AGENCIA DE INFORMACIÓN Y CONTROL ALIMENTARIOS
MINISTERIO DE AGRICULTURA Y PESCA, ALIMENTACIÓN Y MEDIO AMBIENTE
AGENCIA DE INFORMACIÓN Y CONTROL ALIMENTARIOS
CUADRO DE CARACTERÍSTICAS XXX XXXXXX DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN DE SUMINISTROS. PROCEDIMIENTO NEGOCIADO (3ª Versión. Abril 2017)
Nº DE EXPEDIENTE: 201700000163
CONTRATO SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: SÍ NO
JUSTIFICACION DEL PROCEDIMIENTO NEGOCIADO:
ARTICULO 170 DEL TRLCSP: a) b) c) d) e) f) g)
X
ARTICULO 173 DEL TRLCSP: a) b) c) d) e) f)
- SI EL CONTRATO ESTÁ SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: EL LICITADOR TENDRÁ EL DERECHO, NO LA OBLIGACIÓN, DE SUSTITUIR LA APORTACIÓN INICIAL DE DOCUMENTACIÓN A INCLUIR EN EL SOBRE NÚMERO 1 (Excepto la señalada en el número 12 de la Cláusula 16) POR EL DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC) (Anexo VIII) O POR LA DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL ARTÍCULO 146.4 DEL TRLCSP (Anexo I).
- SI EL CONTRATO NO ESTÁ SUJETO A REGULACIÓN ARMONIZADA: SE SUSTITUIRÁ LA APORTACIÓN INICIAL DE DOCUMENTACIÓN A INCLUIR EN EL SOBRE NÚMERO 1 (Excepto la señalada en el número 12 de la Cláusula 16) POR EL DOCUMENTO EUROPEO ÚNICO DE CONTRATACIÓN (DEUC) (Anexo VIII) O POR LA DECLARACIÓN RESPONSABLE DEL ARTÍCULO
146.4 DEL TRLCSP (Anexo I): SÍ NO
Las orientaciones de cumplimentación del DEUC se encuentran en el Anexo VII
(El momento decisivo para apreciar la concurrencia de los requisitos de capacidad y solvencia exigidos para contratar con la Administración será el de finalización del plazo de presentación de las proposiciones)
1. DEFINICIÓN DEL OBJETO, CODIFICACION Y NECESIDADES A SATISFACER: (Cláusula 2 y 10) | |||
1.1.-OBJETO DEL CONTRATO: Es el suministro xx xxxxx de comida, con destino a los empleados del AGENCIA DE INFORMACIÓN Y CONTROL ALIMENTARIOS, OA, canjeables por comidas en establecimientos de hostelería con los que la empresa suministradora tenga establecido o pueda establecer acuerdos. LOTES: SI; número:………… NO (Ver instrucciones de cumplimentación) • | |||
1.2.- CLASIFICACIÓN CPA: 829 | Código CPV: 30.199770-8 | ||
1.3.-NECESIDADES ADMINISTRATIVAS A SATISFACER: La Secretaría de Estado de Administraciones Públicas dictó instrucciones sobre horario de trabajo del personal, mediante la Resolución de 28 de diciembre de 2012, estableciendo una jornada general de treinta y siete horas y media semanales, que, en caso de desempeñar puestos de especial dedicación alcanzará las cuarenta horas, siendo necesario para completar la jornada semanal extender la jornada más allá del horario de obligada presencia hasta las dieciocho horas. El hecho de no existir servicio de cafetería en el propio centro, obliga a los trabajadores del Organismo a realizar tanto el desayuno como la comida en establecimientos cercanos a la sede de la Agencia de Información y Control Alimentarios, ello supone un gasto suplementario ineludible. La Resolución de 20 de enero de 2014, de la Dirección General de Presupuestos, por la que se establecen los códigos que definen la clasificación económica, concreta las finalidades y objetivos que se pretende conseguir, estableciendo que en el concepto 162.01, Economatos y comedores se incluye la distribución xx xxxxx de comida al personal. En este contexto, se ha estimado la conveniencia de disponer de esta partida del presupuesto de gastos de la AICA para satisfacer la necesidad de abonar al personal del Organismo una compensación de ayuda de una parte del coste del desayuno y del almuerzo que este tuviera que realizar con motivo de su jornada de trabajo, al no existir, como se señala, en sus dependencias una cafetería que preste estos servicios. | |||
1.4.- PUBLICIDAD DE LA LICITACION (Cláusulas 2, 10, 11, 15, 18 y 21) | |||
• DOUE: SI | NO | ||
• BOE: SI | NO | ||
• PERFIL DE CONTRATANTE: SI | NO | ||
1.5.-ACTUACIÓN FINANCIADA CON FONDOS EUROPEOS: | SI | NO | |
1.6.- INSTALACION DE LOS BIENES A SUMINISTRAR: | SI | NO | |
1.7.- MANTENIMIENTO DE LOS BIENES A SUMINISTRAR: PERIODO DE MANTENIMIENTO MESES. | SI | NO |
2. ÓRGANO DE CONTRATACIÓN: (Cláusula 6) |
El Director de la Agencia de Información y Control Alimentarios, OA. |
3. MESA DE CONTRATACIÓN |
Regulada por resolución publicada en BOE Resolución de 9 de diciembre de 1996 (BOE: de 25 de diciembre de1996) NO regulada por resolución publicada en BOE Composición: |
4. RESPONSABLE DEL CONTRATO: (Cláusula 30) |
El Secretario General de la Agencia de Información y Control Alimentarios, OA. |
5. PERFIL DE CONTRATANTE (Cláusula 7) |
Artículo 53.1 del TRLCSP. Es accesible desde la siguiente dirección de Internet: |
6. PRESUPUESTO, ANUALIDADES Y APLICACIONES PRESUPUESTARIAS (Cláusula 3) |
6.1.- PRESUPUESTO |
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Coste vales 28.687,59 € Comisión de Gestión del 0,9% 258,19 € IVA s/ Comisión de Gestión 54,22 € IMPORTE TOTAL 29.000,00 € |
En letra (Impuestos indirectos EXCLUIDOS) Veintiocho mil novecientos cuarenta y cinco euros con setenta y ocho céntimos. TOTAL (Impuestos indirectos INCLUIDOS): En cifra: 29.000,00 € En letra: VEINTINUEVE MIL euros |
6.2.- ANUALIDADES Una |
▪Anualidad 1: Año 2017 : 29.000,00 €, impuestos indirectos incluidos |
6.3. APLICACIONES PRESUPUESTARIAS: 29.000,00€ impuestos indirectos incluidos 23.112.412M.162.01 |
6.4. TRAMITACION ANTICIPADA DEL EXPEDIENTE DE GASTO (Cláusula 3) SI NO |
7. FORMULACIÓN DEL PRECIO (Cláusula 3) |
Precios unitarios A tanto alzado Otra modalidad El precio incluye el valor liquido de los vales de comida, la comisión de la empresa adjudicataria, tasas y tributos, incluido el IVA aplicable. Por lo que la oferta de las empresas deberá expresar el tipo de comisión, siguiendo el formato del presupuesto reflejado en el apartado 6.1 anterior (artículos 87.2 del TRLCSP) |
8.- VALOR ESTIMADO. (Cláusula 4) |
8.1.-VALOR ESTIMADO (Impuestos indirectos IVA, IGIC, IPSI, excluidos; artículo 88 del TRLCSP): (Ver instrucciones de cumplimentación) |
VALOR ESTIMADO En cifra 28.945,78 € En letra Veintiocho mil novecientos cuarenta y cinco euros con setenta y ocho céntimos. 8.2.-LOTES EXCLUIDOS DE REGULACIÓN ARMONIZADA (ART. 16.2 TRLCSP) : (Ver instrucciones de cumplimentación) |
9. IMPORTE DE LAS GARANTÍAS (Cláusulas 16,17, 21, 50) |
1. PROVISIONAL (Artículo 103.2 TRLCSP): |
No se exige. Sí se exige (hasta el 3% del presupuesto base de licitación, impuestos indirectos (IVA, IGIC, IPSI), excluidos): €. Justificación: |
2. DEFINITIVA (Artículo 95.1 TRLCSP) No se exige. Razones que lo justifican No se exige por razón del objeto del contrato, el suministro que se describe en el apartado 1.1 de este Cuadro de Características, cuya entrega y recepción deberá efectuarse antes del pago del precio de acuerdo con el artículo 95.1 del TRLCSP |
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Sí se exige: el 5% del importe de adjudicación, impuestos indirectos (IVA, IGIC, IPSI), excluidos el 5% del presupuesto base de licitación (Artículo 95.3 TRLCSP), impuestos indirectos (IVA, IGIC, IPSI), excluidos. Posibilidad de acreditar la garantía definitiva por medios electrónicos: SÍ / NO 3. COMPLEMENTARIA (Art. 95.2 TRLCSP): De acuerdo con el artículo 95.2 del TRLCSP se establece una garantía complementaria del por ciento del importe de adjudicación del contrato, impuestos indirectos excluidos. (la garantía total debe ser inferior o igual al máximo del 10%). Justificación de la exigencia de garantía complementaria: ……………………………. Todas las garantías exigidas se constituirán a disposición de: N.I.F.: 4. CONSTITUCIÓN MEDIANTE RETENCIÓN EN EL PRECIO (Artículo 96.2 del TRLCSP) SÍ Forma y condiciones de la retención:………………………………………………………………………. NO |
10. IMPORTE MÁXIMO DE LOS GASTOS DE PUBLICIDAD A ABONAR POR EL ADJUDICATARIO (Cláusula 43) |
El adjudicatario estará obligado a satisfacer los gastos de publicidad de licitación hasta el siguiente importe máximo (Artículo. 67.2.g) RGLCAP: € |
11. SINGULARIDADES EN LA CELEBRACIÓN DEL PROCEDIMIENTO (Cláusulas 3, 16, 19) |
11.1.-Ofertas para negociar referentes a: |
TOTALIDAD DEL CONTRATO LOTES:
Un único lote. Varios lotes.
Número máximo de lotes a que los empresarios podrán licitar:… ….,lotes.
(Ver instrucciones de cumplimentación)
En el caso de que se prevea las oferta para negociar por xxxxx, se deberá señalar la oferta individualizada para cada uno de los lotes por los que se licite
11.2.- Procedimiento de negociación:
a) Cuando el único criterio de negociación sea el precio:
POR ESCRITO: SI
NO
b) Cuando exista más de un criterio de negociación: Mediante reuniones bilaterales con cada licitador.
11.3.- Plazo para concluir la negociación:
La negociación deberá concluir en el plazo de 30 días hábiles a contar desde el fin del plazo de presentación de ofertas.
12. TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE A EFECTOS DE ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO (Cláusula 9) |
Ordinaria Urgente (Artículo 112.b), TRLCSP |
13.- EMPRESARIOS QUE SERÁ INVITADOS A PRESENTAR OFERTAS PARA NEGOCIAR (Cláusula 11) |
TRES (Mínimo) CUATRO CINCO |
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OTRO: Señalar número............ TODOS LOS SELECCIONADOS EN EL SUPUESTO NEGOCIADO CON PUBLICIDAD. |
14. MODO DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS (Cláusulas 13 y 14) |
En soporte papel Oferta técnica por medios electrónicos. Número de copias de la documentación técnica exigidas: Copias. Soportes que se admitirán para la presentación de la oferta técnica: CD-ROM PEN DRIVE USB. OTROS (describir) ..Notificaciones y comunicaciones entre el órgano de contratación y los interesados por medios electrónico. |
15. SOLVENCIA (Cláusula 8 ,16, 21) |
Los licitadores deberán acreditar la solvencia económica y financiera, técnica o profesional aportando los documentos exigidos en la los artículos 75 y 77 del TRLCSP. Condiciones de solvencia (Artículo 64 del TRLCSP): Para acreditar la solvencia necesaria para celebrar un contrato determinado, el empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica que tenga con ellas, siempre que demuestre que, para la ejecución del contrato, dispone efectivamente de esos medios (Art. 63 TRLCSP). . CONCRECIÓN DE LAS CONDICIONES DE SOLVENCIA. 15.1. COMPROMISO DE ADSCRIPCIÓN DE MEDIOS El licitador deberá comprometerse a adscribir a la ejecución del contrato los medios materiales siguientes y los medios personales cuyos perfiles profesionales se señalan a continuación (Artículo 64. Apartado 2 del TRLCSP): No se exige Este compromiso tendrá el carácter de obligación esencial a los efectos previstos en el Artículo 223 f) del TRLCSP |
15.2.-OTRAS EXIGENCIAS. El licitador deberá acreditar la solvencia económica y financiera y técnica, mediante los medios siguientes: 15.2.1.- SOLVENCIA ECONOMICA Y FINANCIERA (Artículo 75 del TRLCSP): Se acreditará por los siguientes medios: TODOS LOS SEÑALADOS A CONTINUACION ALGUNO DE LOS SEÑALADOS A CONTINUACIÓN (A elección del licitador) Cifra anual de negocios en los tres últimos años, por importe mínimo anual de Euros Cifra anual de negocios en el ámbito al que se refiere el contrato, en los tres últimos años, por importe mínimo anual de Veintinueve mil Euros Seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe de Veintinueve mil Euros. Las cuentas anuales presentadas en el Registro Mercantil o en el Registro oficial que corresponda. Los empresarios no obligados a presentar las cuentas en Registros oficiales podrán aportar, como medio alternativo de acreditación, los libros de contabilidad debidamente legalizados. En este supuesto se exigirá uno de los siguientes valores mínimos para los indicadores que se señalan a continuación al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la aprobación de cuentas anuales: Patrimonio Neto mayor o igual a € Ratio entre activos y pasivos superior al % OTROS: Como medio adicional a los anteriores: periodo medio de pago a proveedores del empresario, siempre que se trate de una sociedad que no pueda presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad. 15.2.2.-SOLVENCIA TECNICA (Artículo 77 TRLCSP): |
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Se acreditará por los siguientes medios: TODOS LOS SEÑALADOS A CONTINUACION ALGUNO DE LOS SEÑALADOS A CONTINUACIÓN (A elección del licitador) Una relación de los principales suministros realizados en los últimos cinco años que que sean de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato, atendiendo a tal efecto a los dos primeros dígitos de los respectivos códigos CPV indicando su importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos. Los suministros efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso. Los certificados de buena ejecución de los suministros incluidos en la relación cuyo destinatario fue una entidad del sector público podrán ser comunicados directamente al órgano de contratación por la entidad contratante del suministro. El importe mínimo anual que el empresario deberá acreditar como ejecutado durante el año de mayor ejecución del periodo citado será de Cien mil euros, en suministros de igual o similar naturaleza que los que constituyen el objeto del contrato. Declaración indicando el personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquéllos encargados del control de calidad que habrá de incluir como mínimo los siguientes: Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad y de los medios de estudio e investigación de la empresa, que habrá de incluir como mínimo los siguientes: |
TITULACION ACADEMICA | NUMERO DE TECNICOS | EXPERIENCIA MINIMA (Años) |
UNIDAD TECNICA | CARACTERISTICAS | CAPACIDADES) |
a) Instalaciones técnicas: b) Medidas para garantizar la calidad: c) Medios de estudio e investigación: Certificados expedidos por los institutos o servicios oficiales encargados del control de calidad, de competencia reconocida, que acrediten la conformidad de productos perfectamente detallada mediante referencias a las siguientes especificaciones o normas técnicas oficiales: a) Especificaciones b) Normas técnicas Aportación de muestras, descripciones y fotografías de los productos a suministrar, cuya autenticidad pueda certificarse a petición de la entidad contratante.» Cuando los productos a suministrar sean complejos o cuando excepcionalmente deban responder a un fin particular, control efectuado por la entidad del sector público contratante o, en su nombre, por un organismo oficial competente del Estado en el cual el empresario está establecido, siempre que medie acuerdo de dicho organismo. El control versará sobre: La capacidad de producción del empresario: Los medios de estudio y de investigación con que cuenta. |
TIPO Y UNIDAD DE PRODUCTO. | CAPACIDAD DE PRODUCCION MINIMA (Número de unidades por día, mes, año ) |
DESCRIPCION DE LOS MEDIOS DE ESTUDIO E INVESTIGACIÓN. | CUANTIFICACION DE LA CAPACIDAD MINIMA |
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Medidas de control de la calidad. Si el suministro requiere obras de colocación o instalación, la prestación de servicios o la ejecución de obras, la capacidad de los operadores económicos para prestar dichos servicios o ejecutar dicha instalación u obras podrá evaluarse teniendo en cuenta especialmente sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad. 15.3.-JUSTIFICACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE GESTIÓN MEDIOAMBIENTAL EN CONTRATOS SUJETOS A REGULACION ARMONIZADA (Artículo 81 TRLCSP). Se acreditará por los siguientes medios: TODOS LOS SEÑALADOS A CONTINUACION ALGUNO DE LOS SEÑALADOS A CONTINUACIÓN (A elección del licitador) Tener establecido un sistema de gestión ambiental en desarrollo del Reglamento (CE) nº 1221/2009 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de noviembre de 2009, relativo a la participación voluntaria de organizaciones en un sistema comunitario de gestión y auditoría medioambientales (EMAS), u otra norma equivalente o justificar, mediante cualquier otro medio adecuado, que se cumplen los requisitos de gestión ambiental establecidos en el sistema antes citado. . Disponer de la Norma Internacional EN ISO 14001, u otra norma equivalente o justificar, mediante cualquier otro medio adecuado, que se cumplan los requisitos de gestión ambiental establecidos en el sistema antes citado. OTRAS (describir): ………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………… 15.4.-ACREDITACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS DE GARANTÍA DE CALIDAD (Artículo 80 TRLCSP). |
DESCRIPCION DE LA MEDIDA DE CONTROL DE CALIDAD. | CUANTIFICACION MINIMA DE LAS MEDIDAS |
Se acreditará por los siguientes medios: TODOS LOS SEÑALADOS A CONTINUACION ALGUNO DE LOS SEÑALADOS A CONTINUACIÓN (A elección del licitador) Tener implantado un plan de aseguramiento de la calidad acreditado mediante certificado correspondiente a las normas ISO-9000. Certificados equivalentes, expedidos por organismos establecidos en otros Estados Miembros de la Unión Europea. OTRAS (describir): ………………………………………………………………………………………… …………………………………………………………………………………………………………………… 15.5.-CERTIFICADO DE EMPRESA DE TRABAJADORES CON DISCAPACIDAD A LOS EFECTOS PREVISTOS EN LA CLÁUSULA 20 DE ESTE PLIEGO |
15.6.- HABILITACIÓN EMPRESARIAL EXIGIBLE PARA REALIZAR LA PRESTACIÓN (ART. 54.2 DEL TRLCSP Ninguna en especial. La siguiente habilitación: |
a) No se admiten variantes.
b) Se admiten variantes en relación con:
16. OFERTAS VARIANTES (Cláusulas 13, 16, 20)
17. ASPECTOS QUE SERAN OBJETO DE NEGOCIACION (Cláusula 12)
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Solo criterio precio
Varios criterios
17.1.- CRITERIOS DE NEGOCIACION NO EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE FÓRMULAS (OFERTA TÉCNICA)
Se negociarán en este apartado los siguientes criterios, que se valoraran según se indica:
C.1-Plazo de validez de los vales, máximo 15 puntos, que se otorgarán a la oferta con mayor plazo de validez
C.2-Condiciones y el procedimiento para el recambio xx xxxxx en caso de vencimiento o rotura de los mismos: máximo 10 puntos.
C.3-Las posibilidades de valor fraccionado, en distintas cuantías, cuando el soporte de los vales sea en papel: máximo 5 puntos.
C.4-Implantación. Se tendrán en cuenta el número de establecimientos adheridos en Madrid Capital, Córdoba Capital, Jaén Capital y Plasencia, debiendo tener establecimientos adheridos en todas y cada una de las localidades señaladas. Por encima de 5.000 establecimientos: 5 puntos; entre 6.000 y 6.999 establecimientos: 10 puntos; a
partir de 7.000 establecimientos: 15 puntos. Máximo 15 puntos,
Se negociarán en este apartado los siguientes criterios:
Serán objeto de negociación los aparatados 17.1.C.1, 17.1.C.2 y 17.1.C.3.
17.1.1.- VALORACIÓN TRAS LA NEGOCIACION DE LOS CRITERIOS NO EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULAS. (OFERTA TÉCNICA)
La ponderación atribuida a los criterios no evaluables de forma automática (POT) será de 45 puntos (45 %) del la puntuación máxima total de la oferta (PT).
Para ello se aplicarán los criterios y subcriterios con las puntuaciones máximas siguientes:
CRITERIO | PUNTUACIÓN MÍNIMA | PUNTUACIÓN MÁXIMA | |
C1 | Plazo de validez de los vales, | 0 | 15 |
C2 | Condiciones y el procedimiento para el recambio xx xxxxx en caso de vencimiento o rotura de los mismos: | 0 | 10 |
C3 | Implantación Las posibilidades de valor fraccionado, en distintas cuantías | 0 | 5 |
C4 | Implantación | 0 | 15 |
La puntuación (POT) se redondeará al segundo decimal.
17.2.-CRITERIOS DE NEGOCIACION EVALUABLES DE FORMA AUTOMÁTICA MEDIANTE FÓRMULAS
Se negociarán en este apartado los siguientes criterios
Se negociarán en este apartado la comisión de la empresa en la emisión de los cheques de comida, que no podrá ser superior al 0,9%.
17.2.1.- VALORACIÓN TRAS LA NEGOCIACION DE LOS CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FÓRMULA.:
La ponderación de estos criterios será del 55 puntos (55%) de la puntuación máxima total de la oferta (PT)
Oferta económica (XXX). 55 puntos (55%) de la puntuación máxima total de la oferta (PT)
Criterios distintos del precio evaluables de forma automática mediante aplicación de fórmulas (POCA) … puntos (… %) de la puntuación máxima total de la oferta
Para la puntuación del criterio precio, a la oferta más baja se le dará la máxima asignada al criterio precio (Pmax). 17.2.1.1.- CRITERIO PRECIO
Se valorará hasta un máximo de 55 puntos de acuerdo con el siguiente procedimiento:
Es decir, la puntuación máxima se le dará a la oferta con precio más bajo. Para el cálculo de la puntuación a otorgar a cada una de las restantes ofertas se aplicará la fórmula siguiente.
POEx= Pmax -
⎡ (Cx −Cmb) × P max⎤
Siendo:
Pmax = Puntuación máxima
Cmx = Comisión máxima base de la licitación Cmb= Importe comisión más baja ofertada Cx = Importe de la comisión que se valora.
POEx = Puntuación de la oferta (x) que se valora
⎢⎣Cmx − Cmb ⎥⎦
Todos los importes se consideran excluido el IVA,IGIC ó IPSI en su caso.
Oferta económica (Cx): Se utilizará el precio contenido en la correspondiente proposición económica
17.2.1.2.-OTROS CRITERIOS
15 Alimentación y Medio Ambiente
(Ver instrucciones de cumplimentación)
Se valorará hasta un máximo de puntos.
La puntuación de otros criterios, distintos del precio, evaluables de forma automática mediante la aplicación de fórmulas (POCAX ) se determinará del siguiente modo:
Criterio…………: ……………………………….
Criterio…………: ……………………………….
Criterio…………: ……………………………….
17.2.1.3.-PUNTUACION TOTAL DE LOS CRITERIOS EVALUABLES MEDIANTE FORMULAS
La puntuación para cada oferta de los criterios evaluables mediante fórmulas será: VEX = POEX + POCAX
La valoración VEx se redondeará al segundo decimal
17.3.- VALORACIÓN GLOBAL DE LA OFERTA:
La puntuación total (PTX ) de cada oferta se obtendrá del siguiente modo:
PTX = POTX + POEX + POCAX
La puntuación total (PTX) se redondeará al segundo decimal y deberá ser menor o igual a 100 puntos
18.- COMPENSACIÓN POR RENUNCIA A LA CELEBRACIÓN DEL CONTRATO Y DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN POR LA ADMINISTRACIÓN. (Cláusula 22) |
Importe máximo de indemnización: una cuantía máxima del …………% del presupuesto base de licitación (IVA o en su caso IGIC ó IPSI excluido), previa solicitud del licitador y justificación documental |
19.- ASEGURAMIENTO DE LA RESPONSABILIDAD CIVIL. (Cláusulas 25,43) |
NO se exige. SI se exige con los requisitos siguientes: (Ver instrucciones de cumplimentación) |
Seguro de Responsabilidad Civil por importe de: € Póliza de seguro de accidentes con una cobertura mínima de ……………………………………….EUROS (……………..€) por víctima La cobertura, duración y condiciones son las siguientes: ……………………………………………………………………………. |
20.-PLAZOS DE EJECUCIÓN DEL SUMINISTRO Y LUGAR DE ENTREGA Y EN SU CASO INSTALACION DE LOS BIENES Y DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO (Cláusulas 33, 47) |
20.1.- EXIGENCIA DE PLAZOS PARCIALES: NO SÍ Plazos parciales exigidos: (detallar) 20.2.- PLAZO MÁXIMO DE EJECUCIÓN: meses Se admite reducción del plazo de ejecución: NO SÍ hasta un plazo mínimo de ejecución de meses 20.3.- LUGAR DE INSTALACION DE LOS BIENES Y EN SU CASO DE PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO: |
En dependencias de la Administración: Justificación: Entrega de los pedidos empaquetados y con su correspondiente albarán, ordenados y con Nota de distribución para su correcto control. |
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En dependencias de la empresa adjudicataria. Otros, indicar: …………………………………………………………………………………………… 20.4.- LUGAR DE ENTREGA DE LOS BIENES Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxxxx, 00, 0x xxxxxx, 00000 Xxxxxx |
21. PROGRAMA DE TRABAJO (Cláusula 29) |
No se exige. Sí se exige |
Descripción del programa de trabajo requerido: |
22. VALORACIÓN Y PAGO (Cláusula 41) |
22.1.- VENCIMIENTOS EN QUE SE REALIZARAN LOS PAGOS EN CONTRATOS DE TRACTO SUCESIVO 22.2.-PERIODICIDAD Y ALCANCE DE LAS CERTIFICACIONES: 22.3.- Pago mediante entrega de bienes: (Artículo 294 del TRLCSP ) : |
No se establece. Sí se establece. Descripción de los bienes que entrega la Administración: ………………………………………………………………………………………………………………… 22.4.- ABONOS A CUENTA POR OPERACIONES PREPARATORIAS (Artículo 216.3 del TRLCSP ) : |
No se establecen. Sí se establecen: Sí se establecen por ciento del importe total del contrato 1.- OPERACIONES PREPARATORIAS SUSCEPTIBLES DE ABONOS A CUENTA. |
2.- CRITERIOS Y FORMA DE VALORACION DE LAS OPERACIONES PREPARATORIAS. 3.- PLAN DE AMORTIZACION DE LOS ABONOS A CUENTA Aseguramiento de los abonos a cuenta:…………………………por la por la totalidad de su importe. Amortización de los abonos a cuenta por ciento en cada uno de los pagos parciales. 22.5.- DATOS QUE DEBEN CONSTAR EN LAS FACTURAS (Disposición final sexta. Cuatro.2, del Real Decreto-ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo:): Organo de contratación: AGENCIA DE INFORMACIÓN Y CONTROL ALIMENTARIOS, OA (Q2871011I) CODIGO DIR ORGANO GESTOR: E04973101 CODIGO DIR UNIDAD TRAMITADORA: XX0000000 CODIGO DIR OFICINA CONTABLE: EA0003147 22.6.- REGISTRO EN EL QUE SE PRESENTARÁN LAS FACTURAS: Punto único de entrada FACe o Registro de AGENCIA DE INFORMACIÓN Y CONTROL ALIMENTARIOS, OA, según soporte de la factura emitida. |
23. REVISIÓN DE PRECIOS (Artículo 89 TRLCSP) (Cláusulas 5, 42) |
PROCEDE REVISION DE PRECIOS: NO SÍ (Supuestos de suministro de fabricación) Si procede la revisión de los precios, esta se realizará conforme a la siguiente fórmula, de las aprobadas por Real Decreto 1359/2011, de 7 de octubre, por el que se aprueba la relación de materiales básicos y las fórmulas-tipo generales de revisión de precios de los contratos de obras y de contratos de suministro de fabricación de armamento y equipamiento de las Administraciones Públicas.: Si el precio no fuese revisable, solo se modificará dicha circunstancia por la prórroga del plazo de ejecución del contrato, siempre que ésta esté motivada por causas imputables a la Administración o por causas de fuerza |
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mayor, entendiendo por tales las establecidas en el artículo 231 del TRLCSP; en este supuesto la revisión se realizará conforme a la siguiente fórmula, de las aprobadas por Real Decreto 1359/2011, de 7 de octubre, por el que se aprueba la relación de materiales básicos y las fórmulas-tipo generales de revisión de precios de los contratos de obras y de contratos de suministro de fabricación de armamento y equipamiento de las Administraciones Públicas: |
24. EVENTUAL PRÓRROGA DEL CONTRATO (Cláusula 34, 42) |
NO PREVISTA Está PREVISTA su posibilidad con un PLAZO MÁXIMO: conforme a los artículos 23 del TRLCSP Circunstancias que, en su caso, serán de aplicación durante el periodo de vigencia de la prórroga: |
25. CONDICIONES DE EJECUCIÓN (Cláusulas 16, 35, 44, 45, 46, 53, 54 y 55) |
25.1.-OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES Son obligaciones esenciales de ejecución las siguientes 1.-Adscripción de los medios específicos que se señalan en el Apartado…. del Anexo III (Artículo 64.1, 64.2 del de TRLCSP). Se exige: NO SÍ 2.-Puntual observancia de las características de la prestación que se hayan tenido en cuenta para definir los criterios de adjudicación (Artículo150.6 del TRLCSP). 3.-El cumplimiento de las obligaciones establecidas en las cláusulas 54 y 55 4.-Incumplimiento de la obligación de suministrar información sobre pagos a subcontratistas o suministradores (Artículo 228. Bis del TRLCSP) 5.- Otras: (señalar) 25.2.-CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCION |
Son condiciones especiales de ejecución las siguientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo 118 del TRLCSP. 1.-Condiciones de carácter social:. Se exigen: NO SÍ Se exigen los siguientes: Proporción de trabajadoras igual o superior a la media nacional en de las empresas que suministren los mismos bienes. Proporción de trabajadores fijos en la ejecución del contrato superior al 20% En la ejecución del contrato porcentaje de trabajadores con discapacidad igual o superior al 1 % Ejecución del contrato con estricto cumplimiento de la legislación sobre prevención de riesgos laborales |
Otras (señalar)…………………………………………………. 2.- Condiciones de carácter medioambiental. Se exigen: NO SÍ Se exigen los siguientes: 3.- Deber de confidencialidad sobre los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato, o que el contratista conozca con ocasión de su ejecución (Artículo 140.2 del TRLCSP). Se exige: NO SÍ 4.- El cumplimiento de las exigencias mínimas de subcontratación siguientes (Artículo 227.7 del TRLCSP): ………………………………………………………………………………………………………………………. 5.- Otras: (señalar): …………………………………………………………………………………………….. |
26. SUBCONTRATACIÓN (Artículo. 227 del TRLCSP) (Cláusula 40) |
a) No se admite.. |
21 Alimentación y Medio Ambiente
b) Si se admite. c) Se exige (Artículo 227.7 del TRLCSP): Será obligatoria la subcontratación de las siguientes partes del contrato para su ejecución por empresas especializadas que cuenten con la habilitación profesional que a continuación se indica: Parte a subcontratar: …………………………………………………………………………………….. Habilitación profesional del subcontratista: A todos los efectos establecidos en el presente Pliego, el límite máximo aplicable para la subcontratación es: |
El máximo legal del 60% El máximo exigible (artículo 227.7 del TRLCSP) del 50% El siguiente límite especial: % |
27. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO en los términos del los artículos. 105 y 106 del TRLCSP (Cláusula 4, 37) |
NO PREVISTA. PREVISTA. De acuerdo con los artículos 105 y 106 del TRLCSP, el contrato podrá ser modificado: 1.- Cuando se cumplan las siguientes condiciones y circunstancias: - - 2.- Con el alcance y límites siguientes: - Relación de prestaciones que pueden ser modificadas: - Porcentaje máximo del precio del contrato al que la modificación puede afectar: % - Fórmula para su aplicación: El contrato no podrá ser modificado por ninguna condición y circunstancia no incluida en este apartado excepto las que respondan a los supuestos especificados en el artículo 107 del TRLCSP. |
En cualquier caso, el procedimiento para su modificación será el establecido en el artículo 108 del TRLCSP |
28. INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES CONTRACTUALES. (Cláusula 35) |
28.1.- DEMORA Penalidades por demora: a) Las penalidades diarias, sus cuantías y las condiciones de su imposición son las establecidas en el artículo 212 del TRLCSP. b) El Órgano de Contratación, dadas las características de la licitación que se propone, y en base a la justificación recogida en el expediente, establece para este contrato, de acuerdo con el artículo 212 del TRLCSP la imposición de las penalidades diarias en la proporción de por cada 1.000 euros del precio del contrato. |
28.2.- INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES ESENCIALES De acuerdo con el artículo 223.f del TRLCSP el incumplimiento de las obligaciones contractuales esenciales será causa de resolución del contrato 28.3.- INCUMPLIMIENTO DE LAS CONDICIONES ESPECIALES DE EJECUCION Una penalidad en la proporción de 0,20 euros por cada 1.000 euros del precio del contrato (con un máximo de hasta un 10 por ciento del presupuesto del contrato). 28.4.- CUMPLIMIENTO DEFECTUOSO NO SI De acuerdo con el artículo 212 del TRLCSP la imposición de las penalidades en cuantía del 5% del presupuesto de licitación del contrato. (con un máximo de hasta un 10 por ciento del presupuesto del contrato 28.5.- INCUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS RELATIVAS A LA SUBCONTRATACIÓN El incumplimiento de las condiciones establecidas en el artículo 227.2 del TRLCSP para proceder a la subcontratación, así como la falta de acreditación de la aptitud del subcontratista o de las circunstancias |
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determinantes de la situación de emergencia o de las que hacen urgente la subcontratación, podrá dar lugar, en todo caso, a la imposición al contratista de una penalidad de hasta un 50 por 100 del importe del subcontrato. |
29. CAUSAS DE RESOLUCION DEL CONTRATO (Artículo. 299 del TRLCSP) (Cláusula 51) |
29.1.- Las recogidas en los artículos 85, 223 y 299 del TRLCSP a) No se establecen plazos distintos de los establecidos en el artículo 299 del TRLCSP. b) El plazo aludido en el apartado a) del artículo 299 referente a la suspensión por causa imputable a la Administración se fija para este Pliego en meses (siempre inferior a 6) c) El plazo aludido en el apartado b) del artículo 299 referente al desistimiento o suspensión del contrato acordado por la Administración se fija para este Pliego en meses (siempre inferior a 12) La opción de aplicación al presente Pliego será la señalada con X en el correspondiente recuadro y en defecto de lo anterior, será la a). 29.2.- El incumplimiento de las obligaciones contractuales esenciales que se señalan en el Apartado 25 de este Cuadro de Características. 29.3.- La centralización del servicio declarada por la autoridad competente del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, “sin que dé lugar a indemnización alguna a favor del adjudicatario” 29.4.- Las siguientes: La pérdida sobrevenida de los requisitos para contratar con la Administración. La obstrucción a las facultades de dirección e inspección de la Administración. El incumplimiento de la obligación del contratista de guardar sigilo respecto de los datos o antecedentes que, no siendo públicos o notorios, estén relacionados con el objeto del contrato y de los que tenga conocimiento con ocasión de la ejecución del mismo |
30. RECEPCIÓN (Cláusula 48) |
PLAZO: a) El plazo es el establecido en el artículo 222.2 del TRLCSP. b) El Órgano de Contratación, dadas las características de la licitación que se propone establece para este |
contrato un plazo máximo para la celebración de la recepción o conformidad de días naturales a partir de la fecha de entrega o realización del objeto del contrato. Las características que dan lugar a este plazo son: ……………………………………………………………………………………………………………… ……………………………………………………………………………………………………………..- PREVISIÓN DE RECEPCIONES PARCIALES. a) No procede b) Se establecen las siguientes: Se podrán realizar entregas de cheques sobre pedido, sin que la suma de los importes de los pedidos supere el presupuesto máximo de adjudicación FORMA DE RECEPCIÓN (Artículos 222 y 292 del TRLCSP; Cláusula 48): ACTO FORMAL Y POSITIVO DE RECEPCIÓN O CONFORMIDAD DE LOS BIENES SUMINISTRADOS Y, CUANDO PROCEDA DE LOS TRABAJOS DE INSTALACIÓN. |
31. PLAZO DE GARANTÍA (Cláusula 49) |
NO se establece. Justificación: SI se establece: 12 meses a partir de la recepción (Artículos 222.3 y 298 del TRLCSP) |
32. DOCUMENTOS QUE REVISTEN CARÁCTER CONTRACTUAL |
Sin perjuicio de las obligaciones adicionales asumidas por el adjudicatario al formular su proposición, revestirán carácter contractual los siguientes documentos: - El pliego de cláusulas administrativas particulares - El pliego de prescripciones técnicas. - Cuantos otros documentos técnicos integren el expediente aprobado por la Administración. - En su caso, el programa de trabajo aceptado por la Administración. - El documento de formalización. |
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33. OBTENCIÓN DE DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN |
(Ver instrucciones de cumplimentación) La obtención de documentación e información se realizará en las siguientes direcciones de Internet, correo electrónico, fax y telefóno: Internet: xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx.xx. xxx.xxxx.xxx.xx Organo de contratacion: Correo electrónico: xxxxx@xxxxxx.xx Fax: 00 000 00 00 Teléfono 00 000 00 00 Otros (Señalar): ............................................................................................................................................................. |
34. LUGAR DE PRESENTACIÓN DE OFERTAS Y SUBSANACIONES REQUERIDAS (Cláusula 15) |
Las ofertas, así como la documentación de subsanación requerida, se presentarán en el Registro del AGENCIA DE INFORMACIÓN Y CONTROL ALIMENTARIOS, OA, X/ Xxxxxxx Xxxxxxxx, 00, 0x planta – 00000 Xxxxxx- El Órgano de Contratación determinará en el requerimiento de subsanación el lugar donde debe ser presentada la documentación |