SOLICITUD DE COTIZACION (SDC)
SOLICITUD DE COTIZACION (SDC)
SEÑORES INTERESADOS EN PARTICIPAR EN EL PROCESO | FECHA: 06 de octubre de 2016 |
OBJETO: Contratar un (1) Operador Logístico a nivel nacional, bajo la modalidad de acuerdo a largo plazo para prestar los servicios de transporte, logística, alimentación, alojamiento y otros que deriven de su actividad, para atender las necesidades de UNODC Colombia. |
Estimados señores:
Nos es grato dirigirnos a usted a fin de solicitarle la presentación de una cotización para la provisión de servicios de transporte, logística, alimentación, alojamiento y otros que deriven de su actividad, para atender las necesidades de UNODC Colombia, bajo la modalidad de acuerdo a largo plazo, tal como se detalla en el Anexo 1 de esta Solicitud de Cotización (SdC). En la preparación de su cotización le rogamos utilice y rellene los formularios adjuntos.
La cotización deberá ser entregada en sobre sellado en original, a más tardar el lunes 24 de octubre de 2016 a las 11:00 a.m., en la Xxxxx 000 Xx. 00X – 00 xx xx xxxxxx xx Xxxxxx.
El sobre deberá contener la siguiente información:
Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito Atn. Unidad de Adquisiciones
Dirección: Xxxxx 000 Xx.00X - 00
Xxxxxx: Xxxxxx
e-mail: xxxxxxxxxxxxx.xxx@xxxxx.xxx,
Asunto: Contratar un (1) Operador Logístico a nivel nacional, bajo la modalidad de acuerdo a largo plazo para prestar los servicios de transporte, logística, alimentación, alojamiento y otros que deriven de su actividad, para atender las necesidades de UNODC Colombia.
Proceso: Solicitud de cotización
Oferente: Domicilio: Ciudad: País: Teléfono: Fax:
NO ABRIR ANTES DE: lunes 24 de octubre de 2016 antes de las 11:00 a.m
Su cotización deberá estar redactada en español, enviada en original y será válida por un periodo mínimo de 120 días calendario.
Será su responsabilidad asegurarse de que su propuesta llega a la dirección antes mencionada o antes de la fecha límite. Las propuestas que se reciban en UNODC después del plazo indicado, por cualquier razón, no se tomarán en consideración a efectos de evaluación.
Le rogamos tome nota de los siguientes requisitos y condiciones relativos al suministro de los bienes antes citados:
Fecha visita técnica | N.A. |
Fecha límite para la presentación de demandas y preguntas aclaratorias | Los oferentes interesados podrán solicitar a UNODC aclaraciones sobre cualquiera de los documentos de la SdC hasta el 13 de octubre de 2016, vía correo electrónico. |
Detalles de contacto para la presentación de aclaraciones y preguntas. | Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito - UNODC Atn. : Unidad de Adquisiciones e-mail: xxxxxxxxxxxxx.xxx@xxxxx.xxx Asunto: Aclaraciones proceso: Contratar un (1) Operador Logístico a nivel nacional, bajo la modalidad de acuerdo a largo plazo para prestar los servicios de transporte, logística, alimentación, alojamiento y |
otros que deriven de su actividad, para atender las necesidades de UNODC Colombia. Nota: No se atenderán consultas anónimas, ni verbales. | |
Medio de transmisión de la información adicional a la SdC, y respuestas y aclaraciones a las demandas de información | Via correo electronico. |
Moneda preferente de cotización | Pesos Colombianos ($COP) |
IVA sobre el precio cotizado | Deberá incluir el IVA y otros impuestos indirectos aplicables |
Toda la documentación, incluidos catálogos, instrucciones y manuales operativos estará escrita en el siguiente idioma: | Español |
Documentos que deberán presentarse: | Los documentos que se deberán presentar anexos a la cotización son los siguientes: a) Formato - Carta de presentación de la cotización; este formato debe estar debidamente firmado (por el representante legal o propietario del establecimiento de comercio) y adjunto a la cotización, de lo contrario la cotización será rechazada (la ausencia de este formato no es subsanable). b) Formato experiencia específica del oferente: Consta de un formato para hacer una reseña de su experiencia en trabajos recientes de carácter similar al que se pretende contratar con esta SdC (la ausencia de la información necesaria para la evaluación no es subsanable). Para cada trabajo indicar, entre otras cosas, la duración del trabajo, el monto del contrato y el grado de participación que tuvo la firma o el establecimiento de comercio (Si la oferta se presenta en asociación, diligenciar este formato por cada firma). c) Certificaciones de experiencia especifica del oferente incluir el recibo a entera satisfacción o certificaciones de recibo a entera satisfacción o copia del Acta de liquidación, emitidas por las entidades contratantes, correspondientes a la experiencia específica del oferente. d) Lista de Precios y valor de la oferta. Este documento no es subsanable en ningún caso (Anexo 1. Documentos en Excel). f) Certificado de existencia y representación legal, expedido por la Cámara de Comercio respectiva, en el cual conste: inscripción, matrícula vigente, objeto social y facultades del representante legal. El objeto social debe permitir la actividad, gestión u operación que se solicita en esta SdC y que es el objeto del contrato que de ella se derive. El certificado debe tener antigüedad no superior a 30 días. La duración de la persona jurídica debe ser igual al plazo del contrato y tres (3) años más. Las firmas extranjeras sin sucursal en Colombia deberán acreditar su existencia y representación legal conforme a la legislación del país de origen. Si la cotización es presentada en unión temporal o consorcio, cada uno de los integrantes deberá acreditar la existencia y representación legal. g) Autorización de la Junta Directiva o Junta de Socios, para presentar oferta y suscribir contrato, únicamente en los casos en que la autorización delegada al Representante Legal de la firma es inferior al valor de la oferta presentada o el representante legal posea limitaciones para contratar. h) Si la oferta se presenta en asociación, se debe acreditar su intención de constitución mediante documento idóneo en el cual se indique si i. Estados financieros e indicadores año anterior. |
Periodo de validez de la propuesta, a partir de la fecha de presentación: | 120 días En circunstancias excepcionales, UNODC podrá pedir al proveedor que amplíe la vigencia de la cotización más allá del plazo inicialmente indicado en esta solicitud de propuesta. El proveedor confirmará entonces la |
ampliación por escrito, sin modificación alguna de los precios cotizados. | ||||
Ofertas alternativas | No permitidas | |||
Ofertas parciales | Permitidas | |||
Requisitos mínimos | Experiencia específica del oferente: Las firmas oferentes deberán tener experiencia mínima : | |||
EXPERIENCIA ESPECIFICA EN : | NUMERO / VALOR | |||
Contrataciones con objeto similar | Presentación de mínimo cuatro (4) certificaciones de contratos prestados satisfactoriamente con el objeto similar a lo requerido, que el resultado de la suma de todos sea superior a 20.000 USD, en los últimos diez (10) años. | |||
Idioma: | Toda documentación deberá estar escrita en español. | |||
Verificación de cumplimiento | El comité evaluador analizará las ofertas a fin de determinar si las mismas están completas, si los documentos se han firmado correctamente y si las ofertas están en orden en términos generales. La evaluación de las ofertas se llevará a cabo en dos etapas, aplicando el procedimiento que se describe a continuación: Las cotizaciones serán calificadas con base en el criterio CUMPLE/NO CUMPLE. Esta calificación implica que aquellas cotizaciones que cumplan con los requerimientos de la SdC, serán evaluadas en igualdad de condiciones, calificándose con el criterio “CUMPLE”. Aquellas cotizaciones que no cumplan con los requerimientos de la presente solicitud de cotización serán calificadas con el criterio “NO CUMPLE”. Características superiores a las requeridas no serán tenidas en cuenta para efectos de comparación técnica entre cotizaciones. | |||
Etapa 1 | a) EXAMEN PRELIMINAR: El comité evaluador verificará: i. Verificará si los oferentes se encuentran reportados en la lista de sanciones establecida por UNGM, en caso de encontrarse en dicho listado, la oferta será rechazada sin que le ocasione ninguna responsabilidad frente a él (los) oferentes(s) afectado(s). ii. Contienen toda la información y documentos solicitados, de no contener los documentos o información de carácter no subsanable la oferta será rechazada. iii. La carta de presentación ha sido debidamente firmada por el Representante Legal, de no estarlo la oferta será rechazada. iv. el período de validez de la oferta cumple con el tiempo solicitado; de no cumplir con este la oferta será rechazada. v. El objeto social permite la actividad, gestión u operación que se solicita y que es el objeto del contrato que de ella se derive, de no cumplirlo la oferta será rechazada. vi. El certificado de existencia y representación legal o registro mercantil, tienen antigüedad no superior a 30 días. vii. Plena aceptación de los Términos y Condiciones Generales del Contrato. |
Etapa 2 | EVALUACIÓN DE PRECIO: A los cotizantes que hayan superado la primera etapa de la evaluación se les efectuará la evaluación económica.El comité evaluador examinará las ofertas económicas para determinar si: a) están completas de lo contrario la oferta será rechazada, b) si presenta errores aritméticos, si los presenta, los corregirá únicamente con base en la lista estimada de cantidades, precios unitarios y valor total; sobre la siguiente base: Si existe discrepancia entre el precio unitario y el precio total, obtenido de multiplicar el precio unitario por la cantidad, el precio unitario prevalecerá y el precio total será corregido. Si existe discrepancia entre la cantidad expresada en palabras y la cantidad en cifras, prevalecerá el monto expresado en palabras, salvo que la cantidad expresada en palabras tenga relación con un error aritmético, en cuyo caso prevalecerá el monto en cifras. El comité evaluador ajustará el monto indicado en las ofertas siguiendo el procedimiento antes indicado para la corrección de errores. Si el oferente que presentó la oferta evaluada como la más baja no acepta la corrección de errores, su oferta será rechazada. |
Adjudicación | UNODC se reserva el derecho de aceptar o rechazar cualquier oferta y de anular el proceso así como de rechazar todas las ofertas en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación del contrato sin incurrir por ello en ninguna responsabilidad con relación al oferente que se viera así afectado y sin tener la obligación de informar al oferente u oferentes afectados de los motivos de dicha acción. UNODC se reserva el derecho de solicitar o llevar a cabo análisis de índices financieros de las empresas oferentes en cualquier momento con anterioridad a la adjudicación del contrato. UNODC adjudicará el contrato a uno o varios oferentes cuyas ofertas económicas hayan sido evaluadas como las más baja y que cumplen sustancialmente con los documentos de la solicitud de ofertas habiendo, además, determinado que dicho oferente está calificado para ejecutar el contrato de manera satisfactoria. |
Tipo de contrato que deberá firmarse | Acuerdo de largo plazo (El documento que da comienzo al plazo efectivo del LTA es la firma del contrato institucional) |
Supervisión | La supervisión del contrato estará a cargo del coordinador del proyecto. |
Duración máxima prevista del Contrato | El LTA tiene una duración inicial de un (1) año, tiempo sujeto a evaluaciones semestrales de desempeño. También tiene la posibilidad de extensión a un segundo (2) años. |
Forma de Pago | Una vez recibido a satisfacción de UNODC el informe mensual del servicio prestado y radicada la factura en la calle 102 N.17ª-61 Bogotá. El pago se realizará durante los siguientes 30 días calendarios. |
Modelo de Contrato y Condiciones Generales. | Según formato adjunto. |
Anexos a esta SdC | Especificaciones Técnicas Formato carta de presentación de la cotización. Formato experiencia específica del oferente. Lista de precios y valor de la oferta (Anexo 1. Documentos en Excel). Términos y Condiciones Generales / Condiciones Especiales La no aceptación de los Términos y Condiciones Generales será motivo de descalificación de este proceso de adquisición. |
Lugar de entrega de los bienes y puesta en servicio | Se deberá entregar a nivel nacional. |
Garantía del servicio | Garantía de calidad y cumplimiento por el 20% del valor total del contrato. Esta garantía, deberá tener vigencia hasta el cumplimiento definitivo de todas las obligaciones emanadas de este contrato y seis (6) meses más, las especificaciones se encuentran en el punto 11.1 de la presenta solicitud de propuesta. |
Se revisarán los bienes y servicios ofrecidos basándose en su integridad y en la conformidad de la cotización con las especificaciones mínimas descritas supra y cualquier otro anexo que facilite detalles de los requisitos de UNODC. Será seleccionada la cotización que cumpla con todas las especificaciones y requisitos y ofrezca el precio más bajo, así como con todos los restantes criterios de evaluación indicados. Cualquier oferta que no cumpla con los requisitos será rechazada.
Se revisarán los servicios ofrecidos basándose en su integridad y en la conformidad de la cotización con las especificaciones mínimas descritas supra y cualquier otro anexo que facilite detalles de los requisitos UNODC.
Será seleccionada la cotización que cumpla con todas las especificaciones y requisitos y ofrezca el precio más bajo, así como con todos los restantes criterios de evaluación indicados. Cualquier oferta que no cumpla con los requisitos será rechazada.
En caso de discrepancia entre el precio unitario y el precio total (que se obtiene al multiplicar el precio unitario por la cantidad), UNODC procederá a un nuevo cálculo, y el precio unitario prevalecerá y el precio total será corregido. Si el proveedor no aceptara el precio final sobre la base del nuevo cálculo UNODC y su corrección de los errores, su oferta será rechazada.
Todo contrato resultante de esta SdC estará sujeta a los Términos y Condiciones Generales que se adjuntan a la presente. El mero acto de presentación de una oferta implica que el vendedor acepta sin cuestionamiento alguno los Términos y Condiciones Generales UNODC que se adjuntan.
UNODC no está obligado a aceptar ninguna oferta, ni a adjudicar ningún contrato u orden de compra, ni se hace responsable por cualquier costo relacionado con la preparación y presentación de un presupuesto por parte de un suministrador, con independencia del resultado o la forma de llevar a cabo el proceso de selección.
Sírvase tener en cuenta que el procedimiento establecido por UNODC para la recepción de reclamos de sus proveedores tiene por objeto ofrecer una oportunidad de apelación a las personas o empresas a las que no se haya adjudicado una orden de compra o un contrato en un proceso de contratación competitivo. En caso de que usted considere que no ha sido tratado(a) con equidad, puede encontrar información detallada sobre los procedimientos de reclamo por parte de los proveedores en el siguiente enlace: xxxx://xxx.xxxx.xxx/xxxxxxx/xxxx/xx/xxxx/xxxxxxxxxx/xxxxxxxxxxx/xxxxxxxx/xxxxxxx-xxx-xxxxxxxxx.xxxx
UNODC insta a todos los potenciales proveedores de servicios a evitar y prevenir los conflictos de intereses, informando a UNODC si ellos o cualquiera de sus afiliados o miembros de su personal han participado en la preparación de los requisitos, el diseño, las especificaciones, los presupuestos o cualquier otra información utilizada en esta SdC.
UNODC practica una política de tolerancia cero ante el fraude y otras prácticas prohibidas, y está resuelto a identificar y abordar todos los actos y prácticas de este tipo contra UNODC o contra terceros implicados en las actividades de UNODC. Asimismo, espera que sus proveedores se adhieran al Código de Conducta de los Contratistas de las Naciones Unidas, que se puede consultar en el siguiente enlace: xxxxx://xxx.xxxx.xxx/Xxxxxx/XxxxXxXxxxxxx
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS | ||||
PROYECTO: | Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito – UNODC | |||
OBJETO: | Contratar un (1) Operador Logístico a nivel nacional, bajo la modalidad de acuerdo a largo plazo para prestar los servicios de transporte, logística, alimentación, alojamiento y otros que deriven de su actividad, para atender las necesidades de UNODC Colombia. | |||
CATEGORIA DE BIENES SOLICITADAS: | Servicios | |||
LUGAR DE ENTREGA: | Nivel Nacional | FECHA ESTIMADA DE LA ENTREGA DEL BIEN Y/O SERVICIO: 01 de noviembre de 2016 | ||
1. RESPONSABILIDADES DE LA ORGANIZACIÓN (UNODC) | ||||
a) Confirmar de manera oportuna la información correspondiente a fechas, lugares, cantidades y especificación del servicio a requerir. b) Velar por la correcta ejecución del contrato, verificando que se cumplan a satisfacción las obligaciones contractuales en los términos pactados. c) Gestionar los pagos al Contratista en un periodo no superior a 30 días calendario después de la radicación de la factura y aprobación por parte del supervisor. | ||||
2. RESPONSABILIDADES DEL CONTRATISTA | ||||
a) Entregar los productos contratados en los puntos acordados por UNODC. b) Atender los requerimientos y solicitudes que formule el Supervisor del Contrato. c) Cumplir a cabalidad con lo establecido en el objeto y alcance descritos en el presente documento, en los términos y condiciones aquí pactadas, y lo señalado en su oferta la cual hace parte integral de este contrato d) Atender los requerimientos, instrucciones y/o recomendaciones que durante el desarrollo del contrato le imparta UNODC, a través del supervisor del mismo, para una correcta ejecución y cumplimiento de sus obligaciones e) El contratista bajo ninguna circunstancia estará facultado para hacer uso de la información que UNODC suministre, con excepción del objeto del presente contrato. f) Garantizar que todos los servicios establecidos se presten de conformidad en los horarios y espacios previamente acordados. g) Presentar mensualmente un informe con la ejecución de las actividades y gastos ante el comité de seguimiento. | ||||
DESCRIPCIÓN DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS DE LOS BIENES Y/O ELEMENTOS | ||||
PRODUCT ID | ESPECIFICACIÓN GENERAL | ESPECIFICACIÓN ESPECIAL | CANTIDAD | TIEMPO DE GARANTÍA |
1 | Las especificaciones generales se encuentran en el anexo 1 – Documento en Excel / Lista de Precios y valor de la oferta | NA | NA | NA |
Colombia
Anexo 1: Especificaciones Técnicas
Las especificaciones técnicas muestran en detalle el alcance de las actividades relacionadas con los productos a ser entregados dentro de un marco específico de tiempo.
Anexo 2: Contrato de Servicios Profesionales
Contrato Modelo para Servicios de Consultoría Profesional entre UNODC y una Empresa u otra Entidad
LA OFICINA DE NACIONES UNIDAS CONTRA LA DROGA Y EL DELITO - UNODC, Proyecto … (en adelante denominado “UNODC), desea contratar los servicios de vuestra [empresa/organización/institución], que ha sido debidamente creada conforme a las Leyes de [INSERTESE NOMBRE DEL PAIS] (en adelante denominado el “Contratista”) a fin de desempeñar los siguientes servicios [INSERTESE RESUMEN DESCRIPTIVO DE LOS SERVICIOS]
(en adelante denominado los “Servicios”), conforme al siguiente Contrato:
1.Documentos del Contrato
1.1 Este Contrato quedará sujeto a las Condiciones Generales UNODC para los Servicios Profesionales que se
adjuntan como Anexo I. Las disposiciones de este Anexo han de regir la interpretación del presente Contrato y de
ningún modo se considerará que el contenido de esta carta y de cualquier otro Anexo derogue el contenido de
dichas disposiciones, salvo que se establezca lo contrario en forma expresa en la Sección 4 de esta Carta, bajo el título de “Condiciones Especiales”.
1.2 El Contratista y UNODC también prestan su consentimiento a fin de obligarse por las disposiciones de los documentos que se enumeran a continuación, que prevalecerán el uno sobre el otro en el siguiente orden si surgiese algún conflicto:
a) El presente documento;
b) los Términos de Referencia adjuntos al presente como Xxxxx XX;
c) la propuesta del Contratista. El documento no se encuentra adjunto al presente pero las dos partes conocen y poseen dicho documento.
1.3 Todo lo anterior constituirá el Contrato entre el Contratista y UNODC, y reemplazará el contenido de toda otra negociación y/o acuerdo, efectuados ya sea en forma oral o escrita, en relación con el asunto del presente Contrato.
2. Obligaciones del Contratista
2.1 El Contratista realizará y completará los Servicios descriptos en el Anexo II con la diligencia, cuidado y eficiencia debidos y conforme al presente Contrato.
2.2 El Contratista proveerá los servicios a través del personal clave que se enumera a continuación:
Nombre | Especialización | Nacionalidad | Período de servicio |
2.3 Para cualquier cambio en el personal clave mencionado más arriba se requerirá la aprobación previa por escrito
de [NOMBRE Y CARGO], UNODC.
2.4 El Contratista también proveerá todo el apoyo técnico y administrativo necesario para asegurar la provisión oportuna y satisfactoria de los Servicios.
2.5 El Contratista realizará a UNODC las entregas que se especifican más abajo conforme al siguiente cronograma:
[LISTA DE PRODUCTOS] | [INDICAR FECHAS DE ENTREGA} |
por ejemplo, Informe de progreso | ../../.... |
2.6 Todos los informes se redactarán en idioma español y describirán en detalle los servicios provistos bajo este Contrato durante el período cubierto por dicho informe. El Contratista transmitirá todos los informes por
[CORREO ELECTRONICO, CORREO PRIVADO Y/O FAX] a la dirección especificada en 9.1 abajo.
2.7 El Contratista manifiesta y garantiza la precisión de toda la información o datos suministrados a UNODC a los fines de la firma de este Contrato así como la calidad de los productos a entregarse y de los informes previstos en el presente Contrato, conforme
a las normas profesionales y de la industria más elevadas.
OPCION 1 (PRECIO FIJO)
3. Precio y Pago4
3.1 En contraprestación por el desempeño total y satisfactorio de los Servicios del presente Contrato, UNODC pagará al
Contratista un precio fijo por el contrato de [INSERTESE MONEDA Y CANTIDAD EN CIFRAS Y
LETRAS].
3.2 El precio de este Contrato no quedará sujeto a revisión o ajuste alguno debido a fluctuaciones de precio o moneda o a costos reales efectuados por el Contratista en la provisión de los servicios previstos en este Contrato.
3.3 Los pagos efectuados por UNODC al Contratista no eximirán al Contratista de sus obligaciones bajo este Contrato ni serán considerados como aceptación por parte UNODC de la provisión de los Servicios por parte del Contratista.
3.4 UNODC efectuará los pagos al Contratista luego de haber aceptado las facturas presentadas por el Contratista en la dirección especificada en 9.1 abajo, ante el cumplimiento de las etapas correspondientes y por los siguientes montos.
ETAPA5 | MONTO | FECHA OBJETIVO | |
Al ..... | ...... | ./../.... | |
......... | ...... | ../../.... |
Las facturas indicarán las etapas completadas y el monto pagadero que corresponda.
OPCION 2 (REINTEGRO DE COSTOS)
3. Precio y pago6
3.1 En contraprestación por la provisión total y satisfactoria de los Servicios del presente Contrato, UNODC pagará al
Contratista un precio que no superará [INSERTESE MONEDA Y CANTIDAD EN CIFRAS Y
LETRAS].
3.2 La cifra que figura en 3.1 ut supra es el monto máximo de costos reembolsables conforme al presente Contrato. El Desglose de Costos del Anexo [INSERTESE EL NUMERO DEL ANEXO] contiene los montos máximos
reembolsables por categoría conforme a este Contrato. El Contratista reflejará en sus facturas el monto de los gastos reales reembolsables que se realicen para la provisión de los Servicios.
3.3 El Contratista no efectuará tarea alguna ni proveerá equipo, materiales y suministros ni otros servicios que puedan resultar en costos que excedan el monto incluido bajo 3.1 o cualquiera de los montos especificados en el
4 Esta versión de la sección 3 se utilizará para contratos de precio fijo. Estos contratos se usarán generalmente cuando sea posible estimar con una
precisión razonable los costos de las actividades objeto del Contrato.
5 Si se efectúa un pago por adelantado habrá de definirse la primera etapa como “la firma del contrato por las partes”. Obsérvese que los pagos
por adelantado solamente se realizarán en casos excepcionales y deben cumplir con las políticas y procedimientos UNODC.
6 Esta versión de la Sección 3 se utilizará para contratos con reembolso de gastos. En general estos contratos se usarán cuando no sea posible
estimar con una precisión razonable el costo total de las actividades objeto del Contrato.
Desglose de Costos para cada categoría de costos, sin el acuerdo previo por escrito de
[NOMBRE Y CARGO], UNODC.
3.4 Los pagos efectuados por UNODC al Contratista no eximirán al Contratista de cumplir con sus obligaciones bajo el presente Contrato ni implicará la aceptación por parte UNODC de la provisión de los Servicios por el Contratista.
3.5 El Contratista presentará facturas por el trabajo realizado durante [INSERTESE PERIODOS O ETAPAS]
o
3.5. El Contratista presentará una factura por un monto de [INSERTESE MONTO Y MONEDA DEL
PAGO POR ADELANTADO EN CIFRAS Y LETRAS] cuando las partes firmen el presente Contrato y presentará facturas por el trabajo que realice durante [INSERTESE PERIODOS O ETAPAS].7
3.6 UNODC pagará al Contratista conforme al progreso realizado y también efectuará el pago final luego de la
aceptación de las facturas presentadas por el Contratista en la dirección que se especifica en 9.1 infra, junto con la
documentación de respaldo para los gastos reales efectuados, según lo exija el Desglose de Xxxxxx o según lo
requiera UNODC. Dichos pagos quedarán sujetos a las condiciones específicas de reintegro que se incluyen en el Desglose de Costos.
4. Condiciones especiales8
4.1 El pago por adelantado efectuado en el momento en que las partes firman el contrato quedará condicionado al recibo y la aceptación por parte UNODC de una garantía bancaria por el monto total del pago anticipado, garantía que será emitida por un Banco de un modo que le resulte aceptable a UNODC. 9
4.2 Los montos de los pagos a los que se hace referencia en la sección 3.6 ut supra quedarán sujetos a una reducción
de [INSERTESE EL PORCENTAJE QUE REPRESENTA EL ADELANTO RESPECTO DEL TOTAL DEL
PRECIO DEL CONTRATO] % ( por ciento) del monto aceptado como pagadero hasta que el monto acumulado de
las deducciones efectuadas de este modo equivalgan al monto del pago por adelantado.10
4.3 Debido a [ ], se modificará o eliminará el/los Artículo(s) de las Condiciones Generales del Anexo I. 11
O12
4.1 No se aplicará condición especial alguna.
5. Presentación de facturas
5.1 El Contratista enviará una factura original por correo para cada pago a ser efectuado conforme al presente Contrato a la siguiente dirección:
................................................................................................................................................................................
5.2 UNODC no aceptará las facturas presentadas por fax.
6. Tiempo y forma de pago
6.1 Las facturas se abonarán dentro de los treinta (30) días después de su aceptación por parte UNODC. UNODC realizará todos los esfuerzos necesarios a fin de aceptar una factura o avisará al Contratista sobre su no aceptación dentro de un plazo razonable posterior a su recepción.
7 Esta cláusula deberá utilizarse en el caso de efectuarse un pago por adelantado. Obsérvese que los pagos por adelantado deben realizarse
solamente en casos excepcionales y deben cumplir con las políticas y procedimientos UNODC. Cualquier adelanto que represente el 30% o más del total propuesto para el contrato debe ser autorizado por la Oficina de Finanzas y Administración antes de la firma del contrato, salvo para contratos por montos inferiores a $ 50.000.
8 Conforme a esta Sección se podrán proponer para su aprobación cláusulas especiales a fin de adaptar el contrato modelo a la situación
específica.
En este modelo de cláusula 4, se incluyen varias cláusulas de uso habitual. Si no se necesitasen, se han de eliminar. Si no existiesen condiciones especiales, se elegirá la versión alternativa de 4 a fin de que se corresponda con la cláusula 1.1.
9 Esta cláusula deberá utilizarse cuando se efectúa un pago por adelantado de $ 50.000 ó más al Consultor y podrá usarse para pagos inferiores
a
$50.000, cuando correspondiese. Obsérvese que los pagos por adelantado deben ser aplicados en casos excepcionales, cualquiera fuese su monto, y deben cumplir con las Normas y Procedimientos Financieros UNODC.
10 Esta cláusula deberá utilizarse cuando se efectúa un pago por adelantado (cualquiera fuese su monto) en un contrato con reembolso de
gastos.
Un pago contra la firma del contrato se considera un adelanto.
11 Esta es una cláusula modelo para aquellos casos excepcionales donde existe un conflicto con una de las disposiciones de las
Condiciones
Generales que no involucre privilegios e inmunidades, arbitraje o alguno de los otros aspectos fundamentales de la condición jurídica UNODC. Este tipo de cambios a las Condiciones Generales requerirán la consulta con OLPS/BOM en la Sede UNODC en Nueva York.
6.2 UNODC realizará todos los pagos a la siguiente cuenta Bancaria del Contratista:
[NOMBRE DEL BANCO]
[NUMERO DE CUENTA]
[DOMICILIO DEL BANCO]
7. Entrada en vigencia. Plazos
7.1 El Contrato entrará en vigencia cuando ambas partes lo hayan firmado.
7.2 El Contratista comenzará a proveer sus Servicios a más tardar el [INSERTESE FECHA] y completará sus
Servicios dentro de [INSERTESE CANTIDAD DE DIAS O MESES] a partir de la fecha de inicio.
7.3 Todos los plazos contenidos en este Contrato se considerarán esenciales en relación con la provisión de los Servicios.
8. Modificaciones
8.1 Cualquier modificación a este Contrato exigirá una enmienda por escrito entre ambas partes, debidamente
firmada por el representante autorizado del Contratista y por [NOMBRE Y CARGO], UNODC.
9. Notificaciones
9.1 A los fines de las notificaciones conforme al presente Contrato, a continuación se transcriben los domicilios de UNODC y del Contratista:
Toda comunicación que con referencia a este Contrato presenten las partes deberá hacerse por escrito, dirigida en la siguiente forma:
A. LA OFICINA DE NACIONES UNIDAS CONTRA LA DROGA Y EL DELITO - UNODC
Atención: Directora de Pais Xxxxxxx Xxxxx 000 # 000x-00
Xxxxxx, X. X. Xxxxxxxx
Teléfono: (000) 0000000
B. CONTRATISTA
xxxxxxxxxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxxxxx Dirección: xxxxxxxxxx Teléfono: xxxxxxxxxxxxx Bogotá
Si usted está de acuerdo con los términos y condiciones mencionados arriba tal como se han volcado en esta carta y en los
Documentos del Contrato, le rogamos rubricar cada una de las páginas del contrato y de los adjuntos y devolver a esta
Oficina dos (2) originales del presente Contrato, debidamente firmado y fechado.
POR Y EN REPRESENTACIÓN DEL UNODC | POR Y EN REPRESENTACIÓN | |
xxxxxxxxxxxx xxxxxxxxxxxxxxx | xxxxxxxxx Representante Legal |
FECHA: FECHA:
Colombia
1. CONDICIÓN JURÍDICA
Condiciones Generales UNODC Aplicable a todos los contratos.
Se considerará que el Contratista tiene la condición jurídica de un contratista independiente con respecto a UNODC. Ni el personal del Contratista ni los subcontratistas que emplee se considerarán bajo ningún concepto empleados o agentes UNODC ni de las Naciones Unidas.
2. ORIGEN DE LAS INSTRUCCIONES
El Contratista no solicitará ni aceptará instrucciones de ninguna autoridad externa a UNODC en relación con la prestación de los servicios conforme a las disposiciones del presente Contrato. El Contratista evitará cualquier acción que pudiera afectar de manera adversa a UNODC o a las Naciones Unidas y llevará a cabo los servicios comprometidos bajo este contrato velando en todo momento por los intereses UNODC.
3. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA HACIA SUS EMPLEADOS
El Contratista será responsable por la competencia profesional y técnica de su personal y seleccionará, para trabajar en virtud del presente Contrato, a individuos confiables que se desempeñen eficazmente en la ejecución del mismo, que respeten las costumbres locales y que ajusten su conducta a elevadas normas éticas y xxxxxxx.
4. CESIÓN
El Contratista no podrá ceder, transferir, dar en prenda o enajenar el presente Contrato, en todo o en parte, ni sus derechos, títulos u obligaciones en virtud del mismo, salvo que contara con el consentimiento escrito previo UNODC.
5. SUBCONTRATA CIÓN
En el caso en que el Contratista requiriera los servicios de subcontratistas, el Contratista deberá obtener la aprobación escrita previa y la autorización UNODC para todos los subcontratistas. La aprobación de un subcontratista por parte UNODC no relevará al Contratista de ninguna de sus obligaciones en virtud del presente Contrato. Los términos y condiciones de todos los subcontratos estarán sujetos y deberán ajustarse a las disposiciones del presente Contrato.
6. LOS FUNCIONARIOS NO DEBERÁN OBTENER BENEFICIOS
El Contratista garantiza que ningún funcionario UNODC o de las Naciones Unidas ha recibido o recibirá nin gún beneficio directo o indirecto como consecuencia del presente Contrato o de su adjudicación por parte del Contratista. El Contratista acuerda que la violación de la presente disposición constituye un incumplimiento de una cláusula esencial del presente Contrato.
7. INDEMNIZACIÓN
El Contratista indemnizará, defenderá y mantendrá indemne a su xxxxx a UNODC, a sus funcionarios, agentes y empleados contra todos los juicios, reclamos, demandas y responsabilidades de toda naturaleza o especie, incluidos los costos y gastos que se derivaren de actos u omisiones del Contratista o de sus empleados, funcionarios, agentes o subcontratistas en la ejecución del presente contrato. Esta cláusula será aplicable también, entre otras cosas, a cualquier reclamo y responsabilidad que se vincule con indemnizaciones por accidentes de trabajo de los empleados del Contratista, así como responsabilidades por sus productos y por el uso de inventos o artículos patentados, material protegido por derechos de autor o por otros derechos intelectuales que pudieren presentar el contratista, sus empleados, funcionarios, agentes, personal a cargo o
subcontratistas. Las obligaciones establecidas en el presente Artículo no caducarán al terminar el presente Contrato.
8. SEGUROS CONTRA TERCEROS Y DE RESPONSABILIDAD CIVIL
8.1 El contratista obtendrá y mantendrá los seguros de indemnización y responsabilidad contra todo riesgo con relación a elementos de su propiedad y a todo el equipo que utilizare para la prestación de servicios en virtud del presente Contrato.
8.2 El c ontratista proporcionará y mantendrá los seguros correspondientes para cubrir indemnizaciones por accidentes de trabajo o su equivalente para su personal por cualquier reclamo a causa de accidentes o fallecimiento que pudieran tener lugar con relación al presente Contrato.
8.3 El contratista también proporcionará y mantendrá seguros de responsabilidad civil por un monto adecuado a fin de cubrir reclamos de terceros por muerte o accidente, o pérdida o daños a la propiedad, que pudieren tener vinculación con la prestación de servicios bajo este contrato o por la utilización de cualquier vehículo, embarcación, aeronave u otro equipo alquilado o de propiedad del Contratista o de sus agentes, empleados o subcontratistas para la ejecución del trabajo o la prestación de los servicios vinculados con el presente Contrato.
8.4 A excepción de la indemnización del personal por accidentes de trabajo, las pólizas de seguro contempladas en este Artículo deberán:
(i) Designar a UNODC como asegurado adicional;
(ii) Incluir una cláusula en la que la Compañía de Seguros renuncia a subrogarse de los derechos del Contratista encontra o respecto a UNODC;
(iii) Incluir la indicación de que UNODC será notificado por escrito con treinta (30) días de anticipación
por parte de los aseguradores de cualquier cancelación o cambio en la cobertura.
8.4 El Contratista proporcionará, a solicitud UNODC, prueba satisfactoria de los seguros exigidos bajo esta cláusula.
9. EMBARGO PREVENTIVO/ DERECHO DE GARANTÍA REAL
El Contratista no provocará ni permitirá que un derecho de garantía real, embargo preventivo o gravamen constituido
o trabado por alguna persona sea incluido o permanezca en el expediente de cualquier oficina pública o en
un archivo de UNODC para cobrar cualquier deuda monetaria vencida o por vencerse y que se le deba en virtud del trabajo realizado o de los materiales suministrados conforme al presente Contrato o en razón de cualquier otra demanda o reclamo contra el Contratista.
10. PROPIEDAD DEL EQUIPAMIENTO
La propiedad de cualquier equipamiento y de suministros que pudiera proporcionar a UNODC quedará en manos UNODC,debiéndose devolver a UNODC dicho equipamiento al finalizar el presente Contrato o cuando el mismo ya no sea necesario para el Contratista. El equipamiento deberá devolverse a UNODC en las mismas condiciones en que fuera recibido originalmente por el Contratista, a excepción del desgaste normal que el mismo pudiera haber sufrido por su utilización. El Contratista será responsable ante UNODC por el equipamiento dañado o deteriorado más allá del desgaste normal causado por su utilización.
11. DERECHOS INTELECTUALES, PATENTES Y OTROS DERECHOS DE PROPIEDAD
11.1 A menos que se disponga expresamente por escrito de otro modo en el Contrato, UNODC será el titular de todos los derechos intelectuales y demás derechos de propiedad, incluyendo patentes, derechos de propiedad intelectual y marcas comerciales con relación a los productos, procesos, inventos, ideas, conocimientos técnicos, o documentos y otros materiales que se vinculen directamente con o se produzcan o preparen o se armen como consecuencia de o en el transcurso de la vigencia del presente Contrato, no siendo esta enumeración taxativa. A su vez, el Contratista reconoce y acuerda que dichos productos, documentos y otros materiales constituyen trabajos llevados a cabo en virtud de la contratación UNODC.
11.2 En caso de que dicha propiedad intelectual u otros derechos de propiedad consistan en cualquier propiedad intelectual o derecho de propiedad del Contratista: (i) que existían previamente al desempeño del Contratista de sus obligaciones en virtud del presente Contrato, o (ii) que el Contratista pudiera desarrollar o adquirir, o pudiera haber desarrollado o adquirido, independientemente del desempeño de sus obligaciones en virtud del presente, a UNODC no reclamará ni deberá reclamar interés de propiedad alguna sobre la misma, y el contratista concederá a UNODC una licencia perpetua para utilizar dicha propiedad intelectual u otro derecho de propiedad únicamente para el propósito y para los requisitos del presente Contrato.
a. A solicitud de UNOD, el c ontratista tomará todos los recaudos necesarios, ejecutará todos los documentos necesarios y asistirá en general para resguardar dichos derechos de propiedad y transferir los mismos a UNODC de acuerdo con los requerimientos de la legislación que fuera aplicable y del contrato.
b. Sujeto a las disposiciones que anteceden, todo mapa, dibujo, fotografía, mosaico, plano, informe,cálculo, recomendación, documento y toda información compilada o recibida por el contratista en virtud del presente contrato será de propiedad de UNODC; y deberá encontrarse a disposición de UNODC para su uso o inspección en momentos y lugares razonables y deberá ser considerada como confidencial y entregada únicamente a funcionarios autorizados de UNODC al concluir los trabajos previstos en virtud del presente Contrato.
12. UTILIZACIÓN DEL NOMBRE, EMBLEMA O SELLO OFICIAL DE UNODC O DE LAS NACIONES UNIDAS
El Contratista no publicitará o hará pública el hecho de que está prestando servicios para UNODC, ni utilizará de modo alguno el nombre, emblema o sello oficial de UNODC o de las Naciones Unidas o abreviatura alguna del nombre de UNODC o de las Naciones Unidas con fines vinculados a su actividad comercial o con cualquier otro fin.
13. NATURALEZA CONFIDENCIAL DE LA DOCUMENTACIÓN E INFORMACIÓN:
La información y los datos que son de propiedad de cualquiera de las Partes y que es entregada o revelada por una de las Partes (“Revelador”) a la otra Parte (“Receptor”) durante el cumplimiento del presente Contrato, y que es designada como confidencial (“Información”), deberá permanecer en confidencia de dicha Parte y ser manejada de la siguiente manera:
13.1 El receptor de dicha información deberá:
13.1.1 llevar a cabo la misma discreción y el mismo cuidado para evitar la revelación, publicación o divulgación de la Información del Revelador, como lo haría con información similar de su propiedad que no desea revelar, publicar o divulgar; y,
13.1.2 utilizar la Información del Revelador únicamente para el propósito para el cual le fue revelada la información.
13.2 En caso de que el Receptor tenga un acuerdo por escrito con las siguientes personas o entidades que requieren que mantenga su información como confidencial de acuerdo al presente Contrato y al Artículo 13, el Receptor podrá revelar la información a:
13.2.1 Los empleados, funcionarios, representantes y agentes del Receptor que tienen necesidad de conocer dicha Información para cumplir con las obligaciones del Contrato, y los empleados, funcionarios, representantes y agentes de cualquier entidad jurídica que el Receptor controla o que se encuentra bajo control compartido, que tienen la necesidad de conocer dicha Información para cumplir con las obligaciones del Contrato, tomando en cuenta que para dichos propósitos se entiende por entidad jurídica controlada como:
13.2.1.1 una entidad corporativa en la cual la Parte es propietaria o controla, ya sea en forma directa o indirecta, más del cincuenta por ciento (50%) de las acciones con derecho a voto; o,
13.2.1.2 cualquier entidad sobre la cual la Parte posee un control de gestión efectivo; o
13.2.1.3 para UNODC, PNUD, un Fondo afiliado como UNCDF, UNIFEM y UNV (por sus siglas en inglés).
13.3 El Contratista podrá revelar Información al grado requerido por ley, siempre que se encuentre sujeto y sin excepción alguna a los Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas. El Contratista notificará a UNODC con
suficiente antelación, cualquier solicitud para revelar Información de manera de permitirle a UNODC un tiempo razonable para tomar medidas de protección o cualquier otra acción adecuada previa a dicha revelación.
13.4 UNODC podrá revelar la Información al grado requerido de conformidad a la Carta de las Naciones Unidas, a lasresoluciones o reglamentos de la Asamblea General, o a las normas promulgadas por el Secretario General.
13.5 El Receptor no se encuentra impedido de revelar la Información: obtenida por un tercero sin restricciones;
revelada por un Revelador a un tercero sin obligación de confidencialidad; que el Receptor conoce de xxxxxxxx; o que ha sido desarrollada por el Receptor de manera completamente independiente a cualquier Información que le haya sido revelada.
13.6 Las obligaciones y restricciones de confidencialidad mencionadas se encontrarán vigentes durante la duración del Contrato, incluyendo cualquier extensión del mismo; y, a menos que se disponga de otro modo en el Contrato, permanecerán vigentes una vez rescindido el Contrato.
14. FUERZA MAYOR; OTRAS MODIFICACIONES EN LAS CONDICIONES
14.1En el caso de cualquier evento de fuerza mayor y tan pronto como sea posible a partir de que el mismo haya tenido lugar, el Contratista comunicará este hecho por escrito con todos los detalles correspondientes a UNODC así como de cualquier cambio que tuviera lugar si el Contratista no pudiera, por este motivo, en todo o en parte, llevar a cabo sus obligaciones ni cumplir con sus responsabilidades bajo el presente Contrato. El Contratista también notificará a UNODC sobre cualquier otra modificación en las condiciones o en la aparición de cualquier acontecimiento que interfiriera o amenazara interferir con la ejecución del presente Contrato. Al recibir la notificación requerida bajo esta Cláusula, UNODC tomará las acciones que, a su criterio, considere convenientes o necesarias bajo las circunstancias dadas, incluyendo la aprobación de una extensión de tiempo razonable a favor del Contratista para que el mismo pueda desarrollar sus obligaciones bajo el presente Contrato.
14.2 En caso de que el Contratista no pudiera cumplir con las obligaciones contraídas bajo el presente Contrato, ya sea parcialmente o en su totalidad, en razón del evento de fuerza mayor ocurrido, UNODC tendrá el derecho de suspender o rescindir el presente Contrato en los mismos términos y condiciones previstos en el Artículo 15 “Rescisión”, salvo que el período de preaviso será de siete (7) días en lugar de treinta (30) días.
14.3 Fuerza mayor, tal como se la entiende en esta Cláusula, significa actos fortuitos, xx xxxxxx (declarada o no) invasión, revolución, insurrección u otros actos de naturaleza o fuerza similar.
14.4 El Contratista reconoce y acuerda que, con respecto a cualquier obligación en virtud del presente Contrato que el mismo deberá desempeñar en o para cualquier área en la cual UNODC se vea comprometido, o se prepare para comprometerse, o para romper el compromiso con cualquier operación xx xxx, humanitaria o similar, cualquier demora o incumplimiento de dichas obligaciones que surjan o que se relacionen con condiciones extremas dentro de dichas áreas o cualquier incidente de disturbio civil que ocurra en dichas áreas, no se considerarán como tal, casos de fuerza mayor, en virtud del presente Contrato.
15. RESCISIÓN
15.1 Cualquiera de las partes podrá rescindir el presente Contrato con causa justificada, en su totalidad o parcialmente, notificando a la otra parte por escrito con un preaviso de treinta días. La iniciación de un procedimiento arbitral según la Cláusula 16.2 (“Arbitraje”) que se indica más abajo, no se considerará como rescisión del presente Contrato.
15.2 UNODC se reserva el derecho de rescindir sin causa alguna el presente Contrato, en cualquier momento, notificando por escrito al Contratista con 15 días de anticipación, en cuyo caso UNODC reembolsará al Contratista todos los gastos razonables en los que éste incurriera con anterioridad a la recepción del aviso de rescisión.
15.3 En caso de rescisión por parte UNODC bajo el presente Artículo, no habrá pago alguno adeudado por UNODC al Contratista a excepción del que corresponda por trabajos y servicios prestados satisfactoriamente de acuerdo con las cláusulas expresas en el presente Contrato.
15.4 En caso de que el Contratista fuera declarado en quiebra o sujeto a liquidación judicial o fuera declarado insolvente, o si el Contratista cediera sus derechos a sus acreedores, o si se nombrara a algún Beneficiario a causa de la insolvencia del Contratista, UNODC podrá, sin perjuicio de ningún otro derecho o recurso al que pudiera tener lugar, rescindir el presente Contrato en el acto. El Contratista informará inmediatamente a UNODC en caso de que sucediera alguna de las situaciones arriba mencionadas.
16. RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
16.1. Resolución Amigable
Las Partes realizarán todos los esfuerzos posibles para resolver en forma amigable cualquier disputa, controversia o reclamo que surgiese en relación con el presente Contrato o con alguna violación, rescisión o invalidez vinculada al mismo. En caso de que las partes desearan buscar una solución amigable a través de un proceso de conciliación, el mismo tendrá lugar de acuerdo con las Reglas de Conciliación de la CNUDMI (en inglés, UNCITRAL) vigentes en ese momento o conforme a cualquier otro procedimiento que puedan acordar las partes.
16.2. Arbitraje
A menos que las disputas, controversias o reclamos que surgieran entre las Partes con relación a este Contrato, o con el incumplimiento, rescisión o invalidez del mismo, se resolvieran amigablemente de acuerdo con lo estipulado en el párrafo precedente a este Artículo dentro de los sesenta (60) días a partir de la recepción por una de las Partes de la
solicitud de la otra Parte de resolución amigable, dicha disputa, controversia o reclamo podrá ser presentada por cualquiera de las Partes para la iniciación de un proceso de arbitraje según el Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI vigente en ese momento, incluidas sus disposiciones sobre las leyes aplicables. Las decisiones del tribunal arbitral estarán basadas en principios generales de Derecho Comercial Internacional. Para todo interrogatorio en busca de evidencia, el tribunal arbitral deberá guiarse por el Reglamento Suplementario que Gobierna la Presentación y Recepción de la Evidencia en Arbitraje Comercial Internacional de la Asociación Internacional de Abogados, edición 28 xx Xxxx de 1983. El tribunal arbitral tendrá el derecho de ordenar la devolución o destrucción de los bienes o de cualquier propiedad, ya sea tangible o intangible, o de cualquier información confidencial brindada en virtud del presente Contrato, u ordenar la rescisión del Contrato, u ordenar que se tome cualquier otra medida preventiva con respecto a los bienes, servicios o cualquier otra propiedad, ya sea tangible o intangible, o de cualquier información confidencial brindada en virtud del presente Contrato, en forma adecuada, y de conformidad con la autoridad del tribunal arbitral según lo dispuesto en el Artículo 26 (“Medidas Provisionales de Protección”) y el Artículo 32 (“Forma y Efecto de la Adjudicación”) del Reglamento de Arbitraje de la CNUDMI. El tribunal arbitral no tendrá autoridad para determinar sanciones punitivas. Asimismo, a menos que se exprese de otro modo en el Contrato, el tribunal arbitral no tendrá autoridad alguna para adjudicar intereses que excedan la tasa LIBOR vigente al momento, y cualquier interés deberá ser interés simple únicamente. Las Partes estarán obligadas por el fallo arbitral resultante del citado proceso de arbitraje a modo de resolución final para toda controversia, reclamo o disputa.
17. PRIVILEGIOS E INMUNIDADES
Nada que estuviere estipulado en el presente Contrato o que con el mismo se relacionare, se considerará como renuncia, expresa o implícita, a los Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas incluyendo a sus órganos subsidiarios.
18. EXENCIÓN IMPOSITIVA
18.1El Artículo 7 de la Convención sobre Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas dispone, entre otras cosas, que las Naciones Unidas, incluidos sus órganos subsidiarios, quedarán exentos del pago de todos los impuestos directos, salvo las tasas por servicios públicos; además se exime a las Naciones Unidas de pagar los derechos aduaneros e impuestos similares en relación con los artículos importados o exportados para uso oficial. Si alguna autoridad de gobierno se negase a reconocer la exención impositiva de las Naciones Unidas en relación con dichos impuestos, derechos o cargos, el Contratista consultará de inmediato a UNODC a fin de determinar un procedimiento que resulte aceptable para ambas partes.
18.2De igual modo, el Contratista autoriza a UNODC a deducir de la facturación del Contratista cualquier monto en concepto de dichos impuestos, derechos o gravámenes, salvo que el Contratista haya consultado a UNODC antes de abonarlos y que UNODC, en cada instancia, haya autorizado específicamente al Contratista a pagar dichos impuestos, derechos o gravámenes bajo protesta. En ese caso, el Contratista le entregará a UNODC comprobantes escritos de que el pago de dichos impuestos, derechos o gravámenes se ha realizado con la debida autorización.
19. TRABAJO DE MENORES
19.1 El Contratista declara y garantiza que ni el mismo ni ninguno de sus proveedores se encuentra involucrado en prácticas que violen los derechos estipulados en la Convención de los Derechos del Niño, incluyendo el Artículo
32 de la misma que, entre otras cosas, requiere que se proteja a los menores de la realización de trabajos riesgosos o que interfieran con la educación del menor o sean dañinos para su salud o atenten
contra su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social.
19.2 Cualquier violación de esta declaración y garantía permitirá a UNODC rescindir el presente Contrato en forma inmediata, notificando debidamente al Contratista, sin cargo alguno para UNODC.
20. MINAS
20.1 El Contratista manifiesta y garantiza que ni el mismo ni sus proveedores se encuentran activa y directamente comprometidos en actividades de patentes, desarrollo, ensamblado, producción, comercialización o fabricación de minas o en actividades que se relacionen con los componentes primariamente utilizados para fabricar las Minas. El término “Minas” se refiere a aquellos dispositivos definidos en el Artículo 2, Párrafos 1, 4 y 5 del
Protocolo II, adjunto a la Convención de 1980 sobre Prohibiciones y Restricciones del Empleo de Ciertas Armas
Convencionales que Puedan Considerarse Excesivamente Nocivas o De Efectos Indiscriminados.
20.2 Ante cualquier violación de esta manifestación o garantía UNODC tendrá derecho a rescindir el presente Contrato de inmediato mediante notificación enviada al Contratista, sin que esto implique responsabilidad alguna por los gastos de rescisión o cualquier otra responsabilidad por parte UNODC.
21. CUMPLIMIENTO DE LA LEY
El Contratista cumplirá con todas las leyes, ordenanzas, reglas y reglamentaciones que se relacionen con sus obligaciones conforme al presente Contrato.
22.0 EXPLOTACIÓN SEXUAL:
22.1 El Contratista deberá tomar todas las medidas necesarias para impedir la explotación o abuso sexual de cualquier persona por parte del mismo o por parte de cualquiera de sus empleados o por cualquier otra persona que pueda ser contratada por el Contratista para prestar cualquier servicio en virtud del Contrato. Para dicho propósito, toda actividad sexual con cualquier persona menor de dieciocho años, a pesar de cualesquiera leyes con relación a consentimiento, constituirá la explotación o el abuso sexual de dicha persona. Además, el Contratista se abstendrá de y deberá tomar todas las medidas adecuadas para prohibir a sus empleados u otras personas contratadas por él, el intercambio de dinero, bienes, servicios, ofertas de empleo u otros artículos de valor, por favores sexuales o actividades que sean de explotación o degradación a cualquier persona. El Contratista reconoce y acuerda que las disposiciones del presente constituyen una condición esencial del Contrato y que cualquier incumplimiento de la presente representación y garantía le cede el derecho a UNODC de rescindir el Contrato de inmediato mediante notificación al Contratista, sin obligación alguna de incurrir en gastos de rescisión ni obligaciones de ningún otro tipo.
22.2 UNODC no aplicará la norma que antecede con relación a la edad en ningún caso en que el personal o cualquier otra persona contratada por el Contratista para prestar cualquier servicio en virtud del presente Contrato se encuentre casado con la persona menor de dieciocho años con quien ha mantenido dicha actividad sexual y cuyo matrimonio sea reconocido como válido ante la xxx xxx xxxx de ciudadanía de dichas personas involucradas.
23. FACULTAD PARA INTRODUCIR MODIFICACIONES
Conforme al Reglamento Financiero de Naciones Unidas, únicamente el Funcionario Autorizado de UNODC posee autoridad para acordar en nombre UNODC cualquier modificación o cambio efectuado en el presente, a renunciar a cualquiera de sus disposiciones o a cualquier relación contractual adicional de cualquier tipo con el Contratista. Del mismo modo, ninguna modificación o cambio efectuado en el presente Contrato tendrá validez y será aplicable frente a UNODC salvo que se incluya en una enmienda al presente Contrato que esté debidamente firmada por el Funcionario Autorizado UNODC y por el Contratista.