COMISIÓN NACIONAL DE LIBROS DE TEXTO GRATUITOS.
COMISIÓN NACIONAL DE LIBROS DE TEXTO GRATUITOS.
COORDINACIÓN DE ADMINISTRACIÓN. DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES.
SUBDIRECCIÓN DE ADQUISICIONES.
CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA MIXTA NACIONAL.
No. LA-011L6J001-N59-2014.
ADQUISICIÓN DE LIBROS CON Y SIN ENTREGA DE INSUMOS DEL PROGRAMA EDUCACIÓN INDÍGENA CICLO ESCOLAR 2015-2016
Tlalnepantla, Estado de México, a 21de Agosto de 2014.
Í N D I C E N U M E R A L | |
1 | Información Específica. |
1.1 | Áreas Responsables. |
1.1.1 | Área Responsable del Procedimiento. |
1.1.2 | Área Responsable de la Administración del Contrato |
1.2 | Tipo de Procedimiento. |
1.3 | Consideraciones para participar en la Licitación Pública Mixta Nacional. |
1.4 | Número de Procedimiento. |
1.5 | Requisición. |
1.6 | Forma de entrega de las Proposiciones. |
1.6.1 | Suficiencia presupuestaria |
2 | Objeto y alcance de la Convocatoria a la Licitación Pública Mixta Nacional. |
2.1 | Descripción de los bienes. |
2.2 | Lugar entrega. |
2.3 | Fecha de entrega de los bienes. |
2.4 | Identificación de las Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas, Normas Internacionales o en su caso las Normas de referencia o especificaciones. |
2.5 | Información de la adquisición |
2.6 | Criterios de Adjudicación. |
2.7 | Contrato. |
3 | Forma y términos que regirán los diversos actos de la Convocatoria a la Licitación Pública Mixta Nacional. |
3.1 | Calendario de eventos. |
3.1.1 | Desarrollo de la junta de aclaraciones. |
3.1.2 | Desarrollo de la presentación y apertura de proposiciones. |
3.1.3 | Desarrollo del acto de fallo. |
3.1.4 | Modificaciones que podrán efectuarse a la Convocatoria a la Licitación Pública Mixta Nacional. |
3.2 | Recepción de proposiciones. |
3.3 | Participación conjunta. |
3.4 | Documentación legal y administrativa. |
3.5 | Personas que rubricarán las Proposiciones. |
3.6 | Formalización del contrato. |
3.6.1 | Garantía de cumplimiento. |
3.6.2 | Póliza de seguro de responsabilidad civil. |
3.6.3 | Pagaré |
3.6.4 | Modificaciones a los Contratos. |
3.6.5 | Programa xx Xxxxxxx Productivas. |
3.6.6 | Sanciones y Restricciones. |
3.6.7 | Penalización. |
3.6.7.1 | Penas convencionales. |
Í N D I C E N U M E R A L | |
3.6.7.2 | Penas Especificas |
3.6.8 | Rescisión del contrato. |
3.6.9 | Condición de los precios. |
3.6.10 | Pago de Facturas. |
3.6.11 | Impuestos y Derechos. |
3.6.12 | Obligaciones Fiscales y la Regla I.2.1.16 de la Miscelánea Fiscal para 2014. |
3.6.13 | Anticipos. |
3.6.14 | Pruebas de cumplimiento. |
4 | Requisitos para participar en la Convocatoria a la Licitación Pública Mixta Nacional. |
4.1 | Presentación de proposiciones. |
4.1.1 | Documentación Legal y Administrativa. |
4.1.2 | Propuesta Técnica. |
4.1.3 | Propuesta Económica. |
5 | Evaluación. |
5.1 | El criterio que se aplicará para evaluar la Documentación Legal y Administrativa, y Proposición Técnica. |
5.2 | El criterio que se aplicará para evaluar la Propuesta Económica. |
5.2.1 | Criterios de Desempate. |
5.2.2 | Desechamiento de proposiciones. |
5.2.3 | Declaración de desierta o cancelación de la Convocatoria a la Licitación Pública Mixta Nacional. |
6 | Inconformidades. |
6.1 | Controversias. |
6.2 | Aclaraciones Finales. |
Formatos que deberán Observarse en la presente Convocatoria a la Licitación Pública Mixta Nacional. | |
Anexo I | Anexo Técnico. |
Xxxxx XX | Formato de Escrito de manifestación de interés en participar en la Licitación Pública Mixta Nacional. |
Xxxxx XXX | Formato para la acreditación de la personalidad jurídica. |
Anexo IV | Formato de escrito de facultades. |
Anexo V | Formato de carta de no encontrarse bajo los supuestos de los artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. |
Anexo VI | Formato de carta de integridad. |
Anexo VII | Formato de contratos |
Xxxxx XXXX | Formato de carta poder. |
Í N D I C E N U M E R A L | |
Anexo IX | Formato de Propuesta Económica. |
Anexo X | Programa xx Xxxxxxx Productivas. |
Anexo XI | Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en los procedimientos de contratación para dar cumplimiento a lo dispuesto en los Lineamientos para fomentar la participación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en los procedimientos de Adquisición y Arrendamiento de Bienes Muebles, así como la contratación de servicios que realicen las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal. |
Anexo XII | Formato de Carta de Integración Nacional. |
Anexo XIII | Lista de verificación para revisar proposiciones. |
Anexo X IV | Encuesta de Transparencia. |
1. INFORMACIÓN ESPECÍFICA.
La presente convocatoria se emite con fundamento en lo establecido en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los artículos 25, 26 fracción I, 26 bis fracción III, y 28 fracción I de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público en adelante la Ley, así como sus correlativos del Reglamento y demás disposiciones aplicables en la materia.
1.1 Áreas Responsables.
1.1.1. Área responsable del procedimiento.
La Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, a través de la Subdirección de Adquisiciones, adscrita a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, ubicada en la xxxxx xx Xxxxxx Xxxx Xxxxxx S/N, Colonia Nueva Ferrocarrilera, Tlalnepantla xx Xxx, Estado de México, C.P. 54030,con teléfono 00 00 00 00. Ext.2043.
1.1.2. Área responsable de la Administración del Contrato.
La Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos a través de la Coordinación Editorial, ubicada en el segundo piso de la xxxxx xx Xxxxxx Xxxx Xxxxxx s/n, Colonia Xxxxx Xxxxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxx xx Xxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. 00000, con teléfono 00 00 00 00. Ext.2003, será el área responsable de la administración del contrato que se genere con motivo de la presente licitación.
1.2. Tipo de Procedimiento.
Procedimiento: Licitación Pública Mixta Nacional.
1.3. Consideraciones para participar en la presente Licitación Pública Mixta Nacional.
Los licitantes, a su elección podrán participar en forma presencial o electrónica en los actos de junta de aclaraciones, de presentación y apertura de proposiciones y de fallo.
Los interesados en participar en la presente Convocatoria a la Licitación Pública Mixta Nacional, solo podrán presentar una proposición la cual contendrá las partidas en la que deseen participar.
Para la presente Licitación Pública Mixta Nacional, sólo podrán participar personas de nacionalidad mexicana.
Durante el presente procedimiento de licitación no se recibirán proposiciones enviadas a través del Sistema Postal Mexicano o de mensajería.
Los licitantes que opten por participar de manera electrónica, lo harán a través del sistema (CompraNet) conforme al “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado (CompraNet).”
1.4. Número de Procedimiento.
El presente procedimiento de licitación pública cuenta con el número LA-011L6J001- N59-2014.
1.5. Requisición.
Para llevar a cabo este procedimiento de licitación, se tiene considerado la contratación, de acuerdo a lo estipulado en el Anexo I (Anexo técnico 1.1) de esta Convocatoria.
1.6. Forma de entrega de las Proposiciones.
Las proposiciones deberán entregarse en idioma español y en moneda nacional,
conforme a las características solicitadas en esta convocatoria.
1.6.1. Suficiencia Presupuestaria.
Se cuenta con autorización presupuestaria mediante oficio número CA/DRF/812/2014, emitido por la Dirección de Recursos Financieros para llevar a cabo el procedimiento de licitación pública, correspondiente al ejercicio fiscal 2014.
2. OBJETO Y ALCANCE DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA MIXTA NACIONAL.
2.1. Descripción de los bienes.
La Convocante llevará a cabo la adquisición de libros con y sin entrega de insumos para el programa educación indígena, cuyas cantidades, características y condiciones, se describen en el Anexo I (Anexo Técnico 1.1), el cual es de cumplimiento obligatorio.
2.2. Lugar de entrega.
El lugar de entrega de las partidas será en los almacenes señalados en el Anexo I
(Anexo Técnico 1.2.)
2.3. Fecha de entrega de los bienes
La Convocante requiere que las partidas con entrega de insumos, sean entregadas en
30 días naturales contados a partir del siguiente día hábil de la entrega total de materiales de impresión, a la primera entrega de papel para interiores y la primera entrega de cartulina para portadas por parte de la Convocante.
La Convocante requiere que las partidas sin entrega de insumos sean entregadas en 30 días naturales contados a partir del siguiente día hábil de la entrega total de materiales de impresión por parte de la Convocante.
2.4. Identificación de las Normas Oficiales Mexicanas, Normas Mexicanas, Normas Internacionales o en su caso las Normas de referencia o especificaciones.
Para el presente procedimiento de contratación, el área requirente determinó que los licitantes no necesitan acreditar el cumplimiento de normas.
2.5. Información de la adquisición.
Las propuestas técnicas y económicas de los bienes deberán presentarse por partida, en las que deseen participar conforme la relación de títulos que se presenta en el Anexo I (Anexo técnico 1.2) y las características del Anexo I (Anexo técnico 1.1) que forman parte integral de la presente Convocatoria.
2.6. Criterios de Adjudicación.
El criterio será binario y los contratos que se deriven de la presente licitación se adjudicarán por partida al licitante cuya oferta resulte solvente porque reúne las mejores condiciones legales, administrativas, técnicas y económicas establecidas en la Convocatoria a la licitación y garantice el cumplimiento de las obligaciones respectivas y que haya ofrecido el precio más bajo con relación al monto estimado, de acuerdo a la capacidad de producción de los licitantes.
Lo anterior por lo establecido en el artículo 36 segundo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos, y Servicios del Sector Público.
Los derechos y obligaciones que se deriven de los contratos no podrán cederse en forma total o parcial a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de esta Convocante.
Los actos, contratos y convenios que se realicen en contravención a lo dispuesto por la Ley de Adquisiciones Arrendamientos y Servicios del Sector Público, serán nulos de pleno derecho, previa determinación de autoridad judicial o administrativa en funciones jurisdiccionales, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 15 de la Ley.
2.7. Contrato.
Los modelos de contrato se presentan como Anexo VII: Formato de Contrato, de la presente Convocatoria.
Los contratos estipularán que los proveedores serán considerados como depositarios legales de las partidas en proceso de impresión, de las partidas en proceso de encuadernación, de las partidas en proceso de empaque y de las partidas terminadas, hasta la culpa leve, siendo responsables de cualquier daño que sufran los mismos, mientras se encuentren en las instalaciones del proveedor y hasta en tanto no sean recibidas por la Convocante.
3. FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS DIVERSOS ACTOS DE LA CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN.
3.1. Calendario de Eventos.
JUNTA DE ACLARACIONES | PRESENTACION Y APERTURA DE PROPOSICIONES | FALLO |
28 Agosto del 2014. 11:00 Horas | 04 Septiembre del 2014. 11:00 Horas | 11 Septiembre del 2014. 16:00 Horas |
TODOS LOS ACTOS QUE FORMAN PARTE DEL PROCEDIMIENTO SE EFECTUARÁN PUNTUALMENTE EL DÍA Y HORA SEÑALADOS.
3.1.1. Desarrollo de la Junta de Aclaraciones.
La junta de aclaraciones formará parte del contenido de la Convocatoria a la Licitación Pública Mixta Nacional, en ella se dará respuesta en forma clara y precisa a las dudas y cuestionamientos económicos, técnicos, legales y administrativos que realicen los licitantes a través de comunicación escrita mediante CompraNet, o vía correo electrónico a la cuenta: xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx o presencial en las instalaciones de la CONALITEG, siempre y cuando los hagan llegar a la Convocante 24 horas antes de la fecha y hora en que se vaya a realizar la junta de aclaraciones, las personas que pretendan solicitar aclaraciones a los aspectos contenidos en la Convocatoria, deberán presentar, al momento de ingresar a la junta de aclaraciones, un escrito simple, en el que expresen su interés en participar en la Convocatoria a la licitación, por sí o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y, en su caso, del representante, de conformidad con lo señalado en el artículo 33 Bis de la Ley; 45, 46 y 48 fracción V del Reglamento, dicho escrito deberá contener los datos establecidos en el Anexo II Formato de Escrito de manifestación de interés en participar.
En caso que los licitantes presenten dudas y cuestionamientos relativos a la presente Convocatoria el día y hora en que se celebre este acto, la convocante, procederá a recibir las preguntas después de la celebración de la junta de aclaraciones a la Convocatoria, y únicamente se integrarán al expediente respectivo por resultar extemporáneas. Se levantará acta del evento, la cual una vez firmada se entregará fotocopia a los licitantes y para los interesados que no asistieron a dicho acto, será publicada a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales CompraNet, y para los mismos efectos se fijará copia simple de dicha acta para consulta, en el tablero de avisos de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, en el primer piso de las instalaciones de la convocante, xxxx en Xxxxxx Xxxx Xxxxxx S/N Colonia Nueva Ferrocarrilera, Tequesquináhuac, Xxxxxxxxxxxx xx Xxx, Xxxxxx xx Xxxxxx X.X. 00000, por un término no menor a cinco días hábiles a partir de que finalice dicho acto. Este procedimiento sustituye a la notificación personal. Lo anterior con fundamento en lo establecido en el Artículo 37 Bis de la Ley, 45 y 46 de su Reglamento.
La inasistencia de los licitantes a la junta de aclaraciones, será bajo su estricta responsabilidad, sin embargo no será motivo de descalificación.
La falta de firma de alguno de los asistentes no invalida el contenido del acta.
3.1.2. Desarrollo de la Presentación y Apertura de Proposiciones.
Se iniciará en la hora señalada, se cerrará el recinto y no se permitirá la participación de otros licitantes que lleguen con posterioridad, una vez iniciando el acto, no se permitirá el acceso al evento a participante alguno.
Los licitantes entregarán el sobre cerrado al funcionario que presida el acto, asimismo, éste verificará en CompraNet si hay alguna proposición presentada por este medio, posteriormente se llevará a cabo la apertura del sobre que contiene la propuesta técnica y económica. En caso de la documentación legal y administrativa, puede ser integrada dentro o fuera del sobre, finalmente se descargarán las propuestas enviadas por Compranet.
Se llevará a cabo la revisión cuantitativa de las proposiciones y se levantará acta del evento en la cual se harán constar las proposiciones admitidas para su evaluación correspondiente. Dicha acta será rubricada y firmada por todos los licitantes que hayan decido presentarse al acto, a quienes se entregará fotocopia de la misma, poniéndose a partir de esa fecha a disposición de los que no hayan asistido a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales CompraNet, y en el tablero de avisos de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales en el domicilio indicado en el numeral 3.1.1, de acuerdo a lo establecido en el artículo 35 de la Ley y 48 de su Reglamento.
La falta de firma de alguno de los participantes no invalida el contenido del acta.
3.1.3. Desarrollo del acto de Fallo.
El acto se iniciará con la lectura del dictamen, posteriormente se levantará acta del fallo en la que se dará a conocer el nombre de los licitantes a quienes se les adjudiquen los contratos, la cual una vez firmada se entregará fotocopia a los licitantes, dicha acta será publicada a través del Sistema Electrónico de Contrataciones Gubernamentales CompraNet, para los mismos efectos se fijará fotocopia simple de dicha acta para consulta, en el tablero de avisos de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de la convocante, en el domicilio indicado en el numeral 3.1.1, lo anterior de conformidad con lo establecido en el Artículo 37 de la Ley.
El plazo para la emisión del fallo podrá diferirse siempre que el nuevo plazo fijado no exceda de 20 días naturales contados a partir del plazo establecido originalmente, de conformidad con el artículo 35 Fracción lll de la Ley.
La falta de firma de alguno de los participantes no invalida el contenido del acta.
3.1.4. Modificaciones que podrán efectuarse a la Convocatoria a la Licitación Pública Mixta Nacional.
La convocante siempre que ello no tenga por objeto limitar el número de licitantes, podrá modificar aspectos establecidos en la Convocatoria, a más tardar el séptimo día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones, debiendo difundir dichas modificaciones en CompraNet, a más tardar el día hábil siguiente a aquel en que se efectúen.
Las modificaciones que se mencionan en el párrafo anterior en ningún caso podrán consistir en la sustitución de los servicios convocados originalmente, adición de otros de distintos rubros o en variación significativa de sus características. De conformidad con lo establecido en el Artículo 33 de la Ley.
3.2. Recepción de Proposiciones.
Una vez recibidas las proposiciones el día de la presentación y apertura, éstas no podrán retirarse o dejarse sin efecto, por lo que se deberán considerar vigentes dentro de la presente Convocatoria a la licitación y hasta su conclusión.
Cabe señalar que cada licitante solo podrá presentar una proposición la cual contendrá las partidas en la que deseen participar.
3.3. Participación conjunta.
De conformidad con el artículo 34 tercer párrafo de la Ley y 44 de su Reglamento, podrán agruparse para presentar su proposición.
Xxxxxxx presentar escrito firmado mediante el cual el representante común de la agrupación manifiesta que la proposición se presenta en forma conjunta conforme al artículo 34 de la Ley, además de indicar el nombre de las personas físicas x xxxxxxx que forman la agrupación y
Deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los términos de la legislación aplicable, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes:
a) Nombre, domicilio y registro federal de contribuyentes de las personas integrantes, identificando, en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acredite la existencia legal de las personas xxxxxxx, y de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas.
b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas; identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación;
c) La designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la propuesta en el procedimiento de licitación mismo que firmará la proposición.
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d) La descripción de las partes objeto del contrato que corresponderá cumplir a cada persona, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones,
e) Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado en forma conjunta y solidaria con los demás integrantes, para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del contrato que se firme.
Cuando la participación sea en forma conjunta el representante común deberá presentar todos los documentos solicitados en esta Convocatoria y los que integran la agrupación deberán presentar los documentos que a continuación se enlistan, por empresa:
a) Deberá presentar escrito de Acreditamiento de personalidad jurídica (Xxxxx XXX).
b) Escrito en el que manifieste el representante legal de la empresa o persona física licitante, bajo protesta de decir verdad, que no se encuentra dentro de las restricciones establecidas en los Artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la Ley. Para la cual deberá requisitar el formato (Anexo V “Formato de carta de no encontrarse bajo los supuestos de los artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de La Ley).
c) Escrito de Estratificación de la Empresa. (Anexo XI)
d) Carta de Integridad (Anexo VI)
Las persona físicas x xxxxxxx que presenten propuesta en forma conjunta, no podrán presentar otra propuesta en forma individual.
En su caso favor de revisar y dar cumplimiento escrupulosamente a lo previsto en este punto, y a lo previsto en la presente convocatoria, la Ley y su Reglamento, en caso contrario se desechará la proposición.
3.4 Documentación Legal y Administrativa.
Los licitantes deberán presentar, su propuesta (Técnica y Económica) en un “sobre cerrado”. La documentación distinta a la proposición (Documentación Legal y Administrativa), será recibida el día y hora en que tenga verificativo la presentación y apertura de proposiciones y se podrá presentar fuera del sobre cerrado.
BAJO NINGUNA CIRCUNSTANCIA SE NEGOCIARÁN LAS CONDICIONES ESTIPULADAS EN ESTA CONVOCATORIA O EN LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS POR LOS LICITANTES, ESTO CON LA FINALIDAD DE DAR CUMPLIMIENTO A LO ESTABLECIDO EN EL SÉPTIMO PÁRRAFO DEL ARTÍCULO 26 DE LA LEY.
Se indica que el licitante podrá acreditar su existencia legal y, en su caso, la personalidad jurídica de su representante, en el acto de presentación y apertura de proposiciones, mediante el documento previsto en la fracción V del artículo 48 del
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Reglamento de la Ley. (Anexo III: Formato de Acreditamiento de Personalidad Jurídica).
3.5 Personas que rubricarán las Proposiciones.
Las propuestas técnicas y económicas serán rubricadas en todas sus hojas por los servidores públicos que designe el servidor público que presida el evento, así como el representante que hayan elegido los licitantes, lo anterior con fundamento en lo establecido en la fracción II del artículo 35 de la ley.
3.6 Formalización del Contrato.
Los compromisos que se deriven de la presente Convocatoria a la Licitación Pública Mixta Nacional, se formalizarán mediante la suscripción de los contratos que serán elaborados de conformidad con la presente Convocatoria y las disposiciones legales aplicables.
La firma de los contratos que se deriven de esta Licitación Pública Mixta Nacional, se llevarán a cabo en el Departamento de Contratos de la convocante, ubicado en la planta baja de Xxxxxx Xxxx Xxxxxx s/n, Colonia Nueva Ferrocarrilera, Tlalnepantla xx Xxx, Estado de México, C.P. 54030, dentro de los 15 días naturales siguientes a la notificación del fallo.
En el supuesto que el licitante adjudicado no se presente a firmar el contrato dentro del plazo señalado por causas que les sean imputables, serán sancionados en los términos de los artículos 59 y 60 de la Ley y se procederá a adjudicar el contrato correspondiente a la segunda mejor proposición presentada en la licitación y así sucesivamente en el orden de preferencia de la evaluación, siempre que la diferencia a la propuesta económica que inicialmente hubiere resultado adjudicado no sea superior en su caso al 10% y no rebase el monto establecido en la requisición.
El licitante adjudicado, previo a la firma del contrato deberá entregar en el Departamento de Contratos en Xxxxxx Xxxx Xxxxxx x/x, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxx xx Xxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. 00000, original y copia de la documentación comprobatoria que a continuación se menciona:
Original y en su caso fotocopia simple:
Escritura y modificación, en su caso del acta constitutiva de la sociedad licitante, con el objeto social acorde a lo solicitado.
Cédula de identificación Fiscal (RFC) actualizada, en la que se consigne el domicilio fiscal.
Poder notarial del representante legal con facultades que lo acrediten para comprometerse y contratar a nombre de su representada.
Copia de la identificación del representante legal.
Acuse de recibo a la solicitud realizada a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SAT) de que se encuentran al corriente de sus obligaciones fiscales Aplica únicamente para contratos iguales o superiores a $300,000.00 (Trescientos mil pesos 00/100 M.N.) sin I.V.A.
Formato de Personalidad Jurídica
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3.6.1 Garantía de Cumplimiento.
El licitante que resulte adjudicado en el presente proceso de Licitación Pública Mixta Nacional deberá garantizar el cumplimiento del contrato respectivo, mediante fianza expedida por Institución Mexicana de Seguros y Fianzas legalmente autorizada para ello, por un importe equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato adjudicado, sin considerar el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A), expedida a favor de la convocante, con domicilio en Xxxxxx Xxxx Xxxxxx x/x, Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxx xx Xxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. 00000, en el Departamento de Contratos.
La referida fianza deberá considerar lo siguiente:
Se deberá expedir de manera indivisible, de acuerdo a lo establecido por el artículo 81 fracción II del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Asimismo, deberá manifestar que la compañía afianzadora expresamente acepta:
A. que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato.
B. que la fianza garantiza las prórrogas y/o esperas que puedan otorgarse al proveedor.
C. que para liberar la fianza será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la Convocante Nacional de Libros de Texto Gratuitos.
D. que la fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente; y
E: que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en los artículos 95 y 95 bis de la ley federal de instituciones de fianzas para la efectividad de las fianzas, aun para el caso de que procediera el cobro de intereses con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza requerida.
La garantía de cumplimiento del contrato, deberá presentarse a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, salvo que la entrega de las partidas, se realice dentro del citado plazo.
Dicha garantía deberá ser entregada en el Departamento de Contratos, para su validación, en el entendido que de no hacerlo en el plazo convenido, se tendrá por incumplido el contrato a partir de ese momento, procediendo conforme a lo señalado en los artículos 59 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por lo que la Convocante notificará a la Secretaría de la Función Pública (SFP) el incumplimiento de la obligación quedando la Convocante en libertad de adjudicar el contrato al licitante inmediato siguiente, en los términos del Artículo 46 de la misma Ley.
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3.6.2 Póliza de seguro de responsabilidad civil.
El licitante adjudicado deberá presentar póliza de seguro de responsabilidad civil general vigente, y en su caso endoso por el monto total del contrato más los insumos de producción entregados conforme las partidas de las que haya sido adjudicadas de acuerdo al Anexo I (Anexo Técnico 1.0), y deberá presentarse dentro de los diez días naturales posteriores a la formalización del contrato, ante el Departamento de Contratos referido en el segundo párrafo del punto 3.6 “Formalización de los Contratos” de esta Convocatoria.
3.6.3. Pagaré
El proveedor deberá entregar a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, dentro del plazo para la firma del contrato, pagaré para garantizar las partidas contra daños y perjuicios que puedan causarse a éstas, no contemplados en la póliza de responsabilidad civil, mientras éstos se encuentren en las instalaciones del proveedor y hasta en tanto no sean recibidos en los almacenes de la Convocante.
En caso de siniestro, se aplicará la póliza de responsabilidad civil; el pagaré por lo que no sea cobrable a través de esa póliza.
El pagaré deberá ser por el importe total del contrato más el monto de los insumos de producción entregados, éste no podrá ser cancelado mientras los bienes e insumos del contrato se encuentren en las instalaciones del proveedor y hasta en tanto no sean recibidos en los almacenes de la Convocante.
Una copia del pagaré deberá ser entregada en el Departamento de Contratos, debidamente sellada y firmada por la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, dentro del plazo estipulado para la firma del contrato, en el entendido que de no hacerlo en el plazo convenido, se tendrá por incumplido el contrato a partir de ese momento, procediendo conforme a lo señalado en los artículos 59 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por lo que la Convocante notificará a la Secretaría de la Función Pública (SFP) el incumplimiento de la obligación quedando la Convocante en libertad de adjudicar el contrato al licitante inmediato siguiente, en los términos del Artículo 46 de la misma Ley.
El proveedor podrá solicitar, por escrito a la Dirección de Recursos Financieros de la Convocante, la devolución del pagaré, a la conclusión del contrato. Dicha solicitud debe marcar copia a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales.
El proveedor podrá solicitar la devolución del pagaré emitiendo un escrito firmado por el representante legal donde indique el número xx xxxxxxx, orden, número de contrato e identificando el número de licitación, dirigido a Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, Director de Recursos Financieros, así como copia del finiquito del contrato.
3.6.4. Modificaciones a los contratos.
Los contratos que se deriven de esta licitación, estando vigentes se podrán incrementar en la cantidad de los bienes, siempre y cuando el monto total de las modificaciones del contrato no rebase en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del valor total del mismo, y que el precio y demás condiciones de la contratación sea igual al inicialmente pactado
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en el contrato que se modifica, debiéndose ajustar la garantía del cumplimiento del contrato de conformidad con lo establecido en el primer párrafo del artículo 52 de la Ley.
3.6.5. Programa xx Xxxxxxx Productivas.
De conformidad con las Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C., Institución de Banca de Desarrollo, publicadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público y la Secretaría de la Función Pública, en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2007 y sus modificaciones publicadas el 06 xx xxxxx de 2009, con fundamento en el numeral 6 inciso II de dicho ordenamiento, se les invita a participar en el Programa xx Xxxxxxx Productivas, por lo que los licitantes adjudicados interesados en incorporarse a dicho programa, deberán considerar lo señalado en el Anexo X: Programa xx Xxxxxxx Productivas.
Para mayor información los interesados deberán dirigirse a Nacional Financiera,
S.N.C. a la cuenta de correo electrónico xxxxxx@xxxxx.xxx.xx
Una vez entregados los bienes a entera satisfacción de la convocante y validada y conciliada la documentación soporte el proveedor deberá entregar la factura con los soportes en la ventanilla única de atención a proveedores, previa firma del finiquito correspondiente.
Los pagos se incorporarán al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C. y se dará de alta en el mismo la totalidad de cuentas por pagar del licitante adjudicatario, para ello la factura aceptada se registrará en dicho programa, lo cual podrá ser consultada en el portal xxx.xxxxx.xxx, a efecto de que el licitante adjudicado pueda ejercer la cesión de derechos de cobro al intermediario financiero, en los términos del último párrafo del artículo 46 de la Ley, ver ANEXO X;
El proveedor, con base en la información que se indica en el ANEXO X: Programa xx Xxxxxxx Productivas, podrá obtener una cita para su afiliación preferentemente en un plazo no mayor a cinco días naturales posteriores a la formalización del contrato, comunicándose al número telefónico 00-00-00-00 o al 00-000-XXXXXXX, donde se le orientará para iniciar con el proceso de afiliación.
3.6.6. Sanciones y Restricciones.
Se notificará a la Secretaría de la Función Pública del incumplimiento descrito en los artículos 50, 59 y 60 de la Ley, para que apliquen las sanciones establecidas, al licitante que se ubique en alguno de los supuestos mencionados en dichos artículos, tales como:
Que injustificadamente y por causas imputables al mismo no formalice dos o más contratos que les haya adjudicado cualquier dependencia o entidad en un plazo de 2 años.
Los proveedores a los que se les haya rescindido administrativamente un contrato en dos o más dependencias o entidades en un plazo de tres años.
Que no cumpla con sus obligaciones del contrato por causas imputables a él y que, como consecuencia, cause daños o perjuicios graves a la convocante, así como, aquel que realice el servicio con especificaciones distintas de las convenidas,
Que proporcione información falsa o que actúe con dolo o mala fe, en la celebración del contrato, o bien, en la presentación o desahogo de una queja en una audiencia de conciliación o de una inconformidad.
Aquellas que se encuentren en el supuesto del 2° párrafo de artículo 74 de la Ley.
Asimismo, no se recibirán proposiciones o no se formalizará contrato alguno con aquellos licitantes que incumplan con lo expuesto por el artículo 50 y 60 de la Ley.
3.6.7. Penalizaciones.
3.6.7.1 Penas Convencionales
El contrato contendrá con claridad las penas convencionales para el caso de que el proveedor incurriere en xxxx en la entrega de los bienes objeto del contrato, específicamente se determinará la penalización del 0.5% sobre el valor total de los bienes no entregados oportunamente por cada día natural de atraso sin incluir el I.V.A. y hasta por el monto máximo de la fianza otorgada, penalizaciones que serán descontadas del finiquito correspondiente. La Convocante podrá, de así convenir a sus intereses, hacer efectiva la garantía y la rescisión administrativa del contrato. En este último supuesto, no procederá el cobro de las penalizaciones ni su contabilización para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley.
En los casos en los que no se requiera fianza de cumplimiento el contrato contendrá con claridad las penas convencionales para el caso de que el proveedor incurriere en xxxx en la entrega de los bienes objeto del contrato, específicamente se determinará la penalización del 0.5% sobre el valor total de los bienes no entregados oportunamente por cada día natural de atraso sin incluir el I.V.A. y hasta por el 20% del monto del contrato, penalizaciones que serán descontadas del finiquito correspondiente.
3.6.7.2 Penas Específicas
El licitante adjudicado deberá entregar las pruebas plotter en un plazo no mayor a dos días hábiles después de haber recibido los materiales para la elaboración de las mismas, mediante oficio, el cual será sellado por la Subdirección de Producción externa, caso contrario será acreedor a una penalización del 0.01% del importe total de la partida.
La devolución de los materiales de impresión será por partida, en un plazo no mayor a 10 días hábiles que se contarán a partir del día siguiente a aquél en que el proveedor concluyó con la entrega en los almacenes de la partida adjudicada.
Por la devolución extemporánea de los materiales de impresión se aplicara una penalización del 0.5% por cada día natural de atraso sobre el valor total de la partida asignada la cual será aplicada en el finiquito respectivo.
El proveedor deberá proporcionar semanalmente (lunes) en la Subdirección de Producción Externa copia de las remisiones que acrediten la recepción de los insumos hasta comprobar el total a recibir por cada partida asignada, en caso contrario tendrá una penalización del 0.01% por cada día de atraso sobre el monto total de la partida asignada, la cual será aplicada en el finiquito correspondiente.
La merma mencionada en el Anexo Técnico 1.0, de esta Convocatoria deberá devolverse forzosamente, a más tardar en 10 días hábiles, después de haber entregado la totalidad de las partidas objeto de la licitación, obligándose a que esta merma sea exactamente la que se genera del papel entregado por la Convocante para la producción de los bienes en cuestión.
Los desperdicios o excedentes que no se devuelvan se cargarán al precio vigente en el momento que se haga exigible la devolución una vez transcurrido el plazo que se mencione en el finiquito respectivo, este desperdicio no devuelto se cobrara al proveedor, con un 200% (doscientos por ciento) más de su costo.
3.6.8. Rescisión del Contrato.
Se podrá dar inicio al procedimiento de rescisión en términos de lo dispuesto por el artículo 54 de la “Ley”, cuando el licitante se ubique en alguno de los siguientes supuestos:
Cuando el proveedor subrogue el contrato.
Por el incumplimiento de cualquiera de las cláusulas del contrato por parte del proveedor.
Cuando el proveedor incumpla con su obligación de proporcionar los servicios objeto del contrato.
Cuando el proveedor incumpla con su obligación de entregar la totalidad de las partidas objeto del contrato.
En caso de que se agote el monto de la fianza de cumplimiento.
En caso de que no entregue la fianza de cumplimiento.
En caso de que la Convocante rescinda el contrato, podrá considerar a los licitantes cuyas proposiciones hubiesen cumplido con todas las condiciones establecidas en la Convocatoria de la licitación, siguiendo el orden de preferencia de la evaluación, siempre que la diferencia de su oferta no sea mayor al 10% de la que resulte adjudicada.
Cuando el incumplimiento de las obligaciones del proveedor no derive del atraso del cumplimiento de sus obligaciones, sino por otras causas establecidas en el contrato, la convocante podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato.
El proveedor que por motivos diferentes a atrasos incumpla con sus obligaciones, se sujetará al procedimiento de rescisión del contrato, conforme al procedimiento establecido en el artículo 54 de la Ley.
3.6.9. Condición de los precios.
Los precios de las partidas deberán cotizarse en moneda nacional y permanecerán fijos durante la vigencia del contrato.
Considerando lo establecido en el punto 4.1.3 “Propuesta Económica”
3.6.10. Pago de Facturas.
3.6.10.1 El pago del contrato se realizará a la entrega total de cada una de las partidas contratadas el proveedor deberá presentar a la Dirección de Recursos Financieros:
Factura con nombre y firma del Titular de la Dirección Técnica.
Remisiones de entrega en original en hoja membretada de la empresa, debidamente selladas y firmadas de recibido por el Departamento de Control de Calidad y el Almacén de Producto Terminado de Tequesquináhuac o Querétaro o el establecimiento señalado.
Copia del acta de entrega-recepción de materiales de impresión.
Copia del acta de entrega-devolución de materiales de impresión.
Copia del contrato.
Y en su caso y de acuerdo a las partidas asignadas:
Copia de la póliza de responsabilidad civil y/o Endoso de la póliza y de su comprobante de pago con sello del Departamento de Contratos.
Copia del pagaré para garantizar los bienes de la Convocante, debidamente sellado por la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales.
Copia de la garantía de cumplimiento del contrato con el sello de recibido del Departamento de Contratos.
Copia del oficio de liberación de merma emitido por la Comisión.
Copia de las remisiones de los insumos de producción entregados, debidamente selladas por el impresor y validado mediante documento firmado por la Subdirección de Adquisiciones.
3.6.10.2 Las facturas deberán cumplir con los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación, ya que es obligación de todo contribuyente (persona física o moral) que cuente con comprobantes fiscales digitales por internet (C.F.D.I.), enviar a esta Convocante la factura electrónica a más tardar dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél en que se realice la operación de facturación y, proporcionar una representación impresa de dicho documento para su trámite de pago, debidamente autorizada por la Dirección Técnica.
3.6.10.3 La recepción de facturas para su revisión y pago se llevará a cabo en la Dirección de Recursos Financieros, conforme a sus políticas de revisión y pago, ubicada en el primer piso de Xxxxxx Xxxxx número 2, Colonia Xxxxxx xxx Xxxxxx, Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, Xxxxxx, X.X., X.X. 00000.
3.6.10.4 Dentro de los 20 días naturales posteriores, a la presentación de la documentación mencionada en el numeral 3.6.10.1 se efectuará el pago de la factura que ampare las partidas entregadas a entera satisfacción de la Convocante, a través de cheque al representante legal, apoderado legal o a la persona que se acredite mediante carta poder simple, esta última deberá presentar copia de identificación oficial y previa firma del finiquito correspondiente, siempre y cuando la documentación se encuentre completa, de acuerdo a los términos expresados en el numeral 3.6.10.1; de lo contrario se le avisará al proveedor para que xxxxxxx lo conducente y empiece su trámite nuevamente.
3.6.11. Impuestos y Derechos.
Los impuestos y derechos que procedan serán pagados por el licitante con excepción del Impuesto al Valor Agregado señalado, en la factura que cubrirá la convocante, conforme a la normatividad aplicable.
3.6.12. Obligaciones Fiscales y la Regla I.2.1.16 de la Miscelánea Fiscal para 2014, Publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 30 de Diciembre de 2013, así como el Oficio Circular Publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 19 de Septiembre de 2008.
A fin de dar cumplimiento al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación (C.F.F.) y la regla I.2.1.16. Resolución Miscelánea Fiscal para 2014, publicada en el Diario Oficial de la Federación de fecha 30 de diciembre de 2013, así como el Oficio Circular Publicado en el Diario Oficial de la Federación de fecha 19 de septiembre de 2008. Únicamente las personas físicas x xxxxxxx que resulten adjudicadas con contratos que excedan de $300,000.00 sin incluir el I.V.A., deberán presentar, el “acuse de recepción” con el que compruebe que realizó la solicitud de opinión prevista en la presente regla.
Para efectos de lo anterior, los contribuyentes con quienes se vaya a celebrar el contrato, deberán solicitar a las autoridades fiscales la opinión del cumplimento de obligaciones fiscales en términos de lo dispuesto por la regla II.2.1.13.
En los casos en que el contribuyente tenga créditos fiscales y quiera celebrar convenio con las autoridades fiscales para pagar con los recursos que se obtengan por la enajenación, arrendamiento, prestación de servicios u obra pública que se pretenda contratar, la opinión la emitirá la ALSC que corresponda al domicilio fiscal del contribuyente, enviándola al Portal de éste hasta que se haya celebrado el convenio de pago.
Para efectos de lo señalado en el párrafo anterior, las autoridades fiscales emitirán oficio a la unidad administrativa responsable de la licitación, a fin de que esta última en un plazo de 15 días, mediante oficio, ratifique o rectifique los datos manifestados por el contribuyente. Una vez recibida la información antes señalada, la autoridad fiscal le otorgará un plazo de 15 días al contribuyente para la celebración del convenio respectivo.
Los residentes en el extranjero que no estén obligados a presentar la solicitud de inscripción en el RFC, ni los avisos al mencionado registro y que no estén obligados a presentar declaraciones periódicas en México, asentarán estas manifestaciones bajo protesta de decir verdad en escrito libre que entregarán a la dependencia o entidad convocante, la que gestionará la emisión de la opinión ante la ALSC más cercana a su domicilio.
CFF 32-D, 65, 66-A, 141, RMF 2013 I, II.2.1.13.
Tratándose de proposiciones conjuntas previstas en el artículo 34 de la Ley, cada una de las personas obligadas deberá presentar el documento vigente expedido por el SAT, en el que se emita la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales.
Si previo a la formalización del contrato la Convocante recibe del SAT el acuse de respuesta de la solicitud presentada por el Licitante en el que se emita una opinión en sentido negativo sobre las obligaciones fiscales de la persona física o moral adjudicada la Convocante se abstendrá de formalizar el contrato y remitirá a la Secretaría de la Función Pública la documentación de los hechos presumiblemente constitutivos de infracción por la falta de formalización del contrato por causas imputables al adjudicado.
El proveedor deberá realizar la consulta de opinión ante el SAT, dentro del plazo para la firma del contrato.
La citada “opinión del cumplimiento de las obligaciones fiscales” se deberá presentar en el Departamento de Contratos, de esta Convocante, dentro del plazo para la firma del contrato, sita en la planta baja del Edificio Administrativo en Xxxxxx Xxxx Xxxxxx S/N, Colonia Nueva Ferrocarrilera, Tequesquináhuac, Tlalnepantla xx Xxx, Estado de México
C.P. 54030.
El escrito relativo al artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación es requisito indispensable para la liberación de fianza y de procedencia de excepción de ésta, por lo que el proveedor deberá proporcionar la opinión del cumplimiento de las obligaciones fiscales” sellada por parte del Departamento de Contratos
3.6.13. Anticipos.
En la presente licitación no se otorgarán anticipos.
3.6.14. Pruebas de cumplimiento.
Para verificar el cumplimiento de las especificaciones solicitadas se requiere de la realización de pruebas cuyo método, resultado mínimo, el área que las realizará y el momento para efectuarlas se describe en el Anexo I (Anexo Técnico 1.4)
4. REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA MIXTA NACIONAL.
4.1 Presentación de Proposiciones.
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Los licitantes deberán presentar, sus proposiciones en un solo sobre cerrado, la documentación distinta a la proposición (Documentación Legal y Administrativa), solicitada en el punto 4.1.1, de esta Convocatoria a la licitación, se entregará fuera del sobre. El sobre contendrá la propuesta técnica de acuerdo al punto 4.1.2 y la propuesta económica de acuerdo al punto 4.1.3 de esta Convocatoria a la licitación, esto con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo 34 de la Ley.
Los licitantes que entreguen su proposición en forma presencial deberán incluirla dentro de un sobre cerrado, de la proposición es en CD o memoria USB con los archivos que contienen la misma información que presentan en forma documental formato PDF, Word o Excel, se requiere en específico que la propuesta económica sea entregada en formato EXCELL, la falta del archivo electrónico no es motivo de desechamiento. (
Lo anterior, con la finalidad de observar lo establecido por el numeral 27 del “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental CompraNet.
Para el caso de las proposiciones electrónicas a través de CompraNet.
Las propuestas técnicas y económicas que sean presentadas a través del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental CompraNet, deberán elaborarse conforme a lo señalado en los puntos 4.1.1, de esta Convocatoria a la licitación, y se entregará fuera del sobre. El sobre contendrá la propuesta técnica de acuerdo al punto 4.1.2 y la propuesta económica de acuerdo al punto 4.1.3 de esta Convocatoria a la licitación, en formatos PDF o, en su defecto, en archivos de imagen tipo JPG o GIF, o en archivos con terminación .doc o .xls.
Deberán identificarse cada una de las páginas que integran las propuestas con los datos siguientes: clave del registro federal de contribuyentes, número de licitación y número de página.
Los licitantes que opten por el envío de sus propuestas a través CompraNet invariablemente deberán concluir el envío de éstas antes de la hora del acto de presentación y apertura de proposiciones, señalado en el punto 3.1 de esta Convocatoria a la licitación.
Los licitantes que presenten proposiciones electrónicas a través de CompraNet aceptan que tendrán como no presentadas sus proposiciones y la documentación requerida en esta Convocatoria, cuando el archivo electrónico en el que se contengan las proposiciones y/o demás información no pueda abrirse por tener algún virus informático o por cualquier otra causa ajena a la convocante, lo anterior, conforme al numeral 29 del “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental CompraNet.
En cumplimiento al numeral 30 del Acuerdo por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental CompraNet en el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de proposiciones por causas ajenas a CompraNet o a la
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convocante no sea posible iniciar o continuar con el acto de presentación y apertura de proposiciones, el mismo se podrá suspender de manera fundada y motivada hasta en tanto se restablezcan las condiciones para su inicio o reanudación; a tal efecto se difundirá en CompraNet la fecha y hora en la que se iniciará o reanudará el acto.
Para el supuesto referido en el párrafo anterior, la convocante podrá verificar en cualquier momento que durante el lapso de interrupción no se haya suscitado alguna modificación a las propuestas que obren en su poder.
En el acta que se levante de cada acto se identificarán las proposiciones presentadas por CompraNet. Los licitantes que hubieren presentado sus propuestas por (CompraNet) aceptarán que se tendrán por notificados de las actas que se levanten cuando éstas se encuentren a su disposición a través del programa informático de (CompraNet), el día en que se celebre cada evento, sin menoscabo de que puedan consultarlas en las oficinas de la convocante.
Las proposiciones deberán elaborarse de acuerdo con lo siguiente:
A) Dirigirse a la “CONVOCANTE”, el incumplimiento de este requisito no será motivo de desechamiento.
B) Señalar el número de la Convocatoria a la licitación que corresponde, el incumplimiento de este requisito no será motivo de desechamiento.
C) En papel con membrete de la empresa y/o persona física licitante, el incumplimiento de este requisito no será motivo de desechamiento.
D) Los documentos de las proposiciones que se presentan, no deberán contener xxxxxxxxxx, o enmendaduras, el incumplimiento de este requisito será motivo de desechamiento.
E) El licitante deberá presentar la documentación foliada en todas y cada una de sus hojas que la integren, para lo cual deberá enumerar de manera individual las propuestas técnica y económica, así como el resto de los documentos que entregue el licitante.
F) Cada proposición deberá ser firmada al final, por la persona que tenga poder legal para tal efecto, el incumplimiento de este requisito será motivo de descalificación.
4.1.1 Documentación Legal y Administrativa.
Los licitantes deberán entregar fuera del sobre, la siguiente documentación:
A) Deberá presentar escrito de Acreditamiento de personalidad jurídica (Xxxxx XXX).
B) Los licitantes deberán manifestar bajo protesta de decir verdad en papel membretado y firmado por el representante legal de la empresa, en el que deberá manifestar el estrato al que pertenece dentro de las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 del Reglamento. (Anexo XI: Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en los procedimientos de contratación para dar cumplimiento a lo dispuesto en los Lineamientos para fomentar la participación
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de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en los procedimientos de Adquisición y Arrendamiento de Servicios Muebles, que realicen las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal).
C) Escrito en el que manifieste el representante legal la empresa o persona física licitante, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse en nombre de su representada. Para la cual deberá requisitar íntegramente el formato Anexo lV “Formato de escrito de facultades”.
D) Los licitantes deberán manifestar, bajo protesta de decir verdad que son de nacionalidad mexicana, para cumplir con lo dispuesto en el Artículo 28 Fracción I de la Ley, y 35 de su Reglamento. Anexo XII “Formato de Carta de Integración Nacional”.
E) Escrito en el que manifieste el representante legal de la empresa o persona física licitante, bajo protesta de decir verdad, que no se encuentra dentro de las restricciones establecidas en los Artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la Ley. Para la cual deberá requisitar el formato (Anexo V “Formato de carta de no encontrarse bajo los supuestos de los artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de La Ley).
F) Escrito en el que manifieste por sí mismos a través de interpósita persona, bajo protesta de decir verdad, en la que se abstendrán de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la dependencia o entidad, induzca o altere las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorgue condiciones más ventajosas con relación a los demás licitantes. Para lo cual deberá requisitar el formato Anexo VI “Formato de carta de integridad”.
G) Deberá presentar escrito en formato libre en papel membretado de la empresa, mediante el cual manifieste que tiene pleno conocimiento de que se encuentra sujeta a la aplicación de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de julio de 2012, la que conoce en su contenido, aplicación, consecuencias jurídicas y cumple.
H) Los licitantes deberán presentar escrito en formato libre en papel membretado de la empresa, mediante el cual manifieste que ha considerado todos los factores que intervienen en la entrega satisfactoria del servicio, así como las especificaciones contenidas en los anexos de la presente Convocatoria.
I) Los licitantes deberán presentar escrito en formato libre en papel membretado de la empresa, mediante el cual manifieste que conoce las disposiciones de tipo legal, administrativo y técnico que xxxxxx la celebración y ejecución del contrato que se adjudique y acepta someterse a las mismas sin reserva alguna, disponiendo para ello de los elementos técnicos, humanos y materiales necesarios para su cumplimiento.
J) Los licitantes deberán presentar escrito en papel membretado de la empresa, con el cual declare su domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones.
El incumplimiento en la entrega de los documentos señalados en las incisos A), B), C), D), E), F) y G) es causal de desechamiento.
En caso de que el representante legal de la empresa o persona física licitante no pudiera asistir al acto de entrega-recepción de proposiciones (deberá integrar el Formato Anexo VllI; Formato de Carta poder, en la documentación Legal y Administrativa fotocopia de identificación oficial vigente con fotografía y firma de la persona que lo sustituya para este acto únicamente). La falta de dicho formato no será motivo de descalificación.
4.1.2 Propuesta Técnica.
Esta propuesta deberá ser entregada dentro del sobre y deberá contener la información y documentación siguiente:
A) En la propuesta técnica del licitante es obligatorio que contenga, número de las partidas en las que desea participar, descripción de los bienes y las características técnicas de acuerdo a lo señalado en el Anexo I (Anexo Técnico 1), de esta Convocatoria.
En la propuesta técnica se deberán entregar los siguientes documentos:
Anexo Técnico 1.7. Escrito de Compromisos Técnicos para la partida 1 a la 229
Anexo Técnico 1.7. Escrito de Compromisos Técnicos para la partida 230 a la 393.
Anexo Técnico 1.7. Escrito de Compromisos Técnicos para la partida 394 a la 412.
Anexo Técnico 1.8 Escritos de Garantía de Suministro de Insumos Básicos, de tintas, adhesivos y cajas (cuando aplique); atendiendo las especificaciones de los anexos 1.3, 1.5 y 1.8.
Anexo Técnico 1.9 Programa calendarizado de recepción de insumos de producción (formato libre).
Lista detallada del equipo de la impresión y encuadernación Anexo Técnico 1.10.
Propuesta de programa de producción Anexo Técnico 1.12.
B) Escrito en el que manifieste que entregará una garantía de mínimo tres años contra defectos de producción como consecuencia de los insumos utilizados y contra cualquier tipo de vicios ocultos.
El incumplimiento en la entrega de alguno de estos documentos solicitados en los incisos A y B es causal de desechamiento.
4.1.3 Propuesta Económica.
Esta proposición deberá ser entregada dentro del sobre y deberá contener la información y documentación siguiente:
Escrito en papel membretado de la empresa o persona física licitante en el que manifieste descripción de los bienes, precios unitarios y total de la propuesta económica, así como la manifestación de que los precios serán fijos hasta la terminación del contrato, firmados por la persona que tenga facultad legal para ello (Anexo IX: Formato de Propuesta Económica), para las partidas en las que deseen participar.
Los errores aritméticos de las partidas serán rectificadas de esta manera si existiera discrepancia entre el precio en ciento de libro y el total, prevalecerá el precio en ciento xx xxxxxx por lo que el subtotal, IVA y total serán corregidos.
El incumplimiento de alguna o toda la información solicitada en el Anexo IX es causal de desechamiento.
5 EVALUACIÓN.
En la evaluación de las proposiciones se utilizará el criterio de evaluación binario.
El criterio que se aplicará para evaluar las proposiciones será el de evaluación binaria por ello se basará en la información documental presentada por los licitantes, observando para ello lo previsto en el artículo 36 segundo párrafo de la Ley y 51 de su Reglamento.
La evaluación se realizará comparando entre sí, en forma equivalente, todas las condiciones ofrecidas explícitamente por los licitantes, siempre y cuando dichas proposiciones cumplan con lo indicado en esta Convocatoria y sus anexos.
La Convocante evaluará al menos las dos proposiciones cuyo precio resulte ser más bajo; de no resultar estas solventes, se evaluarán las que les sigan en precio.
5.1 El criterio que se aplicará para evaluar la documentación legal y administrativa y propuesta técnica, será el siguiente:
Se analizará la documentación presentada por los licitantes, para verificar que cumplen con los requisitos solicitados y cuenten con la capacidad legal y administrativa.
Se analizará la propuesta técnica proporcionada por los licitantes, evaluando la documentación en la adquisición de los bienes, siendo solventes aquellas proposiciones que garanticen satisfactoriamente la entrega en las mejores condiciones para la Convocante.
El criterio será CUMPLE O NO CUMPLE
5.2 El criterio que se aplicará para evaluar la propuesta económica será el siguiente:
Se analizarán las propuestas económicas de los licitantes que hayan obtenido el criterio de CUMPLE en la documentación legal y administrativa así como en la propuesta técnica.
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El criterio será CUMPLE o NO CUMPLE
5.2.1 Criterios de Desempate.
Si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate entre dos o más proveedores en una o más partidas, de conformidad con el criterio de desempate previsto en el párrafo segundo del artículo 36 Bis de la Ley, el contrato se adjudicará en primer término a las micro empresas, a continuación se considerará a las pequeñas empresas y en caso de no contarse con alguna de las anteriores, se adjudicará a la que tenga el carácter de mediana empresa.
En caso de subsistir el empate entre empresas de la misma estratificación de los sectores señalados en el párrafo anterior, o bien, de no haber empresas de este sector y el empate se diera entre licitantes que no tienen el carácter de MIPYMES, se realizará la adjudicación del contrato a favor del licitante que resulte adjudicado del sorteo por insaculación que realice la convocante en el acto de fallo, el cual consistirá en depositar en una urna o recipiente transparente, las boletas con el nombre de cada licitante empatado, acto seguido se extraerá en primer lugar la boleta del licitante adjudicado y posteriormente las demás boletas de los licitantes que resultaron empatados en esa partida, con lo cual se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. Si hubiera más partidas empatadas se llevará a cabo un sorteo por cada una de ellas, hasta concluir con la última que estuviera en este caso.
Este evento se desarrollará en presencia de los Licitantes que acudan al evento y en su caso de un representante del Órgano Interno de Control, de acuerdo a lo previsto en el artículo 54 del Reglamento.
5.2.2 Desechamiento de Proposiciones.
La Convocante desechará la proposición del licitante cuando:
A) No presente alguno de los documentos solicitados en los numerales 4.1.1 incisos A), B), C), D), E), F) y G), 4.1.2 incisos A) y B) y 4.1.3.
B) Cuando alguno de los documentos señalados en los numerales 4.1.1 incisos A), B), C), D), E), F) y G), 4.1.2 incisos A) y B) y 4.1.3, así como los anexos no se apeguen a lo indicado en la Convocatoria.
C) Se compruebe que ha acordado con otro u otros proveedores elevar los precios del servicio que se licita.
D) Se encuadre en alguno de los supuestos de los Artículos 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley.
E) Sus propuestas técnica o económica no definan con precisión las características del servicio ofertado.
F) Cuando los precios ofertados no resulten aceptables o convenientes para la
Convocante.
G) Cuando los precios ofertados sean superiores al monto de referencia.
H) La propuesta técnica o económica no esté firmada en la última hoja.
I) Presente la documentación con xxxxxxxxxx y enmendaduras.
Para estos casos se incluirán las observaciones en el acta correspondiente.
5.2.3 Declaración de desierta o cancelación de la Convocatoria a la licitación.
A) No se cuente como mínimo con una proposición susceptible de análisis técnico.
B) Al analizar las proposiciones técnicas o económicas no se encuentre alguno que cumpla con todos los requisitos establecidos en esta Convocatoria.
C) Los precios del servicio no resulten Aceptables o Convenientes.
D) Los precios de los servicios sean superiores al monto de referencia.
E) La CONALITEG podrá cancelar esta licitación, partidas o conceptos incluidos en ésta, cuando se presente caso fortuito; fuerza mayor; existan circunstancias justificadas que extingan la necesidad de contratar los servicios o que de continuarse con el procedimiento se pudiera causar daño o perjuicio a la CONALITEG.
Lo anterior de conformidad con lo establecido en el Artículo 38 de la Ley.
6 Inconformidades.
En contra de los actos y resoluciones de la Convocante, ordenados o dictados con motivo de la aplicación de la Ley y de las normas jurídicas que de ella emanen, las personas afectadas podrán interponer el recurso de inconformidad en términos de lo dispuesto en los artículos 65 y 66 de la Ley, se precisa que podrán presentarse inconformidades en el domicilio de la Secretaría de la Función Pública, ubicado en Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxxx 0, Xxx Xxx, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, México D.F; o en la dirección electrónica xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx
6.1 Controversias.
Las controversias que se susciten, con motivo de esta licitación, se resolverán con apego a lo previsto en la Ley, su Reglamento y en las disposiciones de carácter Federal aplicables.
6.2 Aclaraciones Finales.
Nos se negociará ninguna de las condiciones establecidas en esta Convocatoria a la licitación, ni las proposiciones que presenten los licitantes.
Podrán asistir a los actos públicos de la licitación; las cámaras, colegios o asociaciones profesionales, otras organizaciones no gubernamentales y cualquier persona física que sin haber adquirido estas bases, manifiesten su interés de estar presente en los mismos. En cualquiera de estos casos, los participantes deberán registrar su asistencia previa identificación y abstenerse de intervenir en cualquiera de los mismos.
XXXXXX XXXXXXXX XXX. DIRECTOR DE RECURSOS MATERIALES
Y SERVICIOS GENERALES.
Índice del anexo técnico
1.0 | Requisitos y consideraciones generales |
1.1 | Especificaciones técnicas de los libros |
1.2 | Orden, Titulo, Tiraje, Entrega |
1.3 | Cajas |
1.4 | Requerimientos de calidad |
1.5 | Especificaciones técnicas de papel y cartulina |
1.7 | Escrito de compromisos técnicos para la partida 1 a la 229 |
1.7 | Escrito de compromisos técnicos 230 a la 393 |
1.7 | Escrito de compromisos técnicos 394 a la 412 |
1.8 | Especificaciones Técnicas de Insumos |
1.9 | Calendarizado de insumos |
1.10 al 1.13 | Equipos de impresión y encuadernación |
Anexo I
DEL ANEXO TECNICO 1.0 AL ANEXO TECNICO 1.13 SE ADJUNTAN ARCHIVOS ELECTRONICOS
Anexo II
FORMATO DE ESCRITO DE MANIFESTACIÓN DE INTERÉS EN PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN PÚBLICA MIXTA NACIONAL
(Hoja membretada de la empresa)
POR MEDIO DE EL PRESENTE ESCRITO EXPRESO MI INTERÉS EN PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN PÚBLICA MIXTA NACIONAL NO. LA-011L6J001-N59-2014, POR MI PROPIO DERECHO (EN REPRESENTACIÓN DE ) Y PARA ELLO EN CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 33 BIS DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO ME PERMITO ASENTAR LOS SIGUIENTES DATOS:
EL LICITANTE: NOMBRE O RAZÓN SOCIAL, DOMICILIO, NÚMERO DE TELÉFONO, DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO Y REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES.
DEL REPRESENTANTE: NOMBRE, DOMICILIO, NÚMERO DE TELÉFONO, DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO Y REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES.
Nota: El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante, debiendo respetar su contenido, preferentemente, en el orden indicado.
Formato para la acreditación de la personalidad jurídica
(nombre) , manifiesto Bajo Protesta de Xxxxx Xxxxxx, que Todos los datos aquí asentados, son ciertos y han sido verificados, así como que cuento con las facultades suficientes para suscribir la Propuesta en la presente Licitación Pública Mixta Nacional a nombre y representación de: (persona moral)
Xx. xx Xxxxxxxxxx Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx XX-000X0X000-X00-0000:
Dirección electrónica del licitante:
Registro Federal de Contribuyentes: | |
Domicilio: Calle y número: | Delegación o Municipio: |
Colonia: | |
Código postal: | Entidad Federativa: |
Teléfonos: | Fax: |
Correo electrónico: | |
Número de escritura pública en la que Consta su Acta constitutiva: | Fecha: |
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de la misma: Datos de la inscripción en el Registro Público de Comercio: Relación de accionistas: Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre (s): Descripción del objeto social: Reformas al Acta constitutiva: | |
Nombre del apoderado o representante: Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades: Escritura pública número: Fecha: Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se otorgó: |
Lugar y fecha
NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
Protesto lo necesario
FORMATO DE ESCRITO DE FACULTADES
(Hoja membretada del licitante)
Convocatoria a la Licitación Xxxxxxx Xxxxx Xxxxxxxx Xx. XX-000X0X000-X00-0000.
Con fundamento en el Artículo 29 fracción VII de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios Públicos (Nombre del representante del licitante) , manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados, así como que cuento con facultades suficientes para suscribir la proposiciones en la presente Licitación Pública Mixta Nacional No. LA-011L6J001-N59-2014 a nombre y representación de
(persona física o moral).
EL PRESENTE ESCRITO DEBERÁ CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: CLAVE DEL REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES; NOMBRE Y DOMICILIO FISCAL (CALLE Y NÚMERO, COLONIA, CÓDIGO POSTAL, DELEGACIÓN O MUNICIPIO, ENTIDAD FEDERATIVA, TELÉFONO, FAX Y CORREO ELECTRÓNICO), ASÍ COMO, EN SU CASO, DE SU APODERADO O REPRESENTANTE. TRATÁNDOSE DE PERSONAS XXXXXXX, ADEMÁS, DESCRIPCIÓN DEL OBJETO SOCIAL DE LA EMPRESA; NÚMERO Y FECHA DE LAS ESCRITURAS PÚBLICAS EN LAS QUE CONSTE EL ACTA CONSTITUTIVA Y, EN SU CASO, SUS REFORMAS O MODIFICACIONES, SEÑALANDO NOMBRE, NÚMERO XXX XXXXXXX O FEDATARIO PÚBLICO QUE LAS PROTOCOLIZÓ; ASÍ COMO FECHA.
(Lugar y Fecha) Protesto lo necesario
Nota: El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante, debiendo respetar su contenido, preferentemente, en el orden indicado.
FORMATO DE CARTA DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LEY
(Hoja membretada de la empresa)
Tlalnepantla Estado de México, a de de 2014.
COMISIÓN NACIONAL DE LIBROS DE TEXTO GRATUITOS DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES SUBDIRECCIÓN DE ADQUISICIONES
P R E S E N T E
CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA MIXTA NACIONAL No. LA-011L6J001-N59-2014, PARA LA ADQUISICION DE , PRESENTANDO OFERTAS EN LAS OPCIONES INDICADAS EN LA CONVOCATORIA:
POR MEDIO DE LA PRESENTE, ME PERMITO MANIFESTAR BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE LA EMPRESA QUE REPRESENTO , SUS ACCIONISTAS Y EMPLEADOS, NO SE ENCUENTRAN EN NINGUNO DE LOS SUPUESTOS QUE SEÑALAN LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 PENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.
A T E N T A M E N T E
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL
Nota: El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante, debiendo respetar su contenido, preferentemente, en el orden indicado.
FORMATO DE CARTA DE INTEGRIDAD
Tlalnepantla Estado de México, a de de 2014.
COMISIÓN NACIONAL DE LIBROS DE TEXTO GRATUITOS DIRECCIÓN DE RECURSOS MATERIALES Y SERVICIOS GENERALES SUBDIRECCIÓN DE ADQUISICIONES
P R E S E N T E
CONVOCATORIA A LA LICITACIÓN PÚBLICA MIXTA NACIONAL No. LA-011L6J001-N59-2014, PARA LA ADQUISICION DE , PRESENTANDO OFERTAS EN LAS OPCIONES INDICADAS EN LA CONVOCATORIA:
POR MEDIO DE LA PRESENTE, ME PERMITO MANIFESTAR BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, QUE LA EMPRESA QUE REPRESENTO Y EL QUE SUSCRIBE, NOS COMPROMETEMOS QUE POR SÍ MISMOS O A TRAVÉS DE INTERPÓSITA PERSONA, NOS ABSTENDREMOS DE ADOPTAR CONDUCTAS PARA QUE LA CONVOCANTE O SUS SERVIDORES PÚBLICOS, INDUZCAN O ALTEREN LAS EVALUACIONES DE LAS PROPOSICIONES, EL RESULTADO DEL PROCEDIMIENTO U OTROS ASPECTOS QUE OTORGUEN CONDICIONES MÁS VENTAJOSAS CON RELACIÓN A LOS DEMÁS PARTICIPANTES.
A T E N T A M E N T E
REPRESENTANTE LEGAL
Nota: El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante, debiendo respetar su contenido, preferentemente, en el orden indicado.
Anexo VII
MODELO DE CONTRATO.
NÚMERO DE CONTRATO: 530000----
CONTRATO DE ADQUISICIÓN, DERIVADO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA MIXTA NACIONAL LA-011L6J001- N59-2014, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA COMISIÓN NACIONAL DE LIBROS DE TEXTO GRATUITOS, REPRESENTADA POR SU APODERADO LEGAL, LIC. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, Y POR LA OTRA, , REPRESENTADA POR SU ,
C. , QUIENES PARA LOS EFECTOS DE ESTE CONTRATO SE DENOMINARAN “LA COMISIÓN” Y “LA EMPRESA” RESPECTIVAMENTE, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS -----------
I DECLARACIONES
I.1.- “LA COMISIÓN” a través de su Representante Legal declara que:
I.1.1.- Constitución.- La Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, fue creada mediante Decreto del Poder Ejecutivo Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 13 de febrero de 1959 y abrogado el 28 de febrero de 1980. La CONALITEG es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, creada mediante Decreto del Poder Ejecutivo Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 1980 teniendo por objeto la edición e impresión de los libros de texto gratuitos, así como toda clase de materiales didácticos similares.
I.1.2.- Facultades.- El Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, en su carácter de Apoderado Legal, cuenta con facultades para suscribir el presente instrumento jurídico, lo cual se acredita mediante el instrumento notarial número 54,138 de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxx xx xx xxx Xxxxxxx Xxxxxxx xxxxxx 00, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, mismo que contiene el Poder General para Actos de Administración, conferido a su favor por el Director General del Organismo, Xxxxxxx Xxxx-Xxxxxx Xxxxxx.
I.1.3.- Domicilio.- Su domicilio actual es el ubicado en la calle de Xxxxxx Xxxxx No. 2, Colonia Xxxxxx xxx Xxxxxx,
C.P. 01000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, Distrito Federal, sin perjuicio de que cambie éste y lo dé a conocer a “LA EMPRESA” en su oportunidad.
I.1.4.- Solicitud De Contrato.- Mediante oficio número de fecha la
solicita la elaboración y suscripción del presente contrato derivado de la Licitación Pública Mixta Nacional LA-011L6J001-N59--2014.
I.1.5.- Autorización y Partida Presupuestal.- Para cubrir con las erogaciones derivadas del presente Contrato, se cuenta con la partida presupuestal número , y de acuerdo a la solicitud de pedido número
.
I.1.6.- Administración del Contrato.- La administración del presente contrato estará a cargo fundamentalmente de la Coordinación Editorial, Mtro. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, y sólo en estricto apego a sus facultades, el Titular de la Dirección Técnica, C. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, el Titular de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, Ing. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxx, el Titular de la Dirección de Recursos Financieros, M. F. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, el Titular de la Dirección de Distribución, Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx y el Jefe del Departamento de Contratos, Lic. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, de “LA COMISIÓN” en el ámbito de sus respectivas atribuciones, sin perjuicio de la intervención de otras áreas internas de la misma.
I.2.- “LA EMPRESA” declara que:
I.2.1.- Constitución.- I.2.2.- Facultades.-
I.2.3.- Objeto Social.-
I.2.4.- R.F.C.- Su Registro Federal de Causantes es
I.2.5.- Domicilio.-
Igualmente “LA EMPRESA” manifiesta expresamente su aceptación de que dicho domicilio podrá ser verificado en cualquier momento por “LA COMISIÓN”; conviniendo que en el caso de que llegare a cambiar su domicilio lo notificará a “LA COMISIÓN” dentro de los 15 días naturales siguientes a aquel en que se produzca dicho cambio.
I.2.6.- Conoce las disposiciones de tipo legal, administrativo y técnico que xxxxxx la celebración y ejecución del presente contrato y acepta someterse a las mismas sin reserva alguna, disponiendo para ello de los elementos técnicos, humanos y materiales necesarios para el desarrollo eficaz de los servicios objeto del presente instrumento contractual.
I.2.7.- Manifiesta bajo protesta de decir verdad, que tiene pleno conocimiento de que se encuentra sujeta a la aplicación de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de Julio del 2012, la que conoce en su contenido, aplicación, consecuencias jurídicas y cumple, manifestación que incluye a sus accionistas, socios, asociados, comisionistas, agentes, gestores, asociados, consultores, subcontratistas, empleados y cualquier otra persona que con cualquier otro carácter intervenga en las contrataciones públicas, a quienes les ha hecho del conocimiento la existencia de la citada ley, su aplicación y consecuencias jurídicas.
I.3. "LAS PARTES" declaran que:
I.3.1.- En la celebración del presente contrato no ha existido vicio alguno del consentimiento, como lo es el error, dolo, mala fe, violencia, temor reverencial o algún otro considerado por el Código Civil Federal aplicable, por lo que ambas partes manifiestan contar con la capacidad legal que establece el mismo precepto y expresan tácitamente su consentimiento en sujetarse a las cláusulas que se establecen y que se perfecciona al momento en que se suscribe el presente instrumento jurídico, obligando a los contratantes no sólo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a las consecuencias que, según su naturaleza son conforme a la buena fe, al uso o a la ley.
I.3.2.-”LA COMISIÓN” se encuentra incorporada al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C, Institución de Banca de Desarrollo (NAFIN) mediante convenio de incorporación de fecha 4 xx xxxx de 2007, por lo cual “LA EMPRESA” podrá realizar mediante NAFIN operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, inscribiéndose y sujetándose a la Disposiciones Generales del Programa xx Xxxxxxx Productivas, y sus Modificaciones, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 06 xx Xxxxx del 2009 y el 25 xx Xxxxx del 2010.
I.4. “FUNDAMENTO LEGAL DEL CONTRATO”
I.4.1.- El presente contrato se fundamenta conforme a los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 26 fracción I, 26 bis fracción III, 28 fracción I, 29, 36, 36 Bis, 45 y 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; así como los Artículos 81, 82 y 84 de su Reglamento.
II CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.- “LA COMISIÓN” compra a “LA EMPRESA” la cantidad de
bienes correspondientes a los títulos, órdenes y tirajes, como se describe a continuación, Ciclo escolar
, Recurso (Fiscal, propios, terceros). Los bienes materia este contrato deben ser:
ORDEN | TITULO | TIRAJE | PLIEGOS | $ EN CIENTO DE | IMPORTE | |
PAGS | PLIEGO | LIBRO | ||||
CARACTERISTICAS TECNICAS DE LA ORDEN
SEGUNDA.- MONTO DEL CONTRATO.- “LA COMISIÓN” pagará a “LA EMPRESA” la cantidad total de
$ . ( /100 MN), más I.V.A. a la tasa 0% (cero por ciento), cantidad que resulta de considerar el volumen de bienes contratados por los costos como se describe en la cláusula anterior.
Los precios son en moneda nacional y permanecerán fijos hasta la entrega total de los bienes y a entera satisfacción de “LA COMISIÓN”.
FORMA DE PAGO.- “LA COMISIÓN” no proporcionará anticipo, el importe será pagado por partida entregada al 100% (Cien por ciento) en el almacén designado y a plena satisfacción de “LA COMISIÓN”; se realizará previa suscripción del finiquito firmado, y será cubierto a más tardar al vigésimo día natural, siempre y cuando “LA EMPRESA” haya presentado la documentación comprobatoria completa por partida entregada al 100% (Cien por ciento), en la Dirección de Recursos Financieros, en horas de oficina durante el presente ejercicio fiscal, acompañado de la siguiente documentación:
a) Factura(s) con los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. De conformidad con el artículo 29, fracción V del Código Fiscal de la Federación, es obligación de “LA EMPRESA” que cuente con comprobantes fiscales digitales por internet (C.F.D.I.), enviar a “LA COMISIÓN” la factura electrónica a más tardar dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél en que se realice la operación de facturación y proporcionar una representación impresa de dicho documento para su trámite de pago, debidamente autorizada la Dirección Técnica.
b) Remisión de entrega por cada orden, en original y en hoja membretada de “LA EMPRESA”, debidamente sellada y firmada de recibido por el Departamento de Control de Calidad y el Almacén de Producto Terminado de Tequesquináhuac o Querétaro o el establecimiento señalado.
c) Copia de las Actas de entrega-recepción y Entrega-devolución de materiales para impresión.
d) Oficio sellado por la Subdirección de Producción Externa por la entrega del plotter.
e) Remisión de las muestras entregadas por cada orden, con sello del Departamento de Laboratorio y Control de Calidad.
f) Copia del endoso o Póliza de responsabilidad civil y de su comprobante de pago, con xxxxx xxx Xxxxx. De Contratos.
g) Copia del Pagaré para garantizar los bienes, debidamente sellado y firmado por la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales
h) Copia del contrato debidamente formalizado.
i) Copia de garantía de cumplimiento con sello del Departamento de Contratos.
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El pago de los bienes objeto del presente contrato quedará condicionado proporcionalmente, en su caso, al pago que “LA EMPRESA” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales, de acuerdo al artículo 95 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento.
TERCERA.- “LA COMISIÓN” con fundamento en el artículo 46, último párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, proporcionará los datos de identificación de “LA EMPRESA”, para que pueda ceder los derechos de cobro de cuentas por pagar a través de los intermediarios financieros, para operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico en cadenas productivas, mecánica operativa que aceptan tácitamente las partes.
CUARTA.- IMPUESTOS, DERECHOS Y OBLIGACIONES.- “LA COMISIÓN” en ningún caso contratará
adquisiciones, arrendamientos o servicios con personas físicas x xxxxxxx nacionales que no se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, de conformidad con las disposiciones del Código Fiscal de la Federación en su artículo 32-D y las leyes tributarias aplicables.
Por lo anterior, “LA EMPRESA” se sujetará a lo dispuesto en la regla I.2.1.16 de la Resolución de la Miscelánea Fiscal para el 2014, emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 30 de Diciembre del 2013, para el caso de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, observando lo señalado en la regla II.2.1.13, que a la letra dice:
II.2.1.13. Los contribuyentes que para realizar algún trámite fiscal u obtener alguna autorización en materia de impuestos internos, comercio exterior o para el otorgamiento de subsidios y estímulos requieran obtener la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales, deberán realizar el siguiente procedimiento:
I. Ingresarán a la página de Internet del SAT, en el apartado “Trámites y Servicios” en la opción “Opinión del Cumplimiento”, con su Contraseña.
II. Una vez elegida la opción del cumplimiento de obligaciones fiscales, el contribuyente podrá imprimir el acuse de respuesta.
III. Dicha opinión también podrá solicitarse a través del número telefónico de INFOSAT, o bien por correo electrónico a la dirección xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx la cual será generada por el SAT y se enviará dentro de las siguientes 24 horas al correo electrónico que el contribuyente proporcionó al citado órgano desconcentrado para efectos de la FIEL.
IV. Asimismo, podrá consultarse por un tercero que el propio contribuyente haya autorizado, para lo cual desde la aplicación de Mi Portal, podrá autorizar al tercero para que este último utilizando su FIEL, consulte la opinión del cumplimiento del contribuyente quien lo autorizó.
La multicitada opinión, se generará atendiendo a la situación fiscal del contribuyente en los siguientes sentidos:
Positiva.- Cuando el contribuyente está inscrito y al corriente en el cumplimiento de las obligaciones que se consideran en los incisos a) y b) de esta regla.
Negativa.- Cuando el contribuyente no esté al corriente en el cumplimiento de las obligaciones que se consideran en los incisos a) y b) de esta regla.
No inscrito.- Cuando el contribuyente no se encuentra inscrito en el RFC.
Inscrito sin obligaciones.- Cuando el contribuyente está inscrito en el RFC pero no tiene obligaciones fiscales.
a) La autoridad a fin de emitir la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales revisará que el contribuyente solicitante:
1. Ha cumplido con sus obligaciones fiscales en materia de inscripción al RFC, a que se refieren el CFF y su Reglamento y que la clave en el RFC este activa.
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2. Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de las declaraciones anuales del ISR e IETU correspondientes a los cuatro últimos ejercicios.
Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en el ejercicio en el que solicita la opinión y en los cuatro últimos ejercicios anteriores a éste, respecto de la presentación de pagos provisionales del ISR, IETU y retenciones del ISR por salarios, así como de los pagos definitivos del IVA y del IEPS; incluyendo las declaraciones informativas que se refieren las reglas II.5.2.2., II.5.2.11., II.5.2.13., II.5.2.15., II.5.2.16., II.5.2.17., II.5.2.18., II.5.2.19., II.5.2.21. y II.5.2.22., y el artículo 31-
A del CFF.
3. No tiene créditos fiscales firmes determinados por impuestos federales, distintos a ISAN e ISTUV, entendiéndose por impuestos federales, el ISR, IVA, IETU, Impuesto al Activo, IDE, IEPS, impuestos generales de importación y de exportación y sus accesorios; así como créditos fiscales firmes, relacionados con la obligación de pago de las contribuciones, y de presentación de declaraciones, solicitudes, avisos, informaciones o expedición de constancias y comprobantes fiscales.
4. Tratándose de contribuyentes que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren garantizados conforme al artículo 141 del CFF, con excepción de lo dispuesto por la regla I.2.14.1.
5. En caso de contar con autorización para el pago a plazo, que no hayan incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 66-A, fracción IV del CFF.
b) Tratándose de créditos fiscales firmes, se entenderá que el contribuyente se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, si a la fecha de la solicitud de opinión a que se refiere la fracción I de esta regla, se ubica en cualquiera de los siguientes supuestos:
1. Cuando el contribuyente cuente con autorización para pagar a plazos y no le haya sido revocada.
2. Cuando no haya vencido el plazo para pagar a que se refiere el artículo 65 del CFF.
3. Cuando se haya interpuesto medio de defensa en contra del crédito fiscal determinado y se encuentre debidamente garantizado el interés fiscal de conformidad con las disposiciones fiscales.
Cuando la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales arroje inconsistencias relacionadas con la clave del RFC o presentación de declaraciones con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar un caso de aclaración a través de su portal y una vez que tenga la respuesta de que ha quedado solventada la aclaración, deberá generar nuevamente la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales.
Cuando la citada opinión arroje inconsistencias relacionadas con créditos fiscales o al otorgamiento de garantía con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar la aclaración a través de su portal; la ALSC que le corresponda, resolverá en un plazo máximo de 3 días y emitirá la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales y la enviará al portal del contribuyente.
La opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales a que hace referencia el primer párrafo de la presente regla que se emita en sentido positivo, tendrá una vigencia de 30 días naturales a partir de la fecha de emisión.
Asimismo, dicha opinión se emite considerando la situación del contribuyente en los sistemas electrónicos institucionales del SAT, por lo que no constituye resolución en sentido favorable al contribuyente sobre el cálculo y montos de créditos o impuestos declarados o pagados.
“LA EMPRESA” deberá realizar la consulta de opinión ante el SAT, dentro del plazo de formalización del presente contrato; el cual deberá presentar dentro del plazo referido al Departamento de Contratos.
QUINTA.- PLAZO DE ENTREGA.- “LA COMISIÓN” requiere que los bienes sean entregados a más tardar dentro de los 30 días naturales contados a partir del siguiente día hábil a la entrega total de materiales de impresión por parte de “LA COMISIÓN”.
Si por causas imputables a “LA COMISIÓN”, “LA EMPRESA” se viera imposibilitada para cumplir en tiempo con la entrega requerida, se actualizará la hipótesis contenida en el artículo 91 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, siendo las causas imputables a “LA COMISIÓN” las siguientes:
CAUSA | PLAZO A DIFERIR |
Que al siguiente día hábil posterior a la entrega de materiales para impresión, no estén a disposición de “LA EMPRESA” en la Subdirección de Producción Externa de la Técnica de la Dirección Técnica. | En igual número de días en que “LA COMISIÓN” ponga a disposición de “LA EMPRESA” los materiales. |
Cuando los materiales para impresión y previo cumplimiento a lo estipulado en la convocatoria de Licitación Pública Mixta Nacional LA-011L6J001-N59- 2014, no estén en condiciones de ser utilizados. | En igual número de días en que “LA COMISIÓN” ponga a disposición de “LA EMPRESA” los materiales en condiciones útiles |
Incidencias:
El término máximo para presentar las incidencias justificadas y descritas en el cuadro anterior, será de tres días hábiles posteriores a que se presenten, conforme a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; mientras que cualquier otra, deberá presentarse en el momento que ocurra y previo al vencimiento del contrato, de conformidad con el artículo 91 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
SEXTA.- LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA.-
LUGAR DE ENTREGA.- La entrega y recepción de los bienes podrá realizarse en forma parcial, libre a bordo, preferentemente en el Almacén de Producto Terminado de “LA COMISIÓN”, ubicado en Xxxxxx Xxxx Xxxxxx x/x, Xxx. Xxxxx Xxxxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, y en el Almacén de Querétaro de “LA COMISIÓN”, ubicado en Avenida de las Misiones Número 6, Parque Industrial Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Municipio El Xxxxxxx, Querétaro, o en los domicilios que “LA COMISIÓN” indique, en un horario de 8:00 a 15:00 horas, en días hábiles, previa cita agendada en la Dirección de Distribución de “LA COMISIÓN”, con 24 horas de anticipación, de acuerdo a lo siguiente:
ORDEN | TIRAJE | ALMACEN DE | |
TEQUESQUINÁHUAC | QUERÉTARO | ||
“LA EMPRESA” se hace responsable de los daños o defectos que por empaque o transporte sufran los bienes y asumirá cualquier riesgo a que pudieran estar expuestos hasta el momento de la recepción física por parte de “LA COMISIÓN”, sin costo alguno para ésta.
CONDICIONES DE ENTREGA.- Los bienes objeto del presente contrato, deberán ser empacados, en cajas de cartón doble corrugado, con una etiqueta que identifique el contenido de cada una y que no excedan de 25 kg de peso y de acuerdo a las especificaciones que se consignan en los Anexos Técnicos 1.1, 1.3, 1.4 y 1.8 de la convocatoria de la Licitación Pública Mixta Nacional LA-011L6J001-N59-2014. El incumplimiento de lo anterior será motivo de rechazo de los bienes.
El control de calidad y cumplimiento de las especificaciones técnicas descritas en los Anexos Técnicos 1.1, 1.3 y
1.4 de la convocatoria de la Licitación Pública Mixta Nacional LA-011L6J001-N -2014, se realizará a su recepción en los almacenes de “LA COMISIÓN”, siendo la Dirección Técnica la facultada para determinar su aceptación o rechazo. Para el caso de los lotes rechazados, se procederá a levantar Acta Circunstanciada de Hechos que será firmada por los representantes de la Dirección Técnica y “LA EMPRESA”. Además “LA COMISIÓN” cuenta con un laboratorio que podrá, en caso de ser requerido, orientar a “LA EMPRESA” en el cumplimiento de los requerimientos de calidad exigidos.
El procedimiento para determinar la aceptación o rechazo de los bienes entregados, será examinando un lote por cada dos tarimas que se entreguen, debiendo cumplir con los bienes de la muestra con las especificaciones técnicas descritas para cada uno en el Anexo Técnico 1.1 y con los requerimientos de calidad de los Anexos Técnicos 1.3, 1.4 y 1.8 de la Licitación Pública Mixta Nacional LA-011L6J001-N -2014, en el entendido que el incumplimiento de las especificaciones técnicas o de cualquiera de los requerimientos de calidad podrá ser motivo de rechazo del lote.
Los lotes rechazados y que "LA EMPRESA" no pueda corregir, por estar considerados dentro del artículo Artículos 6 fracción XVIII y 131 de la Ley General de Bienes Nacionales, deberán ser destruidos en presencia de un representante de “LA COMISIÓN”, previo levantamiento del acta correspondiente, en las instalaciones de "LA EMPRESA". Los costos que esto genere serán a cargo de éste.
“LA COMISIÓN” no se obliga a recibir los lotes rechazados hasta que “LA EMPRESA” realice las correcciones o reposiciones requeridas, sin que ello implique extensión en el plazo de entrega o justificación alguna para evitar la penalización que en su caso proceda.
“LA EMPRESA” en su primera ronda de Impresión deberá entregar al Departamento de Laboratorio y Control de Calidad de la Dirección Técnica, 50 ejemplares muestra, siempre y cuando el tiraje sea mayor a 2,500 ejemplares, en caso de ser un tiraje menor a 2,500 ejemplares las muestras deberán corresponder al 0.8% del total de la producción, redondeando la cantidad al número inmediato anterior, y ese Departamento le sellará la remisión de entrega de muestras.
“LA EMPRESA” es considerada como depositario legal de las ordenes en proceso de impresión, de las ordenes en proceso de empaque y de las ordenes terminadas, hasta la culpa leve siendo responsable de cualquier daño que sufran los mismos, mientras se encuentren en las instalaciones de “LA EMPRESA” y hasta en tanto no sean recibidos por “LA COMISIÓN”.
SÉPTIMA.- CONDICIONES PARA LA RECEPCIÓN DE LOS MATERIALES PARA IMPRESIÓN:
Recepción de los Materiales para Impresión:
Se entenderá por Materiales de impresión, los discos y/o películas con los contenidos editoriales y que servirán para editar y reproducir los bienes.
Para todos los efectos legales a que hubiere lugar, “LA EMPRESA”, se considera depositaria legal de los materiales de impresión que reciba de “LA COMISIÓN”, y su responsabilidad se extenderá a la culpa leve, siendo responsables, respondiendo por cualquier daño que sufran los mismos, mientras estos se encuentren en las instalaciones de “LA EMPRESA” y hasta en tanto no sean recibidos por “LA COMISIÓN”.
“LA EMPRESA” deberá recoger los materiales para impresión en el la Subdirección de Producción Externa de la Dirección Técnica, a través de una persona facultada, quien se acreditará con poder simple otorgado por el representante o apoderado legal, que haya acreditado su personalidad ante “LA COMISIÓN” mediante el formato requerido en la convocatoria de la Licitación Pública Mixta Nacional LA-011L6J001-N -2014, a partir del día hábil siguiente a la notificación del fallo.
“LA EMPRESA” podrá presentar por escrito, ante la Subdirección de Producción Externa de la Dirección Técnica, alguna inconsistencia que detectare en los Materiales para impresión que se le entreguen, dentro de los siguientes 3 (tres) días hábiles contados a partir de la recepción de los mismos. Vencido este plazo, se dará por recibido a plena satisfacción y no procederá ningún tipo de prórroga por esta causa en el plazo de entrega, de conformidad a lo establecido en la cláusula QUINTA de este contrato.
En caso de que “LA EMPRESA” presente el escrito en cuestión, éste será analizado por la Dirección Técnica de
“LA COMISIÓN”, efectuará lo necesario a fin de subsanarlas, situación que será formalizada por escrito.
OCTAVA.- “LA EMPRESA” deberá entregar la (s) prueba(s) plotter en un plazo no mayor a dos días hábiles después de haber recibido los materiales para la elaboración de las mismas, mediante oficio, el cual será sellado por la Subdirección de Producción Externa. Para cada incumplimiento de lo anteriormente enunciado, se hará acreedor a una penalización del 0.01% del importe total de la orden correspondiente.
NOVENA.- AVANCE DE PRODUCCIÓN.- “LA EMPRESA” se compromete a informar a la Subdirección de Producción Externa de la Dirección Técnica, del avance de producción de los bienes, utilizando los formatos para reportar avances de producción que se incluye en el anexo técnico 1.13 que podrán ser enviados a través del correo electrónico a la siguiente dirección: xxxxx_xxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx o entregarse en el 2o. piso de las oficinas de la Dirección Técnica, ubicadas en la xxxxx xx Xxxxxx Xxxx Xxxxxx x/x, Xxx. Xxxxx Xxxxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. 00000. Además deberá entregar en la Subdirección de Producción Externa, copia del programa de producción con sello y firma de recepción por parte del Departamento de Contratos.
DÉCIMA.- SUPERVISIÓN DE PRODUCCIÓN Y CALIDAD.- Durante la vigencia del presente contrato “LA EMPRESA” permitirá el libre acceso a sus instalaciones al personal designado por la Dirección Técnica, quien será la encargada de llevar a cabo las visitas que estime convenientes a efecto de supervisar el grado de avance y calidad de producción, en la inteligencia que de surgir alguna observación o indicación por parte de dicha Dirección, “LA EMPRESA” se compromete a cumplirlas.
De la misma forma, “LA EMPRESA” se obliga a mostrar cuando le sean requeridos, los Registros a Pie de Máquina.
DÉCIMA PRIMERA.- PENAS CONVENCIONALES.- Para el caso de que “LA EMPRESA” incurriere en xxxx en la entrega de los bienes objeto del contrato, específicamente se determinará la penalización del 0.5% sobre el valor de los bienes no entregados oportunamente por cada día natural de atraso, hasta el agotamiento del importe de la garantía de cumplimiento sin incluir el I.V.A. y hasta el monto máximo de la fianza otorgada, penalizaciones que serán descontadas del finiquito correspondiente. “LA COMISIÓN” podrá, de así convenir a sus intereses hacer efectiva la garantía de cumplimiento y la rescisión administrativa del contrato. En este último supuesto, no procederá el cobro de las penalizaciones ni su contabilización para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley.
En caso en los que no se requiera fianza de cumplimiento el contrato contendrá con claridad las penas convencionales para el caso de que “LA EMPRESA” incurriere en xxxx en la entrega de los bienes objeto del contrato, específicamente se determinará la penalización del 0.5% sobre el valor de los bienes no entregados oportunamente por cada día natural de atraso sin incluir el I.V.A. y hasta el 20% del monto del contrato, penalizaciones que serán descontadas del finiquito correspondiente.
DÉCIMA SEGUNDA.- SANCIONES Y RESTRICCIONES.- “LA COMISIÓN” notificará a la Secretaría de la Función Pública del incumplimiento descrito en los artículos 50, 59 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para que apliquen las sanciones establecidas, a “LA EMPRESA” que se ubique en alguno de los supuestos mencionados en dichos artículos, tales como:
a) Que injustificadamente y por causas imputables al mismo no formalice dos o más contratos que les haya adjudicado cualquier dependencia o entidad en un plazo de 2 años.
b) “LA EMPRESA” al que se le haya rescindido administrativamente un contrato en dos o más dependencias o entidades en un plazo de tres años.
c) Que no cumpla con sus obligaciones del contrato por causas imputables a él y que, como consecuencia, cause daños o perjuicios graves a “LA COMISIÓN”, así como, aquel que realice el servicio con especificaciones distintas a las convenidas.
d) Que proporcione información falsa o que actúe con dolo o mala fe, en la celebración del contrato, o bien, en la presentación o desahogo de una queja en una audiencia de conciliación o de una inconformidad.
Aquellas que se encuentren en el supuesto del segundo párrafo del artículo 74 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DÉCIMA TERCERA.- DEVOLUCIÓN DE MATERIALES.- Por cada orden, “LA EMPRESA” devolverá a entera satisfacción de “LA COMISIÓN”, los materiales para impresión que le hayan sido entregados para la producción de los bienes, en un plazo no mayor de 10 días hábiles que se contarán a partir del día siguiente a aquél en que “LA EMPRESA” concluyó con la entrega en los almacenes de la orden adjudicada. Para realizar la devolución de dichos materiales, “LA EMPRESA” deberá agendar con la Subdirección de Producción Externa de “LA COMISIÓN”, con 24 (veinticuatro) horas de anticipación.
Por la devolución extemporánea de los materiales de impresión, se aplicará una penalización del 0.5% (cero punto cinco por ciento) por cada día natural de atraso sobre el valor total de la orden asignada, la cual será aplicada en el finiquito respectivo.
Para el caso de que “LA EMPRESA” no devolviera los materiales de impresión por causas de fuerza mayor, deberá notificarlo a “LA COMISIÓN” por escrito manifestando el motivo. El costo de los materiales, previamente cuantificado por la Coordinación Editorial, será deducido en el finiquito respectivo, independientemente de que por la fecha de su notificación se haga acreedora a la sanción que se menciona en el párrafo anterior.
Los materiales para impresión no podrán ser duplicados ni reproducidos de forma total o parcial, salvo exclusivamente para la producción de los bienes materia del presente contrato y su responsabilidad se extenderá a la culpa leve hasta su total utilización con este objeto. Cualquier uso indebido de los materiales para impresión o de los resultantes del proceso faculta a “LA COMISIÓN” para ejercer las acciones legales que procedieren.
DÉCIMA CUARTA.- FINIQUITO.- Para efectos del finiquito de este contrato, la cantidad de bienes pactada en la cláusula PRIMERA, no podrá variar y “LA COMISIÓN” no está obligada a pagar ninguna cantidad extraordinaria.
DÉCIMA QUINTA.- GARANTÍAS:
DE CUMPLIMIENTO.- “LA EMPRESA” se obliga a garantizar mediante fianza indivisible de acuerdo a lo estipulado en el artículo 81, fracción II del Reglamento xx Xxx de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por el 10% del valor total del importe del contrato sin incluir el I.V.A., expedida por compañía nacional autorizada, , las obligaciones derivadas de este contrato, según lo dispuesto en los Artículos 48 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en el artículo 39, Fracción II, Inciso i), numeral 5. de su Reglamento, dicha garantía deberá ser entregada en el Departamento de Contratos de “LA COMISIÓN” dentro de los 10 días naturales posteriores a la firma del presente instrumento para su validación, en el entendido que de no hacerlo en el plazo convenido, se tendrá por incumplido el contrato a partir de ese momento, quedando “LA COMISIÓN” en aptitud de proceder conforme a lo señalado en los artículo 59 y 60 de la Ley de Adquisiciones,
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Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y notificará a la Secretaría de la Función Pública el incumplimiento de la obligación.
Asimismo, y para el caso de que “LA EMPRESA” entregue los bienes dentro de los 10 días naturales posteriores a la firma del presente contrato a entera satisfacción de “LA COMISIÓN”, y siempre que “LA EMPRESA” compruebe o acredite de manera fehaciente e indubitable haber dado cumplimiento a las obligaciones, se le exceptuará de presentar la garantía de cumplimiento, previa solicitud que por escrito presente “LA EMPRESA” a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de “LA COMISIÓN” anexando las remisiones que comprueben la entrega de los bienes dentro del plazo mencionado. Además deberá presentar documento actualizado expedido por el SAT, en la que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, con sello del Departamento de Contratos de “LA COMISIÓN”.
1. Emitirse a favor de la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos;
2. Tipo y número de contrato;
3. Objeto del contrato;
4. Monto total del contrato, sin incluir I.V.A.;
5. Vigencia del contrato;
6. Que garantizará las prórrogas y/o esperas otorgadas
7. Dicha fianza se expide de manera indivisible
8. Lo estipulado en el artículo 103 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
a) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato;
b) Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la dependencia o entidad;
c) Que la fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente, y
d) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que procediera el cobro de intereses, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.
9. Someterse expresamente a lo establecido en los artículos 95 y 95 bis, de la Ley Federal de Instituciones y Fianzas.
CASOS EN QUE SE APLICAN LAS GARANTÍAS: Se hará efectiva la garantía de cumplimiento ante la institución afianzadora, cuando se presente de manera enunciativa y no limitativa alguno de los siguientes casos:
a) Cuando se rescinda el contrato, por causas imputables a “LA EMPRESA”.
b) Cuando “LA EMPRESA” subrogue los derechos y obligaciones adquiridas mediante la firma del contrato, salvo el derecho de cobro, con fundamento en lo establecido por el artículo 46, último párrafo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en cuyo caso tendrá que autorizar “LA COMISIÓN”.
c) Cuando “LA EMPRESA” incumpla cualquiera de las obligaciones derivadas del contrato fruto de la presente Licitación.
d) Cuando “LA EMPRESA” proporcione información falsa o se le atribuyan actos faltos de probidad que vayan en contra de las condiciones contractuales.
DE CALIDAD.- “LA EMPRESA” deberá entregar a “LA COMISIÓN” dentro del plazo para la firma del contrato y en hoja membretada, Carta bajo Protesta de Xxxxx Xxxxxx, que los bienes que entrega tienen una garantía de 3 (tres) años, contados a partir de su recepción contra cualquier defecto de producción, como consecuencia del proceso mismo o de los insumos utilizados y contra cualquier tipo de vicio oculto.
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DE SEGURO.- “LA EMPRESA” pagará por su cuenta las primas de seguro de responsabilidad civil contra daños y perjuicios que cubra los bienes propiedad de “LA COMISIÓN”, mientras éstos se encuentren en las instalaciones de “LA EMPRESA” y hasta en tanto no sean recibidos en los almacenes de “LA COMISIÓN” o en los domicilios especificados.
POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL.- “LA EMPRESA” deberá presentar póliza de seguro de responsabilidad civil general vigente, y en su caso endoso por el monto total del contrato conforme las ordenes asignadas y deberá presentarse dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la formalización del contrato ante el departamento de contratos.
En caso de siniestro se debe considerar:
a) “LA EMPRESA” deberá notificarlo de inmediato a “LA COMISIÓN”.
b) La aseguradora deberá efectuar el pago en especie, por lo que “LA COMISIÓN” indicará a nombre de
“LA EMPRESA” deberá efectuarse el pago.
c) En caso de aplicación de la póliza no procederá el cobro de penalizaciones ni la aplicación de garantía de cumplimiento.
d) En pérdida total, en cuanto se efectúe el pago en especie a “LA COMISIÓN” por parte de la Aseguradora, se efectuará el pago del monto total del contrato a “LA EMPRESA”.
PAGARÉ.- "LA EMPRESA" deberá entregar a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, dentro del plazo estipulado para la firma del contrato, pagaré para garantizar los bienes de “LA COMISIÓN” contra daños y perjuicios que puedan causarse a éstos, no contemplados en la póliza de responsabilidad civil, mientras éstos se encuentren en las instalaciones de "LA EMPRESA" y hasta en tanto no sean recibidos en los almacenes de “LA COMISIÓN”.
En caso de siniestro, se aplicará la póliza de responsabilidad civil; el pagaré por lo que no sea cobrable a través de la póliza.
El pagaré deberá ser por el importe total del contrato y éste no podrá ser cancelado mientras los bienes e insumos del contrato se encuentren en las instalaciones de “LA EMPRESA” y hasta en tanto no sean recibidos en los almacenes de “LA COMISIÓN”.
Una copia del pagaré deberá ser entregada en el Departamento de Contratos, debidamente sellado y firmado por la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, dentro del plazo estipulado para la firma del contrato, en el entendido que de no hacerlo en el plazo convenido, se tendrá por incumplido el contrato a partir de ese momento, procediendo conforme a lo señalado en los artículos 59 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por lo que “LA COMISIÓN” notificará a la Secretaría de la Función Pública (SFP) el incumplimiento de la obligación quedando “LA COMISIÓN” en libertad de adjudicar el contrato al licitante inmediato siguiente, en los términos del Artículo 46 de la misma Ley.
“LA EMPRESA” será considerada como depositaria legal de los materiales de impresión, de los materiales en proceso de impresión, de los materiales en proceso de empaque y de los materiales terminados, hasta la culpa leve, siendo responsable y respondiendo por cualquier daño o perjuicios que sufran los mismos, mientras éstos se encuentren en las instalaciones de “LA EMPRESA” y hasta en tanto no sean recibidos en los almacenes de “LA COMISIÓN”.
DÉCIMA SEXTA.- DEVOLUCIÓN DE GARANTIAS.- Previa presentación del documento actualizado expedido por el SAT, en la que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, y una vez que las obligaciones derivadas del presente contrato se encuentren debidamente cumplimentadas, incluyendo con esto los trámites administrativos que se generen, por lo que “LA EMPRESA” contará con un término de 60 días naturales, para realizar la solicitud de devolución al Departamento de Contratos, quien será el área responsable de hacer la devolución. Una vez transcurrido el término, “LA COMISIÓN” se deslinda de cualquier responsabilidad al respecto.
Para el caso de que “LA EMPRESA” tenga pendiente el cumplimiento de obligaciones, no procederá la solicitud de liberación de la fianza.
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El incumplimiento es causal suficiente para hacer efectiva la garantía de cumplimiento y demás relativas, por lo que “LA COMISIÓN” procederá de conformidad con el presente instrumento y la legislación respectiva.
PÓLIZA.- “LA EMPRESA” podrá solicitar por escrito al Departamento de Contratos de “LA COMISIÓN”, la cancelación de la póliza o endoso, a la conclusión del contrato.
PAGARÉ.- "LA EMPRESA" podrá solicitar, por escrito a la Dirección de Recursos Financieros de “LA COMISIÓN”, la devolución del pagaré a la conclusión del contrato, emitiendo un escrito firmado por el representante legal donde indique el número de orden (es), número de contrato e identificando el número de licitación, así como copia del finiquito al contrato. Dicha solicitud debe marcar copia a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales.
DÉCIMA SÉPTIMA.- VIGENCIA DEL CONTRATO.- “LAS PARTES” convienen en que la vigencia del presente contrato es a partir de la formalización del mismo y concluirá el 31 de Diciembre del 2014 o hasta haberse agotado el cumplimiento de cada una de las cláusulas que en él se contienen a entera satisfacción de “LA COMISIÓN”.
DÉCIMA OCTAVA.- MODIFICACIONES.- El presente contrato durante su vigencia se podrá incrementar en la cantidad de bienes, siempre y cuando el monto total de las modificaciones no rebase en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del valor total del mismo, y que el precio y demás condiciones de la contratación sea igual al inicialmente pactado en el presente contrato, debiéndose ajustar la garantía de cumplimiento de conformidad con lo establecido en el primer párrafo del artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DÉCIMA NOVENA.- INCUMPLIMIENTO.- El incumplimiento por parte de “LA EMPRESA” de cualquiera de las cláusulas de este contrato, da a “LA COMISIÓN” la facultad de rescindirlo administrativamente; aplicar las penas convencionales que correspondan y a exigir el pago de daños y perjuicios.
VIGÉSIMA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA.- Se consideran causas de rescisión cuando “LA EMPRESA”
incurra en alguno de los siguientes supuestos:
a) Cuando subrogue el presente contrato
b) Cuando incumpla cualesquiera de las condiciones contraídas en el presente contrato
c) Cuando incumpla con la obligación de entregar la totalidad de los bienes objeto del presente contrato.
d) Cuando no presente en tiempo y forma la garantía de cumplimiento y la póliza y/o endoso al seguro.
e) En caso de que se agote el monto de la garantía de cumplimiento.
En caso de que “LA COMISIÓN” rescinda el contrato, podrá considerar a “LA EMPRESA” cuyas proposiciones hubiesen cumplido con todas las condiciones establecidas en la convocatoria de la Licitación, siguiendo el orden de preferencia de la evaluación, siempre que la diferencia de su oferta no sea mayor al 10% de la que resulte adjudicada.
Cuando el incumplimiento de las obligaciones de “LA EMPRESA” no derive del atraso del cumplimiento de sus obligaciones, sino por otras causas establecidas en el presente contrato, “LA COMISIÓN” podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato.
“LA EMPRESA” que por motivos diferentes a atrasos incumpla con sus obligaciones, se sujetará al procedimiento de rescisión del contrato, conforme al procedimiento establecido en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
“LA COMISIÓN” podrá rescindir el presente contrato en cualquier momento sin necesidad de resolución de autoridad judicial o administrativa previa, bastando para ello una notificación por escrito de “LA COMISIÓN” a “LA EMPRESA”, contando “LA EMPRESA” con un término de cinco días hábiles posteriores a dicha notificación, para que exponga lo que a su derecho convenga y aporte las pruebas que estime pertinentes.
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Transcurrido el término citado, “LA COMISIÓN” resolverá lo conducente, fundando y motivando su resolución la que deberá ser comunicada a “LA EMPRESA” dentro de los quince días hábiles siguientes al plazo establecido en el párrafo anterior.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato, se proporciona el servicio, el procedimiento iniciado quedará sin efecto.
Para efectos de la asignación del contrato, “LA COMISIÓN” podrá seguir el procedimiento indicado en el artículo 41, fracción VI de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
VIGÉSIMA PRIMERA.- Las sanciones a que se refieren las cláusulas anteriores se aplicarán en su caso sin perjuicio de las responsabilidades que para “LA EMPRESA” resulten de la aplicación de otras disposiciones legales.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO.- “LA COMISIÓN” podrá dar por
terminado el contrato en forma anticipada mediante convenio, cuando concurran razones de interés general o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado, o se determine la nulidad de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaria de la Función Pública. En estos casos, a solicitud fundada y documentada de “LA EMPRESA”, se le reembolsará los gastos no recuperables en que hubiere incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato correspondiente.
VIGÉSIMA TERCERA.- SUSPENSIÓN DE LOS SERVICIOS.- En caso fortuito, fuerza mayor o por causas imputables a “LA COMISIÓN”, la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de “LA COMISIÓN”, bajo su estricta responsabilidad podrá solicitar a la Dirección Técnica suspender la prestación del servicio, hasta por un plazo de 30 días naturales, salvo que solicite por escrito la ampliación de este plazo, justificando la conveniencia de ampliar el tiempo de suspensión. En ningún caso deberá rebasarse el ejercicio fiscal que se trate, una vez transcurridos los plazos a que se refiere este párrafo, podrá solicitar a la Dirección Técnica que lleve a cabo los trámites administrativos para la terminación anticipada del contrato, presentando un dictamen sustentando las razones o causas justificadas que dieron origen a esta solicitud, así como el finiquito en el que se establezca el pago de los servicios que hubiesen sido efectivamente prestados y los gastos no recuperables durante el tiempo que haya durado esta suspensión, en términos del artículo 55 Bis de la Ley, previa solicitud fundada y documentada por parte de “LA EMPRESA”.
La Dirección de Recursos Financieros, una vez recibido el dictamen señalado en el párrafo anterior, procederá al pago correspondiente en un plazo no mayor a 45 días naturales.
VIGÉSIMA CUARTA.- Las sanciones a que se refieren las cláusulas anteriores se aplicarán en su caso sin perjuicio de las responsabilidades que para “LA EMPRESA” resulten de la aplicación de otras disposiciones legales.
OTRAS CONSIDERACIONES.-
VIGÉSIMA QUINTA.- CONTRATO INTUITU PERSONAE.- Los derechos y obligaciones que se deriven para “LA EMPRESA” del presente instrumento no pueden cederse ni subrogarse parcial ni totalmente en favor de cualesquiera otras personas físicas y xxxxxxx, salvo los derechos de cobro y con plena autorización de “LA COMISIÓN”, tal y como lo establece el artículo 46, cuarto párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. El incumplimiento de la presente cláusula, es motivo suficiente para hacer efectiva la garantía de cumplimiento.
VIGÉSIMA SEXTA.- RELACIONES LABORALES.- Las partes convienen expresamente en que “LA COMISIÓN”
no contrae ninguna obligación de carácter laboral con los dependientes de “LA EMPRESA”.
“LA EMPRESA” como patrón del personal que ocupe con motivo de la prestación de los servicios objeto de este contrato, conviene expresamente en que es único responsable de las obligaciones laborales y de seguridad social que surjan de las relaciones existentes con su personal, tales como salarios, indemnizaciones y riesgos profesionales o de cualquier otra obligación o por la prestación de servicios que derive de las citadas actividades según sea el caso, y también será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social, siendo enunciativas, más no limitativas.
Consecuentemente en ningún caso y por ningún concepto podrá considerarse a “LA COMISIÓN” como patrón directo o sustituto del personal de “LA EMPRESA”, por lo que éste asume cualquier tipo de responsabilidad que con motivo de la realización de los servicios objeto de este contrato pudiera derivarse de su relación laboral con el personal que los ejecuta, relevando de toda responsabilidad obrero-patronal a “LA COMISIÓN”; en tal virtud “LA EMPRESA” se hace responsable de todas las reclamaciones individuales o colectivas que por cualquier razón puedan presentar sus trabajadores, así como las sanciones que pudieran imponerles las autoridades administrativas o judiciales del trabajo, sacando a “LA COMISIÓN” en paz y a salvo frente a toda reclamación, demanda, litigio o sanción que su personal o cualquier autoridad pretendiese fincar o entablar en su perjuicio a consecuencia de la citada relación laboral.
VIGÉSIMA SÉPTIMA.- PROPIEDAD INTELECTUAL.- “LA EMPRESA” se abstendrá de divulgar por medio de publicaciones, conferencias, informes o cualquier otra forma, elementos informativos que haya obtenido o que sean resultado de su relación con “LA COMISIÓN”.
El incumplimiento de esta cláusula responsabiliza a “LA EMPRESA” en los términos de este contrato y otras leyes aplicables.
“LA EMPRESA” asumirá la responsabilidad total en caso de que al presentar su oferta y su cumplimiento infrinja patentes, marcas o violen derechos de la propiedad industrial de cualquier índole.
Respecto a las violaciones en materia de derechos inherentes a la propiedad intelectual, la responsabilidad estará a cargo de “LA EMPRESA” según sea el caso. Salvo que exista impedimento, la indicación de que los mencionados derechos se estipularán a favor de “LA COMISIÓN”, en los términos de las disposiciones legales aplicables.
VIGÉSIMA OCTAVA.- Las obligaciones y derechos que este contrato genere se resolverán si la Secretaría de Educación Pública no libera los títulos objeto de este contrato y si “LA COMISIÓN” no recibe de ella los materiales para impresión correspondientes, en un plazo de 60 (sesenta) días hábiles.
VIGÉSIMA NOVENA.- Si transcurridos 60 (sesenta) días hábiles después del día siguiente al de la firma del contrato la Secretaría de Educación Pública no ha liberado las ordenes ni ha entregado a “LA COMISIÓN” los materiales a que se refiere la cláusula anterior, la condición se tendrá por realizada y las cosas volverán a la situación anterior a la firma del contrato, como si éste nunca se hubiera celebrado.
Como consecuencia de lo anterior, las partes se harán las devoluciones que procedieren de lo recibido, sin penalización ni responsabilidad alguna; pero en esta hipótesis pueden también, de común acuerdo, prorrogar el plazo de espera para la realización de la condición resolutoria, situación que será formalizada por escrito.
TRIGÉSIMA.- Ambas partes convienen en que el embargo de créditos, suspensión de pagos, quiebra o huelga no libera a “LA EMPRESA” del cumplimiento de sus obligaciones con “LA COMISIÓN”.
TRIGÉSIMA PRIMERA.- LEGISLACIÓN APLICABLE.- Todo lo no expresamente estipulado en este contrato será regulado por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y del Código Civil Federal, de aplicación supletoria.
TRIGÉSIMA SEGUNDA.- JURISDICCIÓN.- Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, Distrito Federal y renuncian al fuero que por razón de domicilio presente o futuro les pudiera corresponder.
El presente contrato se celebra y firma en tres tantos, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los días del mes de del 2014.
POR LA COMISIÓN NACIONAL DE LIBROS DE TEXTO GRATUITOS | POR |
EL APODERADO LEGAL LIC. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX | EL APODERADO LEGAL |
NÚMERO DE CONTRATO: 520000----
CONTRATO DE ADQUISICIÓN CON ENTREGA DE INSUMOS, DERIVADO DE LA LICITACIÓN PÚBLICA MIXTA NACIONAL LA-011L6J001-N -2014, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE LA COMISIÓN NACIONAL DE LIBROS DE TEXTO GRATUITOS REPRESENTADA POR SU APODERADO LEGAL, LIC. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX, Y POR LA OTRA,
, REPRESENTADA POR SU , C.
, QUIENES PARA LOS EFECTOS DE ESTE CONTRATO SE DENOMINARAN “LA COMISIÓN” Y “LA EMPRESA” RESPECTIVAMENTE, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS ------------------------------------------------------------------
I DECLARACIONES
I.1.- “LA COMISIÓN” a través de su Representante Legal declara que:
I.1.1.- Constitución.- La Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos, fue creada mediante Decreto del Poder Ejecutivo Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 13 de febrero de 1959 y abrogado el 28 de febrero de 1980. La CONALITEG es un Organismo Público Descentralizado de la Administración Pública Federal, con personalidad jurídica y patrimonio propio, creada mediante Decreto del Poder Ejecutivo Federal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 1980 teniendo por objeto la edición e impresión de los libros de texto gratuitos, así como toda clase de materiales didácticos similares.
I.1.2.- Facultades.- El Lic. Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx, en su carácter de Apoderado Legal, cuenta con facultades para suscribir el presente instrumento jurídico, lo cual se acredita mediante el instrumento notarial número 54,138 de fecha 00 xx xxxxx xx 0000, xxxxxxxx xxxx xx xx xxx Xxxxxxx Xxxxxxx xxxxxx 00, xx xx Xxxxxx xx Xxxxxx, Xxxxxxxx Xxxxxxx, Lic. Xxxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxx, mismo que contiene el Poder General para Actos de Administración, conferido a su favor por el Director General del Organismo, Xxxxxxx Xxxx-Xxxxxx Xxxxxx.
I.1.3.- Domicilio.- Su domicilio actual es el ubicado en la calle de Xxxxxx Xxxxx No. 2, Colonia Xxxxxx xxx Xxxxxx, C.P. 01000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, Distrito Federal, sin perjuicio de que cambie éste y lo dé a conocer a “LA EMPRESA” en su oportunidad.
I.1.4.- Solicitud De Contrato.- Mediante oficio número de fecha
la solicita la elaboración y suscripción del presente contrato derivado de la Licitación Pública Mixta Nacional LA-011L6J001-N -2014.
I.1.5.- Autorización y Partida Presupuestal.- Para cubrir con las erogaciones derivadas del presente Contrato, se cuenta con la partida presupuestal número , y de acuerdo a la solicitud de pedido número .
I.1.6.- Administración del Contrato.- La administración del presente contrato estará a cargo fundamentalmente de la Coordinación Editorial, Mtro. Xxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx Xxxxx, y sólo en estricto apego a sus facultades, el Titular de la Dirección Técnica, C. Xxxx Xxxxxxx Xxxxxxx, el Titular de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, Ing. Xxxxxx Xxxxxxxx Xxx, el Titular de la Dirección de Recursos Financieros, M. F. Xxxxx Xxxxxx Xxxxxxx Xxxxx, el Titular de la Dirección de Distribución, Lic. Xxxxxxx Xxxxxxxx Xxxxxxxxx Xxxx y el Jefe del Departamento de Contratos, Lic. Xxxxxx
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Xxxxxxxx Xxxxx Xxxxxxx, de “LA COMISIÓN” en el ámbito de sus respectivas atribuciones, sin perjuicio de la intervención de otras áreas internas de la misma.
I.2.- “LA EMPRESA” declara que:
I.2.1.- Constitución.- I.2.2.- Facultades.- I.2.3.- Objeto Social.-
I.2.4.- R.F.C.- Su Registro Federal de Causantes es
I.2.5.- Domicilio.-
Igualmente “LA EMPRESA” manifiesta expresamente su aceptación de que dicho domicilio podrá ser verificado en cualquier momento por “LA COMISIÓN”; conviniendo que en el caso de que llegare a cambiar su domicilio lo notificará a “LA COMISIÓN” dentro de los 15 días naturales siguientes a aquel en que se produzca dicho cambio.
I.2.6.- Conoce las disposiciones de tipo legal, administrativo y técnico que xxxxxx la celebración y ejecución del presente contrato y acepta someterse a las mismas sin reserva alguna, disponiendo para ello de los elementos técnicos, humanos y materiales necesarios para el desarrollo eficaz de los servicios objeto del presente instrumento contractual.
I.2.7.- Manifiesta bajo protesta de decir verdad, que tiene pleno conocimiento de que se encuentra sujeta a la aplicación de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de Julio del 2012, la que conoce en su contenido, aplicación, consecuencias jurídicas y cumple, manifestación que incluye a sus accionistas, socios, asociados, comisionistas, agentes, gestores, asociados, consultores, subcontratistas, empleados y cualquier otra persona que con cualquier otro carácter intervenga en las contrataciones públicas, a quienes les ha hecho del conocimiento la existencia de la citada ley, su aplicación y consecuencias jurídicas.
I.3. "LAS PARTES" declaran que:
I.3.1.- En la celebración del presente contrato no ha existido vicio alguno del consentimiento, como lo es el error, dolo, mala fe, violencia, temor reverencial o algún otro considerado por el Código Civil Federal aplicable, por lo que ambas partes manifiestan contar con la capacidad legal que establece el mismo precepto y expresan tácitamente su consentimiento en sujetarse a las cláusulas que se establecen y que se perfecciona al momento en que se suscribe el presente instrumento jurídico, obligando a los contratantes no sólo al cumplimiento de lo expresamente pactado, sino también a las consecuencias que, según su naturaleza son conforme a la buena fe, al uso o a la ley.
I.3.2.-”LA COMISIÓN” se encuentra incorporada al Programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C, Institución de Banca de Desarrollo (NAFIN) mediante convenio de incorporación de fecha 4 xx xxxx de 2007, por lo cual el “LA EMPRESA” podrá realizar mediante NAFIN operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico, inscribiéndose y sujetándose a la Disposiciones Generales del Programa xx Xxxxxxx Productivas, y sus Modificaciones, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 06 xx Xxxxx del 2009 y el 25 xx Xxxxx del 2010.
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I.4. “FUNDAMENTO LEGAL DEL CONTRATO”
I.4.1.- El presente contrato se fundamenta conforme a los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 26 fracción I, 26 Bis fracción III, 28 fracción I, 29, 36, 36 BIS, 45 y 46 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público; así como los Artículos 81, 82 y 84 de su Reglamento.
II CLÁUSULAS
PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO.- “LA COMISIÓN” compra a “LA EMPRESA” la cantidad
de
Ciclo escolar
bienes correspondientes a los títulos, órdenes y tirajes, como se describe a continuación,
, Recurso (Fiscal, propios, terceros).
Los bienes materia este contrato deben ser:
ORDE N | TITULO | TIRAJ X | XXXXXX S | $ EN CIENTO DE | IMPORTE | |
PAGS | PLIEGO | LIBR O | ||||
CARACTERISTICAS TECNICAS DE LA ORDEN
SEGUNDA.- MONTO DEL CONTRATO.- “LA COMISIÓN” pagará a “LA EMPRESA” la cantidad total de $ . ( /100 MN), más I.V.A. a la tasa 0% (cero por ciento), cantidad que resulta de considerar el volumen de bienes contratados por los costos como se describe en la cláusula anterior.
Los precios son en moneda nacional y permanecerán fijos hasta la entrega total de los bienes y a entera satisfacción de “LA COMISIÓN”.
FORMA DE PAGO.- “LA COMISIÓN” no proporcionará anticipo, el importe será pagado por partida entregada al 100% (Cien por ciento) en el almacén designado y a plena satisfacción de “LA COMISIÓN”; se realizará previa suscripción del finiquito firmado, y será cubierto a más tardar al vigésimo día natural, siempre y cuando “LA EMPRESA” haya presentado la documentación comprobatoria completa por partida entregada al 100% (Cien por ciento), en la Dirección de Recursos Financieros, en horas de oficina durante el presente ejercicio fiscal, acompañado de la siguiente documentación:
j) Factura(s) con los requisitos fiscales establecidos en los artículos 29 y 29-A del Código Fiscal de la Federación. De conformidad con el artículo 29, fracción V del Código Fiscal de la Federación, es obligación de “LA EMPRESA” que cuente con comprobantes fiscales digitales por internet (C.F.D.I.), enviar a “LA COMISIÓN” la factura electrónica a más tardar dentro de los tres días hábiles siguientes a aquél en que se realice la operación de facturación y proporcionar una representación impresa de dicho documento para su trámite de pago, debidamente autorizada la Dirección Técnica.
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k) Remisión de entrega por cada orden, en original y en hoja membretada de “LA EMPRESA”, debidamente sellada y firmada de recibido por el Departamento de Control de Calidad y el Almacén de Producto Terminado de Tequesquináhuac o Querétaro o el establecimiento señalado.
l) Copia de las Actas de entrega-recepción y Entrega-devolución de materiales para impresión.
m) Oficio sellado por la Subdirección de Producción Externa por la entrega del plotter.
n) Remisión de las muestras entregadas por cada orden, con sello del Departamento de Laboratorio y Control de Calidad.
o) Copia del endoso o Póliza de responsabilidad civil y de su comprobante de pago, con xxxxx xxx Xxxxx. De Contratos.
p) Copia del Pagaré para garantizar los bienes, debidamente sellado y firmado por la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales
q) Copia del oficio de liberación de merma emitido por “LA COMISIÓN”
r) Copias de las remisiones de los insumos de producción entregados debidamente selladas por “LA EMPRESA” y validado mediante documento firmado por el Departamento de Adquisiciones y Licitaciones.
s) Copia del contrato debidamente formalizado.
t) Copia de la Garantía de cumplimiento con sello del Departamento de Contratos.
El pago de los bienes objeto del presente contrato quedará condicionado proporcionalmente, en su caso, al pago que “LA EMPRESA” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales, de acuerdo al artículo 95 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento.
TERCERA.- “LA COMISIÓN” con fundamento en el artículo 46, último párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, proporcionará los datos de identificación de “LA EMPRESA”, para que pueda ceder los derechos de cobro de cuentas por pagar a través de los intermediarios financieros, para operaciones de Factoraje o Descuento Electrónico en cadenas productivas, mecánica operativa que aceptan tácitamente las partes.
CUARTA.- IMPUESTOS, DERECHOS Y OBLIGACIONES.- “LA COMISIÓN” en ningún caso
contratará adquisiciones, arrendamientos o servicios con personas físicas x xxxxxxx nacionales que no se encuentren al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, de conformidad con las disposiciones del Código Fiscal de la Federación en su artículo 32-D y las leyes tributarias aplicables.
Por lo anterior, “LA EMPRESA” se sujetará a lo dispuesto en la regla I.2.1.16. de la Resolución de la Miscelánea Fiscal para el 2014, emitida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, publicada en el Diario Oficial de la Federación, el 30 de Diciembre del 2013, para el caso de las obligaciones fiscales de los contribuyentes, observando lo señalado en la regla II.2.1.13, que a la letra dice:
II.2.1.13. Los contribuyentes que para realizar algún trámite fiscal u obtener alguna autorización en materia de impuestos internos, comercio exterior o para el otorgamiento de subsidios y estímulos requieran obtener la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales, deberán realizar el siguiente procedimiento:
I. Ingresarán a la página de Internet del SAT, en el apartado “Trámites y Servicios” en la opción “Opinión del Cumplimiento”, con su Contraseña.
II. Una vez elegida la opción del cumplimiento de obligaciones fiscales, el contribuyente podrá imprimir el acuse de respuesta.
III. Dicha opinión también podrá solicitarse a través del número telefónico de INFOSAT, o bien por correo electrónico a la dirección xxxxxxxxxxxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx la cual será generada por el SAT y se enviará dentro de las siguientes 24 horas al correo electrónico que el contribuyente proporcionó al citado órgano desconcentrado para efectos de la FIEL.
IV. Asimismo, podrá consultarse por un tercero que el propio contribuyente haya autorizado, para lo cual desde la aplicación de Mi Portal, podrá autorizar al tercero para que este último utilizando su FIEL, consulte la opinión del cumplimiento del contribuyente quien lo autorizó.
La multicitada opinión, se generará atendiendo a la situación fiscal del contribuyente en los siguientes sentidos:
Positiva.- Cuando el contribuyente está inscrito y al corriente en el cumplimiento de las obligaciones que se consideran en los incisos a) y b) de esta regla.
Negativa.- Cuando el contribuyente no esté al corriente en el cumplimiento de las obligaciones que se consideran en los incisos a) y b) de esta regla.
No inscrito.- Cuando el contribuyente no se encuentra inscrito en el RFC.
Inscrito sin obligaciones.- Cuando el contribuyente está inscrito en el RFC pero no tiene obligaciones fiscales.
a) La autoridad a fin de emitir la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales revisará que el contribuyente solicitante:
1. Ha cumplido con sus obligaciones fiscales en materia de inscripción al RFC, a que se refieren el CFF y su Reglamento y que la clave en el RFC este activa.
2. Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de las declaraciones anuales del ISR e IETU correspondientes a los cuatro últimos ejercicios.
Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales en el ejercicio en el que solicita la opinión y en los cuatro últimos ejercicios anteriores a éste, respecto de la presentación de pagos provisionales del ISR, IETU y retenciones del ISR por salarios, así como de los pagos definitivos del IVA y del IEPS; incluyendo las declaraciones informativas que se refieren las reglas II.5.2.2., II.5.2.11., II.5.2.13., II.5.2.15., II.5.2.16., II.5.2.17., II.5.2.18., II.5.2.19.,
II.5.2.21. y II.5.2.22., y el artículo 31-A del CFF.
3. No tiene créditos fiscales firmes determinados por impuestos federales, distintos a ISAN e ISTUV, entendiéndose por impuestos federales, el ISR, IVA, IETU, Impuesto al Activo, IDE, IEPS, impuestos generales de importación y de exportación y sus accesorios; así como créditos fiscales firmes, relacionados con la obligación de pago de las contribuciones, y de presentación de declaraciones, solicitudes, avisos, informaciones o expedición de constancias y comprobantes fiscales.
4. Tratándose de contribuyentes que hubieran solicitado autorización para pagar a plazos o hubieran interpuesto algún medio de defensa contra créditos fiscales a su cargo, los mismos se encuentren garantizados conforme al artículo 141 del CFF, con excepción de lo dispuesto por la regla I.2.14.1.
5. En caso de contar con autorización para el pago a plazo, que no hayan incurrido en las causales de revocación a que hace referencia el artículo 66-A, fracción IV del CFF.
b) Tratándose de créditos fiscales firmes, se entenderá que el contribuyente se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, si a la fecha
de la solicitud de opinión a que se refiere la fracción I de esta regla, se ubica en cualquiera de los siguientes supuestos:
1. Cuando el contribuyente cuente con autorización para pagar a plazos y no le haya sido revocada.
2. Cuando no haya vencido el plazo para pagar a que se refiere el artículo 65 del CFF.
3. Cuando se haya interpuesto medio de defensa en contra del crédito fiscal determinado y se encuentre debidamente garantizado el interés fiscal de conformidad con las disposiciones fiscales.
Cuando la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales arroje inconsistencias relacionadas con la clave del RFC o presentación de declaraciones con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar un caso de aclaración a través de su portal y una vez que tenga la respuesta de que ha quedado solventada la aclaración, deberá generar nuevamente la opinión sobre el cumplimiento de obligaciones fiscales.
Cuando la citada opinión arroje inconsistencias relacionadas con créditos fiscales o al otorgamiento de garantía con las que el contribuyente no esté de acuerdo, deberá ingresar la aclaración a través de su portal; la ALSC que le corresponda, resolverá en un plazo máximo de 3 días y emitirá la opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales y la enviará al portal del contribuyente.
La opinión del cumplimiento de obligaciones fiscales a que hace referencia el primer párrafo de la presente regla que se emita en sentido positivo, tendrá una vigencia de 30 días naturales a partir de la fecha de emisión.
Asimismo, dicha opinión se emite considerando la situación del contribuyente en los sistemas electrónicos institucionales del SAT, por lo que no constituye resolución en sentido favorable al contribuyente sobre el cálculo y montos de créditos o impuestos declarados o pagados.
“LA EMPRESA” deberá realizar la consulta de opinión ante el SAT, dentro del plazo de formalización del presente contrato; el cual deberá presentar dentro del plazo referido al Departamento de Contratos.
QUINTA.- PLAZO Y CONDICIONES DE ENTREGA.- “LA EMPRESA” se obliga entregar la totalidad de los bienes en un plazo máximo de 30 días naturales contados a partir del siguiente día hábil a la entrega total de materiales de impresión, a la primera entrega papel para interiores y a la primera entrega de cartulina para portadas por parte de “LA COMISIÓN”.
Si por causas imputables a “LA COMISIÓN”, “LA EMPRESA” se viera imposibilitada para cumplir en tiempo con la entrega requerida, se actualizará la hipótesis contenida en el artículo 91 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, siendo las causas imputables a “LA COMISIÓN” las siguientes:
CAUSA | PLAZO A DIFERIR |
Que al siguiente día hábil posterior a la entrega de materiales para impresión, no estén a disposición de “LA EMPRESA” en la Subdirección de Producción Externa de la Dirección Técnica. | En igual número de días en que “LA COMISIÓN” ponga a disposición “LA EMPRESA” los materiales. |
Cuando los materiales para impresión y previo cumplimiento a lo estipulado en la convocatoria de la Licitación Pública Mixta Nacional LA-011L6J001-N - 2014, no estén en condiciones de ser utilizados. | En igual número de días en que “LA COMISIÓN” ponga a disposición de “LA EMPRESA” los materiales en condiciones útiles. |
Cuando los insumos de Producción, no sean entregados de acuerdo con lo requerido en la convocatoria de la Licitación Pública Mixta Nacional LA-011L6J001-N -2014, o presenten diferencias en cuanto a sus especificaciones técnicas. | Proporcional a la afectación a su programa definitivo de producción requerido en la convocatoria Licitación Pública Mixta Nacional de la LA-011L6J001-N -2014, considerando los avances reales de producción y previo dictamen de la Dirección Técnica. |
Cualquier causa que provoque una interrupción del proceso productivo, imputable a “LA COMISIÓN”. | En igual número de días que la producción se vea afectada y previo dictamen por parte de la Dirección Técnica. |
El término máximo para presentar las incidencias justificadas y descritas en el cuadro anterior, será de tres días hábiles posteriores a que se presenten; mientras que cualquier otra, deberá presentarse en el momento que ocurra y previo al vencimiento del contrato, de conformidad con el artículo 91 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
SEXTA.- LUGAR Y CONDICIONES DE ENTREGA.-
LUGAR DE ENTREGA.- La entrega y recepción de los bienes podrá realizarse en forma parcial, libre a bordo, preferentemente en el Almacén de Producto Terminado de “LA COMISIÓN”, ubicado en Xxxxxx Xxxx Xxxxxx x/x, Xxx. Xxxxx Xxxxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxx, Xxxxxx xx Xxxxxx, y en el Almacén de Querétaro de “LA COMISIÓN”, ubicado en Avenida de las Misiones Número 6, Parque Industrial Xxxxxxxx Xxxxxxxx, Municipio El Xxxxxxx, Querétaro, o en los domicilios que “LA COMISIÓN” indique, en un horario de 8:00 a 15:00 horas, en días hábiles, previa cita agendada en la Dirección de Distribución de “LA COMISIÓN”, con 24 horas de anticipación, de acuerdo a lo siguiente:
ORDEN | TIRAJE | ALMACEN DE | |
TEQUESQUINÁHUAC | QUERÉTARO | ||
“LA EMPRESA” se hace responsable de los daños o defectos que por empaque o transporte sufran los bienes y asumirá cualquier riesgo a que pudieran estar expuestos hasta el momento de la recepción física por parte de “LA COMISIÓN”, sin costo alguno para ésta.
CONDICIONES DE ENTREGA.- Los bienes objeto del presente contrato, deberán ser empacados, en cajas de cartón doble corrugado, con una etiqueta que identifique el contenido de cada una y que no excedan de 25 kg de peso y de acuerdo a las especificaciones que se consignan en los Anexos Técnicos 1.1, 1.3, 1.4 y 1.8 de la convocatoria de la Licitación Pública Mixta Nacional LA-011L6J001-N
-2014. El incumplimiento de lo anterior será motivo de rechazo de los bienes.
El control de calidad y cumplimiento de las especificaciones técnicas descritas en los Anexos Técnicos 1.1, 1.3 y 1.4 de la convocatoria de la Licitación Pública Mixta Nacional LA-011L6J001-N -2014, se realizará a su recepción en los almacenes de “LA COMISIÓN”, siendo la Dirección Técnica la facultada para determinar su aceptación o rechazo. Para el caso de los lotes rechazados, se procederá a levantar Acta Circunstanciada de Hechos que será firmada por los representantes de la Dirección Técnica y “LA EMPRESA”. Además “LA COMISIÓN” cuenta con un laboratorio que podrá, en caso de ser requerido, orientar a “LA EMPRESA” en el cumplimiento de los requerimientos de calidad exigidos.
El procedimiento para determinar la aceptación o rechazo de los bienes entregados, será examinando un lote por cada dos tarimas que se entreguen, debiendo cumplir con los bienes de la muestra con las especificaciones técnicas descritas para cada uno en el Anexo Técnico 1.1 y con los requerimientos de calidad de los Anexos Técnicos 1.3, 1.4 y 1.8 de la Licitación Pública Mixta Nacional LA-011L6J001-N
-2014, en el entendido que el incumplimiento de las especificaciones técnicas o de cualquiera de los requerimientos de calidad podrá ser motivo de rechazo del lote.
Los lotes rechazados y que “LA EMPRESA” no pueda corregir, por estar considerados dentro del artículo Artículos 6 fracción XVIII y 131 de la Ley General de Bienes Nacionales, deberán ser destruidos en presencia de un representante de “LA COMISIÓN”, previo levantamiento del acta correspondiente, en las instalaciones de “LA EMPRESA”. Los costos que esto genere serán a cargo de éste.
“LA COMISIÓN” no se obliga a recibir los lotes rechazados hasta que “LA EMPRESA” realice las correcciones o reposiciones requeridas, sin que ello implique extensión en el plazo de entrega o justificación alguna para evitar la penalización que en su caso proceda.
“LA EMPRESA” en su primera ronda de Impresión deberá entregar al Departamento de Laboratorio y Control de Calidad de la Dirección Técnica, 50 ejemplares muestra, siempre y cuando el tiraje sea mayor a 2,500 ejemplares, en caso de ser un tiraje menor a 2,500 ejemplares las muestras deberán corresponder al 0.8% del total de la producción, redondeando la cantidad al número inmediato anterior, y ese Departamento le sellará la remisión de entrega de muestras.
“LA EMPRESA” es considerada como depositario legal de las ordenes en proceso de impresión, de las ordenes en proceso de encuadernación, de las ordenes en proceso de empaque y de las ordenes terminadas, hasta la culpa leve siendo responsable de cualquier daño que sufran los mismos, mientras se encuentren en las instalaciones de “LA EMPRESA” y hasta en tanto no sean recibidos por “LA COMISIÓN”.
SÉPTIMA.- CONDICIONES PARA LA RECEPCIÓN DE LOS MATERIALES PARA IMPRESIÓN E INSUMOS:
Recepción de los Materiales para Impresión:
Se entiende por Materiales de impresión, los discos y/o películas con los contenidos editoriales y que servirán para editar y reproducir los bienes.
Para todos los efectos legales a que hubiere lugar, “LA EMPRESA”, se considera depositaria legal de los materiales de impresión que reciba de “LA COMISIÓN”, y su responsabilidad se extenderá a la culpa leve, siendo responsables, respondiendo por cualquier daño que sufran los mismos, mientras estos se encuentren en las instalaciones de “LA EMPRESA” y hasta en tanto no sean recibidos por “LA COMISIÓN”.
“LA EMPRESA” deberá recoger los materiales para impresión en el la Subdirección de Producción Externa de la Dirección Técnica, a través de una persona facultada, quien se acreditará con poder simple otorgado por el representante o apoderado legal, que haya acreditado su personalidad ante “LA COMISIÓN” mediante el formato requerido en la convocatoria de la Licitación Pública Mixta Nacional LA-011L6J001-N -2014, a partir del día hábil siguiente a la notificación del fallo.
“LA EMPRESA” podrá presentar por escrito, ante la Subdirección de Producción Externa de la Dirección Técnica, alguna inconsistencia que detectare en los Materiales para impresión que se le entreguen, dentro de los siguientes 3 (tres) días hábiles contados a partir de la recepción de los mismos. Vencido este plazo, se dará por recibido a plena satisfacción y no procederá ningún tipo de prórroga por esta causa en el plazo de entrega, de conformidad a lo establecido en la cláusula QUINTA de este contrato.
En caso de que “LA EMPRESA” presente el escrito en cuestión, éste será analizado por la Dirección Técnica de “LA COMISIÓN”, efectuará lo necesario a fin de subsanarlas, situación que será formalizada por escrito.
INSUMOS DE PRODUCCIÓN:
Se entiende por insumos de producción: papel, cartulina y cajas que “LA COMISIÓN” entrega para la producción de los bienes.
Para todos los efectos legales a que hubiere lugar, “LA EMPRESA”, se considera depositaria legal de los insumos de producción que reciba de “LA COMISIÓN”, y su responsabilidad se extenderá a la culpa leve, siendo responsables de cualquier daño que sufran los mismos, mientras estos se encuentren en las instalaciones de “LA EMPRESA” y hasta en tanto no sean recibidos por “LA COMISIÓN”.
“LA COMISIÓN” a través de la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, en su caso, entregará libre a bordo, en camión, en bobinas, en paquetes y tarimas, conforme al Programa calendarizado de Recepción de Insumos de Producción solicitado, en el entendido que “LA COMISIÓN” podrá realizar las entregas de este insumo a partir del primer día hábil posterior a la notificación del fallo.
“LA EMPRESA” deberá estar en condiciones de recibir el papel desde el primer día hábil posterior a la notificación de fallo y deberá proporcionar semanalmente (lunes) en la Subdirección de Producción Externa copia de las remisiones que acrediten la recepción de los insumos hasta comprobar el total a recibir por cada orden(es) asignada(s). En caso contrario se hará acreedor a una penalización del 0.01% por cada día natural de atraso sobre el monto total de la orden asignada, la cual será aplicada en el finiquito.
“LA COMISIÓN” por ningún motivo autorizará condonación de sanciones por atraso en la recepción de papel, por causas imputables a “LA EMPRESA”.
“LA COMISIÓN” entregará a “LA EMPRESA” el papel y cartulina suficiente con las especificaciones técnicas requeridas de conformidad con lo siguiente.
CARACTERISTICAS | |
MERMAS:
“LA EMPRESA” se obliga a devolver a “LA COMISIÓN” las mermas generadas en la producción de los bienes, deberá ser de la mismas características de papel y cartulina entregados y en las cantidades cuantificadas por la Dirección Técnica, misma que será retirada por “LA COMISIÓN” o por persona facultada para ello, debiendo “LA EMPRESA” solicitar su retiro con 5 (cinco) días hábiles de anticipación, mediante escrito dirigido a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, y de conformidad con lo siguiente:
CARACTERISTICAS | |
MERMA EN VIRUTA | |
MERMA EN PORTADA NO UTIL | |
MERMA EN PLIEGO NO UTIL | |
MERMA EN CAPA | |
MERMA EN COLA | |
MERMA EN TUBO | |
MERMA EN ENVOLTURA |
Las mermas que no se devuelvan se cargarán al precio vigente en el momento que se haga exigible la devolución y una vez transcurrido el plazo que se menciona en el párrafo anterior, estas mermas no devueltas se cobrarán a “LA EMPRESA” con un 200% (doscientos por ciento) más de su costo.
Las mermas deberán entregarse empacadas y flejadas por cuenta propia de “LA EMPRESA” a quien designe “LA COMISIÓN”, en pacas de 500 Kilogramos.
OCTAVA.- “LA EMPRESA” deberá entregar la (s) prueba(s) plotter en un plazo no mayor a dos días hábiles después de haber recibido los materiales para la elaboración de las mismas, mediante oficio, el cual será sellado por la Subdirección de Producción Externa. Para cada incumplimiento de lo anteriormente enunciado, se hará acreedor a una penalización del 0.01% del importe total de la orden correspondiente.
NOVENA.- PROGRAMA DE PRODUCCIÓN Y RECEPCIÓN DE PAPEL Y CARTULINA.- “LA
EMPRESA” entregará al Departamento de Contratos a más tardar, al día siguiente hábil a la emisión del fallo el programa de Recepción de Papel y Cartulina, y a la recepción de materiales para impresión y/o a la primera entrega de papel y cartulina, su Programa Definitivo de Producción los cuales serán parte integrante del presente contrato.
“LA EMPRESA”, deberá entregar en la Subdirección de Producción Externa, copia del Programa de Producción y en la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, copia del programa de Recepción de papel y Cartulina, ambas copias con el sello y firma de recepción por parte del Departamento de Contratos.
DÉCIMA.- AVANCE DE PRODUCCIÓN.- “LA EMPRESA” se compromete a informar a la Subdirección de Producción Externa de la Dirección Técnica, del avance de producción de los bienes, utilizando los formatos para reportar avances de producción que se incluye en el anexo técnico 1.13 que podrán ser
enviados a través del correo electrónico a la siguiente dirección: xxxxx_xxxxxx@xxxxxxxxx.xxx.xx o entregarse en el 2o. piso de las oficinas de la Dirección Técnica, ubicadas en la xxxxx xx Xxxxxx Xxxx Xxxxxx x/x, Xxx. Xxxxx Xxxxxxxxxxxxxx, Xxxxxxxxxxxx Xxxxxx xx Xxxxxx, X.X. 00000.
DÉCIMA PRIMERA.- SUPERVISIÓN DE PRODUCCIÓN Y CALIDAD.- Durante la vigencia del presente contrato “LA EMPRESA” permitirá el libre acceso a sus instalaciones al personal designado por la Dirección Técnica, quien será la encargada de llevar a cabo las visitas que estime convenientes a efecto de supervisar el grado de avance y calidad de producción, en la inteligencia que de surgir alguna observación o indicación por parte de dicha Dirección, “LA EMPRESA” se compromete a cumplirlas.
De la misma forma, “LA EMPRESA” se obliga a mostrar cuando le sean requeridos, los Registros a Pie de Máquina.
DÉCIMA SEGUNDA.- PENAS CONVENCIONALES.- Para el caso de que “LA EMPRESA” incurriere en xxxx en la entrega de los bienes objeto del contrato, específicamente se determinará la penalización del 0.5% sobre el valor de los bienes no entregados oportunamente por cada día natural de atraso, hasta el agotamiento del importe de la garantía de cumplimiento sin incluir el I.V.A. y hasta el monto máximo de la fianza otorgada, penalizaciones que serán descontadas del finiquito correspondiente. “LA COMISIÓN” podrá, de así convenir a sus intereses hacer efectiva la garantía de cumplimiento y la rescisión administrativa del contrato. En este último supuesto, no procederá el cobro de las penalizaciones ni su contabilización para hacer efectiva la garantía de cumplimiento, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 53 de la Ley.
En caso en los que no se requiera fianza de cumplimiento el contrato contendrá con claridad las penas convencionales para el caso de que “LA EMPRESA” incurriere en xxxx en la entrega de los bienes objeto del contrato, específicamente se determinará la penalización del 0.5% sobre el valor de los bienes no entregados oportunamente por cada día natural de atraso sin incluir el I.V.A. y hasta el 20% del monto del contrato, penalizaciones que serán descontadas del finiquito correspondiente.
DÉCIMA TERCERA.- SANCIONES Y RESTRICCIONES.- “LA COMISIÓN” notificará a la Secretaría de la Función Pública del incumplimiento descrito en los artículos 50, 59 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, para que apliquen las sanciones establecidas, a “LA EMPRESA” que se ubique en alguno de los supuestos mencionados en dichos artículos, tales como:
e) Que injustificadamente y por causas imputables al mismo no formalice dos o más contratos que les haya adjudicado cualquier dependencia o entidad en un plazo de 2 años.
f) “LA EMPRESA” al que se le haya rescindido administrativamente un contrato en dos o más dependencias o entidades en un plazo de tres años.
g) Que no cumpla con sus obligaciones del contrato por causas imputables a él y que, como consecuencia, cause daños o perjuicios graves a “LA COMISIÓN”, así como, aquel que realice el servicio con especificaciones distintas a las convenidas.
h) Que proporcione información falsa o que actúe con dolo o mala fe, en la celebración del contrato, o bien, en la presentación o desahogo de una queja en una audiencia de conciliación o de una inconformidad.
Aquellas que se encuentren en el supuesto del segundo párrafo del artículo 74 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
DÉCIMA CUARTA.- DEVOLUCIÓN DE MATERIALES.- Por cada orden, “LA EMPRESA” devolverá a
entera satisfacción de “LA COMISIÓN”, los materiales para impresión que le hayan sido entregados para la producción de los bienes, en un plazo no mayor de 10 días hábiles que se contarán a partir del día siguiente a aquél en que “LA EMPRESA” concluyó con la entrega en los almacenes de la orden adjudicada. Para realizar la devolución de dichos materiales, “LA EMPRESA” deberá agendar con la Subdirección de Producción Externa de “LA COMISIÓN”, con 24 (veinticuatro) horas de anticipación.
Por la devolución extemporánea de los materiales de impresión, se aplicará una penalización del 0.5% (cero punto cinco por ciento) por cada día natural de atraso sobre el valor total de la orden asignada, la cual será aplicada en el finiquito respectivo.
Para el caso de que “LA EMPRESA” no devolviera los materiales de impresión por causas de fuerza mayor, deberá notificarlo a “LA COMISIÓN” por escrito manifestando el motivo. El costo de los materiales, previamente cuantificado por la Coordinación Editorial, será deducido en el finiquito respectivo, independientemente de que por la fecha de su notificación se haga acreedora a la sanción que se menciona en el párrafo anterior.
Los materiales para impresión no podrán ser duplicados ni reproducidos de forma total o parcial, salvo exclusivamente para la producción de los bienes materia del presente contrato y su responsabilidad se extenderá a la culpa leve hasta su total utilización con este objeto. Cualquier uso indebido de los materiales para impresión o de los resultantes del proceso faculta a “LA COMISIÓN” para ejercer las acciones legales que procedieren.
DÉCIMA QUINTA.- FINIQUITO.- Para efectos del finiquito de este contrato, la cantidad de bienes pactada en la cláusula PRIMERA, no podrá variar y “LA COMISIÓN” no está obligada a pagar ninguna cantidad extraordinaria.
DÉCIMA SEXTA.- GARANTÍAS.-
DE CUMPLIMIENTO.- “LA EMPRESA” se obliga a garantizar mediante fianza indivisible de acuerdo a lo estipulado en el artículo 81, fracción II del Reglamento xx Xxx de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por el 10% del valor total del importe del contrato sin incluir el I.V.A., expedida por compañía nacional autorizada, , las obligaciones derivadas de este contrato, según lo dispuesto en los Artículos 48 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en el artículo 39, Fracción II, Inciso i), numeral 5. de su Reglamento, dicha garantía deberá ser entregada en el Departamento de Contratos de “LA COMISIÓN” dentro de los 10 días naturales posteriores a la firma del presente instrumento para su validación, en el entendido que de no hacerlo en el plazo convenido, se tendrá por incumplido el contrato a partir de ese momento, quedando “LA COMISIÓN” en aptitud de proceder conforme a lo señalado en los artículo 59 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y notificará a la Secretaría de la Función Pública el incumplimiento de la obligación.
Asimismo, y para el caso de que “LA EMPRESA” entregue los bienes dentro de los 10 días naturales posteriores a la firma del presente contrato a entera satisfacción de “LA COMISIÓN”, y siempre que “LA EMPRESA” compruebe o acredite de manera fehaciente e indubitable haber dado cumplimiento a las obligaciones, se le exceptuará de presentar la garantía de cumplimiento, previa solicitud que por escrito presente “LA EMPRESA” a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de “LA COMISIÓN” anexando las remisiones que comprueben la entrega de los bienes dentro del plazo mencionado. Además deberá presentar documento actualizado expedido por el SAT, en la que se emita
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opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, con sello del Departamento de Contratos de
“LA COMISIÓN”.
10. Emitirse a favor de la Comisión Nacional de Libros de Texto Gratuitos;
11. Tipo y número de contrato;
12. Objeto del contrato;
13. Monto total del contrato;
14. Vigencia del contrato;
15. Que garantizará las prórrogas y/o esperas otorgadas
16. Dicha fianza se expide de manera indivisible
17. Lo estipulado en el artículo 103 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
e) Que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato;
f) Que para liberar la fianza, será requisito indispensable la manifestación expresa y por escrito de la dependencia o entidad;
g) Que la fianza estará vigente durante la substanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente, y
h) Que la afianzadora acepta expresamente someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de las fianzas, aún para el caso de que procediera el cobro de intereses, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.
18. Someterse expresamente a lo establecido en los artículos 95 y 95 bis, de la Ley Federal de Instituciones y Fianzas.
CASOS EN QUE SE APLICAN LAS GARANTÍAS: Se hará efectiva la garantía de cumplimiento ante la institución afianzadora, cuando se presente de manera enunciativa y no limitativa alguno de los siguientes casos:
e) Cuando se rescinda el contrato, por causas imputables a “LA EMPRESA”.
f) Cuando “LA EMPRESA” subrogue los derechos y obligaciones adquiridas mediante la firma del contrato, salvo el derecho de cobro, con fundamento en lo establecido por el artículo 46, último párrafo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, en cuyo caso tendrá que autorizar “LA COMISIÓN”.
g) Cuando “LA EMPRESA” incumpla cualquiera de las obligaciones derivadas del contrato fruto de la presente Licitación.
h) Cuando “LA EMPRESA” proporcione información falsa o se le atribuyan actos faltos de probidad que vayan en contra de las condiciones contractuales.
CALIDAD.- “LA EMPRESA” deberá entregar a “LA COMISIÓN” dentro del plazo para la firma del contrato y en hoja membretada, Carta bajo Protesta de Xxxxx Xxxxxx, que los bienes que entrega tienen una garantía de 3 (tres) años, contados a partir de su recepción contra cualquier defecto de producción, como consecuencia del proceso mismo o de los insumos utilizados y contra cualquier tipo de vicio oculto.
DE SEGURO.- “LA EMPRESA” pagará por su cuenta las primas de seguro de responsabilidad civil contra daños y perjuicios y/o daños que cubra los bienes propiedad de “LA COMISIÓN”, mientras éstos se encuentren en las instalaciones de “LA EMPRESA” y hasta en tanto no sean recibidos en los almacenes de “LA COMISIÓN” o en los domicilios especificados.
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POLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL.- “LA EMPRESA” deberá presentar póliza de seguro de responsabilidad civil general vigente, y en su caso endoso por el monto total del contrato más los insumos de producción entregados conforme las ordenes asignadas, y deberá presentarse dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la formalización del contrato ante el departamento de contratos.
En caso de siniestro se debe considerar:
e) “LA EMPRESA” deberá notificarlo de inmediato a “LA COMISIÓN”.
f) La aseguradora deberá efectuar el pago en especie, por lo que “LA COMISIÓN” indicará a nombre de “LA EMPRESA” deberá efectuarse el pago.
g) En caso de aplicación de la póliza no procederá el cobro de penalizaciones ni la aplicación de garantía de cumplimiento.
h) En pérdida total, en cuanto se efectúe el pago en especie a “LA COMISIÓN” por parte de la Aseguradora, se efectuará el pago del monto total del contrato a “LA EMPRESA”.
PAGARÉ.- “LA EMPRESA” deberá entregar a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, dentro del plazo para la firma del contrato, pagaré para garantizar los bienes de “LA COMISIÓN” contra daños y perjuicios que puedan causarse a éstos, no contemplados en la póliza de responsabilidad civil, mientras éstos se encuentren en las instalaciones de “LA EMPRESA” y hasta en tanto no sean recibidos en los almacenes de “LA COMISIÓN”.
En caso de siniestro, se aplicará la póliza de responsabilidad civil; el pagaré por lo que no sea cobrable a través de la póliza.
El pagaré deberá ser por el importe total del contrato más el monto de los insumos de producción entregados, éste no podrá ser cancelado mientras los bienes e insumos del contrato se encuentren en las instalaciones de “LA EMPRESA” y hasta en tanto no sean recibidos en los almacenes de “LA COMISIÓN”.
Una copia del pagaré deberá ser entregada en el Departamento de Contratos, debidamente sellado y firmado por la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales, dentro del plazo estipulado para la firma del contrato, en el entendido que de no hacerlo en el plazo convenido, se tendrá por incumplido el contrato a partir de ese momento, procediendo conforme a lo señalado en los artículos 59 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, por lo que “LA COMISIÓN” notificará a la Secretaría de la Función Pública (SFP) el incumplimiento de la obligación quedando “LA COMISIÓN” en libertad de adjudicar el contrato al licitante inmediato siguiente, en los términos del Artículo 46 de la misma Ley.
“LA EMPRESA” será considerada como depositaria legal de los materiales de impresión, de los materiales en proceso de impresión, de los materiales en proceso de encuadernación, de los materiales en proceso de empaque y de los materiales terminados, bienes en proceso de producción y materiales terminados de “LA COMISIÓN”, hasta la culpa leve, siendo responsable y respondiendo por cualquier daño o perjuicios que sufran los mismos, mientras éstos se encuentren en las instalaciones de “LA EMPRESA” y hasta en tanto no sean recibidos en los almacenes de “LA COMISIÓN”.
DÉCIMA SÉPTIMA.- DEVOLUCIÓN DE GARANTIAS.- Previa presentación del documento actualizado expedido por el SAT, en la que se emita opinión sobre el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, y una vez que las obligaciones derivadas del presente contrato se encuentren debidamente cumplimentadas, incluyendo con esto los trámites administrativos que se generen, por lo que “LA
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EMPRESA” contará con un término de 60 días naturales, para realizar la solicitud de devolución al Departamento de Contratos, quien será el área responsable de hacer la devolución. Una vez transcurrido el término, “LA COMISIÓN” se deslinda de cualquier responsabilidad al respecto.
Para el caso de que “LA EMPRESA” tenga pendiente el cumplimiento de obligaciones, no procederá la solicitud de liberación de la fianza.
El incumplimiento es causal suficiente para hacer efectiva la garantía de cumplimiento y demás relativas, por lo que “LA COMISIÓN” procederá de conformidad con el presente instrumento y la legislación respectiva.
PÓLIZA.- “LA EMPRESA” podrá solicitar por escrito al Departamento de Contratos de “LA COMISIÓN”, la cancelación de la póliza o endoso, a la conclusión del contrato.
PAGARÉ.- “LA EMPRESA” podrá solicitar, por escrito a la Dirección de Recursos Financieros de “LA COMISIÓN”, la devolución del pagaré a la conclusión del contrato, emitiendo un escrito firmado por el representante legal donde indique el número de orden (es), número de contrato e identificando el número de licitación, así como copia del finiquito al contrato. Dicha solicitud debe marcar copia a la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales.
DÉCIMA OCTAVA.- VIGENCIA DEL CONTRATO.- “LAS PARTES” convienen en que la vigencia del presente contrato será a partir de la formalización del mismo y concluirá el 31 de diciembre del 2014 o hasta haberse agotado el cumplimiento de todas y cada una de las cláusulas que en él se contienen a entera satisfacción de “LA COMISIÓN”.
DÉCIMA NOVENA.- MODIFICACIONES.- El presente contrato durante su vigencia se podrá incrementar en la cantidad de bienes, siempre y cuando el monto total de las modificaciones no rebase en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del valor total del mismo, y que el precio y demás condiciones de la contratación sea igual al inicialmente pactado en el presente contrato, debiéndose ajustar la garantía de cumplimiento de conformidad con lo establecido en el primer párrafo del artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
VIGÉSIMA.- INCUMPLIMIENTO.- El incumplimiento por parte de “LA EMPRESA” de cualquiera de las cláusulas de este contrato, da a “LA COMISIÓN” la facultad de rescindirlo administrativamente; aplicar las penas convencionales que correspondan y a exigir el pago de daños y perjuicios.
VIGÉSIMA PRIMERA.- RESCISIÓN ADMINISTRATIVA.- Se consideran causas de rescisión cuando
“LA EMPRESA” incurra en alguno de los siguientes supuestos:
f) Cuando subrogue el presente contrato.
g) Cuando incumpla cualesquiera de las condiciones contraídas en el presente contrato.
h) Cuando no presente en tiempo y forma la póliza y/o endoso al seguro y la garantía de cumplimiento
i) Cuando incumpla con la obligación de entregar la totalidad de los bienes objeto del presente contrato.
j) En caso de que se agote el monto de la garantía de cumplimiento.
En caso de que “LA COMISIÓN” rescinda el contrato, podrá considerar a “LA EMPRESA” cuyas proposiciones hubiesen cumplido con todas las condiciones establecidas en la convocatoria de la
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presente Licitación, siguiendo el orden de preferencia de la evaluación, siempre que la diferencia de su oferta no sea mayor al 10% de la que resulte adjudicada.
Cuando el incumplimiento de las obligaciones de “LA EMPRESA” no derive del atraso del cumplimiento de sus obligaciones, sino por otras causas establecidas en el presente contrato, “LA COMISIÓN” podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato.
“LA EMPRESA” que por motivos diferentes a atrasos incumpla con sus obligaciones, se sujetará al procedimiento de rescisión del contrato, conforme al procedimiento establecido en el artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
“LA COMISIÓN” podrá rescindir el presente contrato en cualquier momento sin necesidad de resolución de autoridad judicial o administrativa previa, bastando para ello una notificación por escrito de “LA COMISIÓN” a “LA EMPRESA”, contando “LA EMPRESA” con un término de cinco días hábiles posteriores a dicha notificación, para que exponga lo que a su derecho convenga y aporte las pruebas que estime pertinentes.
Transcurrido el término citado, “LA COMISIÓN” resolverá lo conducente, fundando y motivando su resolución la que deberá ser comunicada a “LA EMPRESA” dentro de los quince días hábiles siguientes al plazo establecido en el párrafo anterior.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato, se proporciona el servicio, el procedimiento iniciado quedará sin efecto.
Para efectos de la asignación del contrato, “LA COMISIÓN” podrá seguir el procedimiento indicado en el artículo 41, fracción VI de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
VIGÉSIMA SEGUNDA.- Las sanciones a que se refieren las cláusulas anteriores se aplicarán en su caso sin perjuicio de las responsabilidades que para “LA EMPRESA” resulten de la aplicación de otras disposiciones legales.
VIGÉSIMA TERCERA.- TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO.- “LA COMISIÓN” podrá dar
por terminado el contrato en forma anticipada mediante convenio, cuando concurran razones de interés general o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los bienes originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría algún daño o perjuicio al Estado, o se determine la nulidad de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaria de la Función Pública. En estos casos, a solicitud fundada y documentada de “LA EMPRESA”, se le reembolsará los gastos no recuperables en que hubiere incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato correspondiente.
VIGÉSIMA CUARTA.- SUSPENSIÓN DE LOS SERVICIOS.- En caso fortuito, fuerza mayor o por causas imputables a “LA COMISIÓN”, la Dirección de Recursos Materiales y Servicios Generales de “LA COMISIÓN”, bajo su estricta responsabilidad podrá solicitar a la Dirección Técnica suspender la prestación del servicio, hasta por un plazo de 30 días naturales, salvo que solicite por escrito la ampliación de este plazo, justificando la conveniencia de ampliar el tiempo de suspensión. En ningún caso deberá rebasarse el ejercicio fiscal que se trate, una vez transcurridos los plazos a que se refiere este párrafo, podrá solicitar a la Dirección Técnica que lleve a cabo los trámites administrativos para la
terminación anticipada del contrato, presentando un dictamen sustentando las razones o causas justificadas que dieron origen a esta solicitud, así como el finiquito en el que se establezca el pago de los servicios que hubiesen sido efectivamente prestados y los gastos no recuperables durante el tiempo que haya durado esta suspensión, en términos del artículo 55 Bis de la Ley, previa solicitud fundada y documentada por parte de “LA EMPRESA”.
La Dirección de Recursos Financieros, una vez recibido el dictamen señalado en el párrafo anterior, procederá al pago correspondiente en un plazo no mayor a 45 días naturales.
OTRAS CONSIDERACIONES.-
VIGÉSIMA QUINTA.- CONTRATO INTUITU PERSONAE.- Los derechos y obligaciones que se deriven para “LA EMPRESA” del presente instrumento no pueden cederse ni subrogarse parcial ni totalmente en favor de cualesquiera otras personas físicas x xxxxxxx, salvo los derechos de cobro y con plena autorización de “LA COMISIÓN”, tal y como lo establece el artículo 46, último párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
VIGÉSIMA SEXTA.- RELACIONES LABORALES.- Las partes convienen expresamente en que “LA COMISIÓN” no contrae ninguna obligación de carácter laboral con los dependientes de “LA EMPRESA”.
“LA EMPRESA” como patrón del personal que ocupe con motivo de la prestación de los servicios objeto de este contrato, conviene expresamente en que es único responsable de las obligaciones laborales y de seguridad social que surjan de las relaciones existentes con su personal, tales como salarios, indemnizaciones y riesgos profesionales o de cualquier otra obligación o por la prestación de servicios que derive de las citadas actividades según sea el caso, y también será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social, siendo enunciativas, más no limitativas.
Consecuentemente en ningún caso y por ningún concepto podrá considerarse a “LA COMISIÓN” como patrón directo o sustituto del personal de “LA EMPRESA”, por lo que éste asume cualquier tipo de responsabilidad que con motivo de la realización de los servicios objeto de este contrato pudiera derivarse de su relación laboral con el personal que los ejecuta, relevando de toda responsabilidad obrero-patronal a “LA COMISIÓN”; en tal virtud “LA EMPRESA” se hace responsable de todas las reclamaciones individuales o colectivas que por cualquier razón puedan presentar sus trabajadores, así como las sanciones que pudieran imponerles las autoridades administrativas o judiciales del trabajo, sacando a “LA COMISIÓN” en paz y a salvo frente a toda reclamación, demanda, litigio o sanción que su personal o cualquier autoridad pretendiese fincar o entablar en su perjuicio a consecuencia de la citada relación laboral.
VIGÉSIMA SÉPTIMA.- PROPIEDAD INTELECTUAL.- “LA EMPRESA” se abstendrá de divulgar por medio de publicaciones, conferencias, informes o cualquier otra forma, elementos informativos que haya obtenido o que sean resultado de su relación con “LA COMISIÓN”.
El incumplimiento de esta cláusula responsabiliza a “LA EMPRESA” en los términos de este contrato y otras leyes aplicables.
“LA EMPRESA” asumirá la responsabilidad total en caso de que al presentar su oferta y su cumplimiento infrinja patentes, marcas o violen derechos de la propiedad industrial de cualquier índole.
Respecto a las violaciones en materia de derechos inherentes a la propiedad intelectual, la responsabilidad estará a cargo de “LA EMPRESA” según sea el caso. Salvo que exista impedimento, la indicación de que los mencionados derechos se estipularán a favor de “LA COMISIÓN”, en los términos de las disposiciones legales aplicables.
VIGÉSIMA OCTAVA.- Las obligaciones y derechos que este contrato genere se resolverán si la Secretaría de Educación Pública no libera los títulos objeto de este contrato y si “LA COMISIÓN” no recibe de ella los materiales para impresión correspondientes, en un plazo de 60 (sesenta) días hábiles.
VIGÉSIMA NOVENA.- Si transcurridos 60 (sesenta) días hábiles después del día siguiente al de la firma del contrato la Secretaría de Educación Pública no ha liberado la orden ni ha entregado a “LA COMISIÓN” los materiales a que se refiere la cláusula anterior, la condición se tendrá por realizada y las cosas volverán a la situación anterior a la firma del contrato, como si éste nunca se hubiera celebrado. Como consecuencia de lo anterior, “LAS PARTES” se harán las devoluciones que procedieren de lo recibido, sin penalización ni responsabilidad alguna; pero en esta hipótesis pueden también, de común acuerdo, prorrogar el plazo de espera para la realización de la condición resolutoria.
TRIGÉSIMA.- Ambas partes convienen en que el embargo de créditos, suspensión de pagos, quiebra o huelga no libera a “LA EMPRESA” del cumplimiento de sus obligaciones con “LA COMISIÓN”.
TRIGÉSIMA PRIMERA.- LEGISLACIÓN APLICABLE.- Todo lo no expresamente estipulado en este contrato será regulado por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y del Código Civil Federal, de aplicación supletoria.
TRIGÉSIMA SEGUNDA.- JURISDICCIÓN.- Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, las partes se someten a la jurisdicción de los Tribunales Federales de la Ciudad de México, Distrito Federal y renuncian al fuero que por razón de domicilio presente o futuro les pudiera corresponder.
El presente contrato se celebra y firma en tres tantos, en la Ciudad de México, Distrito Federal, a los días del mes de del 2014.
POR LA COMISIÓN NACIONAL DE LIBROS DE TEXTO GRATUITOS | POR |
EL APODERADO LEGAL LIC. XXXXX XXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXX |
|
Anexo VllI
FORMATO DE CARTA PODER
“COMISIÓN”
(Nombre de la Dependencia o Entidad)
YO BAJO PROTESTA
(Nombre de quien otorga el poder)
DE DECIR VERDAD, EN MI CARÁCTER DE DELA EMPRESA
(Xxxxxxxx que ostenta quien otorga el poder)
DENOMINADA SEGÚN CONSTA EN EL TESTIMONIO NOTAL No. DE FECHA OTORGADO ANTE LA XX XXX XXXXXXX PUBLICO NUMERO _
DE
(Ciudad en que se otorgó el carácter referido)
Y QUE SE ENCUENTRA REGISTRADO BAJO EL NUMERO
(No. de registro)
POR ESTE CONDUCTO AUTORIZO A:
(Nombre de quien recibe el poder)
PARA QUE A NOMBRE DE MI REPRESENTADA, SE ENCARGUE DE LAS SIGUIENTES GESTIONES:
ENTREGAR Y RECIBIR DOCUMENTOS, COMPARECER A LOS ACTOS DE APERTURA DE PROPOSICIONES Y HACER LAS ACLARACIONES QUE SE DERIVEN DE DICHOS ACTOS, CON RELACION A LA LICITACIÓN
No. .
CONVOCADA POR LA SUBDIRECCIÓN DE ADQUISICIONES
Tlalnepantla Estado de México, a de de 2014.
OTORGO EL PODER | RECIBO EL PODER | |
TESTIGO | TESTIGO |
Nota: El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante, debiendo respetar su contenido, preferentemente, en el orden indicado.
Anexo IX
FORMATO DE PROPUESTA ECONÓMICA PARA LAS PARTIDAS 1 A LA 393
Convocatoria a la Licitación Pública Mixta Nacional No LA-011L6J001-N59-2014
Nombre del licitante: Dirección:
Registro Federal de Contribuyentes:
Hoja Num.:
Teléfono:
Fecha:
PARTIDA | ORDEN | TÍTULO | TIRAJE | N° DE PLIEGOS | TOTAL DE PLIEGOS | PRECIO EN CIENTO DE PLIEGOS | PRECIO EN CIENTO DE LIBROS | TOTAL |
Total de la Propuesta |
Bajo protesta de decir verdad declaro que:
1. La entrega de los libros será como lo estipula el Anexo I (Anexo Técnico 1.2)
2. Los precios ofertados son fijos, hasta la totalidad de la entrega del servicio, no estarán sujetos a variación y son en moneda nacional.
3. Esta proposición tendrá una vigencia obligatoria hasta la vigencia total del contrato.
4. Las condiciones ofrecidas son de acuerdo con la Convocatoria de la presente licitación.
5. El importe total de la propuesta, considera el pago del I.V.A. a Tasa 0% en cumplimiento al oficio 330-SAT-IV-2-2311, xx xxxxx 17 de 2002, emitido por la Administración Central Jurídica de Grandes Contribuyentes del Servicio de Administración Tributaria
(Nombre y firma del apoderado o representante legal que se indica en el formato de personalidad jurídica del licitante) NOTAS:
Cada licitante enlistará las partidas que cotice.
Las posturas económicas de aquellas proposiciones que hayan omitido algún de los requisitos solicitados en este documento, serán desechadas y se informará al licitante los motivos por los cuales su propuesta no fue aceptada.
Las propuestas económicas que presenten su precio en ciento xx xxxxxx, precio en ciento de libro o total, con más de dos decimales serán desechadas.
Nota: El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante, debiendo respetar su contenido, preferentemente, en el orden indicado.
FORMATO DE PROPUESTA ECONÓMICA PARA LAS PARTIDAS 394 A LA 412
Convocatoria a la Licitación Pública Mixta Nacional No LA-011L6J001-N57-2014
Nombre del licitante: Dirección:
Registro Federal de Contribuyentes:
Hoja Núm.:
Teléfono:
Fecha:
PARTIDA | ORDEN | TÍTULO | TIRAJE | PRECIO UNITARIO | IVA | TOTAL |
Total de la Propuesta |
Bajo protesta de decir verdad declaro que:
6. La entrega de los libros será como lo estipula el Anexo I (Anexo Técnico 1.2)
7. Los precios ofertados son fijos, hasta la totalidad de la entrega del servicio, no estarán sujetos a variación y son en moneda nacional.
8. Esta proposición tendrá una vigencia obligatoria hasta la vigencia total del contrato.
9. Las condiciones ofrecidas son de acuerdo con la Convocatoria de la presente licitación.
10. El importe total de la propuesta, considera el pago del I.V.A. a Tasa 16%
(Nombre y firma del apoderado o representante legal que se indica en el formato de personalidad jurídica del licitante) NOTAS:
Cada licitante enlistará las partidas que cotice.
Las posturas económicas de aquellas proposiciones que hayan omitido algún de los requisitos solicitados en este documento, serán desechadas y se informará al licitante los motivos por los cuales su propuesta no fue aceptada.
Las propuestas económicas que presenten su precio unitario o total, con más de dos decimales serán desechadas.
Nota: El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante, debiendo respetar su contenido, preferentemente, en el orden indicado.
Anexo X
PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS
INICIATIVA 3: AFILIACIÓN REQUERIDA
REQUERIR A LOS PROVEEDORES Y CONTRATISTAS SU AFILIACIÓN AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS
Incorporación de información relativa al programa xx Xxxxxxx Productivas y la documentación necesaria para afiliarse al mismo
PROMOCION A PROVEEDORES SOBRE LOS BENEFICIOS DEL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS
Programa xx Xxxxxxx Productivas del Gobierno Federal
El programa xx Xxxxxxx Productivas es una solución integral que tiene como objetivo fortalecer el desarrollo de los micros, pequeñas y medianas empresas de nuestro país, con herramientas que les permitan incrementar su capacidad productiva y de gestión.
Al incorporarte a Cadenas Productivas tendrás acceso sin costo a los siguientes beneficios:
• Conoce oportunamente al consultar desde la comodidad de tu negocio los pagos que te realizarán las dependencias o entidades con la posibilidad de obtener la liquidez que requieres sobre tus cuentas por cobrar derivadas de la proveeduría de productos y servicios. Si requieres Capital de Trabajo podrás acceder a los programas de financiamiento a través de Crédito Pyme que Nacional Financiera instrumento a través de los bancos.
Incremento tus ventas, al pertenecer al Directorio de Proveedores del Gobierno Federal, mediante el cual las Dependencias y/o Entidades u otras empresas podrán consultar tu oferta de productos y servicios en el momento que lo requieran, al mismo tiempo, conocerás otras empresas con lo posibilidad de ampliar tu base de proveedores.
Profesionaliza tu negocio, a través de los cursos de capacitación en línea o presenciales, sobre temas relacionados al proceso de compra del Gobierno Federal que te ayudarán a ser más efectivo al presentar tus proposiciones.
Identifica oportunidades de negocio, al conocer las necesidades de compra del Gobierno Federal a través de nuestros boletines electrónicos.
Para mayores informes sobre el particular llamar desde el área metropolitana al 5089-6107 o al 01 800 6234672 sin costo desde el interior de la república o bien a través de la página de internet xxx.XXXXX.xxx.
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PROMOCION A LOS PROVEEDORES PARA AFILIARSE AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS
Nombre de la Empresa
México D.F. de de20 .
En Nacional Financiera. S. N. C. estamos coordinando uno iniciativa sin duda histórico. Para apoyar o las PyMES en el país. Lo estrategia principal consiste en establecer un Programo Obligatorio de Compras del Gobierno Federal hacia las pequeñas y medianas empresas mexicanas. Dicho programa pretende que en el año 2012. el 35% de las adquisiciones públicas se canalicen o este segmento productivo. Principal generador del Producto Interno Bruto y de empleo.
Paro tal fin. Un primer paso es lo incorporación obligatoria de todas las Dependencias y Entidades 01 Programo Cadenas Productivas de Nacional Financiero. S. N. C..lo que nos permitirá conocer en formo consolidado lo situación actual de lo proveeduría gubernamental y proponer metas anuales en materia de compras de gobierno o PyMES o partir del 2008
En este contexto, tengo el agrado de invitarte o incorporar tu empresa 01 programo. para que goce
de los beneficios que éste le brindo
Cadenas Productivas ofrece:
Adelantar el cobro de los facturas mediante el descuento electrónico
Obtener liquidez poro realizar más negocios
Mejorar lo eficiencia del capital de trabajo
Agilizar y reducir los costos de cobranza
Realizar los transacciones desde lo empresa en un sistema amigable y sencillo. xxx.xxxxx.xxx.xx
Realizar en caso necesario. operaciones vio telefónico o través del Call Center 00000000 Y
01800
NAFINSA (623 46 72)
Acceder o capacitación y asistencia técnico gratuito
Recibir información
Formar porte del Directorio de compras del Gobierno Federal
Características, descuento o factoraje electrónico:
Anticipar lo totalidad de su cuento por cobrar (documento)
Descuento aplicable o tasas preferenciales
Sin garantías. ni otros costos ó comisiones adicionales
Contar con lo disposición de los recursos en un plazo no mayor o 24 hrs. en formo electrónico y eligiendo 01 intermediario financiero de su preferencia
Afiliarse al programa es por única vez y no es necesario realizar el proceso nuevamente en alguna otra dependencia o entidad. No tiene ningún costo; en caso de requerirlo podrás hacer el cobro anticipado en lo página www.nafin.com.mxo bien vio telefónico.
A fin de facilitar tu afiliación. te agradeceré comunicarte o los teléfonos 50.896107 Y 01800 NAFINSA donde el personal de Nacional Financiero. S.N.E. te orientará poro lo entrego de los documentos relacionados en el documento anexo y lo formalización del convenio en un término de cinco días.
Al concretar tu afiliación tendrás como beneficio formar porte del Directorio de Xxxxxxx que ofrece ser un proveedor elegible poro el Sistema de Compras del Gobierno Federal.
Reitero nuestro agradecimiento por tu participación y aprovecho lo ocasión paro enviarte un cordial saludo.
Atentamente
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LISTA DE DOCUMENTOS PARA LA INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE DE AFILIACIÓN AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS.
1.- Carta Requerimiento de Afiliación, Fallo o Contrato. Debidamente firmada por el área usuaria compradora
2.- **Copia simple del Acta Constitutiva (Escritura con la que se constituye o crea la empresa). Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio. Debe anexarse completa y legible en todas las hojas.
3.- **Copia simple de la Escritura de Reformas (modificaciones a los estatutos de la empresa) Cambios de razón social, fusiones, cambios de administración, etc.,
Estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. Completa y legible en todas las hojas.
4.- **Copia simple de la escritura pública mediante la cual se haga constar los Poderes y Facultades del Representante Legal para Actos de Dominio.
Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio. Debe anexarse completa y legible en todas las hojas.
5.- Comprobante de domicilio Fiscal Vigencia no mayor a 2 meses
Comprobante de domicilio oficial (Recibo de agua, Luz, Teléfono fijo, predio)
Debe estar a nombre de la empresa, en caso de no ser así, adjuntar contrato de arrendamiento, comodato.
6.- Identificación Oficial Vigente del (los) representante(es) legal(es), con actos de dominio Credencial de elector; pasaporte vigente ó FM2 (para extranjeros)
La firma deberá coincidir con la del convenio
7.- Alta en Hacienda y sus modificaciones
Formato R-] ó R-2 en caso de haber cambios de situación fiscal (razón social o domicilio fiscal) En caso de no tener las actualizaciones, pondrán obtenerlas de la página del SAT.
8.- Cédula del Registro Federal de Contribuyentes (RFC, Hoja Azul)
9.- Estado de Cuenta Bancario donde se depositaran los recursos Sucursal, plaza, CLABE interbancaria
Vigencia no mayor a 2 meses
Estado de cuenta que emite la Institución Financiera y llega su domicilio.
La documentación arriba descrita, es necesaria para que la promotoría genere los contratos que le permitirán terminar el proceso de afiliación una vez firmados, los cuales constituyen una parte fundamental del expediente:
Contrato de descuento automático Cadenas Productivas Firmado por el representante legal con poderes de dominio. 2 convenios con firmas originales
Contratos Originales de cada Intermediario Financiero. Firmado por el representante legal con poderes de dominio.
(** Únicamente, para personas Xxxxxxx)
Usted podrá contactarse con la Promotoría que va a afiliarlo llamando al 010 1-800- NAFINSA (O 1-800- 6234672) o al 00-0000-00: ó acudir a las oficinas de Nacional Financiera en:
Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx xx. 0000. Xxx Xxxxxxxxx Xxx, XX. 00000, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, en el Edificio Anexo, nivel Jardín, área de Atención a Clientes.
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Estimado Proveedor del Gobierno Federal;
Con el propósito de iniciar su proceso de afiliación a la Cadena Productiva, es importante que me proporcione la información abajo indicada; con lo anterior, estaré en posibilidad de generar los contratos y convenios, mismos que a la brevedad le enviaré vía correo electrónico.
Información requerida para Afiliación a la Cadena Productiva. Cadena(s) a la que desea afiliarse:
Número(s) de provedor (opcional):
Datos generales de la empresa.
Razón Social Fecha de alta SHCP: | ||
R.F.C | ||
Domicilio Fiscal: CP.: Colonia: | Calle: | No.: Ciudad: |
Teléfono (incluir clave LADA):
Fax (incluir clave LADA):
e-mail:
Nacionalidad:
Datos de constitución de la sociedad: (Acta Constitutiva / Persona Moral)
No. de la Escritura:
Fecha de la Escritura:
Datos del Registro Público de Comercio
Fecha de Inscripción:
Entidad Federativa:
Delegación ó municipio:
Folio
Fecha del folio Libro Partida:
Fojas:
Nombre xxx Xxxxxxx Público:
No. de Notaria:
Entidad xxx Xxxxxxxx x Xxxxxxx:
Delegación o municipio xxx xxxxxxxx x Xxxxxxx:
Datos de inscripción y registro de poderes para actos de dominio (Persona Moral); (Acta de poderes y/o acta constitutiva)
No. de la Escritura:
Fecha de la Escritura:
Tipo de Poder: Único ( ) Mancomunado ( ) Consejo ( )
Datos del registro público de la propiedad y el comercio (Persona Moral): Fecha de inscripción:
Entidad Federativa: Delegación ó municipio: Folio:
Fecha del folio Libro
Partida: ______
Fojas:
Nombre xxx Xxxxxxx Público:
No. de Notaría:
Entidad xxx Xxxxxxxx x Xxxxxxx:
Delegación o municipio xxx xxxxxxxx x Xxxxxxx:
Datos del representante legal con actos de administración o dominio:
Nombre:
Estado civil:
Fecha de nacimiento:
R.F.C.:
Fecha de alta SHCP:
Teléfono:
Fax (incluir clave LADA):
e-mail:
Nacionalidad:
Tipo de identificación oficial: Credencial IFE ( ) Pasaporte Vigente ( ) FM2 ó FM3 extranjeros ( ) No de la identificación (si es IFE poner el No. que está en la parte donde está su firma):
Domicilio Fiscal: Calle: No.:
C.P.:
Colonia:
Ciudad
Datos del banco donde se depositarán recursos:
Moneda: pesos ( X) dólares ( ) Nombre del banco:
No. de cuenta (11 dígitos):
Plaza:
No. de sucursal:
CLABE bancaria:(18 dígitos):
Régimen: Mancomunada ( ) Individual ( ) Indistinta ( ) Órgano colegiado ( )
Persona(s) autorizada(s) por la PyMEpara la entrega y uso de claves:
Nombre:
Puesto:
Teléfono (incluir clave LADA ): Fax: e-mail:
Actividad empresarial:
Fecha de inicio de operaciones: Personal ocupado:
Actividad ó giro:
Empleos a generar:
Principales productos:
Ventas (último ejercicio) anuales:
Netas exportación:
Activo total (aprox.) Capital contable (aprox.)
Requiere Financiamiento SI NO
Anexo XI
MANIFESTACIÓN BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, DE LA ESTRATIFICACIÓN DE MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA (MIPYMES)
de de (1)
(2) P r e s e n t e.
Me refiero al procedimiento de (3) No. (4) en el que mi representada, la empresa (5) , participa a través de la presente proposición.
Al respecto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que mi representada está constituida conforme a las leyes mexicanas, con Registro Federal de Contribuyentes (6) , y asimismo que considerando los criterios (sector, número total de trabajadores y ventas anuales) establecidos en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009, mi representada tiene un Tope Máximo Combinado de
(7) , con base en lo cual se estatifica como una empresa (8) .
De igual forma, declaro que la presente manifestación la hago teniendo pleno conocimiento de que la omisión, simulación o presentación de información falsa, son infracciones previstas por el artículo 8 fracciones IV y VIII, sancionables en términos de lo dispuesto por el artículo 27, ambos de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, y demás disposiciones aplicables.
A T E N T A M E N T E
(9)
Instructivo de llenado
INSTRUCTIVO PARA LLENADO DEL FORMATO DE MANIFESTACIÓN, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, DE LA ESTRATIFICACIÓN DE MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA (MIPYMES)
NÚMERO | DESCRIPCIÓN |
1 | Señalar la fecha de suscripción del documento. |
2 | Anotar el nombre de la convocante. |
3 | Precisar el procedimiento de contratación de que se trate, (licitación pública, invitación a cuando menos tres personas ) |
4 | Indicar el número de procedimiento de contratación asignado por CompraNet. |
5 | Anotar el nombre, razón social o denominación del licitante. |
6 | Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del licitante |
7 | Señalar el número que resulte de la aplicación de la expresión: Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) x10% + (Ventas anuales en millones de pesos) x 90%. Para tales efectos puede utilizar la calculadora MIPYME disponible en la página xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx. Para el concepto “Trabajadores”, utilizar el total de los trabajadores con los que cuenta la empresa a la fecha de la emisión de la manifestación. Para el concepto “ventas anuales”, utilizar los datos conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales, expresados en millones de pesos. |
8 | Señalara el tamaño de la empresa ( Micro, Pequeña o Mediana ), conforme al resultado de la operación señalada en el numeral anterior |
9 | Anotar el nombre y firma del apoderado o representante legal del licitante |
ANEXO XII
Formato de Carta de Integración Nacional
(Hoja membretada del licitante) 1
de de (1)
(2) Presente
Me refiero al procedimiento (3) No. (4) en el que mi representada, la empresa (5) participa a través de la proposición que se contiene en el presente sobre.
Sobre el particular, y en los términos de lo previsto por el acuerdo por el que se establecen las reglas para la determinación del grado de contenido nacional, tratándose de contratación servicios de carácter nacional, manifiesto que el que suscribe, declara bajo protesta decir verdad, que el licitante es de nacionalidad mexicana.
Atentamente
(6)
Instructivo para el llenado del ejemplo de formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en los procedimientos de contratación de carácter nacional, para dar cumplimiento a lo dispuesto en la regla séptima de este acuerdo.
Numero | Descripción |
1 | Señalar la fecha de suscripción del documento. |
2 | Anotar el nombre de la dependencia o entidad convocante. |
3 | Precisar el procedimiento de que se trate, licitación pública o invitación a cuando menos tres personas. |
4 | Indicar el número respectivo. |
5 | Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa. |
6 | Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante. |
Nota: En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.
Anexo XIII
Lista de verificación para revisar proposiciones
Convocatoria a la Licitación Pública Mixta Nacional LA-011L6J001-N59-2014. |
Nombre o RazónSocial: Nombre del Representante: Firma |
DOCUMENTO | DESCRIPCIÓN | ENTREGA | |
SI | NO | ||
1 | 4.1.1 DOCUMENTACIÓN LEGAL Y ADMINISTRATIVA. Entregar fuera del sobre la siguiente documentación: A) Deberá presentar escrito de Acreditamiento de personalidad jurídica (Xxxxx XXX). | ||
2 | B) Los licitantes deberán manifestar bajo de protesta de decir verdad en papel membretado y firmado por el representante legal de la empresa, en el que deberá manifestar el estrato al que pertenece dentro de las MIPYMES, de conformidad al artículo 34 del Reglamento. (Anexo XI; Formato para la manifestación que deberán presentar los licitantes que participen en los procedimientos de contratación para dar cumplimiento a lo dispuesto en los Lineamientos para fomentar la participación de las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas en los procedimientos de Adquisición y Arrendamiento de Servicios Muebles, que realicen las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal). | ||
3 | C) Escrito en el que manifieste el representante legal la empresa o persona física licitante, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse en nombre de su representada. Para la cual deberá requisitar íntegramente el formato Anexo lV “Formato de escrito de facultades”. | ||
4 | D) Los licitantes deberán manifestar, bajo protesta de decir verdad que son de nacionalidad mexicana, para cumplir con lo dispuesto en el Artículo 28 Fracción I de la Ley, y 35 de su Reglamento. Anexo XII “Formato de Carta de Integración Nacional”. | ||
5 | E) Escrito en el que manifieste el representante legal de la empresa o persona física licitante, bajo protesta de decir verdad, que no se encuentra dentro de las restricciones establecidas en los Artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de la Ley. Para la cual deberá requisitar el formato (Anexo V “Formato de carta de no encontrarse bajo los supuestos de los artículos 50 y 60 antepenúltimo párrafo de La Ley). | ||
6 | F) Escrito en el que manifieste por sí mismos a través de interpósita persona, bajo protesta de decir verdad, en la que se abstendrán de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la dependencia o entidad, induzca o altere las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorgue condiciones más ventajosas con relación a los demás licitantes. Para lo cual deberá requisitar el formato Anexo VI “Formato de carta de integridad”. |
DOCUMENTO | DESCRIPCIÓN | ENTREGA | |
SI | NO | ||
7 | G) Deberá presentar escrito en formato libre en papel membretado de la empresa, mediante el cual manifieste que tiene pleno conocimiento de que se encuentra sujeta a la aplicación de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de julio de 2012, la que conoce en su contenido, aplicación, consecuencias jurídicas y cumple. | ||
8 | H) Los licitantes deberán presentar escrito en formato libre en papel membretado de la empresa, mediante el cual manifieste que ha considerado todos los factores que intervienen en la entrega satisfactoria del servicio, así como las especificaciones contenidas en los anexos de la presente Convocatoria. | ||
9 | I) Los licitantes deberán presentar escrito en formato libre en papel membretado de la empresa, mediante el cual manifieste que conoce las disposiciones de tipo legal, administrativo y técnico que xxxxxx la celebración y ejecución del contrato que se adjudique y acepta someterse a las mismas sin reserva alguna, disponiendo para ello de los elementos técnicos, humanos y materiales necesarios para su cumplimiento. | ||
10 | J) Los licitantes deberán presentar escrito en papel membretado de la empresa, con el cual declare su domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones. | ||
11 | En caso de que el representante legal de la empresa o persona física licitante no pudiera asistir al acto de entrega-recepción de proposiciones (deberá integrar el Formato Anexo VlIl; Formato de Carta poder, en la documentación Legal y Administrativa fotocopia de identificación oficial vigente con fotografía y firma de la persona que lo sustituya para este acto únicamente). La falta de dicho formato no será motivo de desechamiento. El incumplimiento en la entrega de los documentos señalados en las incisos A), B), C), D), E), F) y G) es causal de desechamiento. | ||
12 | 4.1.2 PROPUESTA TÉCNICA. Esta proposición deberá ser entregada dentro del sobre y deberá contener la información y documentación siguiente: A) El modelo de propuesta técnica el cual deberá contener, número xx xxxxxxx en la que desea participar, descripción del servicio y las características técnicas de acuerdo a lo señalado en el Anexo I (Anexo Técnico), de esta Convocatoria. | ||
13 | Anexo Técnico 1.7. Escrito de Compromisos Técnicos para la partida 1 a la 229 Anexo Técnico 1.7. Escrito de Compromisos Técnicos para la partida 230 a la 393. Anexo Técnico 1.7. Escrito de Compromisos Técnicos para la partida 394 a la 412. | ||
14 | Anexo técnico 1.8. Escritos de Garantía de Suministro de Insumos Básicos, de tintas, adhesivos y cajas (cuando aplique); atendiendo las especificaciones de los anexos 1.3, 1.5 y 1.8. | ||
15 | Anexo técnico 1.9 Programa calendarizado de recepción de insumos de producción | ||
16 | Anexo técnico 1.10 Lista Detallada del Equipo de Impresión y Encuadernación. | ||
17 | Anexo técnico 1.12. Propuesta de programa de producción | ||
18 | B) Escrito en el que manifieste que entregará una garantía de mínimo tres años contra defectos de producción como consecuencia de los insumos utilizados y contra cualquier tipo de vicios ocultos. El incumplimiento en la entrega de alguno de estos documentos solicitados en los incisos A y B es causal de desechamiento. |
DOCUMENTO | DESCRIPCIÓN | ENTREGA | |
SI | NO | ||
19 | 4.1.3 PROPUESTA ECONÓMICA. Esta proposición deberá ser entregada dentro del sobre y deberá contener la información y Documentación original siguiente: Escrito en papel membretado de la empresa o persona física licitante en el que manifieste descripción y unidad de medida del servicio, precio unitario y el total de la propuesta económica, así como la manifestación de que los precios serán fijos hasta la terminación del contrato, firmados por la persona que tenga facultad legal para ello (Anexo IX; Formato de Propuesta Económica), para las partidas en las que deseen participar. El incumplimiento de alguna o toda la información solicitada en el Anexo IX es causal de desechamiento. El incumplimiento de alguna o toda la información solicitada en el Anexo IX es causal de desechamiento. |
ENTREGO PROPUESTA POR LA EMPRESA O PERSONA FISICA | Vo. Bo. | |
NOMBRE Y FIRMA | NOMBRE Y FIRMA |
Anexo XIV
Encuesta de Transparencia de la licitación Publica Mixta Nacional No. LA-011L6J001-N59-2014.
Totalmente de Desacuerdo | En Desacuerdo | De Acuerdo | Totalmente de Acuerdo |
0 | 4 | 8 | 10 |
No. | Acto | Características | Calificación |
1 | Junta de aclaraciones | El contenido de la Convocatoria es claro para la contratación que se pretende realizar. | |
2 | Las preguntas técnicas efectuadas en el evento se contestaron adecuadamente. | ||
3 | Presentación y apertura de propuestas | El evento se desarrolló con oportunidad. | |
4 | Generales | Todos los eventos dieron inicio en el tiempo establecido. | |
5 | El trato que me dieron los servidores públicos de la COMISIÓN durante la licitación fue respetuoso y amable. | ||
6 | ¿Volvería a participar en otra LICITACIÓN que publique la COMISIÓN? | ||
7 | La licitación se apegó a la normatividad aplicable. | ||
8 | ¿La licitación se apegó a la normatividad aplicable? | ||
9 | El acceso al inmueble fue expedito. | ||
10 | Fallo | La evaluación técnica fue emitida en apego a la Convocatoria y la Junta de Aclaraciones. | |
11 | En el fallo se especificaron los motivos y el fundamento que sustenta la determinación de los proveedores adjudicados y los que no resultaron adjudicados. | ||
12 | Qué tan de acuerdo es en el grado de transparencia mostrado en el fallo. |
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