MODALIDAD B
CONVOCATORIA DE CONCURSO PARA LA CONTRATACION DE PROFESORADO SUSTITUTO INTERINO EN LA UNIVERSIDAD XX XXXXXXX
MODALIDAD B
De conformidad con lo dispuesto en las Resoluciones Rectorales de 10 de enero de 2011 y de 23 xx xxxxx de 2013, por las que se regula la contratación de Profesores Sustitutos Interinos, modificada por Resolución Rectoral de 17 xx xxxxx de 2014, por la que se modifica el baremo general y el procedimiento de contratación, ESTE RECTORADO ha resuelto realizar convocatoria de aspirantes a las plazas de Profesor Sustituto Interino que se indican en el Anexo I de la presente Resolución, que se regirá de acuerdo con las siguientes
BASES DE LA CONVOCATORIA
1.- NORMAS GENERALES
El presente concurso se regirá por la normativa de contratación de profesores Sustitutos Interinos anteriormente citada. En lo no contemplado en dicha norma, el concurso se regirá por lo dispuesto en la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; en la Ley Orgánica 6/2001, de Universidades, de 21 de diciembre, en su nueva redacción dada por la Ley 4/2007, de 12 xx xxxxx; en el Decreto Legislativo 1/2013, de 8 de enero, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Andaluza de Universidades y en el Estatuto de la Universidad xx Xxxxxxx.
1.1.- Condiciones y requisitos de los solicitantes.
Los requisitos, condiciones y méritos alegados por los aspirantes deberán haberse adquirido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
La titulación requerida será de Licenciado, Arquitecto o Ingeniero Superior o equivalente, o Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o Ingeniero Técnico, o Graduado. Cuando el título haya sido obtenido en el extranjero, deberá estar homologado. En caso de candidatos con títulos de la Unión Europea, deberán estar en posesión, bien de la homologación, bien de la credencial de reconocimiento dirigido al ejercicio de la profesión de Profesor de Universidad.
1.2.- Presentación de solicitudes.
Los candidatos deberán aportar solicitud de participación mediante instancia- currículum, debidamente cumplimentada según modelo establecido por la Universidad xx
Xxxxxxx (que está disponible en el portal electrónico en la siguiente dirección: xxxx://xxxxxxxx.xx.xx Oferta de Empleo Público-Impresos).
El plazo de presentación de instancias será desde el día 17 de octubre hasta el 19 de octubre de 2017, ambos inclusive.
Las solicitudes deberán dirigirse al Sr. Rector Magnífico de la Universidad xx Xxxxxxx, y se presentarán en el Registro General o en el Registro Auxiliar del Pabellón de Brasil de esta Universidad, o bien por cualquiera de los procedimientos establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015. Las solicitudes que se presenten a través de las oficinas de correos deberán ir en sobre abierto para ser selladas y fechadas por el funcionario de correos antes de ser certificadas.
Los aspirantes deberán justificar haber abonado a la Universidad xx Xxxxxxx dentro del plazo de presentación de solicitudes, la cantidad de 13 euros en concepto de derechos de examen. El ingreso deberá efectuarse a través de la entidad bancaria Santander, en la cuenta nº ES770049.2588.71.2114241655 (dígito bancario: 750), a nombre de "Universidad xx Xxxxxxx", haciéndose constar los siguientes datos: nombre y apellidos del interesado, D.N.I. y número de la plaza a la que se concursa. La falta del justificante de ingreso determinará la exclusión del aspirante, considerándose que es un requisito insubsanable. En ningún caso la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud de participación.
Cada solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación por duplicado:
a) Solicitud de participación (en formato papel).
b) Modelo de currículum vitae debidamente cumplimentado y firmado (en formato papel).
c) Fotocopias de las titulaciones que se posean o, en su caso, del resguardo de haber abonado los derechos de expedición de las mismas (en formato papel).
d) Fotocopias de las certificaciones académicas oficiales en las que consten las calificaciones de las asignaturas cursadas en cada titulación. La nota media del expediente deberá venir reflejada dentro del rango de 0 a 10 establecido en la Resolución de 21 de febrero de 2013 de la Dirección General de Universidades (BOJA de 1 xx xxxxx) (en formato papel).
e) Documentos que se estimen convenientes para la debida justificación de los méritos en soporte C.D. (formato PDF) debidamente identificado con el nombre del concursante y el número de la plaza. En dichos C.D. deberán aparecer los justificantes de los méritos en un único archivo PDF, debiendo indicarse en el modelo de currículum, el número de página de inicio en dicho documento PDF por cada mérito aportado. En ningún caso se admitirá documentación justificativa de los méritos en formato papel.
f) Justificante original acreditativo del ingreso o, en su caso, transferencia bancaria de los derechos de participación, debidamente diligenciada por la entidad bancaria (en formato papel).
g) Declaración responsable, según modelo publicado en la web del Vicerrectorado de Profesorado de esta Universidad ((xxxx://xxxxxxxx.xx.xx Oferta de Empleo Público – Sustitutos Interinos - Impresos) de la veracidad de los documentos aportados que son copia fiel de los originales.
2.- ADMISIÓN AL CONCURSO.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se hará pública la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos en cada plaza antes del día 31 de octubre de 2017, con indicación, en su caso, de la causa de exclusión. Esta publicación se efectuará mediante exposición de las correspondientes listas en el tablón de anuncios de este Rectorado, y, a título informativo, en el portal electrónico de esta Universidad, en la siguiente dirección: xxxx://xxxxxxxx.xx.xx Oferta de Empleo Público-Convocatorias.
Contra la resolución por la que se publica la lista provisional de admitidos y excluidos, los interesados podrán presentar reclamación ante el Rector en los 3 días hábiles siguientes al de dicha publicación. La documentación que se aporte para subsanar deberá presentarse acompañada de la correspondiente instancia o escrito de remisión solicitando dicha subsanación. Los aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen el defecto o la causa de exclusión o no aleguen frente a la omisión producida justificando su derecho a ser admitidos, serán definitivamente excluidos del proceso selectivo.
Una vez resueltas las reclamaciones de los concursantes excluidos y revisada la documentación aportada por los interesados en el trámite de subsanación, en su caso, se publicarán las listas definitivas de admitidos y excluidos por el procedimiento anteriormente mencionado.
En ningún caso, ni por los Departamentos, ni por las Comisiones, se abrirá un nuevo periodo para la presentación de méritos ni para la subsanación de los no alegados, debiendo considerarse únicamente los presentados inicialmente con las solicitudes.
La Resolución que eleve a definitivas las listas de aspirantes admitidos y excluidos, en la que deberá constar la fecha de su publicación, pondrá fin a la vía administrativa, y contra ella, los aspirantes podrán interponer recurso contencioso-administrativo conforme a lo establecido en los artículos 46.1 y 83 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa, o bien, potestativamente, recurso de reposición ante el Sr. Rector Magnífico, a tenor de lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación. En este caso, no podrán interponer el recurso contencioso-administrativo antes mencionado hasta la resolución expresa o la desestimación presunta del de reposición.
Los datos recogidos en la solicitud de participación del presente concurso serán incorporados a la base de datos de la Universidad xx Xxxxxxx para la gestión interna de la relación empresa/empleados y cedidos a otras Administraciones Públicas en cumplimiento de la normativa laboral, de seguridad social y tributaria y a cualquier entidad obligada por Ley. De acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, los interesados pueden ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición dirigiendo un escrito a la Dirección Técnica del Área de Personal Docente, Rectorado, x/ Xxx Xxxxxxxx, 0, 00000, Xxxxxxx.
3.- RESOLUCIÓN DE LOS CONCURSOS.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 7 de la Normativa de Contratación de Profesores Sustitutos Interinos, la Comisión de Contratación estará formada por los mismos integrantes que la Comisión de Contratación prevista en el artículo 90.2 del Estatuto de la Universidad xx Xxxxxxx para la selección de Profesores Ayudantes Doctores y que se encuentra publicada en el portal de la Universidad xx Xxxxxxx.
El baremo que utilizará la Comisión será el Baremo General para la contratación de Profesores Sustitutos Interinos que figura en la Resolución Rectoral de 17 xx xxxxx de 2014, publicado en: xxxx://xxxxxxxx.xx.xx Oferta de Empleo Público-Normativa.
En el plazo más breve posible las Comisiones de Contratación deberán resolver los concursos y remitir de forma inmediata, al Servicio de Programación Docente, la siguiente documentación:
a) Actas, debidamente cumplimentadas en papel, de todas las sesiones realizadas por la Comisión de Contratación.
b) Acta final, debidamente cumplimentada tanto en soporte papel como en la aplicación informática BACO, conteniendo la propuesta de listado priorizado de candidatos por orden de puntuación obtenida.
Las actas finales serán publicadas en los Tablones de Anuncios de los Departamentos, en los del Rectorado, así como, a título informativo, en el portal de la Universidad xx Xxxxxxx en la siguiente dirección: xxxx://xxxxxxxx.xx.xx Oferta de Empleo Público-Convocatoria.
La publicación del acta final en los Tablones de Anuncios del Rectorado surtirá los efectos de notificación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 45, de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Contra las propuestas formuladas por las correspondientes Comisiones de Contratación, se podrá interponer recurso de alzada ante el Sr. Rector en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación del resultado en los tablones de anuncios del Rectorado.
La documentación aportada al Concurso por el/los candidato/s propuesto/s quedará depositada en el Departamento correspondiente. Toda esta documentación podrá devolverse a los interesados si estos así lo solicitan, una vez finalizado el proceso del Concurso, en el Servicio de Programación Docente, y siempre que no se haya interpuesto recurso. La documentación deberá ser retirada por los interesados en el plazo máximo de seis meses desde la resolución del concurso. Transcurrido un mes después de dichos plazos, se procederá a la destrucción de la documentación que no haya sido retirada.
4.- DE LA CONTRATACIÓN.
Surgidas las necesidades docentes, y una vez que se autorice la contratación que corresponda, el procedimiento de contratación se iniciará con la propuesta que el Departamento realice del candidato con mejor orden de prelación según la puntuación obtenida. Dicho trámite será realizado por los correspondientes Departamentos, una vez se haya autorizado la contratación.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Pública, quienes estén ocupando un puesto de trabajo en el sector público que resulte incompatible con el contrato adjudicado, habrán de optar por uno de los dos. Si optaran por éste, habrán de aportar la solicitud de excedencia en el puesto que vinieran desempeñando. A falta de acción se entenderá que optan por el nuevo puesto, pasando a la situación de excedencia voluntaria en el anterior.
El aspirante incluido en las listas causará baja por las siguientes circunstancias: a petición propia, mediante escrito dirigido al Vicerrectorado de Profesorado; cuando renuncie a una oferta de contrato sin causa justificada; o cuando se demostrase falsedad en los méritos alegados.
El aspirante también será excluido definitivamente del listado ordenado de candidatos si, una vez contactado con él por medio que permita tener constancia, no contestase a la oferta de trabajo en el plazo de 2 días laborables.
Al objeto de evitar disfunciones en la impartición de la docencia, en el caso de que, a lo largo del curso académico, se produzcan diferentes autorizaciones de contrato, y salvo casos excepcionales y, previa valoración por el Vicerrectorado de Profesorado, no se admitirá que el Profesorado ya contratado renuncie al mismo para optar a otro, aunque éste sea de más dedicación o se prevea de mayor duración.
Los efectos de iniciación del contrato serán desde la fecha de formalización del mismo. La fecha de terminación del contrato será la establecida en el mismo.
Contra la presente Resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, Recurso de Reposición ante este Rectorado, en el plazo de un mes, conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien directamente Recurso Contencioso- Administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo xx Xxxxxxx, según disponen los artículos 46.1 y 8.3 de la Ley 29/1998 de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Sevilla, 16 de octubre de 2017.
EL RECTOR,
P.D. (Por Resolución 8/2/2016)
EL VICERRECTOR DE PROFESORADO
Xxxx Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxx
A N E X O I
CONCURSO PÚBLICO DE MÉRITOS A PLAZAS DE PROFESORES SUSTITUTOS INTERINOS
Nº de Plaza DEPARTAMENTO DE ESTOMATOLOGÍA
ÁREA DE ESTOMATOLOGÍA (275)
08/22/17 - 1 P.S.I. (TP11)
P.D.: Patología y Terapéutica Dental.
08/23/17 - 1 P.S.I. (TP5)
P.D.: Periodoncia.
08/24-25-26/17 - 3 P.S.I. (TP7)
P.D.: Cirugía Bucal.
DEPARTAMENTO DE INGENIERÍA DE LA CONSTRUCCIÓN Y PROYECTOS DE INGENIERÍA
ÁREA DE INGENIERÍA DE LA CONSTRUCCIÓN (510)
08/27/17 - 1 P.S.I. (TP5)
P.D.: "Instalaciones de Protección Contra Incendios en la Industria": Instalaciones Industriales (Grado en Ingeniería de Tecnologías Industriales), Instalaciones de Aeropuertos (Grado en Ingeniería Aeroespacial) y Ampliación de Construcción e Instalaciones Industriales (Máster Universitario en Ingeniería Industrial y Máster Universitario en Ingeniería Química).