Contract
CONTRATO No. | 025 -2018 |
CLASE DE CONTRATO | SUMINISTRO |
CONTRATANTE | SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E. NIT: 890.205.335 - 2 R/L: XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX Gerente |
CONTRATISTA | XXXX XXXXXX XXXXX XXXXX C.C. No.52.556.570 xx Xxxxxxxx. Establecimiento de Comercio: “DISTRIBUCIONES MOPLA.” Xxx 0 Xx.0-00, Xxxxxxxxxxxx - Xxxxxxxxx Celular: 3134237174 0000000000. |
OBJETO | “SUMINISTRO DE PAPELERÍA Y UTILES DE ESCRITORIO Y DE OFICINA PARA LAS DEPENDENCIAS DEL SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E., PARA LA VIGENCIA 2018.” |
PLAZO DE EJECUCION | Desde la suscripción del acta de inicio y hasta el treinta y uno (31) de Diciembre de 2018 y/o hasta agotar recursos asignados |
VALOR | QUINCE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($15.500.000,oo) M/CTE. IVA incluido. |
Entre los suscritos a saber, XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX, mayor de edad y vecino del municipio de Contratación, departamento xx Xxxxxxxxx, identificado con la cédula de ciudadanía No.79.290.424 de Bogotá D.C., quien obra en nombre y representación legal del SANATORIO DE CONTRATACIÓN E.S.E., en su calidad de Gerente, según Decreto No. 657 xx Xxxxx 21 de 2017, expedido por el Ministerio de Salud y Protección Social y Acta de Posesión de fecha 03 xx Xxxx de 2017, autorizado para celebrar convenios y contratos a nombre del Sanatorio de Contratación E.S.E. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 18 del Acuerdo No.06 xx Xxxxxx 26 de 2014 “Por el cual se adopta el Estatuto Contractual del Sanatorio de Contratación, Empresa Social del Estado”; quien para efectos del presente contrato se denomina EL CONTRATANTE, por una parte y por otra, XXXX XXXXXX XXXXX XXXXX, mayor de edad, identificada con la cédula de ciudadanía No.52.556.570 xx Xxxxxxxx, con establecimiento de comercio denominado “DISTRIBUCIONES MOPLA.” Matricula Mercantil No.102.446 del 2003/05/27, renovada en Marzo 22 de 2017 por la Cámara de Comercio de Bucaramanga y quien afirma hallarse legalmente capacitada, sin inhabilidades e incompatibilidades de acuerdo con lo previsto artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la Ley 1474 de 2011, el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E., y demás normas aplicables a la materia y que para efectos del presente contrato se denominará EL CONTRATISTA, hemos decidido celebrar el presente contrato, previas las siguientes CONSIDERACIONES: 1) Que
existe estudio de análisis de conveniencia y oportunidad, suscrito por el Encargado del Economato del Sanatorio de Contratación E.S.E, que registra los aspectos fundamentales que permiten concluir la necesidad y conveniencia de realizar dicha contratación. 2) Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 31.1.2.1 del artículo 31 del Acuerdo 06 de 26 xx xxxxxx de 2014 “Por el cual se adopta el manual de contratación del Sanatorio de Contratación Empresa Social del Estado”, y teniendo en cuenta que se trata de contratar el suministro de bienes cuyo valor estimado no supera los veintiocho (28) SMLMV, la selección del contratista se desarrollará mediante la modalidad de CONTRATACION DIRECTA causal “MINIMA CUANTIA CON INVITACION DIRECTA”, razón por la cual se realizará una invitación directa a presentar oferta a un proveedor que cumpla los requisitos exigidos en el estudio previo, en razón que no se requiere la obtención de varias ofertas. 3) Que existe disponibilidad presupuestal para atender el contrato según consta en el Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) No.18-00067 de fecha Enero 25 de 2018, expedido por el Encargado de Presupuesto de la Entidad. 4) Que se invitó a presentar oferta de manera directa a la señora XXXX XXXXXX XXXXX XXXXX, mayor de edad, identificada con la cédula de ciudadanía No.52.556.570 xx Xxxxxxxx, con establecimiento de comercio denominado “DISTRIBUCIONES MOPLA.”, quien presentó su oferta dentro del término establecido para el efecto, propuesta que una vez analizada, se consideró que era la más adecuada para la entidad, toda vez que cumple con los requisitos de idoneidad y experiencia exigidos, además que es la más económica y no supera el presupuesto oficial establecido por la entidad. 5) Que de acuerdo a lo anterior, las partes hemos acordado suscribir el presente contrato el cual se regirá por las normas legales vigentes y por las siguientes clausulas así: CLAUSULA PRIMERA. OBJETO: “SUMINISTRO DE PAPELERÍA, UTILES DE ESCRITORIO Y DE OFICINA PARA LAS DEPENDENCIAS DEL SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E., PARA LA VIGENCIA 2018.” de
conformidad con lo dispuesto en los estudios y documentos previos y la oferta presentada por el contratista; documentos que forman parte integral del presente contrato, y según la siguiente relación:
ITEM | DESCRIPCIÓN | UNID | CANT | Vr. UNIT. |
1 | ALMOHADILLA DACTILAR REDONDA TAMAÑO MEDIANA | UNIDAD | 1 | 4.000 |
2 | ALMOHADILLA PARA SELLO RECTANGULAR DE 120mmx100m | UNIDAD | 1 | 6.000 |
3 | ARCHIVADORES A- Z SIN BOLSILLO TAMAÑO OFICIO | UNIDAD | 1 | 5.300 |
4 | BANDAS DE CAUCHO No.22 AJA X 20 X | XXXX | 0 | 000 |
0 | XXXXXXX XXXXXXXX TIPO SEMI-INDUSTRIAL DE 9mm | UNIDAD | 1 | 4.500 |
6 | BOMBAS O GLOBOS PARA FIESTAS BOLSA X 50 U | BOLSA | 1 | 11.000 |
7 | BOMBAS O GLOBOS PARA FIESTAS MIL FIGURAS BOLSA X 50 | BOLSA | 1 | 14.500 |
8 | BORRADOR DE MIGA DE PAN REF. MP20 | UNIDAD | 1 | 700 |
9 | BORRADOR PARA TABLERO ACRILICO TAMAÑO | UNIDAD | 1 | 3.000 |
ESTÁNDAR | ||||
10 | CARPETA CELUGÍA EN CARTON TAMAÑO OFICIO | UNIDAD | 1 | 260 |
11 | CARPETA COLGANTE CON VARILLA METÁLICA TAMAÑO OFICIO | UNIDAD | 1 | 900 |
12 | CARPETA PLÁSTICA A COLOR CON GANCHO -TAMAÑO OFICIO | UNIDAD | 1 | 2.200 |
13 | CARTULINA DE 150 GR DE 70 CMS X 100 cms | UNIDAD | 1 | 600 |
14 | CINTA ADHESIVA AISLANTE DE 15mm X 10m, COLORES (VERDE, ROJO , NARANJA, AZUL,AMARILLA, CAFÉ, ENTRE OTROS). | ROLLO | 1 | 2.000 |
15 | CINTA ADHESIVA TRANSPARENTE DE 12mm X 40 mtros | ROLLO | 1 | 900 |
16 | CINTA AUTOADHESIVA DE EMBALAR DE 48 X 50 mm | ROLLO | 1 | 2.800 |
17 | CINTA DE ENMASCARAR 24 X 40 mtrs | ROLLO | 1 | 5.000 |
18 | CINTA METRICA PARA MODISTERIA | UNIDAD | 1 | 4.500 |
19 | CORRECTOR LÍQUIDO PRESENT. EN LAPIZ DE 10 ML | UNIDAD | 1 | 3.000 |
20 | COSEDORA PARA GRAPA ESTANDAR DE 26/6 | UNIDAD | 1 | 25.000 |
21 | CUADERNO CUADRICULADO ANILLADO GRANDE x 100 HOJAS | UNIDAD | 1 | 2.800 |
22 | DESCOSEDORES O DESBARATADOR DE COSTURA | UNIDAD | 1 | 3.000 |
23 | DISCO COMPACTO GRABABLE FORMATO CD CAPAC. 4.7 GB + SOBRE | UNIDAD | 1 | 800 |
24 | DISCO COMPACTO REGRABABLE CON SOBRE | UNIDAD | 1 | 1.500 |
25 | ETIQUETAS PARA MARCAR CD PAQUETE X 100 U | PAQUETE | 1 | 35.000 |
26 | FECHADOR PLASTICO MEDIANO | UNIDAD | 1 | 20.000 |
27 | FECHADOR PLASTICO PEQUEÑO | UNIDAD | 1 | 5.000 |
28 | GANCHOS CLIP MARIPOSA CORRIENTE CAJA X50 U | CAJA | 1 | 2.500 |
29 | GANCHOS CLIP MARIPOSA TAMAÑO GIGANTE CAJA X 12 U | CAJA | 1 | 3.000 |
30 | GANCHOS CLIP PLASTIFICADO A COLOR DE 33mm CAJA X 80 U | CAJA | 1 | 1.250 |
31 | GANCHOS GRAPA PARA COSEDORA ESTÁNDAR | CAJA | 1 | 2.500 |
32 | GANCHOS LEGAJADOR EN POLIPROPILENO TRANSPARENTE BOLSA X 20 U | BOLSA | 1 | 3.000 |
33 | HILAZA DE DOS CABOS DE 250 (COLORES, BLANCO Y NEGRO)CONO | CONO | 1 | 10.000 |
34 | HILOS CONO GRANDE DIEFERENTES COLORES | CONO | 1 | 4.000 |
35 | INFLADOR MANUAL DE GLOBOS O BOMBAS | UNIDAD | 1 | 12.000 |
36 | LAPICERO DESECHABLE RETRÁCTIL | UNIDAD | 1 | 600 |
37 | LÁPIZ EN MADERA CON BORRADOR MINA NEGRA | UNIDAD | 1 | 550 |
38 | LIBRO EMPASTADO DE ACTAS 2 COLUMNAS 400 FOLIOS | UNIDAD | 1 | 20.500 |
39 | MANECILLAS METALICAS TAMAÑO GRANDE | UNIDAD | 1 | 2.700 |
40 | MARCADOR BORRABLE PARA TABLERO ACRÍLICO | UNIDAD | 1 | 2.500 |
41 | MARCADOR PERMANENTE DESECHABLE PUNTA BISELADA | UNIDAD | 1 | 1.200 |
42 | MARCADOR PERMANENTE DESECHABLE PUNTA FINA SHARPIE | UNIDAD | 1 | 2.400 |
43 | PAD MAUSE ERGONOMICO | UNIDAD | 1 | 12.000 |
44 | PAÑO AGUJAS FILITEADORA Nº. 90 Y Nª. 100 | PAQUETE | 1 | 15.000 |
45 | PAÑO AGUJAS MAQUINA TIPO INDUSTRIAL | PAQUETE | 1 | 15.000 |
46 | PAPEL AUTOADHESIVO CONTAC TRANSPARENTE METRO | METRO | 1 | 3.000 |
47 | PAPEL CARBONATADO TAMAÑO OFICIO | CAJA | 1 | 25.000 |
48 | PAPEL EN FIBRA DE CAÑA DE AZUCAR TAMAÑO CARTA | RESMA | 1 | 11.000 |
49 | PAPEL EN FIBRA DE CAÑA DE AZUCAR TAMAÑO MEDIO OFICIO | RESMA | 1 | 14.000 |
50 | PAPEL EN FIBRA DE CAÑA DE AZUCAR TAMAÑO OFICIO | RESMA | 1 | 13.000 |
51 | PAPEL FOAMI TAMAÑO CARTULINA | PLIEGO | 1 | 3.200 |
52 | PAPEL XXXXXXXX DE 90 gr TAMAÑO CARTA GRUESO | UNIDAD | 1 | 500 |
53 | PAPEL PELICULA Y/O CRISTAFLEX X 600MT (CAJA) | ROLLO | 1 | 55.000 |
54 | PAPEL SEDA VARIOS COLORES PLIEGOS | PLIEGO | 1 | 150 |
55 | PEGANTE EN BARRA X 25GR PEGASTIC | UNIDAD | 1 | 3.400 |
56 | PEGANTE LÍQUIDO X 125GR COLBON | FRASCO | 1 | 1.600 |
57 | PERFORADORA METALICA 2 AGUJEROS | UNIDAD | 1 | 17.000 |
58 | REGLA PLÁSTICA CORRIENTE DE 30 CMS | UNIDAD | 1 | 1.000 |
59 | REPUESTO LÁMINA PARA BISTURI | UNIDAD | 1 | 1.500 |
60 | REPUESTO MINAS PARA PORTAMINAS | UNIDAD | 1 | 1.500 |
61 | RESALTADOR DESECHABLE | UNIDAD | 1 | 1.300 |
62 | SACAGANCHOS Y/O REMOVEDOR DE GRAPAS | UNIDAD | 1 | 5.500 |
63 | SILICONA LÍQUIDA X 100 ML | FRASCO | 1 | 2.500 |
64 | SOBRES DE MANILA 25 X 31 | UNIDAD | 1 | 150 |
65 | SOBRES DE MANILA 25 X 35 | UNIDAD | 1 | 150 |
66 | TAJALAPIZ PLASTICO | UNIDAD | 1 | 200 |
67 | TIJERA MEDIANA TIPO CORNETA | UNIDAD | 1 | 80.000 |
68 | TIJERA DE 7" PARA CORTAR PAPEL | UNIDAD | 1 | 5.500 |
69 | TINTA PARA SELLO DE 28 CC | FRASCO | 1 | 2.900 |
70 | TINTA PARA NUMERADOR METALICO | FRASCO | 1 | 14.000 |
71 | TIZA PARA MARCAR SOBRE TELA | UNIDAD | 1 | 3.000 |
72 | VINILOS ESCOLARES X 150 GR | FRASCO | 1 | 2.000 |
CLAUSULA SEGUNDA - VALOR Y FORMA DE PAGO: Para los efectos legales y fiscales, el valor del presente contrato asciende a la suma de QUINCE MILLONES QUINIENTOS MIL QUINIENTOS QUINCE PESOS ($15.500.000,oo) M/CTE. IVA
INCLUIDO. El valor del contrato será cancelado mediante actas parciales, cuyo valor se liquidara teniendo en cuenta las cantidades de elementos y útiles requeridas y efectivamente suministradas, por los valores acordados en el contrato, previa presentación de factura de venta o cuenta de cobro, certificación de cumplimiento expedida por la supervisión del Contrato y constancias de pago de las obligaciones por conceptos de Seguridad Social Integral (Salud, Pensión, Riesgos laborales) y parafiscales si a ellos hubiere lugar. CLAUSULA TERCERA - PLAZO DEL CONTRATO: Desde la suscripción del acta de inicio y hasta el treinta y uno (31) de Diciembre de 2018 y/o hasta agotar recursos asignados. CLAUSULA CUARTA - DECLARACIÓN DEL CONTRATISTA: LA
CONTRATISTA manifiesta conocer perfectamente la naturaleza del contrato a ejecutar, las normas legales que le son inherentes, los plazos y costos requeridos para ejecutar el objeto contractual; todo lo cual queda bajo su responsabilidad. CLAUSULA QUINTA - OBLIGACIONES DEL CONTRATANTE: a) Efectuar los registros y operaciones presupuéstales y contables necesarios para cumplir cabalmente el pago de los bienes y/o servicios que el Contratista haya prestado a ésta con base en el presente contrato. b) Suministrar la información que sea requerida por el contratista para la correcta ejecución del contrato. c) Realizar la supervisión del contrato mediante el supervisor designado por la gerencia. d) Pagar oportunamente el valor de los bienes y/o servicios, dentro de los plazos fijados en el contrato. CLAUSULA SEXTA - OBLIGACIONES DE LA CONTRATISTA: a) Cumplir con el objeto y especificaciones técnicas del contrato en el plazo convenido. b) Garantizar la calidad y la oportunidad de los elementos y útiles a entregar. c) Mantener el precio de los elementos y demás ítems estipulados en la propuesta, durante la ejecución del contrato. d) Prestar oportuna colaboración para la diligente ejecución del contrato, utilizando de manera eficaz su idoneidad y experiencia en el desarrollo del mismo. e) Hacer la entrega de los elementos solicitados en óptimas condiciones, en la Xxxxx 0 Xx. 0 - 00, Xxxxxxxxx xx Xxxxxxxxxxxx E.S.E. como domicilio contractual. f) Dar curso a las directrices impartidas por el supervisor del contrato con los requisitos exigidos para la ejecución del mismo. g) Suministrar al supervisor toda la información requerida para el ejercicio oportuno de su gestión. h) Estar al día en el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social Integral (Salud, Pensión, Riesgos laborales) y parafiscales si a ellos hubiere lugar. i) Asumir los gastos que genere el futuro contrato. j) Responder ante las autoridades de los actos u omisiones que en el ejercicio de las actividades que dentro del desarrollo del contrato, se cumplan, cuando con ellos se cause perjuicio a la administración
o a terceros. k) Las demás que se requieran para el cabal cumplimiento del objeto contractual. CLAUSULA SEPTIMA - IMPUTACIÓN PRESUPUESTAL: Los pagos que asume el CONTRATANTE en virtud del presente contrato, se sujetan a las apropiaciones presupuestales respectivas y se pagarán con recursos del presupuesto General de Gastos Vigencia 2018, Rubros 2010 Adquisición de Bienes – Materiales y Suministros - Papelería, Útiles de Escritorio y Oficina, de conformidad con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal (CDP) No.18-00067 de Enero 25 de 2018, expedido por el Encargado de Presupuesto de la entidad. CLAUSULA OCTAVA - SUPERVISIÓN: La supervisión del presente contrato de Suministro será efectuada por el Encargado del Economato del Sanatorio de Contratación E.S.E., quien tendrán la atribución de exigir al CONTRATISTA la ejecución idónea y oportuna del objeto contratado, verificando que se cumpla con las especificaciones descritas en el objeto del mismo, dando cumplimiento a lo establecido en los artículos 44 al 47 del Acuerdo 06 de 2014, por el cual se Adopta el Manual de Contratación del Sanatorio de Contratación E.S.E, además de lo contemplado en la Ley 1474 de 2011 “Estatuto Anticorrupción”. CLAUSULA NOVENA - SOLUCION DIRECTA DE LAS CONTROVERSIAS CONTRACTUALES: Se considera que las
diferencias o discrepancias, surgidas de la actividad contractual, se solucionan de manera ágil, rápida y directa para lo cual se podrá acudir a la conciliación, transacción o cualquier otro mecanismo de solución de controversia contractual previsto en la ley. CLAUSULA DECIMA - GARANTÍAS: De conformidad con lo dispuesto en el artículo 51 numeral 2, 4 y concordantes del manual interno de contratación de la entidad, teniendo en cuenta que se trata del suministro de papelería, útiles de escritorio y de oficina, se considera necesario y oportuno exigir al CONTRATISTA la constitución a su xxxxx y a favor del Sanatorio de Contratación E.S.E., garantías únicas que amparen los siguientes riesgos: a) Cumplimiento del contrato: para precaver los perjuicios que se deriven del incumplimiento de las obligaciones contractuales incluidas las multas y la cláusula penal que se pacte en el contrato; por una cuantía mínima del veinte por ciento (20%) del valor del contrato, y una vigencia igual a la del plazo de ejecución del contrato y seis (6) meses más. b) Calidad de los bienes suministrados: para precaver las eventualidades que uno
o varios de los bienes contratados no reúnan las especificaciones o calidades exigidas para la contratación o que no sean aptos para los fines para los cuales fueron adquiridos, así como para precaver los vicios de fabricación y la calidad de los materiales o componentes. Su cuantía no era inferior al 30% del valor del contrato y su vigencia será mínimo de 12 meses contados a partir del recibo o aceptación final. CLAUSULA DÉCIMO PRIMERA - CLAUSULAS EXORBITANTES: El presente contrato se regirá por el Derecho Privado, el Manual de Contratación de la entidad y acoge las cláusulas exorbitantes como terminación, modificación e interpretación unilateral y la caducidad, referidas en el parágrafo primero del artículo 3 del manual de contratación. CLAUSULA DÉCIMO SEGUNDA - CESIÓN: EL CONTRATISTA no podrá ceder ni total, ni parcialmente éste contrato, ni subcontratar sin autorización expresa y por escrito del contratante. CLAUSULA DÉCIMO TERCERA - CAUSALES DE TERMINACIÓN: Además de las causales de terminación previstas en la Ley y expresadas anteriormente, este contrato se podrá dar por
terminado por: a) Mutuo acuerdo de las partes. b) Por el incumplimiento de alguna de las partes. c) Por la ocurrencia de hechos imprevisibles que imposibiliten su cumplimiento. CLAUSULA DÉCIMO CUARTA - DOMICILIO CONTRACTUAL Y SITIO DE EJECUCIÓN
DEL CONTRATO: Se pacta como domicilio contractual el Municipio de Contratación y el lugar de ejecución del contrato en el Sanatorio de Contratación E.S.E. CLAUSULA DÉCIMO QUINTA - INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES: LA CONTRATISTA
manifiesta bajo la gravedad de juramento el cual se entiende prestado con la aceptación y firma del presente contrato, que no se halla incurso en ninguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad previstas en el artículo 8° de la Ley 80 de 1993, las contempladas en la ley 1474 de 2011 y demás normas aplicables a la materia en concordancia con el parágrafo segundo del artículo 3 del Manual de Contratación de la entidad. CLAUSULA DECIMO SEXTA - CLAUSULA DE INDEMNIDAD: LA
CONTRATISTA mantendrá indemne al SANATORIO DE CONTRATACION E.S.E., en cualquier demanda o acción judicial o administrativa con ocasión de la ejecución del presente contrato, por causas imputables al contratista. CLAUSULA DÉCIMO SÉPTIMA - DOCUMENTOS QUE FORMAN PARTE INTEGRAL DEL CONTRATO: Forma parte
integral del presente contrato los siguientes documentos: 1. Estudios previos. 2. Propuesta técnica y económica presentada por el Contratista. CLAUSULA DECIMO OCTAVA - PERFECCIONAMIENTO Y EJECUCIÓN: El presente contrato se perfecciona con las firmas de los de los que intervinieron en el mismo y para su ejecución requiere el Registro Presupuestal expedido por el funcionario Encargado de Presupuesto del Sanatorio de Contratación E.S.E. la constitución y aprobación de las Garantías exigidas y la suscripción del acta de inicio respectiva.
En constancia de entendimiento y aceptación del presente documento, se firma en dos (02) ejemplares del mismo tenor y valor, al veintiséis (26) del mes de Enero de Dos mil Dieciocho (2018).
(ORIGINAL FIRMADO)
XXXXXX XXXXX XXXXXXX XXXXXXX. XXXX XXXXXX XXXXX XXXXX
Gerente C.C. No.52.556.570 xx Xxxxxxxx.
Sanatorio Contratación E.S.E. “DISTRIBUCIONES MOPLA.”
Proyectó: | Xxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxx Xxx. Procesos Contractuales | |
Revisó: | Xxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxx Asesor Jurídico Interno. |