Contract
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DE LOS SERVICIOS DE TRANSPORTE Y LOGÍSTICA PARA LA CELEBRACIÓN DE CONCIERTOS DE LA BANDA SINFONICA MUNICIPAL DE MADRID (BSMM) EN 2016, A ADJUDICAR MEDIANTE PROCEDIMIENTO ORDINARIO
ÍNDICE
1. Introducción
2. Objeto del contrato
3. Requerimientos mínimos técnicos
4. Condiciones de ejecución
5. Control del servicio
6. Período de ejecución del servicio
7. Obligaciones laborales y sociales
8. Cláusulas sociales de obligado cumplimiento
9. Condición especial de ejecución
10. Aceptación del presente documento
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES QUE HAN DE REGIR LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE TRANSPORTE Y LOGÍSTICA PARA LA CELEBRACIÓN DE CONCIERTOS DE LA BANDA SINFONICA MUNICIPAL DE MADRID (BSMM) EN 2016, A ADJUDICAR MEDIANTE PROCEDIMIENTO ORDINARIO
1. INTRODUCCIÓN
La sociedad mercantil municipal Madrid Destino Cultura, Turismo y Negocio, S.A. (en adelante, Madrid Destino) tiene, entre otros objetivos, la gestión de programas y actividades culturales, formativas y artísticas, la organización, apoyo y difusión de las mismas, la prestación de todos los servicios e infraestructuras integrantes o complementarios de estos programas y actividades, la gestión de cualesquiera centros, espacios, recintos, dependencias y/o servicios culturales, cuya gestión le fuera encomendada temporal o indefinidamente, o cuyo uso le fuera cedido por el Ayuntamiento de Madrid, incluida la contratación y ejecución de las obras, instalaciones, servicios y suministros para los mismos, la gestión de las políticas municipales de promoción e información turística de la Ciudad de Madrid, la proyección de su imagen a nivel nacional e internacional y la gestión y explotación de los derechos de propiedad intelectual derivados de las obras susceptibles de generar tales derechos resultantes de las anteriores actividades, así como la prestación por cuenta propia o ajena de todo tipo de servicios relacionados con la organización, dirección, producción y administración de eventos, ya sean deportivos, exposiciones, congresos, convenciones, seminarios, ferias, y cualquier otro evento de naturaleza similar.
Por todo lo anterior y para el correcto ejercicio de sus competencias, Madrid Destino requiere la prestación de los servicios de transporte de instrumentos, de montaje escénico y de alquiler de mobiliario.
A estos efectos, Madrid Destino está llevando a cabo el correspondiente procedimiento de contratación conforme al cual se solicita a las empresas del sector que presenten sus mejores ofertas.
2. OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del presente contrato es la prestación de los servicios de transporte de instrumentos y enseres y alquiler de mobiliario requeridos por Madrid Destino para el cumplimiento de servicios encomendados desde el Ayuntamiento de Madrid para la Banda Sinfónica Municipal de Madrid (BSMM).
La BSMM realiza de forma anual la celebración de conciertos en diferentes ubicaciones que requieren el transporte y colocación de los instrumentos musicales en los escenarios, colocación escénica, así como de la adecuación de los espacios dedicados al público y a otros actores participantes en las actuaciones.
Puesto que los conciertos son una estimación máxima, MADRID DESTINO se reservará el derecho de demandar los servicios presupuestados, conforme a los precios unitarios ofertados por los licitadores para cada concierto de la BSMM. En ningún caso la ejecución total de los servicios presupuestados será exigible a Madrid Destino.
Es objeto del presente contrato la prestación de los siguientes servicios:
LOTE 1. TRANSPORTE E IMPLANTACIÓN ESCÉNICA
X. Xxxxx, descarga, transporte, colocación y retirada de los instrumentos musicales, de los enseres y de los accesorios que precisan los componentes de la BSMM en cada concierto.
Servicio de transporte y logística: colocación y retirada de los instrumentos musicales, de los soportes, herrajes y otros enseres y de los accesorios, así como el transporte y distribución de mobiliario (montaje escénico), para la celebración de conciertos de la BSMM.
El número de conciertos estimados y tipologías de los espacios en los que tendrán lugar son los que se detallan:
- 2 en la Sala Sinfónica del Auditorio Nacional de Madrid.
- 4 en el Teatro Monumental de Madrid.
- 5 de proximidad en diferentes Distritos.
- 8 en diferentes ubicaciones, realizados con otras Áreas e Instituciones.
- 1 en el Templete de El Retiro.
Se realizará la recogida de los instrumentos musicales en la sede de la BSMM (Pabellón 12 del Recinto Ferial de la Casa de Campo de Madrid) y su traslado hasta en lugar de la celebración del concierto.
Los instrumentos son los siguientes:
1. CAJAS RÍGIDAS DE INSTRUMENTOS (FLIGHTCASES)
• 37 cajas de instrumentos, 4 de ellas con una altura aproximada de 2 m. y gran volumen.
• 4 fundas rígidas.
• 1 caja rígida de archivo de partituras/particellas.
En este grupo hay cajas con varios instrumentos (compartidas) y cajas individuales.
2. PERCUSIÓN
• 2 cajas rígidas con soportes percusión
• 1 caja percusión voluminosa
• 2 cajas batería
• 5 timbales con caja rígida y/o funda
• 1 Bombo
• 1 Xilófono
• 1 Vibráfono
• 1 Campanólogo
• 1 Xxxx
• Otros instrumentos de percusión que se precisen para la actuación de manera particular.
3. SOPORTES, ENSERES Y ACCESORIOS
Además se recogerán y trasladaran todos los enseres y accesorios que requiera cada actuación de la BSMM, que varían en función del programa de cada concierto (atriles, tarima del director, soporte de los instrumentos, programas de mano, sillas de escenario para los músicos, agua y soportes publicitarios).
Igualmente, los instrumentos y enseres deben ser correctamente colocados en el escenario de ubicación de los músicos, de acuerdo con los planos de colocación (seating plan) preestablecidos según la forma del escenario.
Al término de cada actuación todos los instrumentos, enseres y accesorios deben ser retirados, transportados y depositados en la sede de la BSMM.
Los instrumentos y enseres son objetos frágiles, de alto valor material y patrimonial, por lo que deben ser transportados siempre con su estuche correspondiente, cerrados, sujetos, distribuidos de manera correcta, sin apilarlos, golpearlos o someterlos a cualquier acción que los deteriore y mine su posterior utilización artística.
X. Xxxxxxxx y colocación de material de bandas invitadas.
En los casos de bandas invitadas al ciclo “Bandas al Fresco”, que se desarrolla en el Templete del Parque de El Retiro, el adjudicatario se encargará, en el emplazamiento del concierto, del movimiento, colocación y retirada de los instrumentos, soportes, enseres y accesorios necesarios para el concierto.
Número de conciertos estimados: 6 en el Templete de El Retiro.
LOTE 2. PROVISIÓN, TRANSPORTE Y DISTRIBUCIÓN DE MOBILIARIO PARA EL PÚBLICO.
En los conciertos en espacios abiertos, el adjudicatario deberá proporcionar el número xx xxxxxx requerido, así como realizar su trasporte y distribución en el espacio designado para el público. El personal de la empresa adjudicataria se ocupará asimismo de colocar en expositores o bien en las sillas el programa de mano del concierto. Una vez finalizado el concierto el contratista deberá proceder a la retirada del mobiliario y al traslado a su propio almacén.
Relación de conciertos previstos:
- 7 conciertos en el Templete del Parque de El Retiro, a razón de un estimado de 3.000 sillas por concierto.
- 5 conciertos de proximidad en diversos distritos del municipio de Madrid, a razón de un estimado de 400 sillas por concierto.
- 8 conciertos con otras instituciones en la corona metropolitana de Madrid, a razón de un estimado de 400 sillas por concierto.
3. REQUERIMIENTOS MÍNIMOS TÉCNICOS
La necesidad de que las proposiciones de las empresas licitadoras se adecúen a los requisitos exigidos con carácter de mínimos obligatorios en los pliegos obedece a la propia finalidad de la contratación que se quiere llevar a cabo y a las necesidades que con ella se pretende satisfacer. En consecuencia, las ofertas de las empresas que no los cumplan no pueden ser objeto de valoración y, por tanto, serán excluidas de la licitación.
Requerimientos mínimos técnicos para el LOTE 1. TRANSPORTE E IMPLANTACIÓN ESCÉNICA.
Se requiere que las empresas para el transporte se dediquen específicamente al trasporte y manipulación de bienes culturales, o cuenten con una división específica dedicada al transporte y manipulación de bienes culturales.
Las empresas deberán contar con un seguro que cubra los desperfectos que del transporte y manipulación pudieran derivarse.
Requerimientos mínimos técnicos para el LOTE 2. PROVISIÓN, TRANSPORTE Y DSITRIBUCIÓN DE MOBILIARIO PARA EL PÚBLICO.
Las empresas que opten al lote de provisión, transporte y distribución de mobiliario para el público deberán estar especializadas en el alquiler de mobiliario y contar con material suficiente y adecuado a las necesidades que se especifican en el presente pliego.
Las sillas de cada concierto deberán ser todas iguales, plásticas y con apoyo de brazos (se adjunta un modelo de referencia como Anexo XI del PCAP) estar limpias, no estar deterioradas y mostrar un aspecto correcto. Todas las posibles roturas, pérdidas o extravíos xx xxxxxx durante los conciertos serán por cargo del adjudicatario.
4. CONDICIONES DE EJECUCIÓN
1) Horarios de servicio:
El transporte y colocación en el escenario de los instrumentos musicales y de sus accesorios y enseres se realizará con la antelación que determine el Director de la BSMM o persona en quien delegue, que tendrá la condición de responsable de la contratación, en función del lugar y características del concierto. A tal efecto siempre se facilitará a la empresa adjudicataria una escaleta horaria previa que será de obligado cumplimiento.
La empresa adjudicataria se ocupará de separar por medio de cintas, u otro mecanismo adecuado, la zona destinada a los músicos de la destinada al público, en aquellos conciertos en los que esos espacios no estén debidamente diferenciados. Se ocupará así mismo de colocar en expositores y –en su defecto- repartir el programa de mano del concierto. En el caso de exponerlo deberá ser en un lugar visible para su consulta por parte del público.
El horario de trabajo vendrá determinado por las fechas, hora y lugar de celebración de los conciertos teniendo en cuenta que los trabajos podrán tener lugar cualquier día de la semana y en cualquier horario.
Para cada actuación se comunicará a la empresa adjudicataria el parte de trabajo correspondiente con una antelación mínima de 24 horas respecto del comienzo de la actuación, a excepción de los servicios de carácter urgente que se recogen en el punto 4.5 del presente pliego.
2) Medios materiales y personales:
Para el transporte, colocación y retirada de instrumentos, accesorios y enseres:
Se requieren, como mínimo, 2 vehículos de carga no inferior a 8.000 Kg. debidamente equipados para el correcto traslado de los instrumentos y disponiendo de todas las características técnicas adecuadas para este tipo de transporte, además de sistemas de detección de incendios, localización y de seguridad, y cumpliendo todos los requerimiento administrativos exigibles (permisos de circulación y de transporte de materiales, etc.)
Debido a las características y valor de los instrumentos, y el especial tratamiento que requiere su traslado, los vehículos deberán estar acondicionados para el perfecto traslado y manipulación del material de que se trata.
Se requerirá la aportación de camiones con plataforma elevadora para la carga y descarga de los instrumentos en las mejores condiciones en aquellos recintos no dotados de accesos adecuados o estacionamientos adaptados a transporte de material delicado.
Para el correcto traslado del instrumental la empresa deberá estar en posesión de los carros de transporte de instrumentos y material adecuados.
Se requiere la asistencia de 2 conductores y un mínimo de 6 operarios. Es decir de 1 conductor y 3 operarios por vehículo. De los operarios encargados del transporte de los instrumentos, 4 como mínimo, deberán tener carácter fijo en el servicio.
Para el transporte, instalación y retirada xx xxxxxx
Vehículos adecuados, en número y características, al número xx xxxxxx a transportar y a las condiciones de accesibilidad del espacio en que se colocarán.
Un conductor por vehículo y operarios suficientes para la instalación y recogida de las sillas en una franja de dos horas, respectivamente. Se designará al menos un operario fijo para este servicio, capaz de conocer y coordinar la instalación y recogida en las sucesivas jornadas contempladas en este contrato.
Coordinación especifica de los conciertos en espacios abiertos, con supervisión previa de los emplazamientos, para el control de aforo e instalación y disposición de las sillas.
3) Condiciones de los medios materiales y personales:
Los vehículos estarán en posesión de los permisos de conducción correspondientes.
El adjudicatario ejercerá el control y supervisión del personal tanto en orden al debido desempeño de su cometido como en lo que respecta a la puntualidad y asistencia al trabajo.
El adjudicatario deberá contar con el personal preciso para atender sus obligaciones.
Dicho personal dependerá exclusivamente del adjudicatario, por cuanto éste tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empresario y deberá cumplir las disposiciones vigentes en materia laboral, de seguridad social, prevención de riesgos laborales, seguridad y salud en el trabajo, referidas al propio personal a su cargo, sin que, en ningún caso, pueda alegarse derecho alguno por dicho personal en relación con la entidad contratante, ni exigirse a ésta responsabilidades de cualquier clase, como consecuencia de las obligaciones existentes entre el adjudicatario y sus empleados, aún en el supuesto de que los despidos o medidas que adopte se basen en el incumplimiento, interpretación o resolución del contrato.
En el supuesto de subcontratación será responsabilidad del adjudicatario la comprobación del cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de seguridad social y seguridad e higiene en el trabajo, referidas al personal empleado en los servicios subcontratados, así como de los requisitos específicos definidos en el presente contrato.
En caso de accidente o perjuicio de cualquier género ocurrido a los operarios durante el desempeño de su trabajo, el adjudicatario cumplirá lo dispuesto en las normas vigentes bajo su responsabilidad, sin que este alcance en modo alguno a la entidad contratante o al Ayuntamiento de Madrid.
El personal de la empresa adjudicataria que intervenga en la ejecución del servicio deberá someterse a las normas de seguridad y control que se señale en los edificios o espacios a los que deban acudir por razón del servicio.
El personal asignado por el adjudicatario permanecerá localizable y disponible durante la celebración del acto para hacer frente a cualquier incidencia.
El personal asignado por el adjudicatario deberá ir uniformado en color negro, de forma adecuada al trabajo que desempeña, portando en la vestimenta el distintivo de la empresa adjudicataria.
El adjudicatario dispondrá de un almacén adecuado con medidas de seguridad contra robos e incendios, asumiendo, sin coste la guarda y custodia de los camiones en el caso de que deban permanecer cargados con los instrumentos por necesidades de la programación.
El adjudicatario deberá indemnizar los daños y perjuicios que sufran los bienes inmuebles, muebles o instalaciones del Ayuntamiento por impericia, culpa, negligencia o cualesquiera otras causas imputables al adjudicatario o personal que dependa de él.
4) Servicios de carácter urgente
Podrán presentarse servicios con carácter de urgencia a atender por el adjudicatario. El carácter urgente o imprevisible de un servicio será apreciado en cada caso por el representante municipal que lo comunicará al adjudicatario con una antelación mínima de 2 horas a la prestación efectiva del servicio.
5. CONTROL DEL SERVICIO
El control del servicio se realizará por personal de la Banda Sinfónica Municipal y de Madrid Destino, Cultura, Turismo y Negocio S.A.
El adjudicatario se obliga a llevar a cabo la supervisión específica de la ejecución del presente contrato a través de un coordinador general del contrato designado especialmente para esta función con presencia ininterrumpida desde el inicio a la finalización de cada actuación, debiendo nombrarse igualmente un suplente del mismo. Dicho coordinador será el interlocutor del contrato con el Director de la Banda o persona en quien delegue ejerciendo las siguientes funciones:
• Asistencia a cada uno de los conciertos supervisando la ejecución del servicio y atendiendo cualquier incidencia en su desarrollo.
• Realización y presentación de un informe del servicio a la finalización de cada concierto, con la información que se recogerá en una “ficha de concierto” que se proporcionará al adjudicatario.
Dicho coordinador supervisará el rendimiento de sus operarios y el buen resultado final de las operaciones, y procederá a resolver los problemas que plantee la prestación del servicio.
Madrid Destino, Cultura, Turismo y Negocio S.A. ejercerá el control y vigilancia que estime conveniente en relación con el debido cumplimiento por el adjudicatario de todas sus obligaciones y correcta prestación del servicio, canalizará las reclamaciones que puedan efectuarse y comunicará las órdenes concretas de los trabajos a realizar.
Queda expresamente prohibido que el Contratista efectúe la subcontratación de parte alguna de este contrato que tenga cualquier relación con el transporte y manipulación de los instrumentos musicales objeto del presente contrato. En este caso, Madrid Destino, Cultura, Turismo y Negocio S.A. efectuará la resolución automática del mismo. En ningún caso se podrán superar los precios unitarios máximos establecidos, que prevalecen y en caso contrario, la oferta será desechada.
6. PERÍODO DE EJECUCIÓN DEL SERVICIO
Los servicios derivados de la contratación se desarrollarán desde la firma del contrato (prevista para la última semana xx xxxxx) y hasta el 31 de diciembre de 2016.
7. OBLIGACIONES LABORALES Y SOCIALES
El adjudicatario está obligado al cumplimiento de la normativa vigente en materia laboral, de seguridad social, de integración social de discapacitados y de prevención de riesgos laborales, conforme a lo dispuesto en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, sobre Prevención de Riesgos Laborales y en el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, así como de las que se promulguen durante la ejecución del contrato.
La relación del organismo u organismos donde los licitadores podrán obtener información sobre la fiscalidad, y sobre las disposiciones vigentes en materia de protección de empleo, condiciones de trabajo y prevención de riesgos laborales, aplicables a los servicios prestados durante la ejecución del contrato, serán los señalados en el anexo VIII xxx Xxxxxx de Cláusulas Administrativas.
No existirá vinculación laboral alguna entre el personal que se destine a la ejecución del contrato y MADRID DESTINO, por cuanto aquél queda expresamente sometido al poder direccional y de organización de la empresa adjudicataria en todo ámbito y orden legalmente establecido y siendo, por tanto, ésta la única responsable y obligada al cumplimiento de cuantas disposiciones legales resulten aplicables al caso, en especial en materia de contratación, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales y tributaria, por cuanto dicho personal en ningún caso tendrá vinculación jurídico-laboral con MADRID DESTINO, y ello con independencia de las facultades de Control e Inspección que legal y/o contractualmente corresponden al mismo.
A la extinción de los contratos de servicios, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal de MADRID DESTINO.
8. CLÁUSULAS SOCIALES DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO
Siguiendo instrucciones del decreto publicado el 19 de enero de 2016 del Delegado del Área de Gobierno de Economía y Hacienda sobre la incorporación de cláusulas sociales en los contratos
celebrados por el Ayuntamiento de Madrid, sus Organismos Autónomos y Entidades del Sector Público Municipal, los licitadores deberán cumplir las siguientes cláusulas:
• Es obligatorio que los bienes o servicios objeto del contrato hayan sido producidos o se desarrollen respetando las normas sociolaborales vigentes en España y en la Unión Europea o de la Organización Internacional del Trabajo.
• En toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que deban aportar los licitadores para el presente procedimiento o que sean necesarios para la ejecución del contrato, deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas, y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad.
• La empresa adjudicataria tiene la obligación de adoptar las medidas de seguridad y salud en el trabajo que sean obligatorias para prevenir de manera rigurosa los riesgos que pueden afectar a la vida, integridad y salud de las personas trabajadoras. Asimismo, deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones siguientes:
o La evaluación de riesgos y planificación de la actividad preventiva correspondiente a la actividad contratada.
o La formación e información en materia preventiva a las personas adscritas a la ejecución del contrato.
o El justificante de la entrega de equipos de protección individual que, en su caso, sean necesarios.
La empresa adjudicataria deberá acreditar el cumplimiento de estos extremos mediante la documentación que corresponda en cada caso dado que la actuación a realizar en materia de prevención de riesgos laborales dependerá de la naturaleza de la prestación constitutiva objeto del contrato.
• La empresa adjudicataria deberá adoptar las medidas oportunas para evitar que de la ejecución del contrato puedan derivarse daños al personal de MADRID DESTINO, los empleados municipales o a los ciudadanos en general.
• La empresa adjudicataria deberá acreditar mediante declaración responsable la afiliación y el alta en la Seguridad Social de las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato. Esta obligación se extenderá a todo el personal subcontratado por la empresa adjudicataria principal destinado a la ejecución del contrato.
• Para la acreditación del cumplimiento de esta obligación, se exigirá a la empresa adjudicataria al inicio de la ejecución del contrato la presentación de una declaración responsable en la que se señale que las personas trabajadoras destinadas a la ejecución del contrato se encuentran afiliadas y dadas de alta en la Seguridad Social.
• En todo caso, el órgano de contratación podrá solicitar, cuando lo considere oportuno, la aportación de la documentación que acredite el contenido de la declaración responsable.
• Con carácter previo a la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá presentar un informe relativo al cumplimiento de las obligaciones sociales que le fueran exigibles legal o contractualmente.
9. CONDICIÓN ESPECIAL DE EJECUCIÓN
Es condición especial de ejecución que la empresa adjudicataria designe una persona de contacto, vinculada a la empresa y con formación especifica en la materia, para la supervisión y control de la aplicación de las condiciones de seguridad y salud laboral exigibles, así como para la detección de las posibles incidencias que surjan en este ámbito, sin perjuicio de las funciones encomendadas al coordinador de seguridad y salud en aquellos contratos en los que esta figura tenga carácter preceptivo.
Con el fin de dar cumplimiento a esta condición especial de ejecución, la empresa adjudicataria, al inicio del la ejecución del contrato, deberá comunicar a la persona responsable del contrato la persona de contacto designada. Antes de la finalización del contrato, la empresa adjudicataria deberá aportar a la persona responsable del contrato un informe detallado sobre actuaciones realizadas por aquella, con determinación de su contenido y alcance.
10. ACEPTACIÓN DEL PRESENTE DOCUMENTO
La mera presentación de propuestas implica la aceptación sin reservas de las condiciones establecidas en el presente pliego de prescripciones técnicas para la ejecución de los trabajos objeto del Contrato.
Por MADRID DESTINO, S.A. Por el ADJUDICATARIO
D. D.