Madrid, 11 de julio de 2024
Madrid, 11 de julio de 2024
Concurso de relocalización y almacenamiento de existencias estratégicas de productos petrolíferos de la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos (CORES) para retiradas en 2025
I. Objeto del concurso, destinatarios, presentación de ofertas y criterios de adjudicación.
La Junta Directiva de la Corporación, en su reunión de 20 xx xxxxx de 2024, acordó convocar un concurso para la relocalización y almacenamiento de parte de las existencias estratégicas propiedad de CORES (111.835,497 m3 de gasolina 95 y 286.904,503 m3 de gasóleo A), almacenadas en la actualidad en diversas instalaciones de la Península y Baleares, cuyos contratos de almacenamiento vencerán durante el segundo semestre de 2025.
Las existencias estratégicas se distribuyen, a los efectos de este concurso, en los lotes detallados en el Anexo I, en el que se indica para cada lote las instalaciones donde se encuentran almacenados, el plazo de retirada de los lotes desde dichas instalaciones y la fecha de fin de los nuevos almacenamientos que, en su caso, se adjudiquen por CORES.
En el momento de la retirada las existencias de CORES cumplirán las especificaciones oficiales vigentes. Las existencias de CORES no disponen de certificados a los efectos de la acreditación del cumplimiento de las obligaciones de venta de biocarburantes.
El presente concurso se convoca entre los operadores al por mayor de productos petrolíferos, y empresas de almacenamiento y logística, titulares de instalaciones de almacenamiento de productos petrolíferos, a fin de relocalizar las existencias estratégicas propiedad de CORES en instalaciones situadas en territorio español peninsular, Islas Baleares o Islas Canarias, de acuerdo con las condiciones que se exponen a continuación, a las que las ofertas que se presenten deberán ajustarse estrictamente.
Los interesados deberán hacer llegar a la Corporación las correspondientes ofertas en sobre cerrado con la referencia “CORES CONCURSO ANUAL DE ALMACENAMIENTO 2025” dirigido a la Dirección General y de Operaciones de la Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos, con domicilio en Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx, 00, Xxxxxx 0x, 00000 Xxxxxx, firmadas por apoderado con poder bastante, del que deberá adjuntarse una copia con los datos de inscripción en el Registro Mercantil, con plazo límite de las 12:00 horas (hora de Madrid) del día 10/9/2024, fecha a partir de la cual se abrirán las mismas ante Notario que levantará acta de las recibidas. Las ofertas deberán tener una validez de 60 días hábiles a partir del siguiente a dicha fecha.
No se admitirán ofertas remitidas por correo electrónico.
La Corporación podrá solicitar información adicional sobre las ofertas presentadas, y tomará cualquier decisión que estime conveniente en cuanto a la adjudicación o no de cada lote, de acuerdo con criterios técnicos, económicos o de cualquier otro tipo habitualmente utilizados por CORES, según estime oportuno, teniendo incluso la facultad de poder adjudicar o declarar desierto el concurso, total o parcialmente, y aplicar lo dispuesto en el artículo 51.1 de la Ley 34/1998, del sector de hidrocarburos, que se refiere a la obligación de los operadores de facilitar instalaciones de almacenamiento a la Corporación.
En particular, no se admitirán ofertas de un mismo ofertante con precios distintos para las mismas instalaciones de destino propuestas y mismo origen y tipo de producto.
CORES comunicará a cada ofertante la aceptación, total o parcial, o la desestimación de su oferta dentro del plazo de vigencia de la oferta antes indicado.
II. Otras condiciones del concurso
El presente concurso estará sujeto a las siguientes condiciones, además de a las indicadas anteriormente en el apartado I:
1) Los interesados podrán presentar ofertas por el volumen de cada uno de los lotes en que se han distribuido las existencias estratégicas de la Corporación a los efectos del presente concurso, según están identificados en el Anexo I.
2) Cada oferta deberá hacerse por el volumen de uno o varios lotes completos, en firme e incondicionada, de forma que CORES podrá, en su caso, aceptar la oferta presentada por un interesado por uno o más lotes rechazando la oferta presentada por dicho interesado respecto de otros lotes.
Las ofertas sólo podrán incluir una instalación de almacenamiento de destino para todo el volumen de cada uno de los lotes indicados en el Anexo I.
3) Cada oferta deberá incluir para cada uno de los lotes la instalación de almacenamiento en territorio español en la península, Islas Baleares o Islas Canarias, propuesta para llevar a cabo los servicios de custodia y almacenamiento de las reservas de CORES, y el régimen de almacenamiento que se aplicaría (en tanques en los que sólo se depositarían reservas de CORES, esto es, en "régimen diferenciado", o en tanques en los que las reservas de CORES estarían mezcladas con productos propiedad del ofertante o terceros, esto es, en "régimen indiferenciado").
4) Las ofertas deberán ajustarse a la estructura indicada en el Anexo II. Las condiciones para realizar estas ofertas, al igual que los anexos, se encuentran disponibles en la página web de la Corporación xxxxx://xxx.xxxxx.xx.
5) El precio ofertado incluirá la cantidad mensual, por meses completos, a pagar por los servicios de custodia y almacenamiento, el precio por el transporte de las existencias desde las instalaciones de origen a las de destino propuestas, el precio por el mantenimiento de la cantidad (mermas anuales incluidas), el del mantenimiento de la calidad de las existencias (incluido el de la calidad estacional), el precio del seguro por el almacenamiento de las mismas con las coberturas que se indican posteriormente, y cualquier otro coste derivado de su retirada desde las instalaciones de origen indicadas en el Anexo I, y de su traslado, coste de posicionamiento incluido, y almacenamiento en las instalaciones de destino correspondientes, incluyendo el coste del seguro por el traslado, hasta posicionar las existencias en los correspondientes tanques de las instalaciones de destino.
Asimismo, dentro del precio estarán incluidos todos los costes procedentes por la futura retirada de las reservas de CORES, hasta la brida de salida de las instalaciones de destino, pudiendo utilizarse a estos efectos cualquiera de los medios con que cuenten dichas instalaciones. Todos estos conceptos conformarán el “Precio Final”, que se expresará en euros/m³ almacenado/mes.
El Precio Final será válido hasta 31/12/2026 y será revisable anualmente a partir de 1/1/2027, mediante la aplicación del 80% de la variación del índice de precios de consumo (IPC) interanual correspondiente al mes xx xxxxxx anterior a la revisión.
Sin perjuicio de que las ofertas deberán incluir un único Precio Final, los distintos conceptos que lo componen se desglosarán a efectos informativos.
No se admitirá por parte de CORES la repercusión de ningún coste, por el traslado, almacenamiento o retirada de las existencias, adicional al indicado en la oferta conforme a los párrafos anteriores.
El producto se encontrará posicionado en las instalaciones de origen indicadas en el Anexo I, de forma que las operaciones de traslado del mismo, desde los tanques donde se encuentre en el momento de la entrega hasta la brida de salida de dichas instalaciones, no impliquen coste alguno para el ofertante de nuevo almacenamiento por este concepto. Cualesquiera otros costes para la retirada serán por cuenta exclusiva del ofertante.
6) Los servicios de custodia y almacenamiento de las reservas de CORES a prestar conforme a este concurso se iniciarán, una vez se comunique la adjudicación de los volúmenes de los lotes correspondientes y se firme el correspondiente contrato, a partir del momento de la primera retirada de los productos petrolíferos desde las instalaciones de origen, por el volumen de cada retirada, conforme a lo establecido en la condición 7) siguiente, y finalizarán a las veinticuatro horas del 31/12/2029.
En el caso de los lotes adjudicados a las empresas que los almacenen en la actualidad, los servicios de custodia y almacenamiento de las reservas de CORES a prestar conforme a este concurso se iniciarán, una vez se comunique la adjudicación de los lotes correspondientes y se firme el correspondiente contrato, a las cero horas del día siguiente a la fecha final del periodo de retirada del lote indicada en el Anexo I, y finalizarán a las veinticuatro horas del 31/12/2029.
Sin perjuicio de lo anterior, los servicios podrán prorrogarse tácitamente, por periodos de cuatro años por cada prórroga, si ninguna de las partes del contrato lo denuncia expresamente, con un preaviso mínimo de un año a la fecha de vencimiento inicial o a la de cualquiera de sus prórrogas.
7) Las retiradas desde las instalaciones de origen de los distintos lotes que se adjudiquen deberán realizarse, una vez se comunique la adjudicación de dichos lotes y se firme el correspondiente contrato, en el plazo de retirada indicado en el Anexo I.
En todo caso, las retiradas deberán acordarse por el adjudicatario con la empresa titular de las instalaciones de origen, debiendo informar el adjudicatario a CORES y a dicho titular de las instalaciones de la programación prevista para las retiradas por escrito y con una antelación de al menos diez días naturales, previamente a llevarlas a cabo. CORES podrá autorizar la retirada según la programación comunicada o sugerir modificaciones en la misma.
En el caso de los lotes adjudicados al actual almacenista de los productos, una vez se comunique la adjudicación de dichos lotes y se firme el correspondiente contrato, las retiradas se entenderán realizadas a las veinticuatro horas del día final del periodo de retiradas indicado en el Anexo I para cada lote.
8) El Precio Final a satisfacer por CORES por la prestación de los servicios de almacenamiento, se abonará a partir de la fecha de cada retirada de productos desde las instalaciones de almacenamiento en donde se encuentren, y en función de los volúmenes correspondientes a dichas retiradas.
En el caso de los lotes de existencias de CORES que se adjudiquen a su actual almacenista, se entenderá que el Precio Final se abonará a partir de las cero horas del día siguiente a la fecha final del periodo de retirada del lote indicada en el Anexo I.
9) No se admitirán mermas en la relocalización ni en la custodia o el almacenamiento de las existencias estratégicas de la Corporación a que se refiere el presente concurso, por lo que dichas existencias deberán estar a disposición de CORES, en todo momento, en los tanques de las instalaciones de almacenamiento de destino propuestas, en la cantidad y calidad entregadas por CORES, indicadas en el Anexo I.
Los ofertantes habrán de aceptar las determinaciones de cantidad y calidad certificadas por el titular de las instalaciones de almacenamiento donde se encuentren los productos en el momento de la retirada, o, a decisión de CORES, por una compañía de inspección independiente nominada, en su caso, por la Corporación, y aceptada por el ofertante. Los gastos de inspección serán soportados a partes iguales por ambos.
10) Para dejar constancia de las retiradas de las reservas de CORES desde las instalaciones de origen, y del inicio de la prestación de los servicios de custodia y almacenamiento sobre dichas reservas, se suscribirán por el ofertante y nuevo almacenista, por el titular de las instalaciones de origen, y por la propia Corporación, los correspondientes documentos de entrega, que formarán parte de los contratos que se formalicen.
11) La responsabilidad del ofertante que resulte adjudicatario de alguno de los lotes, en relación con las reservas de productos petrolíferos propiedad de la Corporación, se iniciará en el momento de la retirada de las existencias de CORES desde las instalaciones en donde se encuentren en el momento de la retirada, en la brida de salida de las correspondientes instalaciones, soportando a partir de dicho momento el riesgo de pérdida o degradación de los productos petrolíferos, o cualquier responsabilidad a que el traslado y posterior almacenamiento de dichos productos petrolíferos pudiese dar lugar, y debiendo asegurar dichas responsabilidades en los términos que se indican en el siguiente apartado.
12) Desde la retirada de las existencias de la Corporación, el ofertante será el único responsable por la degradación o pérdida de los productos petrolíferos propiedad de la Corporación, y de cuantos daños materiales o personales, propios o a terceros, cause el traslado, manipulación o almacenamiento de dichos productos, comprometiéndose el ofertante a mantener a CORES indemne de cualquier reclamación por dichos daños, y, en consecuencia, a asegurar dichas responsabilidades, debiendo acreditarlo mediante el correspondiente certificado emitido por la compañía de seguros, y a petición de CORES, mediante la remisión a la Corporación de la correspondiente póliza de seguro.
Los productos petrolíferos propiedad de CORES deberán estar asegurados, a satisfacción de la Corporación, por daños materiales bajo la modalidad "todo riesgo" y a
valor de reposición, sustitución o remplazo, como consecuencia de daño directo por cualquiera de los riesgos normalmente garantizados bajo dicha modalidad "todo riesgo", a valor total y sin deducible alguno en concepto de franquicia. Asimismo, deberá estar asegurada, en relación con los productos petrolíferos propiedad de CORES la responsabilidad civil medioambiental de la Ley 26/2007 o cualquier otra normativa aplicable, así como la responsabilidad civil por contaminación, y por cualesquiera otros daños materiales y personales.
El seguro designará a Corporación de Reservas Estratégicas de Productos Petrolíferos como beneficiario de las indemnizaciones que procedan por daño material a los productos petrolíferos de CORES, y en todos los casos, como asegurado adicional de la póliza renunciándose tanto por el prestador de servicios de almacenamiento como por la compañía aseguradora al derecho de repetición contra CORES. El titular de la póliza deberá asumir el pago de cualquier franquicia aplicable.
Para conocer los detalles exactos del seguro requerido, que se incluirá en el correspondiente contrato a firmar entre CORES y los adjudicatarios, pueden ponerse en contacto con el Servicio Jurídico y de Cumplimiento de la Corporación en su sede de Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx 00, xxxxxx 0x 00000, Xxxxxx, o en el teléfono: x00 00 000 00 00.
13) Las instalaciones que se propongan para la prestación de los servicios de custodia y almacenamiento de las reservas de CORES, tendrán que ser titularidad de la persona jurídica que presente la oferta, que, en el caso de referirse a diversas instalaciones de distintas sociedades de un mismo grupo, deberá ser firmada por representantes acreditados de cada una de ellas.
Asimismo, deberán estar localizadas en territorio español peninsular, Islas Baleares o Islas Canarias, y estar conectadas a la red nacional de oleoductos en el caso de las instalaciones en la península.
En el caso de que, por fuerza mayor, decisión administrativa o cualquier otro motivo equivalente justificado, las instalaciones de almacenamiento propuestas por el ofertante dejasen de estar disponibles para los servicios comprometidos, éste deberá proponer unas instalaciones alternativas a CORES, que habrán de ser aceptadas por la Corporación, y que deberán cumplir las condiciones establecidas en este pliego y los pactos del contrato de arrendamiento de servicios de almacenamiento que se firme.
Las instalaciones deberán disponer de las adecuadas facilidades de recepción y retirada de productos de forma que puedan cumplirse en todo momento los objetivos de la Corporación, por lo que deberán ser técnicamente capaces, y así asegurarse en la oferta, de permitir la salida de la totalidad de los productos de CORES almacenados en la misma, de forma continuada en al menos un período de no más de 30 días. A estos efectos, CORES tendrá, en todo momento, prioridad absoluta, incluso respecto de las necesidades del propio almacenista, para la retirada de sus existencias de las instalaciones propuestas, por cualquiera de los medios con que éstas cuenten.
Asimismo, las instalaciones de almacenamiento que se propongan deberán:
(i) cumplir las condiciones de seguridad, protección del medio ambiente, especificaciones técnicas y cualesquiera otras exigidas, en la actualidad o en el futuro, por la normativa vigente, que serán certificadas por el almacenista en el momento de formalización del contrato, y posteriormente en cada aniversario del mismo;
(ii) tener el carácter de depósito fiscal, o cualquier otro que de acuerdo con la normativa aplicable permita almacenar los productos petrolíferos propiedad de CORES en régimen suspensivo de impuestos.
Deberá acompañarse a la oferta un documento con la descripción técnica de las instalaciones, así como la documentación que justifique los anteriores extremos, salvo que se trate de instalaciones en las que CORES tenga en la actualidad almacenadas reservas y no hubiesen variado desde la última comunicación de sus características.
En cualquier caso, CORES podrá comprobar, el cumplimiento de los anteriores extremos en cualquier momento, así como cualquier otra condición establecida en el presente pliego, por sí misma o por los terceros que designe a estos efectos.
14) En su caso, se suscribirán los correspondientes contratos con quienes resulten adjudicatarios de los volúmenes de los distintos lotes, conforme a las condiciones del presente documento.
15) Las ofertas deberán incluir el nombre, datos de contacto (teléfono, dirección de correo electrónico y dirección postal) de la persona propuesta por el ofertante para, en su caso, firmar el contrato de arrendamiento de servicios de almacenamiento con la Corporación, si dicha persona fuese distinta de quien firma la oferta. Asimismo, dichas ofertas deberán incluir una copia de los poderes del firmante propuesto, con los datos de inscripción en el Registro Mercantil.
Asimismo, las ofertas deberán designar una persona responsable para la realización de las gestiones necesarias para la ejecución del concurso y la firma del contrato, indicando su nombre y apellidos, y sus datos de contacto (teléfono, dirección de correo electrónico y dirección postal).
16) Las ofertas se ajustarán estrictamente a los términos establecidos en el presente documento.
III. Información sobre protección de datos de carácter personal
1. Responsable del tratamiento
CORPORACIÓN DE RESERVAS ESTRATÉGICAS DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS (CORES) NIF N.º: Q-2870025-J
Teléfono: 000000000 Fax: 000000000
Dirección postal: Xxxxx xx xx Xxxxxxxxxx x.x 00 – Xxxxxx 0x. Madrid (28046) Correo electrónico: xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xx
2. Finalidad y base legal de los tratamientos de datos personales que se llevan a cabo en CORES CORES informa de que requiere determinados datos de carácter personal para mantener la relación de la Corporación con su empresa, derivada de la contratación por CORES resultante del presente concurso o preparatoria de dicha contratación.
En el caso de que dicha contratación, o actos preparatorios, se lleven a cabo con una persona jurídica, el tratamiento de los datos personales de sus representantes (firmantes de la oferta, firmantes del contrato de compraventa, personas de contacto designadas) resulta necesario con el fin de mantener el contacto con su empresa, sin que exista ninguna finalidad del tratamiento relacionada con ellos como personas físicas.
La base jurídica que legitima el tratamiento de estos datos personales es la ejecución de un contrato en el que el interesado (o la empresa que representa) es parte o la aplicación a petición de este de medidas precontractuales; y en todo caso, el interés legítimo de CORES en verificar que la relación con la empresa que contrate con la Corporación, se cumple por o con la persona física que es representante acreditado de dicha empresa.
Los tratamientos de datos personales anteriormente referidos son, por tanto, requeridos por CORES para las finalidades indicadas, de forma que, de no ser proporcionados a CORES, la Corporación no podrá cumplirlas o llevarlas a efecto de manera adecuada, no siendo posible en tal caso la adjudicación de los lotes del concurso a la empresa correspondiente.
Los datos de carácter personal tratados por CORES serán utilizados exclusivamente para las finalidades indicadas, y sólo serán mantenidos por el tiempo necesario para los fines para los que han sido recogidos, transcurrido el cual serán cancelados, una vez finalice la relación contractual. En ningún caso se conservarán por plazos superiores a los previstos por la normativa en relación con la finalidad para la cual hayan sido tratados.
Se informa a los interesados cuyos datos hayan sido proporcionados a CORES por otras personas de sus empresas, que la categoría de datos personales que CORES puede tratar son datos de identificación y profesionales.
Con excepción de la comunicación de los datos personales a los posibles encargados del tratamiento, si los hubiera, o al personal interno de CORES debidamente autorizado para su acceso o tratamiento, los datos personales no serán comunicados a ningún tercero, excepto en cumplimiento de la normativa aplicable, o de una orden de una autoridad judicial o administrativa.
CORES no realizará transferencias internacionales de los datos personales que trata y no llevará a cabo decisiones automatizadas ni elaborará perfiles, a partir de datos de carácter personal.
3. Información sobre sus derechos y forma de ejercicio
Tiene derecho a solicitar a CORES el acceso a sus datos personales, y su rectificación o supresión, o la limitación de su tratamiento, o a oponerse al tratamiento, así como el derecho a la portabilidad de los datos, o a retirar el consentimiento, en los casos establecidos por la ley, de forma gratuita, poniéndose en contacto de forma escrita, mediante correo electrónico a la dirección xxxxxxxxxxxxxxx@xxxxx.xx. A efectos de identificación del interesado se requerirá DNI o pasaporte. Asimismo, el interesado tiene derecho a presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos (X/ Xxxxx Xxxx x.x 0, Xxxxxx 00000, xxxxx://xxx.xxxx.xx/).
IV. Política anticorrupción de CORES
La Junta Directiva de la Corporación en su reunión de 16 de diciembre de 2021, aprobó la “Política Anticorrupción” y el “Manual de Prevención de Riesgos Penales” de la Corporación, que conforman el sistema de prevención de delitos de CORES y pueden ser consultados en este enlace: xxx.xxxxx.xx/xxxxx/xxxxxxx/xxxxx/xxxxxxxx/xxxxxxxxxxxxx_xxxxxxxxxx_xxxxx_xxxxx.xxx.
Estos documentos establecen una serie de normas de conducta a cumplir por la Corporación en sus relaciones con empresas proveedoras, almacenistas y otros terceros que se relacionen profesionalmente
con ella, establecidas con el fin de evitar cualquier forma de corrupción o conducta inapropiada, que requieren, asimismo, el compromiso de tales empresas en cuanto a su observancia, siendo éste un requisito ineludible para el mantenimiento de relaciones comerciales o profesionales con la Corporación. Por tanto, en el caso de resultar adjudicatario de alguno de los lotes del presente concurso, en el contrato que se formalice el ofertante declarará conocer, y su compromiso de cumplir, la política anticorrupción y código de conducta de CORES, en lo que le puedan ser de aplicación, en la medida en que sus normas internas no lo prohíban.
ANEXO I
9
Lote Producto Almacenista
Instalación
Volumen
Período de retirada
Fin
CONCURSO ANUAL DE ALMACENAMIENTO 2025
(m3) | almacenamiento | |||||
1 | Gasolina 95 | EXOLUM | Albuixech | 8.417,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
2 | Gasolina 95 | EXOLUM | Xxxxxxx | 1.121,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
3 | Gasolina 95 | EXOLUM | Alicante | 2.310,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
4 | Gasolina 95 | EXOLUM | Barcelona | 4.440,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
5 | Gasolina 95 | EXOLUM | Bens | 1.374,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
6 | Gasolina 95 | EXOLUM | Xxxxxx | 1.121,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
7 | Gasolina 95 | EXOLUM | Cartagena | 14.792,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
8 | Gasolina 95 | EXOLUM | Xxxxxxxxx | 2.700,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
9 | Gasolina 95 | EXOLUM | Córdoba | 5.876,446 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
10 | Gasolina 95 | EXOLUM | El Xxxxxx | 7.779,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
11 | Gasolina 95 | EXOLUM | Gerona | 1.582,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
12 | Gasolina 95 | EXOLUM | Gijón | 2.900,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
13 | Gasolina 95 | EXOLUM | Huelva | 5.563,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
14 | Gasolina 95 | EXOLUM | Ibiza | 200,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
15 | Gasolina 95 | EXOLUM | Lérida | 1.531,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
16 | Gasolina 95 | EXOLUM | Xxxxx | 332,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
17 | Gasolina 95 | EXOLUM | Málaga | 4.440,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
18 | Gasolina 95 | EXOLUM | Mérida | 3.578,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
19 | Gasolina 95 | EXOLUM | Motril | 5.558,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
20 | Gasolina 95 | EXOLUM | Xxxxxxx | 1.251,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
21 | Gasolina 95 | EXOLUM | Rivabellosa | 1.447,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
22 | Gasolina 95 | EXOLUM | Rota | 165,601 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
23 | Gasolina 95 | EXOLUM | Salamanca | 856,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
24 | Gasolina 95 | EXOLUM | San Xxxxx | 3.389,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
25 | Gasolina 95 | EXOLUM | Xxxxxxxxxx | 6.512,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
26 | Gasolina 95 | EXOLUM | Sevilla | 4.300,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
27 | Gasolina 95 | EXOLUM | Son Banya | 2.673,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
28 | Gasolina 95 | EXOLUM | Tarragona | 4.172,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
29 | Gasolina 95 | EXOLUM | Vigo | 5.682,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
30 | Gasolina 95 | EXOLUM | Xxxxxxxxxx | 4.142,450 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
31 | Gasolina 95 | EXOLUM | Zaragoza | 1.631,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
Subtotal gasolina 95 | 111.835,497 | |||||
32 | Gasóleo A | EXOLUM | Barcelona | 25.000,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
33 | Gasóleo A | EXOLUM | Barcelona | 20.000,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
34 | Gasóleo A | EXOLUM | Barcelona | 17.539,640 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
35 | Gasóleo A | EXOLUM | Barcelona | 15.000,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
36 | Gasóleo A | EXOLUM | Barcelona | 12.000,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
37 | Gasóleo A | EXOLUM | Bens | 11.335,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
38 | Gasóleo A | EXOLUM | Cartagena | 25.000,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
39 | Gasóleo A | EXOLUM | Cartagena | 20.000,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
40 | Gasóleo A | EXOLUM | Cartagena | 14.629,840 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
41 | Gasóleo A | EXOLUM | Cartagena | 9.000,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
42 | Gasóleo A | EXOLUM | El Xxxxxx | 20.000,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
43 | Gasóleo A | EXOLUM | El Xxxxxx | 15.391,034 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
44 | Gasóleo A | EXOLUM | El Xxxxxx | 13.000,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
45 | Gasóleo A | EXOLUM | El Xxxxxx | 12.000,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
46 | Gasóleo A | EXOLUM | Gerona | 4.280,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
47 | Gasóleo A | EXOLUM | Huelva | 10.000,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
48 | Gasóleo A | EXOLUM | Huelva | 6.095,989 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
49 | Gasóleo A | EXOLUM | Lérida | 11.633,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
50 | Gasóleo A | EXOLUM | Tarragona | 25.000,000 | 01/11/2025 a 31/12/2025 | 31/12/2029 |
Subtotal gasóleo A | 286.904,503 | |||||
Total general | 398.740,000 |
ANEXO II - OFERTA NUEVA CAPACIDAD
CONCURSO ANUAL DE ALMACENAMIENTO 2025
Lote sobre el que se realiza la oferta | Número de lote | |
Producto | ||
Cantidad (m3) | ||
Instalación origen |
Instalación de destino ofertada | Nombre instalación | |
Régimen almacenamiento (diferenciado/indiferenciado) |
Precio final ofertado | Almacenamiento (€/m3 almacenado/mes) | ||
Mantenimiento calidad (€/m3 almacenado/mes) | |||
Seguro (€/m3 almacenado/mes) | |||
Otros (€/m3 almacenado/mes) | Especificar | ||
TOTAL PRECIO (€/m3 almacenado/mes) |
10