CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA COMISIÓN NACIONAL DE VIVIENDA Y ASENTAMIENTOS HUMANOS (CONVIVIENDA), LA MUNICIPALIDAD DE XXXXXXX O ASOCIACION NOMINADORA, Y LA IIB XXXXXXXXXX, PARA LA EJECUCIÓN DE VIVIENDAS NUEVAS DISPERSAS O...
CONVENIO DE COOPERACIÓN INTERINSTITUCIONAL ENTRE LA COMISIÓN NACIONAL DE VIVIENDA Y ASENTAMIENTOS HUMANOS (CONVIVIENDA), LA MUNICIPALIDAD DE XXXXXXX O ASOCIACION NOMINADORA, Y LA IIB XXXXXXXXXX, PARA LA EJECUCIÓN DE VIVIENDAS NUEVAS DISPERSAS O GRUPALES DENTRO DEL PROGRAMA BONO VIDA MEJOR BVM.
Xxxxxxxx, XXXXXXX XXXXXXXX XXXXXXXXX, mayor de edad, casado, Arquitecto, ciudadano de nacionalidad hondureña, portador del Documento Nacional de Identificación No. 0000-0000-00000 y de este domicilio, actuando en su condición de DIRECTOR EJECUTIVO de la COMISIÓN NACIONAL DE VIVIENDA Y ASENTAMIENTOS HUMANOS (CONVIVIENDA), con Nombramiento de Cargo según acuerdo No. 001- 2021 en Pleno de Comisionados de CONVIVIENDA, de fecha once (11) de enero del dos mil veintiuno (2021) con teléfono 0000-0000, 0000-0000 y 0000-0000, correo electrónico xxxxxxx.xxxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx, en lo sucesivo denominado "CONVIVIENDA", XXXXXXXXXXXX, Mayor de edad, casado, profesion, hondureño y del domicilio del Municipio de XXXXXXX, Departamento de XXXX, del Documento Nacional de Identificación No. xxxx-xxxx-xxxxx, actuando en mi condición xx Xxxxxxx Municipal de LA MUNICIPALIDAD DE XXXXXX, DEPARTAMENTO XXXXXXXX o representante de la Asociación Nominadora, en lo sucesivo denominado “LA MUNICIPALIDAD” o “LA ENTIDAD NOMINADORA”, y XXXXX, mayor de edad, casado, profesión, hondureño, del domicilio de la Ciudad de xxxxxxxxx, Departamento de xxxxxxx, portador del Documento Nacional de Identificación No. xxxx-xxxx- xxxxx en mi condición de Representante Legal de la Institución Intermediaria xxx Xxxx, XXXXXXXXXXXXXXXXX en lo sucesivo denominado “LA IIB”, de manera conjunta “LAS PARTES”, hemos convenido celebrar como al efecto celebramos el presente Convenio de Cooperación, el cual se regirá conforme a las declaraciones, considerandos y clausulas siguientes:
ANTECEDENTE DEL PROGRAMA
CONVIVIENDA es una entidad desconcentrada de la Presidencia de la República, de interés público, con personalidad jurídica propia, de duración indefinida, con patrimonio, independencia administrativa, técnica y financiera, cuya finalidad es la creación, articulación, rectoría y coordinación del Programa Nacional de Vivienda, como una respuesta efectiva al problema social de la vivienda que enfrenta la mayoría de la población, concentrando en una sola entidad la formulación de políticas y programas en materia de vivienda social.
CONSIDERANDOS
1. Que la Constitución de la República reconoce a los hondureños el derecho a una Vivienda Digna. El Estado a través del Gobierno de la República tiene la obligación de formular y ejecutar los Programas de Vivienda de Interés Social que resuelvan la necesidad habitacional de la población.
2. Que es prioridad del Gobierno de la República, atender a las familias con ingresos de 0 hasta ½ salarios mínimos, con la finalidad puedan acceder a una solución habitacional ofrecida a través de los Programas de Vivienda Para Una Vida Mejor.
3. Que CONVIVIENDA, LA MUNICIPALIDAD O ENTIDAD NOMINADORA y LA IIB´s están comprometidas en el desarrollo de procesos que permitan el logro de un desarrollo integral y
sostenible del país, en consonancia con las políticas de Gobierno y al Plan de Nación para el área de vivienda.
4. Que estas Instituciones están conscientes de sus responsabilidades y esperan que, con la firma del presente convenio, se desarrollen acciones conjuntas que contribuyan al otorgamiento de una vivienda digna en beneficio de los habitantes de la comunidad.
5. En tal sentido CONVIVIENDA, LA MUNICIPALIDAD O ENTIDAD NOMINADORA y LA IIB convienen en aunar esfuerzos a través del presente convenio de cooperación para definir mecanismos de identificación que garantice el acceso a una vivienda digna a las familias menos favorecidas del Municipio de XXXXXXX, Departamento de XXXXXXXX.
6. Que, como consecuencia de la emergencia sanitaria por COVID-19, LAS PARTES son conscientes de la importancia y obligatoriedad de la implementación de medidas de bioseguridad en la ejecución de los proyectos de construcción tal y como lo establecen las leyes emitidas por el Gobierno de la Republica.
CLÁUSULAS
CLAUSULA PRIMERA. OBJETO DEL CONVENIO: El presente Convenio tiene por objeto establecer una cooperación interinstitucional social, técnica entre CONVIVIENDA como el ente rector de políticas de vivienda del Estado, LA MUNICIPALIDAD de XXXXX/ ENTIDAD NOMINADORA como ente autónomo del Estado / o como grupo organizado y solicitante de la colaboración, teniendo como propósito mejorar la condición de vida de sus habitantes y LA IIB como persona jurídica registrada por CONVIVIENDA para la ejecución de XXXX viviendas del Programa Bono Vida Mejor.
CLAUSULA SEGUNDA. NATURALEZA DEL CONVENIO: El presente Convenio no persigue fines de lucro, por tanto, establece principios generales y condiciones que permitirán cumplir con los objetivos de este.
CLAUSULA TERCERA. DOCUMENTOS DEL CONVENIO: Los siguientes documentos, constituyen el entero acuerdo entre LAS PARTES y serán leídos e interpretados como parte integral del mismo:
1. Manual Operativo Programa xxx Xxxx de Vivienda para una Vida Mejor y demás relacionados vigentes;
2. Reglamento Operativo de los Programas de CONVIVIENDA Para Una Vida Mejor
3. Cronograma de ejecución de obras;
4. Manual Técnico de la Vivienda del Programa Bono de Vivienda para una Vida Mejor, Especificaciones Técnicas del Proyecto (Presupuesto, juego de planos, etc);
5. Informes técnicos emitidos por CONVIVIENDA, UTS (Unidad Técnica de Supervisión), IIB y LA MUNICIPALIDAD.
6. Protocolos de Bioseguridad y demás Normativa relacionada emitidos por El Gobierno de la Republica, LA MUNICIPALIDAD y CONVIVIENDA.
CLAUSULA CUARTA. COMPROMISOS Y RESPONSABILIDADES DE CONVIVIENDA: A través del
presente convenio CONVIVIENDA se compromete y responsabiliza:
1. Coordinar con LA MUNICIPALIDAD de………../ENTIDAD NOMINADORA la selección de los nuevos aspirantes al bono, verificando los listados en la base de datos del Sistema Nacional de Gestión de Bonos SIGEB.
2. Revisión y calificación de la postulación de los aspirantes al Bono de Vivienda, cuyos expedientes deberán ser remitidos por LA IIB.
3. Validar la constancia a favor de los aspirantes que apliquen al Bono, de NO haber sido beneficiados anteriormente con bono de vivienda por parte del Estado, según sistema de gestión xxx xxxx (SIGEB).
4. Emitir el Certificado xx xxxx a favor del postulante posteriormente a la aprobación del Comité Técnico Administrativo que resulte beneficiado.
5. Socialización y capacitación de los programas o modalidades bajo las cuales opera la entrega xxx Xxxx de Vivienda para una Vida Mejor.
6. Revisar la vialidad de los proyectos que se presenten por la IIB, tanto de viviendas dispersas como de viviendas grupales, para ser aprobados por el Comité de Aprobación de Proyectos Sociales CAPIS y su posterior registro.
7. Gestionar ante el Comité Técnico del Fideicomiso del Programa xxx Xxxx para una Vida Mejor, la aprobación de los bonos de vivienda a favor de los Postulantes.
8. Seguimiento a las inspecciones de campo realizadas por la Unidad Técnica de Supervisión (UTS) o en casos justificados por CONVIVIENDA y reportadas al Comité Técnico Administrativo de FIDEICOMISO.
9. Gestionar toda solicitud de cambios relacionados a la ejecución del proyecto debidamente justificado, ante el Comité de Aprobación de Proyectos y Calificación Técnica de Bonos de Interés Social CAPIS, para su aprobación, previa ejecución de los mismos.
10. Evaluar los lotes donados por la Municipalidad o propiedad de los postulantes en donde serán ubicadas las viviendas, verificando que este es apto para la construcción de la vivienda del Programa Bono Vida Mejor, evaluando adicionalmente el cumplimiento del acondicionamiento físico de lotes, que describe el Manual del Programa, tales como:
✓ Contar las dimensiones mínimas de acuerdo con el diseño tipo de la vivienda.
✓ No encontrarse en zona de riesgo.
✓ Estar nivelado o de requerir obras de nivelación, estas deberán estar ejecutadas al momento de la inspección inicial al terreno para considerar el lote apto.
✓ Tener acceso a todos los servicios básicos (Agua y Saneamiento), en el caso de proyectos grupales y en el caso de proyectos dispersos como mínimo acceso al agua.
11. Dar seguimiento a las gestiones de obtención de la propiedad de los lotes por parte de la municipalidad a los postulantes (en caso sea donación).
12. Seguimiento al cumplimiento de los compromisos contraídos por las partes en el presente convenio.
CLAUSULA QUINTA. COMPROMISOS Y RESPONSABILIDADES DE LA IIB: a través del presente
xxxxxxxx asume los siguientes compromisos y responsabilidades:
1. Es el responsable de la construcción de XXXX viviendas nuevas (GRUPALES, DISPERSAS, MEJORMAIENTOS), según el perfil del proyecto aprobado por CONVIVIENDA, en el municipio de
XXXXXX y de garantizar la calidad de éstas por periodo no menor de doce meses después de su recepción de las mismas, por parte de la Unidad Técnica de Supervisión (UTS) o CONVIVIENDA.
2. Solicitar ante CONVIVIENDA para su aprobación, todo cambio identificado en el proceso de ejecución de las obras de manera previa. Caso contrario, se procederá conforme a lo establecido en el Manual xx Xxxxxx y Sanciones del ROP.
3. Cumplir con la ejecución de las viviendas en el periodo establecido en el cronograma de obras, aprobado por la Unidad Técnica de Supervisión (UTS) o CONVIVIENDA, a partir de la fecha de emisión de la orden de inicio, mismos que debe incluir las fechas reales de ejecución del proyecto.
4. Es responsable de dar cumplimiento al contenido de los planos arquitectónicos y constructivos, formatos de presupuestos por actividades, especificaciones técnicas vigentes de la vivienda establecidos por CONVIVIENDA y demás normativas aprobadas por la Comisión.
5. Es el responsable, junto con la participación de LA MUNICIPALIDAD/ ENTIDAD NOMINADORA de levantar, revisar, completar y comprobar la veracidad de la documentación que presente en los expedientes de postulación, contando para ello con el plazo de 15 días calendario a partir de la emisión de la certificación de registro del proyecto por parte de CONVIVIENDA.
6. En caso de producirse cambios en las postulaciones, será responsable de presentar ante CONVIVIENDA las renuncias y sustituciones debidamente documentadas, de lo contrario, la IIB será sancionada de acuerdo con lo dispuesto en el Manual xx Xxxxxx y Sanciones del Reglamento Operativo del Programa.
7. Es el responsable de inspeccionar y evaluar la factibilidad de los terrenos objeto de construcción con el fin de elaborar y presentar la documentación requerida para la aceptación de ejecución del proyecto ante CONVIVIENDA.
8. Cumplir con el Inicio de las obras de las viviendas, en un plazo no mayor a 15 días calendario a partir de la emisión de la orden de inicio por parte de la Unidad Técnica Supervisora (UTS) o CONVIVIENDA.
9. Deberá de cumplir con todos los requisitos que solicite CONVIVIENDA, así como de presentar todas las subsanaciones requeridas para el cumplimiento del proyecto.
10. Asumir la responsabilidad laboral, civil, administrativa y penal que se derive de la contratación del personal durante la ejecución del proyecto.
11. Asumir la supervisión, control, seguridad de la obra y de su ejecución, el manejo adecuado de los recursos otorgados; así como pagos a terceros derivados por la ejecución del proyecto objeto de este convenio.
12. Capacitar, orientar y asignar las actividades correspondientes a los postulantes, durante la ejecución de las obras, incluyendo la excavación de la fosa séptica y pozo de absorción como parte del trabajo de aporte de mano de obra no calificada.
13. Velar por la correcta administración de los fondos desembolsados por BANHPROVI, respetando el uso, manejo y destino de estos. Proporcionando a simple requerimiento de CONVIVIENDA la información concerniente al uso y manejo de los recursos, de lo contrario se procederá a la suspensión del registro de actor durante el tiempo que CONVIVENDA considere de acuerdo a la falta cometida.
14. En caso de presentar garantías, es responsable de mantener la vigencia de la garantía durante la ejecución del proyecto y si fuese el caso, hacer las extensiones de ésta ante el BANHPROVI, por el periodo que la Unidad Técnica de Supervisión UTS/CONVIVIENDA solicite.
15. Cumplir con el uso del chaleco reflectivo, que establece CONVIVIENDA, por parte de todo el personal que intervenga en la ejecución del proyecto.
16. Cumplir con la implementación de las medidas de bioseguridad que se establezcan en las normativas Nacionales, las del municipio donde se lleva a cabo el proyecto y en lo dispuesto en el protocolo de Bioseguridad emitido por CONVIVIENDA.
17. Cumplir con la rotulación del proyecto debiendo ser colocado en sitios estratégicos dentro del Municipio en un plazo no mayor a cinco (5) días calendario posterior a la orden de inicio.
18. Cumplir con las subsanaciones en obras solicitadas por el personal de la Unidad Técnica de Supervisión UTS, resultado de las visitas de supervisión, en el plazo establecido.
19. Dar estricto cumplimiento al listado oficial de los beneficiarios xxx xxxx, debidamente aprobado por el Comité Técnico Administrativo (CTA), de presentarse sustituciones, las mismas deberán ser previamente presentadas a CONVIVIENDA para su aprobación en el CTA, si fuese el caso en el que fuese realizado algún cambio que no esté debidamente aprobado, La IIB deberá devolver el monto xxx xxxx cuyo cambio no fue realizado en debida forma.
20. Presentar mensualmente, dentro de los primeros 10 días del mes, a CONVIVIENDA un informe técnico y financiero de la obra, así como las fichas de Empleo y Oportunidades de los empleos generados de manera directa, durante el periodo de ejecución de las obras.
CLAUSULA SEXTA. COMPROMISOS Y RESPONSABILIDADES DE LA MUNICIPALIDAD O ENTIDAD NOMINADORA.
1. En el caso de viviendas XXXXXX (GRUPALES O DISPERSAS) construidas en lotes donados, la Municipalidad o Entidad Nominadora, correrá con la responsabilidad del cumplimiento del acondicionamiento físico de lotes, que describe el Manual del Programa, previo otorgamiento xxx xxxx de Vivienda, tales como:
o Contar las dimensiones mínimas de acuerdo con el diseño tipo de la vivienda.
o No encontrarse en zona de riesgo.
o Estar nivelado o de requerir obras de nivelación, estas deberán estar ejecutadas al momento de la inspección inicial al terreno para considerar el lote apto.
o Tener acceso a todos los servicios básicos (Agua y Saneamiento), en el caso de proyectos grupales y en el caso de proyectos dispersos como mínimo acceso al agua.
2. Prestar su colaboración para gestionar el otorgamiento de los permisos de construcción, emisión de constancias catastrales y otros documentos para la acreditación de la familia elegible, sin cobro alguno para la IIB.
3. Colaborar con las gestiones para obtener la licencia ambiental y cualquier otro permiso requerido para la construcción de las obras de las viviendas.
4. Coordinar en conjunto con CONVIVIENDA la selección de los aspirantes al bono, los cuales serán validados en la base de datos del Sistema Nacional de Gestión de Bonos SIGEB.
5. Garantizar a la IIB el acceso al municipio y la libre circulación por todos los sitios donde se lleven a cabo la construcción de las viviendas, así como a los proveedores de los materiales de construcción y al personal de supervisión de la UTS y CONVIVIENDA.
6. Dar seguimiento y apoyo a los postulantes y a la IIB durante todo el proceso logístico y gestiones que demande el proyecto.
7. Dar seguimiento y colaborar cuando sea necesario con la donación de cualquier insumo que facilite o mejore el equipamiento de las viviendas.
8. Dar seguimiento del cumplimiento del compromiso del postulante con el aporte de la mano de obra no calificada.
9. Garantizar la infraestructura para dotar de los servicios públicos a las viviendas construidas para los postulantes xxx xxxx.
10. Xxxxxxx apoyo a los postulantes con discapacidad, tercera edad o cualquier otro caso especial que no cuenten con los medios para cumplir con el aporte, mediante la donación de la contraparte que les corresponde según el convenio pactado, asignando personal de apoyo para el cumplimiento de dicho aporte.
11. Cuando el postulante se rehúse a contribuir con la contraparte obligatoria, deberá mediar para la presentación de la renuncia al beneficio xxx xxxx, en conjunto con la IIB, siempre que no afecte a la IIB en los plazos de ejecución y por las obras ejecutadas.
12. Una vez recibidas las viviendas, apoyar a los beneficiarios con todas las gestiones que se requieran, para la obtención legal de la propiedad de los lotes donde se ubican las viviendas.
13. Prestar apoyo a CONVIVIENDA con el monitoreo periódico de la ocupación de viviendas, previo al otorgamiento de la titulación a favor del beneficiario.
14. En el caso de los proyectos grupales, o lotes dispersos donados por la municipalidad, deberá acreditar el cumplimiento de la totalidad de los compromisos y responsabilidades de acondicionamiento de lotes y servicios públicos.
15. Trabajar en conjunto con la IIB para garantizar el cumplimiento de las medidas de bioseguridad en los sitios de construcción de las viviendas.
CLAUSULA SEPTIMA. COMPROMISOS Y RESPONSABILIDADES CONJUNTAS: CONVIVIENDA, LA
MUNICIPAL O ENTIDAD NOMINADORA y LA IIB, se comprometen y responsabilizan conjuntamente a:
1. La implementación de una agenda de reuniones con los postulantes para la socialización de los alcances del programa de Vivienda.
2. Socializar el alcance y las responsabilidades derivadas del presente convenio con los actores involucrados, autoridades y técnicos municipales e instituciones vinculadas.
3. Dar seguimiento a las gestiones para que una vez finalizadas y entregadas las viviendas, los beneficiarios reciban la propiedad del lote donde se ubica la vivienda.
4. Implementar en caso de viviendas grupales cuyos lotes hayan sido donados por la Corporación Municipal, el proceso de reasignación de la Vivienda construida con el bono de vivienda, cuando no sea habitada en el tiempo estipulado para ello, en cumplimiento a las políticas establecidas por CONVIVIENDA.
5. Hacer el acompañamiento a las visitas de supervisión realizadas al proyecto.
6. Cumplimiento de los compromisos y responsabilidades objeto del presente convenio.
7. Cumplir con las normativas de bioseguridad establecidas a nivel nacional, local y las emanadas por CONVIVIENDA.
8. Están obligadas a hacer del conocimiento de todas las partes comparecientes, cualquier modificación o cambio que por razones ajenas a la voluntad ocurran y que puedan ser objeto de modificación del proyecto.
CLAUSULA OCTAVA. VIGENCIA Y DURACIÓN: El presente convenio tendrá duración hasta el 26 de Enero de 2021 y entrará en vigor a partir de la fecha de su suscripción, en el caso de circunstancias o condiciones que limiten el inicio o la adecuada ejecución de las obras y cuyas causas no sean imputables a la IIB, entonces se ampliará el plazo de ejecución del convenio para la finalización de las obras pendientes.
CLAUSULA NOVENA. MODIFICACIONES: Cualquier modificación que se realice al presente Xxxxxxxx deberá constar por escrito y deberá estar debidamente firmada por LAS PARTES para que se considere como válida, quedando dichas modificaciones como parte íntegra del mismo.
CLAUSULA DECIMA. CESIÓN. Ninguna de LAS PARTES podrá ceder su posición en el presente convenio ni los derechos y obligaciones derivadas de la misma.
CLAUSULA DÉCIMA PRIMERA. NOTIFICACIONES: LAS PARTES acuerdan y reconocen que todos los avisos y notificaciones que deseen hacer de conocimiento de la otra parte en relación con el presente Xxxxxxxx deberán constar por escrito y ser enviadas a las siguientes direcciones:
CONVIVIENDA: Dirección: Colonia Xxxxx xxx Xxxxxxxx, Avenida República Dominicana, Al lado del Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxx, xxxxxx x Xxxxxxxx, Xxxxxxxxxxx X. X. X; Teléfono fijo (504): 0000-0000, 22211808, correo electrónico: xxxxxxxxx.xxxxxxxx@xxxxxxxxxxx.xxx.xx.
LA MUNICIPALIDAD O ENTIDAD NOMINADORA: Dirección y datos del contactoXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
IIB : Dirección y datos del contacto XXXXXXXXXXXXXXX
CLAUSULA DÉCIMA SEGUNDA. DE INTEGRIDAD: Las Partes en cumplimiento a lo establecido en el Artículo 7 de la Ley de Transparencia y Acceso a la información Pública (LTAIP). Y con la convicción de que evitando las prácticas de corrupción podremos apoyar la consolidación de una cultura de transparencia, equidad y rendición de cuentas en los procesos de contratación y adquisiciones del Estado, para así fortalecer las bases del Estado de Derecho, nos comprometemos libre y voluntariamente a: 1.- Mantener el más alto nivel de conducta ética, moral y de respeto a las leyes de la Republica, así como los valores de: INTEGRIDAD, LEALTAD, CONTRACTUAL, EQUIDAD, TOLERANCIA, IMPARCIALIDAD Y DISCRECION CON LA INFORMACION CONFIDENCIAL QUE MANEJAMOS, ABSTENIENDONOS DE DAR DECLARACIONES
PUBLICAS SOBRE LA MISMA. 2.- Asumir una estricta observancia y aplicación de los principios fundamentales de: transparencia, igualdad y libre competencia. 3.- Que durante la ejecución del Convenio ninguna persona, empleado, trabajador, socio que actué en nuestro nombre y representación podrá realizar:
a) Practicas Corruptivas: entendiendo estas como aquellas en la que se ofrece dar, recibir, o solicitar directa
o indirectamente, cualquier cosa de valor para influenciar las acciones de la otra parte; b) Practicas Colusorias: entendiendo estas como aquellas en las que denoten, sugieran o demuestren que existe un acuerdo malicioso entre dos o más partes o entre una de las partes y uno o varios terceros, realizado con la intención de alcanzar un propósito inadecuado, incluyendo influenciar en forma inapropiada las acciones de la otra parte. 4.- Mantener la debida confidencialidad sobre toda la información a que se tenga acceso por razón del convenio, y no proporcionarla ni divulgarla a terceros y a su vez, abstenernos a utilizarla para fines distintos. 5.- Aceptar las consecuencias a que hubiere lugar, en caso de declararse el incumplimiento de alguno de los compromisos de esta Clausula por el ente competente y sin perjuicio de la responsabilidad civil
o penal en la que se incurra. 6.- Denunciar en forma oportuna ante las autoridades correspondientes cualquier hecho o acto irregular cometido por nuestros empleados o trabajadores, socios o asociados, del cual se tenga un indicio razonable y que pudiese ser constitutivo de responsabilidad civil y/o penal. Lo anterior se extiende a los subcontratistas con los cuales las partes contraten, así como a los socios, asociados, ejecutivos y trabajadores de aquellos. CONVIVIENDA en caso de encontrar indicios de responsabilidad de parte de la IIB, podrá: - a) Eliminar de su Registro de Proveedores y Contratistas de manera definitiva la IIB responsable
o que pudiendo hacerlo no denunciaron la irregularidad; b) cuando el incumplimiento sea por parte de la Corporación Municipal o ENTIDAD NOMINADORA, CONIVIVIENDA se reserva el derecho de reasignar esos bonos otorgados a otra Alcaldía Municipal; c) en caso de encontrar responsabilidad por parte del empleado
o funcionario de una infracción, se aplicaran las sanciones que correspondan según el Código de Conducta Ética del Servidor Público, sin perjuicio de exigir la responsabilidad administrativa, civil y/o penal a las que hubiere lugar. En fe de lo anterior, las partes manifiestan la aceptación de los compromisos adoptados en el presente documento, bajo el entendido que esta Declaración forma parte integral del Convenio, firmando voluntariamente para constancia.
CLAUSULA DÉCIMA TERCERA. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS: LAS PARTES manifiestan que en
caso de cualquier controversia, duda o discrepancia sobre su interpretación, desarrollo, cumplimiento, modificación y efectos que pudieran derivarse de la ejecución de este convenio, se comprometen en forma voluntaria y de común acuerdo a resolverlas en un tiempo no mayor a treinta (30) días calendario y en términos conciliatorios por la vía del dialogo, imperando sobre todo el ánimo por el bienestar de los beneficiarios. No obstante, en caso de no llegar a una solución de controversia LAS PARTES renuncian a su domicilio y se someten a la jurisdicción del Juzgado de letras de lo Civil de Xxxxxxxxx Xxxxxxx en caso de ser el reclamante un ente de orden público contra un ente de orden privado y al Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo de Xxxxxxxxx Xxxxxxx en caso de ser el reclamante un ente privado en contra de un ente de orden público.
CLAUSULA DÉCIMA CUARTA. TERMINACIÓN: El presente convenio podrá darse por terminado en cualquier tiempo, por cualquiera de las siguientes causales:
1. Por mutuo acuerdo entre .las Involucrados en el presente Convenio.
2. Por incumplimiento de cualesquiera de las obligaciones y responsabilidades contraídas por las partes en virtud de este convenio y que no fuese posible asumirlas por otra parte de este convenio o un tercero ajeno al presente convenio.
3. Por decisión unilateral de cualquiera de las partes comunicada por escrito a las otras con sesenta
(60) días de antelación a la que desea darse por terminado.
4. Por motivos de fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados, que hagan imposible alcanzar los objetivos trazados.
5. Por vencimiento del término estipulado en el presente Convenio o de cualquiera de sus prorrogas.
6. Cualquier otra causa estipulada en la legislación vigente.
CLAUSULA DÉCIMA QUINTA ACEPTACIÓN Y SUSCRIPCIÓN: Las partes manifiestan estar de acuerdo, que han revisado y analizado plenamente todas y cada una de las cláusulas y contenido de este Convenio y se obligan a su fiel cumplimiento.
En fe de todo lo antes indicado firman las partes el presente Convenio en tres (03) ejemplares originales de igual validez, en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los XXX días del mes de XXX del año dos mil diecinueve (2021).
XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXXXXXXXX
DIRECTOR EJECUTIVO REPRESENTANTE LEGAL
CONVIVIENDA MUNICIPALIDAD O ENTIDAD NOMINADORA
XXXXXXXXXXXXXX REPRESENTANTE LEGAL NOMBRE DE LA IIB