CONTRATO DE PASANTÍA
CONTRATO DE PASANTÍA
Conste por el presente contrato de pasantía, bajo el tenor y contenido de las siguientes cláusulas:
PRIMERA.- (PARTES INTERVINIENTES)
1.1. Por una parte Almacenera Boliviana S.A., con domicilio legal en Xxxxx Xxxxxxx Xxxx # 00 final xxxxx 00 xxxx Xxxxxxxx xx xx xxxxxx xx Xx Xxx, representada legalmente en este acto por «NOMBRE GERENTE», mayor de edad, con C.I. Nº «CI» expedido en
«LUGAR», hábil por derecho, en su calidad de Gerente de «RECINTO U OFICINA» conforme al testimonio de Poder Nº «Nro PODER DE GERENTE», extendido en fecha
«FECHA PODER DE GERENTE» ante la Notaría de Fe Pública Nº «NUMERO DE NOTARÍA » del Distrito Judicial de «DISTRITO JUDICIAL» a cargo del Dr. «NOMBRE NOTARIO», que para los efectos del presente contrato, en adelante se denominará “La Empresa”, y
1.2. Por otra parte, «NOMBRE PASANTE», con «CI» expedido en «LUGAR», de nacionalidad «NACIONALIDAD», «ESTADO CIVIL», mayor de edad, hábil por derecho, con domicilio en «DIRECCIÓN» de la ciudad de «CIUDAD DE RESIDENCIA», quien que en lo sucesivo de denominará “Pasante”.
1.3. Las partes antes mencionadas podrán ser denominadas a los efectos del presente convenio de manera conjunta simplemente como “LAS PARTES” e individualmente como “PARTE”.
SEGUNDA.- (ANTECEDENTES)
2.1. La “Empresa” realiza labores de recepción y despacho de mercancías y asistencia al control de tránsitos en Recintos Aduaneros concesionados por la Aduana Nacional.
2.2. Dentro de las citadas actividades, se aplican los procedimientos aduaneros relativos
«OBJETO DE ESTUDIO DEL PASANTE», siendo de interés de la empresa el desarrollo de un proyecto que permita «INTERÉS DE LA EMPRESA».
2.3. Ante la solicitud de pasantía efectuada por la interesada enmarcada en los planes de estudio de la carrera de «CARRERA UNIVERSITARIA» de la Universidad
«UNIVERSIDAD », se ha pactado el presente contrato cuyo objetivo final es concretar el proyecto propuesto por el “Pasante” por la afinidad con las actividades de la empresa antes citadas. En base a lo mencionado, el objeto de este contrato de pasantía, se expone en detalle más abajo.
TERCERA.- (OBJETO)
El presente contrato de pasantía suscrito a solicitud del interesado y conforme a nota remitida por la «UNIVERSIDAD» a desarrollarse en dependencias de la Empresa tendrá por objeto contribuir con la formación profesional comprometida, metódica y completa del pasante (realizando tareas que tengan relación directa con la carrera), y de esa forma adquirir habilidad en el ejercicio de la misma.
SEGUNDA: (NATURALEZA DEL CONTRATO)
Este es un contrato de pasantía de acuerdo a lo prescrito por la Ley General del Trabajo.
La situación de pasantía no generará relación jurídico-laboral entre el pasante y la Empresa salvo la pactada expresamente, ninguna obligación contractual, ni beneficios sociales, siendo
ésta de carácter voluntario y sujeto a las leyes Bolivianas relativas a esta modalidad de contratos.
CUARTA.- (ALCANCE)
El Pasante se obliga a desempeñar las funciones siguientes, como parte del contexto expuesto en los Antecedentes, configurándose así una motivación mutua de relacionamiento entre partes que provee oportunidad de educación, capacitación, práctica guiada y apoyo en la profesionalización del Pasante:
4.1. «DETALLE ACTIVIDADES A DESARROLLAR POR EL PASANTE».
4.2. El Pasante se obliga a desarrollar cualquier otro tipo de función que le sea asignada en la vigencia del presente contrato, manteniendo el respeto a las instrucciones de los niveles jerárquicos de la empresa.
4.3. El Encargado de Área, supervisará y estará a cargo del seguimiento al Pasante en las tareas antedichas.
4.4. La pasantía tendrá lugar en instalaciones xxx Xxxxxxx Aduanero «RECINTO U OFICINA» de la ciudad de «CIUDAD», pudiendo en caso necesario efectuar las actividades de pasantía en otros recintos u oficinas donde hayan condiciones de práctica relativas a la misma. No se descarta viajes al interior del país con este propósito.
QUINTA.- (PLAZO)
5.1. La formación práctica del Pasante y por ende de este contrato tendrá una duración de
«DURACIÓN», computables a partir del «FECHA». Al término del plazo establecido, la relación quedará extinguida de hecho, sin reconducción automática.
5.2. LAS PARTES, de mutuo acuerdo, pueden reconducir el presente contrato, sin que pierda su naturaleza jurídica de contrato de pasantía por un plazo máximo y total, de dos (2) años a ser computados desde la primera contratación, según lo determinado por el Art. 28 de la Ley General del Trabajo, salvo que entre PARTES se firme un contrato laboral como tal, con sujeción a la Ley General del Trabajo y sus reglamentos, el que también será refrendado ante el Ministerio de Trabajo.
5.3. Como resultado de continua evaluación de desempeño de la Pasante y/o de incumplimiento de las recomendaciones de mejoras necesarias del rendimiento emitidas por escrito y entregadas por La Empresa al Pasante, antes de cumplido el plazo determinado en el párrafo precedente, el empleador podrá en cualquier momento resolver unilateralmente el presente Contrato de Pasantía, mediante la notificación al Pasante de tal determinación de resolución temprana de este contrato, por escrito. En todo caso se cumplirá las obligaciones pecuniarias debidas a la Pasante hasta el momento en que tal resolución tenga efecto.
SEXTA.- (REMUNERACIÓN Y DESCUENTOS)
6.1. La remuneración mensual acordada entre LAS PARTES de mutuo acuerdo es de Bs.
«REMUNERACIÓN EXPRESADA EN NUMEROS».- («REMUNERACIÓN EXPRESADA
EN LITERAL» 00/100 BOLIVIANOS). que se pagará por mes vencido, en moneda nacional, y estará sujeto a descuentos con destino a los aportes laborales establecidos por ley.
6.2. El monto a ser remunerado no dará lugar a ningún otro pago adicional por concepto alguno, salvo los dispuestos por las normas vigentes.
SÉPTIMA.- (JORNADA LABORAL)
7.1. En consideración a la naturaleza del contrato y servicio, los días laborables para el presente contrato, son de «DIA» a «DIA» de «HORA INGRESO» a.m. a «HORA SALIDA» p.m. Eventualmente podrá realizar prácticas en día sábado por lo menos una vez al mes y en horario matinal (voluntario).
7.2. El Pasante deberá cumplir con puntualidad el horario de trabajo establecido por la EMPRESA.
7.3. La EMPRESA, podrá acordar con el Pasante, la modificación de horarios o turnos en caso necesario.
7.4. La EMPRESA, concederá al Pasante las horas necesarias para la concurrencia a sus centros educativos o de formación, para cuyo objeto deberá presentar sus horarios debidamente certificados y coordinar con el supervisor o encargado de área. La asistencia al centro de formación no genera descuentos.
OCTAVA.- (OBLIGACIONES DEL PASANTE)
Son obligaciones del Pasante, las siguientes:
8.1. A poner su mayor dedicación y capacidad en el proceso de pasantía y apoyo a la profesionalización, objeto del presente contrato.
8.2. Cumplir con todas las obligaciones contenidas en el presente contrato.
8.3. Cumplir prolijamente las funciones y tareas asignadas de acuerdo a las direcciones e instrucciones que reciba de la EMPRESA, a través del encargado de área y/o Jefe xx Xxxxxxx.
8.4. Cuidar y conservar los bienes, materiales, equipo, mobiliario e instrumentos propios de la empresa, entregados o relacionados para el cumplimiento de sus funciones, evitando su deterioro o pérdida, por negligencia o descuido. Ningún bien podrá ser usado para otro fin que no sea el previsto por la EMPRESA.
8.5. Mantener una conducta ética y moral adecuada a sus funciones.
NOVENA.- (OBLIGACIONES DE LA EMPRESA)
Son obligaciones de la EMPRESA, las siguientes:
9.1. Dotar al Pasante de todos los elementos e insumos necesarios para el desarrollo y cumplimiento de su formación práctica.
9.2. Impartir al Pasante la asesoría y orientación requerida para el desempeño de su formación práctica.
9.3. Conceder al Pasante las horas requeridas para la asistencia a su centro de educación, conforme a lo previsto por la Ley General del Trabajo y Decreto Supremo de 30 xx xxxx de 1936.
9.4. A la finalización de este contrato otorgar al Pasante un Certificado de aprovechamiento de la pasantía que contenga mínimamente la duración, el área y actividades desarrolladas.
9.5. A dar aviso a sus familiares en caso de urgencia médica o enfermedad, sin perjuicio de prestar los debidos auxilios.
9.6. Desembolsar mensualmente la suma acordada por el presente documento como remuneración mensual.
DECIMA.- (CONFIDENCIALIDAD).-
El Pasante conviene guardar absoluta reserva y confidencialidad bajo los siguientes términos:
10.1. Sobre la información, documentos, hardware y/o software a que tenga acceso en virtud del presente contrato, tendrá carácter de confidencial, no pudiendo hacer uso de los mismos en forma directa o indirecta, en beneficio propio, ni darlo a conocer a terceros sin autorización expresa y por escrito de la EMPRESA.
10.2. Los productos resultantes de la labor del Pasante son propiedad absoluta y exclusiva de la empresa, por tiempo indefinido. No podrán ser transferidos ni transmitidos a terceros por el Pasante sin previa autorización escrita del propietario.
10.3. Devolver a la EMPRESA, inmediatamente después de terminado el presente contrato, toda la información, antecedentes, materiales y documentos a que haya tenido acceso en mérito del presente contrato.
10.4. El pasante reconoce que el no cumplimiento de las obligaciones consignadas en la presente cláusula, dará derecho a la empresa a poner término al presente contrato por la causal prevista en el Art. 16 inciso e) de la Ley General del Trabajo y en su caso a iniciar las acciones legales pertinentes.
10.5. Que la referida obligación de confidencialidad no se extingue una vez terminado el presente contrato.
DÉCIMO PRIMERA.- (PROHIBICIONES)
Durante la vigencia del presente contrato el Pasante tiene las siguientes prohibiciones:
11.1. A efectuar o realizar trabajos ajenos o para terceros, dentro de las instalaciones y en los horarios de trabajo.
11.2. Llevar consigo, fuera del lugar de trabajo o apropiarse indebidamente bienes, documentos, equipos, insumos, y otros objetos de propiedad de la EMPRESA, salvo autorización expresa de éste.
11.3. Concurrir al trabajo bajo los efectos del alcohol o sustancias controladas (drogas o narcóticos).
11.4. Participar en peleas o riñas dentro del trabajo.
11.5. Injuriar, difamar o amenazar contra cualquiera de sus superiores, demás trabajadores, funcionarios de la Aduana y/o clientes.
11.6. Efectuar o permitir actividades ajenas a las actividades laborales, salvo que tenga autorización de la EMPRESA.
11.7. Realizar actividades proselitistas, político partidarias dentro de las instalaciones de trabajo.
DÉCIMO SEGUNDA.- (CONCLUSIÓN DEL CONTRATO)
Siendo el presente un contrato de pasantía, concluye en la fecha señalada en su cláusula referida al plazo. Asimismo, éste podrá ser concluido anticipadamente y sin ningún derecho en los siguientes casos:
12.1. Cuando se incurra en una o más de las causales establecidas en el Art. 16 de la Ley General del Trabajo o en el Art. 9 de su Decreto Reglamentario.
12.2. Incumplimiento de una o más cláusulas del presente contrato de trabajo, en virtud a lo previsto por los Arts. 16 inc. e) de la Ley General del Trabajo y el 9 inc. e) de su Decreto Reglamentario o incumplimiento por parte del Aprendiz-Pasante.
12.3. Cuando se evidencie la falsedad o distorsión de los datos proporcionados por el Pasante al momento de su contratación.
DÉCIMO TERCERA.- (FORMALIDADES)
En cumplimiento del art. 22 de la Ley General del Trabajo y Art. 21 del Reglamento de la Ley General del Trabajo este contrato será refrendado o visado por ante la autoridad laboral.
DÉCIMO CUARTA.- (MODIFICACIONES AL CONTRATO)
Los términos y condiciones contenidos en este contrato, podrán ser modificados de común acuerdo de las partes, mediante la suscripción de una adenda.
DÉCIMO QUINTA.- (EXAMEN POST OCUPACIONAL)
En el futuro, cuando termine la relación laboral por cualquier causal o razón, el Pasante a propia iniciativa se someterá a revisión post ocupacional ante la caja de seguridad social de corto plazo, siendo los costos necesarios erogados por el Empleador. Los beneficios de asistencia de salud continuarán surtiendo efecto por 60 días extras (o lo que la ley aplicable señale en su tiempo) desde la desvinculación laboral.
En caso que la Pasante no se sometiera a dichos exámenes queda explícitamente aceptado por la firma de este contrato que la organización empleadora queda sin responsabilidad por enfermedades ocupacionales o reclamaciones futuras que provengan de la Pasante en relación a las funciones que cumplió como objeto de este contrato.
DECIMO SEXTA.- (DOCUMENTACION)
Formarán parte indisoluble del presente contrato (que se constituye en el contrato principal y del cual dependen los anexos): el examen médico pre-ocupacional que la caja de seguridad social perteneciente a la seguridad social de corto plazo realiza para proceder a asegurar al Pasante, fotocopias simples de la cédula de identidad, cuanto del certificado de nacimiento, tanto del Pasante como de sus beneficiarios.
DECIMO SÉPTIMA.- (HEREDEROS)
En cumplimiento al Art. 7 del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo, el Pasante declara referencialmente la siguiente lista como la de sus herederos para efectos legales, independientemente de la preeminencia decisoria sobre el tema por un juez competente:
NOMBRE COMPLETO | EDAD | DOCUMENTO (Si posee) | FILIACIÓN O PARENTESCO |
DÉCIMO OCTAVA.- (ACEPTACIÓN)
De conformidad con las cláusulas precedentes, las partes suscriben el presente Contrato Individual de Pasantía, en cumplimiento de la normativa legal aplicable obligándose a su xxxx
y estricto cumplimiento. En constancia suscriben en doble ejemplar original y una copia, de igual contenido y valor legal en la ciudad de «CIUDAD» el día «FECHA».
«NOMBRE GERENTE» «NOMBRE PASANTE»
Almacenera Boliviana S.A. C.I. Nº «CI» «LUGAR»