CONTRATO No. DEERIVADO DEL CONTRATO 286 DE 2013 CCI – MADR SUSCRITO ENTRE EL LA CORPORACIÓN COLOMBIA INTERNACIONAL – CCI Y XXXXXXXXXXXXXXXXXX
CONTRATO No. DEERIVADO DEL CONTRATO 286 DE 2013 CCI – MADR SUSCRITO ENTRE EL LA CORPORACIÓN COLOMBIA INTERNACIONAL – CCI Y XXXXXXXXXXXXXXXXXX
Entre los suscritos XXXXXXX SENIOR XXXXXX, identificada con Cédula de Ciudadanía No. 51.799.585 de Bogotá, quien obra en su carácter de Representante Legal de la Corporación Colombia Internacional CCI en adelante LA CORPORACIÓN y, por la otra, XXXXXXX, identificado (a) como aparece al pie de su firma, quien en adelante se denominará EL CONTRATISTA, se ha acordado celebrar el presente CONTRATO, cuyas cláusulas se relacionan a continuación, teniendo en cuanta las siguientes:
CONSIDERACIONES
En desarrollo de la Política Agropecuaria, el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural - MADR, formuló el Proyecto “Construyendo Capacidades Empresariales Rurales, Confianza y Oportunidad”, cuyo objeto es el de contribuir a mejorar las condiciones de vida, ingresos y empleo en los territorios rurales más pobres de Colombia.
El Proyecto, es una iniciativa cofinanciada por el Gobierno de Colombia (GdC) y el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA), para ello y con fecha 27 de septiembre de 2012 se suscribió el Convenio de Financiación Nº 871-CO en el cual se establecen legalmente los alcances técnicos, administrativos y financieros que regulan la ejecución del Proyecto, de conformidad con el concepto favorable emitido por el Consejo Nacional de Política Económica y Social – CONPES 3709 del 4 de noviembre de 2011.
El proyecto contempla un tiempo de ejecución de 5 años y 16 regiones de atención del país, en específico 100 municipios de focalización del Proyecto. . Para poder concretar la operación de este proyecto, el Ministerio ha adelantado diferentes pasos administrativos y operativos, de manera que la presente convocatoria se fundamenta teniendo en cuenta:
Que mediante Resolución No. 000482 del 28 de diciembre de 2012 se creó la Unidad Nacional de Coordinación quien coordinará el proceso de planeación, ejecución, seguimiento y evaluación de las actividades del proyecto.
Que para la administración de los recursos se efectuó Invitación Pública No. 001 de 2013 Xxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx XXXX Xx. 000-XX, se realizó el proceso de evaluación y aprobación de la propuesta presentada por la Corporación Colombia Internacional y el día 11 de julio de 2013 se suscribió el Contrato No. 20130286 entre el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y la Corporación Colombia Internacional, para el manejo técnico y administrativo del Proyecto.
Que la UNC requiere contar con el equipo de trabajo a nivel regional para la puesta en marcha del proyecto y el logro de los objetivos trazados de cada uno de los componentes: Formación de Capital Asociativo y Desarrollo Empresarial, Desarrollo y Fortalecimiento de los Activos Financieros Rurales y Gestión del Conocimiento.
Que de acuerdo con el Plan Operativo Anual y de Adquisiciones y Contrataciones, se contempló adelantar el proceso competitivo para seleccionar a los Coordinadores Territoriales y Promotores Rurales de las 16 zonas de atención, en específico los 100 municipios de focalización del Proyecto. Para esta primera convocatoria se efectuará el proceso exclusivamente para las zonas y municipios que se detallan en el Anexo No.1.
Que EL CONTRATISTA fue evaluado y seleccionado por la Unidad Nacional de Coordinación (UNC) del Proyecto “Construyendo Capacidades Empresariales Rurales Confianza y Oportunidad”, y de acuerdo con la solicitud de contratación del Director de la Unidad Nacional de Coordinación del proyecto “Construyendo Capacidades Empresariales Rurales Confianza y Oportunidad”, la CORPORACIÓN procede a suscribir el presente contrato de prestación de servicios con el CONTRATISTA, el cual se rige por las siguientes
CLÁUSULAS
CLÁUSULA PRIERA.- OBJETO: Prestar los servicios profesionales como Coordinador para el proyecto “Construyendo Capacidades Empresariales Rurales, Confianza y Oportunidad” en la zona del XXXXXXXXXXX que comprende los departamentos de XXXXXXXXXXXXXX, desarrollando las actividades para la implementación del Proyecto en cada uno de sus componentes en las zonas geográficas de atención del Proyecto.
CLÁUSULA SEGUNDA.- REGIMEN JURÍDICO APLICABLE Y CONTROL FISCAL: El
Contrato se rige por normas de derecho privado, teniendo en cuenta su naturaleza y los fines que se persiguen con su celebración y a las políticas del MINISTERIO. Sin perjuicio de lo anterior, el CONTRATISTA debe cumplir con los principios de la función administrativa de la Constitución y gestión fiscal de la ley 610/2000 al realizar la interventoría integral a organizaciones que ejecutan recursos públicos provenientes del aporte de cofinanciación del proyecto Construyendo Capacidades Empresariales Rurales, Confianza y Oportunidad y por ende responde con las organizaciones a cargo por la ejecución de los mismos.
CLÁUSULA TERCERA.- ACTIVIDADES GENERALES DEL CONTRATISTA: Para el
cumplimiento del objeto propuesto, el CONTRATISTA se compromete a realizar las siguientes actividades: Elaborar y someter a consideración de la Unidad Nacional de Coordinación el plan operativo anual (POA), referido a su ámbito de acción.
2) Participar en las reuniones e instancias técnicas regulares y extraordinarias de coordinación del proyecto. 3) Implementar, de acuerdo con las condiciones de
las zonas bajo su coordinación, las actividades de promoción y difusión del proyecto con el apoyo de los Promotores Rurales. 4) Incorporar en la ejecución de todas sus actividades las estrategias planteadas por el proyecto para priorizar la atención de las minorías étnicas, mujeres y jóvenes rurales presentes en las zonas bajo su coordinación. 5) Coordinar la ejecución territorial de las actividades de cada uno de los componentes del proyecto contando con el apoyo y orientación de los Especialistas de la UNC. 6) Difundir permanentemente información que contribuya a la articulación entre oferentes y demandantes de servicios de asistencia técnica, empresariales y/o financieros. 7) Facilitar la articulación de profesionales, técnicos, expertos campesinos, talentos locales y entidades especializadas con los beneficiarios para la ejecución de las actividades específicas de cada componente. 8) Coordinar y gestionar acuerdos de trabajo conjunto con los demás programas públicos y privados presentes en la zona geográfica bajo su coordinación.
CLÁUSULA CUARTA.- ACTIVIDADES ESPECÍFICAS DEL CONTRATISTA: Para el
cumplimiento del objeto propuesto el contratista se compromete a llevar a cabo las siguientes actividades específicas: Orientar a las familias y grupos de posibles beneficiarios interesados en acceder a los servicios del proyecto así como coordinar la participación por parte de los grupos beneficiarios en los talleres, cursos, capacitaciones, rutas, pasantías, ferias y cualquier otro tipo de actividades convocadas por el Proyecto. 2) Coordinar la organización, convocatoria y realización de los mecanismos competitivos de asignación de recursos del proyecto. 3) Coordinar el proceso de contratación, ejecución y liquidación de las iniciativas de los beneficiarios cofinanciadas por el proyecto.
4) Realizar las labores de seguimiento integral de las ideas, propuestas, planes de negocios y demás actividades cofinanciadas por el proyecto en las zonas bajo su coordinación, de acuerdo con los parámetros establecidos por la UNC. 5) Difundir el proyecto y las condiciones de acceso de los beneficiarios a los incentivos financieros entre los gerentes de las instituciones financieras de la región a su cargo. 6) Vigilar atentamente, con el apoyo de los Promotores Rurales, el surgimiento de impactos ambientales negativos, derivados del proceso de implementación de las propuestas apoyadas por el proyecto, informar oportunamente estos eventos a la UNC y proponer alternativas de solución al respecto. 7)Asistir y participar en el proceso de programación de los cursos de capacitación financiera, empresariales, asociativos, talleres, pasantías, ferias y demás actividades ejecutadas en desarrollo del proyecto, así como participar en el proceso de inducción a los objetivos, metodologías y principios del Proyecto que realizará la Unidad Nacional de Coordinación (UNC). 8) Coordinar el acompañamiento por parte del Promotor Municipal a los grupos beneficiarios, en las capacitaciones enmarcadas en “Aprendizaje en Línea”. 9) Coordinar y evaluar las funciones desempeñadas por los Promotores Rurales en la zona bajo su coordinación. 10) Verificar la pertinencia, calidad y experiencia de las personas que se inscriban en el proyecto para la conformación de la base de talentos locales. 11) Consolidar la información requerida por parte de la UNC de los municipios bajo su coordinación, en el desarrollo de los componentes del proyecto. 12) Elaborar y presentar a la UNC informes periódicos de la gestión y avances en la ejecución del proyecto en las zonas bajo su coordinación y
realizar seguimiento al reporte de información a través de la herramienta de seguimiento y evaluación, evidenciando cambios y efectos en los grupos beneficiaros del proyecto. 13) Coordinar el diseño y realización de Ferias de Talentos Locales Rurales, que se lleven a cabo en cada uno de los Municipios a su cargo. 14) Mantener al día la información relativa a las actividades cofinanciadas y demás labores realizadas en cada región a su cargo, mediante la Herramienta de Seguimiento y Evaluación que sea proporcionada por la UNC.
15) Las demás funciones inherentes a la eficiente y eficaz ejecución del Proyecto en las zonas geográficas bajo su coordinación.
PARÁGRAFO.- Además de las anteriores actividades a cargo del CONTRATISTA, éste se obliga a: 1.- Mantenerse afiliado durante la vigencia del presente contrato, a un sistema de salud, pensiones y ARL, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 100 de 1993, Decreto 510 de 1993, la Ley 797 de 2003, el
Decreto 1703 de 2003, Ley 1562 de 2012 y Decreto 723 de 2013 y demás normas legales y reglamentarias y 2.- Conservar y restituir en buen estado, salvo el deterioro natural causado por el uso normal de los muebles, enseres y, en general, los elementos que se le faciliten para el cumplimiento de sus actividades o de los que tenga que valerse eventualmente para llevar a cabo el servicio contratado.
XXXXXXXX XXXXXX.- PRODUCTO A ENTREGAR: EL CONTRATISTA se compromete a
entregar los siguientes productos: 1.) Los conceptos técnicos y financieros, informes de visita y demás requeridos para autorizar cada uno de los desembolsos o para recomendar a la UNC cambios presupuestales, de conformidad con los formatos que serán entregados por la UNC. 2) Presentar mensualmente en los formatos proporcionados por la UNC la gestión realizada del Proyecto de conformidad con las obligaciones contractuales, detallando las actividades, logros y recomendaciones de cada una de las tareas realizadas y anexando listado de asistencia correspondiente.
CLAUSULA SEXTA.- OBLIGACIONES DE LA CORPORACIÓN COLOMBIA
INTERNACIONAL: LA CORPORACIÓN asume la obligación de pagar al CONTRATISTA el valor estipulado en el presente contrato, siempre y cuando EL CONTRATISTA cumpla con los requisitos exigidos en la CLÁUSULA.- HONORARIOS Y FORMA DE PAGO, las disposiciones el Proyecto “Capacidades Empresariales Rurales, Confianza y Oportunidad” y a los procedimientos para pagos establecidos por LA CORPORACIÓN
CLÁUSULA SÉPTIMA.- DURACIÓN: El término de duración del presente contrato será desde la fecha de perfeccionamiento y la aprobación de la póliza de cumplimiento hasta el día 31 de diciembre de 2013.
CLÁUSULA OCTAVA.- HONORARIOS Y FORMA DE PAGO: El valor total del contrato corresponde a la suma de XXXXXXXXXXXXXXXXXXXX, de los cuales se cancelarán de la siguiente manera: a) Un primer pago por la suma de XXXXXXXXXXXXXXXXX, y un segundo pago por la suma de XXXXXXXXXXX, previo presentación de informe
de ejecución de actividades y recibido a satisfacción por parte del Supervisor designado.
PARÁGRAFO PRIMERO.- Para cada uno de los pagos el CONTRATISTA deberá presentar cuenta de cobro o factura, la certificación o visto bueno del Supervisor y/o Interventor y acreditar el pago al sistema de aportes de seguridad social.
PARÁGRAFO SEGUNDO.- DERECHOS, IMPUESTOS Y OTROS GASTOS.- EL
CONTRATISTA se obliga a pagar a su xxxxx todos los gastos, primas de pólizas de seguros, tasas y demás impuestos u obligaciones relacionadas con la ejecución del contrato incluyendo el IVA y el impuesto de timbre, siempre que a ello hubiere lugar. La CCI efectuará los descuentos que correspondan según las normas tributarias vigentes que regulan la materia. El cumplimiento de las obligaciones tributarias son de responsabilidad del CONTRATISTA, quien expresa que el RUT expedido por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN – suministrado para la suscripción del contrato cumple con los requisitos que para estos efectos exige la DIAN.
PARÁGRAFO TERCERO.- EL CONTRATISTA acepta que LA CORPORACIÓN le realice
los pagos mediante transferencia electrónica a la cuenta bancaria indicada por éste, una vez recibidos los documentos exigidos, completos, debidamente diligenciados, aprobados y soportados.
PARÁGRAFO CUARTO.- El pago del valor de los honorarios pactados quedan sujetos al número de proyectos efectivamente supervisados en su integridad como interventor y la totalidad de las actividades realizadas con cada una de las organizaciones asignadas, acorde con lo estipulado en el presente documento.
CLAUSULA NOVENA. -VIATICOS Y GASTOS DE VIAJE: Los gastos por concepto de viáticos y viajes que se generen en el ejercicio de las obligaciones contraídas por parte del Contratista serán asumidos por el Proyecto, con cargo al contrato de administración suscrito con la Corporación Colombia Internacional No. 286 de 2013.
CLÁUSULA DÉCIMA.-SUPERVISIÓN: La supervisión del presente Contrato será ejercida por el profesional de la Unidad Nacional de Coordinación (UNC) designado por el Coordinador del Proyecto Construyendo Capacidades Empresariales Rurales, Confianza y Oportunidad, quien tendrá, entre otras las siguientes funciones: 1) Evaluar el cumplimiento de las obligaciones legales y contractuales establecidas en este contrato. En el evento de constatar que EL CONTRATISTA la está incumplimiento de manera parcial o total, deberá comunicárselo de manera inmediata a la CORPORACIÓN, con el fin de determinar el grado de incumplimiento y verificar si procede el pago respectivo, señalado por la Corporación para tales efectos o no. 2) Supervisar la ejecución de las actividades que debe desarrollar EL CONTRATISTA y determinar su
conformidad con lo estipulado y 3) Expedir el visto bueno para efectos del pago de los honorarios que trata el presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA.- INDICADORES DE EVALUACIÓN Y DESEMPEÑO DEL
CONTRATISTA: El supervisor del contrato, realizará una evaluación permanente del desempeño de la gestión por parte del CONTRATISTA con el fin de evaluarla, bajo los indicadores y criterios que establezca la UNC del Proyecto: 1. CALIDAD. 2. CUMPLIMIENTO. 3. ORIENTACIÓN A RESULTADOS 4. HABILIDADES DE COMUNICACIÓN. 5. VALOR AGREGADO y 6. ATENCIÓN A INCACIONES.
PARÁGRAFO.- El resultado de los indicadores de desempeño en la gestión del CONTRATISTA, fijados por el supervisor del presente contrato, es fundamental para determinar el cumplimiento o incumplimiento del objeto y actividades generales y específicas y, para adoptar las acciones del caso pertinente.
CLAÚSULA DÉCIMA SEGUNDA.- CLAUSULA PENAL PECUNIARIA: En caso de
incumplimiento parcial o total de las obligaciones, actividades y productos a entregar a cargo del CONTRATISTA, LA CORPORACIÓN podrá hacer efectiva la cláusula penal pecuniaria en un monto equivalente al diez por ciento (10%) del valor total del contrato, como estimación anticipada y parcial de los perjuicios que se causen, sin perjuicios causados en lo que excedan del valor al CONTRATISTA la totalidad del valor de los perjuicios causados en lo que excedan del valor de la cláusula penal pecuniaria. El CONTRATISTA con la firma del presente contrato, autoriza que la CORPORACIÓN le descuente, de las sumas que de adeude, los valores correspondientes a la cláusula penal pecuniaria.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA.- INEXISTENCIA DE RELACIÓN LABORAL Y AUTONOMÍA
DEL CONTRATISTA: El presente contrato de prestación de servicios, no genera relación laboral alguna entre LA CORPORACIÓN y EL CONTRATISTA. En consecuencia, EL CONTRATISTA sólo tendrá derecho a percibir los honorarios pectados en el presente contrato. Así mismo, EL CONTRATISTA actuará con total autonomía técnica, profesional y administrativa en el cumplimiento de sus obligaciones y corren por su cuenta todos los riesgos que se desprendan de la ejecución del contrato. En consecuencia, no habrá ninguna relación de subordinación o dependencia entre LA CORPRACIÓN y ELCONTRATISTA, ni habrá ninguna responsabilidad de LA CORPORACIÓN frente al personal que emplee EL CONTRATISTA o que se le colabore para el desarrollo del objeto del presente contrato
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA.- CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder este
Contrato a persona alguna natural o jurídica, nacional o extranjera, sin el consentimiento previo y escrito de la CORPORACIÓN.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA.- SUSPENSIÓN DEL CONTRATO: Cuando el contrato
presente inconvenientes para que continúe su curso normal y su ejecución se vea afectada en su desarrollo normal , EL CONTRATISTA y LA CORPORACIÓN
suscribirán una Acta de suspensión donde dejarán constancia expresa de los motivos de la suspensión. Vencido el término previsto, las partes suscribirán u acta de reanudación de las labores del Proyecto. En el evento que EL CONTRATISTA no compareciere a firmar el acta de reanudación, LA CORPORACIÓN hará efectiva la reanudación de los términos del Contrato. LA CORPORACIÓN deberá informar oportunamente a la compañía aseguradora sobre la suspensión de los términos del Contrato, a efectos de que esta tenga en cuenta el acta respectiva para lo se du cargo.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA: El presente Contrato
podrá darse por terminado: a) Por mutuo acuerdo entre las partes. b) Por vencimiento del término de duración y c) De manera anticipada por el incumplimiento de la obligaciones derivadas del contrato, por cualquiera de ellas, previo informe del supervisor a LA CORPORACIÓN.
PARÁGRAFO: Las partes acuerdan que, configurada alguna de las mencionadas causales, se dará por terminado el contrato, mediante la suscripción de la respectiva acta de terminación y liquidación del contrato, en la cual se dejará constancia de los hechos o circunstancias que motivaron la misma; igualmente, EL CONTRATISTA tendrá derecho, previas las deducciones a que hubiere lugar, que se le pague la parte de las actividades recibidas a satisfacción por el Supervisor, hasta la fecha de terminación anticipada, de acuerdo con el informe del supervisor del contrato.
CLAUSULA DECIMA SEPTIMA.- SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: En caso de
presentarse alguna diferencia en la definición, interpretación y/o ejecución de las obligaciones derivadas del presente acuerdo, las partes deciden agotar todas las instancias para solucionarlas en forma amigable, mediante cualquiera de los métodos alternativos de solución de conflictos (MASC). En caso tal que no sea posible llegar a un acuerdo con las normas que reglamenten la materia. En todo caso, la aceptación de los MACS no implica la renuncia expresa a las acciones judiciales del caso respectivo.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA.- OBLIGACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD EN LA
INFORMACIÓN: El CONTRATISTA Ase obliga a que durante la vigencia del presente contrato, y durante los cuatro años siguientes a su terminación, cualquiera que sea su causa, bajo ninguna circunstancia utilizará en beneficio suyo o de un tercero la información que posea del MINISTERIO- Proyecto Construyendo Capacidades Empresariales Rurales Confianza y oportunidad.
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA - PROPIEDAD INTELECTUAL: Durante la vigencia
del presente contrato y con posterioridad a la terminación de mismo, EL
CONTRATISTA se compromete a no efectuar actividades, acciones y, en general, actos que puedan afectar la Propiedad Intelectual Protegida por Ley o por estipulaciones entre las partes, en especial, a no divulgar, revelar, vender, publicar, copiar, reproducir, remover, disponer, transferir, entregar o suministrar total o parcialmente y utilizar directa o indirectamente a favor propio o de una tercera persona, la información confidencial o propiedad intelectual a la cual tenga acceso, en virtud del desarrollo del presente contrato y en general del Programa Oportunidades Rurales - MADR, salvo autorización expresa y escrita
CLÁUSULA VIGÉSIMA.- DOCUMENTOS CONTRACTUALES: Para todos los efectos
legales, forman parte integrante del presente contrato, todos los documentos e instrumentos de política del Proyecto Construyendo Capacidades Empresariales Rurales Confianza y Oportunidad, los precontractuales y los contractuales exigidos para la contratación.
CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA.- INDEMNIDAD: Será obligación exclusiva del CONTRATISTA mantener a LA CORPORACIÓN indemne de cualquier reclamación proveniente de terceros que tenga como causa las actuaciones llevadas a cabo por el Contratista, en desarrollo del objeto y actividades del presente contrato.
CLAUSULA VIGÉSIMA SEGUNDA.- INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: EL
CONTRATISTA declara bajo la gravedad de juramento, el cual se entiende prestado con la firma del presente contrato, no hallarse incurso en ninguna de las causales de inhabilidad e incompatibilidad consagrados en la ley, para celebrar este contrato. Igualmente declara que, en caso de sobrevenir alguna inhabilidad e incompatibilidad, se obliga a responder ante LA CORPORACIÓN y ante terceros por los perjuicios que se ocasionen y, se compromete a ceder el contrato, previa autorización de LA CORPORACIÓN o si ello no fuere posible, renunciará a su ejecución.
XXXXXXXX XXXXXXXX TERCERA.- AUTORIZACIÓN TRATAMIENTO DE DATOS
PERSONALES: De acuerdo con lo establecido en la Ley 1581 de 2012 y el Decreto Reglamentario 1377 de 2013, para el Tratamiento de datos personales y su régimen de protección, EL CONTRATISTA ha autorizado al MINISTERIO y a LA CORPROACIÓN la recolección de sus datos personales, así como el tratamiento, almacenamiento y uso de su información para su contratación y para su uso relacionado con todos los aspectos atinentes al contrato, tales como la ejecución, cumplimiento, indicadores de gestión, productos a entregar, supervisión, liquidación del contrato etc.
CLAUSULA VIGESIMA CUARTA. - DOMICILIO CONTRACTUAL: para todos los efectos
legales y judiciales, las partes acuerdan que el domicilio contractual es la ciudad de Bogotá D.C.
CLAUSULA VIGESIMA QUINTA - PERFECCIONAIMIENTO Y EJECUCIÓN: El contrato se
entiende perfeccionado cuando sea suscrito por las partes. Para su ejecución se requiere la aprobación por parte de LA CORPORACIÓN de las garantías constituidas por EL CONTRATSITA.
En constancia se firma en la ciudad de Bogotá D.C. a los
XXXXXXX XXXXXX XXXXXX xxxxxxxxxxxxxxxx
Presidente Contratista