PROFESORES DE BAILE, MÚSICA EN DIRECTO, DJ´S Y ACTIVIDADES DE TEATRO, PARA MAYORES DEL MUNICIPIO
Aprobado por Decreto de la Concejal Delegada de Contratación 12096 de 29/11/16.
PLIEGO
DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
PROFESORES XX XXXXX, MÚSICA EN DIRECTO, DJ´S Y ACTIVIDADES DE TEATRO, PARA MAYORES DEL MUNICIPIO
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR LA ADJUDICACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO DEL CONTRATO DE SERVICIOS PARA PROFESORES XX XXXXX, MÚSICA EN DIRECTO, DJ´S Y ACTIVIDADES DE TEATRO, PARA MAYORES DEL MUNICIPIO, PRESTADOS POR EL PATRONATO DE BIENESTAR SOCIAL
Contenido
1.- CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO 2
2.- ORGANIZACIÓN DE LA PRESTACION 2
2.1. Servicios xx Xxxxxx y Diversión para mayores 2
2.1.1. D.J y Profesor xx Xxxxx 2
2.1.2. Servicios de disc-jockey 2
2.3. Servicios de dirección teatral 4
2.4. Profesor xx Xxxxxx de Salón 4
3.- CUMPLIMIENTO DE CLÁUSULAS SOCIALES POR PARTE DE LAS EMPRESAS LICITADORAS. 4
4.- CONDICIONES DE LA EJECUCIÓN 5
5.- REGLAS ESPECIALES RESPECTO DEL PERSONAL LABORAL DE LA EMPRESA CONTRATANTE 5
6.- PRECIO DE CADA UNA DE LAS UNIDADES EN QUE SE DESCOMPONE EL PRESUPUESTO (PRECIOS CON IVA) 7
1.- CARACTERISTICAS TÉCNICAS DE LA PRESTACION DEL SERVICIO
Es objeto del presente pliego regir las condiciones técnicas de la contratación de los servicios de profesores xx xxxxx, música en directo, DJ y actividades de teatro, para mayores del municipio, prestados por el Patronato de Bienestar Social.
El adjudicatario estará obligado en todos los trabajos y labores que realice, a cumplir toda la legislación que afecta a los condicionantes técnicas de los procesos y materiales empleados en los servicios descritos, en particular la legislación sobre seguridad y salud laboral, accesibilidad, así como cuantas prescripciones figuren en las Ordenanzas Municipales, Normas, Instrucciones o Reglamentos oficiales que sean de aplicación a estos servicios.
2.- ORGANIZACIÓN DE LA PRESTACION
El ámbito de los servicios objeto de este pliego es el que se describe a continuación para cada uno de ellos.
Comprende este servicio la realización de una clase xx xxxxx de salón dirigido al colectivo de mayores con periodicidad aleatoria enviada semestralmente por el servicio, desarrollándose un día a la semana (semanas alternas) en el Centro Municipal La Esfera, durante tres horas cada día y el nº de sesiones será de 14 anuales.
El curso deberá contener las habilidades de enseñanza y/o perfeccionamiento xxx xxxxx de salón xx xxxxxx y la armonización con música de los mismos. El horario inicialmente previsto será de 18 h. a 21 h. los viernes, pero podrá variarse a criterios que se determinaran conforme al desarrollo de programa de actividades del Patronato de Bienestar Social.
Para
la prestación de este servicio, el personal que lo realice deberá
contar con experiencia en actividades similares dirigidas al
colectivo de mayores.
2.1.2.Servicios de disc-jockey
Comprende este servicio la realización de la animación musical de los bailes semanales para mayores con una duración de tres horas (cada día) todos los sábados y domingos del año, excepto las de los meses de julio y agosto y 1ª quincena de septiembre. Hasta un máximo de 15 de estos servicios de técnico de sonido (Dj) son para otras actividades que se realizan en el Servicio de mayores (Semana del mayor, Muestra de Teatro, etc.) con una duración de entre 3 y 4 horas. Asimismo este servicio incluirá la realización de estos bailes en al menos 7 festivos al año.
Para la realización de esta actividad por parte del Patronato de Bienestar Social se facilitará el correspondiente equipo técnico y reproductor de CD, corriendo a cargo del adjudicatario la música en los soportes adecuados.
El horario habitual de los mismos será de 17 h a 20 h, si bien podrá ser objeto de variación atendiendo a criterios técnicos que así lo aconsejen.
Tres bailes amenizados con música en directo (Trio ó Cuarteto):
Gala de Nochevieja.
Baile Semana del Mayor. A determinar la fecha por el Servicio de Mayores.
Baile de Carnaval. A determinar la fecha por el Servicio de Mayores.
Un espectáculo dirigido a público mayor.
El adjudicatario presentará al Servicio de Mayores varias propuestas para los tres bailes y el espectáculo, la elección final de entre las ofertas corresponderá al Servicio de Mayores.
El lugar de celebración de estos bailes y espectáculo les será facilitado al adjudicatario con antelación suficiente por la Coordinadora del Servicio de Mayores, en función de la programación anual.
En el supuesto de que durante el primer y el último año del contrato, alguna de las actividades previstas en este apartado no se hubiera realizado, se descontará su coste de la facturación correspondiente.
Los precios de este apartado estarán desglosados, según se establece en la cláusula 6ª de este pliego y en el tipo de licitación xxx xxxxxx de cláusulas administrativas.
Comprende este servicio la realización de la dirección teatral en el Centro de Mayores Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, durante dos días a la semana en horario de 17 h a 20 h.
Las actividades a desarrollar incluirán la dirección teatral a nivel coreográfico, escénico y actoral, los trabajos de lectura de textos y los movimientos escénicos en relación con la obra a representar.
La total determinación del horario obedecerá a criterios técnicos que se determinaran durante el desarrollo del programa y a demanda de éste.
Comprende este servicio la realización de clases xx xxxxx de salón en el Centro de Mayores Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, durante dos días a la semana en horario de 16.00 a 17,30 h.
El/la profesor/a deberá tener las habilidades de enseñanza y/o perfeccionamiento xxx xxxxx de salón en pareja.
3.- CUMPLIMIENTO DE CLÁUSULAS SOCIALES POR PARTE DE LAS EMPRESAS LICITADORAS.
Las empresas licitadoras deberán de cumplir con los siguientes requisitos que se demostraran de la forma indicada a continuación:
1.- Certificación relativa al cumplimiento de la obligación de tener empleados, durante la vigencia del contrato, a trabajadores minusválidos en un 2%, al menos, de la plantilla de la empresa, si esta alcanza un número de 50 o más trabajadores y por tanto el contratista está sujeto a tal obligación, de acuerdo con el artículo 38.1 de la Ley 13/1982, de 7 xx xxxxx, de integración social de minusválidos.
Certificación de cumplimiento de las obligaciones dispuestas en el Real Decreto Legislativo 1/2003 de derechos de las personas con diversidad funcional y de su inclusión social.
Esta certificación podrá sustituirse por una declaración de excepcionalidad y adopción de medidas alternativas, según lo dispuesto en el R.D. 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva en favor de los trabajadores con discapacidad.
En el caso, de que la Sociedad licitadora no esté obligada al cumplimiento de tener en plantilla el 2% de trabajadores minusválidos por no superar los 50 trabajadores, se deberá aportar una declaración en la que conste tal circunstancia y que se comprometen a cumplir con la legislación vigente.
Disposiciones en cuanto materia de igualdad y empleo recogidas en la Ley Orgánica 3/2007.
2.- Acreditación de haber realizado la evaluación de riesgos y la planificación de su actividad preventiva. Asimismo acreditará haber cumplido sus obligaciones en materia de información y formación respecto de los trabajadores que vayan a prestar sus servicios, de acuerdo a lo establecido en el RD 171/2004, de 30 de Enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.
Esta acreditación se efectuará mediante declaración suscrita por el apoderado de la empresa según modelo anexado a estos pliegos.
3.- En aquellos contratos cuyo componente fundamental sea la mano de obra, deberá de especificarse que a la hora de determinar el precio del contrato se ha tenido en cuenta el convenio colectivo que resulte de aplicación. Comprometiéndose el licitador a su absoluto respeto, y considerándose penalidad su comportamiento contrario.
4.- CONDICIONES DE LA EJECUCION
No se establecen condiciones especiales de ejecución.
5.- REGLAS ESPECIALES RESPECTO DEL PERSONAL LABORAL DE LA EMPRESA CONTRATANTE
1.- Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal, que reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos en los pliegos (en el caso en que se establezcan requisitos específicos de titulación y experiencia) formara parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte del Ayuntamiento del cumplimiento de los requisitos.
La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas, en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio, informando en todo momento al Ayuntamiento.
2.- La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder inherente a todo empresario. En particular asumirá la negociación y pago de los salarios la concesión de permisos, licencias y vacaciones, la sustitución de los trabajadores en casos de baja o ausencias, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador. En las relaciones sindicales del personal de la empresa contratista con sus trabajadores, la Administración se abstendrá de intervenir.
3.- La empresa contratista velará específicamente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos objeto del contrato, sin realizar en ningún caso funciones que impliquen ejercicio de autoridad.
4.- La empresa contratista estará obligada a ejecutar el contrato en sus dependencias, salvo que se indique en los pliegos lo contrario. En este último caso dicho personal deberá utilizar uniformidad o distintivos que lo identifiquen y ocupará espacios de trabajo diferenciados del que ocupan los empleados públicos.
Corresponde también a la empresa contratista velar por el cumplimiento de estas reglas:
Acreditar ante quien se le indique que la empresa para su labor en el Ayuntamiento xx Xxxxxxxxxx cumple con la reglamentación vigente de prevención de riesgos laborales (Ley 31/1995 y normas derivadas), así como la normativa de su sector y disponiendo de:
La evaluación de riesgos laborales y planificación de la actividad preventiva correspondiente a la actividad contratada.
La formación e información en materia preventiva a sus trabajadores que participaran en la actividad contratada.
Justificantes de haber acreditado la entrega de equipos de protección individual que en su caso sean necesarios.
6.- La empresa contratista deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes:
Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a la entidad contratante canalizando la comunicación entre ésta y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito al contrato, de un lado y el Ayuntamiento de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución de este.
Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato e impartir a dichos trabajos las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado.
Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tiene encomendadas
Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la empresa contratista con la entidad contratante a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio
Informar al Ayuntamiento acerca de las variaciones ocasionales o permanentes en la composición del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato
6.- PRECIO DE CADA UNA DE LAS UNIDADES EN QUE SE DESCOMPONE EL PRESUPUESTO (PRECIOS CON IVA)
Dj y Profesor xx Xxxxx 3.559,50 €/año
Disc-Jockey 14.894,68 €/año
Música en directo:
Gala Nochevieja 1.500,00 €/año
Baile Semana del Mayor 1.633,50 €/año
Baile de Carnaval 1.500,00 €/año
Espectáculo 4.500,00€/año
Dirección Teatral 9.785,76€/año
Profesor Bailes de Salón 5.576,95€/año
42.950,39€/año
RESPONSABLE JURIDICO RESPONSABLE TECNICO
DEPARTAMENTO DE CONTRATACION Coordinadora de Mayores
PLAZA MAYOR Nº 1 c/ Orense, 5, 2ª planta
xxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx xxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx
TEL: 00-000-00-00 8/8 TEL: 00-000-00-00