RESUELVE
Resolución CR Nº 31-0254/2007.
RESUELVE
ARTICULO UNO: Aprobar la contratación de la ciudadana XXXXXXX XXXXXXX, XXXXX XXXXXXXXX portadora de la cédula de identidad N° 0.000.000 como PROFESOR ASOCIADO, a DEDICACIÓN EXCLUSIVA (DE), desde el
15/05/07 hasta el 31/12/07.
ARTICULO DOS: Designar a la referida ciudadana como DIRECTORA DE INVESTIGACIÓN Y POSTGRADO de la
Universidad Iberoamericana del Deporte a partir de la presente fecha.
Resolución CR Nº 31-0255/2007.
RESUELVE
ARTICULO UNO: Designar a la ciudadana
XXXXXXX XXXXXX, XXXXXX XXX XXXXXX
portadora de la cédula de identidad Nº 12.704.010, como DIRECTORA ACADÉMICA de
la Universidad Iberoamericana del Deporte, a partir del 01 xx xxxxx de 2007.
ARTICULO DOS: Aprobar el cambio de la categoría administrativa de TIEMPO COMPLETO (TC) a DEDICACIÓN EXCLUSIVA (DE) a partir de
la fecha de su designación como DIRECTORA ACADÉMICA.
Resolución CR Nº 31-0256/2007.
RESUELVE
ARTICULO UNO: Designar a la ciudadana
XXXXX XXXXXX, XXXXXX XXXXXX portadora
de la cédula de identidad Nº 13.084.847, para ejercer el cargo de COORDINADORA DE EVALUACIÓN de la Universidad Iberoamericana del Deporte, a partir del 01 xx xxxxx de 2007.
Resolución CR Nº 31-0257/2007. Designación de la Prof. Xxxxxx Xxxxx.
ARTICULO DOS: Aprobar el cambio de la categoría administrativa de TIEMPO COMPLETO (TC) a DEDICACIÓN EXCLUSIVA (DE) a partir de
la fecha de su designación como
COORDINADORA DE EVALUACIÓN.
Resolución CR Nº 31-0258/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Designar a la ciudadana
XXXXXXXXXX XXXXXXX, XXX XXXXX portadora
de la cédula de identidad Nº 13.567.167, para ejercer el cargo de JEFA DEL LABORATORIO DE FISIOLOGÍA DEL EJERCICIO de la
Universidad Iberoamericana del Deporte, a partir del 01 xx xxxxx de 2007.
Resolución CR Nº 31-0259/2007.
RESUELVE
ARTICULO UNO: Autorizar la visita institucional a la Universidad Distrital Xxxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, en la ciudad de Bogotá – Colombia; a la Prof. Xxxxx Xxxxxxxx xx Xxxxxx, Vicerrectora Académica; Prof. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, Directora Académica y al Prof. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Coordinador del Programa de Gestión Tecnológica del Deporte de la Universidad Iberoamericana del Deporte, desde el 09/05/2007 hasta el 12/05/2007.
ARTICULO DOS: La referida visita tendrá la finalidad de lograr posibles acuerdos académicos para el intercambio de personal docente especializado en Gestión Tecnológica del Deporte.
Resolución CR Nº 33-0262/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la contratación de la ciudadana XXXXX XX XXXXX, XXXXXXX XXXXXX
portadora de la cédula de identidad N° 0.000.000 como PROFESOR INSTRUCTOR, a MEDIO
TIEMPO (MT), para administrar la unidad curricular EQUIPOS E INSTALACIONES DEPORTIVAS desde el 23/05/07 al 31/07/07.
Resolución CR Nº 33-0263/2007
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Designar la Comisión Institucional para la Organización y Aplicación de las Pruebas de Ingreso 2007-II de la Universidad Iberoamericana del Deporte, la cual queda integrada de la siguiente manera:
Prof. Xxxx Xxxxxxxxx X.X. 12.368.739 (Coord.)
Prof. Xxxx Xxxxxx Nº.P. O913.255 Prof. Xxxxxxx Xxxxxxx C.I. 11.551.980 Prof. Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx X.X. 84.392.557 Prof. Xxxxxxxxx Xxxx C.I. 14.324.604 Prof. Xxxx Xxxx X.X 12.929.638
Xxxx. Xxxxxx Xxxxx Xx.X. X000000
Resolución CR Nº 33-0264/2007.
RESUELVE
PRINCIPALES | SUPLENTES |
Prof. Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxxx (Coord.) | Prof. Xxxx Xxxx |
Prof. Xxxxxx Xxxxx | Prof. Xxxxxxx Xxxxxxxxx |
Prof. Xxx Xxxxxxxxxx | Prof. Xxxxxx Xxxxxxx |
ARTICULO ÚNICO: Designar la Comisión para la evaluación de los Currículos Deportivos de la modalidad de ingreso de Alta Competencia, la cual queda integrada de la siguiente manera:
Resolución CR Nº 33-0265/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Designar a la ciudadana XXXXXXX, MOLEIRE XXXXXXX portadora de la cédula de identidad Nº 0.000.000, como DIRECTORA DE APOYO AL VICERRECTORADO ACADÉMICO de la
Universidad Iberoamericana del Deporte, a partir del 01 xx xxxxx de 2007.
Resolución CR Nº 34-E-0266/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar el REGLAMENTO DE BENEFICIOS SOCIOECONÓMICOS de la
Universidad Iberoamericana Del Deporte.
Resolución Nº CR 34-E-0266/2007– 19 xx Xxxxx de 2007
Reglamento de Beneficios Socioeconómicos de la Universidad Iberoamericana del Deporte.
TÍTULO I
Disposiciones Fundamentales
Artículo 1. El presente reglamento regula todo lo relativo a la administración, otorgamiento y disfrute de los Beneficios Socioeconómicos para los estudiantes de pregrado de la Universidad Iberoamericana del Deporte.
Artículo 2. Los Beneficios Socioeconómicos, tienen como fin fundamental contribuir a la prosecución, permanencia y culminación de la formación académica del estudiante de pregrado de la universidad.
TÍTULO II
Disposiciones Generales CAPÍTULO I
De los Otorgantes.
Artículo 3. La Dirección de Bienestar y Calidad de Vida Estudiantil es la unidad responsable de la administración de los recursos y distribución del presupuesto anual asignado a las providencias estudiantiles para los estudiantes de pregrado.
Artículo 4. Los beneficios socioeconómicos serán otorgados, renovados y/o suspendidos por la Comisión de Beneficios Socioeconómicos de la Dirección de Bienestar y Calidad de Vida Estudiantil.
Artículo 5. La Secretaria General a través de la Dirección de Bienestar y Calidad de Vida Estudiantil, en coordinación con la Comisión de Beneficios Socioeconómicos supervisará el cumplimiento de las políticas definidas en esta materia y el cumplimiento del presente reglamento.
CAPÍTULO II
De los Beneficios Socioeconómicos.
Artículo 6. A los fines de este reglamento, se entiende como Beneficios Socioeconómicos, todas aquellas ayudas y servicios que ofrece la Universidad a los estudiantes de pregrado, para contribuir y garantizar la permanencia, prosecución y culminación de su formación académica.
Artículo 7. La Universidad ofrece los beneficios socioeconómicos siguientes: Becas, Ayudantías, Preparadurias Comedor, Ayudas Especiales, Premio a la Excelencia, Residencia y Transporte.
Parágrafo Único: Los recursos destinados para el otorgamiento, disfrute y continuación de estos Beneficios Socioeconómicos son susceptibles de la disponibilidad presupuestaria del Ejercicio Fiscal Anual.
Artículo 8. Se entiende por “Beca”, la asignación monetaria mensual que otorga la Universidad Iberoamericana del Deporte, a los estudiantes de pregrado, durante un lapso académico y sus vacaciones, como un medio para ayudar a solventar sus necesidades socioeconómicas, a objeto de contribuir con la prosecución de sus estudios. Las mismas pueden ser de los siguientes tipos:
1. Beca estudio: su otorgamiento obedece a la comprobada necesidad socioeconómica del estudiante, previa estratificación social y estudio.
2. Becas méritos: se otorga como aliciente y retribución al logro de metas personales y universitarias, a todo estudiante que se destaque en actividades deportivas, culturales o artísticas. Las mismas pueden ser de los siguientes tipos:
• Beca académica; la misma se otorga a aquel estudiante que alcance un índice académico igual o mayor a dieciséis puntos (16).
• Beca Deportiva; se otorga al estudiante que posea un destacado rendimiento deportivo, alcanzado en la práctica de algún deporte competitivo y organizado a través de las diferentes federaciones deportivas y que tenga un índice académico igual o mayor a catorce puntos (14).
• Beca Artística o Cultural; se hace merecedor todo estudiante que participe en actividades artísticas y/o culturales en forma activa y que tenga un índice académico igual o mayor a catorce puntos (14).
Parágrafo único: Este tipo de becas podrán ser otorgadas a estudiantes que realicen trabajo remunerado, siempre y cuando el ingreso mensual por ese concepto no exceda el salario mínimo mensual legalmente establecido.
Artículo 9. Se entiende por “Ayudantía”, la asignación monetaria mensual que se otorga a los estudiantes de pregrado, de comprobada necesidad socioeconómica, durante un lapso académico y sus vacaciones. Este beneficio implica la obligación por parte del estudiante de prestar servicios durante diez (10) horas semanales, en funciones administrativas, de apoyo docente, investigación y/o extensión.
Artículo 10. Se entiende por “Servicio de Comedor Universitario”, el derecho que goza todo estudiante de esta casa de estudio por servicio alimenticio gratuito y de calidad, sólo durante los días hábiles y el lapso académico que curse.
Parágrafo Primero: Todos aquellos estudiantes que por sus actividades deportivas, culturales, condición de residencia permanente o asignaciones especiales debidamente autorizados por la instancia de dirección institucional competente, quedan exentos de esta norma; pudiendo gozar del servicio fuera de dicho lapso. Parágrafo Segundo: La regulación y uso del comedor universitario se regirán por normativa especial.
Artículo 11. Se entiende por “Ayudas Especiales”, la asignación monetaria, que se otorga a los estudiantes de pregrado, con el propósito de coadyuvar de manera inmediata y eficaz a la
cobertura total o parcial de los gastos generados por situaciones imprevistas, que estén directamente relacionadas con el estudiante, ya sean de carácter médico, odontológico, académico, u otro. El monto a asignar por estudiante, oscilará entre dos (2) y treinta (30) Unidades Tributarias (UT). Pudiendo existir situaciones que excedan dicho monto, previa justificación del caso.
Parágrafo Único: Solo podrá otorgarse una Ayuda Especial por estudiante durante cada período académico cursado.
Artículo 12.-Se entiende por “Premio a la Excelencia Académica” aquel estímulo monetario o no, que recibe en un solo momento, todo aquel estudiante de cada Programa de Formación que se hace merecedor por desarrollar un excelente desempeño en sus estudios, durante dos períodos académicos consecutivos y alcanza un índice acumulado igual o superior a 18 puntos. Siendo potestad de la Universidad la entrega del respectivo reconocimiento por escrito.
Parágrafo Único: El “Premio a la Excelencia Académica” se otorga anualmente el Día del Estudiante, considerando los tres primeros índices académicos por Programa de Formación de Grado de la Universidad.
Artículo 13. Las “Residencias Universitarias” es el beneficio que reciben los estudiantes que previo estudio, se constate que provienen de localidades alejadas de la sede de la universidad y/o de otros estados del país.
Parágrafo Único: A los estudiantes del Programa de Becarios Internacionales de Venezuela que cursen estudios en la Universidad, se les garantiza residencia permanente, siempre y cuando cumplan con lo establecido en la normativa especial que rige la materia.
Artículo 14. El Servicio de “Transporte Universitario” es aquel beneficio que presta la Universidad en forma gratuita, para el traslado de los usuarios que pertenezcan a la comunidad universitaria. El mismo se regirá por normativa interna.
Artículo 15. Se entiende por “Preparaduría” la asignación monetaria mensual que recibe un estudiante de pregrado que colabora con los profesores en labores docentes directas, dentro del horario de clases de determinada unidad curricular del plan de estudio de cualquier Programa de Formación de Grado de la universidad. El otorgamiento, seguimiento y control de las preparadurias se regirá por un normativo especial.
TÍTULO III
De las Normas y Procedimientos.
Capítulo I
De los Procedimientos y Solicitud de Beneficios Socioeconómicos
Artículo 16. Los lapsos establecidos para los procesos de solicitud y renovación de los Beneficios Socioeconómicos, estarán sujetos a los calendarios académicos y sus modificaciones en cada período.
Parágrafo Único: La Comisión de Beneficios Socioeconómicos ingresará nuevos beneficiarios al programa fuera del lapso establecido, cuando disponga de cupos.
Artículo 17. La postulación para las becas socioeconómicas es de exclusiva responsabilidad del estudiante, por tanto la universidad no se responsabiliza por omisión o falseamiento de la información.
Parágrafo Único: La Universidad a través de la Comisión de Beneficios Socioeconómicos podrá en cualquier momento corroborar la fidelidad de la información suministrada.
Artículo 18. Las solicitudes para las Ayudas Especiales, podrán ser realizadas en el transcurso de cada período académico. Es de competencia exclusiva de la Dirección de Bienestar y Calidad de Vida Estudiantil, la asignación y aprobación de dichas ayudas.
Parágrafo Único: La solicitud de Ayudas Especiales se realizará directamente en la Dirección de Bienestar y Calidad de Vida Estudiantil, instancia que realizará el estudio respectivo del caso.
Artículo 19. La postulación de estudiantes para el Beneficio del “Premio a la Excelencia Académica” será a través del informe que emitan conjuntamente los Coordinadores de los Programas de Formación y la Dirección de Control de Estudio de la Universidad.
Artículo 20. Los procedimientos para la solicitud de Beneficios Socioeconómicos de Beca y Ayudantía son:
a) Retirar en la Dirección de Bienestar y Calidad de Vida Estudiantil la planilla de solicitud.
b) Llenar formato vía Internet, del método de estratificación social dispuesto en la página Web de la Universidad Iberoamericana del Deporte de la región de su procedencia, caso residentes locales región Centro Occidental.
c) Consignar la planilla con los documentos exigidos en la Dirección de Bienestar y
Calidad de Vida Estudiantil, durante los primeros 20 (veinte) días hábiles de cada período académico.
d) Asistir a la entrevista con el Trabajador Social de la Dirección de Bienestar y Calidad de Vida Estudiantil en el horario que se establezca.
e) Entregar los recaudos exigidos.
Capítulo II
De los Requisitos y Documentos para el Otorgamiento
de Beneficios Socioeconómicos
Artículo 21. Los requisitos para la solicitud de Beca y Ayudantía son:
1) Ser venezolano o extranjero con visa de residente en el país.
2) Ser estudiante de la Universidad Iberoamericana del Deporte.
3) Haber aprobado el primer semestre de la carrera.
4) Realizar el procedimiento contemplado en el artículo precedente.
5) Cumplir con la carga académica mínima establecida en el Reglamento de Desempeño Estudiantil.
6) No tener título profesional.
7) No estar recibiendo otro beneficio de carácter socioeconómico de institución pública o privada.
8) No desempeñar algún trabajo remunerado, de condición laboral estable que supere el salario mensual mínimo establecido por la Ley.
9) Acogerse al estudio y estratificación socioeconómica correspondiente.
10) Consignar los documentos exigidos.
Artículo 22. Los documentos exigidos para la solicitud de Beca estudio y Ayudantía son:
1. Planilla de solicitud debidamente llenada.
2. Fotocopia de la cédula de identidad
3. Original y fotocopia del reporte de calificaciones finales.
4. Original y fotocopia de comprobante de inscripción.
5. Cualquier otro documento que el Trabajador Social considere necesario.
Artículo 23. Las Becas Estudio requieren además de los siguientes recaudos:
1. Constancia de trabajo del Jefe de la familia o de las personas que contribuyan a mantener el hogar, señalando el sueldo que devengan, y sus deducciones o en su defecto constancia de jubilación, incapacitación o defunción de los padres.
2. En caso de estar desempleados, presentar constancia de desempleo expedida por la Prefectura Civil y/o el Consejo Comunal de la Parroquia o Municipio de Residencia.
Artículo 24. Las becas por mérito académico, requieren además de los recaudos mencionados en el artículo 22, la postulación por parte de la Dirección de Control de Estudio y/o del Coordinador de cada Programa de Formación de Grado de la Universidad.
Artículo 25. Las becas por mérito deportivo requieren además de los recaudos mencionados en el artículo 22, la consignación de la síntesis del currículo deportivo y postulación del Coordinador de Proyección Socio-Deportivo de la Universidad
Artículo 26. Las becas por mérito artístico o cultural requieren además de los recaudos mencionados en el Artículo 22, la síntesis del currículo artístico y/o cultural y postulación del Coordinador de Proyección Socio-Cultural de la Universidad.
Artículo 27. Los requisitos para la solicitud de la Ayuda Especial son:
a) Ser estudiante de la Universidad Iberoamericana del Deporte.
b) Consignar los documentos exigidos.
Artículo 28. Los documentos exigidos para la solicitud de Ayuda Especial son:
a) Planilla de Solicitud, debidamente llenada.
b) Constancia de inscripción vigente.
c) Una fotocopia de la cédula de identidad
d) Informe o soportes que avalen la solicitud realizada
e) Cualquier otro documento que el Trabajador Social considere necesario.
Artículo 29. Los requisitos para ser postulado o recibir el “Premio a la Excelencia Académica” son:
a) Ser estudiante regular.
b) Haber mantenido durante dos periodos consecutivos de su Programa de Formación un índice mínimo xx xxxx y ocho (18) puntos.
c) No haber suspendido ningún período académico.
d) No haber sido objeto de sanción disciplinaria en la Institución.
e) Haber participado en actividades de extensión e investigación universitaria.
f) No poseer título universitario.
TÍTULO IV
De los Derechos y Deberes de los Beneficiarios
Capítulo I
De los Derechos
Artículo 30. Son derechos de los Beneficiarios de Beca:
a) Conocer el Reglamento de Beneficios Socioeconómicos.
b) Solicitar y renovar el beneficio en los lapsos que establece el Título II Capítulo I Artículo 20 del presente Reglamento.
c) Recibir la asignación económica correspondiente, en los primeros cinco (5) días hábiles del mes.
d) Ser atendido por el Trabajador Social ante cualquier problema que presente.
e) Conocer el motivo o causal de la suspensión o desincorporación del programa de Beneficios Socioeconómicos.
f) Organizar Comités en pro de mejoras del Programa de Beneficios Socioeconómicos.
Artículo 31. Son derechos de los beneficiarios de Ayudantía:
a) Recibir entrenamiento para el mejor desempeño de sus funciones.
b) Tener bien definidas sus tareas.
c) Realizar sus actividades dentro de los lapsos académicos establecidos en la institución.
d) Gozar de las vacaciones que señale el calendario académico, salvo que por necesidades del servicio sean requeridas sus labores previo convenio a voluntad entre las partes.
e) Elaborar el horario de realización de sus actividades conjuntamente con su Supervisor inmediato sin interferir con sus actividades académicas.
f) Obtener permiso para ausentarse de sus actividades por razones debidamente justificadas.
g) La estudiante que posea el beneficio de Xxxxxxxxx y esté embarazada se ubicará en una dependencia acorde con su condición.
h) Solicitar constancia de ser o haber sido beneficiario de Ayudantía en la Dirección de Bienestar y Calidad de Vida Estudiantil cuando el estudiante lo considere necesario.
i) Estar informado del resultado de la evaluación realizada por el Supervisor inmediato.
Artículo 32. Son derechos de los estudiantes beneficiarios de Ayuda Especial:
a) Conocer el Reglamento de Beneficios Socioeconómicos de la Universidad Iberoamericana del Deporte.
b) Solicitar por una (1) vez en el trayecto académico, el beneficio.
c) Recibir respuesta en un lapso máximo de quince (15) días hábiles.
d) Recibir la asignación sea monetaria o del tipo solicitado, en un plazo no mayor de quince
(15) días hábiles a partir del otorgamiento del beneficio.
e) Conocer de manera directa el motivo o causal de la no aprobación de la Ayuda Especial, manteniendo el grado de confidencialidad.
f) Aportar ideas u opiniones por escrito en pro de mejorar el proceso de otorgamiento de Ayudas Especiales.
Artículo 33. Son derechos de los estudiantes postulados al “Premio a la Excelencia Académica”:
a) Disfrutar de la premiación y el reconocimiento público.
b) Aportar ideas u opiniones por escrito en pro de mejorar el proceso de otorgamiento de los Beneficios Socioeconómicos.
c) Participar en comisiones y/o actividades o proyectos académicos o de extensión de su interés.
Artículo 34. Son derechos de los estudiantes de la Universidad Iberoamericana del Deporte disfrutar del Servicio de Comedor y conocer su normativa interna.
Capítulo II
De los Deberes de los Beneficiarios.
Artículo 35. Son deberes de los beneficiarios de Beca y Ayudantía:
a) Cumplir con los requisitos exigidos en el presente Reglamento.
b) Mantener y mejorar el índice académico en cada período académico, el cual debe ser superior a la mínima aprobatoria.
c) Consignar ante la Dirección de Bienestar y Calidad de Vida Estudiantil los documentos que se exigen para la renovación de Beneficios Socioeconómicos, en los lapsos establecidos en el presente Reglamento.
d) Asistir a las reuniones que convoque la Comisión de Beneficios Socioeconómicos.
e) Retirar la asignación monetaria correspondiente, en los primeros cinco (5) días hábiles del mes.
f) Al recibir la asignación económica, deberá hacerlo constar con su firma en la nómina de pago que facilitará la Dirección de Bienestar y Calidad de Vida Estudiantil.
g) Notificar por escrito ante la Comisión de Beneficios Socioeconómicos la variación de mejoras en su condición socioeconómica.
h) Notificar por escrito su decisión de renuncia al beneficio que goce ante la Comisión de Beneficios Socioeconómicos.
i) Inscribir y aprobar la carga académica que le corresponda en cada trayecto académico.
j) Asistir a las entrevistas convocadas por el (la) Trabajador(a) Social, adscrito a la Dirección de Bienestar y Calidad de Vida Estudiantil.
Artículo 36. Son deberes de los beneficiarios de Ayuda Especial:
a) Consignar la Planilla de Solicitud, con sus respectivos recaudos.
b) Cumplir con todos los requisitos exigidos para la solicitud de Ayuda Especial.
c) Al recibir la asignación monetaria, deberán presentar a la Dirección de Bienestar y Calidad de Vida Estudiantil, las facturas respectivas del pago o compra realizada, que certifique el destino y uso de la Ayuda otorgada.
Artículo 37. Son deberes de los beneficiarios del “Premio a la Excelencia” los siguientes:
a) Mantenerse vinculado a las actividades de extensión y/o de investigación de la universidad.
b) Mantenerse vinculado a los proyectos y actividades que programe Bienestar y Calidad de Vida Estudiantil.
c) Mantenerse vinculado a programas Inter. y/o Extra Institucionales relacionados con su mejoramiento académico.
d) Informar a la Dirección de Bienestar y Calidad de Vida Estudiantil sobre avances y logros de los proyectos donde se vincule.
Artículo 38. Son deberes de los beneficiarios del Servicio de Comedor, los que establecen y especifica la normativa interna respectiva.
TÍTULO V
Del Sistema Administrativo.
Capítulo I
De la Renovación de los Beneficios Socioeconómicos.
Artículo 39. Para la renovación del Beneficio de Xxxx, el estudiante beneficiario deberá reunir las siguientes condiciones:
1. Estar inscrito en la Universidad.
2. Mantener un índice superior a la calificación mínima aprobatoria establecida en la escala de evaluación respectiva.
3. Inscribir la carga académica establecida, correspondiente a su plan de estudio.
Artículo 40. El procedimiento para la renovación de Beca deberá seguir los siguientes pasos:
1. Entrevistarse con el Trabajador Social.
2. Llenar la planilla de renovación y entregarla en la Dirección de Bienestar y Calidad de Vida Estudiantil durante los primeros quince (días) hábiles de cada período académico.
3. Consignación de fotocopia de reporte de calificaciones finales.
4. Presentar la fotocopia del comprobante de inscripción.
Capítulo II
De la Suspensión de los Beneficios.
Artículo 41. Son causales de suspensión de los Beneficios de Beca Socioeconómica, las siguientes:
a) No renovar los beneficios en los lapsos establecidos en el presente reglamento.
b) Recibir Beca u otro beneficio económico de cualquier organismo público o privado.
c) No cumplir los criterios de evaluación para ser beneficiario de becas estudiantiles.
d) Falsificación de datos o documentos para obtener el beneficio.
e) Obtener una calificación inferior a la mínima aprobatoria, establecida en el Reglamento de Evaluación y Permanencia de la Universidad, durante dos períodos académicos consecutivos.
f) Perder la condición de estudiante.
g) Ser objeto de medidas disciplinarias prevista en el Reglamento General de la Universidad.
h) Negligencia en el uso del beneficio asignado.
Parágrafo Primero: Los criterios de evaluación para los beneficiarios de becas socioeconómicas, son el alcance y mantenimiento del índice académico igual o mayor a trece (13) puntos; la regularidad de asistencia a clases y entrevistas regulares con el Trabajador Social.
Parágrafo Segundo: Se considerara un lapso de dos períodos académicos consecutivos para la recuperación académica, de aquel estudiante que al momento del otorgamiento del Beneficio, no alcance el mínimo aprobatorio.
Artículo 42. Son causales de suspensión de los Beneficios de Beca Mérito:
a) Todas las establecidas en el artículo precedente.
b) No haber inscrito la totalidad de la carga académica ofertada en el trayecto académico a cursar.
c) La negativa sin justificación; de participar en las actividades culturales y/o deportivas de la Coordinación de Proyección Social, según corresponda.
d) No entregar reportes de los proyectos o actividades asignadas durante un período académico al Coordinador de Proyección Social correspondiente.
Parágrafo Primero: En los casos de Beca por Mérito Académico, la no aprobación del cien por ciento (100%) de la carga académica inscrita correspondiente y la disminución del índice académico requerido (16 puntos) para la asignación de la misma.
Artículo 43. El beneficiario de la Ayudantía será objeto de suspensión cuando incurra en las siguientes causales:
a) Todas las señaladas en el Artículo 41, de las Causales de Suspensión de este Reglamento.
b) Cuando la evaluación del Supervisor inmediato demuestra el incumplimiento en las responsabilidades asignadas.
Artículo 44. El beneficiario del Servicio de Comedor será objeto de suspensión cuando incurra en las causales que señale la Normativa de Uso y Servicio del mismo.
Capítulo III
De los Supervisores de Ayudantía.
Artículo 45. Se define como Supervisor inmediato, al funcionario encargado de dirigir, supervisar y evaluar las actividades a cumplir por parte de los beneficiaros de Ayudantía.
Artículo 46. Son atribuciones del Supervisor inmediato:
a) Determinar el número de los beneficiarios de Ayudantía, que necesite para desarrollar sus actividades.
b) Entrenar a los Ayudantes que le sean asignados.
c) Establecer conjuntamente con los Ayudantes el horario que éste deberá cumplir.
d) Distribuir y supervisar las actividades que deben cumplir los Ayudantes.
e) Informar por escrito a la Comisión de Beneficios Socioeconómicos, cualquier irregularidad que se presente, en cuanto al cumplimiento de las actividades y horarios establecido por parte de los Ayudantes.
f) Evaluar la actividad realizada por el Ayudante en relación con el cumplimiento de las actividades programadas para el lapso académico.
g) Orientar al estudiante en todas aquellas actividades relacionadas con su labor, las cuales deben contribuir a la formación personal y profesional del Ayudante.
h) Remitir a la Comisión de Beneficios Socioeconómicos de la Dirección de Bienestar y Calidad de Vida Estudiantil, la evaluación semestral de la actuación del beneficiario de la Ayudantía, durante los primeros cinco (5) días hábiles después de finalizado el semestre.
Capítulo IV
De la Comisión de Beneficios Socioeconómicos
Artículo 47. La Comisión de Beneficios Socioeconómicos estará integrada por los siguientes miembros:
✓ El Jefe de la Dirección de Bienestar y Calidad de Vida Estudiantil.
✓ El Coordinador de la Sección de Asistencia Social y Económica.
✓ El Coordinador de cada Programa de Formación.
✓ Un (1) Representante Estudiantil y su suplente.
i) Quedará a criterio de la Comisión de Beneficios Socioeconómicos considerar la permanencia del beneficiario cuando éste se encuentre en situaciones especiales tales como: problemas de salud, académicos, familiares o personales.
✓
Parágrafo Único: El Representante Estudiantil y su Suplente serán designados por la Federación de Centro de Estudiantes o en su defecto, por la Asamblea de Estudiantes y/o por los Comités de Estudiantes Beneficiarios de los Beneficios Socioeconómicos.
Artículo 48. El Consejo Rectoral ratificará a los miembros de la Comisión de Beneficios Socioeconómicos de la Dirección de Bienestar y Calidad de Vida Estudiantil.
Artículo 49. Serán atribuciones de la Comisión de Beneficios Socioeconómicos:
a) Reunirse al inicio de cada período académico, para coordinar y organizar los procesos de solicitud, renovación y otorgamiento de los Beneficios Socioeconómicos.
b) Xxxxxxx, estudiar y decidir sobre suspensiones, vacantes y nuevas asignaciones de beneficios Socioeconómicos.
c) Levantar acta de cada una de las reuniones, las cuales deberán ser firmadas por los miembros asistentes.
d) Reunirse en sesión extraordinaria, cuando a solicitud de las dos terceras partes de sus miembros así lo soliciten, para tratar asuntos inherentes a los Beneficios Socioeconómicos.
e) Supervisar, evaluar y presentar informe de todas las actividades relacionadas con los beneficios socioeconómicos.
f) Presentar al Jefe de la Dirección de Bienestar y Calidad de Vida Estudiantil, propuestas de revisión y aumento en el número y monto de las asignaciones mensuales de los Beneficios Socioeconómicos, de acuerdo con los índices inflacionarios. Dicho informe debe ser remitido, previa aprobación, por el Jefe de la Dirección de Bienestar y Calidad de Vida Estudiantil al Consejo Rectoral.
g) Presentar semestralmente a la Dirección de Bienestar y Calidad de Vida Estudiantil, un informe sobre la gestión realizada por la Comisión de Beneficios Socioeconómicos, el cual será remitido previa aprobación, al Consejo Rectoral.
h) Emitir constancia a estudiantes beneficiarios de Beca o Ayudantía.
Capítulo V
De las Atribuciones de la Coordinación de Asistencia Socioeconómica
Artículo 50. Serán atribuciones de la Coordinación de la Sección de Asistencia Social y Económica, las siguientes:
a) Conocer oportunamente la asignación presupuestaria para los Beneficios Socioeconómicos.
b) Recibir las solicitudes de los estudiantes que aspiran Beneficios Socioeconómicos.
c) Realizar estudios socioeconómicos a los aspirantes que deseen optar por Beneficios Socioeconómicos.
d) Xxxxxxx beneficios socio-económicos en función de lo aprobado por la Comisión de Beneficios Socioeconómicos según estudio realizado.
e) Programar y efectuar visita al medio ambiente familiar del estudiante beneficiario, cuando así sea considerado por el (la) Trabajador(a) Social y existan condiciones institucionales que así lo garanticen.
f) Publicar los listados de estudiantes beneficiarios.
g) Realizar entrevistas a los estudiantes en el proceso de otorgamiento, renovación y/o suspensión del Beneficio Socioeconómico.
h) Llevar un control mensual de las nóminas de beneficiarios de Beca y Ayudantía.
i) Recabar semestralmente información acerca del rendimiento académico de los beneficiarios del Programa de Beneficios Socioeconómicos a través de la Unidad de Control de Estudios.
j) Conocer la demanda de Ayudantías en las diferentes dependencias del Instituto.
k) Ubicar a los beneficiarios de Ayudantía en función de las solicitudes de servicio recibidas en las diferentes dependencias de la Institución.
l) Supervisar la labor de los beneficiarios de Ayudantía en las diferentes dependencias donde se encuentran ubicados.
m) Xxxxxxx información a los jefes de las diferentes dependencias sobre los deberes y derechos de los ayudantes.
n) Reunirse frecuentemente con los diferentes Comités de Usuarios de los Beneficios Socioeconómicos.
Artículo 51. Los deberes de la Coordinación de Sección de Asistencia Social y Económica son:
a) Mantener informadas a las Dependencias que intervienen en el proceso administrativo de otorgamiento de los Beneficios Socioeconómicos, de todo lo relacionado con el presente Reglamento, así como de cualquier cambio en su implementación.
b) Solicitar a la Dirección de Control de Estudios información sobre los datos generales del estudiante.
c) Solicitar semestralmente a la Dirección de Control de Estudios, las nóminas actualizadas de los estudiantes inscritos en pregrado y los egresados de cada lapso académico.
d) Xxxxxxxxxx y agilizar ante la Unidad de Control de Estudios, la entrega de documentos básicos (constancia de inscripción, record académico, horario) para la tramitación y asignación de los Beneficios Socioeconómicos.
e) Conocer la Planificación Presupuestaria asignada a cada uno de los Beneficios Socioeconómicos.
f) Realizar seguimiento a los trámites administrativos, que permitan hacer efectivo el pago de los beneficios Socioeconómicos en los períodos académicos establecidos en el presente Reglamento.
g) Revisar detallada y oportunamente los datos de los beneficiarios, a fin de evitar retrasos en el proceso administrativo.
h) Xxxxxxx oportunamente todo lo relacionado con la garantizacion de los Beneficios Socioeconómicos de los estudiantes.
i) Coordinar de manera directa con la Unidad de Informática, la elaboración de nóminas de pago de los beneficios socioeconómicos.
j) Xxxxxxxx informada oportunamente a la Dirección de Bienestar y Calidad de Vida Estudiantil de todo lo relacionado con la asistencia social y económica.
Capítulo VI Disposiciones Finales
Artículo 52. En ningún momento los beneficiarios de Ayudantía serán considerados trabajadores de la Universidad, por lo tanto deben acogerse a lo contemplado en este Reglamento.
Artículo 53. Quedará a criterio de la Comisión de Beneficios Socioeconómicos, el otorgamiento de los Beneficios Socioeconómicos en aquellos casos de relaciones consanguíneas y de afiliación.
Artículo 54. Lo no contemplado en el presente Reglamento, será resuelto por la instancia
competente previo informe elaborado por la Comisión de Beneficios Socioeconómicos.
Dado, firmado y sellado en el Salón de Sesiones del Consejo Rectoral a los días del mes xx xxxxx del 2007.
Xxxxx Xxxxxx Xxxxxx
Rector-Presidente
Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx
Secretaria
Resolución CR Nº 36-E-0268/2007.
CONSIDERANDO
Que en fecha 17/07/2007 la Comisión de Licitaciones invitó a diferentes empresas y cooperativas, mediante comunicación escrita a participar en la Licitación Selectiva Nº LS-UID- 002-2007 para la “Adquisición de equipos de Computación, Telecomunicación y Audiovisual para el fortalecimiento de la plataforma tecnológica de la Universidad Iberoamericana del Deporte”.
CONSIDERANDO
Que en fecha 25/07/2007, se llevó a cabo el Acto Público de Recepción y Apertura de Ofertas de la referida Licitación.
CONSIDERANDO
Que la Comisión de Licitaciones solicitó se sometiera a consideración el Informe correspondiente al Proceso de Licitación Nº LS- UID-002-2007.
CONSIDERANDO
Las recomendaciones emanadas del Informe presentado por la Comisión de Licitaciones de la Universidad Iberoamericana del Deporte y verificadas como han sido las recomendaciones establecidas en el pliego de licitación respectivo.
CONSIDERANDO
Que el Consejo Rectoral es la máxima autoridad de la Universidad Iberoamericana del Deporte y por ende está facultado para otorgar la Buena-Pro o declarar desierto un proceso licitatorio previo cumplimiento de los requisitos de la Ley.
RESUELVE
ARTICULO UNO: Otorgar la Buena-Pro en la Licitación Selectiva Nº LS-UID-002-2007 “Adquisición de equipos de computación, telecomunicación y audiovisual para el fortalecimiento de la plataforma tecnológica de la Universidad Iberoamericana del Deporte a los siguientes proveedores:
PROVEEDORES SELECCIONADOS | MONTO EN BOLÍVARES ASIGNADOS |
DISOFI C.A | 428.406.460,00 |
SOLUCIONES INTEGRALES C.A | 156.586.775,00 |
ASOCIACIÓN COOPERATIVA PROGUT 2030 R.L | 96.083.000,00 |
TOTAL GENERAL | 681.076.235,00 |
CALENDARIO
PERÍODO ACADÉMICO EXTRAORDINARIO 2007 (6 SEMANAS)
ARTICULO DOS: Proceder a una Adjudicación Directa, (conforme a lo establecido en el artículo 87 del Decreto de Reforma Parcial de la Ley de Licitaciones), para la adquisición de los bienes y equipos en aquellos rubros que no fueron ofertados por las empresas o no calificaron en término de los montos ni la calidad exigida en el pliego.
ARTICULO TRES: Autorizar al ciudadano Rector de la Universidad Iberoamericana del Deporte para suscribir los respectivos contratos con cada uno de los proveedores señalados en la presente resolución.
ACTIVIDAD | FECHA |
INSCRIPCIÓN | 26 y 27/07/2007 |
INICIO DE ACTIVIDADES ACADÉMICAS | 01/08/2007 |
RETIRO E INCLUSIÓN | 09/08/2007 |
FINALIZALIZACIÓN DE ACTIVIDADES ACADÉMICAS | 06/09/2007 |
TRANSCRIPCIÓN DE CALIFICACIONES | 10/09/2007 |
PROCESAMIENTO DE REPORTES ACADÉMICOS | 11/09/2007 |
ENTREGA DE REPORTES ACADÉMICOS | 12/09/2007 |
SOLICITUD DE RECTIFICACIÓN DE CALIFICACIONES | 13/09/2007 |
PROCESAMIENTO DE SOLICITUDES DE | 14/09/2007 |
RECTIFICACIÓN DE CALIFICACIONES |
Resolución CR Nº 37-0270/2007.
RESUELVE
ARTICULO UNO: Contratar a la ciudadana XXXXXXXXX, XXXX XXXXXXXX portadora de la cédula de identidad N° 0.000.000 como
Resolución CR Nº 37-0269/2007.
CONSIDERANDO
Que la Dirección Académica de la Universidad Iberoamericana del Deporte presentó ante el Vicerrectorado Académico propuesta para la realización de un Período Académico Extraordinario que permita al estudiantado la nivelación y avance en algunas unidades curriculares del plan de estudio de los Programas de Formación de Grado.
CONSIDERANDO
Que se realizaron las consultas respectivas ante la Dirección de Planificación y Desarrollo Institucional para verificar la disponibilidad presupuestaria para la realización del referido período académico extraordinario.
CONSIDERANDO
Que existe una demanda de estudiantes que requieren cursar algunas unidades curriculares.
CONSIDERANDO
Que el período académico extraordinario puede constituirse en una experiencia piloto a ser considerada en la planificación académica anual para garantizar la nivelación y avance de los estudiantes en sus respectivos planes de formación de grado.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar el Calendario Académico Extraordinario 2007 de la Universidad Iberoamericana del Deporte.
PROFESOR INSTRUCTOR a TIEMPO
COMPLETO (TC) desde 01/08/2006 hasta el 07/09/07.
ARTICULO DOS: Designar a la referida ciudadana como COORDINADORA INSTITUCIONAL DEL PERÍODO ACADÉMICO
EXTRAORDINARIO 2007 de la Universidad Iberoamericana del Deporte.
Resolución CR Nº 37-0271/2007.
RESUELVE
ARTICULO UNO: Aprobar la contratación por Honorarios Profesionales (09 horas), de la ciudadana XXXXX, XXXXX portadora de la cédula de identidad N° 0.000.000 para administrar la unidad curricular RELACIÓN ENTRE LO LOCAL, REGIONAL, NACIONAL Y GLOBAL en el
Período Académico Extraordinario 2007, desde el 01/08/07 hasta el 06/09/07.
ARTICULO DOS: La base de cálculo para el pago de los Honorarios Profesionales será el costo de la hora académica establecida en las Tablas OPSU de un profesor Instructor.
Resolución CR Nº 37-0272/2007.
RESUELVE
ARTICULO UNO: Aprobar la contratación por Honorarios Profesionales (09 horas), del ciudadano XXXXXXXX, XXXXX portador de la cédula de identidad N° X-00.000.000 para administrar la unidad curricular PRÁCTICAS SOCIALES DEL DEPORTE, LA ACTIVIDAD
FÍSICA Y LA RECERACIÓN en el Período
Académico Extraordinario 2007, desde el 01/08/07 hasta el 06/09/07.
ARTICULO DOS: La base de cálculo para el pago de los Honorarios Profesionales será el costo de la hora académica establecida en las Tablas OPSU de un profesor Instructor.
Resolución CR Nº 37-0273/2007.
RESUELVE
ARTICULO UNO: Aprobar la contratación por Honorarios Profesionales (09 horas), de la ciudadana XXXXXX, XXXX portador de la cédula de identidad N° 0.000.000 para administrar la unidad curricular DESARROLLO PSICOMOTOR, en el Período Académico Extraordinario 2007, desde el 01/08/07 hasta el 06/09/07.
ARTICULO DOS: La base de cálculo para el pago de los Honorarios Profesionales será el costo de la hora académica establecida en las Tablas OPSU de un profesor Instructor.
Resolución CR Nº 37-0274/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la renovación del contrato de la ciudadana XXXXXXX XXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXXXXX portadora de la cédula de identidad N° 12.028.722 como PROFESOR INSTRUCTOR, a TIEMPO CONVENCIONAL (tc)
SEIS (06) HORAS SEMANALES, para administrar la unidad curricular PROTECCIÓN CIVIL desde el 10/09/07 al 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0275/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la renovación del contrato de la ciudadana XXXXXXXX XX XXXXX, XXXXX XXXXXXXX portadora de la cédula de identidad N° 10.986.770 como PROFESOR INSTRUCTOR, a MEDIO TIEMPO (MT), para
administrar la unidad curricular MATEMÁTICAS
desde el 10/09/07 al 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0276/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la contratación de la ciudadana ARMAS, XXXXXXXX XXXXX portadora de la cédula de identidad N° 0.000.000 como PROFESOR INSTRUCTOR, a TIEMPO CONVENCIONAL (tc) SEIS (06) HORAS
SEMANALES, para administrar la unidad curricular PROTECCIÓN CIVIL, desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0277/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la contratación del ciudadano XXXXXX XXXXX, XXXXXX XXXXXX
portador de la cédula de identidad N° 0.000.000 como PROFESOR INSTRUCTOR, a MEDIO
TIEMPO (MT), para administrar las unidades curriculares BIOQUÍMICA DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL DEPORTE y PREVENCIÓN DE LESIONES Y PRIMEROS AUXILIOS, desde el
10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0278/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la contratación de la ciudadana XXXXXXXXX, XXXXXXXXX portadora de la cédula de identidad N° 12.365.832 como PROFESOR INSTRUCTOR, a MEDIO TIEMPO
(MT), para administrar la unidad curricular
LENGUAJE Y COMUNICACIÓN, desde el
10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0279/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la renovación del contrato de la ciudadana XXXXXX XX XXXXXX, XXXX XXXXXXXXX portadora de la cédula de identidad N° 0.000.000 como PROFESOR INSTRUCTOR, a MEDIO TIEMPO (MT), para
administrar la unidad curricular HISTORIA DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL DEPORTE desde el
10/09/07 al 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0280/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la renovación del contrato del ciudadano XXXXXXXXX, XXXXXXX portador de la cédula de identidad N° 13.182.117 como PROFESOR INSTRUCTOR, a TIEMPO
COMPLETO (TC), para administrar las unidades curriculares PROYECTO COMUNITARIO II y PRÁCTICAS SOCIALES DEL DEPORTE, LA ACTIVIDAD FÍSICA Y LA RECREACIÓN, desde
el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0281/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la renovación del contrato de la ciudadana XXXXXXXX XX XXXXX, XXXX XXXX portadora de la cédula de identidad N° 0.000.000 como PROFESOR INSTRUCTOR, a
MEDIO TIEMPO (MT), para administrar la unidad curricular HISTORIA DE LA ACTIVIDAD FÍSICA
Y EL DEPORTE, desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0282/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la renovación del contrato del ciudadano XXXXX, XXXXXX xxxxxxxx de la cédula de identidad N° 11.807.780 como PROFESOR INSTRUCTOR, a MEDIO
TIEMPO (MT), para administrar la unidad curricular MEDICIÓN Y EVALUACIÓN DEL DESARROLLO FÍSICO, desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0283/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la renovación del contrato del ciudadano XXXXX XXXXXXX, XXXXXX XXXXX portador de la cédula de identidad N° 14.413.898 como PROFESOR INSTRUCTOR,
a MEDIO TIEMPO (MT), para administrar la unidad curricular MATEMÁTICAS, desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0284/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la renovación del contrato del ciudadano XXXXXX XXXXXXX, XXXXXXX XXXXXX portador de la cédula de identidad N° 0.000.000 como PROFESOR INSTRUCTOR, a MEDIO TIEMPO (MT), para
administrar las unidades curriculares FUNDAMENTOS DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL DEPORTE y PEDAGOGÍA APLICADA A LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL DEPORTE, desde el
10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0285/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la renovación del contrato de la ciudadana XXXXXXXX XXXX, XXX XXXXXX portadora de la cédula de identidad N° 14.485.715 como PROFESOR INSTRUCTOR, a MEDIO TIEMPO (MT), para
administrar la unidad curricular FUNDAMENTOS DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y DEPORTE, desde
el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0286/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la contratación de la ciudadana XXXXXXXX XXXXXXXX, XXXXXX
XXXXXXX portadora de la cédula de identidad N°
16.979.537 como PROFESOR INSTRUCTOR, a MEDIO TIEMPO (MT), para administrar la unidad curricular PROGRAMAS RECREATIVOS, desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0287/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la renovación del contrato del ciudadano XXXXXXXX XXXXX, XXXXX portador de la cédula de identidad N° E-
84.396.238 como PROFESOR INSTRUCTOR, a TIEMPO COMPLETO (TC), para administrar las unidades curriculares PROYECTO COMUNITARIO II y PRÁCTICAS SOCIALES DEL DEPORTE, LA ACTIVIDAD FÍSICA Y LA RECREACIÓN, desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0288/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la contratación del ciudadano XXXXXXXXX XXXXXXX, XXXXX
SEGUNDO portador de la cédula de identidad N° 0.000.000 como PROFESOR INSTRUCTOR, a TIEMPO CONVENCIONAL (tc) CUATRO (04)
HORAS SEMANALES, para administrar la unidad curricular DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES AL ÁMBITO DEPORTIVO, desde
el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0289/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la renovación del contrato de la ciudadana XXXXXXXXX XXXXXXX, XXXXX XXXXXXXX DE LA XXXX
portadora de la cédula de identidad N° 0.000.000 como PROFESOR INSTRUCTOR, a MEDIO
TIEMPO (MT), para administrar la unidad curricular DESARROLLO COMUNITARIO, desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0290/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la contratación de la ciudadana D’ XXXXXX XXXXXXXXX portadora de la cédula de identidad N° 17.065.439 como PROFESOR INSTRUCTOR, a MEDIO TIEMPO
(MT), para administrar la unidad curricular
ATENCIÓN VOCACIONAL INTEGRADORA,
desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0291/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la contratación de la ciudadana LIMA XXXX, XXXXXX XXXXXXXX
portadora de la cédula de identidad N° 0.000.000 como PROFESOR INSTRUCTOR, a MEDIO
TIEMPO (MT), para administrar la unidad curricular PROYECTO NACIONAL Y NUEVA CIUDADANÍA, desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0292/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la renovación del contrato del ciudadano XXXXXXX XXXXXXX, XXXXXX XXXX portador de la cédula de identidad N° 0.000.000 como PROFESOR INSTRUCTOR, a
MEDIO TIEMPO (MT), para administrar la unidad curricular BIOQUÍMICA DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL DEPORTE, desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0293/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la renovación del contrato de la ciudadana XXXXX XXXXXX, XXXXX XXXXX portadora de la cédula de identidad N° 10.328.667 como PROFESOR INSTRUCTOR,
a MEDIO TIEMPO (MT), para administrar la unidad curricular PROYECTO COMUNITARIO I, desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0294/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la renovación del contrato del ciudadano XXXX XXXXXXXX, XXXXX xxxxxxxx de la cédula de identidad N° 11.599.955 como PROFESOR INSTRUCTOR, a
MEDIO TIEMPO (MT), para administrar la unidad curricular MORFOLOGÍA FUNCIONAL II, desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0295/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la renovación del contrato de la ciudadana XXXXXXX XXXXXX, XXXXX XXXXXXX portadora de la cédula de identidad N° 11.105.503 como PROFESOR INSTRUCTOR, a MEDIO TIEMPO (MT), para
administrar la unidad curricular PROYECTO COMUNITARIO I, desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0296/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar contratación del ciudadano XXXXXX, XXXXXX xxxxxxxx de la cédula de identidad N° 0.000.000 como PROFESOR INSTRUCTOR, a MEDIO TIEMPO
(MT), para administrar la unidad curricular PRÁCTICAS SOCIALES DEL DEPORTE, LA ACTIVIDAD FÍSICA Y LA RECREACIÓN, desde
el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0297/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la contratación de la ciudadana MONASTERIO, DALUI portadora de la cédula de identidad N° 13.593.980 como PROFESOR INSTRUCTOR, a MEDIO TIEMPO
(MT), para administrar la unidad curricular
TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y
COMUNICACIÓN, desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0298/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la renovación del contrato de la ciudadana XXXXXXX XXXXXXXX, XXXXXX COROMOTO portadora de la cédula de identidad N° 11.962.078 como PROFESOR INSTRUCTOR, a MEDIO TIEMPO (MT) para
administrar la unidad curricular DESARROLLO COMUNITARIO, desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0299/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la renovación del contrato de la ciudadana XXXXX XX XXXXX, XXXXXXX XXXXXX portadora de la cédula de identidad N° 0.000.000 como PROFESOR INSTRUCTOR, a MEDIO TIEMPO (MT), para
administrar la unidad curricular PRÁCTICAS SOCIALES DEL DEPORTE, LA ACTIVIDAD
FÍSICA Y LA RECREACIÓN desde el 10/09/07 al 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0300/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la renovación del contrato de la ciudadana XXXX XXXXXXXX, XXXXXXXXX XXX XXXXX portadora de la cédula de identidad N° 14.324.604 como PROFESOR INSTRUCTOR, a TIEMPO COMPLETO (TC) para
administrar las unidades curriculares PROYECTO COMUNITARIO II y DEPORTE DE SELECCIÓN I,
desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0301/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la renovación del contrato del ciudadano XXXXXX XXXXXXXXXX, XXXX XXXX portador de la cédula de identidad N°
15.728.463 como PROFESOR INSTRUCTOR, a MEDIO TIEMPO (MT) para administrar la unidad curricular PROGRAMA RECREATIVO, desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0302/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar renovación del contrato del ciudadano XXXXX XXXXXXXX, XXXXXX XXXXXX portador de la cédula de identidad N° E-B093310 como PROFESOR INSTRUCTOR, a MEDIO TIEMPO (MT) para
administrar la unidad curricular PEDAGOGÍA APLICADA A LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL
DEPORTE, desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0303/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la contratación del ciudadano XXXXXX, XXXXXXX portador de la cédula de identidad N° 0.000.000 como PROFESOR ASOCIADO, a MEDIO TIEMPO (MT)
para administrar la unidad curricular LIDERAZGO Y EMPRENDIMIENTO, desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0304/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar renovación del contrato del ciudadano XXXXXX XXXXXXXXX, XXXXXX XXXXXXXX portador de la cédula de identidad N° 0.000.000 como PROFESOR INSTRUCTOR, a MEDIO TIEMPO (MT) para
administrar la unidad curricular PRÁCTICAS SOCIALES DEL DEPORTE, ACTIVIDAD FÍSICA
Y RECREACIÓN, desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0305/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la renovación del contrato del ciudadano XXXX, XXXX XXXXXXX portador de la cédula de identidad N° 11.613.456 como PROFESOR INSTRUCTOR, a MEDIO
TIEMPO (MT) para administrar las unidades curriculares MORFOLOGÍA FUNCIONAL II y LA TECNOLOGÍA EN EL DEPORTE II, desde el
10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0306/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la renovación del contrato del ciudadano XXXXX XXXXXXXX, XXXXX XXXXXX portador de la cédula de identidad N° 11.961.644 como PROFESOR INSTRUCTOR, a MEDIO TIEMPO (MT) para
administrar la unidad curricular MATEMÁTICAS,
desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0307/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la renovación del contrato de la ciudadana XXXXX, XXXXX XXXXXXXX portadora de la cédula de identidad N° 0.000.000 como PROFESOR INSTRUCTOR, a
MEDIO TIEMPO (MT) para administrar la unidad curricular PROYECTO NACIONAL Y NUEVA CIUDADANÍA, desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0308/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la renovación del contrato de la ciudadana XXXXXXXX XXXXXX, XXXXXX XXXXXXX portadora de la cédula de identidad N° 0.000.000 como PROFESOR INSTRUCTOR, a TIEMPO COMPLETO (TC) para
administrar las unidades curriculares PROYECTO COMUNITARIO I y LENGUAJE Y
COMUNICACIÓN, desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0309/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la renovación del contrato de la ciudadana XXXXXXXXX, XXXX XXXXXXXX portadora de la cédula de identidad N° 0.000.000 como PROFESOR INSTRUCTOR, a
DEDICACIÓN EXCLUSIVA (DE) para administrar las unidades curriculares LENGUAJE Y COMUNICACIÓN y JORNADA DE FORMACIÓN
PERMANENTE, desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0310/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la contratación del ciudadano RUMBOS, XXXXX XXXXX portador de la cédula de identidad N° 12.367.115 como PROFESOR INSTRUCTOR, a TIEMPO CONVENCIONAL CUATRO (04) HORAS
SEMANALES para administrar la unidad curricular
DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES AL
ÁMBITO DEPORTIVO, desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0311/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la contratación de la ciudadana XXXXXXXXX XXXXXX, XXXXXX
XXXXXXXX portadora de la cédula de identidad N° 0.000.000 como PROFESOR INSTRUCTOR, a
MEDIO TIEMPO (MT) para administrar las unidades curriculares LENGUAJE Y COMUNICACIÓN y ATENCIÓN VOCACIONAL
INTEGRADORA, desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0312/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la renovación del contrato de la ciudadana XXXXXXX, XXXXX XXXXXXXXX portadora de la cédula de identidad N° 16.415.498 como PROFESOR INSTRUCTOR,
a MEDIO TIEMPO (MT) para administrar las unidades curriculares EXPRESIÓN CORPORAL II y PEDAGOGÍA APLICADA A LA ACTIVIDAD
FÍSICA Y EL DEPORTE, desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0313/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la renovación del contrato de la ciudadana XXXXXXX XX XXXXXXX, XXXXXXX XXXXXX portadora de la cédula de identidad N° 0.000.000 como PROFESOR INSTRUCTOR, a MEDIO TIEMPO
(MT) para administrar la unidad curricular
PEDAGOGÍA APLICADA A LA ACTIVIDAD
FÍSICA Y EL DEPORTE, desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0314/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la renovación de contrato del ciudadano XXXXXXXX, XXXXXXX portador de la cédula de identidad N° 16.279.136 como PROFESOR INSTRUCTOR, a TIEMPO
COMPLETO (TC) para administrar la unidad curricular PROYECTO COMUNITARIO II, desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0315/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la contratación del ciudadano XXXXXXX XXXXXXXXXX, XXXXX
XXXX xxxxxxxx de la cédula de identidad N° 12.432.938 como PROFESOR INSTRUCTOR, a
MEDIO TIEMPO (MT) para administrar la unidad curricular ESTRUCTURA Y CLASIFICACIÓN DE
LOS DEPORTES, desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0316/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la renovación de contrato del ciudadano XXXXXXX, XXXXXXXX portador de la cédula de identidad N° 11.557.097 como PROFESOR INSTRUCTOR, a MEDIO
TIEMPO (MT) para administrar la unidad curricular
MEDICIÓN Y EVALUACIÓN DEL DESARROLLO
FÍSICO, desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0317/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la renovación del contrato de la ciudadana XXXXXXXXX, XXXXXX portadora de la cédula de identidad N° 0.000.000 como PROFESOR INSTRUCTOR, a MEDIO
TIEMPO (MT) para administrar la unidad curricular
PROYECTO NACIONAL Y NUEVA CIUDADANÍA
desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0318/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la contratación del ciudadano XXXXX XXXXXXXXX, XXXXX XXXXXX portador de la cédula de identidad N° 10.994.604 como PROFESOR INSTRUCTOR, a
MEDIO TIEMPO (MT), para administrar la unidad curricular TÉCNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y
COMUNICACIÓN, desde el 10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0319/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la renovación del contrato del ciudadano XXXXXXX XXXXXXXXX, XXXXXXX XXXX portador de la cédula de identidad N° 16.138.715 como PROFESOR INSTRUCTOR, a MEDIO TIEMPO (MT) para
administrar las unidades curriculares DEPORTE DE SELECCIÓN I y FUNDAMENTOS DE LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL DEPORTE desde el
10/09/07 hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0320/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la contratación del ciudadano XXXXXXX, XXXXXX portador de la cédula de identidad N° 0.000.000 como PROFESOR ASISTENTE, a DEDICACIÓN
EXCLUSIVA (DE) para administrar la unidad curricular GESTIÓN Y POSICIONAMIENTO EN EL MUNDO DEPORTIVO II desde el 10/09/07
hasta el 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0321/2007.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Designar al ciudadano XXXXXXX, XXXXXX portador de la cédula de identidad N° 0.000.000 como COORDINADOR DE POST-GRADO de la Universidad Iberoamericana del Deporte a partir del 10/09/07.
Resolución CR Nº 37-0322/2007.
CONSIDERANDO
Que el ciudadano Xxxxxxx Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, portador de la cédula de identidad N° 11.551.980,
se le renovó el contrato según Resolución CR Nº 30-0198/2007 de fecha 27/03/2007 como Profesor Instructor a Dedicación Exclusiva (DE) desde el 01/01/2007 hasta el 31/12/2007.
CONSIDERANDO
Que el referido ciudadano ejerce el cargo de Coordinador del Programa Actividad Física y Salud a partir del 03 de octubre del 2006.
CONSIDERANDO
Que el referido ciudadano posee la experticia en el área de Actividad Física para la Salud.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la extensión del contrato del ciudadano, XXXXXXX XXXXXXX, XXXXXXX XXXX portador de la cédula de identidad N° 11.551.980 como PROFESOR INSTRUCTOR A DEDICACIÓN EXCLUSIVA (DE)
para administrar la unidad curricular ACTIVIDAD FÍSICA PARA LA SALUD desde el 10/09/2007 al 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0323/2007.
CONSIDERANDO
Que la ciudadana Xxxx Xxx Xxxxxx Xxxxxx, portadora de la cédula de identidad N° 13.966.303, fue contratada según Resolución CR Nº 05-0085/2006 de fecha 03/04/2006 como Auxiliar Docente I a Dedicación Exclusiva (DE) desde el 28/03/2006 hasta el 31/12/06.
CONSIDERANDO
Que la referida ciudadana ejerce el cargo de Directora (E) de Publicaciones a partir del 28 xx xxxxx del 2006.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la extensión del contrato de la ciudadana XXXXXX XXXXXX, XXXX XXX portadora de la cédula de identidad N°
13.966.303 como AUXILIAR DOCENTE I A DEDICACIÓN EXCLUSIVA (DE) para administrar la unidad curricular PROTECCIÓN CILVIL desde el 10/09/2007 al 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0324/2007.
CONSIDERANDO
Que el ciudadano Xxxx Xxxx, portador de la cédula de identidad N° 12.929.638, se le renovó el contrato según Resolución CR Nº 30- 0209/2007 de fecha 27/03/2007 como Profesor Instructor a Dedicación Exclusiva (DE) desde el 01/01/07 hasta el 31/12/07.
CONSIDERANDO
Que el referido ciudadano ejerce el cargo de Coordinador de Proyección Deportiva a partir del 03 de octubre del 2006.
CONSIDERANDO
Que el referido ciudadano posee la experticia en el área de Gestión de las Actividades Físicas, Deportivas y Recreativas.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la extensión del contrato del ciudadano XXXX, XXXX portador de la cédula de identidad N° 12.929.638 como PROFESOR INSTRUCTOR A DEDICACIÓN
EXCLUSIVA (DE) para administrar la unidad curricular GESTIÓN DE LAS ACTIVIDADES FÍSICAS, DEPORTIVAS Y RECREATIVAS desde
el 10/09/2007 al 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0325/2007.
CONSIDERANDO
Que la ciudadana Xxxxxxx Xxx, portadora de la cédula de identidad N° 15.341.938, fue contratada según Resolución CR Nº 02-0019/2006 de fecha 20/03/2006 como Auxiliar Docente I a Dedicación Exclusiva (DE) desde el 01/02/2006 hasta el 31/12/2006.
CONSIDERANDO
Que la referida ciudadana ejerce el cargo de Directora (E) de Control de Estudios a partir del 01 de febrero del 2006.
CONSIDERANDO
Que la referida ciudadana posee la experticia en el área de Tecnologías de Información y Comunicación.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la extensión del contrato de la ciudadana XXX, XXXXXXX portadora de la cédula de identidad N° 15.341.938 como AUXILIAR DOCENTE I A DEDICACIÓN
EXCLUSIVA (DE) para administrar la unidad curricular TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y
COMUNICACIÓN desde el 10/09/2007 al 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0326/2007.
CONSIDERANDO
Que la ciudadana Xxxx Xxxxxx, portadora de la cédula de identidad N° 13.593.658, fue contratada según Resolución CR Nº 28-0195/2007 de fecha 27/02/2007 como Profesor Instructor a Dedicación Exclusiva (DE) desde el 01/03/2007 hasta el 31/12/2007.
CONSIDERANDO
Que la referida ciudadana ejerce el cargo de Directora de Ingreso y Permanencia a partir del 01 xx xxxxx de 2007.
CONSIDERANDO
Que la referida ciudadana posee la experticia en el área de Desarrollo Comunitario.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la extensión del contrato de la ciudadana XXXXXX, XXXX portadora de la cédula de identidad N° 13.593.658 como PROFESOR INSTRUCTOR A
DEDICACIÓN EXCLUSIVA para administrar la unidad curricular DESARROLLO COMUNITARIO desde el 10/09/2007 al 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0327/2007.
CONSIDERANDO
Que la ciudadana Xxxxxx Xxxxxxx, portadora de la cédula de identidad N° 12.704.010, fue contratada según Resolución CR Nº 30-0244/2007 de fecha 27/03/2007 como Profesor Instructor a Tiempo Completo (TC) desde el 26/03/2007 hasta el 20/07/2007.
CONSIDERANDO
Que la referida ciudadana fue designada según Resolución CR Nº 31-0255/2007 como Directora Académica a partir del 01 xx xxxxx del 2007.
Resolución CR Nº 37-0328/2007. Aprobación de la extensión de la contrato de la ciudadana Xxxxxx Xxxxx.
CONSIDERANDO
Que la referida ciudadana posee la experticia en el área de Morfología Funcional.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la extensión del contrato de la ciudadana XXXXXXX, XXXXXX portadora de la cédula de identidad N° 12.704.010 como PROFESOR INSTRUCTOR A
DEDICACIÓN EXCLUSIVA para administrar la unidad curricular MORFOLOGÍA FUNCIONAL II desde el 10/09/2007 al 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0328/2007.
CONSIDERANDO
Que la ciudadana Xxxxxx Xxxxx, portadora de la cédula de identidad N° 13.084.847, se le renovó el contrato según Resolución CR Nº 30-0242/2007 de fecha 27/03/2007 como Profesor Instructor a Tiempo Completo (TC) desde el 26/03/2007 hasta el 20/07/2007.
CONSIDERANDO
Que la referida ciudadana fue designada según Resolución CR Nº 31-0256/2007 como Coordinadora de Evaluación a partir del 01 xx xxxxx del 2007.
CONSIDERANDO
Que la referida ciudadana posee la experticia en el área de Bioquímica en la Actividad Física y el Deporte.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la extensión del contrato de la ciudadana XXXXX, XXXXXX portadora de la cédula de identidad N° 13.084.847 como PROFESOR INSTRUCTOR A
DEDICACIÓN EXCLUSIVA para administrar la unidad curricular BIOQUÍMICA EN LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL DEPORTE desde el 10/09/2007 al 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0329/2007.
CONSIDERANDO
Que la ciudadana Xxx Xxxxxxxxxx, portadora de la cédula de identidad N° 13.567.167, se le fue renovado el contrato según Resolución CR Nº 30- 0243/2007 de fecha 27/03/2007 como Profesor Instructor a Tiempo Completo (TC) desde el 26/03/2007 hasta el 20/07/2007.
CONSIDERANDO
Que la referida ciudadana fue designada según Resolución CR Nº 31-0256/2007 como Jefa del laboratorio de Fisiología del Ejercicio a partir del 01 xx xxxxx del 2007.
CONSIDERANDO
Que la referida ciudadana posee la experticia en el área de Pedagogía Aplicada en la Actividad Física y el Deporte.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la extensión del contrato de la ciudadana XXXXXXXXXX, XXX portadora de la cédula de identidad N° 13.567.167 como PROFESOR INSTRUCTOR A
DEDICACIÓN EXCLUSIVA para administrar la unidad curricular PEDAGOGÍA APLICADA EN LA ACTIVIDAD FÍSICA Y EL DEPORTE desde el 10/09/2007 al 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0330/2007.
CONSIDERANDO
Que el ciudadano Xxxx Xxxxxxxxx, portador de la cédula de identidad N° 12.368.739, fue contratado según Resolución CR Nº 30-0205/2007 de fecha 27/03/2007 como Profesor Instructor a Tiempo Completo (TC) el desde 19/03/2007 hasta el 31/12/07.
CONSIDERANDO
Que el referido ciudadano ejerce el cargo de Coordinador del Programa Entrenamiento Deportivo a partir del 19 xx xxxxx del 2007.
CONSIDERANDO
Que el referido ciudadano posee la experticia en el área de la Educación Física y Deportes.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la extensión del contrato del ciudadano XXXXXXXXX XXXXX, XXXX portador de la cédula de identidad N° 12.368.739 como PROFESOR INSTRUCTOR A
DEDICACIÓN EXCLUSIVA para administrar la unidad curricular DEPORTES DE SELECCIÓN desde el 10/09/2007 al 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0331/2007.
CONSIDERANDO
Que el ciudadano Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx, portador de la cédula de identidad N° X-00.000.000, se le renovó el contrato según Resolución CR Nº 30- 0220/2007 de fecha 27/03/2007 como Profesor Instructor a Dedicación Exclusiva (DE) desde el 28/02/2007 hasta el 31/12/07.
CONSIDERANDO
Que el referido ciudadano ejerce el cargo de Coordinador del Programa Gestión Tecnológica del Deporte a partir del 18 de septiembre del 2006.
CONSIDERANDO
Que el referido ciudadano posee la experticia en el área de Educación Física y Deportes.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar la extensión del contrato del ciudadano XXXXXXXX XXXXXXX, XXXX XXXXXX portador de la cédula de identidad N° X-00.000.000 como PROFESOR INSTRUCTOR A DEDICACIÓN EXCLUSIVA para
administrar la unidad curricular ESTRUCTURA Y CLASIFICACIÓN DE LOS DEPORTES desde el 10/09/2007 al 13/02/08.
Resolución CR Nº 37-0332/2007.
CONSIDERANDO
Que los beneficios socioeconómicos de la Universidad Iberoamericana del Deporte, tiene como fin fundamental contribuir a la prosecución, permanencia y cualquier culminación de la formación académica del estudiante de pregrado de la universidad.
CONSIDERANDO
Que las becas mérito se otorgan como aliciente y retribución al logro de metas personales y universitarias, a todo estudiante que se destaque
en actividades académicas, deportivas, culturales o artísticas.
CONSIDERANDO
Que según lo establecido en el Reglamento de Beneficios Socioeconómicos de la Universidad Iberoamericana del Deporte este tipo de beca puede ser otorgada a estudiantes que realicen trabajo remunerado, siempre y cuando el ingreso mensual por ese concepto no exceda al salario mínimo mensual legalmente establecido.
CONSIDERANDO
Que el Br. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, estudiante regular del Programa de Formación de Grado de Actividad Física y Salud, quien cursó y aprobó los tres últimos períodos académicos 2006-I, 2006-II y 2007-I posee un índice académico acumulado de 19.13 puntos, evidencia concreta de su compromiso y responsabilidad hacia sus estudios y formación profesional.
CONSIDERANDO
Que la Dirección de Bienestar y Calidad de Vida Estudiantil solicitó someter a consideración como un caso de excepcionalidad la situación del referido bachiller, dado que devenga un sueldo superior al salario mínimo mensual legalmente establecido, pero posee un excelente índice académico que lo ubica entre los mejores estudiantes de la Universidad Iberoamericana del Deporte.
RESUELVE
ARTICULO ÚNICO: Aprobar por vía de excepción el otorgamiento de la Beca Mérito Académico al Br. Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx portador de cédula de identidad Nº 11.962.991.
Resolución CR Nº 37-0333/2007.
CONSIDERANDO
Que para el uso del Servicio de Biblioteca se requiere de un carnet de identificación del usuario de la misma.
CONSIDERANDO
Que la Dirección de Sistemas de Información y Documentación presentó propuesta de carnetización provisional para los usuarios de la biblioteca, mientras se consolida el proyecto de carnet inteligente que permita el acceso y uso de los diferentes servicios de esta Casa de Estudios.
RESUELVE
ARTICULO UNO: Aprobar la emisión de un carnet provisional para los usuarios de la biblioteca de la Universidad Iberoamericana del Deporte a partir de la presente fecha hasta que se establezca el uso del carnet inteligente.
ARTICULO DOS: Delegar la responsabilidad del diseño y elaboración del referido carnet provisional a la Dirección de Publicaciones de la Universidad Iberoamericana del Deporte.
Resolución CR Nº 37-0334/2007.
RESUELVE
ARTÍCULO ÚNICO: Aprobar los LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN Y ADMINISTRACIÓN
DE LOS DIPLOMADOS de la Universidad Iberoamericana del Deporte.
LINEAMIENTOS PARA LA ELABORACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LOS DIPLOMADOS
1.-PRESENTACIÓN:
A partir del 18/07/2003 el núcleo de Autoridades de Extensión de las Universidades Venezolanas aprobó la Normativa de Extensión Universitaria, en la cual se ubica en el Capítulo VI, artículos 26 y 27, a los Diplomados como una modalidad de Educación Continua.
En los lineamientos contenidos en la “Declaración Mundial sobre la Educación Superior para el siglo XXI ” ,aprobada en París en el mes de octubre de 2000, se reconoce que “la educación superior se enfrenta en todas partes a desafíos y dificultades relativos a la financiación, la igualdad de condiciones de acceso a los estudios y en el transcurso de los mismos, una mejor capacitación del personal, la formación basada en competencias ,la mejora y conservación de la calidad de la enseñanza ,la investigación y los servicios, la pertinencia de los programas, las posibilidades de empleo de los diplomados , el establecimiento de acuerdos de cooperación eficaces y la igualdad de acceso a los beneficios que reporta la cooperación internacional”.
En la primera sección de la Declaración se destaca la necesidad de contribuir al desarrollo sostenible y el mejoramiento del conjunto de la sociedad, por varias razones entre las que se destacan las siguientes:
a)-“La creación de diplomados altamente calificados que permita la formación de ciudadanos responsables, capaces de atender a las necesidades de todos los aspectos de la actividad humana, ofreciéndoles competencias que estén a la altura de los tiempos modernos, comprendida la capacitación y la actualización profesional, en las que se combinen los conocimientos teóricos y prácticos de alto nivel mediante cursos, programas dinámicos y flexibles que estén constantemente adaptados a las necesidades de la sociedad”.
b)-La constitución de “un espacio abierto para la formación superior que propicie el aprendizaje
permanente, brindando una óptima gama de opciones y la posibilidad de entrar y salir fácilmente del sistema, así como oportunidades de realización individual y movilidad social con el fin de formar ciudadanos que participen activamente en la sociedad y que estén abiertos al mundo, y para promover el fortalecimiento de las capacidades endógenas y la consolidación en un marco de justicia de los derechos humanos, el desarrollo sostenible, la democracia y la paz”.
Teniendo en cuenta los aspectos anteriormente planteados que evidencian la importancia de la figura académica del Diplomado que desde el punto de vista legal y de enlace académico es por su naturaleza una oferta que se corresponde con la extensión universitaria, se expresan a continuación aspectos esenciales que permitan la elaboración de propuestas de programas de esta modalidad.
2.-DEFINICIÓN:
-El Diplomado es un producto académico dinámico y flexible de servicio a la comunidad, no conducente a título ni grado académico, diseñado para la formación de recursos humanos en la profundización y actualización de conocimientos en diferentes áreas profesionales, que satisface necesidades específicas del entorno de cada institución, organización o comunidad.
-Mediante los Diplomados el participante deberá demostrar competencias en el área de conocimiento en el cual se ubica el programa académico.
-Los Diplomados constituyen una respuesta oportuna, inmediata y pertinente ante las necesidades de las organizaciones o comunidades.
-Los términos “valor agregado”, “calidad de servicio”, “compromiso social”, “mejora continua”,”impacto social”, “pertinencia social” , “transferencia de conocimientos”, y “demostración de competencias” constituyen indicadores claves del Diplomado.
3.-CARACTERÍSTICAS:
A.-Se ubican como curso de capacitación de nivel avanzado dirigido a profesionales con formación mínima a nivel de Técnico Superior Universitario.
B.-Forma parte del programa de educación continua en la función de extensión.
C.-Responde a una necesidad y especificidad requerida para una función determinada (perfil específico dinámico y pertinente).
D.-El diseño curricular está sustentado en la transdisciplinaridad, la transversalidad y la metodología andragógica
E.-Está conformado por una matriz curricular contentiva de un conjunto de asignaturas, módulos o unidades curriculares que responden a un perfil de egreso preestablecido.
F.-El mínimo de unidades crédito es de 9 y un máximo de 20.
G.-El Plan de estudio está perneado al menos por dos (2) ejes transversales obligatorios:
Entre ellos están: La Investigación, Formación Ciudadana y Ecología Personal, El Lenguaje, la Comunicación y las Tecnologías de la Información. (Podrán incluirse otros según la naturaleza del Diplomado).
H.-El plan de estudio tiene como requisito de ingreso (sin unidades crédito) una asignatura dirigida al desarrollo del individuo y como requisito de egreso, (sin unidades crédito) una práctica donde el participante demuestre los aprendizajes adquiridos y su aporte al área de su desempeño, estos deben ser presentados en un evento o jornada preparada para tal fin.
I.-Para fortalecer el plan de estudio de un Diplomado se planificarán seminarios, foros, talleres, coloquios u otras modalidades que servirán de apoyo a cada una o grupos de asignaturas, módulos o unidades curriculares.
J.-Los facilitadores o profesores de los Diplomados deben tener título de cuarto nivel y/o relevante experiencia profesional en el área acreditada institucionalmente.
4.-CONCEPCIÓN CURRICULAR DE LOS DIPLOMADOS:
Los Diplomados están sustentados en la transversalidad y en la transdisciplinariedad, con una visión holística de integración y como una propuesta de acción, apoyándose para su administración en los principios de la metodología andragógica .
La transversalidad, como teoría de base, le confiere al currículo el carácter de holístico, sistémico, contextualizado, ético y social que lo define y se asume con el fin de contrarrestar la tradicional verticalidad de los planes y programas de estudio y de esta manera facilitar la integración de sus distintos componentes .
También la transversalidad, como una dimensión educativa global impregna y permea a todas las áreas y se desarrolla a lo largo y ancho del currículo, en un sistema de relaciones que sirve de vehículo entre el contexto sociocultural y el contexto educativo y como un recurso didáctico que permite la integración, tanto de los ejes
transversales entre sí, como de los ejes con las diferentes unidades curriculares del plan de estudios.
La transversalidad no niega la importancia de las disciplinas, sino que obliga a una revisión de las estrategias didácticas .En consecuencia, los ejes transversales no pueden considerarse como contenidos paralelos a las unidades curriculares, sino como medios que conducen a un aprendizaje que propicie la formación holística.
Los ejes transversales dinamizan el modelo curricular, impregnan y permean el currículo y constituyen una llamada de atención importante e imprescindible sobre la necesidad de convertir la acción educativa en una acción globalmente humanizada.
Los ejes transversales se integran a los componentes del currículo siguientes: perfil de egresado, objetivos, planes de programas de estudio y a los proyectos, permitiendo la integración del conocimiento y la globalización del aprendizaje y se sistematizan principalmente en los contenidos procedimientales y actitudinales, nutriéndose de los saberes.
La multidisciplinariedad, como principio de la educación superior, se considera un ejercicio completo de revisión conceptual, metodológica y procedimental de cada una de las disciplinas participantes, con el fin de hacerla compatibles al interactuar de manera cooperativa; también se considera como un horizonte de apertura de las disciplinas y de superación de las fronteras que la separan, mediante la consolidación de un nuevo paradigma holístico e integrador del conocimiento científico.
El abordaje de los problemas de la vida real obliga a que se transite por el camino de la transdisciplinariedad, a que se asuman éstos mediante un proceso de extensión –investigación integrador, en el que participen investigadores y extensionistas con diferentes antecedentes disciplinarios.
La transdisciplinariedad demanda flexibilidad curricular, la aplicación de una metodología y abordaje de problemas transdisciplinarios, favorece perfiles de egresados definidos en torno a un mercado donde el talento humano está en función de dar respuesta y soluciones a problemas sociales desde una perspectiva colectiva.
La teoría Andragógica se sustenta en dos grandes principios son estos: la horizontalidad y la participación, los cuales le dan fuerza y coherencia al proceso de formación de adultos.
El principio de horizontalidad se conceptualiza como un proceso de correspondencia entre experiencias y conductas entre el facilitador y los participantes en aras de aprendizajes exitosos.
Este principio es trascendente para el ejercicio de la educación de adultos ya que los mismos están en condiciones de tomar sus propias decisiones.
El principio de participación se refiere a la toma de decisiones conjuntas en cualquier fase del proceso de asesoría académica.
La práctica del aprendizaje de adultos radica en la actividad que éste ejecuta en el proceso, en su capacidad de interactuar, de confrontar, de decidir, de cuestionar, de dialogar de acuerdo a su bagaje de experiencias y de su sentido para resolver problemas o situaciones, en fin ser responsable de su propio aprendizaje.
5.-ESTRATEGIAS DE APRENDIZAJE SUGERIDAS PARA LOS DIPLOMADOS:
La facilitación del aprendizaje de cada unidad curricular o módulo del Diplomado se orientará de acuerdo con el alcance y propósito de cada uno de ellos.
Los Diplomados están dirigidos a participantes que son seres adultos, plenamente conscientes de sus responsabilidades y con disposición para actuar de forma independiente y autogestionaria. Por consiguiente durante su desarrollo el facilitador presentará gradualmente los contenidos de los objetivos generales, orientará a los participantes durante la ejecución de los ejercicios prácticos y los evaluará para recabar información cualicuantitativamente que permita la toma de decisiones en torno al mejoramiento del proceso de aprendizaje.
De los participantes se espera su integración armónica al proceso para que puedan cumplir cabalmente con las actividades del curso, para que autoevalúen permanentemente la actuación académico-administrativa del facilitador, para que señalen correctivos cuando sea necesario para poder mejorarlo. (Pulido, 2003)
Los seminarios, foros, talleres y coloquios, se han incorporado en el Diplomado como una estrategia reforzadora de los procesos de enseñanza – aprendizaje que permiten la discusión con expertos reconocidos en las áreas temáticas, con la finalidad de buscar la posibilidad de transferencia de experiencias exitosas que deben enriquecer los conocimientos adquiridos. Serán diseñados y estructurados cuidadosamente para que sus contenidos estén alineados con los objetivos específicos de la unidad curricular con la cual cada actividad académica se vincule.
6.- ESTRATEGIAS DE EVALUACION SUGERIDAS PARA LOS DIPLOMADOS:
La evaluación de los aprendizajes de cada una de las actividades que se desarrollen en los diplomados, deberá orientarse en los principios de la metodología de la educación andragógica por las características de sus actores principales.
Se apoyará en un contrato o negociación del plan de evaluación entre los participantes y el facilitador y contemplará las modalidades de autoevaluación, coevaluación y evaluación del facilitador.
Cada actividad de los Diplomados se estructurará de manera tal que el “participante no se convierta en un depositario de conocimientos sino en un generador de conocimientos a través de la aplicación de lo que aprende, por consiguiente, el proceso de evaluación esta orientado a detectar lo que aprende el participante, como lo aprende, cuan bien utiliza lo aprendido ”. (Pulido, 2003).
El proceso de evaluación pretende detectar el nivel de acierto de efectividad en algunas actividades del facilitador, tales como atención oportuna y efectiva al participante, pertinencia del trabajo práctico con los contenidos del curso, utilidad del trabajo práctico con el quehacer diario del participante y correspondencia de la actividad con los cursos del plan de estudio.
En el proceso de evaluación en el Diplomado, se manejan de forma complementaria dos enfoques (de acuerdo con Pulido), la evaluación tradicional y la evaluación del desempeño.
En el primer caso, el participante debe recordar conceptos, identificar técnicas y procedimientos, en el segundo caso, tienen que identificar el nivel de los contenidos del curso y experiencias de aprendizajes, en correspondencia con esos contenidos, para recopilar información válida y confiable que permita tomar decisiones en torno al mejoramiento del proceso de aprendizaje. Todo lo anterior deberá conducir a la demostración de las competencias adquiridas en el Diplomado que garanticen el mejoramiento continuo en su área de desempeño.
Las fases del proceso de evaluación (Según Pulido, 2003) son las siguientes:
• Diagnóstica: le proporcionará información al facilitador en cuanto al nivel de conocimientos que posee el participante sobre un determinado aspecto de la evaluación de los aprendizajes.
• Evaluación formativa: permitirá obtener la información acerca de la naturaleza del
desarrollo del proceso de aprendizaje, sus debilidades y fortalezas.
• Autoevaluación: el participante emite juicio cualitativo (con carácter formativo de su desempeño en torno a lo que aprendió, como aprendió y en que aspectos debe mejorar su aprendizaje).
• Coevaluación: la realizará el participante durante la ejecución y al finalizar la actividad práctica para emitir un juicio en cuanto a la participación activa de los integrantes del círculo de estudio.
• Evaluación unidireccional: la ejecuta el facilitador para emitir juicio cualicuantitativo acerca de la calidad de los productos logrados, de conformidad con los criterios establecidos y aprobados por consenso (participantes- facilitador).
• Evaluación sumativa o final: viene dada por la suma de las ponderaciones porcentuales acumuladas en cada producto de las diversas actividades académicas y la correspondiente conversión a la escala de evaluación de cada
Institución.
CALIFICACIÓN:
Para la calificación de los resultados se aplicará la escala del uno (1) al diez (10); se requiere de una calificación por lo menos de seis
(6) para la aprobación de las asignaturas y demás actividades prevista en el diplomado.
CALIFICACIÓN | VALORACIÓN ACUMULADA | CATEGORÍA CUALITATIVA |
10 | 95-100 | Excelente |
09 | 89-94 | Sobresaliente |
08 | 83-88 | Distinguido |
07 | 77-82 | Aprobado |
06 | 70-76 | Aprobado |
05 | 56-69 | Aplazado |
04 | 42-55 | Aplazado |
03 | 28-41 | Aplazado |
02 | 14-27 | Aplazado |
01 | Hasta 13 | Aplazado |
7.-FACTIBILIDAD DE LOS DIPLOMADOS:
Los Diplomados son una figura académica y legal que corresponde a la función de EXTENSIÓN UNIVERSITARIA.
Los Diplomados NO PUEDEN SER CONSIDERADOS COMO ESTUDIOS DE
POSGRADO porque según la normativa que rige la materia, Ley de Universidades (1970), Política Nacional de Estudios de Postgrado y la Normativa General de Estudios de Postgrado para las Universidades e Institutos debidamente autorizados, toda propuesta de postgrado se debe inscribir dentro de un plan de estudio con una duración mínima de un año y medio (24 UC). El número de unidades crédito determinará el número de horas por unidad curricular.
Los Diplomados presentan un currículo dinámico y flexible que se adapta a las necesidades del entorno, son finitos en el tiempo, podrán tener hasta un máximo de veinte (20) unidades créditos y dan respuesta inmediata y oportuna a las demandas del entorno.
Los Diplomados NO REQUIEREN APROBACIÓN DEL CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES
(CNU). Ellos deben ser flexibles curricularmente para poder brindar respuestas inmediatas y pertinentes a las necesidades del entorno.
La diferencia fundamental entre los Diplomados y un Programa de Postgrado radica en el alcance e implicaciones de su perfil de egreso y en la flexibilidad para el ajuste permanente de su diseño curricular.
8.- LAS PRÁCTICAS EN LOS DIPLOMADOS:
Las prácticas en los Diplomados constituyen un requisito de egreso, mediante el cual el participante demostrará la transferencia de aprendizajes obtenidos en cada unidad curricular, en la detección, intervención y solución de un asunto de interés prioritario para la institución, organización o comunidad seleccionada en un problema específico en su área desempeño.
Mediante esta estrategia de aprendizaje se pretende poner en contacto al participante con el ambiente de trabajo, actividades, equipos y materiales en un ámbito de relaciones humanas propias de su desempeño laboral. Así mismo, se constituyen en un instrumento de extensión para establecer vínculos interinstitucionales y ayudar a la solución de problemas sociales, al permitir la interacción del participante con su comunidad en la búsqueda de mejoras de las condiciones de vida.
La práctica se recomienda se inicie a partir de la segunda unidad curricular y se desarrollará de forma gradual y secuencialmente durante el desarrollo de las restantes unidades curriculares, nutriéndose de las competencias adquiridas en las mismas y culminará con la presentación de las experiencias en un evento organizado para tal fin. PROPÓSITO DE LA PRÁCTICA EN EL DIPLOMADO:
Atender las necesidades específicas de la organización o comunidad con la finalidad de ofrecer una respuesta gerencial de calidad, oportuna con pertinencia social que agregue valor y que promueva el mejoramiento continuo.
CONDICIONES DE LA PRÁCTICA:
• La práctica se recomienda se inicie con la segunda unidad curricular del Plan de estudio.
• Cada unidad curricular generará como productos, insumos para el trabajo final de
práctica o pasantía, el cual se orientará mediante una guía metodológica.
• Además del facilitador de la unidad curricular, el participante tendrá el apoyo de los tutores de prácticas.
• El producto de cada unidad curricular deberá entregarse al facilitador y a los tutores.
Productos parciales:
Informe de práctica por unidad curricular, de acuerdo con la guía metodológica elaborada a tal efecto.
Asesores:
Facilitadores, tutores y participantes
Producto Final:
Informe final, sumatoria de los informes parciales, de acuerdo con guía metodológica
RECOMENDACIONES PARA LA EJECUCIÓN DE LA PRÁCTICA:
• Establecer mecanismos de comunicación e información entre los tutores académicos, tutores institucionales para planificar en forma conjunta las actividades que realiza el participante en la institución, así mismo entre la Universidad, el sector laboral y las comunidades.
• Promover acciones destinadas a la solución de problemas sociales, culturales y laborales.
• Promover el cumplimiento de acciones que respondan a las pautas normativas que sobre proyección social están señaladas en la Xxxxxxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx (0000); la Ley de Universidades (1970), en la Ley del Deporte (1995), en la Ley Orgánica de Educación (1980), en la Normativa General de Extensión así como en otras leyes y reglamentos vigentes que se vinculen al respecto.
• Mantener relaciones constantes e interactivas con el sector productivo y de los servicios, debido a que el mundo del trabajo está experimentando una transformación radical y gran parte de los conocimientos que adquieren los estudiantes durante su formación inicial pierden rápidamente actualidad.
• Desarrollar políticas adecuadas para lograr la vinculación Universidad- Sociedad- Universidad que los nuevos tiempos demandan y exigen.
• Consolidar y ampliar las políticas de extensión, en concordancia con la necesidad real de la comunidad.
• Crear vínculos permanentes entre los Centros e Institutos de investigación y los sectores industriales y de los servicios para colaborar con la solución de los problemas de la Ciencia y la Innovación Tecnológica.
• Contribuir al mejoramiento del proceso de enseñanza y de aprendizaje a través de la
cooperación conjunta de los sectores involucrados en la formación permanente del profesional.
• Establecer mecanismos que sirvan de retroalimentación para conocer los resultados de la realización de las prácticas, sus fortalezas y debilidades.
9.- LINEAMIENTOS OPERATIVOS PARA EL DISEÑO Y EJECUCIÓN DE LOS DIPLOMADOS:
9.1. Deben responder a las características señaladas en los documentos legales correspondientes.
9.2. Deben ajustarse a la estructura acordada para la presentación del documento.
9.3. Para su ejecución deberá cumplirse el siguiente proceso:
• Diseño del proyecto de Diplomado por expertos en el área, bajo la coordinación de Proyección Académica.
• Enviar a la Coordinación de Proyección Social y Comunitaria para su ejecución, (una vez tenga el visto bueno de Vice - Rectorado Académico ó del Consejo Rectoral).
9.4. Se recomienda que cada Diplomado tenga un coordinador académico, quien garantizara el desarrollo del mismo.
9.5. Los docentes que administren los Módulos deberán ser expertos en la temática, con estudios de IV Nivel.
10. ESTRUCTURA DE LOS DIPLOMADOS:
o Presentación
o Responsables de su elaboración
o Justificación
o Fundamentación: transversalidad, transdisciplinariedad, andragogía, las propias del área.
o Perfil de Ingreso
o Objetivos
o Ejes Transversales
o Perfil de Egreso
• Plan de Estudio
• Prácticas
o Cursos Electivos: seminarios, tálleres, foros, coloquios, otros, de apoyo al Plan de estudio
o Certificación
o Estrategias Instruccionales
o Estrategias de Evaluación
o Programas Sinópticos de las unidades curriculares o módulos
o Base de datos de los potenciales facilitadores
REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
República Bolivariana de Venezuela (1999) Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela, Gaceta Oficial N.36.860, del 00 xx xxxxxxxxx xx x000.
Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx (1970), Ley de Universidades, Gaceta Oficial Extraordinaria N.28262 del 17 de Febrero de 1967, impreso en la Piedra, Caracas, Venezuela.
República de Venezuela (1995), Ley del Deporte, Gaceta Oficial Extraordinaria N.4937 del 00 xx xxxxx xx x000.
Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxx (1980), Ley Orgánica de Educación, Gaceta Oficial Extraordinaria N. 2.635, de fecha 28 xx Xxxxx de 1980.
UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR (2004)
LOS DIPLOMADOS, Curso de Capacitación de Xxxxx Xxxxxxxx, 3ra. Versión.
CONSEJO NACIONAL DE UNIVERSIDADES, NÚCLEO DE VICE-RECTORADO ACADÉMICO,
Comisión de Análisis de la Situación de los Diplomados.
Resolución CR Nº 37-0336/2007.
RESUELVE
ARTÍCULO UNO: Reconocer la Categoría Académica de TITULAR de la DRA. XXXXX XXXXXXX portadora de la cédula de identidad Nº
0.000.000 para su respectiva contratación.
ARTÍCULO DOS: La efectividad de la categoría académica de TITULAR se reconocerá a partir de la fecha de su contratación.
Resolución CR Nº 37-0337/2007.
RESUELVE
ARTÍCULO ÚNICO: Designar la Comisión de
REGLAMENTOS Y NORMAS INTERNAS de la
Universidad Iberoamericana del Deporte, la cual queda integrada de la siguiente manera:
PLAN ESTRATÉXXXX 0000-0000 de la
Universidad Iberoamericana del Deporte, desde el 06/08/2007 hasta el 21/09/2007.
ARTÍCULO DOS: La referida doctora deberá entregar la versión final (revisada y corregida) del Plan Estratégico 2007-2013 de la Universidad Iberoamericana del Deporte el 21/09/2007, fecha en la que se debe cancelar el cien por ciento (100%) de los honorarios profesionales.
Resolución CR Nº 37-0339/2007. Contratación del ciudadano Xxxxxx Xxxxxxx.
Resolución CR Nº 37-0339/2007.
RESUELVE
ARTÍCULO ÚNICO: Aprobar la contratación del ciudadano economista XXXXXX XXXXXXX xxxxxxxx de la cédula de identidad N° 0.000.000 por honorarios profesionales, para la ELABORACIÓN de los MANUALES
ORGANIZACIONALES de la Universidad Iberoamericana del Deporte.
Resolución CR Nº 37-0340/2007.
RESUELVE
ARTÍCULO ÚNICO: Aprobar la contratación por honorarios profesionales del ciudadano XXXXXXX, XXXXX portador de la cédula de identidad N° 000.000 como ASESOR EXTERNO Y ENLACE INSTITUCIONAL a partir del 10 de septiembre del 2007.
Resolución CR Nº 37-0341/2007.
RESUELVE
ARTÍCULO ÚNICO: Aprobar la contratación del ciudadano XX. XXXXXXX XXXX, XXXX XXXXXXX
portador de la cédula de identidad N° 0.000.000 como PROFESOR TITULAR, a TIEMPO
COMPLETO (TC), para administrar la unidad curricular BIOQUÍMICA desde el 10/09/07 al 13/02/08.
Rector
Prof. Xxxxx Xxxxxx
PRINCIPALES | SUPLENTES |
Prof. Xxxxx Xxxxxxx (Coord.) | Prof. Xxxxxxx Xxxxxxxx |
Prof. Xxxxxx Xxxxxxx | Prof. Xxxxxxx Xxxxxxx |
Prof. Xxxxxx Xxxxxxxxx | Prof. Xxxxx Xxxxxxxxx |