Pliegodecláusulaseconómico-administrativas ytécnicasqueregiránlaofertapúblicaparala adjudicacióndeuncontratode arrendamiento dellocal17deledificioCEI delParque TecnolóxicodeGalicia
Pliegodecláusulaseconómico-administrativas ytécnicasqueregiránlaofertapúblicaparala adjudicacióndeuncontratode arrendamiento dellocal17deledificioCEI delParque TecnolóxicodeGalicia
Parque Tecnolóxico de Galicia, S.A.
Contenido
3. Cuadro de características del contrato 4
5. Documentación con valor contractual 8
6. Órgano de contratación y forma de acceso al Perfil del Contratante 8
7. Procedimiento de adjudicación 9
10. Contenido de las proposiciones 10
10.1. Sobre A – Documentación Administrativa 10
10.1.2. Documentos acreditativos de la representación 11
10.1.3. Solvencia económica y financiera 12
10.2. Sobre B – Propuesta económica 12
11. Proposiciones simultáneas 12
12. Lugar y plazo de presentación de las proposiciones 13
12.1. Lugar y plazo de presentación de las proposiciones 13
12.2. Requisitos de la documentación 14
13. Mesa de contratación, apertura de proposiciones y propuesta de adjudicación 14
13.2. Apertura de proposiciones, cualificación de la documentación y propuesta de adjudicación 15
14. Adjudicación del contrato 15
15. Constitución de la garantía definitiva, gastos de anuncios y formalización del contrato 17
15.3. Formalización del contrato 17
16. Plazo de ejecución del contrato 18
18. Precio del arrendamiento 18
19. Prerrogativas del órgano de contratación 19
20. Obligaciones de PTG, S.A 19
21. Derechos y obligaciones del adjudicatario 19
24. Contenido y causas de resolución del contrato 22
Anexo X. Xxxxxx y características del local a arrendar 24
Anexo II. Criterios de admisión de empresas para su ubicación en el Edificio CEI del Parque
Anexo III. Datos identificativos del licitador para efectos de notificaciones 26
Anexo IV. Declaración sobre cumplimiento de requisitos 27
Anexo V. Modelo sometimiento jurisdicción 28
Anexo VI. Modelo de declaración responsable 29
Anexo VII. Modelo de oferta económica de arrendamiento 30
El presente Pliego constituye el conjunto de instrucciones, normas y especificaciones que han de regir el contrato de alquiler del local 17 de aproximadamente 29 m2 ubicado en la planta baja del Edificio CEI (Centro de Empresas e Innovación) situado en la Parcela institucional del Parque Tecnolóxico de Galicia.
El contrato tendrá carácter privado y se regirá, en cuanto a su preparación y adjudicación por lo establecido en el contrato, en el presente Xxxxxx, en las instrucciones internas de contratación de PTG, S.A., a la Ley 5/2011, de 30 de septiembre, del patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, y en lo no previsto expresamente en los documentos anteriores, por las normas reguladoras de la actividad contractual de las entidades del sector público autonómico que resulten de aplicación.
En cuanto a sus efectos y extinción, por el Código Civil, la XXX, y cualquier otras normas de derecho privado que pudieran resultar aplicables.
3. Cuadro de características del contrato
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN Nº: AL-CEI- 17/2018
ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: El Consejo de Administración de PARQUE TECNOLÓXICO DE GALICIA S.A. cuya función de contratación está delegada en la persona de su vicepresidente y consejero delegado.
1.
OBJETO DEL CONTRATO:
Alquiler del local 17 de aproximadamente 29 m2 ubicado en la planta baja, ala izquierda, del edificio CEI del Parque Tecnolóxico de Galicia.
2.
PROCEDEMIENTO DE ADJUDICACIÓN Y TIPO DE CONTRATO
Contrato no sujeto a regulación armonizada. Procedimiento de Adjudicación: ABIERTO
Tipo de contrato: contrato privado de ALQUILER
3.
PUBLICACIÓN ANUNCIO
- Perfil del Contratante de la web corporativa xxx.xxxxxxxxx.xx
4.
LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
Las proposiciones podrán presentarse:
a) Por correo certificado o entrega personal en el domicilio social de Parque Tecnolóxico de Galicia S.A., en el edificio CEI del Parque Tecnolóxico de Galicia en San Xxxxxx das Xxxxx (Ourense), en horario de 9.00 de la mañana hasta las 15.00 de la tarde de lunes a viernes.
b) Plazo de presentación de Ofertas: 15 días naturales desde la fecha de publicación del anuncio en el perfil del contratante.
5. PRECIO BASE DE LICITACIÓN /IMPORTE DE LA RENTA
5.1 Precio de licitación
El precio que se oferte para optar al arrendamiento de la superficie es de libre determinación para los ofertantes, pero en todo caso deberá ser igual o superior al señalado como precio metro cuadrado/mes base de licitación de acuerdo con el siguiente cuadro:
Local | Superficie (m2) | Precio (euros)/ m2/mes | Precio base de licitación (lVA Excluido) (euros/mes) |
17 | 29 m2 | 4,75 €/m2/mes | 137,75 €/mes |
A dichas cantidades, o a la renta ofertada por los licitadores, se deberá añadir la correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido, tributando por el tipo del 21% o por el que se fije en cada momento conforme a la legislación vigente
Para determinar el precio que sirve de base para la licitación se tuvo en cuenta el precio xx xxxxxxx, tomando de base el informe realizado por una sociedad de tasación inscrita en el Registro de Sociedades de Tasación del Banco de España y empresas legalmente habilitadas.
5.2 Forma de pago
El pago se practicará dentro de los cinco primeros días de cada mes, mediante domiciliación bancaria a la cuenta
que para tal efecto designe el arrendatario.
El arrendador expedirá la correspondiente factura, en la que la renta más el IVA aparecerán diferenciados.
5.3 Revisión de la renta
La renta sólo podrá ser actualizada por el arrendador o el arrendatario en la fecha en que se cumpla cada año de vigencia del contrato, aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la variación anual del índice de precios de alquiler de oficinas, a nivel autonómico, publicado por el Instituto Nacional de Estadística, a fecha de cada revisión, tomando como trimestre de referencia el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de revisión del contrato y en las sucesivas, el que corresponda al último aplicado.
La renta actualizada será exigible al arrendatario a partir del mes siguiente a aquel en el que la parte interesada lo notifique a la otra parte por escrito, expresando el porcentaje de alteración aplicada y juntando, si el arrendatario lo exigiese, la oportuna certificación del Instituto Nacional de Estadística, o haciendo referencia al “Boletín Oficial” en el que se publique.
6.
CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN:
El contrato se adjudicará a aquella oferta cuyo importe sea mayor siempre y cuando alcance el Precio base de licitación indicado en el punto 5.1 del cuadro de características del presente Xxxxxx.
Xxxxx excluidas las propuestas de entidades aquellas que no cumplan los criterios de admisión del Parque Tecnológico de Galicia que se describen en el Anexo II.
En caso de que dos ofertas presenten el mismo precio el contrato se adjudicará por sorteo.
En caso de que el concurso se declare desierto, PTG, S.A. podrá proceder a la adjudicación directa del contrato
de alquiler durante el año posterior a la declaración de desierto.
7. DURACIÓN DEL CONTRATO
La duración del presente contrato será de 4 años, a contar desde el día siguiente a la formalización del contrato., en el caso de que el local esté disponible de forma inmediata, o desde la fecha de disponibilidad del local que se
indica en el punto 12 del presente cuadro de características. Dicho plazo podrá ser objeto de prórroga expresa, bajo las mismas cláusulas, anualmente, por mutuo acuerdo de las partes, por 4 años más.
8.
MESA DE CONTRATACIÓN
La Mesa de Contratación está compuesta por:
- 1 Presidente: Director Gerente
- 1 Secretario: Un representante del departamento de Administración y Finanzas.
- 4 Vocales: Dos responsables del Dpto. de Proyectos, un responsable del Dpto. de Servicios Generales y la
Directora del Departamento de Administración y Finanzas.
9.
GARANTÍA PROVISIONAL: No se solicita garantía provisional.
10. GARANTÍA DEFINITIVA: El adjudicatario estará obligado a constituir una fianza definitiva a favor de PTG, S.A. equivalente a dos mensualidades, XXX excluido, dentro de los 10 días hábiles siguientes a contar desde el siguiente a aquel en que recibiera el requerimiento del órgano de contratación al que se refiere la cláusula 14 a)
de este Pliego.
11. CONSULTAS RELACIONADAS CON EL EXPEDIENTE:
Parque Tecnolóxico de Galicia S.A.
Edificio CEI – Parque Tecnolóxico de Galicia 32900 San Xxxxxx das Xxxxx
Ourense - España
Teléfono: x00 000 000000 Fax: x00 000 000 000
12. PUESTA A DISPOSICIÓN DEL LOCAL:
El local objeto de arrendamiento estará disponible para el arrendatario el 1 xx xxxxxx de 2018.
Es objeto del presente Xxxxxx regular la adjudicación del contrato de arrendamiento del local 17 situado en la planta baja del edificio CEI, titularidad de Parque Tecnolóxico de Galicia, S.A., cumpliendo los principios de igualdad, publicidad y concurrencia.
El Edificio CEI está construido en la parcela 1I del Parque Tecnolóxico de Galicia, su referencia catastral es 8934501NG9893S0001ED.
El local objeto de arrendamiento tiene una superficie aproximada de 29 m2. El local no contiene divisiones interiores.
Como Anexo I se incorpora plano del local y su ubicación dentro de la planta baja ala izquierda del edificio.
5. Documentación con valor contractual
Tendrán valor contractual, con el siguiente orden de prelación, los siguientes documentos: 1º El contrato
2º El presente Pliego
3º La oferta del licitador, en todo aquello que no contravenga los pliegos y demás normativa de aplicación.
4º Cualquier otra documentación adicional a la que se le atribuya tal valor en el presente Xxxxxx.
6. Órgano de contratación y forma de acceso al Perfil del Contratante.
El órgano de contratación es el Consejo de Administración de la sociedad Parque Tecnolóxico de Galicia S.A., cuya función de contratación está delegada en la persona del vicepresidente y consejero delegado de este.
El acceso al perfil del contratante de PTG S.A., se realizará a través de la página web xxx.xxxxxxxxx.xx.
7. Procedimiento de adjudicación.
El contrato objeto del presente Xxxxxx será adjudicado mediante procedimiento abierto, de tal manera que la adjudicación de éste recaerá en la oferta mayor según se indica en el punto 6 del cuadro de características del contrato del presente Xxxxxx siempre y cuando la proposición cumpla con los criterios de admisión del Parque Tecnológico de Galicia que se adjuntan en el Anexo II. El licitador presentará una declaración firmada según modelo en Anexo IV sobre el cumplimiento de requisitos. PTG podrá solicitar justificación posterior de los términos que se incluyen en dicha declaración al licitador que resulte adjudicatario.
Estarán facultadas para contratar con PTG las personas físicas y jurídicas, españolas o extranjeras, que, teniendo plena capacidad de obrar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. La prueba de no estar incursas en prohibiciones de contratar se realizará de conformidad con lo establecido por el artículo 85 de la LCSP.
Los licitadores deberán poder acreditar su solvencia económica y financiera de conformidad con lo que se indica a continuación, exigiéndose al licitador que resulte adjudicatario lo siguiente:
Volumen global de negocios por importe igual o superior al doble de la renta mínima anual en cada uno de los tres últimos ejercicios concluidos. La acreditación de solvencia por este medio no será exigible a los licitadores cuyo inicio de actividad económica sea posterior al 1 de enero de 2015.
El volumen anual de negocios del licitador o candidato se acreditará por medio de una declaración responsable del empresario, si bien el órgano de contratación podrá en cualquier momento durante la tramitación del procedimiento de adjudicación requerir a los licitadores para que justifiquen el volumen declarado mediante la presentación de sus cuentas anuales aprobadas y depositadas en el Registro Mercantil, en el caso de que el empresario estuviese inscrito en el citado registro, y en el caso contrario por las depositadas en registro oficial en el que deba estar inscrito.
De presentarse a la licitación uniones de empresarios que se constituyan temporalmente para el efecto, no será necesaria la formalización de éstas en escritura pública hasta que se efectuase la adjudicación a su favor. No obstante, los empresarios integrados en ella indicarán sus nombres y circunstancias, la participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicataria.
Asimismo, deberán obligarse todos sus miembros solidariamente ante PTG, S.A. y nombrar a un representante o apoderado único de la agrupación con poderes bastantes ante la sociedad para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta la extinción de éste, sin perjuicio de la existencia de poderes mancomunados que puedan otorgar para cobros y pagos de cuantía
significativa. La duración de las uniones temporales de empresarios será coincidente con la del contrato hasta su extinción.
Si durante la tramitación del procedimiento y antes de su adjudicación se produjese la extinción de la personalidad jurídica de una empresa licitadora o candidata por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, la sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquiriente del patrimonio o de la correspondiente rama de actividad, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la solvencia o clasificación en las condiciones exigidas en el pliego de condiciones para poder participar en el procedimiento de adjudicación de conformidad con el art. 144 de la LCSP.
No se solicita garantía provisional a los licitadores. .
10. Contenido de las proposiciones.
La documentación para la presente licitación se presentará en sobre cerrado, de forma que se garantice el secreto de la oferta, identificado en su exterior, con indicación de la licitación a la que concurre, y firmado por el licitador, o la persona que lo represente, indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa.
Las propuestas se efectuarán en dos sobres, debidamente cerrados y sellados, identificados con las letras A y B en los que se incluirá la documentación que a continuación se indica:
10.1. Sobre A – Documentación Administrativa.
En el sobre A se incluirán los siguientes anexos, que se facilitan en los presentes pliegos:
Anexo III: Datos identificativos del licitador a efectos de notificación.
Anexo IV: Declaración sobre cumplimiento de requisitos.
Anexo V: Modelo de sometimiento a jurisdicción.
Anexo VI: Modelo de declaración responsable
La Mesa de Contratación solicitará al licitador que resulte adjudicatario los siguientes documentos relacionados en los siguientes apartados 10.1.1., 10.1.2., 10.1.3., originales, copias auténticas o fotocopias
compulsadas de éstos, acompañados, en hoja independiente, de una relación de todos los documentos que el licitador incluya en este sobre. De esta solicitud se excluye la ya entregada en el sobre A.
La Mesa de Contratación podrá solicitar al licitador que resulte adjudicatario justificación de los términos que se incluyen en la declaración del Anexo IV (cumplimiento de requisitos).
10.1.1. Documentación acreditativa de la personalidad y de la capacidad de obrar de los licitadores
1.- En caso de empresarios individuales, deberán presentar fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad o del documento que reglamentariamente lo sustituya, con expresión de las circunstancias personales y el domicilio.
2.- Las personas jurídicas deberán aportar escritura de constitución y/o modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, cuando este requisito fuese exigible de acuerdo con la legislación mercantil que le sea aplicable. Si no lo fuese, la acreditación de la capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de constitución, estatuto o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscritos en el correspondiente Registro Oficial.
3.- La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea se acreditará por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.
4.- Los demás empresarios extranjeros deberán acreditar su capacidad de obrar con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.
5.- En el supuesto de que se presenten proposiciones suscritas conjuntamente por varios licitadores como Unión Temporal de Empresas (UTE), se incorporará un compromiso por los licitadores para constituir una UTE en el caso de que sean adjudicatarios. En todo caso, los empresarios que deseen concurrir integrados en ellas deberán indicar en la propuesta los nombres y circunstancias de los que la constituyan, la participación de cada uno de ellos y que asumen el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicatarios. El escrito habrá de estar firmado por los representantes de las diversas empresas promotoras así como por el apoderado único que estarán obligadas a nombrar las empresas incluso para el período de licitación. Asimismo, cada uno de los empresarios que componen la agrupación deberá acreditar su capacidad de obrar.
10.1.2. Documentos acreditativos de la representación
Los que comparezcan y firmen proposiciones en nombre de otro deberán presentar copia compulsada del DNI del apoderado o apoderados, o del documento que reglamentariamente lo sustituya.
Si el licitador fuese una persona individual, se acompañará copia auténtica o compulsada de la escritura de poder notarial otorgada por el titular o propietario de la empresa.
Si el licitador fuese una persona jurídica, se acompañará copia auténtica o compulsada de la escritura de constitución de la sociedad y modificación, en su caso, inscrita en el Registro Mercantil, con aquellos particulares de los estatutos o acuerdos sociales de los que se deduzca dicha representación. Si ésta non resultase únicamente de estos documentos, se presentará además escritura de poder notarial para justificarla, inscrita en el Registro Mercantil.
Con la finalidad de justificar adecuadamente la representación ante el órgano de contratación, se acompañará el correspondiente poder declarado bastante por un letrado de la Xunta de Galicia o abogado del Estado, otorgado a su favor, en caso de que actuase en representación de un tercero o de una persona jurídica.
10.1.3. Solvencia económica y financiera
Los licitadores, tanto nacionales como extranjeros, deberán justificar su solvencia económica y financiera aportando los documentos que se detallan en la cláusula 8 de este Pliego. Esta acreditación de solvencia no será exigible a los licitadores cuyo inicio de actividad económica sea posterior al 1 de enero de 2015.
10.2. Sobre B – Propuesta económica.
La presentación de la propuesta económica supone la aceptación incondicionada por parte del licitador del contenido de la totalidad del presente Pliego y del resto de documentación que tenga carácter contractual.
Se adjunta como Anexo VII modelo de propuesta económica.
11. Proposiciones simultáneas.
En la licitación del contrato regulado en el presente Xxxxxx, cada licitador no podrá presentar más de una proposición.
Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en unión temporal con otros si ya lo hizo individualmente o figurar en más de una unión temporal.
La infracción de lo previsto en los párrafos anteriores dará lugar a la no admisión de todas las propuestas por él suscritas.
12. Lugar y plazo de presentación de las proposiciones
12.1. Lugar y plazo de presentación de las proposiciones
El plazo de presentación será de 15 días naturales desde la fecha de publicación del anuncio en el perfil del contratante.
En cuanto al lugar de presentación de las proposiciones, éstas deberán ser remitidas por correo certificado o entrega personal en la dirección Parque Tecnolóxico de Galicia, S.A., 32900 San Xxxxxx das Xxxxx (Ourense), a la atención del Departamento de Administración y Finanzas, en horario de 9.00 de la mañana hasta las 15.00 de la tarde (de lunes a viernes).
Si alguna empresa licitadora considera oportuno algún tipo de aclaración podrá solicitarlo por escrito al fax (000.000.000) o correo electrónico (xxxxxxxx@xxxxxxxxx.xx), indicando el nombre de la empresa, un teléfono de contacto y el nombre de la persona que va a realizar la visita, facilitándosele día y hora para dicha visita.
Cuando las proposiciones se envíen por correo certificado, el licitador deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos, y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante fax o telegrama el mismo día. También podrá anunciarse por correo electrónico. El envío del anuncio por correo electrónico sólo será válido si existe constancia de la transmisión y recepción, de sus fechas y del contenido íntegro de las comunicaciones y se identifica de forma fehaciente al remitente y al destinatario. En este supuesto, se procederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se incorporará al expediente.
Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición, si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de finalización del plazo señalado en el anuncio.
No obstante, concurriendo los requisitos anteriores, no será admitida, en ningún caso, la documentación enviada por correo que se recibiese transcurridos 3 días hábiles desde la finalización del plazo fijado para la admisión de propuestas.
Una vez entregada o remitida la documentación, ésta no podrá ser retirada salvo por causa justificada. Terminado el plazo de recepción, las oficinas receptoras expedirán certificación relacionada de la documentación recibida o de la ausencia de licitadores, en su caso, que juntamente con la documentación remitirán al secretario de la Mesa de Contratación.
Cuando la proposición se presente en las dependencias señaladas por el órgano de contratación, éste registrará la solicitud de participación y devolverá una copia sellada de ésta como resguardo de la
participación.
12.2. Requisitos de la documentación
La presentación de proposiciones presume por parte del concurrente la aceptación incondicionada de las cláusulas del presente Pliego de cláusulas económico- administrativas y técnicas y de los restantes documentos que tienen carácter contractual, sin salvedad o reserva alguna, así como la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con PTG. Cualquier salvedad se entenderá en todo caso como no puesta.
Las proposiciones se presentarán en lengua castellana y/o gallega. No se admitirán las propuestas que no cumplan estos requisitos.
Las proposiciones se presentarán escritas a máquina u otro tipo de impresión mecánica o informática, y no se aceptará ningún documento manuscrito ni con omisiones, errores o enmiendas que no permitan conocer claramente las condiciones para valorar la oferta.
La totalidad del coste de la elaboración de la documentación para la confección de las ofertas que se presentan a la licitación será por cuenta de los licitadores, que no podrán reclamar compensación económica alguna en caso de no resultar adjudicatarios.
No se aceptarán aquellas proposiciones que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente todo aquello que PTG, S.A. estime fundamental para la oferta, o que incurra en los supuestos establecidos en el artículo 84 del RGCAP.
Las ofertas tendrán una validez de 6 meses, contados a partir de la fecha de apertura de las proposiciones.
Las proposiciones serán secretas y quedarán bajo la custodia del responsable del Registro de PTG, S.A. a disposición de la Mesa de Contratación, hasta el momento señalado para el acto de apertura de plicas.
Una vez presentada la oferta, el licitador no podrá retirarla, salvo en los casos expresamente previstos en el presente Pliego o en la LCSP, quedando obligado a cumplir el contrato, si le fuese adjudicado, que será inalterable a partir de su perfeccionamiento, y deberá ser cumplido con estricta sujeción a las cláusulas y los pliegos que le sirven de base, cuyas condiciones jurídicas y económicas sólo podrán modificarse con base a las causas admitidas en el presente Pliego y en la legislación aplicable.
13. Mesa de contratación, apertura de proposiciones y propuesta de adjudicación.
El órgano de contratación, para la adjudicación del contrato, estará asistido de una Mesa de Contratación, constituida por las personas que se indican en el apartado 8 del cuadro de características del contrato.
En caso de ausencia de cualquiera de sus miembros, las personas encargadas de la designación de estos nombrarán a los que deban sustituirlos.
13.2. Apertura de proposiciones, cualificación de la documentación y propuesta de adjudicación.
La apertura de las ofertas se llevará a cabo por la Mesa de Contratación.
La Mesa de Contratación, en acto interno, calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma contenidos en el Sobre A y, si observase defectos materiales en la documentación presentada, podrá conceder un plazo no superior a tres días hábiles para que el licitador enmiende el error, fuera de la garantía provisional que deberá constar inexcusablemente, no pudiéndose enmendar su falta de presentación.
La apertura de las ofertas económicas (sobre B) de los licitadores admitidos se hará en un acto público, que se celebrará en el lugar, fecha y hora que se publique en el Perfil del Contratante y adicionalmente se avisará por correo electrónico a los licitadores.
Concluida la lectura y tras el estudio y baremación de las ofertas presentadas, en el plazo máximo de 25 días, a contar desde el último día de presentación de ofertas, la Mesa de Contratación elevará propuesta de adjudicación del contrato al Órgano de Contratación a favor del licitador que efectuase la oferta económicamente más ventajosa, es decir, a favor de aquel que alcanzase el mayor número de puntos según los criterios de adjudicación fijados en el presente Pliego, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 de las Instrucciones Internas de Contratación de PTG, S.A., teniendo además la facultad de declarar desierto el procedimiento de licitación.
A tales efectos, la Mesa de Contratación ordenará de forma decreciente las distintas ofertas presentadas en función de la puntuación obtenida de conformidad con los criterios de adjudicación.
La propuesta de adjudicación no crea derecho alguno a favor del empresario propuesto frente al
PTG.
a) Realizada la propuesta de adjudicación por la Mesa de Contratación al Órgano de Contratación, éste, a continuación, requerirá al licitador que presentase la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo xx xxxx días hábiles a contar desde
el siguiente a aquel en que recibiese el requerimiento proceda a presentar la documentación acreditativa de encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como la que le solicite para acreditar los extremos exigidos en el pliego y respecto de los que el licitador presentara una declaración responsable, así como prestar la garantía correspondiente.
b) En el caso de que el Órgano de Contratación decida apartarse de la propuesta hecha por la Mesa de Contratación, tendrá que justificarlo.
c) De no cumplirse adecuadamente el requerimiento en el plazo señalado, se entenderá que el licitador retiró su oferta, procediéndose en ese caso a reclamar la misma documentación al licitador siguiente, en el orden en que quedasen clasificadas las ofertas.
d) Cumplido el trámite anterior, el Órgano de Contratación hará la adjudicación al licitador que se determinase que tiene plena capacidad para ejecutar el contrato y cuya oferta sea la oferta económicamente más ventajosa dentro de los cinco días hábiles siguientes a la recepción de la documentación.
e) La adjudicación se hará de conformidad con los criterios y los requisitos establecidos en el pliego.
f) La notificación al adjudicatario se podrá realizar al número de fax, dirección postal o al correo electrónico indicado en la oferta, según determine el Órgano de Contratación.
En los casos en los que la comunicación se efectúe por fax o correo electrónico, deberá acreditarse la recepción de éste por parte del adjudicatario.
g) Se dará publicidad a la adjudicación por medio del perfil del contratante.
La adjudicación del contrato, que en todo caso deberá ser motivada, se notificará a los candidatos o licitadores.
Sin perjuicio de lo dispuesto anteriormente, el Órgano de Contratación comunicará a todo candidato o licitador rechazado que lo solicite, en el plazo de quince días a partir de la recepción de la solicitud, los motivos del rechazo de su candidatura o de su proposición y las características de la proposición del adjudicatario determinantes de la adjudicación a su favor, observándose al respecto de la comunicación lo dispuesto en el párrafo anterior.
15. Constitución de la garantía definitiva, gastos de anuncios y formalización del contrato.
El licitador que presente la oferta que obtenga el mayor número de puntos de conformidad con los criterios de adjudicación, es decir, el licitador que presente la oferta más ventajosa deberá acreditar, en cualquiera de las modalidades especificadas en el artículo 108 de la LCSP, en el plazo señalado en el apartado 14.a (10 días hábiles), la constitución de una garantía definitiva, en concepto de fianza, por importe de dos mensualidades de alquiler, IVA excluido, debiendo acreditarse su constitución mediante la entrega del correspondiente justificante ante el Órgano de Contratación. El incumplimiento de este requisito por causas imputables al licitador, el Órgano de Contratación no efectuará la adjudicación a su favor, siendo de aplicación lo dispuesto en el apartado 14.c.
No se contemplan.
15.3. Formalización del contrato
Será condición esencial del contrato que en el plazo máximo de 10 días hábiles a contar desde el siguiente a la notificación de la adjudicación, el adjudicatario suscriba el correspondiente contrato privado de prestación de alquiler.
El contrato se podrá formalizar en escritura pública cuando así lo solicite el licitador, siendo a su xxxxx los gastos derivados de su otorgamiento.
Cuando por causas imputables al contratista no se pudiese formalizar el contrato dentro del plazo indicado, la sociedad podrá acordar la resolución de éste. En este caso, el contrato se adjudicará al siguiente licitador por el orden en que hubieran quedado clasificadas las ofertas.
16. Plazo de ejecución del contrato.
La duración del contrato de alquiler será por cuatro (4) años prorrogables anualmente hasta un máximo de ocho (8) años, según se establece en el punto 7 del cuadro de características del contrato.
Serán por cuenta del adjudicatario los gastos y tributos de la formalización del contrato, así como cualquier impuesto, tasas o arbitrios de índole estatal, autonómica o municipal, que pudiesen gravar la actividad en el local arrendado.
El precio mínimo de licitación para la contratación del alquiler es el señalado en el punto 5 del cuadro de características.
Se otorgará un mes de carencia en el pago de la renta a contar desde la fecha de puesta a disposición del local al arrendatario en el caso de que la instalación en el local requiera por parte del licitador la realización de obras autorizadas por PTG, S.A. cuyo plazo de ejecución sea de un mes o mayor a un mes, impidiendo dichas obras el inicio de la actividad ordinaria de la empresa arrendataria en el local.
El importe de la renta será abonada por mensualidades, a las cuales habrá que aplicar los impuestos vigentes para cada devengo mensual. En el supuesto de demora en el pago de la citada renta, ésta devengará desde la fecha del impago a favor de PTG, S.A. el interés legal, sin perjuicio de la facultad de resolver el contrato.
Los pagos se efectuarán mediante domiciliación bancaria a la cuenta que para tal efecto designe el arrendatario. El pago de la renta mensual se realizará en los cinco primeros días de cada mes.
Además de esta renta mensual, la Parte Arrendataria estará obligada a abonar, por meses vencidos mediante domiciliación bancaria, los consumos efectuados de electricidad, internet y teléfono, así como de los servicios opcionales que le sean prestados por PTG, S.A. Las tarifas aplicables a dichos servicios se pondrán a disposición de la Parte Arrendataria.
La renta será revisada con carácter anual, aplicando a la renta correspondiente a la anualidad anterior la variación anual del índice de precios de alquiler de oficinas, a nivel autonómico, publicado por el Instituto Nacional de Estadística, a fecha de cada revisión, tomando como trimestre de referencia el que corresponda al último índice que estuviera publicado en la fecha de revisión del contrato, y en las sucesivas el que corresponda al último aplicado, según certificación que expida el INE.
19. Prerrogativas del órgano de contratación.
PTG, S.A. está facultada para interpretar la normativa contenida en el contrato que se formalice y resolver las dudas que presente su cumplimiento, modificar el contrato por razones de interés público, interpretarlo y acordar su resolución y determinar los efectos de ésta.
PTG, S.A. tendrá potestades de policía lo que justifica el control de la explotación y la inspección del servicio en cualquier momento.
En particular, PTG, S.A. ostenta las siguientes potestades:
1ª.- Fiscalizar que se está realizando un buen uso del local y que se está desarrollando la actividad descrita en el Anexo IV.
2ª.- Imponer al adjudicatario las correcciones pertinentes por razón de las infracciones que cometiese.
3ª.- Adoptar, dentro de los tres meses anteriores a la finalización del plazo contractual o sus prórrogas, las disposiciones encaminadas a que la entrega efectiva del inmueble se verifique en las condiciones convenidas.
1.- Poner a disposición del adjudicatario el bien inmueble objeto de arrendamiento, de conformidad con los pliegos por los que se rige el presente contrato.
2.- Otorgar al adjudicatario la protección adecuada para que pueda prestar su actividad debidamente.
3.- Velar por el correcto desarrollo del presente contrato.
21. Derechos y obligaciones del adjudicatario
El adjudicatario del contrato otorgado en virtud del presente Xxxxxx ostentará los derechos de uso del local arrendado y de las instalaciones en él existentes.
El contrato se desarrollará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en los pliegos por los que se rige el presente contrato, así como las instrucciones que, en su caso, se den por PTG, S.A. En todo caso, el adjudicatario deberá cumplir las siguientes obligaciones:
Ingresar mensualmente a PTG, S.A. el importe de la renta que hubiese ofertado, en la forma
dispuesta en el presente Pliego.
Solicitar cuantas licencias y autorizaciones le sean necesarias para la puesta en marcha de la actividad.
Desarrollar la actividad por el plazo de duración del contrato en los términos establecidos en el presente Pliego, destinando el local arrendado al uso indicado en el Anexo IV presentado, no pudiendo ser utilizado para el desarrollo de actividades distintas o de aquellas otras que no estén expresamente autorizadas, por escrito, por el arrendador.
Indemnizar todos los daños y perjuicios que se causen, por si o por personal o medios dependientes de éste, a terceros o como consecuencia de la actividad desarrollada por el arrendatario en el inmueble arrendado. Para tales efectos, deberá tener suscrita una póliza de responsabilidad civil que cubra dichos daños.
Contratar, previamente a la adjudicación del contrato, una póliza que cubra los posibles daños que puedan producirse en el inmueble arrendado (por robo, incendio, etc), en las condiciones que se indican en la cláusula 23.
Respetar las normas de higiene y preventivas que el arrendador pueda establecer. En particular, se obliga el arrendatario a no introducir ni depositar en el local arrendado materiales nocivos, insalubres o peligrosos o cualquier otro que, por su naturaleza o manipulación, puedan producir molestias o malos olores.
No compartir el local con empresas participadas, asociada o vinculadas ni con ninguna otra razón social no reflejada en el contrato de arrendamiento.
No realizar obras en el local arrendado, sin autorización previa, expresa y por escrito, del arrendador, ninguna clase de obras de reparación, conservación o mejora. Sin perjuicio del derecho de resolución del contrato que asiste al arrendador en caso de incumplimiento de esta obligación, el arrendatario deberá demoler las obras realizadas sin autorización, restituyendo el local arrendado al mismo estado en que lo recibió o, en su defecto, para el caso de que el arrendatario se negara a hacerla, si la demolición la efectuara el propio arrendador, sufragará su coste con la consiguiente restitución al arrendador. En todo caso, al término del contrato, el arrendatario entregará el local arrendado diáfano, limpio y pintado (paredes y techos).
En el caso de obras autorizadas en el inmueble arrendado, éstas quedarán en poder del arrendador a su criterio, sin que el arrendatario tenga derecho a percibir cantidad alguna por ningún concepto como consecuencia de la ejecución de las citadas obras, sean del tipo que fueren.
Conservar en perfecto estado de funcionamiento y seguridad, tanto los locales arrendados como su equipamiento e instalaciones fijas de electricidad, climatización, red de datos y telefonía.
No ceder el contrato, subarrendar ni traspasar, de forma total o parcial a terceros, el local arrendado, con renuncia expresa a la facultad que contempla el artículo 32 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, y con renuncia expresa al derecho de adquisición preferente regulado en el artículo 31 en relación con el 25, ambos del mismo cuerpo legal. Asimismo la parte arrendataria renuncia expresamente a lo establecido por el artículo 34 de la XXX, por lo que la extinción del contrato por el transcurso del término convenido, no dará derecho al arrendatario a indemnización alguna a cargo del arrendador.
El órgano de contratación podrá modificar el presente contrato en los siguientes casos:
1.- Podrá modificarse el presente contrato en el sentido de autorizar obras de mantenimiento del local en caso que sea necesario para el correcto funcionamiento de la actividad, x xxxxx del arrendatario.
2.- Podrá modificarse el contrato con tal de dar cabida a la implantación de medidas de corrección ambiental, sanitarias, etc., que deban introducirse con motivo de cambios normativos.
3.- Podrá modificarse el contrato con tal de permitir posibles modificaciones en la licencia de actividad o instrumento análogo con motivo de la modificación del plan urbanístico o legislativo vigente.
En estos casos, las modificaciones acordadas por el órgano de contratación serán obligatorias para los contratistas. Las modificaciones del contrato deberán formalizarse en el correspondiente documento.
En todo caso, para mantener el respeto a los principios de contratación observados en la presente licitación, no se podrán introducir modificaciones que afecten a las condiciones esenciales del contrato que hubiera permitido presentar una oferta sustancialmente distinta a la requerida.
El contratista deberá tener suscrito un seguro de pérdidas o daños materiales, cuyo beneficiario será el PTG, S.A. y tomador y pagador el adjudicatario, con un capital mínimo asegurado como valor del local de 900 euros por metro cuadrado construido del local a alquilar.
A su vez, deberá suscribir un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de
600.000 euros, que dé cobertura a todas las responsabilidades por daños causados a terceros en el establecimiento objeto del presente contrato, con cobertura de R.C. Patronal y Cruzada incluida (límite por víctima para patronal 300.000 €) y que incluya garantía R.C. Locativa.
24. Contenido y causas de resolución del contrato.
El contrato de arrendamiento que se otorgue contendrá una renuncia por parte del arrendatario a los derechos de:
.- adquisición preferente -tanteo y retracto- (artículo 31 y 25 XXX)
.- indemnización por clientela (artículo 34 XXX)
El contrato de arrendamiento, se extinguirá por las siguientes causas:
Por el cumplimiento del contrato.
Por la resolución de éste, de conformidad con lo previsto en la Cláusula de este pliego.
Por incumplimiento grave por parte del contratista en materias de prevención, seguridad e higiene.
En el caso de que PTG, S.A. estimase incumplidas las condiciones que se recogen en los Pliegos reguladores del contrato, está facultada para exigir su cumplimiento o declarar la resolución unilateral y automática del contrato, sin necesidad de trámite alguno, con exigencia al contratista de los daños causados por el incumplimiento.
En todo caso, el Contrato quedará automáticamente extinguido y sin efecto en los siguientes casos:
Por el impago de dos mensualidades xx xxxxx será causa suficiente para la resolución contractual, pudiendo la Parte Arrendadora ejercitar de forma inmediata las acciones judiciales oportunas en defensa de sus derechos e intereses legítimos.
Por el incumplimiento de cualquier otra obligación derivada del Contrato por cualquiera de las partes, siempre que se requiera por escrito el cumplimiento y no se resuelva en el plazo máximo de treinta (30) días desde la recepción de la notificación. Una vez transcurrido el mencionado plazo sin que el incumplimiento se resuelva, la parte que denunciara el incumplimiento podrá resolver el Contrato, mediante notificación por escrito a la parte incumplidora y reclamar a ésta daños y perjuicios.
Por acuerdo entre las partes.
Durante toda la duración del Contrato, mediante notificación fehaciente de la Parte Arrendataria con una antelación de tres meses de su intención de resolver el contrato, no conllevando el pago de ninguna cantidad como indemnización por resolución unilateral anticipada.
En cualquier momento del Contrato, la Parte Arrendataria podrá resolver unilateralmente el Contrato estando obligado en este caso a pagar tres mensualidades xx xxxxx a la Parte Arrendadora.
Cuando se produzca la extinción de la concesión demanial a favor de PTG, S.A. autorizada por la Consellería de Economía, Emprego e Industria el 13 de diciembre de 2017 por un periodo de 10 años
prorrogables hasta un máximo de 75 años, de una relación de parcelas entre las que se encuentra la parcela institucional sobre la que se ubica el Edificio CEI y que contiene el local objeto de este contrato. Se tendrá en cuenta lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 5/2011, del 30 de septiembre, de patrimonio de la Comunidad Autónoma de Galicia, en cuanto a las causas de extinción de las autorizaciones y concesiones demaniales.
En cumplimiento de lo establecido en la Ley Orgánica 15/1999, le informamos que los datos personales que se faciliten para la participación en el presente procedimiento de contratación se incorporarán a uno o varios ficheros, cuyo responsable es Parque Tecnolóxico de Galicia S.A., en el edificio CEI del Parque Tecnolóxico de Galicia en San Xxxxxx das Xxxxx (Ourense), donde se podrán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y, en su caso el de oposición, dirigiendo a esta sociedad firmada por escrito junto con una fotocopia de su DNI.
Si el licitante resultase ser persona física, la mera participación en el presente procedimiento supone su consentimiento expreso para el tratamiento de los datos facilitados, con la finalidad de llevar a cabo la tramitación de este procedimiento de contratación, y su autorización para la comunicación de dichos datos a entidades financieras, Hacienda Pública, Diarios Oficiales y otras administraciones públicas competentes en la materia.
En caso de que el licitante, facilitase datos de carácter personal de terceros, previamente a su inclusión deberán informar a los titulares de los mismos de los extremos establecidos en los párrafos anteriores, absteniéndose de incluirlos en el caso de no obtener su consentimiento.
Anexo X. Xxxxxx y características del local a arrendar.
El local a arrendar es el que aparece sombreado en verde en el siguiente plano del ala izquierda de la planta baja del edificio en el que se encuentra situado.
Es requisito para la admisión de las ofertas, que las propuestas de implantación de las empresas en el edificio CEI del Parque Tecnolóxico de Galicia cumplan con los objetivos del Parque entre los que se encuentran el fomento y dinamización de la innovación, la transferencia de tecnología y el desarrollo tecnológico.
La empresa licitadora debe cumplir necesariamente el siguiente criterio:
- Al menos el 30% de los puestos de trabajo de la actividad que se desarrolle en el Parque Tecnolóxico de Galicia debe ser ocupado por personal titulado (superior o medio).
La empresa licitadora debe cumplir al menos uno de los siguientes criterios:
- Realizar una actividad de base tecnológica o actividad innovadora.
- Oferta de servicios o productos dirigidos al apoyo de la innovación, a la internacionalización o al desarrollo tecnológico de las empresas.
- Tener departamento de I+D propio
- Inversión y/o gasto en I+D+i en los 3 últimos ejercicios o previsto en el ejercicio en curso o en los 3 próximos ejercicios.
- Proyectos de innovación realizados en los 4 últimos ejercicios o previstos en el ejercicio en curso o en los 3 próximos ejercicios.
- Colaboraciones con Universidades, Centros tecnológicos o de investigación.
- Patentes en propiedad.
Anexo III. Datos identificativos del licitador para efectos de notificaciones
Expediente: AL-CEI-17/2018
Contrato de alquiler del local 17 del edificio CEI del Parque Tecnolóxico de Galicia.
DATOS DE LA ENTIDAD:
Denominación o razón social:
NIF:
Domicilio:
Población:
Código Postal:
Teléfono:
Fax:
Correo electrónico:
Nombre y apellidos del representante legal: DNI del representante legal:
DATOS DE LA PERSONA DE CONTACTO:
Nombre y apellidos: Teléfono:
Fax:
Correo electrónico:
(sello, fecha y firma del representante legal)
Contrato de alquiler del local 17 del edificio CEI del Parque Tecnolóxico de Galicia.
Don/doña …………………………. con DNI número , en nombre y representación
de la entidad …………………………………………………………………………
DECLARA EXPRESAMENTE
1. Que la actividad a desarrollar en el referido local es la siguiente (añadir las líneas necesarias):
………………………………………………………………………………………………………………..
2. Que cumple con los siguientes criterios de admisión de empresas señalados en el Anexo II del presente Xxxxxx:
(marcar con una X los criterios que el licitador cumple)
La empresa licitadora debe cumplir necesariamente el siguiente criterio:
Al menos el 30% de los puestos de trabajo de la actividad que se desarrolle en el Parque Tecnolóxico de Galicia debe ser ocupado por personal titulado (superior o medio).
La empresa licitadora debe cumplir al menos uno de los siguientes criterios:
Realizar una actividad de base tecnológica o actividad innovadora.
Oferta de servicios o productos dirigidos al apoyo de la innovación, a la internacionalización o al desarrollo tecnológico de las empresas.
Tener departamento de I+D propio
Inversión y/o gasto en I+D+i en los 3 últimos ejercicios o previsto en el ejercicio en curso o en los 3 próximos ejercicios.
Proyectos de innovación realizados en los 4 últimos ejercicios o previstos en el ejercicio en curso o en los 3 próximos ejercicios.
Colaboraciones con Universidades, Centros tecnológicos o de investigación.
Patentes en propiedad.
Anexo V. Modelo sometimiento jurisdicción.
Expediente: AL-CEI-17/2018
Contrato de alquiler del local 17 del edificio CEI del Parque Tecnolóxico de Galicia.
Don/doña con DNI número, en nombre y representación de la entidad
…………………………………………………………………………
DECLARA EXPRESAMENTE que acepta someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales de Ourense, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudiesen surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al foro jurisdiccional que me pudiese corresponder.
(sello, fecha y firma del representante legal)
Anexo VI. Modelo de declaración responsable.
Expediente: AL-CEI-17/2018
Contrato de alquiler del local 17 del edificio CEI del Parque Tecnolóxico de Galicia.
Datos del declarante:
Nombre y apellidos:
DNI:
En el caso de actuar en representación:
Razón social de la entidad a la que representa:
CIF:
Datos de la escritura de constitución:
Datos de la escritura de representación:
Manifiesta su voluntad de participar en el procedimiento abierto expediente AL-CEI-17/2018 convocado por Parque Tecnolóxico de Galicia S.A., que cumple los requisitos y condiciones de aptitud establecidos legalmente para contratar y que dispone de la documentación que así lo acredita.
DECLARA RESPONSABLEMENTE
Que según se recoge en el artículo 24 de la ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico y en el artículo 140 de la LCSP, la empresa a la que represento cumple las condiciones establecidas en los pliegos de licitación y en la LCSP para poder concurrir a esta licitación, en cuanto a la capacidad, solvencia y representación.
Que el firmante de la declaración, la persona jurídica a la que representa, sus administradores o representantes:
- no se encuentran incursos en supuesto alguno a los que se refiere el artículo 71 de la LCSP, encontrándose la entidad representada al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
- no están incursos en ninguna de las causas de incompatibilidad que se recogen en la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno.
- no tienen pendiente de pago facturas vencidas por servicios o alquileres contratados con PTG, S.A.
(sello, fecha y firma del representante legal)
Anexo VII. Modelo de oferta económica de arrendamiento
Don/doña
Con DNI número……….
En nombre y representación de la entidad ……………. Con domicilio en …… CIF ……….
Informado del procedimiento abierto para el contrato de alquiler del local 17 del edificio CEI del Parque Tecnolóxico de Galicia (expediente número: AL-CEI-17/2018),
1. Declaro que conozco el Pliego de Cláusulas Económico-administrativas y Técnicas para el referido alquiler mencionado en el párrafo anterior, que acepto incondicionalmente sus cláusulas, que reúno todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar y que me comprometo a alquilar el local en el caso de resultar adjudicatario con sujeción estricta a los mencionados requisitos y condiciones.
La oferta económica que propongo como alquiler mensual es la siguiente:
- Importe sin IVA: euros.
- IVA (al tipo impositivo de %): euros.
- TOTAL (importe con IVA): euros.
A este importe habría que aplicar el correspondiente Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y cualquier otro impuesto vigente a lo largo del contrato.
2. Declaro que me comprometo al cumplimiento de las obligaciones del arrendatario señaladas en el apartado 21 del Xxxxxx xx Xxxxxx de Cláusulas Económico-administrativas y Técnicas del alquiler del local 17 del edificio CEI.
(sello, fecha y firma del representante legal)