ESTUDIOS PREVIOS CÓDIGO: AGJC-CN-FT-001
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CÓDIGO: AGJC-CN-FT-001 |
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VERSIÓN: 17 |
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FECHA DE APROBACIÓN: 11/01/2024 |
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RESPONSABLE: CONTRATACIÓN |
DESCRIPCIÓN DE LA NECESIDAD QUE LA ENTIDAD ESTATAL PRETENDE SATISFACER CON EL PROCESO DE CONTRATACIÓN (Numeral 3.1.5 del Manual de Contratación)
Canal Capital es una sociedad pública organizada como empresa industrial y comercial del Estado, perteneciente al orden distrital, constituida bajo las leyes colombianas, creada mediante el Acuerdo Distrital 019 de 1995, y legalmente constituida mediante Escritura Pública No. 4854 del 14 de noviembre de 1995 de la Notaría 19 del Círculo de Bogotá.
Como canal público de televisión, tiene por objeto principal la operación, prestación y explotación del servicio de televisión regional establecido en las Leyes 182 de 1995 y 335 de 1996, atendiendo lo dispuesto en el Acuerdo 019 de 1995 y demás normas aplicables.
Así mismo, como prestador del servicio de televisión pública, busca satisfacer las necesidades del Estado como son, entre otras, promover el respeto de las garantías, deberes, derechos fundamentales y demás libertades, fortalecer la consolidación de la democracia, la paz y propender por la difusión de los valores humanos y expresiones culturales de carácter nacional, regional y local, por lo cual su programación se orienta a satisfacer las necesidades educativas, deportivas y culturales de la audiencia, interpretando la pluralidad política, social, cultural y económica de la ciudad capital.
En este aparte a cargo del ÁREA REQUIRENTE, se describirán todas aquellas necesidades que se pretenden satisfacer con el bien, obra o servicio a contratar y cuál es la forma o las formas de satisfacerla. Es importante determinar la necesidad en el marco de la oportunidad para proveer el bien, obra o servicio y los beneficios esperados por la Entidad con la contratación.
En este punto se debe hacer referencia a las causas por las cuales CANAL CAPITAL debe contratar el bien, obra o servicio; la utilidad o provecho que le reportará a la Entidad y las razones que sustentan la contratación del bien, obra o servicio.
Es importante hacer referencia a las funciones a cargo de CANAL CAPITAL y la forma como el bien, obra o servicio a contratar permite el cumplimiento de tales funciones.
Dentro de la descripción de la necesidad y la forma en la que CANAL CAPITAL puede satisfacerla, teniendo en cuenta el tipo de proceso de contratación a realizar y/o el bien a adquirir, el estudio previo buscará dar respuesta a los interrogantes que de manera enunciativa se refieren a continuación, según aplique:
¿Qué necesidad tiene CANAL CAPITAL?
¿Qué opciones existen para resolver dicha necesidad en el mercado? Se deberá efectuar el análisis costo – beneficio de las diferentes soluciones que satisfacen la necesidad de la entidad.
¿Qué solución resulta más favorable a la entidad para resolver la necesidad desde los puntos de vista técnico y económico? Se deberá efectuar el análisis de las diferentes soluciones que satisfacen la necesidad de la entidad frente a los costos, beneficios y desventajas de cada una de ellas (outsourcing, leasing, arrendamiento, etc.).
¿Esta necesidad se encuentra prevista en el Plan Anual de Adquisiciones de la entidad?
Deberá incluirse la relación existente entre el objeto de la contratación y el PETI cuando aplique.
En todo caso, siempre deberán responderse los interrogantes mencionados en los literales a) y d).
A CONTINUACIÓN, EJEMPLO PARA LOS CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Para el desarrollo de nuevas líneas de negocio para el Canal, la Junta Administradora Regional modificó los estatutos del Canal Capital, a través del Acuerdo No. 010 de 2023, incorporando nuevas actividades sociales entre las cuales se encuentra la de prestar por sí mismo o a través de terceros servicios de asesoría e implementación en materia de publicidad , comercialización, mercadeo de espacios (en medios ATL, BTL y DIGITAL), manejo de imagen, posicionamiento institucional y de marca, en medios de comunicación, para lo cual, podrá implementar cualquier metodología que permita efectuar análisis de información, datos o audiencias.
Las actividades de BTL (Below the line – debajo de la línea), hacen referencia a las prácticas no masivas de comunicación dirigidas a segmentos específicos xxx xxxxxxx que buscan crear nuevos canales de comunicación entre la marca y el consumidor.
Las actividades ATL (Above The Line- Sobre la línea), hacen referencia a cualquier tipo de publicidad que utiliza medios publicitarios convencionales. Con esta estrategia, las entidades pretenden llegar a una audiencia más amplia, ya que se sirve de los medios llamados masivos, en los cuales la inversión en campañas publicitarias suele ser elevada, generando una relación de productividad recíproca.
Dentro de la planificación de Canal Capital, se han identificado un número de contratos interadministrativos que incluyen entre otras actividades, campañas publicitarias, publicidad en canales nacionales, privados, salas de cine y medios digitales, impresos, regionales, así como la preproducción, producción y postproducción de reuniones asociadas a foros, talleres, congresos, ferias, convenciones y encuentros para el desarrollo de actividades educativas, académicas, culturales, sociales y deportivas.
Para llevar a cabo dicho plan, se requiere la realización de contratos, estructuración y desarrollo de convocatorias públicas, estudios del sector, inteligencias xx xxxxxxx, estudios previos y la realización de evaluaciones jurídicas, técnicas y económicas dentro de procesos de selección, que le permitirán a Canal Capital contar con las mejores opciones de contratación.
Todo lo anterior indica la necesidad de contar con un profesional del derecho que atienda los requerimientos, gestiones jurídicas y conceptos requeridos para el logro de los objetivos propuestos, con un perfil establecido para suplir las necesidades del Canal (AJUSTAR TENIENDO EN CUENTA EL PERFIL REQUERIDO Y LAS ACTIVIDADES A DESARROLLAR POR EL CONTRATISTA)
De esta forma, y considerando que la entidad no cuenta con el personal de planta suficiente para desarrollar y asumir los retos descritos anteriormente, se hace necesario fortalecer el equipo de trabajo de manera tal que posibilite el cumplimiento de los retos planteados, para lo cual se requiere contar con una persona que contribuya con el cumplimiento de los objetivos definidos por el área.
Una vez el área de recursos humanos revisó la planta de personal de Canal Capital certificó la inexistencia de personal para desempeñar este tipo de actividades, expresando que: “Transcripción literal de la certificación de inexistencia y/o insuficiencia expedida por el área de Recursos Humanos”.
En mérito de los expuesto, se requiere suplir con esta necesidad, para lo cual se deberá realizar la suscripción de un contrato de prestación de servicios profesionales y/o de apoyo a la gestión, de acuerdo a lo estipulado en el numeral 4.5.8 del Manual de Contratación de Canal Capital.
EL TEXTO RESALTADO DEBERÁ MODIFICARSE PARA CADA TIPO DE CONTRATACIÓN
ANÁLISIS DEL SECTOR O INTELIGENCIA XXX XXXXXXX (Numeral 3.1.6 del Manual de Contratación)
El análisis de sector a cargo del ÁREA REQUIRENTE, con el apoyo de las áreas jurídica y financiera cuando se requiera, debe cubrir tres áreas: i) el análisis del sector o mercado del que se trate; ii) el estudio de la oferta y iii) el análisis de la demanda. Para su elaboración se debe tener en cuenta lo establecido por la Agencia Nacional Colombia Compra Eficiente en el documento guía que expida para el efecto.
Aspectos generales del sector y xxx xxxxxxx
Describir o N/A
Aspecto económico
Describir o N/A
Aspecto técnico
Describir o N/A
Aspecto legal
NORMATIVA APLICABLE A LA ENTIDAD. Constitución Política de Colombia artículos 209 y 267, Artículo 37 Ley 182 de 1995, Decreto 1421 de 1993, el artículo 96 del Decreto 111 de 1996, numeral 1º del artículo 8 de la Ley 80 de 1993, Ley 489 de 1998, artículo 14 de la Ley 1150 de 2007 Ley 1474 de 2011, entre otras de creación constitucional o legal y las que surjan con posterioridad por virtud de otras leyes, artículo 11 y 12 de la Ley 1437 de 2011, así como el Manual de Contratación del canal.
NORMATIVA APLICABLE AL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: TEXTO PARA PRESTACIÓN DE SERVICIOS. - Son contratos de prestación de servicios los que celebran las entidades estatales para desarrollar actividades relacionadas con la administración o funcionamiento de la entidad. Estos contratos sólo podrán celebrarse con personas naturales cuando dichas actividades no puedan realizarse con personal de planta o requieran conocimientos especializados. En ningún caso estos contratos generan relación laboral ni prestaciones sociales y se celebrarán por el término estrictamente indispensable.
A su vez, el Decreto 1082 de 2015, por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector administrativo de planeación nacional, establece:
“ARTÍCULO 2.2.1.2.1.4.9. Contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, o para la ejecución de trabajos artísticos que solo pueden encomendarse a determinadas personas naturales. Las Entidades Estatales pueden contratar bajo la modalidad de contratación directa la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con la persona natural o jurídica que esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato, siempre y cuando la Entidad Estatal verifique la idoneidad o experiencia requerida y relacionada con el área de que se trate. En este caso, no es necesario que la Entidad Estatal haya obtenido previamente varias ofertas, de lo cual el ordenador del gasto debe dejar constancia escrita.”
Los servicios profesionales y de apoyo a la gestión, corresponden a aquellos de naturaleza intelectual diferentes a los de consultoría que se derivan del cumplimiento de las funciones de la Entidad Estatal, así como los relacionados con actividades operativas, logísticas, o asistenciales.
Según lo dispuesto en la normativa citada, para la contratación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión con personas naturales, la persona debe demostrar y acreditar, además de la capacidad, la idoneidad para ejecutar el objeto contractual.
Esto quiere decir que, si la entidad estatal determinó en sus estudios previos que para la ejecución del contrato era necesario contar una persona o grupo de personas que acreditarán formación profesional en una determinada disciplina académica, dicho requerimiento hace imperioso recurrir a las normas que regulan el ejercicio de cada una de las profesiones con el fin de establecer los requisitos para el ejercicio práctico de las mismas.
De esta manera, para celebrar contratos de prestación de servicios con entidades estatales es obligatorio el cumplimiento de los requisitos generales y los específicos exigidos, para cumplir con las obligaciones según lo establecido en el estudio previo de contratación.
Análisis de la demanda
Describir o N/A
xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxxxxxx/xxxxx/xxxxxxxx/xxx_xxxx_xxxxxxx_xxxxxx_xxx.xxx.
A CONTINUACIÓN, EL TEXTO, PARA LOS CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Para la presente contratación, no se realiza estudio del sector, toda vez que se trata de una contratación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, en aplicación al Manual de Contratación y la guía expedida por Colombia Compra Eficiente para la elaboración de los estudios del sector en materia de contratación directa, que establece que no será necesario que la entidad haga un estudio de la oferta y la demanda del sector de la prestación de servicios con particularidades sobre tipos, precios, calidades y cantidades de la oferta y la demanda; razón por la cual el valor se establece de acuerdo con la propuesta presentada por el contratista.
En virtud de la contratación que realiza Canal Capital y bajo el proceso de contratación de la misma, se identifica que esta clase de servicios son contratados por empresas del sector público y privado para la prestación de servicios profesionales en el área de derecho con lo cual la entidad busca atender temas jurídicos, contractuales, legales y demás necesario para el correcto funcionamiento del Canal. (AJUSTAR TENIENDO EN CUENTA EL PERFIL REQUERIDO Y LAS ACTIVIDADES A DESARROLLAR POR EL CONTRATISTA)
Gestión anti-soborno
La gestión antisoborno en el marco de un proceso contractual se realizará conforme los lineamientos establecidos por Canal Capital en la Política Integral de Transparencia y Acceso a la Información, Lucha contra la Corrupción y Gestión Anti Soborno.
VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO Y LA JUSTIFICACIÓN DEL MISMO (Numeral 3.1.7. del Manual de Contratación)
El presupuesto oficial de la contratación será establecido por el ÁREA REQUIRENTE, de acuerdo con el resultado que arroje el análisis del sector o la inteligencia xx xxxxxxx, que se lleve a cabo una vez elaborado el estudio técnico.
Es importante tener en cuenta que el valor de los contratos deberá contemplar todos los valores de los impuestos a que haya lugar.
El valor del contrato y su justificación deberá determinarse considerando los resultados arrojados por el análisis del sector o inteligencia xx xxxxxxx, el cual debe comprender un análisis de precios de los diferentes bienes o servicios a contratar que se registran en el mercado. El análisis de precios debe ser realizado, entre otros, a través de alguno de los siguientes mecanismos:
Solicitud de cotizaciones
El estudio de costos deberá efectuarse, de manera principal, haciendo uso del módulo del SECOP II denominado Solicitud de Información a Proveedores (SIP), publicando la solicitud a cotizar en el formato establecido para el efecto.
Adicionalmente, podrá complementarse este estudio mediante la solicitud de mínimo tres (3) cotizaciones; las cotizaciones que acompañen el estudio xx xxxxxxx deberán contar con una fecha de expedición no superior a tres (3) meses; para el caso de cotizaciones relativas al mercado audiovisual, la vigencia de las mismas podrá ser hasta de seis (6) meses. También podrá complementarse con la verificación de precios o condiciones xx xxxxxxx en Internet.
Cuando se emplee la modalidad de solicitud de cotizaciones, las mismas se deben requerir remitiendo a los interesados toda la información básica del contrato a suscribir, en idénticas condiciones a las publicadas en el módulo SIP de SECOP II, con el fin de que proyecten el valor del servicio o del bien correspondiente. Por lo expuesto, se recomienda señalar en la comunicación respectiva, según aplique:
Características del bien y servicio a contratar.
Los gastos que deberá asumir el contratista (constitución de garantía única, impuestos, transporte, publicación, etc.).
La forma de pago prevista para el futuro contrato.
El tiempo, modo y lugar de entrega del producto o servicio.
La validez de la oferta.
La garantía en meses del producto ofrecido.
El porcentaje de descuentos por pronto pago en caso de ofrecerse.
Además, de ser necesario, se deberán detallar o puntualizar diversas opciones que se consideren convenientes; por ejemplo, obras adicionales para la instalación de los bienes, mantenimiento, cambio de repuestos, actualización de producto y cualquier información adicional que incida directamente en el precio ofrecido.
Firma de quien presenta la cotización y datos de contacto.
En el evento en que en dichas cotizaciones se sospeche la presencia de precios artificialmente bajos, el área deberá requerir al cotizante para que justifique los precios cotizados a fin de validar su continuidad o no en el estudio xx xxxxxxx. Si de los argumentos presentados por el cotizante no se puede concluir que los precios corresponden al mercado, dicha cotización será excluida del estudio.
A las empresas y/o personas naturales que presentan las cotizaciones deberá realizarse un análisis de debida diligencia en los términos establecidos en la Política Integral de Transparencia y Acceso a la Información, Lucha contra la Corrupción y Gestión Anti Soborno del Canal.
Para contratos de prestación de servicios N/A.
Consulta de bases de datos especializadas
Cuando por las condiciones xxx xxxxxxx del bien o servicio a contratar se requiera la revisión de bases de datos, el responsable deberá dejar constancia de las consultas realizadas y de los precios que soportan la consulta. Las bases de datos consultadas deben ser especializadas y representativas en el mercado del bien o servicio a contratar. A manera de ejemplo, se relacionan algunas bases de datos que podrían consultarse:
Para contratos de prestación de servicios N/A.
Análisis de consumos y precios históricos
Por medio de este mecanismo se verifica el impacto de los precios según la variación en el índice de precios al consumidor en cada año, examinando si se han presentado fenómenos económicos que hayan implicado fluctuaciones importantes en el comercio del bien o servicio. Para una adecuada comparación, las características principales del bien o servicio deben ser las mismas entre una contratación y otra.
Para contratos de prestación de servicios N/A.
Por determinación de los precios pactados por otras entidades oficiales para los mismos bienes o servicios
Se podrán revisar contratos celebrados por otras entidades estatales durante la misma vigencia o en vigencias anteriores atendiendo los incrementos anuales conforme al IPC. Para ello, se deberán analizar las cantidades de bienes suministrados, la forma de pago, la calidad o características técnicas de los bienes y demás condiciones contractuales que puedan incidir en los precios de los bienes y servicios.
En todos los casos, deberán aportarse todos los soportes correspondientes.
Para contratos de prestación de servicios N/A.
Contratación directa
En el evento de realizar la contratación del bien o servicio mediante contratación directa se debe tener en cuenta el objeto del proceso de contratación, las condiciones del bien o servicio a adquirir y las ventajas que representa para la entidad contratarlo con el aspirante correspondiente, la forma como se acuerda la entrega de los bienes o servicios, las cantidades contratadas, la forma de pago, y en general las demás condiciones previstas por las partes. Para efectos de determinar el presupuesto oficial se hará uso del módulo de Proveedores del ERP para solicitar cotizaciones y seleccionar el precio más favorable.
Para contratos de prestación de servicios N/A.
Oferta para la prestación de servicios profesionales y/o de apoyo a la gestión
En un contrato de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, el presupuesto oficial se establecerá de acuerdo con los honorarios acordados entre el contratista y CANAL CAPITAL para tal efecto, donde se tendrán en cuenta condiciones de idoneidad y experiencia del perfil para servicio requerido.
A CONTINUACIÓN, EL TEXTO, PARA LOS CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Se manifiesta la necesidad de realizar un contrato de prestación de servicios por valor de LETRAS ($$$), incluidos todos los impuestos a que haya lugar.
El valor contratado se establece de acuerdo con los honorarios establecidos en la propuesta presentada por el contratista en la que manifiesta el valor por mensualidad vencida durante el plazo de ejecución del contrato de conformidad con lo establecido en el literal f) del numeral 3.1.7 del Manual de Contratación. Para tal efecto se constató que se podrá contratar directamente a esta persona ya que está en la capacidad de ejecutar y cumplir con el objeto de contratación.
Valor estimado en los contratos tipo bolsa
Para la determinación del valor estimado del contrato el caso de los contratos tipo bolsa, se podrán considerar los siguientes factores:
El valor de los contratos tipo bolsa de características similares al bien y/o servicio requerido, celebrados en vigencias anteriores.
El valor determinado por el área para el bien o el servicio requerido al momento de elaborar el PAA, previo análisis económico del presupuesto del contrato.
Las referencias de valores incluidas en los actos administrativos a través de los cuales se transfieran recursos por parte de terceros como MinTIC, según disponibilidad presupuestal para el efecto.
El valor proyectado conforme un presupuesto establecido u ofertado para el cumplimiento de contratos en los que CANAL CAPITAL funja como contratista, para la contratación tipo bolsa de determinados bienes y/o servicios.
Las cotizaciones solicitadas para determinar los valores unitarios que serán objeto de la adquisición de los bienes y/o servicios requeridos.
En la elaboración de los estudios previos deberán tenerse en cuenta las disposiciones tanto externas como internas en materia presupuestal, tributaria, financiera y contable, de manera que el contrato que se pretende celebrar se ajuste al cumplimiento de las directrices de las entidades competentes, se realicen los estudios xx xxxxxxx adecuadamente, se facilite el seguimiento de la ejecución del contrato y se registre y clasifique la información contable. Teniendo en cuenta la complejidad de la contratación, se efectuarán las consultas respectivas a la Subdirección Financiera.
Para contratos de prestación de servicios N/A.
OBJETO A CONTRATAR Y ESPECIFICACIONES (Numeral 3.1.8. del Manual de Contratación)
OBJETO
El área debe proponer el objeto del contrato, el cual será verificado por el área jurídica, de conformidad con la esencia de la necesidad descrita, la cual deberá consignarse en el objeto a contratar con sus especificaciones técnicas esenciales y el alcance del objeto (si así se requiere); para determinar de manera clara y precisa las condiciones del contrato se debe incluir las especificaciones técnicas del bien o servicio a contratar.
ALCANCE
Si aplica
DEFINICIÓN DE LOS BIENES O SERVICIOS A CONTRATAR CONFORME AL CLASIFICADOR DE BIENES Y SERVICIOS UNSPSC
Para definir los UNSPSC se deberá remitir al siguiente link xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxxx-xx-xxxxxx-x-Xxxxxxxxx.
Se debe identificar de manera precisa si la necesidad de la entidad involucra un bien o un servicio. Ver xxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxx/xxx_xxxxxx/xxxxx/xxx_xxxxxxxxx/xxx_xxxx_xxxxxxxxxxxx_xxxxxx.xxx.
CLASIFICACIÓN UNSPSC |
SEGMENTO |
FAMILIA |
CLASE |
PRODUCTO (DE SER POSIBLE) |
Servicios temporales de recursos humanos. |
80000000 |
80110000 |
80111600 |
80111620 |
PLAZO DE EJECUCIÓN (Numeral 3.1.9. del Manual de Contratación)
Xxxx quien realiza la solicitud contractual quien establezca el plazo de ejecución del contrato a ejecutar, teniendo presente las siguientes variables: descripción de la necesidad para la contratación, análisis del sector, valor estimado del contrato y justificación del mismo. Para el caso de contratos tipo bolsa, en los que el agotamiento del recurso sea el que determina el plazo, deberá estimarse una fecha de terminación.
VALOR Y FORMA DE PAGO (Numeral 3.1.10 del Manual de Contratación)
Se debe indicar UNA DE LAS DOS opciones:
VALOR DEL CONTRATO, para los casos de contratación directa, en los que se ha surtido un análisis xxx xxxxxxx y se cuenta con una oferta final que soportará el valor del contrato. Debe incluirse el número y demás información del Certificado de Disponibilidad Presupuestal que ampara el mismo.
PRESUPUESTO OFICIAL, para los casos de procesos de selección (convocatorias o licitaciones) en los que el valor del contrato dependerá, a futuro, de la oferta que resulte adjudicataria en dicho proceso de selección. También debe mencionarse el número de Certificado de Disponibilidad Presupuestal que ampara el mismo.
De acuerdo con la naturaleza del objeto de la contratación y las condiciones xxx xxxxxxx se indicará de manera clara la forma en que CANAL CAPITAL pagará el valor del contrato (pago único, pagos parciales, mensual, bimensual, si hay lugar al anticipo o pago anticipado1entre otros), con el fin de conservar las condiciones económicas existentes al momento de su suscripción, señalándose así mismo los requisitos que deberá cumplir el contratista para el efecto.
Para la inclusión de anticipos en los contratos o convenios que celebre CANAL CAPITAL, la dependencia solicitante deberá analizar dicha posibilidad previamente con la Subdirección Financiera, la cual será procedente si existen recursos líquidos disponibles para el efecto, siempre y cuando su monto no exceda el 50% del valor del respectivo contrato.
A CONTINUACIÓN, EL TEXTO PARA LOS CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
Canal Capital se compromete a cancelar el valor antes mencionado de la siguiente manera:
Un (1) primer pago vencido con corte al día 30 del primer mes calendario de ejecución, a razón de XXX PESOS M/CTE ($XXX) por día, incluidos todos los impuestos a que haya lugar.
Xxx (XXX) pagos mensuales vencidos, por valor de XXX PESOS M/CTE ($XXX), incluidos todos los impuestos a que haya lugar.
(iii) Un (1) último pago vencido, proporcional a los días efectivamente prestados durante el último mes calendario de ejecución, a razón de XXX PESOS M/CTE ($XXX) por día, incluidos todos los impuestos a que haya lugar.
NOTA 1: Para efectos del cómputo de los días, todos los meses del año se entenderán de treinta (30) días, comprendidos entre el (1) y el último día de cada mes; es decir, que una vez se cumpla dicho plazo, EL CONTRATISTA podrá presentar su cuenta de cobro.
NOTA 2: Los pagos se realizarán previa certificación de cumplimiento a satisfacción por parte del supervisor del contrato. Para el último pago se deberá aportar la certificación de cierre contractual por parte del supervisor, salvo que el mismo sea resultado de una terminación anticipada del contrato, caso en el cual, el acta de terminación anticipada y liquidación del contrato será el soporte idóneo para el efecto. Los pagos se efectuarán dentro de los quince (15) días siguientes al cumplimiento de los anteriores requisitos. CANAL CAPITAL hará las retenciones a que haya lugar sobre el pago, de acuerdo con las disposiciones legales vigentes.
NOTA 3: CIERRE DE VIGENCIA FISCAL. Los pagos a causar en el mes de diciembre, si aplica, se realizarán de conformidad con las fechas establecidas por CANAL CAPITAL, a través de la Subdirección Financiera para el cierre de la respectiva vigencia.
LUGAR DE EJECUCIÓN
Por regla general la ejecución será en la Ciudad de Bogotá DC, sin embargo, será quien tiene la necesidad quien determine de conformidad con las características del contrato, los servicios a adquirir quien defina este. Lo anterior teniendo en cuenta el estudio del sector en razón a la solicitud de cotización. Es importante anotar que el lugar de ejecución puede ser distinto del domicilio del contratista.
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Serán el resultado de las actividades a desarrollar, justificación de la necesidad y el análisis del sector presentado por el área que solicita el trámite contractual. Estas se deberán desarrollar en conjunto con el área jurídica y el área solicitante, de conformidad con las condiciones técnicas plasmadas en la solicitud contractual.
CONDICIONES TÉCNICAS EXIGIDAS (PARA CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES Y/O DE APOYO A LA GESTIÓN SE DILIGENCIA N/A)
Indicar las especificaciones técnicas del bien o servicio a contratar, es decir la definición técnica del bien y las condiciones del mismo, las cuales deberán ampliarse en el estudio técnico respectivo, para lo cual debe tener en cuenta:
La futura utilización de los bienes
Su vida útil.
La coherencia técnica con otras herramientas antes adquiridas
Las calidades del personal técnico que debe prestar los servicios;
Las actividades técnicas principales y plazos para ejecutarlas, así como el plazo de ejecución total del contrato.
Obligaciones del futuro contratista.
El plazo, es el tiempo real y cierto, legal o convencionalmente establecido por las partes del contrato, en el que se espera que se cumplan las obligaciones a cargo del contratista, el cual debe obedecer a un estudio técnico serio por parte de la Entidad. Se debe tener en cuenta que el término de ejecución del contrato o convenio.
Deberá considerarse el término en el que el contratista dará cumplimiento al objeto contractual y obligaciones pactadas, el cual deberá ser razonable y de posible cumplimiento. Para la estimación del plazo contractual, deberá tenerse en cuenta el tiempo que la entidad requiere para la tramitación de la suscripción, perfeccionamiento, legalización y ejecución del contrato.
El lugar de ejecución y fuero del contrato, siendo el lugar geográfico o sede principal en el cual se habrá de desarrollar o de ejecutar las obligaciones propias del contrato mismo.
Servicios o Actividades Conexas2: Entendidos como aquellas que se derivan del cumplimiento del objeto principal del contrato, tales como capacitaciones, mantenimientos preventivos y correctivos, soportes técnicos, entrega de manuales, u otros productos, garantías, etc.
Aplicación de las fichas de compras sostenibles.
IDENTIFICACIÓN DEL CONTRATO A CELEBRAR
El ÁREA JURÍDICA deberá identificar el tipo de contrato a celebrar: típico, atípico, nominado e innominado.
A CONTINUACIÓN, EL TEXTO PARA LOS CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
El presente contrato es un contrato de prestación de servicios profesionales y apoyo a la gestión.
SUPERVISIÓN Y/ O INTERVENTORÍA (Numeral 3.1.11 del Manual de Contratación)
El ÁREA REQUIRENTE deberá identificar la persona que llevará a cabo la actividad de supervisión del contrato que se pretende realizar, quien deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Ley 1474 de 2011, las circulares emitidas por la Secretaría General de CANAL CAPITAL, el Manual de Contratación, el Manual de Supervisión e Interventoría y demás normas vigentes en la materia. Se dejan resaltados los datos a revisar, conforme las especificaciones de la contratación respectiva.
La supervisión estará a cargo de XXX, o quien haga sus veces, quien tendrá a cargo las funciones establecidas en el Manual de Supervisión e Interventoría de Canal Capital y demás normas o reglamentos que regulen la materia, para lo cual deberá tener presente las siguientes consideraciones:
Conocer los antecedentes de la contratación.
Velar por el cumplimiento de las obligaciones del contrato.
Velar por la adecuada gestión documental del proceso contractual, conforme las normas vigentes en la materia y las disposiciones del Canal
Verificar la constitución y publicación en SECOP II, de la garantía respectiva, y verificar su vigencia hasta la liquidación del contrato (cuando aplique).
Velar por el cumplimiento de los asuntos relacionados con los derechos de autor (cuando aplique).
Todas las demás obligaciones que se desprendan de la vigilancia y control del contrato.
MODALIDAD DE SELECCIÓN DEL CONTRATISTA Y SU JUSTIFICACIÓN, INCLUYENDO LOS FUNDAMENTOS JURÍDICOS (Numeral 3.1.12 del Manual de Contratación)
La determinación de la modalidad de selección del contratista se establecerá en razón a las características y naturaleza del bien o servicio, o en razón a su cuantía, atendiendo a las disposiciones previstas en el Manual de Contratación.
A CONTINUACIÓN, EL TEXTO PARA LOS CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS
De conformidad con lo establecido en el numeral 4.5.8, la modalidad de selección para la contratación de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión es la CONTRATACIÓN DIRECTA.
LOS CRITERIOS PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE (Numeral 3.1.13 del Manual de Contratación)
Teniendo en cuenta los principios de la contratación administrativa la selección que haga CANAL CAPITAL en el proceso de contratación, deberá corresponder a alguien capaz de ejecutar el contrato y que presente el ofrecimiento más favorable a la entidad teniendo en cuenta los factores técnicos y económicos de escogencia y la ponderación precisa y detallada de los mismos contenida en los pliegos de condiciones o sus equivalentes.
Para contratos de prestación de servicios N/A
REQUISITOS HABILITANTES (Numeral 3.1.14 del Manual de Contratación)
LAS ÁREAS QUE INTERVIENEN EN LA CONSTRUCCIÓN del estudio previo, determinarán los requisitos mínimos del proceso, dando protección a los intereses económicos de la Entidad, garantizando la libre concurrencia y la oposición a los particulares interesados.
En relación con la capacidad jurídica y las condiciones de experiencia, capacidad financiera y de organización de los proponentes, se definen en términos de verificación de cumplimiento como requisitos habilitantes; y su exigencia debe ser adecuada y proporcional a la naturaleza del contrato a suscribir y a su valor.
Para contratos de prestación de servicios N/A
CRITERIOS DE PONDERACIÓN Y/O MECANISMO PARA SELECCIONAR LA OFERTA MÁS FAVORABLE (Numeral 3.1.15 del Manual de Contratación)
El ÁREA REQUIRENTE deberá establecer los factores de calificación del proceso de contratación que se adelante. Podrá contar para el efecto con el apoyo de las áreas jurídica y financiera, en caso de requerirlo.
Para contratos de prestación de servicios N/A
PARA CONTRATOS DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES Y DE APOYO A LA GESTIÓN.
SI SE TRATA DE OTRO TIPO DE CONTRATO SE INDICARÁ N/A
El literal d) del numeral 3.1.15 del Manual de Contratación establece: “Para efectos de determinar los criterios de selección en contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, el área solicitante definirá un perfil en el que se especifique la idoneidad y/o la experiencia que requiere cumplir el contratista para ejecutar el objeto que se pretenda contratar, en concordancia con los honorarios que se pretenden pagar al futuro contratista.”.
Dado lo anterior, para la presente contratación se establece como perfil a cumplir para la prestación de este servicio los siguientes requisitos:
Profesional en XXX con posgrado en modalidad de especialización en XXX y/o su equivalencia.
Letras (números) meses/años de experiencia relacionada con el objeto del contrato, o experiencia específica en caso de que así se requiera.
ANÁLISIS DE RIESGO Y LA FORMA DE MITIGARLO (Numeral 3.1.16 del Manual de Contratación)
Se adjunta la matriz de riesgo correspondiente a la tipología contractual.
SE DEBE ACUDIR A LAS MATRICES ELABORADAS ENTRE LA SECRETARÍA GENERAL, PLANEACIÓN Y CONTROL INTERNO, EN DRIVE, EXTRAER LA MATRIZ CORRESPONDIENTE, REALIZAR LA REVISIÓN DE SU CONTENIDO PARA INCLUIR O SUPRIMIR LOS RIESGOS QUE SE CONSIDEREN Y GENERARLA COMO ANEXO EN ARCHIVO PDF
xxxxx://xxxx.xxxxxx.xxx/xxxxxxxxxxxx/x/0xXxX0xX00xXx0XxxxXx0xXX_XXX_XXXx/xxxx#xxxx000000000
LAS GARANTÍAS QUE LA ENTIDAD ESTATAL CONTEMPLA EXIGIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN (Numeral 3.1.17 del Manual de Contratación)
PARA GARANTIZAR EL RIESGO DE INCUMPLIMIENTO EN LA ETAPA PRECONTRACTUAL
SOLO APLICA PARA PROCESOS DE SELECCIÓN. EN CASO CONTRARIO N/A
GARANTÍA |
AMPARO |
CUANTÍA |
VIGENCIA |
Cumplimiento |
Seriedad de la Oferta |
Mínimo el 10% del valor del presupuesto oficial de la contratación. |
Mínimo 90 días a partir de la entrega de la oferta |
PARA GARANTIZAR EL RIESGO DE INCUMPLIMIENTO EN LA ETAPA CONTRACTUAL Y POS CONTRACTUAL
En caso de que se requieran pólizas:
GARANTÍA |
AMPARO |
OBJETO DEL CONTRATO |
VIGENCIA |
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BIENES |
SERVICIOS |
OBRAS |
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Cumplimiento |
Buen Manejo Y Correcta Inversión Del Anticipo |
100% del valor entregado a título de ANTICIPO o de PAGO ANTICIPADO |
Durante el plazo del contrato y 6 meses más |
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Devolución Del Pago Anticipado |
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Cumplimiento |
Mínimo 10% del valor del contrato |
Mínimo 10% del valor del contrato |
Mínimo 20% del valor del contrato |
Plazo del contrato y 6 meses más. |
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Calidad del bien o servicio |
Mínimo 10% del valor del contrato |
Mínimo 10% del valor del contrato |
Mínimo 20% del valor del contrato |
Plazo del contrato y el término adicional que requiera el Canal de acuerdo con el objeto, el valor, la naturaleza y las obligaciones contenidas en el contrato |
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Correcto funcionamiento de los bienes |
Mínimo 10% del valor del contrato |
- |
- |
Plazo del contrato y el término adicional que requiera el Canal de acuerdo con el objeto, el valor, la naturaleza y las obligaciones contenidas en el contrato |
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Provisión de repuestos y accesorios |
Mínimo 10% del valor del contrato |
- |
- |
Plazo del contrato y el término adicional que requiera el Canal de acuerdo con el objeto, el valor, la naturaleza y las obligaciones contenidas en el contrato |
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Pago de salarios, prestaciones sociales e indemnizaciones |
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Mínimo 5% del valor del contrato |
Mínimo 10% del valor del contrato |
Plazo del contrato y 3 años más |
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Estabilidad de la obra |
- |
- |
Mínimo el 20% del valor del contrato |
Plazo del contrato y 5 años más (el término adicional podría ser inferior, de acuerdo con el objeto y las características de la obra contratada, pero debe existir una justificación técnica para requerir el plazo inferior a 5 años) |
En caso de que no se requieran pólizas:
En razón de lo previsto en la nota 2 del numeral 3.1.17 Garantías del manual de contratación de la entidad versión 12, el cual contempla que:
“No
se exigirán garantías de ninguna índole para la contratación de
coproducciones internacionales ni para los contratos cuya cuantía
inicial sea inferior a 20 SMLMV, salvo que así lo considere el área
solicitante, de lo cual se deberá dar cuenta en el estudio previo.
En todo caso e independientemente que se requieran o no garantías,
deberá realizarse el respectivo análisis del riesgo indicado en el
presente manual.”
Adicionalmente y para el efecto, es preciso señalar que las actividades adelantadas por el contratista son verificables por la supervisión de manera concomitante con su producción y así mismo, lo que implica que se disminuye el riesgo en la ejecución del contrato, garantizando el cumplimiento de las obligaciones.
De
igual forma, el pago de los honorarios a la contratista solamente
ocurre con posterioridad a la realización de sus actividades y una
vez, la supervisión ha cumplido con el seguimiento de las
actividades efectuadas por la contratista durante la ejecución
contractual.
PARA GARANTIZAR EL RIESGO ASOCIADO A LA RESPONSABILIDAD CIVIL EXTRACONTRACTUAL
GARANTÍA |
AMPARO |
CUANTÍA |
VIGENCIA |
Responsabilidad Civil Extracontractual |
Indemnización por daños a terceros derivada de la ejecución del contrato |
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Por el plazo del contrato |
NOTA 1: En todo caso la entidad se reserva el derecho de exigir garantías adicionales a las enunciadas dependiendo de las condiciones particulares de cada contrato.
NOTA 2: Es necesario indicar, que las garantías mencionadas, deberán estar vigentes hasta la liquidación del contrato, cuando haya lugar a ello.
ANEXOS
Se adjunta al presente estudio:
Formato AGJC-CN-FT-028 - LISTADO DE DOCUMENTOS PARA CONTRATAR.
Soportes del estudio xx xxxxxxx realizado (si aplica).
Certificaciones de proveedor exclusivo (si aplica).
Formato AGRI-GA-FT-003 - Ficha técnica de compra sostenible, cuando aplique
Todos los demás soportes que no se encuentren referenciados en el listado de documentos.
RESPONSABLES
DEPENDENCIAS QUE PROYECTAN |
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Director o Jefe de la dependencia o profesional del área Nombre. Cargo Código |
FIRMA |
Subdirección Financiera Nombre. Solo para aquellos casos en que aplique |
FIRMA |
Profesional que proyecta área técnica Nombre
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FIRMA |
Profesional que proyecta área jurídica Nombre
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FIRMA |
Fecha de elaboración: |
DD/MM/AAAA |
1 El Consejo de Estado en sentencia 13436 del 22 xx xxxxx de 2001 aclaró los términos de anticipo y pago anticipado, estableciendo: << (…) La diferencia que la doctrina encuentra entre anticipo y pago anticipado, consiste en que el primero corresponde al primer pago de los contratos de ejecución sucesiva que habrá de destinarse al cubrimiento de los costos iniciales, mientras que el segundo es la retribución parcial que el contratista recibe en los contratos de ejecución instantánea. Lo más importante es que los valores que el contratista recibe como anticipo, los va amortizando en la proporción que vaya ejecutando el contrato de ahí que se diga que los recibió en calidad xx xxxxxxxx; en cambio en el pago anticipado no hay reintegro del mismo porque el contratista es dueño de la suma que le ha sido entregada.
En estas condiciones, si el anticipo se entrega al contratista antes o simultáneamente con la iniciación del contrato, esto es, cuando aún el contratista no ha prestado el servicio, ejecutado la obra o entregado los bienes y precisamente espera dicha suma para iniciarlo y la fecha de ese pago marca la pauta para el cómputo del término del contrato, el pago de la suma de dinero que las partes convengan a ese título se hace en calidad xx xxxxxxxx. Esto significa que las sumas entregadas como anticipo son de la entidad pública y esa es la razón por la cual se solicita al contratista que garantice su inversión y manejo y se amortice con los pagos posteriores que se facturen durante la ejecución del contrato>>
2 Cuando el cumplimiento del objeto del contrato implique la satisfacción de estas actividades o servicios conexos, se deberá prever que el contrato se liquida cuando haya lugar a ello, una vez se cumpla con la obligación o actividad principal, dejándose la salvedad entre las partes que existen actividades u obligaciones pendientes a cargo del contratista, que deberán estar amparadas en la garantía única constituida, hasta el plazo determinado para su ejecución. Esta constancia debe incluirse también en las actas de financiación de los contratos que no deban liquidarse.