Contract
M. L. y Fiel Ayuntamiento xx Xxxxxxx | |||
Depencia: CON.- Contratación, bienes y asuntos generales | |||
Documento: CONVI01S | Expediente: 19/2011 | Fecha: 21-01-11 11:50 |
Asunto:
Seguro de responsabilidad civil patrimonial del Ayuntamiento de Xxxxxxx
XXXXXX DE CLAUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES QUE, JUNTO CON EL DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS, HAN DE REGIR EN LA
LICITACIÓN DEL CONTRATO DE PÓLIZA DE SEGURO DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL PATRIMONIAL DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX.
Cláusula 1ª.- OBJETO
La licitación tiene por objeto la contratación, mediante el procedimiento abierto, con tramitación urgente, con varios criterios para su adjudicación, por el Ayuntamiento xx Xxxxxxx, de la póliza de Seguro de Responsabilidad Civil General / Patrimonial, Patronal y Profesional del Ayuntamiento xx Xxxxxxx y sus Entes Dependientes
✓ Patronato Deportivo Municipal (CIF: G 33647306)
✓ Centro Cultural Teatro Prendes (CIF: V 33782897)
✓ Patronato Museo Xxxxx (CIF: P3301401i)
El contrato se califica como contrato privado por ser un contrato de seguros incluido en la categoría 6 del Anexo II de la Ley de Contratos del Sector Público 30/2007.
Número de referencia CPV: 66516000-0, que corresponde al Vocabulario Común de Contratos Públicos, por el que se establece un sistema único de clasificación aplicable a la contratación pública con el fin de normalizar las referencias utilizadas por los órganos de contratación y las entidades adjudicadoras para describir el objeto de sus contratos.
Forma de acceso al perfil de contratante: xxx.xxxx-xxxxxxx.xx
Cláusula 2ª.- CARACTERISTICAS TECNICAS
Las características técnicas del objeto del contrato vienen reseñadas en el Pliego de Prescripciones Técnicas.
Cláusula 3ª.- PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO
El contrato entrará en vigor a las 00 horas del día siguiente a la formalización del contrato. El plazo de ejecución del contrato será de dos años, prorrogables anualmente por otros dos años más, previa la solicitud del adjudicatario con una anticipación mínima de tres meses a la finalización del contrato.
Cláusula 4ª.- VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO
M. L. y Fiel Ayuntamiento xx Xxxxxxx | |||
Depencia: CON.- Contratación, bienes y asuntos generales | |||
Documento: CONVI01S | Expediente: 19/2011 | Fecha: 21-01-11 11:50 |
El valor estimado del contrato, para un plazo de DOS AÑOS es de CIENTO SIETE MIL EUROS (107.000.-€), exentos de IVA.
El precio de los contratos será el de las primas totales ofertadas del licitador que resulte adjudicatario, y en él se incluyen todos los gastos que la Entidad Aseguradora deba realizar para el normal cumplimiento de las prestaciones contratadas.
Del informe emitido por los Servicios Económicos se desprende que existe crédito suficiente en la partida 920 22400 “PRIMA DE SEGUROS” del presupuesto vigente para hacer frente al gasto correspondiente a la anualidad del 2011, debiendo comprometerse el Ayuntamiento a consignar la cantidad que corresponda para la siguiente anualidad.
Cláusula 5ª.- GARANTÍA DEFINITIVA
El licitador que presente la oferta económicamente más ventajosa deberá constituir una garantía definitiva del 5 % del importe de adjudicación de los dos años de vigencia del contrato.
Dicha garantía se prestará en cualquiera de las formas previstas en el artículo 84 de la Ley 30/2007,de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (LCSP), con los requisitos establecidos en el artículo 55 y siguientes del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y deberán depositarse en la Caja del Ayuntamiento.
Cláusula 6ª.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
Las empresas licitantes presentarán sus documentos y la proposición en tres sobres cerrados y firmados por el proponente o su representante, sobres que designará con las letras A, B y C, haciendo constar en todos ellos el objeto de la licitación, nombre del licitador y contenido de cada uno de ellos. Las proposiciones deberán ajustarse al modelo que se inserta como anexo en este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, consignando la cantidad tipo que sirve de base a la licitación, o bien señalando la que se ofrece, en baja, a la expresada; haciendo la oferta en número y letra, en forma clara, de modo que no haya lugar a dudas o confusiones. Tales proposiciones, y los documentos que las acompañen deberán presentarse, en el Registro General del Ayuntamiento xx Xxxxxxx, en horas señaladas para el despacho público (de 9:00 a 14:00 horas, con la salvedad de que si fuese necesario bastantear o compulsar parte de la documentación, debido al preceptivo abono de la tasa correspondiente por estos conceptos, deberá someterse al horario de Caja que es de 9 a 13 horas), y dentro del plazo de OCHO DÍAS NATURALES contados desde la fecha de publicación del anuncio de licitación en el BOPA y en el perfil de contratante.
M. L. y Fiel Ayuntamiento xx Xxxxxxx | |||
Depencia: CON.- Contratación, bienes y asuntos generales | |||
Documento: CONVI01S | Expediente: 19/2011 | Fecha: 21-01-11 11:50 |
Las plicas habrán de ser entregadas, dentro del plazo de admisión señalado, en el Registro General, respetando siempre el secreto de la oferta. Esta Oficina receptora dará recibo de cada proposición en el que conste el nombre del licitador, la denominación del objeto de la licitación y el día y hora de presentación, si así fuere solicitado por el interesado. Cuando las proposiciones se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día. Sin la concurrencia de ambos requisitos no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo. Transcurrido, no obstante, diez días naturales siguientes a la indicada fecha sin haberse recibido la proposición, ésta no será admitida en ningún caso.
La proposición y documentación pertinente habrá de entregarse bajo sobres cerrados, a satisfacción del presentador, a cuyo efecto él mismo podrá lacrar, precintar o adoptar, respecto a dichos sobres, cuantas medidas de seguridad estime necesarias a su derecho; y en ellos figurará la inscripción:
"PROPOSICIÓN PARA TOMAR PARTE EN LA LICITACIÓN DEL CONTRATO DE PÓLIZA DE SEGURO DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL PATRIMONIAL DEL AYUNTAMIENTO XX XXXXXXX”
Cláusula 7ª.- DOCUMENTACIÓN
En cada plica se incluirán los siguientes documentos:
SOBRE A – DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA:
La documentación administrativa que se señala a continuación se podrá sustituir por la certificación emitida por el Principado xx Xxxxxxxx relativa a la inscripción en el Registro de documentación administrativa de licitadores, o por la certificación acreditativa de la inscripción en el Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas del Estado, exclusivamente en relación con los datos que acredite dicho documento estando el licitador obligado a aportar el resto de la documentación solicitada. Acompañando a dicha documentación el licitador deberá aportar Declaración Responsable de que los datos contenidos en ambas certificaciones se encuentran vigentes, además de la fotocopia, debidamente compulsada del DNI de la persona que presente la proposición en nombre propio o como apoderado
1. Fotocopia compulsada del Documento Nacional de Identidad de la persona que presente la proposición en nombre propio o como apoderado, o, en su caso, el documento que haga sus veces. Dicho documento podrá sustituirse por autorización expresa para la consulta de la identidad del licitador, o apoderado, por la Administración.
M. L. y Fiel Ayuntamiento xx Xxxxxxx | |||
Depencia: CON.- Contratación, bienes y asuntos generales | |||
Documento: CONVI01S | Expediente: 19/2011 | Fecha: 21-01-11 11:50 |
2. Cuando el licitador no actúe en nombre propio o se trate de sociedad o persona jurídica, poder bastante al efecto a favor de las personas que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro. Si el licitador fuera persona jurídica éste poder deberá figurar inscrito en el Registro Mercantil.
3. Declaración responsable del licitador en la que se haga constar no estar incurso, él o los administradores, si se trata de una persona jurídica, en ninguna de las prohibiciones para contratar con la Administración Pública, prevista en el artículo 49 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, que comprenderá, expresamente, la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la seguridad social impuestas por las disposiciones vigentes. La prueba de esta circunstancia podrá hacerse por cualquiera de los medios que señala el artículo 62 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público. (se adjunta modelo en el anexo II del presente pliego).
4. Cuando el licitador sea una persona jurídica, escritura de constitución o modificación debidamente inscrita en el Registro Mercantil, o Registro Oficial correspondiente. Asimismo, a los efectos previstos en el artículo 46.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, las personas jurídicas deberán acreditar que las prestaciones objeto del contrato están comprendidas dentro de los fines, objeto o ámbito de actividad que, a tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios. Cuando las circunstancias acreditativas de la personalidad jurídica y de la clasificación o la solvencia se realice mediante la certificación de un Registro Oficial de Licitadores y Empresas Clasificadas, deberá acompañarse a la misma una declaración responsable del licitador en la que manifieste que las circunstancias reflejadas en el correspondiente certificado no han experimentado variación. Esta manifestación deberá acreditarse en el documento de formalización del contrato.
5. Las empresas extranjeras aportarán una declaración expresa de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles en cualquier orden, para todas las circunstancias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
6. En el caso de Uniones Temporales de Empresa, documento indicativo de los nombres y circunstancias que la constituyen, participación de cada uno, compromiso de constituirse formalmente en Unión Temporal en caso de resultar adjudicatarios, y el nombramiento de representante o apoderado único de la Unión, con poderes bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que del contrato se deriven, hasta la extinción del mismo.
7. Acreditación de la solvencia técnica mediante:
M. L. y Fiel Ayuntamiento xx Xxxxxxx | |||
Depencia: CON.- Contratación, bienes y asuntos generales | |||
Documento: CONVI01S | Expediente: 19/2011 | Fecha: 21-01-11 11:50 |
- Relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos.
- Informe sobre los medios personales y materiales de que dispone la Entidad Aseguradora e implantación de la misma.
- Cumplimentación del ANEXO III del presente pliego.
8. Autorización de la Dirección General de Seguros para el ejercicio de la actividad aseguradora.
9. Certificación del número de trabajadores con discapacidad en plantilla, así como indicación del porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
10. Manifestación firmada por el licitador en la que se designe, a los efectos del artículo 124 de la Ley de Contratos del Sector Público, qué información de la contenida en su oferta tiene el carácter de confidencial.
SOBRE B – DOCUMENTACION SUJETA A VALORACION CON CRITERIOS SUBJETIVOS
Los licitadores deberán acompañar la siguiente documentación:
1. Memoria técnica y económica, con una extensión máxima de 20 páginas, explicativa del seguro que se propone con especificación de las garantías a cubrir, adjuntando en hoja aparte las condiciones que se oferten que superen los mínimos exigidos en el pliego técnico.
2. Condicionado del contrato de seguros (póliza).
3. Relación de medios ofertados para la prestación del servicio objeto del contrato.
SOBRE C – DOCUMENTACIÓN SUJETA A VALORACION CON CRITERIOS OBJETIVOS
Se incluirá la oferta económica según modelo Anexo I
Se considerará, en principio, como anormal o desproporcionada, la baja de toda oferta económica cuyo porcentaje exceda en más de 10 unidades a la media aritmética de las ofertas correspondientes a las proposiciones admitidas, sin perjuicio de la facultad del órgano de contratación de apreciar, no obstante, previos los informes adecuados y la audiencia del interesado como susceptibles de normal cumplimiento de las respectivas proposiciones.
M. L. y Fiel Ayuntamiento xx Xxxxxxx | |||
Depencia: CON.- Contratación, bienes y asuntos generales | |||
Documento: CONVI01S | Expediente: 19/2011 | Fecha: 21-01-11 11:50 |
Nota aclaratoria sobre la presentación de la documentación
Transcurrido el plazo de seis meses desde la presentación de la documentación aportada por los licitadores sin que hayan procedido a su recogida, el Ayuntamiento xx Xxxxxxx podrá disponer sobre su destrucción.
Cláusula 8ª.-CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
CRITERIOS CUYA CUANTIFICACIÓN DEPENDE DE UN JUICIO DE VALOR
Xxxxxxxxxx y límites que mejoren las mínimas exigidas en el pliego técnico, 15 puntos, como por ejemplo:
- Aumento de loa límites de indemnización por siniestro
- Reducción de la franquicia
Calidad de la oferta, 10 puntos, como por ejemplo
- Personal y medios destinados a la gestión del contrato.
- Inclusión de cláusula de Participación en Beneficios en función de la siniestralidad.
La no obtención por los licitadores de una puntuación del al menos cinco puntos en el presente apartado determinará que la oferta sea desechada no accediendo a la siguiente fase del procedimiento.
CRITERIOS EVALUABLES DE MANERA OBJETIVA
Precio ofertado: 75 puntos, aplicándose la siguiente fórmula de valoración: Puntuación = 75 x (menor oferta económica/oferta del licitante).
Se considerará como oferta más ventajosa la oferta que obtenga mayor puntuación en el conjunto de las dos valoraciones.
El contrato se adjudicará a la oferta económicamente más ventajosa, que se obtendrá como suma de las puntuaciones alcanzadas por los licitadores en los criterios subjetivos y objetivos. En caso de empate a puntos se adjudicará al licitador que obtenga una mayor puntuación en el apartado “PRECIO”. De persistir el empate la adjudicación recaerá en el licitador que tenga mayor puntuación en el criterio siguiente en porcentaje. Si continuase la situación de empate, en aplicación de lo previsto en la disposición adicional sexta de la Ley de Contratos del Sector Público (Ley 30/2007 de
30 de octubre), tendrán preferencia en la adjudicación del presente contrato las proposiciones presentadas por aquellas empresas públicas o privadas que, en el momento de acreditar la solvencia técnica, tengan en su plantilla un número de trabajadores minusválidos no inferior al 2 por 100, siempre que dichas proposiciones
M. L. y Fiel Ayuntamiento xx Xxxxxxx | |||
Depencia: CON.- Contratación, bienes y asuntos generales | |||
Documento: CONVI01S | Expediente: 19/2011 | Fecha: 21-01-11 11:50 |
igualen en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios que sirven de base para la adjudicación.
Cláusula 9ª.- RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN DEL CONTRATO
Se designa como responsable de la ejecución del contrato, a los efectos del artículo 41 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, al Mediador de Seguros del Ayuntamiento xx Xxxxxxx.
Serán funciones del responsable del contrato, previo informe técnico cuando sea necesario, y con el previo refrendo del servicio de contratación, bienes y asuntos generales del Ayuntamiento xx Xxxxxxx las siguientes:
a) Promover y convocar las reuniones que resulten necesarias al objeto de solucionar cualquier incidente en la ejecución del objeto del contrato en los términos que mejor convenga a los intereses públicos.
b) Resolver las incidencias surgidas en la ejecución del contrato, siguiendo el procedimiento establecido en el art. 97 del RGLCAP.
c) Informar en expedientes de reclamación de daños y perjuicios y de incautación de la garantía definitiva.
d) Xxxxxxxx, en su caso, la prórroga del contrato.
e) Informar en expedientes de devolución o cancelación de garantías.
f) Proponer el ejercicio de las prerrogativas contenidas en el art. 194 y ss. de la LCSP, incluyendo la revisión de actos administrativos, y la determinación de los daños y perjuicios, e informar sobre los expedientes que a tal efecto se incoen.
g) Informar sobre el cumplimiento de las condiciones especiales y esenciales señaladas para la ejecución del contrato.
h) Informar sobre solicitudes de buena ejecución de prestaciones contratadas para la expedición de certificaciones.
i) Establecer las directrices oportunas en cada caso, pudiendo requerir al adjudicatario, en cualquier momento, la información que precise acerca del estado de ejecución del objeto del contrato, de las obligaciones del adjudicatario, y del cumplimiento de los plazos y actuaciones.
j) Acordar, en caso de urgente necesidad, las medidas precisas para conseguir o restablecer el buen orden en la ejecución de lo pactado, o cuando el contratista, o personas de él dependientes, incurra en actos u omisiones que comprometan o
M. L. y Fiel Ayuntamiento xx Xxxxxxx | |||
Depencia: CON.- Contratación, bienes y asuntos generales | |||
Documento: CONVI01S | Expediente: 19/2011 | Fecha: 21-01-11 11:50 |
perturben la buena marcha del contrato, debiendo dar cuenta al órgano de contratación.
k) Proponer e informar respecto de la suspensión de la ejecución de la prestación.
l) Emitir informe en expedientes de cesión del contrato.
m) Dar cuenta al órgano de contratación de todas las actuaciones realizadas por el Responsable del Contrato.
n) Otras acordadas por el órgano de contratación.
Cláusula 10ª.- º.- MESA DE CONTRATACIÓN Y APERTURA DE SOBRES
La Mesa de Contratación, de acuerdo con lo establecido en el punto 10 de la Disposición Adicional Segunda de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, en relación con el artículo 21.2 del Real Decreto 817/2009, de 8 xx xxxx, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público estará presidida por un miembro de la Corporación o un funcionario de la misma y actuará como Secretario un funcionario de la Corporación. Formarán parte de ella, al menos cuatro vocales, entre los cuales estará el Secretario o, en su caso, el titular del órgano que tenga atribuida la función de asesoramiento jurídico, y el Interventor, así como aquellos otros que se designen por el órgano de contratación entre el personal funcionario xx xxxxxxx o personal laboral al servicio de la Corporación, o miembros electos de la misma.
Conforman la Mesa de Contratación los siguientes miembros:
- X. Xxxxxx Xxxxx Xxxxx Xxxxxxxx, Alcalde - Presidente, que actuará como Presidente de la Mesa o Concejal en quien delegue.
- D. Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx, Vocal (Secretario de la Corporación) o funcionario que le sustituya.
- Xx. Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxxxxxx, Vocal (Interventora de la Corporación) o funcionario que le sustituya
- Xx. Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, Vocal (Concejala de Hacienda) o Concejal que le sustituya.
- Xx. Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Vocal, (Técnico de Administración General) o funcionario que le sustituya.
- Un representante de AON XXX Y XXXXXXXX, en calidad de Asesor.
- Xx. Xxx Xx Xxxxxx Xxxxxxxx, (Auxiliar Administrativo) o funcionario que le sustituya, actuando como Secretaria de la Mesa
M. L. y Fiel Ayuntamiento xx Xxxxxxx | |||
Depencia: CON.- Contratación, bienes y asuntos generales | |||
Documento: CONVI01S | Expediente: 19/2011 | Fecha: 21-01-11 11:50 |
La apertura de la documentación administrativa del sobre A se celebrará el segundo día hábil siguiente a aquél en que finalice el plazo señalado para su presentación, ante la Mesa de Contratación.
La Mesa calificará la documentación presentada, a cuyos efectos el Presidente ordenará la apertura de los sobres A relativos a la documentación administrativa.
Terminado el citado acto, la Mesa publicará en la web municipal (www.ayto- xxxxxxx.xx/xxxxxx de contratante), anuncio del resultado de la misma, a fin de que los licitadores subsanen, en su caso, dentro del plazo de TRES DÍAS HÁBILES, los defectos materiales observados en la documentación. La documentación requerida se aportará en la Sección de Contratación pudiendo los licitadores requeridos obtener, en caso de aportarla, copia sellada de la presentación de la documentación requerida.
En el acto de apertura del sobre C, la Mesa de Contratación con carácter previo a la apertura de las ofertas relativas a los criterios objetivos, valorará el informe técnico emitido y, una vez abiertos, procederá a la realización de las operaciones matemáticas necesarias para el otorgamiento de puntuaciones a los licitadores.
Realizadas dichas actuaciones la Mesa elevará al órgano de contratación la propuesta de adjudicación.
Cláusula 11ª.- CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS
La Mesa de Contratación clasificará, por orden decreciente, las proposiciones presentadas y que no hayan sido excluida, desechadas o declaradas desproporcionadas o anormales La Mesa de Contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente la documentación justificativa de:
M. L. y Fiel Ayuntamiento xx Xxxxxxx | |||
Depencia: CON.- Contratación, bienes y asuntos generales | |||
Documento: CONVI01S | Expediente: 19/2011 | Fecha: 21-01-11 11:50 |
1. hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social o autorice a la mesa de contratación para obtener de forma directa la acreditación de ello,
2. de estar dado de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, aportando último recibo o declaración de exención, en su caso,
3. de haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
Cláusula 12ª ADJUDICACIÓN
El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los tres días hábiles siguientes a la recepción de la documentación contenida en la cláusula 11.
La adjudicación será motivada, notificándose a los candidatos o licitadores y, simultáneamente, se publicará en el perfil de contratante.
La notificación contendrá, en todo caso, la información necesaria que permita al licitador excluido o candidato descartado interponer recurso suficientemente fundado contra la decisión de adjudicación.
En particular expresará los siguientes extremos:
a) En relación con los candidatos descartados, la exposición resumida de las razones por las que se haya desestimado su candidatura.
b) Con respecto de los licitadores excluidos del procedimiento de adjudicación, también en forma resumida, las razones por las que no se haya admitido su oferta.
c) En todo caso, el nombre del adjudicatario, las características y ventajas de la proposición del adjudicatario determinantes de que haya sido seleccionada la oferta de éste con preferencia a las que hayan presentado los restantes licitadores cuyas ofertas hayan sido admitidas.
Cláusula 13ª.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
El contrato deberá formalizarse en documento administrativo constituyendo dicho documento título suficiente para acceder a cualquier registro público. No obstante, el contratista podrá solicitar que el contrato se eleve a escritura pública, corriendo de su cargo los correspondientes gastos. En el caso de que el contrato se adjudique a una Unión Temporal de Empresas, deberán éstas acreditar la constitución de la misma en escritura pública, dentro del plazo otorgado para la formalización del contrato.
M. L. y Fiel Ayuntamiento xx Xxxxxxx | |||
Depencia: CON.- Contratación, bienes y asuntos generales | |||
Documento: CONVI01S | Expediente: 19/2011 | Fecha: 21-01-11 11:50 |
La formalización no podrá efectuarse antes de que transcurran quince días hábiles desde que se remita la notificación de la adjudicación a los licitadores y candidatos.
El órgano de contratación requerirá al adjudicatario para que formalice el contrato en plazo no superior a cinco días naturales a contar desde el siguiente a aquel en que hubiera recibido el requerimiento, una vez transcurrido el plazo previsto en el párrafo anterior sin que se hubiera interpuesto recurso que lleve aparejada la suspensión de la formalización del contrato.
Cláusula 14ª ÓRGANO DE CONTRATACIÓN
La Alcaldía del Ayuntamiento xx Xxxxxxx tiene la consideración de órgano de contratación en el presente contrato; si bien, dicha adjudicación, queda condicionada a la obligación de consignar crédito suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente a la anualidad 2012.
Cláusula 15ª.- CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCIÓN
El adjudicatario asume las siguientes obligaciones específicas:
• Instalar oficina gestora en el Principado xx Xxxxxxxx, en caso de resultar adjudicatario.
• Facilitar al Mediador designado listados de siniestralidad con periodicidad semestral, fecha ocurrencia, pagos, reservas, recobros y garantías afectadas. .Su incumplimiento será considerado como causa de resolución contractual
Cláusula 16ª.- PAGO
El pago de las primas se efectuará anualmente a la Correduría de Seguros AON XXX Y XXXXXXXX, S.A (o a quien efectúe las funciones de mediador de seguros municipal), mediante recibo extendido por la Compañía adjudicataria, entendiendo a todos los efectos, como si se hubiera hecho efectivo a ésta, teniendo efectos liberatorios para el Ayuntamiento xx Xxxxxxx
Cláusula 17ª.- REVISIÓN DE PRECIOS
A partir del primer periodo de ejecución, transcurridos los dos años y para el caso de que exista prorroga acordada por ambas partes, la Compañía Aseguradora adjudicataria podrá efectuar una revisión en los precios de los contratos, cuyo importe será objeto de control por los servicios municipales.
M. L. y Fiel Ayuntamiento xx Xxxxxxx | |||
Depencia: CON.- Contratación, bienes y asuntos generales | |||
Documento: CONVI01S | Expediente: 19/2011 | Fecha: 21-01-11 11:50 |
Fórmula de revisión de precios propuesta: Aplicación sobre la prima neta, del índice interanual de precios a fecha de fin del plazo de presentación de ofertas, no pudiendo ser superior al 85% de la variación experimentada por dicho índice.
Cláusula 18ª.- MODIFICACIONES CONTRACTUALES ADMITIDAS
El presente contrato solo podrá modificarse durante su vigencia para la inclusión en el contrato de nuevos funcionarios, empleados municipales y personal técnico titulado, cuya actividad profesional entre dentro de la Responsabilidad Civil Profesional o en los supuestos excepcionales del artículo 202 de la LCSP.
Cláusula 19ª.- GASTOS
El adjudicatario vendrá obligado a pagar el total importe de los gastos de anuncios, hasta un importe máximo de NOVECIENTOS EUROS (900.-€) El Ayuntamiento podrá reintegrarse de estos gastos, si fuere preciso, con cargo a la fianza impuesta por el contratista, sin perjuicio de la obligación que, en tal supuesto, alcanzará a dicho contratista, en cuanto a completar la garantía.
También queda el adjudicatario obligado a satisfacer a la Hacienda Pública el importe de los impuestos, derechos, tasas, precios públicos y demás que origine la licitación y formalización del contrato, a cuyos efectos deberá presentar, dentro de los plazos legales, la documentación pertinente, en las Oficinas Liquidadoras.
Cláusula 20ª.- DEVOLUCIÓN DE GARANTÍA DEFINITIVA
El trámite para la devolución de la garantía definitiva se acomodará a lo previsto en el artículo 90 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público; y una vez depuradas las responsabilidades a que ser refiere el artículo 88 de la referida Ley 30/2007.
Cláusula 21ª.- JURISDICCIÓN COMPETENTE
El orden jurisdiccional contencioso-administrativo será el competente para resolver las cuestiones litigiosas relativas a la preparación y a la adjudicación, del contrato
El orden jurisdiccional civil será el competente para resolver las controversias que surjan entre las partes en relación con los efectos, cumplimiento y extinción del presente contrato
Cláusula 22ª.- DERECHO APLICABLE
El presente contrato se regirá, en cuanto a su preparación y adjudicación, en defecto de normas específicas, por la Ley 30/2007 de 30 de octubre de Contratos del
M. L. y Fiel Ayuntamiento xx Xxxxxxx | |||
Depencia: CON.- Contratación, bienes y asuntos generales | |||
Documento: CONVI01S | Expediente: 19/2011 | Fecha: 21-01-11 11:50 |
Sector Público y sus disposiciones de desarrollo, aplicándose supletoriamente las restantes normas de derecho administrativo o, en su caso, las normas de derecho privado, según corresponda por razón del sujeto o entidad contratante. En cuanto a sus efectos y extinción, este contrato se regirá por el derecho privado.
En Candás, 21 de enero de 2011
LA TÉCNICO DE ADMINISTRACIÓN GENERAL
Fdo.: Xxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx
CONFORME
EL SECRETARIO GENERAL
Fdo.: Xxxxxxxx Xxxx Xxxxxxx
(De conformidad con lo dispuesto en el apartado 7, de la DAª de
la Ley 30/2007, de 00 xx xxxxxxx, xx Xxxxxxxxx xxx Xxxxxx Xxxxxxx)