministro vinculadas con la satisfacción de criterios sociales y/o medioambientales.
- Ergonomía.
- Accesibilidad de las personas con discapacidad, indicando las características requeridas, la
6/18
MINISTERIO DE HACIENDA
Y FUNCIÓN PÚBLICA
o las categorías de muebles a las que se aplicará este criterio y, en su caso, el número de unidades.
- Modularidad, versatilidad y funcionalidad.
- Flexibilidad y capacidad de adaptación al puesto de trabajo.
- Diseño y estética.
XXXXX DEL XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX - 2023-07-03 13:26:29 CEST, cargo=Subdirectora General de Contratación Centralizada de Servicios y Suministros para la Gestión de Inmuebles Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_AIZBRVCMRFAHYHV249FOLQLWBUK3 en xxxxx://xxx.xxx.xxxxxxxx.xxx.xx
- Otros criterios vinculados con el objeto del contrato.
- Proyecto de adecuación al espacio en que deberán instalarse los muebles.
Si el organismo interesado aprecia la necesidad, podrá solicitar a las empresas en el DL que presenten un proyecto relativo al suministro a llevar a cabo para comprobar la adecuación de las proposiciones al espacio en que van a instalarse los muebles. Este proyecto se valorará como criterio dependiente de un juicio de valor y su puntuación no podrá exceder del 15 % de la puntuación total.
No podrán incorporarse a los documentos de licitación criterios de valoración distintos a los anteriormente señalados, ni podrán solicitarse genéricamente “mejoras”, dado que el PCAP del AM no contempla estas posibilidades.
Para cada criterio de valoración el DL recogerá:
- Su definición, su ponderación en base 100 y, en su caso, los subcriterios en que se desglose el criterio, así como la definición y ponderación de cada uno de éstos.
- Si el criterio se refiere a todas las categorías de bienes incluidas en el contrato basado o solo a alguna de ellas. Por ejemplo, dentro de un contrato basado que incluya sillas y mesas puede establecerse como criterio la ergonomía solo de la sillería.
- La naturaleza del criterio: aritmético o automático, o dependiente de un juicio de valor. Se dará preferencia a los criterios aritméticos o automáticos sobre los dependientes de un juicio de valor.
• En el caso de utilizar criterios de valoración aritmética se indicará la fórmula con la que se van a valorar, tal como se indica más adelante.
• Cuando se utilicen criterios dependientes de un juicio de valor éstos han de formularse de manera que los licitadores sepan qué aspectos se van a primar, de forma que encuentren en la definición elementos suficientes para decidir qué productos ofertar para obtener la mayor puntuación.
• Cuando se establezca el precio como criterio único de adjudicación no será necesaria la aplicación de una fórmula de valoración.
- La forma en que ha de acreditarse el cumplimiento de cada criterio.
7/18
MINISTERIO DE HACIENDA
Y FUNCIÓN PÚBLICA
****
XXXXX DEL XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX - 2023-07-03 13:26:29 CEST, cargo=Subdirectora General de Contratación Centralizada de Servicios y Suministros para la Gestión de Inmuebles Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_AIZBRVCMRFAHYHV249FOLQLWBUK3 en xxxxx://xxx.xxx.xxxxxxxx.xxx.xx
Como ya se ha indicado, en el Anexo II a las presentes instrucciones se recogen los términos de las ofertas presentadas por cada empresa adjudicataria al AM que serán siempre directamente aplicables, salvo que sean mejoradas en las ofertas que presenten en la licitación a los contratos basados, cuando el organismo interesado los haya incluido entre los criterios de valoración. Por tanto, en caso de utilizar como criterios de valoración el plazo de entrega o el plazo de garantía, las ofertas formuladas por los licitadores en la segunda licitación deberán igualar o mejorar los plazos que ofertaron al AM.
Los plazos de entrega establecidos en el AM y, para los contratos no XXXX, en las ofertas de los adjudicatarios del mismo, son bastante ajustados; por ello si va a utilizarse como criterio de adjudicación la mejora del plazo de ejecución del contrato, debe hacerse de forma restrictiva e indicándose las circunstancias que lo justifican.
* * * *
Valoración del precio
Cuando el criterio “Precio” no sea el único criterio de valoración supondrá al menos el 51% de la puntuación total. Este criterio será obligatorio y se valorará conforme a la siguiente fórmula:
𝑃𝑖
= 𝑃 ∗ (1 − 𝑂𝑖−𝑂𝐵) , donde
𝑂𝐵
- Pi = Puntuación de la oferta a valorar.
- P = Ponderación del criterio determinado en el documento de licitación, no inferior a 51.
- OB=Oferta más económica (IVA o impuesto equivalente excluido).
- Oi =Oferta a valorar (IVA o impuesto equivalente excluido).
- Cuando Oi sea mayor o igual que 2 veces OB, se asignarán 0 puntos.
* * **
Valoración del plazo de entrega de los bienes
La valoración del plazo de entrega fijado en días hábiles, se utilizará de forma restrictiva y quedará justificada en el DL (ver Anexo III). Para utilizar este criterio es preciso:
- recogerlo entre los criterios de valoración aritméticos;
- indicar su condición de criterio “a minimizar”;
- establecer el plazo mínimo evaluable;
- fijar la puntuación máxima a otorgar;
- y se aplicará la siguiente fórmula para su valoración, que deberá figurar en DL:
8/18
MINISTERIO DE HACIENDA
Y FUNCIÓN PÚBLICA
𝐶𝐼
= 𝑃𝐼
∗ (1 − 𝑋𝑖−𝑋𝑝𝑚𝑒 ) , donde:
𝑋𝑚𝑎𝑥−𝑋𝑝𝑚𝑒
- CI, es la puntuación en base al criterio C, asignada a la oferta del licitador en el lote I
- PI, es la ponderación del criterio C
XXXXX DEL XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX - 2023-07-03 13:26:29 CEST, cargo=Subdirectora General de Contratación Centralizada de Servicios y Suministros para la Gestión de Inmuebles Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_AIZBRVCMRFAHYHV249FOLQLWBUK3 en xxxxx://xxx.xxx.xxxxxxxx.xxx.xx
- Xi: valor de la oferta del licitador, en el criterio C para el lote I, con el límite del plazo mínimo evaluable
- Xpme: es el plazo mínimo evaluable.
- Xmax: es el plazo máximo exigido en el PCAP
En consecuencia, se asignarán P puntos a la oferta que presente menor valor a este criterio – respetando el límite mínimo establecido - y al resto de ofertas se les asignarán las puntuaciones, según la fórmula anterior.
En el caso de contrato no XXXX se advertirá a los licitadores de que no podrán ofertar un plazo de entrega superior al que ofertaron al AM (ver Anexo II de estas instrucciones) y que, de lo contrario, su proposición será excluida.
En el caso de contratos XXXX se advertirá a los licitadores de que no podrán ofertar un plazo de entrega inferior a 20 días hábiles.
El valor mínimo evaluable será el plazo a partir del cual los licitadores no obtienen una mejor puntuación, por considerar que una reducción del mismo no tiene garantías de viabilidad.
Valoración del plazo de garantía
La valoración del plazo de garantía fijado en meses, se utilizará de forma restrictiva y quedará justificada en el DL (ver Anexo III). Para utilizar este criterio es preciso:
- recogerlo entre los criterios de valoración aritméticos;
- indicar su condición de criterio “a maximizar”;
- establecer el plazo máximo evaluable;
- fijar la puntuación máxima a otorgar;
y se aplicará la siguiente fórmula para su valoración, que deberá recogerse en el DL:
𝐶𝐼
= 𝑃𝐼
∗ 𝑋𝑖−𝑋𝑚𝑖𝑛 , donde:
𝑋𝑃𝑀𝐸−𝑋𝑚𝑖𝑛
- CI, es la puntuación en base al criterio C, asignada a la oferta del licitador en el lote i
- PI, es la ponderación del criterio C
- Xi, es el valor de la oferta del licitador, en el criterio C para el lote I, con el límite del plazo máximo evaluable
9/18
MINISTERIO DE HACIENDA
Y FUNCIÓN PÚBLICA
- Xmin, es el plazo mínimo exigido en el pliego.
- XPME, es el plazo máximo evaluable.
1.3 OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS.
XXXXX DEL XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX - 2023-07-03 13:26:29 CEST, cargo=Subdirectora General de Contratación Centralizada de Servicios y Suministros para la Gestión de Inmuebles Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_AIZBRVCMRFAHYHV249FOLQLWBUK3 en xxxxx://xxx.xxx.xxxxxxxx.xxx.xx
Se deberán indicar obligatoriamente en el DL los criterios en base a los que se valorará el carácter anormal o desproporcionado de las ofertas, según lo establecido en el artículo 149 de la LCSP (ver cláusula 27.5 del PCAP).
1.4. EMPRESAS A LAS QUE DIRIGIR LA INVITACIÓN Y PLAZO MÍNIMO DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS.
En base a lo establecido en el artículo 221.6 a) de la LCSP, se invitará a la licitación, concediendo un plazo suficiente de presentación de ofertas, a todas las empresas adjudicatarias del lote correspondiente del AM que estuvieran en condiciones de realizar el objeto del contrato basado, de acuerdo con los términos de la adjudicación del mismo. No obstante, en el caso de contratos no XXXX en que se decida no invitar a la licitación a todas las empresas parte del acuerdo marco, dicha decisión deberá justificarse debidamente en el expediente de contratación.
El número mínimo de empresas a invitar, en todo caso, en función del importe de los contratos a adjudicar será el siguiente:
Importe (IVA o impuesto equivalente excluido) | Nº mínimo de empresas a invitar | Plazo mínimo de presentación de ofertas (días hábiles) |
Importe < 18.000 € | 3 | 5 |
18.000€ ≤ Importe < 75.000 € | 5 | 7 |
75.000 € ≤ Importe < XXXX | 8 | 9 |
Importe ≥ XXXX | Todas | 10 |
Cuando, en el caso de contratos no sujetos a regulación armonizada, se decida no invitar a la licitación a todas las empresas adjudicatarias del lote correspondiente, deberá justificarse debidamente en el expediente de contratación dicha decisión, como se ha señalado antes, señalando las circunstancias objetivas que lo justifican, tales como:
- La urgencia en el suministro; ello redunda en analizar menos documentación técnica que si se remitiera invitación a todas las empresas del citado lote.
- La urgencia del suministro, por lo que, una vez analizados los catálogos, las condiciones y las características de las empresas adjudicatarias del lote, se ha decidido invitar a la licitación a
10/18
MINISTERIO DE HACIENDA
Y FUNCIÓN PÚBLICA
x de esas empresas.
- Se ha invitado únicamente a x empresas dado el importe del expediente, el tipo de mobiliario que se solicita y la premura en su suministro e instalación.
XXXXX DEL XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX - 2023-07-03 13:26:29 CEST, cargo=Subdirectora General de Contratación Centralizada de Servicios y Suministros para la Gestión de Inmuebles Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_AIZBRVCMRFAHYHV249FOLQLWBUK3 en xxxxx://xxx.xxx.xxxxxxxx.xxx.xx
- Las empresas seleccionadas cuentan con experiencia acreditada o especialización en la ejecución de este tipo de contratos, conforme se ha podido comprobar en documentación accesible.
Dicha justificación no podrá basarse en circunstancias particulares o subjetivas (por ejemplo, suministros realizados con anterioridad por las empresas en el mismo Departamento u organismo).
Excepcionalmente el órgano de contratación del AM podrá autorizar, con anterioridad a la convocatoria de una licitación, la variación de los plazos señalados en la tabla anterior para la presentación de ofertas, en casos debidamente motivados.
2.- PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN
Como ya se ha indicado en el apartado 1 del presente documento, esta nueva licitación se tramitará en su totalidad de forma electrónica a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público (PLACSP) o plataformas de contratación conectadas con ella
2.1.- Inicio del procedimiento.
Es preciso distinguir dos supuestos:
1º.- Contratos sometidos a regulación armonizada (contratos XXXX).
El DL será analizado por la DGRCC, que fijará con el organismo interesado los términos definitivos de la licitación y emitirá el informe favorable previsto en la cláusula 27.3.1 del PCAP.
Cuando las características del suministro lo aconsejen, la DGRCC podrá autorizar que el procedimiento de licitación de un contrato XXXX se articule en varias fases de carácter selectivo en cuyo caso, y conforme a lo dispuesto en el artículo 146.3 de la LCSP el DL indicará en cuál de ellas se aplicarán los distintos criterios de valoración de las ofertas, así como la puntuación mínima exigida para continuar en el proceso selectivo.
2º.- Contratos no sometidos a regulación armonizada (contratos no XXXX).
Una vez elaborado el DL, el organismo interesado podrá proceder a la licitación del contrato basado sin necesidad de recabar la autorización previa de la DGRCC.
11/18
MINISTERIO DE HACIENDA
Y FUNCIÓN PÚBLICA
2.2.- Petición, recepción y contenido de ofertas.
Los organismos interesados realizarán la solicitud de ofertas a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público o plataformas conectadas con ellas a la dirección de correo electrónico designada por la empresa a estos efectos. Dichas direcciones de correo electrónico podrán consultarse en la herramienta informática CONECTA-CENTRALIZACIÓN.
XXXXX DEL XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX - 2023-07-03 13:26:29 CEST, cargo=Subdirectora General de Contratación Centralizada de Servicios y Suministros para la Gestión de Inmuebles Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_AIZBRVCMRFAHYHV249FOLQLWBUK3 en xxxxx://xxx.xxx.xxxxxxxx.xxx.xx
A la solicitud de ofertas deberá acompañarse el documento de licitación, que incluirá el modelo de oferta económica a cumplimentar por las empresas y, en su caso, el modelo de oferta para el resto de criterios evaluables automáticamente.
En los contratos de importe, IVA excluido, superior a 75.000 €, en la invitación a las empresas el organismo interesado deberá indicar la fecha y hora de desencriptado del archivo electrónico nº 2.
El organismo destinatario de los bienes podrá exigir la presentación de muestras. Esta exigencia se hará constar expresamente en el DL atendiendo a la naturaleza y/o importe del contrato basado y plantearse en unos términos que no supongan una excesiva carga para el licitador. Siempre que sea posible, en lugar de pedir muestra a todas las empresas licitadoras, se solicitará muestra a la empresa clasificada en primer lugar para comprobar las características de los muebles ofertados.
Las ofertas se presentarán por los licitadores a través de la PLACSP o plataformas de contratación conectadas con ella.
En la Plataforma será obligatorio el “definir” dos “sobres”,
Sobre nº 1 para la documentación técnica, que podrá incluir varios archivos:
• ficha técnica o documentación con la identificación y descripción de los productos ofertados, que acredite el cumplimiento de los requisitos técnico mínimos.
• En el caso de que haya criterios evaluables mediante juicio de valor, el documento o documentos que acrediten dichos criterios.
• Otros documentos, que consideren oportunos.
Sobre nº 2 para las ofertas de los criterios automáticos o evaluables mediante fórmula:
• Oferta Económica
• Oferta del resto de criterios automáticos o evaluables mediante fórmula.
*****
Las ofertas de los licitadores se presentarán en dos archivos electrónicos debidamente firmados
12/18
MINISTERIO DE HACIENDA
Y FUNCIÓN PÚBLICA
por representante legal de la empresa con poder suficiente, que deberán contener, al menos:
Archivo electrónico nº 1:
Una ficha técnica o documentación con la identificación y descripción de los productos ofertados, que acredite el cumplimiento de los requisitos técnicos mínimos.
XXXXX DEL XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX - 2023-07-03 13:26:29 CEST, cargo=Subdirectora General de Contratación Centralizada de Servicios y Suministros para la Gestión de Inmuebles Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_AIZBRVCMRFAHYHV249FOLQLWBUK3 en xxxxx://xxx.xxx.xxxxxxxx.xxx.xx
En su caso, la oferta realizada para cada uno de los criterios de valoración dependientes de un juicio de valor indicados en el documento de licitación. La documentación relativa a éstos se presentará de forma separada a la ficha técnica anterior y se identificará adecuadamente.
La documentación relativa a los criterios de valoración dependientes de un juicio de valor no deberá incluir referencias a la oferta económica ni al resto de criterios evaluables automáticamente o mediante fórmula
Archivo electrónico nº 2:
Incluirá la oferta económica y la oferta relativa al resto de criterios evaluables automáticamente o mediante fórmulas.
El modelo de oferta económica recogerá los precios unitarios, IVA o impuesto equivalente excluido, el precio total, el tipo impositivo aplicable y el precio total impuestos incluidos y se ajustará al modelo incluido como Anexo IV de este documento.
En caso de contemplarse criterios de valoración automáticos o mediante fórmula distintos del precio, el organismo interesado incorporará al DL un modelo de oferta específica para dichos criterios, que se denominara “Modelo de oferta para el resto de criterios evaluables automáticamente o mediante fórmula”, a la que deberán ajustarse los licitadores.
Cada empresa licitadora solo podrá presentar una única oferta por contrato basado objeto de licitación, no admitiéndose variantes.
En caso de que la entrega de los bienes deba realizarse en el extranjero, el documento de licitación lo hará constar expresamente e incluirá una partida separada destinada a “Transporte y montaje fuera del territorio nacional”, que será objeto de valoración como parte del precio y que se recogerá separadamente cuando se remita a la DGRCC la propuesta de adjudicación reseñando el precio ofertado por el licitador propuesto como adjudicatario.
2.3.- Valoración de las ofertas.
Con carácter previo a aplicar los criterios de valoración, el organismo interesado deberá comprobar que los bienes ofertados cumplen con los requisitos técnicos mínimos establecidos en el DL y, en su caso, en el PPT.
La documentación acreditativa del cumplimiento de estos requisitos (ficha técnica del producto
13/18
MINISTERIO DE HACIENDA
Y FUNCIÓN PÚBLICA
ofertado, incluyendo los datos de fabricante, marca y modelo, junto con las principales características físicas y técnicas; fotografías; los certificados que se hayan definido como obligatorios, …) se analizará en primer lugar. La comprobación de su contenido permitirá excluir del procedimiento a aquellas empresas que no cumplan con lo requerido y por lo tanto presenten una oferta no válida. Las exclusiones serán motivadas y se recogerán en el Informe de Valoración y en el certificado de la licitación llevada a cabo.
XXXXX DEL XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX - 2023-07-03 13:26:29 CEST, cargo=Subdirectora General de Contratación Centralizada de Servicios y Suministros para la Gestión de Inmuebles Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_AIZBRVCMRFAHYHV249FOLQLWBUK3 en xxxxx://xxx.xxx.xxxxxxxx.xxx.xx
Una vez realizada esta comprobación se realizará la valoración de las ofertas admitidas.
La valoración se llevará a cabo aplicando única y exclusivamente los criterios y sub-criterios recogidos en el documento de licitación, no pudiendo dejar de aplicar ninguno. No se podrá otorgar una ponderación distinta o utilizar una fórmula de valoración distinta a la prevista en el citado documento.
Cuando el único criterio de valoración establecido sea el precio, se propondrá la adjudicación a la oferta más económica que cumpla con los requisitos técnicos mínimos establecidos en el documento de licitación.
Cuando sólo se apliquen criterios evaluables mediante fórmula, se realizarán los cálculos previstos y se propondrá la adjudicación a la oferta mejor puntuada.
Cuando se incluyan criterios dependientes de un juicio de valor, su valoración deberá realizarla la unidad del organismo interesado con conocimientos técnicos en la materia objeto de valoración.
La puntuación de los criterios dependientes de un juicio de valor deberá estar suficientemente motivada desde el punto de vista técnico e incluir la puntuación asignada a cada oferta en cada criterio, sub-criterio, en su caso.
Una vez obtenida la valoración de criterios dependientes de un juicio de valor, se abrirá el sobre con la oferta económica y, en su caso, el resto de criterios evaluables automáticamente o mediante fórmula y se procederá a su valoración, realizándose un informe resumen final en el que se agregarán ambas puntuaciones para determinar la oferta mejor clasificada.
Con carácter previo a la apertura o desencriptado del archivo electrónico nº 2, se publicará en la Plataforma de Contratos del Sector Público o plataformas conectadas con ella, según el caso, las empresas excluidas, así como la puntuación obtenida por las empresas admitidas en los criterios dependientes de un juicio de valor, en su caso.
En caso de que varias ofertas obtengan la misma puntuación por aplicación de los criterios de valoración previstos en el DL, se estará a lo previsto en el art 147.2 de la LCSP.
Custodia de la documentación del expediente
Los organismos destinatarios del suministro deberán conservar la documentación acreditativa de la realización de todas las actuaciones y cumplimiento de lo establecido en estas instrucciones (en
14/18
MINISTERIO DE HACIENDA
Y FUNCIÓN PÚBLICA
particular el contenido del documento que regula la segunda licitación, las invitaciones, contestaciones, las ofertas presentadas y el informe de valoración) y aportarlo a requerimiento de la DGRCC.
XXXXX DEL XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX - 2023-07-03 13:26:29 CEST, cargo=Subdirectora General de Contratación Centralizada de Servicios y Suministros para la Gestión de Inmuebles Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_AIZBRVCMRFAHYHV249FOLQLWBUK3 en xxxxx://xxx.xxx.xxxxxxxx.xxx.xx
Además, serán los encargados de la elaboración, custodia y conservación del expediente administrativo del contrato basado dando cumplimiento a todos los preceptos legales que resulten de aplicación al contrato, incluyendo, en su caso, los requeridos por las normas nacionales o comunitarias que afecten a los contratos financiados por el presupuesto comunitario.
3.- PETICIÓN DE LOS BIENES A LA DGRCC.
3.1.- Propuesta de adjudicación a la DGRCC
Valoradas las proposiciones recibidas, y admitidas y seleccionada la oferta más económica, o la más ventajosa conforme a los criterios de adjudicación, el organismo interesado enviará a la DGRCC, electrónicamente a través de la aplicación informática CONECTA-CENTRALIZACIÓN, los siguientes documentos:
1. Propuesta de adjudicación cumplimentada. Los bienes irán referenciados con el correspondiente código de categoría y se incluirá el precio unitario de cada uno de ellos.
En el campo “plazo de ejecución”, si no se hubiera utilizado éste como criterio del contrato basado, se indicará:
- En contratos no XXXX: “el ofertado por la adjudicataria en el AM”.
- En contratos XXXX: el que se determine de acuerdo con el DL, que no podrá ser inferior a 20 días hábiles.
Si se hubiera utilizado como criterio el plazo de ejecución, se indicará el plazo ofertado por la empresa propuesta como adjudicataria para el contrato basado.
En el caso de tramitación anticipada, se incluirá la cláusula suspensiva en el campo “condiciones y términos” y en el campo “plazo de ejecución” se hará referencia al inicio del cómputo de dicho plazo, que podrá ser el 1 de enero o posterior.
2. Documento de Licitación y sus anexos.
3. Certificado de Licitación generado por la Plataforma de Contratación del Sector Público o Plataformas conectadas con ella.
4. Informe de apertura de los archivos electrónicos generados por la Plataforma de Contratación del Sector Publico o plataformas conectadas.
15/18
MINISTERIO DE HACIENDA
Y FUNCIÓN PÚBLICA
5. Informe de Valoración de las ofertas firmado por el mismo responsable que firmó el documento de licitación, que deberá ajustarse a la estructura y contenido indicado en el Anexo V a este documento.
6. Oferta completa de la empresa propuesta como adjudicataria.
7. Documentación relativa a la aplicación de los criterios de desempate, en su caso
XXXXX DEL XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX - 2023-07-03 13:26:29 CEST, cargo=Subdirectora General de Contratación Centralizada de Servicios y Suministros para la Gestión de Inmuebles Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_AIZBRVCMRFAHYHV249FOLQLWBUK3 en xxxxx://xxx.xxx.xxxxxxxx.xxx.xx
8. En su caso, documentación aportada por las empresas cuya oferta contenga valores anormales o desproporcionados.
9. En su caso, informe técnico relativo a la exclusión o admisión de ofertas con valores anormales o desproporcionados.
10. Documento aportado por la empresa justificando la no presentación de oferta.
11. De las empresas invitadas que no han presentado oferta, documento acreditativo del acceso a la comunicación realizada (“Leído”) a través de la Plataforma de Contratación del Sector Público o plataformas conectadas con ella (Sello de tiempo).
12. En su caso, documento que justifique en los contratos no XXXX que se ha decidido no invitar a la licitación a todas las empresas parte del acuerdo marco (podrá formar parte de alguna de los documentos anteriores).
3.2- Adjudicación del contrato basado.
A la vista de la anterior documentación y una vez realizadas las comprobaciones oportunas, en los contratos basados en los que la DGRCC tenga la condición de órgano de contratación, procederá a dictar acuerdo de adjudicación que será notificado a la contratista y al organismo interesado a través de la aplicación CONECTA-CENTRALIZACIÓN.
En relación con las peticiones correspondientes a Administraciones, organismos y entidades adheridas, el órgano de contratación competente del organismo adherido podrá adjudicar el contrato basado, previa autorización, en su caso, del órgano responsable del AM, de la propuesta de adjudicación. Los contratos, una vez adjudicados, se publicarán en el Portal del sistema estatal de contratación centralizada.
4.- CUESTIONES ESPECIFICAS PARA LAS ENTIDADES ADHERIDAS A ESTE ACUERDO MARCO
De conformidad con lo previsto en el artículo 229.6 de la LCSP, “la Junta de Contratación Centralizada (la DGRCC por desconcentración de competencias, de conformidad con la disposición adicional séptima del Real Decreto 682/2021, de 3 xx xxxxxx, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Hacienda y Función Pública) establecerá para cada acuerdo marco y sistema dinámico de adquisición las medidas que considere adecuadas para garantizar que los expedientes de contratación tramitados por las entidades adheridas, su aplicación de las reglas de
16/18
MINISTERIO DE HACIENDA
Y FUNCIÓN PÚBLICA
licitación y selección de los contratistas, las adjudicaciones que acuerden y la ejecución de los contratos basados, cumplen los términos y condiciones establecidos en los pliegos que rigen dichos acuerdos y sistemas, para lo que podrá acordar la utilización de herramientas informáticas específicas, la emisión de informes preceptivos y vinculantes o cualquier otro medio adecuado a este fin”.
XXXXX DEL XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX - 2023-07-03 13:26:29 CEST, cargo=Subdirectora General de Contratación Centralizada de Servicios y Suministros para la Gestión de Inmuebles Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_AIZBRVCMRFAHYHV249FOLQLWBUK3 en xxxxx://xxx.xxx.xxxxxxxx.xxx.xx
A estos efectos, deberán tenerse en cuenta las siguientes consideraciones:
- La propuesta de adjudicación de los contratos basados se tramitará a través del sistema informático del sistema estatal de contratación centralizada CONECTA-CENTRALIZACIÓN, siguiendo los trámites y adjuntando la documentación indicada en el punto 3 de las presentes instrucciones. En la propuesta deberá identificarse el órgano de contratación.
- El órgano de contratación competente del organismo adherido adjudicará el contrato basado, previo informe favorable, en su caso, de la propuesta de adjudicación por el órgano responsable del AM.
- La notificación de los contratos basados se realizará por los respectivos órganos de contratación de las entidades adheridas por los medios que éstos establezcan al efecto.
- Los contratos, una vez adjudicados, se publicarán en el Portal de Contratación Centralizada del Ministerio de Hacienda. A estos efectos, una vez firmado el contrato basado por el respectivo órgano de contratación de la entidad adherida, el organismo interesado adjuntará en la herramienta CONECTA-CENTRALIZACIÓN un documento pdf del contrato adjudicado. De no hacerlo así, el contrato adjudicado no estará cubierto por la garantía global constituida por la empresa adjudicataria en la fase de adjudicación del AM.
5.- INFORMACIÓN DE INTERÉS RESPECTO A LOS BIENES OFERTADOS EN LAS CATEGORÍAS QUE HAN SIDO OBJETO DE VALORACIÓN ESPECÍFICA EN CADA UNO DE LOS LOTES
En la herramienta CONECTA – CENTRALIZACIÓN se ha incluido información relativa a la valoración de la oferta presentada al AM en los criterios de valoración específica de cada lote.
6.- ANEXOS A LAS PRESENTES INSTRUCCIONES
Anexo I: Lotes y categorías de bienes objeto del acuerdo marco. Anexo II: Empresas adjudicatarias de cada lote.
Anexo III: Documento de licitación de los contratos basados: estructura y contenido.
17/18
MINISTERIO DE HACIENDA
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Anexo IV: Modelo de oferta económica.
Anexo V: Informe de Valoración de ofertas: estructura y contenido.
XXXXX DEL XXXXXX XXXXXX XXXXXXXX - 2023-07-03 13:26:29 CEST, cargo=Subdirectora General de Contratación Centralizada de Servicios y Suministros para la Gestión de Inmuebles Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_AIZBRVCMRFAHYHV249FOLQLWBUK3 en xxxxx://xxx.xxx.xxxxxxxx.xxx.xx
Firmado electrónicamente por
LA SUBDIRECTORA GENERAL DE CONTRATACIÓN CENTRALIZADA DE SERVICIOS Y SUMINISTROS PARA LA GESTIÓN DE INMUEBLES
Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxx
18/18
MINISTERIO DE HACIENDA
Y FUNCIÓN PÚBLICA