Contract
RELACIÓN DE PARTICIPANTES INVITADOS
Radiomóvil Dipsa, S.A. DE C.V.
Pegaso, PCS S.A. DE C.V.
AT&T Comunicaciones Digitales, S. de R.L. DE C.V.
1. DATOS GENERALES O DE IDENTIFICACIÓN DE LA INVITACIÓN A CUANDO MENOS TRES PERSONAS: |
Contratante.
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., en adelante NAFIN (Ente consolidador), de manera consolidada con el BANCO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, S.N.C., en adelante BANCOMEXT y ambas como LAS INSTITUCIONES, en cumplimiento de las disposiciones que establecen la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) y su Reglamento (RLAASSP), a través de la Subdirección de Adquisiciones, ubicada en Xxxxx Xxx, Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxxxx XX, 0x Xxxx, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Demarcación Xxxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx; con teléfono 555325-6000 ext. 8207 celebrarán la citada invitación a cuando menos tres personas, en adelante invitación, bajo la siguiente convocatoria:
Medios que se utilizarán para la Invitación y carácter de la misma.
La presente invitación es de carácter nacional electrónica mediante el uso del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet.
Número de invitación.
La presente invitación será identificada con el número y código de procedimiento, así como el expediente que se observa en el encabezado.
Ejercicio fiscal de la contratación.
La contratación de los servicios abarca los ejercicios fiscales 2022, 2023, y 2024.
Los recursos para los ejercicios 2023 y 2024 estarán supeditados para su ejercicio y pago a la autorización presupuestal que emita la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), para cada uno de los años de vigencia del contrato, de no contar con presupuesto aprobado para el ejercicio correspondiente, el contrato correspondiente que se formalice se dará por terminado anticipadamente, sin ninguna responsabilidad para LAS INSTITUCIONES.
Idioma.
NAFIN recomienda la lectura completa y cuidadosa de la presente convocatoria, con el fin de que elaboren debidamente sus proposiciones, en IDIOMA ESPAÑOL.
Disponibilidad presupuestaria.
Las instituciones cuentan con la autorización plurianual No. 2022-6-HIU-258 para Nafin y No. 2022-6-G0N-271 para Bancomext así como con la suficiencia presupuestal en la partida 31501, denominada Servicio de Telefonía celular.
La presente Invitación cuenta con la autorización de la Dirección General Adjunta de Administración y Finanzas de NAFIN por tratarse de una contratación consolidada (oficio DGAAYF / 096 / 2022).
2. OBJETO Y ALCANCE DE LA INVITACIÓN. |
Información específica de los servicios a contratar.
Descripción de los servicios:
Servicio de Telefonía Celular con dispositivos para oficina móvil (telefonía celular, internet, correo electrónico, contactos, agenda, capacidad de lectura para archivos de la suite office y PDF), con tecnología y sistema operativo de vanguardia, cobertura nacional e internacional, durante las 24 horas del día, los 365 días del año.
La descripción detallada de los servicios se encuentra en el Anexo 1 de esta convocatoria, denominado “Proposición Técnica”.
Agrupación de servicios en partidas. (No aplica para este proceso)
Precio máximo de referencia. (No aplica para este proceso)
Descripción de normas que deben cumplir los licitantes. (No aplica para este proceso) La subdirección de Servicios determinó que no le aplica ninguna de las normas oficiales mexicanas, normas mexicanas, normas internacionales, normas de referencia, o especificaciones conforme a la Ley de la Infraestrutura de la Calidad.
Método de validación de pruebas de acuerdo al artículo 29, fracción X de la LAASSP. (No aplica para este proceso)
Cantidades y tipo de contratación.
Servicio de Telefonía Celular con dispositivo móvil, las cantidades de los servicios a contratar son las que se citan en el Anexo A, denominado “Proposición Económica” y en el Anexo 1, denominado “Proposición Técnica”, de la presente invitación.
Los instrumentos que se formalizarán para la prestación de los servicios objeto de esta convocatoria, será un contrato abierto para cada una de LAS INSTITUCIONES, sujetos a las condiciones previstas en los Artículos 45 y 47 de la LAASSP.
Modalidad de contratación.
La modalidad bajo la que se desarrollará este proceso de invitación será la de esquema por puntos y porcentajes.
Tipo de adjudicación.
NAFIN asignará los contratos correspondientes a esta invitación a un sólo licitante.
Condiciones contractuales
Los contratos a celebrar con para las INSTITUCIONES iniciarán sus respectivas vigencias a partir del día 01 xx xxxxxx de 2022 concluyendo ambos al 30 de septiembre de 2024.
Los plazos para la entrega de los servicios se encuentran detallados en el Anexo 1 de la presente convocatoria y será realizada en los siguientes domicilios:
BANCOMEXT: Xxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxx. Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxx, X.X. 00000, Demarcación Territorial Tlalpan, Ciudad de México.
NAFIN: Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxx. Xxxxxxxxx Xxx, X.X. 00000, Demarcación Territorial Xxxxxx Xxxxxxx, Ciudad de México.
Los entregables por el servicio prestado objeto de la presente invitación, deberán entregarse a la persona que designen NAFIN y BANCOMEXT en las instalaciones de cada una de ellas.
El licitante ganador deberá entregar los dispositivos móviles con las especificaciones, características solicitadas por las INSTITUCIONES, con remisión correspondiente.
Es necesario que el personal del licitante ganador que realice las entregas tenga capacidad de respuesta (Sustitución y/o cambio de dispositivos móviles en mal estado o que no cumplan las especificaciones y calidad requerida), para solucionar cualquier anomalía o cualquier eventualidad que pudiera presentarse con los dispositivos móviles.
Una vez recibido el servicio, las áreas requirentes dispondrán de un plazo de 5 (cinco) días naturales para la revisión y en su caso aceptación de las facturas (CFDI) y en caso de que aplique, su complemento en XLM contra las remisiones correspondientes, al término de este plazo el área requirente deberá informar al proveedor las irregularidades identificadas para que éste realice las adecuaciones correspondientes y continúe el proceso de generar el CFDI (comprobante fiscal digital por internet) correcto basado en la remisión autorizada, para dar seguimiento al proceso de pago.
Tipo de cambio (No aplica para este proceso)
Seguros (No aplica para este proceso)
Deducciones
- Cada una de LAS INSTITUCIONES aplicarán por concepto de deducción por la prestación del servicio en forma parcial o deficiente (niveles de servicio) al licitante las siguientes:
Niveles de Servicio |
||||
Descripción |
Servicios |
Tolerancia |
Deducción (nivel de servicio) |
Fórmula de Cálculo y Aplicación |
Telefonía Celular
|
Tiempo Aire |
12 Horas |
5% Por cada 2 hrs adicionales sin servicio. |
(Renta mensual de la línea) * (N° líneas con indisponibilidad) * (% correspondiente a cada NS) |
Servicio de Datos
|
Tiempo Aire Servicio de Datos |
12 Horas |
5% Por cada 2 hrs adicionales sin servicio. |
(Renta mensual de la línea * N° líneas con indisponibilidad) * (%correspondiente a cada NS) |
Falla o Descompostura De Teléfono |
Diagnóstico
|
5 Días Hábiles a partir de la notificación al proveedor xx xxxxx. |
10% Por cada día adicional sin servicio. |
(Renta mensual de la línea * líneas con indisponibilidad) * (No. De días sin Servicio) * 10% |
Reparación Sustitución
|
10 Días Hábiles a partir de la notificación al proveedor xx xxxxx. |
10% Por cada día adicional sin servicio. |
(Renta mensual de la línea * líneas con descompostura) * (No. De días sin Servicio) * 10% |
La(s) deducciones a que se hace referencia este numeral, no podrá(n) rebasar individual o acumulativamente el equivalente al 10% (diez por ciento) del presupuesto máximo total del contrato que cada una de LAS INSTITUCIONES celebren y, en el evento de que el prestador de servicios alcance dicho máximo LAS INSTITUCIONES podrán optar por cancelar total o parcialmente el servicio aplicando la pena por incumplimiento correspondiente, lo anterior en términos del artículo 100 del Reglamento de la LAASSP, o bien optar por rescindir el contrato en términos de la LAASSP.
Obligación garantizada
Las obligaciones que contraiga el licitante ganador derivadas de los contratos que se formalicen, tendrán el carácter de divisibles.
En caso de incumplimiento por parte del licitante ganador a las obligaciones que tenga pactadas, se aplicará la pena por incumplimiento establecida en el punto 3.9.11 de la presente convocatoria y en su defecto, se hará efectiva la garantía de cumplimiento de los contratos.
Ajuste a la garantía de cumplimiento de contrato
En caso de que llegaran a presentarse cambios en el monto, plazo o vigencia de los contratos el licitante ganador deberá ajustar la garantía otorgada, para lo cual deberá entregar a LAS INSTITUCIONES, el endoso correspondiente dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma del convenio modificatorio correspondiente.
2.15. Desglose del presupuesto a ejercer.
Lo montos máximos y mínimos de cada ejercicio se establecerán en los respectivos modelos de contratos.
2.16 Relaciones contractuales
El licitante adjudicado se contituye como único patrón del personal que ocupe con motivo del cumplimiento de las obligaciones objeto de los contratos que se formalicen, y será el único responsable de las obligaciones a su cargo derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y de seguridad social; por lo mismo, responderá de todas las reclamaciones que el personal que ocupe para la prestación de los servicios presente en su contra o en contra de LAS INSTITUCIONES en relación con el objeto de los contratos, liberando a LAS INSTITUCIONES de cualquier responsabilidad legal, civil y de seguridad social frente al personal que utilice para la prestación de los servicios.
Asimismo, el licitante adjudicado responderá ante terceros, por cualquier responsabilidad o reclamación civil mercantil, penal, profesional, o de cualquier otra índole en que incurra el personal que utilice en la prestación de los servicios, liberando a LAS INSTITUCIONES de cualquier responsabilidad al respecto, afrontando cualquier responsabilidad legal, civil y de seguridad social frente al personal que utilice para la prestación de sus servicios.
El licitante ganador se obliga a fijar las tareas y supervisar las actividades del personal que utilice en la prestación de los servicios, por lo que LAS INSTITUCIONES en ningún momento serán consideradas como patrones solidarios de acuerdo a lo establecido en el artículo 15A de la Ley del Seguro Social.
LAS INSTITUCIONES se reservan el derecho de solicitar por escrito al proveedor en cualquier momento durante la vigencia de los contratos, la entrega de las altas y las constancias de las aportaciones obrero patronales al Instituto Mexicano del Seguro Social del personal propio que destine para la prestación de los servicios objeto de los contratos, las cuales se obliga a entregarlas a los 5 (cinco) días hábiles siguientes de la solicitud realizada por LAS INSTITUCIONES.
La comunicación entre LAS INSTITUCIONES y el proveedor se realizará a través de cada Administrador del contrato de LAS INSTITUCIONES, directamente con el representante legal o la persona designada por proveedor para este fin, considerando que deberá ser un empleado de planta de este último.
El licitante responderá ante terceros, por cualquier responsabilidad o reclamación civil mercantil, penal, profesional, o de cualquier otra índole en que incurra el personal que utilice en la prestación de los servicios, liberando a LAS INSTITUCIONES de cualquier responsabilidad legal, civil y de seguridad social frente a sus trabajadores de planta o de confianza.
Para el caso de que LAS INSTITUCIONES llegaran a erogar alguna cantidad derivada de algún tipo de reclamación o demanda instaurada por el personal que ocupe para prestar los servicios objeto de esta convocatoria, será el proveedor quien estará obligado a cubrir a LAS INSTITUCIONES, el pago de daños y perjuicios a que haya lugar.
En caso de que el proveedor realice la prestación de servicios objeto de esta convocatoria con personal que se encuentre bajo el régimen de servicios profesionales (Honorarios), no le será aplicable la presentación de los documentos señalados anteriormente. Lo anterior deberá manifestarlo bajo protesta de decir verdad mediante el Formato Anexo C “Manifiesto Tamaño de la Empresa” de esta Convocatoria.
3. FORMA Y TÉRMINOS QUE REGIRÁN LOS DIVERSOS ACTOS DEL PROCEDIMIENTO. |
Calendario de los actos.
Los licitantes únicamente podrán participar de manera electrónica a través del sistema CompraNet.
Acto |
Fecha |
Hora |
NOTA |
Junta de Aclaraciones
|
Fecha de inicio: 8 de julio de 2022 Fecha de conclusión: 11 de julio de 2022 9:30 hrs.
|
Las preguntas que presenten los licitantes en relación con la convocatoria, se les dará respuesta a través del Sistema CompraNet 24 horas después de concluido el periodo de aclaraciones.
Los actos de presentación y apertura de proposiciones, y fallo se llevarán a cabo sin la presencia de los licitantes, de conformidad con lo establecido en el segundo párrafo de la fracción II, del artículo 26 Bis, de la LAASSP. La firma de los contratos se realizará a través del Módulo de Formalización de Instrumentos Jurídicos de CompraNet . |
|
Visita a las instalaciones |
No se realizarán visitas |
||
Límite para registrar propuestas en CompraNet
Apertura de Proposiciones
|
15 de julio de 2022 |
10:59 hrs.
11:00 hrs. |
|
Fallo |
18 de julio de 2022 |
13:00 hrs. |
|
Fecha estimada para la firma de contrato (sujeta a ratificación o modificación en el acta de fallo). |
NAFIN / BANCOMEXT: 29/julio/2022 |
--------- |
Para todos los efectos las fechas y horas son las que se detallan en el presente calendario.
Aclaraciones a la convocatoria de la invitación.
En caso de dudas deberán enviarlas en el formato “Solicitud de Aclaraciones” identificado como Anexo 2 de esta convocatoria, a través del Sistema CompraNet, preferentemente en formato Word, en la sección mensajes Unidad Compradora/Licitantes, conjuntamente con sus preguntas el escrito a que hace referencia el artículo 33 bis de la LAASSP en el que expresen su interés de participar en la invitación a través del “Formato de escrito de interés en participar electrónicamente en la presente invitación” identificado como Anexo 3, por sí o en representación de un tercero, manifestando en todos los casos los datos generales del interesado y en su caso del representante, a partir del momento de la publicación de la convocatoria y hasta que finalice el periodo de aclaraciones establecido. Las solicitudes de aclaración que se reciban con posterioridad al plazo anterior no serán contestadas por la convocante.
NAFIN considerará la hora de recepción de las solicitudes que registre el sistema CompraNet.
Los licitantes se darán por notificados de las aclaraciones realizadas por la convocante, cuando éstas se encuentren publicadas en la página de CompraNet.
Con el envío del Acta de la Junta de Aclaraciones a los licitantes, atendiendo al número de solicitudes de aclaración contestadas, se señalará el plazo que éstos tendrán para formular por única ocasión las preguntas que consideren necesarias en relación con las respuestas remitidas. Estas aclaraciones no podrán versar sobre aspectos distintos a las originalmente planteadas por lo que deberán referirse a las respuestas emitidas por la convocante
Se podrá modificar la presente convocatoria por una sola ocasión, mediante publicación de un aviso a través de CompraNet, a más tardar 3 (tres) días naturales previos al acto de presentación y apertura de proposiciones.
Cualquier modificación a la convocatoria de la invitación, incluyendo las que resulten de las aclaraciones, formará parte de la convocatoria y deberá ser considerada por los licitantes en la elaboración de su proposición.
En caso necesario, NAFIN, podrá modificar la fecha y hora en que se realizará el acto de presentación y apertura de las proposiciones de conformidad con el artículo 33 bis de la LAASSP.
Instrucciones para elaborar las proposiciones “técnicas y económicas”.
Utilizar el formato de "Proposición Técnica" incorporado como Anexo 1 y el formato "Proposición Económica" como Anexo A de la presente convocatoria; estos modelos podrán ser reproducidos por cada licitante en el modo que estimen conveniente, debiendo respetar su contenido y preferentemente el orden indicado.
Deben ser legibles, con membrete del licitante o al menos señalar la denominación, domicilio y teléfonos del licitante.
Los licitantes participantes se sujetarán a lo siguiente:
Los licitantes deberán contar con un certificado digital vigente determinado por la Secretaría de la Función Pública / Secretaría de Hacienda y Crédito Público, derivado de las reformas a la Ley Orgánica de la APF en noviembre de 2018, mediante la Firma Electrónica Avanzada emitida por el Servicio de Administración Tributaria como medio de identificación en sustitución de la firma autógrafa para enviar sus proposiciones apegándose a lo siguiente:
a) Reconocerán como propia y auténtica la información enviada a través del sistema CompraNet y que, a su vez, se distinga por el certificado digital de la Firma Electrónica Avanzada o el medio de identificación electrónica que les certifique la Secretaría de Hacienda y Crédito Público/Secretaría de la Función Pública, en dicha información quedará comprendida la proposición, la documentación distinta a ésta y las manifestaciones bajo protesta de decir verdad que les requiera NAFIN.
b) Realizarán oportunamente los trámites para la obtención de la Firma Electrónica Avanzada, respecto de cualquier modificación o revocación de las facultades otorgadas a su apoderado o representante legal que firme electrónicamente las proposiciones.
c) Aceptarán que el uso de la Firma Electrónica Avanzada por persona distinta al representante legal, quedará bajo su exclusiva responsabilidad.
d) Admitirán que se tendrán por no presentadas las proposiciones y la demás documentación requerida por NAFIN, cuando los archivos contengan virus informáticos o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipos de cómputo.
e) Consentirán que será motivo de que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público/Secretaría de la Función Pública invalide su certificado digital, cuando hagan mal uso de la red privada de comunicaciones de CompraNet.
f) Sus solicitudes de aclaración a la convocatoria de invitación deberán ser presentadas utilizando el sistema CompraNet en la sección destinada para esta función adjuntando el archivo que contenga el escrito de interés correspondiente, en caso de omisión no se dará respuesta a las aclaraciones presentadas.
Las actas que se deriven de los distintos eventos de la invitación deberán ser consultadas en el Sistema CompraNet, en la dirección electrónica xxxx://xxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx, donde estará a su disposición el mismo día en que se celebre el evento.
h) Los licitantes se sujetarán al ACUERDO por el que se establecen las disposiciones que se deberán observar para la utilización del Sistema Electrónico de Información Pública Gubernamental denominado CompraNet publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 28 xx xxxxx de 2011.
3.1.4. Entrega de las proposiciones y documentación.
En el acto de presentación y apertura de proposiciones, NAFIN descargará de CompraNet los archivos que integran las proposiciones técnicas y económicas de los licitantes y verificará que cumplan cuantitativamente con lo solicitado en la presente convocatoria.
Instrucciones para elaboración y envío de proposiciones:
Las proposiciones deberán considerar lo señalado en el punto 6 de esta convocatoria denominado “Documentos y datos que deben registrar los licitantes” preferentemente en formato PDF. Para facilitar su carga en CompraNet se recomienda que los archivos antes señalados no excedan un tamaño de 25 Mb.
Preferentemente, deberán identificarse cada una de las páginas que integran las proposiciones, con los datos siguientes: Registro Federal de Contribuyentes, número de invitación y número de páginas. Al efecto, se deberán numerar de manera individual las propuestas técnica y económica, así como el resto de los documentos que entregue el licitante.
c) Los licitantes deberán concluir el envío de sus proposiciones y verificar que fueron transmitidas exitosamente.
d) Los licitantes deberán verificar que la firma electrónica durante el envío de sus proposiciones se identifique como a continuación se indica: Archivo con Firma Digital Valida, empleando los medios de identificación electrónica que establece la Secretaría de Hacienda y Crédito Público/Secretaría de la Función Pública.
En el supuesto que, antes de enviar la proposición el sistema CompraNet indique que las propuestas técnicas y económicas carecen de firma electrónica “sin archivo adjunto” o, el Sistema CompraNet la identifique como “Archivo con Firma Digital No Valido”, los licitantes deberán de realizar nuevamente el procedimiento de firma electrónica de sus proposiciones, hasta que el sistema indique Archivo con Firma Digital Valida, para que se pueda considerar como firma valida.
“NO SE DEBERÁ FIRMAR DE MANERA ELECTRÓNICA CADA ARCHIVO QUE INTEGRA SU PROPOSICIÓN” únicamente se deberá firmar el resumen de su propuesta técnica (TechnicalEnvelopeSummary) y propuesta económica (PriceEnvelopeSummary).
La plataforma no permite visualizar otro tipo de documentos firmados electrónicamente adicionales al resumen de las propuestas que el mismo sistema proporciona a los licitantes, por lo que éstas deberán ser el único conjunto de documentos que el licitante firme y adjunte a la proposición.
En caso de requerir mayor información se encuentra a su disposición la “Guía que da a conocer el uso de CompraNet” misma que se puede consultar de manera gratuita y en línea en la siguiente página web:
xxxxx://xxxxxxxxxxxxx.xxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxx/Xxxxxxxxxx.xxx
Acto de presentación y apertura de proposiciones.
El sistema CompraNet no aceptará registrar proposiciones después de la fecha y hora límite señaladas en el calendario de la presente convocatoria.
Los licitantes aceptarán que se tendrán por notificados con el acta que se levante, cuando ésta se encuentre a su disposición a través del sistema CompraNet el mismo día que se celebre cada evento.
En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, por causas ajenas a la voluntad de la Secretaría de la Función Pública / Secretaría de Hacienda y Crédito Público o de NAFIN, no sea posible abrir las proposiciones enviadas por el sistema CompraNet, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones para su inicio o reanudación, salvo que las proposiciones en las que se incluya dicha información contengan virus informáticos o no puedan abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a los programas o equipo de cómputo del licitante, el cual admitirá que se tendrán por no presentadas las proposiciones y la demás documentación requerida por NAFIN.
La Secretaría de Hacienda y Crédito Público podrá verificar en cualquier momento que, durante el lapso de la interrupción, no se haya suscitado alguna modificación a las proposiciones que obren en su poder.
En el acto de presentación y apertura de proposiciones, se dejará asentado en el acta, el número de hojas o tamaño de los archivos que integran cada proposición, así como, el importe de las mismas.
En caso necesario, NAFIN podrá señalar la nueva fecha y hora en que se notificará el fallo, de conformidad al artículo 35 fracción III de la LAASSP y 48 último párrafo del Reglamento.
Firma de acta.
Se levantará acta que servirá de constancia de la celebración del acto de presentación y apertura de las proposiciones, en la que se harán constar las proposiciones recibidas en tiempo y forma, y el importe de cada una de ellas; el acta será firmada por los servidores públicos que intervienen y quedará a disposición de los licitantes a través del sistema CompraNet.
En el acta referida anteriormente, se señalará fecha y hora en que se dará a conocer el fallo de la invitación.
Presentación de proposiciones por otro medio.
No se aceptarán proposiciones enviadas a través del servicio postal o de mensajería, ni presenciales o por algún otro medio que no sea CompraNet.
No podrán retirarse o dejarse sin efecto las proposiciones recibidas.
Recibidas las proposiciones en la fecha y hora establecidos, éstas no podrán retirarse o dejarse sin efecto, por lo que deberán considerarse vigentes dentro del procedimiento de invitación hasta su conclusión.
Presentación de una proposición.
Los licitantes que participen sólo podrán presentar una proposición para la presente invitación.
Forma de entrega de las proposiciones.
Las proposiciones técnica, económica y documentación complementaria deben presentarse simultáneamente a través del sistema CompraNet.
Revisión preliminar de la documentación distinta a las proposiciones. (NO APLICA PARA ESTE PROCESO)
Acreditamiento de personalidad.
El licitante o sus representantes deberán presentar escrito en el que manifieste bajo protesta de decir verdad que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, documentación electrónica que los licitantes deberán registrar con el objeto de acreditar su personalidad en el acto de presentación y apertura de proposiciones, el no presentar dicho escrito será motivo de desechamiento, de acuerdo con lo previsto en el artículo 48 fracción V del RLAASSP, acompañada de copia por ambos lados de identificación oficial vigente Anexo 4 de esta convocatoria.
El objeto social o giro comercial establecido en la escritura constitutiva o en alguna modificación a ésta del licitante, deberá abarcar la realización de los actos necesarios para cumplir con las obligaciones contenidas en el contrato materia de esta invitación.
Toda esta documentación solicitada para acreditar el cumplimiento de los requisitos se entregará electrónicamente a más tardar el día del "acto de presentación y apertura de proposiciones” y antes de la hora indicada en el calendario de actos de esta convocatoria. Se recomienda se entregue relacionada conforme al Anexo D de esta convocatoria, denominado “Verificación de la recepción de los documentos requeridos en la convocatoria de la invitación”
Rúbrica de las proposiciones que se reciban.
Se rubricarán por parte de la convocante las proposiciones económicas mismas que formarán parte del acta que se levante.
Acto de fallo y firma del contrato.
3.9.1. Acto de fallo.
Se celebrará Acto de Xxxxx en el que se presentará internamente el dictamen técnico, administrativo y económico. En el fallo se hará constar las razones para admitirlas o desecharlas y se levantará para constancia el acta correspondiente.
Los licitantes se darán por notificados del fallo cuando éste se encuentre a su disposición en el sistema CompraNet.
En el acta del evento se dejará asentado el resultado del análisis de las proposiciones, sirviendo este documento como notificación formal a los interesados de los cumplimientos e incumplimientos determinados en las evaluaciones. Los importes ofrecidos se registrarán en un cuadro comparativo.
El licitante ganador deberá presentar al siguiente día hábil del fallo, ante la Subdirección de Adquisiciones de Nafin y ante la Subdirección Soporte y Asistencia Legal de Bancomext la documentación que se señala en el cuarto párrafo del punto 3.9.2 de la presente convocatoria, para la formalización del contrato.
3.9.2. Firma de los contratos.
Los contratos se celebrarán en el Módulo de Formalización de Instrumentos Jurídicos conforme al modelo que aparece como Anexo 5 de la presente convocatoria, denominado “Formato de Contrato”. En caso de discrepancia entre lo establecido en éste y la presente convocatoria o en sus juntas de aclaraciones prevalecerá lo dispuesto en éstas.
El o los representantes del licitante ganador que cuenten con facultades suficientes para suscribir el contrato y obligar a su representada haciendo uso de la firma electrónica con la que se formalice dicho contrato, en los términos y condiciones pactadas, deberán firmar los contratos, en la fecha que quede asentada en el acta de fallo, en el Módulo de Formalización de Instrumentos Jurídicos de CompraNet, para tal efecto los licitantes participantes deberán gestionar con la debida anticipación el darse de alta en el Módulo de Formalización de Instrumentos Jurídicos de CompraNet.
Quien firme los contratos deberá tener facultades generales para actos de administración o poder especial que incluya las facultades para la firma de los contratos, debiendo acreditar su personalidad con el testimonio notarial correspondiente, con datos de inscripción ante el Registro Público de la Propiedad y de Comercio cuando la Ley así lo establezca.
Previamente, para la firma de los contratos el licitante ganador, deberá mostrar original para cotejo de su identificación oficial vigente, así como el Registro Federal de Contribuyentes de la empresa que representa, también deberá presentar original o copia certificada para su cotejo y copia fotostática para su archivo de la escritura constitutiva y del poder con el que acredita su personalidad y facultades, y cualquier otra escritura en la que hubiese habido modificación y en el caso de que aplique, deberán contener los datos de inscripción en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio que corresponda, o bien la constancia de que la escritura respectiva se encuentre en trámite de inscripción en el citado registro.
Si el interesado no firmase los contratos por causas imputables al mismo, en la fecha o plazo previsto, LAS INSTITUCIONES podrán, sin necesidad de un nuevo procedimiento, adjudicar los contratos al participante que haya obtenido el segundo lugar, siempre que la diferencia en precio con respecto a la proposición inicialmente adjudicada no sea superior a un margen del 10% (diez por ciento) de acuerdo a lo previsto en el segundo párrafo del artículo 46 de la LAASSP.
El licitante deberá presentar una declaración bajo protesta de decir verdad (Anexo 16), en la que manifieste por escrito que su representante legal y socios o accionistas que ejercen control sobre la sociedad a la que representa, no desempeñan empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso, que a pesar de desempeñarlo, con la formalización de los contratos que deriven de la presente invitación, no se actualiza un Conflicto de Interés, además de tener pleno conocimiento que dicha manifestación que hace constar por escrito, se hará del conocimiento del Órgano Interno de Control de NAFIN, previo a la celebración de los contratos que deriven de este procedimiento de contratación.
En caso de discrepancia entre el modelo de contrato y la presente convocatoria, así como lo establecido en el acta de la junta de aclaraciones, prevalecerá lo estipulado en ésta última de acuerdo a lo establecido en el penúltimo párrafo del artículo 45 de la LAASSP.
Adicionalmente deberá acreditar que ha requisitado la información a que se refiere la siguiente liga relacionada con el numeral 8 del Anexo Segundo del “Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones” a que se refiere la siguiente liga:
xxxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/XXX-xxx/xxxxx/xxxxxXxxx.xxx
De conformidad con lo establecido en el Acuerdo por el que se expide el Protocolo de Actuación en Materia de Contrataciones Públicas, Otorgamiento y Prórroga de Licencias, Permisos, Autorizaciones y Concesiones publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 20 xx xxxxxx de 2015; así como sus modificatorios del 19 de febrero de 2016 y 28 de febrero de 2017, de las Reglas Generales para el Contacto con Participantes, en particular al punto 6, que señala lo siguiente:
Las Dependencias y Entidades deberán informar a los particulares al inicio del procedimiento de que se trate o el primer contacto con motivo de éste, lo siguiente:
Que los servidores públicos en el contacto con particulares deben observar el Protocolo y que este puede ser consultado en la página de internet de la Secretaría de la Función Pública, e indicar la fecha de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Que las comunicaciones telefónicas serán grabadas y las reuniones, visitas y actos públicos video grabados, así como que dicha información podrá ponerse a disposición de las autoridades encargadas de verificar la legalidad de las contrataciones públicas, licencias, permisos, autorizaciones y concesiones y de ser utilizada como elemento de prueba.
Que los datos personales que se recaben con motivo del contacto con particulares serán protegidos y tratados conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, y
El derecho que tienen de presentar queja o denuncia, ante el Órgano Interno de Control correspondiente, por el incumplimiento de obligaciones que adviertan en el contacto de los servidores públicos.
3.9.3. Vigencia del contrato.
La vigencia de los contratos será a partir del 1 xx xxxxxx de 2022 y hasta el 30 de septiembre de 2024.
3.9.4. Garantía contractual.
Las garantías relativas al cumplimiento de los contratos, deberán constituirse por el licitante ganador mediante la expedición de una fianza divisible a favor de cada una de LAS INSTITUCIONES, ya sea física o por medios electrónicos, por el 10% (diez por ciento) del presupuesto máximo del contrato de cada una de LAS INSTITUCIONES, sin considerar el I.V.A. Es indispensable que dicha fianza contenga por lo menos el texto contenido en el Anexo 6 de esta convocatoria, denominado “Texto de Fianza para Garantizar el Cumplimiento del Contrato”, aceptando expresamente que la afianzadora se somete al procedimiento de ejecución previsto en los Artículos 178, 279, 280 y 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, póliza que estará vigente hasta el total cumplimiento de sus obligaciones derivadas de los contratos recibidas a entera satisfacción de LAS INSTITUCIONES.
Entrega de la garantía.
Las garantías de cumplimiento de los contratos deberá entregarlas el licitante adjudicado, vía electrónica o en la Subdirección de Adquisiciones de NAFIN, ubicada en Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxxxx XX, 0x Xxxx, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Demarcación Territorial Xxxxxx Xxxxxxx X.X. 01020, Ciudad de México y en la Subdirección de Soporte y Asistencia Legal de BANCOMEXT, ubicada en Xxxxxxxxxx Xxx 0000, 0x Xxxx, Xxx Xxxxxxxx, Xxx. Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxx, X.X. 00000, Demarcación Territorial Tlalpan, Ciudad de México; debiendo entregar a cada una de LAS INSTITUCIONES dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la firma del contrato respectivo, de acuerdo a lo previsto en el artículo 48 de la LAASSP y conforme al Anexo 6 de la presente convocatoria, formato “Texto de Fianza para Garantizar el Cumplimiento de Contrato. Para cubrir el pago de los servicios, la póliza de garantía deberá estar autorizada por el área jurídica de LAS INSTITUCIONES.
Liberación de las garantías.
LAS INSTITUCIONES otorgarán la aceptación de la entrega de los servicios en el momento en que se cumpla con la totalidad de las obligaciones a su entera satisfacción; por lo anterior, se extenderá y entregará la autorización expresa de cada una de las instituciones, emitida por la Titular de la Dirección de Adquisiciones y Servicios o por quien este designe, junto con el original de la póliza de fianza para que el proveedor acuda ante la institución afianzadora a tramitar su cancelación.
Vicios ocultos o defectos de fabricación. (No aplica para este proceso)
Prórrogas.
Previo al vencimiento de las fechas del plazo de cumplimiento estipulado en el punto 3.9.3. de esta convocatoria, a solicitud expresa del proveedor y por caso fortuito o fuerza mayor, que a juicio de LAS INSTITUCIONES esté debidamente justificado o por causas atribuibles a LAS INSTITUCIONES ésta podrá autorizar por escrito el diferimiento sin necesidad de modificar los contratos; si el diferimiento modifica la vigencia de los contratos, será necesario elaborar un convenio modificatorio. En ambos casos no aplicarán penas por atraso.
En caso de que el proveedor no obtenga el diferimiento de referencia, por ser causa imputable a éste el atraso, será acreedor de la penalización establecida en el punto 3.9.10 de esta convocatoria.
Sanciones.
Los licitantes o proveedores que infrinjan las disposiciones de la LAASSP, podrán ser sancionados por la Secretaría de la Función Pública, conforme a las disposiciones normativas aplicables.
Penas Convencionales.
La penas que LAS INSTITUCIONES aplicarán al licitante que resulte ganador, serán las que se originen conforme al incumplimiento de entrega de los equipos y sus caracteristicas solicitadas establecidas en el punto 2.1. del Anexo.
Descripción |
Servicios |
Rango |
Penalización |
Fórmula de Cálculo y Aplicación |
Telefonía Celular |
Entrega de equipos nuevos con sus accesorios al inicio de la prestación del servicio |
Por día natural de atraso |
20% Por equipos No entregados Por cada día hábil adicional |
(Importe de la facturación mensual / No. de equipos solicitadas al inicio del contrato) ) * (No. de equipos no entregados) * 20% |
Activación de líneas al inicio de la prestación del servicio. |
Por día natural de atraso |
20% por Líneas no Activas Por cada día hábil adicional |
(Renta mensual unitaria del plan solicitado) * (No. Líneas no activadas) * 20% |
El pago de la penalización la deberá cubrir el proveedor al 5° (quinto) día natural siguiente a la fecha en que LAS INSTITUCIONES le notifique por escrito de la(s) penalización(es) y el (los) importe(s) correspondiente(s) a la(s) misma(s), debiendo efectuar dicho pago mediante cheque de caja en favor de LAS INSTITUCIONES, o bien acorde a lo que cada una especifique.
El pago del importe que corresponda al mes en el que se generó el atraso, quedará supeditado proporcionalmente al pago que deba hacer el proveedor de la penalización por atraso en que incurra.
La(s) penalización(es) a que se hace referencia este numeral, no podrá(n) rebasar individual o acumulativamente el equivalente al 10% (diez por ciento) del presupuesto máximo total del contrato que cada una de LAS INSTITUCIONES celebren y, en el evento de que el prestador de servicios alcance dicho máximo LAS INSTITUCIONES podran rescindir el contrato que se celebre y aplicarán la pena por incumplimiento correspondiente.
Estas sanciones se establecen por el simple atraso en la entrega de LOS SERVICIOS, a cargo del licitante ganador, sin perjuicio del derecho que tienen LAS INSTITUCIONES de optar por el cumplimiento del contrato que se celebre o rescindirlo, aún sin llegar al porcentaje maximo establecido en el párrafo anterior.
Pena por incumplimiento del contrato.
En caso de rescisión del o los contratos por causas imputables al licitante ganador, éste se compromete a pagar a LAS INSTITUCIONES según corresponda, por concepto xx xxxx por incumplimiento, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la fecha de la notificación de la rescisión que le hagan LA INSTITUCION correspondiente por escrito, una cantidad equivalente al importe de la garantía de cumplimiento del contrato, o en su defecto se hará efectiva de manera proporcional la garantía de cumplimiento de los contratos.
Rescisión de contrato.
Podrá ser motivo de rescisión del contrato, el incumplimiento por parte del licitante ganador, de cualquiera de los compromisos específicamente señalados en la presente convocatoria de la invitación y contraídos en el correspondiente contrato; así como, cuando haya transcurrido el plazo convenido para la prestación de los servicios sin que esto se haya llevado a cabo en su totalidad.
Para efectos de lo anterior, se aplicará el procedimiento descrito en el artículo 54 de la LAASSP.
En este supuesto, se aplicará la pena por incumplimiento de conformidad con lo previsto en el punto 3.9.11 de la presente convocatoria.
Terminación anticipada del contrato.
Cada una de LAS INSTITUCIONES podrá dar por terminado anticipadamente el respectivo contrato cuando concurran razones de interés general o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a LA INSTITUCIÓN correspondiente o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato, con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaría de la Función Pública, de conformidad a lo establecido en el artículo 54 Bis de la LAASSP.
Suspensión.
Cuando en la prestación de los servicios se presente caso fortuito o de fuerza mayor, LAS INSTITUCIONES, bajo su responsabilidad, podrán suspender la prestación de los mismos aplicándose en lo conducente lo establecido en el artículo 55 Bis de la LAASSP y en su caso el artículo 102 de su Reglamento.
Características económicas.
Precios:
Los precios deberán cotizarse en moneda nacional y presentarse conforme al modelo de “Proposición económica” Anexo A de la presente convocatoria.
Vigencia de le proposición económica
La vigencia de la proposición económica deberá ser de 90 (noventa) días naturales, contados a partir de la fecha del acto de presentación y apertura de proposiciones.
c) Vigencia de precios
Los precios no estarán sujetos a incremento alguno durante la vigencia del contrato correspondiente e incluso durante sus posibles ampliaciones.
d) Condiciones de pago que se aplicarán.
Una vez recibidos LOS SERVICIOS a entera satisfacción de LAS INSTITUCIONES, el pago de los mismos se cubrirá en Moneda Nacional, de manera mensual, conforme a lo siguiente:
Los pagos se efectuarán a los 20 (veinte) días naturales contados a partir de la entrega de los estados de cuenta debidamente requisitados y recibidos los servicios a entera satisfacción de LAS INSTITUCIONES. En caso de que el vencimiento del vigésimo día sea inhábil el pago se efectuará el día hábil inmediato posterior a éste.
Dichos pagos se efectuarán a los 20 (veinte) días naturales contados a partir de que el licitante ganador suba al sistema el Comprobante fiscal digital por internet (CFDI) correspondiente, debidamente requisitado.
e) Pago interbancario
En el caso de que el proveedor manifieste su conformidad para que sus pagos se efectúen de manera interbancaria, para tal efecto el licitante ganador deberá requisitar a la firma del contrato el formato que se incluye como Anexo 8 de esta convocatoria, denominado “Solicitud de Pago Interbancario”.
En este caso, LAS INSTITUCIONES harán la transferencia electrónica a la cuenta CLABE que el proveedor le indique por escrito. En caso de que éste cambie su cuenta CLABE, deberá notificarlo igualmente por escrito a LAS INSTITUCIONES a la persona que designe NAFIN y BANCOMEXT en las instalaciones de cada una de ellas., con 5 (cinco) días hábiles de anticipación al vencimiento de los 20 (veinte) días naturales establecidos para el pago.
En el caso de que el proveedor no notifique a LAS INSTITUCIONES por escrito el cambio de su cuenta CLABE en el plazo de anticipación señalado en el párrafo anterior, o bien, si LAS INSTITUCIONES no pueden realizar la transferencia electrónica en la cuenta CLABE del proveedor que tenga registrada para efectos de pago, por causas no imputables a LAS INSTITUCIONES, estás últimas contarán con un plazo de 5 (cinco) días hábiles posteriores a los 20 (veinte) días naturales para realizar el pago correspondiente mediante cheque de caja, sin que lo anterior se considere como un atraso en el pago por los servicios, por lo que el proveedor estará de acuerdo en que no procederá solicitarle a LAS INSTITUCIONES el pago de gastos financieros en los supuestos mencionados en este párrafo.
f) Programa xx Xxxxxxx Productivas
Los pagos se incorporarán al Programa xx Xxxxxxx Productivas de NAFIN y se dará de alta en el mismo la totalidad de cuentas por pagar del licitante ganador, para ello la factura aceptada se registrará en dicho programa a más tardar 5 (cinco) días naturales posteriores a su recepción, misma que podrá ser consultada en el portal xxx.xxxxx.xxx a efecto de que el licitante ganador pueda adelantar el cobro de sus facturas ejerciendo la cesión de derechos de cobro al intermediario financiero, en apego a los términos del último párrafo del artículo 46 de la LAASSP, ver Anexo 9 de esta convocatoria, denominado “Cadenas Productivas”
g) Afiliación a Cadenas Productivas
NAFIN requiere que el licitante ganador, con base en la información que se indica en el Anexo 9 de esta convocatoria, denominado “Cadenas Productivas”, inicie su afiliación en un plazo no mayor a 5 (cinco) días naturales posteriores al fallo, comunicándose al número telefónico 00.00.00.00.00 o al 00.000.XXXXXXX (00-000-000000000), o acudiendo a las oficinas de NAFIN donde se le atenderá para el proceso de afiliación.
Afiliarse al programa es por única vez por lo que no es necesario realizar el proceso nuevamente en alguna otra dependencia o entidad, además de que no tiene ningún costo.
h) Otorgamiento de anticipo (no aplica para este proceso)
i) Impuestos y derechos.
Los impuestos y/o derechos que procedan serán pagados por:
LAS INSTITUCIONES, el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A).
b) El proveedor todos los demás impuestos y/o derechos que deriven de la prestación de los servicios, exceptuando los incluidos en el inciso anterior.
j) Criterios que se aplicarán para adjudicar el contrato:
Una vez hecha la evaluación de las proposiciones técnica y económica, los contratos se adjudicarán al licitante cuya oferta resulte con más puntos obtenidos en la suma de ambas evaluaciones.
En caso de existir igualdad de condiciones, se dará preferencia a las personas que integren el sector de micro, pequeñas y medianas empresas nacionales.
De subsistir el empate entre las personas de la micro, pequeña y mediana empresa nacionales, la adjudicación se efectuará a favor del licitante que resulte ganador del sorteo por insaculación que se realice en términos del RLAASSP.
3.9.16 Patentes, marcas y derechos de autor.
El licitante que se resulte adjudicado de los contratos asumirá la responsabilidad total para el caso en que al suministrar los servicios a LAS INSTITUCIONES infrinjan patentes o marcas, o viole registros de derechos de autor, obligándose a sacar a LAS INSTITUCIONES en paz y a salvo de cualquier reclamo al respecto.
3.9.17 Declarar desierta la invitación.
Se declarará desierta la invitación, en los siguientes casos:
Si no se registran proposiciones el día del acto de presentación y apertura de proposiciones en el sistema CompraNet.
Si al evaluar las proposiciones ninguna cumple con todos los requisitos establecidos en la convocatoria de la invitación.
Si después de efectuada la evaluación no fuese posible adjudicar el contrato a ningún licitante porque sus precios rebasan el presupuesto máximo establecido para este proceso.
Si la invitación se declara desierta, NAFIN podrá adjudicar directamente el contrato respectivo de conformidad con lo establecido en el último párrafo del artículo 43 de la LAASSP.
3.9.18 Cancelación de invitación.
NAFIN podrá cancelar la invitación, por caso fortuito o fuerza mayor, de igual manera, podrá cancelar cuando existan circunstancias debidamente justificadas, que provoquen la extinción de la necesidad para contratar la prestación de los servicios y que de continuarse con el procedimiento de contratación se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a LAS INSTITUCIONES. La determinación de dar por cancelada la invitación, deberá precisar el acontecimiento que motiva la decisión, la cual se hará del conocimiento de los licitantes y no será procedente contra ella recurso alguno atendiendo lo dispuesto por el Artículo 38 de la LAASSP.
4. ENUMERACIÓN DE LOS REQUISITOS QUE LOS LICITANTES DEBEN CUMPLIR, EN ESTE PROCESO. |
NO. |
PUNTO DE CONVOCATORIA |
DESCRIPCIÓN DEL DOCUMENTO |
DOCUMENTOS INDISPENSABLES PARA EVALUAR Y LA NO PRESENTACIÓN SERÁ CAUSA PARA DESECHAR LA PROPUESTA |
1 |
3.1.5 |
Preferentemente, deberán identificarse cada una de las páginas que integran las proposiciones, con los datos siguientes: Registro Federal de Contribuyentes, número de invitación y número de páginas. Al efecto, se deberán numerar de manera individual las proposiciones técnica y económica, así como el resto de los documentos que entregue el licitante. |
SI |
2 |
6.1 |
Escrito de acreditamiento de personalidad. |
SI |
copia por ambos lados de identificación oficial vigente. |
NO |
||
3 |
6.2 |
Manifiesto que el proveedor es de nacionalidad mexicana |
SI |
4 |
6.4 |
Dirección de correo electrónico |
NO |
5 |
6.5 |
Manifiesto de no encontrarse en los supuestos de los Artículos 50 y 60 de la LAASSP |
SI |
6 |
6.6 |
Carta de declaración de integridad |
SI |
7 |
6.7 |
Estratificación de la empresa |
SI |
8 |
3.1.6. |
Presentación de la proposición técnica y económica |
SI |
9 |
6.14 |
Personal con discapacidad |
NO |
10 |
6.15 |
Mipymes con innovación tecnologica |
NO |
11 |
6.16 |
Equidad de genero |
NO |
12 |
Anexo 1A |
Cumplir con la información requerida en el Anexo de evaluación técnica (puntos y porcentajes) para alcanzar al menos 45 puntos. |
SI |
Se desecharán las proposiciones que hubieren omitido alguno de los documentos indispensables y obligatorios señalados en esta tabla como causa de desechamiento, o cuando no se incluyan todos los servicios requeridos en su propuesta técnica o cuando el licitante se encuentre en cualquiera de los casos descritos para el desechamiento de una proposición..
4.1 Desechamiento de una proposición.
Adicional a lo especificado en el punto anterior, se desecharán las proposiciones en los siguientes casos:
4.1.1 Será causa de desechamiento el incumplimiento de alguno de los requisitos especificados en la convocatoria de la invitación y de la Proposición Técnica (Anexo 1) en cualquiera de sus puntos, que afecte la solvencia de la proposición.
La evaluación se realizará bajo el esquema “cumple-no cumple”; es decir, que si bien se utilizará el criterio de puntos y porcentajes, se requiere que la oferta técnica presentada cumpla con los requerimientos establecidos en el Anexo 1 de la presente convocatoria, por lo que, de no ser así, la proposición de que se trate se desechará.
4.1.2 Si se comprueba que tienen acuerdo con otros licitantes para elevar los precios de los servicios objeto de la invitación.
4.1.3 Cuando el licitante se encuentre en alguno de los supuestos establecidos en los artículos 50 y 60 de la LAASSP (Excepto la fracción II del art. 50 de la LAASSP siempre y cuando cuenten con autorización previa y específica de la Secretaría de la Función Pública y se acredite con el documento correspondiente).
4.1.4 Cuando se compruebe que tiene cualquier otro acuerdo que tenga como fin, obtener ventaja sobre los demás licitantes.
4.1.5 Cuando las propuestas presentadas no sean firmadas electrónicamente, o bien, que el Sistema CompraNet reporte como Firma Digital no válida.
4.1.6 Si no entrega su propuesta económica.
4.1.7 Cuando el precio presentado por el licitante rebase el presupuesto máximo para cada contratación establecido para este procedimiento.
4.1.8 Si no se puede abrir sus archivos desde CompraNet o si estos contienen virus.
4.1.9 Cuando se presente la falta absoluta de foliado en su proposición.
4.1.10 Cuando se solicite una manifestación “bajo protesta de decir verdad” y esta leyenda sea omitida en el documento correspondiente.
Para estos casos, se incluirán las observaciones que corresponda en el acta de fallo.
5. CRITERIOS ESPECÍFICOS CONFORME A LOS CUALES SE EVALUARÁN LAS PROPOSICIONES Y SE ADJUDICARÁ EL CONTRATO RESPECTIVO. |
Criterios de evaluación de la capacidad administrativa, técnica y económica de las proposiciones aceptadas mediante el criterio de evaluación binario (cumple–no cumple).
NAFIN por conducto del la Subdirección de Servicios evaluará las proposiciones en términos del artículo 36 de la LAASSP.
5.1 Aspectos administrativos a evaluar.
Documentación obligatoria (esquema binario cumple o no cumple)
Se realizará evaluación de la documentación obligatoria mediante la revisión, análisis y verificación del cumplimiento de todos los requerimientos de esta invitación señalados en la convocatoria, de acuerdo con el Anexo 10 de esta convocatoria, denominado “Cédula de evaluación administrativa”, será motivo de desechamiento, el incumplimiento de alguna de las especificaciones establecidas como obligatorias.
5.2 Aspectos técnicos y económicos a evaluar
El personal de la Subdirección de Servicios evaluará mediante el mecanismo de puntos y porcentajes de acuerdo con lo siguiente:
La suma de la puntuación o unidades porcentuales de todos los rubros con sus respectivos subrubros deberá ser igual a 60. Tal como se muestra en la siguiente tabla.
-
Concepto
I)
Capacidad del licitante
II)
Experiencia y especialidad del licitante
III)
Propuesta de trabajo
IV)
Cumplimiento de contratos
Total
Rango permitido por la Ley
12 - 24 puntos
12 - 18 puntos
6 - 12 puntos.
6 - 12 puntos
Rangos de puntuación
20 puntos
18 puntos
12 puntos
10 puntos
60 puntos
Requisitos: en cada caso se establecen los puntajes de cumplimiento por parte de los licitantes.
Apartado Técnico 60 puntos para servicios del valor total de la proposición
Se asigna una calificación a cada uno de los requisitos en base a los criterios de decisión, para considerarse la propuesta técnica como solvente, la sumatoria del apartado técnico no deberá ser menor a 45 de los 60 puntos para servicios.
Para elaborar el apartado técnico de su proposición, el licitante deberá tomar en cuenta todos y cada uno de los puntos que se mencionan en el Anexo 1 denominado “Proposición técnica”, y “Anexo de evaluación técnica (puntos y porcentajes)” respectivamente, en donde se incluye la propuesta de trabajo, lo anterior a efecto de obtener el mayor número de puntos posibles.
Apartado económico 40 puntos para servicios del valor total de la proposición
LAS INSTITUCIONES únicamente evaluarán las propuestas económicas de aquellas propuestas técnicas que hayan resultado solventes por alcanzar el mínimo de 45 puntos en la evaluación técnica.
Para determinar la puntuación o unidades porcentuales que correspondan a la propuesta económica de cada participante, la convocante aplicará la siguiente fórmula:
PPE = MPemb x 40 / MPi.
Donde:
PPE = Puntuación o unidades porcentuales que corresponden a la Propuesta Económica;
MPemb =
Monto de la Propuesta económica más baja, y
MPi = Monto de la i-ésima Propuesta económica;
Para calcular el resultado final de la puntuación o unidades porcentuales que obtuvo cada proposición, la convocante aplicará la siguiente fórmula:
PTj = TPT + PPE Para toda j = 1, 2,.....,n
Donde:
PTj = Puntuación o unidades porcentuales Totales de la proposición;
TPT = Total de Puntuación o unidades porcentuales asignados a la propuesta Técnica;
PPE = Puntuación o unidades porcentuales asignados a la Propuesta Económica, y
El subíndice "j" representa a las demás proposiciones determinadas como solventes como resultado de la evaluación
a) Se identificará el valor de la proposición económica más baja la cual tendrá 40 puntos, a partir de ésta, las demás propuestas que cumplan técnicamente tendrán un porcentaje menor proporcional al monto de la proposición más baja, aplicando para ello una regla de tres.
b) Resultado total de la proposición máximo 100%. Para obtener el resultado total de la proposición del licitante se sumará el total de puntos técnicos 60 más el total de puntos económicos 40 para obtener un número entre 0 y 100.
Se le asignarán puntos a cada uno de los siguientes rubros:
Empresas que cuenten con trabajadores con discapacidad
MIPYMES que produzcan bienes con innovación tecnológica relacionados directamente con la prestación del servicio de que se trate.
Empresas que hayan aplicado políticas y prácticas de igualdad de género conforme a la certificación correspondiente.
LAS INSTITUCIONES asignarán el contrato correspondiente al licitante que haya obtenido el mejor resultado en la evaluación combinada de puntos.
Para elaborar el apartado económico de su proposición, el licitante deberá tomar en cuenta todos y cada uno de los puntos que se mencionan en el anexo A “Proposición Económica”. Cabe mencionar que en caso de no entregar este apartado, será motivo de desechamiento de la proposición por afectar su solvencia.
Se verificará que las operaciones aritméticas sean correctas con relación a los precios unitarios ofrecidos, en caso de error se realizarán los ajustes respetando los precios unitarios de acuerdo al “Proposición Económica” del anexo A.
5.3 Aspectos económicos a evaluar.
LAS INSTITUCIONES efectuarán la evaluación económica de las proposiciones solventes, aplicando para estos efectos lo siguiente:
Se verificará que las operaciones aritméticas sean correctas con relación a los precios unitarios ofrecidos, en caso de error se realizarán los ajustes respetando los precios unitarios de acuerdo con el modelo de “Propuesta Económica” del Anexo A de esta convocatoria. La sumatoria de estos totales permitirá determinar cuál es la proposición más baja.
Verificarán que los servicios se encuentren multiplicados por el precio unitario y la cantidad de horas solicitadas.
Aquellas proposiciones que rebasen los presupuestos máximos establecidos serán declaradas como insolventes.
5.5 No serán causales de desechamiento.
No serán objeto de evaluación y por lo tanto no serán causales de desechamiento, los aspectos que tienen como propósito facilitar la presentación de las proposiciones, tales como:
Que no vengan foliadas en su totalidad las hojas de los apartados técnico, económico y administrativo, salvo que presenten la falta absoluta del folio.
Cuando la proposición sea presentada en un formato distinto al establecido por la convocante, siempre que ésta contenga de manera clara la información requerida.
Proponer un plazo de prestación de los servicios menor al solicitado, en cuyo caso prevalecerá el estipulado en la presente convocatoria.
d) El omitir aspectos que puedan ser cubiertos con la información contenida en la propia proposición técnica o económica.
6. DOCUMENTOS Y DATOS QUE DEBEN REGISTRAR LOS LICITANTES |
6.1. Escrito de acreditamiento de personalidad.
Escrito a que se refiere el Artículo 48 fracción V del RLAASSP denominado “Acreditamiento de personalidad” acompañado de copia, por ambos lados, de identificación oficial vigente.
6.2. Manifiesto que el proveedor es de nacionalidad mexicana .
Escrito “bajo protesta de decir verdad” en el cual el licitante manifieste que es de nacionalidad mexicana .
6.3. Copia de los documentos de las normas que le aplican. (No aplica)
6.4. Dirección de correo electrónico.
Señalar, ratificar o rectificar, en su caso, su correo electrónico para recibir todo tipo de notificaciones.
6.5. Manifiesto bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en los supuestos de los artículos 50 y 60 de la LAASSP.
Escrito mediante el cual el licitante manifieste “bajo protesta de decir verdad” que no se ubica en los supuestos de los Arts. 50 y 60 de la LAASSP” Anexo 13 de esta convocatoria.
6.6. Carta de declaración de integridad.
Escrito en el que el licitante manifieste “bajo protesta de decir verdad” que por sí o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas, para que los servidores públicos de NAFIN, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, en términos del Anexo 14 de esta convocatoria.
6.7. Estratificación de la empresa.
Manifestación del tamaño de la empresa conforme al Anexo C de esta convocatoria. En caso no pertenecer a la MIPYMES, deberá presentar el escrito manifestando dicha situación.
6.8. Convenio de participación conjunta. (No aplica para este proceso)
6.9. Opinión del SAT sobre el cumplimiento de las obligaciones fiscales (únicamente aplica para el licitante ganador).
Para los efectos del artículo 32-D, del Código Fiscal de la Federación, el licitante que resulte adjudicado, deberá presentar y hacer público el resultado de la opinión de cumplimiento favorable de las obligaciones fiscales emitida por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y obtenida a través del portal (xxxx://xxx.xxx.xxx.xx/xxxxx.xxxx), conforme lo establece la Resolución Miscelánea Fiscal vigente, esto deberá efectuarse a más tardar al día hábil siguiente al fallo.
6.10 Opinión del Instituto Mexicano del Seguro Social (únicamente aplica para el licitante ganador).
En términos del artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación, la Administración Pública Federal, Centralizada y Paraestatal, la Procuraduría General de la República, así como las entidades federativas que vayan a realizar contrataciones por adquisición de bienes, arrendamientos, prestación de servicios u obra pública, con cargo total o parcial a fondos federales, cuyo monto exceda de $300,000.00 (TRESCIENTOS MIL PESOS 00/100 M.N.), sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, están obligadas a cerciorarse de que los particulares con quienes se vaya a celebrar el contrato se encuentran al corriente en sus obligaciones en materia de seguridad social y no se ubican en alguno de los supuestos a que se refiere el primer párrafo del citado artículo.
Los particulares que pretendan celebrar las contrataciones podrán obtener del Instituto Mexicano del Seguro Social la opinión de cumplimiento de obligaciones fiscales en materia de seguridad social, de conformidad con el procedimiento establecido en la Regla Quinta del Anexo Único del ACDO.SA1.HCT.101214/281.P.DIR, publicado en el DOF el día 27 de febrero de 2015.
Dicha opinión en caso de ser positiva, tendrá una vigencia de 30 días naturales contados a partir del día de su emisión.
6.11 Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos
El licitante adjudicado previo a la firma del contrato deberá presentar la Constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos, que expide el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT), previsto en la regla Primera de las Reglas para la obtención de la constancia de situación fiscal en materia de aportaciones patronales y entero de descuento (Reglas) o aquella que en el futuro la sustituya. Deberá presentar dicha Constancia “Sin adeudo o con garantía”, “Con adeudo, pero con convenio celebrado” o “Sin antecedente”, previo a la firma del contrato. En ningún caso se contratará con personas que no se encuentren al corriente en el cumplimiento de las obligaciones en materia de aportaciones patronales y entero de descuentos, obtenidas a través del portal institucional del INFONAVIT (xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx).
Es recomendable que los licitantes participantes gestionen con la debida anticipación las opiniones sobre el cumplimiento de encontrarse al corriente en sus obligaciones en materia de seguridad social y fiscal emitidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social y el SAT respectivamente para que el licitante ganador las presente al día hábil siguiente al fallo.
El licitante ganador que no se encuentre al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales o en materia de Seguridad Social o que no firme el contrato por causas imputables al mismo, será sancionado por la Secretaría de la Función Pública, en los términos de los Artículos 59 y 60 de la LAASSP y 109 de su Reglamento.
6.12 Declaración relativa al artículo 49 fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas. (DOF 18 de julio de 2016)
El licitante presentará una declaración bajo protesta de decir verdad, en la que manifieste por escrito que su representante legal y socios o accionistas que ejercen control sobre la sociedad a la que representa, no desempeñan empleo, cargo o comisión en el servicio público o, en su caso, que a pesar de desempeñarlo, con la formalización del contrato que derive de la presente invitación, no se actualiza un Conflicto de Interés, además de tener pleno conocimiento que dicha manifestación que hace constar por escrito, se hará del conocimiento del Órgano Interno de Control de NAFIN, previo a la celebración del contrato que derive de este procedimiento de contratación (Anexo 16).
Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones.
El licitante adjudicado deberá requisitar la información a que se refiere la siguiente liga relacionada con el numeral 8 del Anexo Segundo del “Protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones”:
xxxxx://xxxxxxxxxx.xxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/XXX-xxx/xxxxx/xxxxxXxxx.xxx
6.14 Personal con discapacidad. (En caso que aplique)
Manifestación del licitante en la que indique “bajo protesta de decir verdad” que es una persona física con discapacidad, o bien, tratándose de empresas que cuentan con trabajadores con discapacidad en la proporción que establece el segundo párrafo del Artículo 14 de la LAAASSP, esto será comprobado con el aviso de alta de tales trabajadores al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
6.15 MIPYMES con Innovación Tecnológica. (En caso que aplique)
El licitante deberá acreditar que ha producido los bienes que se utilizarán en la prestación de los servicios con innovación tecnológica presentando el documento de registro ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) y/o Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR).
6.16 Equidad de género (en caso de que aplique).
El licitante deberá presentar certificado vigente emitido por las autoridades y organismos facultados para tal efecto, en el que conste que en su empresa se han aplicado políticas y prácticas de igualdad de género, y en caso de ser así demostrar su cumplimiento.
7. INCONFORMIDADES. |
Conforme a lo establecido en los Artículo 66 de la LAASSP, los licitantes podrán interponer inconformidad ante el Área de Responsabilidades del Órgano Interno de Control en NAFIN, ubicado en Xxxxxxxxxxx Xxx 0000 Xxxxx XX xxxx 0, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, Ciudad de México, por actos del procedimiento de contratación que estime contravienen las disposiciones que rigen las materias objeto de la LAASSP, o bien, presentarla a través de la dirección electrónica de CompraNet en: xxxx://xxx.xxxxxxxxx.xxx.xx/
7.1 Las condiciones de esta convocatoria y las proposiciones presentadas no podrán ser negociadas
De conformidad con el artículo 26 séptimo párrafo de la LAASSP, ninguna de las condiciones contenidas en esta convocatoria, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas.
8. SANCIONES A LICITANTES O PROVEEDORES |
8.1 Infracciones y Sanciones al amparo de la LAASSP y RLAASSP
Los licitantes o proveedores que se ubiquen en alguno de los supuestos previstos en el artículos 59 y 60 de la LAASSP o 109 del RLAASSP, podrán ser sancionados por la Secretaría de la Función Pública.
Adicionalmente se aplicarán las sanciones que correspondan de conformidad con lo señalado por la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
FIN DE TEXTO
9. FORMATOS PARA LA PRESENTACIÓN Y RECEPCIÓN DE LAS PROPOSICIONES |
|
Anexo A |
PROPOSICIÓN ECONÓMICA BANCOMEXT.
PROPOSICIÓN ECONÓMICA NAFIN. |
Anexo B |
MANIFIESTO QUE EL PROVEEDOR ES DE NACIONALIDAD MEXICANA |
Anexo C |
MANIFESTACIÓN DEL TAMAÑO DE LA EMPRESA |
Anexo D |
VERIFICACIÓN DE LA RECEPCIÓN DE LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS EN LA CONVOCATORIA DE LA INVITACIÓN |
Anexo 1 |
PROPOSICIÓN TÉCNICA |
Anexo 1A |
EVALUACIÓN TÉCNICA (PUNTOS Y PORCENTAJES) |
Anexo 2 |
SOLICITUD DE ACLARACIONES |
Anexo 3 |
FORMATO DE ESCRITO DE INTERÉS EN PARTICIPAR ELECTRÓNICAMENTE EN LA PRESENTE INVITACIÓN |
Anexo 4 |
FORMATO DE ACREDITAMIENTO DE PERSONALIDAD PARA PARTICIPAR EN EL PROCESO DE RECEPCIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES |
Anexo 5 |
FORMATO DE CONTRATO |
Anexo 6 |
FORMATO TEXTO DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
Anexo 6 Bis |
FORMATO DE TEXTO DE FIANZA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO PLURIANUAL Y CON RENOVACION EN CADA EJERCICIO FISCAL |
Anexo 7 |
FORMATO TEXTO DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL ANTICIPO DEL CONTRATO (NO APLICA PARA ESTE PROCESO) |
Anexo 8 |
SOLICITUD DE PAGO INTERBANCARIO. |
Anexo 9 |
CADENAS PRODUCTIVAS |
Anexo 10 |
CÉDULA DE EVALUACIÓN ADMINISTRATIVA |
Anexo 11 |
CÉDULA DE EVALUACIÓN TÉCNICA Y PUNTOS Y PORCENTAJES |
Anexo 12 |
CÉDULA DE EVALUACIÓN DE VISITA A LAS INSTALACIONES (NO APLICA PARA ESTE PROCESO) |
Anexo 13 |
CARTA DE LA NO PARTICIPACIÓN DE PERSONAS IMPEDIDAS DE ACUERDO A LOS SUPUESTOS DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LAASSP. |
Anexo 14 |
CARTA DE DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD DEL LICITANTE |
Anexo 15
|
ENCUESTA PARA DETERMINAR Y MEJORAR LA ATENCIÓN A PROVEEDORES (ESTE DOCUMENTO DEBERÁ SER REQUISITADO POR TODOS LOS PARTICIPANTES AL FINALIZAR EL EVENTO Y ENVIARLO POR CORREO ELECTRÓNICO A xxxxxxxx@xxxxx.xxx.xx A MÁS TARDAR TRES DÍAS HÁBILES SIGUIENTES AL FALLO) |
Anexo 16 |
MANIFIESTO ARTÍCULO 49 FRACCIÓN IX DE LA LEY GENERAL DE RESPONSABILIDADES ADMINISTRATIVAS |
Anexo A |
PROPOSICIÓN ECONÓMICA |
Ing. Xxxx Xxxx Xxxxxx
Gerente Servicios Generales
Nacional Financiera, S.N.C., I.B.D.
Presente
Por medio de la presente me permito presentar la proposición económica de los servicios solicitados, garantizando los costos fijos ofertados y vigentes a partir de la presentación del servicio conforme a lo siguiente:
1.- NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. (NAFIN)
Perfil |
Equipo Otorgado |
Descripción del Servicio |
N° Líneas |
Monto Máximo Mensual Autorizado del Plan en M.N. sin I.V.A.* |
Plan Ofrecido |
“A” |
|
Llamadas ilimitadas de voz para llamar a cualquier operador a nivel nacional, E.U. y Canadá; Larga distancia Internacional; Mensajes de texto ilimitados, 10 GB o más de navegación, Redes sociales Ilimitadas; Buzón de Voz; Roaming Internacional, se habilita con solicitud previa de 24 horas por parte del contacto asignado de Bancomext y Nafin, bajo las tarifas comerciales vigentes al momento de la activación. política de (Cost Control y/o Plan control de acuerdo a la petición de cada Banco) |
7 |
$956.00 |
|
“B” |
|
Llamadas ilimitadas de voz para llamar a cualquier operador a nivel nacional, E.U. y Canadá; Mensajes de texto ilimitados, 5 GB o más de navegación, Redes sociales Ilimitadas; Buzón de Voz; Roaming Internacional, política de (Cost Control y/o Plan control de acuerdo a la petición de cada Banco). |
37 |
$478.00 |
|
El importe total se deberá precisar con número y letra.
$XXX,XXX.XX (Importe en letra 00/M.N.)
*Nota: Para efectos de esta cotización los montos máximos mensuales no INLUYEN I.V.A. Las tarifas autorizadas son las determinadas en los LINEAMIENTOS por los que se establecen medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, emitidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el lunes 00 xx xxxxxxx xx 0000 xx xx Xxxxxx xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxx.
Los precios serán fijos durante la vigencia del pedido/contrato.
Precios en Moneda Nacional (M.N.)
Las cantidades reflejadas en el cuadro arriba expuesto son enunciativas más no limitativas, el área requirente podrá solicitar el incremento o decremento de la parte variable (N° Líneas) verificando que no rebasen el presupuesto asignado, formalizado mediante contrato abierto, por lo que no representa ninguna obligación para ambas INSTITUCIONES; la volumetría solicitada es solo un estimado y serán utilizadas para efectos de evaluación de la proposición económica.
NOTA: Las INSTITUCIONES revisarán las operaciones aritméticas y en caso de error se harán los ajustes necesarios respetando los precios unitarios ofrecidos y el participante se sujetará al resultado del ajuste, si no acepta dicho ajuste se desechará la proposición.
A T E N T A M E N T E.
Nombre y firma del representante legal Nombre, Razón o Denominación Social RFC Teléfono Correo Electrónico |
Lic. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxxxx Xxxx
Subdirector de Servicios Generales y Avalúos.
Banco Nacional de Comercio Exterior, S.N.C.
Presente
Por medio de la presente me permito presentar la proposición económica de los servicios solicitados, garantizando los costos fijos ofertados y vigentes a partir de la presentación del servicio conforme a lo siguiente:
2.- BANCO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, S.N.C. (BANCOMEXT)
Perfil |
Equipo Otorgado |
Descripción del Servicio |
N° Líneas |
Monto Máximo Mensual Autorizado del Plan en M.N. sin I.V.A.* |
Plan Ofrecido |
“A” |
|
Llamadas ilimitadas de voz para llamar a cualquier operador a nivel nacional, E.U. y Canadá; Larga distancia Internacional; Mensajes de texto ilimitados, 10 GB o más de navegación, Redes sociales Ilimitadas; Buzón de Voz; Roaming Internacional, se habilita con solicitud previa de 24 horas por parte del contacto asignado de Bancomext y Nafin, bajo las tarifas comerciales vigentes al momento de la activación. política de (Cost Control y/o Plan control de acuerdo a la petición de cada Banco) |
6 |
$956.00 |
|
“B” |
|
Llamadas ilimitadas de voz para llamar a cualquier operador a nivel nacional, E.U. y Canadá; Mensajes de texto ilimitados, 5 GB o más de navegación, Redes sociales Ilimitadas; Buzón de Voz; Roaming Internacional, política de (Cost Control y/o Plan control de acuerdo a la petición de cada Banco).
|
8 |
$478.00 |
|
El importe total se deberá precisar con número y letra.
$XXX,XXX.XX (Importe total en letra 00/M.N.)
*Nota: Para efectos de esta cotización los montos máximos mensuales no INLUYEN I.V.A. Las tarifas autorizadas son las determinadas en los LINEAMIENTOS por los que se establecen medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, emitidos por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, el lunes 00 xx xxxxxxx xx 0000 xx xx Xxxxxx xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxx.
Los precios serán fijos durante la vigencia del pedido/contrato.
Precios en Moneda Nacional (M.N.)
Las cantidades reflejadas en el cuadro arriba expuesto son enunciativas más no limitativas, el área requirente podrá solicitar el incremento o decremento de la parte variable (N° Líneas) verificando que no rebasen el presupuesto asignado, formalizado mediante contrato abierto, por lo que no representa ninguna obligación para ambas INSTITUCIONES; la volumetría solicitada es solo un estimado y serán utilizadas para efectos de evaluación de la proposición económica.
NOTA: Las INSTITUCIONES revisarán las operaciones aritméticas y en caso de error se harán los ajustes necesarios respetando los precios unitarios ofrecidos y el participante se sujetará al resultado del ajuste, si no acepta dicho ajuste se desechará la proposición.
A T E N T A M E N T E.
Nombre y firma del representante legal Nombre, Razón o Denominación Social RFC Teléfono Correo Electrónico |
Anexo B |
MANIFIESTO QUE EL PROVEEDOR ES DE NACIONALIDAD MEXICANA . |
EJEMPLO DE FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL.
__________de __________ de ______________ (1)
________(2)____________
P r e s e n t e.
Me refiero al procedimiento _______(3)___________ No. __(4)____ en el que mi representada, la empresa _______________(5)___________________ participa a través de la proposición que se contiene en el presente sobre.
Sobre el particular, manifiesto que el que suscribe, declara bajo protesta decir verdad, que es de nacionalidad mexicana .
A T E N T A M E N T E
________________(6)_________________
INSTRUCTIVO PARA EL LLENADO DEL EJEMPLO DE FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS LICITANTES QUE PARTICIPEN EN LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL, PARA DAR CUMPLIMIENTO A LO DISPUESTO EN LA REGLA SÉPTIMA DE ESTE ACUERDO NÚMERO DESCRIPCIÓN
1 Señalar la fecha de suscripción del documento.
2 Anotar el nombre de la dependencia o entidad convocante.
3 Precisar el procedimiento de que se trate, licitación pública o invitación a cuando menos tres personas.
4 Indicar el número respectivo.
5 Citar el nombre o razón social o denominación de la empresa.
6 Anotar el nombre y firma del representante de la empresa licitante.
NOTA: En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá
ajustar el presente formato en su parte conducente.
Anexo C |
MANIFESTACIÓN, BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, DE LA ESTRATIFICACIÓN DE MICRO, PEQUEÑA O MEDIANA EMPRESA (MIPYMES) |
_________ de __________ de _______ (1)
_________ (2)________
P r e s e n t e.
Me refiero al procedimiento de _________(3)________ No. ________(4) _______ en el que mi representada, la empresa_________(5)________, participa a través de la presente proposición.
Al respecto y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD que mi representada está constituida conforme a las leyes mexicanas, con Registro Federal de Contribuyentes _________(6)________, y asimismo que considerando los criterios (sector, número total de trabajadores y ventas anuales) establecidos en el Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009, mi representada tiene un Tope Máximo Combinado de _________(7)________, con base en lo cual se estatifica como una empresa _________(8)________.
Asimismo, manifiesto que mi representada ____(9)____ con empleados de planta registrados ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), así como (12)____ el personal bajo el regimen de servicios profesionales; por lo que, para efecto de la presente proposición, el personal ____(13)____ será con el cual se prestará el servicio.
A T E N T A M E N T E
___________(14)____________
DESCRIPCIÓN
Formato para que los licitantes manifiesten, bajo protesta de decir verdad, la estratificación que les corresponde como Mipymes, de conformidad con el Acuerdo de Estratificación de las Mipymes, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009.
INSTRUCTIVO DE LLENADO:
Llenar los campos conforme aplique tomando en cuenta los rangos previstos en el Acuerdo antes mencionado y/o N/A, en caso de que no aplique.
Señalar la fecha de suscripción del documento.
Anotar el nombre de la convocante.
Precisar el procedimiento de contratación de que se trate (licitación pública o invitación a cuando menos tres personas).
Indicar el número de procedimiento de contratación asignado por CompraNet.
Anotar el nombre, razón social o denominación del licitante.
Indicar el Registro Federal de Contribuyentes del licitante.
Señalar el número que resulte de la aplicación de la expresión: Tope Máximo Combinado = (Trabajadores) x10% + (Ventas anuales en millones de pesos) x 90%. Para tales efectos puede utilizar la calculadora MIPYME disponible en la página xxxx://xxx.xxxxxxxxxxxxxxxxx.xxx.xx/xxxxxxxxxxx
Para el concepto “Trabajadores”, utilizar el total de los trabajadores con los que cuenta la empresa a la fecha de la emisión de la manifestación.
Para el concepto “ventas anuales”, utilizar los datos conforme al reporte de su ejercicio fiscal correspondiente a la última declaración anual de impuestos federales, expresados en millones de pesos.
Señalar el tamaño de la empresa (Micro, Pequeña o Mediana), conforme al resultado de la operación señalada en el numeral anterior.
Señalar si cuenta o no cuenta con empleados de planta registrado ante el IMSS.
Señalar si cuenta o no cuenta con persona bajo el régimen de servicios profesionales
Indicar con qué tipo de personal prestará el servicio (de planta, subcontratado, o bajo el régimen se servicios profesionales).
Anotar el nombre y firma del apoderado o representante legal del licitante
Anexo D |
VERIFICACIÓN DE LA RECEPCIÓN DE LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS EN LA CONVOCATORIA DE LA INVITACIÓN. |
NOMBRE DE LA EMPRESA: |
|||
DOCUMENTOS |
PUNTO DE REFERENCIA EN LA CONVOCATORIA |
ENTREGÓ |
|
SI |
NO |
||
ESCRITO DE ACREDITAMIENTO DE PERSONALIDAD Escrito a que se refiere el Artículo 48 fracción V del RLAASSP denominado “Acreditamiento de personalidad”. |
6.1. |
|
|
Copia por ambos lados de identificación oficial vigente. |
|
|
|
MANIFIESTO QUE EL PROVEEDOR ES DE NACIONALIDAD MEXICANA Escrito “bajo protesta de decir verdad” en el cual el licitante manifieste que es de nacionalidad mexicana . |
6.2. |
|
|
COPIA DE LOS DOCUMENTOS DE LAS NORMAS QUE LE APLICAN Copia de los documentos mediante los cuales el licitante acredita el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas, las normas mexicanas, las normas internacionales, las normas de referencia, especificaciones o sistemas solicitados conforme a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Así como el escrito en el que manifieste su conformidad respecto a que no se suscriba el contrato en el caso de no presentar los originales o copias certificadas de dichos documentos al momento de la firma. |
6.3 |
|
|
DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO El licitante deberá señalar, ratificar o rectificar en su caso, su correo electrónico para recibir todo tipo de notificaciones. |
6.4. |
|
|
MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DE NO ENCONTRARSE EN LOS SUPUESTOS DE LOS ARTS. 50 Y 60 Escrito mediante el cual el licitante manifieste “bajo protesta de decir verdad” que no se ubica en los supuestos de los Artículos 50 y 60 de la LAASSP”. |
6.5. |
|
|
CARTA DE DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD Escrito en el que el licitante manifieste “bajo protesta de decir verdad” que por sí o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la institución, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes. |
6.6. |
|
|
MANIFESTACIÓN DEL TAMAÑO DE LA EMPRESA |
6.7. |
|
|
PROPOSICIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA |
Anexo 1 Anexo 1A Anexo A |
|
|
PERSONAL CON DISCAPACIDAD |
|
|
|
MIPYMES CON INNOVACIÓN TECNOLÓGICA |
|
|
|
EQUIDAD DE GENERO |
|
|
|
Es recomendable que los licitantes participantes gestionen con la debida anticipación las opiniones sobre el cumplimiento de encontrarse al corriente en sus obligaciones en materia de seguridad social y fiscal emitidas por el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Infonavit y el SAT respectivamente para que el licitante ganador las presente al día hábil siguiente al fallo.
Anexo 1 |
PROPOSICIÓN TÉCNICA |
Ing. Xxxx Xxxx Xxxxxx
Gerente Servicios Generales
Nacional Financiera, S.N.C., I.B.D.
Presente
Por medio de la presente me permito presentar la proposición técnica de los productos y servicios solicitados, conforme a la siguiente:
PROPOSICIÓN TÉCNICA
X
Bienes: Servicios:
No. Progresivo |
DESCRIPCIÓN GENÉRICA DEL SERVICIO SOLICITADO POR NACIONAL FINANCIERA S.N.C. Y EL BANCO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, S.N.C. |
DESCRIPCIÓN GENÉRICA DEL SERVICIO OFERTADO Y GARANTIZADO POR EL PRESTADOR DEL SERVICIO |
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
|
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
1 |
Descripción y generalidades del servicio
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
1.1 |
La convocante requiere contratar de manera plurianual el “servicio de telefonía celular” bajo el esquema denominado “perfiles de usuario”, a través de un contrato abierto, por un periodo de 26 meses, comprendido entre el 1 xx xxxxxx de 2022 y el 30 de septiembre de 2024.
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
1.2 |
Este procedimiento de contratación, comprende una partida única, que se conforma de “2 perfiles de usuario” dicha partida será adjudicada a un único prestador de servicios y se contratará a partir de la configuración que incluya lo siguiente:
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
1.3 |
Todos los interesados deben de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Federal de Telecomunicaciones y de los instrumentos que de ella emanen.
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
1.4 |
A petición de la convocante, los interesados aceptan que los servicios objeto de la presente contratación; podrán ser ampliados, modificados o disminuidos en la medida de sus requerimientos, sin que esto implique que puedan aplicar costos adicionales o de activación, por lo que se excluyen de manera explícita, cualquier costo inicial, puesta a punto y ajuste o accesorios necesarios para la recepción de servicios que se contraten. El incremento o decremento de los servicios están en función de los montos mínimos y máximos que especifiquen los contratos que se establezcan y de acuerdo a los requerimientos de la convocante, por lo que este no establecerá un porcentaje de incremento o decremento de servicios por año.
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
1.5 |
Para efectos de evaluación, deberán ofertar en su propuesta económica la cantidad de servicios especificados en las siguientes tablas y de acuerdo a los perfiles señalados para cada Banco:
**Sin línea activa y sin costo para la convocante.
Las características generales de los planes son;
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
1.6 |
La convocante, no reconocerá cargos por servicios adicionales tales como; marcación a números 900’s, anuncios en directorios, accesorios y refacciones, contratación de servicios de cualquier naturaleza distintos a los requeridos por la institución, o bien aquellos ofertados de manera directa al usuario a través de centros de llamadas telefónicas (call center), propiedad del prestador del servicio o de representantes comerciales dependientes del mismo.
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
1.7 |
Las tarifas ofertadas no podrán ser mayores a las registradas en el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFETEL), incluyendo I.V.A. La forma en que la convocante verificará que las tarifas ofertadas no sean superiores a las registradas en el IFETEL, podrá ser mediante consulta a los portales de servicios de las empresas participantes o ante dicho instituto.
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
1.8 |
La convocante requiere que el prestador de servicios asigne una matriz de atención que incluya: Un ejecutivo de cuenta para atender y resolver los requerimientos de ambas instituciones, así como atender las reuniones de trabajo, que, en su caso, establezca la dependencia.
Un gerente de cuenta quien será el responsable de atender y asegurar el cumplimiento de los acuerdos y compromisos contractuales. El prestador de servicios deberá indicar los datos que se indican a continuación para cada uno de ellos:
De igual forma, el proveedor deberá tener a disposición un “Call Center Empresarial” que no sustituya a los ejecutivos ni gerentes, si no que sea una opción para solicitar tramites. Este deberá estar disponible los 365 días del año, a través de las siguientes opciones:
Xxxxxxxxx cambio de gerente y/o ejecutivo de cuenta, se deberá notificar al administrador del contrato de Nafin y Bancomext respectivamente, por escrito, dentro de los cinco días hábiles posteriores al cambio.
La convocante, a través de su correspondiente administrador del contrato, podrán solicitar de acuerdo a sus necesidades, o en caso de así ameritarlo, la sustitución del gerente o ejecutivo de cuenta a través de un comunicado dirigido al representante o apoderado legal del proveedor de servicios que resulte adjudicado en el procedimiento de contratación que se lleve a cabo.
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
1.9 |
El proveedor se compromete a entregar los equipos a más tardar el 25 de julio de 2022 en horario de 9:00 a 2:00 horas, para que los servicios referidos debidamente provisionados se presten del 1 xx xxxxxx de 2022, a partir de las 00:01 horas, no debiendo aplicar cargo alguno antes de la hora y fecha ultima indicada.
Se debe tener en consideración un periodo único extraordinario para realizar la portabilidad o migración de los números telefónicos entre el proveedor actual y del que resulte adjudicado para poder iniciar con la prestación del servicio.
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
1.10 |
Para cada línea deben entregar un equipo Smartphone de gama alta y de última tecnología, al momento de la asignación o cambio. Estos teléfonos tipo “Smartphone” deberán asignarse de conformidad con las especificaciones en el numeral 2.1 del punto “2. Características Técnicas” del modelo de proposición técnica.
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
1.11 |
Los equipos se entregarán en los domicilios señalados a continuación y dirigidos a los siguientes funcionarios o bien a los que ambas instituciones designen en su momento:
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
1.12 |
En la propuesta que presenten los interesados deberán considerar que los servicios operarán bajo un esquema de plan controlado, que no permitirá la generación de saldos adicionales, no obstante, el usuario podrá llevar a efecto recargas, abonando saldo a la línea establecida, aun así, el servicio no sufrirá ninguna interrupción, ni enrutamiento de mensajes de cualquier índole.
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
1.13 |
Los participantes del proceso deberán considerar su propuesta, crecimientos o disminuciones de líneas celulares, sin costo inicial de contratación y sin penalizaciones forzosas por cancelación anticipada. Los nuevos servicios deberán ser entregado son un plazo máximo de 2 días hábiles contados a partir de la fecha de solicitud.
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
1.14 |
La cantidad de servicios por cada perfil, podrá ser modificada a petición de la convocante, durante la vigencia del contrato, siempre y cuando se cumpla lo establecido en los LINEAMIENTOS por los que se establecen las medidas de austeridad en el gasto de operación en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, emitidos por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público el lunes 00 xx xxxxxxx xx 0000 xx xx Xxxxxx Xxxxxxx xx xx Xxxxxxxxxx.
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
1.15 |
Los interesados en participar en este procedimiento deberán señalar en su propuesta que, durante la vigencia del contrato, la convocante podrá requerir en cualquier momento y por escrito, el cambio sin costo cuando los equipos presenten fallas no atribuibles al uso y/o manejo del usuario. La entrega del nuevo equipo, deberá realizarse en un plazo no mayor de 48 horas hábiles.
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
2 |
Características de los equipos:
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
2.1 |
Las características técnicas mínimas que deben cumplir los equipos de telefonía celular “Smartphones” para los servicios solicitados se describen en la siguiente “tabla”:
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
2.2 |
La convocante administra un servidor Microsoft Exchange Server que brinda el servicio de correo institucional por lo cual deberán asegurar la correcta sincronización de los equipos que oferten respecto de:
Etc. |
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
2.3 |
El proveedor deberá entregar dentro de los 10 días posteriores a la fecha de inicio del servicio, un stock de 10 XXXX (chips de línea para los teléfonos celulares) sin línea y nuevos compatibles con los modelos de equipos celulares para la activación de nuevos servicios que la institución considere como urgentes sin que represente costo alguno para la convocante. |
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
2.4 |
El proveedor deberá restringir el acceso de todas las líneas telefónicas ofertadas a los servicios de entretenimiento y a los números 900’s.
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
2.5 |
La convocante requiere que los equipos celulares cuenten con facilidades para la transmisión de datos a nivel nacional, internacional y mundial: navegación en internet, envío y recepción de correos electrónicos y archivos adjuntos, debiendo establecer una cuota fija por los periodos requeridos por este servicio.
Para el caso de transmisión de datos a nivel internacional y mundial se deberán aplicar los planes y tarifas existentes establecidas en el contrato (en caso que el proveedor presente una mejora en su oferta original, esta será la que se aplique), sin límite de tiempo.
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
2.6 |
Adicionalmente deberán indicar en su propuesta que todos los usuarios de los servicios objeto de la presente, deberán contar con las facilidades que a continuación de describen:
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
3 |
De la cotización: |
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
3.1 |
Cada empresa deberá realizar una sola cotización, la cual deberá cumplir con la totalidad de las especificaciones y alcances del servicio solicitado en el anexo 1, y con todos los requisitos.
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
3.2 |
Las empresas deberán considerar como parte de la oferta económica de su propuesta los precios unitarios de los servicios adicionales que a continuación se indican de acuerdo al anexo 2, los cuales no se utilizarán para efectos de la evaluación de dicha oferta, pero serán utilizados para efectos de pago en los casos en que existan consumos en estos rubros.
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
3.3 |
En el anexo 3 “Servicios de valor agregado y servicios complementarios”, las empresas podrán ofrecer servicios de valor agregado sin costo adicional para complementar la propuesta de servicio. De igual forma podrán ofrecer servicios complementarios como paquetes adicionales de voz, datos y SMS, servicio de detalle de llamadas en factura, atención de emergencias, en el entendido que las contrataciones de estos implican la generación de un cargo extraordinario.
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
4 |
Portabilidad
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
4.1 |
El proveedor se compromete a realizar oportunamente los tramites de portabilidad conforme a la normatividad en la materia, a fin de garantizar la continuidad del servicio, con los números celulares que tienen asignados actualmente en ambas instituciones, indicando en su propuesta técnica el procedimiento para realizarlo.
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
5 |
Niveles de Servicio
|
||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
5.1 |
El proveedor se compromete a atender a la convocante bajo un esquema corporativo y prestar el mismo nivel de atención y cumplir con todas las especificaciones del presente, por lo que no se aceptaran esquemas de atención diferenciados fuera de la matriz de atención y servicio.
|
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
5.2 |
El proveedor prestara a la convocante los servicios bajo un esquema de niveles de servicio, el cual considera entre otros, los siguientes tiempos de respuesta: a) cambio de equipo: un máximo de 48 horas; b) cambio de región: 48 horas; c) cambio de numero: 48 horas. |
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
5.3 |
Para la solicitud de contratación, cancelaciones del servicio o modificaciones de toda naturaleza, podrán ser realizadas por escrito, generado por parte del administrador del servicio, o por quien este último tenga a bien designar para dichos efectos, por lo que no se reconocerán altas, bajas o cambios solicitados por otro personal. |
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
5.4 |
El proveedor deberá proporcionar servicio de soporte técnico con personal calificado, vía telefónica las 24 horas del día, todos los días del año durante la vigencia del contrato, para mantener en óptimas condiciones los servicios objeto del presente, y deberá resolver los problemas técnicos que impidan la correcta prestación de los servicios, a partir del levantamiento del reporte correspondiente, por lo que en su propuesta técnica deberá incluir el directorio del personal de soporte técnico, destacando el nivel de escalamiento. |
|
|||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
5.5 |
Las empresas deberán establecer en su propuesta que el diagnóstico sobre fallas en los servicios deberá realizarse en un término no mayor a 48 horas hábiles, considerando un horario hábil de 9:00 a 18:00 horas, en días hábiles, contadas a partir de la hora y día en que se entregue el equipo dañado, en las instalaciones que para tal efecto se indiquen en la propuesta. Para la reparación del equipo conforme al diagnóstico, el proveedor contará con un plazo de 24 a 48 horas para la entrega de los mismos a partir de la aceptación de Nafin y Bancomext de la reparación, en el supuesto caso de que el equipo no pueda ser reparado y el equipo se encuentre dentro de la garantía la sustitución deberá hacerse en un plazo no mayor a 48 horas. |
|
Este modelo podrá ser reproducido por cada participante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido y preferentemente el orden indicado.
La proposición debe integrarse en un archivo en formato PDF junto con la proposición económica que contenga la denominación, domicilio y teléfonos del licitante, legible en su contenido con el NOMBRE Y FIRMA y enviarla en archivo PDF.
A T E N T A M E N T E.
Nombre y firma del representante legal Nombre o Razón Social Teléfono |
|
MÉTODO DE EVALUACIÓN A LA PROPOSICIÓN TÉCNICA |
Capacidad del licitante (20 puntos). Consiste en la valoración de los recursos humanos, económicos, técnicos y de equipamiento para la prestación del servicio requerido.
PROPUESTA TÉCNICA |
|||||||||||||||
a) CAPACIDAD DEL LICITANTE (CL) |
|||||||||||||||
|
Ptos |
Tot. |
|||||||||||||
|
1.1 Experiencia: A fin de acreditar la experiencia solicitada, el interesado deberá presentar por el Gerente de cuenta y el ejecutivo de cuenta, copia de su curriculum así como un escrito en el que se enlisten las participaciones correspondientes en licitaciones con el sector público.
El documento que valide cada una de las participaciones será un escrito con datos de referencia, que deberá incluir: nombre del responsable del contrato en la organización, cargo, teléfono y correo electrónico oficial, haciendo mención sobre servicios realizados durante el periodo. NOTA: Nafin se reserva el derecho de corroborar que la información contenida en los escritos de referencia sea verídica. En todo el subrubro se obtendrá un máximo de 2.40 puntos, conforme a lo siguiente
Gerente de cuenta:
Ejecutivo de cuenta:
NOTA: La puntuación máxima suma de los recuadros es de 2.40 puntos.
|
2.40 |
8.00 |
||||||||||||
|
1.2. Competencia o habilidad en el trabajo: El participante deberá presentar una matriz simplificada (organigrama; estructura interna) del personal especializado en la atención del sector gobierno, misma que deberá incluir el número de personas en el área.
Para comprobar los conocimientos solicitados, se deberá entregar un escrito en el que se enlisten las actividades realizadas dentro de dicha área de atención especializada en el sector gobierno. En este subrubro la puntuación máxima es de 4.80 puntos.
NOTA: La puntuación máxima del recuadro es de 4.80 puntos.
|
4.80 |
|||||||||||||
|
1.3. Dominio de herramientas: A fin de acreditar lo solicitado, el participante deberá presentar un escrito en el que se enlisten las herramientas y talleres con los que cuenta y que pone a disposición del cliente así como los documentos que describan la herramienta o taller disponibles. En todo el subrubro se obtendrá un máximo de 1.00 puntos, mismos que se distribuirán de acuerdo a los recuadros siguientes.
El documento que acredite cada una de las herramientas y talleres será un documento descriptivo, el cual debe ser firmado por la Institución que lo emite..
Dicha información deberá corresponder a cualquiera de las herramientas y/o talleres a continuación mencionados.
NOTA: La puntuación máxima del recuadro es de 0.80 puntos..
|
0.80 |
|||||||||||||
|
Ptos |
Tot. |
|||||||||||||
|
2.1 Recursos Economicos Facturación de uno a tres contratos de servicio de la misma naturaleza.
Copia de facturas de uno a tres contratos, en las que se pueda identificar el contrato al que pertenecen y su monto comprometido, en el periodo 2021-2022. Los contratos de servicio deberan contar con entrega de equipos smarthphone así como servicios asociados a los requeridos.
NOTA: La puntuación máxima del recuadro es de 4.50 puntos.
|
4.5 |
10.0 |
||||||||||||
|
2.2 Equipamiento Se asignarán los puntos al licitante que acredite contar con infraestructura adecuada, moderna y eficiente para el otorgamiento del servicio con la mayor cobertura a nivel nacional, se deberá proporcionar un documento oficial donde se describa el alcance de la infraestrcutura real instalada y en operación a nivel nacional.
Dicha documentación deberá entregarse en archivo PDF y deberá contener los mapas con las manchas de cobertura desagregadas por tecnología bajo su administración. Se entenderá así, que las coberturas a entregar excluirán aquellas que hubiesen sido incorporadas mediante coberturas “extendidas”, asímismo deberá especificar el porcentaje de territorio cubierto y habitantes cubiertos por dichas tecnologías a nivel nacional.
NOTA: La puntuación máxima del recuadro es de 5.50 puntos.
|
5.5 |
|||||||||||||
|
Si el licitante NO acredita este requerimiento, no se asignará puntación alguna.
|
1.0 |
1.0 |
||||||||||||
|
Por cada una de las Aplicaciones acreditadas, mediante la presentación del registro ante el IMPI correspondiente, se le asignará la puntuación conforme al cuadro siguiente.
|
0.5 |
0.5 |
||||||||||||
|
|
0.5 |
0.5 |
||||||||||||
Puntos Capacidad del Licitante (CL) |
20 |
II.Experiencia y especialidad del licitante (18 puntos). Se refiere a los contratos del servicio de la misma naturaleza del que se pretende contratar que el licitante acredite haber realizado.
b) EXPERIENCIA Y ESPECIALIDAD DEL LICITANTE (EE) |
||||||||||||||||||||||
|
Ptos |
Tot. |
||||||||||||||||||||
|
Se entiende por experiencia y especialidad los años que el licitante ha suministrado o prestado a cualquier persona, bienes y/o servicios de la misma naturaleza de las que son objeto del procedimiento de contratación. Al respecto, se evaluará la experiencia del licitante en:
La experiencia señalada se acreditará mediante la entrega de contratos emitidos por las empresas/instituciones contratantes. Las evidencias estarán sujetas a verificación. No se omite mencionar, que los contratos no deberán tener una antigüedad mayor a 10 (diez) años. La puntuación se otorgará de acuerdo a lo siguiente:
NOTA: La puntuación máxima en este subrubro es de 9.00 puntos.
|
9.00
|
9.00 |
|||||||||||||||||||
|
Ptos |
Tot. |
||||||||||||||||||||
|
Al respecto, se evaluará la especialidad del licitante en:
La especialidad señalada se acreditará mediante la entrega de contratos con servicios similares a los de la presente invitación emitidos por clientes contratantes y que tengan como requirimiento un mínimo de 85 líneas por contrato distribuidas a lo largo de la republica mexicana. Las evidencias estarán sujetas a verificación. No se omite mencionar, que los contratos no deberán tener una antigüedad mayor a 10 (diez) años. La puntuación se otorgará de acuerdo a lo siguiente:
NOTA: La puntuación máxima en este recuadro es de 5.000 puntos.
NOTA: La puntuación máxima en este recuadro es de 4.000 puntos.
|
9.00
|
9.00 |
|||||||||||||||||||
Puntos Experiencia y Especialidad del Licitante(EE) |
18 |
|||||||||||||||||||||
III. Integración de la propuesta de trabajo (12 puntos). Evaluar la consistencia y congruencia de la propuesta técnica con los requisitos y/o aspectos técnicos establecidos en los términos de referencia del servicio.
|
||||||||||||||||||||||
c) PROPUESTA DE TRABAJO (PT) |
||||||||||||||||||||||
|
Ptos |
Tot. |
||||||||||||||||||||
|
El licitante deberá presentar para su evaluación la metodología a utilizar para la entrega de los equipos y activación de líneas, que se ajuste a los términos de referencia, en la que se deberán de considerar cuando menos los siguientes aspectos:
Nota: La puntuación máxima de este subrubro es de 4 puntos.
|
4.0 |
|
|||||||||||||||||||
|
Ptos |
Tot. |
||||||||||||||||||||
|
Dada la importancia de la Entrega-Recepción de Equipos y la implementación del servicio, se evaluará un plan de trabajo enfocado en la entrega de equipos, migración de líneas y puesta en marcha del servicio. Para lo cual se deberá contemplar lo indicado en el Anexo Técnico.
Nota: La puntuación máxima de este subrubro es de 4 puntos.
|
4.0 |
|
|||||||||||||||||||
|
Ptos |
Tot. |
||||||||||||||||||||
El licitante deberá presentar para la evaluación la estructura de la organización (organigrama) del equipo de trabajo asignado a las funciones para el cumplimiento de las obligaciones previstas para este servicio. Se deberá entregar un organigrama que se ajuste al Anexo Técnico, en la que se deberán de considerar cuando menos los siguientes aspectos.
Organigrama: El licitante deberá presentar un esquema estructural del personal que integrará el equipo de trabajo, de cuando menos 1 Gerente de cuenta, 1 Ejecutivo de cuenta y 1 Call Center Empresarial. En dicho organigrama, se deberá especificar las funciones, responsabilidades y capacidades de cada uno de los integrantes que realizarán dentro de las siguientes actividades:
Nota: La puntuación máxima de este subrubro es de 4 puntos.
|
4.0 |
|
||||||||||||||||||||
Puntos Propuesta de Trabajo (PT) |
12 |
|||||||||||||||||||||
IV. Cumplimiento de contratos (10 puntos). Se ocupa de medir el desempeño o cumplimiento que ha tenido el licitante en la prestación oportuna y adecuada de los servicios de la misma naturaleza objeto del procedimiento de contratación de que se trate, que hubieren sido contratados por alguna dependencia, entidad o cualquier otra persona en el plazo que determine la convocante, el cual no podrá ser superior a diez años.
|
||||||||||||||||||||||
CUMPLIMIENTO A CONTRATOS (CC) |
Ptos |
Tot. |
||||||||||||||||||||
Se entiende por cumplimiento de contratos la medición del desempeño o cumplimiento satisfactorio que ha tenido el licitante en la entrega y/o prestación oportuna y adecuada de los bienes y/o servicios de la misma naturaleza objeto del procedimiento de contratación.
Al respecto, se evaluará el cumplimiento del licitante en:
El cumplimiento de los contratos se acredita con la presentación de los documentos comprobatorios, los cuales pueden ser: i) la carta de cancelación de la garantía de cumplimiento; ii) la manifestación expresa de la contratante sobre el cumplimiento total de las obligaciones contractuales; iii) carta de finiquito; iv) carta de cumplimiento satisfactorio del contrato. No se omite mencionar, que los contratos y la documentación comprobatoria respectiva no deberán tener una antigüedad mayor a 10 (diez) años y que el máximo de contratos y documentos a presentar es de 4.
NOTA: La puntuación máxima en este recuadro es de 5.00 puntos.
NOTA: La puntuación máxima en este recuadro es de 5.00 puntos.
|
10 |
10 |
||||||||||||||||||||
Puntos para Cumplimiento de Contratos(CC) |
10 |
|||||||||||||||||||||
TOTAL PUNTOS PROPUESTA TÉCNICA (T) |
60.00 |
ANEXO 2 (ANEXO TÉCNICO)
“SERVICIOS ADICIONALES A COTIZAR”
CONCEPTO |
PRECIO UNITARIO EN M.N. |
Minuto de larga distancia a Centroamérica. |
$______.___ |
Minuto de larga distancia a Europa. |
$______.___ |
Minuto de larga distancia al resto del mundo. |
$______.___ |
Minuto de roaming internacional. |
$______.___ |
Minuto de roaming mundial. |
$______.___ |
Costo de Kb adicional, nacional e internacional. |
$______.___ |
Costo por paquetes internacionales. |
$______.___ |
Otros servicios de tipo adicional que ofrezca el concesionario como parte de su participación en el mercado. La convocante no se compromete en ningún momento a contratar ninguno de los servicios de tipo opcional, sin embargo, podrá solicitarlos por medio del administrador del contrato correspondiente.
|
$______.___ |
Nota: Las empresas deberán considerar como parte de su propuesta económica los precios unitarios de los servicios adicionales relacionados en el cuadro anterior, los cuales no serán utilizados para efectos de la evaluación de su propuesta, pero si serán utilizados, en su caso, para efectos de pago en los supuestos en que existan consumos en estos rubros, por lo que la falta u omisión de uno o varios de ellos, será motivo de descarte de la propuesta de que se trate.
La convocante no se compromete en ningún momento a contratar alguno de los servicios de tipo opcional que ofrezca el concesionario como parte de su participación en el mercado, sin embargo, de considerarlo conveniente, podrá solicitarlos por medio del administrador del contrato.
ANEXO 3 (ANEXO TÉCNICO)
“SERVICIOS DE VALOR AGREGADO Y SERVICIOS COMPLEMENTARIOS”
SERVICIO |
BREVE DESCRIPCIÓN |
SIN COSTO |
CON COSTO |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Para formular su cotización, se deberá considerar los siguientes aspectos:
Las hojas deberán contener el logo o papel membretado de la empresa para su identificación.
La propuesta deberá estar firmada por el representante de la empresa.
Se deberán entregar los anexos que se adjuntan a la presente.
Anexo 2 |
SOLICITUD DE ACLARACIONES |
No Progresivo |
Punto específico de la Convocatoria |
Pregunta especifica (Planteada por el licitante) |
Respuesta (para requisitar por la convocante) |
1 |
|
|
|
2 |
|
|
|
3 |
|
|
|
4 |
|
|
|
5 |
|
|
|
6 |
|
|
|
7 |
|
|
|
8 |
|
|
|
9 |
|
|
|
10 |
|
|
|
NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL
Firma.
Las solicitudes de aclaraciones deberán plantearse de manera concisa y estar directamente vinculadas con los puntos de la convocatoria.
Las solicitudes que no cumplan con el formato establecido, podrán ser desechadas por la convocante (Artículo 45 sexto párrafo del RLAASSP).
Anexo 3 |
FORMATO DE ESCRITO DE INTERÉS EN PARTICIPAR ELECTRÓNICAMENTE EN LA PRESENTE INVITACIÓN |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C.,
Subdirección de Adquisiciones
PRESENTE.
El que suscribe (nombre de la empresa o persona física licitante), bajo protesta de decir verdad manifiesta que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada para participar en la invitación (datos de la invitación) número (número de invitación), convocada para la adquisición de (concepto de la invitación), para tal efecto se describen los datos siguientes:
Personas Xxxxxxx
RFC_________________________________________
Nombre y domicilio de su apoderado y/o representante __________________
Objeto Social de la empresa____________________________
Reformas o modificaciones a escrituras públicas_________________________
Nombre de los socios______________________________________________
El representante legal: las escrituras públicas en las que le fueron otorgadas las facultades para suscribir las propuestas. _________________________________
Personas físicas
RFC_____________________________________________
Nombre y domicilio________________________________
Representante y/o apoderado en su caso_______________
En virtud de lo anterior, se adjunta al presente un escrito que contiene (número de preguntas) preguntas acerca de la convocatoria que nos ocupa a efecto de que sean contestadas durante el periodo de aclaraciones correspondiente.
Atentamente
________________________________
Nombre y firma del Representante Legal o
en su caso persona física licitante
Cargo
NOTA: Este documento deberá enviarse junto con la solicitud de aclaraciones (formato Anexo 2) a más tardar 24 horas antes de que concluya el periodo de aclaraciones respectivo, a través de CompraNet.
Anexo 4 |
FORMATO DE ACREDITAMIENTO DE PERSONALIDAD |
__________(NOMBRE)_______, manifiesto bajo protesta de decir verdad, que los datos aquí asentados, son ciertos y cuento con facultades suficientes para participar en la presente invitación a cuando menos tres personas para la contratación de ________________ a nombre y representación de: (persona moral)____ |
|||||
Registro federal de contribuyentes: |
|||||
|
Domicilio: |
||||
|
Calle número: |
||||
|
|
||||
|
Colonia: |
Delegación o Municipio: |
|||
|
|
||||
|
Código Postal: |
Entidad Federativa: |
|||
|
|
||||
|
No. de escritura pública en la que consta su acta constitutiva: |
Fecha: |
|||
|
|
||||
|
Fecha y datos de la inscripción en el Registro Público de Comercio |
||||
|
|
||||
|
Nombre, número y xxxxx xxx Xxxxxxx Público ante el cual se dio fe de la misma: |
||||
|
|
||||
|
Relación de Socios: |
||||
|
Apellido Paterno: |
Apellido Materno: |
Nombre(s) |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
Descripción del objeto social TRANSCRIBIR EN FORMA COMPLETA EL OBJETO SOCIAL TAL COMO APARECE EN SU ACTA CONSTITUTIVA o actividad preponderante (tratándose de personas físicas) que deberá abarcar la realización de los actos necesarios para cumplir con las obligaciones contenidas en el contrato materia de esta invitación:
|
||||
|
|
||||
|
Reformas y modificaciones, indicando el No. de escritura pública en la que consta : |
Fecha: |
|||
|
|
||||
|
Nombre del apoderado o representante: |
||||
|
R.F.C. |
||||
|
Domicilio: |
||||
|
Datos del documento mediante el cual acredita su personalidad y facultades.- |
||||
|
|
||||
|
Escritura pública número: |
Fecha: |
|||
|
|
||||
|
Nombre, número y xxxxx xx Xxxxxxx Público ante el cual se otorgó: |
Anexo 5 |
FORMATO DE CONTRATO PARA NAFIN |
CONTRATO ABIERTO PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE TELEFONÍA CELULAR, QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., REPRESENTADA POR (NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE LA “DEPENDENCIA O ENTIDAD”), EN SU CARÁCTER DE (SEÑALAR CARGO DEL REPRESENTANTE), EN ADELANTE “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” Y, POR LA OTRA, (NOMBRE DE LA PERSONA FÍSICA O DENOMINACIÓN O RAZON SOCIAL DE LA PERSONA MORAL), EN LO SUCESIVO “EL PROVEEDOR”, REPRESENTADA POR (NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE LA PERSONA MORAL), EN SU CARÁCTER DE (SEÑALAR EL CARÁCTER DEL REPRESENTANTE DE LA EMPRESA), A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
Nacional Financiera, S.N.C., requiere la contratación del Servicio de Telefonía Celular con dispositivos para oficina móvil (telefonía celular, internet, correo electrónico, contactos, agenda, capacidad de lectura para archivos de la suite office y PDF), con tecnología y sistema operativo de vanguardia, cobertura nacional e internacional, durante las 24 horas del día, los 365 días del año.
DECLARACIONES
I. “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” declara que:
1.1 En su carácter de Institución de Banca de Desarrollo se rige por su Ley Orgánica publicada en el Diario Oficial de la Federación el 26 de diciembre de 1986, cuya modificación más reciente se llevó a cabo mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 10 de enero de 2014 y tiene por objeto, entre otros, la promoción del ahorro y la inversión, así como la canalización de apoyos financieros y técnicos al fomento industrial y al desarrollo económico nacional y regional del país.
1.2. Conforme a lo dispuesto por la escritura pública _____ de fecha __ de _______ del _____, pasada ante la fe del Lic. _________________, Notario Público número _____ de la _______________, el (NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD), (SEÑALAR CARGO DEL REPRESENTANTE), con R.F.C ____________________, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio ______________ en el folio mercantil número ____ de fecha __ de ____ de __ el es el servidor público que tiene conferidas las facultades legales para celebrar el presente contrato, quien podrá ser sustituido en cualquier momento en su cargo o funciones, sin que ello implique la necesidad de elaborar convenio modificatorio.
I.3 De conformidad con las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Contratación de Servicios de Nacional Financiera, S.N.C. suscribe el presente instrumento el C. (NOMBRE DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO), en su carácter de (SEÑALAR CARGO DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO), con R.F.C (Colocar RFC), facultado para administrar el cumplimiento de las obligaciones que deriven del objeto del presente contrato, quien podrá ser sustituido en cualquier momento en su cargo o funciones, bastando para tales efectos un comunicado por escrito y firmado por el servidor público facultado para ello, dirigido al representante de “EL PROVEEDOR” para los efectos del presente contrato, encargados del cumplimiento de las obligaciones contraídas en el presente instrumento jurídico.
I.4 La adjudicación del presente contrato se realizó mediante el procedimiento de INVITACION NACIONAL ELECTRÓNICA A CUANDO MENOS TRES PERSONAS, número IA-006HIU001-E____-2022, EXP. _______, PRO. ________, realizado al amparo de lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos 26 FRACCIÓN II, 26 BIS FRACCIÓN II, 27, 28, FRACCIÓN I, 45 y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “LAASSP”, y los correlativos de su Reglamento.
Cuando la proposición ganadora haya sido presentada en forma conjunta, se estará a lo dispuesto por el artículo 44 del Reglamento de la “LAASSP”
I.5 “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” cuenta con recursos suficientes y con autorización para ejercerlos en el cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente contrato, como se desprende del reporte general de suficiencia presupuestaria en la partida número 31501, denominada “Servicio de Telefonía celular”, con folio de autorización EGN-_____/__-2022 de fecha ___ de _______ de ______, emitido por la _____________________, registrada con el número de expediente electrónico NFI- INVI -______-2022, en el Sistema Integral de Gestión de Adquisiciones (SIGA), sistema propiedad de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
I.6 Para efectos fiscales las Autoridades Hacendarias le han asignado el Registro Federal de Contribuyentes N° NFI3406305T0.
I.7 Tiene establecido su domicilio en avenida Xxxxxxxxxxx Xxx xx. 0000 Xxxxx XX, __x Xxxx, xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, Demarcación Territorial Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, Ciudad de México mismo que señala para los fines y efectos legales del presente contrato.
1.8. Se cercioró que la empresa (señalar el nombre del licitante que resulte adjudicado), se encuentra al corriente en sus obligaciones en materia de seguridad social, según lo acredita con la Opinión Positiva de Cumplimiento de Obligaciones en materia de seguridad social, emitida por el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), de fecha __ de ________ de 2022.
0.0.Xx dio cumplimiento a lo establecido en el numeral 32 de los “Lineamientos para la aplicación y seguimiento de las medidas para el uso eficiente, transparente y eficaz de los recursos públicos y las acciones de disciplina presupuestaria en el ejercicio fiscal del gasto público, así como para la modernización de la Administración Pública Federal”, publicados el 30 de enero de 2013 en el Diario Oficial de la Federación (DOF), así como al “ACUERDO por el que se emiten las políticas y disposiciones para impulsar el uso y aprovechamiento de la informática, el gobierno digital, las tecnologías de la información y comunicación, y la seguridad de la información en la Administración Pública Federal.” publicado el 6 de septiembre de 2021 en el DOF, como se acredita con el oficio número NAFIN_OIC_AAI_AADMGP___/__/__/2022, de fecha __ de _____ de 2022, emitido por el órgano interno de control en NAFIN de la Secretaría de la Función Pública, así como con el oficio número CEDN/GD/____/2022, de fecha __ de ______ de 2022, emitido por la Coordinación de Estrategia Digital Nacional.
II.1 Es una persona (FISICA O MORAL) legalmente constituida conforme a las leyes mexicanas mediante escritura pública N° _________ de fecha ____ de ________ de _____, otorgada ante la fe del Lic. _________________, Notario Público N° ______ del _________________, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio de _________________, bajo el folio mercantil número _____________ de fecha ____ de __________ de _____, denominada (DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL), cuyo objeto social es, entre otros, (OBJETO SOCIAL).
II.2 La o el C. (NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL), en su carácter de __________________, cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente contrato y obligar a su representada en los términos, lo cual acredita mediante escritura pública Nº ______ de fecha __ de ______ de ____, otorgada ante la fe del Lic. _____________________, Notario Público Nº __ del __________________, e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio ______________ en el folio mercantil número ____ de fecha __ de ____ de ____, mismo que bajo protesta de decir verdad manifiesta que no le han sido limitado ni revocado en forma alguna.
II.3 Ha considerado todos y cada uno de los factores que intervienen en el presente contrato, manifestando reunir las condiciones técnicas, jurídicas y económicas, así como la organización y elementos necesarios para su cumplimiento.
II.4 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que ni él ni ninguno de los socios o accionistas desempeñan un empleo, cargo o comisión en el servicio público, ni se encuentran inhabilitados para ello, o en su caso que, a pesar de desempeñarlo, con la formalización del presente contrato no se actualiza un conflicto de interés, en términos del artículo 49, fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas lo cual se constató por el Órgano Interno de Control en “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, en concordancia con los artículos 50, fracción II de la “LAASSP” y 88, fracción I de su Reglamento; así como que “EL PROVEEDOR” no se encuentra en alguno de los supuestos del artículo 50 y penúltimo y antepenúltimo párrafos del artículo 60 de la “LAASSP”.
II.5 Bajo protesta de decir verdad, declara que conoce y se obliga a cumplir con el Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo en materia de erradicación del Trabajo Infantil, del artículo 123 Constitucional, apartado A) en todas sus fracciones y de la Ley Federal del Trabajo en su artículo 22, manifestando que ni en sus registros, ni en su nómina tiene empleados menores de quince años y que en caso de llegar a tener a menores de dieciocho años que se encuentren dentro de los supuestos de edad permitida para laborar le serán respetados todos los derechos que se establecen en el marco normativo transcrito.
II.6 Cuenta con su Registro Federal de Contribuyentes (RFC PROVEEDOR).
II.7 Bajo protesta de decir verdad, manifiesta estar al corriente en los pagos que se derivan de sus obligaciones fiscales, en específico de las previstas en el artículo 32-D del Código Fiscal Federal vigente, así como de sus obligaciones fiscales en materia de seguridad social, ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y el Instituto Mexicano del Seguro Social; lo que acredita con las Opiniones de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales y en materia de Seguridad Social en sentido positivo, emitidas por el SAT e IMSS respectivamente, así como con la Constancia de Situación Fiscal en materia de Aportaciones Patronales y Entero de Descuentos, sin adeudo emitida por el INFONAVIT, las cuales se encuentran vigentes y obran en el expediente respectivo.
II.8 Manifiesta en comunicado de fecha __ de _____ de 2022, bajo protesta de decir verdad, que considerando los criterios (sector, número total de trabajadores y ventas anuales) establecidos en el “Acuerdo por el que se establece la estratificación de las micro, pequeñas y medianas empresas”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 xx xxxxx de 2009, se estratifica como empresa _____, que cuenta con empleados de planta registrados ante el IMSS, así como personal subcontratado a través de la empresa _______, por lo que el personal de planta será con el que se prestaran “LOS SERVICIOS” previstos en este instrumento.
II.9 Señala como su domicilio para todos los efectos legales el ubicado en (DOMICILIO FISCAL PROVEEDOR).
III. De “LAS PARTES”:
III.1 Que es su voluntad celebrar el presente contrato y sujetarse a sus términos y condiciones, para lo cual se reconocen ampliamente las facultades y capacidades necesarias, mismas que no les han sido revocadas o limitadas en forma alguna, por lo que de común acuerdo se obligan de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO.
“EL PROVEEDOR” acepta y se obliga a proporcionar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” la prestación del SERVICIO DE TELEFONÍA CELULAR CON DISPOSITIVOS PARA OFICINA MÓVIL (TELEFONÍA CELULAR, INTERNET, CORREO ELECTRÓNICO, CONTACTOS, AGENDA, CAPACIDAD DE LECTURA PARA ARCHIVOS DE LA SUITE OFFICE Y PDF), CON TECNOLOGÍA Y SISTEMA OPERATIVO DE VANGUARDIA, COBERTURA NACIONAL E INTERNACIONAL, DURANTE LAS 24 HORAS DEL DÍA, LOS 365 DÍAS DEL AÑO, en los sucesivo “LOS SERVICIOS”, de conformidad con todas y cada una de las especificaciones que se describen en el documento denominado Proposición Técnica, que forma parte del Anexo A del presente contrato al amparo del procedimiento de contratación señalado en el punto I.4 de las declaraciones de este instrumento jurídico.
Los anexos que firmados por “LAS PARTES” se integran al presente contrato son los que a continuación se enlistan:
Anexo A Proposición Técnica.
Anexo B Proposición Económica
Anexo C ______________________
Anexo D ______________________
SEGUNDA. DE LOS MONTOS Y PRECIOS
El monto total máximo del contrato será por la cantidad de hasta $__________ ( ___CANTIDAD EN LETRA M.N.___) en moneda nacional antes de impuestos, el monto total mínimo del mismo es por la cantidad de $__________ ( ___CANTIDAD EN LETRA M.N.___) en moneda nacional antes de impuestos y el monto total máximo del mismo es por la cantidad de $__________ ( ___CANTIDAD EN LETRA M.N.___) en moneda nacional antes de impuestos.
Los precios unitarios son considerados fijos y en moneda nacional (pesos mexicanos) hasta que concluya la relación contractual que se formaliza, incluyendo “EL PROVEEDOR” todos los conceptos y costos involucrados en la prestación SERVICIO DE TELEFONÍA CELULAR CON DISPOSITIVOS PARA OFICINA MÓVIL (TELEFONÍA CELULAR, INTERNET, CORREO ELECTRÓNICO, CONTACTOS, AGENDA, CAPACIDAD DE LECTURA PARA ARCHIVOS DE LA SUITE OFFICE Y PDF), CON TECNOLOGÍA Y SISTEMA OPERATIVO DE VANGUARDIA, COBERTURA NACIONAL E INTERNACIONAL, DURANTE LAS 24 HORAS DEL DÍA, LOS 365 DÍAS DEL AÑO, por lo que “EL PROVEEDOR” no podrá agregar ningún costo extra y los precios serán inalterables durante la vigencia del presente contrato.
De acuerdo a la plurianualidad del presente contrato, se pagará a “EL PROVEEDOR” los siguientes montos en cada ejercicio fiscal.
Ejercicio Fiscal |
Monto Mínimo |
Monto Máximo |
2022 |
$66,400.00 |
$166,000.00 |
2023 |
$115,200.00 |
$288,000.00 |
2024 |
$86,400.00 |
$216,000.00 |
En el entendido de que los recursos a erogar para el ejercicio fiscal 2023 Y 2024 estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria que apruebe la X. Xxxxxx de Diputados y ratifique la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de no ser así el presente contrato se podrá dar por terminado anticipadamente sin responsabilidad alguna para “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
TERCERA. FORMA Y LUGAR DE PAGO
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” se obliga a pagar a “EL PROVEEDOR” la cantidad señalada en la cláusula segunda de este instrumento jurídico, en moneda nacional, mediante pagos mensuales devengados cada uno por la cantidad que resulte de aplicar los precios unitarios fijos mensuales que para cada concepto se indican, en el Anexo B del presente contrato multiplicados por el número de servicios de cada rubro proporcionados durante el mes objeto de pago, más el Impuesto al Valor Agregado correspondiente, en un plazo máximo de 20 (veinte) días naturales siguientes, a partir de la fecha en que sea entregado y aceptado el Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) o factura electrónica por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, con la aprobación (firma) del Administrador del presente contrato mencionado en la Declaración I.3.
En caso de que el vencimiento del vigésimo día sea inhábil el pago se efectuará el día hábil inmediato posterior a éste.
De conformidad con el artículo 90 del Reglamento de la “LAASSP”, en caso de que el CFDI o factura electrónica entregado presenten errores, el Administrador del presente contrato mencionado en la Declaración I.3, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes de su recepción, indicará a “EL PROVEEDOR” las deficiencias que deberá corregir; por lo que, el procedimiento de pago reiniciará en el momento en que “EL PROVEEDOR” presente el CFDI o factura electrónica corregido.
El tiempo que “EL PROVEEDOR” utilice para la corrección de la documentación entregada, no se computará para efectos de pago, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de la “LAASSP”.
El CFDI o factura electrónica deberá ser presentada en el Sistema de Recepción de Comprobantes Fiscales Digitales (CFD) de "LADEPENDENCIA O ENTIDAD"
El CFDI o factura electrónica se deberá presentar desglosando el IVA cuando aplique.
“EL PROVEEDOR” manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación, supervisión y aceptación de la prestación del servicio, no se tendrán como recibidos o aceptados por el Administrador del presente contrato mencionado en la Declaración I.3.
Para efectos de trámite de pago, “EL PROVEEDOR” deberá ser titular de una cuenta de cheques vigente y para tal efecto proporciona la CLABE _______________________, del banco __________________, a nombre de “______________________________”, en la que se efectuará la transferencia electrónica de pago, debiendo anexar:
Constancia de la institución financiera sobre la existencia de la cuenta de cheques abierta a nombre del beneficiario que incluya:
Nombre del beneficiario (conforme al timbre fiscal);
Registro Federal de Contribuyentes;
Domicilio fiscal: calle, N° exterior, N° interior, colonia, código postal, Demarcación Territorial y entidad federativa;
Nombre(s) del(los) banco(s); y
Número de la cuenta con once dígitos, así como la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) con 18 (dieciocho) dígitos, que permita realizar transferencias electrónicas de fondo, a través del Sistema de Pago.
Copia de estado de cuenta reciente, con no más de dos meses de antigüedad.
El pago de la prestación de los servicios, quedará condicionado proporcionalmente al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales.
En caso de que "EL PROVEEDOR" cambie su cuenta CLABE, deberá de notificarlo por escrito a "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD" a la atención del administrador del contrato, con 5 (cinco) días hábiles de anticipación al vencimiento de los 20 (veinte) días hábiles establecidos en esta cláusula.
Si "EL PROVEEDOR" no notifica a "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD" por escrito del cambio de su cuenta CLABE en el plazo de anticipación señalado anteriormente, o bien, si "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD". no puede efectuar el depósito electrónico en la cuenta CLABE de "EL PROVEEDOR" que tenga registrada para efectos de pago por causas no imputables a "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD", está última contará con un plazo de 5 (cinco) días hábiles posteriores a los 20 (veinte) días naturales para realizar el pago por la prestación de los servicios que correspondan mediante cheque de caja, sin que lo anterior se considere como un atraso en el pago por el servicio proporcionados, por lo que “EL PROVEEDOR" está de acuerdo en que no procederá solicitarle a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” el pago de gastos financieros en los supuestos mencionados en éste párrafo.
El pago será efectuado mediante transferencia bancaria a la cuenta que “EL PROVEEDOR” proporcione.
Para el caso de que se presenten pagos en exceso, se estará a lo dispuesto por el artículo 51 párrafo tercero, de la “LAASSP”.
CUARTA. VIGENCIA
La vigencia del presente contrato y el plazo de prestación de “LOS SERVICIOS” inician a partir del siguiente día hábil de la firma del presente contrato, es decir del día 01 xx xxxxxx de 2022 y hasta el 30 de septiembre del 2024, sin perjuicio de su posible terminación anticipada, en los términos establecidos en su clausulado.
QUINTA. MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
“LAS PARTES” están de acuerdo en que por necesidades de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá ampliarse la prestación de “LOS SERVICIOS” objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la “LAASSP”, siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”, “EL PROVEEDOR” deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato.
Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la prestación de “LOS SERVICIOS”. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, no se requerirá de la solicitud de “EL PROVEEDOR”.
SEXTA. GARANTÍAS DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS Y ANTICIPOS (NO APLICA)
SÉPTIMA. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Conforme a los artículos 48 fracción II y último párrafo, y 49 fracción I, de la “LAASSP”, 85 fracción III, y 103 de su Reglamento; 166 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. (“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”), en este acto solicita a “EL PROVEEDOR” y este se obliga con esta a constituir una garantía divisible por el cumplimiento fiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones derivadas de este contrato, mediante fianza expedida por compañía afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, a favor de NACIONAL FINANCIERA, SNC., por un importe equivalente al 10.0% (DIEZ POR CIENTO) del monto máximo total del contrato, sin incluir el IVA. Dicha fianza deberá ser entregada a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del contrato.
Si las disposiciones jurídicas aplicables lo permiten, la entrega de la garantía de cumplimiento se podrá realizar de manera electrónica.
La fianza deberá presentarse en Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx 0000, Xxxxx XX, 0x Xxxx, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Demarcación Territorial Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, Ciudad de México, en la cual deberán de indicarse los siguientes requisitos:
Expedirse a favor de NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. y señalar su domicilio;
La indicación del importe total garantizado con número y letra;
La referencia de que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato y anexos respectivos;
La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma, así como la especificación de las obligaciones garantizadas;
El señalamiento de la denominación o nombre de “EL PROVEEDOR” y de la institución afianzadora, así como sus domicilios correspondientes;
La condición de que la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, y continuará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se dicte resolución definitiva por la autoridad competente, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y actos administrativos garantizados;
La indicación de que la fianza se hará efectiva conforme al procedimiento dispuesto en los artículos 178, 279 Y 280 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, el cual será aplicable también para el cobro de los intereses que en su caso se generen en los términos previstos en el artículo 283 del propio ordenamiento;
La indicación de que la cancelación de la póliza de fianza procederá una vez que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” otorgue el documento en el que se señale la extinción de derechos y obligaciones, previo otorgamiento del finiquito correspondiente, o en caso de existir saldos a cargo de “EL PROVEEDOR”, la liquidación debida;
Para efectos del presente contrato, la garantía de cumplimiento de las obligaciones del mismo, se deberá considerar la divisibilidad de ésta, por lo que en caso de incumplimiento se hará efectiva solo en la proporción correspondiente al incumplimiento de la obligación principal.
Para acreditar a la institución afianzadora el incumplimiento de la obligación garantizada, tendrá que cumplirse con los requisitos establecidos en la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas; y
El momento de inicio de la fianza y, en su caso, su vigencia.
Considerando los requisitos anteriores, dentro de la fianza, se deberán incluir las declaraciones siguientes en forma expresa:
“Esta garantía estará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se pronuncie resolución definitiva por autoridad competente, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del contrato.
"En caso de que la presente fianza se haga exigible de manera forzosa, esta afianzadora se somete expresamente al procedimiento de ejecución que establecen los artículos 178, 279 y 280 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, aún para el caso de que procediera el cobro de intereses con motivo del pago extemporáneo del importe de la fianza de acuerdo a lo establecido en el artículo 283 de la ley citada y manifiesta su conformidad en que se le aplique dicho procedimiento con exclusión de cualquier otro";
3. "La cancelación de la fianza no procederá sino en virtud de manifestación previa de manera expresa y por escrito de "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD" emitida por la Titular de la Dirección de Adquisiciones y Servicios o por quien este designe ", y
4. "La afianzadora acepta expresamente tener garantizado el contrato a que esta póliza se refiere, aún en el caso de que se otorgue prórroga o espera al deudor principal o fiado por parte de "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD" para el cumplimiento total de las obligaciones que se garantizaran, por lo que la afianzadora renuncia expresamente al derecho que le otorga el artículo 179 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas."
De no cumplir con dicha entrega, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá rescindir el contrato y remitir el asunto al Órgano Interno de Control para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en el artículo 60 fracción III de la “LAASSP”.
La garantía de cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad de “EL PROVEEDOR”, derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el presente instrumento jurídico, y de ninguna manera impedirá que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la garantía de cumplimiento.
En caso de incremento al monto máximo total del presente instrumento jurídico o modificación al plazo, “EL PROVEEDOR” se obliga a entregar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” dentro de los diez días naturales siguientes a la formalización del mismo, de conformidad con el último párrafo del artículo 91 del Reglamento de la “LAASSP”, los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener en el documento la estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la garantía otorgada inicialmente.
“EL PROVEEDOR” acepta expresamente que la garantía expedida para garantizar el cumplimiento se hará efectiva independientemente de que se interponga cualquier otro tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o judicial, así como que permanecerá vigente durante la substanciación de los juicios o recursos legales que se interponga con relación a dicho contrato, hasta que sea pronunciada resolución definitiva que cause ejecutoria por la autoridad competente.
El trámite de liberación de garantía, se realizará inmediato a que se extienda la constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales por parte de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 81, fracción VIII del Reglamento de la “LAASSP”.
Considerando que la prestación de “LOS SERVICIOS”, cuando aplique se haya previsto un plazo menor a diez días naturales, se exceptúa el cumplimiento de la garantía, de conformidad con lo establecido en el artículo 48 último párrafo de la "LAASSP", en concordancia con lo señalado en el tercer párrafo del artículo 86 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público
Para este caso, el monto de las penas convencionales por atraso que se puede aplicar, será del 10% (diez por ciento) del monto total máximo de “LOS SERVICIOS” entregados fuera de la fecha convenida, de conformidad con lo establecido en el tercer párrafo del artículo 96 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
OCTAVA. OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”
1. Prestar "LOS SERVICIOS" en las fechas o plazos y lugares específicos conforme a lo requerido en el presente contrato y anexos respectivos.
2. Cumplir con las especificaciones técnicas y de calidad y demás condiciones establecidas en el contrato respectivos anexos, así como la propuesta técnica y el requerimiento asociado a ésta;
3. Asumir su responsabilidad ante cualquier situación que pudiera generarse con motivo del presente contrato.
4. No difundir a terceros sin autorización expresa de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” la información que le sea proporcionada, inclusive después de la rescisión o terminación del presente instrumento, sin perjuicio de las sanciones administrativas, civiles y penales a que haya lugar.
5. Proporcionar la información que le sea requerida por parte de la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control, de conformidad con el artículo 107 del Reglamento de la “LAASSP”.
NOVENA. OBLIGACIONES DE “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”
Otorgar todas las facilidades necesarias, a efecto de que “EL PROVEEDOR” lleve a cabo en los términos convenidos.
Sufragar el pago correspondiente en tiempo y forma, por la prestación de “LOS SERVICIOS”.
Extender a “EL PROVEEDOR”, en caso de que lo requiera, por conducto del Administrador del Contrato, la constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales inmediatamente que se cumplan éstas a satisfacción expresa de dicho servidor público para que se dé trámite a la cancelación de la garantía de cumplimiento del presente contrato.
DÉCIMA. LUGAR, PLAZOS Y CONDICIONES DE ENTREGA DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
La prestación de “LOS SERVICIOS” será de conformidad con las especificaciones solicitadas por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, en cada una de las especificaciones que se describen en el Anexo A “Proposición técnica” de este contrato y la presente clausula.
Asimismo, “EL PROVEEDOR” entregará a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” los equipos telefónicos y accesorios descritos en el Anexo A “Proposición Técnica” de este contrato, durante los 5 (cinco) días hábiles previos al inicio del contrato; la entrega se realizará en las instalaciones de ésta última, ubicadas en Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxxxx XX xxxx __, Xxx. Xxxxxxxxx Inn, Demarcación Territorial de Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, Ciudad de México.
ENTREGA DE EQUIPOS.- “EL PROVEEDOR” entregará a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” 44 (cuarenta y cuatro) líneas activas con la portabilidad numérica correspondiente indicada por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, durante los 5 (cinco) días hábiles previos al inicio del contrato, con las características y especificaciones técnicas señaladas en el numeral 2.1 del punto 2 “Características Técnicas” del Anexo A, del presente contrato, denominado “Proposición técnica”.
Los equipos descritos en el párrafo inmediato anterior, deberán de estar activos al inicio de la prestación de “LOS SERVICIOS” y con las características de los planes descritos en el numeral 1.5 del Anexo A “Proposición Técnica”.
DÉCIMA PRIMERA. LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y PERMISOS
"EL PROVEEDOR" deberá contar con las licencias de uso de las herramientas de diseño y desarrollo que requiera y utilice para la prestación de “LOS SERVICIOS”, así como las licencias de uso de las herramientas para la operación y administración de los mismas, cuando dichas herramientas y licencias sean diferentes a aquellas con las que cuenta "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD".
DÉCIMA SEGUNDA. SEGUROS (NO APLICA)
DÉCIMA TERCERA. TRANSPORTE (NO APLICA)
DÉCIMA CUARTA. DEVOLUCIÓN.
Durante la vigencia del contrato, “LA ENTIDAD” podrá requerir en cualquier momento y por escrito, el cambio sin costo cuando los equipos presenten fallas no atribuibles al uso y/o manejo del usuario. La entrega del nuevo equipo deberá realizarse en un plazo no mayor de 48 horas hábiles.
DÉCIMA QUINTA. CALIDAD
“EL PROVEEDOR” deberá contar con la infraestructura necesaria, personal técnico especializado en el ramo, herramientas, técnicas y equipos adecuados para la prestación de “LOS SERVICIOS” requeridos, a fin de garantizar que el objeto de este contrato sea proporcionado con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para tal efecto, comprometiéndose a realizarlo a satisfacción de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” y con estricto apego a lo establecido en las cláusulas del presente instrumento jurídico y sus respectivos anexos, así como la propuesta técnica y el requerimiento asociado a ésta.
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” no estará obligada a recibir la aceptación de “LOS SERVICIOS” cuando éstos no cumplan con los requisitos establecidos en el párrafo anterior.
DÉCIMA SEXTA. DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS
“EL PROVEEDOR” queda obligado ante “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” a responder de los defectos y vicios ocultos derivados de las obligaciones del presente contrato, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en este instrumento jurídico y sus respectivos anexos, así como la propuesta técnica y el requerimiento asociado a ésta, y/o en la legislación aplicable en la materia.
Para los efectos de la presente cláusula, se entiende por vicios ocultos los defectos que existan en la prestación de “LOS SERVICIOS”, que los hagan impropios para los usos a que se le destine o que disminuyan de tal modo este uso, que de haberlo conocido “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” no lo hubiere adquirido o los hubiere adquirido a un precio menor.
DÉCIMA SÉPTIMA. RESPONSABILIDAD
“EL PROVEEDOR” se obliga a responder por su cuenta y riesgo de los daños y/o perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte lleguen a causar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, con motivo de las obligaciones pactadas, o bien por los defectos o vicios ocultos en la prestación de “LOS SERVICIOS”, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 de la “LAASSP”.
DÉCIMA OCTAVA. IMPUESTOS Y DERECHOS
Los impuestos, derechos y gastos que procedan con motivo de la prestación de “LOS SERVICIOS”, objeto del presente contrato, serán pagados por “EL PROVEEDOR”, mismos que no serán repercutidos a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” sólo cubrirá, cuando aplique, lo correspondiente al IVA, en los términos de la normatividad aplicable y de conformidad con las disposiciones fiscales vigentes.
DÉCIMA NOVENA. PROHIBICIÓN DE TRANSFERENCIA DE DERECHOS Y OBLIGACIONES
“EL PROVEEDOR” no podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” deslindando a ésta de toda responsabilidad.
De conformidad con las “Disposiciones Generales a las que deberán sujetarse las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal para su incorporación al programa xx Xxxxxxx Productivas de Nacional Financiera, S.N.C. Institución de Banca de Desarrollo”, en este acto, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” manifiesta su conformidad para que “EL PROVEEDOR” ceda sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero mediante operaciones de factoraje o descuento electrónico en cadenas productivas.
VIGÉSIMA. DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS
“EL PROVEEDOR” asume toda la responsabilidad total en caso de que, en la prestación de “LOS SERVICIOS”, objeto del presente contrato, infrinja patentes, marcas o viole otros registros de derechos de propiedad industrial a nivel nacional e internacional, por lo que, se obliga a responder personal e ilimitadamente de los daños y perjuicios que pudiera causar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” o a terceros.
En tal virtud, “EL PROVEEDOR” manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción administrativa y/o delito establecidos en la Ley Federal del Derecho de Autor ni en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de ésta será la de dar aviso en el domicilio previsto en el apartado de Declaraciones de este instrumento a “EL PROVEEDOR”, para que éste, utilizando los medios correspondientes al caso, garantice salvaguardar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” de cualquier controversia, liberándole de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole.
En caso de que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” tuviese que erogar recursos por cualquiera de estos conceptos, “EL PROVEEDOR” se obliga a reembolsar de manera inmediata los recursos erogados por aquella.
VIGÉSIMA PRIMERA. CONFIDENCIALIDAD
“EL PROVEEDOR” y su personal se obligan a guardar absoluta confidencialidad durante la vigencia del presente contrato y con posterioridad a su terminación, con respecto a la documentación e información inherente a “LOS SERVICIOS” materia del presente instrumento, a las actividades u operaciones de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, de la información que “LAS PARTES” identifiquen como confidencial y de la información y resultados que se obtenga derivada del presente contrato, incluyendo en su caso, toda aquella información relativa a las operaciones activas, pasivas y de servicios respecto de las cuales “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” este obligada a guardar secreto, de conformidad con el artículo 142 de la Ley de Instituciones de Crédito.
“LAS PARTES” están conformes en que la información que se derive de la celebración del presente instrumento jurídico, así como toda aquella información que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” entregue a “EL PROVEEDOR” tendrá el carácter de confidencial, por lo que este se compromete, de forma directa o a través de interpósita persona, a no proporcionarla o divulgarla por escrito, verbalmente o por cualquier otro medio a terceros, inclusive después de la terminación de este contrato.
La información contenida en el presente contrato es pública, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70 fracción XXVIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 68 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; sin embargo la información que proporcione “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” a “EL PROVEEDOR” para el cumplimiento del objeto materia del mismo, será considerada como confidencial en términos de los artículos 116 y 113, respectivamente, de los citados ordenamientos jurídicos, por lo que “EL PROVEEDOR” se compromete a recibir, proteger y guardar la información confidencial proporcionada por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” con el mismo empeño y cuidado que tiene respecto de su propia información confidencial, así como hacer cumplir a todos y cada uno de los usuarios autorizados a los que les entregue o permita acceso a la información confidencial, en los términos de este instrumento.
“EL PROVEEDOR” se compromete a que la información considerada como confidencial no será utilizada para fines diversos a los autorizados con el presente contrato especifico; asimismo, dicha información no podrá ser copiada o duplicada total o parcialmente en ninguna forma o por ningún medio, ni podrá ser divulgada a terceros que no sean usuarios autorizados. De esta forma, “EL PROVEEDOR” se obliga a no divulgar o publicar informes, datos y resultados obtenidos objeto del presente instrumento, toda vez que son propiedad de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
Cuando de las causas descritas en las cláusulas de RESCISIÓN y TERMINACIÓN ANTICIPADA, del presente contrato, concluya la vigencia del mismo, subsistirá la obligación de confidencialidad sobre la prestación de “LOS SERVICIOS” establecidos en este instrumento legal.
En caso de incumplimiento a lo establecido en esta cláusula, “EL PROVEEDOR” tiene conocimiento en que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá ejecutar o tramitar las sanciones establecidas en la “LAASSP” y su Reglamento, así como presentar las denuncias correspondientes de conformidad con lo dispuesto por el Libro Segundo, Título Noveno, Capítulos I y II del Código Penal Federal y demás normatividad aplicable.
De igual forma, “EL PROVEEDOR” se compromete a no alterar la información confidencial, a llevar un control de su personal y hacer de su conocimiento las sanciones que se aplicarán en caso de incumplir con lo dispuesto en esta cláusula, por lo que, en su caso, se obliga a notificar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” cuando se realicen actos que se consideren como ilícitos, debiendo dar inicio a las acciones legales correspondientes y sacar en paz y a salvo a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” de cualquier proceso legal.
“EL PROVEEDOR” se obliga a poner en conocimiento de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” cualquier hecho o circunstancia que en razón de “LOS SERVICIOS” prestados sea de su conocimiento y que pueda beneficiar o evitar un perjuicio a la misma.
Asimismo, “EL PROVEEDOR” no podrá, con motivo de la prestación de “LOS SERVICIOS” que realice a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, utilizar la información a que tenga acceso, para asesorar, patrocinar o constituirse en consultor de cualquier persona que tenga relaciones directas o indirectas con el objeto de las actividades que lleve a cabo.
VIGÉSIMA SEGUNDA. ADMINISTRACIÓN, VERIFICACIÓN, SUPERVISIÓN Y ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” designa como responsable de administrar y vigilar el cumplimiento del presente contrato al C. (COLOCAR NOMBRE DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO), (COLOCAR CARGO DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO), con el objeto de verificar el óptimo cumplimiento del mismo, por lo que indicará a “EL PROVEEDOR” las observaciones que se estimen pertinentes, quedando éste obligado a corregir las anomalías que le sean indicadas, así como deficiencias en la entrega de la prestación del servicio o de su personal.
Asimismo, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” sólo aceptará “LOS SERVICIOS” materia del presente contrato y autorizará el pago de los mismos previa verificación de las especificaciones requeridas, de conformidad con lo especificado en el presente contrato y sus correspondientes anexos, así como la propuesta técnica y el requerimiento asociado a ésta.
“LOS SERVICIOS” serán recibidos previa revisión del administrador del contrato; la inspección de “LOS SERVICIOS” consistirá en la verificación del cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en el contrato y en su caso en los anexos respectivos, así como la propuesta técnica y el requerimiento asociado a ésta.
En tal virtud, “EL PROVEEDOR” manifiesta expresamente su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla de conformidad con lo establecido en el párrafo anterior, “LOS SERVICIOS”, no se tendrán por aceptados por parte de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
VIGÉSIMA TERCERA. DEDUCCIONES
En caso de que “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la propuesta técnica y el requerimiento asociado a ésta, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” por conducto del administrador del contrato aplicará las deducciones en términos del punto 2.12 denominado “Deducciones” de LA INVITACIÓN del presente contrato, desde el 5% (cinco por ciento) sobre el monto de “LOS SERVICIOS” prestados en forma parcial o deficientemente, los montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que “EL PROVEEDOR” presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago, conforme a lo siguiente:
Niveles de Servicio |
||||
Descripción |
Servicios |
Tolerancia |
Deducción (nivel de servicio) |
Fórmula de Cálculo y Aplicación |
Telefonía Celular
|
Tiempo Aire |
12 Horas |
5% Por cada 2 hrs adicionales sin servicio. |
(Renta mensual de la línea) * (N° líneas con indisponibilidad) * (% correspondiente a cada NS) |
Servicio de Datos
|
Tiempo Aire Servicio de Datos |
12 Horas |
5% Por cada 2 hrs adicionales sin servicio. |
(Renta mensual de la línea * N° líneas con indisponibilidad) * (%correspondiente a cada NS) |
Falla o Descompostura De Teléfono |
Diagnóstico
|
5 Días Hábiles a partir de la notificación al proveedor xx xxxxx. |
10% Por cada 2 hrs adicionales sin servicio. |
(Renta mensual de la línea * líneas con indisponibilidad) * (No. De días sin Servicio) * 10% |
Reparación Sustitución
|
10 Días Hábiles a partir de la notificación al proveedor xx xxxxx. |
10% Por cada 2 hrs adicionales sin servicio. |
(Renta mensual de la línea * líneas con descompostura) * (No. De días sin Servicio) * 10% |
Las deducciones a la factura correspondiente deberán ser descontadas de la parte proporcional por el (los) concepto (s) que corresponda (n) de la facturación del mes en el que se hubiera generado el incumplimiento parcial o deficiente por parte de "EL PROVEEDOR", de acuerdo a la notificación que emita "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD".
La notificación y cálculo de las deducciones correspondientes las realizará el servidor público responsable de la administración del contrato de "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD".
La sumatoria de las deducciones a que se refiere la presente cláusula, no podrán rebasar el 10% (diez por ciento) del monto total máximo del contrato establecido en la cláusula SEGUNDA de este contrato en forma individual o conjunta, y en el evento de que "EL PROVEEDOR" alcance dicho porcentaje, "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD" podrá rescindir el presente contrato, en cuyo caso se aplicará la pena por incumplimiento señalada en la cláusula de este contrato denominada PENA POR INCUMPLIMIENTO.
Lo anterior, en el entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el IVA.
La notificación y cálculo de las deducciones correspondientes las realizará el administrador del contrato de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
Cuando el monto total de aplicación de deducciones alcance el 10% (diez por ciento) del monto máximo total del contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión.
VIGÉSIMA CUARTA. PENAS CONVENCIONALES
En caso de que “EL PROVEEDOR” presente atraso en el cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones pactadas para la adquisición prestación de los servicios, objeto del presente contrato, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, por conducto del administrador del contrato podrá aplicar una pena convencional desde el 20% (veinte por ciento), de conformidad con el numeral 3.9.10 “Penas convencionales” de LA INVITACIÓN del presente contrato, conforme a lo siguiente:
Descripción |
Servicios |
Rango |
Penalización |
Fórmula de Cálculo y Aplicación |
Telefonía Celular |
Entrega de equipos nuevos con sus accesorios al inicio de la prestación del servicio |
Por día natural de atraso |
20% Por equipos No entregados Por cada día hábil adicional |
(Importe de la facturación mensual / No. de equipos solicitadas al inicio del contrato) ) * (No. de equipos no entregados) * 20% |
Activación de líneas al inicio de la prestación del servicio. |
Por día natural de atraso |
20% por Líneas no Activas Por cada día hábil adicional |
(Renta mensual unitaria del plan solicitado) * (No. Líneas no activadas) * 20% |
Por lo anterior, el pago de la prestación de “LOS SERVICIOS” quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que si el contrato es rescindido en términos de lo previsto en la CLÁUSULA DE RESCISIÓN, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato.
El pago de la pena deberá efectuarse a través del esquema e5cinco Pago Electrónico de Derechos, Productos y Aprovechamientos (DPA´s), a favor de la Tesorería de la Federación, sin que la acumulación de esta pena exceda el equivalente al monto total de la garantía de cumplimiento del contrato y se aplicará sobre el monto proporcional sin incluir el IVA.
Cuando la suma de las penas convencionales exceda el monto total de la garantía de cumplimiento del presente contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión del mismo, en los términos del artículo 54 de la “LAASSP”.
Independientemente de la aplicación de la pena convencional a que hace referencia el párrafo que antecede, se aplicarán además cualquiera otra que la “LAASSP” establezca.
Esta pena convencional no descarta que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” en cualquier momento posterior al incumplimiento determine procedente la rescisión del contrato, considerando la gravedad de los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
En caso que sea necesario llevar a cabo la rescisión administrativa del contrato, la aplicación de la garantía de cumplimiento será por el monto total de las obligaciones garantizadas.
La penalización tendrá como objeto resarcir los daños y perjuicios ocasionados a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” por el atraso en el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el presente contrato.
La notificación y cálculo de la pena convencional, corresponde al administrador o el supervisor del contrato de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
VIGÉSIMA QUINTA. SANCIONES ADMINISTRATIVAS
Cuando “EL PROVEEDOR” incumpla con sus obligaciones contractuales por causas imputables a éste, y como consecuencia, cause daños y/o perjuicios graves a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, o bien, proporcione información falsa, actúe con dolo o mala fe en la celebración del presente contrato o durante la vigencia del mismo, por determinación de la Secretaría de la Función Pública, se podrá hacer acreedor a las sanciones establecidas en la “LAASSP”, en los términos de los artículos 59, 60 y 61 de dicho ordenamiento legal y 109 al 115 de su Reglamento.
VIGÉSIMA SEXTA. SANCIONES APLICABLES Y TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, de conformidad con lo establecido en los artículos 53, 53 Bis, 54 y 54 Bis de la “LAASSP”, y 86 segundo xxxxxxx, 00 xx 000 y 102 de su Reglamento, aplicará sanciones, o en su caso, llevará a cabo la cancelación de partidas total o parcialmente o la rescisión administrativa del contrato.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. RELACIÓN LABORAL
“EL PROVEEDOR” reconoce y acepta ser el único patrón del personal que ocupe con motivo del suministro objeto de este contrato, así como el responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social. Asimismo, “EL PROVEEDOR” conviene en responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra o en contra de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, en relación con el suministro materia de este contrato.
VIGÉSIMA OCTAVA. EXCLUSIÓN LABORAL
“LAS PARTES” convienen en que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” no adquiere ninguna obligación de carácter laboral con “EL PROVEEDOR” ni con los elementos que éste utilice para la prestación de “LOS SERVICIOS” objeto del presente contrato, por lo cual no se le podrá considerar como patrón ni como un sustituto. En particular el personal se entenderá relacionado exclusivamente con la o las personas que lo emplearon y por ende cada una de ellas asumirá su responsabilidad por dicho concepto.
Igualmente, y para este efecto y cualquiera no previsto, “EL PROVEEDOR” exime expresamente a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” de cualquier responsabilidad laboral, civil, penal, de seguridad social o de otra especie que, en su caso, pudiera llegar a generarse; sin embargo, si “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” tuviera que realizar alguna erogación por alguno de los conceptos que anteceden, “EL PROVEEDOR” se obliga a realizar el reembolso e indemnización correspondiente.
Por lo anterior, “LAS PARTES” reconocen expresamente en este acto que “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” no tiene nexo laboral alguno con “EL PROVEEDOR”, por lo que éste último libera a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” de toda responsabilidad relativa a cualquier accidente o enfermedad que pudiera sufrir o contraer cualquiera de sus trabajadores durante el desarrollo de sus labores o como consecuencia de ellos, así como de cualquier responsabilidad que resulte de la aplicación de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y/o cualquier otra aplicable, derivada de la entrega de “LOS SERVICIOS” materia de este contrato.
Asimismo, "EL PROVEEDOR" responderá ante terceros, por cualquier responsabilidad o reclamación civil, mercantil, penal, profesional o de cualquier otra índole, en que incurra el personal que utilice en la prestación de los servicios objeto de este contrato, liberando a "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD" de cualquier responsabilidad al respecto.
"EL PROVEEDOR" se obliga a fijar las tareas y supervisar las actividades del personal que utilice en la prestación de "LOS SERVICIOS" materia de este instrumento, por lo que "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD" en ningún momento será considerado como patrón solidario de acuerdo a lo establecido en el artículo 15 de la Ley del Seguro Social.
La comunicación entre "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD" y "EL PROVEEDOR" se realizará a través del personal de "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD", directamente con "EL PROVEEDOR" para este fin.
Las partes acuerdan expresamente que para el caso de que "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD" llegara a erogar alguna cantidad derivada de algún tipo de reclamación o demanda, será "EL PROVEEDOR" quien estará obligado a cubrir a "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD", sin menoscabo del pago de daños y perjuicios a que haya lugar.
VIGÉSIMA NOVENA. SUSPENSIÓN DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
Cuando en la entrega de la prestación de “LOS SERVICIOS”, se presente caso fortuito o de fuerza mayor, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” bajo su responsabilidad, podrá de resultar aplicable conforme a la normatividad en la materia, suspender la prestación de “LOS SERVICIOS”, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente recibidos por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, a solicitud escrita de “EL PROVEEDOR”, cubrirá los gastos no recuperables, durante el tiempo que dure esta suspensión, para lo cual “EL PROVEEDOR” deberá presentar dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes de la notificación del término de la suspensión, la factura y documentación de los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD-” pagará los gastos no recuperables, en moneda nacional (pesos mexicanos), dentro de los 45 (cuarenta y cinco) días naturales posteriores a la presentación de la solicitud debidamente fundada y documentada de “EL PROVEEDOR”, así como del CFDI o factura electrónica respectiva y documentación soporte.
En caso de que “EL PROVEEDOR” no presente en tiempo y forma la documentación requerida para el trámite de pago, la fecha de pago se recorrerá el mismo número de días que dure el retraso.
El plazo de suspensión será fijado por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, a cuyo término en su caso, podrá iniciarse la terminación anticipada del presente contrato, o bien, podrá continuar produciendo todos los efectos legales, una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron dicha suspensión.
TRIGÉSIMA. RESCISIÓN
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el presente contrato y hacer efectiva la fianza de cumplimiento, cuando “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de sus obligaciones contractuales, sin necesidad de acudir a los tribunales competentes en la materia, por lo que, de manera enunciativa, más no limitativa, se entenderá por incumplimiento:
Si incurre en responsabilidad por errores u omisiones en su actuación;
Si incurre en negligencia en la prestación de “LOS SERVICIOS” objeto del presente contrato, sin justificación para “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”;
Si transfiere en todo o en parte las obligaciones que deriven del presente contrato a un tercero ajeno a la relación contractual;
Si cede los derechos de cobro derivados del contrato, sin contar con la conformidad previa y por escrito de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”;
Si suspende total o parcialmente y sin causa justificada la prestación de “LOS SERVICIOS” del presente contrato o no les otorga la debida atención conforme a las instrucciones de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”;
Si no presta de “LOS SERVICIOS” en tiempo y forma conforme a lo establecido en el presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
Si no proporciona a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” o a las dependencias que tengan facultades, los datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión de la prestación de “LOS SERVICIOS” del presente contrato;
Si cambia de nacionalidad e invoca la protección de su gobierno contra reclamaciones y órdenes de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”;
Si es declarado en concurso mercantil por autoridad competente o por cualquier otra causa distinta o análoga que afecte su patrimonio;
Si no acepta pagar penalizaciones o no repara los daños o pérdidas, por argumentar que no le son directamente imputables, sino a uno de sus asociados o filiales o a cualquier otra causa que no sea de fuerza mayor o caso fortuito;
Si no entrega dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma del presente contrato, la garantía de cumplimiento del mismo;
Si la suma de las penas convencionales excede el monto total de la garantía de cumplimiento del contrato y/o de las deducciones alcanzan el 10% (diez por ciento) del monto total de este instrumento jurídico;
Si “EL PROVEEDOR” no presta de “LOS SERVICIOS” objeto de este contrato de acuerdo con las normas, la calidad, eficiencia y especificaciones requeridas por “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” conforme a las cláusulas del presente contrato y sus respectivos anexos, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta;
Si divulga, transfiere o utiliza la información que conozca en el desarrollo del cumplimiento del objeto del presente contrato, sin contar con la autorización de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” en los términos de lo dispuesto en la cláusula DÉCIMA NOVENA del presente instrumento jurídico;
Si se comprueba la falsedad de alguna manifestación contenida en el apartado de sus declaraciones del presente contrato;
Cuando “EL PROVEEDOR” y/o su personal, impidan el desempeño normal de labores de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, durante la prestación de “LOS SERVICIOS”, por causas distintas a la naturaleza del objeto del mismo;
Cuando exista conocimiento y se corrobore mediante resolución definitiva de autoridad competente que “EL PROVEEDOR” incurrió en violaciones en materia penal, civil, fiscal, mercantil o administrativa que redunde en perjuicio de los intereses de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” en cuanto al cumplimiento oportuno y eficaz en la prestación de “LOS SERVICIOS” del presente contrato; y
En general, incurra en incumplimiento total o parcial de las obligaciones que se estipulen en el presente contrato o de las disposiciones de la “LAASSP” y su Reglamento.
Para el caso de optar por la rescisión del contrato, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” comunicará por escrito a “EL PROVEEDOR” el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte en su caso las pruebas que estime pertinentes.
En caso de rescisión del presente contrato por causas imputables a “EL PROVEEDOR”, éste se obliga a pagar a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” por concepto xx xxxx por incumplimiento, dentro de los 5 (cinco) días hábiles siguientes a la fecha de la notificación de la rescisión que le haga “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” por escrito, una cantidad equivalente al importe que corresponda al monto de las obligaciones incumplidas por “EL PROVEEDOR” al momento en que surta efectos la rescisión, o en su defecto se hará efectiva la parte proporcional la garantía de cumplimiento del contrato que corresponda al monto de las obligaciones incumplidas.
Transcurrido dicho término “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, en un plazo de 15 (quince) días hábiles siguientes, tomando en consideración los argumentos y pruebas que hubiere hecho “EL PROVEEDOR”, determinará de manera fundada y motivada dar o no por rescindido el contrato, y comunicará a “EL PROVEEDOR” dicha determinación dentro del citado plazo.
Cuando se rescinda el contrato, se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuar “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” por concepto del contrato hasta el momento de rescisión.
Iniciado un procedimiento de conciliación “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá suspender el trámite del procedimiento de rescisión.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato se prestan “LOS SERVICIOS”, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” de que continúa vigente la necesidad de la prestación de “LOS SERVICIOS”, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá determinar no dar por rescindido el contrato, cuando durante el procedimiento advierta que la rescisión del mismo pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas. En este supuesto, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” elaborará un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del contrato resultarían más inconvenientes.
Al no dar por rescindido el contrato, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” establecerá con “EL PROVEEDOR” otro plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento. El convenio modificatorio que al efecto se celebre deberá atender a las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de la “LAASSP”.
Cuando se presente cualquiera de los casos mencionados, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” quedará expresamente facultada para optar por exigir el cumplimiento del contrato, aplicando las penas convencionales y/o rescindirlo, siendo esta situación una facultad potestativa.
Si se llevara a cabo la rescisión del contrato, y en el caso de que a “EL PROVEEDOR” se le hubieran entregado pagos progresivos, éste deberá de reintegrarlos más los intereses correspondientes, conforme a lo indicado en el artículo 51 párrafo cuarto, de la “LAASSP”.
Los intereses se calcularán sobre el monto de los pagos progresivos efectuados y se computarán por días naturales desde la fecha de su entrega hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
“EL PROVEEDOR” será responsable por los daños y perjuicios que le cause a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
TRIGÉSIMA PRIMERA. TERMINACIÓN ANTICIPADA
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato, cuando concurran razones de interés general o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir la prestación de “LOS SERVICIOS” originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato con motivo de una resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaría de la Función Pública, lo que bastará sea comunicado a “EL PROVEEDOR” con 10 (diez) días naturales anteriores al hecho En este caso, “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD” a solicitud escrita de “EL PROVEEDOR” cubrirá los gastos no recuperables, siempre que estos sean razonables estén debidamente comprobados y relacionados directamente con el contrato.
TRIGÉSIMA SEGUNDA. DISCREPANCIAS
“LAS PARTES” convienen que, en caso de discrepancia entre el presente contrato y "LA INVITACIÓN" incluida su junta de aclaraciones, prevalecerá lo establecido en éstas, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 81 fracción IV, del Reglamento de la “LAASSP”.
TRIGÉSIMA TERCERA. CONCILIACIÓN.
“LAS PARTES” acuerdan que para el caso de que se presenten desavenencias derivadas de la ejecución y cumplimiento del presente contrato se someterán al procedimiento de conciliación establecido en los artículos 77, 78, 79 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 126 al 136 de su Reglamento y al Decreto por el que se establecen las acciones administrativas que deberá implementar la Administración Pública Federal para llevar a cabo la conciliación o la celebración de convenios o acuerdos previstos en las leyes respectivas como medios alternativos de solución de controversias, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 xx xxxxx de 2016.
La solicitud de conciliación se presentará mediante escrito, el cual contendrá los requisitos contenidos en el artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, además, hará referencia al número de contrato, al servidor público encargado de su administración, objeto, vigencia y monto del contrato, señalando, en su caso, sobre la existencia de convenios modificatorios, debiendo adjuntar copia de los instrumentos consensuales debidamente suscritos.
TRIGÉSIMA CUARTA. DOMICILIOS
"LAS PARTES" señalan como sus domicilios legales para todos los efectos a que haya lugar y que se relacionan en el presente contrato, los que se indican en el apartado de Declaraciones, por lo que cualquier notificación judicial o extrajudicial, emplazamiento, requerimiento o diligencia que en dichos domicilios se practique, será enteramente válida, al tenor de lo dispuesto en el Título Tercero del Código Civil Federal y sus correlativos en los Estados de la República Mexicana.
Cualquier cambio de domicilio de las partes deberá ser notificado por escrito a la otra, con acuse de recibo respectivo, con 10 (diez) días naturales de anticipación a la fecha en que se quiera que surta efectos ese cambio. Sin este aviso, todas las comunicaciones se entenderán válidamente hechas en los domicilios señalados
TRIGÉSIMA QUINTA. LEGISLACIÓN APLICABLE
“LAS PARTES” se obligan a sujetarse estrictamente para la prestación de “LOS SERVICIOS” objeto del presente contrato a todas y cada una de las cláusulas que lo integran, así como la cotización y el requerimiento asociado a ésta, a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento; al Código Civil Federal; la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; al Código Federal de Procedimientos Civiles; a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, el Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones y a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
TRIGÉSIMA SEXTA. JURISDICCIÓN
"LAS PARTES" convienen que, para la interpretación y cumplimiento de este contrato, así como para lo no previsto en el mismo, se someterán a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales en la Ciudad de México, renunciando expresamente al fuero que pudiera corresponderles en razón de su domicilio actual o futuro, y en este acto manifiestan que no les será aplicable ningún otro procedimiento para resolución de controversias distinto al procedimiento de conciliación y al procedimiento ante los tribunales judiciales competentes.
FIRMANTES O SUSCRIPCIÓN.
Se suscribe el presente documento en la Ciudad de México el día ___ de julio de 2022.
Las facultades de los servidores públicos se describen en el manual de organización, y los POBALINES de Nacional Financiera, S.N.C.
Por lo anteriormente expuesto, tanto "LA DEPENDENCIA O ENTIDAD" como "EL PROVEEDOR", declaran estar conformes y bien enterados de las consecuencias, valor y alcance legal de todas y cada una de las estipulaciones que el presente instrumento jurídico contiene, por lo que lo ratifican y firman electrónicamente en las fechas especificadas en cada firma electrónica.
POR:
“LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”
NOMBRE
|
CARGO |
R.F.C. |
(NOMBRE DEL REPRESENTANTE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD
|
(CARGO DEL REPRESENTANTE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD
|
(R.F.C. DEL REPRESENTANTE DE LA DEPENDENCIA O ENTIDAD |
(NOMBRE DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO)
|
(CARGO DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO)
|
(R.F.C. DEL ADMINISTRADOR DEL CONTRATO)
|
(NOMBRE DEL FIRMANTE X)
|
(CARGO DEL FIRMANTE X)
|
(R.F.C. FIRMANTE X)
|
POR:
“EL PROVEEDOR”
NOMBRE
|
R.F.C. |
(RAZÓN SOCIAL DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL)
|
(R.F.C. DE LA PERSONA FÍSICA O MORAL)
|
Anexo 5 |
FORMATO DE CONTRATO PARA BANCOMEXT |
CONTRATO ABIERTO PARA LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE TELEFONÍA CELULAR QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE, EL EJECUTIVO FEDERAL POR CONDUCTO DEL BANCO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, S.N.C., I.B.D , REPRESENTADO POR LOS C.C. XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX , EN SU CARÁCTER DE SUBDIRECTORA DE ADQUISICIONES DE BIENES MUEBLES Y SERVICIOS Y XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX, EN SU CARÁCTER DE GERENTE DE NORMATIVIDAD Y OPERACIÓN DE ADQUISICIONES, EN ADELANTE “LA ENTIDAD” Y, POR LA OTRA, ________________., EN LO SUCESIVO “EL PROVEEDOR”, REPRESENTADO POR ___________________, EN SU CARÁCTER DE REPRESENTANTE LEGAL, A QUIENES DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ “LAS PARTES”, AL TENOR DE LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
El presente contrato deriva del procedimiento de contratación de INVITACIÓN NACIONAL ELECTRÓNICA A CUANDO MENOS TRES PERSONAS ____________CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO EN COMPRANET: ____________________.
Por fallo de fecha_____________ del procedimiento de contratación, antes mencionado, se adjudicó el presente contrato a “EL PROVEEDOR” por_________________
DECLARACIONES
“LA ENTIDAD” declara que:
Es una Sociedad Nacional de Crédito, Institución de Banca de Desarrollo que se rige por su Ley Orgánica publicada en el Diario Oficial de la Federación el 20 de enero de 1986, cuya modificación más reciente se llevó a cabo mediante decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 10 de enero de 2014 y que tiene por objeto, entre otros, financiar el comercio exterior del país.
Conforme a lo dispuesto por la Escritura Pública 57,491 de fecha 00 xx xxxxxxx xxx xxx 0000, xxxxxx xxxx xx xx del licenciado Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Titular de la Notaría Pública número 14 del entonces Distrito Federal, (ahora Ciudad de México), la C. XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX , en su carácter de SUBDIRECTORA DE ADQUISICIONES DE BIENES MUEBLES Y SERVICIOS , con R.F.C __________, es la servidora pública que tiene conferidas las facultades legales para celebrar el presente contrato, quien podrá ser sustituida en cualquier momento en su cargo o funciones, sin que ello implique la necesidad de elaborar convenio modificatorio.
De conformidad con las Políticas, Bases y Lineamientos en Materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Banco Nacional de Comercio Exterior, S.N.C., suscribe el presente instrumento la C. _______________, en su carácter de __________________________________, con R.F.C _________________, facultada para administrar el cumplimiento de las obligaciones que deriven del objeto del presente contrato, quien podrá ser sustituida en cualquier momento en su cargo o funciones, bastando para tales efectos un aviso por escrito, que “LA ENTIDAD” realice a “EL PROVEEDOR”, por el servidor público facultado para ello, dirigido a su representante para los efectos del presente contrato.
Conforme con lo dispuesto por la Escritura Pública 58,929 de fecha 00 xx xxxxxxx xxx xxx 0000, xxxxxx xxxx xx xx del licenciado Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxx, Titular de la Notaría Pública número 14 de la Ciudad de México, el C. XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX , en su carácter de GERENTE DE NORMATIVIDAD Y OPERACIÓN DE ADQUISICIONES , R.F.C ______________ , es el servidor público facultado para celebrar el presente contrato, quien podrá ser sustituido en cualquier momento en su cargo o funciones, sin que ello implique la necesidad de elaborar convenio modificatorio.
La adjudicación del presente contrato se realizó mediante el procedimiento de LA INVITACIÓN NACIONAL ELECTRÓNICA A CUANDO MENOS TRES PERSONAS, realizado al amparo de lo establecido en los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en los artículos ARTÍCULO 26 FRACCIÓN II, ARTÍCULO 42, 45 y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, “LAASSP”, y los correlativos de su Reglamento, en lo sucesivo el "Reglamento".
“LA ENTIDAD” cuenta con recursos suficientes y con autorización para ejercerlos en el cumplimiento de sus obligaciones derivadas del presente contrato, como se desprende de la Requisición - Autorización Presupuestal, 1 con folio de autorización _________, de fecha __________, aprobada por la Subdirección de Programación e Información Regulatoria, adscrita a la Dirección de Contabilidad y Presupuesto, la cual contempla la clave presupuestal _______________.
Para efectos fiscales las Autoridades Hacendarias le han asignado el Registro Federal de Contribuyentes N°
BNC8507311M4
Tiene establecido su domicilio en Periférico Sur, número 4333, colonia Jardines en la Montaña, Demarcación Territorial Tlalpan, C.P. 14210, en la Ciudad de México mismo que señala para los fines y efectos legales del presente contrato.
“EL PROVEEDOR” declara que:
Es una persona MORAL legalmente constituida mediante Escritura Pública número _______ de fecha ______________, otorgada ante la fe del licenciado __________________________, Notario Público en ejercicio, encargado de la Notaría Pública número _____________________, con residencia en ________________________, bajo el folio número ________ de fecha ______________, denominada _____________________, cuyo objeto social es, entre otros, __________________________.
El C. __________________________, en su carácter de REPRESENTANTE LEGAL, cuenta con facultades suficientes para suscribir el presente contrato y obligar a su representada en los términos y condiciones aquí contenidos, lo cual acredita mediante las Escrituras Públicas número ________________________, otorgada ante la fe del licenciado ______________________________________________________________________, facultades que, bajo protesta de decir verdad, manifiesta que no le han sido limitadas ni revocadas en forma alguna.
Ha considerado todos y cada uno de los factores que intervienen en el presente contrato, manifestando reunir las condiciones técnicas, jurídicas y económicas, así como la organización y elementos necesarios para su cumplimiento.
Bajo protesta de decir verdad, manifiesta que ninguno de los socios desempeña un empleo, cargo o comisión en el servicio público, ni se encuentra inhabilitado para ello, o en su caso que, a pesar de desempeñarlo, con la formalización del presente contrato no se actualiza un conflicto de interés, en términos del artículo 49, fracción IX de la Ley General de Responsabilidades Administrativas; así como que “EL PROVEEDOR” no se encuentra en alguno de los supuestos de los artículos 50 y 60 de la “LAASSP”. (EN CASO DE PERSONAS XXXXXXX)
Bajo protesta de decir verdad, declara que conoce y se obliga a cumplir con el Convenio 138 de la Organización Internacional del Trabajo en materia de erradicación del Trabajo Infantil, del artículo 123 Constitucional, apartado A) en todas sus fracciones y de la Ley Federal del Trabajo en su artículo 22, manifestando que ni en sus registros, ni en su nómina tiene empleados menores de quince años y que en caso de llegar a tener a menores de dieciocho años que se encuentren dentro de los supuestos de edad permitida para laborar le serán respetados todos los derechos que se establecen en el marco normativo transcrito.
Cuenta con su Registro Federal de Contribuyentes __________________.
Manifiesta estar al corriente en los pagos que se derivan de sus obligaciones fiscales, en específico de las previstas en el artículo 32-D del Código Fiscal Federal vigente, así como de sus obligaciones fiscales en materia de seguridad social, ante el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y el Instituto Mexicano del Seguro Social; lo que acredita con las Opiniones de Cumplimiento de Obligaciones Fiscales y en materia de Seguridad Social en sentido positivo, emitidas por el SAT e IMSS respectivamente, así como con la Constancia de Situación Fiscal en materia de Aportaciones Patronales y Entero de Descuentos, sin adeudo emitida por el INFONAVIT, las cuales se encuentran vigentes y obran en el expediente respectivo. (EN CASO DE QUE APLIQUE).
De conformidad con el artículo 34 del Reglamento de la "LAASSP", y 3, fracción III de la Ley para el Desarrollo de la Competitividad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa, “EL PROVEEDOR” manifiesta bajo protesta de decir verdad, que se estratifica como una empresa _______.
Señala como su domicilio para todos los efectos legales el ubicado en _____________________________________________________________________________________________________
De "LAS PARTES":
Que es su voluntad celebrar el presente contrato y sujetarse a sus términos y condiciones, para lo cual se reconocen ampliamente las facultades y capacidades necesarias, mismas que no les han sido revocadas o limitadas en forma alguna, por lo que de común acuerdo se obligan de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO DEL CONTRATO.
“EL PROVEEDOR” acepta y se obliga a proporcionar a “LA ENTIDAD” la prestación de los SERVICIOS DE TELEFONÍA CELULAR, al amparo del procedimiento de contratación señalado en el punto 1.5 de las Declaraciones de este instrumento jurídico.
“EL PROVEEDOR” acepta y se obliga a prestar a “LA ENTIDAD” los servicios objeto del presente contrato los cuales se encuentran descritos en la convocatoria a INVITACIÓN NACIONAL ELECTRÓNICA A CUANDO MENOS TRES PERSONAS N° _______ CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO EN COMPRANET: _______________” y sus anexos, de fecha _____ de ______ de __
SEGUNDA. DE LOS MONTOS Y PRECIOS
El presupuesto máximo para la erogación del presente contrato es por la cantidad de $______ (___________ ___/100 M.N.) antes de impuestos, el presupuesto total mínimo del mismo es por la cantidad de $______ (___________ ___/100 M.N.) antes de impuestos, conforme a lo que establece el artículo 47 de fracción I de la "LAASSP". Sin perjuicio de que en términos de la fracción III del artículo 66 del Reglamento de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, los pagos se realicen hasta por la suma de los servicios efectivamente prestados y devengadas las correspondientes obligaciones de pago, conforme a lo establecido en este instrumento y no rebase el presupuesto total máximo del mismo, en moneda nacional antes de impuestos de $______ (___________ ___/100 M.N.).
Los precios unitarios antes referidos, corresponden a los señalados en la ___________ de fecha _________ los cuales son considerados fijos y en moneda nacional (pesos mexicanos) hasta que concluya la relación contractual que se formaliza, incluyendo “EL PROVEEDOR” todos los conceptos y costos involucrados en la prestación de los SERVICIOS DE TELEFONÍA CELULAR, por lo que “EL PROVEEDOR” no podrá agregar ningún costo extra y los precios serán inalterables durante la vigencia del presente contrato.
De acuerdo a la plurianualidad del presente contrato, se pagará a “EL PROVEEDOR” los siguientes montos en cada ejercicio fiscal.
Ejercicio Fiscal |
Monto Mínimo |
Monto Máximo |
2022 |
$20,800.00 |
$52,000.00 |
2023 |
$50,400.00 |
$126,000.00 |
2024 |
$37,600.00 |
$94,000.00 |
En el entendido de que los recursos a erogar para el ejercicio fiscal 2023 Y 2024 estarán sujetos a la disponibilidad presupuestaria que apruebe la X. Xxxxxx de Diputados y ratifique la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de no ser así el presente contrato se podrá dar por terminado anticipadamente sin responsabilidad alguna para “LA DEPENDENCIA O ENTIDAD”.
TERCERA. FORMA Y LUGAR DE PAGO
“LA ENTIDAD” se obliga a pagar a “EL PROVEEDOR” la suma que resulte por el importe de los servicios referidos anteriormente, en moneda nacional, mediante pagos _______por los servicios efectivamente devengados, a los 20 días naturales a los 20 (veinte) días naturales posteriores a la entrega por parte del Administrador del contrato, de la documentación que más adelante se indica, en la Subdirección de Control Contable y Pagos de “LA ENTIDAD”:
1.- Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI), emitido en términos de las disposiciones fiscales en vigor, y
2.-Constancia de conformidad con el pago, suscrita por el Administrador del presente contrato o por el servidor público que en su caso lo sustituya, o bien, sea designado para tal finalidad.
El cómputo del plazo para realizar el pago se contabilizará a partir del día hábil siguiente de la recepción del certificado de derechos de uso de software relacionado con los servicios objeto del presente documento y del CFDI o factura electrónica, esto considerando que no existan aclaraciones al importe o a los servicios facturados, para lo cual es necesario que el CFDI o factura electrónica que se presente reúna los requisitos fiscales que establece la legislación en la materia, el desglose de los servicios prestados y los precios unitarios; asimismo, deberá acompañarse con la documentación completa y debidamente requisitada.
De conformidad con el artículo 90 del Reglamento de la "LAASSP", en caso de que el CFDI o factura electrónica entregado presenten errores, el Administrador del presente contrato, dentro de los 3 (tres) días hábiles siguientes de su recepción, indicará a “EL PROVEEDOR” las deficiencias que deberá corregir; por lo que, el procedimiento de pago reiniciará en el momento en que “EL PROVEEDOR” presente el CFDI o factura electrónica corregido.
El tiempo que “EL PROVEEDOR” utilice para la corrección de la documentación entregada, no se computará para efectos de pago, de acuerdo con lo establecido en el artículo 51 de la "LAASSP".
El CFDI o factura electrónica deberá ser presentada a través de correo electrónico al servidor público de “LA ENTIDAD” autorizado para ello del lunes a viernes, en días hábiles, en el horario comprendido de las 9:00 a las 14:00 y de las 16:00 a las 18:00 horas.
El CFDI o factura electrónica se deberá presentar desglosando el IVA.
“EL PROVEEDOR” manifiesta su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla con la verificación, supervisión y aceptación de los servicios objeto del presente documento, no se tendrán como recibido o aceptado por el Administrador del presente contrato.
Para efectos de trámite de pago, “EL PROVEEDOR” deberá ser titular de una cuenta de cheques vigente y para tal efecto proporciona la CLABE _________________, del banco ______________________________ a nombre de “EL PROVEEDOR”, en la que se efectuará la transferencia electrónica de pago, debiendo anexar:
Constancia de la institución financiera sobre la existencia de la cuenta de cheques abierta a nombre del beneficiario que incluya:
Nombre del beneficiario (conforme al timbre fiscal);
Registro Federal de Contribuyentes;
Domicilio fiscal: calle, N° exterior, N° interior, colonia, código postal, alcaldía y entidad federativa;
Nombre(s) del(los) banco(s); y
Número de la cuenta con once dígitos, así como la Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) con 18 dígitos, que permita realizar transferencias electrónicas de fondo, a través del Sistema de Pago.
Copia de estado de cuenta reciente, con no más de dos meses de antigüedad.
El pago de los servicios prestados quedará condicionado proporcionalmente al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por
concepto xx xxxxx convencionales.
El pago será efectuado mediante transferencia bancaria a la cuenta que “EL PROVEEDOR” proporcione.
El pago de los servicios objeto de este contrato se realizará en los términos previstos en las "DISPOSICIONES GENERALES A LAS QUE DEBERÁN SUJETARSE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL, ASÍ COMO LAS EMPRESAS PRODUCTIVAS DEL ESTADO, PARA SU INCORPORACIÓN AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS DE
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., INSTITUCIÓN DE BANCA DE DESARROLLO”, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 24 de julio de 2020.
En este acto “LA ENTIDAD” otorga su consentimiento para que “EL PROVEEDOR” pueda ceder sus derechos de cobro a favor de un intermediario financiero mediante operaciones de factoraje o descuento electrónico en los términos del Programa xx Xxxxxxx Productivas.
Para el caso de que se presenten pagos en exceso, se estará a lo dispuesto por el artículo 51 párrafo tercero, de la "LAASSP".
CUARTA. VIGENCIA
El contrato comprenderá una vigencia considerada a partir de ________ y hasta el ________ sin perjuicio de su posible terminación anticipada, en los términos establecidos en su clausulado.
QUINTA. MODIFICACIONES DEL CONTRATO.
"LAS PARTES" están de acuerdo en que por necesidades de “LA ENTIDAD” podrá ampliarse la prestación del servicio objeto del presente contrato, de conformidad con el artículo 52 de la "LAASSP", siempre y cuando las modificaciones no rebasen en su conjunto el 20% (veinte por ciento) del monto o cantidad de los conceptos y volúmenes establecidos originalmente. Lo anterior, se formalizará mediante la celebración de un Convenio Modificatorio del Contrato Principal. Asimismo, con fundamento en el artículo 91 del Reglamento de la "LAASSP", “EL PROVEEDOR” deberá entregar las modificaciones respectivas de las garantías, señaladas en la CLÁUSULA SÉPTIMA de este contrato.
Por caso fortuito o de fuerza mayor, o por causas atribuibles a “LA ENTIDAD”, se podrá modificar el presente instrumento jurídico, la fecha o el plazo para la prestación de los servicios. En dicho supuesto, se deberá formalizar el convenio modificatorio respectivo, no procediendo la aplicación xx xxxxx convencionales por atraso. Tratándose de causas imputables a “LA ENTIDAD”, no se requerirá de la solicitud de “EL PROVEEDOR”.
SEXTA. GARANTÍAS DE LOS SERVICIOS
(NO APLICA)
SÉPTIMA. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.
Conforme a los artículos 48 fracción II, y 49 fracción II, de la "LAASSP", así como en Política 2.3.4 de las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones Arrendamientos y prestación de Servicios del BANCO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, S.N.C., "EL PROVEEDOR" se obliga a constituir una garantía divisible por el cumplimiento fiel y exacto de todas y cada una de las obligaciones derivadas de este contrato, mediante fianza expedida por compañía afianzadora mexicana autorizada por la Comisión Nacional de Seguros y de Fianzas, a favor del BANCO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, S.N.C., I.B.D., la cual deberá ser entregada a “LA ENTIDAD”, a más tardar dentro de los 10 (diez) días naturales posteriores a la firma del presente contrato, por un importe equivalente al 10.0% (DIEZ POR CIENTO) del monto total de este contrato, sin incluir el I.V.A.
Si las disposiciones jurídicas aplicables lo permiten, la entrega de la garantía de cumplimiento se realice de manera electrónica.
La fianza deberá presentarse a la Dirección de Adquisiciones y Servicios en Periférico Sur, número 4333, Xxxxxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxx, Xxxxxxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, en la Ciudad de México, en la cual deberán de indicarse los siguientes requisitos:
Expedirse a favor de la BANCO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, S.N.C., I.B.D. y señalar su domicilio;
La indicación del importe total garantizado con número y letra;
La referencia de que la fianza se otorga atendiendo a todas las estipulaciones contenidas en el contrato y anexos respectivos;
La información correspondiente al número de contrato, su fecha de firma, así como la especificación de las obligaciones garantizadas;
El señalamiento de la denominación o nombre de "EL PROVEEDOR" y de la institución afianzadora, así como sus domicilios correspondientes;
La condición de que la vigencia de la fianza deberá quedar abierta para permitir que cumpla con su objetivo, y continuará vigente durante la sustanciación de todos los recursos legales o juicios que se interpongan hasta que se dicte resolución definitiva por la autoridad competente, de forma tal que no podrá establecerse o estipularse plazo alguno que limite su vigencia, lo cual no debe confundirse con el plazo para el cumplimiento de las obligaciones previstas en el contrato y actos administrativos garantizados;
La indicación de que la fianza se hará efectiva conforme al procedimiento dispuesto en el artículo 282 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, el cual será aplicable también para el cobro de los intereses que en su caso se generen en los términos previstos en el artículo 283 del propio ordenamiento;
La indicación de que la cancelación de la póliza de fianza procederá una vez que "LA ENTIDAD" otorgue el documento en el que se señale la extinción de derechos y obligaciones, previo otorgamiento del finiquito correspondiente, o en caso de existir saldos a cargo de "EL PROVEEDOR", la liquidación debida;
Para efectos de la garantía señalada en esta cláusula, se deberá considerar la divisibilidad de ésta, por lo que en caso de incumplimiento del contrato se hará efectiva por el monto total de la garantía de cumplimiento;
Para acreditar a la institución afianzadora el incumplimiento de la obligación garantizada, tendrá que cumplirse con los requisitos establecidos en las Disposiciones Generales a que se sujetarán las garantías otorgadas a favor del Gobierno Federal para el cumplimiento de obligaciones distintas de las fiscales que constituyan las dependencias y entidades en los actos y contratos que celebren, publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 08 de septiembre de 2015; y
El momento de inicio de la fianza y, en su caso, su vigencia.
Considerando los requisitos anteriores, dentro de la fianza, se deberá incluir el texto previsto en el Anexo ______de la Convocatoria.
De no cumplir con dicha entrega, “LA ENTIDAD” podrá rescindir el contrato y remitir el asunto al Órgano Interno de Control para que determine si se aplican las sanciones estipuladas en el artículo 60 fracción III de la "LAASSP".
La garantía de cumplimiento de ninguna manera será considerada como una limitación de la responsabilidad de "EL PROVEEDOR", derivada de sus obligaciones y garantías estipuladas en el presente instrumento jurídico, y de ninguna manera impedirá que "LA ENTIDAD" reclame la indemnización o el reembolso por cualquier incumplimiento que pueda exceder el valor de la garantía de cumplimiento.
En caso de incremento al monto del presente instrumento jurídico o modificación al plazo, "EL PROVEEDOR" se obliga a entregar a “LA ENTIDAD” dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la formalización de este, de conformidad con el último párrafo del artículo 91 del "Reglamento", los documentos modificatorios o endosos correspondientes, debiendo contener en el documento la estipulación de que se otorga de manera conjunta, solidaria e inseparable de la garantía otorgada inicialmente.
"EL PROVEEDOR" acepta expresamente que la garantía expedida para garantizar el cumplimiento se hará efectiva independientemente de que se interponga cualquier otro tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o judicial, así como que permanecerá vigente durante la sustanciación de los juicios o recursos legales que se interponga con relación a dicho contrato, hasta que sea pronunciada resolución definitiva que cause ejecutoria por la autoridad competente.
El trámite de liberación de garantía se realizará inmediato a que se extienda la constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales por parte de “LA ENTIDAD”, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 81, fracción VIII del "Reglamento".
OCTAVA. OBLIGACIONES DE “EL PROVEEDOR”
Prestar los servicios en las fechas o plazos y lugares específicos conforme a lo requerido en el presente contrato, la convocatoria y anexos respectivos.
Cumplir con las especificaciones técnicas y de calidad y demás condiciones establecidas en el contrato la convocatoria y anexos respectivos;
Asumir su responsabilidad ante cualquier situación que pudiera generarse con motivo del presente contrato;
No difundir a terceros sin autorización expresa de “LA ENTIDAD” la información que le sea proporcionada, inclusive después de la rescisión o terminación del presente instrumento, sin perjuicio de las sanciones administrativas, civiles y penales a que haya lugar.
Proporcionar la información que le sea requerida por parte de la Secretaría de la Función Pública y el Órgano Interno de Control, de conformidad con el artículo 107 del Reglamento de la "LAASSP".
NOVENA. OBLIGACIONES DE “LA ENTIDAD”
Otorgar todas las facilidades necesarias, a efecto de que “EL PROVEEDOR” lleve a cabo la prestación de los servicios objeto de este contrato en los términos convenidos.
Sufragar el pago correspondiente en tiempo y forma, por la prestación de los servicios.
Extender a “EL PROVEEDOR”, en caso de que lo requiera, por conducto del Administrador del Contrato, la constancia de cumplimiento de obligaciones contractuales inmediatamente que se cumplan éstas a satisfacción expresa de dicho servidor público para que se dé trámite a la cancelación de la garantía de cumplimiento del presente contrato.
DÉCIMA. LUGAR, PLAZOS Y CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS
“EL PROVEEDOR” deberá prestar a “LA ENTIDAD” los servicios objeto de este contrato en el domicilio ubicado en Xxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxxxxxx Xxxxxxxx xx xx Xxxxxxx, Demarcación Territorial Tlalpan, C.P. 14210, Ciudad de México
La prestación de los servicios será de conformidad con las especificaciones solicitadas por “LA ENTIDAD”, en la convocatoria, anexos respectivos y en la presente clausula.
ENTREGA Y GARANTÍA DE EQUIPOS. - “EL PROVEEDOR” entregará a “LA ENTIDAD” 44 (cuarenta y cuatro) líneas activas con la portabilidad numérica correspondiente indicada por “LA ENTIDAD”, durante los 5 (cinco) días hábiles previos al inicio del contrato, con las siguientes características:
SERVICIOS Y FUNCIONALIDADES |
CARACTERÍSTICAS “PERFIL A” |
CARACTERISTICAS “PERFIL B” |
Tecnologías |
4G y/o 5G |
4G y/o 5G |
Conectividad |
NFC, USB, Wi fi, Bluetooth V 5.0 |
NFC, USB, Wi fi, Bluetooth V 5.0 |
Sistema |
iOS |
iOS o Android |
Memoria RAM |
2 GB o superior |
2 GB o superior |
Memoria ROM |
64/254 GB |
64/254 GB |
WiFi HotSpot |
Si |
Si |
Bluetooth |
5.1 o superior |
5.1 o superior |
Sistema de posicionamiento global (GPS). |
Para iOS |
Para iOS o Android |
Asimismo, “EL PROVEEDOR” entregará a “LA ENTIDAD” __ equipos telefónicos y accesorios descritos en la convocatoria y sus anexos, durante los 5 (cinco) días hábiles previos al inicio del contrato; la entrega se realizará en las instalaciones de ésta última, ubicadas en __________________________________.
En caso de requerir equipos adicionales, “EL PROVEEDOR” se compromete a entregarlos y provisionarlos en un lapso no mayor a 48 (cuarenta y ocho) horas, a partir de la solicitud realizada por parte de “LA ENTIDAD”.
Durante la vigencia del presente instrumento, “EL PROVEEDOR” pondrá a disposición de “LA ENTIDAD” 10 XXXX (chips de línea para los teléfonos celulares) sin línea y nuevos compatibles con los modelos de equipos celulares para la activación de nuevos servicios que la institución considere como urgentes sin que represente costo alguno para “LA ENTIDAD”.
Los equipos cuentan con garantía de __ (____) meses directamente con “EL PROVEEDOR” en los casos donde la descompostura no sea por mal uso o negligencia del usuario, “EL PROVEEDOR” procederá a la reparación o cambio físico del equipo. Esta garantía no incluye accesorios o baterías.
“EL PROVEEDOR” deberá proporcionar un servicio de soporte técnico con personal calificado, vía telefónica las 24 (veinte cuatro) horas del día, todos los días del año durante la vigencia del contrato, para mantener en óptimas condiciones los servicios objeto del presente, y deberá resolver los problemas técnicos que impidan la correcta prestación de los servicios, a partir del levantamiento del reporte correspondiente, por lo que en su propuesta técnica deberá incluir el directorio del personal de soporte técnico, destacando el nivel de escalamiento.
De igual forma, “EL PROVEEDOR” deberá tener a disposición de “LA ENTIDAD” un “Call Center Empresarial” el cual deberá estar disponible los 365 días del año, a través de las siguientes opciones:
• Teléfono fijo (Local y LD nacional e internacional sin costo).
• Marcación abreviada desde los equipos.
• Correo electrónico.
DETALLE DE PLANES CONTRATADOS.- “LA ENTIDAD” contratará de inicio los siguientes planes y “EL PROVEEDOR” se obliga a brindar durante la vigencia del contrato, cada uno de los servicios de la Proposición Económica detallados en la convocatoria y sus anexos.
• “Perfil A” Llamadas ilimitadas de voz para llamar a cualquier operador a nivel nacional, E.U. y Canadá; Larga distancia Internacional; Mensajes de texto ilimitados, 10 GB o más de navegación, Redes sociales Ilimitadas; Buzón de Voz; Roaming Internacional, se habilita con solicitud previa de 24 horas por parte del contacto asignado de “LA ENTIDAD”, bajo las tarifas comerciales vigentes al momento de la activación. política de (Cost Control y/o Plan control de acuerdo a la petición de “LA ENTIDAD”).
• “Perfil B” Llamadas ilimitadas de voz para llamar a cualquier operador a nivel nacional, E.U. y Canadá; Mensajes de texto ilimitados, 5 GB o más de navegación, Redes sociales Ilimitadas; Buzón de Voz; Roaming Internacional, política de (Cost Control y/o Plan control de acuerdo a la petición de “LA ENTIDAD”).
Para cada línea, “EL PROVEEDOR” debe entregar un equipo Smartphone de gama alta y de última tecnología, al momento de la asignación o cambio. Estos teléfonos tipo “Smartphone” deberán asignarse de conformidad con las especificaciones en el numeral 2.1 del punto “2. Características Técnicas” del Anexo A “Proposición técnica” de este contrato.
Durante la vigencia del contrato y dentro del presupuesto asignado, “LA ENTIDAD” podrá solicitar líneas adicionales y modificaciones en el tipo de planes.
COBERTURA DE LOS SERVICIOS.- “LOS SERVICIOS” objeto del presente contrato tendrán cobertura a nivel nacional, internacional y mundial, garantizando la comunicación en las ciudades capitales, así como Estados Unidos y Canadá.
Las líneas abiertas contarán con servicio en el extranjero en cualquier momento sin necesidad que sea necesario informar a “EL PROVEEDOR”.
NIVELES DE SERVICIO. “EL PROVEEDOR” se obliga a prestar “LOS SERVICIOS” con los niveles de servicio, señalados en la convocatoria y sus anexos.
DÉCIMA PRIMERA. LICENCIAS, AUTORIZACIONES Y PERMISOS
“EL PROVEEDOR” es responsable de contar con las licencias, autorizaciones y permisos que conforme a otras disposiciones sea necesario tener para la prestación de los servicios objeto de este contrato.
DÉCIMA SEGUNDA. SEGUROS
NO APLICA
DÉCIMA TERCERA. TRANSPORTE
NO APLICA
DÉCIMA CUARTA. DEVOLUCIÓN.
Durante la vigencia del contrato, “LA ENTIDAD” podrá requerir en cualquier momento y por escrito, el cambio sin costo cuando los equipos presenten fallas no atribuibles al uso y/o manejo del usuario. La entrega del nuevo equipo deberá realizarse en un plazo no mayor de 48 horas hábiles.
DÉCIMA QUINTA. CALIDAD
“EL PROVEEDOR” deberá contar con la infraestructura necesaria, personal técnico especializado en el ramo, herramientas, técnicas y equipos adecuados para la prestación de los servicios requeridos, a fin de garantizar que el objeto de este contrato sea proporcionado con la calidad, oportunidad y eficiencia requerida para tal efecto, comprometiéndose a realizarlo a satisfacción de “LA ENTIDAD” y con estricto apego a lo establecido en las cláusulas del presente instrumento jurídico, la convocatoria y sus anexos.
“LA ENTIDAD” no estará obligada a la aceptación de los servicios cuando éstos no cumplan con los requisitos establecidos en el párrafo anterior.
DÉCIMA SEXTA. DEFECTOS Y VICIOS OCULTOS
“EL PROVEEDOR” queda obligado ante “LA ENTIDAD” a responder de los defectos y vicios ocultos derivados de las obligaciones del presente contrato, así como de cualquier otra responsabilidad en que hubiere incurrido, en los términos señalados en este instrumento jurídico, la convocatoria y sus anexos y/o en la legislación aplicable en la materia.
Para los efectos de la presente cláusula, se entiende por vicios ocultos los defectos que existan en la prestación de los servicios, que los hagan impropios para los usos a que se le destine o que disminuyan de tal modo este uso, que de haberlo conocido “LA ENTIDAD” no lo hubiere adquirido o los hubiere adquirido a un precio menor.
DÉCIMA SÉPTIMA. RESPONSABILIDAD
“EL PROVEEDOR” se obliga a responder por su cuenta y riesgo de los daños y/o perjuicios que por inobservancia o negligencia de su parte lleguen a causar a “LA ENTIDAD”, con motivo de las obligaciones pactadas, o bien por los defectos o vicios ocultos en la prestación de los servicios, de conformidad con lo establecido en el artículo 53 de la "LAASSP".
DÉCIMA OCTAVA. IMPUESTOS Y DERECHOS
Los impuestos, derechos y gastos que procedan con motivo de la prestación de los servicios, objeto del presente contrato, serán pagados por “EL PROVEEDOR”, mismos que no serán repercutidos a “LA ENTIDAD”.
“LA ENTIDAD” sólo cubrirá, cuando aplique, lo correspondiente al I.V.A., en los términos de la normatividad aplicable y de conformidad con las disposiciones fiscales vigentes.
DÉCIMA NOVENA. PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y OBLIGACIONES
“EL PROVEEDOR” no podrá ceder total o parcialmente los derechos y obligaciones derivados del presente contrato, a favor de cualquier otra persona física o moral, con excepción de los derechos de cobro, en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de “LA ENTIDAD” deslindando a ésta de toda responsabilidad.
VIGÉSIMA. DERECHOS DE AUTOR, PATENTES Y/O MARCAS
“EL PROVEEDOR” asume la responsabilidad total en caso de que, al prestar los servicios, objeto del presente contrato, infrinja patentes, marcas o viole otros registros de derechos de propiedad industrial a nivel nacional e internacional, por lo que, se obliga a responder personal e ilimitadamente de los daños y perjuicios que pudiera causar a “LA ENTIDAD” o a terceros.
En tal virtud, “EL PROVEEDOR” manifiesta en este acto bajo protesta de decir verdad, no encontrarse en ninguno de los supuestos de infracción administrativa y/o delito establecido en la Ley Federal del Derecho de Autor ni en la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.
En caso de que sobreviniera alguna reclamación en contra de “LA ENTIDAD”, por cualquiera de las causas antes mencionadas, la única obligación de ésta será la de dar aviso en el domicilio previsto en el apartado de Declaraciones de este instrumento a “EL PROVEEDOR”, para que éste, utilizando los medios correspondientes al caso, garantice salvaguardar a “LA ENTIDAD” de cualquier controversia, liberándole de toda responsabilidad de carácter civil, penal, mercantil, fiscal o de cualquier otra índole.
En caso de que “LA ENTIDAD” tuviese que erogar recursos por cualquiera de estos conceptos, “EL PROVEEDOR” se obliga a reembolsar de manera inmediata los recursos erogados por aquella.
VIGÉSIMA PRIMERA. CONFIDENCIALIDAD
"LAS PARTES" están conformes en que la información que se derive de la celebración del presente instrumento jurídico, así como toda aquella información que “LA ENTIDAD” entregue a “EL PROVEEDOR” tendrá el carácter de confidencial, por lo que este se compromete, de forma directa o a través de interpósita persona, a no proporcionarla o divulgarla por escrito, verbalmente o por cualquier otro medio a terceros, inclusive después de la terminación de este contrato.
La información contenida en el presente contrato es pública, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 70 fracción XXVIII de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y 68 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública; sin embargo la información que proporcione “LA ENTIDAD” a “EL PROVEEDOR” para el cumplimiento del objeto materia del mismo, será considerada como confidencial en términos de los artículos 116 y 113, respectivamente, de los citado ordenamientos jurídicos, por lo que “EL PROVEEDOR” se compromete a recibir, proteger y guardar la información confidencial proporcionada por “LA ENTIDAD” con el mismo empeño y cuidado que tiene respecto de su propia información confidencial, así como hacer cumplir a todos y cada uno de los usuarios autorizados a los que les entregue o permita acceso a la información confidencial, en los términos de este instrumento.
“EL PROVEEDOR” se compromete a que la información considerada como confidencial no será utilizada para fines diversos a los autorizados con el presente contrato especifico; asimismo, dicha información no podrá ser copiada o duplicada total o parcialmente en ninguna forma o por ningún medio, ni podrá ser divulgada a terceros que no sean usuarios autorizados. De esta forma, “EL PROVEEDOR” se obliga a no divulgar o publicar informes, datos y resultados obtenidos objeto del presente instrumento, toda vez que son propiedad de “LA ENTIDAD”.
Cuando de las causas descritas en las cláusulas de RESCISIÓN y TERMINACIÓN ANTICIPADA, del presente contrato, concluya la vigencia del mismo, subsistirá la obligación de confidencialidad sobre los servicios establecidos en este instrumento legal.
En caso de incumplimiento a lo establecido en esta cláusula, “EL PROVEEDOR” tiene conocimiento en que “LA ENTIDAD” podrá ejecutar o tramitar las sanciones establecidas en la "LAASSP" y su Reglamento, así como presentar las denuncias correspondientes de conformidad con lo dispuesto por el Libro Segundo, Título Noveno, Capítulos I y II del Código Penal Federal y demás normatividad aplicable. De igual forma, “EL PROVEEDOR” se compromete a no alterar la información confidencial, a llevar un control de su personal y hacer de su conocimiento las sanciones que se aplicarán en caso de incumplir con lo dispuesto en esta cláusula, por lo que, en su caso, se obliga a notificar a “LA ENTIDAD” cuando se realicen actos que se consideren como ilícitos, debiendo dar inicio a las acciones legales correspondientes y sacar en paz y a salvo a “LA ENTIDAD” de cualquier proceso legal.
“EL PROVEEDOR” se obliga a poner en conocimiento de “LA ENTIDAD” cualquier hecho o circunstancia que en razón de los servicios prestados sea de su conocimiento y que pueda beneficiar o evitar un perjuicio a la misma.
Asimismo, “EL PROVEEDOR” no podrá, con motivo de la prestación de los servicios que realice a “LA ENTIDAD”, utilizar la información a que tenga acceso, para asesorar, patrocinar o constituirse en consultor de cualquier persona que tenga relaciones directas o indirectas con el objeto de las actividades que lleve a cabo.
VIGÉSIMA SEGUNDA. ADMINISTRACIÓN, VERIFICACIÓN, SUPERVISIÓN Y ACEPTACIÓN DE LOS SERVICIOS
“LA ENTIDAD” designa como responsables, indistintamente, para administrar y vigilar el cumplimiento del presente contrato a los
C.C. ___________________, en su carácter de _________________ y _________________, en su carácter de --------------------------------, o a los servidores públicos que en su caso los sustituyan, o bien, sean designados para tal finalidad, con el objeto de verificar el óptimo cumplimiento del mismo, por lo que indicará a “EL PROVEEDOR” las observaciones que se estimen pertinentes, quedando éste obligado a corregir las anomalías que le sean indicadas, así como deficiencias en la prestación de los servicios o de su personal.
Asimismo, “LA ENTIDAD” sólo aceptará la prestación de los servicios materia del presente contrato y autorizará el pago de los mismos previa verificación de las especificaciones requeridas, de conformidad con lo especificado en el presente contrato, la convocatoria y sus anexos.
La prestación de los servicios será recibida previa revisión del administrador del contrato; la inspección de los servicios consistirá en la verificación del cumplimiento de las especificaciones técnicas establecidas en el contrato, la convocatoria y sus anexos.
En tal virtud, “EL PROVEEDOR” manifiesta expresamente su conformidad de que hasta en tanto no se cumpla de conformidad con lo establecido en el párrafo anterior, la prestación de los servicios, no se tendrá por aceptada por parte de “LA ENTIDAD”.
“LA ENTIDAD”, a través administrador del contrato o a través del personal que para tal efecto designe, podrá rechazar los servicios si no reúnen las especificaciones y alcances establecidos en este contrato y en su Anexo técnico, obligándose “EL PROVEEDOR” en este supuesto a entregarlos nuevamente bajo su exclusiva responsabilidad y sin costo adicional para “LA ENTIDAD”
VIGÉSIMA TERCERA. DEDUCCIONES
En caso de que “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de cualquiera de sus obligaciones contractuales de forma parcial o deficiente a lo estipulado en las cláusulas del presente contrato, la convocatoria y sus anexos, así como la propuesta técnica y el requerimiento asociado a ésta, “LA ENTIDAD” por conducto del administrador del contrato aplicará las deducciones en términos del punto 2.12 denominado “Deducciones” de LA INVITACIÓN del presente contrato, desde el 5% (cinco por ciento) sobre el monto total de los servicios prestados en forma parcial o deficientemente, los montos a deducir se aplicarán en el CFDI o factura electrónica que “EL PROVEEDOR” presente para su cobro, en el pago que se encuentre en trámite o bien en el siguiente pago, conforme a lo siguiente:
Niveles de Servicio |
||||
Descripción |
Servicios |
Tolerancia |
Deducción (nivel de servicio) |
Fórmula de Cálculo y Aplicación |
Telefonía Celular
|
Tiempo Aire |
12 Horas |
5% Por cada 2 hrs adicionales sin servicio. |
(Renta mensual de la línea) * (N° líneas con indisponibilidad) * (% correspondiente a cada NS) |
Servicio de Datos
|
Tiempo Aire Servicio de Datos |
12 Horas |
5% Por cada 2 hrs adicionales sin servicio. |
(Renta mensual de la línea * N° líneas con indisponibilidad) * (%correspondiente a cada NS) |
Falla o Descompostura De Teléfono |
Diagnóstico
|
5 Días Hábiles a partir de la notificación al proveedor xx xxxxx. |
10% Por cada 2 hrs adicionales sin servicio. |
(Renta mensual de la línea * líneas con indisponibilidad) * (No. De días sin Servicio) * 10% |
Reparación Sustitución
|
10 Días Hábiles a partir de la notificación al proveedor xx xxxxx. |
10% Por cada 2 hrs adicionales sin servicio. |
(Renta mensual de la línea * líneas con descompostura) * (No. De días sin Servicio) * 10% |
Las deducciones a la factura correspondiente deberán ser descontadas de la parte proporcional por el (los) concepto (s) que corresponda (n) de la facturación del mes en el que se hubiera generado el incumplimiento parcial o deficiente por parte de "EL PROVEEDOR", de acuerdo a la notificación que emita "LA ENTIDAD".
Lo anterior, en el entendido de que se cumpla con el objeto de este contrato de forma inmediata, conforme a lo acordado. En caso contrario, “LA ENTIDAD” podrá iniciar en cualquier momento posterior al incumplimiento, el procedimiento de rescisión del contrato, considerando la gravedad del incumplimiento y los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses del Estado, representados por “LA ENTIDAD”.
Las deducciones económicas se aplicarán sobre la cantidad indicada sin incluir el IVA.
La notificación y cálculo de las deducciones correspondientes las realizará el administrador del contrato de “LA ENTIDAD”.
Cuando el monto total de aplicación de deducciones alcance el 10% (diez por ciento) del monto máximo total del contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión.
VIGÉSIMA CUARTA. PENAS CONVENCIONALES
En caso de que “EL PROVEEDOR” presente atraso en el cumplimiento de cualquiera de sus obligaciones pactadas para la adquisición prestación de los servicios, objeto del presente contrato, “LA ENTIDAD”, por conducto del administrador del contrato podrá aplicar una pena convencional desde el 0.2% (cero punto dos por ciento), de conformidad con el numeral 3.9.10 “Penas convencionales” de LA INVITACIÓN del presente contrato, conforme a lo siguiente:
Descripción |
Servicios |
Rango |
Penalización |
Fórmula de Cálculo y Aplicación |
Telefonía Celular |
Entrega de equipos nuevos con sus accesorios al inicio de la prestación del servicio |
Por día natural de atraso |
20% Por equipos No entregados Por cada día hábil adicional |
(Importe de la facturación mensual / No. de equipos solicitadas al inicio del contrato) ) * (No. de equipos no entregados) * 20% |
Activación de líneas al inicio de la prestación del servicio. |
Por día natural de atraso |
20% por Líneas no Activas Por cada día hábil adicional |
(Renta mensual unitaria del plan solicitado) * (No. Líneas no activadas) * 20% |
Por lo anterior, el pago de la prestación de los servicios quedará condicionado, proporcionalmente, al pago que “EL PROVEEDOR” deba efectuar por concepto xx xxxxx convencionales por atraso, en el entendido de que, si el contrato es rescindido en términos de lo previsto en la CLÁUSULA DE RESCISIÓN, no procederá el cobro de dichas penas ni la contabilización de las mismas al hacer efectiva la garantía de cumplimiento del contrato.
Cuando la suma de las penas convencionales exceda el monto total de la garantía de cumplimiento del presente contrato, se iniciará el procedimiento de rescisión del mismo, en los términos del artículo 54 de la “LAASSP”.
Independientemente de la aplicación de la pena convencional a que hace referencia el párrafo que antecede, se aplicarán además cualquiera otra que la “LAASSP” establezca.
Esta pena convencional no descarta que “LA ENTIDAD” en cualquier momento posterior al incumplimiento determine procedente la rescisión del contrato, considerando la gravedad de los daños y perjuicios que el mismo pudiera ocasionar a los intereses de “LA ENTIDAD”.
En caso de que sea necesario llevar a cabo la rescisión administrativa del contrato, la aplicación de la garantía de cumplimiento será por el monto total de las obligaciones garantizadas.
La penalización tendrá como objeto resarcir los daños y perjuicios ocasionados a “LA ENTIDAD” por el atraso en el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el presente contrato.
La notificación y cálculo de la pena convencional, corresponde al administrador o el supervisor del contrato de “LA ENTIDAD”.
VIGÉSIMA QUINTA. SANCIONES ADMINISTRATIVAS
Cuando “EL PROVEEDOR” incumpla con sus obligaciones contractuales por causas imputables a éste, y como consecuencia,
cause daños y/o perjuicios graves a “LA ENTIDAD”, o bien, proporcione información falsa, actúe con dolo o mala fe en la celebración del presente contrato o durante la vigencia del mismo, por determinación de la Secretaría de la Función Pública, se podrá hacer acreedor a las sanciones establecidas en la "LAASSP", en los términos de los artículos 59, 60 y 61 de dicho ordenamiento legal y 109 al 115 de su Reglamento.
VIGÉSIMA SEXTA. SANCIONES APLICABLES Y TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL
“LA ENTIDAD”, de conformidad con lo establecido en los artículos 53, 53 Bis, 54 y 54 Bis de la "LAASSP", y 86 segundo xxxxxxx, 00 xx 000 y 102 de su Reglamento, aplicará sanciones, o en su caso, llevará a cabo la cancelación de partidas total o parcialmente o la rescisión administrativa del contrato.
VIGÉSIMA SÉPTIMA. RELACIÓN LABORAL
“EL PROVEEDOR” reconoce y acepta ser el único patrón del personal que ocupe con motivo del suministro objeto de este contrato, así como el responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social. Asimismo, “EL PROVEEDOR” conviene en responder de todas las reclamaciones que sus trabajadores presenten en su contra o en contra de “LA ENTIDAD”, en relación con el suministro materia de este contrato.
VIGÉSIMA OCTAVA. EXCLUSIÓN LABORAL
“LAS PARTES” convienen en que “LA ENTIDAD” no adquiere ninguna obligación de carácter laboral con “EL PROVEEDOR” ni con los elementos que éste utilice para la prestación de los servicios objeto del presente contrato, por lo cual no se le podrá considerar como patrón ni como un sustituto. En particular el personal se entenderá relacionado exclusivamente con la o las personas que lo emplearon y por ende cada una de ellas asumirá su responsabilidad por dicho concepto.
Igualmente, y para este efecto y cualquiera no previsto, “EL PROVEEDOR” exime expresamente a “LA ENTIDAD” de cualquier responsabilidad laboral, civil, penal, de seguridad social o de otra especie que, en su caso, pudiera llegar a generarse; sin embargo, si “LA ENTIDAD” tuviera que realizar alguna erogación por alguno de los conceptos que anteceden, “EL PROVEEDOR” se obliga a realizar el reembolso e indemnización correspondiente.
Por lo anterior, “LAS PARTES” reconocen expresamente en este acto que “LA ENTIDAD” no tiene nexo laboral alguno con “EL PROVEEDOR”, por lo que éste último libera a “LA ENTIDAD” de toda responsabilidad relativa a cualquier accidente o enfermedad que pudiera sufrir o contraer cualquiera de sus trabajadores durante el desarrollo de sus labores o como consecuencia de ellos, así como de cualquier responsabilidad que resulte de la aplicación de la Ley Federal del Trabajo, de la Ley del Seguro Social, de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores y/o cualquier otra aplicable, derivada de la prestación de los servicios materia de este contrato.
VIGÉSIMA NOVENA. SUSPENSIÓN DE LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS.
Cuando en la prestación de los servicios, se presente caso fortuito o de fuerza mayor, “LA ENTIDAD” bajo su responsabilidad, podrá de resultar aplicable conforme a la normatividad en la materia, suspender la prestación de los servicios, en cuyo caso únicamente se pagarán aquellos que hubiesen sido efectivamente recibidos por “LA ENTIDAD”.
Cuando la suspensión obedezca a causas imputables a “LA ENTIDAD”, a solicitud escrita de “EL PROVEEDOR”, cubrirá los gastos no recuperables, durante el tiempo que dure esta suspensión, para lo cual “EL PROVEEDOR” deberá presentar dentro de los 30 (treinta) días naturales siguientes de la notificación del término de la suspensión, la factura y documentación de los gastos no recuperables en que haya incurrido, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato.
“LA ENTIDAD” pagará los gastos no recuperables, en moneda nacional (pesos mexicanos), dentro de los 45 (cuarenta y cinco) días naturales posteriores a la presentación de la solicitud debidamente fundada y documentada de “EL PROVEEDOR”, así como del CFDI o factura electrónica respectiva y documentación soporte.
En caso de que “EL PROVEEDOR” no presente en tiempo y forma la documentación requerida para el trámite de pago, la fecha de pago se recorrerá el mismo número de días que dure el retraso.
El plazo de suspensión será fijado por “LA ENTIDAD”, a cuyo término en su caso, podrá iniciarse la terminación anticipada del presente contrato, o bien, podrá continuar produciendo todos los efectos legales, una vez que hayan desaparecido las causas que motivaron dicha suspensión.
TRIGÉSIMA. RESCISIÓN
“LA ENTIDAD” podrá en cualquier momento rescindir administrativamente el presente contrato, cuando “EL PROVEEDOR” incurra en incumplimiento de sus obligaciones contractuales, sin necesidad de acudir a los tribunales competentes en la materia, por lo que, de manera enunciativa, más no limitativa, se entenderá por incumplimiento:
Si incurre en responsabilidad por errores u omisiones en su actuación;
Si incurre en negligencia en la prestación de los servicios objeto del presente contrato, sin justificación para “LA ENTIDAD”;
Si transfiere en todo o en parte las obligaciones que deriven del presente contrato a un tercero ajeno a la relación contractual;
Si cede los derechos de cobro derivados del contrato, sin contar con la conformidad previa y por escrito de “LA ENTIDAD”;
Si suspende total o parcialmente y sin causa justificada la prestación de los servicios del presente contrato o no les otorga la debida atención conforme a las instrucciones de “LA ENTIDAD”;
Si no presta los servicios en tiempo y forma conforme a lo establecido en el presente contrato, la convocatoria y sus anexos;
Si no proporciona a “LA ENTIDAD” o a las dependencias que tengan facultades, los datos necesarios para la inspección, vigilancia y supervisión de la prestación de los servicios del presente contrato;
Si cambia de nacionalidad e invoca la protección de su gobierno contra reclamaciones y órdenes de “LA ENTIDAD”;
Si es declarado en concurso mercantil por autoridad competente o por cualquier otra causa distinta o análoga que afecte su patrimonio;
Si no acepta pagar penalizaciones o no repara los daños o pérdidas, por argumentar que no le son directamente imputables, sino a uno de sus asociados o filiales o a cualquier otra causa que no sea de fuerza mayor o caso fortuito;
Si no entrega dentro de los 10 (diez) días naturales siguientes a la fecha de firma del presente contrato, la garantía de cumplimiento del mismo;
Si la suma de las penas convencionales excede el monto total de la garantía de cumplimiento del contrato y/o de las deducciones alcanzan el 10% (diez por ciento) del monto total de este instrumento jurídico;
Si “EL PROVEEDOR” no presta los servicios objeto de este contrato de acuerdo con las normas, la calidad, eficiencia y especificaciones requeridas por “LA ENTIDAD” conforme a las cláusulas del presente contrato, la convocatoria y sus anexos;
Si divulga, transfiere o utiliza la información que conozca en el desarrollo del cumplimiento del objeto del presente contrato, sin contar con la autorización de “LA ENTIDAD” en los términos de lo dispuesto en la cláusula DÉCIMA NOVENA del presente instrumento jurídico;
Si se comprueba la falsedad de alguna manifestación contenida en el apartado de sus declaraciones del presente contrato;
Cuando “EL PROVEEDOR” y/o su personal, impidan el desempeño normal de labores de “LA ENTIDAD”, durante la prestación de los servicios, por causas distintas a la naturaleza del objeto del mismo;
Cuando exista conocimiento y se corrobore mediante resolución definitiva de autoridad competente que “EL PROVEEDOR” incurrió en violaciones en materia penal, civil, fiscal, mercantil o administrativa que redunde en perjuicio de los intereses de “LA ENTIDAD” en cuanto al cumplimiento oportuno y eficaz en la prestación de los servicios del presente contrato; y
En general, incurra en incumplimiento total o parcial de las obligaciones que se estipulen en el presente contrato o de las disposiciones de la "LAASSP" y su Reglamento.
Para el caso de optar por la rescisión del contrato, “LA ENTIDAD” comunicará por escrito a “EL PROVEEDOR” el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la notificación, exponga lo que a su derecho convenga y aporte en su caso las pruebas que estime pertinentes.
Transcurrido dicho término “LA ENTIDAD”, en un plazo de 15 (quince) días hábiles siguientes, tomando en consideración los argumentos y pruebas que hubiere hecho “EL PROVEEDOR”, determinará de manera fundada y motivada dar o no por rescindido el contrato, y comunicará a “EL PROVEEDOR” dicha determinación dentro del citado plazo.
Cuando se rescinda el contrato, se formulará el finiquito correspondiente, a efecto de hacer constar los pagos que deba efectuar “LA ENTIDAD” por concepto del contrato hasta el momento de rescisión.
Iniciado un procedimiento de conciliación “LA ENTIDAD” podrá suspender el trámite del procedimiento de rescisión.
Si previamente a la determinación de dar por rescindido el contrato se prestan los servicios, el procedimiento iniciado quedará sin efecto, previa aceptación y verificación de “LA ENTIDAD” de que continúa vigente la necesidad de los servicios, aplicando, en su caso, las penas convencionales correspondientes.
“LA ENTIDAD” podrá determinar no dar por rescindido el contrato, cuando durante el procedimiento advierta que la rescisión del mismo pudiera ocasionar algún daño o afectación a las funciones que tiene encomendadas. En este supuesto, “LA ENTIDAD” elaborará un dictamen en el cual justifique que los impactos económicos o de operación que se ocasionarían con la rescisión del contrato resultarían más inconvenientes.
Al no dar por rescindido el contrato, “LA ENTIDAD” establecerá con “EL PROVEEDOR” otro plazo, que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento. El convenio modificatorio que al efecto se celebre deberá atender a las condiciones previstas por los dos últimos párrafos del artículo 52 de la “LAASSP”.
Cuando se presente cualquiera de los casos mencionados, “LA ENTIDAD” quedará expresamente facultada para optar por exigir el cumplimiento del contrato, aplicando las penas convencionales y/o rescindirlo, siendo esta situación una facultad potestativa.
Si se llevara a cabo la rescisión del contrato, y en el caso de que a “EL PROVEEDOR” se le hubieran entregado pagos progresivos, éste deberá de reintegrarlos más los intereses correspondientes, conforme a lo indicado en el artículo 51 párrafo cuarto, de la “LAASSP”.
Los intereses se calcularán sobre el monto de los pagos progresivos efectuados y se computarán por días naturales desde la fecha de su entrega hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de “LA ENTIDAD”.
“EL PROVEEDOR” será responsable por los daños y perjuicios que le cause a “LA ENTIDAD”.
TRIGÉSIMA PRIMERA. TERMINACIÓN ANTICIPADA
“LA ENTIDAD” podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato, cuando concurran razones de interés general o bien cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas, se ocasionaría algún daño o perjuicio a “LA ENTIDAD”, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato con motivo de una resolución de una inconformidad o intervención de oficio emitida por la Secretaría de la Función Pública, lo que bastará sea comunicado a “EL PROVEEDOR” con 30 (treinta) días naturales anteriores al hecho. En este caso, “LA ENTIDAD” a solicitud escrita de “EL PROVEEDOR” cubrirá los gastos no recuperables, siempre que estos sean razonables estén debidamente comprobados y relacionados directamente con el contrato.
TRIGÉSIMA SEGUNDA. DISCREPANCIAS
"LAS PARTES" convienen que, en caso de discrepancia entre la Convocatoria y anexos y la cotización de “EL PROVEEDOR” y el presente contrato, prevalecerá lo establecido en la Convocatoria y sus anexos, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 81 fracción IV, del Reglamento de la "LAASSP".
TRIGÉSIMA TERCERA. CONCILIACIÓN.
“LAS PARTES” acuerdan que para el caso de que se presenten desavenencias derivadas de la ejecución y cumplimiento del presente contrato se someterán al procedimiento de conciliación establecido en los artículos 77, 78, 79 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 126 al 136 de su Reglamento y al Decreto por el que se establecen las acciones administrativas que deberá implementar la Administración Pública Federal para llevar a cabo la conciliación o la celebración de convenios o acuerdos previstos en las leyes respectivas como medios alternativos de solución de controversias, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 xx xxxxx de 2016.
La solicitud de conciliación se presentará mediante escrito, el cual contendrá los requisitos contenidos en el artículo 15 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, además, hará referencia al número de contrato, al servidor público encargado de su administración, objeto, vigencia y monto del contrato, señalando, en su caso, sobre la existencia de convenios modificatorios, debiendo adjuntar copia de los instrumentos consensuales debidamente suscritos.
TRIGÉSIMA CUARTA. DOMICILIOS
“LAS PARTES” señalan como sus domicilios legales para todos los efectos a que haya lugar y que se relacionan en el presente contrato, los que se indican en el apartado de Declaraciones, por lo que cualquier notificación judicial o extrajudicial, emplazamiento, requerimiento o diligencia que en dichos domicilios se practique, será enteramente válida, al tenor de lo dispuesto en el Título Tercero del Código Civil Federal y sus correlativos en los Estados de la República Mexicana.
TRIGÉSIMA QUINTA. LEGISLACIÓN APLICABLE
“LAS PARTES” se obligan a sujetarse estrictamente para la prestación de los servicios objeto del presente contrato a todas y cada una de las cláusulas que lo integran, la convocatoria y sus anexos, a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento; al Código Civil Federal; la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; al Código Federal de Procedimientos Civiles; a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, el Acuerdo por el que se expide el protocolo de actuación en materia de contrataciones públicas, otorgamiento y prórroga de licencias, permisos, autorizaciones y concesiones y a las demás disposiciones jurídicas aplicables.
TRIGÉSIMA SEXTA. JURISDICCIÓN
"LAS PARTES" convienen que, para la interpretación y cumplimiento de este contrato, así como para lo no previsto en el mismo, se someterán a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Federales en la Ciudad de México, renunciando expresamente al fuero que pudiera corresponderles en razón de su domicilio actual o futuro.
FIRMANTES O SUSCRIPCIÓN.
Las facultades de los servidores públicos se describen en el Manual de Organización, las Políticas, Bases y Lineamientos en materia de Adquisiciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Banco Nacional de Comercio Exterior S.N.C., así como en los poderes descritos en las Declaraciones del presente contrato.
Por lo anteriormente expuesto, tanto “LA ENTIDAD” como “EL PROVEEDOR”, declaran estar conformes y bien enterados de las consecuencias, valor y alcance legal de todas y cada una de las estipulaciones que el presente instrumento jurídico contiene, por lo que lo ratifican y firman electrónicamente en las fechas especificadas en cada firma electrónica.
POR:
“LA ENTIDAD”
NOMBRE |
CARGO |
R.F.C |
XXXXX XXXXXXXXX XXXXXXXXX XXXXXXX |
SUBDIRECTORA DE ADQUISICIONES DE BIENES MUEBLES Y SERVICIOS |
|
|
|
_______________ |
XXXXXX XXXXXX XXXXXXX XXXXXX |
GERENTE DE NORMATIVIDAD Y OPERACIÓN DE ADQUISICIONES |
|
POR:
“EL PROVEEDOR”
NOMBRE |
R.F.C |
|
_________________ |
Anexo 6 |
FORMATO TEXTO DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO PARA NAFIN |
(Afianzadora o Aseguradora)
Denominación social: __________. en lo sucesivo (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”)
Domicilio: __________________.
Autorización del Gobierno Federal para operar: _________ (Número de oficio y fecha)
Beneficiaria:
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., EN LO SUCESIVO “LA BENEFICIARIA”, CON DOMICILIO UBICADO EN: XXXXXXX XXXXXXXXXXX XXX XX. 0000, XXXXX XX, XXXX __, XXXXXXX XXXXXXXXX INN, DEMARCACIÓN TERRITORIAL XXXXXX XXXXXXX, C.P. 01020, EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
El medio electrónico, por el cual se pueda enviar la fianza a “la Contratante” y a “la Beneficiaria”: _______.
Fiado (s): (En caso de proposición conjunta, el nombre y datos de cada uno de ellos)
Nombre o denominación social: _____________________________.
RFC: __________.
Domicilio: _____________________________. (El mismo que aparezca en el contrato principal)
Datos de la póliza:
Número: _________________________. (Número asignado por la “Afianzadora” o la “Aseguradora”)
Monto Afianzado: _________________. (Con letra y número, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado).
Moneda: _________.
Fecha de expedición: ______________.
Obligación garantizada: El cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato en los términos de la Cláusula PRIMERA de la presente póliza de fianza.
Naturaleza de las Obligaciones: ____ (Divisible o Indivisible, de conformidad con lo estipulado en el contrato).
Si es Divisible aplicará el siguiente texto: La obligación garantizada será divisible, por lo que, en caso de presentarse algún incumplimiento, se hará efectiva solo en la proporción correspondiente al incumplimiento de la obligación principal.
Si es Indivisible aplicará el siguiente texto: La obligación garantizada será indivisible y en caso de presentarse algún incumplimiento se hará efectiva por el monto total de las obligaciones garantizadas.
Datos del contrato o pedido, en lo sucesivo el “Contrato”:
Número asignado por “la Contratante”: _________________.
Objeto: __________________________________________.
Monto del Contrato: (Con número y letra, sin el Impuesto al Valor Agregado)
Moneda: _________________________________________.
Fecha de suscripción: ______________________________.
Tipo: (Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios, Obra Pública o servicios relacionados con la misma).
Obligación contractual para la garantía de cumplimiento: (Divisible o Indivisible, de conformidad con lo estipulado en el contrato)
Procedimiento al que se sujetará la presente póliza de fianza para hacerla efectiva: El previsto en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
Competencia y Jurisdicción: Para todo lo relacionado con la presente póliza, el fiado, el fiador y cualesquier otro obligado, así como “la Beneficiaria”, se someterán a la jurisdicción y competencia de los tribunales federales de ___________________ (precisar el lugar), renunciando al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio o por cualquier otra causa.
La presente fianza se expide de conformidad con lo dispuesto por los artículos 48, fracción II y último párrafo, y artículo 49, fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 103 de su Reglamento.
Validación de la fianza en el portal de internet, dirección electrónica xxx.xxxx.xxx.xx
(Nombre del representante de la Afianzadora o Aseguradora)
CLÁUSULAS GENERALES A QUE SE SUJETARÁ LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIO, OBRA PÚBLICA O SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMA.
PRIMERA. - OBLIGACIÓN GARANTIZADA.
Esta póliza de fianza garantiza el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el “Contrato” a que se refiere esta póliza y en sus convenios modificatorios que se hayan realizado o a los anexos del mismo, cuando no rebasen el porcentaje de ampliación indicado en la cláusula siguiente, aún y cuando parte de las obligaciones se subcontraten.
SEGUNDA. - MONTO AFIANZADO.
(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”), se compromete a pagar a la Beneficiaria, hasta el monto de esta póliza, que es (con número y letra sin incluir el Impuesto al Valor Agregado) que representa el ____ % (señalar el porcentaje con letra) del valor del “Contrato”.
(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”) reconoce que el monto garantizado por la fianza de cumplimiento se puede modificar en el caso de que se formalice uno o varios convenios modificatorios de ampliación del monto del “Contrato” indicado en la carátula de esta póliza, siempre y cuando no se rebase el ___% de dicho monto. Previa notificación del fiado y cumplimiento de los requisitos legales, (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) emitirá el documento modificatorio correspondiente o endoso para el solo efecto de hacer constar la referida ampliación, sin que se entienda que la obligación sea novada.
En el supuesto de que el porcentaje de aumento al “Contrato” en monto fuera superior a los indicados, (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) se reserva el derecho de emitir los endosos subsecuentes, por la diferencia entre ambos montos sin embargo, previa solicitud del fiado, (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) podrá garantizar dicha diferencia y emitirá el documento modificatorio correspondiente.
(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”) acepta expresamente que en caso de requerimiento, se compromete a pagar el monto total afianzado, siempre y cuando en el Contrato se haya estipulado que la obligación garantizada es indivisible; de estipularse que es divisible, (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) pagará de forma proporcional el monto de la o las obligaciones incumplidas.
TERCERA. - INDEMNIZACIÓN POR XXXX.
(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”), se obliga a pagar la indemnización por xxxx que en su caso proceda de conformidad con el artículo 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
CUARTA. - VIGENCIA.
La fianza permanecerá vigente hasta que se dé cumplimiento a la o las obligaciones que garantice en los términos del “Contrato” y continuará vigente en caso de que “la Contratante” otorgue prórroga o espera al cumplimiento del “Contrato”, en los términos de la siguiente cláusula.
Asimismo, esta fianza permanecerá vigente durante la substanciación de todos los recursos legales, arbitrajes o juicios que se interpongan con origen en la obligación garantizada hasta que se pronuncie resolución definitiva de autoridad o tribunal competente que haya causado ejecutoria.
De esta forma la vigencia de la fianza no podrá acotarse en razón del plazo establecido para cumplir la o las obligaciones contractuales.
QUINTA. - PRÓRROGAS, ESPERAS O AMPLIACIÓN AL PLAZO DEL CONTRATO.
En caso de que se prorrogue el plazo originalmente señalado o conceder esperas o convenios de ampliación de plazo para el cumplimiento del contrato garantizado y sus anexos, el fiado dará aviso a (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”), la cual deberá emitir los documentos modificatorios o endosos correspondientes.
(La “Afianzadora o la “Aseguradora”) acepta expresamente garantizar la obligación a que esta póliza se refiere, aún en el caso de que se otorgue prórroga, espera o ampliación al fiado por parte de la “Contratante” para el cumplimiento total de las obligaciones que se garantizan, por lo que no se actualiza el supuesto de extinción de fianza previsto en el artículo 179 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, sin que se entienda novada la obligación.
SEXTA. - SUPUESTOS DE SUSPENSIÓN.
Para garantizar el cumplimiento del “Contrato”, cuando concurran los supuestos de suspensión en los términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, “la Contratante” deberá emitir el o las actas circunstanciadas y, en su caso, las constancias a que haya lugar. En estos supuestos, a petición del fiado, (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) otorgará el o los endosos conducentes, conforme a lo estatuido en el artículo 166 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas, para lo cual bastará que el fiado exhiba a (la “Afianzadora o a la Aseguradora”) dichos documentos expedidos por “la Contratante”.
El aplazamiento derivado de la interposición de recursos administrativos y medios de defensa legales, no modifica o altera el plazo de ejecución inicialmente pactado, por lo que subsistirán inalterados los términos y condiciones originalmente previstos, entendiendo que los endosos que emita (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) por cualquiera de los supuestos referidos, formarán parte en su conjunto, solidaria e inseparable de la póliza inicial.
SÉPTIMA. - SUBJUDICIDAD.
(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”) realizará el pago de la cantidad reclamada, bajo los términos estipulados en esta póliza de fianza, y, en su caso, la indemnización por xxxx de acuerdo a lo establecido en el artículo 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre subjúdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, administrativa o tribunal arbitral, salvo que el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ante dichas instancias.
(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”) deberá comunicar a “la Beneficiaria” de la garantía, el otorgamiento de la suspensión al fiado, acompañándole las constancias respectivas que así lo acrediten, a fin de que se encuentre en la posibilidad de abstenerse del cobro de la fianza hasta en tanto se dicte sentencia firme.
OCTAVA. - COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICIÓN DE GARANTÍAS.
El coafianzamiento o yuxtaposición de garantías, no implicará novación de las obligaciones asumidas por (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) por lo que subsistirá su responsabilidad exclusivamente en la medida y condiciones en que la asumió en la presente póliza de fianza y en sus documentos modificatorios.
NOVENA. - CANCELACIÓN DE LA FIANZA.
(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”) quedará liberada de su obligación fiadora siempre y cuando “la Contratante” le comunique por escrito, por conducto del servidor público facultado para ello, su conformidad para cancelar la presente garantía.
El fiado podrá solicitar la cancelación de la fianza para lo cual deberá presentar a (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales. Cuando el fiado solicite dicha cancelación derivado del pago realizado por saldos a su cargo o por el incumplimiento de obligaciones, deberá presentar el recibo de pago correspondiente.
Esta fianza se cancelará cuando habiéndose cumplido la totalidad de las obligaciones estipuladas en el “Contrato”, “la Contratante” haya calificado o revisado y aceptado la garantía exhibida por el fiado para responder por los defectos, vicios ocultos de los bienes entregados y por el correcto funcionamiento de los mismos o por la calidad de los servicios prestados por el fiado, respecto del “Contrato” especificado en la carátula de la presente póliza y sus respectivos convenios modificatorios.
DÉCIMA. - PROCEDIMIENTOS.
(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”) acepta expresamente someterse al procedimiento previsto en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para hacer efectiva la fianza.
DÉCIMA PRIMERA. -RECLAMACIÓN
“La Beneficiaria” podrá presentar la reclamación a que se refiere el artículo 279, xx Xxx de Instituciones de Seguros y de Fianzas en cualquier oficina, o sucursal de la Institución y ante cualquier apoderado o representante de la misma.
DÉCIMA SEGUNDA. - DISPOSICIONES APLICABLES.
Será aplicable a esta póliza, en lo no previsto por la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas la legislación mercantil y a falta de disposición expresa el Código Civil Federal.
Anexo 6 |
FORMATO TEXTO DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO PARA BANCOMEXT |
(Afianzadora o Aseguradora)
Denominación social: __________. en lo sucesivo (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”)
Domicilio: __________________.
Autorización del Gobierno Federal para operar: _________ (Número de oficio y fecha)
Beneficiaria:
BANCO NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR, S.N.C., EN LO SUCESIVO “LA BENEFICIARIA”, CON DOMICILIO UBICADO EN: XXXXXXXXXX XXX, XXXXXX 0000, XXXXXXX XXXXXXXX XX XX XXXXXXX, DEMARCACIÓN TERRITORIAL TLALPAN, C.P. 14210, EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
El medio electrónico, por el cual se pueda enviar la fianza a “la Contratante” y a “la Beneficiaria”: _______.
Fiado (s): (En caso de proposición conjunta, el nombre y datos de cada uno de ellos)
Nombre o denominación social: _____________________________.
RFC: __________.
Domicilio: _____________________________. (El mismo que aparezca en el contrato principal)
Datos de la póliza:
Número: _________________________. (Número asignado por la “Afianzadora” o la “Aseguradora”)
Monto Afianzado: _________________. (Con letra y número, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado).
Moneda: _________.
Fecha de expedición: ______________.
Obligación garantizada: El cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el contrato en los términos de la Cláusula PRIMERA de la presente póliza de fianza.
Naturaleza de las Obligaciones: ____ (Divisible o Indivisible, de conformidad con lo estipulado en el contrato).
Si es Divisible aplicará el siguiente texto: La obligación garantizada será divisible, por lo que, en caso de presentarse algún incumplimiento, se hará efectiva solo en la proporción correspondiente al incumplimiento de la obligación principal.
Si es Indivisible aplicará el siguiente texto: La obligación garantizada será indivisible y en caso de presentarse algún incumplimiento se hará efectiva por el monto total de las obligaciones garantizadas.
Datos del contrato o pedido, en lo sucesivo el “Contrato”:
Número asignado por “la Contratante”: _________________.
Objeto: __________________________________________.
Monto del Contrato: (Con número y letra, sin el Impuesto al Valor Agregado)
Moneda: _________________________________________.
Fecha de suscripción: ______________________________.
Tipo: (Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios, Obra Pública o servicios relacionados con la misma).
Obligación contractual para la garantía de cumplimiento: (Divisible o Indivisible, de conformidad con lo estipulado en el contrato)
Procedimiento al que se sujetará la presente póliza de fianza para hacerla efectiva: El previsto en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
Competencia y Jurisdicción: Para todo lo relacionado con la presente póliza, el fiado, el fiador y cualesquier otro obligado, así como “la Beneficiaria”, se someterán a la jurisdicción y competencia de los tribunales federales de ___________________ (precisar el lugar), renunciando al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio o por cualquier otra causa.
La presente fianza se expide de conformidad con lo dispuesto por los artículos 48, fracción II y último párrafo, y artículo 49, fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, y 103 de su Reglamento.
Validación de la fianza en el portal de internet, dirección electrónica xxx.xxxx.xxx.xx
(Nombre del representante de la Afianzadora o Aseguradora)
CLÁUSULAS GENERALES A QUE SE SUJETARÁ LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO EN MATERIA DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIO, OBRA PÚBLICA O SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMA.
PRIMERA. - OBLIGACIÓN GARANTIZADA.
Esta póliza de fianza garantiza el cumplimiento de las obligaciones estipuladas en el “Contrato” a que se refiere esta póliza y en sus convenios modificatorios que se hayan realizado o a los anexos del mismo, cuando no rebasen el porcentaje de ampliación indicado en la cláusula siguiente, aún y cuando parte de las obligaciones se subcontraten.
SEGUNDA. - MONTO AFIANZADO.
(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”), se compromete a pagar a la Beneficiaria, hasta el monto de esta póliza, que es (con número y letra sin incluir el Impuesto al Valor Agregado) que representa el ____ % (señalar el porcentaje con letra) del valor del “Contrato”.
(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”) reconoce que el monto garantizado por la fianza de cumplimiento se puede modificar en el caso de que se formalice uno o varios convenios modificatorios de ampliación del monto del “Contrato” indicado en la carátula de esta póliza, siempre y cuando no se rebase el ___% de dicho monto. Previa notificación del fiado y cumplimiento de los requisitos legales, (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) emitirá el documento modificatorio correspondiente o endoso para el solo efecto de hacer constar la referida ampliación, sin que se entienda que la obligación sea novada.
En el supuesto de que el porcentaje de aumento al “Contrato” en monto fuera superior a los indicados, (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) se reserva el derecho de emitir los endosos subsecuentes, por la diferencia entre ambos montos sin embargo, previa solicitud del fiado, (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) podrá garantizar dicha diferencia y emitirá el documento modificatorio correspondiente.
(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”) acepta expresamente que en caso de requerimiento, se compromete a pagar el monto total afianzado, siempre y cuando en el Contrato se haya estipulado que la obligación garantizada es indivisible; de estipularse que es divisible, (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) pagará de forma proporcional el monto de la o las obligaciones incumplidas.
TERCERA. - INDEMNIZACIÓN POR XXXX.
(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”), se obliga a pagar la indemnización por xxxx que en su caso proceda de conformidad con el artículo 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
CUARTA. - VIGENCIA.
La fianza permanecerá vigente hasta que se dé cumplimiento a la o las obligaciones que garantice en los términos del “Contrato” y continuará vigente en caso de que “la Contratante” otorgue prórroga o espera al cumplimiento del “Contrato”, en los términos de la siguiente cláusula.
Asimismo, esta fianza permanecerá vigente durante la substanciación de todos los recursos legales, arbitrajes o juicios que se interpongan con origen en la obligación garantizada hasta que se pronuncie resolución definitiva de autoridad o tribunal competente que haya causado ejecutoria.
De esta forma la vigencia de la fianza no podrá acotarse en razón del plazo establecido para cumplir la o las obligaciones contractuales.
QUINTA. - PRÓRROGAS, ESPERAS O AMPLIACIÓN AL PLAZO DEL CONTRATO.
En caso de que se prorrogue el plazo originalmente señalado o conceder esperas o convenios de ampliación de plazo para el cumplimiento del contrato garantizado y sus anexos, el fiado dará aviso a (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”), la cual deberá emitir los documentos modificatorios o endosos correspondientes.
(La “Afianzadora o la “Aseguradora”) acepta expresamente garantizar la obligación a que esta póliza se refiere, aún en el caso de que se otorgue prórroga, espera o ampliación al fiado por parte de la “Contratante” para el cumplimiento total de las obligaciones que se garantizan, por lo que no se actualiza el supuesto de extinción de fianza previsto en el artículo 179 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, sin que se entienda novada la obligación.
SEXTA. - SUPUESTOS DE SUSPENSIÓN.
Para garantizar el cumplimiento del “Contrato”, cuando concurran los supuestos de suspensión en los términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, su Reglamento y demás disposiciones aplicables, “la Contratante” deberá emitir el o las actas circunstanciadas y, en su caso, las constancias a que haya lugar. En estos supuestos, a petición del fiado, (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) otorgará el o los endosos conducentes, conforme a lo estatuido en el artículo 166 de la Ley de Instituciones de Xxxxxxx y de Fianzas, para lo cual bastará que el fiado exhiba a (la “Afianzadora o a la Aseguradora”) dichos documentos expedidos por “la Contratante”.
El aplazamiento derivado de la interposición de recursos administrativos y medios de defensa legales, no modifica o altera el plazo de ejecución inicialmente pactado, por lo que subsistirán inalterados los términos y condiciones originalmente previstos, entendiendo que los endosos que emita (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) por cualquiera de los supuestos referidos, formarán parte en su conjunto, solidaria e inseparable de la póliza inicial.
SÉPTIMA. - SUBJUDICIDAD.
(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”) realizará el pago de la cantidad reclamada, bajo los términos estipulados en esta póliza de fianza, y, en su caso, la indemnización por xxxx de acuerdo a lo establecido en el artículo 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre subjúdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, administrativa o tribunal arbitral, salvo que el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ante dichas instancias.
(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”) deberá comunicar a “la Beneficiaria” de la garantía, el otorgamiento de la suspensión al fiado, acompañándole las constancias respectivas que así lo acrediten, a fin de que se encuentre en la posibilidad de abstenerse del cobro de la fianza hasta en tanto se dicte sentencia firme.
OCTAVA. - COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICIÓN DE GARANTÍAS.
El coafianzamiento o yuxtaposición de garantías, no implicará novación de las obligaciones asumidas por (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) por lo que subsistirá su responsabilidad exclusivamente en la medida y condiciones en que la asumió en la presente póliza de fianza y en sus documentos modificatorios.
NOVENA. - CANCELACIÓN DE LA FIANZA.
(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”) quedará liberada de su obligación fiadora siempre y cuando “la Contratante” le comunique por escrito, por conducto del servidor público facultado para ello, su conformidad para cancelar la presente garantía.
El fiado podrá solicitar la cancelación de la fianza para lo cual deberá presentar a (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) la constancia de cumplimiento total de las obligaciones contractuales. Cuando el fiado solicite dicha cancelación derivado del pago realizado por saldos a su cargo o por el incumplimiento de obligaciones, deberá presentar el recibo de pago correspondiente.
Esta fianza se cancelará cuando habiéndose cumplido la totalidad de las obligaciones estipuladas en el “Contrato”, “la Contratante” haya calificado o revisado y aceptado la garantía exhibida por el fiado para responder por los defectos, vicios ocultos de los bienes entregados y por el correcto funcionamiento de los mismos o por la calidad de los servicios prestados por el fiado, respecto del “Contrato” especificado en la carátula de la presente póliza y sus respectivos convenios modificatorios.
DÉCIMA. - PROCEDIMIENTOS.
(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”) acepta expresamente someterse al procedimiento previsto en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para hacer efectiva la fianza.
DÉCIMA PRIMERA. -RECLAMACIÓN
“La Beneficiaria” podrá presentar la reclamación a que se refiere el artículo 279, xx Xxx de Instituciones de Seguros y de Fianzas en cualquier oficina, o sucursal de la Institución y ante cualquier apoderado o representante de la misma.
DÉCIMA SEGUNDA. - DISPOSICIONES APLICABLES.
Será aplicable a esta póliza, en lo no previsto por la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas la legislación mercantil y a falta de disposición expresa el Código Civil Federal.
Anexo 6 Bis |
MODELO DE TEXTO DE FIANZA DE CUMPLIMIENTO DE UN CONTRATO PLURIANUAL Y CON RENOVACION EN CADA EJERCICIO FISCAL |
ANTE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. CON DOMICILIO EN Xxxxxxx Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxxxx XX, xxxx __, Xxxxxxx Xxxxxxxxx Inn, DELEGACIÓN XXXXXX XXXXXXX, C.P. 01020, en LA CIUDAD DE México.
NO APLICA PARA ESTE PROCESO
PARA GARANTIZAR POR NUESTROS FIADO __________________, CON DOMICILIO EN __________________, EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES A SU CARGO, DERIVADAS DEL CONTRATO (o PEDIDO) N° ____ DE FECHA ______________, RELATIVO A ____________________(OBJETO DEL CONTRATO o PEDIDO), POR UN IMPORTE TOTAL (o PRESUPUESTO MÁXIMO en caso de contrato o pedido abierto) DE $___________ (__________________PESOS __/100 M.N.) MAS EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO, DE LOS CUALES EL IMPORTE (o PRESUPUESTO MÁXIMO en caso de contrato o pedido abierto) DE $______________ (______________PESOS __/100 M.N.) MÁS I.V.A., CORRESPONDEN AL IMPORTE (o PRESUPUESTO MÁXIMO en caso de contrato o pedido abierto) PARA EL EJERCICIO ______. LA PRESENTE FIANZA PERMANECERÁ EN VIGOR A PARTIR DEL INICIO DE LA VIGENCIA DEL CONTRATO CITADO (o PEDIDO) Y DURANTE EL TIEMPO EN QUE _______________(NOMBRE DEL PRESTADOR DEL SERVICIO), ENTREGUE A NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. LA FIANZA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO (o PEDIDO) PARA EL EJERCICIO ______ (EJERCICIO SIGUIENTE), O HASTA LA FECHA EN QUE SE DÉ LA TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO (o PEDIDO) POR NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. Y, EN CASO DE CONTROVERSIA, ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS RECURSOS LEGALES O JUICIOS QUE SE INTERPONGAN Y HASTA QUE SE DICTE POR AUTORIDAD COMPETENTE, RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE QUEDE FIRME. LA PRESENTE FIANZA SOLO PODRÁ SER CANCELADA MEDIANTE AUTORIZACIÓN ESCRITA DE NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. EN CASO DE QUE LA PRESENTE FIANZA SE HAGA EXIGIBLE DE MANERA FORZOSA, ESTA AFIANZADORA SE SOMETE EXPRESAMENTE AL PROCEDIMIENTO DE EJECUCIÓN QUE ESTABLECEN LOS ARTÍCULOS 178, 279 Y 280 DE LA LEY DE INSTITUCIONES DE SEGUROS Y DE FIANZAS AÚN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INTERESES CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORANEO DEL IMPORTE DE LA FIANZA DE ACUERDO A LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 283 DE LA LEY CITADA Y MANIFIESTA SU CONFORMIDAD EN QUE SE LE APLIQUE DICHO PROCEDIMIENTO CON EXCLUSIÓN DE CUALQUIER OTRO. LA RESPONSABILIDAD DE ESTA INSTITUCIÓN AFIANZADORA SERÁ HASTA POR LA CANTIDAD DE $___________ (__________________PESOS __/100 M.N.), IMPORTE QUE CORRESPONDE AL ___% (____ POR CIENTO) DEL IMPORTE (o PRESUPUESTO MÁXIMO en caso de contrato o pedido abierto) PARA EL EJERCICIO DE _______ DEL CONTRATO (o PEDIDO), POR LA QUE SE EXPIDE ESTA FIANZA. ------FIN DE TEXTO------
Anexo 7 |
FORMATO TEXTO DE FIANZA PARA GARANTIZAR EL ANTICIPO DEL CONTRATO |
(Afianzadora o Aseguradora)
Denominación social: ________________________en lo sucesivo (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”)
Domicilio: _______________________.
Autorización del Gobierno Federal para operar: (Número de oficio y fecha)
Beneficiaria:
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C., EN LO SUCESIVO “LA BENEFICIARIA”, CON DOMICILIO UBICADO EN: XXXXXXX XXXXXXXXXXX XXX XX. 0000, XXXXX XX, XXXX __, XXXXXXX XXXXXXXXX INN, DEMARCACIÓN TERRITORIAL XXXXXX XXXXXXX, C.P. 01020, EN LA CIUDAD DE MÉXICO.
El medio electrónico, por el cual se pueda enviar la fianza a “la Contratante” y a “la Beneficiaria”: ______________.
Fiado (s): En caso de proposición conjunta el nombre y datos cada uno de ellos
Nombre o denominación social: _____________________________.
RFC: __________.
Domicilio:(El mismo que aparezca en el contrato principal)
Datos de la póliza:
Número: ____________________. (Número asignado por “la Afianzadora o Aseguradora”)
NO APLICA PARA ESTE PROCESO
Monto Afianzado: ____________________ (Con letra y número incluyendo el Impuesto al Valor Agregado) Moneda: __________________________________.Fecha de expedición: _____________________.
Obligación garantizada: La debida inversión, aplicación, amortización o devolución parcial o total de la cantidad de dinero entregada al fiado por concepto de anticipo otorgado, en la forma y en los plazos que para tal efecto se establecieron en el contrato y sus anexos, en los términos de la Cláusula PRIMERA de la presente póliza de fianza.
Datos del contrato o pedido, en lo sucesivo el “Contrato”:
Número asignado por “la Contratante”: __________________.
Objeto: _____________.
Monto del Contrato: (Con letra y número, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado)
Moneda: ________________________________.
Fecha de suscripción: _________________.
Tipo: (Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios, Obra Pública o servicios relacionados con la misma.)
Procedimiento al que se sujetará la presente póliza de fianza para hacerla efectiva: El previsto en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas.
Competencia y Jurisdicción: Para todo lo relacionado con la presente póliza, el fiado, el fiador y cualesquier otro obligado, así como “la Beneficiaria”, se someterán a la jurisdicción y competencia de los tribunales federales de ___________________ (precisar el lugar), renunciando al fuero que pudiera corresponderle en razón de su domicilio o por cualquier otra causa.
La presente fianza se expide de conformidad con lo dispuesto por los artículos 48, fracción I y último párrafo, y artículo 49, fracción II, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Validación de la fianza en el portal de internet, dirección electrónica xxx.xxxx.xxx.xx
(Nombre del representante de la Afianzadora o Aseguradora)
CLÁUSULAS GENERALES A LAS QUE SE SUJETARÁ LA PRESENTE PÓLIZA DE FIANZA DE ANTICIPO EN MATERIA DE (ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS, SERVICIOS, OBRA PÚBLICA O SERVICIOS RELACIONADOS CON LA MISMA).
PRIMERA. - OBLIGACIÓN GARANTIZADA.
Esta póliza de fianza garantiza la inversión, aplicación, amortización o devolución parcial o total de la cantidad de dinero entregada al fiado por concepto de anticipo, incluyendo el Impuesto al Valor Agregado, por parte de “la Contratante”, de conformidad con lo acordado en el contrato indicado en la carátula de la presente póliza, así como los intereses que se causen conforme a la tasa establecida en la Ley de Ingresos de la Federación, para el supuesto de prórroga en el pago de créditos fiscales, si el fiado no lo invirtió, aplicó, devolvió o amortizó total o parcialmente en el plazo y acorde a los fines para los que le fue otorgado, así como su costo financiero. En ningún caso la suma de los conceptos anteriores podrá exceder el monto total garantizado.
NO APLICA PARA ESTE PROCESO
SEGUNDA. - MONTO AFIANZADO.(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”), se compromete a pagar a “la Beneficiaria”, hasta el monto afianzado que es ______(Con número y letra) el cual incluye el Impuesto al Valor Agregado que representa el 100% (cien por ciento) del anticipo otorgado.
TERCERA. - INDEMNIZACIÓN POR XXXX.
(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”), se obliga a pagar la indemnización por xxxx por pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida, de conformidad con el artículo 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y Fianzas.
CUARTA. VIGENCIA.
La fianza permanecerá vigente hasta la total amortización del anticipo o, en su caso, la devolución de la parte no amortizada o que se haya dado cumplimiento al objeto para el cual fue otorgado dicho anticipo por “la Contratante”.
Asimismo, esta fianza permanecerá vigente durante la substanciación de todos los recursos legales, arbitrajes o juicios que se interpongan con origen en la obligación garantizada hasta que se pronuncie resolución definitiva de autoridad o tribunal competente que haya causado ejecutoria, de forma tal que su vigencia no podrá acotarse en razón del plazo de ejecución del “Contrato” y permanecerá en vigor aún en los casos en que “la Contratante” otorgue prórrogas o esperas al fiado para el cumplimiento de la o las obligaciones contractuales..
QUINTA. - SUBJUDICIDAD.
(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”) realizará el pago de la cantidad reclamada, bajo los términos estipulados en esta póliza de fianza, y, en su caso, la indemnización por xxxx de acuerdo a lo establecido en el artículo 283 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, aun cuando la obligación se encuentre subjúdice, en virtud de procedimiento ante autoridad judicial, administrativa o tribunal arbitral, salvo que el fiado obtenga la suspensión de su ejecución, ante dichas instancias.
(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”) deberá comunicar a “la Beneficiaria” de la garantía, el otorgamiento de la suspensión al fiado, acompañándole las constancias respectivas que así lo acrediten, a fin de que se encuentre en la posibilidad de abstenerse del cobro de la fianza hasta en tanto se dicte sentencia firme.
SEXTA. - COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICIÓN DE GARANTÍAS.
El coafianzamiento o yuxtaposición de garantías, no implicará novación de las obligaciones asumidas por (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”), por lo que subsistirá su responsabilidad exclusivamente en la medida y condiciones en que la asumió en la presente póliza de fianza y en sus documentos modificatorios.
SÉPTIMA. - CANCELACIÓN DE LA FIANZA.
(Sólo incluir para el caso de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios)
(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”), quedará liberada de su obligación fiadora siempre y cuando “la Contratante” le comunique por escrito, por conducto del servidor público facultado para ello, su conformidad para cancelar la presente garantía.
El fiado podrá solicitar la cancelación de la fianza para lo cual deberá presentar a (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) la documentación descrita en el párrafo anterior.
NO APLICA PARA ESTE PROCESO
SÉPTIMA. - CANCELACIÓN DE LA FIANZA.
(Sólo incluir para el caso de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas)
(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”) quedará liberada de su obligación fiadora siempre y cuando “la Contratante” le comunique por escrito, por conducto del servidor público facultado para ello, su conformidad para cancelar la presente garantía.
El fiado podrá solicitar la cancelación de la fianza para lo cual deberá presentar a (la “Afianzadora” o la “Aseguradora”) la documentación descrita en el párrafo anterior.
OCTAVA. - PROCEDIMIENTOS
(La “Afianzadora” o la “Aseguradora”), acepta expresamente someterse al procedimiento previsto en el artículo 279 de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas para hacer efectiva la fianza.
NOVENA. - RECLAMACIÓN.
“La Beneficiaria” podrá presentar la reclamación a que se refiere el artículo 279, xx Xxx de Instituciones de Seguros y de Fianzas en cualquier oficina, o sucursal de la Institución y ante cualquier apoderado o representante de la misma.
DÉCIMA. - DISPOSICIONES APLICABLES.
Será aplicable, a esta póliza, en lo no previsto por la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas la legislación mercantil y a falta de disposición expresa el Código Civil Federal.
Anexo 8 |
SOLICITUD DE PAGO INTERBANCARIO |
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. DIRECCIÓN DE ADQUISICIONES Y SERVICIOS
|
||||||
SOLICITUD DE PAGO A TRAVÉS DEL SERVICIO DE PAGO INTERBANCARIO |
||||||
FECHA: |
ALTA : ACTUALIZACIÓN : |
|||||
|
||||||
NOMBRE DEL PROVEEDOR: |
FOLIO: (Para exclusivo de NAFIN) |
|||||
REG. FED. CONTRIBUYENTES: |
||||||
TIPO DE SERVICIO QUE PRESTA: |
||||||
CUENTAS DE CHEQUES DISPONIBLES PARA RECIBIR EL PAGO (ANOTE EN PRIMER LUGAR CON LA CUENTA DE SU PREFERENCIA) |
||||||
BANCO |
NUMERO DE CUENTA |
PLAZA |
SUCURSAL |
|||
Solo aplica para el licitante ganador |
|
No. |
NOMBRE |
No. |
NOMBRE |
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
|
AUTORIZO A NACIONAL FINANCIERA, S.N.C. PARA QUE CON MOTIVO DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS OTORGADOS, ME REALICE LOS PAGOS CORRESPONDIENTES, MEDIANTE ABONO A ALGUNA DE LAS CUENTAS CUYOS DATOS APARECEN EN ESTA SOLICITUD.
_______________________________________________ NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL
NOTAS: (1) ANEXAR COPIA DE LOS ESTADO DE CUENTA DE LAS CUENTAS ASENTADAS PARA VERIFICAR No. DE CUENTA Y COPIA DE LA ESCRITURA ANTE NOTARIO Y DE LA IDENTIFICACIÓN DEL REPRESENTANTE LEGAL. (2) LLENAR LA SOLITUD EN ORIGINAL Y TRES COPIAS. c.c.p. Caja General c.c.p. Expediente c.c.p. Proveedor |
Anexo 9 |
CADENAS PRODUCTIVAS |
¿Cadenas Productivas?
Es un programa que promueve el desarrollo de las Pequeñas y Medianas Empresas, a través de otorgarle a los proveedores afiliados liquidez sobre sus cuentas por cobrar derivadas de la proveeduría de bienes ó servicios, contribuyendo así a dar mayor certidumbre, transparencia y eficiencia en los pagos, así como financiamiento, capacitación y asistencia técnica.
¿Afiliarse?
Afiliarse a Cadenas Productivas no tiene ningún costo, consiste en la entrega de un expediente, hecho que se realiza una sola vez independientemente de que usted sea proveedor de una o más Dependencias o Entidades de la Administración Pública Federal.
Una vez afiliado, recibirá una clave de consulta para el Sistema xx Xxxxxxx Productivas que corre en internet. A través xx Xxxxxxx Productivas podrá consultar la fecha programada de sus cuentas por cobrar, a fin de contar con la opción de realizar el cobro de manera anticipada, permitiendo con ello planear de manera eficiente sus flujos de efectivo, realizar compras de oportunidad o cumplir con sus compromisos.
Cadenas Productivas ofrece:
Adelantar el cobro de las facturas mediante el descuento electrónico
Obtener liquidez para realizar más negocios
Mejorar la eficiencia del capital de trabajo
Agilizar y reducir los costos de cobranza
Realizar en caso necesario, operaciones vía telefónica a través del Call Center 00 00 00 00 o al 01800 NAFINSA (62 34 672)
Acceder a capacitación y asistencia técnica gratuita
Recibir información
Formar parte del Directorio de compras del Gobierno Federal
Características descuento ó factoraje electrónico:
Anticipar la totalidad de su cuenta por cobrar (documento)
Descuento aplicable a tasas preferenciales
Sin garantías, ni otros costos o comisiones adicionales
Contar con la disposición de los recursos en un plazo no mayor a 24 horas, en forma electrónica y eligiendo al intermediario financiero de su preferencia
DIRECTORIO DE COMPRAS DEL GOBIERNO FEDERAL
¿Qué es el directorio de compras?
Es una base de información de empresas como la suya que venden o desean vender a todas las Dependencias y Entidades del Gobierno Federal. A través de esta herramienta los compradores del Gobierno Federal tendrán acceso a la información de los productos y servicios que su empresa ofrece para la adquisición de bienes y contratación de servicios.
¿Qué beneficios xxxxxx pertenecer al Directorio?
Incrementar las oportunidades de negocio, ya que a través del directorio las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal buscarán a proveedores que cuenten con capacidad de respuesta inmediata, con recursos técnicos, financieros y demás que sean necesarios, y cuyas actividades comerciales o profesionales estén relacionadas con los bienes o servicios, objeto del contrato a celebrarse.
Recibirá boletines electrónicos con los requerimientos de las Dependencias y Entidades que se interesen en sus productos y/o servicios para que de un modo ágil, sencillo y transparente pueda enviar sus cotizaciones.
Dudas y comentarios vía telefónica,
Llámenos al teléfono 0000 0000 ó al 01 800 NAFINSA (62 34 672) de lunes a viernes de 9:00 a 17:00 horas.
Dirección Oficina Matriz de Nacional Financiera, S.N.C. Av. Insurgentes Sur 1971 – Xxx. Xxxxxxxxx Xxx Xxxxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxx, X.X. 00000, Xxxxxx xx Xxxxxx.
LISTA DE DOCUMENTOS PARA LA INTEGRACIÓN DEL EXPEDIENTE DE AFILIACIÓN AL PROGRAMA XX XXXXXXX PRODUCTIVAS.
1.- Carta Requerimiento de Afiliación.
Debidamente firmada por el área requirente compradora
2.- ** Acta Constitutiva (escritura con la que se constituye o crea la empresa).
Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.
Debe anexarse completa y legible en todas las hojas.
3.- ** Escritura de Reformas (modificaciones a los estatutos de la empresa)
Cambios de razón social, fusiones, cambios de administración, etc.
Estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.
Completa y legible en todas las hojas.
4.- **Escritura pública mediante la cual se haga constar los Poderes y Facultades del Representante Legal para Actos de Xxxxxxx.
Esta escritura debe estar debidamente inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio.
Debe anexarse completa y legible en todas las hojas.
5.- Comprobante de domicilio Fiscal
Vigencia no mayor a 2 meses
Comprobante de domicilio oficial (Recibo de Agua, Luz, Teléfono fijo, Predial)
Debe estar a nombre de la empresa, en caso de no ser así, adjuntar contrato de arrendamiento o comodato.
6.- Identificación Oficial vigente del (los) representante(es) legal(es), con actos de dominio
Credencial de elector; pasaporte vigente o FM2 (para extranjeros)
La firma deberá coincidir con la del convenio
7.- Alta en Hacienda y sus modificaciones
Formato R-1 ó R-2 en caso de haber cambios de situación fiscal (razón social o domicilio fiscal)
En caso de no tener las actualizaciones, pondrán obtenerlas de la página del SAT.
8.- Cédula del Registro Federal de Contribuyentes (RFC, Hoja Azul)
9.- Estado de Cuenta Bancario (entregado por SEPOMEX no internet) donde se depositarán los recursos
Sucursal, plaza, CLABE interbancaria
Vigencia no mayor a 2 meses
Estado de cuenta que emite la Institución Financiera y llega su domicilio.
La documentación arriba descrita, es necesaria para que la promotoría genere los contratos que le permitirán terminar el proceso de afiliación una vez firmados, los cuales constituyen una parte fundamental del expediente:
Contrato de descuento automático Cadenas Productivas
Firmado por el representante legal con poderes de dominio.
2 convenios con firmas originales
Contratos originales de cada Intermediario Financiero.
Firmado por el representante legal con poderes de dominio.
(** Únicamente, para personas xxxxxxx)
Usted podrá contactarse con la Promotoría que va a afiliarlo llamando al 01-800- NAFINSA (01-800-6234672) o al 00-00-00-00; o acudir a las oficinas de Nacional Financiera, S.N.C. en:
Xx. Xxxxxxxxxxx Xxx Xx. 0000, Xxx Xxxxxxxxx Inn, Delegación Xxxxxx Xxxxxxx, C.P. 01020, Ciudad de México, en el Edificio Anexo, nivel Jardín, área de Atención a Clientes.
Estimado Proveedor del Gobierno Federal:
Con el propósito de iniciar su proceso de afiliación a la Cadena Productiva, es importante que nos proporcione la información abajo indicada; con lo anterior, estaremos en posibilidad de generar los contratos y convenios, mismos que a la brevedad le enviaremos vía correo electrónico.
____________________
Información requerida para Afiliación a la Cadena Productiva.
____________
Cadena(s) a la que desea afiliarse:
*
*
*
Número(s) de proveedor (opcional):
*
*
Datos generales de la empresa o persona física.
Razón Social:
Fecha de alta SHCP:
R.F.C.:
Domicilio Fiscal: Calle:
No.:
C.P.:
Colonia:
Ciudad:
Teléfono (incluir clave LADA):
Fax (incluir clave LADA):
e-mail:
Nacionalidad:
Datos de constitución de la sociedad: (Acta Constitutiva / Persona Moral)
No. de la Escritura:
Fecha de la Escritura:
Datos del Registro Público de la Propiedad y de Comercio (Persona Física)
Fecha de Inscripción:
Entidad Federativa:
Delegación o municipio:
Folio:
Fecha del folio :
Libro:
Partida:
Fojas:
Nombre xxx Xxxxxxx Público:
No. de Notaria:
Entidad xxx Xxxxxxxx x Xxxxxxx:
Delegación o municipio xxx xxxxxxxx x Xxxxxxx:
Datos de inscripción y registro de poderes para actos de dominio (Persona Moral):
(Acta de poderes y/o acta constitutiva)
No. de la Escritura:
Fecha de la Escritura:
Tipo de Poder: Único ( ) Mancomunado ( ) Consejo ( )
Datos del Registro Público de la Propiedad y de Comercio (Persona Moral):
Fecha de inscripción:
Entidad Federativa:
Delegación ó municipio:
Folio:
Fecha del folio :
Libro:
Partida:
Fojas:
Nombre xxx Xxxxxxx Público:
No. de Notaría:
Entidad xxx Xxxxxxxx x Xxxxxxx:
Delegación o municipio xxx xxxxxxxx x Xxxxxxx:
Datos del representante legal con actos de administración o dominio:
Nombre:
Estado civil:
Fecha de nacimiento:
R.F.C.:
Fecha de alta SHCP:
Teléfono:
Fax (incluir clave LADA):
e-mail:
Nacionalidad:
Tipo de identificación oficial: Credencial IFE ( ) Pasaporte Vigente ( ) FM2 o FM3 extranjeros ( )
No. de la identificación(si es IFE poner el No. que está en la parte donde está su firma):
Domicilio Fiscal: Calle:
No.:
C.P.:
Colonia:
Ciudad:
Datos del banco donde se depositarán recursos:
Moneda: pesos ( X ) dólares ( )
Nombre del banco:
No. de cuenta (11 digitos):
Plaza:
No. de sucursal:
CLABE bancaria:(18 digitos):
Régimen: Mancomunada ( )
Individual ( )
Indistinta ( )
Organo colegiado ( )
Persona(s) autorizada(s) por la PyME para la entrega y uso de claves:
Nombre:
Puesto:
Teléfono (incluir clave LADA ):
Fax:
e-mail:
Actividad empresarial:
Fecha de inicio de operaciones:
Personal ocupado:
Actividad ó giro:
Empleos a generar:
Principales productos:
Ventas (último ejercicio) anuales:
Netas exportación:
Activo total (aprox.):
Capital contable (aprox.)
Requiere Financiamiento SI NO
Anexo 10 |
CÉDULA DE EVALUACIÓN ADMINISTRATIVA |
NOMBRE DE LA EMPRESA: |
|||
DOCUMENTOS |
PUNTO DE REFERENCIA EN LA CONVOCATORIA |
ENTREGÓ |
|
SI |
NO |
||
ESCRITO DE ACREDITAMIENTO DE PERSONALIDAD Escrito a que se refiere el Artículo 48 fracción V del RLAASSP denominado “Acreditamiento de personalidad”. |
6.1. |
|
|
Copia por ambos lados de identificación oficial vigente. |
|
|
|
MANIFIESTO QUE EL PROVEEDOR ES DE NACIONALIDAD MEXICANA Escrito “bajo protesta de decir verdad” en el cual el licitante manifieste que es de nacionalidad mexicana . |
6.2. |
|
|
COPIA DE LOS DOCUMENTOS DE LAS NORMAS QUE LE APLICAN Copia de los documentos mediante los cuales el licitante acredita el cumplimiento de las Normas Oficiales Mexicanas, las normas mexicanas, las normas internacionales, las normas de referencia, especificaciones o sistemas solicitados conforme a la Ley Federal sobre Metrología y Normalización. Así como el escrito en el que manifieste su conformidad respecto a que no se suscriba el contrato en el caso de no presentar los originales o copias certificadas de dichos documentos al momento de la firma. |
6.3 |
|
|
DIRECCIÓN DE CORREO ELECTRÓNICO El licitante deberá señalar, ratificar o rectificar en su caso, su correo electrónico para recibir todo tipo de notificaciones. |
6.4. |
|
|
MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DE NO ENCONTRARSE EN LOS SUPUESTOS DE LOS ARTS. 50 Y 60 Escrito mediante el cual el licitante manifieste “bajo protesta de decir verdad” que no se ubica en los supuestos de los Artículos 50 y 60 de la LAASSP”. |
6.5. |
|
|
CARTA DE DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD Escrito en el que el licitante manifieste “bajo protesta de decir verdad” que por sí o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la institución, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes. |
6.6. |
|
|
PERSONAL CON DISCAPACIDAD Manifestación del licitante en la que indique “bajo protesta de decir verdad” que es una persona física con discapacidad, o bien, tratándose de empresas que cuentan con trabajadores con discapacidad en la proporción que establece el segundo párrafo del Artículo 14 de la LAAASSP, esto será comprobado con el aviso de alta de tales trabajadores al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS). |
6.14 |
|
|
MIPYMES CON INNOVACIÓN TECNOLOGICA El licitante deberá acreditar que ha producido los bienes que se utilizarán en la prestación de los servicios con innovación tecnológica presentando el documento de registro ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) y/o Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR). |
6.15 |
|
|
EQUIDAD DE GÉNERO El licitante deberá presentar certificado vigente emitido por las autoridades y organismos facultados para tal efecto, en el que conste que en su empresa se han aplicado políticas y prácticas de igualdad de género, y en caso de ser así demostrar su cumplimiento. |
6.16 |
|
|
MANIFESTACIÓN DEL TAMAÑO DE LA EMPRESA |
6.7. |
|
|
PROPOSICIÓN TÉCNICA Y ECONÓMICA |
Anexo 1 Anexo A |
|
|
ELABORÓ EVALUACIÓN ADMINISTRATIVA |
|
REVISÓ EVALUACIÓN ADMINISTRATIVA |
|
|
|
Nombre, cargo y firma |
|
Nombre, cargo y firma |
Anexo 11 |
CÉDULA DE EVALUACIÓN TÉCNICA |
Razón social de la empresa participante: __________________________________
PARTIDA |
DESCRIPCIÓN GENÉRICA DE LOS SERVICIOS SOLICITADOS |
CUMPLE |
NO CUMPLE |
1 |
|
|
|
2 |
|
|
|
3 |
|
|
|
4 |
|
|
|
5 |
|
|
|
ELABORÓ EVALUACIÓN TÉCNICA |
|
REVISÓ EVALUACIÓN TÉCNICA |
|
|
|
Nombre, cargo y firma |
|
Nombre, cargo y firma |
Nota: Este formato será requisitado durante el proceso de evaluación por personal de NAFIN, no será llenado por los licitantes participantes.
Anexo 12 |
CÉDULA DE EVALUACIÓN DE VISITA A LAS INSTALACIONES |
INFRAESTRUCTURA Y ESPACIO FÍSICO
(No aplica para este proceso)
Anexo 13 |
DECLARACIÓN BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DE NO ENCONTRARSE EN LOS SUPUESTOS DE LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 DE LA LAASSP |
México D. F., a ____ de ____________ de 202_.
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C.
SUBDIRECCIÓN DE ADQUISICIONES
PRESENTE.
El que suscribe C._____________________, bajo protesta de decir verdad, declaro que la empresa a la que represento, así como sus socios y/o accionistas, no nos encontramos en ninguno de los supuestos de los Artículos 50 y 60 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
En el entendido de que no manifestarme con veracidad, acepto que ello sea causa de rescisión del contrato celebrado con la convocante.
Atentamente
________________________________
Nombre y firma del representante legal
Cargo
NOTA: Deberá presentarse en papel que contenga la denominación, domicilio y teléfonos del licitante, FIRMADA POR EL REPRESENTANTE LEGAL o en su caso por la persona física que tenga el carácter de licitante.
Anexo 14 |
CARTA DE DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD DEL LICITANTE |
México D. F., a ____ de ____________ de 202_.
NACIONAL FINANCIERA, S.N.C.
SUBDIRECCIÓN DE ADQUISICIONES
PRESENTE.
El que suscribe C._____________________, manifiesto bajo protesta de decir verdad, que por sí mismo o a través de interpósita persona, nos abstendremos de adoptar conductas, para que los servidores públicos de la Institución, induzcan o alteren las evaluaciones de las proposiciones, el resultado del procedimiento, u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes, de conformidad con el Artículo 39 fracción VI, inciso f) del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.
Atentamente
________________________________
Nombre y firma del representante legal
Cargo
NOTA: Deberá presentarse en papel que contenga la denominación, domicilio y teléfonos del licitante, FIRMADA POR EL REPRESENTANTE LEGAL o en su caso por la persona física que tenga el carácter de licitante.
Anexo 15 |
ENCUESTA PARA DETERMINAR Y MEJORAR LA ATENCIÓN A PROVEEDORES |
El siguiente cuestionario tiene la finalidad de conocer cómo perciben los licitantes participantes los procesos de Licitación Pública e Invitación a Cuando Menos Tres Personas relacionada con la atención recibida, a fin de identificar los aspectos susceptibles de mejora y poder ofrecer un mejor servicio.
El cuestionario consta de 9 preguntas de respuesta cerrada que los encuestados deben puntuar en una xxxxxx xx Xxxxxxx de cinco grados (1 a 5), siendo 5 Excelente, 4 Muy bueno, 3 Bueno, 2 Regular,1 Deficiente, NA No aplica
Fecha: |
|
|||||||||
Nombre del Representante |
|
Firma |
|
|
||||||
Cargo |
|
Teléfono |
|
|
||||||
Razón Social de la Empresa |
|
|
||||||||
|
|
|||||||||
5 Excelente 4 Muy bueno 3 Bueno 2 Regular 1 Deficiente, |
||||||||||
|
|
5 |
4 |
3 |
2 |
1 |
||||
1 |
¿El contenido de la convocatoria es claro para la adquisición de bienes o contratación de servicios que se pretende realizar? |
|
|
|
|
|
||||
2 |
¿Obtuvo respuestas claras y precisas a las dudas planteadas? |
|
|
|
|
|
||||
3 |
¿Se le concedió derecho de réplica? |
|
|
|
|
|
||||
4 |
¿Considera que las condiciones técnicas señaladas favorecen la libre participación de los licitantes? |
|
|
|
|
|
||||
5 |
¿La resolución técnica fue emitida conforme a la convocatoria y a las aclaraciones del concurso? |
|
|
|
|
|
||||
6 |
¿En los casos que se desechó alguna proposición, se asentaron y fundamentaron en el acta las razones de tal desechamiento? |
|
|
|
|
|
||||
7 |
¿Todas las actas se reportaron en el Sistema CompraNet el mismo día del evento? |
|
|
|
|
|
||||
8 |
¿Cuál es su percepción de transparencia e imparcialidad del proceso? |
|
|
|
|
|
||||
9 |
¿Volvería a participar en otro proceso que emita esta institución? |
|
|
|
|
|
||||
|
||||||||||
(Anotar los comentarios que considere necesarios) |
Anexo 16 |
MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD DEL ART. 49 FRACCIÓN IX DE LA LGRA |
Nacional Financiera, S.N.C.
Presente.
En mi carácter de (socio / accionista / administrador / consejero) de la empresa __________________________, bajo protesta de decir verdad, manifiesto que no desempeño empleo, cargo o comisión en el servicio público (en caso de desempeñarlo deberá manifestar que con la formalización del contrato NO se actualiza un Conflicto de Interés).
Solo aplica para El licitante ganador
De igual forma, declaro que la presente manifestación se hace tieniendo pleno conocimiento que la Ley General de Responsabilidades Administrativas prevee los actos de particulares vinculados con faltas administrativas graves, así como, de las sanciones por faltas de particulares.
Atentamente,
________________________________
Nombre y firma
Cargo (socio / accionista / administrador / consejero)
Notas.
La presente manifestación debe presentarse respecto a los socios o accionistas que ejercen control sobre la sociedad. Se entenderá que un socio o accionista ejerce control sobre una sociedad cuando sean administradores o formen parte del consejo de administración, o bien conjunta o separadamente, directa o indirectamente, mantengan la titularidad de derechos que permitan ejercer el voto respecto de más del cincuenta por ciento del capital, tengan poder decisorio en sus asambleas, estén en posibilidades de nombrar a la mayoría de los miembros de su órgano de administración o por cualquier otro medio tengan facultades de tomar las decisiones fundamentales de dichas personas xxxxxxx.
Se entiende por Conflicto de Interés: La posible afectación del desempeño imparcial y objetivo de las funciones de los Servidores Públicos, en razón de intereses personales, familiares o de negocios.
Deberá presentarse en papel que contenga la denominación, domicilio y teléfonos del proveedor.
Nacional Financiera, S.N.C.
Presente.
Solo aplica para El licitante ganador
El que suscribe C. _____________________, bajo protesta de decir verdad, manifiesto que no desempeño empleo, cargo o comisión en el servicio público (en caso de desempeñarlo deberá manifestar que con la formalización del contrato NO se actualiza un Conflicto de Interés).
De igual forma, declaro que la presente manifestación se hace tieniendo pleno conocimiento que la Ley General de Responsabilidades Administrativas prevee los actos de particulares vinculados con faltas administrativas graves, así como, de las sanciones por faltas de particulares.
Atentamente,
________________________________
Nombre y firma
Notas.
Se entiende por Conflicto de Interés: La posible afectación del desempeño imparcial y objetivo de las funciones de los Servidores Públicos, en razón de intereses personales, familiares o de negocios.
Deberá presentarse en papel que contenga la denominación, domicilio y teléfonos del proveedor.
165.