BANCO CENTRAL DE BOLIVIA DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN PARA SERVICIOS GENERALES
BANCO CENTRAL DE BOLIVIA
DOCUMENTO BASE DE CONTRATACIÓN PARA SERVICIOS GENERALES
M ODALIDAD DE APOYO NACIONAL A LA PRODUCCIÓN Y EMPLEO
SOLICITUD DE COTIZACIONES
Código Único de Contratación Estatal |
19-0951-00-957161-2-1 |
Código BCB: ANPE - X Xx 000/0000-0X
XXXXXXX XXXXXXXXXXXX
SERVICIO DE INTERNET SAP 3 |
La Paz, agosto de 2019
CONTENIDO
1 NORMATIVA APLICABLE AL PROCESO DE CONTRATACIÓN 2
3 ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS PREVIAS A LA PRESENTACIÓN DE COTIZACIONES 2
5 RECHAZO Y DESCALIFICACIÓN DE COTIZACIONES 3
6 CRITERIOS DE SUBSANABILIDAD Y ERRORES NO SUBSANABLES 3
8 CANCELACIÓN, SUSPENSIÓN Y ANULACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN 4
10 DOCUMENTOS QUE DEBE PRESENTAR EL PROPONENTE 4
11 RECEPCIÓN DE COTIZACIONES 5
13 EVALUACIÓN DE COTIZACIONES 6
15 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN PRECIO EVALUADO MÁS BAJO 6
16 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN CALIDAD, PROPUESTA TÉCNICA Y COSTO 8
17 MÉTODO DE SELECCIÓN Y ADJUDICACIÓN PRESUPUESTO FIJO 8
18 CONTENIDO DEL INFORME DE EVALUACIÓN Y RECOMENDACIÓN 8
19 ADJUDICACIÓN O DECLARATORIA DESIERTA 8
20 FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN 9
21 MODIFICACIONES AL CONTRATO 10
22 SEGUIMIENTO Y CONTROL DE LOS SERVICIOS GENERALES CONTINUOS Y DISCONTINUOS 10
23 INFORME DE CONFORMIDAD DEL SERVICIO GENERAL 10
24 CIERRE DE CONTRATO Y PAGO 11
25 CONVOCATORIA Y DATOS GENERALES DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN 13
26 ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Y CONDICIONES TÉCNICAS REQUERIDAS DEL SERVICIO GENERAL 15
PARTE I
INFORMACIÓN GENERAL A LOS PROPONENTES
El proceso de contratación de Servicios Generales se rige por el Decreto Supremo N° 0181, de 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS), sus modificaciones y el presente Documento Base de Contratación (DBC).
En esta convocatoria podrán participar únicamente los siguientes proponentes:
Las personas naturales con capacidad de contratar.
Empresas Nacionales legalmente constituidas en Bolivia.
Asociaciones Accidentales legalmente constituidas.
Micro y Pequeñas Empresas– MyPES
Cooperativas (cuando su documento de constitución establezca su capacidad de ofertar servicios).
Asociaciones Civiles Sin Fines de Lucro legalmente constituidas (cuando su documento de constitución establezca su capacidad de ofertar servicios).
Inspección Previa “No Corresponde”
Consultas Escritas sobre el DBC “No Corresponde”
Reunión Informativa de Aclaración
La Reunión Informativa de Aclaración se realizará, en la fecha, hora y lugar señalados en el presente DBC, en la que los potenciales proponentes podrán expresar sus consultas sobre el proceso de contratación.
Las solicitudes de aclaración, las consultas escritas y sus respuestas, deberán ser tratadas en la Reunión Informativa de Aclaración.
Al final de la reunión, la entidad convocante entregará a cada uno de los potenciales proponentes asistentes o aquellos que así lo soliciten, copia o fotocopia del Acta de la Reunión Informativa de Aclaración, suscrita por los representantes de la Unidad Administrativa, Unidad Solicitante y los asistentes que así lo deseen, no siendo obligatoria la firma de estos últimos.
GARANTÍAS1
De acuerdo con lo establecido en el Parágrafo II del Artículo 20 de las NB-SABS, el proponente decidirá el tipo de garantía a presentar entre: Boleta de Garantía, Garantía a Primer Requerimiento o Póliza Seguro de Caución a Primer Requerimiento.
Garantía de Cumplimiento de Contrato. La entidad convocante solicitará la Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato. Cuando se tengan programados pagos parciales, en sustitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, se podrá prever una retención del siete por ciento (7%) de cada pago.
Las Micro y Pequeñas Empresas, presentarán una Garantía de Cumplimiento de Contrato por un monto equivalente al tres y medio por ciento (3.5%) del valor del contrato o se hará una retención del tres y medio por ciento (3.5%) correspondiente a cada pago, cuando se tengan previstos pagos parciales.
La sustitución de la Garantía de Cumplimiento de contrato se realizará, conforme las condiciones determinadas en el contrato y lo previsto en el inciso b) del parágrafo I del Artículo 21 de las NB-SABS.
Incumplimiento a la declaración jurada del Formulario de Presentación de Cotización (Formulario A-1).
Cuando la propuesta técnica y/o económica no cumpla con las condiciones establecidas en el presente DBC.
Cuando la propuesta económica exceda el Precio Referencial.
Cuando producto de la revisión aritmética de la propuesta económica establecida en el Formulario A-1, existiera una diferencia absoluta superior al dos por ciento (2%), entre el monto total de la propuesta y el monto revisado por el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación.
Cuando el período de validez de la cotización, no se ajuste al plazo mínimo establecido en el sub numeral 10.3 del presente DBC.
Cuando el proponente presente dos o más alternativas en una misma cotización.
Cuando el proponente presente dos o más cotizaciones.
Cuando la cotización contenga textos entre líneas, borrones y tachaduras.
Cuando la cotización presente errores no subsanables.
Si para la formalización de la contratación, la documentación presentada por el proponente adjudicado, no respalde lo señalado en el Formulario de Presentación de Cotización (Formulario A-1).
Si para la formalización de la contratación la documentación solicitada, no fuera presentada dentro del plazo establecido para su verificación; salvo ampliación de plazo solicitada por el proponente adjudicado y aceptada por la entidad de acuerdo a lo previsto en el sub numeral 20.1 del presente DBC.
Cuando el proponente adjudicado desista de forma expresa o tácita de formalizar la contratación.
La descalificación de cotizaciones deberá realizarse única y exclusivamente por las causales señaladas precedentemente.
Cuando los requisitos, condiciones, documentos y formularios de la cotización cumplan sustancialmente con lo solicitado en el presente DBC.
Cuando los errores sean accidentales, accesorios o de forma y que no inciden en la validez y legalidad de la cotización presentada.
Cuando la cotización no presente aquellas condiciones o requisitos que no estén claramente señalados en el presente DBC.
Cuando el proponente oferte condiciones superiores a las requeridas en las Especificaciones Técnicas, siempre que estas condiciones no afecten el fin para el que fueron requeridas y/o se consideren beneficiosas para la Entidad.
Los criterios señalados precedentemente no son limitativos, pudiendo el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación considerar otros criterios de subsanabilidad.
Cuando la cotización contenga errores subsanables, éstos serán señalados en el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
Estos criterios podrán aplicarse también en la etapa de verificación de documentos para la formalización de la contratación.
Ausencia de cualquier Formulario solicitado en el presente DBC, salvo el Formulario de Condiciones Adicionales (Formulario C-2), cuando el Método de Selección y Adjudicación sea el Precio Evaluado Más Bajo.
Falta de firma del Proponente en el Formulario de Presentación de Cotización (Formulario A-1).
Falta de la propuesta técnica o parte de ella.
Falta de la propuesta económica o parte de ella. (Formulario A-1)
Cuando se presente en fotocopia simple, el Formulario de Presentación de Cotización (Formulario A-1).
El RPA declarará desierta una convocatoria pública, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 27 de las NB-SABS.
El proceso de contratación podrá ser cancelado, anulado o suspendido hasta antes de formalizar la contratación mediante Contrato u Orden de Servicio, mediante Resolución expresa, técnica y legalmente motivada, de acuerdo con lo establecido en el Artículo 28 de las NB-SABS.
Los proponentes podrán interponer Recurso Administrativo de Impugnación, en procesos de contratación por montos mayores a Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), únicamente contra las resoluciones establecidas en el inciso b) del parágrafo I del Artículo 90 de las NB-SABS; siempre que las mismas afecten, lesionen o puedan causar perjuicio a sus legítimos intereses, de acuerdo con lo regulado en el Capítulo VII, del Título I, de las NB-SABS.
Todos los Formularios de la cotización, solicitados en el presente DBC, se constituirán en Declaraciones Juradas.
Formulario de Presentación de Cotización (Formulario A-1).
Formulario de Identificación del Proponente (Formulario A-2a o Formulario A-2b).
Formulario de Especificaciones Técnica (Formulario C-1); y cuando corresponda el Formulario de Condiciones Adicionales (Formulario C-2).
Formulario de Presentación de Cotización (Formulario A-1).
Formulario de Identificación del Proponente (Formulario A-2c).
Formulario de Especificaciones Técnicas (Formulario C-1) y cuando corresponda el Formulario de Condiciones Adicionales (Formulario C-2).
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Código Único de Contratación Estatal
19-0951-00-957161-2-1
BANCO CENTRAL DE BOLIVIA
GERENCIA DE ADMINISTRACIÓN
SUBGERENCIA DE SERVICIOS GENERALES
DEPARTAMENTO DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
LUGAR DE ENTREGA DE LA COTIZACIÓN: Ventanilla Única de Correspondencia, ubicada en Planta Baja del Edificio Principal del BCB, calle Ayacucho esquina Mercado, La Paz – Bolivia
RAZÓN SOCIAL O NOMBRE DEL PROPONENTE:_______________________________________
(indicar si es una empresa comercial o asociación accidental u otro tipo de proponente)
APOYO NACIONAL A LA PRODUCCIÓN Y EMPLEO (POR SOLICITUD DE COTIZACIONES)
CÓDIGO BCB: ANPE-C Nº Nº 019/2019-2C
“SERVICIO DE INTERNET SAP 3”
SEGUNDA CONVOCATORIA
No abrir antes de horas 16:00 del día viernes 16 xx xxxxxx de 2019
Inmediatamente después del cierre del plazo de presentación de cotizaciones, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, procederá a la apertura de las cotizaciones en la fecha, hora y lugar señalados en el presente DBC, donde se dará lectura de los precios ofertados y se verificará los documentos presentados por los proponentes, aplicando la metodología PRESENTÓ/NO PRESENTÓ.
El Acto de Apertura será continuo y sin interrupción, donde se permitirá la presencia de los proponentes o sus representantes, así como los representantes de la sociedad que quieran participar.
El acto se efectuará así se hubiese recibido una sola cotización. En caso de no existir cotizaciones, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación suspenderá el acto y recomendará al RPA, que la convocatoria sea declarada desierta.
La entidad convocante para la evaluación de cotizaciones podrá aplicar uno de los siguientes Métodos de Selección y Adjudicación:
Precio Evaluado Más Bajo.
Calidad, Propuesta Técnica y Costo.
Presupuesto Fijo
Concluido el acto de apertura, en sesión reservada, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación determinará si las cotizaciones continúan o se descalifican, verificando el cumplimiento sustancial y la validez de los Formularios de la Cotización.
(método a ser aplicado en el presente proceso de contratación)
Evaluación de la Propuesta Económica
Se corregirán los errores aritméticos, verificando la propuesta económica, en el Formulario A-1 de cada cotización, considerando lo siguiente:
Cuando exista discrepancia entre los montos indicados en numeral y literal, prevalecerá el literal.
Cuando el monto, resultado de la multiplicación del precio unitario por la cantidad (requerida o estimada) sea incorrecto, prevalecerá el precio unitario cotizado para obtener el monto correcto.
Si la diferencia entre el monto leído de la cotización y el monto ajustado de la revisión aritmética es menor o igual al dos por ciento (2%), se ajustará la cotización; caso contrario la cotización será descalificada.
Si el monto ajustado por revisión aritmética superara el Precio Referencial la cotización será descalificada.
En el caso de servicios discontinuos, cuando el precio unitario ofertado supere el precio referencial unitario, definido por la entidad, será descalificado.
El monto resultante producto de la revisión aritmética, denominado Monto Ajustado por Revisión Aritmética (MAPRA), deberá ser registrado en el Formulario V.
En caso de que producto de la revisión, no se encuentre errores aritméticos el precio de la cotización o valor leído de la cotización (pp) deberá ser trasladado a la cuarta columna (MAPRA) del Formulario V.
Una vez efectuada la corrección de los errores aritméticos, a las cotizaciones que no fuesen descalificadas, cuando corresponda, se les aplicará el margen de preferencia para Micro y Pequeñas Empresas, independientemente de la forma de adjudicación (ítem, lote o total) de acuerdo con lo siguiente:
Margen de Preferencia |
Margen de Preferencia |
Factor de Ajuste (fa) |
Servicios Provistos por Micro y Pequeñas Empresas |
20% |
0.80 |
En otros casos |
0% |
1.00 |
Precio Ajustado
El Precio Ajustado, se determinará aplicando la siguiente fórmula:
Donde:
= Precio Ajustado a efectos de calificación
= Monto ajustado por revisión aritmética
= Factor de ajuste
El resultado del PA de cada cotización será registrado en la última columna del Formulario V.
Una vez efectuada la corrección de los errores aritméticos y cuando corresponda, aplicado el margen de preferencia, de la Columna Precio Ajustado, del Formulario V, se seleccionará la cotización con el menor valor, el cual corresponderá al Precio Evaluado Más Bajo.
En caso de existir un empate entre dos o más cotizaciones, se procederá a la evaluación de la propuesta técnica de los proponentes que hubiesen empatado.
Evaluación de la Propuesta Técnica
La cotización con el Precio Evaluado Más Bajo, se someterá a la evaluación de la propuesta técnica, verificando la información contenida en el Formulario C-1, aplicando la metodología CUMPLE/NO CUMPLE. En caso de cumplir, se recomendará su adjudicación, cuyo monto adjudicado será:
En servicios continuos, el valor real de la cotización (MAPRA).
En servicios discontinuos, el precio unitario ofertado en la cotización adjudicada.
Caso contrario se procederá a su descalificación y a la evaluación de la segunda cotización con el Precio Evaluado más Bajo, incluida en el Formulario V (columna Precio Ajustado), y así sucesivamente.
En caso de existir empate entre dos o más cotizaciones, el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación, será responsable de definir el desempate, aspecto que será señalado en el Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
“NO APLICA ESTE MÉTODO”
“NO APLICA ESTE MÉTODO”
El Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, deberá contener mínimamente lo siguiente:
Nómina de los proponentes.
Cuadros de evaluación.
Detalle de errores subsanables, cuando corresponda.
Causales para la descalificación de cotizaciones, cuando corresponda.
Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta.
Otros aspectos que el Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación considere pertinentes.
En caso de que el RPA solicite al Responsable de Evaluación o a la Comisión de Calificación la complementación o sustentación del informe, podrá autorizar la modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha establecida para la emisión de la Adjudicación o Declaratoria Desierta. El nuevo cronograma de plazos deberá ser publicado en el SICOES.
Si el RPA, recibida la complementación o sustentación del Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta, decidiera bajo su exclusiva responsabilidad, apartarse de la recomendación, deberá elaborar un informe fundamentado dirigido a la MAE y a la Contraloría General del Estado.
Nómina de los participantes y precios ofertados.
Los resultados de la calificación.
Identificación del (de los) proponente (s) adjudicado (s), cuando corresponda.
Causales de descalificación, cuando corresponda.
Lista de cotizaciones rechazadas, cuando corresponda.
Causales de Declaratoria Desierta, cuando corresponda.
La notificación deberá incluir copia del Documento y del Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación o Declaratoria Desierta. En contrataciones hasta Bs200.000 (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), el documento de adjudicación o declaratoria desierta deberá ser publicado en el SICOES, para efectos de comunicación.
La entidad convocante deberá establecer el plazo de entrega de documentos, que no deberá ser menor a cuatro (4) días hábiles, para contrataciones hasta Bs200.000.- (DOSCIENTOS MIL 00/100 BOLIVIANOS), computables a partir del día siguiente hábil de su notificación.
Si el proponente adjudicado presentase los documentos antes del plazo otorgado, el proceso deberá continuar.
En caso que el proponente adjudicado justifique oportunamente el retraso en la presentación de uno o más documentos, requeridos para la formalización de la contratación, por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, se deberá ampliar el plazo de presentación de documentos.
El proponente adjudicado deberá presentar, para la formalización de la contratación, mediante Contrato u Orden de Servicio, los originales o fotocopias (según corresponda) de los documentos señalados en el Formulario de Presentación de Cotización (Formulario A-1), excepto aquella documentación cuya información se encuentre consignada en el Certificado XXXX.
En caso de convenirse anticipo, el proponente adjudicado deberá presentar la Garantía de Correcta Inversión de Anticipo, equivalente al cien por ciento (100%) del anticipo solicitado, dentro de los plazos previstos en el Contrato.
Las Entidades Públicas deberán verificar la autenticidad del Certificado XXXX presentado por el proponente adjudicado, ingresando el código de verificación del Certificado en el SICOES.
Cuando el proponente adjudicado desista de forma expresa o tácita de formalizar la contratación, mediante Contrato u Orden de Servicio, su cotización será descalificada, procediéndose a la revisión de la siguiente cotización mejor evaluada. En caso de que la justificación del desistimiento no sea por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas y aceptadas por la entidad, se informará al SICOES, en cumplimiento al inciso c) del Artículo 49 de las NB-SABS.
El desistimiento expreso se efectivizará con la recepción de la carta de desistimiento remitida por el proponente adjudicado. El desistimiento tácito se efectivizará una vez concluido el plazo de presentación de documentos para la formalización de la contratación, sin que el proponente adjudicado haya justificado su retraso.
Si la entidad notificara la adjudicación vencido el plazo de la validez de la cotización, el proponente adjudicado podrá expresar su voluntad de continuar con el proceso de contratación; en caso de no pronunciarse o rechazar de manera expresa la adjudicación se efectivizará la descalificación de la cotización por desistimiento, no correspondiendo su registro en el SICOES como impedido.
Si producto de la revisión efectuada para la formalización de la contratación los documentos presentados por el adjudicado no cumplan con las condiciones requeridas, no se considerará desistimiento, por lo que no corresponde el registro en el SICOES como impedido; sin embargo, corresponderá la descalificación de la cotización.
En los casos que se necesite ampliar plazos, el RPA deberá autorizar la modificación del cronograma de plazos a partir de la fecha de emisión del documento de adjudicación.
Las modificaciones al contrato podrán efectuarse mediante:
Contrato Modificatorio: Cuando la modificación a ser introducida afecte el alcance, monto y/o plazo del contrato, sin dar lugar al incremento de los precios unitarios. Se podrán realizar uno o varios contratos modificatorios, que sumados no deberán exceder el diez por ciento (10%) del monto del contrato principal.
Contrato Modificatorio para Servicios Generales Recurrentes. Cuando la entidad requiera ampliar el plazo del servicio general recurrente, para lo cual, la instancia correspondiente, de manera previa a la conclusión del contrato, realizará una evaluación del cumplimiento del contrato, en base a la cual, la MAE o la autoridad que suscribió el contrato principal, podrá tomar la decisión de modificar o no el contrato del servicio.
Esta modificación podrá realizarse por una (1) sola vez, no debiendo exceder el plazo establecido en el contrato principal, ni modificarse los precios unitarios establecidos en el contrato.
El Agente de Servicio representará al proveedor del servicio durante la ejecución del mismo, coordinando permanentemente con la entidad contratante a través del Fiscal de Servicio, para atender en forma satisfactoria el cumplimiento de las condiciones técnicas establecidas en el contrato.
Concluida la prestación del servicio general, el Responsable de Recepción o la Comisión de Recepción, elaborará el Informe de Conformidad del Servicio, en el que debe especificar el detalle del cumplimiento de las condiciones técnicas establecidas en el contrato suscrito y de sus partes integrantes u Orden de Servicio.
El cierre del contrato procederá ante la terminación por cumplimiento o por Resolución de Contrato, conforme las previsiones establecidas en el contrato.
En caso de terminación por cumplimiento, una vez concluida la liquidación del contrato, la entidad deberá emitir el Certificado de Cumplimiento de Contrato.
Cuando la contratación se hubiese formalizado, mediante una Orden de Servicio y una vez emitido el Informe de Conformidad, la entidad deberá emitir el Certificado de Cumplimiento de la Orden de Servicio.
Los pagos se realizarán concluida la provisión del servicio, previa conformidad de la entidad convocante y entrega de factura por el proveedor.
En las contrataciones de personas naturales, en ausencia de la nota fiscal (factura), la entidad convocante deberá retener los montos de obligaciones tributarias, para su posterior pago al Servicio de Impuestos Nacionales.
GLOSARIO DE TÉRMINOS
Servicios Generales: Se define como servicios generales a los servicios que requieren las entidades públicas para desarrollar actividades relacionadas al funcionamiento o la administración de la entidad, los que a su vez se clasifican en servicios de provisión continua y servicios de provisión discontinua.
Servicios de Provisión Continua: Son aquellos cuya provisión es continua y están ligados a la provisión de insumos, materiales y/o repuestos para cumplir con el servicio, tal el caso de los servicios de seguros, limpieza, vigilancia, mantenimiento, reparación, atención de alimentación y otros similares.
Servicios de Provisión Discontinua: Son servicios que se utilizan en el desarrollo de las actividades de la entidad y cuyo requerimiento pese a ser rutinario puede ser discontinuo en el transcurso de una gestión; considerándose entre éstos a los servicios de Courier, servicio de fotocopias, servicio de agencia de viajes, servicios de publicidad, publicaciones, transporte y otros similares. La contratación de estos servicios se basa generalmente en precios unitarios.
Certificado de Cumplimiento de Contrato u Orden de Servicio: Se define como el documento extendido por la entidad contratante a favor del proveedor del servicio general que oficializa el cumplimiento del Contrato u Orden de Servicio: detallando los aspectos más importantes de estos documentos.
Convocante: Es la institución de derecho público que requiere la provisión de servicios generales mediante convocatoria pública.
Contratante: Es la institución de derecho público que una vez realizada la convocatoria pública y adjudicado el servicio general, se convierte en parte contractual del mismo.
Fiscal de Servicio: Servidor público de línea y/o profesional especialista, designado por autoridad competente de la entidad contratante para realizar el seguimiento del servicio general, fiscalizando directamente el cumplimiento de las especificaciones técnicas y el contrato.
Proponente: Es la persona natural o jurídica que muestra interés en participar en el proceso de contratación.
Desistimiento: Renuncia expresa o tácita por voluntad del proponente adjudicado, de formalizar la contratación, que no es consecuencia de causas de fuerza mayor y/o caso fortuito.
Servicios Generales Recurrentes: Son servicios que la entidad requiere de manera ininterrumpida para el cumplimiento de sus funciones.
PARTE II
INFORMACIÓN TÉCNICA DE LA CONTRATACIÓN
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Entidad Convocante |
BANCO CENTRAL DE BOLIVIA |
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Modalidad de contratación |
Apoyo Nacional a la Producción y Empleo - ANPE |
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Código Interno que la Entidad utiliza para identificar el proceso |
ANPE - C N° 019/2019-2C |
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CUCE |
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- |
0 |
0 |
- |
9 |
5 |
7 |
1 |
6 |
1 |
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2 |
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1 |
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Gestión |
2019 |
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Objeto de la contratación |
SERVICIO DE INTERNET SAP 3 |
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Método de Selección y Adjudicación |
X |
Precio Evaluado más Bajo |
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Calidad Propuesta Técnica y Costo |
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Presupuesto Fijo |
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Forma de Adjudicación |
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Por el Total |
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Por Lotes |
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Precio Referencial |
Bs128.520,00 (Ciento Veintiocho Mil Quinientos Veinte 00/100 Bolivianos) |
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La contratación se formalizará mediante |
X |
Contrato |
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Orden de Servicio (únicamente para prestación de servicios generales no mayor a quince 15 días calendario) |
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Plazo de Prestación del Servicio (días calendario) |
Un (1) año calendario a partir de la fecha establecida en la orden de proceder emitida por el Fiscal de Servicio. |
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Lugar de Prestación del Servicio |
SERVICIO DE INTERNET SAP 3
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Garantía de Cumplimiento de Contrato (Suprimir en caso de formalizar con Orden de Servicio) |
El proponente adjudicado deberá constituir la garantía del cumplimiento de contrato o solicitar la retención del 7% o del 3.5% según corresponda. |
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Señalar para cuando es el requerimiento del Servicio General |
x |
Servicios Generales para la gestión en curso |
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Servicios Generales recurrentes para la próxima gestión (el proceso llegará hasta la adjudicación y la suscripción del contrato estará sujeta a la aprobación del presupuesto de la siguiente gestión) |
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Organismos Financiadores |
# |
Nombre del Organismo Financiador (de acuerdo al clasificador vigente) |
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% de Financiamiento |
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1 |
Recursos Propios del BCB |
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100 |
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Los interesados podrán recabar el Documento Base de Contratación (DBC) en el sitio Web del SICOES y obtener información de la entidad de acuerdo con los siguientes datos: |
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Xxxxxxxxx xx xx Xxxxxxx Xxxxxxxxxx |
Xxxxxxxx Xxxxxxxxx xxx Xxxxx Xxxxxxx xx Xxxxxxx, xxxxx Xxxxxxxx xxxxxxx Xxxxxxx. Xx Xxx - Xxxxxxx |
Horario de Atención de la Entidad |
08:30 hasta 18:30 |
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Nombre Completo |
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Cargo |
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Dependencia |
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Encargado de atender consultas administrativas |
Bismarck X. Xxxxxxx Xxxxxx |
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Profesional en Compras y Contrataciones |
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Departamento de Compras y Contrataciones |
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Encargado de atender consultas técnicas |
Xxxxxxxx Xxxxxx Xxxxxxxxx Xxxxxx |
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Administrador de Redes Senior |
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Gerencia de Sistemas |
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Teléfono |
2409090 Internos: 4719 (Consultas Administrativas) 1134 (Consultas Técnicas) |
Fax |
2664790 |
Correo Electrónico |
xxxxxxxx@xxx.xxx.xx (Consultas Administrativas) xxxxxxxxxx@xxx.xxx.xx (Consultas Técnicas) |
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3. CRONOGRAMA DE PLAZOS |
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De acuerdo con lo establecido en el Artículo 47 de las NB-SABS, los siguientes plazos son de cumplimiento obligatorio:
Ambos computables a partir del día siguiente hábil de la publicación de la convocatoria;
El incumplimiento a los plazos señalados será considerado como inobservancia a la normativa |
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El cronograma de plazos previsto para el proceso de contratación, es el siguiente: |
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ACTIVIDAD |
FECHA |
HORA |
LUGAR Y DIRECCIÓN |
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Publicación del DBC en el SICOES y la Convocatoria en la Mesa de Partes |
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Día |
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Mes |
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Año |
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08 |
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08 |
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2019 |
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Reunión Informativa de aclaración (No es obligatoria) |
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Día |
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Mes |
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Año |
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Hora |
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Min. |
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13 |
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08 |
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2019 |
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16 |
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00 |
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Departamento de Compras y Contrataciones Piso 7 del BCB, calle Ayacucho esquina Mercado |
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Fecha límite de Presentación y Apertura de Cotizaciones |
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Día |
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Mes |
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Año |
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Hora |
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Min. |
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16 |
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08 |
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2019 |
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16 |
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00 |
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Presentación de Cotizaciones: Ventanilla Única de Correspondencia – PB del Edificio del BCB, ubicado en el Xxxxx Xxxxxxxx xxx. Xxxxxxx, Xx Xxx- Xxxxxxx.
Apertura de Cotizaciones: Piso 7, Dpto. de Compras y Contrataciones del edificio principal del BCB. |
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Presentación del Informe de Evaluación y Recomendación al RPA |
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Día |
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Mes |
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Año |
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19 |
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09 |
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2019 |
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Adjudicación o Declaratoria Desierta |
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Día |
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Mes |
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Año |
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24 |
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09 |
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2019 |
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Notificación de la adjudicación o Declaratoria Desierta (fecha límite) |
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Día |
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Mes |
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Año |
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26 |
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09 |
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2019 |
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Presentación de documentos para la formalización de la contratación. |
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Día |
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Mes |
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Año |
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04 |
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10 |
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2019 |
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Suscripción de contrato o emisión de la Orden de Servicio. |
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Día |
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Mes |
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Año |
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17 |
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10 |
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2019 |
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FORMULARIO C-1
FORMULARIO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
SERVICIO DE INTERNET SAP 3
NOTA:
El Proponente también podrá ofertar características superiores a las solicitadas en el presente Formulario, que mejoren la calidad de los servicios y/o requisitos solicitados, siempre que estas características fuesen beneficiosas para la entidad y/o no afecten el fin para el cual fue requerido el servicio.
PARTE III
ANEXO 1
FORMULARIO A-1
PRESENTACIÓN DE COTIZACION
(Para Personas Naturales, Empresas o Asociaciones Accidentales)
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CUCE: |
1 |
9 |
- |
0 |
9 |
5 |
1 |
- |
0 |
0 |
- |
9 |
5 |
7 |
1 |
6 |
1 |
- |
2 |
- |
1 |
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SEÑALAR EL OBJETO DE LA CONTRATACIÓN: |
SERVICIO DE INTERNET SAP 3 |
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(El proponente debe registrar el monto total que ofrece por la prestación del servicio y el plazo de validez de la cotización)
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DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO |
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MONTO NUMERAL (Bs.) |
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MONTO TOTAL LITERAL (Internet 1 y 2) |
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PLAZO DE VALIDEZ* Mínimo 60 días calendario |
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Mensual |
Total (12 Meses)
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Total (12 Meses)
Internet 1 y 2
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INTERNET SAP 3
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ENLACE DE INTERNET 1 |
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ENLACE DE INTERNET 2 |
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(*) En caso de que el proponente no señale el Plazo de Xxxxxxx, se considerará que aceptó el Plazo mínimo requerido (60 días calendario) con solo firmar el presente formulario; siempre y cuando consigne ésta aclaración, al tratarse de una declaración jurada. Sin embargo, si el plazo de validez ofertado es inferior al requerido su cotización será descalificada |
A nombre de (Nombre del proponente) a la cual represento, remito la presente propuesta, declarando expresamente mi conformidad y compromiso de cumplimiento conforme con los siguientes puntos:
I.- De las Condiciones del Proceso
Declaro cumplir estrictamente la normativa de la Ley N° 1178, de Administración y Control Gubernamentales, lo establecido en las NB-SABS y el presente DBC.
Declaro no tener conflicto de intereses para el presente proceso de contratación.
Xxxxxxx, que como proponente, no me encuentro en las causales de impedimento, establecidas en el Artículo 43 de las NB-SABS, para participar en el proceso de contratación.
Declaro y garantizo haber examinado el DBC, así como los Formularios para la presentación de la propuesta, aceptando sin reservas todas las estipulaciones en dichos documentos y la adhesión al texto del Contrato u Orden de Servicio.
Declaro respetar el desempeño de los servidores públicos asignados, por la entidad convocante, al proceso de contratación y no incurrir en relacionamiento que no sea a través de medio escrito, salvo en los actos de carácter público y exceptuando las consultas efectuadas al encargado de atender consultas, de manera previa a la presentación de propuestas.
Declaro la veracidad de toda la información proporcionada y autorizo mediante la presente, para que en caso de ser adjudicado, cualquier persona natural o jurídica, suministre a los representantes autorizados de la entidad convocante, toda la información que requieran para verificar la documentación que presento. En caso de comprobarse falsedad en la misma, la entidad convocante tiene el derecho a descalificar la presente propuesta y ejecutar la Garantía de Seriedad de Propuesta, si esta fuese presentada, sin perjuicio de lo dispuesto en normativa específica.
Declaro la autenticidad de las garantías presentadas en el proceso de contratación, autorizando su verificación en las instancias correspondientes.
Me comprometo a denunciar, posibles actos de corrupción en el presente proceso de contratación, en el marco de lo dispuesto por la Ley N° 974 de Unidades de Transparencia.
Acepto a sola firma de este documento, que todas los Formulario presentados se tienen por suscritos.
II.- De la Presentación de Documentos
En caso de ser adjudicado, para la formalización de la contratación, me comprometo a presentar la siguiente documentación, en original o fotocopia (según corresponda), salvo aquella documentación cuya información se encuentre consignada en el Certificado XXXX, aceptando que el incumplimiento es causal de descalificación de la propuesta. En caso de Asociaciones Accidentales, la documentación conjunta a presentar es la señalada en los incisos: a), e), h), j) y cuando corresponda k).
Certificado XXXX que respalde la información declarada en su cotización.
Carnet de identidad para personas naturales.
Documento de Constitución de la empresa.
Matricula de Comercio actualizada, excepto para proponentes cuya normativa legal inherente a su constitución así lo prevea.
Poder General Xxxxxx y Suficiente del Representante Legal del proponente con facultades para presentar propuestas y suscribir contratos, inscrito en el Registro de Comercio, esta inscripción podrá exceptuarse para otros proponentes cuya normativa legal inherente a su constitución así lo prevea. Aquellas empresas unipersonales que no acrediten a un representante legal, no deberán presentar este Poder.
Certificado de Inscripción en el Padrón Nacional de Contribuyentes (NIT) válido y activo, salvo lo previsto en el subnumeral 24.4 del presente DBC.
Certificado de No Adeudo por Contribuciones al Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo y al Sistema Integral de Pensiones, excepto personas naturales. Si corresponde, en el caso de empresas unipersonales, que no cuenten con dependientes, deberá presentar el Formulario de Inscripción de Empresas Unipersonales sin Dependientes - FIEUD.
Garantía de Cumplimiento de Contrato equivalente al siete por ciento (7%) del monto del contrato y en caso de Micro y Pequeñas Empresas del 3.5%. En el caso de Asociaciones Accidentales esta Garantía por el siete por ciento (7%) del monto del contrato podrá ser presentada por una o más empresas que conforman la Asociación, siempre y cuando cumpla con las características de renovable, irrevocable y de ejecución inmediata, emitida a nombre de la entidad convocante.
Certificado que acredite la condición de Micro y Pequeña Empresa (cuando el proponente hubiese declarado esta condición).
Testimonio de Contrato de Asociación Accidental.
Documento que demuestre la respectiva autorización de funcionamiento y operación en el rubro emitido por la ATT.
Nombre y datos de contacto del Agente de Servicio.
(Firma del proponente, propietario o representante legal del proponente)
(Nombre completo)
FORMULARIO A-2a
IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE
(Para Personas Naturales)
1. DATOS GENERALES DEL PROPONENTE |
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Número de CI/NIT |
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Cédula de Identidad o Número de Identificación Tributaria |
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Teléfonos |
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2. INFORMACIÓN SOBRE NOTIFICACIONES/COMUNICACIONES |
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Solicito que las notificaciones/comunicaciones me sean remitidas vía: |
Fax |
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Correo Electrónico: |
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FORMULARIO A-2b
IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE
(Para Empresas)
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Nombre del proponente o Razón Social |
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Proponente |
(Xxxx Xxxxxxx: Empresa Nacional, Cooperativa o Asociación Civil Sin Fines De Lucro) |
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Tipo de Proponente |
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MyPE (Marcar sólo si cuenta con la certificación de MyPE) (*) |
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País |
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Domicilio Principal |
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Teléfono |
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Número de Identificación Tributaria |
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Fecha de Registro |
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Matrícula de Comercio |
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Apellido Paterno |
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Apellido Materno |
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Nombre(s) |
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Nombre del Representante Legal |
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Número de Cédula de Identidad del Representante Legal |
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Lugar de Emisión |
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En caso de Cooperativas y Asociaciones Civiles sin Fines de Xxxxx deberá llenar los datos que corresponda según su naturaleza institucional.
(*) Considerando la R.M. MDPyEP/DESPACHO/N° 157.2014 de fecha 09.07.2014, solo se aplicará el Margen de Preferencia a las Micro y Pequeña Empresa (MyPE) que presten los servicios que requieren las Entidades públicas para el desarrollo de sus actividades relacionadas al funcionamiento o administración, conforme lo establecido por el inciso ss), del Artículo 5 del Decreto Supremo N° 0181 de 28 xx xxxxx de 2009, que aprueba las normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios. Asimismo, los proponentes que soliciten la aplicación del Margen de Preferencia deberán contar con el Certificado de Acreditación Nacional de Unidades Productivas emitido por el Ministerio de Desarrollo Productivo antes de la presentación de su propuesta.
FORMULARIO A-2c
IDENTIFICACIÓN DEL PROPONENTE
(Para Asociaciones Accidentales)
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Declaro en calidad de Representante Legal de la Asociación Accidental contar con un poder general amplio y suficiente con facultades para presentar propuestas y suscribir Contratos. |
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Solicito que las notificaciones/comunicaciones me sean remitidas vía |
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FORMULARIO A-2d
IDENTIFICACIÓN DE INTEGRANTES DE LA ASOCIACIÓN ACCIDENTAL
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Número de Identificación Tributaria –NIT |
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(En el caso de que la Asociación Accidental esté conformada por una Cooperativa o Asociación Civil Sin Fin de Lucro no deberá ser llenada la información respecto a la Matrícula de Comercio).
FORMULARIO C-1
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
Este formulario se encuentra en el numeral 26, Parte II “Información Técnica de la contratación” del presente Documento Base de Contratación
FORMULARIO V
EVALUACIÓN DE LA PROPUESTA ECONÓMICA
DATOS DEL PROCESO |
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MONTO AJUSTADO POR REVISIÓN ARITMÉTICA |
PRECIO REFERENCIAL |
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FACTOR DE AJUSTE POR MARGEN DE PREFERENCIA |
PRECIO AJUSTADO |
ORDEN DE PRELACIÓN |
pp |
MAPRA (*) |
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PR - MAPRA |
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(*) En caso de no evidenciarse errores aritméticos el monto leído de la Cotización (pp) debe trasladarse a la casilla Monto Ajustado Por Revisión Aritmética (MAPRA).
ANEXO 3
MODELO DE CONTRATO ADMINISTRATIVO PARA LA PRESTACIÓN
DE SERVICIOS GENERALES
MODELO DE CONTRATO SANO-DLABS Nº 32/2019
CUCE:_______
Contrato Administrativo para la Prestación del Servicio de Internet SAP 3, sujeto al tenor de las siguientes cláusulas:
CLÁUSULA PRIMERA.- (DE LAS PARTES) Las partes contratantes son:
El BANCO CENTRAL DE BOLIVIA, con Número de Identificación Tributaria (NIT) 0000000000, con domicilio en la calle Ayacucho esquina Mercado s/n de la zona central, en la Ciudad de La Paz – Bolivia, representado legalmente por el Lic. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx con Cédula de Identidad Nº 0000000 expedida en La Paz, como Subgerente de Servicios Generales de acuerdo a su designación efectuada mediante Acción de Personal N° 1379/2015 de fecha 15 de diciembre de 2015 y al artículo 12 del Reglamento Específico del Sistema de Administración de Bienes y Servicios del Banco Central de Bolivia, aprobado mediante Resolución de Directorio N° 147/2015 de fecha 18 xx xxxxxx de 2015 y a la Resolución PRES – GAL N° 12/2015 de fecha 27 xx xxxxxx de 2015, que en adelante se denominará la ENTIDAD.
_________, sociedad legalmente constituida y existente conforme a la legislación boliviana, con registro en FUNDEMPRESA bajo la Matrícula de Comercio N° ____, inscrita en el Padrón Nacional de Contribuyentes con NIT ______, con domicilio en ______ de la zona de _____ de la Ciudad de ___ – Bolivia, representada por _______, con Cédula de Identidad N° _____, expedida en ____, en virtud al Testimonio de Poder Nº ____ de __ de ____ de ___, otorgado ante ____, Notario de Fe Pública de Primera Clase Nº __ del Distrito Judicial de ___, en adelante denominado el PROVEEDOR.
La ENTIDAD y el PROVEEDOR en su conjunto se denominarán las PARTES.
CLÁUSULA SEGUNDA.- (ANTECEDENTES) La ENTIDAD, en proceso realizado bajo las normas y regulaciones de contratación establecidas en el Decreto Supremo N° 0181, de fecha 28 xx xxxxx de 2009, de las Normas Básicas del Sistema de Administración de Bienes y Servicios (NB-SABS), sus modificaciones y el Documento Base de Contratación (DBC), para la Adquisición de Bienes, en la modalidad de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (ANPE), convocó en fecha _________ a personas naturales y jurídicas con capacidad de contratar con el Estado, a presentar propuestas en el proceso de contratación, con Código Único de Contrataciones Estatales (CUCE) _________, en base a lo solicitado en el DBC.
Concluida la etapa de evaluación de propuestas, el Responsable del Proceso de Contratación de Apoyo Nacional a la Producción y Empleo (RPA), en base al Informe de Evaluación y Recomendación de Adjudicación Nº___________, emitido por _______________ (señalar según corresponda al Responsable de Evaluación o la Comisión de Calificación), resolvió adjudicar mediante Comunicación Interna _________ la contratación a _______________ (señalar el nombre o razón social del proponente adjudicado), al cumplir su propuesta con todos los requisitos establecidos en el DBC.
CLÁUSULA TERCERA.- (LEGISLACIÓN APLICABLE) El presente Contrato se celebra exclusivamente al amparo de las siguientes disposiciones:
Constitución Política del Estado.
Ley Nº 1178 de 20 de julio de 1990, de Administración y Control Gubernamentales.
Ley del Presupuesto General aprobado para la gestión.
Decreto Supremo Nº 0181, de las NB-SABS y sus modificaciones.
Reglamento Específico del Sistema de Administración de Bienes y Servicios del Banco Central de Bolivia (RE – SABS).
Otras disposiciones relacionadas.
CLÁUSULA CUARTA.- (OBJETO Y CAUSA) El objeto del presente Contrato es la prestación del Servicio de Internet SAP 3 para la ENTIDAD, que en adelante se denominará el SERVICIO, para el acceso a información y servicio de comunicaciones en la ENTIDAD y en el Sitio Alterno de Procesamiento (SAP), el SERVICIO será provisto por el PROVEEDOR con estricta y absoluta sujeción a este Contrato, a los documentos que forman parte de él y dando cumplimiento a las normas, condiciones, precio, regulaciones, obligaciones, especificaciones, tiempo de prestación del servicio y características técnicas establecidas en los documentos del presente Contrato y de acuerdo a las siguientes características y requisitos:
Enlace de Internet 1: Online para Oficinas de la ENTIDAD en el Edificio Central:
Enlace: Un (1) enlace independiente de internet corporativo banda ancha ONLINE con acceso a red nacional e internacional de Internet.
Ancho xx xxxxx: El enlace debe tener una velocidad mínima de doce (12) Mbps Full Dúplex.
Direcciones IP: El enlace debe incluir ocho (8) direcciones IP públicas (IPv4).
Enlace de Internet 2: Online para Oficinas de la ENTIDAD en el SAP:
Enlace: Un (1) enlace independiente de internet corporativo banda ancha ONLINE con acceso a red nacional e internacional de Internet.
Ancho xx xxxxx: El enlace debe tener una velocidad mínima de quince (15) Mbps Full Dúplex.
Direcciones IP: El enlace debe incluir ocho (8) direcciones IP públicas (IPv4).
Condiciones adicionales para ambos enlaces:
Acceso internacional: Para los enlaces de internet el PROVEEDOR debe tener una infraestructura propia de comunicaciones hacia el “Backbone” internacional que garantice un salto directo a la nube internacional de Internet.
Mantenimiento correctivo: Para ambos enlaces de Internet mientras dure el período de prestación del SERVICIO, sin costo alguno para la ENTIDAD, de acuerdo a las siguientes características:
Cobertura: Por demanda, sin límite de casos para corregir un desperfecto y retornar el enlace afectado a su estado operativo.
Notificación del incidente: El FISCAL del SERVICIO notificará el incidente vía teléfono, fax, correo electrónico u otro medio. Las solicitudes deberán ser atendidas en un máximo de treinta (30) minutos a partir de la confirmación notificación.
Solución definitiva: El incidente deberá ser solucionado dentro del día de reportado el problema (ONDAY).
Equipamiento: Los servicios del enlace de Internet debe incluir los equipos de comunicación y accesorios correspondientes para conectarse con la red LAN de dichas oficinas y su instalación.
Disponibilidad: Los enlaces de internet deberán estar disponibles los siete (7) días de la semana las veinticuatro (24) horas del día, el PROVEEDOR deberá tener una disponibilidad de al menos noventa y nueve por ciento (99%) al año y estará sujeto x xxxxxx fuera de horarios de oficina, para fines de mantenimiento, previa notificación del PROVEEDOR.
Linea Help Desk: El PROVEEDOR deberá contar con una línea de atención al cliente (Help Desk) accesible en modalidad 7x24, la cual deberá tener una conexión directa al NOC.
Costo de Instalación: La instalación de los enlaces no deberá representar un costo adicional para la ENTIDAD.
Herramienta de monitoreo: El PROVEEDOR deberá proporcionar el acceso necesario (Usuario y Contraseña) para una herramienta de monitoreo web para verificar el estado del enlace y la operativa de SERVICIO, misma que no deberá representar un costo adicional para la ENTIDAD y deberá estar operativa durante la vigencia del SERVICIO.
XXXXXXXX XXXXXX.- (DOCUMENTOS INTEGRANTES DEL CONTRATO) Para cumplimiento del presente Contrato, forman parte del mismo los siguientes documentos:
Documento Base de Contratación.
Propuesta Adjudicada.
Documento de Adjudicación, Comunicación Interna _____ de __ de ___ de 2019.
Certificado Registro Único de Proveedores del Estado (XXXX) N° _____ de __ de __ de 2019.
Certificados de No Adeudo por Contribuciones al Seguro Social Obligatorio de Largo Plazo y al Sistema Integral de Pensiones.
Garantía.
Documento de Constitución, cuando corresponda.
Poder General del Representante Legal, cuando corresponda.
Preventivo N° ___ de fecha ___ de ____ de 2019.
Autorización de funcionamiento de la ATT.
Resolución PRES - GAL N° 4/2019 de 28 de enero de 2019, en la cual se autoriza el compromiso de los gastos en bienes y servicios destinados a asegurar la continuidad y atención de las actividades institucionales por periodos mayores a un año y/o que su ejecución sobrepase la gestión fiscal.
CLÁUSULA SEXTA.- (OBLIGACIONES DE LAS PARTES) Las PARTES se comprometen y obligan a dar cumplimiento a todas y cada una de las cláusulas del presente Contrato.
Por su parte el PROVEEDOR se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones:
Realizar la prestación del SERVICIO objeto del presente contrato, de acuerdo con lo establecido en el DBC, así como las condiciones de su propuesta.
Prestar el SERVICIO, objeto del presente Contrato, en forma eficiente, oportuna y en el lugar de destino convenido con las características técnicas ofertadas y aceptadas.
Asumir directa e íntegramente el costo de todos los posibles daños y perjuicios que pudiera sufrir el personal a su cargo o terceros, durante la ejecución del presente Contrato, por acciones que se deriven de incumplimientos, accidentes, atentados, etc.
Mantener vigente y actualizada la Garantía presentada.
Por su parte la ENTIDAD se compromete a cumplir con las siguientes obligaciones:
Dar conformidad al SERVICIO de acuerdo con las condiciones establecidas en el DBC, así como las condiciones de la propuesta adjudicada.
Emitir Informe de Conformidad Parcial y Final del servicio, cuando el mismo cumpla con las condiciones establecidas en el DBC, así como con las condiciones de la propuesta adjudicada.
Realizar el pago por el SERVICIO, en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario de emitido el Informe de Conformidad Final con el servicio objeto del presente Contrato.
CLÁUSULA SÉPTIMA.- (VIGENCIA) La vigencia del presente contrato, se extenderá desde el día hábil siguiente a su suscripción, hasta que la Gerencia de Administración de la ENTIDAD emita el Certificado de Cumplimiento de Contrato.
CLÁUSULA OCTAVA.- (GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO) El PROVEEDOR, garantiza el correcto cumplimiento y fiel ejecución del presente contrato en todas sus partes con la _________, No. _________, emitida por __________, con vigencia hasta el _________, a la orden de __________, por _________ (**/100 Bolivianos), equivalente al siete por ciento (7%) del monto total del CONTRATO. (Dependiendo de la Garantía presentada por el PROVEEDOR)
El importe de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, será pagado en favor de la ENTIDAD a su sólo requerimiento, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial.
Si se procediera a la prestación del SERVICIO dentro del plazo contractual y en forma satisfactoria, hecho que se hará constar mediante el Informe de Conformidad correspondiente, dicha garantía será devuelta después de la Liquidación del contrato, juntamente con el Certificado de Cumplimiento de Contrato.
El PROVEEDOR, tiene la obligación de mantener actualizada la Garantía de Cumplimiento de Contrato, cuantas veces lo requiera la ENTIDAD, por razones justificadas. El FISCAL, es quien llevará el control directo de la vigencia de la misma bajo su responsabilidad.
El PROVEEDOR podrá solicitar al FISCAL la sustitución de la Garantía de Cumplimiento de Contrato, misma que será equivalente al siete por ciento (7%) del monto de ejecución restante del SERVICIO al momento de la solicitud, siempre y cuando se hayan cumplido las siguientes condiciones a la fecha de la solicitud:
Se haya alcanzado un cumplimiento del SERVICIO, de al menos setenta por ciento (70%);
El SERVICIO se haya cumplido sin faltas atribuibles al PROVEEDOR.
El FISCAL deberá emitir informe sobre la solicitud de sustitución de la garantía en un plazo no mayor a tres (3) días hábiles, aceptando o rechazando la misma. En caso de aceptar la solicitud de sustitución de la garantía, el FISCAL remitirá a la Unidad Administrativa de la ENTIDAD la solicitud de sustitución y antecedentes a efectos de que se realice la sustitución por única vez de la garantía contra entrega de una nueva garantía.
CLÁUSULA NOVENA.- (ANTICIPO) En el presente contrato no se otorgará anticipo
CLÁUSULA DÉCIMA.- (PLAZO DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO) El PROVEEDOR prestará el SERVICIO en estricto cumplimiento con la propuesta adjudicada, las Especificaciones Técnicas y el presente Contrato, por el plazo de un (1) año calendario.
El plazo señalado precedentemente será computado a partir de la fecha establecida en la Orden de Proceder emitida por el FISCAL.
CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA.- (LUGAR DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO) El PROVEEDOR prestará el SERVICIO de acuerdo al siguiente detalle:
Enlace de Internet 1: En el Edificio Principal de la ENTIDAD, ubicado en la Xxxxx Xxxxxxxx xxxxxxx Xxxxxxx.
Xxxxxxx xx Xxxxxxxx 0: En las oficinas del Sitio Alterno de Procesamiento de la ENTIDAD, ubicado en la Xxxxx Xxxxxxxxxxx Xxxxxxx (xxxxx 00) xx Xxxxxxxx Xxx. 00.
CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA.- (MONTO, MONEDA Y FORMA DE PAGO) El monto propuesto y aceptado por ambas PARTES para la prestación del SERVICIO, objeto del presente Contrato es de Bs000.000,00 (******** Mil ********* 00/100 Bolivianos).
DETALLE DEL SERVICIO |
PRECIO TOTAL EN Bs |
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Monto Mensual |
Monto Anual (12) meses |
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Enlace de Internet 1: Online para oficinas del Banco Central de Bolivia en el Edificio Central. |
00.000,00 |
000.000,00 |
Enlace de Internet 2: Online para oficinas del Banco Central de Bolivia en el Sitio Alterno de Procesamiento (SAP). |
000,00 |
0.000,00 |
MONTO TOTAL |
000.000,00 |
Queda establecido que el monto consignado en la propuesta adjudicada incluye todos los elementos, sin excepción alguna, que sean necesarios para la realización y cumplimiento del SERVICIO.
Es de exclusiva responsabilidad del PROVEEDOR, prestar el SERVICIO por el monto establecido como costo del SERVICIO, ya que no se reconocerán ni procederán pagos por servicios que hiciesen exceder dicho monto.
Las PARTES acuerdan que por la prestación del SERVICIO, procederá el pago cuya cancelación se la realizará en doce (12) cuotas mensuales y mientras dure la prestación del SERVICIO, previa emisión del Informe de Conformidad Parcial efectuado por el FISCAL y a la finalización del contrato el FISCAL emitirá un informe de conformidad final. El PROVEEDOR deberá emitir una factura por el monto total mensual por cada enlace.
El PROVEEDOR, hasta el décimo día hábil del mes siguiente, presentará al FISCAL, la documentación respectiva de las actividades desarrolladas y una planilla de ejecución de servicios, donde deberá señalar todos los servicios prestados, el monto y la periodicidad de pago convenida. El FISCAL revisará la documentación respectiva de las actividades desarrolladas y elaborará el Informe de Conformidad, adjuntando el Certificado de Conformidad Parcial del mes correspondiente.
El FISCAL, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, después de recibir dicha planilla de ejecución de servicios, indicará por escrito su aprobación o la devolverá para que se realicen las correcciones o enmiendas respectivas. El PROVEEDOR, en caso de devolución deberá realizar las correcciones requeridas por el FISCAL y presentará nuevamente la planilla para su aprobación, con la nueva fecha.
El FISCAL una vez que apruebe la planilla de ejecución del servicio, remitirá la misma al Departamento de Bienes y Servicios de la Unidad Administrativa de la ENTIDAD, para el pago correspondiente, dentro de los treinta (30) días hábiles computables desde la aprobación de dicha planilla por el FISCAL.
CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA.- (DOMICILIO A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN) Cualquier aviso o notificación entre las PARTES será realizada por escrito y será enviado:
Al PROVEEDOR: ---------------------------------
A la ENTIDAD: En la Xxxxx Xxxxxxxx xxxxxxx Xxxxxxx xx xx xxxxxx xx Xx Xxx - Xxxxxxx.
CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA.- (DERECHOS DEL PROVEEDOR) El PROVEEDOR, tiene el derecho de plantear los reclamos que considere correctos, por cualquier omisión de la ENTIDAD, por falta de pago por la prestación del SERVICIO conforme los alcances del presente Contrato o por cualquier otro aspecto consignado en el mismo.
Tales reclamos deberán ser planteados por escrito con el respaldo correspondiente, al FISCAL, hasta veinte (20) días hábiles posteriores al suceso.
El FISCAL, dentro del lapso impostergable de cinco (5) días hábiles, tomará conocimiento, analizará el reclamo y emitirá su respuesta de forma sustentada al PROVEEDOR aceptando o rechazando el reclamo. Dentro de este plazo, el FISCAL podrá solicitar las aclaraciones respectivas al PROVEEDOR, para sustentar su decisión.
En los casos que así corresponda por la complejidad del reclamo, el FISCAL, podrá solicitar en el plazo de cinco (5) días adicionales, la emisión de informe a las dependencias técnica, financiera y/o legal de la ENTIDAD, según corresponda, a objeto de fundamentar la respuesta que se deba emitir para responder al PROVEEDOR.
Todo proceso de respuesta a reclamos, no deberá exceder los diez (10) días hábiles, computables desde la recepción del reclamo documentado por el FISCAL.
El FISCAL y la ENTIDAD, no atenderán reclamos presentados fuera del plazo establecido en esta cláusula.
CLÁUSULA DÉCIMA QUINTA.- (ESTIPULACIÓN SOBRE IMPUESTOS) Correrá por cuenta del PROVEEDOR el pago de todos los impuestos vigentes en el país a la fecha de presentación de su propuesta.
En caso de que posteriormente, el Estado Plurinacional de Bolivia, implante impuestos adicionales, disminuya o incremente los vigentes, mediante disposición legal expresa, el PROVEEDOR deberá acogerse a su cumplimiento desde la fecha de vigencia de dicha normativa.
CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA.- (FACTURACIÓN) El PROVEEDOR en la misma fecha en que sea aprobada su planilla de ejecución de servicios, deberá emitir la respectiva factura oficial por el monto total mensual del pago establecido en la Cláusula Décima Segunda en favor de la ENTIDAD, no pudiendo deducirse los descuentos por concepto de multas aplicables, si hubiesen.
En caso de existir anticipos, el PROVEEDOR, deberá emitir la respectiva factura a favor de la ENTIDAD por el monto percibido.
CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA.- (MODIFICACIONES AL CONTRATO) El presente Contrato podrá ser modificado sólo en los aspectos previstos en las Especificaciones Técnicas, siempre y cuando exista acuerdo entre las PARTES. Dichas modificaciones deberán, estar orientadas por la causa del contrato y estar destinadas al cumplimiento del objeto de la contratación, debiendo estar sustentadas por informes técnico y legal que establezcan la viabilidad técnica y de financiamiento.
Las PARTES acuerdan que por la recurrencia de la prestación del SERVICIO la ampliación del plazo precederá por una sola vez no debiendo exceder el plazo establecido en el presente contrato, de acuerdo con lo establecido en el inciso c) Artículo 89 de las NB-SABS.).
La modificación al alcance del contrato, permite el ajuste de las diferentes cláusulas del mismo que sean necesarias para dar cumplimiento del objeto de la contratación.
CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA.- (INTRANSFERIBILIDAD DEL CONTRATO) El PROVEEDOR bajo ningún título podrá ceder, transferir, subrogar, total o parcialmente este Contrato.
En caso excepcional, emergente de causa de Fuerza Mayor, Caso Fortuito o necesidad pública, procederá la cesión o subrogación del contrato total o parcialmente, previa aprobación de la MAE, bajo los mismos términos y condiciones del presente contrato.
CLÁUSULA DÉCIMA NOVENA.- (MULTAS) Las PARTES acuerdan que por concepto de penalidad ante el incumplimiento de la prestación del SERVICIO, se aplicarán las siguientes multas:
Multas por retraso en el inicio del SERVICIO: Será sancionado con una multa equivalente al uno por ciento (1%) del monto mensual del monto del enlace de internet afectado por cada día hábil de retraso.
Multas por incumplimiento del mantenimiento correctivo: Por día hábil sin SERVICIO, se aplicará una penalización xxx xxxx por ciento (10%) del monto mensual a partir del siguiente día hábil de no solucionado el incidente.
Multas por reclamo en la calidad del SERVICIO: En caso de que el FISCAL emita una nota de reclamo justificada por mala calidad del SERVICIO, el PROVEEDOR será multado con el uno por ciento (1%) del monto total del Contrato.
Cuando la acumulación de multas exceda al veinte por ciento (20%) de la suma total del Contrato, la ENTIDAD resolverá el contrato y la ejecución de la garantía de cumplimiento de contrato a favor de la ENTIDAD, sin necesidad de ningún trámite o acción judicial, a su solo requerimiento.
Estas penalidades se aplicarán salvo casos de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente comprobadas por el FISCAL.
Las multas serán cobradas mediante descuentos establecidos expresamente por el FISCAL, bajo su directa responsabilidad, en las planillas de ejecución del SERVICIO sujetas a su aprobación o en la liquidación del contrato.
CLÁUSULA VIGÉSIMA.- (CUMPLIMIENTO XX XXXXX LABORALES) EL PROVEEDOR deberá dar estricto cumplimiento a la legislación laboral y social vigente en el Estado Plurinacional de Bolivia, respecto a su personal, en este sentido será responsable y deberá mantener a la ENTIDAD exonerada contra cualquier multa o penalidad de cualquier tipo o naturaleza, que fuera impuesta por causa de incumplimiento o infracción de dicha legislación laboral o social.
Por otra parte, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 108 de 1 xx xxxx de 2009 y la Resolución Ministerial N° 527/09 de 10 xx xxxxxx de 2009, el PROVEEDOR se obliga a proveer a sus trabajadores de ropa de trabajo y equipo de protección personal, este aspecto será verificado por el FISCAL en coordinación con personal de la Subgerencia de Gestión de Riesgos de la ENTIDAD antes de efectuar el primer pago del SERVICIO.
CLÁUSULA VIGÉSIMA PRIMERA.- (CAUSAS DE FUERZA MAYOR Y/O CASO FORTUITO) Con el fin de exceptuar al PROVEEDOR de determinadas responsabilidades por incumplimiento involuntario de las prestaciones del contrato, el FISCAL tendrá la facultad de calificar las causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas a fin de exonerar al PROVEEDOR del cumplimiento de sus obligaciones en relación a la prestación del SERVICIO.
Se entenderá por hechos de Fuerza Mayor, Caso Fortuito u otras causas debidamente justificas, como aquellos eventos imprevisibles o inevitables que se encuentren fuera del control y voluntad de las partes, haciendo imposible el cumplimiento de las obligaciones dentro de las condiciones inicialmente pactadas. Los hechos de Fuerza Mayor, Caso Fortuito u otras causas debidamente justificas, incluyen y no se limitan a: incendios, inundaciones, desastres naturales, conmociones civiles, huelgas, bloqueos y/o revoluciones o cualquier otro hecho que afecte el cumplimiento de las obligaciones inicialmente pactadas.
Para que cualquiera de estos hechos puedan constituir justificación de impedimento o demora en la prestación del SERVICIO, de manera obligatoria y justificada el PROVEEDOR deberá solicitar al FISCAL la emisión de un certificado de constancia de la existencia del hecho de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas dentro de los cinco (5) días hábiles de ocurrido el hecho, para lo cual deberá presentar todos los respaldos necesarios que acrediten su solicitud y la petición concreta en relación al impedimento de la prestación.
El FISCAL en el plazo de dos (2) días hábiles deberá emitir el certificado de constancia de la existencia del hecho de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas o rechazar la solicitud de su emisión de manera fundamentada. Mediante aceptación expresa y según corresponda, se procederá a exonerar al PROVEEDOR del pago de multas.
La solicitud del PROVEEDOR, para la calificación de los hechos de impedimento, como causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas, no serán consideradas como reclamos.
CLAÚSULA VIGÉSIMA SEGUNDA.- (TERMINACIÓN DEL CONTRATO) El presente Contrato concluirá bajo una de las siguientes causas:
Por Cumplimiento de Contrato: Forma ordinaria de cumplimiento, donde la ENTIDAD como el PROVEEDOR dan por terminado el presente Contrato, una vez que ambas PARTES hayan dado cumplimiento a todas las condiciones y estipulaciones contenidas en el mismo, lo cual se hará constar en el Certificado de Cumplimiento de Contrato, emitido por la ENTIDAD.
Por Resolución del Contrato: Es la forma extraordinaria de terminación del presente contrato que procederá únicamente por las siguientes causales:
Resolución a requerimiento de la ENTIDAD por causales atribuibles al PROVEEDOR: La ENTIDAD, podrá proceder al trámite de resolución del Contrato, en los siguientes casos:
Por disolución del PROVEEDOR.
Por quiebra declarada del PROVEEDOR.
Por incumplimiento en la atención del SERVICIO, a requerimiento de la ENTIDAD o por el FISCAL.
Por suspensión de la prestación de los SERVICIOS sin justificación, por el lapso de cinco (5) días calendario continuos, sin autorización escrita de la ENTIDAD.
Por negligencia reiterada (3 veces) en el cumplimiento de las Especificaciones Técnicas, u otras especificaciones, o instrucciones escritas del FISCAL.
Por falta de pago de salarios a su personal y otras obligaciones contractuales que afecten al SERVICIO.
Cuando el monto de la multa por atraso en la prestación del SERVICIO alcance el veinte por ciento (20%) del monto total del Contrato.
Resolución a requerimiento del PROVEEDOR por causales atribuibles a la ENTIDAD: El PROVEEDOR, podrá proceder al trámite de resolución del presente Contrato, en los siguientes casos:
Si apartándose de los términos del contrato la ENTIDAD, a través del FISCAL, pretende pretende modificar o afectar las condiciones del SERVICIO.
Por incumplimiento injustificado en el pago por la prestación del SERVICIO, por más de sesenta (60) días calendario computados a partir de la fecha en que debió hacerse efectivo el pago, existiendo conformidad del SERVICIO, emitida por el FISCAL
Por utilizar o requerir aquellos servicios que son objeto del presente Contrato, en beneficio de terceras personas.
Reglas aplicables a la Resolución: De acuerdo a las causales de Resolución de Contrato señaladas precedentemente, y considerando la naturaleza del contrato de prestación de SERVICIOS que implica la realización de prestaciones continuadas o sujetas a cronograma, su terminación sólo afectará a las prestaciones futuras, debiendo considerarse cumplidas las prestaciones ya realizadas por ambas PARTES.
Para procesar la Resolución del Contrato por cualquiera de las causales señaladas, la ENTIDAD o el PROVEEDOR, dará aviso escrito mediante carta notariada, a la otra parte, de su intención de resolver el presente CONTRATO, estableciendo claramente la causal que se aduce.
Si dentro de los diez (10) días hábiles siguientes de la fecha de notificación, se enmendaran las fallas, se normalizara el desarrollo del SERVICIO y se tomaran las medidas necesarias para continuar normalmente con las estipulaciones del Contrato y el requirente de la resolución, expresara por escrito su conformidad a la solución, el aviso de intención de resolución será retirado. Caso contrario, si al vencimiento de este término no existiese ninguna respuesta, el proceso de resolución continuará a cuyo fin la ENTIDAD o el PROVEEDOR, según quién haya requerido la resolución del contrato, notificará mediante carta notariada a la otra parte, que la resolución del contrato se ha hecho efectiva.
Esta carta notariada dará lugar a que cuando la resolución sea por causales atribuibles al PROVEEDOR se consolide en favor de la ENTIDAD la Garantía de Cumplimiento de Contrato.
Solo en caso que la resolución no sea originada por negligencia del PROVEEDOR éste tendrá derecho a una evaluación de los gastos proporcionales que demande los compromisos adquiridos por el PROVEEDOR para la prestación del SERVICIO contra la presentación de documentos probatorios y certificados.
Si el FISCAL determinará los costos proporcionales que en dicho acto se demandase y otros gastos que a juicio del FISCAL fueran considerados sujetos a reembolso en favor del PROVEEDOR. Una vez efectivizada la Resolución del contrato, las partes procederán realizar la liquidación del contrato donde establecerán los saldos en favor o en contra para su respectivo pago y/o cobro, según corresponda
Resolución por causas de fuerza mayor o caso fortuito:
Considerando la naturaleza del contrato de prestación de SERVICIO que implica la realización de prestaciones continuadas o sujetas a cronograma, su terminación sólo afectará a las prestaciones futuras, debiendo considerarse cumplidas las prestaciones ya realizadas por ambas PARTES.
Si en cualquier momento, antes de la terminación de la prestación del SERVICIO objeto del Contrato, el PROVEEDOR se encontrase con situaciones no atribuibles a su voluntad, por causas de fuerza mayor, caso fortuito u otras causas debidamente justificadas, que imposibilite el cumplimiento de sus obligaciones, comunicará por escrito su intención de resolver el contrato.
La ENTIDAD, previa evaluación y aceptación de la solicitud, mediante carta notariada dirigida al PROVEEDOR, suspenderá la ejecución del SERVICIO y resolverá el Contrato. A la entrega de dicha comunicación oficial de resolución, el PROVEEDOR suspenderá la ejecución del SERVICIO de acuerdo a las instrucciones escritas que al efecto emita la ENTIDAD.
Asimismo, si la ENTIDAD se encontrase con situaciones no atribuibles a su voluntad, por causas de fuerza mayor, caso fortuito o considera que la continuidad de la relación contractual va en contra los intereses del Estado, comunicará por escrito la suspensión de la ejecución del SERVICIO y resolverá el CONTRATO.
Una vez efectivizada la Resolución del contrato, las PARTES procederán a realizar la liquidación del contrato donde establecerán los saldos en favor o en contra para su respectivo pago y/o cobro, según corresponda.
El PROVEEDOR conjuntamente con el FISCAL, procederán a la verificación del SERVICIO prestado hasta la fecha de suspensión y evaluarán los compromisos que el PROVEEDOR tuviera pendiente relativo al SERVICIO, debidamente documentados. Asimismo el FISCAL determinará los costos proporcionales que en dicho acto se demandase y otros gastos que a juicio del FISCAL fueran considerados sujetos a reembolso en favor del PROVEEDOR. Con estos datos el FISCAL elaborará el cierre de contrato.
CLÁUSULA VIGÉSIMA TERCERA.- (SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS) En caso de surgir controversias sobre los derechos y obligaciones u otros aspectos propios de la ejecución del presente contrato, las PARTES acudirán a la jurisdicción prevista en el ordenamiento jurídico para los contratos administrativos.
CLÁUSULA VIGÉSIMA CUARTA.- (FISCALIZACIÓN DEL SERVICIO) La ENTIDAD designará al FISCAL encargado de realizar el seguimiento y control del SERVICIO y notificará esta designación al PROVEEDOR mediante comunicación escrita expresa. El FISCAL también se constituye en Responsable de Recepción del SERVICIO.
EL FISCAL coordinará todos los aspectos referentes a la relación entre la ENTIDAD y el PROVEEDOR y sus funciones específicas son:
Emitir el Informe de conformidad Parcial y Final.
Emitir la Orden de Proceder para el inicio del SERVICIO.
Realizar el seguimiento continuo para el cumplimiento de todas y cada una de las cláusulas del Contrato.
Actuar de intermediario para todo reclamo presentado por el PROVEEDOR por cualquier omisión de la ENTIDAD, por falta de pago del SERVICIO, o cualquier otro aspecto consignado en el marco del Contrato.
Ser el medio de comunicación, notificación y coordinación de todos los aspectos.
Recibir, aprobar o elaborar el Certificado de Liquidación Final.
XXXXXXXX XXXXXXXX XXXXXX.- (REPRESENTANTE DEL QUE PRESTA EL SERVICIO) El PROVEEDOR designó de su personal de planta, mediante notificación escrita, a un representante para la provisión del SERVICIO, dicho personero será denominado AGENTE DEL SERVICIO y será presentado oficialmente por el PROVEEDOR.
El AGENTE DEL SERVICIO representará al PROVEEDOR durante toda la prestación del servicio y mantendrá coordinación permanente y efectiva con la ENTIDAD a través del FISCAL, a objeto de atender satisfactoriamente los requerimientos y dar fiel cumplimiento al CONTRATO.
El AGENTE DEL SERVICIO elaborará y presentará el Certificado de Liquidación Final del SERVICIO al FISCAL.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SÉXTA.- (RECEPCIÓN DEL SERVICIO) El RESPONSABLE DE RECEPCIÓN, una vez concluido el SERVICIO, emitirá el Informe de Conformidad Final, según corresponda, a fin de realizar la liquidación del contrato.
CLÁUSULA VIGÉSIMA SÉPTIMA.- (SUSPENSIÓN DE ACTIVIDADES) La ENTIDAD está facultada para suspender temporalmente la prestación del SERVICIO por parte del PROVEEDOR, en cualquier momento, por motivos de fuerza mayor, caso fortuito y/o razones convenientes a los intereses del Estado; para lo cual notificará al PROVEEDOR por escrito por intermedio del FISCAL, con una anticipación de cinco (5) días calendario, excepto en los casos de urgencia por alguna emergencia imponderable, en los que se podrá notificar hasta en el día. Esta suspensión puede ser total o parcial.
Asimismo, el PROVEEDOR podrá comunicar a la ENTIDAD a través del FISCAL la suspensión temporal de la prestación del SERVICIO, cuando se presentan situaciones de fuerza mayor, caso fortuito o por causas atribuibles a la ENTIDAD que afecten al PROVEEDOR en la prestación del SERVICIO, la misma que una vez calificado por el FISCAL y autorizado por la ENTIDAD puede ser parcial o total.
En ambos casos, si la suspensión amerita ampliación del plazo de prestación del SERVICIO, se suscribirá el respectivo contrato modificatorio.
Si la prestación del SERVICIO se suspende parcial o totalmente por negligencia del PROVEEDOR en observar y cumplir correctamente las estipulaciones del Contrato y/o de los documentos que forman parte del mismo, el tiempo que la prestación del SERVICIO permanezca suspendida, no merecerá ninguna ampliación del plazo.
CLÁUSULA VIGÉSIMA OCTAVA.- (LIQUIDACIÓN DE CONTRATO) Una vez emitido el Informe Final de Conformidad o a la terminación del contrato por resolución, el PROVEEDOR, elaborará y presentará el Certificado de Liquidación Final del SERVICIO, al FISCAL para su aprobación. La ENTIDAD a través del FISCAL se reserva el derecho de realizar los ajustes que considere pertinentes previa a la aprobación del certificado de liquidación final.
En caso de que el PROVEEDOR, no presente al FISCAL el Certificado de Liquidación Final dentro del plazo previsto, éste deberá elaborar y aprobar en base a la planilla de cómputo de servicios prestados el Certificado de Liquidación Final, el cual será notificado al PROVEEDOR.
En la liquidación del contrato se establecerán los saldos a favor o en contra, la devolución o ejecución de garantías, restitución de retenciones por concepto de garantía, el cobro de multas y penalidades, si existiesen y todo otro aspecto que implique la liquidación de deudas y acrecencias entre las PARTES por terminación del contrato por cumplimiento o resolución del mismo.
El cierre de contrato deberá ser acreditado con un Certificado de Cumplimiento de Contrato, otorgado por la autoridad competente de la ENTIDAD luego de concluido el trámite precedentemente especificado.
Este cierre de Contrato no libera de responsabilidades al PROVEEDOR, por negligencia o impericia que ocasionasen daños posteriores sobre el objeto de contratación, reservándose a la ENTIDAD el derecho de que aún después del pago final, en caso de establecerse anomalías, se pueda obtener por la vía coactiva fiscal, por la naturaleza administrativa del Contrato, la restitución de saldos que resultasen como indebidamente pagados al PROVEEDOR.
CLÁUSULA VIGÉSIMA NOVENA.- (CONSENTIMIENTO) En señal de conformidad y para su fiel y estricto cumplimiento, suscribimos el presente Contrato en cinco ejemplares de un mismo tenor y validez el Lic. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx, en representación legal de la ENTIDAD y el Sr. _________________ en representación legal del PROVEEDOR.
Este documento, conforme a disposiciones legales de control fiscal vigentes, será registrado ante la Contraloría General del Estado.
Sr. ____________________ C.I. ______ --. PROVEEDOR
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Lic. Xxxxxx Xxxxx Xxxxxxx Xxxxxx Subgerente de Servicios Generales BANCO CENTRAL DE BOLIVIA
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VTAA/sgap
1 Se aclara que estas garantías deben tener las siguientes características:
Boleta de Garantía y Garantía a Primer Requerimiento deben expresar su carácter de Renovable, Irrevocable y de Ejecución Inmediata y
Póliza de Seguro de Caución a Primer Requerimiento debe ser Renovable, Irrevocable y de Ejecución a Primer Requerimiento.
Por tanto, estas garantías no deberán estar condicionadas de ninguna forma a fin de que cumplan con las características señaladas. Asimismo, se aplicara estas características a todos los tipos de garantías que el DBC requiera.