CONTRATO DE DISTRIBUCIÓN
CONTRATO DE DISTRIBUCIÓN
REUNIDOS
De una parte, SPANISH AOSOM S.L., con domicilio en XXXXX XXX XXXX 00, 00000, XXX XXXXXXXXX XX XXXXXXX, XXXXXXXXX, XXXXXX, C.I.F./N.I.F. núm. B66295775 e inscrita en: REGISTRO MERCANTIL DE BARCELONA, con los siguientes datos: TOMO: 44327, FOLIO 203, HOJA B 452880, INSCRIPCIÓN 1. En adelante, el "PROVEEDOR".
De otra parte, , mayor de edad, con domicilio en , D.N.I. núm. , quien actúa en calidad de y, por tanto, en nombre y representación de , con domicilio en , C.I.F./N.I.F. núm. e inscrita en: , con los siguientes datos: . En adelante, el "DISTRIBUIDOR".
El PROVEEDOR y el DISTRIBUIDOR, en adelante, podrán ser denominados, individualmente, "la Parte" y conjuntamente, "las Partes", reconociéndose mutuamente capacidad legal suficiente para contratar y obligarse en la representación que actúan,
MANIFIESTAN
PRIMERO: Que el PROVEEDOR es una empresa especializada en el suministro de productos para las categorías terraza y jardín, hogar, infantil y puericultura, deportes, mascotas, herramientas, juguetes y ocio.
SEGUNDO: Que el DISTRIBUIDOR está interesado en la compra o distribución de los productos del PROVEEDOR, queriendo vender los productos de las categorías mencionadas mediante sus canales de venta a sus clientes finales o bien los adquiere para un uso privado.
TERCERO: Que las Partes establecieron las modalidades que regirán la distribución de los productos y servicios del PROVEEDOR y desean celebrar un Contrato formal en los términos y condiciones expuestos en este documento.
En su virtud, ambas partes acuerdan formalizar el presente contrato de distribución, en adelante el "Contrato", que se regirá por las normas generales de contratación y, en especial, por las siguientes:
ESTIPULACIONES
PRIMERA.- DEFINICIONES
En lo que se refiere a este Contrato:
1.1. "Productos y servicios" significará los productos y servicios recogidos en el manifiesto primero del Contrato.
1.2. "Territorio" significará: España y Portugal, se excluyen las Islas Canarias, Ceuta, Melilla, los archipiélagos xx Xxxxxxx y las Islas Azores. Esta será la zona geográfica en la que se aplicará el presente contrato y donde el PROVEEDOR realizará los envíos.
1.3. “Cliente del DISTRIBUIDOR” significará el cliente final que compra al DISTRIBUIDOR a través de sus canales de venta y la gestión del envío se realizará mediante la logística contratada por el DISTRIBUIDOR.
SEGUNDA.- OBJETO DEL CONTRATO
2.1. En virtud del Contrato, el DISTRIBUIDOR se obliga a distribuir los Productos y servicios que el PROVEEDOR produce y comercializa, a darles visibilidad en sus canales de venta con el fin de incrementar las ventas de los productos del PROVEEDOR, en los términos y condiciones previstos en el Contrato y en todos sus Anexos, en caso de que existieran.
2.2. El DISTRIBUIDOR actuará siempre como una empresa independiente, en su nombre y por cuenta propia, y nada de lo aquí pactado deberá interpretarse como autorización al DISTRIBUIDOR para actuar como representante del PROVEEDOR, para comprometerse en su nombre o para dirigir su empresa en nombre o por cuenta del PROVEEDOR y/o de ninguna de sus compañías afiliadas, o en general, obligarlas de alguna manera distinta a las que aquí se establecen de forma explícita.
2.3. El presente contrato no implica ninguna exclusividad para las Partes contratantes.
TERCERA.- LAS OBLIGACIONES DEL DISTRIBUIDOR
3.1 El DISTRIBUIDOR se compromete a:
a) pagar al PROVEEDOR el precio convenido por los productos y servicios que pretende distribuir; en los términos y de acuerdo con los medios de pago pactados.
b) si la distribución de los Productos y servicios supone la necesidad de acceder a datos de carácter personal, el DISTRIBUIDOR, como encargado del tratamiento, estará obligado a cumplir la Ley 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD) y demás normativa aplicable. El DISTRIBUIDOR responderá, por tanto, de las infracciones en que pudiera incurrir por infracción de esta normativa.
c) el DISTRIBUIDOR responderá de los daños y perjuicios provocados al PROVEEDOR y de las reclamaciones que pueda realizar un tercero, y que tengan su causa directa en errores del DISTRIBUIDOR, o de su personal, en la ejecución del Contrato o que deriven de su falta de diligencia;
c) el DISTRIBUIDOR deberá de gestionar el servicio postventa, así como gestionar todas las incidencias del pedido y preguntas derivadas de desistimientos, devoluciones, garantías, etc. directamente con su cliente final.
d) no ceder este Contrato a terceras partes o nombrar subdistribuidores, sin el previo consentimiento escrito del PROVEEDOR.
e) especificar por escrito los canales de venta y de promoción que va a utilizar al PROVEEDOR.
CUARTA.- LAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR
4.1 El PROVEEDOR se compromete a:
a) suministrar en las fechas y modalidades convenidas, la cantidad de productos que solicite el DISTRIBUIDOR para su comercialización siempre que se disponga de stock suficiente;
b) asumir las obligaciones en materia de conformidad de los Productos, respondiendo por la garantía legal, por toda eventual garantía contractual de los Productos y por un eventual servicio posventa, y siendo el responsable en caso de falta de conformidad, vicios ocultos, productos defectuosos o con problemas de seguridad;
c) a despachar los pedidos de sus almacenes con un plazo de tiempo entre 24 y 72 horas laborales, según el tamaño del pedido y en los productos que se disponga de stock, siempre salvo causas de fuerza mayor. Si el producto solicitado no está disponible por cualquier razón, se avisará al DISTRIBUIDOR para que pueda proceder a la anulación del pedido.
d) a realizar todos los envíos con número de seguimiento y proporcionarlo al DISTRIBUIDOR siempre que este lo solicite.
QUINTA.- CONDICIONES FINANCIERAS
5.1. Precio de compra
El precio de los Productos será el que, en el momento de cada pedido, el DISTRIBUIDOR vea publicado en la tienda online xxx.xxxxx.xx o en xxx.xxxxx.xx en su panel de usuario. Durante el proceso de creación del pedido, el DISTRIBUIDOR podrá ver reflejados todos los precios antes de realizar el pago.
Adicionalmente, el DISTRIBUIDOR podrá obtener unos descuentos según el consumo que realice según las condiciones que se establezcan personalmente por email.
Las variaciones en los precios se efectuarán sin antelación previa a su puesta en vigor, comunicadas antes de la aceptación del pedido para que el DISTRIBUIDOR pueda aceptar o denegar el pedido. De esta forma, el PROVEEDOR se compromete en aplicar los precios indicados en el momento de finalización del pedido de compra.
En la posibilidad de que se produjese un error informático, manual, técnico, o de cualquier otro origen, el cual ocasione una alteración sustancial no prevista por el PROVEEDOR del precio de venta al público o de similares, de modo tal que este se transforme exorbitante o manifiestamente irrisorio, el pedido de compra se considerará inválido y nulo.
En el caso de que el DISTRIBUIDOR se encuentre en el régimen especial de comercio minorista, y sus facturas deban contar con RECARGO DE EQUIVALENCIA, deberá comunicarlo anticipadamente con el fin de que se refleje en la factura.
5.2. Pago
El DISTRIBUIDOR está obligado a pagar la totalidad de las facturas de todos los pedidos que realice durante el contrato. El pago de los pedidos se realizará al mismo momento de efectuar el pedido mediante una transferencia bancaria en la cuenta especificada por el PROVEEDOR, o bien, a través del pago online mediante tarjeta de débito o crédito dentro de la misma plataforma de compra.
Solamente después del pago del pedido, el PROVEEDOR empezará con la preparación y/o el consiguiente envió del mismo.
5.3. Precio de reventa
De conformidad con lo establecido en el artículo 4.a) del Reglamento de exención por categorías n° 330/2010 de la Comisión Europea, de 20 xx xxxxx de 2010, el DISTRIBUIDOR determina libremente, en su calidad de empresario independiente, los precios de reventa de los Productos y servicios a su clientela.
Sin embargo, el PROVEEDOR puede recomendar un precio de venta, o imponer un precio máximo y mínimo de reventa.
SEXTA.- PEDIDOS Y ENTREGAS
6.1 Los pedidos de compra de los Productos se realizarán por la plataforma de venta online: xxx.xxxxx.xx o bien por el medio escrito (email; siguiendo las especificaciones pertinentes en cada caso), indicando la referencia, el número de unidades y punto donde se tenga que realizar la entrega, junto con el nombre y apellidos del destinatario que se responsabilice de la recepción del pedido, tanto en los pedidos dirigidos a la dirección del Cliente del DISTRIBUIDOR como en los pedidos que se generen a las mismas instalaciones del DISTRIBUIDOR.
6.2 La entrega de los Productos se realizará a la dirección acordada entre el DISTRIBUIDOR y PROVEEDOR. Pudiendo enviar directamente al Cliente del DISTRIBUIDOR si el DISTRIBUIDOR lo especifica así en el momento de hacer el pedido. En ningún caso se usará este servicio para hacer DROPSHIPPING.
6.3 El PROVEEDOR no puede comprometerse a efectuar la entrega del pedido en la dirección acordada en un plazo de tiempo determinado debido a que se utilizan empresas de transporte ajenas a la propiedad del PROVEEDOR. Sin embargo, se procurará ofrecer un tiempo habitual para realizar las entregas en la península entre 24 a 96 horas laborables (de 1 a 4 días) y de 80 a 120 horas (de 4 a 5 días aprox.) para entregas en Islas Baleares, desde la confirmación del pago, en los envíos de productos que se disponga de stock en nuestros almacenes, siempre salvo causas de fuerza mayor. Si el producto solicitado no está disponible por cualquier razón, se avisará al DISTRIBUIDOR para que pueda proceder a la anulación del pedido.
6.4. La empresa de mensajería que el PROVEEDOR utiliza no tiene la obligación de llamar al DISTRIBUIDOR antes de hacer la entrega.
6.5 El servicio de mensajería es externo al PROVEEDOR. Sin embargo, por norma general, este realizará un máximo de dos intentos de entrega en la dirección acordada y podrá reflejar, para su consulta, el estado y los detalles del curso del envío en la página web del transportista. En caso de registrar una o varias ausencias en la entrega, el servicio de transporte devolverá los productos a origen, a las instalaciones del PROVEEDOR.
6.6 El DISTRIBUIDOR podrá pedir los números de seguimiento de los envíos al PROVEEDOR y este les podrá facilitar 24h después de su envío.
6.7 El servicio de transporte cubre exclusivamente la entrega de productos "a pie xx xxxxx", por lo que el transportista o empresa de transporte no subirá ni instalará la mercancía entregada, limitándose la entrega al cliente en las condiciones expuestas en el presente.
6.8. El PROVEEDOR puede negarse a suministrar los Productos de un pedido en caso de incumplimiento contractual del DISTRIBUIDOR, y particularmente, de su obligación de pago, o bien en caso de escasez de stock.
6.9 El DISTRIBUIDOR reconoce tener un perfecto conocimiento de las condiciones generales de venta y de entrega del PROVEEDOR y se compromete a respetarlas. En todo caso, las condiciones generales que rijan cada pedido serán las que el PROVEEDOR haya establecido en ese momento.
6.10 El PROVEEDOR no será responsable ante el DISTRIBUIDOR por ningún tipo de retraso o deficiencia en la entrega provocados por fuerza mayor, problemas laborales, daños o destrucción de la fábrica o almacenes, laboratorios o suministros, guerra, insurrección, tumultos, dificultades en la importación de materias primas, ordenanzas gubernamentales, embargos o cualesquiera otras contingencias más allá de su control.
SÉPTIMA.- CANCELACIONES, DESISTIMIENTOS Y DEVOLUCIONES
1. Cancelación: El DISTRIBUIDOR podrá cancelar el pedido realizado de forma gratuita si no ha salido de nuestros almacenes y aún no ha sido preparado para despacho. Se debe tener en cuenta que para ofrecer un servicio de entregas rápido el pedido puede estar preparado en menos de 1 hora y hasta de 72 horas laborables. Si el DISTRIBUIDOR cancela el pedido cuando éste ya ha salido, se encuentre ausente en su domicilio o se rechace el pedido en el momento de la entrega, el PROVEEDOR no devolverá el coste del producto al DISTRIBUIDOR. Además, tiene la potestad de penalizar al DISTRIBUIDOR con el pago de los gastos de envío y de vuelta del producto. De igual manera, el PROVEEDOR podrá cancelar el “Contrato” en caso de que este hecho se repita más de 2 veces.
2. Desistimiento: El DISTRIBUIDOR tiene derecho a desistir o proceder a la devolución del producto una vez recibido durante un período de 15 días naturales, sin indicar ningún motivo, siempre que el producto se encuentre en perfecto estado y el artículo se encuentre en las mismas condiciones de venta, y embalajes originales. En caso contrario se notificará la penalización económica proporcionalmente según el caso. El derecho a desistir es gratuito y se debe notificar antes del plazo, si bien los gastos de devolución por desistimiento correrán a cargo del DISTRIBUIDOR o Cliente del DISTRIBUIDOR en su caso.
Nótese que el derecho de desistimiento se aplicará desde la fecha de recepción de los productos por parte del DISTRIBUIDOR. No se aceptarán desistimientos 15 días después de que el DISTRIBUIDOR reciba los productos y los venda al Cliente del DISTRIBUIDOR posteriormente.
3. Las devoluciones por desistimiento deberían de generarse y gestionarse en las instalaciones del DISTRIBUIDOR siendo este último el encargado de generar la devolución del importe del pedido según las condiciones que éste tenga acordadas con su Cliente final. En caso de que un Cliente del DISTRIBUIDOR devuelva por desistimiento un pedido a las instalaciones del PROVEEDOR, este no se hará cargo de la devolución del importe.
En caso de aceptarse el derecho de desistimiento, El DISTRIBUIDOR debe enviar el producto a las instalaciones del PROVEEDOR en un plazo máximo de 10 días desde la notificación desistimiento. Una vez recibido el producto objeto de desistimiento a las instalaciones del PROVEEDOR, este procederá a la revisión del estado del mismo procediendo a su reembolso/abono según el método de pago utilizado.
4. En el caso de que el producto presentara algún defecto de fabricación imputable al PROVEEDOR, se procederá a la sustitución, al envío de pizas o a la reparación del producto, corriendo con los gastos de envío ocasionados. Queda excluida la garantía de los productos si han recibido, una vez entregados, algún deterioro por hechos externos, accidentes, etc. o si resultan dañados por un mal uso o utilización indebida o no siguiendo las instrucciones de uso indicadas.
Reembolso – En el caso de devolución o desistimiento, el reembolso del importe de compra será efectuado tras la validación del cumplimiento de las condiciones de devolución mencionadas anteriormente, procediendo si todo es correcto a la consiguiente devolución
del importe en forma de ABONO en la emisión de la próxima factura según la periodicidad acordada.
Por defecto en el producto – Todos los productos se entregan verificados y en perfecto estado, si bien, se aceptarán devoluciones de productos por defecto de los mismos, siempre que estos defectos sean imputables a errores o defectos de fabricación acreditables, en los términos que fija la legislación vigente, en cuyo caso de ser aceptada la devolución por defecto imputable al PROVEEDOR, los costes de devolución del producto correrán a cargo del PROVEEDOR, procediendo, de igual modo, si todo es correcto, a la consiguiente devolución del importe en forma de ABONO en la emisión de la próxima factura según la periodicidad acordada.
Por todo ello el DISTRIBUIDOR debe, cuando reciba el paquete, comprobar su estado. Si el pedido parece dañado, deberá:
• Realizar por escrito una reclamación a la agencia de transporte justo en el momento de recibir su paquete.
• Tomar una fotografía del paquete y de su estado.
• Ponerse en contacto con el PROVEEDOR
• Conservar el producto en su embalaje original, no desprenderse de las cajas o materiales de embalaje que lleve su paquete para poder hacer una correcta devolución y poder reclamar a la agencia de transporte.
OCTAVA.- GARANTÍA
El PROVEEDOR establece con carácter general una garantía total de los artículos por un periodo de 2 AÑOS, a partir de la fecha de entrega de los mismos. Esta garantía cubre los deterioros que se produzcan y que sean imputables a defectos de fabricación.
Si bien quedarán excluidos de garantía:
• Averías o desperfectos producidos por una incorrecta utilización o malos tratos sobre el producto.
• Desperfectos del producto debidos al deterioro habitual por uso, montaje o manipulación incorrecta del DISTRIBUIDOR o Cliente final.
• Productos que hayan sido manifiestamente manipulados por parte del cliente o por personal ajeno al PORVEEDOR.
• Daños ocasionados en el producto por roces sobre cualquier superficie.
• Deterioros por efecto del rozamiento del viento, exposición a la intemperie que pueden sufrir deterioro y abrasión de los tejidos o materiales del producto. Dicho efecto no está cubierto por la garantía. (Carpas, invernaderos, mobiliario de exteriores, etc.)
• Daños derivados de un uso indebido, ni de la exposición a las condiciones meteorológicas adversas, de la exposición a un calor excesivo, de la instalación, montaje y colocación
inadecuados, de un abuso físico o químico, o daños causados por un cuidado y mantenimiento inadecuados.
• Arrugas y/o pliegues por almacenamiento y enrolle de toldos, carpas y/o similares.
• Daños ocasionados como consecuencia de catástrofes naturales, casos fortuitos, atentados terroristas, daños dolosos e incendios o fuerzas mayores causadas por agentes atmosféricos (vientos, tormentas, granizo, nieve, lluvia torrencial, etc.) y cualquier otro supuesto que pudiera ocurrir o suceder ajeno a la responsabilidad y/o culpa del PROVEEDOR, sus empleados y productos, enumerándose todas ellas a título enunciativo, y no exhaustivo.
En el caso de que algún artículo no disponga de esa garantía por su naturaleza (ejemplo: artículos personalizados u artículos suministrados e adquiridos especialmente para el DISTRIBUIDOR.
Recambios, piezas y sustituciones:
Cuando un producto sea apto para el uso de la garantía, después de su comprobación, se procederá a la sustitución, al envío de piezas o a la reparación del producto, corriendo con los gastos de envío ocasionados por parte del PROVEEDOR.
El PROVEEDOR no dispondrá de piezas o recambios de partes de artículos para vender al DISTRIBUIDOR.
NOVENA.- PROPIEDAD INTELECTUAL E INDUSTRIAL
9.1 Las marcas, logotipos, nombres comerciales y otros signos distintivos que permiten identificar los Productos y servicios están protegidos por la Ley. Estos derechos intelectuales continúan siendo exclusiva propiedad del PROVEEDOR.
9.2. El PROVEEDOR autoriza al DISTRIBUIDOR a utilizar las marcas, logotipos, nombres comerciales y otros signos distintivos de los Productos y servicios distribuidos durante la vigencia del presente contrato, y exclusivamente para la promoción y publicidad de los Productos y servicios del PROVEEDOR, en cualquier medio y soporte, conforme a la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas. El DISTRIBUIDOR no tiene ningún derecho de propiedad sobre las marcas, nombres comerciales, ni los logotipos, y se obliga a preservar en todo momento los derechos del PROVEEDOR sobre los mismos.
9.3 El DISTRIBUIDOR dará cuenta al PROVEEDOR de toda falsificación de los Productos, de toda práctica de competencia desleal o de cualquier otra práctica ilícita susceptible de perjudicar los Productos y servicios. El PROVEEDOR defenderá sus Productos a su exclusiva xxxxx y tomará las medidas apropiadas para hacer cesar rápidamente los daños a los Productos.
DECIMOPRIMERA.- APLICACIÓN Y MODIFICACIONES
11.1 Las Partes acuerdan que el presente contrato anula, remplaza y prevalece sobre cualquier acuerdo anterior, oral o escrito, entre las Partes, y que contiene la totalidad de los pactos convenidos.
11.2 El Contrato solo podrá ser rectificado, modificado o resuelto por escrito firmado por las Partes.
11.3 La renuncia, explícita o implícita, por cualquiera de las Partes de cualquier derecho contenido en el Contrato o a actuar ante cualquier incumplimiento u omisión de la otra, no se considerará como una renuncia de cualquier otro derecho ni de la posibilidad de reclamar por cualquier otro incumplimiento u omisión.
DECIMOSEGUNDA.- INTEGRIDAD DEL CONTRATO Y ANULABILIDAD
12.1 Las Partes reconocen que, en caso de existir, en este instante o en un futuro, documentos Anexos y/o adjuntos al presente Contrato, estos forman parte o integrarán el mismo, a todos los efectos legales.
12.2 Si se diese el caso de que una o varias cláusulas devinieran ineficaces o fuesen anulables o nulas de pleno derecho, se tendrán por no puestas, manteniendo el resto del Contrato toda su fuerza vinculante entre las Partes. Llegado este caso, las Partes se comprometen, si fuera necesario, a negociar de forma amigable y/o de buena fe un nuevo texto para aquellas cláusulas o partes del Contrato afectadas.
DECIMOTERCERA.- RESERVA Y CONFIDENCIALIDAD
13.1 Durante la vigencia de este Contrato, y durante los dos años posteriores a su terminación, las Partes deberán mantener en secreto y confidencialmente todas las informaciones que les hayan sido comunicadas como tal por la otra Parte durante la ejecución de este contrato. La obligación de este artículo no se aplicará a:
a) toda aquella información que sea del dominio público, o
b) toda aquella información de que las Partes dispusieren antes de haberle sido facilitada por la otra Parte; y
c) toda aquella información legalmente adquirida por las Partes xx xxxxxxx distintas a la otra Parte.
13.2 Las Partes se comprometen a utilizar estas informaciones únicamente para la distribución de los Productos y servicios. Igualmente, se comprometen a no explotar, por cuenta propia o de un tercero, directa o indirectamente, toda o parte de estas informaciones.
DECIMOCUARTA.- DURACIÓN DEL CONTRATO
14.1 Este Contrato tendrá efecto a partir de la fecha referida en el encabezamiento del presente documento.
14.2 El Contrato tendrá una validez indeterminada. Cada una de las Partes podrá ponerle fin en cualquier momento, sin tener que justificar su decisión, con la condición de respetar un preaviso de ruptura que deberá ser enviado por escrito, antes de dos (2) meses del cese efectivo de las relaciones contractuales descritas en el presente contrato.
DECIMOQUINTA.- FUERZA MAYOR
15.1 El retraso en el cumplimiento o el no cumplimiento de cualquier obligación de las Partes no será considerado una omisión o un incumplimiento del Contrato en caso de deberse a causas de fuerza mayor y de haber avisado la Parte afectada por escrito a la otra Parte al respecto.
15.2 Se entenderá por "fuerza mayor": inundación, incendio, explosión, avería en la planta de producción, cierre patronal, huelga, disturbio civil, bloqueo, embargo, mandato, ley, orden, regulación, ordenanza, demanda o petición de cualquier Gobierno o de cualquier subdivisión o representante de este, o cualquier otra causa, que esté fuera del control de la Parte involucrada, sin que pueda entenderse que la falta de fondos constituye una causa de fuerza mayor.
15.3 La Parte afectada por la fuerza mayor hará todo lo posible para eliminar su causa, y la exigibilidad de la obligación cuyo cumplimiento se haya visto afectado por la fuerza mayor se suspenderá hasta diez (10) días después de que la fuerza mayor deje de impedir o retrasar el cumplimiento. Lo aquí previsto no obligará a ninguna de las Partes a solucionar huelgas o conflictos laborales en contra de su voluntad.
DECIMOSEXTA.- RESOLUCIÓN
16.1 El presente Contrato podrá ser resuelto por cada una de las Partes, a su elección, y sin perjuicio de la responsabilidad en la que incurra la otra Parte por su incumplimiento contractual, en cualquier momento por "causa justificada", descrita aquí como:
a) el incumplimiento por la otra parte de alguna de las condiciones u obligaciones esenciales de este Contrato que no sea corregido en el plazo de treinta (30) días a partir de la notificación escrita enviada para que así se haga; o
b) cualquier acto u omisión por parte del DISTRIBUIDOR que afecte negativa y esencialmente a los intereses del PROVEEDOR en la promoción, comercialización o distribución de los Productos; o
c) en caso de ocurrir cualquiera de los acontecimientos o actos siguientes:
- que la otra Parte cese en su actividad, se halle incursa en procedimiento de ejecución universal o se trabe embargo sobre parte sustancial de sus bienes o uno o más embargos sobre los mismos resulten sin efecto;
- cuando a cualquiera de las Partes se le niegue el ejercicio de los derechos esenciales que tiene reconocidos en virtud de este documento, por cualesquiera leyes, reglamentos gubernamentales, mandamientos, decretos judiciales, tratados u otras normas, decretadas o promulgadas por autoridad competente, o
- en caso de que cualquiera de las Partes cambie de propietario.
16.2 Cuando de acuerdo con el apartado anterior se comunique la resolución, este Contrato se considerará finalizado a partir de la fecha de envío de la comunicación escrita, de conformidad con lo dispuesto en la estipulación decimoctava.
16.3 El hecho de que la Parte no utilice una de las causas previstas en esta estipulación para resolver el Contrato no será considerada nunca como una renuncia a sus derechos derivados del incumplimiento de la otra Parte ni limitará sus derechos para hacerle cumplir las obligaciones derivadas del presente contrato.
DECIMOSÉPTIMA.- DERECHOS TRAS LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO
17.1 A la finalización de este Contrato, por transcurso del plazo u otra razón, xxxxxxx y quedarán resueltos todos los derechos, y obligaciones aquí contenidos. No obstante, la finalización de este Contrato:
a) no liberará a las Partes de ninguna de sus obligaciones derivadas de este documento, incluidas pero no únicamente, las obligaciones de confidencialidad o de devolver a la otra Parte lo que es de su propiedad y;
b) no resolverá ni dará derecho a resolver nada de lo ejecutado o ningún pago efectuado, ni ninguna otra prestación realizada por cualquiera de las Partes de este documento, antes de la fecha de su finalización.
17.2 La finalización de este Contrato representará la resolución de todos los pedidos efectuados por el DISTRIBUIDOR al PROVEEDOR y aún no servidos.
17.3 A la finalización, por la razón que sea, de este Contrato, los stocks de Productos que tenga el DISTRIBUIDOR serán saldados y pagados de forma normal, no pudiéndose devolver al PROVEEDOR ni éste tener la obligación de ofrecer un precio de recompra.
DECIMOCTAVA.- NOTIFICACIONES
18.1 Todas las comunicaciones que en virtud de este documento deban o debieren ser enviadas lo serán por un medio fehaciente que deje constancia del momento en que ha sido enviada, a qué dirección ha sido enviada y el momento de su recepción por la otra Parte, y se interpretarán como correctamente enviadas al PROVEEDOR o al DISTRIBUIDOR, si se
dirigen a las direcciones de los mismos que figuran en este contrato, teniendo en cuenta que cada una de las Partes puede, por medio de notificación escrita enviada a la otra Parte, cambiar la dirección a la que deban mandarse cualesquiera comunicaciones o pedidos.
18.2 No obstante, siempre y cuando sea posible garantizar la autenticidad del emisor, del destinatario, y del contenido del mensaje, y con el objetivo de mantener una comunicación fluida entre las Partes, se facilitan las siguientes direcciones de correo electrónico:
El PROVEEDOR: xxxxx@xxxxx.xx El DISTRIBUIDOR:
DECIMONOVENA.- LEGISLACIÓN APLICABLE
19.1 Este Contrato, especialmente, pero no solo lo que se refiere a su formación, validez, interpretación, firma, existencia, ejecución y terminación, así como todos los términos y condiciones de cualesquiera operaciones realizadas en virtud del mismo serán regidos e interpretados en todos los sentidos de acuerdo a las leyes españolas, y en especial de conformidad con el Código de Comercio y la legislación comunitaria.
19.2 El presente contrato tiene carácter mercantil, no existiendo vínculo laboral alguno entre PROVEEDOR y DISTRIBUIDOR.
VIGÉSIMA.- JURISDICCIÓN
20.1 En caso de controversia, diferencia, conflicto o reclamación en cuanto al Contrato, o en relación con el mismo, las Partes, con renuncia a su propio fuero en lo menester, acuerdan que se someterán a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales competentes del domicilio del DISTRIBUIDOR.
Y en prueba de conformidad y aceptación de todo lo establecido, ambas Partes firman todas las hojas de este Contrato en dos ejemplares y a un solo efecto, en el lugar y fecha señalados en el encabezamiento.