Contract
CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO POR TIEMPO INDETERMINADO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE LA ZONA METROPOLITANA DE GUADALAJARA, REPRESENTADA EN ESTE INSTRUMENTO POR EL ING. XXXXXXX DE LA XXXX XXXXXX EN SU CALIDAD DE RECTOR, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ “LA UNIVERSIDAD”, Y POR LA OTRA PARTE, A QUIEN EN LO SUBSECUENTE EN EL PRESENTE SE LE DENOMINARÁ COMO “EL ACADÉMICO DE TIEMPO COMPLETO” AMBAS PARTES SE SOMETEN AL TENOR DE LA SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS:
D E C L A R A C I O N E S
DECLARA “LA UNIVERSIDAD” QUE:
I. Acude a la celebración del presente Contrato Individual de Trabajo con base en los artículos 6° fracciones X y XVI, 15° fracción X, de la Ley Orgánica de la Universidad Tecnológica de la Zona Metropolitana de Guadalajara, publicada en el Periódico Oficial El Estado de Jalisco el día 30 de diciembre de 2003, mediante Decreto 20404 que la crea como Organismo Público Descentralizado del Poder Ejecutivo, así como por los artículos 36, 37 fracción I, y 353-M la Ley Federal del Trabajo.
II. Es una Institución educativa cuyo fin primordial es contribuir a consolidar programas de desarrollo de la educación superior tecnológica en la entidad, constituyéndose como miembro del Sistema Nacional de Universidades Tecnológicas, en la que se labora por ciclos cuatrimestrales en los que los grupos de alumnos que se forman con las inscripciones varían de un ciclo a otro en número y continuidad. Además existen materias y cursos que no son por tiempo indefinido y que tiene sus ciclos; todo ello hacen que las necesidades de personal académico sean variables.
III. Opera con base en el modelo pedagógico aprobado por la Secretaría de Educación Pública a través de la Subsecretaría de Educación Superior por conducto de la Coordinación General de Universidades Tecnológicas.
IV. Que reconoce y hace constar que C. , labora en la Universidad Tecnológica de la Zona Metropolitana de Guadalajara, desde el día de de , con el puesto de Profesor de Tiempo Completo, reconociéndole la antigüedad a partir de la fecha mencionada.
V. Señala como domicilio oficial, el ubicado en el km. 4.5 de la carretera Santa Xxxx a San Xxxxxx, en Santa Xxxx de las Flores municipio de Tlajomulco xx Xxxxxx, Jalisco con código postal 45640.
“EL ACADÉMICO DE TIEMPO COMPLETO” QUE:
I. Comparece a la suscripción del presente Instrumento por su propio derecho y manifiesta bajo protesta de decir verdad que cuenta con la capacidad, los conocimientos y habilidades requeridos para el desempeño de los servicios profesionales académicos a que se obliga en el presente Instrumento.
II. Que está de acuerdo con lo declarado por “LA UNIVERSIDAD”, y que está conforme con prestar sus servicios profesionales en los términos consignados por el presente contrato..
III. Llamarse como ha quedado asentado en el proemio de este Contrato, ser de nacionalidad , con grado académico de
.
IV. Que su domicilio particular se ubica en el número de la calle en la Colonia , en la ciudad de
.
En mérito de las declaraciones y fundamentos expuestos, las partes que intervienen en el presente Instrumento acuerdan en obligarse conforme a las siguientes:
C L Á U S U L A S
PRIMERA.- El objeto del presente Contrato Individual de Trabajo es que “EL ACADÉMICO DE TIEMPO COMPLETO”, se obliga a proporcionar a “LA UNIVERSIDAD” los servicios, funciones y actividades académicas en los horarios y lugares que le sean designados por el Director xx Xxxxxxx que corresponda a la(s) asignatura(s) que impartirá.
SEGUNDA.-“EL ACADÉMICO DE TIEMPO COMPLETO” tendrá la categoría y nivel de PROFESOR DE TIEMPO COMPLETO (Asociado “C”), comprometiéndose a cumplir, entregar terminados y a satisfacción de “LA UNIVERSIDAD” los servicios, funciones y actividades académicas objeto de este contrato, que a manera enunciativa más no limitativa consistirán en:
I. Acordar con el Director xx Xxxxxxx los asuntos que competen a los programas académicos a su cargo y desempeñar las comisiones que le confieran.
II. Administrar y evaluar los proyectos, programas y actividades propias de su competencia.
III. Elaborar el presupuesto cuatrimestral correspondiente a sus programas y someterlos a la aprobación de su Director.
IV. Elaborar el reporte mensual y cuatrimestral de sus actividades.
V. Participar en las actividades de superación personal y profesional que organice la Universidad u otras instancias.
VI. Mantener en buen estado el mobiliario y equipo a su cargo.
VII. Desarrollar todas aquellas funciones inherentes al área de su competencia y las demás que le confiera el Director.
VIII. Elaborar los programas de desarrollo académico y los somete a la aprobación del Director xx Xxxxxxx.
IX. Coordinar y dar seguimiento a los programas de desarrollo académico.
X. Asesorar y orienta a sus auxiliares y profesores de asignatura en la adecuada ejecución de sus actividades de acuerdo al modelo educativo de la Universidad.
XI. Realizar actividades de docencia, investigación y extensión.
XII. Participar, en coordinación con su propia Dirección y la Dirección de Vinculación en programas y actividades con los sectores social y productivo.
XIII. Administrar y evaluar los cursos curriculares y extracurriculares.
XIV. Coordinar que los profesores de asignatura proporcionen a los alumnos al inicio de los cursos los programas correspondientes e informarles sobre las condiciones de evaluación.
XV. Buscar la permanente y sistemática actualización en su disciplina y métodos educativos.
XVI. Procurar que su actividad académica sea congruente con la misión de la Universidad.
XVII. Presentar iniciativas ante las instancias correspondientes tendientes a mejorar el ejercicio de sus funciones.
XVIII. Atender los demás asuntos de su competencia de acuerdo con las instrucciones de su Director xx Xxxxxxx y las que señale la normatividad de la Universidad.
XIX. Aportar sus conocimientos y habilidades impartiendo la(s) asignatura(s) que le determine el Director xx Xxxxxxx de acuerdo a los planes y programas de estudio, debiendo de cumplir 40 horas por semana en los horarios que para tal efecto le señale el Director xx Xxxxxxx correspondiente, tanto en el plantel como en lugares diferentes, cuando conforme a las necesidades y exigencias de la(s) asignaturas(s) que impartan sea necesario salir de las Instalaciones de la Universidad a efecto de realizar prácticas externas profesionales y estadías en empresas e Instituciones que para tal efecto se contemplen.
XX. Dar asesorías técnicas a los alumnos de la(s) asignatura(s) que imparta.
XXI. Diseñar y elaborar material didáctico en apoyo de la(s) asignatura(s).
XXII. Coordinar las tutorías y fungir como tutor de grupos.
XXIII. Coordinar grupos académicos y de desarrollo educativo.
XXIV. Diseñar, elaborar y proporcionar dirigir programas de investigación y/o de desarrollo tecnológico.
XXV. Establecer la relación escuela-empresa e instituciones, para la prestación de estadías de alumnos y profesores.
XXVI. Coordinar y organizar visitas a empresas e instituciones, coordinadamente con Vinculación
XXVII. Asesorar el desarrollo de proyectos y reportes de alumnos en estadías.
XXVIII. Asistir con puntualidad a sus cátedras en los horarios señalados y aprovechar íntegramente el tiempo disponible en el desarrollo de programas académicos.
XXIX. Comunicar al Director xx Xxxxxxx correspondiente, los resultados de las evaluaciones y el registro de asistencia de los alumnos, en las fechas y formas que para tal efecto se establezcan.
XXX. Evitar el fraude académico de los alumnos debiendo comunicar dicha situación al Director xx Xxxxxxx correspondiente.
XXXI. Actuar con toda rectitud y equidad en su trato con los alumnos, así como en la evaluación de sus conocimientos.
XXXII. Mantener una relación de respeto y cordialidad con los demás profesores, directivos y personal administrativo de la Universidad.
XXXIII. Observar una conducta intachable dentro y fuera de la Universidad, para ser un modelo de profesionalismo para los alumnos, procurando alcanzar en todas sus labores un nivel de excelencia.
XXXIV. Diseñar y elabora nuevos planes y programas de estudio.
XXXV. Diseñar e impartir cursos de formación y actualización docente autorizados por el Director.
XXXVI. Realizar estadías técnicas en empresas o Instituciones.
XXXVII. Proponer e impartir cursos de educación continua interna y externa.
XXXVIII. Proponer y participar en programas de intercambio académico y tecnológico con instituciones educativas nacionales y extranjeras.
XXXIX. Participar en colegios, consejos y comisiones y asociaciones institucionales, municipales, nacionales y/o internacionales, acorde a la normatividad vigente.
XL. Coordinar grupos académicos y de desarrollo educativo.
XLI. Realizar entrevistas de selección a los alumnos de nuevo ingreso.
XLII. Las demás actividades que a juicio del Director xx Xxxxxxx que corresponda a la(s) asignatura(s) que imparta se requieran dentro del ámbito de su competencia.
XLIII. Así como las obligaciones que se deriven de los procesos de certificación o acreditación de la institución, acatando los ordenamientos relativos y aplicables, así como todas las ordenes, circulares y disposiciones que dicte “LA UNIVERSIDAD”, asimismo “EL TRABAJADOR”, se obliga a atender y a realizar todas las actividades que los procesos del Sistema de Gestión de la Calidad vigente en “LA UNIVERSIDAD” indiquen, y a participar activamente en los equipos de trabajo creados o que se lleguen a crear para el desempeño de las actividades propias de la Universidad.
TERCERA.-Dadas las características del trabajo a desempeñar, es indispensable de parte del maestro la puntualidad estricta, así como la corrección de hablar y comportamiento, que sean un plausible ejemplo para los educados y compañeros de trabajo, dado el nivel académico y educacional que debe existir en la Universidad.
CUARTA.- Los servicios, funciones y actividades académicas objeto del presente contrato, que a manera enunciativa más no limitativa se mencionaron en la cláusula segunda serán desarrolladas e impartidas por “EL ACADÉMICO DE TIEMPO COMPLETO”, según la distribución mensual que estará fijada tanto por los requerimientos de la estructura académica del plantel, como por las directrices que para tal efecto establezcan los Directores xx Xxxxxxx
QUINTA.-“EL ACADÉMICO DE TIEMPO COMPLETO” cuando así lo requieran las necesidades académicas y tecnológicas del plantel, será convocado a juntas de integración académica y cursos de formación docente dentro y fuera del plantel y de su horario, así como esporádicamente fuera de la plaza, esto con el objetivo de mejoramiento continuo en su calidad profesional y búsqueda de la excelencia del proceso, enseñanza-aprendizaje.
En los períodos de exámenes ordinarios, finales, extraordinarios, y períodos de capacitación, el horario del “EL ACADÉMICO DE TIEMPO COMPLETO” podrá cambiar para que estas actividades queden incluidas dentro de su jornada laboral, y será obligación del maestro cumplir con su jornada semanal contratada sin importar el horario que se le asigne.
SEXTA.- “LA UNIVERSIDAD” a través de los Directores xx Xxxxxxx que corresponda a la(s) asignatura(s) a impartir, o aquellas personas que éstos designen, tendrá derecho a supervisar y vigilar en todo tiempo los servicios, funciones y actividades académicas citadas en la cláusula segunda del presente Instrumento que deberá desempeñar “EL ACADÉMICO”, así como a dar las instrucciones que estime pertinentes relacionadas con la ejecución del servicio que se presta.
SÉPTIMA.- Se conviene expresamente que “EL ACADÉMICO DE TIEMPO COMPLETO”, no podrá divulgar por medio de publicaciones, informes, conferencias u otra forma análoga, los servicios, funciones y actividades objeto de este Contrato, sin la autorización expresa y por escrito de “LA UNIVERSIDAD”.
OCTAVA.- “EL ACADÉMICO DE TIEMPO COMPLETO” acepta y está conforme que en aquellos casos en que por causas imputables a él, no cumpla parcial o totalmente con el servicio a que se obliga, la cantidad señalada en la cláusula novena se modificará y percibirá la parte proporcional que corresponda a las horas de servicio prestadas.
NOVENA.-“EL ACADÉMICO DE TIEMPO COMPLETO”, percibirá por la prestación de sus servicios personales un salario mensual de
$ ( _), quedando incluido en el mismo pago los días de descanso semanal y de descanso obligatorio, debiéndose pagar por quincena vencida, los días 14 y penúltimo de cada mes, cuando el día de pago sea inhábil deberá efectuarse el día hábil inmediato anterior, y se efectuara en moneda de curso legal, mediante cheque o por el mecanismo más eficaz que la banca comercial proporcione.
DÉCIMA.-“EL ACADÉMICO DE TIEMPO COMPLETO” tendrá derecho a 24 días hábiles de vacaciones anuales, con pago xx xxxxxxx íntegro, las cuales son irrenunciables y no son acumulativas, a partir del sexto mes de servicios cumplidos podrá gozar de la parte proporcional que le corresponda, EL TRABAJADOR” hará uso de este derecho en los periodos de receso de las actividades escolares de acuerdo al calendario escolar.
Asimismo gozará de una prima vacacional de 24 días, en proporción al periodo de vacaciones disfrutado.
DÉCIMA PRIMERA.- La vigencia del presente contrato inicia el día de de .
DÉCIMA SEGUNDA.- “EL ACADÉMICO DE TIEMPO COMPLETO” acepta y se obliga a registrar sus asistencias de conformidad a como lo disponga “LA UNIVERSIDAD”, asimismo manifiesta conocer el reglamento Interior de Trabajo de la Institución, protestando desde este momento su estricto y fiel cumplimiento, sin perjuicio de lo anterior además se obliga a asistir a las reuniones de trabajo y de control administrativo, y demás eventos de desarrollo profesional a que sea convocado y le ofrezca “LA UNIVERSIDAD”.
“EL ACADÉMICO DE TIEMPO COMPLETO”, no está autorizado para laborar horas extras, salvo que se le gire orden expresa por parte de su jefe inmediato en cada ocasión en particular, la cual deberá constar por escrito, manifestando las circunstancias especiales por las cuales se requiere laborar tiempo adicional, sin este requisito no será pagado ninguna hora extra.
“EL ACADÉMICO DE TIEMPO COMPLETO” se sujetará a los exámenes médicos iníciales y periódicos con el medio que la “UNIVERSIDAD” señale, así como al proceso de selección que la institución determine.
DÉCIMA TERCERA.- Las partes que intervienen en el presente Instrumento convienen que en caso de incumplimiento en cualquiera de las cláusulas del presente Contrato por parte de “EL ACADÉMICO DE TIEMPO COMPLETO”, o en caso de incurrir en alguna de las causales previstas por el artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, dará lugar a que “LA UNIVERSIDAD” pueda rescindir anticipadamente el presente Contrato sin responsabilidad para ella, dicha rescisión operará de plano.
Asimismo cuando “EL ACADÉMICO DE TIEMPO COMPLETO” no pueda continuar prestando el servicio profesional académico, deberá avisar con un mes de anticipación a “LA UNIVERSIDAD”, quedando obligado a satisfacer los daños y perjuicios que se causen, cuando no diere el aviso con la oportunidad señalada.
Serán causas de terminación del presente Contrato, además de las mencionadas en el párrafo anterior, las siguientes:
a) El mutuo consentimiento; y
b) La rescisión del mismo, por las siguientes causas especiales:
1. Que en el transcurso de la prestación de servicio profesional académico “LA UNIVERSIDAD” llegue a determinar que “EL ACADÉMICO DE TIEMPO COMPLETO” no reúne los elementos suficientes para realizar las actividades mencionadas en la cláusula Segunda;
2. Incurrir en faltas de probidad en el desempeño de sus actividades o engañar a “LA UNIVERSIDAD”, argumentando conocimientos o habilidades de los cuales carece y sean necesarios para el cumplimiento del servicio;
3. La falta de disponibilidad presupuestal de “LA UNIVERSIDAD”; y
4. La inobservancia reiterada de los reglamentos así como de las demás disposiciones que en su caso se expidan por “LA UNIVERSIDAD”.
DÉCIMA CUARTA.- “EL ACADÉMICO DE TIEMPO COMPLETO” es responsable hacia “LA UNIVERSIDAD”, por negligencia, impericia o dolo de su parte en la prestación del servicio profesional académico.
DÉCIMA QUINTA.- Serán derechos y propiedad exclusiva de “LA UNIVERSIDAD” las investigaciones, los materiales generados con motivo del desarrollo de planes y programas de estudio, así como los proyectos de investigación, asesorías y servicio externo en general.
Asimismo convienen las partes en sujetarse a lo establecido en el artículo 163 de la Ley Federal de Trabajo en cuanto a que todos los procedimientos, tecnologías, software, instructivos, manuales, diseño, libros, currículas, apuntes, cuadernos y similares que desarrolle el “EL ACADÉMICO DE TIEMPO COMPLETO” durante su jornada normal o extraordinaria de trabajo serán propiedad de “LA UNIVERSIDAD”, y por ningún motivo el “EL ACADÉMICO DE TIEMPO COMPLETO” podrá ser uso de ellos para beneficio personal.
DÉCIMA SEXTA.- Todo lo que no se encuentre debidamente estipulado en este documento se estará a lo previsto en la Ley Federal del Trabajo, Manual de Organización, Reglamento Interno, Contrato Colectivo de Trabajo, Reglamento Interior de Trabajo, todos de la Universidad Tecnológica de la Zona Metropolitana de Guadalajara y demás relativos y aplicables.
Leído que fue por las partes el presente Contrato Individual de Trabajo, y enteradas de su contenido y alcance legal, lo firman de conformidad
por duplicado, en la población de Tlajomulco xx Xxxxxx, Jalisco, a los días del mes de de .
“LA UNIVERSIDAD” XXXXXXX DE LA XXXX XXXXXX RECTOR UTZMG | “EL ACADÉMICO DE TIEMPO COMPLETO” INTERESADO |
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