CONTRATACIÓN DIRECTA
CONTRATACIÓN DIRECTA
Adquisición de papel higiénico, toallas y servilletas de papel mediante entregas por demanda de acuerdo con las necesidades de INS Inversiones SAFI S.A.
Se recibirán ofertas para este concurso hasta las 14:00 horas del 09 xx xxxxx del 2022
Mediante la plataforma SICOP
TABLA DE CONTENIDO
Contenido
IV. Declaraciones juradas y certificaciones 5
V. Fundamento de la contratación 6
VII. Requisitos de admisibilidad 8
VIII. Precio de la cotización 9
XI. Metodología de Evaluación 13
XIII. El plazo de la contratación 16
XV. Lugar de desarrollo de actividades 17
XVI. Fiscalización del contrato 17
XVIII. Cláusula anticorrupción y de responsabilidad civil contractual 18
XIX. Principio de confidencialidad 19
I. Invitación
INS Inversiones SAFI S.A., ubicada en la provincia de San Xxxx, Barrio Xxxx, detrás del Edificio principal del INS, cédula Jurídica 0-000-000000, teléfono 0000-0000, informa que recibirá ofertas de conformidad con los términos establecidos a través del sistema SICOP para la adquisición de papel higiénico, toallas y servilletas de papel mediante entregas por demanda de acuerdo con las necesidades de INS Inversiones SAFI S.A.
La oficina encargada de tramitar el presente procedimiento de contratación es el departamento de Proveeduría, el cual proporcionará la información adicional necesaria respecto a documentación y trámites relacionados.
II. Normativa Aplicable
La presente contratación se tramitará de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Contratación Administrativa y el Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa; el presente cartel y las demás disposiciones del ordenamiento jurídico que resulten aplicables.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 66 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, la sola presentación de la oferta se entenderá como una manifestación inequívoca de la voluntad del oferente, de contratar con pleno sometimiento a las condiciones cartelarias, disposiciones legales y reglamentarias vigentes.
III. Condiciones generales
El oferente debe tomar en cuenta que el orden de las respuestas en la oferta, se ajuste al orden presentado en el cartel, haciendo referencia a la numeración especificada, respondiendo a todos y cada uno de los requerimientos señalados. Sin embargo, para facilitarles la presentación de su oferta, en los puntos que así considera conveniente el oferente puede indicar que se da por enterado, acepta y cumple con lo señalado.
Toda persona física o jurídica interesada en participar en esta contratación, deberá acudir a la utilización de la plataforma electrónica denominada Sistema Integrado de Compras Públicas en adelante SICOP, presentando la propuesta debidamente firmada por quien tenga poder suficiente para ello en los términos del Artículo 63 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
Se presumirá la capacidad legal de quien suscribe la oferta en el precitado sistema, además, se requiere contar con aptitud para pactar y no tener impedimento para contratar con la Administración, todo según las estipulaciones normativas contenidas en los Artículos 16, 17, 18, 19 y 20 s.s. y concordantes del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
Si quien firma la oferta no es representante legal de la empresa se debe de adjuntar a la oferta poder general inscrito ante el Registro Nacional, o en su defecto, poder especial otorgado por notario público para la contratación en cuestión. En caso de aportarse poderes especiales, se requiere que estos cuenten con las especificaciones propias de cada mandato, conforme con la normativa vigente, y el número correspondiente a la contratación en la que se participa y para la cual se otorga, de conformidad con el artículo
16 del Reglamento a la LCA y lo indicado en la DIRECTRIZ DGABCA0008-2019 “Obligatoriedad de inclusión en los Carteles y verificación de regulaciones sobre poderes especiales aportados en procedimientos de contrataciones administrativas” de fecha 13 xx xxxxx del 2019, emitida por la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa.
Serán inadmisibles las ofertas que a la fecha de apertura o de adjudicación presenten condición de morosidad en sus obligaciones patronales ante la Caja Costarricense de Seguro Social, de conformidad con el artículo 74 de la Ley Constitutiva de la CCSS, artículo 7 de los “Lineamientos para la aplicación de los inciso 1) y 3) del art.74 de la Ley Constitutiva de la Caja y numeral 65 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa”, publicado en La Gaceta 118 del 18 xx Xxxxx del 2010 y sentencia 023- 2018 del Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda.
Si la oferta es presentada mediante la modalidad de consorcio deberá quedar así consignada en SICOP, ya que cada uno de los oferentes que conforman parte del consorcio deberán estar inscritos en dicho Sistema y firmar la oferta correspondiente. Además, no se permite que los oferentes que conforman el consorcio participen también de forma individual, ni como parte de otro consorcio en este concurso, de conformidad con el artículo 72 del RLCA.
IV. Declaraciones juradas y certificaciones
Mediante el SICOP el oferente deberá incluir como anexos las declaraciones juradas que se indican a continuación:
• Declaración jurada de encontrarse al día en el pago de todo tipo de impuestos nacionales. Se advierte que INS Inversiones SAFI S.A. verificará que los participantes se encuentren al día en sus obligaciones tributarias materiales y formales, así como en la presentación de las declaraciones tributarias, para ello se utilizará el lugar web que establezca el Ministerio de Hacienda.
• Declaración jurada de que no se encuentra en ninguno de los casos de prohibición para contratar con la Administración, de conformidad con lo establecido en los Artículos 22 y 22 bis de la Ley de Contratación Administrativa y el Artículo 65 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa.
• Declaración jurada donde el oferente acepta que INS Inversiones SAFI S.A. no contraerá ninguna obligación obrero-patronal, ni responsabilidad en materia de riesgos del trabajo, ni con relación a disposiciones gremiales emitidas por los colegios profesionales del personal involucrado por la adjudicataria. Corresponde al adjudicado asumir en forma amplia, total y general, todas las obligaciones y responsabilidades inherentes al patrono, con base en el Código de Trabajo y Leyes Conexas y el ordenamiento jurídico en general.
• El Contratista debe presentar una declaración jurada en la cual indique su compromiso para realizar una gestión integral de residuos de acuerdo con la normativa vigente y las políticas institucionales relacionadas al tema.
V. Fundamento de la contratación
Bajo las disposiciones del artículo 144. Escasa Cuantía del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, se pretende dotar a INS Inversiones SAFI S.A. de toallas de papel, papel higiénico y servilletas para el uso de colaboradores y clientes.
VI. Objeto de contratación
INS Inversiones SAFI S.A. requiere la adquisición de papel higiénico, toallas y servilletas de papel mediante entregas según demanda de acuerdo con las necesidades de organización.
El propósito de dicha contratación es garantizarle a los colaboradores y clientes de INS Inversiones SAFI S.A. los recursos apropiados para mantener la limpieza e higiene de las instalaciones, lo que permitirá un ambiente muy agradable para ejecutar los requerimientos del negocio y reforzar la buena salud de las personas.
Además, es importante considerar que el procedimiento de compra en el SICOP tiene el propósito de seleccionar la oferta más conveniente para INS Inversiones SAFI S.A., al establecer una relación contractual de entrega según demanda, con el fin de abastecer con papel higiénico, toallas y servilletas de papel las instalaciones.
INS Inversiones SAFI S.A. no se obliga a consumir una cantidad específica de ningún suministro, debido a que el requerimiento de productos se encuentra determinado por las necesidades y circunstancias de la institución, las cuales pueden variar.
Las especificaciones técnicas, que se indican en la siguiente tabla, son consideradas características mínimas de los productos requeridos por INS Inversiones SAFI S.A.:
Línea | Código de clasificación | Código de identificación | Producto | Descripción |
1 | 14111703 | Toallas de papel | Papel toalla para secado de manos Color blanco, hoja sencilla Longitud del rollo 240 metros Para utilizar en sistema dispensador con palanca o antebrazo. Alta absorbencia, papel resistente y de suave textura Papel 100% reciclado Libre de manchas, astillas o cualquier material que afecten su calidad y desempeño. Producto biodegradable Hoja tipo extender rollo. Se debe adjuntar la ficha técnica del producto, lo anterior para verificar las especificaciones solicitadas. | |
2 | 14111704 | 92281509 | Papel higiénico | Papel higiénico en rollo pequeño hoja sencilla, 1000 hojas, color blanco de primera calidad, empaque de 4 rollos, peso que oscile entre 115 y 190 g Presentación empaque de 4 rollos (Unidad) Elaborado 100% de fibra reciclada, libre de aglutinamientos de fibras, astillas xx xxxxxx o cualquier otro material que afecte su calidad y desempeño Producto biodegradable Color blanco. - Textura suave. - Resistente. De fácil dispersabilidad, con el fin de que no ocasione obstrucciones en la tubería. Se debe adjuntar la ficha técnica del producto, lo anterior para verificar las especificaciones solicitadas. |
3 | 14111705 | 92303833 | Servilletas de papel | Color blanco, rectangular 100% contenido de fibra reciclada Biodegradables Libre de manchas, astillas o cualquier material que afecten su calidad y desempeño. No perfumado 100 servilletas por paquete (unidad) Se debe adjuntar la ficha técnica del producto, lo anterior para verificar las especificaciones solicitadas. |
VII. Requisitos de admisibilidad
Los siguientes son requisitos de admisibilidad que deben cumplir los oferentes para que su oferta sea elegible.
El incumplimiento descarta la oferta, pues estos son los aspectos de admisibilidad que la Administración usa como parámetro para determinar la idoneidad de los potenciales adjudicatarios.
a. Se debe adjuntar la ficha técnica del papel higiénico, toallas y servilletas de papel, lo anterior para verificar que se cumple con las especificaciones mínimas solicitadas.
Línea | Producto | Descripción |
1 | Toallas de papel | Papel toalla para secado de manos Color blanco, hoja sencilla Longitud del rollo 240 metros Para utilizar en sistema dispensador con palanca o antebrazo. Alta absorbencia, papel resistente y de suave textura Papel 100% reciclado Libre de manchas, astillas o cualquier material que afecten su calidad y desempeño. Producto biodegradable Hoja tipo extender rollo. Se debe adjuntar la ficha técnica del producto, lo anterior para verificar las especificaciones solicitadas. |
2 | Papel higiénico | Papel higiénico en rollo pequeño hoja sencilla, 1000 hojas, color blanco de primera calidad, empaque de 4 rollos, peso que oscile entre 115 y 190 g Presentación empaque de 4 rollos (Unidad) Elaborado 100% de fibra reciclada, libre de aglutinamientos de fibras, astillas xx xxxxxx o cualquier otro material que afecte su calidad y desempeño Producto biodegradable Color blanco. - Textura suave. - Resistente. De fácil dispersabilidad, con el fin de que no ocasione obstrucciones en la tubería. Se debe adjuntar la ficha técnica del producto, lo anterior para verificar las especificaciones solicitadas. |
3 | Servilletas de papel | Color blanco, rectangular 100% contenido de fibra reciclada Biodegradables Libre de manchas, astillas o cualquier material que afecten su calidad y desempeño. No perfumado 100 servilletas por paquete (unidad) Se debe adjuntar la ficha técnica del producto, lo anterior para verificar las especificaciones solicitadas. |
b. Permiso Sanitario Ministerio de Salud
Los oferentes deberán aportar copia del Registro Sanitario del Ministerio de Salud. Este documento es la prueba, que certifica si cumple con los requerimientos xx xxx para la comercialización del producto en nuestro País.
c. Patente
Los oferentes deberán aportar copia de la Patente Municipal del cantón correspondiente al domicilio social o lugar de ejercicio del comercio, además deberá presentar una certificación o el recibo de pago, donde demuestre que se encuentra al día con el pago del impuesto a dicha patente, el documento presentado deber ser emitido por la municipalidad respectiva, según Ley 7794 art. 88. Esta patente debe estar a nombre del oferente, o bien presentar certificación emitida por la municipalidad respectiva que indique que la actividad contractual desarrollada no requiere de la patente comercial.
VIII. Precio de la cotización
INS Inversiones SAFI S.A. no se obliga a consumir una cantidad específica de ningún suministro, debido a que el requerimiento de productos se encuentra determinado por las necesidades y circunstancias de INS Inversiones SAFI S.A., las cuales pueden variar, por lo tanto, la cotización de la oferta para la adquisición de papel higiénico, toallas y servilletas de papel mediante entregas por demanda de acuerdo con las necesidades de la Administración, debe realizarse tomando en cuenta una unidad por cada producto.
Los precios ofertados por los (as) proveedores (as) serán firmes y definitivos y no estarán sujetos a variaciones por ningún motivo. Los precios cotizados deberán presentarse en números y en letras coincidentes, prevaleciendo el precio unitario consignado en letras; si no se encontrara consignado en letras, prevalece el precio unitario. Se entenderá que todos los precios incluyen el impuesto al valor agregado (IVA).
Línea | Código de clasificación | Código de identificación | Producto | Descripción | Cantidad de unidades | Precio por unidad | IVA | Total |
1 | 14111703 | Toallas de papel | Papel toalla para secado de manos Color blanco, hoja sencilla Longitud del rollo 240 metros Para utilizar en sistema dispensador con palanca o antebrazo. Alta absorbencia, papel resistente y de suave textura Papel 100% reciclado Libre de manchas, astillas o cualquier material que afecten su calidad y desempeño. Producto biodegradable Hoja tipo extender rollo. Se debe adjuntar la ficha técnica del producto, lo anterior para verificar las especificaciones solicitadas. | 1 rollo | ||||
2 | 14111704 | 92281509 | Papel higiénico | Papel higiénico en rollo pequeño hoja sencilla, 1000 hojas, color blanco de primera calidad, empaque de 4 rollos, peso que oscile entre 115 y 190 g Presentación empaque de 4 rollos (Unidad) Elaborado 100% de fibra reciclada, libre de aglutinamientos de fibras, astillas xx xxxxxx o cualquier otro material que afecte su calidad y desempeño Producto biodegradable Color blanco. - Textura suave. - Resistente. De fácil dispersabilidad, con el fin de que no ocasione obstrucciones en la tubería. Se debe adjuntar la ficha técnica del producto, lo anterior para verificar las especificaciones solicitadas. | 1 paquete con 4 rollos | |||
3 | 14111705 | 92303833 | Servilletas de papel | Color blanco, rectangular 100% contenido de fibra reciclada Biodegradables Libre de manchas, astillas o cualquier material que afecten su calidad y desempeño. No perfumado 100 servilletas por paquete (unidad) Se debe adjuntar la ficha técnica del producto, lo anterior para verificar las especificaciones solicitadas. | 1 paquete | |||
Total de la contratación |
IX. Desglose del precio:
La cotización del precio deberá desglosarse en los rubros que se solicitan a continuación:
El oferente deberá presentar el desglose de la estructura del precio junto con un presupuesto detallado y completo con todos los elementos que lo componen.
Lo anterior no excluye la posibilidad para la Administración de solicitar información adicional atinente al cálculo de precios contemplados en la oferta, cuando ello resulte necesario.
Mano de obra (Monto y %). Indicar el número de trabajadores, clase y horas laboradas. Determinando el costo de la mano de obra para cada clase de trabajador detallando por separado las cargas patronales. Lo anterior de acuerdo al decreto de salarios mínimos dado en la Gaceta.
Insumos (Monto y %). Costos de los materiales y cualquier otro costo por insumo nacional o importado.
Gastos administrativos (Monto y %). Gastos que el oferente incurre en el personal asignado a este servicio.
Utilidad (Monto y %).
Total, monto cotizado
Monto ¢ o $
100%
X. Reajuste de Precios
Las partes tendrán derecho al reajuste o revisión del precio siempre que se acredite la variación de los respectivos costos, para tales efectos los oferentes en sus propuestas deben aportar la estructura o desglose de los componentes del precio (mano de obra, insumos, gastos administrativos y utilidad).
El oferente debe indicar en su oferta que acepta la fórmula de reajuste de precio, autorizada por la Contraloría General de la República y que a continuación se detalla:
Nomenclatura | Descripción |
Pv | Precio variado. |
Pc | Precio de cotización. |
MO | Porcentaje de costo de mano de obra del precio de cotización. |
GA | Porcentaje de gastos administrativos del precio de cotización. |
I | Porcentaje de costo por insumos. |
U | Porcentaje de utilidad del precio de cotización. |
iMOtm | Índice de variación de precio de la mano de obra en el momento considerado de facturación (Ajuste de salarios mínimos decretados por el Poder Ejecutivo). |
iMOtc | Índice de variación de precio de la mano de obra en el momento de la presentación de la oferta. (Ajuste de salarios mínimos calculado por el Ministerio de trabajo) |
iItf | Índice de variación de precios por insumos para el mes de facturación (se utilizará el IPPI, (nivel general, elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos publicado por el Banco Central). |
iItc | Índice de variación de precios por insumos para el mes de presentación de la oferta (se utilizará el IPPI, (nivel general, elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos publicado por el Banco Central). |
iGAtg | Índice de variación de costo de gastos administrativos en el momento de facturación (IPC, nivel general, elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos publicado por el Banco Central). |
iGAtc | Índice de variación de costo de gastos administrativos en el momento presentación de la oferta. (IPC, nivel general, elaborado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos publicado por el Banco Central). |
Para el reajuste precios se debe conocer que:
El adjudicatario debe conocer que INS Inversiones SAFI S.A. cuenta con treinta (30) días hábiles, a partir de la fecha de recibo para efectuar el estudio correspondiente para aceptar o denegar el reajuste de precios.
Para el primer reajuste de precios, el precio base que se utiliza es el precio establecido en la oferta, asimismo los índices serán los correspondientes al mes de la apertura de la oferta.
Para los siguientes reajustes se considera como base los índices correspondientes al último reajuste realizado, ya que para efectos del reajuste que correspondiere, los índices vigentes al momento de presentación de la oferta inicial, en vista que al ser estos aplicados en el reajuste de la primera ocasión, el precio ya contiene el valor actualizado.
El adjudicatario debe solicitar por escrito el reajuste de precios, para lo cual es necesario que desarrolle la fórmula matemática indicada anteriormente y que adjunte fotocopia de los índices que utilizó.
XI. Metodología de Evaluación
a. Aspectos generales de la evaluación
Selección del adjudicatario: La adjudicación del presente concurso recaerá en el oferente que obtenga la mayor calificación.
Base de calificación: Se realizará sobre la base de cien puntos; por tanto, la máxima cantidad puntos que puede obtener un Oferente es de cien.
Puntaje mínimo para adjudicar: El puntaje que debe obtener un oferente para optar a ser Adjudicatario es de (80) ochenta, lo anterior luego de aplicar el proceso de evaluación. Quedará a criterio de la Unidad Solicitante justificar la adjudicación con puntajes menores, siempre y cuando no existan ofertas que sobrepasen el mínimo.
Criterios de desempate: La adjudicación del presente concurso recaerá sobre la oferta que obtenga el mayor puntaje, siempre y cuando cumpla con lo solicitado.
En caso de que los oferentes que posean condiciones iguales y se dé un empate en la calificación, se utilizarán como criterios para el desempate los siguientes factores:
Primero: se dará prioridad a las empresas PYMES según los siguientes criterios de desempate establecidos en el artículo 55 bis del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa: PYME de industria: 5 puntos, PYME de servicios: 5 puntos, PYME de comercio: 2 puntos.
Segundo: De conformidad con el artículo 10 bis de la Ley de Contratación Administrativa, la Administración escogerá preferentemente a asociaciones constituidas conforme con lo dispuesto en la Ley N.º 3859, Ley sobre el Desarrollo de la Comunidad (DINADECO) de 7 xx xxxxx de 1967, y sus reformas.
Finalmente, si las ofertas continúan en igualdad de condiciones se efectuará un sorteo para determinar el adjudicado, previa convocatoria a los interesados, de conformidad con el artículo 55 del R.L.C.A.
b. Criterios de evaluación
Para seleccionar las propuestas más convenientes a los intereses de INS Inversiones SAFI S.A., las ofertas que cumplan con los requisitos de admisibilidad y las condiciones generales y técnicas del presente cartel, se les aplicará los siguientes criterios de evaluación:
Factor de evaluación | Porcentaje (%) |
i. Precio | 75 |
ii. Criterios ambientales | 25 |
TOTAL | 100% |
i. Precio |
El oferente que cotice el menor precio por la contratación se denominará oferta base y recibirá la cantidad máxima de porcentaje indicada (75 puntos). La asignación de porcentaje a las ofertas restantes se hará mediante la aplicación de la siguiente fórmula:
Oferta con precio promedio menor X 75 % precio promedio de la oferta a evaluar
ii. Criterios ambientales.
Se asignará puntaje de acuerdo el criterio ambiental que el oferente demuestre implementar en su organización, según la siguiente tabla: Máximo 25 puntos.
Forma de Calificación | Porcentaje |
Al presentar Certificado de Sellos FSC 100%, FSC Reciclado o FSC Mixto que certifiquen que los materiales en los productos proceden de bosques auditados por un tercero para confirmar el cumplimiento de estándares ambientales y sociales, que están hechos de material 100% reciclado, o de una mezcla de materiales procedentes de bosques certificados FSC y materiales reciclados, según corresponda | 5% |
Al presentar certificado de Sello PEFC que demuestre que el producto proviene de bosques gestionados tomando en cuenta buenas prácticas de sostenibilidad. | 5% |
Al presentar Certificado del galardón Bandera Azul Ecológica, Categoría Cambio Climático 2021 | 3% |
Al presentar Certificación ISO 14001 vigente emitida por un ente acreditado por el ECA conforme a la Norma INTE-ISO/IEC 17021-1 | 3% |
Al presentar Certificación Carbono Inventario, Carbono Reducción o Carbono Neutral del Programa País carbono Neutralidad 2.0 | 3% |
Al presentar Certificación ISO 50001 vigente emitida por un ente acreditado por el ECA conforme a la Norma INTE-ISO/IEC 17021-1 | 3% |
Al presentar procedimiento interno debidamente firmado que evidencie que la empresa cuenta con un Plan de Gestión Integral de Residuos Sólidos vigente | 3% |
PORCENTAJE CRITERIO AMBIENTAL | 25% |
XII. Adjudicación
INS Inversiones SAFI S.A. realizará el procedimiento de adjudicación al oferente que cumpla de manera integral con todo lo solicitado en este cartel y obtenga el mayor puntaje de la evaluación.
Una vez en firme el acto de adjudicación el contratista deberá considerar la sujeción al régimen jurídico que regula la actividad de Contratación Administrativa, según lo estipulado en el Artículo 3 de la Ley de Contratación Administrativa.
La adjudicación de esta contratación será por el 100% de la partida solicitada, y recaerá en la oferta más ventajosa para la Institución. O no se adjudicará si se considera que lo ofrecido es ruinoso para los intereses de INS Inversiones SAFI S.A. La adjudicación recaerá en un solo oferente.
XIII. El plazo de la contratación
El periodo de esta contratación será de 1 año, con la posibilidad de prorrogarse por 3 años más, para un total de 4 años de ejecución del contrato. En caso de que alguna de las partes considere que el contrato no será prorrogado, deberá comunicarlo a la otra parte con una anticipación mínima de 30 días naturales, previo al vencimiento del contrato, de lo contrario el Contrato se entenderá prorrogado.
La presente contratación queda sujeta a la disponibilidad presupuestaria de cada uno de los periodos. Se estima un presupuesto inicial para el 2022 de aproximadamente
¢400.000,00 el cual se encuentra incluido en la partida presupuestaria 2.99.05 Útiles y materiales de limpieza y este monto puede aumentar o disminuir de acuerdo con la disponibilidad de los recursos asignados, no obstante, no podrá superar el límite máximo establecido para el procedimiento de contratación directa, durante el periodo de ejecución contractual.
El Área de Proveeduría de INS Inversiones será la oficina que tramitará la contratación y proporcionará cualquier información adicional necesaria respecto a las especificaciones y documentación relacionada con este procedimiento.
El adjudicatario deberá de cancelar el 50% de los timbres xx xxx. La ejecución se iniciará a partir de la firma del contrato.
XIV. Tiempo de entrega
Una vez notificado el contrato mediante SICOP, la Administración generará la orden de pedido para la primera entrega de productos, siendo el tiempo de entrega de 5 días hábiles.
XV. Lugar de desarrollo de actividades
Los productos contratados serán entregados, previa coordinación, en las oficinas de INS Inversiones SAFI S.A., ubicada en la provincia de San Xxxx, Barrio Xxxx, detrás del Edificio principal del INS, en horario de lunes a viernes de 8am a 4pm.
XVI. Fiscalización del contrato
La jefatura Administrativa, Proveeduría y Talento Humano será la encargada de la fiscalización del contrato, recibiendo en el tiempo establecido los pedidos que se gestionen y dándole el visto bueno, con el fin de asegurarle a INS Inversiones SAFI S.A. que el proceso ejecutado responde a la necesidad presentada como justificación de la contratación directa.
XVII. Forma de pago
Los pagos se realizarán conforme se reciba a satisfacción cada orden de pedido.
INS Inversiones SAFI S.A. cancelará las facturas electrónicas recibidas al correo xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx dentro de los treinta días naturales siguientes a la recepción a satisfacción del servicio.
El pago será por medio de transferencia electrónica de fondos, por lo cual el adjudicatario deberá indicar el número de cuenta IBAN en la que se le debe realizar la transferencia por parte de INS Inversiones SAFI S.A. (preferiblemente cuenta en el Banco Nacional xx Xxxxx Rica).
INS Inversiones SAFI S.A. retendrá el 2%, correspondiente al impuesto sobre la renta de acuerdo con el artículo 23 de la Ley del impuesto sobre la Renta.
XVIII. Cláusula anticorrupción y de responsabilidad civil contractual
Las personas que participen en el presente procedimiento de contratación adquieren la obligación de no incurrir directa ni indirectamente en actos de corrupción con la finalidad de obtener beneficios ilegítimos para sí o para terceros, o de conseguir causar un perjuicio para terceros participantes en el proceso de contratación, en relación con la participación en el proceso, o con la adjudicación, ejecución, ampliación o continuidad del contrato. Para los efectos de esta cláusula, se considera que el procedimiento de contratación inició desde el proceso de formación de la Decisión Inicial citada en el artículo 7 de la Ley de Contratación Administrativa.
Para los efectos de esta cláusula, se entenderá que los agentes indirectos de quienes se puede valer el oferente o contratista para ejecutar el acto de corrupción, pueden serlo sus trabajadores, administradores, representantes, accionistas o bien cualquier persona que haya sido encomendada por el oferente o contratista o por las personas citadas para cometer el acto de corrupción.
Asimismo, de acuerdo con la ley, la figura pasiva del acto de corrupción podrá ser el funcionario, o bien uno o más familiares suyos, personas jurídicas e incluso terceras personas que actúen en su nombre con el fin de cometer las omisiones o acciones punibles que se describen a continuación.
Se consideran actos de corrupción los siguientes:
• El requerimiento o la aceptación, directa o indirecta, por un funcionario de INS Inversiones SAFI S.A., de cualquier objeto de valor pecuniario u otros beneficios indebidos como favores, promesas o ventajas para sí mismo o para otra persona o entidad, proveniente directa o indirectamente de las personas que participen en el presente proceso de contratación, a cambio de la realización, omisión o intervención indirecta para que se realice u omita cualquier acto en el ejercicio de sus funciones, o en el ejercicio de las funciones de otros funcionarios.
• La participación como autor, coautor, instigador, cómplice, encubridor o en cualquier otra forma en la comisión, tentativa de comisión, asociación o confabulación para la comisión de cualquiera de los actos a los que se refiere la presente cláusula.
Cuando INS Inversiones SAFI S.A. o una autoridad judicial costarricense o del extranjero, previa aplicación del debido proceso compruebe la realización de un acto de corrupción, el participante en el proceso de contratación que haya incurrido en él y haya resultado adjudicado, deberá pagar a INS Inversiones SAFI S.A. una indemnización punitiva por una suma igual al total del precio cobrado a INS Inversiones SAFI S.A. por la ejecución del contrato, incluyendo ampliaciones y extensiones. Cuando el participante en el proceso de contratación no haya sido adjudicado, la indemnización punitiva será de una suma igual al monto de su oferta original.
Estas indemnizaciones se aplicarán sin perjuicio de otras sanciones de naturaleza civil, penal, disciplinaria y/o administrativa aplicables al obligado por esta cláusula, o a otras personas o a los funcionarios de INS Inversiones SAFI S.A. o de otros entes públicos o privados que participen en los actos de corrupción.
La potestad de INS Inversiones SAFI S.A. para requerir el pago de la indemnización prescribe en 10 años, contados desde la fecha de adjudicación del contrato tratándose de los culpables no adjudicados, o desde la fecha de terminación del contrato tratándose de los culpables que hayan resultado adjudicados. Con la sola presentación de la oferta, los participantes en el proceso de contratación admiten la facultad del INS Inversiones SAFI S.A. de ejecutar el cobro de las indemnizaciones en Xxxxx Rica o en cualquier otra jurisdicción. Asimismo, con la sola presentación de la oferta, los participantes mediante ofertas conjuntas o consorciadas aceptan que las obligaciones y consecuencias derivadas de esta cláusula aplican tanto al conjunto o consorcio como a las personas físicas o jurídicas que los componen.
XIX. Principio de confidencialidad
Todos los oferentes deberán comprometerse a que, en caso de resultar adjudicados, deberán mantener la mayor reserva, discreción, secreto y manejar con estricta confidencialidad, toda la información (independientemente del medio o formato por el que le haya sido facilitada) a que tuviere conocimiento o información en virtud de los servicios que le suministra a INS Inversiones SAFI S.A.
Conforme a lo anterior, se advierte a los oferentes y al adjudicatario, que toda la información a que tengan acceso o les sea entregada con ocasión de la ejecución del eventual contrato, será considerada confidencial y será protegida por las disposiciones, términos y alcances previstos en la Ley de Información No Divulgada, N°7975, con las obligaciones que de dicha normativa derivan para las partes. La violación de dichas normas facultará a INS Inversiones SAFI S.A. para dar por resuelto el contrato, sin perjuicio del cobro de los daños y perjuicios que deriven de tal incumplimiento.
Por lo dicho, el adjudicatario debe asegurarse que su personal cumpla con esta normativa dado que será éste el responsable del uso de dicha información tanto por parte de su personal, como del uso o divulgación que le den terceras personas sin el previo consentimiento de INS Inversiones SAFI S.A., cualquier dato o información al que haya tenido acceso con ocasión de la presente contratación o por el desempeño de su personal de las labores contratadas, o bien utilizar la información o conocimientos adquiridos con ocasión de la prestación de servicios para INS Inversiones SAFI S.A., para cualquier otro fin que no sea el estricto cumplimiento de las labores asignadas por INS Inversiones SAFI S.A., todo lo anterior bajo pena de tener por incumplido el contrato sin responsabilidad para INS Inversiones SAFI S.A., quedando en tal caso INS Inversiones SAFI S.A. facultado para demandar el pago de los daños y perjuicios que la violación de tal prohibición le cause. Este deber de confidencialidad deberá respetarse a lo largo de la contratación y aún después de la conclusión de esta.
PARA CONSULTAS SOBRE CONDICIONES ADMINISTRATIVAS Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS LLAMAR AL DEPARTAMENTO DE PROVEEDURIA DE INS INVERSIONES SAFI S.A. AL TELÉFONO 0000-0000 o AL CORREO
xxxxxxxxxxx@xxxxxxxxxxxxxx.xxx
XXXXXX XXXX
Firmado digitalmente por XXXXXX XXXX XXXXXXX
XXXXXXX XXXXXX XXXXXX (FIRMA)
(FIRMA)
Fecha: 2022.06.02 15:28:51
-06'00'
MSc Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxxx
Jefe Administrativo, Proveeduría y Talento Humano