PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ
PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ
CONTRATACIÓN POR CONVOCATORIA PÚBLICA No. 021 de 2018
ANÁLISIS PRELIMINAR CONDICIONES CONTRACTUALES
CON EL OBJETO DE:
Contratar con autonomía técnica y administrativa, el suministro de tiquetes aéreos, a nivel nacional para garantizar los desplazamientos de los colaboradores tanto del FCP como de la Dirección de Sustitución de Cultivos Ilícitos y la Agencia Nacional de Tierras, que en desarrollo de sus funciones y/o obligaciones deban desplazarse dentro del territorio nacional.
AGOSTO DE 2018
BOGOTÁ D.C.
CAPITULO I
1.1 DEFINICIÓN DE LA NECESIDAD
El Decreto Ley 691 de 2017 sustituyó el “Fondo para la Sostenibilidad Ambiental y Desarrollo Rural Sostenible en Zonas Afectadas por el Conflicto” creado por el artículo 116 de la Ley 1769 de 2015 y modificado por el artículo 130 de la Ley 1815 de 2016, por el “Fondo Colombia en Paz (FCP), como un patrimonio autónomo del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Republica, sin estructura administrativa propia, administrado por una o varias sociedades fiduciarias públicas.
Conforme al artículo 2 del Decreto Ley 691 de 2017, el objeto del FCP es “ser el principal instrumento para la administración, coordinación, articulación, focalización y ejecución de las diferentes fuentes de recursos para realizar las acciones necesarias para la implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, conforme al Plan Marco de Implementación del mismo y al componente específico para la paz del Plan Plurianual de Inversiones de los Planes Nacionales de Desarrollo previsto en el Acto Legislativo 1 de 2016, así como en el proceso de reincorporación de las FARC-EP a la vida civil y otras acciones de posconflicto. Este fondo tiene como función, además, articular la cooperación internacional y la participación y aportes privados y públicos que se reciben a través de diferentes fuentes”.
El Fondo Colombia en Paz FCP, en cumplimiento del objeto por el cual fue creado considera fundamental la implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera.
Tal como lo establece el Documento CONPES 3850 del 2015 el FCP servirá como eje articulador e instancia principal de coordinación de los esfuerzos institucionales y financieros dirigidos a acometer las inversiones necesarias para la transición de Colombia hacia un escenario xx xxx estable y duradera, y para el fortalecimiento de la capacidad estatal y democrática de los territorios más afectados por el conflicto.
Para estructurar el vehículo financiero que permitirá el desarrollo del objeto del FCP, el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República como Fideicomitente, previo agotamiento del proceso de selección por Solicitud de Ofertas No. 1 de 2018, suscribió con el CONSORCIO FCP 2018, integrado por Fiduciaria la Previsora S.A. (con participación del 63%), Fiducoldex S.A. (con participación del 24%) y Fiduciaria Central S.A. (con participación del 13%), en calidad de Fiduciaria, el Contrato xx Xxxxxxx Mercantil No.001 de 2018, a través del cual se constituyó el Patrimonio Autónomo que será administrado por la Fiduciaria con el fin de que ésta última, en su calidad de vocera, administre, contrate y pague, con cargo a los recursos que pertenecen al Fondo Colombia en Paz (FCP), de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 691 de 2017 y demás normatividad que lo modifique, adicione o complemente, en adelante el FCP.
De otro lado, la Ley 1753 de 2015, aprobatoria del Plan Nacional de Desarrollo 2014 - 2018, “Todos por un nuevo país”, tiene como eje fundamental la voluntad política del Gobierno Nacional para construir una paz sostenible, bajo un enfoque de goce efectivo de derechos, fortalecer la presencia del Estado en aquellas regiones que fueron afectadas históricamente por la violencia política, con el fin de establecer condiciones para la prosperidad y el efectivo ejercicio ciudadano de los derechos fundamentales.
El Consorcio FCP 2018 actuando en calidad de Vocero y Administrador Fiduciario del Patrimonio Autónomo del Fondo Colombia en Paz (FCP) para el desarrollo y cumplimiento de sus actividades, así como las propias de sus Entidades Ejecutoras, en especial la Dirección de Sustitución de Cultivos Ilícitos y la Agencia Nacional de Tierras, requiere proporcionar los medios necesarios para permitir realizar viajes nacionales con el fin de atender los diferentes proyectos que se adelantan en el marco de la implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, razón por la cual requiere el suministro de tiquetes aéreos
en rutas nacionales para los colaboradores que requieran desplazarse dentro del territorio nacional, generando un centro de costos por Entidad Ejecutora en el cual se apliquen los gastos a cada subcuenta, y así se garantice la asistencia y participación a las diferentes actividades programadas.
La relación con el objeto misional del FCP tiene su razón principal en el desarrollo de las actividades adelantadas incluyendo las supervisiones que implica la presencia de los colaboradores tanto del FCP como sus Entidades Ejecutoras en las diferentes zonas que contempla el marco de la implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera; entendiéndose estas, como las acciones necesarias establecidas en el objeto misional. Lo anterior se aclara en los planes operativos específicos de cada subcuenta según los pilares y actividades que cada uno considere y así mismo apruebe el Consejo Directivo, de esta manera el presupuesto oficial estimado aplicará para las siguientes Entidades Ejecutoras así:
• Dirección de Sustitución de Cultivos Ilícitos por la subcuenta de Sustitución (Aprobado mediante Acta No. 11 de Consejo Directivo del 3 xx xxxx de 2018).
• Agencia Nacional de Tierras por la subcuenta ANT (Aprobado mediante Acta No. 11 de Consejo Directivo del 3 xx xxxx de 2018).
• Fondo Colombia en Paz por la subcuenta de Funcionamiento (Aprobado mediante Acta No. 12 de Consejo Directivo del 10 xx xxxx de 2018).
CAPITULO II FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL PROCESO DE SELECCIÓN
2.1 OBJETO
Contratar con autonomía técnica y administrativa, el suministro de tiquetes aéreos, a nivel nacional para garantizar los desplazamientos de los colaboradores tanto del FCP como de la Dirección de Sustitución de Cultivos Ilícitos y la Agencia Nacional de Tierras, que en desarrollo de sus funciones y/o obligaciones deban desplazarse dentro del territorio nacional.
2.1.1 ALCANCE DEL OBJETO
La población objeto de suministro de tiquetes aéreos en rutas nacionales es constituida por los colaboradores tanto del FCP, como de la Dirección de Sustitución de Cultivos Ilícitos y la Agencia Nacional de Tierras, cuando en cumplimiento de sus funciones o sus obligaciones requieran desplazamientos a cualquier destino dentro del país.
El FCP contratará el servicio en mención con aerolíneas, agencias de viaje o cualquier operador ya sea persona natural o jurídica especializada en la materia, que provean personal con experiencia e idoneidad, al fin de contar de manera permanente con el suministro de tiquetes a nivel nacional.
2.2 OBLIGACIONES GENERALES DEL CONTRATISTA
1) Ejecutar idóneamente el objeto del contrato de conformidad con los lineamientos establecidos en el presente análisis preliminar, el cronograma y demás documentos asociados al proceso o que surjan de la ejecución contractual.
2) Obrar con lealtad y buena fe en la ejecución del contrato.
3) Mantener estricta reserva y confidencialidad sobre la información que conozca por causa o con ocasión de la ejecución del objeto contractual.
4) Atender las sugerencias y condiciones establecidas por la supervisión conjunta del contrato.
5) Suscribir las actas e informes de ejecución y avance del contrato a que haya lugar, en la forma indicada por la Supervisión conjunta o los anexos que hacen parte integral del presente documento.
6) EL CONTRATISTA será el único responsable del cumplimiento de sus obligaciones fiscales y tributarias en los términos xx Xxx, así como de atender los requerimientos contables, fiscales y tributarios que el FCP requiera para su trámite interno o para órganos externos y de control.
7) Constituir las garantías a favor del FCP en los términos establecidos en este documento y mantener actualizadas las vigencias y el monto de los amparos de las garantías expedidas con ocasión de la suscripción del contrato, teniendo en consideración el plazo de ejecución, valor, modificaciones en plazo, suspensiones y demás modificaciones que afecten su vigencia o monto.
8) Afiliar a sus trabajadores o contratistas al Sistema de Seguridad Social, de conformidad con las disposiciones legales vigentes y mantener indemne al FCP de cualquier reclamación.
9) Presentar cuenta de cobro o factura, según sea el caso.
10) En caso de cualquier novedad o anomalía, reportar la situación de forma inmediata a la supervisión conjunta del contrato, en medio escrito.
11) Acreditar, en las oportunidades que así se requiera, el encontrarse al día con el pago de aportes parafiscales relativos al Sistema de Seguridad Social Integral, así como los propios del Servicio Nacional de Aprendizaje
- SENA, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar – ICBF y las cajas de compensación familiar y demás aportes que apliquen conforme al sistema de seguridad social.
12) Indemnizar y/o asumir la responsabilidad de todo daño que se cause a terceros, a bienes propios o de terceros, o al personal contratado para la ejecución del contrato, por causa o con ocasión del desarrollo del mismo.
13) Responder por el pago de los tributos que se causen o se llegaren a causar por la celebración, ejecución y liquidación del contrato.
14) Las demás que se deriven de la naturaleza del presente contrato y que garanticen su cabal cumplimiento, así como las que sean acordadas entre las partes.
2.3 OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA
1) Realizar las reservas, expedir y suministrar los tiquetes aéreos, en rutas nacionales en la clase económica, flexible o superior; siempre y cuando las necesidades lo exijan, previa autorización y justificación del supervisor del contrato por Entidad Ejecutora, aplicando dichos gastos a cada una de las Subcuentas de las Entidades Ejecutoras que hacen parte de la ejecución del presente contrato.
2) Enviar por correo electrónico máximo dentro de las seis (6) horas siguientes al requerimiento que le efectúe el Supervisor del contrato por Entidad Ejecutora o la persona autorizada, la confirmación de la reservación de tiquetes indicando el costo y la clase de pasaje reservado.
3) Atender en forma inmediata cualquier cambio que se presente en los tiquetes previamente expedidos, suministrando los nuevos tiquetes dentro de los plazos requeridos por la supervisión conjunta del contrato, para lo cual suministrará varias opciones de tiquetes para el destino establecido.
4) Disponer de un servicio de call center, página web, chat en línea, dos líneas celulares y un correo electrónico para comunicación exclusiva para con los supervisores designados al contrato por el FCP y las entidades ejecutoras que participan en el proceso, , las cuales deben estar disponibles las veinticuatro horas del día, y por el plazo de ejecución del contrato.
5) Situar los tiquetes aéreos en el lugar que indique la supervisión conjunta del contrato, sin costo adicional.
6) Gestionar una solución de desplazamientos en los casos en que las aerolíneas cancelen los vuelos programados y los colaboradores o pasajeros tengan que desplazarse en el horario establecido en las reservas.
7) Gestionar ante las aerolíneas y/o empresas de transporte los descuentos, millas, tiquetes y demás beneficios adicionales que estas ofrezcan o reconozcan en razón al presente contrato, procurando las mejores condiciones y aplicando dichos beneficios para el FCP y las entidades ejecutoras que participan en el proceso, haciendo reinversión en tiquetes según la necesidad que se presente en cualquiera de las Entidades mencionadas y con el visto bueno de la supervisión conjunta del contrato.
8) Garantizar la prestación del servicio durante las 24 horas del día los siete 7 días a la semana a través del call center destinado para tal fin.
9) Realizar durante el término del contrato todas las gestiones tendientes al logro del objeto contratado.
10) Acatar los requerimientos que realice el FCP y la supervisión conjunta del contrato, sobre los temas objeto del contrato y sus obligaciones.
11) Documentar y presentar a la Supervisión conjunta del Contrato, vía correo electrónico la No disponibilidad del servicio, máximo dentro de las dos (02) horas siguientes a la solicitud del servicio.
12) Designar a una persona y presentar los documentos de formación académica y certificados que acrediten la idoneidad y experiencia para atender la ejecución del contrato.
13) Sufragar todos los gastos inherentes al perfeccionamiento del presente proceso y los que se ocasionen para poder iniciar su ejecución, si a ello hubiera lugar.
14) Aplicar la tarifa y comisión establecida por la Aeronáutica Civil mediante Resolución No. 03596 del 01 de septiembre de 2006, ajustada a la variación del IPC del año inmediatamente anterior para trasporte aéreo nacional.
15) Presentar en forma quincenal un informe de los tiquetes expedidos, utilizados y no utilizados y certificados de no disponibilidad de tiquetes solicitados, en medio magnético al correo que señale la supervisión conjunta del contrato, en el cual se detalle los recursos ejecutados por cada una de las Entidades Ejecutoras del FCP.
16) Presentar informe mensual en medio magnético a la supervisión conjunta del contrato, en el que se detalle una relación de tiquetes expedidos, utilizadas y no utilizadas, certificados de no disponibilidad de tiquetes solicitados, precio de los mismos, aerolínea, nombre del usuario, nombre de quien hace la solicitud, trayecto, saldo del contrato, millas acumuladas, beneficios y promociones, reembolsos efectuados durante el periodo y en general el estado de ejecución del contrato, en el cual se detalle los recursos ejecutados por cada una de las Entidades Ejecutoras del FCP
17) Las demás que sean inherentes y necesarias para el cabal cumplimiento del objeto contractual.
2.4 OBLIGACIONES POR PARTE DE LAS ENTIDADES EJECUTORAS (DIRECCION DE SUSTITUCIÓN DE CULTIVOS ILICITOS – AGENCIA NACIONAL DE TIERRAS)
1) Aprobar los pagos a realizar de conformidad con la ejecución de los recursos de la Subcuenta.
2) Ejercer los controles necesarios para la cabal ejecución del contrato.
3) Prestarle toda la colaboración e información al CONTRATISTA para que el objeto del contrato se desarrolle de conformidad con los términos del presente documento.
4) Exigir al CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna de las obligaciones del presente contrato.
5) Efectuar la supervisión y seguimiento del contrato.
6) Delegar un enlace operativo para apoyar la supervisión del contrato, quien deberá mantener permanente contacto con el Asesor Turístico del Contratista.
2.5 POR PARTE DEL PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ – FCP
1) Efectuar los pagos en los plazos convenidos en el contrato.
2) Aprobar los pagos a realizar de conformidad con la ejecución de los recursos de la Subcuenta.
3) Ejercer los controles necesarios para la cabal ejecución del contrato.
4) Prestarle toda la colaboración e información al CONTRATISTA para que el objeto del contrato se desarrolle de conformidad con los términos del presente documento.
5) Exigir al CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna de las obligaciones del presente contrato.
6) Efectuar la supervisión y seguimiento del contrato.
7) Delegar un enlace operativo para apoyar la supervisión del contrato, quien deberá mantener permanente contacto con el Asesor Turístico del Contratista.
2.6 PRESUPUESTO OFICIAL ESTIMADO
El presente Proceso de Selección cuenta con un presupuesto total, que asciende a la suma de CUATROCIENTOS VEINTISÉIS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS VEINTIDÓS PESOS M/CTE. ($
426.942.722), incluido XXX y demás gravámenes y tributos a que haya lugar.
Dicho presupuesto corresponde a las proyecciones de tiquetes aéreos efectuado por cada entidad ejecutora, el cual obedece a el siguiente cuadro:
SUBCUENTA | ENTIDAD EJECUTORA | CONCEPTO | VALOR |
Sustitución | Dirección de Sustitución de Cultivos Ilícitos | Tiquetes Aéreos | $ 9.248.836 |
Funcionamiento | Fondo Colombia en Paz | Tiquetes Aéreos | $ 53.293.886 |
ANT | Agencia Nacional de Tierras | Tiquetes Aéreos | $ 364.400.000 |
TOTAL | $426.942.722 |
Este valor se encuentra amparado por los certificados de disponibilidad presupuestal:
• CDP No. 1570 para la Dirección de Sustitución de Cultivos Ilícitos
• CDP No. 1919 para la Agencia Nacional de Tierras.
• XXX Xx. 0000 xxxx xx Xxxxx Xxxxxxxx en Paz.
2.6.1 ESTUDIO XX XXXXXXX
El presupuesto del presente proceso se estimó conforme el estudio xx xxxxxxx adelantado por el FCP, el cual hace parte del presente Análisis Preliminar y se encuentra contenido en documento Anexo No. 21:” Análisis xx Xxxxxxx”.
2.6.2 RÉGIMEN JURÍDICO APLICABLE
El presente Análisis Preliminar con las condiciones contractuales y los anexos están sometidos a la legislación colombiana en el régimen de la contratación privada, contenido en el Código Civil y el Código de Comercio, y demás normas aplicables a la materia, así como al Manual de Contratación del FCP y a las aclaraciones y documentos que se expidan con ocasión del mismo.
El Análisis Preliminar con las condiciones contractuales están sujetos al cumplimiento de los principios de la función administrativa y de la Gestión Fiscal, consagrados en los artículos 209 y 267 de la Constitución Política, al Régimen de inhabilidades e incompatibilidades previsto en los artículos 8 de la Ley 80 de 1993, artículos 13; 15 y 18 de la Ley 1150 de 2007, artículos 1° y 4° de la Ley 1474 de 2011 y demás normas concordantes.
2.7 MODALIDAD DE CONTRATACION Y JUSTIFICACION DE LA MISMA.
La modalidad de selección a implementar en este proceso es el de CONVOCATORIA PUBLICA; consiste en una modalidad de contratación competitiva en la que pueden presentar propuestas para la contratación de bienes o servicios que requieran las Entidades Ejecutoras, todas las personas naturales o jurídicas que cumplan las condiciones de la respectiva convocatoria. La propuesta se seleccionará con base en factores objetivos definidos en el Análisis Preliminar de la contratación y en lo dispuesto en el numeral 2.3. Modalidades de selección, 2.3.1. Modalidad Convocatoria Pública del Manual de Contratación del FCP (V-2.0).
2.8 QUIENES PODRÁN PARTICIPAR
Podrán participar en la presente convocatoria las personas naturales o jurídicas, en forma individual o conjunta (consorcios o uniones temporales), nacionales o extranjeras que cumplan las condiciones establecidas en el presente documento.
Se entiende por Proponente, quienes presenten propuesta como: 1. Persona Natural, 2. Persona Jurídica y 3. Consorcio o Unión Temporal, nacionales o extranjeras. No se considera proponente a los integrantes del Consorcio o Unión Temporal de manera individual.
2.9 FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
El proponente deberá presentar los documentos relacionados con el cumplimiento de aspectos técnicos, financieros, jurídicos (requisitos habilitantes) y de ponderación, en original y tres copias, debidamente foliadas, legajadas y con copia íntegra en medio magnético.
El proponente deberá diligenciar y adjuntar en medio físico y en medio magnético Disco Compacto (CD), transcritos en Microsoft Excel, bajo plataforma Windows, la información contenida en el ANEXO N° 08 Experiencia del Proponente, la cual debe ser idéntica a la aportada en el medio físico.
En caso de presentarse discrepancias entre la información consignada en el ANEXO N°. 08 experiencia del Proponente, presentados en medio físico en la propuesta y el contenido en el CD, prevalecerá la información consignada en el documento físico.
Cuando en la propuesta no repose el documento en medio físico, se entenderá por NO APORTADO, independientemente que el mismo se haya aportado en medio magnético.
Así mismo dentro de su propuesta, el proponente deberá incluir el Anexo de propuesta económica, de acuerdo con los factores de ponderación a considerar.
El proponente deberá diligenciar y adjuntar en medio físico y en medio magnético Disco Compacto (CD), transcritos en Microsoft Excel, bajo plataforma Windows, la información contenida en el Anexo de propuesta económica correspondiente, el cual debe ser idéntico a la aportado en el medio físico.
En caso de presentarse discrepancias entre la información consignada en la propuesta económica, presentado en medio físico en la propuesta y el contenido en el CD, prevalecerá la información consignada en el anexo físico.
La presentación de la propuesta deberá ir dirigida a:
PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ - FCP
XXXXX 00 Xx.00-00 XXXX 0 Xxxxxx de Recursos de Información -CRI Bogotá D.C., Colombia CONVOCATORIA PÚBLICA No. 00X de 2018
OBJETO: Proponente: Dirección:
Teléfono: Correo electrónico:
CONTIENE, según el caso: Sobre (x) ORIGINAL o COPIA
EL PROPONENTE DEBERÁ PRESENTAR LA PROPUESTA EN ORIGINAL Y TRES (3) COPIAS, Y DEBE INDICAR SI ES ORIGINAL O COPIA.
2.9.1 REGLAS PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS
La propuesta debe presentarse sin borrones, tachaduras ni enmendaduras que puedan afectar sus características, cantidades, valores unitarios o valores totales. Los documentos que conformen la propuesta deben estar debidamente foliados y legajados.
En caso de efectuarse alguna aclaración se deberá realizar una nota explicativa de la misma. Es decir, toda tachadura y/o enmendadura que presente algún documento de la propuesta debe estar salvada con la firma de quien suscribe el correspondiente documento al pie de la misma y nota al margen del documento donde manifieste clara y expresamente la corrección realizada, para ser tenido en cuenta el documento para el presente proceso, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 252 del Código General del Proceso: “Documentos rotos o alterados: Los documentos rotos, raspados o parcialmente destruidos, se apreciarán de acuerdo con las reglas de la sana crítica; las partes enmendadas o interlineadas se desecharán, a menos que las hubiere salvado bajo su firma quien suscribió o autorizó el documento.”
Si el proponente presenta con su propuesta documentos que han perdido legibilidad o claridad, el FCP podrá solicitar las aclaraciones o explicaciones sobre dichos documentos, los cuales deberán ser allegados por los proponentes dentro del término que al efecto les fije el FCP, so pena del rechazo de la propuesta.
La propuesta debe contener un índice, en el que se identifique en forma clara la documentación de la propuesta y el folio o folios a que corresponda. Las copias deben corresponder exactamente al original; si se presentare alguna diferencia entre el original y las copias, prevalecerá siempre el original.
La propuesta, junto con todos los documentos que la conformen, debe ser entregada dentro del plazo del presente proceso, en la fecha y hora señalada en la cronología del presente proceso de selección.
La presentación de la propuesta implica la aceptación y conocimiento de la legislación colombiana, acerca de los temas objeto del presente proceso y de todas las condiciones y obligaciones establecidas en el presente Análisis Preliminar con las condiciones contractuales.
No se aceptarán propuestas enviadas por correo electrónico. Las propuestas que se presenten después de la fecha y hora fijadas para su entrega serán consideradas como extemporáneas por lo tanto NO serán objeto de verificación y evaluación.
El tiempo de validez de la propuesta deberá ser como mínimo cuatro (4) meses, igual a la vigencia de la Garantía de Seriedad de la Propuesta.
Los anexos establecidos para el presente proceso de selección deberán ser diligenciados completamente y suscritos por el proponente, en caso de ser persona natural; por el representante legal en caso de ser persona jurídica; o por el representante designado en caso de ser proponente plural.
2.9.2 PROPUESTA DE PROPONENTES PLURALES
Podrán presentar propuesta directamente o a través de apoderado, los proponentes plurales, bien sea asociados mediante consorcio o Unión Temporal o cualquier forma de asociación legalmente aceptada en Colombia. Los integrantes del proponente plural deberán dar estricto cumplimiento a cada uno de los requisitos señalados para tal efecto en el presente capítulo.
Así mismo, sus integrantes, apoderados y representantes no podrán encontrarse reportados en el Sistema de Administración del Riesgo xx Xxxxxx de Activos y de la Financiación del Terrorismo – SARLAFT o en la Lista Xxxxxxx.
2.9.3 IDIOMA
Los documentos y las comunicaciones entregadas, enviadas o expedidas por los proponentes o por terceros para efectos del Proceso de Contratación, o para ser tenidos en cuenta en el mismo, deben ser otorgados en castellano. La propuesta y sus anexos deben ser presentados en castellano. Los documentos con los cuales los proponentes acrediten los requisitos habilitantes que estén en una lengua extranjera, deben ser traducidos al castellano y presentarse junto con su original otorgado en lengua extranjera. Para firmar el contrato, el Proponente que resulte seleccionado debe presentar la traducción oficial al castellano de los documentos presentados por escrito en idioma extranjero, la cual deberá ser oficial en los términos del artículo 251 del Código General del Proceso, cumpliendo el trámite de Apostilla o consularización.
2.9.4 CONVERSIÓN DE MONEDAS
Los Proponentes deben presentar sus estados financieros en la moneda legal del país en el cual fueron emitidos y adicionalmente en pesos colombianos.
Si está expresado originalmente en una moneda diferente a dólares de los Estados Unidos de Norte América, debe convertirse a ésta moneda utilizando para ello el valor correspondiente con el siguiente procedimiento de conversión: Primeramente según la tasa de conversión para la fecha xxx xxxxx fiscal y el dato oficial de la entidad que ejerza las funciones de banca central o estadístico de la moneda nacional del país de origen y que corresponda a la tasa
representativa de dicho país respecto xxx xxxxx, y si ello no fuere posible por no existir estas entidades o las mismas no tengan datos de referencia y cambio a dólares, se usará el convertidor disponible en:
xxxx://xxx.xxxxx.xxx/xxxx/xx/xxxxxxxx/xxxxxxxxx/.
Una vez que se tengan las cifras en dólares de los Estados Unidos de América o si la información se presenta originalmente en dicha moneda, para la conversión a pesos colombianos se debe tener en cuenta la tasa representativa xxx xxxxxxx (TRM) certificada por la Superintendencia Financiera de Colombia para la fecha xx xxxxx de los estados financieros.
2.9.5 DOCUMENTOS OTORGADOS EN EL EXTERIOR
Los documentos otorgados en el exterior que presenten los proponentes deberán estar debidamente legalizados (consularizados o apostillados) y traducidos al idioma castellano, caso que a ello hubiere lugar, como se explica a continuación:
Para efectos de legalización de documentos otorgados en el exterior se debe tener en cuenta lo establecido en la Resolución 7144 del 20 de octubre de 2014 “Por la cual se adopta el procedimiento para apostillar y legalizar documentos”, expedida por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia.
De acuerdo con la Ley 14 de 1979 sobre Defensa del Idioma Español, y su Decreto Reglamentario 2744 de 1980, los documentos que hacen parte de una actuación oficial deberán estar escritos en idioma castellano. Aquellos expedidos en otro idioma deberán acompañarse con la correspondiente traducción oficial realizada por un traductor inscrito ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, en los términos descritos en el artículo 104 del Código General del Proceso.
Para consultar los traductores autorizados se debe acceder al siguiente link: xxxxx://xxxxxxxx.xxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxx.xxxx
2.9.6 CONSULARIZACIÓN
De conformidad con lo previsto en el artículo 480 del Código de Comercio, los documentos otorgados en el exterior se autenticarán por los funcionarios competentes para ello en el respectivo país y la firma de tales funcionarios será autenticada a su vez por el cónsul colombiano o, a falta de éste, por el de una nación amiga, sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales.
Tratándose de sociedades, al autenticar los documentos a que se refiere el mencionado artículo los cónsules harán constar que existe la sociedad y ejerce su objeto conforme a las leyes del respectivo país.
Surtido el trámite señalado en el presente numeral, estos documentos deben ser presentados ante el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia (Oficina de Legalizaciones) para la correspondiente legalización de la firma del cónsul y demás trámites pertinentes.
Tratándose de documentos otorgados por países no miembros del Convenio de la Haya se dará aplicación a las disposiciones contenidas en el artículo 251 del Código de General del Proceso, esto es, para que los documentos extendidos en idioma distinto xxx xxxxxxxxxx puedan apreciarse como prueba se requiere que obren en el proceso con su correspondiente traducción efectuada por el Ministerio de Relaciones Exteriores, por un intérprete oficial o por
traductor designado por el juez. En los dos primeros casos la traducción y su original podrán ser presentados directamente. En caso de presentarse controversia sobre el contenido de la traducción, el juez designará un traductor.
Los documentos públicos otorgados en país extranjero por funcionario de éste o con su intervención, se aportarán apostillados de conformidad con lo establecido en los tratados internacionales ratificados por Colombia. En el evento de que el país extranjero no sea parte de dicho instrumento internacional, los mencionados documentos deberán presentarse debidamente autenticados por el cónsul o agente diplomático de la República de Colombia en dicho país, y en su defecto por el de una nación amiga. La firma del cónsul o agente diplomático se abonará por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia, y si se trata de agentes consulares de un país amigo, se autenticará previamente por el funcionario competente del mismo y los de este por el cónsul colombiano.
Los documentos que cumplan con los anteriores requisitos se entenderán otorgados conforme a la ley del respectivo país.
2.9.7 APOSTILLE
Cuando se trate de documentos de naturaleza pública otorgados en el exterior, de conformidad con lo previsto en la Ley 455 de 1998, no se requerirá del trámite de consularización, siempre que provenga de uno de los países signatarios de La Haya del 5 de octubre de 1961, sobre abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros, aprobada por la Ley 455 de 1998. En este caso sólo será exigible la Apostilla, trámite mediante el cual la autoridad competente del Estado de donde emana el documento certifica la autenticidad de la firma, a que título ha actuado la persona que firma el documento y cuando proceda la indicación del sello o estampilla que llevare.
Si la Apostilla está dada en idioma distinto xxx xxxxxxxxxx, deberá presentarse acompañada de una traducción oficial a dicho idioma y la firma del traductor legalizada de conformidad con las normas vigentes.
2.9.8 DOCUMENTOS PARA ACREDITAR TÍTULOS EN EL EXTERIOR
El proponente que ofrezca personal con títulos académicos otorgados en el exterior deberá acreditar en el término señalado en los presentes términos contractuales, la convalidación de estos títulos ante el Ministerio de Educación Nacional, para lo cual deberá iniciar con suficiente anticipación los trámites requeridos.
El Ministerio de Educación Nacional convalidará los estudios de pregrado (universitarios) por disciplina y/o licenciatura y los de postgrado en los niveles de especialización, maestría y doctorado.
Este requisito no se exigirá cuando se trate de profesionales titulados y domiciliados en el exterior que pretendan ejercer temporalmente la profesión en Colombia. En el caso de profesiones legalmente reguladas que se pretendan ejercer temporalmente, para la ejecución del contrato, se debe presentar el permiso otorgado por la entidad que en Colombia regula la respectiva profesión, por ejemplo, para el caso de profesión la ingeniería el permiso temporal lo otorga el Consejo Profesional Nacional de Ingeniería -COPNIA.
2.10. CORRESPONDENCIA Y COMUNICACIONES
Toda la correspondencia que se genere con ocasión del presente proceso de selección deberá ser dirigida a la XXXXX 00 Xx. 00-00 FIDUPREVISORA -PISO 1 Centro de Recursos de Información -CRI, en la ciudad de Bogotá., D.C.
2.11 CONFIDENCIALIDAD DE LA PROPUESTA
Los proponentes deberán indicar en su propuesta cuáles de los documentos aportados son de carácter reservado e invocar la norma que ampara dicha reserva. Si el proponente no hace pronunciamiento expreso amparado en la ley, se entenderá que toda la propuesta es pública.
2.12 INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES Y CONFLICTO DE INTERÉS.
No podrán participar en este proceso de selección, quienes se encuentren en cualquiera de las circunstancias previstas en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993, en las Leyes 1150 de 2007 y 1474 de 2011, en el numeral 4 del artículo 38 de la Ley 734 de 2002, y demás disposiciones legales vigentes que consagren inhabilidades e incompatibilidades para contratar con el Estado.
Tampoco podrán hacerlo las personas jurídicas, nacionales o extranjeras, a través de una o más sociedades controladas o de sus matrices, directa o indirectamente.
Los oferentes – Estructuras Plurales- y sus integrantes deberán declarar bajo la gravedad de juramento en la oferta que: (i) no están incursos en causales contenidas en régimen de inhabilidades, incompatibilidades o prohibiciones legales; ni se encuentran incursos directamente, ni su equipo de trabajo y/o sus directivos en conflicto de intereses
(ii) que no se encuentran incursos en ninguna causal de disolución y/o liquidación, (iii) que no se encuentra(n) adelantando un proceso de liquidación obligatoria, concordato o cualquier otro proceso de concurso de acreedores de conformidad con las normas de países diferentes de Colombia; (iv) que no se encuentran reportados en el Boletín de Responsables Fiscales vigente, publicado por la Contraloría General de la República, de acuerdo con lo previsto en el numeral 4 del artículo 38 de la Ley 734 de 2002, en concordancia con el artículo 60 de la Ley 610 de 2000, (v) que no se encuentran reportados en el SIRI de la Procuraduría General de la Nación con sanción que implique inhabilidad vigente (vi) Que no se encuentren reportados en el Sistema Nacional de Medidas Correctivas que implique inhabilidad vigente. Dichas afirmaciones se entenderán prestadas con la suscripción de la Carta de presentación de la Oferta.
CAPITULO III REQUISITOS HABILITANTES
Los documentos que se mencionan en acápite son verificables y como tales se constituyen en un requisito habilitante para la participación en este proceso de selección. Este aspecto es objeto de verificación y no de calificación, por tanto, si el proponente cumple todos los aspectos que determinan la capacidad jurídica se declarará “CUMPLE JURÍDICAMENTE”. En caso contrario, se declarará que “NO CUMPLE JURÍDICAMENTE”
3.1 CAPACIDAD JURÍDICA
En el presente proceso pueden participar personas naturales o jurídicas nacionales o extrajeras de carácter público o privado o consorcios, uniones temporales o cualquier forma de asociación legalmente aceptada en Colombia que aquellas conformen, cuyo objeto social esté relacionado con el objeto del contrato a celebrarse.
Los documentos jurídicos emitidos en el exterior se deberán adjuntar con la respectiva Consularización o Apostille, acompañados de traducción oficial al español.
Todos los proponentes y/o sus integrantes si son formas plurales deben:
1) Tener capacidad jurídica para la presentación de la propuesta en el presente proceso.
2) Tener capacidad jurídica para la celebración y ejecución del contrato que llegare a celebrase.
3) Cumplir con la vigencia de la sociedad al momento de la presentación de la propuesta una vez se abra el proceso de selección, la cual no podrá ser inferior al plazo estimado del contrato y cinco (5) años más.
4) No estar incursos en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993, en la Ley 1150 de 2007, en el numeral 4 del artículo 38 de la Ley 734 de 2002, en la Ley 1474 de 2011 y demás disposiciones legales vigentes que consagren inhabilidades e incompatibilidades.
5) No estar en un proceso de liquidación obligatoria, dicha afirmación se entenderá prestada con la suscripción de la Carta de presentación de la propuesta y se verificará en el Certificado de Existencia y representación Legal.
6) No estar reportado en el último Boletín de Responsables Fiscales vigente, publicado por la Contraloría General de la República, de acuerdo con el artículo 60 de la Ley 610 de 2000
7) No presentar sanciones que impliquen inhabilidad para contratar con el Estado.
Para efectos de acreditar los anteriores requisitos el proponente deberá aportar:
3.1.1 Carta de presentación de la propuesta
El proponente aportará una carta de presentación que deberá ser entregada en original, foliada y firmada, anexando todos los documentos que se exigen para el estudio de la propuesta, deberá identificar claramente el sujeto jurídico que hace la propuesta; hacer un ofrecimiento incondicional de celebrar el contrato propuesto; y manifestar el compromiso de acoger y respetar las reglas de este proceso de selección.
Esta deberá estar suscrita por el proponente que será la persona natural o el representante legal para personas jurídicas, del consorcio o unión temporal, o por el apoderado debidamente autorizado, evento en el cual se debe anexar el original del poder donde se especifique que se otorga para presentar la carta de presentación y la propuesta.
Se consideran válidas las cartas de presentación que el representante legal o apoderado firmen de forma electrónica de acuerdo con lo contemplado en la Ley 527 de 1999, el Decreto Ley 019 de 2012 y el Decreto 2364 de 2012. (No escaneada).
Se entiende por firma electrónica la definición contenida en el numeral 3 del artículo 1° del Decreto 2364 de 2012 el cual establece: “Firma electrónica: Métodos tales como, códigos, contraseñas, datos biométricos, o claves criptográficas privadas, que permite identificar a una persona, en relación con un mensaje de datos, siempre y cuando el mismo sea confiable y apropiado respecto de los fines para los que se utiliza la firma, atendidas todas las circunstancias del caso, así como cualquier acuerdo pertinente”.
Para facilitar este trámite, este documento dispone del formato para tal fin el ANEXO N°. 1 Carta de presentación de la propuesta. El contenido de dicho documento podrá ser modificado a criterio de los proponentes, siempre y cuando conserve sus elementos esenciales, es decir, la totalidad de la información requerida. El proponente NO podrá señalar condiciones diferentes a las establecidas en el Análisis Preliminar, so pena de rechazo de la propuesta.
3.1.2 Documento de Conformación del Consorcio o Unión Temporal, si es la condición del proponente o cualquier forma de Asociación Legalmente Aceptada en Colombia
Se diligenciará de acuerdo con el modelo suministrado en el presente Análisis Preliminar, ANEXO N°. 2 – Documento Consorcial y ANEXO N°. 3 - Documentos Unión Temporal, teniendo en cuenta lo siguiente:
a) Nombre y domicilio de los constituyentes, acompañado de la cédula de ciudadanía, cédula de extranjería, pasaporte del proponente o visa de residente, de cada uno de los integrantes de la estructura plural y de su representante legal, según corresponda de acuerdo con la normatividad vigente. La contraseña expedida por la Registraduría Nacional del Servicio Civil se tendrá como documento válido en defecto de la cédula de ciudadanía y cédula de extranjería.
b) El objeto del consorcio o unión temporal, el cual deberá ser el mismo del objeto a contratar.
c) La designación de un representante que deberá estar facultado para actuar en nombre y representación del consorcio o unión temporal; igualmente, deberá designarse un suplente que lo remplace en los casos de ausencia temporal o definitiva
d) Las personas jurídicas extranjeras que participen en consorcio o unión temporal podrán constituir un solo apoderado común y, en tal caso, bastará para todos los efectos la presentación del poder común otorgado por todos los integrantes, con los requisitos de autenticación, consularización y/o apostille y traducción exigidos en el Código de Comercio de Colombia, además de los señalados en este Análisis Preliminar. El poder a que se refiere este párrafo podrá otorgarse en el mismo acto de constitución del Consorcio o Unión Temporal.
e) El documento en el que se exprese la voluntad de presentar la propuesta en consorcio o unión temporal deberá ir acompañado de los documentos que acrediten que quienes lo suscribieron tenían la representación y capacidad necesarias (certificados de existencia y representación legal expedidos por la Cámara de Comercio, actas de Junta Directiva y poderes. Si el representante legal tiene limitaciones para comprometer o contratar a nombre de la persona jurídica, deberá presentar copia del acta de la Junta de Socios o Junta Directiva o, en su defecto, certificado del secretario de la Junta, según el caso, en el que conste que el representante legal está facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato en el evento de ser seleccionado).
f) La indicación del domicilio de cada uno de los integrantes.
g) La indicación del domicilio de la figura asociativa.
h) La duración del consorcio o unión temporal deberá ser igual al plazo de ejecución del contrato y cinco (5) años más.
i) La sumatoria del porcentaje de participación de Consorcios o Uniones Temporales no podrá ser diferente al 100%.
j) Será causal de RECHAZO, modificar durante la etapa pre-contractual los porcentajes de participación de los integrantes del Consorcio o Uniones Temporales y su integración.
k) Si el proponente es un Consorcio, sus integrantes presentan en forma conjunta la propuesta para la selección, celebración y ejecución del Contrato, respondiendo solidariamente de todas y cada una de las obligaciones derivadas de los mismos; por consiguiente, afectarán por igual a todos y cada uno de sus integrantes las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo del proceso de selección y del Contrato. En la etapa contractual no podrán ser modificados los porcentajes de participación sin el consentimiento previo del FCP.
l) Si el proponente es una Unión Temporal, se indicará el porcentaje de participación y los términos y la extensión de la participación en la propuesta y en la ejecución del Contrato de cada uno de sus integrantes, toda vez que las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del Contrato se impondrán de acuerdo con la participación de cada uno de los integrantes en la unión temporal. En la etapa contractual no podrán ser modificados los porcentajes de participación sin el consentimiento previo del FCP. La extensión de la participación se indicará en función de las actividades a ejecutar en el proyecto.
m) Cuando en el documento de conformación del consorcio o de la unión temporal no se discriminen los términos y extensión de la participación en la propuesta y en su ejecución de cada uno de sus integrantes, se entenderá que su participación es en porcentajes equivalentes. En consecuencia, en caso de sanciones, el FCP las aplicará por igual a todos los integrantes.
La propuesta será considerada como no hábil cuando no se presente el documento de constitución del consorcio o unión temporal, o cuando habiéndose presentado no cuenta con el lleno de los requisitos enunciados en los literales anteriores.
NOTA: El Consorcio o Unión Temporal interesado en presentar propuesta en el presente proceso de selección podrá estar integrado máximo por TRES (3) integrantes.
3.1.3 Garantía de Seriedad de la Propuesta.
El proponente sea persona natural o jurídica, nacional o extranjera, deberá constituir a su xxxxx y presentar con su propuesta una garantía de seriedad de la propuesta expedida por una Compañía de Seguros legalmente establecida y autorizada para funcionar en Colombia, a favor de entidades particulares, junto con la certificación del pago de la prima correspondiente, así:
La garantía de seriedad de la propuesta se debe constituir en los siguientes términos:
a) Fecha de Expedición: La fecha de expedición de la garantía deberá ser igual o anterior a la fecha y hora señalada para el cierre del presente proceso.
b) Amparos de la Garantía de Seriedad: La Garantía de Seriedad deberá cubrir los perjuicios derivados del incumplimiento del ofrecimiento.
c) Valor asegurado: La Garantía de Seriedad deberá ser equivalente al 10% del valor total del presupuesto oficial del presente proceso.
d) Vigencia: La Garantía de Seriedad deberá tener una vigencia de cuatro (4) meses contados a partir de la fecha prevista para el cierre del proceso, pero en todo caso deberá prorrogarse su vigencia cuando el PA - FCP resuelva ampliar los plazos previstos para la presentación de propuestas y/o para la evaluación y aceptación de la propuesta y/o para la suscripción del contrato. La prórroga deberá ser por un plazo igual al de la ampliación o ampliaciones determinadas por el PA - FCP.
e) Asegurado/Beneficiario: El asegurado/beneficiario es FIDEICOMISOS PATRIMONIOS AUTONOMOS FIDUCIARIA LA PREVISORA S.A. -PATRIMONIO AUTONOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ, NIT 000.000.000-3.
f) Tomador/Afianzado: La Garantía de Seriedad deberá tomarse con el nombre del proponente como figura en el documento de identidad. En el evento que la Propuesta se presente en consorcio o unión temporal, el Tomador debe ser el consorcio o unión temporal (según sea el caso), conforme al documento de constitución, indicando expresamente los integrantes y porcentajes de participación.
La falta de firma de la garantía de seriedad y en general los errores que se hayan cometido en la expedición de la garantía serán susceptibles de aclaración o subsanación, dentro del término perentorio que para el efecto fije el PA FCP.
El proponente, por el acto de presentar propuesta, acepta que el FCP solicite ampliar el término de vigencia de la garantía, en la medida en que ello sea necesario.
El No presentar la garantía de seriedad de la propuesta de forma simultánea con la oferta, será causal de
RECHAZO de la oferta.
3.1.4 Poder cuando la propuesta se presente por conducto de apoderado.
Los poderes otorgados para la presentación de oferta deben ser constituidos de conformidad con la normatividad colombiana (Articulo 5 y 25 del Decreto Ley 019 de 2012 y el Art. 74 de la Ley 1564 de 2012).
Los proponentes extranjeros sin sucursal o domicilio en Colombia deberán presentar sus propuestas a través de apoderado facultado para tal fin, con arreglo a las disposiciones legales que rigen la materia.
La persona jurídica de origen extranjero, que no sea residente en Colombia, podrá presentar propuesta, previo cumplimiento de los requisitos generales establecidos para tal fin, aplicables a los proponentes nacionales con las excepciones del caso y especialmente cumpliendo los siguientes requisitos:
i. Cuando se trate de personas jurídicas privadas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia, deberán acreditar la constitución de un apoderado (Poder Especial), domiciliado y residente en Colombia, debidamente facultado para presentar la propuesta y celebrar el contrato, así como para representarla administrativa, judicial o extrajudicialmente.
ii. El proponente extranjero deberá relacionar y certificar la experiencia exigida en este proceso. En el evento en que dicha experiencia se haya obtenido en país distinto a Colombia, para efectos de certificarla deberá adjuntar la certificación respectiva que deberá cumplir con los requisitos establecidos en este documento. Adicionalmente, si la certificación se encuentra en idioma distinto al castellano, deberá adjuntarse además del documento en idioma extranjero, la traducción del documento, tal y como lo establece el artículo 251 del Código General del proceso.
En el evento de resultar favorecido un proponente extranjero sin domicilio ni sucursal en Colombia, para efectos de poder ejecutar el contrato deberá previamente constituir una sucursal en Colombia en los términos señalados en los artículos 471 y 474 del Código de Comercio de Colombia.
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 874 del Código de Comercio, en concordancia con el artículo 28 de la Ley 9 de 1991, el artículo 3 del Decreto 1735 de 1993 y la Resolución No. 8 de 2000, modificada por la Resolución 6 de 2006, emanada del Banco de la República, el valor en pesos colombianos del contrato o contratos celebrados en moneda distinta será el de la fecha de su suscripción o firma, de acuerdo con la tasa de cambio oficial que indique la Superintendencia Financiera.
3.1.5 Fotocopia del documento de identidad del proponente persona natural, representante legal de persona jurídica y/o su apoderado.
La proponente persona natural deberá aportar fotocopia de su documento de identidad. Las personas jurídicas deberán aportar fotocopia del documento de identidad del representante legal y en el evento de consorcio o unión temporal, copia del documento de identidad del representante legal del mismo y del representante legal o persona natural de cada uno de los integrantes que lo conforman. En caso en que la propuesta sea presentada a través de apoderado, se deberá aportar la fotocopia del documento de identidad de éste.
3.1.6 Certificaciones sobre el cumplimiento de las obligaciones de seguridad social y pago de aportes parafiscales. (ANEXO No 4 o No 5 según corresponda)
De conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, y la Ley 1562 de 2012, a la fecha de la presentación de la propuesta, el proponente deberá aportar certificación del cumplimiento de sus obligaciones y pago de aportes de sus empleados a los sistemas de salud, riesgos laborales, pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello haya lugar, mediante certificación expedida por el revisor fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos xx xxx, o en su defecto por el representante legal, la cual en todo caso, acreditará el cumplimiento de la obligación como mínimo en los seis (6) meses anteriores a la presentación de la propuesta.
Si se trata de un consorcio o unión temporal, se deberá allegar la certificación de cumplimiento antes mencionada para cada uno de los integrantes.
Las personas naturales únicamente deberán presentar copia de las planillas de pago unificadas de los últimos seis meses de los aportes los sistemas de seguridad social.
En caso de que la persona natural o jurídica nacional no tenga personal a cargo y por ende no esté obligada a efectuar el pago de aportes parafiscales y de seguridad social, deberá indicar esta circunstancia bajo la gravedad de juramento.
En caso de una persona natural y/o jurídica extranjera sin domicilio y/o sucursal en Colombia, deberá manifestar bajo la gravedad de juramento que no está obligado al pago de los aportes a la seguridad social y parafiscales en territorio colombiano.
3.1.7 Certificado de existencia y representación legal, o certificación de matrícula mercantil.
Si la propuesta la presenta una persona natural, deberá aportar el certificado de inscripción en el Registro Mercantil si está obligada a ello, en donde conste que se encuentra inscrito por lo menos con CINCO (5) años de anterioridad a la fecha de cierre del proceso. Si se presenta una persona natural en ejercicio de una profesión liberal, con la presentación de la Cedula de ciudadanía y la acreditación que ostenta la condición dicha condición será suficiente para este efecto.
El PROPONENTE, persona jurídica nacional, deberá acreditar su existencia y representación legal, mediante certificado expedido por la Cámara de Comercio correspondiente en el cual se verificará:
1) Fecha de expedición del certificado de existencia y representación legal: No podrá ser mayor a treinta (30) días calendario anteriores a la fecha prevista para el cierre del plazo del presente proceso.
2) Objeto social: Deberá contemplar las actividades que guarden relación con el objeto a contratar.
3) Facultades del representante legal: Las facultades de quien ejerce la representación legal deberán habilitarlo para presentar la propuesta y si llegare a resultar favorecido a la suscripción del contrato que se derive del proceso de selección, así como para comprometer a la sociedad.
4) Domicilio: Que la persona jurídica se encuentra domiciliada y debidamente registrada en Colombia.
5) Término de duración: Que el término de duración sea igual al plazo de ejecución del contrato y cinco (5) años más.
6) Término de constitución: Que la persona jurídica tenga como mínimo cinco (5) años de constitución con antelación a la fecha de cierre de la presente convocatoria.
7) Limitaciones del representante legal: Si el representante legal de la sociedad tiene restricciones para contratar y obligarse en nombre de la misma, deberá acreditar la autorización mediante la cual el órgano competente lo faculta para presentar la propuesta y celebrar el contrato en el evento de ser seleccionado. Dicha autorización debe haber sido otorgada previamente al cierre del presente proceso de selección. La ausencia definitiva de autorización suficiente o el no aporte de dicho documento, determinará la falta de capacidad jurídica para presentar la propuesta, y por tanto se procederá a su rechazo.
8) El nombramiento del revisor fiscal según corresponda.
Cuando el Representante Legal del Proponente tenga limitaciones legales o estatutarias a sus atribuciones, se deberá presentar adicionalmente copia del acta o del documento que haga sus veces en la que conste la decisión del órgano social correspondiente que autorice previamente al Representante Legal para la presentación de la Propuesta, la suscripción del contrato y para actuar en los demás actos del proceso de selección y requeridos para
la contratación, en el caso de resultar adjudicado. Lo anterior aplicará para los integrantes de las figuras plurales que tengan dicha limitación.
Las personas jurídicas extranjeras con actividades permanentes en la República de Colombia deberán estar legalmente establecidas en el territorio nacional de acuerdo con los artículos 471 y 474 del Código de Comercio. Si la propuesta es suscrita por una persona jurídica extranjera a través de la sucursal que tenga abierta en Colombia, se deberá acreditar la capacidad legal de la sucursal y de su representante o mandatario, mediante la presentación del Certificado de existencia y representación legal con fecha de expedición máximo de 30 días antes de la fecha de cierre del presente proceso de selección por la Cámara de Comercio.
Cuando el representante legal de la sucursal tenga restricciones para contraer obligaciones, deberá acreditar autorización suficiente del órgano competente social respectivo para contraer obligaciones en nombre de la sociedad.
La ausencia definitiva de autorización suficiente o el no aporte de dicho documento una vez solicitado por el Fondo, determinará la falta de capacidad jurídica para presentar la propuesta, y por tanto su rechazo.
En relación con las empresas extranjeras y como quiera que la sucursal en Colombia no es una persona jurídica diferente a la Casa Matriz, se tendrá en cuenta la fecha de constitución de esta última.
El no cumplimiento de los requisitos aquí señalados dará lugar a que la propuesta sea evaluada como no habilitada jurídicamente y por lo tanto será rechazada.
Para el caso de Proponentes que sean personas jurídicas extranjeras sin domicilio o sucursal en Colombia se deberán cumplir los mismos requisitos de objeto y duración establecidos en el presente Análisis Preliminar para las personas jurídicas domiciliadas en el territorio nacional.
Los Proponentes deben entregar con la Propuesta, los documentos expedidos por la autoridad competente en el país de su domicilio que permitan verificar los requisitos habilitantes jurídicos. Estos documentos no deben tener una expedición mayor a treinta (30) días a la fecha de presentación de la Propuesta.
La capacidad jurídica o de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas se acreditará mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro Público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate. Las personas jurídicas sólo podrán ser adjudicatarias de contratos cuyas prestaciones estén comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios.
Los documentos que se entreguen para acreditar la existencia y representación legal de la sociedad extranjera, legalizados antes de la fecha de cierre del presente proceso de selección, deberán permitir la verificación de la siguiente información:
- Nombre o razón social completa.
- Nombre del representante legal o de la persona facultada para comprometer a la persona jurídica.
- Facultades del representante legal o de la persona facultada para comprometer a la persona jurídica, en la que se señale expresamente que el representante no tiene limitaciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, o aportando la autorización o documento correspondiente del órgano directivo que le faculte expresamente. La ausencia definitiva de autorización suficiente o el no aporte de dicho documento, una vez solicitado por el Fondo, determinará la falta de capacidad jurídica para presentar la propuesta, y por tanto su rechazo.
- Tipo, número y fecha del documento de constitución o creación.
- Fecha y clase de documento por el cual se reconoce la personería jurídica.
- Duración de la persona jurídica la cual deberá ser como mínimo igual al plazo de ejecución del contrato y cinco (5) años más.
Cuando en los documentos aportados que acreditan la existencia y representación legal de la persona jurídica extranjera no cuente con toda la información requerida, podrán adjuntar una certificación del representante legal de la sociedad extranjera con los datos que faltan, la cual se entiende formulada bajo la gravedad de juramento.
Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia.
Tratándose de documentos públicos, deberán cumplirse todos y cada uno de los requisitos legales relacionados con la legalización, consularización o apostille y traducción de documentos otorgados en el extranjero, exigidos para la validez y oponibilidad en Colombia de documentos expedidos en el exterior y que puedan obrar como prueba, conforme a lo dispuesto en el artículo 251 del Código General del Proceso, de la República de Colombia y lo previsto en esta convocatoria pública.
En el evento de la legalización de documentos emanados de autoridades de países integrantes del Convenio de la Haya de 1961, se requerirá únicamente la Apostilla como mecanismo de legalización, de conformidad con lo señalado en la Ley 455 de 1998.
3.1.8 Compromiso anticorrupción
El proponente singular y cada uno de sus integrantes cuando se trate de Consorcio o Unión Temporal, deben suscribir el compromiso anticorrupción contenido en el ANEXO N° 6. Compromiso Anticorrupción, en el cual manifiestan su apoyo irrestricto a los esfuerzos del Estado colombiano contra la corrupción. Si se comprueba el incumplimiento del Proponente, sus empleados, representantes, asesores o de cualquier otra persona que en el Proceso de Contratación actúe en su nombre, es causal suficiente para el rechazo de la propuesta o para la terminación anticipada del contrato, si el incumplimiento ocurre con posterioridad a la aceptación de la propuesta, sin perjuicio de que tal incumplimiento tenga consecuencias adicionales.
3.1.9 Inscripción en el registro único de proponentes de la cámara de comercio (RUP)
El proponente deberá aportar el RUP, con fecha de expedición no mayor a treinta (30) días calendario a la fecha de cierre del presente proceso vigente y en firme a la fecha prevista para el cierre de la presente Convocatoria. Dicha exigencia aplica para cada uno de los integrantes de Consorcios, Uniones Temporales u otras formas de asociación.
El certificado constituye plena prueba respecto de la información verificada documentalmente y cuyo registro se encuentre en firme.
Si fueren sociedades extranjeras con sucursal en el país y dentro del RUP no se encuentra toda la información requerida, se deberá adjuntar certificación del representante legal de la sociedad extranjera o en su defecto del mandatario de la sucursal con los datos faltantes, la cual se entiende formulada bajo la gravedad del juramento. El objeto social del proponente debe tener relación directa con el objeto de la contratación.
Tratándose de personas naturales extranjeras sin domicilio en el país o de personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia no se les exigirá RUP. En consecuencia, el PA-FCP verificará información sobre capacidad jurídica, capacidad financiera y las condiciones de experiencia y organización de los proponentes.
No podrá acreditarse la inscripción o actualización de información en el Registro Único de Proponentes con posterioridad al cierre del proceso, so pena de rechazo de la propuesta.
3.1.10 Sistema de administración xx xxxxxx de activos y de la financiación del terrorismo
El proponente, su representante legal o su apoderado, según corresponda, no podrán encontrarse reportados en el Sistema de Administración del Riesgo xx Xxxxxx de Activos y de la Financiación del Terrorismo – SARLAFT. En consecuencia, con la presentación de la propuesta se entenderá otorgada la autorización para realizar esta verificación.
ANEXO N° 10 – FORMULARIO FR-GNE-05-010
Los documentos y formularios deberán presentarse en original, en sobre o cuaderno separado de la propuesta original, rotulado o titulado como original, el cual será un requisito de vinculación para la suscripción del contrato.
Nota 1: El proponente debe cumplir con la Etapa de Conocimiento de no Cliente, allegando la información y documentos conforme lo establece este numeral y los requerimientos que le sean realizados, so pena que su propuesta sea rechazada.
Nota 2: La presentación incompleta de los documentos anteriormente señalados, es subsanable en el término que para el efecto establezca el FCP.
Nota 3: Proceso de conocimiento de persona jurídica, consorcio y/o unión temporal: Toda la información y documentos que a continuación se señalan deberán ser leídos y examinados cuidadosamente por los proponentes o posibles partes contractuales, con el fin evitar omisiones de información y errores en su diligenciamiento y presentación ante la entidad Fiduciaria como vocera del FCP.
Nota 4: En los casos en los que la información solicitada no sea aplicable al tipo de servicio requerido o a la naturaleza del cliente se debe escribir el texto NO APLICA, se deben diligenciar todos los espacios del formulario con excepción de los espacios que deben ser diligenciados por la Fiduciaria. No se recibirán formularios con tachones y/o enmendaduras.
Nota 5: Tanto los integrantes del Consorcio como los conformantes de las Uniones temporales deberán entregar el formato de conocimiento FR-GNE-05-010 debidamente diligenciado junto con TODOS sus anexos.
Nota 6: Es importante tener en cuenta que el FCP, podrá solicitar información adicional para continuar con el estudio respectivo, aun después de recibidos los documentos antes señalados.
3.1.11 Consulta de antecedentes disciplinarios
El FCP durante el término de evaluación de las propuestas realizará la consulta de antecedentes disciplinarios de los proponentes y sus representantes ante la Procuraduría General de la Nación.
3.1.12 Consulta de antecedente fiscales
El FCP durante el término de evaluación de las propuestas realizará la consulta del boletín de responsables fiscales ante la Contraloría General de la República.
3.1.13 Consulta de antecedente judiciales
El FCP durante el término de evaluación de las propuestas realizará la consulta de antecedentes judiciales (pasado judicial) ante la Policía Nacional.
3.1.14 Consulta del Sistema Registro Nacional de Medidas Correctivas RNMC
El FCP durante el término de evaluación de las propuestas realizará la consulta respectiva en el REGISTRO NACIONAL DE MEDIDAS CORRECTIVAS.
3.2 CAPACIDAD FINANCIERA
Los documentos que se mencionan en este numeral son verificables y como tales se constituyen en un requisito habilitante para la participación en este proceso de selección. Este aspecto es objeto de verificación y no de calificación, por tanto, si el proponente cumple todos los aspectos que determinan la capacidad financiera, se declarará “CUMPLE FINANCIERAMENTE”. En caso contrario, se declarará que “NO CUMPLE FINANCIERAMENTE”
Todos los proponentes que demuestren interés en participar en el presente proceso de contratación deberán estar inscritos en el Registro Único de Proponentes -RUP con el fin de que la entidad realice la verificación de los requisitos habilitantes de carácter financiero.
3.2.1 Verificación de la Capacidad Financiera.
Los indicadores financieros serán verificados a partir de la información sobre capacidad financiera que obra en el certificado de inscripción, calificación y clasificación en el registro único de proponentes – RUP, actualizado, renovado y en firme a la fecha de adjudicación, en el que se certifique la capacidad financiera conforme a las cifras financieras del activo corriente, pasivo corriente, activo total, pasivo total, patrimonio, utilidad Operacional y Gastos de intereses, a 31 de diciembre de 2017.
El PA-FCP calculará los siguientes indicadores financieros y verificará el cumplimiento de las condiciones que se detallan a continuación:
Para determinar la vigencia y firmeza del RUP, se aplicarán las reglas de firmeza de posterior publicación en el RUES.
Para la participación de las Personas Extranjeras con domicilio o sucursal en el país deben estar inscritas en el Registro Único de Proponentes a las que no tengan domicilio, no se les podrá exigir el requisito de inscripción en el registro único de proponentes, en consecuencia, los citados oferentes deberán aportar los Estados Financieros (Balance General, Estado de Resultados y Notas a los Estados Financieros) a 31 de diciembre de 2017 apostillados o legalizados, debidamente aprobados por el Representante legal y por el Contador Público o Revisor Fiscal según corresponda, así mismo, una certificación del revisor fiscal o contador público, en la cual certifique y especifique las cifras utilizadas para verificar la capacidad financiera.
Las personas extranjeras deberán presentar los Estados Financieros apostillados o legalizados y la certificación firmada por el Representante legal y Revisor Fiscal Y/O Contador Público, acompañada de traducción simple al idioma español, con los valores expresados a la moneda legal colombiana, por ser ésta la unidad de medida por disposición legal, a la tasa de cambio de la fecha de cierre de los mismos, avalados con la firma de un contador público con Tarjeta Profesional expedida por la Junta Central de Contadores de Colombia .
El Contador Público y/o Revisor Fiscal que certifiquen los indicadores, deben indicar en forma clara el nombre y número de Tarjeta Profesional, y anexar certificado de antecedentes disciplinarios, expedido por la Junta Central de Contadores, este certificado debe estar vigente para la fecha de presentación de la propuesta (no mayor a 3 meses de expedición con anterioridad a la fecha de cierre del proceso) y fotocopias de las tarjetas profesionales.
En todo caso, el proponente extranjero, persona natural o jurídica sin domicilio o sucursal en Colombia, aceptará las condiciones establecidas para el presente proceso y en el evento de resultar favorecido con la adjudicación el contratista deberá someterse a los procedimientos y exigencias contempladas por la ley Colombiana.
Cuando el proponente no cumpla con alguno de los índices en la verificación financiera, o cuando no pueda realizarse la evaluación por falta de documentación o falta de idoneidad en los documentos será considerado como NO HABILITADO, por lo tanto, deberá subsanar para continuar en la convocatoria.
3.2.2 Criterios Financieros Habilitantes.
Se entenderá que queda habilitado el proponente que cumpla con el criterio mínimo de acuerdo con los siguientes indicadores. Los indicadores aquí establecidos se encuentran fundamentados en la revisión de la base de datos del Sistema de Información Empresarial- Reportes bajo NIIF de la Superintendencia de Sociedades correspondiente a la vigencia más actual publicada (2017); para lo cual se filtró el listado por el sector de Actividades de Transporte Aéreo de Pasajeros (Act H5111) así como la consulta del Acuerdo Marco de Precios que tiene Colombia Compra Eficiente para proveer tiquetes al sector público.
INDICADOR | FORMULA | REQUISITO |
Índice de liquidez | Activo Corriente / Pasivo Corriente | Igual o superior a 1.2 (Uno punto dos) |
Nivel de Endeudamiento | Pasivo total / Activo Total | Menor o igual al 70% (Setenta) |
Razón de cobertura de Intereses | Utilidad Operacional/ Gastos de Intereses | Igual o superior a 2 (Dos) |
Capital de trabajo | Activo corriente – pasivo corriente | Superior o igual al 30% del valor del presupuesto oficial |
NOTA1: Cuando el pasivo corriente es cero (0), el indicador de liquidez se registra como “indeterminado”. Tal circunstancia obedece a que, matemáticamente, la división de cualquier número superior a cero entre cero, tiene tendencia a infinito (∞), pero al existir activo corriente, el proponente que tenga tal situación cumple con el indicador porque supera cualquier suma positiva que se haya fijado como tal.
3.2.3 Indicadores de Capacidad Organizacional
Se entenderá que queda habilitado el proponente que cumpla con el criterio mínimo de acuerdo con los siguientes indicadores. Los indicadores aquí establecidos se encuentran fundamentados en la revisión de la base de datos del Sistema de Información Empresarial- Reportes bajo NIIF de la Superintendencia de Sociedades correspondiente a la vigencia más actual publicada (2017); para lo cual se filtró el listado por el sector de Actividades de Transporte
Aéreo de Pasajeros (Act H5111) así como la consulta del Acuerdo Marco de Precios que tiene Colombia Compra Eficiente para proveer tiquetes al sector público.
Tabla 4 - Indicadores de capacidad organizacional Indicador
INDICADOR | Formula | ÍNDICE REQUERIDO | OBSERVACIONES |
Rentabilidad sobre el patrimonio | Utilidad Operacional sobre Patrimonio | Mayor o igual a 5% (0.05) | NO CUMPLE, con este indicador el proponente que presente una Utilidad Operacional Menor a Cero |
Rentabilidad sobre activos | Utilidad Operacional sobre Activo Total | Mayor o igual a 4% (0.04) | NO CUMPLE, con este indicador el proponente que presente una Utilidad Operacional Menor a Cero |
En todo caso para verificar el cumplimiento de estos indicadores se tendrán en cuenta hasta con 2 decimales.
3.2.4 Verificación financiera de propuestas conjuntas.
Verificación Financiera de propuestas conjuntas
En el caso de consorcio y/o uniones temporales para la presentación de los documentos que se enuncian como requisitos habitantes del documento de condiciones, cada uno de los integrantes del consorcio o de la Unión Temporal deberán acompañarlos y/o acreditarlos en forma individual, sin perjuicio del documento de constitución del Consorcio o Unión Temporal. Para la verificación financiera de los consorcios y/o uniones temporales se obtendrán la Información Financiera (Activo, Pasivo, etc.) de cada uno de los integrantes por separado, las cuales serán multiplicadas por su porcentaje de participación y sumados para obtener la Información Financiera del Consorcio y/o Unión Temporal así:
= (1 ∗ %1) + (2 ∗ %2) + ⋯ ( ∗∗ %)
Donde,
IFCU = Información Financiera Consorcio o Unión Temporal (Activo, Pasivo, etc.) IF1 = Información Financiera integrante 1 (Activo, Pasivo, etc.)
IF2 = Información Financiera integrante 2 (Activo, Pasivo, etc.)
%P1 = Porcentaje de participación integrante 1
%P2 = Porcentaje de participación integrante 2
El indicador del Consorcio y/o Unión Temporal es la aplicación de la fórmula de cada uno de los indicadores teniendo en cuenta las Información Financiera obtenida para el Consorcio y/o Unión Temporal.
Ejemplo.
Integrantes Consorcio y/o Unión Temporal | %Participación | Activo Corriente | Pasivo Corriente |
A | 20% | $ 1.200 | $ 350 |
B | 80% | $ 3.600 | $ 800 |
= ((1.200 ∗ 20%) + (3.600 ∗ 80%))/((350 ∗ 20%) + (800 ∗ 80%))
Nota 2: Si el proponente, o algún integrante de la Unión Temporal o Consorcio, tiene fecha de constitución en el año en el cual se adelanta el proceso de contratación y la información económica y financiera corresponde a la de apertura, el FCP solicitará dicha información actualizada con corte a la fecha más cercana a la de apertura del proceso de contratación, lo anterior teniendo en cuenta que el propósito de la evaluación de la situación financiera es tener bases que permitan considerar la viabilidad de cumplimiento de los eventuales compromisos, concepto que no puede obtenerse de la información de apertura sino la que refleje los resultados de la operación del proponente.
Nota 3: Cuando el FCP en desarrollo de la verificación financiera requiera confirmar información adicional del proponente, podrá solicitar los documentos que considere necesarios para la validación de la información, tales como, estados financieros de años anteriores, anexos específicos o cualquier otro soporte. Así mismo, requerirá las explicaciones que considere necesarias, siempre que con ello no se violen los principios de igualdad y transparencia de la contratación, sin que las aclaraciones o documentos que el proponente xxxxxxx a la solicitud puedan modificar, adicionar o complementar la propuesta.
3.3 CAPACIDAD TÉCNICA
3.3.1 Experiencia Específica del Proponente (ANEXO 8)
El proponente deberá certificar su experiencia específica, acreditando la ejecución de MÁXIMO CINCO (5) CONTRATOS EJECUTADOS Y TERMINADOS, en los que se evidencie que cumple los siguientes requisitos:
3.3.1.1 OBJETO: El objeto de los contratos con los cuales se pretenda acreditar la experiencia exigida debe corresponder a:
“suministro de tiquetes aéreos a nivel nacional”
3.3.1.2 VALOR: La sumatoria del valor de la totalidad de las certificaciones y/o contratos con los que se pretenda acreditar la experiencia debe corresponder al 100% del presupuesto oficial.
3.3.2 Del soporte documental para la acreditación de la Experiencia.
Para la acreditación de la experiencia específica requerida y las condiciones mínimas señaladas en el numeral 3.3.1., el proponente deberá presentar certificaciones de ejecución del contrato expedidas por el competente, o copia del contrato acompañado de su respectiva acta de liquidación o documento equivalente, documentación en la que deberá constar como mínimo la siguiente información:
a. Nombre del contratante.
b. Nombre del contratista.
c. Si el contrato se ejecutó en consorcio, unión temporal u otra forma conjunta, la certificación deberá indicar el nombre de sus integrantes y el porcentaje de participación de cada uno de ellos.
d. Objeto del contrato.
e. Actividades realizadas.
f. Valor total del contrato o el correspondiente a la consultoría que se pretende acreditar
g. Lugar de ejecución.
h. Fecha de inicio del contrato.
i. Fecha de terminación del contrato.
Los documentos con los cuales el Proponente acredite sus requisitos habilitantes de experiencia que hayan sido escritos originalmente en una lengua distinta al castellano, deben ser traducidos al castellano y ser presentados en su lengua original junto con la traducción al castellano.
Si la certificación del contrato no contiene la información solicitada puede presentarse el acta de recibo final o el contrato, donde se pueda obtener la información requerida, estos documentos sólo se aceptarán como documentos aclaratorios de la certificación, y no para acreditar la información exigida en la misma.
Adicionalmente aquellos contratos mediante los cuales se pretende acreditar la experiencia deben obrar en el certificado de inscripción, calificación y clasificación en el registro único de proponentes – RUP, actualizado, renovado y en firme a la fecha de cierre del presente proceso de selección.
NOTA 1: La relación de la experiencia que pretenda ser acreditada deberá ser presentada utilizando el modelo del
ANEXO N° 8, en el cual deberá relacionar toda la información solicitada.
NOTA 2: En todo caso el Comité Técnico, podrá solicitar los documentos adicionales que considere convenientes que le permita corroborar la experiencia que se pretende acreditar.
NOTA 3: Las copias de los documentos presentadas deben ser completamente legibles.
NOTA 4: El Comité Técnico se reserva el derecho de verificar y solicitar ampliación de la información suministrada por el proponente.
3.3.3 Reglas de verificación de la Experiencia del Proponente
a. En caso de consorcios o uniones temporales, la experiencia será la sumatoria de las experiencias específicas de los integrantes, en proporción al porcentaje de participación.
b. El valor total ejecutado del o los contratos que se aporten para acreditar la experiencia será aquel que tuvieron a la fecha del acta de recibo final por el contratante o su representante o a la terminación del contrato, y la conversión a salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV) se hará conforme al SMMLV del año de recibo final o de su terminación. En caso de presentar el valor en moneda extranjera, se aplicará lo siguiente:
➢ Cuando el valor del contrato esté dado en dólares americanos (USD) se convertirá a pesos colombianos utilizando para esa conversión la tasa representativa xxx xxxxxxx (TRM) vigente para la fecha de recibo final o terminación.
➢ Cuando el valor del contrato esté dado en moneda extranjera diferente al dólar americano, se realizará su conversión a dólares americanos de acuerdo con las tasas de cambio estadísticas publicadas por el Banco de la República, teniendo en cuenta la fecha de recibo final o de su terminación y, posteriormente, se procederá a su conversión a pesos colombianos de conformidad con la TMR vigente para la fecha de recibo final o de su terminación, según corresponda.
c. En los casos en que el contrato o los contratos hayan sido celebrados en consorcio, unión temporal o bajo cualquier otra forma de participación conjunta, será tenida en cuenta la experiencia en su totalidad y el valor de acuerdo con el porcentaje de participación.
d. En caso de que se presente(n) certificación(es) o constancia(s) que contenga(n) más de un contrato, el Proponente debe señalar claramente en su oferta, cuál o cuáles de ellos aporta al proceso.
3.3.4 Licencia de Funcionamiento IATA y ANATO
El proponente deberá presentar la licencia de funcionamiento vigente de la Asociación Internacional de Transporte Aéreo – IATA – y de la Asociación Nacional de Viajes y Turismo ANATO.
Nota: Los certificados deben estar vigentes a la fecha de presentación de la propuesta y mantenerse vigentes durante la suscripción y ejecución del contrato resultante del presente proceso, dicha certificación debe ser expedida con fecha no mayor a 30 días calendario anteriores al cierre del presente proceso.
3.3.5 Línea de Atención Telefónica
El proponente debe acreditar mediante Anexo No. 16, que cuenta con atención telefónica personalizada 24 horas al día, 7 días a la semana, para lo cual debe presentar por lo menos dos líneas telefónicas fijas de atención al cliente: Una nacional sin costo para el usuario, y otra para Bogotá D.C.
3.3.6 Líneas de atención exclusiva para el FCP
El proponente, con la suscripción del Anexo No. 17 se compromete a asignar dos líneas celulares para atención exclusiva a los supervisores designados por el FCP, la Dirección de Sustitución de Cultivos Ilícitos y la Agencia Nacional de Tierras, las cuales deben estar disponibles las 24 horas al día, 7 días a la semana. Al momento de la suscripción del acta de inicio se informarán los números de cada una de las líneas de atención exclusiva.
3.3.7 Equipo de Trabajo
El proponente debe disponer de un (1) asesor turístico (Anexo No. 18) quien será el responsable de operar la ejecución del contrato, y atenderá los requerimientos, quejas y reclamos de FCP y sus Entidades Ejecutoras relacionados con el desarrollo del contrato. Adicionalmente deberá mantener continuo y permanente contacto con el enlace operativo de cada Entidad Ejecutora.
El Contratista seleccionado debe proveer además todos los bienes propios necesarios para la atención del contrato, tales como: Software, teléfono, fax, papelería, computador etc., y demás insumos que requieran para la correcta ejecución del contrato, con atención tiempo completo, y disponibilidad dentro de la jornada del FCP, es decir de lunes a viernes de 8.30 am. A 5:30 pm.
Dicho Asesor turístico deberán cumplir el siguiente perfil:
FORMACIÓN ACADÉMICA: Deberán contar con título de profesional o técnico o tecnólogo, para lo cual se debe anexar acta de grado o diploma o certificación que acredite esta formación.
EXPERIENCIA RELACIONADA: Deberá contar con experiencia específica de tres (3) años en el suministro de pasajes aéreos en rutas nacionales, que se acreditará con certificación de experiencia.
CAPACITACIÓN EN ATENCIÓN AL CLIENTE: El asesor propuesto deberá adjuntar un certificado de haber participado en seminarios, cursos o diplomados en atención al cliente.
3.3.8 Porcentaje Mínimo de Descuento Para Penalidades:
El proponente deberá diligenciar el Anexo No 7, mediante el cual presente el porcentaje que asumirá respecto a los valores que sean cobrados al FCP por concepto de penalidad (cambio de reservas, cancelación de tiquetes o desistimiento, devolución y garantía de reembolso de los tiquetes expedidos en clases económicas y revisados de tiquetes entre otras) en los tiquetes, por causas imputables al FCP o por cualquier circunstancia que las origine.
3.3.9 Reglas de subsanabilidad de los requisitos habilitantes
La falta de documentos que acrediten los requisitos habilitantes exigidos en este capítulo, serán solicitados por el Comité Técnico y deberán ser entregados por los proponentes en el término indicado en el requerimiento, so pena de rechazo de la oferta. Durante el término otorgado para subsanar las ofertas, los proponentes no podrán acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso.
NOTA: Es de aclarar que los factores de evaluación de que trata el CAPITULO IV de este documento, no son subsanables, pues constituirían mejora de la oferta.
CAPITULO IV CALIFICACION DE LAS PROPUESTAS
4.1. FACTORES DE EVALUACIÓN Y PONDERACIÓN
En cumplimiento de los requisitos y de la documentación solicitada, las Propuestas se analizarán de conformidad con lo establecido en el presente proceso de selección.
Solamente serán objeto de evaluación los Proponentes que hayan acreditado la totalidad de los requisitos habilitantes, desde el punto de vista jurídico, técnico y financiero.
Antes de proceder a la evaluación de las Propuestas, se comprobará si las mismas se ajustan en general a las condiciones establecidas en este documento.
La ponderación de los factores de evaluación de las Propuestas se aplicará a aquellas Propuestas que resultaron habilitadas.
El FCP previo análisis comparativo de las propuestas que cumplan con los requisitos habilitantes establecidos en este documento seleccionará el ofrecimiento más favorable, ponderando los elementos de calidad y precio soportado en los puntajes que se señalan a continuación:
FACTORES DE EVALUACIÓN | PUNTAJE INDIVIDUAL | PUNTAJE TOTAL |
PRECIO | 500 PUNTOS | |
Porcentaje (%) xx xxxxxxxx de penalidades | 300 PUNTOS | |
beneficios por volumen de ventas | 200 PUNTOS | |
CALIDAD | 400 PUNTOS | |
Autorización de uso de un GDS | 300 PUNTOS | |
Acreditación de convenios - rutas regionales | 100 PUNTOS | |
ESTIMULACION A LA INDUSTRIA NACIONAL | 100 PUNTOS | |
PUNTAJE MÁXIMO TOTAL | 1000 PUNTOS |
4.1.1. PRECIO (500 PUNTOS)
4.1.1.2 PORCENTAJE ASUNCIÓN DE PENALIDADES. (Anexo No 13) (300 PUNTOS):
Obtendrá el mayor puntaje, es decir 300 puntos, el proponente que cubra el mayor porcentaje de lo que se cobre al FCP por concepto de penalidad (cambio de reservas, cancelación de tiquetes o desistimiento, devolución y garantía de reembolso de los tiquetes expedidos en clases económicas y revisados de tiquetes entre otras) en los tiquetes, por causas imputables al FCP o por cualquier circunstancia que las origine. A los demás proponentes se les asignará el puntaje en forma directamente proporcional; a quien no los ofrezca obtendrá cero (0) puntos.
NOTA: Los proponentes que ofrezcan descuentos en dinero y no en porcentaje, NO obtendrán puntaje alguno. Además, el porcentaje ofertado se tomará hasta máximo dos dígitos, de tal forma que los dígitos adicionales se aproximarán al segundo dígito más cercano. (Por ejemplo: Si el proponente ofrece 3,264%, se aproximará a 3,26% o si el proponente ofrece 3,266% se aproximará a 3,27%. Si el descuento ofertado fuese de 3,265% se aproximará al segundo decimal más alto, es decir, 3,27%
4.1.1.3. BENEFICIOS POR VOLÚMENES DE VENTAS (Anexo No 14) (200 PUNTOS)
Se otorgará el mayor puntaje, es decir 200 puntos, al proponente que ofrezca el mayor número de tiquetes de forma gratuita en proporcionalidad al volumen de tiquetes solicitado. La asignación de puntaje para los demás proponentes habilitados se otorgará de conformidad con una regla de tres inversamente proporcional.
Los Ofrecimientos adicionales correspondientes a los FACTORES DE EVALUACIÓN, se entienden adicionales a los requerimientos mínimos exigidos al proponente. En este sentido, los ofrecimientos que por este aspecto formule por escrito el proponente no tendrán ningún costo adicional para el FCP.
Nota: Se aclara que los tiquetes beneficio corresponderán a tiquetes de tarifa económica, ida y regreso, y en las rutas nacionales en donde los colaboradores habitualmente ejercen las actividades propias de sus cargos o sus objetos contractuales.
4.1.2. CALIDAD (400 PUNTOS):
4.1.2.1. SISTEMA GLOBAL DE DISTRIBUCIÓN – GDS (300 PUNTOS) (Anexo No. 19)
El proponente que demuestre tener la autorización o acceso a Sistemas Globales de Distribución (Amadeus, SABRE u otro)- GDS, que le permita prestar eficientemente el servicio obtendrá el puntaje señalado en la siguiente tabla:
Nº de GDS | Puntaje |
2 o más | 300 Puntos |
1 | 150 Puntos |
0 | 0 Puntos |
Este requisito se cumplirá allegando copia de la licencia respectiva y el documento que acredite la compra de dicha licencia.
4.1.2.2. ACREDITACION DE CONVENIOS (100 PUNTOS) (Anexo No. 20)
El proponente deberá acreditar convenios con aerolíneas regionales nacionales y se otorgará el puntaje de acuerdo con las acreditaciones certificadas, así:
Acreditación de Convenios- Rutas Regionales | |
Con cinco acreditaciones o más | 100 PUNTOS |
Con cuatro acreditaciones | 80 PUNTOS |
Con tres acreditaciones | 50 PUNTOS |
Con dos acreditaciones | 30 PUNTOS |
Con una acreditación | 10 PUNTOS |
Ninguna acreditación | 0 PUNTOS |
Para su acreditación, el proponente deberá allegar copia del convenio o certificación de la aerolina donde se demuestre la relación comercial.
4.1.3. ESTIMULO A LA INDUSTRIA NACIONAL (100 PUNTOS) (Anexo No. 12)
CONDICIÓN | PUNTAJE |
Los Proponentes ofertan en su totalidad servicios nacionales. | 100 |
Los Proponentes ofertan en su totalidad servicios extranjeros. | 50 |
En el caso de Consorcios o Uniones Temporales conformados por integrantes nacionales y extranjeros, el puntaje se asignará en proporción al porcentaje de participación de cada integrante, según sea su condición de nacional o extranjero.
Se tendrán como servicios de origen nacional, aquellos prestados por empresas constituidas de acuerdo con la legislación nacional, por personas naturales colombianas o por residentes en Colombia. Lo anterior será verificado en el Certificado de Existencia y Representación Legal para personas jurídicas, o con la copia de la cédula de ciudadanía o de extranjería, si es el caso de personas naturales.
4.2. FACTORES DE DESEMPATE
a) Se preferirá quien tenga la mayor calificación en el primero de los aspectos ponderables (Porcentaje % xx xxxxxxxx de penalidades); si el empate persiste, se escogerá la Propuesta que haya tenido el mayor puntaje en el segundo aspecto ponderable (Beneficio por Volumen de Ventas) y así sucesivamente hasta agotar los criterios de ponderación.
b) De persistir el empate, será seleccionado el proponente que haya radicado en primer lugar su propuesta, de acuerdo con el día y hora de radicación.
c) En el evento en que persista el empate se citara a reunión a los proponentes empatados, para resolver el empate mediante balota.
CAPITULO V
DESARROLLO DEL PROCESO DE SELECCIÓN
El proceso de selección a que se refiere el presente Análisis Preliminar se desarrollará dentro de los siguientes plazos:
5.1 CRONOGRAMA
ETAPA | FECHA Y HORA | LUGAR |
Aviso de Convocatoria Análisis Preliminar y Anexos | 06 xx xxxxxx de 2018. | · xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxx- · Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP II – |
Observaciones al Análisis Preliminar y Anexos | Hasta el 10 xx xxxxxx de 2018. | |
Respuesta a las observaciones | 16 xx xxxxxx de 2018. | · xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxx- · Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP II |
Plazo máximo para la expedición de adendas, ajustes o modificaciones | 16 xx xxxxxx de 2018. | · · xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxx- · Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP II |
Presentación de propuestas Cierre | 21 xx xxxxxx de 2018. | Xxxxx 00 Xx. 00 - 00 XXXX 0 Xxxxxx de Recursos de Información - CRI |
ETAPA | FECHA Y HORA | LUGAR |
Hasta las 10:00 a.m. | ||
Acto de Cierre | 21 xx xxxxxx de 2018. Hasta las 12:00 a.m. | Xxxxxxx 0 Xx. 00 - 00 xxxxxxx 000 xxxx 0x Xxxxx Xxxxxxxx en Paz |
Evaluación de las propuestas | 30 xx xxxxxx de 2018 | Fondo Colombia en Paz |
Solicitud Subsanes | 22 xx xxxxxx de 2018. | · xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxx- · Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP II |
Informes Preliminar de evaluación | 31 xx xxxxxx de 2018. | · xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxx- · Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP II |
Observaciones al informe de evaluación | 04 de septiembre de 2018. | |
Respuesta a las observaciones del informe de evaluación | 12 de septiembre de 2018 | · xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxx- · Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP II |
Informe final de evaluación definitivo | 12 de septiembre de 2018 | · xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxx- · Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP II |
Carta de aceptación de la propuesta | 13 de septiembre de 2018 |
ETAPA | FECHA Y HORA | LUGAR |
· Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP II | ||
Suscripción del contrato | 17 de septiembre de 2018 | Xxxxxxx 0 Xx. 00 - 00 xxxxxxx 000 xxxx 0x Xxxxx Xxxxxxxx en Paz |
5.2 AVISO DE CONVOCATORIA
La apertura del proceso de selección se realizará con la publicación de la Convocatoria junto con el Análisis Preliminar en las páginas web, xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxx-xxxxxxxx-xx-xxx.xxxx, xxx.xxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx y xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx.
Como medida adicional de transparencia, se realizará la publicación de la convocatoria en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP II. Esto con un fin exclusivamente informativo a la ciudadanía en general, por lo que a través del SECOP II no se adelantará proceso alguno de recepción de observaciones, propuestas y demás etapas del proceso contractual. Estos procesos se surtirán exclusivamente a través de las páginas que se señalan en el párrafo anterior.
5.3 PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS – CIERRE
El cierre del proceso de selección será en la fecha y hora límite establecida en el cronograma estipulado en el Análisis Preliminar, de lo cual se dejará constancia mediante Acta de Cierre, la cual posteriormente será publicada en las páginas web determinadas.
El acta será suscrita por quienes intervinieron en el cierre, en la cual se relacionará el nombre de los proponentes, si la carta de presentación fue incluida y está firmada, subregiones a los cuales presenta propuesta, de ser el caso, y el número de la garantía de seriedad de la propuesta que la acompaña, el número de folios y las observaciones correspondientes, así como los demás aspectos relevantes que considere el FCP.
NOTA: Es importante que los proponentes tengan en cuenta los tiempos de registro e ingreso al edifico de la Unidad de Gestión del Fondo, en cumplimiento de los parámetros de seguridad de la respectiva empresa.
5.4 EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS
Las Entidades Ejecutoras, de conformidad con lo establecido en el Manual de Contratación del FCP, será las responsable de adelantar la verificación de los requisitos habilitantes de carácter jurídico, financiero y técnico, así como de los factores de evaluación y ponderación.
La verificación de los requisitos habilitantes de carácter jurídico, técnico y financiero y de los factores ponderables, se hará dentro del término establecido para ello en el cronograma del presente proceso de selección.
Tanto las Entidades Ejecutoras que adelantan la evaluación como el Comité Técnico definido en el Manual de Contratación del FCP se reservan el derecho de consultar la veracidad de la información suministrada por el
proponente y en su defecto utilizará los medios idóneos que le permitan realizar tal consulta, sin que esto implique que los proponentes puedan completar, adicionar, modificar o mejorar sus propuestas.
Cuando el plazo para la evaluación no garantice el deber de selección objetiva, este podrá ser ampliarlo hasta por el tiempo que resulte razonable para superar los obstáculos que hayan impedido culminar la evaluación en el plazo inicialmente establecido. Esta modificación se realizará a través del ajuste del cronograma del proceso de selección.
La selección del proponente beneficiario se hará dentro de la fecha establecida tal y como aparece en el cronograma del presente proceso.
5.5 SOLICITUD DE SUBSANACIONES.
Las Entidades Ejecutoras, de conformidad con lo establecido en el Manual de Contratación del FCP, como responsables de adelantar la verificación de los requisitos habilitantes de carácter jurídico, financiero y técnico, previo al Informe de Evaluación Preliminar, y dentro del periodo de evaluación de las propuestas, podrán publicar solicitud de subsanaciones a los proponentes, otorgando para ello un periodo de tiempo perentorio que se considere suficiente, para que dichos documentos se vean o no reflejados en el informe de evaluación preliminar.
Dichos documentos deberán ser radicados en medio físico de conformidad con la forma de presentación de la propuesta y las reglas para su presentación establecidas en el Capítulo II del presente Análisis Preliminar.
5.6 INFORMES DE EVALUACIÓN PRELIMINAR
De la evaluación y calificación de las propuestas habilitadas se elaborará un informe en el que consten los resultados de las mismas de acuerdo con los criterios establecidos en el Análisis Preliminar, el cual de conformidad con el Manual de Contratación del FCP (V-2.0), deberá ser verificado y validado por el Comité Técnico, posteriormente revisado por el Ordenador del Gasto y aprobado por el Comité Fiduciario.
Consolidadas las evaluaciones, el puntaje obtenido definirá el orden de elegibilidad y el mismo se publicará en las páginas web determinadas
5.7 OBSERVACIONES AL INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR
Los interesados pueden presentar observaciones y/o subsanaciones respecto del informe de evaluación preliminar publicado, a los anexos técnicos y cualquier otro documento relacionado con el presente proceso de selección, en las fechas establecidas en el cronograma de esta convocatoria o a través del correo electrónico determinado.
No obstante presentar las observaciones y/o subsanaciones a través del correo electrónico, dichos documentos deberán ser radicados en medio físico de conformidad con la forma de presentación de la propuesta y las reglas para su presentación establecidas en el Capítulo II del presente Análisis Preliminar.
5.8 RESPUESTA A LAS OBSERVACIONES DEL INFORME DE EVALUACIÓN PRELIMINAR
Las Entidades Ejecutoras, de conformidad con lo establecido en el Manual de Contratación del FCP, serán las responsables de proyectar la respuesta a las observaciones recibidas, la cual de conformidad con el Manual de
Contratación del FCP (V-2.0), deberá ser verificado y validado por el Comité Técnico, posteriormente revisado por el Ordenador del Gasto y aprobado por el Comité Fiduciario.
Posteriormente se ordenará la publicación en las páginas Web determinadas, el documento mediante el cual informa sobre la aceptación o rechazo a las observaciones que fueron allegadas de manera oportuna por parte de los interesados.
En todo caso, las Entidades Ejecutoras para efectos de su respuesta, podrá agrupar aquellas observaciones de naturaleza común.
5.9 INFORME DEFINITIVO DE EVALUACIÓN
De conformidad con el Manual de Contratación del FCP (V-2.0), las Entidades Ejecutoras presentaran el Informe Definitivo de Evaluación para conocimiento del Comité Técnico, el cual luego de su verificación y validación, lo enviaran para revisión del Ordenador del Gasto y posteriormente será aprobado por el Comité Fiduciario.
Cumplido este requisito, se procederá con la publicación del informe de evaluación y calificación, en la fecha establecida en el cronograma del presente proceso de selección, en las páginas web:
• xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxx-xxxxxxxx-xx-xxx.xxxx,
• En el Sistema Electrónico para la Contratación Pública SECOP II
5.10 CARTA DE ACEPTACIÓN DE LA PROPUESTA
La Carta de Aceptación de la Propuesta se realizará por parte del PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ - FCP dentro de la fecha establecida en el cronograma y en la dirección de notificación indicada en la propuesta del beneficiario.
5.10.1 SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO
El proponente seleccionado deberá suscribir el contrato máximo dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la comunicación de aceptación de su propuesta. En este mismo lapso, se deben remitir los documentos necesarios para la suscripción del contrato y que sean requeridos por el FCP.
Si el oferente seleccionado, no suscribe el contrato, no presenta las pólizas requeridas para el perfeccionamiento del contrato dentro del tiempo establecido y con el lleno de los requisitos, o, si entre la comunicación de aceptación de la oferta o la suscripción del contrato sobreviene una inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de interés, el Administrador Fiduciario descartará la oferta y podrá contratar, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, con el oferente calificado en segundo lugar, siempre y cuando su oferta cumpla con los requisitos contenidos en el Análisis Preliminar de la Contratación y sea favorable para la entidad ejecutora.
Para ello, la oferta del segundo oferente debe estar vigente a la fecha en que se descarte la oferta del primer proponente. Lo anterior, sin perjuicio de hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta al proponente frente al cual sobreviene inhabilidad, incompatibilidad o conflicto de interés.
5.10.2 PRESENTACIÓN Y APROBACIÓN DE LAS GARANTÍAS
El proponente seleccionado deberá presentar las garantías que amparan el cumplimiento y otros riegos asociados al contrato, relacionadas en el numeral 7.9 de este documento, máximo dentro de los CINCO (5) días hábiles siguientes
a la suscripción del mismo. El FCP aprobará el mismo día las garantías presentadas por el CONTRATISTA. En caso de presentarse alguna observación por parte del FCP a las garantías, el tomador deberá responder en un plazo no superior a TRES (3) días hábiles, so pena de aplicar el siguiente procedimiento:
En el caso que el proponente favorecido se niegue a firmar el(los) contrato(s) respectivo(s) o deje pasar el término fijado para su perfeccionamiento y legalización, o no constituya la garantía de cumplimiento requerida en el contrato, el FCP podrá hacer efectiva la garantía de seriedad y dispondrá de su valor como indemnización por perjuicios, cualquiera que sea la causa o causas alegadas por el proponente. En este caso, se deberá seleccionar al proponente ubicado en segundo orden de elegibilidad, en consecuencia, el FCP exigirá al referido proponente la prórroga de la vigencia de la garantía de seriedad de la propuesta, hasta el perfeccionamiento y legalización del contrato y así sucesivamente.
5.11. PROPUESTAS PARCIALES
No se acepta la presentación de propuestas parciales. El proponente debe contemplar la totalidad del objeto a contratar dentro de su propuesta.
CAPITULO VI
6. CAUSALES DE RECHAZO Y DECLARATORIA DE DESIERTA DEL PROCESO
6.1. CAUSALES DE RECHAZO DE LAS PROPUESTAS
1. No cumplir con los requisitos habilitantes jurídicos, técnicos y financieros solicitados en el Análisis Preliminar, cuando a pesar de haber sido requerido no subsane las falencias encontradas.
2. Cuando el proponente aporte información no veraz o altere de cualquier forma algún documento original presentado.
3. Estar incurso el proponente en causal de inhabilidad, incompatibilidad o prohibición previstas en la legislación colombiana para contratar.
4. No presentar de manera simultánea con la propuesta, la garantía de seriedad de la oferta.
5. Que la propuesta económica presentada exceda el presupuesto oficial para el proceso.
6. No presentar la propuesta económica.
7. Presentar la oferta económica con tachaduras o enmendaduras
8. No corresponder la propuesta económica al presente proceso de selección.
9. Cuando se presente propuesta alternativa, condicionada o parcial para la designación del contrato.
10. No estar la propuesta ajustada y abarcar la totalidad de los requisitos o condiciones técnicas exigidas.
11. Cuando la propuesta se presente extemporáneamente o en lugar distinto al indicado.
12. Cuando el proponente o sus representes estén reportados en el Sistema de Administración del Riesgo xx Xxxxxx de Activos y de la Financiación del Terrorismo – SARLAFT.
13. Cuando la propuesta económica presentada sea artificialmente baja y no se sustenten las razones del Proponente o de su oferta que permitan presentar la oferta.
14. Cuando una persona presente más de una propuesta, ya sea en forma individual o plural. En dicho evento solo se evaluará la propuesta que se haya presentado primero, según la constancia de recibido de la entidad
15. Cuando la propuesta se presente por mail, fax o cualquier otro medio electrónico
16. Cuando la oferta presente deficiencias e inexactitudes que no puedan ser aclaradas y que impidan compararla.
17. Cuando se compruebe que los proponentes se han puesto de acuerdo para desarrollar actuaciones que atenten contra la transparencia del desarrollo del proceso de selección.
18. Cuando se compruebe que el proponente ha influido o presionado sobre el estudio de las ofertas.
19. Cuando, de acuerdo con el dictamen del revisor fiscal, el proponente o alguno de sus miembros se encuentre en causal de liquidación obligatoria.
20. Cuando el representante o los representantes legales de una persona jurídica ostenten igual condición en otros proponentes, que también estén participando en el presente proceso de selección.
21. Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de disolución a que se refieren los artículos 218, 342, 351, 370 y 457 del Código de Comercio.
22. Las demás contempladas en estos Análisis Preliminares, en la Constitución y la Ley.
6.2. DECLARATORIA DE FALLIDA DEL PROCESO DE SELECCIÓN
El PA-FCP declarará fallido el presente proceso, cuando:
a) No se presenten propuestas.
b) Cuando ninguna de las propuestas resulte habilitada
c) Cuando se presenten factores que impidan la selección objetiva del contratista.
d) Cuando el Comité fiduciario del FCP no acoja la recomendación de los evaluadores y opte por la declaratoria de fallido del proceso de selección.
Cuando se declare fallido el proceso se comunicará a quienes presentaron propuesta a través de las páginas web determinadas.
CAPITULO VII
CONDICIONES GENERALES DEL CONTRATO
Con la presentación de la Propuesta el Proponente acepta todas y cada una de las cláusulas incluidas en la minuta del Contrato (ANEXO No. 15), que suscribirá el FCP con el adjudicatario del presente proceso de selección.
La minuta se ajustará con las condiciones de la Propuesta seleccionada, en consideración a los términos y condiciones de este proceso de selección.
7.1 PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El contrato que se origine del presente proceso de selección corresponderá a un contrato de suministro y para su ejecución se requiere la aprobación de las garantías que respaldan su cumplimiento y otros riesgos asociados a su ejecución.
7.2 DOMICILIO CONTRACTUAL Y LUGAR DE EJECUCIÓN
El domicilio contractual será la ciudad de Bogotá D.C., y el lugar de ejecución será todo el territorio nacional.
7.3 PLAZO DE EJECUCIÓN
El plazo de ejecución del contrato es hasta el 31 de diciembre de 2018, contado a partir de la suscripción del acta de inicio, previo cumplimiento de los requisitos de perfeccionamiento y ejecución. En el componente técnico para el inicio de la ejecución (firma de acta de inicio) requiere de la entrega de las líneas telefónicas señaladas en el numeral
3.3.6.1. del presente análisis preliminar.
7.4 VALOR DEL CONTRATO
El valor de contrato será de hasta CUATROCIENTOS VEINTISÉIS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS VEINTIDÓS PESOS M/CTE. ($ 426.942.722), por un monto agotable los cuales se ejecutarán atendiendo las necesidades del FCP
7.5 FORMA DE PAGO
El pago del servicio se hará de forma mensual, previa presentación de los siguientes documentos adicionales a los señalados en el numeral 7.6. del presente documento, por parte del contratista:
1) Factura Original por Entidad Ejecutora donde se determine el valor de los tiquetes vendidos por el contratista, discriminando: valor total de los tiquetes expedidos y sus cargos asociados (Combustibles, otros impuestos), el IVA de los tiquetes, la tasa aeroportuaria, la tarifa administrativa, el IVA de la tarifa administrativa, los descuentos aplicados en virtud de lo ofrecido en la propuesta del contratista, de conformidad con la tarifa y comisión establecida por la Aeronáutica Civil mediante Resolución No. 03596 del 01 de septiembre de 2006, ajustada a la variación del IPC del año inmediatamente anterior para trasporte aéreo nacional
2) Relación de los tiquetes expedidos en los cuales se debe indicar por cada tiquete, tanto la información anterior, como la información relacionada a continuación:
- Número del tiquete
- Fecha de vuelo
- Fecha de expedición
- Aerolínea
- Ruta del viaje
- Apellidos y nombres de cada pasajero (tal y como aparecen en el documento de identificación)
- Número de Identificación del pasajero
- Fecha de solicitud del tiquete
- Entidad Ejecutora a la que pertenece el pasajero
- Estado del tiquete (Volado o no volado)
- El valor del tiquete expedido, con sus cargos asociados (Combustibles, otros impuestos), el IVA de los tiquetes, la tasa aeroportuaria, la tarifa administrativa, el IVA de la tarifa administrativa y los descuentos aplicados en virtud de lo ofrecido en la propuesta del contratista, de conformidad con la tarifa y comisión establecida por la Aeronáutica Civil mediante Resolución No. 03596 del 01 de septiembre de 2006, ajustada a la variación del IPC del año inmediatamente anterior para trasporte aéreo nacional.
3) Soporte de expedición de cada tiquete, en el cual conste el valor cobrado por la aerolínea al contratista. Estos soportes podrán ser entregados en medio físico o en medio digital (Formatos PDF TIF, u otro).
4) Informe del funcionario y/o colaborador debidamente aprobado por el supervisor de la gestión desempeñada en virtud de su desplazamiento.
7.6 REQUISITOS PARA EL PAGO
El Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz FCP realizará el pago pactado, previo cumplimiento de los siguientes requisitos:
El trámite del pago se realizará previa presentación de la siguiente documentación1:
1. Certificación de recibo a satisfacción de los bienes y servicios contratados, suscrito por el supervisor del contrato.
2. Certificación de pago de los aportes parafiscales. Presentación de la Certificación a la fecha, expedida por el Revisor Fiscal o el Representante Legal – de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley 789 de 2002, modificado por el Artículo 9 de la Ley 828 de 2003 y el Artículo 23 de la Ley 1150 de 2007, en la cual se acredite el cumplimiento del pago de las obligaciones derivadas de los aportes de sus empleados, a los sistemas de Salud, Riesgos Laborales, Pensiones y aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje SENA.
3. Presentación de Factura o Cuenta de Cobro dependiendo del régimen tributario al que pertenezca (Régimen Común o Régimen Simplificado) según el caso.
4. Autorización de pago por parte de la supervisión conjunta del contrato.
NOTA 1: Si las facturas no son correctamente elaboradas o no se acompañan con los documentos requeridos para el pago, el término para éste sólo empezará a contarse desde la fecha en que se haya aportado el último de los documentos faltantes. Las demoras que se presenten por estos conceptos serán responsabilidad del contratista y no tendrá por ello derecho al pago de intereses o compensación de ninguna naturaleza.
NOTA 2: De conformidad con lo establecido en la Ley 828 de 2003, en caso de incumplimiento de esta disposición, el PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ informará al Ministerio de Salud y Protección Social o a la Superintendencia de Salud, para que procedan de conformidad.
7.7 PROPUESTA ECONÓMICA (Anexo No. 09)
El sistema de pago del contrato es por precio global fijo sin fórmula de ajuste. En consecuencia, el valor incluye todos los gastos, directos e indirectos, derivados de la celebración, ejecución y liquidación del contrato
La propuesta económica se presentará en el formato sugerido por el FCP, sin que sea posible modificar el valor del ofrecimiento, so pena de rechazo de la propuesta.
7.8 IMPUESTOS Y DEDUCCIONES
El proponente seleccionado pagará todos los impuestos, derechos, tasas y similares que se deriven del contrato, y por lo tanto, la omisión en el pago será de su absoluta responsabilidad.
Se entenderán incluidos en el valor del contrato, todos los impuestos, costos, gastos, tasas, contribuciones y utilidades del contratista, que se derivan de la ejecución del contrato, circunstancia que, con la presentación de la propuesta, se entiende aceptada por el proponente.
7.9 GARANTIAS
Con ocasión de la celebración y ejecución del Contrato objeto del proceso de contratación el estudio de necesidad efectuado y la previsión de los posibles riesgos en la ejecución del mismo, se determinó la necesidad que el contratista seleccionado, constituya una garantía para la legalización del contrato a favor de entidades particulares, que contenga los siguientes amparos:
1 En todo caso los documentos solicitados se ajustarán a lo establecido en el Manual Operativo del Fondo Colombia en Paz.
AMPARO | VALOR | VIGENCIA |
Cumplimiento | 20 % del valor del contrato | Plazo de ejecución del contrato y 6 meses más. |
Salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales. | 5 % del valor del contrato | Plazo de ejecución del contrato y 3 años más. |
Calidad del Servicio | 20 % del valor del contrato | Plazo de ejecución del contrato y 1 año más. |
a. Asegurado/beneficiario cuando se trate de póliza de seguro: será FIDEICOMISOS PATRIMONIOS AUTONOMOS FIDUCIARIA LA PREVISORA S.A. -PATRIMONIO AUTONOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ, NIT 000.000.000-3.
b. Beneficiario, cuando se trate de garantía bancaria: será FIDEICOMISOS PATRIMONIOS AUTONOMOS FIDUCIARIA LA PREVISORA S.A. -PATRIMONIO AUTONOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ, NIT 000.000.000-3.
c. Tomador/Afianzado: la garantía deberá tomarse con el nombre del Contratista como figura en el documento de identidad o certificado de existencia representación legal. En el evento que el Contratista sea un consorcio o unión temporal o bajo cualquier forma asociativa, el tomador debe ser la figura asociativa conforme al documento de su constitución, indicando expresamente los integrantes y porcentajes de participación.
NOTA 1: La póliza deberá entregarse con el recibo de pago de la prima o su equivalente, así como con las condiciones generales de la misma FCP aprobará las pólizas si las encuentra ajustadas a lo especificado, en caso contrario, requerirá al CONTRATISTA para que dentro del plazo que le señale, haga las modificaciones y aclaraciones necesarias.
7.10. CESIÓN Y SUBCONTRATOS
El CONTRATISTA no podrá ceder el contrato a persona alguna natural o jurídica, nacional o extranjera, sin previo consentimiento por escrito del PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ - FCP, pudiendo éste reservarse las razones que tenga para negar la autorización de la cesión.
7.11. SUPERVISIÓN Y SEGUIMIENTO
La supervisión del contrato que resulte del presente proceso de selección será ejercida de conformidad con lo señalado en el Numeral 3.2. del Manual de Contratación del FCP, de manera conjunta para lo cual las Entidades Ejecutoras (Fondo Colombia en Paz, Dirección de Sustitución de Cultivos Ilícitos y Agencia Nacional de Tierras) delegarán un supervisor quienes ejercerán el seguimiento y control técnico, financiero, jurídico y administrativo de la ejecución del contrato.
7.12. LIQUIDACIÓN DEL CONTRATO
La liquidación del contrato se efectuará dentro de los cuatro (4) meses siguientes contados a partir de la fecha de terminación del contrato.
7.13. MULTAS Y CLÁUSULA PENAL
Los contratos que resulten del presente proceso preverán multas y cláusula penal, el procedimiento para su
efectividad, será el siguiente:
En caso xx xxxx en el cumplimiento de las obligaciones a cargo del contratista, este se obliga a pagar al Fondo Colombia en Paz, por el simple retardo, una pena por el valor equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato.
En caso que vencido el plazo del contrato, el contratista no hubiera ejecutado todas o algunas de sus obligaciones, se sujeta a pagar a favor del Fondo Colombia en Paz, a título xx xxxx, una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, la cual se establece como estimación anticipada de los perjuicios que le ocasione al Fondo por el incumplimiento del contratista.
El Fondo Colombia en Paz, se reserva el derecho a obtener del contratista el pago de la indemnización correspondiente, si a ello hubiere lugar.
Las penas moratoria y compensatoria previstas en esta cláusula se harán efectivas directamente por el Fondo Colombia en Paz, quien, para el efecto, podrá, a su libre elección, compensarlas con las sumas adeudadas al contratista, o acudir a cualquier otro medio para obtener el pago de las penas. La compensación operará en los términos de los artículos 1714 y ss. del Código Civil;
ORIGINAL FIRMADO ORIGINAL FIRMADO
XXXXXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX AGENCIA NACIONAL DE TIERRAS DIRECCIÖN DE SUSTITUCIÓN DE CULTIVOS
ORIGINAL FIRMADO
XXXXX XXXXXXXXX XXXXX FONDO COLOMBIA EN PAZ
ANEXO N° 1 CARTA DE PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA
Ciudad y fecha
Señores
PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ - FCP
XXXXX 00 #00-00 XXXX 0 Xxxxxx de Recursos de Información -CRI
Bogotá, D.C.
REF: Proceso de Convocatoria Pública No. 0XX Apreciados Señores:
[Nombre del representante legal o de la persona natural Proponente], identificado como aparece al pie de mi firma, [obrando en mi propio nombre o en mi calidad de representante legal de] [nombre del Proponente], presento propuesta para el Proceso de Contratación por CONVOCATORIA PUBLICA N° [ ] y hago las siguientes manifestaciones:
1. Que ni yo ni la sociedad que legalmente represento, nos encontramos incursos en cualquiera de las causales de inhabilidad o incompatibilidad establecidas en la Ley, el manual de contratación del Fondo y demás normas sobre la materia y tampoco nos encontramos en alguno de los eventos de prohibiciones especiales para contratar.
2. Que conozco y acepto los documentos del proceso, tuve la oportunidad de solicitar aclaraciones y modificaciones a los mismos, y recibí del Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz - FCP respuesta oportuna a cada una de las solicitudes.
3. Que estoy autorizado para suscribir y presentar la propuesta en nombre del proponente y estoy autorizado para suscribir el contrato si el proponente resulta seleccionado del Proceso de Convocatoria pública de la referencia.
4. Que la propuesta que presento cumple con la totalidad de los requisitos y especificaciones técnicas del proceso de la referencia.
5. Que todos los documentos requeridos en el proceso están adjuntos a la presente comunicación y han sido elaboradas de acuerdo con los Documentos del Proceso y hacen parte integral de la propuesta.
6. Que los documentos y la información que se presenta con la propuesta son veraces y han sido expedidos por personas autorizadas para el efecto.
7. Que la propuesta económica adjunta fue elaborada teniendo en cuenta todos los gastos, costos, derechos, impuestos, tasas y demás contribuciones que se causen con ocasión de la presentación de la propuesta, suscripción y ejecución del contrato y que, en consecuencia, de resultar seleccionado no presentaré reclamos con ocasión del pago de tales gastos.
8. Que, en caso de ser aceptada la propuesta, suscribiré el contrato en la fecha prevista para el efecto en el Cronograma contenido en los documentos del Proceso.
9. Que, en caso de ser aceptada la propuesta, me obligo a presentar la garantía de cumplimiento prevista en los documentos del proceso en la fecha prevista para el efecto en el Cronograma allí contenido.
10. Que la vigencia de la propuesta es por el término de (incluya el tiempo de vigencia de su propuesta) y el valor de la misma está contenido en el Formato No. XX – PROPUESTA ECONÓMICA.
11. Esta propuesta, la cual consta de ( ) folios, es de carácter obligatorio para nosotros y autorizamos expresamente al PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ - FCP a verificar toda la
información incluida en ella. Manifestamos expresamente bajo la gravedad de juramento que los activos y recursos de nuestro patrimonio y que se emplearán para el desarrollo del contrato provienen de actividades lícitas.
12. Adjuntamos a esta comunicación, los documentos que acreditan el cumplimiento de los requisitos habilitantes para participar en el proceso de contratación, según se exige en la licitación pública.
13. Adjunto la garantía de seriedad de la Oferta la cual cumple con lo establecido en los Documentos del Proceso.
Recibiré notificaciones en la siguiente dirección en:
Persona de contacto (Nombre) Dirección (Dirección de la sociedad) Teléfono (Teléfono de la compañía Celular Correo electrónico
(Dirección de correo electrónico de la compañía) Para notificaciones
Atentamente,
Firma autorizada Nombre y cargo del signatario Nombre de la firma Dirección, correo electrónico, Teléfono y Fax
ANEXO N° 2 DOCUMENTO CONSORCIAL
Entre los suscritos a saber: , mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con cédula de ciudadanía No , expedida en , quien obra en nombre propio o en representación legal de (Escribir el nombre completo incluyendo el tipo de sociedad), legalmente constituida, con domicilio principal en , con NIT No , y debidamente facultado por los estatutos sociales (O Junta de Socios o el órgano directivo correspondiente, en este evento allegar el documento respectivo), y mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con cédula de ciudadanía No , expedida en , quien obra en nombre propio o en representación legal de (Escribir el nombre completo incluyendo el tipo de sociedad.) , legalmente constituida, con domicilio principal en , con NIT No , y debidamente facultado por los estatutos sociales (O Junta de Socios o el órgano directivo correspondiente, en este evento allegar el documento respectivo), manifestamos que mediante el presente documento hemos acordado integrar un CONSORCIO cuya integración, conformación y reglamentación se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: OBJETO El objeto del presente documento es la integración de un CONSORCIO entre, y , con el propósito presentar en forma conjunta propuesta, para el proceso CONVOCATORIA PÚBLICA No. 00X DE 2017 abierta por el Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz - FCP cuyo objeto es: . En consecuencia, las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo del proceso de selección y del contrato afectan a todos los integrantes que la conforman.
SEGUNDA. NOMBRE Y DOMICILIO. - El CONSORCIO se denominará , y su domicilio será la ciudad de , con dirección en , oficina, , FAX , Teléfono .
TERCERA: REPRESENTANTE DEL CONSORCIO: Se designa como Representante del presente CONSORCIO al Señor(a) , identificado(a) con xxxxxx xx xxxxxxxxxx Xx , xx xxxxxxxxxxx (x) xx , xxxxx xxxx que se entiende aceptado con la firma del presente documento y quien está ampliamente facultado (a) para contratar, comprometer, negociar y representar al CONSORCIO. Igualmente se nombra como Suplente del Representante del CONSORCIO al Señor (a) , identificado (a) con cédula de ciudadanía No. de domiciliado (a) en , quien cuenta con las mismas facultades del representante principal.
CUARTA: CESIÓN. - No se podrá ceder en todo o en parte la participación de alguno de los integrantes del CONSORCIO, entre ellos. Cuando se trate de cesión a un tercero se requerirá aprobación escrita previa del Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz - FCP, quien se reserva la facultad de aprobar dicha cesión.
QUINTA: DURACIÓN. - La duración del presente CONSORCIO en caso de salir favorecido con la selección será igual al plazo de ejecución del contrato y hasta su liquidación, y un (1) año más. En todo caso EL CONSORCIO durará todo el término necesario para liquidar el contrato y atender las garantías prestadas.
SEXTA: Se hace constar además que quienes suscribimos este documento, disponemos de atribuciones suficientes para representar a nuestras firmas y para contratar en nombre suyo, no solamente para los efectos del presente acuerdo, sino también para la ejecución y celebración de todos los actos y contratos que se deriven tanto del consorcio, como del proceso de selección y del contrato que de él se derive. Página 56 de 68
SÉPTIMA: PORCENTAJE DE PARTICIPACIÓN. Los miembros del consorcio tienen la siguiente participación:
INTEGRANTES | % |
Nota: El documento podrá contener las demás CLÁUSULAS OPCIONALES: que los asociados consideren pertinentes, siempre y cuando no contravengan lo dispuesto en la ley 80/93 o incluyan limitaciones o exclusiones de los Consorciados. Aspectos Financieros Arbitramento Reglas básicas que regulan la relaciones entre los integrantes del CONSORCIO. Etc.
En constancia de lo anterior, se firma por quienes intervinieron en el presente documento a los días del mes del año .
Acepto
Nombre CC Representante Legal NIT:
Dirección:
Teléfono:
Acepto
Nombre CC Representante Legal NIT:
Dirección:
Teléfono:
ANEXO N° 3. DOCUMENTO UNIÓN TEMPORAL
Entre los suscritos a saber: , mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con cédula de ciudadanía No , expedida en , quien obra en nombre propio o en representación legal de (Escribir el nombre completo incluyendo el tipo de sociedad),legalmente constituida, con domicilio principal en , con NIT No , y debidamente facultado por los estatutos sociales (O Junta de Socios o el órgano directivo correspondiente, en este evento allegar el documento respectivo) , y mayor de edad, vecino de esta ciudad, identificado con cédula de ciudadanía No , expedida en , quien obra en nombre propio o en representación legal de (Escribir el nombre completo incluyendo el tipo de sociedad.) , legalmente constituida, con domicilio principal en , con NIT No , y debidamente facultado por los estatutos sociales (O Junta de Socios o el órgano directivo correspondiente, en este evento allegar el documento respectivo), manifestamos que mediante el presente documento hemos acordado integrar una UNIÓN TEMPORAL cuya integración, conformación y reglamentación se regirá por las siguientes cláusulas:
PRIMERA: OBJETO El objeto del presente documento es la integración de una UNIÓN TEMPORAL
entre, y , con el propósito presentar en forma conjunta
propuesta, para la CONVOCATORIA PÚBLICA No. 00X DE 2017 abierta por el Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz cuyo objeto es: .
Nuestra responsabilidad será solidaria, mancomunada e ilimitada en todas y cada una de las obligaciones derivadas de la propuesta y el contrato, en consecuencia, las actuaciones, hechos y omisiones que se presenten en desarrollo del proceso de selección y del contrato afectan a todos los integrantes que la conforman.
SEGUNDA. NOMBRE Y DOMICILIO.- La UNIÓN TEMPORAL se denominará , y su domicilio será la ciudad de , con dirección en , oficina, , FAX , Teléfono
.
TERCERA: TÉRMINOS Y EXTENSIÓN DE LA PARTICIPACIÓN DE ACUERDO CON LA LEY.- La participación de
cada una de las partes que conforman el cien por ciento (100%), de la UNIÓN TEMPORAL no podrán ser modificados sin el consentimiento previo del Patrimonio Autónomo de Fondo Colombia en Paz y para efectos de la aplicación de las sanciones por incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato, convenimos que los términos y extensión de nuestra participación en la ejecución del contrato es la siguiente:
INTEGRANTES | % | LABOR A DESARROLLAR EN LA PROPUESTA |
CUARTA: OBLIGACIONES Y SANCIONES. Los miembros de la UNIÓN TEMPORAL responderán solidariamente en cada uno de los compromisos que esta celebre con el Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz. Las sanciones por el incumplimiento de las obligaciones derivadas de la propuesta y del contrato se impondrán de acuerdo con la participación en la ejecución de cada uno de los miembros de la Unión Temporal, (numeral 2, del artículo 7º de la Ley 80 de 1993).
QUINTA: DURACIÓN. - La duración de la UNIÓN TEMPORAL en caso de salir favorecida con la selección será igual al plazo de ejecución del contrato y hasta su liquidación, y un (1) año más. En todo caso LA UNIÓN TEMPORAL durará todo el término necesario para liquidar el contrato y atender las garantías prestadas.
SEXTA: CESIÓN. - No se podrá ceder en todo o en parte la participación de alguno de los integrantes de la UNIÓN TEMPORAL, entre ellos. Cuando se trate de cesión a un tercero se requerirá aprobación escrita previa por el Patrimonio Autónomo Fondo Colombia en Paz, quien se reserva la facultad de aprobar dicha cesión.
SÉPTIMA: Se hace constar además que quienes suscribimos este documento, disponemos de atribuciones suficientes para representar a nuestras firmas y para contratar en nombre suyo, no solamente para los efectos del presente acuerdo, sino también para la ejecución y celebración de todos los actos y contratos que se deriven tanto de la unión temporal, como del proceso de selección y del contrato que de él se derive.
OCTAVA: REPRESENTANTE LEGAL DE LA UNIÓN TEMPORAL.- La Unión Temporal designa como Representante Legal de ésta, al señor(a) , identificado(a) con la cédula de ciudadanía número de domiciliado (a) en , cargo este que se entiende aceptado con la firma del presente documento y quien está autorizado(a) para contratar, comprometer, negociar y representar a la UNIÓN TEMPORAL, igualmente se nombra como suplente del Representante Legal al señor(a) , con cédula de ciudadanía número de , domiciliado (a) en quien cuenta con las mismas facultades del representante principal.
NOVENA: CLAUSULAS OPCIONALES: El documento podrá contener las cláusulas opcionales que los asociados consideren pertinentes, siempre y cuando no contravengan lo dispuesto en la Ley 80/93.
Para constancia y aprobación, el presente documento se firma en la ciudad de a los días del mes de de 2017, por quienes intervinieron.
Acepto Acepto
Nombre CC Representante Legal NIT: Dirección: Teléfono: | Nombre CC Representante Legal NIT: Dirección: Teléfono: |
ANEXO No. 4 PAGOS SEGURIDAD SOCIAL
En mi condición de Representante Legal o Revisor Fiscal (si lo requiere), de (Razón social de la compañía), identificada con Nit , debidamente inscrito en la Cámara de Comercio de me permito certificar o auditar (En caso del Revisor Fiscal) que de acuerdo con las normas de auditoría generalmente aceptadas en Colombia, los estados financieros de la compañía se ha efectuado el pago por concepto de los aportes correspondientes a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales, cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar familiar (ICBF) y Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), durante los últimos seis (6) meses. Lo anterior, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 789 de 2010.
EN CASO DE PRESENTAR ACUERDO DE PAGO CON ALGUNA DE LAS ENTIDADES ANTERIORMENTE MENCIONADAS, SE DEBERÁ PRECISAR EL VALOR Y EL PLAZO PREVISTO PARA EL ACUERDO DE PAGO, CON INDICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE ESTA OBLIGACIÓN.
EN CASO DE NO REQUERIRSE DE REVISOR FISCAL, ESTE ANEXO DEBERÁ DILIGENCIARSE Y SUSCRIBIRSE POR EL REPRESENTANTE LEGAL DE LA COMPAÑÍA.
Dada en D.C. a los ( ) del mes de de 2018 FIRMA
NOMBRE DE QUIEN CERTIFICA (REPRESENTANTE LEGAL Y/O REVISOR FISCAL) TARJETA PROFESIONAL
(Para el Revisor Fiscal) _
ANEXO No. 5 PERSONAS NATURALES
DECLARACIÓN JURAMENTADA DE PAGOS DE SEGURIDAD SOCIAL Y APORTES PARAFISCALES
Yo identificado (a) con c.c de , de acuerdo con lo señalado en el artículo 9 de la Ley 828 de 2008, DECLARO BAJO LA GRAVEDAD DE JURAMENTO, y con sujeción a las sanciones que para tal efecto establece el Código Penal en su artículo 442, que he efectuado el pago por concepto mis aportes y el de mis empleados (En caso de tener empleados a cargo) a los sistemas de salud, pensiones, riesgos profesionales, cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) y Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), durante los últimos seis (6) meses.
EN CASO DE PRESENTAR ACUERDO DE PAGO CON ALGUNA DE LAS ENTIDADES ANTERIORMENTE MENCIONADAS, SE DEBERÁ PRECISAR EL VALOR Y EL PLAZO PREVISTO PARA EL ACUERDO DE PAGO, CON INDICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE ESTA OBLIGACIÓN.
Dada en D.C. a los ( ) del mes de de 2018
FIRMA NOMBRE DE QUIEN DECLARA
ANEXO N° 6 COMPROMISO ANTICORRUPCIÓN
Bogotá,
Señores
PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ - FCP
Ciudad
REF: Proceso de Convocatoria Pública No. 00X de 2017
[Nombre del representante legal o de la persona natural Proponente], identificado como aparece al pie de mi firma, [obrando en mi propio nombre o en mi calidad de representante legal de] [nombre del Proponente], manifiesto que:
1. Apoyamos la acción del Estado colombiano y del - FCP para fortalecer la transparencia y la rendición de cuentas de la administración pública.
2. No estamos en causal de inhabilidad alguna para celebrar el contrato objeto del Proceso de Contratación [Insertar información].
3. Nos comprometemos a no ofrecer y no dar dádivas, sobornos o cualquier forma de halago, retribuciones o prebenda a servidores públicos o asesores del Contratante, directamente o a través de sus empleados, contratistas o tercero.
4. Nos comprometemos a no efectuar acuerdos, o realizar actos o conductas que tengan por objeto o efecto la colusión en el Proceso de Contratación [Insertar información].
5. Nos comprometemos a revelar la información que sobre el Proceso de Contratación [Insertar información] nos soliciten los organismos de control de la República de Colombia.
6. Nos comprometemos a comunicar a nuestros empleados y asesores el contenido del presente Compromiso Anticorrupción, explicar su importancia y las consecuencias de su incumplimiento por nuestra parte, y la de nuestros empleados o asesores.
7. Conocemos las consecuencias derivadas del incumplimiento del presente compromiso anticorrupción.
En constancia de lo anterior, y como manifestación de la aceptación de los compromisos incorporados en el presente documento, se firma el mismo en la ciudad de , a los (fecha en letras y números).
Firma C.C.
SUSCRIBIRÁN EL DOCUMENTO TODOS LOS INTEGRANTES DEL PROPONENTE SI ES PLURAL, A TRAVÉS DE LOS REPRESENTANTES LEGALES ACREDITADOS DENTRO DE LOS DOCUMENTOS DE EXISTENCIA Y REPRESENTACIÓN LEGAL Y/O PODERES CONFERIDOS Y ALLEGADOS AL PRESENTE PROCESO.
ANEXO N° 7
PORCENTAJE MÍNIMO XX XXXXXXXX DE PENALIDADES
, identificado con la Cedula de Ciudadanía No. , en mi calidad de representante
legal de , como proponente dentro de la Convocatoria Publica No. XXX me comprometo a
asumir el ( )% en las penalidades (cambio de reservas, cancelación de tiquetes o desistimiento, devolución y garantía de reembolso de los tiquetes expedidos en clases económicas y revisados de tiquetes entre otras) en los tiquetes, por causas imputables al FCP o por cualquier circunstancia que las origine al FCP o sus Entidades Ejecutoras
FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL NIT.
C.C
ANEXO No. 8 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE
N° | Número del contrato: (indicar número del contrato) | Nombre o razón social del Contratante: (indicar nombre completo) | Fecha de inicio (Día / Mes / Año) | Fecha de finalización (Día / Mes /Año) | VALOR DEL CONTRATO |
1 | |||||
2 | |||||
3 | |||||
4 | |||||
5 | |||||
6 | |||||
7 | |||||
8 | |||||
Proponente: | |||||
Nombre Representante Legal: | |||||
Firma Representante Legal: | |||||
Fecha: |
ANEXO No. 9 PROPUESTA ECONÓMICA
“Contratar con autonomía técnica y administrativa, el suministro de tiquetes aéreos, a nivel nacional para garantizar los desplazamientos de los colaboradores que en desarrollo de sus funciones deban desplazarse dentro del territorio nacional.” | |||
CONCEPTO | PORCENTAJE PROPUESTO | ||
% de descuento en el valor del Tiquete Nacional | |||
Proponente: Nombre Representante Legal: Firma Representante Legal: Fecha:
N° 10 VERIFICACIÓN SARLAFT PERSONA JURÍDICA Y PERSONA NATURAL
(Formato FR-GNE-05-010-VV60)
ANEXO N° 11 MATRIZ DE RIESGOS
Impacto después del tratamiento | Monitoreo y revisión | |||||||||||||||||||
No. | Clase | Fuente | Etapa | Tipo | Descripción (Qué puede pasar y, como puede ocurrir) | Consecuencia de la ocurrencia del evento | Probabilidad | Impacto | Valoración del riesgo | Categoría | ¿A quién se le asigna? | Tratamiento /controles a ser implementados | Probabilidad | Impacto | Valoración del riesgo | Categoría | ¿Afecta la ejecución del contrato? | Persona responsable por implementa2q r el tratamiento | ¿Cómo se realiza el monitoreo? | Periodicidad ¿Cuándo? |
1 | Es peci fi co | Interno | CONTRATACIÓN | Ri es go opera ci ona l | Ri es go que no s e pres enten l a s ga ra ntía s requeri da s en l os documentos del proces o de contra ta ci ón o que s u pres enta ci ón s ea ta rdía | Va ri a ci ón en l a neces i da d requeri da | 3 | 2 | 5 | Medi o | Entida d | Revi s i ón y s egui mi ento a l os documentos que pres enten l os por proponentes en toda s l a s eta pa s contra ctua l es . | 2 | 1 | 3 | ba jo | No | PA-FCP | Revi s i ón del reporte | Tri mes tra l |
2 | Genera l | Externo | CONTRATACION | Ri es go opera ci ona l | Ri es go de que no s e fi rme el contra to | Obs truye l a ejecuci ón del contra to | 1 | 5 | 6 | Al to | Contra tis ta | Segui mi ento pa ra l a s us cri pci ón del contra to | 1 | 4 | 5 | medi o | Si | PA-FCP | Veri fi ca ci ón s us cri pci ón | Di a ri o |
3 | Genera l | Externo | CONTRATACIÓN | Ri es go opera ci ona l | Ri es go que no s e pres enten l a s ga ra ntía s requeri da s en l os documentos del proces o de contra ta ci ón o que s u pres enta ci ón s ea ta rdía | Afecta l a ejecuci ón del contra to | 2 | 5 | 7 | Al to | Contra tis ta | Segui mi ento pa ra que s e a porten l a ga ra ntía s requeri da s | 1 | 3 | 4 | ba jo | Si | PA-FCP | Veri fi ca ci ón que s e a porten l a s ga ra ntía s | Di a ri o |
4 | Es peci fi co | Interno | EJECUCION | Ri es go opera ci ona l | Incumpl i mi ento del objeto contra ta do | Pa ra l i za ci ón de l a ejecuci ón del contra to. | 2 | 4 | 6 | Al to | Contra tis ta | Supervi s i ón contra to | 1 | 4 | 5 | medi o | Si | Supervi s or Contra tis ta | Segui mi ento en el i nforme de s upervi s i ón | Bi mens ua l |
TABLA 2 CATEGORIA DEL RIESGO | ||||||||||||||||||||
CATEGORIA | VALORACION | CATEGORIA | VALORACION | |||||||||||||||||
PROBABILIDAD | Raro (puede ocurrir excepcionalmente) | 1 | PROBABILIDAD | Raro (puede ocurrir excepcionalmente) | 1 | |||||||||||||||
Improbable (puede ocurrir ocasionalmente) | 2 | Improbable (puede ocurrir ocasionalmente) | 2 | |||||||||||||||||
Posible (puede ocurrir en cualquier momento futuro) | 3 | Posible (puede ocurrir en cualquier momento futuro) | 3 | |||||||||||||||||
Probable (probablemente va a ocurrir) | 4 | Probable (probablemente va a ocurrir) | 4 | |||||||||||||||||
Casi cierto (ocurre en la mayoría de las circunstancias) | 5 | Casi cierto (ocurre en la mayoría de las circunstancias) | 5 |
ANEXO N° 12
INCENTIVO A LA INDUSTRIA NACIONAL
El suscrito , con C.C. , en mi condición de Representante Legal de la Empresa en cumplimiento a lo dispuesto en la Ley 816 de 2003 y el artículo 11 del Decreto 679 de 1994, certifica:
1. Que, de conformidad con el certificado xx Xxxxxx y Comercio, soy proponente (nacional o extranjero).
2. Que la mano de obra que será utilizada para la ejecución del objeto del presente proceso tiene los siguientes porcentajes de participación:
3. Mano de Obra de origen nacional (%).
4. Mano de Obra de origen extranjero (%).
Atentamente,
Nombre o Razón Social del Proponente: NIT.:
Nombre del Representante Legal:
C. C. Nº de FIRMA:
NOMBRE DE QUIEN FIRMA:
ASUNCION DE PENALIDADES (300 PUNTOS)
Con la suscripción de este anexo, (nombre del proponente ) se compromete a:
Cubrir el ( %) que se cobre al - FCP por concepto de penalidad (cambio de reservas, cancelación de tiquetes o desistimiento, devolución y garantía de reembolso de los tiquetes expedidos en clases económicas y revisados de tiquetes entre otras) en los tiquetes, por causas imputables al - FCP o por cualquier circunstancia que las origine.
En caso de dejar la casilla en blanco, se entenderá que el ofrecimiento es cero (0).
FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL NIT.
C.C
NOMBRE DE LA PERSONA QUE FIRMA
BENEFICIOS POR VOLUMEN DE VENTAS (200 PUNTOS)
Con la suscripción de este anexo, (nombre del proponente ) se compromete a:
1) –Ofrecer de manera gratuita, tiquetes Por cada tiquete(s) comprado(s).
En caso de dejar la casilla en blanco, se entenderá que el ofrecimiento es cero (0).
FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL NIT.
C.C
NOMBRE DE LA PERSONA QUE FIRMA
ANEXO No. 15
PROYECTO DE MINUTA DEL CONTRATO
Nota: Los términos de esta minuta podrán variar de conformidad con los ajustes que considere el FCP y de acuerdo con el contenido de la propuesta
Entre los suscritos a saber, XXXXX XXXXXX XXXXXX, mayor de edad, identificada con cédula de ciudadanía número 51.699.731 de Bogotá D.C., debidamente facultada mediante poder general otorgado por la representante legal del CONSORCIO FCP 2018 ACTUANDO COMO VOCERO Y ADMINISTRADOR DEL PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ identificado con NIT.
830.053.105-3, con escritura pública número 1339 del once (11) xx xxxxx de 2018 de la Notaría Veintiocho
(28) del Círculo de Bogotá D.C, quien para los efectos del presente contrato se denominará EL CONSORCIO, por una parte y por la otra XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX mayor de edad y vecino de la ciudad de Bogotá D.C., identificado con cédula de ciudadanía número XXXXXXXXXXXXXXX de Bogotá
D.C. en calidad de Representante Legal, quien obra en nombre y representación de la XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX con NIT. XXXXXXXXXXXXXXXXXX, constituida mediante escritura pública N° XXXXXXXXXXX de la Notaria XX de XXXXXXXX, inscrita el XX de XXXXX de XXXX bajo en número XXXXXX del Libro XXX, quien para los efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos convenido celebrar el presente CONTRATO, previa las siguientes CONSIDERACIONES: 1. Que el Fondo Colombia en Paz – FCP, fue creado mediante el Decreto 691 del 27 xx Xxxxx de 2017, como un patrimonio autónomo del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Republica, sin estructura administrativa propia, administrado por una o varias sociedades fiduciarias públicas. 2. Que el objeto del - FCP es “ser el principal instrumento para la administración, coordinación, articulación, focalización y ejecución de las diferentes fuentes de recursos para realizar las acciones necesarias para la implementación del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera, conforme al Plan Marco de Implementación del mismo y al componente específico para la paz del Plan Plurianual de Inversiones de los Planes Nacionales de Desarrollo previsto en el Acto Legislativo 1 de 2016, así como en el proceso de reincorporación de las FARC-EP a la vida civil y otras acciones de posconflicto. Este fondo tiene como función, además, articular la cooperación internacional y la participación y aportes privados y públicos que se reciben a través de diferentes fuentes”.
3. Que de conformidad con lo establecido por el CONPES 3850 DEL 2015, el - FCP servirá como eje articulador e instancia principal de coordinación de los esfuerzos de carácter institucional como financieros, que orientan las inversiones para la transición de Colombia hacia una paz sostenible y duradera, y para el fortalecimiento de la capacidad estatal y democrática de los territorios más afectados por el conflicto. 4. XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX. 5.
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX. 6. Que para la adelantar la
necesidad indicada en los numerales anteriores, el PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ PA-FCP realizó el análisis preliminar y adelantó el proceso de selección por Convocatoria Pública No. XXX de XXXX. 7. Que en virtud del proceso de selección se presentaron XX proponentes a saber: XXXXX, XXXXXX, XXXXXX, XXXX, XXXX, XXXX, XXX. 8. Que una vez realizadas las evaluaciones finales técnicas, jurídicas y financieras de la Convocatoria Pública No. XXX de 201X, publicadas en las páginas web xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxx/xxxxx-xxxxxxxx-xx-xxx.xxxx, www.agenciade xxxxxxx.xxx.xx, · xxx.xxxxxxxxxxxx.xxx.xx, y el XX/XX/XXX, resultó favorecido la firma XXXXXXX. 9. Que el proponente XXXXXXXX presentó propuesta económica por valor de
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX PESOS ($ XXX.XXX.XXX.oo), incluido IVA y demás
impuestos xx xxx. 10. Que el Comité de Fiduciario acogió la evaluación del Comité Evaluador y por tal razón el - FCP expidió Carta de Aceptación de Oferta correspondiente, la cual fue notificada al representante legal. 11. Que por lo anteriormente expuesto y según lo exigido en el Análisis Preliminar para cubrir la necesidad se suscribe contrato con la firma XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX por cumplir con los requisitos exigidos en el Análisis Preliminar y resultar favorecido dentro del proceso de selección Convocatoria Pública No. XXX de XXXX. 12. EL CONTRATISTA no presenta coincidencias según resultado arrojado en la consulta dentro del Sistema de Administración del Riesgo, Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo – SARLAFT. 13. Que EL CONTRATISTA manifestó bajo la gravedad del juramento que no se encuentra en situación de inhabilidad o de incompatibilidad. 14. Que se consultó el “Boletín de Responsables Fiscales publicado por la Contraloría General de la República, con base en lo ordenado por la Ley 610 de 2000, y que no se encontró reportado al CONTRATISTA; igualmente que no reporta antecedentes disciplinarios, ni judiciales sus representantes legales. De conformidad con lo anterior, el presente contrato, se regirá por las siguientes clausulas: CLÁUSULA PRIMERA – OBJETO: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX. CLÁUSULA SEGUNDA. DURACIÓN DEL CONTRATO:
El termino de duración y ejecución del presente contrato será de hasta el XXXXXXXXXXXXXXXXX, previa aprobación de la garantía, cumplimiento de los requisitos de legalización y perfeccionamiento del contrato y la suscripción del Acta de Inicio. CLÁUSULA TERCERA: OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA: En virtud del presente contrato son obligaciones del CONTRATISTA las siguientes: Obligaciones generales
1. Ejecutar idóneamente el objeto del presente contrato. 2. Mantener estricta reserva y confidencialidad sobre la información que conozca por causa o con ocasión de la ejecución del objeto contractual. 3. Atender las sugerencias y condiciones establecidas por la supervisión del contrato. 4. Suscribir las actas e informes de ejecución y avance del contrato a que haya lugar, en la forma indicada por la Supervisión o los manuales que hacen parte integral del presente documento. 5. EL CONTRATISTA será el único responsable del cumplimiento de sus obligaciones fiscales y tributarias en los términos xx Xxx, así como de atender los requerimientos contables, fiscales y tributarios que - FCP requiera para su trámite interno o para órganos externos y de control. 6. Constituir las garantías a favor del - FCP en los términos establecidos en este documento. 7. Afiliar a sus trabajadores o contratistas al Sistema de Seguridad Social, de conformidad con las disposiciones legales vigentes y mantener indemne al - FCP de cualquier reclamación. 8. Presentar cuenta de cobro o factura, según sea el caso. 9. En caso de cualquier novedad o anomalía, reportar la situación de forma inmediata al supervisor del contrato, en medio escrito. 10. No acceder a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley con el fin de obligarlo a hacer u omitir algún acto o hecho, e informar inmediatamente al - FCP y demás autoridades competentes cuando se presenten tales peticiones o amenazas. 11. Las demás que se deriven de la naturaleza del presente contrato, que garanticen su cabal cumplimiento y sean acordadas entre las partes. Obligaciones Específicas: 1. XXXXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXXXXX XXXXXXXXX. 0. XXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXX XXXXXXXXXX. CLAUSULA CUARTA: OBLIGACIONES DEL PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ - FCP: En virtud del presente contrato el PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ - FCP se obliga a: 1. Efectuar los pagos en los plazos convenidos en el contrato. 2. Ejercer los controles necesarios para la cabal ejecución del contrato.
3. Prestarle toda la colaboración e información al CONTRATISTA para que el objeto del contrato de desarrolle de conformidad con los términos del presente documento. 4. Exigir al CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna de las obligaciones del presente contrato. CLAÚSULA QUINTA – VALOR DEL CONTRATO: Para todos los efectos legales y fiscales el valor del presente contrato es hasta por la suma de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX ($ XXX.XXX.XXX) incluido IVA, AIU y demás gravámenes y cualquier clase de impuesto que se cause o se llegare a causar, al igual que los costos directos e indirectos que se ocasionen para la ejecución del mismo. CLÁUSULA SEXTA – FORMA DE PAGO:
XXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXX XXXXXX XXXXX XXXXX XXXX
XXXXX XXXXX XXXX XXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX X. El trámite del pago se realizará previa presentación de la siguiente documentación: 1. Certificación de recibo a satisfacción de los bienes y servicios contratados, suscrito por la supervisión conjunta del contrato. 2. Certificación de pago de los aportes parafiscales. 3. Factura original por parte del CONTRATISTA. CLÁUSULA SÉPTIMA – SUJECIÓN DE LOS PAGOS A LAS APROPIACIONES PRESUPUESTALES: Para el respaldo
presupuestal del presente contrato en la vigencia 2018 se expidieron los Certificado de Disponibilidad Presupuestal No XX del XX de XXXX de XXXX, No XX del XX de XXXX de XXXX y No XX del XX de XXXX de XXXX. CLÁUSULA OCTAVA –CESIÓN: El - FCP podrá ceder su posición en el presente contrato al administrador fiduciario que sea definido, o patrimonio autónomo que defina el Fideicomitente del contrato xx xxxxxxx mercantil o que da origen al - FCP, sin solución de continuidad en el cumplimiento de las prestaciones, en tanto el contrato xx xxxxxxx mercantil que sustenta la conformación del - FCP tiene una vigencia finita. Para efectos de la cesión de que trata, no se requiere la autorización de EL CONTRATISTA. EL CONTRATISTA no podrá ceder su posición contractual el presente contrato a persona alguna, natural o jurídica sin autorización previa, expresa y escrita del El - FCP. CLÁUSULA NOVENA – GARANTÍA: Se exigirá al CONTRATISTA la constitución de garantía otorgada a través de una compañía de seguros o entidad bancaria, cuya póliza de matriz esté aprobada por la Superintendencia Financiera, de conformidad con lo previsto en el Análisis Preliminar, acorde con lo establecido en el Manual de Contratación del PATRIMONIO AUTÓNOMO FONDO COLOMBIA EN PAZ - FCP, la cual ampare los siguientes riesgos:
Amparo | Valor | Vigencia |
Cumplimiento | XX % del valor del contrato | Plazo de ejecución del contrato y 6 meses más |
Salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones laborales | X % del valor del contrato | Plazo de ejecución del contrato y 3 años más |
Calidad del servicio | XX % del valor del contrato | Plazo de ejecución del contrato y 1 año más |
a) Asegurado/beneficiario cuando se trate de póliza de seguro: será FIDUCIARIA LA PREVISORA S.A. como vocera del Patrimonio Autónomo del Fondo Colombia en Paz identificado con NIT. 830.053.105-3. b) Beneficiario, cuando se trate de garantía bancaria: será FIDUCIARIA LA PREVISORA S.A. como vocera del Patrimonio Autónomo del Fondo Colombia en Paz identificado con NIT. 830.053.105-3.c) Tomador/Afianzado: la garantía deberá tomarse con el nombre del CONTRATISTA como figura en el documento de identidad o certificado de existencia representación legal. En el evento que EL CONTRATISTA sea un consorcio o unión temporal o bajo cualquier forma asociativa, el tomador debe ser la figura asociativa conforme al documento de su constitución, indicando expresamente los integrantes y porcentajes de participación. CLÁUSULA DÉCIMA
– SUPERVISIÓN Y CONTROL DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO: El Patrimonio Autónomo Fondo
Colombia en Paz - FCP ejercerá la supervisión del presente contrato a través de la supervisión conjunta del contrato o quien ésta delegue. CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA - CLÁUSULA PENAL PECUNIARIA: En caso xx xxxx en el cumplimiento de las obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA, este se obliga a pagar al - FCP, por el simple retardo, una pena por el valor equivalente al cinco por ciento (5%) del valor total del contrato. Asimismo, en caso de que, vencido el plazo del contrato, EL CONTRATISTA no hubiera ejecutado todas o algunas de sus obligaciones, EL CONTRATISTA se sujeta a pagar a favor del FCP, a título xx xxxx, una suma equivalente al diez por ciento (10%) del valor del contrato, la cual se establece como estimación anticipada de los perjuicios que le ocasione al Fondo el incumplimiento de EL CONTRATISTA. El - FCP, se reserva el derecho a obtener de EL CONTRATISTA el pago de la indemnización correspondiente, si a ello hubiere lugar. PARÁGRAFO: Las penas moratoria y compensatoria previstas en esta cláusula se harán efectivas directamente por el - FCP, quien, para el efecto, podrá, a su libre elección, compensarlas con las sumas adeudadas a EL CONTRATISTA, o acudir a cualquier otro medio para obtener el pago de las penas. La compensación operará en los términos de los artículos 1714 y ss. del Código Civil; se entiende que, con la
suscripción de este contrato, EL CONTRATISTA autoriza al - FCP a descontarle, de las sumas que le adeude, los valores correspondientes a aquéllas. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA. – SUSPENSIÓN DEL CONTRATO: Las partes podrán suspender el presente contrato, mediante la suscripción de un acta en donde conste tal evento. El término de suspensión no será computable para efecto del plazo de ejecución del contrato, ni dará derecho a exigir indemnización, sobrecostos o reajustes, ni a reclamar gastos diferentes a los pactados en el contrato. El plazo de ejecución de este podrá suspenderse en los siguientes eventos a). Por circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito que impidan la ejecución del contrato y que cuya existencia de dicha eventualidad corresponde calificar al - FCP. b). Por mutuo acuerdo, siempre que con ello no se causen perjuicios ni deriven en mayores costos para el - FCP. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA. – INDEMNIDAD: EL CONTRATISTA
mantendrá indemne al - FCP libre de cualquier daño o perjuicio originado en reclamaciones de terceros y que se deriven de sus actuaciones o de la de sus subcontratistas o dependientes. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA.
– SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: Las controversias que surjan durante la ejecución
del objeto contractual se solucionarán en primer término a través del arreglo directo y/o la conciliación como mecanismos alternativos de solución de conflictos, de mantenerse la controversia se acudirá a la jurisdicción ordinaria. CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA. – AUSENCIA DE RELACIÓN LABORAL: El presente contrato será ejecutado por EL CONTRATISTA con absoluta autonomía e independencia y, en desarrollo del mismo, no se generará vínculo laboral alguno entre el - FCP y EL CONTRATISTA o cualquier otro tipo de personal a su cargo. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA. – LIQUIDACIÓN: De conformidad con lo establecido en el titulo VI del manual de contratación del - FCP respecto a la liquidación no será obligatoria a los contratos de prestación de servicios, por lo cual el presente contrato no será objeto del trámite de liquidación. PARÁGRAFO: el presente contrato podrá liquidarse por manifestación expresa de alguna de las partes. CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA.
- AFILIACIÓN AL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS LABORALES: Conforme a lo establecido en el artículo 2°, literal a), numeral 1 de la Ley 1562 de 2012, se establece la obligatoriedad de afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales de todo el personal que integre el equipo de trabajo de EL CONTRATISTA. CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA. – INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL CONTRATISTA declara con la firma
del presente contrato, no encontrarse incurso dentro de las inhabilidades e incompatibilidades contempladas en la Constitución Política ni en la ley. CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA. – CONFIDENCIALIDAD: EL CONTRATISTA en virtud de la suscripción del presente contrato se compromete a: a) Xxxxxxx de manera confidencial la información que como tal le sea presentada y entregada, y toda aquella que se genere en torno a ella como fruto de la prestación de sus servicios. b) Guardar confidencialidad sobre esa información y no emplearla en beneficio propio o de terceros mientras conserve sus características de confidencialidad o mientras sea manejada como un secreto empresarial o comercial. c) Solicitar previamente y por escrito autorización para cualquier publicación relacionada con el tema del contrato, autorización que debe solicitarse ante el Supervisor del contrato y/o el director ejecutivo del - FCP presentando el texto a publicar con un mes de antelación a la fecha en que desea enviar a edición. d) Informar inmediatamente al Supervisor del contrato y/o director ejecutivo del - FCP sobre cualquier hallazgo o innovación alcanzada en el desarrollo de su trabajo, colaborar con la mayor diligencia en la documentación y declaración de lo hallado y mantener sobre todo ello los compromisos de confidencialidad requeridos y necesarios. CLÁUSULA VIGÉSIMA. - RIESGO XX XXXXXX DE ACTIVOS Y FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO SARLAFT: EL CONTRATISTA declara que a la fecha
de suscripción del presente Contrato, conoce lo dispuesto en el numeral 5) del capítulo X de la Circular Básica Jurídica expedida por la Superintendencia de Sociedades y declara que de encontrarse en alguno de los supuestos de que tratan los literales A) al H) del mencionado numeral 5) y particularmente en el literal G) esto es, que el valor de sus ingresos totales a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior, sean iguales o superiores a Ciento Sesenta Mil (160.000) salarios mínimos mensuales, ha realizado el análisis de su exposición al riesgo de LA/FT y ha establecido su propio sistema de autogestión de este riesgo, de conformidad con lo previsto en el numeral 4° de la citada Circular Básica Jurídica. En caso de no encontrarse en los supuestos de que trata el numeral 5) EL CONTRATISTA declara que ha tenido en cuenta la recomendación prevista en el último párrafo del numeral 6° de la citada Circular. De esta manera, EL CONTRATISTA responderá al - FCP, indemnizándole por cualquier multa o perjuicio que se le cause originado en el incumplimiento de los
compromisos antes expresados. EL CONTRATISTA manifiesta que conoce el Sistema de Prevención xxx Xxxxxx de Activos y Financiación del Terrorismo del - FCP (denominado SARLAFT), cuyas políticas se encuentran publicadas en la página web del - FCP, y a las modificaciones que allí se incorporen. En consecuencia, cuando se presente cualquiera de las causales el - FCP, mediante comunicación motivada dirigida a EL CONTRATISTA a su última dirección registrada en el registro único tributario (RUT), estará facultada para dar por terminado y liquidar unilateralmente el presente contrato, procediendo de igual forma a dar por vencidas todas las obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA, por la sola ocurrencia de la respectiva causal. Así mismo, estará facultada para suspender todos o algunos de los pagos si a ello hay lugar. CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA. - CAUSALES DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO: Este contrato podrá
darse terminado por el - FCP, por cualquiera de las siguientes causales: 1. Terminación anticipada por incumplimiento: El - FCP puede terminar anticipadamente el Contrato en los siguientes eventos: a. En caso de incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo de EL CONTRATISTA que afecte de manera grave y directa la ejecución del contrato y evidencie que puede conducir a su paralización. En tal evento no será necesaria declaración judicial o administrativa, bastando que la Supervisión constate los hechos que dan origen a los mismos. b. Cuando el - FCP o el supervisor adviertan o tengan conocimiento de inconsistencias o irregularidades en la información presentada con la propuesta. c. El incumplimiento del compromiso anticorrupción presentado en la Propuesta. d. Cuando EL CONTRATISTA ceda a peticiones o amenazas de quienes actúen por fuera de la ley o celebre pactos o acuerdos prohibidos. e. En el caso en que EL CONTRATISTA ceda o transfiera sus derechos u obligaciones derivadas del Contrato, sin ajustarse a las disposiciones establecidas para tal efecto en el presente Contrato. f. Por interdicción judicial o inicio de proceso liquidatorio de EL CONTRATISTA. g. Por inclusión de EL CONTRATISTA en el boletín de responsables fiscales expedido por la Contraloría General de la República, en el Sistema para la Administración del Riesgo xxx Xxxxxx de Activos y Financiación del Terrorismo SARLAFT o en la LISTA OFAC. En el evento que EL CONTRATISTA sea una Estructura Plural, la presente causal se hará extensiva tan o a las personas naturales y/o jurídicas que lo conforman, como a los socios o accionistas respectivos. h. Si durante el plazo de vigencia del Contrato EL CONTRATISTA, sus administradores, socios y/o accionistas llegaren a resultar inmiscuidos en una investigación de cualquier tipo (penal, administrativa, etc.) relacionada con actividades ilícitas, corrupción, soborno, lavado de dinero o financiamiento del terrorismo, o fuesen incluidos en listas de control como las de la ONU, OFAC, así en Colombia no se hubiere iniciado la investigación penal. i. Cuando sobre El CONTRATISTA, sus representantes legales, o cualquiera de sus integrantes, sobrevenga alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad en los términos señalados en los Análisis Preliminares. j. Cuando los fundamentos de hecho en los que se soporta la aceptación de oferta son desvirtuados, o cuando se haya decretado la nulidad tanto del documento que define el orden de elegibilidad de EL CONTRATISTA y/o el acto que notifica la aceptación de la Propuesta por parte de la jurisdicción ordinaria. k. Cuando el FCP encuentre que EL CONTRATISTA para efectos de la celebración, selección o ejecución del contrato, lo indujo en error. Una vez el FCP le haya comunicado a EL CONTRATISTA, que ha incurrido en alguna de las causales previstas para la terminación del Contrato, operarán los siguientes efectos: a. No habrá lugar a indemnización alguna a favor del CONTRATISTA. b. Quedarán sin efecto las prestaciones no causadas a favor del CONTRATISTA. c. Se harán efectivas la Cláusula Penal y las garantías a que haya lugar. d. Se suspenderán los pagos que se hubieren librado o fueren a librarse o entregarse a favor del CONTRATISTA, hasta tanto se liquide el contrato.
2. Terminación Anticipada por imposibilidad de ejecución: Cuando se presenten situaciones que hagan imposible el cumplimiento del objeto del presente contrato. Las Partes convienen que existe imposibilidad de ejecución cuando se establezca que el presente Contrato no puede ejecutarse en las condiciones técnicas o económicas previstas, o cuando deba suspenderse por más de seis (6) meses; o si durante la ejecución del sobrevienen o se evidencien riesgos adicionales a los previstos, que puedan afectar la funcionalidad del proyecto. En estos eventos: a. No habrá lugar a indemnización a cargo del FCP y a favor del CONTRATISTA, si las causas de la imposibilidad no le son atribuibles a aquel. b. Quedarán sin efecto las prestaciones no causadas a favor del CONTRATISTA. c. Se suspenderán los pagos que se hubieren librado o fueren a librarse o entregarse a favor del CONTRATISTA, hasta tanto se liquide el Contrato y/o el Acuerdo u Acuerdos de Obra
del o los respectivos Proyectos. Declarada la terminación anticipada del Contrato por imposibilidad de ejecución, se ordenará su liquidación en el estado en que se encuentre. En la liquidación se realizará un xxxxx xx xxxxxxx y se consignarán las prestaciones pendientes a cargo de las partes, de tal suerte que las partes puedan declararse en paz y a salvo, sin perjuicio de las salvedades a que haya lugar. 3. Terminación por mutuo acuerdo: Las partes en cualquier momento de la ejecución del plazo del contrato podrán darlo por terminado de común acuerdo. 4. Terminación por cesación de pagos, concurso de acreedores, embargos judiciales o insolvencia del CONTRATISTA: El FCP se reserva la facultad de terminarlo en este evento, cuando se evidencie que puede afectar de manera grave el cumplimiento del contrato. 5. Las demás establecidas en Análisis preliminar y/o en la Ley. PARÁGRAFO PRIMERO. Sin perjuicio de lo dispuesto en el Análisis Preliminar y sus Anexos, en caso de presentarse alguno de los incumplimientos señalados en los literales a) y b) del numeral 1 de la presente cláusula, relativo a la Terminación Anticipada por incumplimiento del CONTRATISTA, el FCP o el supervisor notificará al CONTRATISTA el incumplimiento con el fin de que las Partes acuerden, dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación, el plazo y las medidas para subsanar el incumplimiento. Sin perjuicio de lo anterior, el CONTRATISTA dispondrá de un plazo no mayor a veinte (20) días hábiles contados a partir de la notificación del incumplimiento para subsanar el incumplimiento en los términos convenidos. Al documento dispuesto para la notificación que será enviada al CONTRATISTA, el supervisor anexará un informe sobre el incumplimiento con el fin de que EL CONTRATISTA se pronuncie dentro del plazo antes señalado y presente las alternativas para acordar las medidas para subsanar el incumplimiento. Si vencido el plazo acordado para subsanar el incumplimiento presentado, EL CONTRATISTA no procede a realizar las acciones necesarias para subsanar el incumplimiento en la manera convenida, el FCP podrá dar por terminado anticipadamente el contrato, en este evento se procederá a liquidar el Contrato y se harán los reconocimientos y pagos que resulten procedentes a favor del CONTRATISTA. De igual forma, el FCP procederá a hacer efectivas las garantías respectivas derivadas del incumplimiento, así como el cobro de la Cláusula Penal prevista en el presente contrato. PARÁGRAFO SEGUNDO. En caso de terminación anticipada del Contrato por cualquiera de las causas contempladas en la presente cláusula, se ordenará liquidar el contrato y se harán los reconocimientos y pagos que resulten procedentes a favor del CONTRATISTA, sin perjuicio de hacer efectivas las garantías respectivas derivadas del incumplimiento del Contrato. De igual forma, se determinará por parte del supervisor y/o del FCP la información y documentación que debe ser entregada y se establecerán las demás actividades que deban ser realizadas por EL CONTRATISTA, como condición necesaria para que haya lugar al pago al cual se ha hecho referencia. PARÁGRAFO TERCERO: Cuando se presenten situaciones que hagan imposible el cumplimiento del objeto del presente Contrato, el supervisor emitirá un concepto al respecto que será remitido al CONTRATISTA, junto con la documentación adicional a que haya lugar, para que éste se pronuncie en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles. La respuesta del CONTRATISTA y/o los demás documentos relativos serán puestos en conocimiento del Comité de Operación del FCP para determinar si procede la terminación del presente Contrato. CLÁUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA.
- DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL: Las partes convienen que los derechos de propiedad intelectual a que pudiere haber lugar en relación con cualquier productor surgido en desarrollo del objeto del presente contrato, pertenecerán única y exclusivamente al FCP, salvo las disposiciones xx xxx aplicables a la materia. CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA. - ACTUALIZACIÓN DE INFORMACIÓN: EL CONTRATISTA se
obliga a actualizar por lo menos una vez al año, la información requerida por FCP, para el cumplimiento de las disposiciones del Sistema de Administración de Riesgo xxx Xxxxxx de Activos y Financiación del Terrorismo – SARLAFT, así como suministrar los soportes documentales necesarios para confirmar los datos. No obstante, lo anterior, EL CONTRATISTA autoriza expresamente al FCP, mediante la suscripción del presente contrato, para que ésta contrate con terceros locales o extranjeros, servicios relacionados con el procesamiento de datos para su utilización en servicios de atención telefónica para la actualización de información u otras de naturaleza similar, garantizando en todo caso, la confidencialidad de la información que le asiste y a la que está obligado. CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA. - AUTORIZACIÓN, REPORTE Y CONSULTA A LA CIFIN, AUTORIZACIÓN EXPRESA PARA REPORTAR, CONSULTAR Y COMPARTIR INFORMACIÓN CONTENIDA EN LAS BASES DE DATOS FINANCIERA, CREDITICIA, COMERCIAL, DE SERVICIOS Y LA
PROVENIENTE DE OTROS PAÍSES: EL CONTRATISTA autoriza expresa e irrevocablemente al FCP, libre y voluntariamente, para que reporte a la CIFIN S.A., o a cualquier otro operador y/o fuente de información legalmente establecido, toda la información referente a su comportamiento como cliente que se relacione con el nacimiento, ejecución, modificación, liquidación y/o extinción de las obligaciones que se deriven del presente contrato, en cualquier tiempo, y que podrá reflejarse en las bases de datos de la CIFIN o de cualquier otro operador y /o fuente de información legalmente establecido. La permanencia de la información estará sujeta a los principios, términos, y condiciones consagrados en la Ley 1266 de 2008, Ley 1581 de 2012, y demás normas que la modifiquen, aclaren o reglamenten. Así mismo, EL CONTRATISTA autoriza de manera expresa e irrevocable a FCP, para que consulte toda la información financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de otros países, atinente a las relaciones comerciales que EL CONTRATISTA tenga con el sistema financiero, comercial y de servicios, o de cualquier sector, tanto en Colombia como en el exterior, en cualquier tiempo. CLÁUSULA VIGÉSIMA QUINTA. - PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES: Las PARTES declaran
y hacen constar, que todas las actividades que en desarrollo del presente contrato de prestación de servicios, impliquen el tratamiento en cualquiera de sus modalidades de datos personales, sin importar su calidad de públicos, semiprivados, privados o sensibles, deberán estar enmarcadas en lo establecido por la ley 1581 de 2012 y las demás normas que la modifiquen, adicionen, deroguen o sustituyan, siendo el responsable el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República al tenor de la Ley 1581 de 2012 CLÁUSULA VIGÉSIMA SEXTA. – PERFECCIONAMIENTO Y REQUISITOS DE EJECUCIÓN: El presente contrato se
entiende perfeccionado con la firma de las partes contratantes, requiere para su ejecución, aprobación de las garantía y suscripción del acta de inicio. CLÁUSULA VIGÉSIMA SÉPTIMA. – LUGAR DE EJECUCIÓN Y DOMICILIO CONTRACTUAL: Se establece como lugar de ejecución y domicilio contractual la ciudad de Bogotá D.C. CLÁUSULA VIGÉSIMA OCTAVA. – GASTOS: Los gastos que se ocasionen para el perfeccionamiento y legalización del presente contrato serán sufragados por EL CONTRATISTA.
En constancia se firma en Bogotá D.C, el XX (XX) de XXXXX de 20XX.
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
Directora Ejecutiva PA-FCP Representante Legal- XXXXXXX.XXX.
Proyectó: XXXXXXXXXXXXXXXXXX Revisó: XXXXXXXXXXXXXXXXXX Aprobó: XXXXXXXXXXXXXXXXXX
LÍNEAS DE ATENCIÓN TELEFÓNICA
Con la suscripción de este anexo, (nombre del proponente ) certifico que la Línea Nacional ( ), y la Línea para Bogotá, D, C, ( ), cuenta con atención telefónica personalizada 24 horas al día, 7 días a la semana.
FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL NIT.
C.C
NOMBRE DE LA PERSONA QUE FIRMA
LÍNEAS DE ATENCIÓN EXCLUSIVA FCP
, identificado con la Cedula de Ciudadanía No. , en mi calidad de representante
legal de asumo el compromiso de presentar al FCP, en caso de que sea aceptada la
propuesta presentada dentro de la CONVOCATORIA PÚBLICA No. XXX de 2018, dos líneas celulares para atención exclusiva a los usuarios designados por el FCP, 24 horas al día, 7 días a la semana
FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL NIT.
C.C
NOMBRE DE LA PERSONA QUE FIRMA
EQUIPO DE TRABAJO ASESOR TURÍSTICO
Nombres y apellidos | |
Documento de Identidad | |
Cargo propuesto | ASESOR TURISTICO |
Tipo y No de documento de identidad | |
Formación Académica | |
Capacitación - Atención al Cliente | |
Fecha Inicio | |
Fecha Terminación |
Experiencia Relacionada
Entidad contratante | Funciones | Fecha inicio contrato (día- mes-año) | Fecha Terminación contrato (día-mes-año) |
Tiempo de experiencia certificada en años |
identificado con c.c. acepto ser presentado por la empresa como ASESOR TURISTICO , y participar en la ejecución del contrato resultante en caso de ser favorecido con Aceptación de Propuesta dentro de la CONVOCATORIA PÚBLICA No. XXX de 2018. Para constancia se firma a los días del mes de 2018
Firma profesional
C.C.
, identificado con la Cedula de Ciudadanía No. , en mi calidad de representante
legal de asumo el compromiso de presentar al FCP, en caso de que sea aceptada la
propuesta presentada dentro de la CONVOCATORIA PÚBLICA No. XXX de 2018, al profesional
quien cumple con las exigencias académicas, de experiencia y contractuales exigidas, y será integrante del Equipo de Trabajo como Asesor Turístico.
Atentamente,
Representante Legal C.C.
SISTEMA GLOBAL DE DISTRIBUCIÓN - GDS
1. | |
2. | |
3. | |
4. | |
5 |
Con la suscripción de este anexo, (nombre del proponente ) certifico que contamos con los siguientes Sistemas Globales de Distribución:
Adjunto copia del documento que acredita cada uno de los Sistemas Globales de Distribución. FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
NIT.
C.C
NOMBRE DE LA PERSONA QUE FIRMA
ACREDITACIÓN DE CONVENIOS
# | No. Convenio | Asociado | Fecha Inicio | Fecha Terminación |
1 | ||||
2. | ||||
3. | ||||
4. | ||||
5. |
Con la suscripción de este anexo, (nombre del proponente ) certifico que contamos con los siguientes convenios:
Adjunto copia de cada uno de los convenios señalados. FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
NIT.
C.C
NOMBRE DE LA PERSONA QUE FIRMA