Contract
PLIEGO DE CLAÚSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN, RESERVADA A CENTROS DE INSERCIÓN SOCIOLABORAL, DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS ZONAS VERDES Y AJARDINADAS, DE VARIOS CENTROS Y ESCUELAS INFANTILES DEPENDIENTES DE LA AGENCIA NAVARRA DE AUTONOMIA Y DESARROLLO DE LAS PERSONAS.
1. OBJETO Y CARACTERÍSTICAS
El objeto del presente contrato de asistencia es establecer las cláusulas administrativas particulares por las que ha de llevarse a cabo la contratación y ejecución, con aplicación de la reserva para Centros de Inserción Sociolaboral del artículo 9 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos, del servicio de mantenimiento de las zonas verdes y ajardinadas, de los siguientes centros y Escuelas Infantiles dependientes de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas:
- Residencia de Ancianos El Vergel
- CAIDIS San Xxxx
- Escuela Infantil Santa Xxxxxx
- Escuela Infantil Nuestra Señora de Roncesvalles
- Escuela Infantil Nuestra Señora de los Ángeles
- Escuela Infantil Egunsenti
- Escuela Infantil Ninia Etxea
- Escuela Infantil San Xxxxx
- Departamento de Derechos Sociales, González Tablas, 7
El objeto del contrato puede entenderse incluido en los epígrafes "Servicios de plantación y mantenimiento de zonas verdes” (número de referencia CPV 77310000-6) de la Categoría 27 "otros servicios" del Anexo II B de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
2. LEGISLACION APLICABLE Y CALIFICACIÓN DEL CONTRATO
Este contrato tiene naturaleza administrativa y se regirá por el presente pliego de cláusulas administrativas particulares, por el pliego de cláusulas técnicas y por la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
El contrato debe ser calificado como contrato de asistencia, de conformidad con la caracterización que de dicho contrato se hace en el artículo 4.3 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos y tramitación anticipada.
Este contrato está previsto se realice con entidades de carácter social, de acuerdo con el artículo, 9 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos.
3. ORGANO DE CONTRATACIÓN Y UNIDAD GESTORA DEL CONTRATO
La unidad gestora del contrato es la Subdirección de Gestión y Recursos de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas, siendo el órgano de contratación la Directora Gerente de dicho organismo autónomo
4. PROCEDIMIENTO Y CRITERIO DE ADJUDICACIÓN
El contrato será adjudicado de conformidad con lo dispuesto en los artículos 9, 50, 51 y 65 de la Ley Xxxxx 6/2006 de 9 xx xxxxx de Contratos Públicos, por procedimiento abierto inferior al umbral comunitario, reservado a Centros de Inserción Sociolaboral conforme al artículo 9 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos, siendo su criterio de adjudicación el de la oferta más económica.
5. DURACIÓN DEL CONTRATO Y PRÓRROGA
La duración del contrato será desde el día 1 xx xxxx de 2016 o, en su caso, desde el día siguiente a la formalización del mismo hasta el 31 de diciembre de 2016.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 177 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx de Contratos Públicos, el contrato podrá prorrogarse por acuerdo expreso de las partes, sin que en ningún caso la vigencia del contrato, incluidas todas sus prórrogas, supere los cuatro años.
En el caso de prórroga del contrato, se procederá del siguiente modo:
Antes del 10 de noviembre de cada año, el adjudicatario comunicará por escrito a la Subdirección de Gestión y Recursos de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas, su propuesta con relación a la posible prórroga. La Subdirección de Gestión y Recursos tendrá la facultad de aceptar la propuesta recibida o denegarla.
Conforme Acuerdo del Gobierno xx Xxxxxxx, de 13 xx xxxxx de 2012, se establece que para los contratos de asistencia y suministro, que tengan carácter de prorrogables o plurianuales, no procederá la revisión de pecios al alza, por lo que el importe establecido para cada año será el mismo.
Cuando no se acepte la propuesta de prórroga de la empresa o se decida, por cualquier otra causa, no prorrogar el contrato, deberá comunicar a éste la renuncia del mismo antes del 31 de diciembre.
En caso de que el contrato no se prorrogue o haya finalizado el mismo, el adjudicatario del contrato tendrá la obligación de continuar prestando el servicio hasta la nueva adjudicación.
6. PRECIO Y VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
El precio del contrato, desde el 1 xx xxxx de 2016 hasta el 31 de diciembre de 2016, y que ha de servir de base a la licitación, asciende a 24.711,17 euros, IVA EXCLUIDO (29.900,52 IVA INCLUIDO).
Centro | Precio máximo IVA Excluido (8 meses) | Precio máximo IVA Incluido (8 meses) |
CAIDIS San Xxxx | 4.718,31 | 5.709,16 |
Residencia El Vergel | 9.164,73 | 11.089,32 |
Escuela Infantil Egunsenti | 2.351,16 | 2.844,90 |
Escuela Infantil Nuestra Sª de Los Angeles | 799,71 | 967,65 |
Escuela Infantil Ninia Etxea | 799,71 | 967,65 |
Escuela Infantil Roncesvalles | 2.351,16 | 2.844,90 |
Escuela Infantil San Xxxxx | 2.351,16 | 2.844,90 |
Escuela Infantil Santa Xxxxxx | 1.343,52 | 1.625,66 |
Xxxxxxxx Xxxxxx, 7 | 831,70 | 1.006,36 |
TOTAL precio 8 meses | 24.711,16 | 29.900,50 |
Dichos precios tienen carácter de máximo por cada uno de los centros, de forma tal que las ofertas de los licitadores deberán ser de importe igual o inferior a los mismos.
El valor total estimado del contrato asciende a 148.267,07 euros, IVA EXCLUIDO (179.403,16 IVA INCLUIDO). Su cálculo incluye las posibles prórrogas así como todos los factores de valoración y gastos que, según los documentos contractuales y la legislación vigente son de cuenta del adjudicatario, así como los tributos de cualquier índole, exceptuando el Impuesto sobre el Valor Añadido.
Centro | Valor estimado del contrato IVA Excluido | Valor estimado del contrato IVA Incluido |
CAIDIS San Xxxx | 28.309,88 | 34.254,96 |
Residencia El Vergel | 54.988,36 | 66.535,92 |
Escuela Infantil Egunsenti | 14.106,98 | 17.069,44 |
Escuela Infantil Nuestra Sª de Los Angeles | 4.798,28 | 5.805,92 |
Escuela Infantil Ninia Etxea | 4.798,28 | 5.805,92 |
Escuela Infantil Roncesvalles | 14.106,98 | 17.069,44 |
Escuela Infantil San Xxxxx | 14.106,98 | 17.069,44 |
Escuela Infantil Santa Xxxxxx | 8.061,12 | 9.753,96 |
Xxxxxxxx Xxxxxx, 7 | 4.990,21 | 6.038,16 |
TOTAL | 148.267,07 | 179.403.16 |
La eficacia de este contrato y de sus potenciales prórrogas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente que, para cada ejercicio, se consigne en los respectivos presupuestos.
7. CAPACIDAD PARA CONTRATAR
Están capacitados para contratar las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, acrediten la correspondiente solvencia económica y técnica, y no estén afectadas por ninguna de las prohibiciones ni incompatibilidades para contratar previstas en los artículos 18 y 20 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
Se considerará que una empresa es solvente económica y financieramente cuando cumpla una de las siguientes opciones:
• cuando acredite un volumen de negocio en el ámbito de actividades objeto del contrato, igual o superior al importe del mismo en al menos un año de los últimos 3 (2013, 2014 y 2015).
• o mediante la declaración de al menos una entidad financiera sobre la capacidad económica del licitador en relación con la ejecución del presente contrato.
Asimismo, se considerará que una empresa es solvente técnica o profesionalmente, si ha realizado al menos un contrato de importe igual o superior al importe del presente contrato, en los últimos 3 años (2013, 2014 y 2015).
Para poder resultar adjudicatario de este contrato la empresa deberá ser un Centro de Incorporación Sociolaboral conforme al artículo 9 de la Ley Xxxxx 6/2006 de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos, en los términos señalados en este Pliego de Cláusulas Administrativas
La Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas podrá contratar con licitadores que participen conjuntamente, de acuerdo con lo señalado en el artículo 10.2 y
3 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos. En el supuesto de participación conjunta todas las entidades deberán acreditar su condición de entidad social
Los licitadores que presenten oferta concurriendo conjuntamente no podrán presentar proposiciones individuales, ni integrados en otra unión temporal o en concurrencia con empresas distintas. El incumplimiento de esta prohibición dará lugar a la inadmisión de todas las ofertas suscritas por el licitador infractor.
8. PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Los licitadores podrán presentar sus proposiciones en el Registro del Departamento de Derechos Sociales (C/Xxxxxxxx Tablas, nº 7, 31005 Pamplona) o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, siendo el plazo de presentación 18 días naturales desde su publicación en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx.
Podrán presentarse proposiciones por correo, que se dirigirán a la Subdirección de Gestión y Recursos– Sección de Inversiones, Obras y Suministros (Calle González Tablas, nº 7 -31005 Pamplona), en cuyo caso el interesado deberá justificar la fecha de imposición del envío en la Oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante telegrama o correo electrónico a la dirección xxxxxxxxxxx.xxxxx@xxxxxxx.xx, en el mismo día. El envío del anuncio por correo electrónico sólo será válido si existen constancia de la transmisión y recepción de sus fechas y contenido íntegro de las comunicaciones, y se identifica fidedignamente al remitente y al destinatario. En este supuesto se procederá a la obtención de copia impresa y a su registro, que se incorporará al expediente.
Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha y hora de terminación del plazo. Transcurridos, no obstante, 10 días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, ésta no será admitida en ningún caso.
Los licitadores presentarán un sobre cerrado en el que indicará: “PROPUESTA PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS ZONAS VERDES Y AJARDINADAS DE VARIOS CENTROS Y ESCUELAS INFANTILES
DEPENDIENTES DE LA AGENCIA NAVARRA DE AUTONOMÍA Y DESARROLLO DE LAS PERSONAS”
Dicho sobre contendrá otros DOS sobres también cerrados y firmados por el licitador o persona que lo representa identificados con la siguiente leyenda:
Sobre Nº 1: Documentación Administrativa para el CONTRATO DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS ZONAS VERDES Y AJARDINADAS DE VARIOS CENTROS Y ESCUELAS INFANTILES DEPENDIENTES DE LA AGENCIA NAVARRA DE AUTONOMIA Y DESARROLLO DE LAS PERSONAS.
Sobre Nº 2: Oferta Económica para el CONTRATO DEL SERVICIO DE MANTENIMIENTO DE LAS ZONAS VERDES Y AJARDINADAS DE VARIOS CENTROS Y ESCUELAS INFANTILES DEPENDIENTES DE LA AGENCIA NAVARRA DE AUTONOMIA Y DESARROLLO DE LAS PERSONAS.
En cada uno de los sobres, en su cara exterior, se hará indicación de los siguientes datos: razón social de la empresa proponente, CIF, nombre y apellidos de la persona que firma la proposición y el carácter con que lo hace, dirección, teléfono.
La presentación de ofertas implica que el licitador acepta incondicionalmente los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que rigen esta contratación.
9. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR PARA LA LICITACIÓN DEL CONTRATO
SOBRE Nº1. DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
1. Se cumplimentará el Anexo I, Modelo de declaración responsable del cumplimiento de las condiciones exigidas para contratar con la administración, que acompaña el presente pliego de cláusulas administrativas.
2. Documentación acreditativa de su condición de Centro de Incorporación Sociolaboral.
La condición de Centro de Incorporación Sociolaboral se acreditará mediante la presentación de la correspondiente Resolución del Servicio Xxxxxxx xx Xxxxxx u órgano equivalente de la Comunidad Autónoma, en la que conste la calificación de la empresa como Centro de Inserción Sociolaboral.
3. Asimismo, se acompañará el Anexo III, “Declaración voluntaria” sobre transparencia
SOBRE Nº2. OFERTA ECONÓMICA
La proposición económica, debidamente firmada, será formulada de acuerdo con el modelo que se adjunta en el Anexo II.
Cada licitador no podrá presentar más de una proposición. Tampoco podrá suscribir ninguna proposición en unión temporal con otras empresas si lo ha hecho individualmente o figurar en más de una UTE. La contravención de este principio dará lugar a la desestimación de todas las presentadas.
No serán admitidas las proposiciones cuyo importe sea superior al mencionado en el punto 6 de las presentes cláusulas administrativas.
10. MESA DE CONTRATACIÓN
El órgano de contratación estará asistido por una Mesa de Contratación, integrada por los siguientes miembros:
• Presidente: xxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, Subdirector de Gestión y Recursos de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas y, como suplente, xxxx Xxxxxx Xxxxxx, Subdirectora de Valoración y Servicios de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas.
• Vocal Secretario: xxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Jefe de la Sección de Régimen Jurídico de Atención a la Dependencia y, como suplente, una Técnico de Administración Pública (Xxxx Xxxxxxxx).
• Vocal 1: xxxx Xxxxxxxxxx xxx Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Interventora Delegada del Departamento de Hacienda y Política Financiera en el Departamento de Derechos Sociales y, como suplente, Xxxxxxx Xxxx Xxxx, Jefe de la Sección de Intervención.
• Vocal 2: xxxx Xxx Xxxxxxxx Xxxxx, Técnico de la Sección de Inversiones, Obras y Suministros y, como suplente, un Técnico de la Sección de Inversiones, Obras y Suministros.
• Vocal 3: doña Xxxxx Xxxxx Xxxx Xxxxxx, Jefa de la Sección de Inversiones, Obras y Suministros de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas y, como suplente, xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, Jefa del Negociado de Suministros de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas.
La Mesa de Contratación ejercerá las funciones especificadas en el artículo 61.1 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos, y podrá solicitar, antes de formular su propuesta de adjudicación al órgano de contratación, cuantos informes considere precisos y se relacionen con el objeto del contrato.
Se podrá nombrar como asesores de la Mesa de Contratación a técnicos que tengan experiencia en el sector de actividad a que se refiere el contrato, quedando sujetos a las causas de abstención o recusación establecidas en la legislación reguladora del procedimiento administrativo.
11. APERTURA DE LAS PROPOSICIONES
La Mesa de Contratación procederá, en acto interno, a la apertura y análisis de los sobres de "Documentación Administrativa", calificando la misma y resolviendo la admisión de los licitadores que hayan presentado en tiempo y forma la documentación exigida.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 54.3 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos, si la documentación aportada fuera incompleta u ofreciese alguna duda se requerirá al licitador que complete o subsane los certificados o documentos presentados, otorgándole un plazo no superior a diez días.
Se publicará en el Portal de Contratación xx Xxxxxxx con al menos 72 horas de antelación el lugar, fecha y hora de la apertura pública del precio o proposición económica ofertada.
12. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
El criterio de adjudicación será exclusivamente el precio ofertado. Como precio máximo establecido para la licitación será el total del importe del contrato para los 8 meses, es decir, 24.711,16 euros IVA excluido. Sin embargo, habrá que tener en cuenta que los precios licitados por cada uno de los centros, no podrán ser superiores a los que se establecen en el punto 6 y en el Anexo II de Oferta económica.
La máxima puntuación se otorgará a la mejor oferta económica, valorándose el resto de forma inversamente proporcional.
Podrá considerarse como oferta anormalmente baja la que suponga una baja de más de 15% del precio máximo. En tal caso, la Unidad Gestora, antes de rechazar la oferta comunicará dicha circunstancia a todos los licitadores afectados para que, en un plazo de cinco días, presenten las alegaciones oportunas. A la vista de dichas alegaciones, y previo asesoramiento técnico oportuno, se resolverá motivadamente sobre la admisión de dicha oferta.
Cuando de la aplicación del criterio de adjudicación señalado, se produjera empate entre dos o más licitadores, éste se dirimirá a favor de la empresa que tenga un mayor porcentaje de trabajadores con discapacidad siempre que éste sea superior a un 3% ; en su defecto o persistiendo el empate, a favor de la empresa con un menor porcentaje de trabajadores eventuales, siempre que éste sea inferior al 10% y, en su defecto o persistiendo el empate, a favor de la empresa que acredite la realización de buenas prácticas en materia de género.
En los casos de que en aplicación de los criterios anteriores persistiera el empate, éste se resolverá mediante sorteo.
La Mesa de Contratación elevará al órgano de contratación su propuesta de adjudicación, en la que figurará el orden de prelación de los licitadores que hayan formulado una propuesta admisible, con las puntuaciones obtenidas.
13. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL LICITADOR PROPUESTO
El licitador a cuyo favor vaya a recaer la propuesta de adjudicación deberá presentar, en el plazo de 7 días naturales desde que la unidad gestora del contrato le notifique tal circunstancia, los siguientes documentos:
a) Acreditación de la personalidad jurídica del licitador propuesto y, en su caso, su representación, mediante la presentación de los Estatutos de la empresa, el DNI del representante y el documento que acredite su representación ante la Administración.
Si la empresa está inscrita en el Registro Voluntario de Licitadores de la Comunidad Xxxxx xx Xxxxxxx, de acuerdo con el artículo 2.1 y 2.2 del Decreto Xxxxx 174/2004, de 19 xx xxxxx, por el que se regula el citado Registro, será suficiente para acreditar la personalidad y representación de la empresa, la
presentación de copia compulsada del certificado expedido por el Registro, junto con una declaración responsable del representante de la empresa en la que manifieste la vigencia de dicho certificado.
b) Certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social acreditativo de que la empresa se encuentra inscrita y al corriente en el pago de cuotas con la Seguridad Social. Dicha certificación, que deberá haber sido expedida dentro del plazo de los tres meses anteriores a su presentación.
c) Certificado expedido por la Administración Tributaria de la que sea sujeto pasivo, haciendo constar que el licitador se halla al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias respecto del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas o de Sociedades y del Impuesto sobre el Valor Añadido, expedida con una antelación no superior a tres meses, o declaración responsable de que no está sujeto a dichos impuestos.
d) Último recibo del Impuesto de Actividades Económicas y declaración responsable de que no se ha dado de baja en la matrícula del citado impuesto
e) Certificado de que la empresa cuenta con procedimientos e instrucciones de trabajo para la salud laboral y cuidado del medio ambiente.
f) Suscripción de póliza de seguro de responsabilidad civil con cobertura para los riesgos derivados de la prestación del servicio.
El capital mínimo asegurado ascenderá a 100.000 euros para cada uno de los siniestros.
g) La justificación de la solvencia económica y financiera deberá acreditarse por alguno de los siguientes medios:
- Declaración sobre el volumen global de negocio y sobre el volumen de negocio en el ámbito de actividades objeto del presente contrato, referida a los ejercicios 2013, 2014 y 2015.
- Declaración de al menos una entidad financiera sobre la capacidad económica del licitador en relación con la ejecución del presente contrato.
h) La justificación de la solvencia técnica deberá acreditarse mediante una relación de los principales contratos, similares al que se contrata, efectuados durante los 3 últimos años (2013, 2014 y 2015), avalada por certificados de buena ejecución, emitidos por las entidades contratantes, donde consten los importes, fechas y destinatarios de los mismos, por un importe total igual o superior al adjudicado.
Esta certificación no será necesaria para el caso en que los servicios hayan sido realizados para el Departamento de Derechos Sociales del Gobierno xx Xxxxxxx, en cuyo caso deberá hacerse mención en la propuesta a los servicios prestados para el Departamento.
Para los documentos g) del volumen de negocio y h), en el caso de que la empresa no hubiera cumplido tres años de actividad, deberá incorporar la declaración o justificación correspondiente a los ejercicios en activo.
i) Proyecto Técnico para la gestión del servicio que contendrá los extremos contemplados en el Pliego de Condiciones Técnicas.
La documentación habrá de aportarse de la misma forma y medios que la exigida para la concurrencia a la licitación.
14. ADJUDICACIÓN
El órgano de contratación (Directora Gerente de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas), previos los informes técnicos correspondientes, adjudicará el contrato en el plazo máximo de veinte días contados a partir del día siguiente al de la apertura pública de ofertas, teniendo en cuenta los criterios establecidos en el presente pliego, y sin perjuicio del derecho a desistir o renunciar al mismo en las condiciones del apartado 7 del artículo 92.
La resolución de adjudicación será motivada, deberá especificar los motivos por los que se ha rechazado una oferta y las características o ventajas de la oferta seleccionada, y la fecha en que la adjudicación adquirirá plena eficacia, y se notificará a los interesados.
La eficacia de la adjudicación quedará suspendida durante el plazo de 10 días naturales contados desde la fecha de remisión de la notificación de la adjudicación.
15. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato será formalizado en el plazo de quince días naturales siguientes a la terminación del plazo de suspensión de la adjudicación mediante documento administrativo.
Para la formalización del contrato, el adjudicatario deberá presentar resguardo acreditativo de haber consignado la garantía por importe de 2.965,34 euros, equivalente al 2% del valor estimado del contrato (IVA excluido). Dicha garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas previstas en el artículo 95.2 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos y quedará afecta al cumplimiento de las obligaciones del contratista hasta el momento de la finalización del plazo de garantía, y en particular, al pago de las penalidades por demora así como la reparación de los posibles daños y perjuicios ocasionados por el contratista durante la ejecución del contrato.
Si el contrato no se formalizase por causas imputables al adjudicatario o a la Administración, se estará a lo dispuesto en el artículo 94.2 y 3 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos, respectivamente.
En los casos en que se acuerde la resolución del contrato porque el adjudicatario no haya formalizado el mismo en el plazo establecido, el órgano de contratación podrá adjudicar el contrato al licitador o licitadores siguientes a aquél, por orden decreciente de valoración de sus ofertas, siempre que ello fuese posible y previa conformidad del interesado, antes de proceder a una nueva licitación.
Se entregará al adjudicatario un ejemplar completo de los pliegos de cláusulas administrativas y técnicas y cuantos documentos complementarios se estimen necesarios para la mejor gestión del servicio.
Formalizado el contrato, en el plazo de 30 días, el adjudicatario presentará el Programa de actividad preventiva de riesgos laborales de la empresa adjudicataria en la Sección de Inversiones, Obras y Suministros, donde se incluirán aspectos tales como:
• Plan de coordinación de seguridad de la Empresa con el Centro.
• Medios y/o dispositivos de protección y prevención adoptados para las diversas actividades del mantenimiento xx xxxxxxxx.
• Relación de controles periódicos de las condiciones de trabajo.
• Relación de la práctica de controles de Salud Laboral
• Riesgos específicos de la actividad.
• Formación e información a los trabajadores.
• Labores específicas del trabajador.
• Maquinaria y productos utilizados en el proceso y útiles de trabajo.
16. EJECUCIÓN DEL CONTRATO
La prestación de los servicios se realiza a riesgo y xxxxxxx del adjudicatario quien no tendrá derecho a indemnización alguna, siendo por su cuenta las pérdidas, averías o perjuicios que experimente durante la ejecución del contrato, sin perjuicio de su aseguramiento por el interesado.
En particular, el adjudicatario no podrá deducir reclamación alguna fundada en circunstancias como la tasa de absentismo del personal o en cualesquiera otros costes laborales que deba soportar para la ejecución del contrato. Éstos y otros riesgos propios de la gestión empresarial serán de su cargo.
La ejecución del contrato se desarrollará bajo la supervisión, inspección de la unidad gestora del contrato (Sección de Inversiones, Obras y Suministros, de la Subdirección de Gestión y Recursos) que podrá dictar cuantas instrucciones resulten precisas para el fiel cumplimiento de lo convenido.
Cuando el contratista o personas dependientes de él incurran en actos y omisiones que comprometan o perturben la buena marcha del contrato, la Sección de Inversiones, Obras y Suministros, podrá exigir la adopción de medidas concretas para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución de lo pactado.
El incumplimiento de las órdenes que, en su caso, sean dictadas implicará la imposición de las penalidades establecidas en este Pliego.
El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las presentes cláusulas y al pliego de prescripciones técnicas que sirve de base al contrato así como cuantos documentos se adjunten al mismo, conforme a las instrucciones que por escrito sean dadas por el personal encargado, sometiéndose el contratista a las facultades de interpretación, modificación y resolución del contrato que la legislación vigente confiere a la Administración contratante.
El contratista será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan
para la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
17. DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES.
PRERROGATIVAS Y DERECHOS DE LA AGENCIA NAVARRA DE AUTONOMIA Y DESARROLLO DE LAS PERSONAS.
Además de las prerrogativas y derechos establecidos con carácter general, la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas ostentará las siguientes:
a) Vigilar y controlar el cumplimiento de las obligaciones del adjudicatario, a cuyo efecto podrá inspeccionar el servicio así como la documentación relacionada con el objeto del contrato.
b) Imponer al adjudicatario las penalidades pertinentes por razón de los incumplimientos en que incurra.
c) Cualesquiera otros que tenga reconocidos en el ordenamiento jurídico o se encuentren determinados en la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
OBLIGACIONES GENERALES DEL ADJUDICARIO
Serán obligaciones generales de la empresa adjudicataria además de las contenidas en otros puntos de este Pliego, las siguientes:
a) Prestar el servicio, de conformidad con lo estipulado en el Pliego de Cláusulas Técnicas con la continuidad convenida.
b) Contar con los medios materiales, técnicos y personales suficientes en número y calificación para atender el servicio objeto del contrato.
c) Contratación con carácter previo a la prestación del servicio de una póliza de seguro de responsabilidad civil y daños a terceros con una compañía de seguros legalmente constituida que cubra las responsabilidades que deriven por la prestación del servicio objeto del presente contrato por un importe mínimo de 100.000 euros por cada uno de los siniestros.
OBLIGACIONES ESPECÍFICAS DEL ADJUDICATARIO
a) Verificar el trabajo realizado por su personal.
b) Informar a la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas, del seguimiento y ejecución del contrato mediante la presentación de los partes diarios de trabajo.
c) Presentación anual sobre el estado de las zonas ajardinadas en las condiciones establecidas en el Pliego de cláusulas técnicas.
d) Xxxxxx la responsabilidad de la correcta ejecución del contrato, así como los daños que el personal pudiera ocasionar en el cumplimiento de su trabajo por cualquier causa.
DERECHOS DEL ADJUDICATARIO
a) Derecho a recibir el importe correspondiente a todos los servicios prestados.
b) Cualquiera otros que tuviera reconocidos en el ordenamiento jurídico o vinieren determinados en el pliego de cláusulas administrativas particulares.
18. RESPONSABILIDAD DEL ADJUDICATARIO Y DAÑOS Y PERJUICIOS CAUSADOS EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
El adjudicatario será responsable de la calidad técnica de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias que se deduzcan para la Administración o para terceros de las omisiones, errores, métodos inadecuados o conclusiones incorrectas en la ejecución del contrato.
Son imputables al contratista todos los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de la ejecución del contrato. La Administración responderá única y exclusivamente de los daños y perjuicios derivados de una orden inmediata y directa de la misma.
19. REQUERIMIENTOS DE CARÁCTER SOCIAL EN LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
a) El contrato se halla sujeto al cumplimiento de las disposiciones legales, reglamentarias y convencionales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad y salud en el trabajo y, en particular, a las condiciones establecidas por el último convenio colectivo sectorial de ámbito más inferior existente en el sector en el que se encuadra la actividad de la empresa contratista.
b) La oferta económica deberá ser adecuada para que el adjudicatario haga frente al coste derivado de la aplicación del convenio sectorial que corresponda, sin que en ningún caso los precios/hora de los salarios contemplados puedan ser inferiores a los precios/hora del convenio más los costes de Seguridad Social.
Si el contratista incumpliera las cláusulas sociales señaladas, el órgano de contratación podrá optar por:
• Resolver el contrato e inhabilitar al contratista para contratar con las entidades sometidas a la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos, por un periodo de 5 años.
• Continuar con la ejecución del contrato con la imposición de una penalidad del 35% del precio del contrato.
En el supuesto de que opte por la resolución del contrato, la Administración podrá adjudicar lo que reste del mismo a la empresa que en la licitación quedó en segundo lugar y, en caso de renuncia de ésta, a la que la siguieron en el orden de clasificación.
20. GASTOS POR CUENTA DEL CONTRATISTA
Serán gastos por cuenta del contratista, entre otros, los siguientes:
a) Los gastos de material y suministros previstos en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
b) Los gastos que se requieran para la tramitación y obtención de autorizaciones, licencias, documentos o cualquier otra información de organismos o particulares necesarios para la prestación del servicio.
c) El abono de impuestos, derechos, tasas, compensaciones y demás gravámenes y exacciones vigentes con ocasión o consecuencia del contrato o su ejecución.
d) Cualquier otro gasto a que hubiere lugar para la realización del contrato.
21. SUBROGACIÓN DEL PERSONAL
La empresa adjudicataria deberá subrogarse en los derechos y obligaciones correspondientes al personal que actualmente presta el servicio, de acuerdo con el artículo 13 del Convenio Colectivo estatal de acción e intervención social 2015-2017, aprobado por Resolución de 22 xx xxxxx de 2015, de la Dirección General de Empleo y publicado en el BOE nº 158 de fecha 3 de julio de 2015. A estos efectos, se adjunta una relación de dicho personal en el Anexo IV.
22. MODIFICACIONES
Las posibles modificaciones se regirán por lo establecido en el artículo 105 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos.
23. PRESTACIONES ECONÓMICAS: ABONO
El contratista tiene derecho a las contraprestaciones económicas previstas en el contrato.
El abono de las contraprestaciones económicas se realizará mensualmente, previa presentación de la factura correspondiente que deberá emitirse de conformidad con las disposiciones vigentes.
Se emitirá una factura mensual por cada centro que coincidirá con el último día del mes, incluyendo en ella los trabajos realizados hasta ese momento. Cada factura deberá ir acompañada por los correspondientes partes de trabajo.
El pago se realizará en el plazo de treinta días naturales desde la recepción de la factura por parte de la entidad gestora y una vez conformada por la unidad gestora.
24. EVALUACIÓN TÉCNICA
La Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas a través de la unidad gestora, procederá a la evaluación de los servicios prestados, a fin de comprobar su nivel de calidad material y de ejecución. Para ello anualmente el adjudicatario enviará, dentro del primer trimestre del año, una memoria técnica de los trabajos ejecutados de acuerdo con las indicaciones de la unidad gestora.
25. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN DEL CONTRATO
El contrato no podrá ser cedido a terceros. Podrá subcontratarse la ejecución de prestaciones accesorias siempre que el importe de las mismas no exceda del 10% del valor estimado del contrato, debiendo ser puestas por escrito en conocimiento de la Administración, debiendo el subcontratista presentar una declaración de no encontrarse incurso en causa de exclusión para contratar, y cumpliéndose el resto de condiciones exigidas en la vigente legislación de contratación pública.
En todo caso el adjudicatario será el único responsable del correcto cumplimiento del contrato ante la Administración, siendo el único obligado ante los subcontratistas.
26. PLAZO DE GARANTIA
Dada la naturaleza de algunas de las tareas que conforman el objeto del contrato, no es posible fijar un plazo de garantía, no obstante, el contratista deberá reponer las marras y subsanar sin cargo las deficiencias intrínsecas de ejecución detectadas y puestas en conocimiento de la adjudicataria, por los técnicos de la unidad gestora en el plazo de dos meses desde la ejecución de la tarea.
27. DEBER DE CONFIDENCIALIDAD
Tendrá la consideración de información confidencial toda información, técnica, económica, jurídica, organizativa, o de cualquier otra naturaleza de la cual hubiera tenido conocimiento la adjudicataria en virtud del presente contrato.
La adjudicataria se compromete a no revelar a terceros ni permitir que puedan llegar a conocer la información confidencial, así como a extremar la diligencia en el uso y conservación de la misma con el fin de evitar su posible conocimiento por terceros. A tal efecto, la adjudicataria deberá adoptar las medidas de seguridad técnicas y organizativas que resulten necesarias para preservar la confidencialidad de la información.
La adjudicataria no podrá reproducir por ningún medio parte o la totalidad de la información confidencial de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas sin su autorización previa.
La adjudicataria se compromete a utilizar la información confidencial con la única finalidad de desarrollar la actividad objeto del presente contrato. En cualquier otro caso, deberá solicitar autorización escrita por parte de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas en virtud de la cual se permita de forma expresa la utilización de esa información confidencial de una manera diferente a la indicada.
28. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATISTA Y PENALIDADES
El adjudicatario será responsable, durante la ejecución del contrato, de todos los daños y perjuicios directos e indirectos, que se puedan ocasionar a cualquier persona, propiedad o servicio público o privado, con ocasión o como consecuencia de los actos, omisiones o negligencias del personal a su cargo o de una deficiente organización del servicio.
La Administración contratante podrá imponer las siguientes penalidades:
La Administración contratante podrá proceder a la retención de un 20% del siguiente pago a que está obligado con respecto al adjudicatario en el supuesto de que éste incumpliera su obligación de presentación de partes diarios de trabajo relativa a la prestación del servicio, que desde aquél organismo se le requiera.
Si el contrato se resuelve por culpa del adjudicatario le será incautada la garantía constituida en la cuantía necesaria para cubrir los daños y perjuicios que se hayan acreditado. Si ésta resultase insuficiente la Administración podrá resarcirse a través de los mecanismos establecidos para los ingresos de Derecho público.
Por consiguiente, no se practicará la liquidación de los servicios no abonados hasta que se realice una nueva adjudicación. Dicha liquidación y fianza harán frente a las responsabilidades a que hubiera lugar. Si la nueva adjudicación no se realizase por el órgano competente para celebrar el contrato antes de transcurridos seis meses desde la fecha de resolución, se practicará la liquidación.
29. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Son causas de resolución del presente contrato, además de las previstas en los artículos 124 y 181 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos, las siguientes:
a) Cualquier acción u omisión que genere un riesgo o daño grave para personas instalaciones.
Cuando el contrato se resuelva por incumplimiento culpable del contratista, éste deberá indemnizar los daños y perjuicios ocasionados a la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas, a tal efecto, le será incautada la garantía en la cuantía suficiente para cubrir los daños y perjuicios que se hayan acreditado. Si ésta resultase insuficiente, la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas podrá resarcirse a través de los mecanismos establecidos para los ingresos de derecho público.
30. FINALIZACIÓN Y DEVOLUCIÓN DE LA FIANZA
Finalizado el contrato, se devolverá, en su caso, la fianza depositada para garantizar el cumplimiento del contrato, en el plazo de tres meses desde su finalización efectiva.
31. INTERPRETACIÓN
En las controversias que pudieran surgir acerca de la recta interpretación xxx xxxxxx de cláusulas administrativas, técnicas y del propio contrato, así como de las posibles soluciones mejoradas propuestas por el adjudicatario y órdenes de la Administración, se atendrá el adjudicatario a la resolución del órgano competente para celebrar el contrato.
32. JURISDICCIÓN Y RECURSOS
El presente contrato es de naturaleza administrativa y cuantas incidencias se deriven de la gestión del servicio contratado y de la interpretación de las disposiciones de los pliegos, así como de los demás documentos del contrato, serán resueltas en primer término por el órgano administrativo competente para la celebración del mismo cuyas resoluciones podrán ser impugnadas mediante la interposición de recurso de alzada ante el Consejero de Derechos Sociales.
Asimismo, con carácter potestativo y sustitutivo si se basa en los mismos motivos que aquel recurso, podrá interponerse reclamación ante la Junta de Contratación Pública contra los actos de trámite o definitivos, que excluyan a las empresas y profesionales interesados de la licitación o perjudiquen sus expectativas. Dicha reclamación, que podrá fundarse exclusivamente en alguno de los motivos especificados en el artículo 210.3 de la Ley Xxxxx de Contratos Públicos, deberá interponerse en el plazo xx xxxx días, contados a partir del día siguiente al de la notificación o publicación del acto recurrido.
Contra la decisión adoptada en ambos casos procederá interponer recurso ante la jurisdicción contencioso-administrativa, en la forma y plazos establecidos en su Ley reguladora.
ANEXO I
MODELO DE DECLARACION RESPONSABLE DEL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES EXIGIDAS PARA CONTRATAR CON LA ADMINISTRACIÓN A INCLUIR EN EL SOBRE Nº 1 “DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA”
Don/Doña . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , con DNI. , en nombre propio/
en representación de (según proceda). . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . ., con domicilio en , con
CIF . . . . . . . . , teléfono y fax . . . ., suscribe la presente DECLARACIÓN responsable manifestando:
1. Que tengo / Que la entidad por mí representada tiene (según proceda) capacidad para contratar con la Administración, y que la persona que firma la proposición en nombre del licitador cuenta con poder legalmente otorgado para representarle.
2. Que no estoy incurso (caso de ser persona individual) / Que ni la empresa ni sus administradores están incursos (según proceda) en ninguna de las causas de exclusión para contratar a que se refieren los artículos 18 y 20 de la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, de Contratos Públicos.
3. Que estoy al corriente / Que la empresa por mí representada está al corriente (según proceda) en el cumplimiento de las Obligaciones Tributarias, de Seguridad Social, de Seguridad y Salud en el trabajo y Prevención de Riesgos Laborales impuestas por las disposiciones vigentes.
4. Que dispongo / Que la empresa por mi representada dispone de la solvencia económica y financiera, técnica o profesional suficiente para llevar a cabo el presente contrato de mantenimiento de las zonas verdes y ajardinadas de varios centros dependientes de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas.
5. Que: (márquese la casilla que corresponda))
Que estoy al corriente en el pago del Impuesto de Actividades Económicas y no se ha dado de baja en la matrícula del citado Impuesto.
Que estoy exento del pago del Impuesto de Actividades Económicas
6. Que empleo a: (márquese la casilla que corresponda) menos de 50 trabajadores
50 o más trabajadores y
Cumplo con la obligación de que entre ellos, al menos, el 2% sean trabajadores discapacitados, establecida por la Real Decreto Ley 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.
Cumplo las medidas alternativas previstas en el Real Decreto 364/2005, de 8 xx xxxxx, por el que se regula el cumplimiento alternativo con carácter excepcional de la cuota de reserva a favor de trabajadores con discapacidad.
7. Que la empresa cuenta con procedimientos e instrucciones de trabajo para la salud laboral y el cuidado del medio ambiente.
8. Que la contabilidad está adecuada al plan general contable y presupuestario, así como las demás normas señaladas por la Administración de la Comunidad Xxxxx.
9. Que conozco y acepto los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas Particulares del contrato del servicio de mantenimiento de las zonas verdes y ajardinadas de varios centros y escuelas infantiles de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las Personas.
10. Que consiento expresamente la utilización del correo electrónico como medio para practicar notificaciones en la siguiente dirección electrónica y persona de contacto:
…………………………………………………………………………………………………..…….. Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente declaración en,
Pamplona, a .................de de 2016
(Firma)
ANEXO II
MODELO DE OFERTA ECONÓMICA
D/Dña con
D.N.I. ............................ y domicilio en calle
....................................................................................., actuando en nombre propio o en
representación de.................................................................................................. con CIF
.......................... y domicilio en …………............................. calle
............................................................................ teléfono …......................., enterado del
anuncio para la contratación, por procedimiento abierto inferior al umbral comunitario, reservado a centros de inserción sociolaboral, del servicio de mantenimiento de las zonas verdes y ajardinadas, de varios centros y escuelas infantiles dependientes de la Agencia Navarra de Autonomía y Desarrollo de las personas.
Acepta incondicionalmente los Pliegos de Cláusulas Administrativas Particulares y de Prescripciones Técnicas que rigen esta contratación y se compromete a realizarlo con estricta sujeción a los expresados requisitos y condiciones por la cantidad de (IVA no incluido).
Centro | Precio máximo (8 meses) IVA no incluido | Precio ofertado |
CAIDIS San Xxxx | 4.718,31 | |
Residencia El Vergel | 9.164,73 | |
Escuela Infantil Egunsenti | 2.351,16 | |
Escuela Infantil Nuestra Sª de Los Angeles | 799,71 | |
Escuela Infantil Ninia Etxea | 799,71 | |
Escuela Infantil Roncesvalles | 2.351,16 | |
Escuela Infantil San Xxxxx | 2.351,16 | |
Escuela Infantil Santa Xxxxxx | 1.343,52 | |
Xxxxxxxx Xxxxxx 7 | 831,70 | |
TOTAL IMPORTE 8 MESES | 24.711,16 |
(Lugar, fecha y firma del licitador)
NOTA: El Precio de licitación máximo es el total referido a los 8 meses de contrato, es decir, 24.711,16 euros IVA excluido. Sin embargo, los precios asignados a cada centro no podrán ser superiores a los establecidos para cada uno de ellos como precio máximo. No se admitirán las propuestas que superen dichos importes.
ANEXO III DECLARACIÓN VOLUNTARIA
D/Dña con DNI.
........................... y domicilio en ......................................... calle . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . , actuando en nombre propio o
en representación de (táchese lo que no proceda) ... . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
. . . . . . . . . . . . . . . con NIF .......................... y domicilio en ...............................................
Acepto voluntariamente dar transparencia institucional a todos los datos derivados del proceso de licitación, adjudicación y ejecución del contrato hasta su finalización, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley Xxxxx 1/2015, de 22 de enero, por la que se modifica la Ley Xxxxx 6/2006, de 9 xx xxxxx, para la introducción de cláusulas sociales en los pliegos de cláusulas administrativas particulares
ANEXO IV PERSONAL A SUBROGAR
La relación de personal a efectos de una eventual subrogación, en los términos previstos en la cláusula 21ª, es la siguiente:
TRABAJADOR/A | CATEGORÍA PROFESIONAL | FECHA ANTIGÜEDAD | DISCAPACIDAD SI/NO | TIPO DE CONTRATO |
1 | Maestro Taller | 04/10/1993 | NO | Indefinido |
2 | Trabajador/a en inserción | 13/02/2015 | NO | Programa de insercción: 401 |
3 | Trabajador/a en inserción | 26/08/2014 | NO | Programa de insercción: 401 |
4 | Trabajador/a en inserción | 03/11/2014 | NO | Programa de insercción: 401 |
5 | Trabajador/a en inserción | 18/11/2014 | NO | Programa de insercción: 401 |
6 | Trabajador/a en inserción | 04/11/2013 | NO | Programa de insercción: 401 |