TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL CONTRATO DE TRANSPORTE FERROVIARIO PÚBLICO DE PASAJEROS – TREN LOCAL
TÉRMINOS Y CONDICIONES DEL CONTRATO DE TRANSPORTE FERROVIARIO PÚBLICO DE PASAJEROS – TREN LOCAL
I. Términos del contrato
1. PERURAIL: Transportador.
2. CLIENTE(S): Xxxxxxxx(s).
3. BOLETO DE VIAJE: Comprobante de pago por el servicio de transporte contratado.
4. PASAJERO: persona que contrata el servicio de transporte ferroviario de pasajeros con PERURAIL, de acuerdo a las características del TREN LOCAL. Existen los tipos de pasajeros siguientes:
a) Pasajero Local: ciudadano que certifica su residencia en el distrito de Machupicchu Pueblo y se le aplica en específico el reglamento del Anexo 6.
b) Residente Provincial: ciudadano que certifica su residencia en la provincia de Cusco, Anta, Urubamba y La Convención.
c) Residente Nacional: ciudadano que certifica su residencia en el Perú.
d) Porteador: ciudadano que labora de manera temporal en la ruta del Camino Inca hacia Machupicchu.
5. PUNTOS DE VENTA: lugares donde se realizan de manera presencial operaciones relacionadas con la venta de boletos de viaje.
6. TREN LOCAL: servicio que por su carácter social está subvencionado por PERURAIL y cuya naturaleza se encuentra detallada en el Anexo 3.
7. DELEGACIONES ESCOLARES: grupos de escolares cuyo viaje se encuentra regulado en específico por normativa del Ministerio de Educación, cuyas condiciones se especifican en el Anexo 5.
II. Condiciones generales
1. De acuerdo a lo establecido en el artículo 129 del Reglamento Nacional de Ferrocarriles, aprobado mediante Decreto Supremo No. 032-2005-MTC (en adelante, el Reglamento Nacional de Ferrocarriles), el CLIENTE al adquirir el BOLETO DE VIAJE acepta, incondicionalmente y sin reservas, todos los términos y condiciones establecidos del presente contrato.
2. El BOLETO DE VIAJE es personal y nominativo; su venta es personal y presencial con DNI vigente o certificado de inscripción de RENIEC con fotografía, pasaporte peruano o carnet de extranjería (con calidad migratoria de residente) o partida de nacimiento, según corresponda. En el caso del Pasajero Local (PL) se aplica lo establecido en el Anexo 6.
3. No está permitida la venta de BOLETOS DE VIAJE del TREN LOCAL a las agencias de viajes.
4. La venta de BOLETOS DE VIAJE del TREN LOCAL se realiza desde 30 días antes de la fecha de viaje.
5. El cambio de titularidad del BOLETO DE VIAJE se realiza con por lo menor veinticuatro (24) horas de anticipación a la hora de partida del tren, presentando copia del documento de identidad del titular del BOLETO DE VIAJE, copia del documento de identidad del nuevo pasajero y el BOLETO DE VIAJE objeto de modificación. Está terminantemente prohibida la reventa de BOLETOS DE VIAJE por la naturaleza social del TREN LOCAL; en consecuencia,
PERURAIL podrá tomar las medidas que estime necesarias para detectar e impedir este tipo de prácticas, pudiendo negarse a realizar el cambio de titularidad de un BOLETO DE VIAJE.
6. Los CLIENTES pueden hacer el cambio de titularidad DEL BOLETO DE VIAJE de manera sólo presencial en cualquiera de los Puntos de Venta, los cuales se encuentran detallados en el Anexo 1 del presente contrato.
7. Solo se procederá al cambio de titularidad del BOLETO DE VIAJE cuando se cumplan las mismas condiciones verificadas para la emisión del BOLETO DE VIAJE original (tarifa y tipo de pasajero), en caso no se cumpla con estos requisitos el CLIENTE debe realizar una nueva compra. En el caso que el cambio sea de un niño a un adulto, se deberá de abonar a PERURAIL la diferencia de tarifas; si el cambio es de un adulto a un niño, no se procederá a devolución alguna por diferencia de tarifas.
8. En caso el CLIENTE requiera actualizar sus datos de identificación proporcionados para la compra del BOLETO DE VIAJE, lo podrá hacer únicamente con por lo menos veinticuatro (24) horas de anticipación a la hora de partida del tren sin costo, presentando copia de su documento de identidad en base al cual desea realizar la actualización y el BOLETO DE VIAJE objeto de modificación. Dicha actualización sólo podrá hacerse en el Punto de Venta de la Estación de Wanchaq.
9. PERURAIL realizará sus mejores esfuerzos para transportar al CLIENTE y sus pertenencias con seguridad, eficacia, celeridad, puntualidad y diligencia, salvo circunstancias o factores que superen el normal desempeño de PERURAIL y/o que puedan afectar los itinerarios programados.
10. El presente contrato de transporte está sujeto a la legislación peruana, en especial a las normas del Reglamento Nacional de Ferrocarriles, sus modificatorias y normas conexas. El CLIENTE deberá tener en cuenta en especial las obligaciones establecidas por el Reglamento Nacional de Ferrocarriles reproducidas en el Anexo 4 del presente documento.
11. Para el ejercicio de manera presencial de los derechos y obligaciones relacionados con el uso del servicio de transporte a que se refieren los presentes Términos y Condiciones, se requerirá presentar el BOLETO DE VIAJE impreso.
III. Condiciones para el abordaje
1. Todo CLIENTE que aborde el tren debe tener y está obligado a mostrar su BOLETO DE VIAJE y documento de identidad vigente (Documento Nacional de Identidad, Certificado de Inscripción de RENIEC, pasaporte peruano, carnet de extranjería, partida de nacimiento, según corresponda); el mismo que deberá coincidir con el consignado en el BOLETO DE VIAJE. En el caso de menores de edad que viajen sin la compañía de sus padres, se deberá exhibir los permisos exigidos por la legislación aplicable para el viaje de menores, según corresponda: autorización con certificación notarial de por lo menos uno de los padres o autorización del juez competente cuando falten ambos padres. Adicionalmente, en relación al viaje de menores de edad, se observará la Política xx Xxxxxxxx y Niños descrita en el Anexo 2 del presente contrato. PERURAIL se reserva el derecho de revisar el BOLETO DE VIAJE antes y durante el viaje.
2. En caso el CLIENTE no exhiba su documento de identidad y, consecuentemente, no acredite suficientemente la titularidad del BOLETO DE VIAJE, su embarque podrá ser restringido, no procediendo bajo ningún concepto o causa ningún tipo de reembolso por tal circunstancia.
3. PERURAIL podrá negarse a prestar el servicio de transporte, sin responsabilidad alguna, a los pasajeros cuyos BOLETOS DE VIAJE cuenten con información incompleta o faltante, o que no presenten su documento de identidad antes o durante el viaje.
4. En caso de extravío del documento nacional de identidad, el CLIENTE podrá identificarse con la copia de dicho documento (certificado de inscripción) emitida por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil - RENIEC.
5. PERURAIL se reserva el derecho de restringir o denegar el uso de sus servicios a pasajeros cuyo estado de salud sea inadecuado para realizar el viaje y/o a mujeres en estado de gestación avanzado (igual o mayor a los siete meses).
6. El pasajero cuyo estado de salud pudiese implicar que deba ser trasladado por emergencia o evacuación, debe de viajar con un representante del Ministerio de Salud, un acompañante y con la documentación que resulte pertinente para atender cualquier situación respecto de su condición de salud. El pasajero y su acompañante deberán contar con BOLETO DE VIAJE.
7. En cuanto a su salud, todo pasajero viaja bajo su cuenta y riesgo.
8. PERURAIL, en todo caso, no será responsable por la salud o estado físico de los CLIENTES o por cualquier accidente o problema que pueda ocurrirle como consecuencia de su condición de salud.
IV. Condiciones para el transporte de equipaje
1. El BOLETO DE VIAJE sólo permite el transporte del CLIENTE y su equipaje de mano (01 bolso o mochila) con un peso no mayor a 05kg/11lb y con una medida máxima de 62 pulgadas lineales/157 cm (alto + largo + ancho).
2. EL BLOQUEO DE LAS SALIDAS CON CUALQUIER TIPO DE EQUIPAJE ESTÁ PROHIBIDA POR LEY. En tal sentido, PERURAIL se reserva el derecho de retirar cualquier tipo de objeto y/o equipaje que bloquee cualquier tipo de salida del tren.
3. PERURAIL cuenta con una sala de equipaje gratuito para los pasajeros cuya información y condiciones de uso están disponibles en los Puntos de Venta.
4. Los pasajeros son responsables de llevar sus objetos de valor y/o frágiles (dinero, joyas, documentos, equipos electrónicos, etc.) consigo durante todo el trayecto del viaje, no debiendo dejarlos en su equipaje. PERURAIL no se responsabilizará por la pérdida o daño de algún objeto de valor.
5. El CLIENTE podrá llevar consigo durante el viaje únicamente una cantidad razonable de medicinas y artículos de uso personal.
6. Antes de incluir cualquier artículo en su equipaje de mano, EL CLIENTE debe asegurarse que dichos artículos estén incluidos en la lista de artículos permitidos por PERURAIL, según la sección de Condiciones de Seguridad de los presentes Términos y Condiciones.
7. Cualquier reclamo respecto al equipaje debe ser efectuado inmediatamente después de la llegada del tren a la estación al supervisor a bordo o al encargado del coche quienes tienen entre sus funciones garantizar el servicio en los embarques, a bordo y en el desembarque.
8. El límite de responsabilidad por causa directamente imputable a PERURAIL y debidamente comprobada, relacionado con equipaje que cumpla con las condiciones establecidas en la presente sección, en ningún caso será mayor a S/. 25.00.
V. Reubicación de CLIENTES
1. Cuando por cualquier motivo, incluyendo razones operativas, técnicas, de caso fortuito o fuerza mayor, PERURAIL deba reubicar a sus CLIENTES en un servicio o frecuencia diferente, PERURAIL realizará sus mejores esfuerzos para contactarlos y hacer los arreglos necesarios
para efectuar dicha reubicación. Los supuestos de reubicación derivados de caso fortuito o fuerza mayor no serán responsabilidad de PERURAIL.
2. Las solicitudes de reubicación realizadas por el propio CLIENTE serán atendidas por PERURAIL de acuerdo a la disponibilidad de sus servicios e itinerarios. PERURAIL no asumirá ningún tipo de responsabilidad en caso la solicitud de reubicación no pueda ser atendida.
3. Del mismo modo, en caso lo considere necesario, PERURAIL podrá cambiar los asientos que ya haya asignado, tomando en consideración la disponibilidad de los mismos.
VI. Prohibición de fumar a bordo del tren
1. De acuerdo a la legislación aplicable, está absolutamente prohibido fumar en cualquier área del tren, incluyendo sus espacios públicos, privados y dentro de los servicios higiénicos.
VII. Condiciones especiales en casos de contingencia
1. En caso de pérdida o robo del BOLETO DE VIAJE, PERURAIL podrá emitir uno nuevo sin costo en los Puntos de Venta
El pasajero deberá hacer el trámite respectivo por lo menos sesenta (60) minutos antes de la partida del tren, de lo contrario perderá el servicio contratado.
2. En caso el CLIENTE pierda el viaje debido a demoras justificadas, ya sea por retrasos de vuelo (condiciones climatológicas), huelgas o paros, condiciones de salud verificadas, pedirá a PERURAIL hasta 24 horas posteriores a la fecha del viaje, evaluar su caso. PERURAIL evaluará cada caso y ofrecerá, a su solo criterio y en la medida de sus posibilidades, la posibilidad de cambiar la fecha de viaje, dependiendo de la disponibilidad de espacios. En ningún caso PERURAIL otorgará devolución alguna.
VIII Límites de responsabilidad
Las salidas de los trenes y la continuidad de los viajes están sujetas a cambios debido a condiciones climatológicas, razones técnicas, condiciones de la ruta, casos fortuitos o fuerza mayor.
1. PERURAIL no asume ninguna obligación ni responsabilidad por cualquier cambio, retraso y/o parada, razonablemente necesario o inevitable, previo o posterior al inicio de la prestación del servicio contratado, que se dé como resultado de acción, omisión o cualquier otro hecho, acto o circunstancia inesperada o imprevisible que se halle fuera del control de PERURAIL, incluyendo supuestos de caso fortuito o fuerza mayor.
2. PERURAIL, en caso sea necesario, podrá modificar los horarios, paradas o estación de inicio y fin de la ruta del viaje haciendo todos sus esfuerzos para comunicar previamente al CLIENTE. En caso el CLIENTE no se encuentre de acuerdo con dichos cambios, podrá cancelar su viaje y solicitar la devolución del costo del BOLETO DE VIAJE.
3. PERURAIL se compromete a hacer todo esfuerzo posible para transportar al CLIENTE y su equipaje con razonable puntualidad. Las horas que se indican en el BOLETO DE VIAJE o en alguna otra publicación no están garantizadas en cuanto a su cumplimiento ya que pueden variar por motivos de fuerza mayor sobreviniente, seguridad u otras circunstancias extraordinarias o fuera de control de la empresa. PERURAIL adoptará todas las medidas razonables y que sean posibles para evitar demoras en el transporte de sus pasajeros y equipajes. Si por alguna causa debidamente comprobada y directamente imputable a PERURAIL se produzca alguna demora en el inicio del viaje mayor a 1 hora, la responsabilidad
de PERURAIL se limitará únicamente a la devolución de un monto no mayor al costo del BOLETO DE VIAJE a los CLIENTES que deseen cancelar su viaje. Si dicha demora se produce durante el viaje, dependiendo del tramo en que ésta se produce, la responsabilidad se limitará a un monto no mayor al 50% del costo del BOLETO DEL VIAJE, según los criterios establecidos por la Política de Devoluciones de PERURAIL.
4. PERURAIL no asume responsabilidad por los daños o perjuicios que puedan sufrir los CLIENTES o su equipaje, ni por las demoras en la entrega de éste, o las producidas en el expendio de BOLETO DE VIAJE derivados de situaciones ajenas a PERURAIL o a cualquiera de sus proveedores.
5. En casos de necesidad justificada o de caso fortuito o fuerza mayor, PERURAIL podrá, sin necesidad de previo aviso, sustituir el medio de transporte por uno alternativo o complementario, modificar o suprimir los puntos intermedios xx xxxxxx señalados en el BOLETO DE VIAJE o en los itinerarios de viaje. sin asumir responsabilidad alguna.
6. Si después de iniciado el servicio de transporte, por cualquier causa PERURAIL no pudiera completarlo, PERURAIL realizará todas las acciones qué estén a su alcance para proporcionar al CLIENTE los medios de transporte alternativos para concluir el viaje sin ningún costo adicional para éste, todo esto sin ninguna responsabilidad de PERURAIL.
7. Si después de iniciado el servicio de transporte, el tren debe retornar al punto de origen, la responsabilidad de PERURAIL se limitará a devolver al pasajero el costo del BOLETO DE VIAJE.
8. Si el CLIENTE, sin existir causa justificada acreditada, decide descender del medio de transporte materia de este contrato antes de su destino final, lo hará bajo su propio riesgo y responsabilidad. Asimismo, si PERURAIL, para cumplir el servicio, requiere proveer de otra forma de transporte alternativo y/o complementario y el CLIENTE decide por cualquier causa o razón no utilizar dicho servicio y continuar el viaje por sus propios medios, el CLIENTE asumirá en forma personal y exclusiva todo el costo, riesgo y responsabilidad derivados de dicha decisión, sin obligación ni responsabilidad alguna para PERURAIL.
9. En cualquiera de los supuestos establecidos en los numerales 1, 2, 3, 4, 5, 6, 7 y 8 de la presente sección, PERURAIL no asumirá ningún tipo de obligación o responsabilidad frente al CLIENTE o terceros por retrasos o imposibilidad de tomar conexiones con otros medios de transporte, o no cumplir o gozar adecuadamente de las obligaciones o derechos, respectivamente, acordados con hoteles, restaurantes o compromisos en general pactados con cualquier persona, entidad o empresa, sea cual fuere su giro u objeto social.
10. Todo trámite para hacer efectivas las devoluciones a que se refiere la presente sección se realizará de acuerdo a la sección X de los presentes Términos y Condiciones.
IX. Condiciones para la modificación de fecha y servicio de los BOLETOS DE VIAJE
1. Las modificaciones de fecha y servicio se realizan únicamente por lo menos veinticuatro (24) horas antes de la hora de partida del tren sujetas a disponibilidad de espacios, presentando copia del documento de identidad del titular del BOLETO DE VIAJE y el BOLETO DE VIAJE a modificar, indicando la nueva fecha o servicio que se desee modificar. En consecuencia, no se podrán aceptar solicitudes para BOLETOS DE VIAJE adquiridos en un plazo igual o menor a 24 horas previas a la hora de salida del tren.
2. Los CLIENTES pueden hacer modificaciones de fecha y servicio de manera presencial en cualquiera de nuestros Puntos de Venta del TREN LOCAL.
3. En caso la modificación del servicio sea para el mismo día, en un servicio de igual tarifa, el CLIENTE no tendrá que pagar cargo adicional.
4. En caso la modificación sea para el mismo día y para un servicio con una tarifa superior, el CLIENTE debe abonar a PERURAIL la diferencia de tarifas.
5. En el caso la modificación sea para otra fecha y en el mismo servicio, se recargará el 10% por gastos administrativos.
6. En caso la modificación sea para otra fecha y en el mismo servicio o servicio de tarifa superior, se recargará el 10% por gastos administrativos más la diferencia de tarifas.
X. Condiciones para la devolución de los BOLETOS DE VIAJE
1. Sólo si PERURAIL cancela el servicio del tren, el CLIENTE titular del BOLETO DE VIAJE tiene el derecho de exigir un reembolso de la tarifa pagada, devolución que procederá, única e indefectiblemente, contra la presentación del BOLETO DEL VIAJE y documento de identidad correspondiente.
2. Todo pasajero que no aborde el tren a su salida, en la estación de origen, o en estaciones anteriores a la de destino, PERDERÁ TODO DERECHO SOBRE EL BOLETO DE VIAJE, no correspondiendo reembolso por parte de PERURAIL.
3. El CLIENTE podrá solicitar la cancelación de su viaje y la devolución de su dinero únicamente por lo menos veinticuatro (24) horas antes de la partida del tren; en consecuencia, no se podrán aceptar solicitudes para BOLETOS DE VIAJE adquiridos en un plazo igual o menor a 24 horas previas a la hora de salida del tren. El trámite de reembolso por cancelación tendrá un costo del 10% del valor del BOLETO DE VIAJE.
4. Siempre que se verifiquen las condiciones necesarias para que proceda la devolución de dinero por cancelación del viaje establecidas en los numerales precedentes, los CLIENTES podrán solicitar dicha devolución de forma presencial únicamente si realizaron su compra con dinero en efectivo. El trámite de devolución debe realizarse en la estación principal de Wanchaq (Cusco) con su documento de identidad original y el BOLETO DE VIAJE.
5. Por su parte, los CLIENTES que hayan realizado la compra del BOLETO DE VIAJE con tarjeta de crédito o los pasajeros que compraron en efectivo y no pueden solicitar su devolución en forma presencial deberán enviar una solicitud haciendo clic aquí, detallando los datos del BOLETO DE VIAJE a cancelar. La solicitud de devolución será aceptada únicamente si se verifican las condiciones establecidas por PERURAIL.
6. La devolución se realizará en el mismo medio de pago con el que se efectuó la compra del BOLETO DE VIAJE.
XI. Condiciones de seguridad
1. PERURAIL se reserva el derecho, a su solo criterio, de rechazar el transporte de cualquier persona que haya adquirido el BOLETO DE VIAJE en forma ilícita, o cuyo BOLETO DE VIAJE se presente adulterado, dañado o manipulado, o que de cualquier forma incurra en violación de la ley aplicable a las tarifas de PERURAIL, o de las reglas y regulaciones emitidas y publicadas por éste, o que se halle bajo el efecto de alcohol o drogas, o de cualquier forma esté fuera del control de sus facultades, o que, por cualquier circunstancia o estado, signifique un peligro actual o potencial para su propia seguridad y/o la de los pasajeros. PERURAIL también se reserva el derecho de negar el transporte de cualquier persona que comercialice o intente comercializar cualquier producto o servicio dentro de sus vehículos
de transporte sin contar con la previa autorización expedida por PERURAIL. PERURAIL podrá solicitar a la Policía Nacional o autoridades competentes la intervención al pasajero.
2. PERURAIL se reserva el derecho de revisar y registrar físicamente todo equipaje que pueda representar peligro para la seguridad de sus pasajeros y trabajadores.
3. No se admitirá como equipaje ni podrán embarcar:
CLIENTES encontrados bajo los efectos de sustancias tóxicas, alcohol, drogas u otras sustancias o aborden con ellos.
CLIENTES cuyo estado físico o de salud no sea adecuado para el viaje.
Armas, municiones, explosivos, sustancias inflamables o cualquier otro objeto que suponga peligro para el pasajero, la tripulación y/o la carga. CLIENTES que transporten algún objeto mencionado precedentemente.
Objetos y/o animales que produzcan incomodidad a los pasajeros debido a su tamaño, volumen, peso u otras características, o que bloqueen el desplazamiento en los vagones o constituyan un obstáculo para una evacuación en caso de emergencia.
Especies animales o vegetales protegidas, elementos arqueológicos o cualquier otro prohibido de transportar según la legislación peruana.
4. En caso el pasajero olvide o pierda un artículo durante el viaje, podrá ponerse en contacto con el Call Center de PERURAIL (084) 249081 para solicitar información del mismo.
5. Los objetos olvidados a bordo son custodiados por el personal de la estación respectiva y llevados a las oficinas de seguridad en la Estación Wanchaq (Cusco). En el caso de que éstos tengan una identificación que permita contacto, el personal de atención al pasajero se comunicará con el pasajero para la identificación y recojo del mismo.
6. Si los objetos olvidados a bordo se mantendrán en la oficina de seguridad de la Estación Wanchaq (Cusco) por un lapso de tres (3) meses como máximo, luego de lo cual serán dispuestos a través de la oficina de Recurso Humanos, sin ninguna responsabilidad para PERURAIL.
7. Los pasajeros deberán seguir todas las indicaciones de seguridad en casos de emergencias, ya sea por motivos internos, externos o naturales.
8. De conformidad con el artículo 135 del Reglamento Nacional de Ferrocarriles, cualquier persona que, estando en el tren o fuera de él, por sus acciones, directa o indirectamente, ponga en riesgo u ocasione perjuicio a los ocupantes del tren, al material rodante y/o a los bienes ferroviarios, será puesta a disposición de la autoridad policial.
XII. Protección De Datos Personales
1. El CLIENTE entregará a PERURAIL datos que lo identifican o lo hacen identificable, y que son considerados datos personales conforme a la legislación pertinente. El CLIENTE podrá optar por no proporcionar la información solicitada, salvo aquella que sea necesaria para la ejecución del presente contrato.
2. El CLIENTE autoriza a PERURAIL para que sus datos personales sean almacenados, sistematizados y utilizados para los fines del contrato. Adicionalmente, autoriza que se le envíe comunicaciones comerciales que podrían ser de su interés.
3. El CLIENTE declara conocer que, para ejercer sus derechos legales, tales como acceso, rectificación, cancelación y oposición sobre sus datos puede enviar a PERURAIL una carta al domicilio Xx. Xxxxxxxxxx 000, Xxxx 0, Xx. 000, Xxxxxxxxxx, Xxxx – Xxxx o a la dirección electrónica xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx, asimismo podrá revocar el consentimiento para tratar sus datos personales en cualquier momento. La revocación no surtirá efecto frente a
hechos cumplidos, ni frente al tratamiento que sea necesario para la ejecución de un contrato vigente o sus consecuencias legales, ni podrá oponerse a tratamientos permitidos por ley.
ANEXO 1
PUNTOS DE VENTA
Cusco:
1. Boletería - Estación Wanchaq (Cusco), ubicado en ubicado en Xx. Xxxxxxxxxx x/x, Xxxxxxxx xx Xxxxxxx, Xxxxx.
0. Xxxxxxxxx - Xxxxxxxxxxxxx, ubicada en Xx. Xxxxxxxxxxx x/x, Xxxxxxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxx, Xxxxx.
3. Boletería - Estación Machu Picchu, ubicada en Xxxxxx Xxx Xxxxxxxxx, Xxxxx Xxxxxxxxx x/x, Xxxxx.
4. Boletería – Machupicchu, ubicada en Xx. Xxxxxxx xx xxx Xxxxx Xx 000, Xxxxx Xxxxxxxxx, Xxxxx.
5. Boletería - Estación San Xxxxx, ubicada en calle Cascaparo s/n, San Xxxxx Cusco.
6. Boletería – Estación Hidroeléctrica, ubicada en el Km 120.7 de la vía férrea Cusco – Machu Picchu, Machu Picchu, Urubamba, Cusco.
7. Boletería – Santa Xxxxxx, ubicada en Xxxxxxx xx Xxxxxxx, primer piso, oficina 4, Santa Xxxxxx, La Convención, Cusco.
ANEXO 2
POLÍTICA XX XXXXXXXX Y NIÑOS
Los infantes y niños deben viajar acompañados de un adulto responsable (mayor de 18 años) y de acuerdo a lo que se especifica a continuación:
1. Son considerados infantes, los menores entre 0 y 2 años. Los cuales no pagarán pasaje si durante el viaje, ocupan el asiento del adulto responsable y de cumplirse lo aquí estipulado.
2. Si se desea que el xxxxxxx ocupe un asiento, se deberá pagar la tarifa especial equivalente al 50 % del precio del pasaje del adulto.
3. Son considerados niños, los menores entre 3 y 11 años. Los cuales pagarán la tarifa especial equivalente al 50 % del precio del pasaje del adulto.
4. De viajar un xxxxxxx con un adulto responsable, el xxxxxxx no pagará pasaje; debiendo ocupar el mismo asiento del adulto a cargo.
5. Si viajan dos infantes con un adulto responsable, uno de los ellos, por motivos de seguridad, necesitará un asiento adicional, por el cual se pagará 50 % del precio del pasaje del adulto. De no cumplirse con lo mencionado podría impedirse el viaje de los infantes y del adulto responsable por medidas de seguridad.
6. No se permite el viaje de tres infantes o más con únicamente un adulto responsable.
7. Puede viajar un adulto responsable con tantos niños como lo permita el sistema de reservas. De la misma forma, si un adulto viaja con un xxxxxxx, puede llevar los niños que permita el sistema de reservas. De viajar con dos infantes y adicionalmente niños, los niños deberán ser acompañados por un segundo adulto responsable.
8. No se permitirá el viaje de niños sin compañía adulta.
9. La reserva de los asientos para infantes, niños y los adultos responsables se realizará de acuerdo a los espacios disponibles.
10. En ningún caso PERURAIL asumirá responsabilidad por el cuidado de los infantes y niños, siendo éstos responsabilidad exclusiva del adulto responsable que los acompaña.
11. De manera excepcional, PERURAIL permitirá el viaje del PASAJEROS LOCALES menores de edad, sin compañía adulta; dado que usan el tren como único medio de transporte para sus necesidades personales. PERURAIL no asumirá responsabilidad por su cuidado.
12. Igualmente, de manera excepcional, PERURAIL permitirá el viaje de menores de edad de 16 y 17 años sin compañía adulta, siempre y cuando en la correspondiente certificación notarial o autorización del juez competente que presenten para viajar, se les autorice expresamente a viajar sin dicha compañía.
ANEXO 3
SOBRE LA NATURALEZA SOCIAL DEL TREN LOCAL.
PeruRail, como parte de su Responsabilidad Social, ofrece el servicio social del Tren Local, el cual tiene por objetivo facilitar la movilidad de las personas que viven en las comunidades asentadas a lo largo de la vía férrea en Cusco, que tienen como único medio de comunicación al tren para su traslado a Machu Picchu Pueblo.
Este servicio permite a los pobladores de dichas comunidades poder desarrollar a diario sus actividades sociales, culturales, económicas, productivas, etc., entre sus poblados con otras localidades a lo largo de la vía férrea, y por la naturaleza social del servicio, nuestra empresa ofrece este transporte a una tarifa social -no comercial.
Al ser un servicio social, es requisito fundamental que quien desee utilizar este servicio y comprar sus tickets debe acreditar a través del DNI que el lugar de residencia es una de las comunidades ubicadas entre Cusco y Machu Picchu Pueblo o Hidroeléctrica.
Por extensión del servicio, también se permite que las personas nacionales, peruanos acreditados con su DNI, puedan hacer uso también de este servicio, pero con ciertas limitaciones, no pudiendo acceder a todas las frecuencias (horarios) del servicio, sino a las que no tienen gran demanda por el residente.
Asimismo, este servicio no permite el acceso de pasajeros extranjeros, por el carácter social del mismo.
Sin embargo, todo pasajero sin excepción tiene la posibilidad de transportarse en los servicios turísticos que nuestra empresa ofrece en el mercado, tendiendo diferentes posibilidades y tarifas para un viaje turístico en su camino a la Ciudadela Inca.
El Reglamento Nacional de Ferrocarriles permite que los pasajeros viajen de pie en los servicios que se constituyen como el único medio de transporte, en este caso, el TL al ser el único medio de transporte social en la zona permite que cierto número de pasajeros puedan transportarse de pie, pero manteniendo las consideraciones de seguridad para el pasajero y operación.
ANEXO 4
OBLIGACIONES DE LOS PASAJEROS ESTABLECIDAS POR EL REGLAMENTO NACIONAL DE
FERROCARRILES
1. Llegar a la estación correspondiente con la anticipación prevista en el BOLETO DE VIAJE, a fin de abordar oportunamente el tren respectivo.
2. Abordar el tren antes de la hora programada para su partida.
3. Viajar provistos de sus respectivos BOLETOS DE VIAJE.
4. Xxxxxxx o descender del tren sólo cuando se encuentre detenido.
5. No abordar el tren en estado de ebriedad o bajo influencia de drogas, con animales, materiales inflamables, explosivos o armas.
6. Acatar las instrucciones de la tripulación.
7. No fumar en el salón del coche.
8. No abordar el tren con equipaje cuyo contenido contravenga las normas vigentes en materia aduanera, o leyes especiales.
9. Custodiar su equipaje de mano, llevado en el salón del coche.
10. Hacer uso adecuado de los servicios higiénicos.
11. No acceder a la cabina de conducción
12. No obstaculizar total o parcialmente el cierre de puertas ni tránsito por xxx xxxxxxxx.
00. No asomarse, apoyarse o sacar los brazos por las ventanillas.
14. No descender del coche, cuando éste deba detenerse en algún tramo del recorrido por alguna razón, salvo indicación en contrario por parte de la tripulación.
15. No activar el dispositivo de freno de emergencia de los coches.
16. No pregonar o vender mercadería en los trenes salvo las personas debidamente autorizadas por PERURAIL.
17. No arrojar residuos en el piso de estaciones, coches, ni al exterior de los mismos, debiendo hacerlo en los correspondientes cestos.
18. No romper, dañar o destruir cualquier objeto propiedad de PERURAIL.
19. No ensuciar, escribir o pintar en los trenes, accesos e instalaciones.
20. No realizar actos que alteren el orden, el decoro o las buenas costumbres.
21. Cumplir con todas las obligaciones previstas en los presentes Términos y Condiciones.
ANEXO 5
VIAJE DE DELEGACIÓN ESCOLAR
Condiciones Generales
1. De acuerdo a lo establecido en el artículo 129 del Reglamento Nacional de Ferrocarriles, aprobado mediante Decreto Supremo No. 032-2005-MTC, el CLIENTE al adquirir el BOLETO DE VIAJE acepta, incondicionalmente y sin reservas, todos los términos y condiciones del presente contrato.
2. Ningún agente, servidor, representante, transportista, o tercera persona, tiene la facultad o la capacidad para modificar, restringir o ampliar los términos de este contrato.
3. El BOLETO DE VIAJE es personal, nominal e intransferible.
4. PERURAIL desplegará sus mejores esfuerzos para llevar al CLIENTE y sus pertenencias con seguridad, eficacia, celeridad y diligencia, salvo circunstancias o factores que superen el normal desempeño de la empresa afectando los horarios y tiempos de traslados publicados.
5. El presente contrato de transporte está sujeto a la Legislación Peruana, en especial a las normas del Reglamento General de Ferrocarriles, sus modificatorias y normas conexas.
Condiciones de Reserva
1. Las reservas por la página Web son de ida y vuelta, si el colegio deseara reservar una sola ruta, deberá comunicarse al e-mail xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx.
2. Se deberá presentar la resolución directoral emitida por el director de la institución educativa, la cual debe contar con su firma debidamente legalizada por Notario o Juez de Xxx xxx xxxxx de origen, autorizando la actividad y aprobando su plan de trabajo, la misma que además debe estar acompañada de los siguientes documentos:
• Declaración Jurada original impresa desde la página web de Perurail, con la firma legalizada del Director del colegio y Tutor responsable por Notario o Xxxx xx Xxx de la localidad de origen.
• Fotocopia de DNI del Director y del tutor responsable del viaje.
• Lista de pasajeros en formato Excel descargada de la página web de Perurail.
• Nómina de matrícula impresa del sistema SIAGIE.
• Autorización de viaje de menor de edad para el ámbito nacional (notarial o judicial).
• Autorización escrita de alguno de los padres o tutor legal que señale que el estudiante puede participar en todas las actividades programadas.
3. Todos los documentos deben ser enviados a la Estación San Xxxxx, Casilla postal AP #. 377 de SERPOST Cusco u otro Courier particular, en un plazo no mayor a los cinco días (calendarios) hábiles a partir de la fecha de confirmación de reserva, caso contrario se procederá a la anulación de la misma.
4. Si se detectara la alteración de documentos, se procederá a la anulación de reserva y a denunciar dichos hechos a la Policía Nacional del Perú y al Ministerio Público.
5. Al momento de hacer la reserva el colegio deberá indicar un teléfono y un correo electrónico vigente del Director o Tutor responsable.
6. Las reservas sólo se podrán realizar con un plazo no menor de 30 días de anticipación a la fecha de viaje que se desea realizar.
7. El colegio deberá realizar el pago de la reserva en un plazo no mayor a los 5 días hábiles a partir del e-mail de confirmación enviado por el área de reservas de delegaciones, caso contrario se procederá a la anulación de la reserva. Dicha confirmación emitida por PERURAIL no garantiza asignación de asientos. Al momento de la emisión de los boletos la asignación de asientos queda supeditada a la naturaleza social del tren local; es decir, tienen preferencia los PASAJEROS LOCALES; pudiendo realizar el viaje sin asientos asignados (de pie), dado que, al ser el único medio de transporte de dichos pasajeros, el Reglamento Nacional de Ferrocarriles lo permite.
8. El trámite de reserva, pago y recojo de los boletos se realizará únicamente por el Director o Tutor encargado, si se detecta la participación de terceros, la reserva será anulada.
9. El recojo de los boletos se realizará únicamente en la Estación San Xxxxx –Cusco, hasta 48 horas antes a la fecha de viaje por el Director o Tutor responsable.
10. El Director o Tutor encargado deben revisar detenidamente los datos de la delegación boleto por boleto dando conformidad de los mismos.
11. Todo cambio y/o anulación deberá ser comunicado por el Director o Tutor al correo xxxxxxxxxxxxx@xxxxxxxx.xxx con la debida anticipación.
12. Todo proceso de reserva presupone la aceptación de las presentes condiciones por parte del Colegio que realiza la misma.
Condiciones de Embarque
1. Al momento del embarque el Tutor encargado debe presentar la Resolución Directoral donde figure la lista oficial de la delegación y los boletos, para el control respectivo. En caso de los adultos acompañantes debe presentar los documentos de identidad (DNI, Pasaporte Peruano).
2. Todo Cliente que aborda el tren debe tener y está obligado a mostrar su boleto de viaje y documento de Identidad. En el caso de menores de edad se deberá presentar DNI amarillo, carné de extranjería o pasaporte. En caso que el cliente no cuente con documentos de identidad y los menores vayan acompañados por adultos, PERURAIL presumirá como ciertos los datos de identidad que sobre ellos proporcionen los adultos. PERURAIL se reserva el derecho de revisar el boleto antes y durante el viaje.
3. En caso el Cliente no exhiba algún documento de identidad con el que acredite suficientemente la titularidad del boleto con el que pretende viajar antes de abordar, su embarque podrá ser limitado, no procediendo bajo ningún concepto o causa el reembolso.
4. PERURAIL no se responsabiliza, por la negación del transporte a los pasajeros cuyos boletos cuenten con información incompleta o faltante, o que no presenten su documento de identidad antes, durante o después del viaje.
5. PERURAIL se reserva el derecho, de restringir el uso de sus servicios a pasajeros cuyo estado de salud es delicado e inadecuado para realizar el viaje, así como mujeres con estado de gestación avanzado (igual o mayor a los siete meses).
6. PERURAIL no será responsable por la salud o estado físico de los Clientes o por cualquier accidente o problema que pueda ocurrirle como consecuencia de su condición.
ANEXO 6
REGLAMENTO DEL SERVICIO DE PASAJEROS DEL TREN LOCAL PARA EL PASAJERO LOCAL (PL)
1.- Objetivo
Establecer, documentar e implementar el reglamento de venta de boletos por sistema y boletos manuales del servicio del tren local en los puntos de venta y estaciones ferroviarias.
2.- Alcance
El reglamento aplica a:
Puntos de venta:
Boletería San Xxxxx Boletería Wanchaq Boletería Ollantaytambo
Boletería Machu Picchu – Imperio de los Incas Boletería Machu Picchu – Estación principal Boletería Hidroeléctrica
Boletaría Sta. Xxxxxx Estaciones:
Estación de Ollantaytambo Estación de Machu Picchu Estación de San Xxxxx
Paraderos intermedios determinados según frecuencias y horarios, publicados en las boleterías.
3.- Condiciones Generales para la venta del boleto de viaje bajo sistema.
3.1 La venta de boletos de viaje en el servicio del tren local es de forma presencial.
3.2 El único documento válido para acceder al servicio y tarifa local es el Documento Nacional de Identidad (DNI).
3.3 Se facilitará la venta del boleto al Pasajero Local (PL) que presente el DNI con un máximo de 60 días de caducidad; dado que las presentes condiciones reglamentadas se fundamentan en el lugar donde reside el pasajero
3.4 Si el Pasajero Local (PL) requiere realizar la compra de boletos para familiares directos, no será necesaria la presencia de los pasajeros; bastará la presentación de sus DNIs en original.
3.5 No está permitida la venta de más de 01 boleto en la misma ruta y fecha de viaje. Esta se podrá efectuar siempre y cuando el usuario haya perdido el servicio de tren solicitado inicialmente.
3.6 La disponibilidad de 02 coches del Pasajero Local (PL) se mantendrá hasta 30 minutos antes de la partida del servicio; de no coparse el 100% de espacios la venta se podrá extender al residente provincial (RP) o al residente nacional (RN).
3.7 La venta de boletos bajo sistema en las boleterías de Ollantaytambo, Machu Picchu e Hidroeléctrica se podrán efectuar con un máximo de 30 días y un mínimo de 30 minutos antes de la partida del servicio, sujeto a la disponibilidad.
3.8 La venta de boletos bajo sistema en las boleterías de San Xxxxx y Wanchaq con horario de abordaje en la estación de Ollantaytambo se realizará hasta (02) dos horas antes de la partida del servicio.
San Xxxxx | Wanchaq | Ollantaytambo | Machupicchu | Hidroeléctrica | Sta. Xxxxxx | |
Desde | 30 días antes de la partida del servicio | |||||
Hasta | Dos horas antes de la partida del servicio | 30 minutos antes de la partida del servicio |
4.- Condiciones Generales para la venta del boleto de viaje manual.
4.1 La venta de boletos de viaje en el servicio de tren local es de forma presencial.
4.2 El único documento válido para acceder al servicio y tarifa local es el Documento Nacional de Identidad (DNI).
4.3 Se facilitará la venta del boleto al Pasajero Local (PL) que presente el DNI con un máximo de 60 días de caducidad; dado que las presentes condiciones reglamentadas se fundamentan en el lugar donde reside el pasajero
4.4 No es factible realizar la compra de boletos manuales para familiares directos, debido a que esta venta se realiza minutos antes de la partida del tren.
4.5 La venta se realizará con un mínimo de 30 minutos y un máximo de 5 minutos antes de la partida del servicio, sujeto a disponibilidad.
5.- Tipos de pasajeros
PL | Pasajero Local |
RP | Residente Provincial |
RN | Residente Nacional |
P | Porteador |
- 5.1 Pasajero Local: ciudadano que certifica su residencia en el distrito de MachuPicchu Pueblo.
- Población del distrito de MachuPicchu Pueblo – CIUDAD
- Comunidades parte baja: Intihuatana, Huilcar, Mesada, Collpani.
- Comunidades parte alta: Qorihuayrachina, Huayllabamba, Q’esqa, Hatunchaca.
5.2 Residente Provincial: ciudadano que certifica su residencia en la provincia de Cusco, Anta, Urubamba y La Convención.
5.3 Residente Nacional: ciudadano que certifica su residencia en el Perú.
5.4 Porteador: ciudadano que labora de manera temporal en la ruta del Camino Inca hacia MachuPicchu.
6.- Puntos de venta y horarios de atención
Boletería | De: | A: |
San Xxxxx | 06:00 | 11:00 |
Wanchaq → lunes a viernes | 07:00 | 17:00 |
Wanchaq → xxxxxxx, xxxxxxxx y feriados | 07:00 | 12:00 |
Ollantaytambo | 04:00 | 21:00 |
Machu Picchu / Av. Imperio de los Incas | 04:30 | 19:30 |
Machu Picchu / Estación principal | 05:00 | 21:30 |
Hidroeléctrica | 06:30 | 09:30 |
Hidroeléctrica | 13:00 | 18:00 |
Santa Xxxxxx | 05:00 | 07:30 |
Santa Xxxxxx | 12:00 | 16:30 |
Santa Xxxxxx →miércoles, domingos | 19:00 | 21:00 |
7.- Asignación de coches del servicio local para el Pasajero Local (PL)
Capacidad total por frecuencia | Capacidad asignada al distrito de MachuPicchu Pueblo | |||
FRECUENCIA | HORARIO | RUTA | COCHES | COCHES |
71 | 05:07 | Ollantaytambo – MachuPicchu | 4 | 2 |
72 | 08:53 | MachuPicchu– Ollantaytambo | 4 | 2 |
73 | 12:58 | Ollantaytambo – MachuPicchu | 4 | 2 |
74 | 14:55 | MachuPicchu– Ollantaytambo | 4 | 2 |
75 | 19:00 | Ollantaytambo – MachuPicchu | 4 | 2 |
*76 | 21:50 | MachuPicchu– Ollantaytambo | 4 | 1 |
*51 | 21:00 | Ollantaytambo – MachuPicchu | 4 | 1 |
**50 | 05:35 | MachuPicchu – Ollantaytambo | 4 | 2 |
***21 | 09:50 | Ollantaytambo – MachuPicchu | 4 | 2 |
***22 | 18:30 | MachuPicchu– Ollantaytambo | 4 | 2 |
501 | 13:30 | MachuPicchu– Hidroeléctrica | 1 | 1 |
504 | 14:50 | Hidroeléctrica – MachuPicchu | 1 | 1 |
*En las frecuencias 76 y 51 se asigna 01 coche debido a la baja demanda que se registra por el Pasajero Local.
**Los lunes, jueves y sábado se destinará un coche para el transporte de las comunidades parte baja del distrito de MachuPicchu y para la población de Sta. Xxxxxx.
***Se programará 1 coche en la ruta Cusco – Ollantaytambo – Cusco en ambas frecuencias.
8.- Del transporte de mercancías y equipajes a bordo del servicio de pasajeros
• Está permitido el transporte de equipajes de mano con un peso máximo de 20 kilos y una medida máxima de 157 cm (alto-largo-ancho).
• De sobrepasar el peso y medidas permitidas, el equipaje será derivado a la Oficina de Equipaje de la estación de origen para ser transportado en la bodega del servicio próximo. (información detallada en el reglamento del servicio de equipaje) Se reitera que:
o Por seguridad no está permitido el transporte de mercancías peligrosas y explosivas, como: productos químicos e inflamables (gasolina, Tiner, GLP.)
o No está permitido el transporte de productos congelados. o No está permitido el transporte de objetos y bienes prohibidos por el Estado peruano, como: orquídeas, piedras de tallar o de río.