SISTEMA DINÁMICO DE ADQUISICIÓN DE SUMINISTROS DE SOFTWARE DE SISTEMA, DE DESARROLLO Y DE APLICACIÓN, DEL SISTEMA ESTATAL DE CONTRATACIÓN CENTRALIZADA - SDA 25/2022
SISTEMA DINÁMICO DE ADQUISICIÓN DE SUMINISTROS DE SOFTWARE DE SISTEMA, DE DESARROLLO Y DE APLICACIÓN, DEL SISTEMA ESTATAL DE CONTRATACIÓN CENTRALIZADA - SDA 25/2022
(Expediente nº 2022/48)
INVITACIÓN A LA LICITACIÓN DEL CONTRATO
XXXXXX XXXXX XXXXXXXXX - 2024-02-14 18:25:51 CET
SUMINISTRO DE LICENCIAS DE SOFTWARE DE GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN PARA LA PRODUCTIVIDAD DE USUARIO
Lote 6 - Software de productividad y colaboración
En virtud de los dispuesto en el artículo 226 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que transponen al ordenamiento jurídico español las directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, se invita a todas las empresas admitidas al sistema dinámico de adquisición a presentar oferta en la licitación de este contrato específico en el plazo máximo de 15 días naturales contados a partir del día siguiente a la fecha de envío de esta invitación. La oferta deberá ajustarse a lo establecido en los pliegos que rigen el sistema dinámico de adquisición y a los términos y condiciones que se concretan en esta invitación.
TÉRMINOS Y CONDICIONES
1. ORGANISMO DESTINARIO, ORGANO DE CONTRATACIÓN, RESPONSABLE DEL CONTRATO Y DATOS DE CONTACTO 4
2. LOTE, TITULO Y OBJETO DEL CONTRATO ESPECÍFICO 4
2.2. Características principales de las prestaciones 5
2.3. Tratamiento de datos de carácter personal por parte del adjudicatario 6
2.4. Categorización conforme al Esquema Nacional de Seguridad (ENS) 6
2.5. Tratamientos de datos personales para los programas en modalidad de nube 7
3.1. Fecha de inicio de la ejecución 7
3.2. Plazo de entrega de las licencias 7
3.3. Plazo de ejecución del contrato 8
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Puede comprobar la autenticidad de esta copia mediante CSV: OIP_PSUMYZMF2MTRK7GBM9GED5B5B6CF en xxxxx://xxx.xxx.xxxxxxxx.xxx.xx
3.4. Prórroga del contrato específico 8
4. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y PRESUPUESTO DE LICITACIÓN 9
4.1. Presupuesto de licitación y aplicaciones presupuestarias 9
4.2. Determinación del precio del contrato 10
4.3. Tramitación del expediente (a efectos presupuestarios) 11
4.4. Modificación del contrato específico 11
4.6. Contrato financiado con cargo al presupuesto de la Unión Europea 12
5. LUGAR Y CONDICIONES DE LA ENTREGA 12
6. INCOMPATIBILIDADES PARA LA LICITACIÓN 13
7. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS Y SU PONDERACIÓN 13
7.1. Ponderación de los criterios de adjudicación 13
7.2. Fórmula aplicable al criterio precio 14
7.3. Otros criterios evaluables automáticamente mediante fórmulas, distintos al precio 14
7.3.1. Criterios evaluables automáticamente mediante fórmulas 14
7.3.2. Fórmulas para la evaluación automática de los criterios 15
7.4. Criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor 15
7.4.1. Criterios y ponderación 15
7.4.2. Método de valoración y documentación 15
8. OFERTAS ANORMALMENTE BAJAS 15
9. CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA 16
9.1. Obligaciones generales 16
9.2. Otras condiciones de ejecución del contrato 17
9.3. Obligaciones de seguridad en cumplimiento del ens 17
9.4. Obligaciones relativas al cumplimiento de las condiciones de los programas ofertados en modalidad de nube cuando exista tratamiento de datos personales 18
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10.2. Condiciones de presentación de las facturas 19
12.1. Penalidades fijadas en el sistema dinámico de adquisición 20
12.2. Fórmula para la aplicación de penalidades 21
13. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO ESPECÍFICO 21
14. FORMA DE PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS 21
ANEXO I PRESCRIPCIONES TÉCNICAS 24
I.1. Requisitos funcionales de los programas a suministrar 24
I.2. Requisitos no funcionales de los programas a suministrar 26
I.3. Periodo de vigencia y modalidad de licenciamiento 26
I.4. Requisitos de seguridad de los programas en la nube 26
ANEXO IISERVICIOS DE INSTALACIÓN AVANZADA Y/O SOPORTE A PROPORCIONAR POR EL ADJUDICATARIO 27
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II.1. Servicios de instalación avanzada de los programas a suministrar 27
II.2. Servicios de soporte de los programas a suministrar 27
II.2.1. Dimensionamiento del servicio 27
II.2.2. Acuerdos de nivel de servicio 27
II.3. Requisitos de los perfiles profesionales 27
ANEXO III TRATAMIENTOS DE DATOS EN LA NUBE, FINALIDAD Y MEDIDAS 28
III.1. Tratamientos de datos y finalidad de los tratamientos 28
III.2. Medidas técnicas y organizativas 28
XXXXX XX MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO (UE) 2016/679
DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 27 xx xxxxx de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos 33
ANEXO V Manifestación de conformidad del responsable del tratamiento DE LOS DATOS DEL ORGANISMO DESTINATARIO35
ANEXO VI ENTREGAS PARCIALES 36
ANEXO VII COBERTURA DE LA GARANTÍA EXTENDIDA DEL ADJUDICATARIO 38
ANEXO VIII MODELO DE NOTIFICACIÓN DE SUBCONTRATACIÓN 39
ADENDA PARA LOS CONTRATOS FINANCIADOS CON CARGO AL PRESUPUESTO DE LA UNIÓN EUROPEA 40
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1. ORGANISMO DESTINARIO, ORGANO DE CONTRATACIÓN, RESPONSABLE DEL CONTRATO Y DATOS DE CONTACTO
Organismo destinatario
Unidad proponente: Subdirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (en adelante SGTIC).
Centro directivo: Subsecretaría de Economía, Comercio y Empresa. Departamento/organismo: Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.
Responsable del contrato (nombre, apellidos, cargo y dependencia orgánica):
Xxxx Xxxx Xxxxx Xxxxx, que ejerce sus funciones como Subdirector General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa.
Datos de contacto:
Dirección Postal: Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx 000, XX 00000 Xxxxxx, Xxxxxx
Correo electrónico: xx.xxx@xxxxxxxx.xxx.xx Teléfono: 000000000
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Órgano de Contratación:
• Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación.
2. LOTE, TITULO Y OBJETO DEL CONTRATO ESPECÍFICO
2.1. LOTE, TÍTULO Y OBJETO
Lote objeto de licitación: Lote 6 - Software de productividad y colaboración
Título del contrato: SUMINISTRO DE SUSCRIPCIONES DE LICENCIAS DE SOFTWARE DE GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN PARA LA PRODUCTIVIDAD DE USUARIO
Objeto del contrato:
El objeto del presente expediente es la contratación del suministro de las licencias de software de gestión de la información para la productividad de usuario, para las entidades incluidas en el ámbito de la medida 8 (Puesto de Trabajo Inteligente) del Plan de Digitalización de las Administraciones Públicas 2021 - 2025.
Esta medida plantea la transformación de los puestos de trabajo de los empleados públicos de la AGE de manera que permitan trabajar de forma ubicua, con herramientas homogéneas, manteniendo un adecuado nivel de ciberseguridad, y que además habiliten la transformación de los procesos de la AGE, tanto internos, como hacia los ciudadanos.
La transformación digital a la que se ha hecho referencia se hará en el ámbito tecnológico y en el organizativo, aprobando o modificando las normas necesarias en aspectos como habilitar el
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Teletrabajo, implementar la atención al ciudadano mediante videocolaboración, evaluar el desempeño de los empleados por objetivos, implantar procesos de gestión del conocimiento, etc.
También se incluye en el objeto del contrato, el suministro de licencias de inteligencia de negocio, asistentes basados en inteligencia artificial, aplicaciones para la gestión eficiente de los datos almacenados en la suite ofimática, con el fin de que las unidades del Ministerio puedan generar, publicar y explotar datos sobre la realización de sus tareas administrativas.
El alcance del contrato contempla las siguientes prestaciones:
• El suministro de licencias de software de gestión de la información para productividad de usuario para puestos de clientes y productos de servidor en este ámbito, así como la actualización de estos productos durante la vigencia del contrato.
• El servicio de soporte y mantenimiento del software asociado a los productos, incluido en las propias licencias a suministrar.
2.2. CARACTERÍSTICAS PRINCIPALES DE LAS PRESTACIONES
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Con respecto a las licencias objeto del contrato específico, se admiten programas
☒ Puestos a disposición en modalidad de nube.
☐ Para su instalación en infraestructura local.
☐ En cualquier modalidad de puesta a disposición.
Si están señaladas, las siguientes opciones son de aplicación al presente contrato específico:
☐ Se solicita garantía extendida del adjudicatario con la cobertura descrita en el apartado III.8 del PPT y concretada en el Anexo VII de este documento, cuya duración se extenderá durante todo el periodo de vigencia de las licencias objeto del suministro.
☐ Se solicitan servicios a realizar por el adjudicatario del contrato específico, para la instalación avanzada o soporte de los suministros. Estos servicios se describen en el Anexo II.
☒ Se exige el suministro de soluciones concretas a fin de garantizar la compatibilidad con las funcionalidades existentes. Se incluye justificación en el expediente.
Con relación a la definición del número de entregas la opción señalada es de aplicación al presente contrato específico:
☒ El número de unidades a entregar se define con exactitud en este documento de invitación.
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☐ En el presente contrato el adjudicatario se obliga a entregar una pluralidad de bienes o ejecutar el servicio de forma sucesiva sin que la cuantía total se defina con exactitud en esta invitación por estar subordinada a las necesidades del organismo destinatario.
Definición detallada de las prestaciones del contrato específico:
☒Las prescripciones técnicas de los suministros se describen en el Anexo I.
☐ El contrato requiere servicios de instalación avanzada y/ soporte que se describen en el
Anexo II.
2.3. TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL POR PARTE DEL ADJUDICATARIO
El adjudicatario estará sujeto a los términos previstos en la cláusula 27.5.6.2 del PCAP en la ejecución de la prestación, conforme a la opción señalada:
☒ NO. Cláusula aplicable para “Protección de datos sin acceso a datos personales”. El contrato NO requiere tratamiento de datos personales por parte del adjudicatario.
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☐ SÍ. Cláusula aplicable para “Protección de datos con acceso a datos personales”. El contrato SI requiere tratamiento de datos personales por parte del adjudicatario. La finalidad para la que se ceden los datos es: No aplica.
2.4. CATEGORIZACIÓN CONFORME AL ESQUEMA NACIONAL DE SEGURIDAD (ENS)
☐ El organismo destinatario ha categorizado el sistema o sistemas de información en los que se va a utilizar el programa suministrado, de la siguiente manera:
• Sistema No aplica : categoría Elija una categoría...
• Sistema No aplica: categoría Elija una categoría...
• No aplica
URL donde se publica la certificación o declaración de conformidad (art. 38.2 del ENS): No aplica
☒ No dispone todavía de la categorización del sistema o sistemas de información en los que se va a utilizar el programa.
Relación de los suministros con la arquitectura de seguridad
☒ Los programas no forman parte de la arquitectura de seguridad
☐ El suministro incluye programas que forman parte de la arquitectura de seguridad del sistema de información resultando de aplicación lo previsto en el apartado 9.3 del documento de invitación1. Los programas objeto del presente contrato específico, que
1 La arquitectura de seguridad debe estar documentada según [op.pl.2], y al menos uno de los sistemas de información en los que se van a usar dichos programas es de categoría media o alta.
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forman parte de la arquitectura de seguridad del organismo destinatario son los siguientes2:
No aplica
2.5. TRATAMIENTOS DE DATOS PERSONALES PARA LOS PROGRAMAS EN MODALIDAD DE NUBE
Si el licitador incluye en su oferta programas puestos a disposición en modalidad nube:
☐ Los programas objeto del suministro no van a procesar ni almacenar datos de carácter personal, por lo que no existe tratamiento de datos y no son de aplicación ni la Ley Orgánica 3/2018 ni la Ley Orgánica 7/2021. No aplica el apartado 9.4 de este documento de invitación.
☒ Los programas objeto del suministro deben procesar o almacenar datos de carácter personal conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, en adelante RGPD, y en la Ley Orgánica 3/2018. Se describen las condiciones aplicables en el apartado 9.4 de este documento de invitación.
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☐ Los programas objeto del suministro deben procesar o almacenar datos personales tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales, conforme a lo dispuesto en la Directiva (UE) 2016/680 y la Ley Orgánica 7/2021. Se describen las condiciones aplicables en el apartado 9.4 de este documento de invitación.
Los tratamientos de datos personales en la nube y las finalidades de los tratamientos, así como las medidas que deben aplicarse se definen en el Anexo III de este documento.
3.1. FECHA DE INICIO DE LA EJECUCIÓN
El plazo del contrato específico se iniciará:
☐ Al día siguiente al de adjudicación del contrato.
☒ El 15 xx xxxxx de 2024, salvo que la adjudicación del contrato específico se produzca el mismo día o con posterioridad a dicha fecha, en cuyo caso será la fecha siguiente a la adjudicación del contrato específico.
3.2. PLAZO DE ENTREGA DE LAS LICENCIAS
2 En la lista de programas de este apartado sólo pueden incluirse los que figuren documentados según [op.pl.2].
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☐ No admite entregas parciales. Plazo máximo de entrega3: 15 días naturales contados a partir de la fecha de inicio de ejecución del contrato.
☒ Deben realizarse entregas parciales. Los plazos y lugar de las entregas se detallan en el Anexo VI.
3.3. PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
☐ Se requiere la instalación y configuración básica de las licencias, incluido en el precio el suministro, en las condiciones del apartado IV.2 del PPT, en el plazo4 de 30 días hábiles, incluido el plazo de entrega de las licencias.
☐ El contrato incluye el servicio de instalación avanzada, a prestar por el adjudicatario, descrito en el Anexo II apartado 1. El plazo de ejecución de este servicio incluye el plazo para la entrega de las licencias y para la instalación y configuración básica.
• Plazo de ejecución: XX días/meses
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☐ El contrato incluye servicios de soporte personalizados a prestar por el adjudicatario, descritos en el Anexo II, apartado 2:
• Plazo de ejecución (señalar únicamente una opción):
☐ XX días/meses a contar desde el final de la instalación básica y, en su caso, de la instalación avanzada.
☐ Hasta la expiración de la vigencia de las licencias objeto del suministro.
Plazo de ejecución del contrato: consiste en el plazo de entrega de las licencias (incluyendo entregas parciales, en su caso), el plazo de ejecución de la instalación básica (IV.1 del PPT) y el plazo de ejecución de los servicios de instalación avanzada y de soporte descritos.
3.4. PRÓRROGA DEL CONTRATO ESPECÍFICO
El presente contrato específico no es prorrogable, sin perjuicio de la posibilidad de ampliación del plazo de ejecución descrita en el artículo 29.3 de la LCSP.
3 Por defecto, 15 días naturales. El organismo podrá indicar un plazo superior.
4 Por defecto, 30 días hábiles. El organismo podrá indicar un plazo superior. Este plazo incluye los 15 días naturales para la entrega de las licencias. El cumplimiento del plazo por parte del adjudicatario será exigible cuando el organismo haya puesto a disposición del adjudicatario un entorno limpio en caso de nueva instalación, en un plazo no superior a 20 días hábiles.
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4. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y PRESUPUESTO DE LICITACIÓN
4.1. PRESUPUESTO DE LICITACIÓN Y APLICACIONES PRESUPUESTARIAS
Presupuesto total sin impuestos (€) | Impuestos indirectos IVA al 21% (€) | Presupuesto total con impuestos (€) |
2.240.720,97 € | 470.551,40 € | 2.711.272,37 € |
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Detalle del presupuesto de licitación:
Presupuesto sin impuestos (€) | Impuestos indirectos (€) | Presupuesto con impuestos (€) | |
SUMINISTRO | |||
Suministro de licencias (incluye extensión de garantía del adjudicatario, si exigida en 2.2) | 2.240.720,97 € | 470.551,40 € | 2.711.272,37 € |
SERVICIOS | |||
Servicio de instalación avanzada, a prestar por el adjudicatario | 0,00 € | 0,00 € | 0,00 € |
Servicio de soporte, a prestar por el adjudicatario | 0,00 € | 0,00 € | 0,00 € |
TOTAL | 2.240.720,97 € | 470.551,40 € | 2.711.272,37 € |
Si se ha señalado en el apartado 2.2. que las necesidades del contrato no se establecen con exactitud en el documento de invitación, conforme a lo previsto en la disposición adicional trigésima tercera de la LCSP, este presupuesto será estimado y no obligatorio para la entidad, y supondrá el importe máximo del contrato específico.
En todo caso, el importe de los servicios deberá ser inferior al importe de los suministros. Las ofertas que presenten los licitadores no podrán superar el importe presupuestado de los servicios de soporte. Se excluirán las ofertas que no se adecuen a estas estipulaciones.
Las obligaciones económicas que se deriven para la Administración por el cumplimiento del contrato serán financiadas por el Presupuesto de Gastos del organismo Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, Centro de Gestión Subsecretaría de Economía, Comercio y Empresa, con cargo a las siguientes anualidades y aplicaciones presupuestarias:
Aplicación presupuestaria | Anualidad 2024 | Anualidad 2025 | Anualidad 2026 | TOTAL |
27.01.923Q.220.02 | 887.666,07 € | 910.975,51 € | 912.630,79 € | 2.711.272,37 € |
Conforme a lo establecido en el artículo 103 de la LCSP, no procederá la revisión de precios
durante la vigencia del contrato.
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4.2. DETERMINACIÓN DEL PRECIO DEL CONTRATO
De acuerdo con los artículos 102.4 y 309 del LCSP, la determinación del precio del contrato se realiza a tanto alzado en base a los xxxxxx xx xxxxxxx de las licencias a suministrar.
El desglose de los costes directos e indirectos y otros eventuales gastos calculados para la determinación del presupuesto base de licitación, en aplicación del artículo 100.2 de la LCSP, es el siguiente:
Desglose Precio | |
Costes directos | |
Personal | 0,00 € |
Resto costes directos | 1.898.916,08 € |
Costes indirectos + Gastos generales + Beneficio industrial | 341.804,89 € |
Total sin IVA: | 2.240.720,97 € |
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Justificación: Se han valorado los costes en función de los precios de lista proporcionados por el fabricante y aplicando los porcentajes estipulados para el cálculo de los costes indirectos
Puesto que el objeto del contrato es un suministro de programas software, se considera que el principal componente del precio lo constituye el coste imputado por el fabricante al adjudicatario (aunque el fabricante coincida con el adjudicatario, en base a la práctica común del sector, es previsible que el adjudicatario tenga una razón social en la Unión Europea, y por tanto tenga una imputación contable segregada de la división que fabrique los programas). Este coste está representado por el concepto “Resto de costes directos”.
Puesto que no se incluyen prestaciones adicionales al adjudicatario (como servicios de instalación avanzada o servicios de soporte y mantenimiento) los costes directos de personal se consideran despreciables de cara a estimar el desglose del Precio.
Por último, el resto de costes indirectos y costes generales se corresponden con los costes que soportan la actividad de la empresa adjudicataria (y que no se pueden asimilar directamente a actividades que se puedan imputar a las prestaciones del contrato), y con el beneficio industrial (un 18,00% en total, que está consonancia con lo dispuesto en el artículo 131 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, y en el informe asociado al Expediente 40/19 de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado).
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4.3. TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE (A EFECTOS PRESUPUESTARIOS)
☒ Ordinaria.
☐ Anticipada:
Se hace constar que el plazo de ejecución comenzará a partir del 01/10/2025, y que la adjudicación del contrato queda sometida a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente para financiar las obligaciones derivadas del contrato en el ejercicio correspondiente, de acuerdo con el artículo 117.2 de la LCSP y la normativa contable de aplicación.
4.4. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO ESPECÍFICO
☐ No se prevén modificaciones convencionales del contrato, todo ello sin perjuicio de los supuestos de modificación legal contemplados en el artículo 205 de la LCSP.
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☒ El contrato específico podrá ser modificado durante su vigencia, conforme a lo previsto en los artículos 203.a) y 204 LCSP, en un porcentaje máximo del 20% del precio inicial de adjudicación.
Serán de aplicación las siguientes condiciones:
• Circunstancias admitidas para modificar el contrato específico5:
o Incremento o decremento no previsto del número de licencias requeridas, como consecuencia de una redistribución de efectivos entre varios organismos como resultado de una reestructuración ministerial.
o Incremento o decremento no previsto del número de licencias requeridas, como consecuencia de una redistribución de efectivos entre varios organismos como resultado de una modificación de la estructura orgánica del Ministerio.
o Incremento o decremento no previsto del número de licencias requeridas, debido a un eventual cambio de las necesidades de los usuarios que requiera otro tipo de software (o no requiera ninguno).
• Cada eventual modificación contractual podrá ser efectiva a la finalización de la primera y/o la segunda anualidad del contrato. Para ello, la administración tendrá que solicitarlo al adjudicatario con al menos 30 días naturales de preaviso.
5 Entre las circunstancias que se pueden señalar deben precisarse las admitidas en el apartado 27.17 del PCAP del SDA 25/2022.
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• Para calcular el importe de las correspondientes modificaciones contractuales, se utilizarán los precios unitarios indicados por el adjudicatario en su oferta. Por lo tanto, no se podrá modificar el contrato para suministrar otras licencias que no hayan sido ofertadas.
Si el contrato específico está financiado por el PRTR, adicionalmente a lo anterior es de aplicación la Cláusula Adicional Tercera, de modificación de los contratos específicos financiados en el PRTR, incluida en la Adenda a este documento de invitación.
4.5. VALOR ESTIMADO
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Conforme a lo previsto en el artículo 101.5 de la LCSP el valor estimado asciende a 2.688.865,16 euros, según el siguiente desglose:
Valor estimado | Importe (€) |
Importe total de la prestación, sin IVA | 2.240.720,97 € |
Importe máximo por modificación prevista, sin IVA | 448.144,19 € |
TOTAL | 2.688.865,16 € |
El contrato, conforme a los umbrales establecidos en la normativa contractual:
☒ SI está sujeto a regulación armonizada
☐ NO está sujeto a regulación armonizada
4.6. CONTRATO FINANCIADO CON CARGO AL PRESUPUESTO DE LA UNIÓN EUROPEA
☒ No.
☐ Sí. Instrumento /Fondo/Programa/Mecanismo: No aplica.
Código de operación/Proyecto/Iniciativa: No aplica.
Corresponde al organismo destinatario o, en su caso, al organismo financiador del presente contrato específico, la acreditación de todos los requisitos que resulten exigibles por la normativa comunitaria o nacional para obtener el retorno de las ayudas europeas. Resultan de obligado cumplimiento al presente contrato las obligaciones establecidas en la Adenda para contratos cofinanciados con cargo al presupuesto de la Unión Europea.
5. LUGAR Y CONDICIONES DE LA ENTREGA
Los datos de la entrega de los suministros, en caso de no coincidir con los datos del organismo interesado, son:
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- Dirección Postal: Ministerio de Asuntos Economía, Comercio y Empresa, Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx 000, 00000 Xxxxxx, Xxxxxx
- Correo electrónico: xx.xxx@xxxxxxxx.xxx.xx
- Teléfono: 000000000
- Fax: No se dispone de servicio de Fax.
2
En caso de haberse indicado en el apartadoque se admiten entregas parciales, el lugar de entrega para cada entrega parcial será el indicado en el Anexo VI.
El responsable del contrato específico podrá determinar para la entrega y/o recepción de los suministros un lugar distinto al aquí indicado, previa aceptación y conformidad del adjudicatario del contrato.
6. INCOMPATIBILIDADES PARA LA LICITACIÓN
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☒ No ha existido participación de empresas en la elaboración de las especificaciones técnicas o los documentos preparatorios del contrato específico, ni existen incompatibilidades por causas de la naturaleza de los trabajos a realizar por el adjudicatario.
☐ Sí han participado empresas en la elaboración de especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato específico. Se han adoptado las siguientes medidas para garantizar que su participación en la licitación no falsee la competencia:
☐ Comunicación a los demás candidatos o licitadores de la información intercambiada en el marco de la participación en la preparación del procedimiento de contratación o como resultado de ella, y establecimiento de plazos adecuados para la presentación de ofertas.
☐ Otras:
No aplica.
☐ Existen incompatibilidades por causa de la naturaleza de los trabajos.
No aplica.
7. CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS OFERTAS Y SU PONDERACIÓN6
7.1. PONDERACIÓN DE LOS CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
☒ El único criterio de adjudicación es el precio
☐ Solo se utiliza el precio y otros criterios evaluables mediante fórmulas, con los siguientes pesos:
6 Criterios de valoración conforme a las previsiones del apartado 27.5.4 del PCAP.
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SOBRE 1.1 Criterios evaluables mediante fórmulas distintos al precio | SOBRE 1.2. Precio |
No aplica | No aplica |
☐ Conforme a lo justificado en memoria adjunta, se utilizan criterios sujetos a un juicio de valor con los siguientes porcentajes:
SOBRE 1. Criterios que dependen de un juicio de valor | SOBRE 2.1 Criterios evaluables mediante fórmulas distintos al precio | SOBRE 2.2. Precio |
No aplica | No aplica | No aplica |
7.2. FÓRMULA APLICABLE AL CRITERIO PRECIO
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☐ Función optimizar precio (si se incluyen criterios cuya cuantificación depende de un juicio de valor, se deberá usar ésta obligatoriamente):
𝐶𝑖
= 𝑃 ∗ 𝑂𝑙 − 𝑂𝑖
𝑂𝑙 − 𝑂𝑏
Donde:
Ci, es la puntuación en base al criterio precio, asignada a la oferta del licitador i
P, es la ponderación del criterio precio, la cual deberá ser como mínimo de 40 puntos sobre 100. Oi, es el precio ofertado por el licitador i (IVA excluido)
Ob, es el precio más bajo ofertado (IVA excluido)
Ol, es el presupuesto máximo de licitación (IVA excluido)
☒ Función minimizar precio (se puede utilizar si sólo se utilizan criterios automáticos):
𝐶𝑖
= 𝑃 ∗ (1 − 𝑂𝑖 − 𝑂𝑚𝑖𝑛)
𝑂𝑚𝑎𝑥
Donde:
Ci, es la puntuación en base al criterio precio, asignada a la oferta del licitador i
P, es la ponderación del criterio precio, la cual deberá ser como mínimo de 40 puntos sobre 100. Oi, es el precio ofertado por el licitador i (IVA excluido)
Omin, es el precio más bajo ofertado (IVA excluido) Omax, es el precio de la oferta más alta (IVA excluido)
7.3. OTROS CRITERIOS EVALUABLES AUTOMÁTICAMENTE MEDIANTE FÓRMULAS, DISTINTOS AL PRECIO
7.3.1. CRITERIOS EVALUABLES AUTOMÁTICAMENTE MEDIANTE FÓRMULAS
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7.3.2. FÓRMULAS PARA LA EVALUACIÓN AUTOMÁTICA DE LOS CRITERIOS
Función Maximizar:
Donde:
𝐶𝑖
𝑋𝑖
= 𝑃 ∙
𝑋𝑚á𝑥
• Ci es la puntuación en base al criterio C, asignada a la oferta del licitador i;
• P es la ponderación del criterio C;
• Xi es el valor ofertado por el licitador i en el criterio C;
• Xmáx es el valor máximo ofertado por los licitadores en el criterio C o el umbral de saciedad si éste fuese inferior y se hubiese definido.
En consecuencia, se asignarán P puntos a la oferta que presente mayor valor del dato en su oferta, en el criterio C, y al resto de ofertas se les asignarán las puntuaciones de forma lineal, según la fórmula anterior.
Función Minimizar:
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Donde:
𝐶𝑖
= 𝑃 ∙ [1 − (𝑋𝑖 − 𝑋𝑚í𝑛)]
𝑋𝑚á𝑥
• Ci es la puntuación en base al criterio C asignada a la oferta del licitador i;
• P es la ponderación del criterio C;
• Xi es el valor ofertado por el licitador i en el criterio C;
• Xmín es el valor mínimo ofertado por los licitadores en el criterio C o el valor mínimo de referencia que se hubiese definido, en su caso;
• Xmáx es el valor máximo ofertado por los licitadores en el criterio C.
En consecuencia, se asignarán P puntos a la oferta que presente menor valor del dato en su oferta en el criterio C y al resto de ofertas se les asignarán las puntuaciones de forma lineal, según la fórmula anterior.
Función Sí/No (maximizar binario):
Donde:
𝑋𝑖 = 𝑃
• P es el peso del criterio a valorar, si la oferta del licitador contempla el cumplimiento de este requisito. En caso contrario, P es cero.
7.4. CRITERIOS CUYA CUANTIFICACIÓN DEPENDE DE UN JUICIO DE VALOR
7.4.1. CRITERIOS Y PONDERACIÓN
7.4.2. MÉTODO DE VALORACIÓN Y DOCUMENTACIÓN
Se apreciará que la oferta es anormalmente baja cuando se produzcan las siguientes condiciones de forma concurrente:
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- Si existiendo 4 o más licitadores las ofertas económicas presentadas resultan inferiores en más de 20 unidades porcentuales a la media aritmética de las ofertas presentadas. No obstante, si entre ellas existen ofertas que sean superiores a dicha media en más de 20 unidades porcentuales, se procederá al cálculo de una nueva media sólo con las ofertas que no se encuentren en el supuesto indicado. En todo caso, si el número de las restantes ofertas es inferior a tres, la nueva media se calculará sobre las tres ofertas de menor cuantía. Si, por el contrario, han concurrido menos de cuatro licitadores, resultarán de aplicación las previsiones del artículo 85 apartados 1 a 3 del Reglamento 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
- A la condición anterior, siempre que existan criterios diferentes al precio, se deberá añadir la siguiente para apreciar el carácter anormal o desproporcionado de las ofertas.
☐ Cuando la puntuación en el criterio de calidad de mayor peso de los apartados 7.3 y 7.4 se encuentre por encima del siguiente umbral, con respecto a la media de los valores ofertados: No aplica, puesto que el único criterio de adjudicación es el Precio.
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☐ Cuando la puntuación conjunta de todos los criterios de los apartados 7.3 y
7.4 se encuentre por encima del siguiente umbral, con respecto a la media la puntuación de todas las ofertas en estos criterios: No aplica, puesto que el único criterio de adjudicación es el Precio.
9. CONDICIONES DE EJECUCIÓN Y OTRAS OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
9.1. OBLIGACIONES GENERALES
Al presente contrato le resultan de aplicación las siguientes obligaciones, conforme a lo establecido en los pliegos reguladores del sistema dinámico de adquisición:
a) A ofertar únicamente programas con distribución comercial, no pudiendo aplicar precios superiores a los xx xxxxxxx conforme a las condiciones del apartado 17.2 c) del PCAP, y que satisfagan las prestaciones de la garantía obligatoria del fabricante previstas en el apartado III.6 del PPT.
b) La obligación de cumplimiento de la condición especial de ejecución relativa a la disponibilidad de los planes de formación conforme al apartado 27.5.6 apartado 1 del PCAP y, en su caso, las condiciones de ejecución previstas en el apartado 9.3 de este documento de invitación.
c) Las obligaciones referidas a la protección de datos personales, en los términos previstos en la cláusula 27.5.6 apartado 2 del PCAP.
d) La obligación de confidencialidad del apartado 27.5.8 del PCAP.
e) Las obligaciones establecidas en el apartado 27.5.9 del PCAP respecto al personal laboral.
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f) A facilitar la información técnica prevista en los apartados III.9 y III.10 del PPT de los productos ofertados, en caso de resultar adjudicatario.
g) Las obligaciones de comunicación de la subcontratación y la acreditación de los pagos a los subcontratistas conforme al apartado 27.11 del PCAP. En su caso, y conforme a lo previsto en el artículo 215.2.e) de la LCSP, el contratista principal no podrá subcontratar las siguientes tareas críticas:
No se establece ninguna tarea como crítica.
h) Si el contrato incluye servicios a prestar por el adjudicatario, estará obligado al cumplimiento de las condiciones salariales de los trabajadores conforme al convenio colectivo sectorial de aplicación conforme al artículo 122.2 de la LCSP.
i) El adjudicatario nombrará un Coordinador Técnico del Contrato que actuará como interlocutor único a todos los efectos frente a la entidad destinataria del contrato, canalizando las comunicaciones y responsabilizándose de la gestión de la prestación por parte de la empresa adjudicataria.
9.2. OTRAS CONDICIONES DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO
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No se incluyen otras condiciones de ejecución del contrato.
9.3. OBLIGACIONES DE SEGURIDAD EN CUMPLIMIENTO DEL ENS
A efectos del artículo 11 del RD 311/2022, en adelante ENS, el responsable del sistema, será el que se indique en este documento de invitación o, en caso de no indicarse explícitamente, el responsable del sistema será el responsable del contrato específico que figura en el apartado 1 del presente documento.
En cumplimiento del artículo 13.5 del ENS, es obligación del adjudicatario designar una Persona de Contacto (POC) que canalice y supervise el cumplimiento de los requisitos de seguridad exigidos en esta cláusula y las comunicaciones relativas a la seguridad de la información y la gestión de los incidentes de seguridad durante la ejecución del contrato específico. Dicha Persona de Contacto será el propio Responsable de Seguridad de la organización contratada, formará parte de su área o tendrá comunicación directa con la misma.
En caso de que el contrato específico incluya la prestación de servicios por parte del adjudicatario, el organismo destinatario informará de sus deberes, obligaciones y responsabilidades en materia de seguridad en lo relativo al sistema de información al personal puesto a disposición para la prestación del citado servicio, en cumplimiento del artículo 15 del ENS. Esta información se realizará en la fase de ejecución del contrato. Es obligación del adjudicatario supervisar la actuación de dicho personal, para verificar que se siguen los procedimientos establecidos por el organismo, se aplican las normas indicadas y los procedimientos operativos de seguridad aprobados en el desempeño de sus cometidos.
Si alguno de los sistemas de información en los que se van a utilizar los programas en infraestructura local es de categoría media o alta, el adjudicatario del contrato específico debe proporcionar al Responsable del Contrato Específico durante la ejecución del contrato la lista de componentes software, en cumplimiento de la medida [op.pl.5.r2.1] del ENS.
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9.4. OBLIGACIONES RELATIVAS AL CUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES DE LOS PROGRAMAS OFERTADOS EN MODALIDAD DE NUBE CUANDO EXISTA TRATAMIENTO DE DATOS
PERSONALES
A los efectos del Reglamento (UE) 2016/679, el proveedor de nube tendrá consideración de encargado del tratamiento.
Si se ha indicado en el apartado 2.2 que los programas objeto del suministro deben procesar o almacenar datos de carácter personal conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, en adelante RGPD, y en la Ley Orgánica 3/2018, o tratados para fines de prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de infracciones penales y de ejecución de sanciones penales, conforme a lo dispuesto en la Directiva (UE) 2016/680 y la Ley Orgánica 7/2021, sólo se aceptarán nubes cuyos proveedores de nube encargados del tratamiento se encuentren establecidos y realicen las operaciones principales de tratamiento en la UE/EEE, admitiéndose transferencias a terceros países u organizaciones internacionales siempre que el proveedor de nube establecido en la UE/EEE ofrezca garantías adecuadas conforme a lo previsto en el Capítulo V del RGPD7.
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El candidato propuesto como mejor clasificado deberá acreditar que el proveedor de nube está en disposición de suscribir el acto jurídico vinculante de conformidad al artículo 28.3 del Reglamento (UE) 2016/679 (RGPD) durante el período de vigencia de las licencias en su condición de encargado del tratamiento. A estos efectos, el licitador mejor clasificado deberá aportar la declaración responsable que figura en el Anexo IV y que debe incluir información suficiente del proveedor de nube de los suministros. El responsable del tratamiento, a la vista de la documentación, manifestará su conformidad en el modelo del Anexo V.
En caso de no aportarse la declaración responsable y la documentación del proveedor de nube en un plazo máximo de cinco días hábiles, o de que las garantías ofrecidas por el proveedor de nube no sean suficientes, la oferta podrá ser excluida, en cuyo caso se procederá a recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas.
10.1. PAGO DEL PRECIO
Se abonará el precio del suministro de las licencias dentro de los treinta días siguientes a la fecha de aprobación de las certificaciones (parciales o totales, según se indique en el apartado
3.2 de este documento de invitación) o de los documentos que acrediten la conformidad con lo dispuesto en el contrato de los bienes entregados, conforme a las previsiones del art. 198.4 del LCSP.
Si en el apartado 2.2 y 3.3 se ha indicado que se solicita un servicio de instalación avanzada a prestar por el adjudicatario, éste se facturará:
7 La Comisión Europea ha adoptado decisiones de adecuación con Andorra, Argentina, Canadá (operaciones comerciales sólo), Islas Faroe, Xxxxxxxx, Xxxxxx, Isla de Man, Japón, Jersey, Nueva Zelanda, República xx Xxxxx, Suiza, Xxxxx Unido y Uruguay. Puede obtenerse información adicional actualizada en la página de la AEPD xxxxx://xxx.xxxx.xx/xx/xxxxxxxx-x-xxxxxxx/xxxxxx-xxx- deberes/medidas-de-cumplimiento/transferencias-internacionales.
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☐ A la recepción del servicio, tras su cumplimiento a satisfacción de la Administración.
☐ Otra: No aplica
Si en el apartado 2.2 y 3.3 se ha indicado que se solicita un servicio de soporte a prestar por el adjudicatario, éste se facturará:
☐ Mensualmente.
☐ Trimestralmente, considerando los siguientes períodos trimestrales: Período 1: No aplica.
Período 2: No aplica. Período 3: No aplica. Período 4: No aplica.
☐ Otra: No aplica.
10.2. CONDICIONES DE PRESENTACIÓN DE LAS FACTURAS
☒ Organismo incluido en el ámbito subjetivo, art 229.2 LCSP.
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Las facturas se presentarán obligatoriamente en formato electrónico firmadas con firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido. En concreto, las facturas electrónicas que se remitan a las Administraciones Públicas se ajustarán al formato estructurado de la factura electrónica Facturae y de firma electrónica conforme a la especificación XMLAdvanced Electronic Signatures (XAdES).
En las facturas deberán constar los siguientes datos, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional trigésima segunda de la LCSP:
• Órgano de contratación: Dirección General de Racionalización y Centralización de la Contratación - E04962703.
• Órgano responsable del contrato específico (DIR3): Subdirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones: Código XX0000000.
• Órgano gestor (DIR3): Subdirección General de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones: Código XX0000000.
• Unidad tramitadora (DIR3): Subdirección General de Administración Financiera y Oficialía Mayor: Código EA0042901.
• Órgano administrativo con competencias en materia de contabilidad pública (DIR3): Intervención Delegada en el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital: Código GE0014048.
Asimismo, en el ámbito de la facturación electrónica deberán incluir:
• Campo <FileReference>: SDA 25/2022.
• Campo <Receiver transaction reference>: código del contrato específico.
☐ Organismo adherido al Sistema Estatal de Contratación Centralizada.
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Una vez efectuada la recepción de las licencias de los programas suministradas, comenzará el plazo de garantía de según lo establecido en los artículos 210 y 305 de la LCSP.
Esta garantía, denominada garantía obligatoria del adjudicatario, se ajustará a lo descrito en el apartado III.7 del PPT y tendrá una duración de 2 años independientemente del periodo de vigencia de las licencias suministradas.
En caso de haberse solicitado en el apartado 2.2, a la anterior garantía obligatoria del adjudicatario, será obligatoria una garantía extendida del adjudicatario con la cobertura del apartado III.8 del PPT, concretada en el Anexo VII de este documento, cuya duración se extenderá durante todo el periodo de vigencia de las licencias objeto del suministro.
El contratista tendrá derecho a conocer y ser oído sobre sobre las observaciones que se formulen en relación con el cumplimiento de la prestación contratada.
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Terminado el plazo de garantía sin que la Administración haya formalizado ningún reparo o denuncia, el contratista quedará exento de responsabilidad por razón de la prestación efectuada.
12.1. PENALIDADES FIJADAS EN EL SISTEMA DINÁMICO DE ADQUISICIÓN
En los siguientes casos se aplicarán las previsiones de la cláusula 27.16 del PCAP:
Valor fijado en el SDA | Valor fijado en el contrato específico | Fórmula de cálculo | |
Incumplimiento de las condiciones especiales de ejecución, excepto las relativas a subcontratación. | 2% de la facturación del periodo | NO PROCEDE | Apartado 12.2 |
Demora en el cumplimiento del plazo total del contrato | Resolución / 0,60 euros por cada día y 1.000 euros del precio del contrato, IVA excluido | Valor fijado en el SDA | |
Incumplimiento de obligaciones en materia medioambiental, social o laboral | 2% de la facturación del periodo | Apartado 12.2 | |
Incumplimiento de las condiciones de subcontratación | 2% del importe del subcontrato | Valor fijado en el SDA | |
Incumplimiento de las obligaciones de información y pago sobre suministradores y subcontratistas. | 2% del importe del subcontrato | Valor fijado en el SDA |
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Definición y motivación de incumplimientos graves y muy graves aplicables al contrato específico:
• El incumplimiento de las medidas relativas a la seguridad de los programas en cumplimiento del ENS, o de los requisitos de seguridad para la protección de datos personales en nube tendrá la consideración de incumplimiento muy grave dando lugar a una penalidad de hasta el 10% del importe total del contrato.
• Incumplimiento del resto de las condiciones especiales de ejecución
12.2. FÓRMULA PARA LA APLICACIÓN DE PENALIDADES
Los porcentajes para los incumplimientos que no deban calificarse como graves o muy graves, se aplican sobre el importe de la facturación del período en el que se produzca el incumplimiento que da lugar a la penalidad, mediante la siguiente fórmula:
𝑑
𝐼𝑃 = 0.02 × 𝐼𝐹 𝐷
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Donde:
• IP es el importe de la penalidad a aplicar
• IF es el importe del periodo de facturación, antes de la aplicación de ninguna penalidad
• d es el número de días hábiles durante los que ha subsistido el incumplimiento dentro del periodo de facturación, y
• D es el número de días hábiles contenidos en el periodo de facturación.
13. CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO ESPECÍFICO
Son de aplicación las causas de resolución previstas en el apartado 27.18 del PCAP del sistema dinámico de adquisición.
14. FORMA DE PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS
Las ofertas se presentarán obligatoriamente en formato electrónico, a través de la PLACSP8 u otra plataforma de contratación a disposición del organismo.
Las ofertas deberán firmarse electrónicamente por el representante legal de la empresa9.
8 Plataforma de Contratación del Sector Público: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx/xxx/xxxxxx/xxxxxXxxxx
9 Para facilitar la identificación el firmante apoderado de la empresa se deberá indicar, además de sus datos, el número de usuario apoderado de la aplicación AUNA.
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El organismo destinatario deberá realizar el trámite de apertura de las ofertas siguiendo los preceptos de la licitación electrónica.
La oferta económica deberá incluir, al menos, la información en el modelo de oferta disponible en el Portal de Contratación Centralizada para el SDA 25/2022, en la siguiente dirección: xxxxx://xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/00000/000000/XxxxxxxxxxxXxxxxxxXXX 25_2022.zip/9854d53b-ca36-4840-a817-1161b3e4ee17. Junto con la invitación, el organismo destinatario podrá adjuntar un modelo de oferta económica más detallado, que complemente la información exigida en el citado modelo de oferta.
La oferta técnica deberá contener la siguiente documentación:
• Relación de los programas en la modalidad de licenciamiento que se ofertan
• La información de los requisitos mínimos de los productos o referencias a las fichas técnicas o catálogos que permitan acreditar los criterios automáticos:
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1. En cualquier caso, deberá identificarse de forma unívoca los productos a suministrar, incluyendo el nombre comercial de cada uno de los productos, “part number” (o cualquier otra referencia comercial del fabricante que defina el producto sin ambigüedad alguna), así como el precio unitario (IVA excluido) de cada componente que forma el suministro. Para ello, puede utilizarse como referencia, las tablas indicadas en el apartado I.1 del ANEXO I del presente documento.
2. En el caso de que se opte por productos equivalentes a los indicados en el apartado I.1 del ANEXO I al presente documento, se deberá aportar las especificaciones técnicas del fabricante que permitan demostrar la equivalencia de los productos. Se considerarán equivalentes las soluciones que proporcionan la misma funcionalidad que cubren las aplicaciones mencionadas, garantizando al mismo tiempo la compatibilidad e interoperabilidad de los elementos ya instalados sin sobrecostes para el proyecto.
• La información necesaria para la evaluación de los criterios automáticos de la instalación avanzada y/o soporte y su acreditación, siguientes:
No aplica.
• Si la oferta incluye programas que forman parte de la arquitectura de seguridad del organismo se deberá incluir la acreditación de los requisitos de seguridad exigidos por cualquiera de los medios descritos en el apartado III.2.2 o III.2.3 del PPT, según corresponda. La falta de acreditación será motivo de exclusión de la oferta.
En el supuesto de que se hayan definido criterios sujetos a juicio de valor, se deberá incluir en el Sobre 1 de la oferta técnica, la documentación que permita evaluar los planes de implantación o las soluciones técnicas conforme a los criterios sujetos a un juicio de valor, sin que sea posible incluir en este sobre información económica o correspondiente a criterios automáticos que se presentará en el Sobre 2. El Sobre 1 se deberá valorar de forma previa a la apertura del sobre que contiene la documentación económica y de los criterios evaluables mediante fórmulas.
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NOTAS IMPORTANTES: LOS CANDIDATOS ADMITIDOS AL SISTEMA DINÁMICO NO ESTÁN OBLIGADOS A PRESENTAR OFERTA NI A COMUNICAR QUE NO VAN A CONCURRIR A LA LICITACIÓN.
EN LO QUE ESTE DOCUMENTO DE INVITACIÓN SE OPONGA A LOS PLIEGOS DEL SISTEMA DINÁMICO DE ADQUISICIÓN, PREVALECERÁN ESTOS ÚLTIMOS.
NO ES VÁLIDO INTRODUCIR EL CONTENIDO DE LOS APARTADOS 1 A 14 DE ESTA INVITACIÓN EN LOS ANEXOS U OTROS ESPACIOS DIFERENTES A LOS PREVISTOS EN ESTE MODELO PARA CONTENER ESA INFORMACIÓN
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EL TITULAR DEL ÓRGANO DESTINATARIO (CARGO): Subsecretaria de Economía, Comercio y Empresa
Firmado electrónicamente (nombre y apellidos): Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx
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ANEXO I PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
I.1. REQUISITOS FUNCIONALES DE LOS PROGRAMAS A SUMINISTRAR
A efectos del licenciamiento del puesto de trabajo, se han definido los siguientes perfiles:
• Perfil 1: Este perfil es adecuado para usuarios que dispongan de un único PC, y no accedan a entornos de virtualización de escritorio. Dispondrá de licencias Office 365 E1 para acceso a los servicios de colaboración, junto con sus licencias asociadas de EMS E3. Las licencias solicitadas deben incluir todas las herramientas y funcionalidades del plan Microsoft Office 365 E1 o equivalente10, junto con sus licencias asociadas de EMS E3 o equivalente:
o Herramienta de colaboración Microsoft Teams.
o Derechos de uso para: Exchange, Sharepoint, Skype/Teams, Windows Server. Cal, System Center Configuration Manager.
o Aplicaciones de herramientas de productividad de usuario móviles.
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o Software de correo electrónico tanto con posibilidad de acceso basado en web como a través del programa Outlook para Windows conectado a los servidores de la SGAD. Capacidad de buzones de al menos 50 GB xx xxxxx.
o Funcionalidades de seguridad EMS E3, Intune, Múltiple Factor de Autenticación, Acceso condicional, Reseteo de contraseñas, Autopilot.
• Perfil 2: Estos usuarios disponen de plena capacidad colaborativa y de movilidad Este perfil se adecua a usuarios que utilicen más de un dispositivo o accedan a entornos de virtualización de escritorio. Además, permite disponer de la última versión del software de productividad de usuario Office disponible en cada momento. Dispondrá de licencias de Microsoft M365 E3, que facilitarán la última versión de Microsoft Office disponible en cada momento hasta 5 dispositivos y acceso a los servicios de colaboración. Las licencias solicitadas deben incluir todas las herramientas y funcionalidades del plan Microsoft M365 E3 o equivalente1:
o Herramienta de colaboración Microsoft Teams.
o Derechos de uso para: Exchange, Sharepoint, Skype/Teams, Windows Server Cal, System Center Configuration Manager.
o Aplicaciones de productividad de usuario de Microsoft Office ProPlus (Word, Excel, PowerPoint, Access) en la última versión disponible, instalables de manera local en los dispositivos de cada usuario.
o Actualización del Sistema Operativo Windows 10 Pro a la versión Enterprise, para los dispositivos del usuario.
o Aplicaciones de herramientas de productividad de usuario móviles.
10 Se considerarán equivalentes las soluciones que proporcionan la misma funcionalidad que cubren las aplicaciones mencionadas, garantizando al mismo tiempo la compatibilidad e interoperabilidad de los elementos ya instalados sin sobrecostes para el proyecto.
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o Licencia de acceso a escritorio virtual (VDA).
o Software de correo electrónico tanto con posibilidad de acceso basado en web como a través del programa Outlook para Windows conectado a los servidores de la SGAD. Capacidad de buzones de al menos 100 GB xx xxxxx.
Para atender las necesidades de estos perfiles, se requiere la renovación de las siguientes licencias, que deberán estar disponibles para su utilización a las 00:00h del 1 de julio de 2024 y deberán mantenerse vigentes hasta el 30 xx xxxxx de 2027 (inclusive), tratándose por lo tanto de una ampliación de la vigencia de la suscripción de productos existentes y que son utilizados por la AGE en ejercicio de sus funciones, y cuya vigencia termina el próximo 30 xx xxxxx de 2024:
Nombre Perfil | Descripción | Referencia | Número Licencias |
Perfil 1 | O365E1 ShrdSvr ALNG SubsVL MVL PerUser | T6A-00024 (o equivalente) | 200 |
EMS E3 ALng Sub Per User | AAA-10732 (o equivalente) | 200 | |
Perfil 2 | M365 E3 Unified ShrdSvr ALNG SubsVL MVL PerUser | AAD-33204 (o equivalente) | 1.802 |
Tabla 1: Licencias de suite ofimática y puesto de usuario en modalidad de nube pública.
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Además, con el fin de complementar las funcionalidades ofimáticas de las licencias indicadas anteriormente, también se requiere el suministro de las siguientes licencias (o equivalentes), que deberán estar disponibles para su utilización a las 00:00h del 1 de julio de 2024, y deberán mantenerse vigentes hasta el 30 xx xxxxx de 2027 (inclusive), para renovar licencias que se encuentran actualmente en uso:
Descripción | Referencia | Número Licencias |
Visio P2 Sub Per User | N9U-00002 (o equivalente) | 2 |
Project P3 Sub Per User | 7LS-00002 (o equivalente) | 15 |
M365 Copilot Managed Sub Add-on | 83I-00001 (o equivalente) | 30 |
Tabla 2: Licencias complementarias de la suite ofimática en modalidad de nube pública.
Por último, se deberán suministrar las siguientes licencias, que están actualmente en uso y cuentan con una vigencia posterior al 1 de julio de 2024. Por lo tanto, las siguientes licencias deberán renovarse (u otras equivalentes), y activarse en la fecha que se especifica en la última columna de la siguiente tabla, y deberán mantenerse vigentes hasta el 30 xx xxxxx de 2027 (inclusive):
Descripción | Referencia | Número Licencias | Fecha de Activación |
Power BI Pro Sub Per User | NK4-00002 (o equivalente) | 160 | 00:00h del 1 de octubre de 2024 |
Power BI Premium USL Sub Per User | 68B-00008 (o equivalente) | 80 | 00:00h del 1 xx xxxxxx de 2025 |
Power Apps Premium Sub Per User | SEJ-00002 (o equivalente) | 2 | 00:00h del 1 de noviembre de 2024 |
Tabla 3: Licencias de inteligencia de negocio en modalidad de nube pública.
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La sustitución por productos equivalentes debe entenderse en los términos que define el apartado III.1 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas.
I.2. REQUISITOS NO FUNCIONALES DE LOS PROGRAMAS A SUMINISTRAR
Los requisitos no funcionales de los programas a suministrar (entorno tecnológico, usabilidad, accesibilidad, etc.), están incluidos en las licencias identificadas en el apartado anterior.
I.3. PERIODO DE VIGENCIA Y MODALIDAD DE LICENCIAMIENTO
Vigencia de las licencias: Todas las licencias suministradas deberán tener vigencia y soporte al menos hasta el 30 xx xxxxx de 2027 (inclusive). La fecha de activación de cada tipo de licencia se especifica en el apartado I.1 del presente ANEXO.
Los programas deben suministrarse bajo alguna modalidad de licenciamiento tal, que garantice al menos los siguientes derechos ante el fabricante:
- Derecho de uso: Por usuario, para todos los programas objeto del contrato.
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- Derecho de actualización: Acceso a las mejoras funcionales y de seguridad que el fabricante vaya liberando por cada versión de los productos según el ciclo de vida.
- Derecho de acceso a documentación del fabricante.
I.4. REQUISITOS DE SEGURIDAD DE LOS PROGRAMAS EN LA NUBE
Conforme al apartado III.2.3 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas, las siguientes medidas11 del RD 311/2022 (Esquema Nacional de Seguridad, ENS) aplican a los programas ofertados puestos a disposición en modo nube:
• [op.nub.1.2]: los programas deben ser conformes con el Esquema Nacional de Seguridad, para la categorización más alta de las enumeradas en apartado 2.4 de esta invitación.
• [op.nub.1.r1.1]: si alguno de los sistemas de información enumerados en el apartado
2.4. es de categoría media o alta, los programas ofertados deberán acreditar su seguridad en el momento de presentar la oferta mediante uno de los medios descritos en el apartado III.2.3 del PPT.
• [op.nub.1.r2.1]: si alguno de los sistemas de información enumerados al principio del presente apartado es de categoría alta, la configuración de seguridad de los programas objeto del suministro deberá realizarse según la siguiente guía CCN-STIC:
o Guía CCN-STIC de aplicación: No aplica.
o Responsable de la configuración de seguridad: La configuración la realiza el organismo destinatario de la prestación.
En todo caso, el proveedor de nube deberá disponer de un procedimiento de gestión de incidentes que dé cumplimiento a las obligaciones establecidas por el ENS y el RGPD, el cual
11 El RD 311/2022 hace referencia, en su medida [op.nub.1.1] a las guías CCN-STIC que sean de aplicación. Se trataría de la guía para el “software como servicio (SaaS)”. En el momento actual, al no estar publicada dicha guía, este requisito no es aplicable.
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podrá ser verificado por el organismo destinatario o por el Responsable del sistema dinámico en cualquier momento durante el periodo de vigencia de las licencias adquiridas. El procedimiento garantizará que, en caso de incidente de seguridad, el proveedor de nube entregue toda la información disponible al organismo destinatario.
ANEXO II SERVICIOS DE INSTALACIÓN AVANZADA Y/O SOPORTE A PROPORCIONAR POR EL ADJUDICATARIO
II.1. SERVICIOS DE INSTALACIÓN AVANZADA DE LOS PROGRAMAS A SUMINISTRAR
No aplica.
II.2. SERVICIOS DE SOPORTE DE LOS PROGRAMAS A SUMINISTRAR
No aplica.
II.2.1. DIMENSIONAMIENTO DEL SERVICIO
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No aplica.
II.2.2. ACUERDOS DE NIVEL DE SERVICIO
No aplica.
II.3. REQUISITOS DE LOS PERFILES PROFESIONALES
No aplica.
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ANEXO III TRATAMIENTOS DE DATOS EN LA NUBE, FINALIDAD Y MEDIDAS
III.1. TRATAMIENTOS DE DATOS Y FINALIDAD DE LOS TRATAMIENTOS
IV.2.1
Si en el apartado se ha indicado que existe tratamiento de datos personales, a continuación, se señalan los datos personales que se van a transmitir y almacenar en la nube objeto del suministro:
• Categorías de interesados cuyos datos personales se tratan: Empleados del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, así como el personal externo a dicha organización, con quien se comparta información corporativa.
• Categorías de datos personales tratados: Datos de contacto de empleados públicos (nombre, apellidos, cargo, correo electrónico, número de teléfono, vídeo y audio).
• Datos sensibles tratados (si procede) y restricciones o garantías aplicables: No procede.
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• Naturaleza del tratamiento: Adaptación o modificación Comunicación por transmisión; Conservación; Consulta; Cotejo; Destrucción; Estructuración; Interconexión; Limitación; Obtención; Organización; Registro; Supresión; Utilización.
• Finalidad(es) del tratamiento: La finalidad del tratamiento es la gestión y administración de la documentación gestionada habitualmente por el personal del Ministerio, la compartición de documentos, remisión de mensajes, y colaboración (videoconferencia) entre el propio personal del Departamento, y con personal externo.
• Duración del tratamiento: Tres años.
En caso de tratamiento por parte de (sub)encargados, especifíquese también el objeto, la naturaleza y la duración del tratamiento.
III.2. MEDIDAS TÉCNICAS Y ORGANIZATIVAS
Serán de aplicación las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad de los datos en la nube, que resultan del análisis de riesgo o evaluación de impacto de protección de datos realizadas por el responsable del tratamiento y que se listan a continuación:
Obligaciones del encargado del tratamiento. El encargado del tratamiento y todo su personal se obliga a:
a) Utilizar los datos personales objeto de tratamiento, o los que recoja para su inclusión, sólo para la finalidad objeto de este encargo. En ningún caso podrá utilizar los datos para fines propios.
b) Tratar los datos de acuerdo con las instrucciones del responsable del tratamiento. Si el encargado del tratamiento considera que alguna de las instrucciones infringe el RGPD o cualquier otra disposición en materia de protección de datos de la Unión o de los Estados miembros, el encargado informará inmediatamente al responsable.
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c) Llevar, por escrito, un registro12 de todas las categorías de actividades de tratamiento efectuadas por cuenta del responsable, que contenga:
1. El nombre y los datos de contacto del encargado o encargados y de cada responsable por cuenta del cual actúe el encargado y, en su caso, del representante del responsable o del encargado y del delegado de protección de datos.
2. Las categorías de tratamientos efectuados por cuenta de cada responsable.
3. En su caso, las transferencias de datos personales a un tercer país u organización internacional, incluida la identificación de dicho tercer país u organización internacional y, en el caso de las transferencias indicadas en el artículo 49 apartado 1, párrafo segundo del RGPD, la documentación de garantías adecuadas.
4. Una descripción general de las medidas técnicas y organizativas de seguridad relativas a:
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a) La seudonimización y el cifrado de datos personales.
b) La capacidad de garantizar la confidencialidad, integridad, disponibilidad y resiliencia permanentes de los sistemas y servicios de tratamiento.
c) La capacidad de restaurar la disponibilidad y el acceso a los datos personales de forma rápida, en caso de incidente físico o técnico.
d) El proceso de verificación, evaluación y valoración regulares de la eficacia de las medidas técnicas y organizativas para garantizar la seguridad del tratamiento.
d) No comunicar los datos a terceras personas, salvo que cuente con la autorización expresa del responsable del tratamiento, en los supuestos legalmente admisibles. Los datos podrán ser compartidos con terceros cuando así se determine por mandato legal o judicial.
El encargado puede comunicar los datos a otros encargados del tratamiento del mismo responsable, de acuerdo con las instrucciones del responsable. En este caso, el responsable identificará, de forma previa y por escrito, la entidad a la que se deben comunicar los datos, los datos a comunicar y las medidas de seguridad a aplicar para proceder a la comunicación.
12 “Las obligaciones indicadas en los apartados 1 y 2 no se aplicarán a ninguna empresa ni organización que emplee a menos de 250 personas, salvo que el tratamiento que realice pueda suponer un riesgo para los derechos y las libertades de los interesados, no sea ocasional, o incluya categorías especiales de datos personales indicadas en el artículo 9, apartado 1 del RGPD, o datos personales relativos a condenas e infracciones penales a que se refiere el artículo 10 de dicho Reglamento.” (Art. 30.5 RGPD).
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Si el encargado debe transferir datos personales a un tercer país o a una organización internacional, en virtud del Derecho de la Unión o de los Estados miembros que le sea aplicable, informará al responsable de esa exigencia legal de manera previa, salvo que tal Derecho lo prohíba por razones importantes de interés público.
e) Subcontratación:
Se autoriza al encargado a subcontratar con la empresa que albergue las instancias en ejecución las prestaciones que comporten los tratamientos siguientes: los mismos tratamientos que el encargado.
El encargado podrá subcontratar los servicios a cualquier sociedad de su grupo en los términos del Art.42 del Código de Comercio.
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Para subcontratar con otras empresas, el encargado debe comunicarlo por escrito al responsable, identificando de forma clara e inequívoca la empresa subcontratista y sus datos de contacto. La subcontratación podrá llevarse a cabo si el responsable no manifiesta su oposición en el plazo de 1 mes.
El subcontratista, que también tiene la condición de encargado del tratamiento, está obligado igualmente a cumplir las obligaciones establecidas en este documento para el encargado del tratamiento y las instrucciones que dicte el responsable. Corresponde al encargado inicial regular la nueva relación, de forma que el nuevo encargado quede sujeto a las mismas condiciones (instrucciones, obligaciones, medidas de seguridad…) y con los mismos requisitos formales que él, en lo referente al adecuado tratamiento de los datos personales y a la garantía de los derechos de las personas afectadas. En el caso de incumplimiento por parte del subcontratista, el encargado inicial seguirá siendo plenamente responsable ante el responsable en lo referente al cumplimiento de las obligaciones.
f) Xxxxxxxx el deber xx xxxxxxx respecto a los datos de carácter personal a los que haya tenido acceso en virtud del presente encargo, incluso después de que finalice su objeto.
g) Garantizar que las personas autorizadas para tratar datos personales se comprometan, de forma expresa y por escrito, a respetar la confidencialidad y a cumplir las medidas de seguridad correspondientes, de las que hay que informarles convenientemente.
h) Mantener a disposición del responsable la documentación acreditativa del cumplimiento de la obligación establecida en el apartado anterior.
i) Garantizar la formación necesaria en materia de protección de datos personales de las personas autorizadas para tratar datos personales.
j) Notificación de violaciones de la seguridad de los datos:
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El encargado del tratamiento notificará al responsable del tratamiento, sin dilación indebida, y en cualquier caso antes del plazo máximo de 72 horas, y a través de correo electrónico, acompañado de llamada telefónica a la Oficina de Gestión de Incidentes de la Dirección General, las violaciones de la seguridad de los datos personales a su cargo de las que tenga conocimiento, juntamente con toda la información relevante para la documentación y comunicación de la incidencia.
No será necesaria la notificación cuando sea improbable que dicha violación de la seguridad constituya un riesgo para los derechos y las libertades de las personas físicas.
Si se dispone de ella se facilitará, como mínimo, la información siguiente:
1. Descripción de la naturaleza de la violación de la seguridad de los datos personales, inclusive, cuando sea posible, las categorías y el número aproximado de interesados afectados, y las categorías y el número aproximado de registros de datos personales afectados.
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2. El nombre y los datos de contacto del delegado de protección de datos o de otro punto de contacto en el que pueda obtenerse más información.
3. Descripción de las posibles consecuencias de la violación de la seguridad de los datos personales.
4. Descripción de las medidas adoptadas o propuestas para poner remedio a la violación de la seguridad de los datos personales, incluyendo, si procede, las medidas adoptadas para mitigar los posibles efectos negativos.
Si no es posible facilitar la información simultáneamente, y en la medida en que no lo sea, la información se facilitará de manera gradual sin dilación indebida.
k) Dar apoyo al responsable del tratamiento en la realización de las evaluaciones de impacto relativas a la protección de datos, cuando proceda.
l) Dar apoyo al responsable del tratamiento en la realización de las consultas previas a la autoridad de control, cuando proceda.
m) Xxxxx disposición del responsable toda la información necesaria para demostrar el cumplimiento de sus obligaciones, así como para la realización de las auditorías o las inspecciones que realicen el responsable u otro auditor autorizado por él.
n) Designar un delegado de protección de datos y comunicar su identidad y datos de contacto al responsable en el caso de que aplique.
o) Destino de los datos: Destruir los datos, una vez cumplida la prestación.
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Una vez destruidos, el encargado debe certificar su destrucción por escrito y debe entregar el certificado al responsable del tratamiento.
No obstante, el encargado puede conservar una copia, con los datos debidamente bloqueados, mientras puedan derivarse responsabilidades de la ejecución de la prestación.
Obligaciones del responsable del tratamiento. Corresponde al responsable del tratamiento:
a) Dar acceso al encargado a los datos que se describen en este documento.
b) Realizar una evaluación del impacto en la protección de datos personales de las operaciones de tratamiento a realizar por el encargado si aplicara el caso.
c) Realizar las consultas previas que corresponda.
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d) Velar, de forma previa y durante todo el tratamiento, por el cumplimiento del RGPD por parte del encargado.
e) Supervisar el tratamiento, incluida la realización de inspecciones y auditorías.
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XXXXX XX MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE CUMPLIMIENTO DEL REGLAMENTO (UE) 2016/679 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO DE 27 XX XXXXX DE 2016 RELATIVO A LA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS FÍSICAS EN LO QUE RESPECTA AL TRATAMIENTO DE DATOS PERSONALES Y A LA LIBRE CIRCULACIÓN DE
ESTOS DATOS
Organismo destinatario: Ministerio de Economía, Comercio y Empresa | |
AM/SDA: | SDA 25/2022 LOTE 6 |
Propuesta de adjudicación / Expediente organismo destinatario | |
Objeto: SUMINISTRO DE LICENCIAS DE SOFTWARE DE GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN PARA LA PRODUCTIVIDAD DE USUARIO |
Denominación del producto ofertado y del proveedor de nube | |
Documentación vinculante del proveedor de nube aplicable | |
Establecimiento del proveedor de nube | |
Detalle de las transferencias internacionales previstas | |
Detalle de los subencargados y su ubicación | |
Detalle de las medidas de seguridad aplicables |
D./Xx:………………………………………………………………………………………………………………………………………….…, con D.N.I.
nº:………………………………………., actuando en nombre propio / en representación de (a empresa licitadora)
……………………………………………………………………………………………………………………..,
N.I.F:………………………………………, con domicilio (de la empresa licitadora) (calle/plaza/etc.):…………………………………………………………………………………………., nº:………..
Población:……………………………………………………., Provincia:………………………………………………………….., y
postal ,
con
en
,
código
En relación con el expediente de contratación arriba referenciado y de conformidad con lo dispuesto en los pliegos
reguladores del SDA y en el documento de invitación objeto de la licitación.
🞏 Que dispone de información del proveedor de los productos en nube incluidos en la oferta presentada, la cual permite asegurar que dicho proveedor en su condición de encargado y los programas ofertados cumplen, en lo que les es directamente aplicable, las obligaciones que establecen el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), la normativa española de protección de datos y otra normativa jurídica que resulte de aplicación. En concreto, que los datos están ubicados y los tratamientos se realizan en las regiones descritas en el apartado 9.4 del documento de invitación, sin más excepciones que las transferencias internacionales que se listan a continuación:
DECLARA
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🞏 Que la documentación vinculante del proveedor de nube antes referida constituye un acto jurídico previsto en el artículo 28.3 del RGPD, que vincula al proveedor de nube respecto del responsable del tratamiento del organismo destinatario durante toda la vigencia de las licencias. Para ello, se compromete a aportar al responsable del tratamiento la mencionada documentación vinculante, con carácter previo a la ejecución del contrato (el suministro de las licencias), y a no iniciar dicha ejecución si no es de conformidad con el responsable.
Y para que así conste y surta los efectos oportunos, expido y firmo la presente declaración,
(Fecha, firma y nombre completo del representante legal) Fdo. electrónicamente
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ANEXO V MANIFESTACIÓN DE CONFORMIDAD DEL RESPONSABLE DEL TRATAMIENTO
DE LOS DATOS DEL ORGANISMO DESTINATARIO
Organismo destinatario: Ministerio de Economía, Comercio y Empresa | |
AM/SDA: | SDA 25/2022 LOTE 6 |
Propuesta de adjudicación/Expediente organismo destinatario | |
Objeto: SUMINISTRO DE LICENCIAS DE SOFTWARE DE GESTIÓN DE LA INFORMACIÓN PARA LA PRODUCTIVIDAD DE USUARIO |
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Vista la declaración responsable de cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 xx xxxxx de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos (Reglamento General de Protección de Datos (RPGD) emitida por el apoderado actuando en representación de la empresa con NIF , licitador del procedimiento de contratación de referencia.
MANIFIESTO
Que puede considerarse que el proveedor de nube ofrece garantías suficientes para efectuar el tratamiento de datos de carácter personal.
Nombre y cargo y firma electrónica:
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Al tratarse de un suministro de licencias de software, todas las entregas se realizarán de forma telemática. Se establecen las siguientes entregas parciales:
1. Primera Entrega:
o Bienes a suministrar: Las licencias de software que se muestran en la siguiente tabla, con las vigencias indicadas:
Descripción | Referencia | Número Licencias | Inicio vigencia | Fin vigencia | Meses vigencia |
O365E1 ShrdSvr ALNG SubsVL MVL PerUser | T6A-00024 (o equivalente) | 200 | 01/07/2024 | 30/06/2025 | 12 |
EMS E3 ALng Sub Per User | AAA-10732 (o equivalente) | 200 | 01/07/2024 | 30/06/2025 | 12 |
M365 E3 Unified ShrdSvr ALNG SubsVL MVL PerUser | AAD-33204 (o equivalente) | 1.802 | 01/07/2024 | 30/06/2025 | 12 |
Visio P2 Sub Per User | N9U-00002 (o equivalente) | 2 | 01/07/2024 | 30/06/2025 | 12 |
Project P3 Sub Per User | 7LS-00002 (o equivalente) | 15 | 01/07/2024 | 30/06/2025 | 12 |
M365 Copilot Managed Sub Add-on | 83I-00001 (o equivalente) | 30 | 01/07/2024 | 30/06/2025 | 12 |
Power BI Pro Sub Per User | NK4-00002 (o equivalente) | 160 | 01/10/2024 | 30/06/2025 | 9 |
Power Apps Premium Sub Per User | SEJ-00002 (o equivalente) | 2 | 01/11/2024 | 30/06/2025 | 8 |
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o Plazo de entrega: 15 días naturales contados a partir de la fecha de inicio de ejecución del contrato.
2. Segunda Entrega:
o Bienes a suministrar: Las licencias de software que se muestran en la siguiente tabla, con las vigencias indicadas:
Descripción | Referencia | Número Licencias | Inicio vigencia | Fin vigencia | Meses vigencia |
O365E1 ShrdSvr ALNG SubsVL MVL PerUser | T6A-00024 (o equivalente) | 200 | 01/07/2025 | 30/06/2026 | 12 |
EMS E3 ALng Sub Per User | AAA-10732 (o equivalente) | 200 | 01/07/2025 | 30/06/2026 | 12 |
M365 E3 Unified ShrdSvr ALNG SubsVL MVL PerUser | AAD-33204 (o equivalente) | 1.802 | 01/07/2025 | 30/06/2026 | 12 |
Visio P2 Sub Per User | N9U-00002 (o equivalente) | 2 | 01/07/2025 | 30/06/2026 | 12 |
Project P3 Sub Per User | 7LS-00002 (o equivalente) | 15 | 01/07/2025 | 30/06/2026 | 12 |
M365 Copilot Managed Sub Add-on | 83I-00001 (o equivalente) | 30 | 01/07/2025 | 30/06/2026 | 12 |
Power BI Pro Sub Per User | NK4-00002 (o equivalente) | 160 | 01/07/2025 | 30/06/2026 | 12 |
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Power BI Premium USL Sub Per User | 68B-00008 (o equivalente) | 80 | 01/08/2025 | 30/06/2026 | 11 |
Power Apps Premium Sub Per User | SEJ-00002 (o equivalente) | 2 | 01/07/2025 | 30/06/2026 | 12 |
o Plazo de entrega: antes del 1 de julio de 2025 (en cualquier caso, no debe producirse interrupción alguna del servicio asociado a las prestaciones de las licencias activadas correspondientes a la primera entrega).
3. Tercera Entrega:
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o Bienes a suministrar: Las licencias de software que se muestran en la siguiente tabla, con las vigencias indicadas:
Descripción | Referencia | Número Licencias | Inicio vigencia | Fin vigencia | Meses vigencia |
O365E1 ShrdSvr ALNG SubsVL MVL PerUser | T6A-00024 (o equivalente) | 200 | 01/07/2026 | 30/06/2027 | 12 |
EMS E3 ALng Sub Per User | AAA-10732 (o equivalente) | 200 | 01/07/2026 | 30/06/2027 | 12 |
M365 E3 Unified ShrdSvr ALNG SubsVL MVL PerUser | AAD-33204 (o equivalente) | 1.802 | 01/07/2026 | 30/06/2027 | 12 |
Visio P2 Sub Per User | N9U-00002 (o equivalente) | 2 | 01/07/2026 | 30/06/2027 | 12 |
Project P3 Sub Per User | 7LS-00002 (o equivalente) | 15 | 01/07/2026 | 30/06/2027 | 12 |
M365 Copilot Managed Sub Add-on | 83I-00001 (o equivalente) | 30 | 01/07/2026 | 30/06/2027 | 12 |
Power BI Pro Sub Per User | NK4-00002 (o equivalente) | 160 | 01/07/2026 | 30/06/2027 | 12 |
Power BI Premium USL Sub Per User | 68B-00008 (o equivalente) | 80 | 01/07/2026 | 30/06/2027 | 12 |
Power Apps Premium Sub Per User | SEJ-00002 (o equivalente) | 2 | 01/07/2026 | 30/06/2027 | 12 |
o Plazo de entrega: antes del 1 de julio de 2026 (en cualquier caso, no debe producirse interrupción alguna del servicio asociado a las prestaciones de las licencias activadas correspondientes a la segunda entrega).
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ANEXO VII COBERTURA DE LA GARANTÍA EXTENDIDA DEL ADJUDICATARIO
La garantía extendida que debe prestar el adjudicatario durante todo el periodo de vigencia de las licencias se rige por lo descrito en el apartado III.8 xxx Xxxxxx de Prescripciones Técnicas:
• Soporte de nivel 1 y nivel 2 prestado por el adjudicatario a petición del organismo destinatario, en los términos descritos en el PPT;
• Soporte del adjudicatario al organismo para el acceso a la garantía del fabricante (acceso al soporte de nivel 3), en los términos descritos en el PPT;
• Soporte a la instalación de actualizaciones, en los términos descritos en el PPT;
• Cobertura ante posibles problemas jurídicos derivados de la aplicación de las cláusulas de términos y condiciones del fabricante, en los términos descritos en el PPT.
Horario de contacto: Horario Laboral en la localidad de Madrid Acuerdos de nivel de servicio:
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NO PROCEDE.
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XXXXX XXXXXXXXXX DE NOTIFICACIÓN DE SUBCONTRATACIÓN
D. .........................., con DNI o documento equivalente en caso de extranjeros o. pasaporte nº..................., en su propio nombre, o como representante legal de la empresa
………….........................., adjudicataria del CONTRATO ESPECÍFICO Nº ………………. del SISTEMA DINÁMICO PARA EL SUMINISTRO DE SOFTWARE DE SISTEMA, DESARROLLO Y APLICACIÓN (SDA
25/2021; Expediente 2022/48), pongo en conocimiento del órgano de contratación, a los efectos del artículo 215.2.b) de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público (LCSP), que, para la prestación indicada, se subcontrata con la/s siguiente/s entidad/es:
(Indicar:
• Los sujetos intervinientes (identidad, datos de contacto y representantes legales) en el subcontrato, con indicación de la capacidad técnica y profesional del subcontratista o en su caso, clasificación, justificativa de la aptitud para prestar parte del servicio.
• Indicación del objeto o partes del contrato a realizar por cada uno de los subcontratistas.
• Importe del subcontrato y porcentaje que representa la prestación parcial sobre el precio del contrato principal.
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• Importe acumulado de subcontratación, en porcentaje, que se alcanzará con el presente subcontrato sobre el precio del contrato principal.
• Plazos en los que el subcontratista se obliga a pagar a los subcontratistas el precio pactado.)
Asimismo, hago constar que en la celebración del/los subcontrato/s se cumplirán los requisitos establecidos en el artículo 216 de la LCSP.
A la presente comunicación se acompaña la siguiente documentación relativa a los subcontratistas:
• Declaración responsable de los subcontratistas de no hallarse incurso en prohibición de contratar, conforme el art. 71 de la LCSP.13
• Certificación positiva de la Agencia Estatal de Administración Tributaria de hallarse los subcontratistas al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o, alternativamente, autorización al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de este extremo.
• Certificación positiva de la Tesorería General de la Seguridad Social de hallarse los subcontratistas al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social o, alternativamente, autorización al órgano de contratación para obtener de forma directa la acreditación de este extremo.
………………, a ….. de ................................. de ..........
Firmado electrónicamente
13 La declaración responsable deberá formularse en los siguientes términos “Que ni el firmante de la declaración, ni la persona física/jurídica a la que representa, ni ninguno de sus administradores o representantes se hallan incursos en supuesto alguno a los que se refiere el artículo 71 de la LCSP.”
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ADENDA PARA LOS CONTRATOS FINANCIADOS CON CARGO AL PRESUPUESTO DE LA UNIÓN EUROPEA
Este contrato no está financiado con cargo al presupuesto de la Unión Europea.
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